DELEGACIÓN DEL GOBIERNO E N CASTILLA LA MANCHA GOBIERNO DE …

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O F GOBIERNO DE ESPAÑA c o N/REF: ·Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421 REGISTRO SALIDA: 2101286126 FECHA: .21/05/2021 ASUNTO: Resolución estimatoria 126707 DESTINATARIO: 'ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01088) DELEGACIÓN DEL GOBIERNO E_N CASTILLA LA MANCHA SECRETARIA GENERAL- COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución: "A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita 126707 presentada por D/Dña HIDALGO PEREZ, RAQUEL, con NIF nº 05661112F, con domicilio en C/ DEL PARDO, 9 A lºB, de SARGAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso.j. VERBAL DE.SAHUCIO Nº 888/2019, seguidos en el JUZGADO DE INSTANCIA Nº 4 · DE TOLEDO, de la documentación aportada, de· las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente. Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 .de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE 11, del 12), esta Comisión entiende, que el solicitante. y, en su caso, su LJnidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente pór todos los conceptos,· no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña LOPEZ REY GARCIA ROJO, SANTIAGO (650399784) y del procurador D/Dña HELENA S.ANCHEZ FERNANDEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE 188, de 7 de agosto}. Si no está de acuerdo coh esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos} desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente . correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. EL SECRETARIO, Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán PLAZA 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: ·Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: .21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126707

DESTINATARIO: 'ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01088)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO E_N CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126707 presentada por D/Dña HIDALGO PEREZ, RAQUEL, con NIF nº 05661112F, con domicilio en C/ DEL PARDO, 9 A lºB, de SARGAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso.j. VERBAL DE.SAHUCIO Nº 888/2019, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 · DE TOLEDO, de la documentación aportada, de· las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 .de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende, que el solicitante. y, en su caso, su LJnidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente pór todos los conceptos,· no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña LOPEZ REY GARCIA ROJO, SANTIAGO (650399784) y del procurador D/Dña HELENA S.ANCHEZ FERNANDEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto}.

Si no está de acuerdo coh esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos} desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente . correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER~ 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126708

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01276)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL- . COMISIÓN DE ASISTENCIA .JURIÜICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126708 presentada por · D/Dña TULUCEANU, VIOREL, con NIF nº X6861628S, con domicilio en C/ SIERPES Nº 5, de LA PUEBLA DE MORADIEL, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DCT DIVORCIO . CONTENCIOSO Nº 506/2020, seguidos en el JUZGADO DE. lª INSTANCIA Nº 2 DE QUINTANAR DE LA ORDEN, de la documentación aportada, de ·1as actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, ·no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante. su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña LOPEZ GARCIA-MORENO, YOLANDA (625 093564) y del procurador D/Dña MARIA JOSE GUERRERO GARCIA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desdé su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

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N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

F.ECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126709

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01142)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/0!)/2021, la · Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126709 presentada por D/Dña GRANELL SESEÑA, AFRICA, con NIF nº 53824917H, con domicilio en C/ HERMANAS ESQUINAS 2, PORTAL E-8, de OCAÑA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MEDIDAS PATERNO-FILIALES *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE QUINTANAR, de la documentación aportada, de las actuaciones .Practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10.de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recurs'os e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el .citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante ·su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombr¡¡miento provisional del letrado b/Dña PANDURO ARAGONES, BENJAMIN (925-181010) y de.1 procurador D/Dñci MARIA DEL PILAR GAMERO ISAAC, con los efeétos jurídicos establecidos al respecto por los ¡;irts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para impOF1erla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.'~8.90.0Q FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126710

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO · (21/01089)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA' JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico tiue en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126710 presentada por D/Dña ARCONES SCHALLMOSER, ROSA, con NIF nº 02613680Y, con domicilio en C/ SAN PEDRO EL VERDE, 47, de TOLEDO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL (+2.000€) *,seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA DECANO DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de.· las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11. del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña LOPEZ-TELLO FORTEA, ANGELA (925 623029) y del procurador D/Dña Mª NELIDA TARDIO SANCHEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley

· antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo de·1 cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados.para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso .remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera

. iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. javier'Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98:91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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· N/REF: Comisión de Asistencia jurídica ·Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126711

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01131)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA Jl,JRIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126711 presentada por D/Dña DIAZ PAJUELO, MARIA DE LOS ANGELES, con NIF nº 52536821Z, con domicilio en C/ ALEJANDRO PACHECO, 4, 2ºA, de OCAÑA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 257/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE OCAÑA, de la documentación aportada,. de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan' disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña SANTIAGO PEREZ, SILVIA (655 570311) y del procurador D/Dña ANGELA MARIA BARBA GONZALEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta,. al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: e.omisión de Asistencia jurídiéa Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126712

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01132)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA·MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente ·1e comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, I¡¡ Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

. "A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126712 presentada por D/Dña CARRION PEREZ, BRICE SABAS, con NIF nº 75257316M, con domicilio en C/ ALEJANDRO PACHECO Nº4, 2ºA; de OCAÑA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 257/2020, seguidos en el JUZGADO DEIª INSTANCIANº 1 DE. OCAÑA, ·de la documentación aportada, de las actuaciones practica·das y de las demás circunstancias obrantes en el expediente. ·

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, .que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña SANTIAGO PEREZ, SILVIA (655 570311) y .del procurador D/Dña ANGELA MARIA BARBA GONZALEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de.agosto).

Si no está de acuerdo co'n esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES. {excluyendo del cómputo los festivos) .desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la. resolución impugnada y una certificación de ésta,. al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si. el procedimiento no se hubiera iniciado.

E,L SECRETARIO,

Fdo.: FCo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO· DE ESPAÑA

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N/REF:. Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/20.21

ASUNTO: Resolución estimatoda 126713

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01093)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO ' EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión. de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126713 presentada por D/Dña IRAAMANE GUIDER, NAIMA, con NIF nº 04647761J, con domicilio en C/ PROGRESO, 45, de. BARGAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso JURISDIC VOLUNTARIA (AUTORIZACION PASAPORTE MENORES) *, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA DECANO DE TOLEDO, de la documentación aportada, de· las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art, 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, a.creditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el rnomento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión ·RECONOCE al solidtante · su derecho ·de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña PEREZ ANGEL, MARIA ELENA (695586556) y del procurador D/Dña FERNANDO Mª VAQUERO DELGADO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de. 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del .cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde ·que haya sido conocid¡¡ por cualquiera de los legitimados para imponerl¡¡, ante la Secretaría de est¡¡ Comisión, siendo en ese caso remitida parn su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asis.tencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: .Resolución estimatoria 126714

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01265)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA. LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126714 presentada por 0/Dña ASSBAA, MOHAMEO, con NIF nº X3575391H, con domicilio en C/ CONSTANTI, 14, 5º-1, de REUS, provincia de TARRAGONA, en relación con el proceso EXECUATUR Nº 702/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 7 DE ILLESCAS, de la. documentac.ión aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunsta[lcias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el ·art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solic.itante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se esta[)lec~n en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña LARA MORA, ANA ISABEL· (925-254363) y del procurador D/Dña MARIA DOLORES ROJAS ALBALADEJO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

ili GOBIERNO

~ DE ESPAÑA

o F c o

N/REF: .Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126715

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01934)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución: ·

