Deberes obligatorios de las empresas

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Toda empresa que tenga por lo menos un (1) trabajador

deberá ser afiliada al Instituto Venezolano de los Seguro

Social (IVSS), por medio del representante legal de la

empresa, o persona autorizada, debe registrarse en el

Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA,

a través del cual se puede realizar inscripción, movimiento y

retiro de trabajadores, consulta de facturas, trabajadores

activos, entre otros procedimientos.

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Toda persona natural o jurídica que en su empresa

genere empleo para cinco (5) ó más trabajadores, está en

la obligación de aportar al INCES el equivalente a una

alícuota del 2% del total pagado por sueldos, salarios,

jornales y remuneraciones de cualquier especie (Ley

sobre el INCES, Artículo10, Ordinal1).

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Instituto que vela por el complimiento de los derechos del

trabajador. Las empresas deben inscribirse para obtener su

número de NIL, luego deben declarar trimestralmente los

salarios y horas trabajadas a través del portal y presentarla

en la oficina de su región los primeros 15 días del mes

siguiente al trimestre declarado. Además por el mismo

portal se puede solicitar la solvencia laboral para la cual

deben tener vigente la solvencia del INCES y de BANAVIH.

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Toda empresa debe inscribirse en la alcaldía del

municipio donde se encuentren obteniendo de esta

manera su patente de industria y comercio. Cada

alcaldía tiene su normativa en cuanto a retenciones

y declaración, por lo que deben consultar los

lineamientos a seguir en su municipio

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toda persona jurídica debe declarar. Mensualmente el

impuesto a las ventas IVA, anualmente el impuesto

sobre la renta ISLR, si la empresa es contribuyente

especial debe declarar quincenalmente las retenciones

de IVA a las compras realizadas.