DecretoNro1108deagosto29de2012

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UNIDOS HACEMOS EL CAMBIO DECRETO NÚMERO 1108 ItagÜí, 29 de agosto de 2012. POR El CUAL SE DICTAN MEDIDAS PARA GARANTIZAR lA PUBLICIDAD DE lOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DEL MUNICIPIO A TRAVÉS DE MEDIOS ElECTRONICOS. EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ITAGUI, en uso de las facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 136 de 1994, 1437 de 2011 y 1551 de 2012 CONSIDERANDO. a) Que la Administración Municipal requiere ser eficiente y oportuna en el cumplimiento de su función administrativa frente a la ciudadanía para lo cual debe ejercer sus funciones y competencias de manera adecuada y en armonia con el Concejo Municipal, garantizando la publicidad de sus actuaciones. b) Que de conformidad con las normas legales vigentes, la administración municipal debe garantizar la publicidad de sus actuaciones y de los actos administrativos de carácter general que se emitan y que tengan como destinatarios a toda la comunidad. c) Que de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los actos administrativos de carácter general no serán obligatorios mientras no hayan sido publicados en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales o en su defecto mediante la fijación de avisos, la distribución de volantes, la inserción en otros medios, la publicación en la página electrónica o por bando, en tanto estos medios garanticen amplia divulgación. d) Que atendíendo a las modernas tecnologías que existen en el medio y a la obligación que tienen hoy los municipios de contar con una página web que garantice la publicidad de todas sus actuaciones dentro de la estrategia estatal de Gobierno en Línea, se hace importante contar con un sistema de divulgación de todos los actos administrativos de carácter general a través de la pagina web municipal y de esta manera dar cumplimiento al artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. e) Que el artículo 65 del Código de Procedimíento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, dan plena validez a la publicación de los actos administrativos de carácter general a través de la pagina web del municipio o medios electrónicos siempre y cuando se garantice su amplia difusión, siendo viable contar con una Gaceta Municipal electrónica a través de la pagina web de la entidad. DECRETA ARTíCULO PRIMERO. GACETA DIGITAL MUNICIPAL. Créese la Gaceta Digital Municipal de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la cual funcionará en la página web del municipio de Itagüí.

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  • UNIDOS HACEMOS EL CAMBIO

    DECRETO NMERO 1108Itag, 29 de agosto de 2012.

    POR El CUAL SE DICTAN MEDIDAS PARA GARANTIZAR lA PUBLICIDAD DE lOSACTOS ADMINISTRATIVOS DEL MUNICIPIO A TRAVS DE MEDIOS ElECTRONICOS.

    EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ITAGUI, en uso de las facultades Constitucionales ylegales, en especial las conferidas por las Leyes 136 de 1994, 1437 de 2011 y 1551 de 2012

    CONSIDERANDO.

    a) Que la Administracin Municipal requiere ser eficiente y oportuna en el cumplimientode su funcin administrativa frente a la ciudadana para lo cual debe ejercer susfunciones y competencias de manera adecuada y en armonia con el ConcejoMunicipal, garantizando la publicidad de sus actuaciones.

    b) Que de conformidad con las normas legales vigentes, la administracin municipaldebe garantizar la publicidad de sus actuaciones y de los actos administrativos decarcter general que se emitan y que tengan como destinatarios a toda la comunidad.

    c) Que de conformidad con el artculo 65 del Cdigo de Procedimiento Administrativo yde lo Contencioso Administrativo, los actos administrativos de carcter general nosern obligatorios mientras no hayan sido publicados en el Diario Oficial o en lasgacetas territoriales o en su defecto mediante la fijacin de avisos, la distribucin devolantes, la insercin en otros medios, la publicacin en la pgina electrnica o porbando, en tanto estos medios garanticen amplia divulgacin.

    d) Que atendendo a las modernas tecnologas que existen en el medio y a la obligacinque tienen hoy los municipios de contar con una pgina web que garantice lapublicidad de todas sus actuaciones dentro de la estrategia estatal de Gobierno enLnea, se hace importante contar con un sistema de divulgacin de todos los actosadministrativos de carcter general a travs de la pagina web municipal y de estamanera dar cumplimiento al artculo 65 del Cdigo de Procedimiento Administrativo yde lo Contencioso Administrativo.

    e) Que el artculo 65 del Cdigo de Procedimento Administrativo y de lo ContenciosoAdministrativo, dan plena validez a la publicacin de los actos administrativos decarcter general a travs de la pagina web del municipio o medios electrnicossiempre y cuando se garantice su amplia difusin, siendo viable contar con unaGaceta Municipal electrnica a travs de la pagina web de la entidad.

    DECRETA

    ARTCULO PRIMERO. GACETA DIGITAL MUNICIPAL. Crese la Gaceta Digital Municipalde conformidad con el artculo 65 del Cdigo de Procedimiento Administrativo y de loContencioso Administrativo, la cual funcionar en la pgina web del municipio de Itag.

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    ALCALDA DE

    Itagt.tUNIDOS HACEMOS EL CAMBIO

    ARTIcULO SEGUNDO. ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE PUBLICAN EN lA GACETADIGITAL MUNICIPAL. De conformidad con el artculo 65 del Cdigo de ProcedimientoAdministrativo y de lo Contencioso Administrativo, ser obligatorio publicar en la GacetaDigital Municipal los siguientes actos administrativos:

    a) Los decretos, resoluciones, circulares, memorandos, directivas y dems actosadministrativos de carcter general que sean expedidos por el Municipio de Itagi.

    b) Las decisiones que pongan trmino a una actuacin administrativa iniciada con unapeticin de inters general.

    e) Los Acuerdos Municipales y dems actuaciones de carcter general emanados delConcejo Municipal.

    d) Los actos administrativos de carcter general que emita la Contraloria y PersoneriaMunicipal y que soliciten su publicacin en la Gaceta.

    e) Los actos de nombramiento y los actos de eleccin distintos a los de voto popular.f) Los dems actos administrativos y actuaciones administrativas de carcter general

    que considere el municipio deban tener amplia divulgacin.

    ARTICULO TERCERO. PROCEDIMIENTO PARA lA PUBLICACiN. Una vez expedido elacto administrativo a que hace referencia el artculo anterior y el mismo se encuentredebidamente firmado o sancionado, deber ser enviado por la dependencia encargada de suproyeccin en lenguaje PDF dentro de los tres (3) dias siguientes al programa de Gobiernoen Lnea o quien haga sus veces en el Departamento Administrativo de Planeacin Municipalpara que procedan a su publicacin en la Gaceta Digital Municipal.

    Los encargados de administrar, la Gaceta Digital Municipal debern incorporar los actosadministrativos en el portal web del municipio en el aparte destinado a la Gaceta, dejandoexpresa constancia de la fecha en que dicha actuacin se realiz, la cual para todos losefectos legales se entender como momento de publicacin y en consecuencia a partir dedicho momento se cumple con el principio de publicidad. El Departamento Administrativo dePlaneacin reglamentar la materia.

    PARGRAFO: De conformidad con el articulo 65 del Cdigo de ProcedimientoAdministrativo y de lo Contencioso Administrativo, los actos administrativos a que hacereferencia el articulo segundo del presente decreto, no sern obligatorios mientras que nosean publicados en la Gaceta Digital Municipal.

    ARTICULO TERCERO: El presente decreto rige a partir del tres (3) de septiembre de 2012 yderoga las normas que le sean contrarias.

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