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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42141 ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia III. OTRAS DISPOSICIONES CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA DECRETO 214/2012, de 8 de noviembre, por el que se dictan normas para garantizar los servicios esenciales durante la huelga convocada para el día 14 de noviembre de 2012. El ejercicio del derecho de huelga queda condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales definidos en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio (DOG nº 116, de 20 de junio de 1988). El artículo 13.13 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, faculta al Consello de la Xunta para aprobar las medidas para garantizar los servicios mínimos en los casos de ejercicio del de- recho de huelga por el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma. El Consejo Confederal de Comisiones Obreras (CC.OO.), la Comisión Ejecutiva de la Confederación Sindical de la Unión General de Trabajadores (UGT), la Confederación In- tersindical Galega (CIG), la Central Unitaria de Trabajadores/as (CUT), la Confederación General del Trabajo (CGT), la Unión Sindical Obrera (USO) y la Confederación Nacional del trabajo (CNT) comunicaron la convocatoria de huelga general prevista para el 14 de noviembre de 2012 que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales des- empeñadas por los trabajadores/as y empleados/as públicos/as de las empresas y orga- nismos establecidos dentro del ámbito geográfico y jurídico del Estado español y que se desarrollará entre las 00.00 horas y las 24.00 horas del próximo 14 de noviembre de 2012. No obstante, en aquellas empresas que tengan varios turnos de trabajo, el comienzo de la huelga se efectuará en el primer turno, aunque empiece antes de las 00.00 horas del día 14 de noviembre, y su finalización tendrá lugar una vez finalizado el último turno, aunque se prolongue después de las 24.00 horas del día 14 de noviembre. Asimismo, en aquellas empresas que tengan un único turno de trabajo pero que empiece antes de las 00.00 horas del día 14 de noviembre, el paro se iniciará a la hora de comienzo de la actividad laboral y finalizará el día 14 de noviembre en la hora en que concluya esta. Así pues, la necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho constitucional de huel- ga y el mantenimiento de los servicios esenciales obliga a esta Administración autonómica gallega, de acuerdo con la normativa vigente, a fijar unos servicios mínimos indispensables para el funcionamiento de los servicios esenciales que se concretan en este decreto. CVE-DOG: htu1pme6-mil5-lu86-ndd2-zjnf2c2lhbq6

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ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

DECRETO 214/2012, de 8 de noviembre, por el que se dictan normas para garantizar los servicios esenciales durante la huelga convocada para el día 14 de noviembre de 2012.

El ejercicio del derecho de huelga queda condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales definidos en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio (DOG nº 116, de 20 de junio de 1988).

El artículo 13.13 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, faculta al Consello de la Xunta para aprobar las medidas para garantizar los servicios mínimos en los casos de ejercicio del de-recho de huelga por el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma.

El Consejo Confederal de Comisiones Obreras (CC.OO.), la Comisión Ejecutiva de la Confederación Sindical de la Unión General de Trabajadores (UGT), la Confederación In-tersindical Galega (CIG), la Central Unitaria de Trabajadores/as (CUT), la Confederación General del Trabajo (CGT), la Unión Sindical Obrera (USO) y la Confederación Nacional del trabajo (CNT) comunicaron la convocatoria de huelga general prevista para el 14 de noviembre de 2012 que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales des-empeñadas por los trabajadores/as y empleados/as públicos/as de las empresas y orga-nismos establecidos dentro del ámbito geográfico y jurídico del Estado español y que se desarrollará entre las 00.00 horas y las 24.00 horas del próximo 14 de noviembre de 2012.

No obstante, en aquellas empresas que tengan varios turnos de trabajo, el comienzo de la huelga se efectuará en el primer turno, aunque empiece antes de las 00.00 horas del día 14 de noviembre, y su finalización tendrá lugar una vez finalizado el último turno, aunque se prolongue después de las 24.00 horas del día 14 de noviembre. Asimismo, en aquellas empresas que tengan un único turno de trabajo pero que empiece antes de las 00.00 horas del día 14 de noviembre, el paro se iniciará a la hora de comienzo de la actividad laboral y finalizará el día 14 de noviembre en la hora en que concluya esta.

Así pues, la necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho constitucional de huel-ga y el mantenimiento de los servicios esenciales obliga a esta Administración autonómica gallega, de acuerdo con la normativa vigente, a fijar unos servicios mínimos indispensables para el funcionamiento de los servicios esenciales que se concretan en este decreto.

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De esta forma se establecen servicios mínimos respecto de los sectores y actividades cuya regulación es competencia de alguna de las consellerías de la Xunta de Galicia y que pueden afectar al desarrollo ordinario de la actividad ciudadana, en el sentido del artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio, es dicir, sanidad, seguridad, protección civil, transportes y comuni-caciones, medios de comunicación social, registros públicos, edificios, bienes e instalaciones públicas, asistencia social y educación, servicios de vigilancia y extinción de incendios y bom-beros.

Los criterios determinantes para la fijación de los servicios mínimos establecidos en el presente decreto han tenido en cuenta los distintos pronunciamentos del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en relación con los decretos 87/2010, de 3 de junio, 151/2010, de 23 de septiembre, y 2/2011, de 23 de enero, sobre servicios esenciales en las jornadas de las anteriores huelgas de 8 de junio de 2010, de 29 de septiembre de 2010 y 27 de enero de 2011, respectivamente. Aunque es cierto que dicho tribunal dictó sentencias que anu-lan los decretos 87/2010, de 3 de junio (confirmada en casación por el TS en su recurso nº 3151/2011) y 151/2010, de 23 de septiembre, no lo es menos que dichas sentencias vinieron motivadas por el déficit de expresión de la ponderación de los factores y criterios tenidos en cuenta para la fijación de los servicios mínimos establecidos, considerando insuficiente la motivación en la determinación de las prestaciones mínimas garantizadas.

Los mismos motivos de falta de motivación fueron esgrimidos por el alto tribunal para anular el Decreto 2/2011, de 23 de enero, en los particulares relativos a los servicios míni-mos fijados para el mantenimiento de los servicios esenciales en los ámbitos de la CRTVG y de la anterior Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Sin embargo, en el caso concreto y teniendo en cuenta los pronunciamientos anteriores se pretende dar a conocer más justificadamente si cabe, los criterios en virtud de los cuales se procedió a identificar los servicios mínimos como esenciales y a determinar los efecti-vos necesarios para asegurarlos a la luz de la presente convocatoria de huelga. Todo ello observando la necesaria proporción entre el sacrificio para el derecho de los trabajadores y los bienes e intereses que se tienen que salvaguardar.

Además, se deben de tener presentes los autos del Tribunal Superior de Justicia dictados en las piezas separadas de medidas cautelares 21/2010, 22/2010 y 23/2010, que se pronun-ciaron sobre la improcedencia de la suspensión del Decreto 151/2010 al considerar suficiente motivación la remisión a lo dispuesto en el auto del mismo tribunal de 19 de junio de 2002.

En este sentido, en atención a este criterio establecido en dicho auto de 19 de junio de 2002 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, se en-

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tiende que los servicios mínimos que es necesario fijar para el período de huelga convoca-do no podrán exceder en cada centro, departamento u oficina, del número de personas que normalmente permanecen en ellos con ocasión de un domingo o día festivo, salvo que se trate de órganos que tales días permanecen cerrados, caso en que se tendrá que atender a los turnos establecidos para los sábados. Este criterio puede ser incorporado y tenido en cuenta en concretos ámbitos de actividad a la hora de garantizar los servicios esenciales para el próximo 14 de noviembre, tal y como se particulariza y justifica en relación con los servicios fijados a través de esta norma reguladora.

No obstante, y al margen de ello, el presidente de la Xunta de Galicia mantiene su activi-dad con continuidad durante todos los días de la semana, para lo que cuenta con el apoyo en los domingos y festivos de un secretario/a en régimen eventual y un conductor, así como el portero mayor en régimen de disponibilidad horaria, de acuerdo con los requisitos del puesto, tal como se recoge en la vigente relación de puestos de trabajo de los órganos su-periores de la Presidencia. Por lo que resulta necesario que en el ámbito de la Presidencia de la Xunta de Galicia se garanticen dichos servicios.

Por su parte, en el Centro Gallego de Tecnificación Deportiva se encuentran diariamente 86 deportistas-residentes menores de edad y bajo la responsabilidad directa de la Xunta de Galicia, que entre sus obligaciones con ellos está la de darles el desayuno, la comida, la cena y el cuidado durante su pernoctación. Junto a estos deportistas también comen en el CGTD 48 deportistas externos y 23 entrenadores.

La atención indispensable que es debida a estos residentes menores de edad justifica plenamente los servicios mínimos indispensables para el mantenimiento de las instalacio-nes operativas y accesibles a los menores residentes, la preparación del desayuo, comida y cena y el cuidado de los menores por lo menos fuera del horario de clase.

Redes de Telecomunicación Galegas Retegal, S.A. garantiza la atención de emisores y reemisores para conseguir la cobertura de la señal de comunicación audiovisual, la conti-nuidad de la red de emergencias y la conectividad de la Xunta de Galicia.

El personal de la Red Trunking de Retegal xustifícase en base a la recomendación de la SETSI que califica como servicios esenciales para la comunidad la continuidad en la red de soporte de los servicios esenciales de difusión de radio y televisión, y en aplicación del Real decreto 530/2002, de 14 de junio, por el que se garantiza la prestación del servicio esencial relativo al encaminamiento de las llamadas a servicios de emergencia y al enca-minamiento y la conexión entre los puntos de terminación de las redes fijas y móviles y las redes públicas de telecomunicaciones en situaciones de huelga.

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En relación con los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia, la Ley 7/2010, de 7 de marzo, general de la comunicación audiovisual, califica en su artícu-lo 40.1 el servicio público de comunicación audiovisual cuya gestión se encomienda en la Comunidad Autónoma gallega a la CRTVG y sus sociedades como servicio «esencial» de interés económico general, por lo que a través del presente decreto se trata de garantizar ese interés económico general.

Durante muchos años, la jurisprudencia sobre el tema que nos ocupa fue matizando en diferentes sentencias cual debe ser el concepto de «servicios mínimos», para que en todo momento el interés general de la comunidad pueda armonizarse adecuadamente con el derecho irrenunciable de los trabajadores a hacer huelga y con el derecho fundamental de las personas a la información, de manera que se permita al mayor número posible de estas el ejercicio de dicho derecho sin que perjudique desproporcionadamente a la comu-nidad, conforme señalan las sentencias del Tribunal Constitucional 11/1981, de 8 de abril, y, en especial, la de 15 de marzo de 1990. A tal efecto, se garantizan los servicios mínimos indispensables en las inexcusables condiciones de seguridad y con los trabajadores es-trictamente precisos, en la medida en que la índole de su labor lo permita, pero ofreciendo una garantía de las grabaciones y registros de emergencia, así como el mantenimiento ante emergencias que puedan surgir en los equipamientos técnicos o en circunstancias de última hora, como pueden ser accidentes de tráfico, incidencias con el desarrollo de la huelga u otros acontecimientos imprevistos, y siempre pensando en el interés general de la comunidad que en este caso despierta una huelga general a nivel estatal.

Así las cosas, ante el anuncio de una situación de huelga que afecta al personal de la CRTVG y sus sociedades, se hace precisa la adopción de las medidas procedentes para asegurar el mantenimiento del servicio público esencial de interés económico general de la televisión y radio de titularidad autonómica, cuya gestión está encomendada a la CRTVG y sus sociedades; todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 20 y 28.2 de la Constitución española y 10, párrafo segundo, del Real decreto ley 17/1977.

A fin de compatibilizar, de una parte, el mantenimiento de los aludidos servicios al nivel imprescindible, y de otra, la mínima limitación posible del derecho de huelga, de tal forma que queden salvaguardados, al mismo tiempo, y dentro de lo posible, el interés general de la comunidad, que se encuentra implícito en la consideración legal de estos servicios como «esenciales», y el derecho fundamental de huelga del que son titulares los trabajadores, es preciso tomar en consideración las siguientes circunstancias, valoradas al establecer las medidas a que se refiere el presente decreto:

1. El carácter «esencial» que revisten los servicios públicos de televisión de titularidad del Estado, no solamente por determinación expresa del legislador, plasmada en el artí-

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culo 41 de la Ley 7/2010, sino también por su incidencia en el ejercicio de los derechos fundamentales a comunicar y recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, consagrados por el artículo 20.1.d) de la Constitución española (circunstancia de la que, igualmente, derivaría su carácter de servicios públicos «esenciales», aún sin nece-sidad de declaración legal expresa, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional reflejada en las sentencias 26/1981, de 17 de julio, y 51/1986, de 24 de abril).

2. La procedencia de precisar, dentro de la total extensión de la prestación de estos ser-vicios públicos esenciales, y aplicando un criterio lo más estricto posible, aquellos aspectos cuyo mantenimiento debe considerarse indispensable (con la finalidad de asegurar la sa-tisfacción del interés público afectado), de aquellos otros que pueden quedar suspendidos temporalmente como consecuencia de la huelga, sin grave menoscabo del interés general de la comunidad.

3. La consideración de la extensión geográfica y temporal de la convocatoria de huelga en relación con la finalidad y objetivos que persigue, que afecta a todos los trabajadores de la CRTVG y sus sociedades en toda España el día 14 de noviembre de 2012 desde las 00.00 a las 24.00 horas.

A estos efectos, se consideran servicios esenciales los siguientes:

a) La producción y emisión/retransmisión en la TVG, en la RTG y en los medios interac-tivos de los programas informativos, en sentido estricto en cuanto a su contenido limitándo-se, en general, a la inclusión de noticias o informaciones que sean de actualidad y tengan la inmediatez necesaria para garantizar el cumplimiento del derecho a la información de la comunidad, manteniendo la continuidad de las emisiones televisivas y de radio y su horario habitual de inicio, estando condicionada a su finalización al tiempo estrictamente necesario para la protección de este derecho.

Además, y teniendo en cuenta que estamos en una situación de huelga general que afecta a todo el país, el servicio de interés general que debe ofrecer la radio y la televisión públicas debe complementar y suplementar las posibles carencias informativas de otras televisiones y radios que informan en nuestra comunidad autónoma, a las cuales también les afecta la convocatoria de la huelga general y que si es secundada por sus trabajadores podrían llegar a no emitir.

b) La programación y difusión en la TVG, en la RTG y en medios interactivos de las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público que se programen o surjan en el día de la convocatoria de huelga, proporcionando a través de los mínimos una disponi-bilidad en el servicio que haga viable la continuidad de la emisión y su inmediata difusión.

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c) Teniendo en cuenta la duración, ámbito y demás carácteres específicos de la huelga convocada, el personal mínimo de la CRTVG y sus sociedades necesario para garantizar el cumplimiento de los servicios esenciales descritos por este decreto no podrá superar el veinte por ciento de la media de efectivos.

d) El porcentaje establecido en la letra c) garantizará tanto la programación en directo de programas informativos, exclusivamente en lo que a la parte de información de actualidad e inmediatez se refiere, como los servicios comunes de seguridad, informática y manteni-miento necesarios.

En definitiva, el objetivo esencial es garantizar la prestación de los servicios esenciales para la comunidad y, a su vez, conseguir que el mayor número de trabajadores pueda ejercer su derecho a la huelga, y que esto pueda ser conseguido con la mayor eficacia po-sible, reduciendo la emisión de los espacios informativos y eliminando de la emisión otros programas, tanto culturales como informativos, que carecen del interés general esencial para ese día.

En este sentido, se fija como plantilla mínima para garantizar los servicios esenciales únicamente la formada por el personal imprescindible y necesario para desarrollar la activi-dad básica que cubra el interés general que suscita el seguimiento de una huelga general, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) CRTVG.

Servicio de Sistemas de Información: garantiza el mantenimiento y correcto funciona-miento de toda la red y los programas informáticos indispensables para el óptimo funciona-miento de todos los servicios informativos y técnicos de radio y televisión.

b) TVG, S.A.

Departamento de Producción y Servicio de Medios y Realización: garantiza los equipos materiales y de personal mínimos indispensables para la producción de los servicios infor-mativos.

Subdirección de Programación y Emisiones: proporciona el personal mínimo nece-sario para garantizar la emisión y para atender a las necesidades de gestión de circui-tos de vídeo y audio que solicite Informativos de TVG y para mantener el control de la emisión.

Departamento de Informativos: aporta los redactores y locutores necesarios para la ela-boración de los servicios esenciales informativos, reducidos con respecto a la emisión de un día normal.

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Servicios Comunes: engloba al personal de mantenimiento mínimo necesario para aten-der posibles averías en la red eléctrica o en las propias instalaciones de la CRTVG que puedan impedir el correcto funcionamiento de todos los servicios o incluso puedan ocasio-nar daños personales a los trabajadores.

Área Técnica: constituye el personal mínimo preciso para garantizar el funcionamiento de los equipos técnicos básicos y la continuidad en la emisión de los programas informa-tivos.