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126715 presentada por D/Dña DE LA CRUZ REBOLO, YOLANDA, con NIF nº 02280969J, con domicilio en C/ JUAN RAMON JIMENEZ, 7 -3º1ZQ, de EL CAMPELLO, provincia de .ALICANTE, en relación con el proceso MONITORIO (2.432,55€) Nº 501/2017, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE OCAÑA; de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad f<imiliar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los

· uni.brales económicos, que se establecen en .el citado. artículo, en el momento de efectuar la solicitud. '

En consecuencia, esta. Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MARADINI, GUSTAVO EDUARDO (925,156718) y del procurador D/Dña MOISES MATA TIZON, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio· (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de fórma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocid.a por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO· TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO:. Resolución estimatoria 126716

, DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01275)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­C0MISIÓN DE ASISTENCIA J\JRIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126716 presentada por D/Dña RAMALLO RODRIGUEZ, MIGUEL, con NIF nº 02211482D, con domicilio en AVDA. DE · MADRID, 5 PISO 28, de VALMOJADO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC HIPOTECARIA (80.000€) Nº 133/2014, seguidos en e'I JUZGADO DE lª INSTANCJA Nº 6 DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las ·actuaciones practicadas y de las demás · circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicbs que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se estab.lecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE a·I solicitante su derechb de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña DURAN VALLADOLID, M. JOSE (925-514751) y del procurador D/Dña JOSE PABLO GARCIA HOSPITAL, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. · ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126717

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/00947)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO Ef'.'l CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126717 presentada por D/Dña NICOLETA POPESCU, con NIF nº X8865065Z, con domicilio en C/ SOLANA, 12 A BJ. H, de OCAÑA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL (INCUMPLIMIENTO CONTRATO) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE OCAÑA, de la documentación aportada, de ·Jas actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente. ·

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3·de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso·, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ihgresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establece.n en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, esta Comisión .RECONOCE ar' solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña RUBIO REGIDOR, MARIANO (91-8011015) y del procurador D/Dña REMEDIOS RUIZ BENAVENTE, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. '

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 4507.f TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBl•ERNO DE ESPAÑA

c .o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126718

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01130)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunieo que en su reunión de fecha 21/05/2021, la . Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente

resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126718 presentada por D/Dña PERANTON RIO, MARIA JOSE, con NIF nº 53453395S, con domicilio en MONTES DE TOLEDO Nº5, de MENTRIDA, provincia de TOLEDO, en. relación con el proceso J. VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO) Nº 531/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE TORRIJOS; de la documentació·n aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan. los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña CALDAS SANZ, JOSE MARIA (925-770723) y del procurador D/Dña FRANCISCO JAVIER MARTIN SANTACRUZ, con los efectos jurídicos· establecidos al respecto por.los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD. 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al. JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado ..

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

·lfl 121

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GOBIERNO DE ESPAÑA

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN \:ASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

o F c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126719

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01259)

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la ·Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente · resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126719 presentada por D/Dña GOMEZ ROBLES, PIEDAD, con NIF nº 04159936H, con domicilio en C/ CAMINO EL CASAR Nº2, BAJO D, de SANTA OLALLA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO *, seguidos .en el JUZGADO DE lª INSTANCIA DECANO DE TORRIJOS, ·de la documentadón aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art: 3 de fa Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recu.rsos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar· la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado .D/Dña JARONES MARTIN-ARAGON, JOSE RAMON (666534250) y del procurador D/Dña MARIA ANGELES PEREZ ROBLEDO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

. Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por· escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta; al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera. iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gr.atuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FE.CHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126720

. DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/00949)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126720 presentada por D/Dña ARIAS GARCIA, CRITINA, con NIF nº 05700341K, con domicilio en C/ SANTA QUITERIA, 3, de LA PUEBAL DE DON RODRIGO, provincia de CIUDAD REAL, en relación con el proceso EJEC TITULO JUDICIAL (FAMILIA) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA·

· DECANO DE ILLESCAS,'de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

·Con base en los requisitos establecidos en el art. 3. de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por :todos los conceptos, no superan ,los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional .del letrado D/Dña MARTINEZ TOLEDO, LUCIA (925-532095) y del procurador D/Dña Mª TERESA AGUADO DORREGO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los. festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de ésta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL éompetente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECR,ETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitor'eS Dorán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO . TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Grntuitá/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126721

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADO,S DE TOLEDO (21/01009)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

. SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunion de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126721 presentada por D/Dña GONZALEZ SANCHEZ, CRESCENCIO, con NIF nº 01166871N, con domicilio en CAMINO NAVACIL, 10, de PELAHUSTAN, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso D, PREVIAS-Pº. ABREVIADO (AC PARTICULAR) Nº 555/2020, seguidos en el JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 4 DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente,

Con base en los requisitos establecidos en el art 3 de la Ley 1/L996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, .del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se .establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud,

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencla jurídica gratuita, confirmándole el nombramientó provisional del letrado D/Dña JARONES MARTIN-ARAGON, JOSE RAMON (666534250) y del procurador D/Dña JUAN IGNACIO ESCALONILLA. GARCIA-PATOS, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts, 17 y 18 de la L~y antedicha y por el art, 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto),

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, 'si el procedimiento no se hubiera iniciado,

EL SECRETARIO,

. Fdo.: Feo. Javier Ai:itores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00

·FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/0S/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126722

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01080)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

.SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de· fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución: ·

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126722 presentada por D/Dña ALCAIDE SALGUERO, ALFONSO, con NIF nº. 46847708C, con domicilio en C/ SANTANDER 9, 3º2, de MOSTOLES, provincia de MADRID, en relación con el proceso MEDIDAS PATERNO-FILIALES *, seguidos en el JUZGADO. DE 1ª INSTANCIA .DECANO DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el. expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los· umbrales económicos, que se establecen en el citado· artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña . PEREZ POLO, IGNACIO (925-510217) y del procurador D/Dña OSCAR GONZALEZ LEDESMA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES' (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida. por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071.TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

·GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126723

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01022)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

· Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126723 presentada por D/Dña ABOULKHAIR; HANANE, con NIF nº X7499683G, con domicilio en C/ GOMERA, 14, de VILLACAÑAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE QUINTANAR, de la documentación aportad·a, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en' el expediente,

Con base en los requisitos establecidos en el art 3 de la Ley 111:996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, ¡¡creditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, est¡¡ Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña TRADACETE ESCUTIA, BEGOÑA (685 181845) y del procurador D/Dña Mª JOSE GUERRERO GARCIA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los 'arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera , iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Adtores Durán

PLAZA ZOCODOYER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 915.9,8.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126724

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01084)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha .dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126724 presentada por D/Dña CHAOUI DOKKALI, ABDERRAHIM, con NIF nº 09811510Y, con domicilio en C/ SALAMANCA Nº8, 48, de PARLA, provincia de MADRID, en relación con el proceso EJEC TITULO JUDICIAL (3.100€) Nº 224/2020, seguidos en. el JUZGADO DE 1ª INSTANCIANº 2 DE ILLESCAS, de la ·documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad filmiliar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no .superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letr;ido D/Dña MORAGON DIAZ, JOSE JAVIER (925-250808) y del procurador D/Dña MIGUEL DIAZ DEL CERRO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de.forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la reso.lución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán.

