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DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130 correo-e: [email protected] - web:www.bop.almeria.es Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) SUMARIO Número 222 Viernes, 16 de Noviembre de 2012 ADMINISTRACIÓN LOCAL Pág. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 08438-12 FORMALIZACIÓN CONTRATOS DE OBRAS EMPEZANDO POR OBRA 124 URBANIZACIONES EN TABERNAS Y OTRA MAS ................................................................. 3 08439-12 APROBACIÓN PROVISIONAL PROYECTOS DE OBRAS APROBADOS EN JUNTA DE GOBIERNO 6.11.12 EMPEZANDO POR REPERFORACIÓN DE SONDEO. VICAR. ... 3 08443-12 NOTIFICACIÓN EXPTE 001/2012-SS A HNOS. ALONSO VAQUERO ............................................................................................................................................................... 4 08441-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN 1540/12 A PATRICIO JIMENEZ CAMPOY EXPTE. 020/2012-S ....................................................................................................................... 4 AYUNTAMIENTO DE ALMERIA AREA DE FOMENTO Y SERVICIOS CIUDADANOS 08366-12 ANUNCIO PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS ADECUACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA HILARIÓN ESLAVA Y ENTORNO DE ALMERÍA ............................................. 5 GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO 08079-12 NOTIFICACION RESOLUCION CONCLUSION EN EXPTE. 2003/168 DE EJECUCION SUBSIDIARIA A DÑA. ISABEL JIMENEZ MONTERO. ............................................ 6 08081-12 NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-536/08 INFRACCION URBANISTICA S/REF. EDICTO 062/12. ................................................................... 9 08083-12 NOTIFICACION CAMBIO INSTRUCTOR EXPEDIENTE SANCIONADOR S-160/08 S/REF. EDICTO 063/12. ................................................................................................. 11 08084-12 NOTIFICACION CAMBIO INSTRUCTOR EXPEDIENTE SANCIONADOR S-310/09 S/REF. EDICTO 064/12. ................................................................................................. 11 08085-12 NOTIFICACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-432/09 S/REF. EDICTO 065/12. ........................................................................................................................................ 12 08086-12 NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-140/09 S/REF. EDICTO 066/12. ................................................................................................................... 13 08087-12 NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-442/08 S/REF. EDICTO 068/12. ................................................................................................................... 15 08115-12 APROBACION DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA DE INSPECCION TECNICA DE EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES. ....................................................... 16 AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA 08121-12 BAJA EN PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES A VASILE CHIRILA Y OTROS DOS MAS ........................................................................................................................... 31 AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 08136-12 NOTIFICACION PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO RESOLUCIONES RECURSOS POTESTATIVOS DE REPOSICION EN MATERIA DE TRAFICO, ACTOS DE INICIO Y REMISION DE PRUEBAS ................................................................................................................................................................................ 31 AYUNTAMIENTO DE FELIX 08454-12 APROBACION INICIAL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2012. .................................................................................................................... 33 AYUNTAMIENTO DE GADOR 08464-12 APROBACION EXPEDIENTE MODIFICACION PRESUPUESTO Nº 3/2012 Y AMPLIACION DE PLANTILLA. ............................................................................................... 33 AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA 08113-12 APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN REGLAMENTO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA .............................................................................................. 34 AYUNTAMIENTO DE ORIA 08436-12 APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO EJERCICIO 2012 .............................................................................................................................................................................. 34 AYUNTAMIENTO DE PARTALOA 08078-12 ANUNCIO COBRANZA 1ER. SEMESTRE 2012 LOS RECIBOS AGUA Y ALCANTARILLADO ......................................................................................................................... 34 AYUNTAMIENTO DE PULPI 08434-12 APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO EJERCICIO 2012 .............................................................................................................................................................................. 35 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR 08463-12 ELEVACIÓN A DEFINITIVA ORDENANZAS FISCALES VARIAS ....................................................................................................................................................................... 38 AYUNTAMIENTO DE VIATOR 08124-12 NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ORDENANZA CONVIVENCIA CIUDADANA A FCO. JOSE OLIVER MARTIN. EXPTE. 11/317/PU-SA ... 42 08125-12 NOTIFICACIÓN INICIO EXPEDIENTES SANCIONADORES NUM. 12/341-PU-SA POR INFRACCION LEY COMERCIO AMBULANTE A JUAN MUÑOZ GARCIA ............ 43 08128-12 NOTIFICACIÓN INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRACCIONES DE TRÁFICO A ENCARNACIÓN MUÑOZ GARCIA Y SIGUIENTES .................................... 44 08129-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES EMPEZANDO POR JOSE MANUEL RODRIGUEZ MANE Y SIGUIENTES ......................................... 44 08131-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR INFRACCIÓN ORDENANZA CONVIVENCIA CIUDADANA A ALVARO DE CORDOBA CORTES REYES 45 08133-12 NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ACTIVIDADES DE OCIO A JUAN RODRIGUEZ PEINADO ................................................................. 46 08135-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPTE. SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ACTIVIDADES DE OCIO A FCO. JOSE OLIVER MARTIN. EXPTE. 11/402-PU-SA ............. 47 AYUNTAMIENTO DE VICAR 08090-12 EXPOSICION PUBLICA BAJAS EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES A ABBOU RODAINA Y SIGUIENTES. .................. 47 08091-12 TRAMITE BAJA OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE DECEBAL SEBASTIAN FULGA. ............................................................................ 48 08094-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE FATIMA EZZAHRA EL OUAKILI. ...................................................................... 49 08093-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MIHAELAOANA IRIMEA. .................................................................................. 49