Servicio de Documentación: proporciona el personal necesario para la utilización de imágenes de archivo, fundamentales para la elaboración de los informativos.

c) RTG, S.A.

Servicio técnico de emisiones y mantenimiento: garantiza la emisión de los programas de continuidad y los informativos, las grabaciones y los registros de emergencias, así como los servicios mínimos de personal de mantenimiento y las posibles incidencias de las ins-talaciones y de los servicios técnicos.

Servicio de Informativos y Programación: proporciona los redactores, locutores y auxi-liares de programas mínimos imprescindibles para garantizar la emisión continuada de la Radio Gallega durante las 24 horas, garantizando su función de servicio público primordial con una emisión mínima.

En el ámbito de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia es necesario la fijación de servicios mínimos en el funcionamiento de los registros adminis-trativos tanto en los servicios centrales como en los servicios periféricos garantizando las actuaciones de los ciudadanos cuyo incumplimiento puede suponer la pérdida o perjuicio de sus derechos. Se considera asimismo esencial el mantenimiento de los edificios admi-nistrativos al objeto de garantizar el correcto funcionamiento de sus instalaciones en las posibles situaciones de emergencia que pudieran acontecer.

El número de trabajadores y equipos operativos del Centro de Atención a las Emergen-cias 112 se mantienen al 100 % por su carácter de servicio esencial y el tipo de atención especializada que se presta a los ciudadanos. Puesto que la Dirección General de Emer-gencias e Interior presta servicio al Centro de Atención a las Emergencias 112 los mínimos propuestos se establecen con la misma intensidad que un domingo o festivo.

En la Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa permanecerán dos au-xiliares administrativos/as a efectos de la captura de los datos de seguimiento de la huelga.

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En el ámbito de la Administración de justicia deben garantizarse los medios para que los actos necesarios del Registro Civil, las actuaciones en causas con preso, las medidas precautorias, las actuaciones sometidas a plazo perentorio o cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos, las actuaciones de los juzgados y fiscalías de guardia puedan realizarse en cualquier situación, por lo que debe considerarse que al menos estas actuaciones son servicios esenciales para garantizar el servicio público. Se pretende pues, una proporcionalidad entre las necesidades que es preciso cubrir y la garantía del ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores. El establecimiento del personal mínimo para garantizar estos servicios esenciales debe tomar en consideración las diferencias de dotaciones que existen en los órganos judiciales. Estas diferencias impiden una uniformidad en la fijación del número de funcionarios que deben constituir los mencionados servicios mínimos. En base a lo anteriormente expuesto, se consideran servicios esenciales:

- Actuaciones del Registro Civil (si bien todas ellas se consideran servicio esencial, se entenderán de cumplimiento prioritario inexcusables las que tengan naturaleza registral –nacimientos, defunciones, matrimonios-).

- Registro de asuntos en los que venza un plazo prestablecido por ley.

- Todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo establecido en la ley, cuyo in-cumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos.

- Medidas precautorias o provisionales.

- Servicios de guardia de juzgados y fiscalías.

- Juicios orales en el orden penal y causas con preso.

- Las actuaciones relativas a la violencia de género en los juzgados de violencia sobre la mujer, sean o no exclusivos.

En el marco de las competencias atribuidas a la Consellería de Medio Ambiente, Terri-torio e Infraestructuras en materia de gestión de residuos, es necesaria la fijación servicios mínimos en la Sociedad Gallega de Medio Ambiente, empresa que tiene encomendada la gestión de los residuos sólidos urbanos a partir de su depósito en las estaciones de trans-ferencia o plantas de tratamiento, conforme señala el artículo 10 de la Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia ya que la parada de las instalaciones centrales de Sogama (motores, calderas y turbinas), en caso de no fijarse servicios mínimos, imposi-bilitaría directamente la prestación de los servicios esenciales durante varios días, lo que

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ocasionaría graves consecuencias ambientales y de salud pública, y desde la base de que estos servicios mínimos afectan a menor personal que el que estaría operativo en sábados, domingos o festivos.

En el ámbito de las competencias en materia de infraestructuras viarias, la Comunidad gallega se caracteriza pola dispersión de su población y por la existencia de innumerables asentamientos de población (más de 30.000 entidades de población en el conjunto de los 315 municipios gallegos) distribuidos en un territorio caracterizado por su difusión geográ-fica y atendidos por una extensa red de infraestructuras de diversa escala.

Garantizar su utilización por los ciudadanos en condiciones de normalidad exige, por un lado, mantener las carreteras en unas condiciones mínimas que garanticen el fun-cionamiento de las infraestructuras con las debidas condiciones de seguridad para sus usuarios y, de otro, permitir su utilización de acuerdo con los principios de igualdad, uni-versalidad y no discriminación, posibilitando, de este modo, la libertad de circulación, y, junto a esta, el acceso al ejercicio de otros derechos fundamentales, como el acceso a los servicios de salud o la libertad de elección entre el ejercicio al derecho de huelga y el derecho al trabajo.

En este marco, es en las vías de alta capacidad en régimen de concesión y en aquellas cuya contraprestación sea el pago de una tarifa por parte de la Administración donde debe prestarse el servicio en unas condiciones mínimas que garanticen el funcionamiento de las infraestructuras con las debidas condiciones de seguridad se considera indispensable la presencia de personal en los centros de control, así como la existencia de personal que actuará cuando se prevean circunstancias adversas de cualquier tipo: emergencias o si-tuaciones excepcionales derivadas de accidentes, posibilidad de obstáculos en la carretera o desprendimientos, presencia de animales en la vía, circulación de vehículos con cargas peligrosas, fenómenos meteorológicos (nieve, hielo, granizo, lluvia) etc. En estos casos, se atenderá a las necesidades, estableciendo las medidas preventivas y curativas, y la trans-misión de información sobre las mismas, adoptando para ello las medidas precisas para atender adecuadamente las incidencias.

En el sector del transporte, los servicios que se prestan representan un carácter esen-cial para la ciudadanía en cuanto que suponen una herramienta básica para el ejercicio de otros derechos como los de libre circulación dentro del territorio nacional (artículo 19 de la Constitución), a la educación (artículo 27) y al trabajo (artículo 35). De esta manera, la garantía de una mínima movilidad de la ciudadanía durante la jornada de huelga se con-vierte en una demanda del interés general que debe ser atendida por la Administración en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.

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La concreción de estos servicios mínimos debe efectuarse, y así se hace en este de-creto, tomando en consideración la posible afección que la tipología de la convocatoria representa en aquellos otros derechos afectados. En ese sentido y de conformidad con el Decreto 155/1988, de 9 de junio, deben configurarse unos servicios mínimos que permitan compaginar el derecho a la huelga de los trabajadores con el mantenimiento de los servi-cios esenciales.

Servicios concesionales de transporte público de viajeros:

En este tipo de servicios se propone mantener unos horarios que aseguren la posibili-dad de realizar aquellos desplazamientos que sean inexcusables, sin perjuicio de que los usuarios puedan verse obligados a anticipar o retrasar sus horas de salida habituales. Se toman en consideración especialmente los tráficos con las grandes ciudades de Galicia, por entender que es en esos ámbitos donde la demanda de movilidad, tanto de entrada como de salida, afecta en mayor medida al ejercicio de otros derechos esenciales de la comunidad; de este modo, se prioriza el mantenimiento, en los servicios con origen/destino en las siete grandes ciudades, de servicios de ida y vuelta a primera hora de la mañana y a última de la tarde, sin superar la mitad de los que habría normalmente en estas franjas horarias.

La aplicación de estos criterios, equivalentes a los aplicados en anteriores ocasiones, determina que los servicios así configurados supondrán una importante reducción respecto de la oferta considerada normal para satisfacer a la demanda ordinaria de movilidad de la población, pero es suficiente para atender la misma en el desarrollo de sus actividades básicas, incluso en comparativa con los servicios que habría en una jornada festiva.

En el ámbito de competencias de la conservación de la naturaleza, es necesaria la fija-ción de unos servicios mínimos que garanticen el adecuado desarrollo de la gestión de los recursos naturales y cinegéticos, considerando indispensable la presencia de personal de los espacios naturales protegidos y de la biodiversidad, dada la especial protección que requieren tanto los bienes como los recursos naturales existentes en estos espacios.

Asimismo, también se han tenido en cuenta las necesidades mínimas de funcionamien-to, sin colapso, de los centros de recuperación de la fauna salvaje, piscifactorías y demás centros de fauna, así como la vigilancia necesaria para mantener una adecuada prestación de los servicios en la temporada de caza.

Estos servicios mínimos no afectan a más personal que al que estaría operativo en sá-bados, domingos o festivos.

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Servicios mínimos en materia de infraestructuras viarias:

Las empresas concesionarias en las vías de alta capacidad en régimen de concesión y, aquellas cuya contraprestación sea el pago de una tarifa deberán garantizar el funcio-namiento de las infraestructuras en las debidas condiciones de seguridad, manteniéndose el personal correspondiente a un domingo o a un día festivo en materia de conservación y mantenimiento.

En las áreas de peaje de las autopistas A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57) permanecerá operativa una vía manual. Las vías dinámicas y automáticas perma-necerán abiertas en su totalidad.

Servicios en materia de transporte:

A) Servicios concesionales de transporte público de viajeros:

En este tipo de servicios se propone mantener unos horarios que aseguren la posibili-dad de realizar aquellos desplazamientos que sean inexcusables, sin perjuicio de que los usuarios puedan verse obligados a anticipar o retrasar sus horas de salida habituales. Se toman en consideración especialmente los tráficos con las grandes ciudades de Galicia, por entender que es en esos ámbitos donde la demanda de movilidad, tanto de entrada como de salida, afecta en mayor medida al ejercicio de otros derechos esenciales de la comunidad; de este modo, se prioriza el mantenimiento, en los servicios con origen/destino en las siete grandes ciudades, de servicios de ida y vuelta a primera hora de la mañana y a última de la tarde, sin superar la mitad de los que habría normalmente en estas franjas horarias.

La aplicación de estos criterios, equivalentes a los aplicados en anteriores ocasiones, determina que los servicios así configurados supondrán una importante reducción respec-to de la oferta considerada normal para satisfacer la demanda ordinaria de movilidad de la población, pero es suficiente para atender la misma en el desarrollo de sus actividades básicas, incluso en comparativa con los servicios que habría en una jornada festiva.

B) Servicios regulares de uso especial para transporte de escolares: el campo de estos servicios resulta especialmente sensible, tanto por ser el transporte un mecanismo auxiliar para el ejercicio de un derecho fundamental como es el de la educación, como por las es-peciales exigencias que implica la protección a los menores.

Del mismo modo, la dispersión poblacional en Galicia determina que diariamente se tenga que realizar una significativa cantidad de desplazamientos para los que no existe

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alternativa real de movilidad, por lo que el mantenimiento de los servicios de transporte público resulta fundamental.

C) Servicios regulares de uso especial para transporte de trabajadores: a fin de garanti-zar el acceso y la salida de los puestos de trabajo en aquellos servicios de carácter interur-bano en los que la ausencia de una previsión mínima quebraría toda posibilidad de acceso al trabajo, se proponen como mínimos todos los servicios en las expediciones anteriores a las 9 horas y posteriores a las 18 horas.

D) Transporte de mercancías: en este ámbito debe tenerse en cuenta la dependencia que de este tipo de transporte tienen los servicios de asistencia sanitaria, que no pueden afrontar una falta de suministro suficiente de los productos precisos para la atención a la ciudadanía.

En consecuencia, se propone mantener la totalidad de los transportes de toda clase de mercancías para y desde los establecimientos sanitarios.

E) Transporte funerario: por las necesidades sociales inaplazables que atiende esta moda-lidad de transporte, se propone mantener la totalidad de los servicios de transporte funerario.

Por lo que se refiere al servicio esencial de la educación, este no puede ser reducido exclusivamente a la actividad docente, ya que, junto a esta actividad docente, se realizan otras funciones como son la vigilancia y cuidado de los niños y niñas, menores de edad, que acuden a los centros docentes públicos, así como el cuidado, mantenimiento y vigilan-cia de las instalaciones destinadas al servicio público educativo.

Con carácter general, el artículo 39 de la Constitución depara una protección especial a los menores; de un modo más específico, la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa (DOG de 15 de julio), dispone en su artículo 7 que el alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personal, y a la protección integral contra toda agresión física y moral. Por lo tanto, la custodia y seguridad de los menores de edad que accedan a un centro docente, el cumplimiento de los principios constitucionales mencionados y de los derechos citados, es responsabilidad ineludible de esta administración educativa y parte indivisible del derecho esencial a la educación.

El derecho a la seguridad y el correlativo deber de protección de los menores, dada su entidad, debe ejercerse continuamente. Como servicio mínimo para garantizarlos se esta-blece que los centros docentes permanezcan abiertos en su horario habitual, con la nece-saria presencia en dichos centros del/de la director/a, o, en su caso, de otro miembro del

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equipo directivo que lo/la sustituya, ya que tales miembros del equipo directivo ostentan la representación del centro y garantizan el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes, como señalan los apartados a) y d) del artículo 132 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (publicada en el BOE de 4 de mayo de 2006), y por lo tanto están capacitados y facultados para resolver cualquier incidencia respecto de la seguridad de los menores de edad. Asimismo, conforme a la normativa citada, el director también está facultado y capacitado para resolver cualquier incidencia que se pueda producir respecto del conjunto de los bienes que integran un centro docente.

La presencia de un subalterno o subalterna trae causa de las funciones que a este tipo de personal compete respecto del cuidado y vigilancia de las instalaciones y del control de entrada y salida del centro educativo, tanto para evitar la entrada de personas ajeneas al centro, como para evitar la salida de los menores de edad cuando no corresponda.

Dentro del deber de otorgar protección básica al menor de edad debemos incluir su alimentación, así cuando un servicio público asume esta responsabilidad no puede des-atenderla, lo que motiva que una persona con funciones de cocina deba permanecer en los centros educativos ordinarios con servicio de comedor.

El derecho a la seguridad y el correlativo deber de protección de los menores que, como se ha dicho, no puede ser paralizado, incluye la actividad básica de cuidar la integridad física e higiene de aquellos que por tener disminuidas sus capacidades necesitan una constante vigilancia y atención (artículo 49 de la Constitución) por parte de cuidadores del alumnado con necesidades educativas especiales presentes en los centros docentes ordinarios. El alumnado de los centros de educación especial tiene unas necesidades de atención aún más reforzadas, por lo que debe haber una presencia mínima de personal sanitario, personal cuidador, de comedores y de limpieza. La determinación de dichos servicios mínimos por porcentajes en los centros de educación especial se considera como criterio más apropiado para la fijación del personal que debe prestarlos, dada la diversidad existente en la dimensión y tamaño de los diferentes centros de esa tipología que hay en nuestra comunidad.

Los centros residenciales docentes tienen como característica propia la presencia del alumnado fuera del horario lectivo, para realizar actos de la vida cotidiana que el resto hace en su domicilio particular, como estudiar, dormir o comer. En estos centros debe quedar garantizada, consecuentemente, la atención mínima para que esas actividades no puedan verse alteradas con riesgo o desatención para los usuarios del servicio, se trata de garantizar mínimamente la higiene, la alimentación y la seguridad, razón por la cual resulta necesaria la presencia de un miembro del equipo directivo, así como de parte del personal de limpieza, de comedor y subalternos.

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Por lo que se refiere a las universidades, con los servicios mínimos que se fijan se ga-rantiza la asistencia del alumnado y del personal que no ejerza su derecho a la huelga, y, en su caso, permite la realización de las pruebas por parte del alumnado. La presencia mínima del personal de conserjería resulta precisa para la seguridad de las instalacións. El personal previsto para los registros busca garantizar la actuación de las personas que pudieran necesitarlo y cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio en sus de-rechos.

En cuanto a los inspectores veterinarios oficiales de salud pública de comarca, cubrirán las necesidades urgentes o de perentoria necesidad, entre las que se encuentran alertas nivel I, intoxicaciones alimentarias y actuaciones especiales en establecimientos de ali-mentación. Estos servicios mínimos se desarrollarán en turnos de mañana y tarde, tal y como se prestan los servicios en la actualidad.

Los inspectores veterinarios de salud pública de matadero cubrirán las situaciones especiales derivadas de las urgencias que se puedan producir, entre las que se encuen-tran las de bienestar animal, las de desabastecimiento que se puedan producir por fes-tividades locales, en el día anterior o posterior al día de la huelga, y otras de semejante naturaleza.

Los inspectores veterinarios de salud pública de lonja asegurarán la calidad sanitaria de los productos que son objeto de inspección.

