Deberes obligatorios de las empresas
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Toda empresa que tenga por lo menos un (1) trabajador
deberá ser afiliada al Instituto Venezolano de los Seguro
Social (IVSS), por medio del representante legal de la
empresa, o persona autorizada, debe registrarse en el
Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA,
a través del cual se puede realizar inscripción, movimiento y
retiro de trabajadores, consulta de facturas, trabajadores
activos, entre otros procedimientos.
Toda persona natural o jurídica que en su empresa
genere empleo para cinco (5) ó más trabajadores, está en
la obligación de aportar al INCES el equivalente a una
alícuota del 2% del total pagado por sueldos, salarios,
jornales y remuneraciones de cualquier especie (Ley
sobre el INCES, Artículo10, Ordinal1).
Instituto que vela por el complimiento de los derechos del
trabajador. Las empresas deben inscribirse para obtener su
número de NIL, luego deben declarar trimestralmente los
salarios y horas trabajadas a través del portal y presentarla
en la oficina de su región los primeros 15 días del mes
siguiente al trimestre declarado. Además por el mismo
portal se puede solicitar la solvencia laboral para la cual
deben tener vigente la solvencia del INCES y de BANAVIH.
Toda empresa debe inscribirse en la alcaldía del
municipio donde se encuentren obteniendo de esta
manera su patente de industria y comercio. Cada
alcaldía tiene su normativa en cuanto a retenciones
y declaración, por lo que deben consultar los
lineamientos a seguir en su municipio
toda persona jurídica debe declarar. Mensualmente el
impuesto a las ventas IVA, anualmente el impuesto
sobre la renta ISLR, si la empresa es contribuyente
especial debe declarar quincenalmente las retenciones
de IVA a las compras realizadas.