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DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA

Depósito Legal AL-1-1958EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130correo-e: [email protected] - web:www.bop.almeria.es

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

SUMARIO

Número 222 Viernes, 16 de Noviembre de 2012

ADMINISTRACIÓN LOCAL Pág.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE08438-12 FORMALIZACIÓN CONTRATOS DE OBRAS EMPEZANDO POR OBRA 124 URBANIZACIONES EN TABERNAS Y OTRA MAS ................................................................. 308439-12 APROBACIÓN PROVISIONAL PROYECTOS DE OBRAS APROBADOS EN JUNTA DE GOBIERNO 6.11.12 EMPEZANDO POR REPERFORACIÓN DE SONDEO. VICAR. ... 308443-12 NOTIFICACIÓN EXPTE 001/2012-SS A HNOS. ALONSO VAQUERO ............................................................................................................................................................... 408441-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN 1540/12 A PATRICIO JIMENEZ CAMPOY EXPTE. 020/2012-S ....................................................................................................................... 4

AYUNTAMIENTO DE ALMERIA AREA DE FOMENTO Y SERVICIOS CIUDADANOS08366-12 ANUNCIO PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS ADECUACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA HILARIÓN ESLAVA Y ENTORNO DE ALMERÍA ............................................. 5 GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO08079-12 NOTIFICACION RESOLUCION CONCLUSION EN EXPTE. 2003/168 DE EJECUCION SUBSIDIARIA A DÑA. ISABEL JIMENEZ MONTERO. ............................................ 608081-12 NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-536/08 INFRACCION URBANISTICA S/REF. EDICTO 062/12. ................................................................... 908083-12 NOTIFICACION CAMBIO INSTRUCTOR EXPEDIENTE SANCIONADOR S-160/08 S/REF. EDICTO 063/12. ................................................................................................. 1108084-12 NOTIFICACION CAMBIO INSTRUCTOR EXPEDIENTE SANCIONADOR S-310/09 S/REF. EDICTO 064/12. ................................................................................................. 1108085-12 NOTIFICACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-432/09 S/REF. EDICTO 065/12. ........................................................................................................................................ 1208086-12 NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-140/09 S/REF. EDICTO 066/12. ................................................................................................................... 1308087-12 NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-442/08 S/REF. EDICTO 068/12. ................................................................................................................... 1508115-12 APROBACION DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA DE INSPECCION TECNICA DE EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES. ....................................................... 16

AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA08121-12 BAJA EN PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES A VASILE CHIRILA Y OTROS DOS MAS ........................................................................................................................... 31

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO08136-12 NOTIFICACION PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO RESOLUCIONES RECURSOS POTESTATIVOS DE REPOSICION EN MATERIA DE TRAFICO, ACTOS DE INICIO Y REMISION DE PRUEBAS ................................................................................................................................................................................ 31

AYUNTAMIENTO DE FELIX08454-12 APROBACION INICIAL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2012. .................................................................................................................... 33

AYUNTAMIENTO DE GADOR08464-12 APROBACION EXPEDIENTE MODIFICACION PRESUPUESTO Nº 3/2012 Y AMPLIACION DE PLANTILLA. ............................................................................................... 33

AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA08113-12 APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN REGLAMENTO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA .............................................................................................. 34

AYUNTAMIENTO DE ORIA08436-12 APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO EJERCICIO 2012 .............................................................................................................................................................................. 34

AYUNTAMIENTO DE PARTALOA08078-12 ANUNCIO COBRANZA 1ER. SEMESTRE 2012 LOS RECIBOS AGUA Y ALCANTARILLADO ......................................................................................................................... 34

AYUNTAMIENTO DE PULPI08434-12 APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO EJERCICIO 2012 .............................................................................................................................................................................. 35

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR08463-12 ELEVACIÓN A DEFINITIVA ORDENANZAS FISCALES VARIAS ....................................................................................................................................................................... 38

AYUNTAMIENTO DE VIATOR08124-12 NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ORDENANZA CONVIVENCIA CIUDADANA A FCO. JOSE OLIVER MARTIN. EXPTE. 11/317/PU-SA ... 4208125-12 NOTIFICACIÓN INICIO EXPEDIENTES SANCIONADORES NUM. 12/341-PU-SA POR INFRACCION LEY COMERCIO AMBULANTE A JUAN MUÑOZ GARCIA ............ 4308128-12 NOTIFICACIÓN INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRACCIONES DE TRÁFICO A ENCARNACIÓN MUÑOZ GARCIA Y SIGUIENTES .................................... 4408129-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES EMPEZANDO POR JOSE MANUEL RODRIGUEZ MANE Y SIGUIENTES ......................................... 4408131-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR INFRACCIÓN ORDENANZA CONVIVENCIA CIUDADANA A ALVARO DE CORDOBA CORTES REYES 4508133-12 NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ACTIVIDADES DE OCIO A JUAN RODRIGUEZ PEINADO ................................................................. 4608135-12 NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPTE. SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ACTIVIDADES DE OCIO A FCO. JOSE OLIVER MARTIN. EXPTE. 11/402-PU-SA ............. 47

AYUNTAMIENTO DE VICAR08090-12 EXPOSICION PUBLICA BAJAS EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES A ABBOU RODAINA Y SIGUIENTES. .................. 4708091-12 TRAMITE BAJA OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE DECEBAL SEBASTIAN FULGA. ............................................................................ 4808094-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE FATIMA EZZAHRA EL OUAKILI. ...................................................................... 4908093-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MIHAELAOANA IRIMEA. .................................................................................. 49