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Com.isióri de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126727

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02175)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA Lf\ MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fec.ha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126727 presentada por D/Dña BENITEZ ACUÑA, CELINA, con NIF nº 54994353L, con domicilio en C/INSTITUCION LIBRE ENSEÑANZA, 54; .de ILLESCAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso PROTEC.EJERC.INADEC.GUARDA/ADMIN BS Nº 3~0/2020, seguidos en el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE TOLEDO, de la documentación ·aportada, de las at:tuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del. 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos

· económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales econórnicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña PANTOJA MARTIN, YOLANDA (925-254826) y del procurador D/Dña ANA ISABEL VIRTUDES GONZALEZ, ccin los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

' Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada; y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javi·er Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

e o

N/REF: Comisión ·de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/202.1.

ASUNTO: Resolución estimatoria 126731

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03166)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de 1.a solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126731 presentada por D/Dña DE LA FUENTE DE AMIL, SHEILA, con NIF nº 50215843N, con domicilio en C/JOSE LEZAMA LIMA, 7 - lºD, de ILLESCAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS (VICTIMA DE VG) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS, de la documentación ·aportada, de· las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos .establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente. por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MARTINEZ GOMEZ, ALBERTO (634636146) y del procurador D/Dña ,PEDRO JOSE MARTIN HERNANDEZ, con los efectos jurídicos estableCidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE n° 188, de 7 de agosto).

Si no está qe acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HAB.ILES {excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resoluc.ión impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. · · ·

. EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126732

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03356)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JÚRIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente fesolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126732 presentada por D/Dña VERA DE VILLEGAS, MARIA LUZ, con NIF nº Y4459836N.. con domicilio en C/ALTCiZANO BOADILLA, 59 C, de YELES, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO (VICTIMA DE VG) *, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

·Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enerd, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 1.1. del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su. caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado. D/Dña BARROSO DURAN, Mª DEL PILAR (600 534376) y del procurador D/Dña RAMON GOMEZ MUÑOZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución; puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que hqya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Jav·1er Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

illi GOBIERNO DE ESPAÑA .

o F c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126733

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03385)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la Vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126733 presentada por D/Dña PEREZ LOPEZ DUEÑAS, MARIA BELEN, con NIF nº 03885859D, con domicilio en CALLE MURILLO, 22, de LOS YEBENES, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS (VICTIMA DE VG) *, segÚidos en el Jl,JZGADO DE 1ª. INSTANCIA DECANO DE ORGAZ, ·de la documentación aportada, de las· actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con ba.se en los requisitos establ.ecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de · Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.· · ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GARCIA SANCHEZ, MARIA FAT1MA (611470907) y del procurador D/Dña SELEN AGUADO GARRIDO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto 'por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución; puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin. necesidad de intervención de li':trado, en el plazo de DIEZ· DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su ncitificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

El SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acit~res Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.; 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO· DE ESPAÑA

c o

N/REF.: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/20.21

ASUNTO: Resolución estimatoria 126734

DESTINATARIO:. ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03384)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126734 presentada por D/Dña DUEÑAS MORENO, MANUELA, con NIF nº 70333399C, con domicilio en C/SAN MARCOS, 29, de LOS YEBENES, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO (VICTIMA DE VG) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE ORGAZ, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de .la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud'.

En consecuencia, esta Comisión ·RECONOCE al solicitante. su derecho ·de asistencia ·jurídica gratuita, .confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña VILLAMAYOR LOSADA, FRANCISCO (925 461626) y del procurador D/Dña Mª ISABEL GARCIA-CANO GARCIA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art: 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES

·(excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si él procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91 .99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de ,Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126735

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03269)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA. LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA·

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución: ·

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126735 presentada por D/Dña CISNEROS ALBARRAN, VERONICA. con NIF nº 08929443S, con domicilio en C/SAN JOSE OBRERO, 12-lºA, de FUENSALIDA, provincia 'de TOLEDO, en relación con el proceso GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS (VICTIMA DE VG) *, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA DECANO DE TORRIJOS, 'de la documentación aportada, de las ·actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en S\J caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e· ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña JARONES MARTIN-ARAGON, JOSE RAMON (666534250) y del procurador D/Dña FRANCISCO JAVIER MARTIN SANTACRUZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificaéión o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, sienao en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCOD.OVER, 6 45071 TOLEDO TEL: 925.98.90.00 FAX.: ?25.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c 1. o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126738

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABQGADOS DE TOLEDO (21/03431)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente· resolución: ·

"A la vista de la·solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126738 presentada por D/Dña ARIAS IGLESIAS, GEMA, con NIF nº 490009368, con domicilio en C/DR.MARAÑON, 78, de YUNCOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO Y MEDIDAS (VICTIMA DE VG) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS, de la document.ación aportada, de las actuaciones practicadas y de· las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base. en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el

:solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que,· computados. anualmente por todos los conceptos, no superan los

. umbrales e~onómicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solidtud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GALAN CASTELLANOS,. Mª ESTHER (686-571662) y del procurador D/Dña MONTAÑA VILLEGAS ZAPARDIEL, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdá.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.9_9

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA:. 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126739

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03523)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO ~N CASTILLA LA MANCHA

SECREJARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de.la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126739 presentada por D/Dña PINEL IGLESIAS, SANDRA, con NIF nº 53447211H, cori domicilio en C/FRAY. DIEGO DE OCAÑA, 7 -lºB, de OCAÑA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO {VICTIMA DE VG) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS, de la ·documentación aportada, de las ·actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente. ·

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acre.ditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los. umbrales económicos, que se estab.lecen e,n el citado art.ículo, en el mómento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GARCIA REINERO, MARIA DEL PILAR (670473122) y del procurador D/Dña MARIA DEL MAR MARTINEZ BARAMB10: con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de· 25 de julio {BOE nº 188, de 7 d'e agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los festivos·) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya s.ido conocida por cualquiera de los legitimados para. imponerla, ante .la Secretaría de esta Comisión, siendo· en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán ·

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c 1 o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126740.

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03429)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO Et:-1 CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitu.d de asistencia jurídica gratuita nº 126740 presentada por D/Dña GRAPINOIU, IONELA, con NIF nº .X8563193V, c;on do·micilio en AVDA REYES CATOLICOS, 52, de QUINTANAR DE LA ORDEN, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO {VICTIMA DE VG) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE QUll\ITANAR, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº ll, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos ·que, computados anualmente· por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole .el non:ibramiento provisional del letrado D/Dña NIETO MORENO, MARIA YOLANDA (925 181780) y .del procurador D/Dña MARIA VICENTA

· MONZON LARA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la .Ley antedicha y pOr el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de.forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de

· . esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO.