En este ámbito de la salud pública es imprescindible garantizar los servicios en el cam-po de las tecnologías de la información y las comunicaciones necesarios para la cobertura suficiente en los supuestos de incidencias urgentes. De este modo, los servicios de aten-ción a los usuarios, soporte a aplicación y administración de sistemas y redes constituirán un total del 25 % de los efectivos de cada turno, suponiendo un total de 40 efectivos (26 de mañana, 12 de tarde y 2 de noche ). En el resto de los servicios de criticidad alta, los efectivos serán los imprescindibles para la atención de las incidencias catalogadas como prioridad 1 consecuencia de la necesidad de dar respuesta inmediata al estar ocasionando la interrupción del trabajo de los usuarios. Asimismo, se comprende todos los servicios contratados de mantenimiento de aplicaciones y infraestructuras.

En el ámbito de la Consellería de Trabajo y Bienestar se toman en consideración para determinar los servicios mínimos la necesidad de la presencia efectiva que garantice el funcionamiento de los centros, teniendo como referencia el número de efectivos presen-tes en un domingo. Estos servicios mínimos fijados en el ámbito de los servicios sociales esenciales son los imprescindibles para garantizar una atención adecuada a las personas

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residentes o usuarias de estos centros, máxime cuando es necesario dar una respuesta inmediata a las diferentes situaciones de emergencia social.

En lo que respecta al Área del Medio Rural y Montes y debido a la época de bajo riesgo de incendio en la que nos encontramos, se reducen los servicios mínimos fijando únicamente como imprescindible al personal previsto para un domingo o festivo, en el dispositivo de prevención y extinción de incendios. Dicho dispositivo comprende tanto a los servicios prestados en los centros de coordinación central y en los cuatro centros de coordinación de las cuatro provincias, así como los servicios de los diecinueve distritos forestales.

En todos los centros de formación se designa un efectivo para la apertura de los centros que imparten formación reglada. En aquellos centros que por su carácter tienen ganado a su cuidado, para no desatenderlo se designa un oficial 2ª agrario para el mantenimiento de cultivos y ganado. Se mantienen así los servicios de un domingo.

En el caso de los centros de Sergude, Becerreá, Pedro Murias y Lourizán que tienen régimen de internado se designan los servicios que permiten atender mínimamente a los usuarios de los mismos y que se prestan en domingo. Se establece un auxiliar de internado y un cocinero 1ª.

Los servicios fijados en la Dirección General de Producción Agropecuaria permitirán asegurar la sanidad animal.

El Área del Mar debe garantizar que en aquellos centros educativos con alumnos en régimen de internado esté presente un mínimo de personal que mantenga la aten-ción que se les debe prestar a los residentes. Los dos centros de enseñanza, el IPMP de Vigo y la EONP de Ferrol, en los que se proponen servicios mínimos, permanecen cerrados los sábados, domingos y festivos. Sin embargo, existe un servicio de vigilan-cia exclusivamente de dos horas los domingos y los festivos que son vísperas de días lectivos, que tienen como misión abrir el centro y permanecer en el mismo mientras no empieza el turno del educador. Los centros y el servicio de comedor cierran los fines de semana y festivos.

Los educadores desarrollan su trabajo de lunes a viernes en horario de mañana, tarde y noche. En ausencia de un servicio de vigilancia se hace necesario que al menos un educa-dor esté presente de manera permanente para control y servicio de los alumnos residentes.

Asimismo, la vigilancia pesquera no solo es necesaria para mantener el control del sec-tor, con la finalidad de ofrecer una efectiva protección de los recursos marinos, sino que

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también colabora en tareas y actuaciones de salvamento y rescate marítimo cuando las necesidades así lo exigen.

Además, los servicios mínimos deben cubrir de modo efectivo el área de búsqueda y salvamento marítimo y lucha contra la contaminación del mar en Galicia, dada la imposibilidad de que tal servicio quede desatendido, por la trascendencia que esta actividad tiene en el salvamento de vidas y protección y prevención de contaminacio-nes marinas.

El Servicio de Guardacostas de Galicia no tiene establecidos unos servicios ordinarios regulares de un sábado y domingo. No obstante, las emergencias, de producirse, son atendidas en cada base operativa por una tripulación por embarcación, compuesta por un patrón, un mecánico y dos marineros.

Por su parte, para los casos de incidencias en los puertos gallegos cualquier día de la semana, incluidos los domingos y festivos, el ente Puertos de Galicia actúa a través de instrucciones a los tres jefes de Zona Territorial de Puertos que, a su vez, disponen la ac-tuación de los guardamuelles adscritos a cada zona de Puertos.

Finalmente, el hecho de garantizar la apertura de los centros de trabajo, obedece ex-clusivamente a la necesidad de posibilitar que aquellos trabajadores que así lo deseen puedan acudir libremente a trabajar. No obstante, no será necesaria la apertura de aquellos centros en los que, no teniendo fijados servicios mínimos, todos los trabajadores ejerciten el derecho a la huelga.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, a iniciativa de todas las consellerías de la Xunta de Galicia, oído el Comité de huelga, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día ocho de noviembre de dos mil doce,.

DISPONGO:

ARTÍCULO ÚNICO.

1) Tendrán la consideración de servicios mínimos los que se relacionan a continua-ción:

1.1. Presidencia de la Xunta de Galicia.

1. Presidencia de la Xunta: 1 secretario/a, 1 portero/a mayor y 1 conductor/a.

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2. Secretaría General para el Deporte.

Centro Gallego de Tecnificación Deportiva de Pontevedra:

1 ordenanza en el turno de mañana de 7.30 a 15.00 horas.

1 ordenanza en el turno de tarde de 14.30 a 22.00 horas.

1 ordenanza en el turno de noche de 22.0 a 5.30 horas.

1 camarero/a-limpiador/a en el turno de mañana de 7.30 a 15.00 horas.

1 camarero/a-limpiador/a en el turno de tarde de 14.30 a 22.00 horas.

1 oficial cocina en el turno de mañana de 7.30 a 15.00 horas.

1 oficial cocina en el turno de tarde de 14.30 a 22.00 horas.

1 ayudante de cocina en el turno de mañana de 7.30 a 15.00 horas.

1 preceptor/a en el turno de tarde de 14.30 a 22.00 horas.

1 preceptor/a en el turno de noche de 22.00 a 5.30 horas.

3. Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia.

– Redes de Telecomunicación Galegas Retegal, S.A. (RETEGAL, S.A.).

• San Lázaro: Departamento de banda ancha, 1 ingeniero/a; Departamento de enlaces, 1 ingeniero/a Departamento TDT, 1 ingeniero/a.

• Rede Trunking: 1 técnico/a de comunicaciones/ ingeniero /a técnico/a.

• Centro emisor de San Marcos-O Pedroso: 2 oficiales técnicos/as electrónicos/as (1 de mañana y 1 de tarde).

• Centro emisor de A Bailadora: 2 oficiales técnicos/as electrónicos/as (1 de mañana y 1 de tarde).

• Centro emisor de Domaio: 2 oficiales técnicos/as electrónicos/as (1 de mañana y 1 de tarde).

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• Centro emisor de Xistral: 2 oficiales técnicos/as electrónicos/as (1 de mañana y 1 de tarde).

• Centro emisor de O Páramo: 2 oficiales técnicos/as electrónicos/as (1 de mañana y 1 de tarde).

• Centro emisor de Meda: 2 oficiales técnicos/as electrónicos/as (1 de mañana y 1 de tarde).

• Cexar: 3 oficiales de comunicaciones (1 por turno de 8 horas).

4. Compañía de Radio y Televisión de Galicia.

4.1. CRTVG:

Sistemas de información: 1 técnico/a informático en el turno de mañana y 1 en el turno de tarde.

4.2. TVG, S.A.:

Servizos generales: 1 oficial técnico/a electricista en el turno de mañana y 1 en el turno de tarde y 1 ayudante de mantenimiento en el turno de mañana y 1 en el turno de tarde.

Área técnica:

Operaciones técnicas: 1 técnico/a electrónico/a de 0.00 a 9.00 horas, 1 de 9.00 a 16.30 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas y 1 técnico/a electrónico/a de primera de 9.00 a 16.30 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas.

Control central: 1 técnico/a electrónico/a de 7.30 a 15.00 horas y 1 de 8.00 a 15.30 horas y 1 ayudante de realización de 15.30 a 23.00 horas.

Almacén de equipos: 1 almacenista de 7.30 a 15.00 y 1 de 14.30 a 22.00 horas.

Informativos y deportes: 2 redactores/as de 5.00 a 12.30 horas, 1 de 6.00 a 13.30 horas, 1 de 7.00 a 14.30 horas, 8 de 8.00 a 15.30 horas, 1 de 10.00 a 14.30 y de 16.00 a 19.00 horas y 6 de 14.30 a 22.00 horas; 1 asesor/a lingüista de 7.30 a 15.00 horas y 1 de 15.00 a 22.30 horas; 1 auxiliar de redacción de 2.00 a 9.30 horas y 1 de 9.30 a 17.00 horas; 1 reportero/a gráfico/a de 23.30 a 7.00 horas, 1 de 7.00 a 14.30 horas, 2 de 7.45 a 15.15 horas, 1 de 10.00 a 17.30 horas, 1 de 14.30 a 22.00 horas y 1 de 16.00 a 23.30 horas y 1 auxiliar de informativos de 8.00 a 15.30 horas y 1 de 15.30 a 23.00 horas.

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Producción de informativos, programas y deportes: 1 productor de 7.30 a 15.00 horas, 1 de 9.00 a 16.30 horas, y 1 de 16.30 a 24.00 horas; 1 ayudante de producción de 7.00 a 14.30 horas.

Medios y realización:

1 realizador/a de 6.00 a 13.30 horas, 1 de 9.00 a 16.30 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas.

3 cámaras de primera u operador de cámara de 7.30 a 15.00 horas, 1 de 8.15 a 15.45 horas y 3 de 14.30 a 22.00 horas.

1 diseñador/a gráfico de 7.30 a 15.00 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas.

1 operador/a de posproducción de 7.00 a 14.30 horas, 1 de 14.30 a 22.00 horas.

2 técnicos/as de sonido u operador/a productor/a de sonido de 7.30 a 15.00 horas y 2 de 14.30 a 22.00 horas.

1 técnico/a de iluminación o iluminador de 7.00 a 14.30 horas, 1 de 11.00 a 18.30 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas.

1 ayudante de realización de 6.30 a 14.00 horas, 2 de 7.30 a 15.00 horas, 1 de 9.00 a 16.30 horas, 1 de 14.00 a 21.30 horas, 1 de 14.30 a 22.00 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas.

1 operador/a-montador/a de vídeo de 0.00 a 7.30 horas, 5 de 7.00 a 14.30 horas, 3 de 7.30 a 15.00 horas, 1 de 13.00 a 20.30 horas, 6 de 14.30 a 22.00 horas, 1 de 16.30 a 24.00 horas y 1 de 19.30 a 3.00 horas.

1 control de cámara de 7.30 a 15.00 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas.

1 maquillador/a de 7.30 a 15.00 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas.

1 grafista titulador/a de 7.00 a 14.30 horas, 2 de 7.30 a 15.00 horas, 1 de 14.30 a 22.00 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas.

Retransmisiones: 1 productor/a de 14.30 a 22.00 horas y 1 auxiliar administrativo/a de 8.00 a 15.30 horas.

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ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

Documentación: 1 documentalista de 7.00 a 14.30 horas, 1 de 9.00 a 16.30 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas y 1 almacenista de 7.30 a 15.00 horas.

A Coruña: 1 redactor/a de 8.00 a 15.30 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas; 1 reportero/a gráfico/a de 8.00 a 15.30 horas y 1 de 15.00 a 22.30 horas y 1 operador/a-montador/a de vídeo de 7.00 a 14.30 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas.

Lugo: 1 redactor/a de 8.00 a 15.30 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas; 1 reportero/a gráfico/a de 7.30 a 15.00 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas y 1 operador/a-montador/a de vídeo de 12.00 a 15.00 horas y de 17.00 a 21.30 horas.

Ourense: 1 redactor/a de 8.00 a 15.30 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas; 1 reportero/a gráfico/a de 7.30 a 15.00 horas y 1 de 15.00 a 22.30 horas y 1 operador/a-montador/a de vídeo de 12.00 a 15.00 horas y de 17.00 a 21.30 horas.

Vigo: 1 redactor/a de 8.00 a 15.30 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas; 1 reportero/a gráfico/a de 8.00 a 15.30 horas y 1 de 15.00 a 22.30 horas y 1 operador/a-montador/a de vídeo de 7.00 a 14.30 horas y 1 de 14.30 a 22.00 horas.

Madrid: 1 redactor/a de 10.00 a 17.30 horas y 1 de 10.00 a 15.00 horas y de 16.30 a 19.00 horas.

4.3. RTG, S.A.:

Emisiones: 1 técnico/a de control de 23.30 a 7.00 horas, 1 de 5.15 a 12.45 horas, 1 de 10.00 a 17.30 horas y 1 de 17.30 a 01.00 horas.

Informativos y deportes: 1 redactor/a de 23.30 a 7.00 horas, 2 de 6.30 a 14.00 horas, 2 de 7.30 a 15.00 horas, 2 de 14.30 a 22.00 horas y 1 de 16.30 a 24.00 horas; 1 locutor/a de radio de 22.30 a 6.00 horas, 1 de 7.30 a 15.00 horas, 1 de 12.30 a 20.00 horas, 1 de 17.30 a 1.00 horas y 1 de 11.30 a 19.00 horas y 1 auxiliar de programas de 7.00 a 14.30 horas.

A Coruña: 1 locutor/a de radio de 7.00 a 14.30 horas.

Lugo: 1 redactor/a de 7.00 a 14.30 horas.

Ourense: 1 redactor/a de 7.00 a 14.30 horas.

Vigo: 1 redactor/a de 7.00 a 14.30 horas.

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Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

1. Servicios centrales:

– Secretaría General Técnica: 1 funcionario de la oficina técnica y 3 personas en turno de mañana en el Registro General.

– Dirección General de Emergencias e Interior: 2 técnicos del sistema integrado de pro-tección civil y emergencias con tareas de guardia del sistema.

– Centro de Atención de Emergencias 112:

Área de Operación.

• Turno de mañana (7.50 a 15.00 horas): 7 operadores/as de atención telefónica, 2 ope-radores/as de enlace y 1 coordinador/a.

• Turno de tarde (14.50 a 22.00 horas): 9 operadores/as de atención telefónica, 2 opera-dores/as de enlace y 1 coordinador/a.

• Turno de noche (21.50 a 8.00 horas): 6 operadores/as de atención telefónica, 1 operador/a de enlace y 1 coordinador/a.

1 operador localizado en el turno de mañana y en el de la tarde.

Área de Informática.

• Turno de mañana (8.00 a 15.00 horas): 2 informáticos y 3 técnicos informáticos.

• Turno de tarde (15.00 a 22.00 horas): 2 informáticos y 1 técnico informático.

• Turno de noche (22.00 a 8.00 horas): 1 técnico informático.

Servicio de helicópteros polivalentes.

• Base de Santiago H-3: de orto a ocaso 1 piloto, 1 copiloto y 1 mecánico.

• Base de Ourense H-4: de orto a ocaso 1 piloto, 1 copiloto y 1 mecánico.

– Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa: 1 auxiliar administrativo/a en la secretaría del director general y 1 auxiliar administrativo/a en el equipo de auditores y analistas.

– Dirección General de Justicia:

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• En las secciones penales y mixtas de las audiencias provinciales y en los juzgados de lo penal: 1 gestor/a o 1 tramitador/a por cada sección o juzgado y 1 funcionario/a de auxilio por cada uno de ellos.

• En los juzgados de menores: 1 gestor/a o 1 tramitador/a.

• En los juzgados de violencia sobre la mujer: 1 gestor/a o 1 tramitador/a y 1 funcionario/a

de auxilio.

• En los juzgados de instrucción de guardia: el equipo de personal que presta el servicio

de guardia.

• En los juzgados de primera instancia e instrucción de guardia: el equipo de personal

que presta el servicio de guardia más 1 funcionario/a de auxilio judicial.

• En las oficinas de fiscalías: 1 funcionario/a por cada oficina y los funcionarios/as que

presten el servicio de guardia.

• En las subdirecciones territoriales del Instituto de Medicina Legal: el equipo de perso-

nal que presta el servicio de guardia.

• En los registros civiles principales y delegados: 1 gestor/a o 1 tramitador/a.

• En las oficinas de registro y reparto y decanatos de los juzgados que realizan dichas

funciones en las ciudades: 1 gestor/a o 1 tramitador/a.

2. Servizos periféricos:

2.1. Delegación Territorial de A Coruña.

2 funcionarios/as el Registro General de A Coruña.

2 funcionarios/as para el Registro de la Oficina de Ferrol.

1 funcionario/a para el mantenimiento del Eedificio Administrativo de A Coruña.

2.2. Delegación Territorial de Lugo.

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2 funcionarios/as en el Registro General.

1 funcionario/a para el mantenimiento del Edificio Administrativo de Lugo.

2.3. Delegación Territorial de Ourense.

2 funcionarios/as en el Registro General.

2.4. Delegación Territorial de Pontevedra.

2 funcionarios/as en el Registro General.

