Demanda de Ejecucion de Conciliacion de ESTRELLA CHIHUAN

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Sec : Exp. : Esc. : 01 SUMILLA : EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN. SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SATIPO: ESTRELLA VANESSA BALVIN CHIHUAN, con DNI. 20564416 con dirección domiciliaria en la calle 2 de Mayo S/N Tzancuvatziari, de la provincia de Satipo; y señalando mi domicilio procesal en el JR. Aviación Nº 135 - C de esta ciudad; a Ud. Respetuosamente digo: 1.- PETITORIO: Que, ejerciendo mi derecho a la tutela Jurisdiccional Efectiva interpongo DEMANDA EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL,

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Sec :

Exp. :

Esc. : 01

SUMILLA : EJECUCIÓN DE ACTA

DE

CONCILIACIÓN.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE

SATIPO:

ESTRELLA VANESSA BALVIN

CHIHUAN, con DNI. Nº 20564416 con

dirección domiciliaria en la calle 2 de

Mayo S/N Tzancuvatziari, de la

provincia de Satipo; y señalando mi

domicilio procesal en el JR. Aviación Nº

135 - C de esta ciudad; a Ud.

Respetuosamente digo:

1.- PETITORIO:

Que, ejerciendo mi derecho a la tutela Jurisdiccional

Efectiva interpongo DEMANDA EJECUCION DE ACTA DE

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL, la misma que la dirijo

contra JAVIER MELITON LLACUARIMAY SALAZAR, quien

tiene su domicilio en el AA. HH. José Carlos Mariátegui M, P

Lote 1 del distrito de PICHANAKI, Provincia de Chanchamayo

departamento de Junín, para que por advenimiento o

mediante sentencia el demandado cumpla en pagarme los

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alimentos devengados derivados del acta de conciliación

que se acompaña a la presente demanda, demanda que la

ampara en los siguientes fundamentos de hecho y derecho

que a continuación se detalla.

2.- FUNDAMENTOS DE HECHO:

2.1 Señor Juez, Que con el demandado celebramos un Acta

de Conciliación extrajudicial, el día 3 de febrero del 2011;

Acta en la cual se ha fijado como alimentos a mi menor hijo

NAYELY ESTEFANI LLACUAIMAY BALVIN, de once años

respectivamente, la suma de 200.00 nuevo soles cada

mes en lo cual depositara en el banco de la nación,

ante la Sra. Nora Luz Angoma Camacllanqui de la

Defensoría del Niño y Adolecente en el distrito de pichanaki,

provincia de chanchamayo, departamento de Junín.

2.2. Que el demandado no ha cumplido con el pago

oportuno de los alimentos derivados del acta antes

indicado.

2.3 Que, habiéndose agotado las vías del dialogo al juzgado

acudo para que mediante advenimiento o mediante

sentencia el demandado cumple con el pago de los

alimentos devengados de mi menor hija.

3.- FUNDAMENTOS DE JURÍDICA:

3.1 Amparo la presente demanda en lo establecido en la

ley de conciliación._ por el Artículo 18º LEY DE

CONCILIACIÓN.- MERITO Y EJECUCIÓN DE ACTA DE

CONCILIACIÓN.- el acta un acuerdo conciliatorio

constituye título de ejecución. Los derechos, deberes y

obligaciones ciertas, expresas y exigibles que consten en

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dicha acta son exigibles a través del proceso de ejecución

de resoluciones judiciales.

4.- VÍA PROCEDIMENTAL:

4.1 La presente demanda deberá tramitarse en la Vía del

PROCESO DE EJECUCIÓN DE RESOLUCIÓN JUDICIAL.

5.- MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS:

5.1 En copia simple de mi DNI. (Anexo 1 – A)

5.2 En copia simple de mi menor hijo DNI. (Anexo 1 – B)

5.3 En copia legalizada de la partida de nacimiento de mi

menor hijo NAYELY ESTEFANY LLACUARIMAY

BALVIN, (Anexo 1 – C)

5.4 El mérito del acta de conciliación extrajudicial

celebrada ante el Defensoría del Niño y Adolecente de la

Municipalidad DISTRITAL DE PICHANAKI, ANTE LA SRA.

NORA LUZ ANGOMA CAMACLLANQUI. (Anexo 1 – D)

5.5 Constancia de habilitación del abogado. (Anexo

1- E)

PRIMERO OTRO SI DIGO: Que, el acta material de

ejecución, una suma ilíquida al juzgado pido practique

liquidación en su oportunidad, para cuyo fin adjunto la

siguiente propuesta de liquidación:

Del 03– 02- 2011 al 03 – 01– 2013 son 1 años con ONCE

meses a razón de S/ 200.00 asciende a S/ 4600.00.

En consecuencia el demandado me adeuda por concepto de

alimentos devengados la suma de Cuatro mil seiscientos

nuevos soles, monto que incluye el mes adelantado y el que

se le deberá incrementar los intereses correspondientes:

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SEGUNDO OTRO SI DIGO: Que, de conformidad al Art. 80

del C.P.C. OTORGO Y DELEGO a mi ABOGADO

PATROCINADOR, las facultades generales de

REPRESENTACIÓN en el presente proceso.

TERCERO OTRO SI DIGO: Que no adjuntamos cedula de

notificación por gozar de auxilio judicial conforme a la

norma procesal para los procesos de alimentos.

POR LO EXPUESTO

A Ud. Pido admitir la presente

demanda y en su oportunidad

tramitarla conforme a su naturaleza.

Satipo, 08 de enero de 2013

________________________________ ESTRELLA V. BALVIN CHIHUAN DNI. Nº 20564416