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBl·ERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/42.1

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 2.1/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126744

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01085)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de· fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126744 presentada por D/Dña GONCIAREK, TOMASZ, con NIF nº X1366276F, con domicilio en C/ PARQUE, 5, de CEDILLO DEL CONDADO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J, VERBAL PESAHUCJO Nº 895/2019, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIANº 4 DE ILLE5CAS, de la documentación aportada, de las actuaciones pratticadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente,

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de 'la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídiGJ gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recµrsos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar lá solicitud,

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jur(dica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MUÑOZ CORROCHANO, HELENA (925-225720) y del procurador D/Dña JOSE PABLO GARCIA HOSPITAL, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art, 16 de su Reg,lamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto),

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ, DIAS HABILES (excluyendo del cómp,uto los festivos) desde su notificación o, en sµ defecto; desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia júrídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 2l/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126745

DESTINATARIO:. ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01020)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ~ASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICAGRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126745 presentada por D/Dña PEÑA LOPEZ, MARIA ALEXIA, con NIF nº 05648784F, con domicilio en C/ ESTACION Nº 10, de RETUERTA DEL BULLAQUE, provincia de CIUDAD REAL, en relación con el proceso EJEC TITULO JUCICIAL (FAMILIA) *, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA DECANO DE ORGAZ, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta .Comisión entiende que el solicitante y, .en su cáso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento d.e efectuar la solicitud. · ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña AROCO JUAREZ, PEDRO IGNACIO (925 461749) y del procurador D/Dña MARIA DEL PILAR MORA SEVILLA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el ai;t. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante Ja Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la· resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gr.atuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FE.CHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126746

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01266)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

· Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de I¡;¡ solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126746 presentada por D/Dña MENOUER, ZAINAB, con NIF nº X6331399A, con domicilio en C/ SALVADOR DALI, 8 BJ. DCHA, de ILLESCAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO *, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS; de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de· 1as demás circunstancias obrantes en el expediente. ·

· Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el soli.citante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establee.en en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña LOPEZ BRIONES, JOSE CARLOS (667485222) y del procurador D/Dña MIGUEL DIAZ DEL CERRO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de ·Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivosi desde su notificación o, en su defecto, ·desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuitá/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126747

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/00870)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTIL.LA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE. ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126747 presentada por D/Dña COBO CRIADO, ]OSE ANTONIO, con NIF nº 050122767V, con domicilio en C/ JUAN DE LA CIERVA, Nºl6, lºA, de FUENSALIDA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC TITULO JUDICIAL (5.150,22€) Nº 138/2020, seguidos en el. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº' 1 DE TORRl]OS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos. en el 'art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan. disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artkulo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, esta· Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña TORIJA MARTIN, GERARDO (925 770303) y del procurador D/Dña SUSANA SANCHEZ BARTOLOME, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de .su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DJAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en. su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. · · ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores· Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE. ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126748

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/00933)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

.SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunfco que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126748 presentada por D/Dña S.AFRIOUI CHELLALI, EL GHALIA, con NIF nº 04645402T, con domicilio en C/ PALOMAR Nº2, 2B, de TORRIJOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 711/2019, segl!idos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIANº 3 DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 d.e Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad .familiar, acreditan disponer de recursos e ·ingresos económicos que, computados anualmente por todos los ·conceptos, no superan· los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña CASTAÑO CASTAÑO, RAQUEL (925-761686) y del procurador D/Dña ANA ISABEL ANSINO LORENZO, con los. efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser irn¡iugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida .por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de · esta Comisión; siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimieílto no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

.Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

·GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

. REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126749

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01257)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATU!TA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la .vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126749 presentada por D/Dña MORA FERNANDEZ PEINADO, JOSE ANTONIO, con NIF nº 52083770V, con domicilio en C/ GRANADO , llA, de ILLESCAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL (3.900€) Nº 1022/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 7' DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de ·1as demás circunstancias obrantes en el expediente. ·

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de. la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer d.e recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efect4ar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al. solicitante su derecho de asistencia· jurldica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña BARROSO DURAN, Mª DEL PILAR (600 534376) y del procurador D/Dña MONTAÑA VILLEGAS ZAPARDIEL, con los efectos jurídicos~establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley .antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto). · ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos} desde su notificación o, en su defecto .• desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGAD.O O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acftores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión.de Asistencia jurídica ·Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126750

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01984)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA .LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA . JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, ,la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126750 presentada por D/Dña ZAPARDIEL GOMEZ, MARTA, con NIF nº 03903997T, con domicilio en C/ GRANADO, 12, de· HUECAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC TITULO JUDICIAL (FAMILIA) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias · obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica grátuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiend.e que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. · ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña FERNANDEZ RODRIGUEZ, DIANA (661 038075) y del procurador D/Dña JUAN IGNACIO ESCALONILLA GARclA-PATOS, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y. por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto. con el expediente correspondiente a· la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

~ Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o N/REF: Com.isióri de Asistencia_ jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126751

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01254)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita. de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126751 presentada por D/Dña JORGE JIMENEZ, EVA, con NIF nº 02257882H, con domicilio en C/ LOS NARDOS, 2, de YELES, provincia de TOLEDO, en -relación con el proceso EJEC FORZ EN PROC FAMILIA Nº 130/2015, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 3 DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas ·y de las demás circunstancias obrantes en el expepiente.

Co.n base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que e'I solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e. ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña AGUADO SOTOMAYOR, SILVIA (925-532095) y del procurador D/Dña CARMELO CUADROS MUÑOZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los.arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de 'los legitimados para imponerla, ante la Secretaría.de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL ,SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: ·Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/202.1

ASUNTO: Resolución estimatoria 126752

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01005)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista .de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126752 presentada por D/Dña CANO CARBONELL, PEDRO, con NIF nº 03804255D, con domicilio en AV. DE LA ESTACION, 101 DR, l D, de TORRIJOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC HIPOTECARIA (68.535,01€) Nº 240/2019, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº 2 DE TORRIJOS', .de la documentación aportada, de la.s actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia; esta Comisión RECONOCE al solicitante su. derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña CASTAÑO SANCHEZ, ALFONSO. (925-770884) y del procurador D/Dña ANA ISABEL ANSI NO LORENZO, con los efeetos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de .la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante 1.a Secretaría ·de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el· expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O . TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126753

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02494)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA.!v\ANCHA

SECRETARIA GENERAL-. COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente . le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista.de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126753 presentada por D/Dña BULLA MARTINEZ , ANDREA, con NIF nº 02376384R, con domicilio en C/ DIEGO LOPEZ, 13 -16, de VALMOJADO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso JVD JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO Nº 461/2020, seguidos en el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente. · ·

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 d.e Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que .el Solicitante y, en su caso; su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, ·esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de · asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña PAÑOS SANZ, JOSE CARLOS (607 671503) y del procurador D/Dña RAMON GOMEZ MUÑOZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no s.e hubiera iniciado. ·

·EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acit6res Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

GOBIERNO , DE ESPAÑA

O F c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126754

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01014)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fec~a 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:. ·

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126754 presentada por . D/Dña TACO TORRES, MAYRA ALEJANDRA, con NIF nº Yl 7175040, con domicilio en CARRETERA DE OCAÑA, 26, CASA, 9, de MENTRIDA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL EFECTIVIDAD Nº 464/20i9, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº. 2 DE TORRIJOS, de. la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las· demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de. asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados ·anualmente por· todos l9s conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña DE LA CRUZ BARAJAS, PEDRO (925-770555) y del procurador D/Dña ELVIRA GARCIA CASTAÑO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de. su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de· acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los festivos) des.de su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para .su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

e o

N/REF: Comisión de Asistencia Júrídica Gratuita/421.

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126755

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01250)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARlA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATl,JITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/.2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126755 presentada por D/Dña CANDELAS RODRIGUEZ, ESTHER, con NIF nº 51466952], con domicilio en C/MONTESINOS, 13 -1º -7, de ARANJUEZ, provincia de MADRID, en relación con el proceso J. VERBAL (+2.000€) Nº 180/2015, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE OCAÑA, de ·la documentación aportada, de las actuaciones practicadas· y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996,. de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acredit.an disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su dereého de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GONZALEZ MONTERO, ENRIQUE (925 131430) y del procurador D/Dña MOISES MATA TIZON, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley

· antedicha y por e.I art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: -Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA.

c o

N/REF: Cámisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 1267S7

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/00223)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO.

EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución: '

"Ala vist¡i de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126757 presentada por D/Dña BERDEJO ALVAREZ, RAQUEL, con NIF nº 46925378L, con domicilio en RONDA DE ORIENTE, 12 BJ B, de YUNCOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 592/2020, seguidos -en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 7 DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan· disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económ.icos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia; esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña PEREZ POLO, IGNACIO (925-510217) y del procurador D/Dña PEDRO JOSE MARTIN HERNANDEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecta por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

fdo.: Feo. Javier ACitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.9 J.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126759

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/00087)

DELEGACIÓN.DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

. SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126759 presentada por D/Dña COLINAS GOMEZ, SONIA, con NIF nº 50458232G, con domicilio en AVD. CASTILLA LA MANCHA, BQ 18 P-2 -2ºA. de YELES, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC TITULO JUDICIAL (95.000€) Nº 376/2018, seguidos en el JUZGADO DE 1ª.INSTANCIA Nº 5 DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practitadas y de las demás circunstancias obrantes' en el exped.iente. ·

Con base en los requisitos establecidos en el ¡¡rt. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado 0/0ña GOMEZ-MANZANILLA JUAN, ANTONIO (91 6838277) y del procurador 0/Dña TERESA DORREGO RODRIGUEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada pór escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el. plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con .el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. · ·

EL SECRETARIO, ·

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91 .99

~*~.· -O F

GOBIERNO DE.ESPAÑA

C· o

N/REF: Comisión de .Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FEC:HA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126761

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO.ABOGADOS DE TOLEDO (21/01198)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MAN CH~.

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126761 presentada por D/Dña OMAR KAMMAH, con NIF nº X5448312A, con domicilio en C/ RICARDO GONZALEZGARCIA, 5 BJ, de NUMANCIA DE LA 5AGRA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL EFECTIVIDA.D Nº 558/2020, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº 5 DE ILLESCAS, de la dotumentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obran.tes en el expediente,

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de• Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el. solicitante y, eff su caso, su unidad familiar, .acreditan disponer de recursos e ingresos

. económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos,. que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, •esta · Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña · SASTRE MOLINA, JOSE MARIA (91 4458369) y del procurador D/Dña Mª DEL MAR MARTINEZ BARAMBIO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de

· 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO

· TEL.:· 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

·GOBIERNO DE ESPAÑA

O F c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA:. 2101286126

FECH.A: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126762

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01200)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126762 presentada por D/Dña PRIETO GORDILLO, FELIPE, con NIF nº 038455630, con domicilio en C/ ROSALES, 24, de AÑOVER DE TAJO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MEDIDAS PATERNO­FILIALES *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS, de la. documentación aportada; de las actuaciones· practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecido.s en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de io de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del l2), esta Comisión entiende que el solicit;;inte y, en sU caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta ·comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia .jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña ROSA CENTEN, ROSA MARIA (626 036319) y del procurador D/Dña WENCESLAO PEREZ DEL MORAL, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio

· (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.0.0 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126766

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03327)

DELEGACIÓN DEL·GOBIERNO EN CASTILL,A LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su . reunión de fecha 21/05/2021, . la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la sigu,iente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126766 presentada por D/Dña LOPEZ CARMENA, DESIREE, con NIF nº 042327975, con domicilio en C/ ERAS, 34 BJ. B, de ALAMEDA DE LA SAGRA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso GUARO CUSTODIA Y ALIMENTOS (VICTIMA DE VIOLENCIA DE GENERO) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO' DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados .anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de.efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MARTINEZ GOMEZ, ALBERTO (634636146) y del procurador D/Dña JOSE PABLO GARCIA HOSPITAL, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto) .

. Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Sec.retaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su· resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente q al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores·Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: . 2i01286126

FECHA:. 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 12.6787

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01190)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por· la presente le comunico que en su reunron de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado lil siguiente resolución:

"A la vista de la solicitu.d de asistencia jurídica gratuita nº 126787 presentada por D/Dña GELADO MARTIN, ISRAEL, con NIF nº 03850108T, con domicilio en AV. GRECIA, 33, de ARGES, provincia· de TOLEDO, en relación con el proceso MODIFC DE MEDIDAS SUP CONT *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª IN?TANCIA DECANO DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las ·demás circunstancias obrantes en el expediente. ·

, Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Eriero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad ·familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia; esta Comisión RECONOCE· al. solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MORA-GRANADOS NAVARRO, JUAN CARLOS (649-979812) y del procurador D/Dña MARIA JOSE LOZANO MARTIN-MORA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILE.S (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEbO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021.

ASUNTO: Resolución .estimatoria 126789

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01145)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126789 presentada por D/Dña RODRIGUEZ GAMERO, MARIA PILAR, con NIF nº 46855596l, con domicilio en CARRETERA ANDALUCIA 68, BAJO J, de ARANJUEZ, provincia de MADRID, en relación con el proceso Pº ORDINARIO (10.000€) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE OCAÑA, de la documenta.ción aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1:996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión .entiende que el sol.icitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos,. no ·superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el mamen.to de efectuar la solicitud.

Elíl consecuencia, esta Comisión RECONOCE· al solicita rite su derecho de· asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña POVEDA MASCARAQUE, MARIA INMACULADA (626 315748) y del procurador D/Dña" ANA CONSUELO GONZALEZ MONTERO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificacíón de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.·: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, ~ 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídic.a Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: fl.esolución estimatoria 126809

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01258)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL-. COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución: ·

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126809 presentada por D/Dña MINUESA JUANES, GEMA, con NIF nº 04244541Y, con domicilio en C/ ROLLO, Nº13, de SANTA CRUZ DEL RETAMAR, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso FAML, GUARO, CUST Y ALI - MED PROVISIONALES *, seguidos en el JUZGADO .DE lª INSTANCIA DECANO DE TORRIJOS, de la d9cumentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en .el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, ·esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña IPIÑA MORON, ADOLFO (925 751166) y del procurador D/Dña MARGARITA RAMOS ALONSO-RODRIGUEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO· O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: ·Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL:: _925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Cqmisión de Asistencia jurídica .Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

.FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126814

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03154)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL- . COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en. su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución'

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126814 presentada por D/Dña ARRISCADO PALMERO, MARIA DOLORES, con NIF nº 03952250E, con domicilio en CALLEJON DE LOS NIÑOS HERMOSOS, Nºl, 2º, de TOLEDO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO Nº 709/2020, seguidos en el JUZGADO DE

·1• INSTANCIA Nº 7· DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asisten.cia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el s.olicitante y, en su caso, su unidad familiar, acréditan disponer de recursos e ingresos económicos que, . computados anualmente por todos los conceptos: no superan ·los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña VEGA AMAYA, ALICIA-GLORIA (925 253792) y del procurador D/Dña RICARpO SANCHEZ CALVO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo. con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del· cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resol\,lción impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera inici'acio.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistenci.a jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126815

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/00869)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­CO.MISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, .la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente

·resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126815 presentada por D/Dña MORENO MARTIN, MARIA ESTHER, con NIF nº 47455195P, con domicilio en C/ CRU'CES Nº12, de MAGAN, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso RECLAMACION DAÑOS Y PERJUICIOS ( +2.000€) *, seguidos en el JUZGADÓ DE 1ª INSTANCIA DECANO DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las ai:tuaciones practicadas V de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisito.s establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende. que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, · computados anualmente por todos los conceptos, no superan los. umbrales económicos, que se establecen en el cit¡¡do artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MADRIDANO PONS, NATALIA (635 382654) y del procurador D/Dña DIANETTE SANZ DIAZ, . con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Regla.mento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HAB.ILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde qlle haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. · ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. JaVier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF:. Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126817

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01253)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA .

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de To.ledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 126817 presentada p'or D/Dña ORTEGA REDONDO, JUAN LUIS, con NIF nº 03852461F, con domicilio en PLAZA VERACRUZ 14; de MOCEJON, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL. DESAHUCIO Nº 861/2019, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 6 DE TOLEDO, de la, documentación aportada, de las actuacio.nes practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente. ·

Con base. en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recurs.os e ingresos económicos que, computados anualmente pbr todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MAJANO CAÑO; MARIA JOSE (925-252:143) y del procurador D/Dña MIGUEL ANGEL VILLAGARCIA SA,NCHEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acltores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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N/REF:, Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 126819

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01192)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA G.ENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia .de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia.jurídica gratuita nº 126819 presentada por D/Dña RAMOS FERNANDEZ, LAURA, con NIF nº 03909926H, con domicilio en C/ RIGOBERTA 15, lºB, de ., provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MEDIDAS PATERNO-FILIALES *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE TOLEDO, de la documentación aportada, de· las actuaciones practicadas y de las dem.ás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, . en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña JIMENEZ COMENDADOR, BELEN (670 104623) y del. procurador D/Dña MARIA BEATRIZ LOPEZ BLANCO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003; de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ.DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

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fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2_021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127068 ·

DESTINATARIO:- ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02049)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GE.NERAL­COM)SIÓÑ DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión. de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asiste(lcia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127068 presentada por D/Dña RAMIREZ MORENO, MIGUEL ANGEL, con NIF nº 03824158V, con domicilio en C/ LISBOA, 9, de MAGAN, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MONITORIO (8.955,18€) Nº 827/2020, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIANº 2 DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias óbrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos etonómié:os que, computados anualmente por todos los conceptos, · no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MUÑOZ ORTEGA, HERIBERTO (925-233242) y del procurador D/Dña SAGRARIO DOMINGUEZ ALBA. con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

·EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/42.l

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127069

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02051)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

f>or la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127069 presentada por D/Dña SANCHEZ ALONSO, JORGE, con NIF nº 03906762M, con domicilio en GRAN CAPITAN Nº52, de BARGAS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MODIF DE MEDIDAS*, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancías obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económirns que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, . que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, . esta Comisión RECONOCE. al solicitante. su ·derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GUADAMILLAS GOMEZ, MARGARITA (600860917) y del procurador D/Dña ANTONIO SALAMANCA FERNANDEZ, ·con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 1.7 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 ele su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, de.sde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de · esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Féio.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127070

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02054)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127070 presentada por D/Dña ANDRES DURAN, MILAGROS, con NIF nº 07047833N, con domicilio en C/ ERAS Nº26, de MENASALBAS, provincia de TOLEDO, . en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE.CANO D~ TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los. requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11,. del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña DE LA CRUZ MARTIN-MAESTRO, M. REMEDIOS (925-257583) y del procurador D/Dña MARIA ]OSE ROMERO GALLEGO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de·julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificaci(m o, en su defecto, desde que . haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubi.era iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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N/REF: Comisión de Asistenéia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127119

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01961)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127119 presentada por D/Dña PEREZ MENDEZ, ARACELI, con NIF nº 51667978L, con domicilio en C/ MIRAVETE,12 -2º, de BADAJOZ, provincia de BADAJOZ, en relación con el proceso MODIF DE MEDIDAS SUP CONT. Nº 208/2017, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 3 DE ILLLESCAS, de la docume.ntación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias· obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su. unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, .no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento d.e efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE ·al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GOMEZ-E5PINOSA BARRIOS, PABLO CESAR (657 346338) y del procwador D/Dña JOSE PABLO GARCIA HOSPITAL, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO, .

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

~ GGBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídiéa Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127131

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02017)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia, Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente

. reso.lución: ..

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127131 presentada por D/Dña LEON BULLIDO, NOEMI, con NIF nº 04199615E, con domicilio en C/ CAMINO DE PORTILLO, 6, de QUISMONDO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso DIVORCIO MUTUO ACUERDO *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE TORRIJOS, de la 'documentación aportada, 'de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias· obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), .esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su .unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente ·por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante . su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado ,D/Dña

. GOMEZ RICO, DIEGO (625 722752) y del procurador D/Dña FCO JAVIER MARTIN SANTACRUZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una· certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.i Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 4507 l TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 21Ql2!36126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127132

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02044)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SE(;RETARIA GENERAL- . COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127132 presentada por D/Dña LESCANO VASQUEZ, CAROLINA YLINA, con NIF nº Y4551627X, con domicilio en C/ REAL, 106 -lºC, de YUNCOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 260/2020, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº 3 DE ILLESCAS, de

· la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y· de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de .la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12),. esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos · económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confii-mándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GARCIA MOREJON, LUIS SALVADOR (676659132) y del procurador D/Dña PEDRO JOSE MARTIN HERNANDEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA:. 2101286126

.FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127134

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02045)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MA.NCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127134 presentada por D/Dña MERIDA IZQUIERDO, ANGEL LUIS, con NIF nº 03823869G, con domicilio en AVDA. TALEVERA, 2 -2º8, de LA .PUEBLA DE MONTALBAN, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 260/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA 'Nº 3 DE ILLLESCAS, de la documentación. aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GARCIA MOREJON, LUIS SALVADOR (676659132) y del procurador D/Dña PEDRO JOSE MARTIN HERNANDEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, .de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al• JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO . DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión. de Asistencia jurídica GratLiita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127137

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03982)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISl.ÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRAT~ITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la· Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vistade la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127137 presentada por D/Dña RODRIGUEZ RODRIGUEZ, PATRICIA, con NIF nº 50546255Y, con domicilio en ., de ., provincia de ., en relación con el proceso GUARDIA, CUSTODIA Y ALIMENTOS (V. DE GENERO) *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de l;is actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y; en su caso, su unidad famili;ir, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos . los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de ·asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GONZALEZ ROMERO, JACINTO (634 537496) y del procurador D/Dña OSCAR GONZALEZ LEDESMA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondi.ente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado ..

EL· SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO . TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

· N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127138

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03983) .

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA ,LA MAN<:;:HA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTEN~IA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127138 presentada por D/Dña LUCAS MARTIN, SILVIA, con NIF nº 53432459D, con domicilio en AVDA. CONSTITUCION, 10, P.1, 2ºB, de YUNCLER, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso GUARDIA, CUSTODIA Y ALIMENTOS (V. DE GENERO} *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y·de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de rec"ursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, ·esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña GONZALEZ ROMERO, JACINTO (634 537496) y del procurador D/Dña MARIA DEL MAR MARTINEZ BARAMBIO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25. de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto}.