1 funcionario/a para el mantenimiento del Edificio Administrativo de Pontevedra.

2.5. Delegación Territorial de Vigo.

2 funcionarios/as en el Registro General.

1 funcionario/a para el mantenimiento del Edificio Administrativo de Vigo.

1.2. Consellería de Hacienda.

1. Servicios centrales:

1.1. CIXTEC.

1 analista programador del área de sistemas.

1.3. Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

1. Servicios mínimos en materia de gestión de residuos:

a) Complejo Medioambiental de Cerceda (CMC).

– Servicios Generales:

1 operario/a por turno, conserjería y control de accesos.

1 operario/a por turno, limpieza de vestuarios y local de descanso.

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1 operario/a por turno, depuradoras CMC.

1 DUE por turno (enfermería).

– Planta Termoeléctrica y Cogeneración.

1 jefe/a de turno por turno.

2 operadores/as por turno.

1 rondista por turno.

1 auxiliar de rondista por turno.

Retén de mantenimiento, 5 personas a disposición (sin presencia).

Retén de laboratorio, 1 persona a disposición (sin presencia).

2 ensacadores/as por turno en ensacado de cenizas.

1 camionero/a de escorias por turno.

– Planta de Reciclaje, Tratamiento y Elaboración de Combustible (PRTE).

1 jefe/a de turno por turno.

1 agente de circulación en turno de mañana y en turno de tarde.

1 camionero/a por turno.

1 electricista por turno.

2 operadores/as de grúa por turno.

4 triadores/as por turno.

1 operador/a por turno.

1 operador/a de pala por turno.

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2 rondistas por turno.

1 oficial de secadero por turno.

1 oficial de trituradora por turno.

b) Vertedero de Areosa.

1 jefe/a de turno por turno.

1 operador/a de pala por turno.

1 operario/a de control de accesos por turno.

1 operario/a de depuradoras por turno.

2. Servicios mínimos en materia de infraestructuras viarias:

Por parte de las empresas concesionarias en las vías de alta capacidad en régimen de concesión y en aquellas cuya contraprestación sea el pago de una tarifa, deberá garanti-zarse el funcionamiento de las infraestructuras en las debidas condiciones de seguridad, manteniéndose el personal correspondiente a un domingo o a un día festivo en materia de conservación y mantenimiento.

En las áreas de peaje de las autopistas A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57) permanecerá operativa una vía manual. Las vías dinámicas y automáticas perma-necerán abiertas en su totalidad.

3. Servicios mínimos en materia de transporte:

A) Servicios concesionales de transporte público de viajeros:Concesión: V-0052; XG-001.Concesionario: Francisco Candocia Villadóniga.Ferrol-Sedes-praia de A Frouxeira.• Salida de Ferrol: 9.00 y 18.30 h.• Salida de la playa: 19.30 h.Ferrol-polígono Río do Poza-Sedes-playa de A Frouxeira.• Salida de Ferrol: 7.00 h.

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• Salida de la playa: 21.00 h.

Concesión: V-0065; XG-002.Concesionario: Empresa Freire, S.L.Lugo-Santiago por N-547.• Salida de Lugo: 6.00 y 19.30 h.• Salida de Santiago: 9.15 y 20.00 h.Santiago-Aeropuerto de A Lavacolla.• Salida de Santiago: 6.00, 7.30, 9.00, 19.00, 20.30 y 22.00 h.• Salida del aeropuerto: 6.45, 8.15, 9.30, 19.45, 21.15 y 22.45 h.

Concesión: V-0152; XG-007.Concesionario: Hedegasa, S.L.Santiago de Compostela (calle de la Rosa)-O Milladoiro-As Galanas-Balcaide-Ameneiro-Casalonga-Firminstáns.• Salida de Santiago: 8.00, 18.00, 19.00, 20.00 y 20.30 h.• Salida de Firminstáns: 7.30, 8.00, 8.30, 18.30, 19.30 y 20.30 h.Santiago de Compostela (calle de la Rosa)-O Milladoiro-Solláns-Luou.• Salida de Santiago: 7.45 y 18.45 h.Luou-San Xoán de Calo-Carballal-As Galanas-O Milladoiro-Santiago de Compostela.(calle de la Rosa).• Salida de Luou: 7.15 y 19.15 h.Santiago de Compostela (E.A.)-O Milladoiro-Solláns-Luou-Casal de Reis.• Salida de Santiago: 8.10 y 20.10 h.• Salida de Casal de Reis: 7.50 y 19.00 h.Santiago de Compostela (E.A.)-Solláns-Luou-Espasande-Regoufe-A Silva.• Salida de Santiago: 20.10 h.• Salida de A Silva: 7.45 h.Raíces-Tarrío-Biduído de Arriba-Bentín-O Milladoiro-Santiago (calle de la Rosa)-O Milladoi-ro-A Grela-Biduído de Abaixo-Raíces (circular).• Salida de Raíces: 7.45, 8.45, 18.45 y 20.45 h.

Concesión: V-1110; XG-063.Concesionario: Transportes Mosquera, S.L.Hortas-Santiago.• Salida de Hortas: 8.00 h.• Salida de Santiago: 18.00 h.

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Turces-Santiago.• Salida de Turces: 7.15 h.• Salida de Santiago: 19.00 h.Meres-Foxáns-Cruce Vilar-Codeso-Rodiño-Santiago.• Salida de Meres: 7.15 h.• Salida de Santiago: 14.30 h.Forte (Boqueixón)-Gastrar-Loureda-Vigo-Lamas-Rodiño-Santiago.• Salida de Forte: 7.40 h.• Salida de Santiago: 14.30 h.

Concesión: V-1129; XG-064.Concesionario: Autocares Eliseo Pita, S.A.A Coruña-Sada por Fontán.• Salida de A Coruña: 8.30 y 20.00 h.• Salida de Sada: 7.30 y 19.30 h.

Concesión: V-1598; XG-100.Concesionario: Autos Grabanxa, S.L.Abellá-Peñasco-Santiago de Compostela.• Salida de Abellá: 7.20 h.• Salida de Santiago: 14.00 h.Frades-C. de Beán-Santiago.• Salida de Frades: 7.30 y 8.30 h.• Salida de Santiago: 13.00 y 20.00 h.Santiago-Son de Arriba-Verdía-A Rúa Travesa.• Salida de Santiago: 19.10 h.• Salida de A Rúa Travesa: 7.45 h.Porto Avieira-Santiago.• Salida de Porto Avieira: 7.20 y 8.50 h.• Salida de Santiago: 19.00 y 21.00 h.

Concesión: V-2214; XG-203.Concesionario: Orones Bus, S.L.A Coruña-Canzobre.• Salida de A Coruña: 19.30 h.• Salida de Canzobre: 7.30 h.

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ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

Concesión: V-3013; XG-338.Concesionario: Autocares Modesto Riveiro, S.L.A Graña-A Amañecida-Santiago de Compostela.• Salida de A Graña: 7.15 h.• Salida de Santiago: 19.15 h.

Concesión: V-7059; XG-433.Concesionario: Castromil, S.A.Santiago de Compostela-Cambados-O Grove-A Toxa.• Salida de Santiago: 11.30 y 20.30 h.• Salida de A Toxa: 7.30 y 18.00 h.A Coruña-Vigo por A-9.• Salida de A Coruña: 8.00 y 20.15 h.• Salida de Vigo: 10.30 y 18.30 h.A Coruña-Santiago de Compostela por A-9.• Salida de A Coruña: 6.35 h.• Salida de Santiago: 18.00 h.A Coruña-Santiago de Compostela por N-550.• Salida de A Coruña: 8.00 y 19.30 h.• Salida de Santiago: 6.30 y 18.00 h.Santiago de Compostela-Vigo por N-550.• Salida de Santiago: 13.00 y 20.00 h.• Salida de Vigo: 7.50 h.A Coruña-Muros.• Salida de A Coruña: 12.00 y 19.00 h.• Salida de Muros: 7.15 y 11.00 h.Santiago de Compostela-Noia.• Salida de Santiago: 18.00 h.• Salida de Noia: 6.45 h.Santiago de Compostela-Ourense.• Salida de Santiago: 9.15 y 20.00 h.• Salida de Ourense: 6.10 y 19.00 h.Ferrol-Santiago-Vigo por A-9.• Salida de Ferrol: 8.40 y 18.40 h.• Salida de Vigo: 7.30 y 19.30 h.

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Concesión: V-7026; XG-400.Concesionario: Hermanos Ferrín, S.L.Santiago de Compostela-A Picaraña.• Salida de Santiago: 19.00 h.• Salida de A Picaraña: 7.45 h.Santa Comba-Santiago.• Salida de Santa Comba: 7.15 y 17.15 h.• Salida de Santiago: 20.00 h.Muxía-Santiago de Compostela.• Salida de Muxía: 6.45 y 14.30 h.• Salida de Santiago: 8.45 y 16.45 h.Outes-Santiago de Compostela.• Salida de Outes: 6.45 h.• Salida de Santiago: 17.45 h.

Concesión: V-7032; XG-406.Concesionario: Empresa Gómez de Mesía, S.L.A Coruña-Vila de Cruces.• Salida de A Coruña: 17.00 h.• Salida de Vila de Cruces: 7.30 h.

Concesión: V-7041; XG-415.Concesionario: Rías Altas, S.A.Ferrol-Mercado-A Graña.• Salida de Ferrol: 8.30 y 19.30 h.• Salida de A Graña: 8.00 y 20.00 h.Ferrol-Mercado-Residencia-Catabois.• Salida de Ferrol: 7.00 y 7.50 h.• Salida de Catabois: 7.20 y 8.20 h.Ferrol-Cedeira por Castro.• Salida de Ferrol: 7.15 y 20.00 h.• Salida de Cedeira: 6.30 y 18.30 h.Ferrol-Doniños-San Xurxo da Mariña.• Salida de Ferrol: 7.00 h.• Salida de San Xurxo da Mariña: 7.30 h.Ferrol-Vilaboa por Meirás.• Salida de Ferrol: 14.45 h.

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• Salida de Vilaboa: 7.00 h.Ferrol-Covas.• Salida de Ferrol: 7.00 h.• Salida de Covas: 7.30 h.

Concesión: V-7050; XG-424.Concesionario: Autocares Capela, S.L.As Neves-Fene-Ferrol.• Salida de As Neves: 7.45 y 19.30 h.• Salida de Ferrol: 18.30 y 20.30 h.As Neves-Filgueiras-Fene-Ferrol.• Salida de As Neves: 7.00 h.• Salida de Ferrol: 18.30 h.

Concesión: V-7077; XG-451.Concesionario: Empresa Seoane, S.L.Santiago-San Cristovo de Merín.• Salida de Santiago: 14.00 y 19.30 h.• Salida de San Cristovo de Merín: 7.40 h.A Ponte Sarandón-Os Verxeles-Vilar-Santiago.• Salida de A Ponte Sarandón: 7.20 h.• Salida de Santiago: 19.30 h.Santiago-Os Verxeles-San Xulián de Sales-Santiago (circular).• Salida de Santiago: 18.00 h.

Concesión: V-7044; XG-418.Concesionario: Autocares Salvado, S.A.A Coruña-Melide.• Salida de A Coruña: 17.00 h.• Salida de Melide: 7.15 h.

Concesión: V-7062; XG-436.Concesionario: Viajes Rois, S.L.Extramundi de Arriba-Rois-Santiago.• Salida de Extramundi: 7.25 y 20.00 h.• Salida de Santiago: 7.30 y 21.00 h.

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Buxán-Samil-Santiago.• Salida de Buxán: 7.20 h.• Salida de Santiago: 19.00 h.

Concesión: V-2958; XG-334.Concesionario: Trapsa, S.A.Ortoño-Santiago.• Salida de Ortoño: 8.15 y 21.15 h.• Salida de Santiago: 7.35 y 20.30 h.

Concesión: V-7007; XG-381.Concesionario: Autos Cal Pita, S.A.A Coruña-San Pedro de Nós.• Salida de A Coruña: 7.00, 8.00, 18.00, 19.00 y 20.00 h.• Salida de San Pedro: 7.30, 8.30, 18.30, 19.30 y 20.30 h.A Coruña-Santa Cruz-Arillo-Rialta-Sada.• Salida de A Coruña: 8.25 y 20.25 h.• Salida de Sada: 7.25 y 19.25 h.A Coruña-Montrove-Oleiros.• Salida de A Coruña: 8.05 y 20.10 h.• Salida de Oleiros: 7.35 y 20.35 h.

Concesión: V-7034; XG-408.Concesionario: Automóviles Sigrás-Carral, S.A. (Asicasa).A Coruña-Vilaboa-Carral-Sta. María de Vigo.• Salida de A Coruña: 7.00 y 20.00 h.• Salida de Sta. María de Vigo: 7.50 y 18.50 h.A Coruña-Aeropuerto de Alvedro.• Salida de A Coruña: 7.45, 8.45, 19.15 y 20.15 h.• Salida del aeropuerto: 7.15, 8.15 y 19.45 h.A Coruña-Barcala-Cambre-Lema.• Salida de A Coruña: 7.00, 8.00, 19.00 y 20.00 h.• Salida de Lema: 7.30, 8.30, 19.30 y 20.30 h.A Coruña-Culleredo-Celas-Peiro.• Salida de A Coruña: 7.30 y 20.30 h.• Salida de Peiro: 6.30 y 19.30 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42172

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Concesión: V-7027; XG-401.Concesionario: Autos Carballo, S.A.Laxe-Carballo-Santiago de Compostela.• Salida de Laxe: 6.30 h.• Salida de Santiago: 19.00 h.Malpica-Carballo-Santiago.• Salida de Malpica: 18.55 h.• Salida de Santiago: 7.30 h.Carballo-A Laracha-Santiago.• Salida de Carballo: 6.45 h.• Salida de Santiago: 19.30 h.

Concesión: V-7002; XG-376.Concesionario: Lavacolla, S.A.A Coruña-Aeropuerto de A Lavacolla.• Salida de A Coruña: 9.15 h.• Salida del aeropuerto: 12.15 h.

Concesión: V-7053; XG-427.Concesionario: Tranvías del Ferrol, S.A.Puerto-Neda.• Salida del puerto: 6.25, 8.30, 10.30, 12.30, 14.30, 16.30, 18.30, 20.30 h.• Salida de Neda: 5.50, 7.40, 9.40, 11.40, 13.40, 15.40, 17.40, 19.40 h.Puerto-Residencia.• Salida del puerto: 6.45, 8.50, 10.50, 12.50, 14.50, 16.50, 18.50, 20.50 h.• Salida de Residencia: 6.00, 7.50, 9.50, 11.50, 13.50, 15.50, 17.50, 19.50 h.Correos-A Faísca.• Salida de A Faísca: 7.00, 8.00, 18.00 y 19.00 h.• Salida de Correos: 7.30, 8.30, 18.30 y 19.30 h.Canido-A Graña.• Salida de Canido: 8.00, 19.00 y 21.00 h.• Salida de A Graña: 8.30, 19.30 y 21.30 h.Correos-Caranza.• Salida de Correos: 7.25, 9.10, 10.25, 11.40, 13.55, 15.10, 16.25, 17.40, 18.55, 20.10, 21.25 h.• Salida de Caranza: 6.45, 8.15, 9.45, 11.00, 12.15, 14.30, 15.45, 17.00, 18.15, 19.30, 20.45 h.

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Puerto-Caranza-Residencia.• Salida del puerto: 8.15, 18.15 y 20.15 h.• Salida de Caranza: 6.20, 6.55.• Salida de Residencia: 18.40 y 20.40 h.

Concesión: V-7076; XG-450.Concesionario: Santiaguesa Metropolitana, S.L.Camariñas-Santiago.• Salida de Santiago: 19.45 h.Baio-Santiago.• Salida de Baio: 7.10 h.

Concesión: V-7075; XG-449.Concesionario: Empresa Monforte, S.A.Fisterra-Muros-Santiago.• Salida de Fisterra: 8.20 y 16.45 h.• Salida de Santiago: 9.00 y 19.00 h.Concesión: V-1682; XG-112.Concesionario: Ruta Bus, S.A.A Coruña-Boedo por Suevos y Rañobre.• Salida de A Coruña: 8.00 y 20.30 h.• Salida de Boedo: 7.00 h.

Concesión: V-7045; XG-419.Concesionario: Compañía Metropolitana de Transportes de Coruña, S.L.A Coruña-Caión.• Salida de A Coruña: 18.30 h.• Salida de Caión: 7.45 h.A Coruña-Lema.• Salida de A Coruña: 20.15 h.

Concesión: V-7074; XG-448.Concesionario: Compañía Metropolitana de Transportes de Coruña, S.L.A Coruña-Santa Comba-Suevos.• Salida de Suevos: 7.00 h.• Salida de A Coruña: 18.45 h.

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A Coruña-Fisterra.• Salida de A Coruña: 8.15 y 19.45 h.• Salida de Fisterra: 7.50 h.A Coruña-Ponte do Porto.• Salida de Ponte do Porto: 6.45 h.A Coruña-Malpica.• Salida de Malpica: 6.50 h.A Coruña-Corme-Laxe.• Salida de A Coruña: 20.30 h.A Coruña-Carballo.• Salida de A Coruña: 7.25 y 21.25 h.• Salida de Carballo: 8.15 y 19.00 h.A Coruña-Arteixo.• Salida de A Coruña: 6.40 h.• Salida de Arteixo: 20.00 h.

Concesión: V-7068; XG-442.Concesionario: Arriva Noroeste, S.L.Aguiño-Ribeira-Boiro-Rianxo-Santiago.• Salida de Aguiño: 6.50 h (enlace en Boiro).• Salida Boiro: 7.30 h.• Salida de Santiago de Compostela: 18.00 h.Ribeira-Boiro-Araño-Santiago de Compostela.• Salida de Ribeira: 8.00 (enlace en Boiro) y 19.00 h.• Saida Boiro: 8.30 h.• Salida de Santiago de Compostela: 8.00 y 21.00 h.Ferrol-A Coruña por autopista.• Salida de Ferrol: 7.30 y 18.30 h.• Salida de A Coruña: 8.30 y 19.30 h.Ferrol-A Coruña (por As Pías)-A Gallada y Betanzos.• Salida de Ferrol: 7.00 (O Pedrido) y 19.00 h.• Salida de A Coruña: 9.00 y 21.00 h.Ferrol-A Coruña (por Neda, A Gallada y O Pedrido).• Salida de Ferrol: 8.00 y 18.00 h.• Salida de A Coruña: 8.00 y 20.00 h.Ferrol-Mugardos.• Salida de Ferrol: 8.00 y 18.00 h.

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Ferrol-Ares.• Salida de Ferrol: 19.30 h.• Salida de Ares: 7.50 h.Ferrol-Ares-Mugardos.• Salida de Mugardos: 8.35, 18.35 y 20.35 h.Chanteiro-Ferrol.• Salida de Chanteiro: 7.30 h.A Coruña-Ourense por Melide.• Salida de A Coruña: 19.00 h.• Salida de Ourense: 8.00 h.A Coruña-Betanzos.• Salida de A Coruña: 7.00 (plg. Bergondo), 8.30, 18.30 y 20.30 h.• Salida de Betanzos: 7.00, 8.00, 19.30 y 21.30 h.A Coruña-Viveiro polas Pontes de García Rodríguez.• Salida de A Coruña: 18.00 h.• Salida de Viveiro: 6.50 h.

Concesión: V-7069; XG-443.Concesionario: Arriva Noroeste, S.L.Lugo-A Coruña por N-VI o autopista.• Salida de Lugo: 8.10 y 21.05 h.• Salida de A Coruña: 6.30 (autopista) y 19.00 h.Ribadeo-Lugo por Meira.• Salida de Ribadeo: 7.00 h.• Salida de Lugo, 19.00 h.Lugo-Viveiro por Gaibor, Vilalba y Foz.• Salida de Viveiro: 7.30 h.• Salida de Lugo: 18.15 h.

Concesión: V-7072; XG-446.Concesionario: Autos S. Vázquez, S.L.A Coruña-Betanzos-Rilo.• Salida de A Coruña: 19.00 h.• Salida de Rilo: 6.40 h.A Coruña-Présaras-Mezonzo.• Salida de A Coruña: 20.00 h.• Salida de Mezonzo: 6.55 h.

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A Coruña-Mabegondo-Montouto.• Salida de A Coruña: 7.35 y 21.15 h.• Salida de Montouto: 9.00 y 18.30 h.

Concesión: V-7026; XG.400 y V-7059; XG-433.Concesionarios: Hermanos Ferrín, S.L. y Castromil, S.A.Santiago-Bertamiráns-A Gándara.• Salida de Santiago: 7.45, 8.45, 18.15, 19.15 y 20.15 h.• Salida de A Gándara: 7.15, 8.15, 18.45, 19.45 y 20.45 h.

Concesión: V-0089; XG-003.Concesionario: Gómez de Castro, S.A.• Vigo-Pontevedra-Lugo:Salidas de Lugo: 9.45 y 18.30 h.Salidas de Vigo: 7.00 y 18.15 h.• Lugo-Monterroso:Salida de Lugo: 6.45 h.Salida de Monterroso: 17.50 h.

Concesión: V-0193; XG-009.Concesionario: Mourenza y Pardo, S.L.• Palas de Rei-Uceira-Lugo.Salida Palas de Rei: 6.45 h.Salida Lugo: 13.00 h.

Concesión: V-0302; XG-013.Concesionario: Autocares Trigo, S.L.• O Cádavo-Fonteo-Mosteiro-Lugo.Salida de O Cádavo: 7.00 h.Salida de Lugo: 13.45 h.

Concesión: V-1078; XG-061.Concesionario: Autobuses Urbanos de Lugo, S.A.• Lugo-Rábade:Salida de Lugo: 7.00 y 18.30 h.Salida de Rábade: 10.25 y 19.00 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42177

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• Vilachá-Adai-Lugo:Salida de Vilachá: 7.25 h.Salida de Lugo: 18.15 h.• Santalla de Pena-Lugo:Salida de Santalla de Pena: 7.30 h.• Lugo-Donalbai.Salida de Lugo: 13.00 h.

Concesión: V-1498; XG-090.Concesionario: Eleuterio López y Cía, S.L.• Lugo-Ourense:Salida de Lugo: 9.35 y 16.45 h.Salida de Ourense: 6.50 y 18.30 h.

Concesión: V-2006; XG-168.Concesionario: González y de la Riva, S.L.• Navia de Suarna-Liber-Becerreá-Baralla-Gomeán-Lugo.Salida de Navia de Suarna: 7.30 h.Salida de Lugo: 18.30 h.• Pedrafita do Cebreiro-As Nogais-Becerreá-Baralla-Gomeán-Lugo.Salida Pedrafita do Cebreiro: 9.00 h.Salida Lugo: 17.00 h.

Concesión: V-2320; XG-217.Concesionario: Autocares Darriba, S.L.• Vián-Arneiro-Lugo.Salida Vián: 7.30 h.Salida Lugo: 18.15 h.

Concesión: V-2722; XG-290.Concesionario: Domingo González López.• Sobrado-Faxilde-Pereiramá-Camiño Ancho-Lugo.Salida Sobrado: 7.15 h.Salida Lugo: 19.30 h.

Concesión: V-3284; XG-370.Concesionario: Empresa Trigo, S.L.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42178

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• Santalla-Lugo.Salida Santalla: 6.45 h.Salida Lugo: 19.00 h.

Concesión: V-7035; XG-409.Concesionario: Autocares Darriba, S.L.• A Pastoriza-cruce Xesto-Castro de Rei-Quintela-cruce Castro de Ribeiras de Lea-Lugo.Salida A Pastoriza: 7.30 h.Salida Lugo: 13.15-19.30 h.

Concesión: V-7040; XG-414.Concesionario: Autos Lozano, S.L.• Vilalba-Rioaveso-Feira do Monte-Santo Estevo do Árbol-Castro de Ribeiras de Lea.Cela-Outeiro de Rei-Lugo.Salida Vilalba: 6.50 h.Salida Lugo: 12.00 h.

Concesión: V-7046; XG-420.Concesionario: Empresa Portomarín, S.A.• Sarria-Lugo.Salida de Sarria: 8.45 h.Salida de Lugo: 18.15 h.

Concesión: V-7051; XG-425.Concesionario: Hervei, S.L.• Lugo-Bascuas-Sampaio-Recesende-O Cádavo-A Lastra-Paradavella-A Fonsagrada.Salida de Lugo: 7.15-18.30 h.Salida de A Fonsagrada: 7.35-18.15 h.

Concesión: V-7016; XG-390.Concesionario: Empresa Monforte, S.A.• Lugo-Portomarín:Salida de Lugo: 19.15 h.Salida de Portomarín: 6.50 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42179

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

• Lugo-Escairón:Salida de Lugo: 18.35 h.Salida de Escairón: 7.00 h.• Lugo-Baralla:Salida de Lugo: 18.35 h.Salida Baralla: 10.30 h.• Monforte de Lemos-Santiago de Compostela:Salida de Monforte de Lemos: 7.50 h.Salida Santiago de Compostela: 18.00 h.• Pedrafita-Lugo:Salida de Pedrafita: 6.45 h.Salida de Lugo: 17.30 h.• Lugo-Monforte de Lemos:Salidas de Lugo: 6.45, 13.45 y 20.45 h.Salidas de Monforte: 8.15, 15.15 y 22.15 h.• O Barco de Valdeorras-A Rúa-Quiroga-Ourense:Salidas de O Barco de Valdeorras: 8.00 y 22.00 h.Salidas de Ourense: 6.00 y 19.50 h.

Concesión: V-3048; XG-343.Concesionario: Autos A. González, S.L.• Pías-Santiso-Xinzo da Costa-Tioira-Maceda-Rioseco-Solveira-As Campinas-Zamorana-Ourense:Salida de Pías: 7.00 h.Salida de Ourense: 18:15.• Ourense- Zamorana-As Campinas-Solveira –Rioseco-Maceda:Salidas de Ourense: 12.45 h.• Ourense-Zamorana-As Campinas-Pardieiros-San Xes-Rioseco-Solveira-As Campinas-Zamorana-Ourense (circular):Salida de Ourense: 18.30 h.

Concesión: V-7064; XG-438.Concesionario: Auto Industrial, S.A.• O Porriño-Vigo:Salidas de O Porriño: 7, 18 y 21 horas.Salidas de Vigo: 7, 18 y 21 horas.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42180

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• Ourense-Ribadavia-A Cañiza-Vigo:Salidas de Ourense: 9 y 20.30 h.Salidas de Vigo: 8.30 y 19 h.• Ourense-Vigo por A-52:Salidas de Ourense: 6.45 y 20.30 h.Salidas de Vigo: 6.30 y 22 h.• Chantada-A Barrela-Cea-O Carballiño-Ribadavia-Vigo:Salida de Chantada: 7 h.Salida de Vigo: 16.30 h.• Ourense-Maside-O Carballiño-Soutelo de Montes-Pontevedra:Salidas de Ourense: 10.30 h.Salidas de Pontevedra: 9 y 17.30 h.• Monforte de Lemos-Os Peares-Ourense-Pontevedra:Salida de Monforte de Lemos: 16.15 h.• Ourense-Os Peares:Salida de Os Peares: 7.00 h.Salida de Ourense: 19.00 h.

Concesión: V-7043; XG-417.Concesionario: Aguas de Incio, S.A.• Confurco-Fondo de Cea-Tamallancos-Ourense:Salida de Confurco: 6.15 h.Salida de Ourense: 18.00 h.• Ourense-Tamallancos-Amoeiro-Trasalba-Fontefría-Ourense (circular):Salidas de Ourense: 12.30 y 18.00 h.

Concesión: V-3269; XG-365.Concesionario: Empresa Villalón, S.A.• Verín-Xinzo de Limia-Allariz-Ourense por N-525:Salidas de Verín: 6.15 h.Salidas de Ourense: 12.15 h.• Verín-Xinzo de Limia- Allariz- Ourense por A-52:Salidas de Ourense: 6.30 y 20.30 h.Salidas de Verín: 8.00 y 22.00 h.• Maceda-Baños de Molgas-Poedo-Xunqueira de Ambía-Salgueiros-Ourense:Salida de Maceda: 6.45 h.Salida de Ourense: 19.15 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42181

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• Ourense-Campus Universitario-As Lagoas-Taboadela-Gundiás-Allariz:Salida de Ourense: 20.00 h.• Verín-Ourense-Vigo:Salida de Verín: 8.45 h.Salida de Vigo: 19.00 h.

Concesión: V-3274; XG-366.Concesionario: Aguas de Incio, S.A.• Manzaneda-A Pobra de Trives-Castro Caldelas-Ourense:Salida de Manzaneda: 6.30 h.Salida de Ourense: 18.00 h.• A Teixeira-Sacardebois-Luíntra-Eiradela-Faramontaos-San Miguel do Campo.Salida de A Teixeira: 6.00 h.Salida de Ourense: 18.30 h.• Luíntra-Loña do Monte-Loñoá-Faramontaos-Ourense:Salida de Ourense: 19.30 h.

Concesión: V-7060; XG-434.Concesionario: Anpián, S.A.• Ourense-Maceda-Xinzo de Limia:Salida de Ourense: 6.50 h.Salida de Xinzo de Limia: 18 h.• Ourense-Maceda-Laza-Verín:Salida de Verín: 6.30 h.• Ourense-Maceda-Vilar de Barrio:Salida de Ourense: 12.45 h.• Ourense-Celanova-Bande-Lobios-Entrimo:Salidas de Entrimo: 6.45 y 18.15 h.Salidas de Ourense: 7.50 y 18.00 h.• As Conchas-Barrio-Xinzo de Limia-Ourense:Salida de Barrio: 7.10 h.Salida de Ourense: 18.00 h.• Rial-Rante-San Cibrao-Ourense:Salida de Rial: 7.20 h.• Ourense-San Cibrao das Viñas-A Merca-Celanova-Vilavidal-Cortegada.Salida de Cortegada: 6.35 h.Salida de Ourense: 19:00 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42182

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• Cortegada-San Lourenzo-Gomesende-Abellás-Quintela de Leirado-Redemuíños-Morei-ras-Cerdal-Celanova-A Manchica-Ourense:Salida de Cortegada: 12.30 h.Salida de Ourense: 10.30 h.• Ponte Barxas-Arnoia-Ribadavia-Ourense:Salidas de A Ponte Barxas: 6.55 y 13.15 h.Salidas de Ourense: 7.00 y 13.15 h.• Cartelle-Outomuro-A Manchica-Ourense:Salida de Cartelle: 7.45 h.Salida de Ourense: 18 h.• Ourense-A Valenzá-Barbadás-Sobrado-Loiro-Ourense-Monterrei-Ourense:Salidas de Ourense: 6.50 y 13 h.• A Valenzá-Ourense:Salidas de A Valenzá: 7.00, 7.50, 8.55, 18.00,19.30 y 21.00 h.Salidas de Ourense: 7.20, 8.10, 9.00, 18:30, 19:30 y 20.20 h.

Concesión: V-7070; XG-444.Concesionario: Anpián, SA.• Ourense-O Cumial-Polígono de San Cibrao-A Castellana-Santa Cruz-Carballeira de San-ta Cruz:• Salidas de Ourense: 7.05 y 19.00 h.• Salidas de Carballeira de Santa Cruz: 7:40 y 19.45 h.

Concesión: V-7067; XG-441.Concesionario: Autos Gómez, S.L.• Os Peares-A Peroxa-Gueral-Cambeo-Ourense:Salida de Os Peares: 7.00 h.Salida de Ourense: 12.55 h.• A Peroxa-Barra de Miño-Belesar-Ribela-Ourense:Salida de A Peroxa: 7.30 h.Salida de Ourense: 12.55 h.

Concesión: V-7054; XG-428.Concesionario: Autocares Alfer, S.A.• Ourense-cruce de Cambeo-Vilamarín-cruce de Sober-A Barrela-Castro de Carballedo:Salida de Castro de Carballedo: 7.20 h.

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Salida de Ourense: 12.55 h.• Fontefiz-Belesar-Ourense:Salida de Fontefiz: 7.30 h.Salida de Ourense: 13 h.• Ourense-Sabadelle-Xubande-Parada-San Bieito-Gundiás:Salida de Gundiás: 7.20 h.Salida de Ourense: 12.00 h.• Ourense-Cambeo-Tamallancos-Borulfe (Centro Hostelería)-Vilamarín.Salida de Ourense: 8.15 h.Salida de Vilamarín: 18.30 h.• Ourense-Moreiras-Sanatorio Psiquiátrico de Toén:Salida de Ourense: 7.20 h.Salida Sanatorio: 8.10 h.

Concesión: V-1530; XG-092.Concesionario: Empresa Toén, S.L.• San Tomé-Xestosa-Toén-Mugares-Piñor-Sanatorio de Piñor-Ourense:Salida de San Tomé: 7.45 h.Salida de Ourense: 13.00 y 18.45 h.• Trelle-Trellerma-Toén-Mugares-Piñor-Sanatorio de Piñor-Ourense:Salidas de Trelle: 8 y 22 h.Salidas de Ourense: 7.25 y 21.25 h.• Ourense-Sanatorio de Piñor-Piñor:Salidas de Ourense: 7.25 y 20.15 h.Salidas de Piñor: 8.10 y 21.00.• Piñor-Parada-Ourense:Salida de Piñor: 8.25 h.Salida de Ourense: 13.00.

Concesión: V-0224; XG-010.Concesionario: Autos González, S.L.• Ponte-Cornoces-Ourense:Salidas de Ponte: 7.30 y 20.00 h.Salidas de Ourense: 6.45 y 19.00 h.

Concesión: V-0387; XG-020.Concesionario: Autocares Manuel García Castro, S.L.