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos} desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida .por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución j·unto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y uria certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoiia 127139

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO · (21/04054)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA

. JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asiste,ncia jurídica gratuita nº 127139 presentada por D/Dña CIUBUCCIUBUC, SILVIA, con NIF nº 55298168G, con domicilio en C/ SOR JUANA INES DE LA CRUZ, Nº6, de GIJON, provincia cie ASTURIAS, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO (VICTIMA DE V.G.) Nº 68/2021, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE OCAÑA, de la documentación aportada, de 1a·s actuaciones practicadas y .de las demás circunstancias obrantes. en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unida.d familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se estab.lecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

En consecuencia, esta Comisión. RECONOCE al solicitante su derecho. de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña RUBIO REGIDOR, MARIANO (91-8011015) y del procurador D/Dña MARIA NIEVES MARTIN­FUERTES COLASTRA, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIE.Z DIAS HABILE:S {excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados· para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Jpvier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídié:a Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127151

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02048)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita !1º 127151 presentada por D/Dña MANZANO .JIMENEZ, HERMINIA, con NIF nº 041263268, con domicilio en C/ FRANCISCO TOMAS Y VALIENTE, 16, de ESCALONA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC TITULO JUDICIAL (+2.000€) Nº 35/2019, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/L996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. · ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de· asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña RICO SEGOVIA, JORGE (925 863125) y del procurador D/Dña FCO JAVIER MARTIN SANTACRUZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y pqr el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución Impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

'Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO· DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

·ASUNTO: Resolución estimatoria 127155

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01973)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GEN_ERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asist.encia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127155 presentada por D/Dña GONZALEZ MOLINA, JESUS, con NIF nº 06275760A, con domicilio en C/ JUAN ANTONIO VALLEJO NAJERA, 32, de LILLO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MONITORIO '(7.141,58 €) Nº 440/2018, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIANº 2 DE OCAÑA, d.e la document<Jción aportada, de las a~tuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante ·y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos. que, computados anualmente por todos los. conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la, solicitud. .

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña PANTOJA LQPEZ, MIGUEL (661-941629) y del procurador D/Dña ANA CONSUELO GONZALEZ MONTERO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 d'e .la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE .nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocid.a por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el. expediente correspondiente a la resolución impugnada y una. certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: F\:O. Jav'1er Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO · DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127156

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02011)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA/GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión· de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127156 presentada por D/Dña GONZALEZ FERNANDÉZ, DANIELA, con NIF nº 50574940.X, con domicilio en C/ RIO JARAMA, 7, de ONTIGOlA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC HIPOTECARIA ( 33.236,46€) Nº 146/2020, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº 2 DE OCAÑA, de la documentación aportada, de las actuadones practicadas y d'e las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos .e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos,· que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar

· la solicitud. ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña ROLDAN ALMAGRO, ANTONIO (619,589879) y del procurador D/Dña Mª NIEVES MARTIN­FUERTES COlASTRA, ·con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si. no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. · .

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Jav'1er Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistenda jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: .21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127159

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02013)

DELEGACIÓN DÉL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado lá siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127159 presentada por D/Dña FERNANDEZ ESTEBAN, LAURA, con NIF nº 46861118K, con domicilio en C/ RIO JARAMA, 7, de ONTIGOLA, provincia de TOLEDO, en relación Con el proceso EJEC HIPOTECARIA (33:236,46 €) Nº 146/2020, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº 2 DE OCAÑA, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás· circunstancias obrantes en el expediente. ·

Con base en lbs requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solici'tante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de récursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña RAMIRE.Z DE LOMA, ANA MARIA (68795~540) y del procurador D/Dña ANGELA Mª BARBA GONZALEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio {BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquier<i de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO.

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421 ·

· REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA:. 21/0S/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127162

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02047)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA ,

Por la presente le comunico que en su reun1on de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127162 presentada por D/Dña LEON PAIRAZAMAN, ALICIA 15ABEL, con NIF nº X5769471J, con .domicilio en C/ CAZADORES, 1 P-2 BJ. E, de OCAÑA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 868/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 D.E OCAÑA,' de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás · circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el arL 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su .unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña POVEDA MASCARAQUE, MARIA INMACULADA (626 315748) y del procurador D/Dña ANGELA Mª BARBA GONZALEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, a.1 JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Atitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

GOBIERNO DE ESPAÑA

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N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: .21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127164

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02055)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la soliCitud de asistencia jurídica gratuita nº 127164 presentada por D/Dña .DIAZ CAMUÑAS, ANTONIA, con NIF nº 037949682, con domicilio en C/ VIÑAS, 16 -lºB, de TORREJON DE ARDOZ, provincia de MADRID, en relación con el proceso DIVORCIO CONTENCIOSO *, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DECANO DE OCAÑA, de la documentación aportada, de: las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (B0E nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante. y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña TRIVIÑO MARQUEZ, ANTONIA (658 950937) y del procurador D/Dña ANGELA Mª BARBA GONZALEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con .esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de= DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del· cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siencio en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

·Fdo.: F.co. Javier Acitores-Durán ·

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

~ GOBIERNO DE ESPAÑA

o F c o

N/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127168

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02005) '

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENélA

. JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127168 presentada por D/Dña GARCIA TORRES, ALMUDENA, con NIF nº 03806618A, con domicilio en C/ ANCHA, 17, de TORRIJOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso D. PREVIAS (AC. PARTICULAR) Nº 354/2020, seguidos en el JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 1 DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos. establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisió,n entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad. familiar, acréd.itan disponer .de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En Consecuencia, esta Comisión RECONOCE al .. solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MARTIN FERNANDEZ, Mª JOSEFA (925-622119) y del procurador D/Dña JOSE LUIS VAQUERO DELGADO, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, pue.de ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida. por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resoluci.ón junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

·~·

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión. de Asistencia Jurídica Gratu.ita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

F.ECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127172

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/02016)

'

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MAN.CHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127172 presentada por D/Dña GUIJARRO MALAVIA, LOURDES, con NIF nº 04562315N, con domicilio en C/ RIO FUENTEBRADA, S/N 11 -3ºD, de TOLEDO, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL (5.758€) Nº 300/2019, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº 7 DE TOLEDO, de la documentación aportada, de .las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes· en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 dela Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión e.ntiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente. por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en. el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña PANTOJA GOMEZ, MARIA INMACULADA (925-257005) y del procurador D/Dña Mª EUGENIA ESTABAN VILLAMOR, con .los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acu.erdo con esta resolución, puede ser impugnada por.escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de · esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y· una certificación· de ésta, al JUZGADO O·

· TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

~. ~

Fdo.: Feo. Ja.vler Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 4507 l TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.9!.99

~*~· -O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

· N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127173

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01536)'

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictad'o la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127173 presentada por D/Dña SEGURA MUÑOZ, RAFAEL, con NIF nº 03955239K, con domicilio en C/ RASCON, 12, de LAGOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso EJEC TITULO JUDICIAL (+2.000€) Nº 85/2020,. seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIANº 7 DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de· las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su ca!;o, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan 'los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de. efectuar .la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado 0/Dña MUÑOZ GALLARDO, GUADALUPE (925 255327) y del procurador D/Dña MARIA JOSE DIAZ FIEIRAS, con los efectos jurídicos establecidos al respecto' por los arts. 17 y 18 de la .Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de· esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, 'si el procedimiento no se hubiera iniciado. · ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo.- Javier Acitores Durán