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• Augasantas-Pontevedra:Salidas de Pontevedra: 13.00 y 19.00 h.Salidas de Augasantas: 7.20 h.

Concesión: V-0448; XG-026.Concesionario: Empresa Cuíña, S.L.• Cambados-Oubiña-Ponte Arnelas-Mosteiro-Pontevedra:Salida de Cambados: 8.35 h.Salidas de Pontevedra: 13.35 y 19.30 h.• Cambados-Ponte Castrelo-Barrantes-Ribadumia-Pontevedra:Salida de Cambados: 19.00 h.• Cambados-Ponte Castrelo-Sisán-Mosqueiro-San Salvador-Penente-Arcos-Pontevedra:Salida de Cambados: 13.45 h.• Cambados-Ponte Castrelo-Tanoira-Barrantes-Ribadumia-Mosteiro-Pontevedra:Salida de Cambados: 7.45 h.Salidas de Pontevedra: 12.15 y 20.35 h.• Cambados-Vilariño-Covas de Lobos-Barrantes-San Salvador-Caticovas-Mosteiro-Ponte-vedra:Salidas de Cambados: 10.35 h.Salida de Pontevedra: 18.30 h.• Cambados-Ponte Castrelo-Sisán-Covas-San Salvador-Caticovas-Mosteiro-Pontevedra:Salida de Cambados: 7.00 h.

Concesión: V-0453; XG-027.Concesionario: Autos Arcade, S.L.• Pazos de Borbén-Pontevedra:Salidas de Pazos: 8.00 h.Salidas de Pontevedra: 18.50 h.• O Viso-Pontevedra por A Mela, Rial y Montesiña:Salidas de O Viso: 7.30 h.

Concesión: V-7049; XG-423.Concesionario: Autos González, S.L.• Redondela-Vigo, por la N-550:Salidas de Redondela: 6.15, 7.00, 7.25, 8.25, 18.25, 19.15 y 20.25 h.Salidas de Vigo: 6.55, 7.40, 8.00, 8.30, 9.00, 18.30, 20.00 y 20.30 h.

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• Fornelos de Montes-Redondela-Vigo:Salidas de Fornelos: 7.30 h.Salidas de Vigo: 11.45 y 18.50 h.

Concesión: V-0527; XG-034.Concesionario: Castromil, S.A.• Antas-Vigo:Salidas de Antas: 6.45 h.Salidas de Vigo: 19.00 h.

Concesión: V-0533; XG-035.Concesionario: Autocares Manuel García Castro, S.L.• Avión-Pontevedra:Salidas de Avión: 7.00 h.• Verducido-Pontevedra:Salidas de Verducido: 7.15 h.• A Lama-Pontevedra por Montecelo:Salidas de Pontevedra: 20.00 h.

Concesión: V-2431; XG-232.Concesionario: Autocares Lucho, S.L.• Mos-Vigo:Salidas de Mos: 7.45 h.Salidas de Vigo: 20.20 h.• Torroso-Vigo:Salidas de Torroso: 8.45 h.

Concesión: V-2432; XG-233.Concesionario: Empresa Vda. de J. Domínguez S.L.• Mosende-Vigo (Bouzas):Salidas de Mosende: 7.45 h.Salidas de Vigo (Bouzas): 12.40 y 19.05 h.• Torneiros-Vigo (Bouzas) por A Florida:Salidas de Torneiros: 6.50 h.

Concesión: V-2613; XG-269.Concesionario: Autocares Rías Baixas, S.L.

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• Postemirón de Arriba-A Granxa-Xistro-Ruibal-Praza de Galicia:Salida de Postemirón de Arriba: 7.55 h.• Postemirón de Arriba-A Granxa-Xistro-Salcedo-Praza de Galicia-Praza de Abastos:Salida de Postemirón de Arriba: 18.15 y 19.35 h.• Postemirón de Arriba-A Granxa-Xistro-Salcedo-Campolongo-Xofre de Tenorio:Salida de Xofre de Tenorio: 19.15 h.• Figueirido-Xistro-Salcedo-Campolongo-Pontevedra:Salida de Pontevedra: 6.55 h.• Pontevedra-Santa Margarida-Monte Porreiro:Salidas de Pontevedra: 7.30, 8.30, 18.00, 19.00, 20.00 y 21.00 h.Salidas de Monte Porreiro: 7.00, 8.00, 9.00, 18.30, 19.30 y 20.30 h.• Monte Porreiro-Ponte dos Tirantes-A Xunqueira:Salida de Monte Porreiro: 8.15 h.• Acuña-empalme Nabalexo-O Casal-Salcedo-Plaza de Galicia-Plaza de Abastos-A Xun-queira:Salida de Acuña: 7.15 h.• Acuña-Plaza de Abastos-O Casal-Salcedo-Plaza de Galicia-Plaza de Abastos:Salida de Plaza de Abastos: 21.00 h.

Concesión: V-2999; XG-337.Concesionario: Autocares Rías Baixas, S.L.• Atalaia-Xofre de Tenorio-A Xunqueira:Salida de la Xunqueira: 20.30 h.• Xofre de Tenorio-Castelo:Salida de Xofre de Tenorio: 20.00 h.• Atalaia-Xofre de Tenorio:Salida Atalaia: 19.00 h.

Concesión: V-3216; XG-360.Concesionario: Donado Campos, S.L.• Cruces-Vigo:Salidas de Cruces: 7.00 h.Salidas de Vigo: 18.15 h.• Lalín-Pontevedra por Silleda:Salidas de Lalín: 7.30 h.Salidas de Pontevedra: 13.15 h.• Lalín-Pontevedra por Chapa:

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42187

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Salidas de Lalín: 7.00 h.Salidas de Pontevedra: 11.20 y 19.10 h.• Beariz-Santiago de Compostela:Salidas de Beariz: 7.00 h.• Santiago de Compostela-Codeseda:Salidas de Santiago de Compostela: 12.30 h.• A Estrada-Santiago de Compostela:Salidas de A Estrada: 7.00 y 19.30 h.Salidas de Santiago de Compostela: 7.45 y 20.15 h.

Concesión: V-7014; XG-388.Concesionario: Empresa Ojea, S.A.• A Cañiza-Vigo:Salidas de A Cañiza: 11.45 h.Salidas de Vigo: 8.00 h.• Ribadavia-Vigo:Salidas de Ribadavia: 7.20 h.• Couto-Vigo:Salidas de Vigo: 12.15 h.• Valeixe-Vigo:Salidas de Valeixe: 7.20 y 18.30 h.Salidas de Vigo: 13.30 y 19.00 h.• Ribarteme (S. Xosé)-Vigo por Leirado:Salidas de Vigo: 11.00 h.• Ribarteme (S. Xosé)-Vigo, por Taboexa:Salidas de Ribarteme: 7.55 h.

Concesión: V-7047; XG-421.Concesionario: Viajes Melytour, S.L.• Puente internacional-Mosende-A Garrida-Vigo:Salidas de puente internacional: 6.20 h.• Puente internacional-Mosende-CUVI-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de puente internacional: 7.30 h.Salidas Vigo: 19.35 h.• Vigo-A Garrida-Gondomar-Morgadáns-Couso-Tomiño-Fornelos:Salidas de Vigo: 21.00 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42188

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• Fornelos-Tomiño-Couso-Gondomar-A Garrida-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de Fornelos: 6.45 h.

Concesión: V-7033; XG-407.Concesionario: Autobuses de Pontevedra, S.A.• Pontevedra-Marín por Cantoarea:Salidas de Pontevedra: 6.40, 7.25, 7.40, 8.10, 8.25, 8.40, 8.55, 18.20, 18.35, 18.45, 19.10, 19.20, 19.35, 20.00, 20.25, 20.40 y 20.50 h.Salidas de Marín: 7.00, 7.15, 7.45, 8.00, 8.45, 9.00, 18.05, 18.20, 18.45, 19.10, 19.15, 19.35, 19.45, 20.00, 20.25 y 20.50 h.• Pontevedra-Montecelo (Residencia):Salidas de Pontevedra: 7.35 y 18.30 h.Salidas de Montecelo: 8.15, 19.00 y 20.20 h.

Concesión: V-2289; XG-210.Concesionario: Empresa Cuíña, S.L.• Silleda-Pontevedra:Salidas de Silleda: 7.00 h.• Quireza-Campo Lameiro-Pontevedra:Salidas de Quireza: 6.35 h.Salidas de Pontevedra: 18.15 h.

Concesión: V-7038; XG-412.Concesionario: Transportes José Núñez Barros, S.A.• Empalme de Romai-Pontevedra (por San Mauro):Salidas de Empalme de Romai: 7.15 h.• A Illa de Arousa-Pontevedra (por Ponte do Terrón):Salidas de Faro (A Illa): 7.00 h.Salidas de Pontevedra: 13.00 h.• A Illa de Arousa-Pontevedra (por Ponte Arnelas):Salidas de Faro (A Illa): 7.45 h.Salidas de Pontevedra: 11.00 h.• Vilagarcía de Arousa-Pontevedra:Salidas de Vilagarcía de Arousa: 7.00 y 7.30 h.Salidas de Pontevedra: 8.00 y 21.00 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42189

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

Concesión: V-3050; XG-344.Concesionario: Empresa Lázara, S.A.• Monterroso-Santiago de Compostela:Salidas de Monterroso: 7.45 h.Salidas de Santiago de Compostela: 10.00 h.• Silleda-Santiago de Compostela:Salidas de Silleda: 6.40 h.Salidas de Santiago de Compostela: 19.30 h.• A Bandeira-Santiago de Compostela:Salidas de A Bandeira: 9.45 h.Salidas de Santiago de Compostela: 18.30 h.• A Ponteledesma-Santiago de Compostela (por A Baiuca y Vila de Paz):Salidas de A Ponteledesma: 7.50 h.Salidas de Santiago de Compostela: 18.30 h.• A Ponteledesma-Santiago de Compostela (por Camporrapado):Salidas de A Ponteledesma: 7.50 h.Salidas de Santiago de Compostela: 18.30 h.

Concesión: V-1293; XG-077.Concesionario: Viguesa de Transportes, S.A.• Alto de Encarnación-Bouzas-Canido:Salidas de Alto de Encarnación: 21.52 h.Salidas de Canido: 7.25 h.

Concesión: V-2115; XG-182.Concesionario: Viguesa de Transportes, S.A.• Santo Estevo de Negros-Lamosa-Bouzas (Vigo):Salidas de Santo Estevo de Negros: 8.52 h.Salidas de Bouzas: 19.15 h.

Concesión: V-7066; XG-440.Concesionario: Castromil, S.A.• Puente internacional-Tui-Pontevedra:Salidas de puente internacional: 7.50 h.Salidas de Pontevedra: 10.00 y 19.00 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42190

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

Concesión: V-7042; XG-416.Concesionario: Gómez de Castro, S.A.• Vigo-Pontevedra-Lugo:Salidas de Lugo: 10.00 y 18.30 h.Salidas de Vigo: 7.00 y 18.15 h.

Concesión: V-7023; XG-397.Concesionario: Transportes La Unión, S.A.• Marín-Cangas-Vigo por A-9.Salidas de Marín: 6.15 h.Salidas de Vigo: 10.30 h.• Marín-Cadrelo-A Fraga-Moaña-Vigo por A-9.Salidas de Marín: 7.30 h.Salidas de Vigo: 12.00 h.• Pontevedra-Couso por el Alto de Dorrón y Armenteira.Salidas de Pontevedra: 12.30 y 19.15 h.Salidas de Couso: 9.45 h.• Pontevedra-Cangas por Bueu.Salidas de Pontevedra: 20.30 h.• Pontevedra-O Grove por Vilalonga y A Toxa.Salidas de Pontevedra: 7.45 y 21.00 h.Salidas de O Grove: 7.25 y 19.00 h.• Pontevedra-San Xoán de Poio-Vilariño.Salidas de Pontevedra: 7.20 y 19.30 h.Salidas de Vilariño: 7.45 y 19.45 h.• Pontevedra-San Vicente do Mar-San Vicente por A Lanzada.Salidas de Pontevedra: 9.00 h.Salidas de San Vicente: 6.45 h.• Pontevedra-Soutonovo por San Xoán de Poio.Salidas de Pontevedra: 7.00 y 20.10 h.Salidas Soutonovo: 7.30 y 20.10 h.• Cangas-Pontevedra por Moaña.Salidas de Cangas: 7.20 y 18.30 h.Salidas de Pontevedra: 6.45 y 20.30 h.• Pontevedra-Vilalonga por el Alto de Dorrón-Meaño-Xil-cruce Castrelo.Salidas de Pontevedra: 12.00 y 19.30 h.Salidas de Vilalonga: 7.20 h.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42191

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

• O Grove-San Vicente-Vigo por la A-9.Salidas de O Grove: 6.30 h.• O Grove-Portonovo-Vigo, pola A-9.Salidas de O Grove: 6.50 h.Salidas de Vigo: 21.15 h.• Santo Adrián-cruce Vilaboa-Pontevedra (inst. de A Xunqueira).Salidas de Santo Adrián: 7.40 h.Salidas de Pontevedra (inst. de A Xunqueira): 18.30 h.• Cangas-Bueu-Marín-Pontevedra (inst. de A Xunqueira).Salidas de Cangas: 7.45 h.Salidas de Pontevedra (inst. de A Xunqueira): 13.35 y 18.30 h.• Pontevedra-Os Praceres (colegio).Salidas de Pontevedra: 8.45 h.• Pontevedra-Marín-Mogor (colegio e instituto).Salidas de Pontevedra: 8.00 h.Salidas de Mogor (colegio e instituto): 18.00 h.• Portonovo-Pontevedra (inst. de A Xunqueira).Salidas de Portonovo: 7.45 y 8.00 h.Salidas de Pontevedra (inst. de A Xunqueira): 18.30 h.• Pontevedra-Príncipe Felipe (instituto).Salidas de Pontevedra: 8.35 h.• Portonovo-Campelo-Pontevedra (inst. Torrente Ballester).Salidas de Portonovo: 7.45 y 7.50 h.• Santo Adrián-Vilaboa-Pontevedra (inst. Torrente Ballester).Salidas de Santo Adrián: 7.45 h.Salidas de Pontevedra: 18.30 h.

Concesión: V-0377; XG-019.Concesionario: Autobuses de Pontevedra, S.A.• Pontevedra-cruce de Santo André de Xeve por Bora.Salidas de Pontevedra: 7.30 y 18.30 h.Salidas de cruce de Santo André de Xeve: 8.00 h.• Pontevedra-cruce Santa Mª de Xeve por Lérez y Verducido.Salidas de Pontevedra: 7.20, 19.15 y 20.30 h.Salidas de Sta. Mª de Xeve: 7.00, 7.45 y 21.00 h.• Pontevedra-Fontáns por Lérez y Sta. Mª de Xeve.Salidas de Pontevedra: 6.40 y 20.30 h.

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ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

Salidas de Fontáns: 7.00 y 7.35 h.• Pontevedra-Figueirido.Salidas de Pontevedra: 7.20, 18.30 y 19.45 h.Salidas de Figueirido: 7.00, 19.00 y 20.10 h.• Pontevedra-Marcón-(Pazos)-Pintos.Salidas de Pontevedra: 7.20 y 19.45 h.Salidas de Pintos: 7.50 y 20.15 h.

Concesión: V-7008; XG-382.Concesionario: Automóviles de Tuy, S.A.• Camposancos-Vigo por Torrón:Salidas de Camposancos: 8.20 h.Salidas de Vigo: 13.30 h.• A Guarda-Vigo por Eiras y Taborda:Salidas de Vigo: 19.30 h.• A Guarda-Vigo por O Rosal y Torrón:Salidas de Vigo: 19.00 h.• A Guarda-Vigo por O Rosal, Baiona y Nigrán:Salidas de A Guarda: 7.00 h.Salidas de Vigo: 19.00 h.• Baiona-Vigo por Nigrán:Salidas de Baiona: 7.30, 8.30, 18.30, 19.30, 20.00 y 21.00 h.Salidas de Vigo: 7.00, 8.00, 8.30, 18.30, 19.30, y 21.00 h.• Baiona-Vigo por Panxón y Canido:Salidas de Baiona: 9.00 y 19.00 h.Salidas de Vigo: 18.00 y 20.00 h.• Baiona-Vigo por A Ramallosa, Camos y Nigrán:Salidas de Baiona: 6.00 y 20.30 h.Salidas de Vigo: 19.15 h.• Baiona-Vigo por Sabarís, Nigrán y Chandebrito:Salidas de Baiona: 6.20 h.• Baiona-Vigo por Sabarís, Nigrán, Chandebrito, A Tarela y Nigrán:Salidas de Vigo: 19.30 h.• Baredo-Vigo:Salidas de Baredo: 6.50 h.Salidas de Vigo: 11.30 y 20.30 h.• Gondomar-Vigo por Nigrán:

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42193

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Salidas de Gondomar: 9.00 y 19.00 h.Salidas de Vigo: 18.00 y 20.00 h.• Gondomar-Vigo por Lourido y Panxón:Salidas de Gondomar: 8.00 y 20.00 h.Salidas de Vigo: 7.00, 19.00 y 21.00 h.

Concesión: V-2310; XG-215.Concesionario: Empresa Raúl, S.A.• O Porriño-O Meixoeiro-Cabral-Vigo:Salidas de O Porriño: 7.30, 8.30, 18.30 19.30 y 20.30 h.Salidas de Vigo: 7.30, 8.30, 18.30, 19.30 y 20.30 h.• Os Valos-O Porriño-O Meixoeiro-Cabral-Vigo:Salidas de Os Valos: 9.00 h.• Vigo-O Meixoeiro-O Porriño-Ponteareas-Salvaterra:Salidas de Vigo: 8.30 h.• A Cañiza-Ponteareas-O Porriño-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de A Cañiza: 7.40 h.Salidas de Vigo: 12.30 h.• Mondariz-Mondariz Balneario-Ponteareas-O Porriño-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de Mondariz: 6.25 h.Salidas de Vigo: 11.30 y 19.45 h.• Maceira-Vigo:Salidas de Maceira: 7.30 h.Salidas de Vigo: 10.30 h.• As Neves-Alxán-Salceda-Vacaría-O Porriño-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de Vigo: 11.30 y 18.30 h.• Tortoreos (instituto)-Vigo:Salidas de Tortoreos (instituto): 6.05 h.Salidas de Vigo: 19.30 h.• Salvaterra-Rañada-Arantei-Pousa-Salceda-Vacaría-O Porriño-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de Salvaterra: 6.45 h.Salidas de Vigo: 12.30 y 20.00 h.• Mondariz-Pontevedra:Salidas de Mondariz: 8.00 h.Salidas de Pontevedra: 11.45 h.• Mondariz-Ponteareas-cruce O Rebullón-CUVI-cruce Gorxal-O Meixoeiro (institutos)-Vigo:

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Salidas de Mondariz: 7.45 h.Salidas de Vigo: 13.45 h.• Salvaterra-Grixó-Vacaría-O Casal-Budiño-Abelenda-CUVI-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de Vigo: 20.45 h.• Vigo-O Meixoeiro-Atios-Budiño-Vacaría-Variante PO-410-Salvaterra:Salidas de Vigo: 6.30 h.• Salvaterra-Ponteareas-O Porriño-Puxeiros-O Meixoeiro-Vigo:Salidas de Salvaterra: 18.50 h.

B) Servicios regulares de uso especial para transporte de escolares. En los servicios regulares de uso especial de transporte escolar: el mantenimiento en los itinerarios de transporte escolar de estudiantes de niveles de enseñanza obligatoria de los servicios de entrada a los centros escolares desde las 7.30 h hasta las 10.00 h y los de salida a dichos centros desde las 13.00 h hasta las 18.30 h. En el caso de los servicios de transporte es-colar de alumnos de centros de educación especial se mantendrán como esenciales los servicios prestados en los horarios habituales fijados al efecto.

C) Servicios regulares de uso especial para transporte de trabajadores: se fijan como mínimos todos los servicios en las expediciones anteriores a las 9 horas y posteriores a las 18 horas.

D) Transporte de mercancías: se mantienen la totalidad de los transporte de toda clase de mercancías para y desde los establecimientos sanitarios.

E) Transporte funerario: se mantienen la totalidad de los servicios de transporte funera-rio.

4. Servicios mínimos en materia de conservación de la naturaleza:

– Parque Nacional Marítimo-Terrestre de As Illas Atlánticas:

2 agentes.

1 guía.

1 mecánico.

1 patrón.

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1 marinero.

1. A Coruña:

– Distritos( I-V): 1 agente por distrito en turno de mañana y otro de tarde.

– Parque Natural de Fragas do Eume:

1 vigilante en turno de mañana.

1 agente en turno de tarde.

– Parque Natural de Corrubedo:

1 vigilante en turno de mañana.

1 agente en turno de tarde.

– Centro de Recuperación Santa Cruz:

1 vigilante en turno de mañana.

1 peón en turno de tarde.

– Centro Ictiogénico de Sobrado dos Monxes:

1 capataz.

2. Lugo:

– Distritos VI-X: 1 agente por distrito en turno de mañana y otro de tarde.

- Complejo Ambiental do Veral:

1 capataz.

1 peón.

3. Ourense.

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– Distritos XI-XV: 1 agente por distrito en turno de mañana y otro de tarde.

– Parque Natural Baixa Limia- Serra do Xurés:

1 agente.

– Parque Natural Serra da Enciña da Lastra- Montes do Invernadoiro:

1 agente.

– Parque Natural Montes do Invernadoiro:

1 agente.

– Centro Ictiogénico de O Carballiño:

1 capataz.

1 peón.

– Centro Medioambiental O Rodicio:

1 capataz.

1 peón.

4. Pontevedra.

– Distritos XVI-XIX: 1 agente por distrito en turno de mañana y otro de tarde.

– Parque Natural Aloia- LIC As Gándaras de Budiño:

1 agente.

– Centro Ictiogénico Carballedo:

1 capataz.

1 peón.

– Centro Cinegético de Mouriscade:

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1 capataz.

– Complejo Ambiental Cotorredondo:

1 capataz.

1.4. Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

1. Servicios centrales: 1 funcionario/a de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos.

2. Servicios periféricos: 1 funcionario/a de la unidad de personal de la jefatura territorial correspondiente.

3. Centros públicos de enseñanza dependientes de esta consellería:

La dirección o miembro del equipo de la dirección, y un subalterno o subalterna en cada centro escolar. En los centros de menos de 6 unidades el/la director/a podrá ser sustituido/a por un miembro del equipo docente. En todo caso, quedará garantizada la apertura y cierre de todos los centros.

Una persona de cocina en los centros ordinarios con comedor escolar de gestión direc-ta. Un encargado del catering en cada uno de los comedores de gestión indirecta.

1 auxiliar cuidador/a en cada centro educativo que no sea centro de educación especial y que en este curso tenga asignado personal de esa categoría.

El 20 % del personal de comedores, limpieza y subalternos en los centros residenciales docentes.

El 20 % del personal de comedores, ATS, limpieza, cuidadores y personal médico de los centros de educación especial.

La designación nominal del personal que deberá cubrir los distintos servicios relaciona-dos en este punto será realizada por la dirección del centro respectivo, procediéndose a su publicación en el tablón de anuncios del centro.

4. Centros de enseñanza privados y concertados:

Se mantendrán los servicios mínimos establecidos para los centros docentes públicos de enseñanza dependientes de esta consellería.

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5. Universidades gallegas:

1 empleado/a del área de conserjería por turno de trabajo en cada facultad, escuela, centro de investigación y demás centros administrativos.

1 directivo/a docente en cada facultad o escuela en los que esté autorizada la realiza-ción de exámenes.

1 funcionario/a en el registro oficial de cada campus.

1 empleado/a del personal de secretaría del rector, y de los vicerrectores/as de los cam-pus donde no esté la sede rectoral.

1.5. Consellería de Sanidad.

1. Servicios veterinarios.

1.1. Para los inspectores veterinarios oficiales de salud pública de comarca, los mínimos estarán compuestos por cuatro inspectores en las zonas veterinarias de A Coruña y Vigo, tres inspectores en las zonas veterinarias de Lugo, Ourense y Pontevedra y dos inspec-tores en las zonas de Ferrol, Santiago de Compostela, Noia, Burela, Monforte de Lemos, Verín, O Barco de Valdeorras y Lalín.

Estos inspectores cubrirán las necesidades urgentes o de perentoria necesidad, entre las cuales se encuentran alertas nivel I, intoxicaciones alimentarias y actuaciones especia-les en establecimientos de alimentación.

Los servicios mínimos se desarrollarán en turnos de mañana y tarde, tal y como se pres-tan los servicios en la actualidad.

1.2. Los inspectores veterinarios de salud pública de matadero cubrirán las situaciones especiales derivadas de las urgencias que se puedan producir, entre las cuales se en-cuentran las de bienestar animal, las de desabastecimiento que se puedan producir por festividades locales, en el día anterior o posterior al día de la huelga, y otras de semejante naturaleza.

Los servicios mínimos estarán compuestos por un veterinario de matadero por zona, excepto en A Coruña y Vigo, donde estarán compuestos por dos veterinarios. En la zona de Monforte de Lemos, además, se añadirá un veterinario más de servicios mínimos, a fin de dar cobertura al Centro Integral de Eliminación de Riesgos de Chantada (Cicre).

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1.3. Para los inspectores veterinarios de salud pública de lonja, se considera que de los seis existentes, tres en A Coruña y tres en Vigo, debe quedar, por lo menos, uno por cada lonja el día de la huelga, a fin de asegurar la calidad sanitaria de los productos que son objeto de inspección.

2. Servicios periféricos:

2.1. Jefatura Territorial de A Coruña.

- Zona de A Coruña: 4 inspectores/as veterinarios/as de salud publica de comarca, jefe/a de zona o directores/as técnicos/as de industrias alimentarias; 2 inspectores/as veterina-rios/as de salud pública de mataderos y 1 inspector/a de lonja.

- Zona de Ferrol: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona; 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Zona de Santiago de Compostela: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona o directores/as técnicos de industrias alimentarias y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Zona de Noia: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona o directores/as técnicos de industrias alimentarias y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

2.2. Jefatura Territorial de Lugo.

-Zona de Lugo: 3 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona o directores/as técnicos de industrias alimentarias y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Zona de Burela: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Zona de Monforte de Lemos: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de co-marca, jefe/a de zona y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Cicre Chantada: 1.

2.3. Jefatura Territorial de Ourense.

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- Zona de Ourense: 3 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona o directores/as técnicos de industrias alimentarias y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Zona de Verín: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Zona de O Barco de Valdeorras: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

2.4. Jefatura Territorial de Pontevedra.

- Zona de Pontevedra: 3 inspectores inspectores/as veterinarios/as de salud públi-ca de comarca, jefe/a de zona o directores/as técnicos/as de industrias alimentarias y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

- Zona de Vigo: 4 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona o director/as técnicos/as de industrias alimentarias; 2 inspectores/as veterinarios de salud pública de mataderos y 1 inspector/a de lonja.

- Zona de Lalín: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, jefe/a de zona o directores/as técnicos/as de industrias alimentarias y 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos.

3. Servicios en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) prestadas mediante contratación externa:

3.1. En los servicios de atención a usuarios, soporte a aplicación y administración de sistemas y redes: el 25 % de los efectivos de cada turno, garantizando por lo menos 1 por turno.

3.2. En el resto de servicios de criticidad alta: un número imprescindible para la atención de las incidencias urgentes, catalogadas como prioridad 1 (máxima).

1.7. Consellería de Trabajo y Bienestar.

A) Centros de titularidad pública con gestión propia.

1. A Coruña.

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– Complejo Juvenil As Mariñas.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 mozo/a en turno de mañana.

– Centro de Menores San Xosé de Calasanz.

2 educadores/as en turno de mañana.

2 educadores/as en turno de tarde.

1 educador/a en turno de noche.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a- limpiador/a en turno de tarde.

1 vigilante nocturno en turno de noche.

Complejo de Atención de Menores de Ferrol.

3 educadores/as en turno de mañana.

4 educadores/as en turno de tarde.

1 educador/a en turno de noche.

1 oficial 1ª de cocina en turno de mañana.

1 oficial 1ª de cocina en turno de tarde.

1 ayudante/a de cocina en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a limpiador/a en turno de tarde.

– Centro de Atención a Personas con Discapacidad.

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1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

4 educadores/as en turno de mañana.

4 educadores/as en turno de tarde.

10 auxiliares cuidadores en turno de mañana.

10 auxiliares cuidadores/as en turno de tarde.

4 auxiliares cuidadores/as en turno de noche.

1 oficial de cocina en turno de mañana.

1 oficial de cocina en turno de tarde.

7 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

7 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

– Residencia de Mayores Torrente Ballester (A Coruña).

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

4 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

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2 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 oficial 2ª cocina en turno de mañana.

1 oficial 2ª cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

7 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

3 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia de Mayores (Carballo).

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno partido.

– Residencia de Mayores (Ferrol).

2 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

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1 ATS/DUE en turno de noche.

6 auxiliares enfermería en turno de mañana.

4 auxiliares enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares enfermería en turno de noche.

1 oficial 1ª cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de tarde.

11 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia de Mayores de Oleiros.

1 médico/a.

1 coordinador de ATS/DUE y de auxiliares de clínica en turno partido.

6 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de noche.

34 auxiliares de clínica en turno de mañana.

17 auxiliares de clínica en turno de tarde.

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8 auxiliares de clínica en turno de noche.

15 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

2 oficiales 2ª cocina en turno de mañana.

1 oficial 2ª cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

2 ordenanzas en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia de Mayores (A Pobra do Caramiñal).

1 oficial o ayudante de cocina en turno de mañana.

1 oficial o ayudante de cocina en turno de tarde.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

– Residencia de Mayores de Santiago de Compostela (Porta do Camiño).

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42206

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

2 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

5 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 jefe de cocina en turno de mañana.

1 oficial 2ª cocina en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

– Residencia Asistida de Mayores Volta do Castro.

1 médico.

1 coordinador enfermería en turno de mañana.

1 coordinador enfermería en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

18 auxiliares enfermería en turno de mañana.

12 auxiliares enfermería en turno de tarde.

4 auxiliares enfermería en turno de noche.

8 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42207

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 oficial cocina en turno de mañana.

1 oficial cocina en turno de tarde.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

2. Lugo.

– Residencia de Mayores Burela.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

2 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

2 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 enfermero/a en turno de mañana.

4 camareros/as limpiadores/as en turno de mañana.

3 camareros/as limpiadores/as en turno de tarde.

1 oficial de cocina en turno de mañana y tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana y tarde.

– Residencia de Mayores (Monforte de Lemos).

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42208

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ordenanza en turno en noche.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 oficial 2ª cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

1 camarero/a – limpiador/a en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 oficial 2ª cocina en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

– Residencia de Mayores (A Milagrosa).

2 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 oficial 1ª cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

1 oficial 1ª cocina en turno de tarde.

3 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42209

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia de Mayores (As Gándaras).

1 gobernante/a o sugobernante/a en turno de mañana.

8 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

6 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 jefe de cocina o oficial 1ª en turno de mañana.

1 oficial 2ª cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

1 cocinero 2ª en turno de tarde.

2 DUE en turno de mañana.

6 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 DUE en turno de tarde.

4 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 DUE en turno de noche.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

2 ordenanzas en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42210

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

Casa del Mar de Burela.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

Casa del Mar de Celeiro.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

– Centro de Atención a Personas con Discapacidad de Sarria.

2 educadores/as en turno de mañana.

2 educadores/as en turno de tarde.

2 ATS-DUE en turno de mañana.

1 ATS-DUE en turno de tarde.

1 ATS-DUE en turno de noche.

17 cuidadores en turno de mañana.

16 cuidadores/as en turno de tarde.

6 cuidadores/as en turno de noche.

8 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 cocinero/a (oficial 1ª, oficial 2ª o jefe cocina) en turno de mañana.

1 cocinero/a (oficial 1ª, oficial 2ª) en turno de tarde.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42211

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

1 oficial servicios técnicos en turno de mañana.

– CS Milagrosa.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

– Centro de protección especial Santo Anxo de Rábade.

4 educadores/as en turno de mañana.

4 educadores/as en turno tarde y noche.

1 peón cualificado en turno de mañana y tarde.

1 oficial 1ª cocina en turno de mañana.

1 oficial 1ª cocina en turno tarde y noche.

1 vigilante nocturno en turno de noche.

3. Ourense.

1. Residencia de Mayores de O Carballiño.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42212

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

1 oficial 1ª cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

2. Residencia de Tiempo Libre de O Carballiño.

3 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de mañana.

3. Centro de Menores A Carballeira.

3 educadores/as en turno de mañana.

3 educadores en turno de tarde.

1 oficial de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 oficial de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 vigilante nocturno.

1 cuidador.

4. Residencia de Mayores Nosa Señora dos Milagres.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42213

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 oficial de cocina en turno de mañana.

1 oficial de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

10 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

7 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

3 auxiliares de enfermería en turno de noche.

7 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 portero/a en turno de mañana.

1 portero/a en turno de tarde.

5. Residencia de Maiores de Castro Caldelas.

1 oficial de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42214

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

4. Pontevedra.

– Centro de Menores Avelino Montero.

3 educadores/as en turno de mañana.

3 educadores/as en turno de tarde.

1 oficial 2ª cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 camarero/a/limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a/limpiador/a en turno de tarde.

1 vigilante nocturno en turno de noche.

– Residencia de Mayores (Pontevedra).

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

2 auxiliares enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar enfermería en turno de noche.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42215

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ordenanza en turno de noche.

1 oficial cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de tarde.

5 camareros/as/limpiadores/as en turno de mañana.