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PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asiste.ncia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 12717S

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01915)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA' GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jur.ídica Gratuita de la provincia de Toledo ha .dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127175 presentada por D/Dña GUAYA, CAMPOS,JOSE ANTONIO, con NIF nº Y68991975Q, con domicilio en C/, de VALMOJADO, provincia de TOLEDO, en relación con· el proce·so D.IVORCIO CONT Nº 147/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 5 DE ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de ·1as demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anu.almente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión · RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña SANCHEZ GARCIA, YOLANDA (925 910659) y del procurador D/Dña RAMON GOMEZ MUÑOZ, con .los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su. Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

1\1/REF: Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FEC.HA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127177

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01535)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCH(\

. SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en· su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo hil dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127177 presentada por D/Dña SEGURA MUÑOZ, RAFAEL, con NIF nº 03955239K, con domicilio en CALLE DE RASCON, 12, de LAYOS, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MONITORIO (10.625,62€.) Nº 948/2019, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIANº 3 DE TOLEDO, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstan·cias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita {BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar,. acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los. umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En ·consecuencia, esta· Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña M.UÑOZ GALLARDO, GUADALUPE (925 255327) y del procurador D/Dña MARIA JOSE DIAZ FIEIRAS, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por Jos arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugna.da por escrito,' de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES {excluyendo del cómputo los festivos) .desde su notificación o, en .su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para ,su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. · ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLÉDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO· DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratu.ita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/20.21

ASUNTO: Resolución estimatoria 127181

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS OE TOLEDO (21/03613)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127181 presentada por 0/Dña DOMINGUEZ FERNANDEZ, JULIAN, con NIF nº 00792401M, con domicilio en C/ SERRANILLO, 41, de UGENA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso MONITORIO Y Pº QUE DERIVE (2000€) N798/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 5 DE· ILLESCAS, de la documentación aportada, de las actuaci'ones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos. los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud. ·

'En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, Confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña MUÑOZ CORRQCHANO, HELENA (925-225720) y del procurador D/Dñ<1 TERESA DQRREGO RODRIGUEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 dejulio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada; y sin necesidad de intervenc.ión de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legiti.mados para imponerla; ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO.

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

GOBIERNO DE ESPAÑA

O F 1 C O

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127183

. DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01925)

DELEGACIÓN DEL, GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

_ Por la presente le comunico que en· su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

''A.la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº 127183 presentada por D/Dña FLORES CARRERE, JOSE MANUEL, con' NIF nº 04858844W, con domicilio en C/ IGLESl_A 23.-A. de LA_ MATA. provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL

· DESAHUCIO Nº 390/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIANº 2 DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.·

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y,. en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que.se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecu.encia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña RETAMAL GONZALEZ; Mª ANGELES (695473562) y del procurador D/Dña MARTA ISABEL PEREZ ALONSO, con los efectos jurídicos establecidos ·a1 respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de T de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión. siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado. ·

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: CorJ1isión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/20.21

ASUNTO: Resolución estimatoria i.27186

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01923) .

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución: .

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita nº .127186 presentada por D/Dña CALZADO PEREZ, SAMARA, con NIF nº 04860027N, con domicilio en C/ IGLESIA 23-A, de LA MATA, provincia de. TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL EFECTIV.IDAD Nº 390/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actoaciones practicadas· y de las demás circunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12). esta Comisión entiende que el solicitante y, en su ca·so, su· unidad -familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en.el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña RETAMAL GONZALEZ, Mª ANGELES (695473562) y del procurador D/Dña MARTA ISABEL PEREZ ALONSO, con los efectos jurídicos e·stablecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de . la Ley antedicha y por· el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde sll notificación o, en su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución -junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores. DLirán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91 .99

O F

GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comi.sión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: 21/05/2021.

ASUNTO: Resolución estimatoria 127187

DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/03150)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA lA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reunión de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistenciq jurídica gratuita nº 127187 presentada por D/Dña MALDONADO EXPOSITO, ISABEL, con NIF nº 08940165L, con domicilio en C/ JOAQUIN GONZALEZ, 11 -3'8, de MENTRIDA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso J. VERBAL DESAHUCIO Nº 640/2020, seguidos en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de ·1as demás círcunstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996, de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en .el momento de efectuar la solicitud. · · ·

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña PRUDENCIO BIENAYAS, MARIA JESUS (925-285813) y del procurador D/Dña INMACULADA LOPEZ GONZALEZ, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RD 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto). ·

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en su defecto, desde que· haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para imponerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una_ certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera iniciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.: Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCODOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99

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GOBIERNO DE ESPAÑA

c o

N/REF: Comisión de Asistencia jurídica Gratuita/421

REGISTRO SALIDA: 2101286126

FECHA: .21/05/2021

ASUNTO: Resolución estimatoria 127188

, DESTINATARIO: ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS DE TOLEDO (21/01873)

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CAS!ILLA LA MANCHA

SECRETARIA GENERAL­COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA

Por la presente le comunico que en su reun1on de fecha 21/05/2021, la Comisión de Asistencia jurídica Gratuita de la provincia de Toledo ha dictado la siguiente resolución:

"A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita .nº 127188 presentada por D/Dña GARCIA GARCIA, SONIA, con NIF nº 52881385S, con domicilio en C/ CASTILLO DE ALMANSA, 428 B, de ESCALONA, provincia de TOLEDO, en relación con el proceso j. VERBAL DESAHUCIO Nº 572/2020, seguidos en el JUZGADO DE lª INSTANCIA Nº 4 DE TORRIJOS, de la documentación aportada, de las actuaciones practicadas y de las de.más circúnstancias obrantes en el expediente.

Con base en los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley 1/1.996", de 10 de Enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE nº 11, del 12), esta Comisión entiende que el solicitante y, en su caso, su unidad familiar, acreditan disponer de recursos e ingresos económicos que, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los umbrales económicos, que se establecen en el citado artículo, en el momento de efectuar la solicitud.

En consecuencia, esta Comisión RECONOCE al solicitante su derecho de asistencia jurídica gratuita, confirmándole el nombramiento provisional del letrado D/Dña JIMENO SANCHEZ-PATON, RAMON (925 771203) y del procurador D/Dña ROSARIO PEREZ FERRER, con los efectos jurídicos establecidos al respecto por los arts. 17 y 18 de la Ley antedicha y por el art. 16 de su Reglamento, aprobado por RO 996/2003, de 25 de julio (BOE nº 188, de 7 de agosto).

Si no está de acuerdo con esta resolución, puede ser impugnada· por escrito, de forma motivada, y sin necesidad de intervención de Letrado, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES (excluyendo del cómputo los festivos) desde su notificación o, en. su defecto, desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para impónerla, ante la Secretaría de esta Comisión, siendo en ese caso remitida para su resolución junto con el expediente correspondiente a la resolución impugnada y una certificación de ésta, al JUZGADO O TRIBUNAL competente o al JUEZ DECANO para su reparto, si el procedimiento no se hubiera ini.ciado.

EL SECRETARIO,

Fdo.; Feo. Javier Acitores Durán

PLAZA ZOCóDOVER, 6 45071 TOLEDO TEL.: 925.98.90.00 FAX.: 925.98.91.99