3 camareros/as/limpiadores/as en turno de tarde.

– Residencia de Mayores (A Estrada).

1 oficial 1ª cocina en jornada partida.

1 ayudante cocina en jornada partida.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 auxiliar enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar enfermería en turno de noche.

1 camarero/a/limpiador/a en turno de mañana.

2 camareros/as/limpiadores/as en turno de tarde.

– Residencia de Mayores (Marín).

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 auxiliar enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar enfermería en turno de noche.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42216

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ordenanza en turno de mañana.

2 ordenanzas en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

1 oficial cocina en turno de mañana.

1 oficial cocina en turno de tarde.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

4 camareros/as/limpiadores/as en turno de mañana.

2 camareros/as/limpiadores/as en turno de tarde.

– Residencia de Mayores (O Meixoeiro-Vigo).

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 subgobernante/a en turno de mañana.

9 auxiliares enfermería en turno de mañana.

5 auxiliares enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares enfermería en turno de noche.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

1 oficial cocina en turno de mañana.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42217

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 oficial cocina en turno de tarde.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de tarde.

7 camareros/as/limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as/limpiadores/as en turno de tarde.

– Residencia Asistida de Mayores (Vigo).

1 médico/a en turno de mañana.

1 ATS/DUE con funciones de coordinación en turno de mañana.

5 ATS/DUE en turno de mañana.

3 ATS/DUE en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de noche.

1 subgobernante/a en turno de mañana.

37 auxiliares enfermería en turno de mañana.

27 auxiliares enfermería en turno de tarde.

7 auxiliares enfermería en turno de noche.

2 ordenanzas en turno de mañana.

2 ordenanzas en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

1 oficial servicios técnicos en turno de mañana.

1 oficial servicios técnico en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42218

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 oficial 2ª cocina en turno de mañana.

1 oficial 2ª cocina en turno de tarde.

2 ayudantes cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de tarde.

16 camareros/as/limpiadores/as en turno de mañana.

8 camareros/as/limpiadores/as en turno de tarde.

– Centro de Atención a Personas con Discapacidades de Redondela.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

3 educadores/as en turno de mañana.

2 educadores/as en turno de tarde.

19 cuidadores/as en turno de mañana.

16 cuidadores/as en turno de tarde.

6 cuidadores/as en turno de noche.

1 oficial cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

8 camareros/as/limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as/limpiadores/as en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42219

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

B) Centros de titularidad pública con gestión externa (en régimen de concesión).

1. A Coruña.

– Centro de Menores Concepción Arenal.

1 coordinador/a en turno de mañana.

1 coordinador/a en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

8 educadores/as en turno de mañana.

8 educadores/as en turno de tarde.

1 educador/a en turno de noche.

4 vigilantes de seguridad en turno de mañana.

4 vigilantes de seguridad en turno de tarde.

2 vigilantes de seguridad en turno de noche.

– Residencia de Mayores Concepción Arenal.

2 cocineros/as en turno de mañana.

2 cocineros/as en turno de tarde.

2 ayudantes de cocina en turno de mañana.

2 ayudantes de cocina en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42220

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

9 camareros/as/limpiadores/as limpiadoras en turno de mañana.

2 camareros/as/limpiadores/as en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

16 auxiliares-gerocultores en turno de mañana.

10 auxiliares-gerocultores en turno de tarde.

3 auxiliares-gerocultores en turno de noche.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

1 médico/a guardia telefónica en turno de mañana.

2 médico/a guardia telefónica en turno de tarde.

1 médico/a guardia telefónica en turno de noche.

– Residencia de Mayores de Laraxe (Pontedeume).

21 gerocultores en turno de mañana.

14 gerocultores en turno de tarde.

3 gerocultores en turno de noche.

8 personas de limpieza en turno de mañana.

4 personas de limpieza en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42221

ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

2 personas de cocina en turno de mañana.

1 persona de cocina en turno de tarde.

1 médico/a localizable las 24 horas.

1 técnico/a de guardia localizable 24 horas.

Residencia de Mayores de Ribeira.

12 gerocultores en turno de mañana.

9 gerocultores en turno de tarde.

2 gerocultores en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 cocinero en turno de mañana.

1 cocinero en turno de tarde.

4 limpiadores/as en turno de mañana.

1 limpiador/a en turno de tarde.

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DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42222

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1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

– Residencia Fundación José Otero (Santiago):

Gerocultores: 15 a jornada completa de mañana y 2 a media jornada de mañana; 10 a jornada completa de tarde y 1 a media jornada de tarde; 2 de noche.

DUE: 2 de mañana, 1 de tarde, 1 de noche.

Limpeza: 6 de mañana, 2 de tarde.

Recepción: 1 de mañana, 1 de tarde.

Animadora sociocultural: 1 a turno partido.

1 técnico/a de guardia localizable las 24 horas.

1 médico/a localizable las 24 horas.

– Centro Souto de Leixa de Ferrol:

5 cuidadores/as turno de mañana.

5 cuidadores/as turno de tarde.

4 cuidadores/as turno de noche.

1 oficial primera cocina turno de mañana.

1 ayudante de cocina turno de tarde.

1 limpador/a turno de mañana.

1 limpador/a turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

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2 monitores de tiempo libre.

1 ATS/DUE turno de mañana.

1 ATS/DUE turno de tarde.

1 ATS/DUE turno de noche.

– Residencia Geriatros Vimianzo.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

13 xerocultor/a en turno de mañana.

8 xerocultor/a en turno de tarde.

2 gerocultores/as en turno de noche.

4 gerocultores/as a media jornada en turno de mañana.

3 gerocultores/as a media jornada en turno de tarde.

5 limpiadores/as en turno de mañana.

2 limpiadores/as en turno de tarde.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

2 cocinero/a en turno de mañana.

2 cocinero/a en turno de tarde.

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1 técnico/a de guardia localizable las 24 horas.

1 médico/a localizable las 24 horas.

2. Lugo.

– Residencia de Mayores de Castro de Ribeiras de Lea.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

12 gerocultores en turno de mañana.

12 gerocultores en turno de tarde.

4 gerocultores en turno de noche.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

7 trabajadores de limpieza en turno de mañana.

4 trabajadores de limpieza en turno de tarde.

1 jefe de cocina en turno de mañana.

1 cocinero en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 persona de mantenimiento en turno de mañana.

– Apartamentos tutelados de Antas de Ulla.

1 auxiliar de geriatría en turno de mañana.

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1 limpiador/a en turno de mañana/tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana/tarde.

1 auxiliar de geriatría en turno de tarde.

1 auxiliar de geriatría o gerocultor en turno de noche.

– Residencia de Mayores de Quiroga.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

7 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

5 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

6 limpiadores/as en turno de mañana.

2 limpiador en turno de tarde.

1 personal de cocina en turno de mañana.

1 personal de cocina en turno de tarde.

1 portero en turno de mañana.

1 portero en turno de tarde.

3. Ourense.

1. Centro Educativo Montefiz.

5 educadores en turno de mañana.

5 educadores en turno de tarde.

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3 educadores/as auxiliares en turno de noche.

2 vigilantes de seguridad en horario diurno.

1 vigilante de seguridad en turno nocturno.

1 efectivo de limpieza en turno de mañana.

1 efectivo de limpieza en turno de tarde.

1 coordinador/a en turno de mañana.

1 coordinador/a en turno de tarde.

1 psicólogo en turno de mañana.

1 psicólogo en turno de tarde.

1 oficial cocina en turno de mañana.

1 oficial cocina en turno de tarde.

2. Centro Educativo Monteledo.

8 educadores/as en turno de mañana.

8 educadores/as en turno de tarde.

1 educador/a en turno de noche.

1 coordinador/a en turno de mañana.

1 coordinador/a en turno de tarde.

1 cocinero en turno de mañana.

1 cocinero en turno de tarde.

3 vigilantes en turno de mañana.

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3 vigilantes en turno de tarde.

2 vigilantes en turno de noche.

3. Residencia de Mayores de Bande.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

4 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 limpiador/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 conserje en turno de mañana.

2 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de tarde.

1 limpiador/a en turno de tarde.

1 conserje en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

4. RESIDENCIA DE MAYORES DE VIANA DO BOLO.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

6 efectivos de limpieza en turno de mañana.

3 efectivos de limpieza en turno de tarde.

2 cocineros/as en turno de mañana.

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ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

2 cocineros/as en turno de tarde.

14 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

7 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 supervisor/a en turno de mañana.

1 supervisor/a en turno de tarde.

5. Residencia de Mayores de Larouco.

7 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

2 efectivos de limpieza en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de mañana.

5 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

2 efectivos de limpieza en turno de tarde.

1 recepcionista en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de noche.

4. Pontevedra.

– Centro de Menores O Seixo.

1 educador en turno de mañana.

1 educador en turno de tarde.

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ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

1 cocinero en jornada partida.

– Residencia de Mayores de Bembrive.

16 auxiliares en turno de mañana (1 a media jornada).

6 limpiadores/as en turno de mañana.

2 DUE en turno de mañana.

1 técnico de guardia en turno de mañana.

1 médico localizable en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de mañana.

11 auxiliares en turno de tarde (2 a media jornada).

4 limpiadores/as en turno de tarde.

1 DUE en turno de tarde.

1 técnico de guardia en turno de tarde.

1 recepcionista en turno de tarde.

3 auxiliares en turno de noche.

1 DUE en turno de noche.

– Punto de Encuentro Familiar de Vigo.

1 psicólogo.

1 auxiliar administrativo.

– Punto de Encuentro Familiar de Pontevedra.

1 psicólogo.

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1 trabajador social.

C) Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar.

1) Centros de titularidad pública con gestión propia:

a) Centros residenciales:

a.1. Vivienda Comunitaria de Vilasantar.

• 1 PSG en jornada partida.

a.2. Vivienda Comunitaria de A Pontenova.

• 1 PSG en jornada partida.

a.3. Vivienda Comunitaria de Riotorto.

• 1 PSG en jornada partida.

a.4. Hogar Residencial de Rairiz de Veiga.

• 2 gerocultores/as en turno de mañana.

• 2 gerocultores/as en turno de tarde.

• 1 gerocultor/a en turno de noche.

• 1 PSG en turno de mañana.

• 1 PSG en turno de tarde.

a.5. Hogar Residencial de Taboadela.

• 2 gerocultores/as en turno de mañana.

• 2 gerocultores/as en turno de tarde.

• 1 gerocultor/a en turno de noche.

• 1 PSG en turno de mañana.

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ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

• 1 PSG en turno de tarde.

a.6. Hogar Residencial de Cerdedo.

• 2 gerocultores/as en turno de mañana.

• 2 gerocultores/as en turno de tarde.

• 1 gerocultor/a en turno de noche.

• 1 PSG en turno de mañana.

• 1 PSG en turno de tarde.

a.7. Hogar Residencial/Vivienda Comunitaria de Melide.

• 2 gerocultores/as en turno de mañana.

• 2 gerocultores/as en turno de tarde.

• 1 gerocultor/a en turno de noche.

• 2 PSG en turno de mañana.

• 1 PSG en turno de tarde.

a.8 Centro Residencial de Ortigueira.

• 5 gerocultores/as en turno de mañana.

• 3 gerocultores/as en turno de tarde.

• 2 gerocultores/as en turno de noche.

• 2 PSG en turno de mañana.

• 2 PSG en turno de tarde.

a.9. CEMVI.

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• 1 trabajador/a social en turno de mañana.

• 1 educador/a en turno de tarde.

• 1 PSG en turno de noche.

b) Otros centros de titularidad pública con gestión propia: 1 trabajador/a en su turno habitual para garantizar la apertura y cierre de los centros de trabajo.

2. Centros de titularidad pública con gestión externa (en régimen de concesión):

a) Centros residenciales:

a.1. Vivienda comunitaria de Alfoz:

• 1 gerocultor/a en jornada partida.

a.2. Hogar residencial de Vilar de Barrio:

• 3 gerocultores/as en turno de mañana.

• 3 gerocultores en turno de tarde.

• 1 gerocultor/a en turno de noche.

b) Otros centros de titularidad pública con gestión externa (en régimen de concesión): 1 trabajador/a en su turno habitual para garantizar la apertura y cierre de los centros.

3. Otros centros de trabajo del Consorcio: 1 trabajador/a en su turno habitual para ga-rantizar la apertura y cierre de los centros.

D) Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral.

– 1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del ISSGA en A Coruña.

-– 1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del ISSGA en Lugo.

– 1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del ISSGA en Ourense.

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– 1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del ISSGA en Pontevedra.

E) Otros centros de trabajo de la consellería o de organismos públicos vinculados o dependientes.

En todo caso, quedará garantizada la apertura y cierre de todos los centros de trabajo mediante la designación de un/una trabajador/a en su turno habitual.

F) Centros asistenciales de titularidad privada de atención a personas mayores y/o con discapacidades, servicio de teleasistencia y servicio de ayuda a domicilio.

Los servicios mínimos se designarán con la misma intensidad con que los servicios esenciales se ven atendidos en un domingo o en un día festivo y, para el caso de que se trate de centros que permanezcan absolutamente cerrados tales días, se atenderá a los turnos establecidos para los sábados.

1.6. Consellería del Medio Rural y del Mar.

1. Área del Medio Rural y Montes.

a) Servicio de prevención y defensa contra los incendios forestales:

– Debido a la época de bajo riesgo de incendio en la que nos encontramos, se reducen los servicios mínimos fijando el 100 % del personal previsto para un domingo o festivo en el dispositivo de prevención y extinción de incendios. Este dispositivo comprende los servicios prestados en los centros de coordinación central y en los cuatro centros de coor-dinación provincial de cada una de las cuatro provincias, así como los servicios prestados en cada uno de los diecinueve distritos forestales.

– La empresa INAER deberá garantizar que las aeronaves afectas al Servicio de Pre-vención y Defensa contra Incendios Forestales prestarán los servicios contratados ajus-tados a los servicios mínimos fijados por la Xunta de Galicia en este ámbito durante la jornada de huelga.

b) Centros de formación:

– Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Guísamo (A Coruña): 1 res-ponsable de apertura del centro.

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– Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Sergude (A Coruña): 1 res-ponsable apertura centro, 1 oficial 2ª agrario y 1 cocinero 1ª.

– Centro de Formación y Experimentación agroforestal de Becerreá (Lugo): 1 respon-sable apertura centro.

– Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Monforte de Lemos (Lugo): 1 responsable apertura centro.

– Centro de Formación y Experimentación Agroforestal Pedro Murias (Ribadeo-Lugo): 1 responsable apertura centro, 1 oficial 2ª agrario y 1 cocinero 1ª.

– Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Lourizán (Pontevedra): 1 efectivo apertura centro y 1 cocinero 1ª.

c) Centros de investigación:

– Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo (A Coruña): 1 capataz agrícola y 1 oficial 2ª agrario, en el turno de mañana y 1 capataz agrícola y 1 oficial 2ª agrario en el turno de tarde.

– Estación Experimental de Ganadería de Montaña de Marco da Curra (Monfero- A Co-ruña): 1 capataz agrícola.

– Estación Experimental Agroganadera de A Pobra do Brollón (Lugo) : 1 capataz agrícola.

– Centro de Investigación Forestal de Lourizán: 1 auxiliar, 1 jefe finca y 1 guarda.

d) Dirección General de Producción Agropecuaria.

– Servicio de Sanidad Animal: 1 veterinario/a.

– Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Galicia (Lugo): 1 veterinario/a.

– Servicios provinciales de Ganadería: 1 veterinario en el servicio y 1 más por cada área.

2. Área del Mar:

a) Centros de enseñanza:

a.1.) Provincia de A Coruña:

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Escuela Oficial Náutico-Pesquera. Ferrol: 1 educador.

a.2) Provincia de Pontevedra:

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo: 1 educador.

B. Servicio de Guardacostas de Galicia:

b.1) Bases de vigilancia de A Coruña, Muxía, Ribeira, Celeiro, Vigo, Pontevedra y Vila-garcía: 1 patrón/a, 1 mecánico/a y 2 vigilantes marineros/as.

b.2) Salvamento marítimo y lucha contra la contaminación marina: las empresas Tragsatec, Remolcanosa y INAER deberán garantizar que la sala de operaciones y todas las embarcaciones y aeronaves afectos al Servicio de Guardacostas de Galicia estarán operativas las 24 horas de la jornada de huelga.

c) Ente público Puertos de Galicia.

– 1 jefe/a de zona (Zona Sur-Pontevedra).

– 1 jefe/a de zona (Zona Centro- A Coruña).

– 1 jefe/a de zona (Zona Norte-Lugo).

– 2 guardamuelles (Zona Sur- Pontevedra).

– 2 guardamuelles (Zona Centro- A Coruña).

– 1 guardamuelles (Zona Norte-Lugo).

2) En todo caso, quedará garantizada la apertura y el cierre de todos los centros de trabajo.

Disposición final.

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, ocho de noviembre de dos mil doce.

(Decreto 208/2012, de 2 de noviembre) Alfonso Rueda Valenzuela

Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

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