Pág. 2 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

SUMARIO Pág. AYUNTAMIENTO DE VICAR08092-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL HABITANTES DE VICAR DE DARIA BEATRIZ FULGA IRIMEA. .......................................................................... 4908095-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE NADIA MEZZI. .................................................................................................. 5008096-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE ABDERRAHMAN EL OUAKILI. ......................................................................... 5008097-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE HAMZA EL OUAKILI. ........................................................................................ 5008098-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE BENEDICT DANIEL SIMA. ............................................................................... 5108099-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE DANUT MARIAN BURULEAN. ......................................................................... 5108100-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MARIUS VASILE BOTA. ................................................................................... 5108101-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE DORINA CALINA PUICA JURJ. ........................................................................ 5208102-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE ALEXANDRU PUICA JURJ. .............................................................................. 5208104-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE FLORIN NICULAE PUICA JURJ. ...................................................................... 5308105-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE ADRIANA VALENTINA PUICA JURJ. ............................................................... 5308106-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MARIN MAN. .................................................................................................... 5408107-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE TOADER VALER MOLDOVAN. ........................................................................ 5408108-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE RONALD ENRIQUE BOLIVAR HUARINGA. .................................................... 5408109-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MIGUEL ANGEL BOLIVAR OSEDA. ................................................................. 55

ADMINISTRACION AUTONOMICA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE. DELEGACIÓN TERRITORIAL EN ALMERÍA07372-12 ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACION EXPTE. NUM. 40.625 A SOLICITUD DE CARDIAL RECURSOS ALTERNATIVOS, S.L. .................. 5507373-12 ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACION EXPTE. NUM. 40.626 A SOLICITUD DE CARDIAL RECURSOS ALTERNATIVOS, S.L. .................. 56

ADMINISTRACION DEL ESTADO

SUBDELEGACION GOBIERNO ALMERIA SECRETARIA GENERAL08114-12 NOTIFICACIÓN TRÁMITES PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EMPEZANDO POR NOURREDINE HAIDA Y SIGUIENTES .............................................................. 56

SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS DE ALMERIA08120-12 NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR SAN01/12/04/0055. .......................................................................................................................................... 58

COMISARIA LOCAL DE POLICIA DE EL EJIDO08116-12 NOTIFICACIÓN INICIACIÓN PROCEDIMIENTO EXPULSIÓN EMPEZANDO POR LHOUSSN EL GHALLOUSSI Y SIGUIENTES ............................................................... 58

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE ALMERIA08139-12 PROCEDIMIENTO Nº 473/11 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD A INSTANCIA DE ENRIQUE GONZALEZ DOMINGUEZ FRENTE A APLICAN INNOVACIONES, S.L. ...... 5908140-12 PROCEDIMIENTO NUM. 863/11 SOBRE DESPIDO DE FRANCISCO MANUEL LOPEZ MARTIN FRENTE A INGENIERIA Y MEDICINA PREVENTIVA S.L. Y OTROS. .... 5908141-12 PROCEDIMIENTO AUTOS NUM. 0724/12 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JOAQUIN GUILLEN MOYA CONTRA CONTRATAS ESPAÑOLAS 1, S.L. .................. 6008142-12 PROCEDIMIENTO AUTOS NUM. 268/12 SOBRE CANTIDAD DE INMACULADA VAZQUEZ DIAZ CONTRA LAGOMAR ALMERIMAR, S.L. ............................................... 6008143-12 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 268/11 SOBRE CANTIDAD DE DÑA. INMACULADA PALMA AGULLO CONTRA PUERTAS JUVISA, S.L. ...................................... 6108144-12 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 479/09 DE KLEBER MANRIQUE CARRION VASQUEZ CONTRA PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. ............................... 6208145-12 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 479/09 DECRETO 3/9/12. .................................................................................................................................................................... 6308146-12 PROCEDIMIENTO NUM. 324/11 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE VIDAS PULJANAUSKAS FRENTE A ELECTRO-RENOVABLES HERRIGA, S.L.U. .................. 6308147-12 PROCEDIMIENTO AUTOS NUM. 0701/12 SOBRE DESPIDO DE MARIA DEL CARMEN MIÑARRO SALMERON CONTRA ALMERIPAPEL HOGAR, S.L. Y OTROS. ....... 6408148-12 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 19/12 SOBRE DESPIDO DE D. CECILIO VAZQUEZ LOPEZ CONTRA RAFAEL PEREZ MARTIN. .................................................. 6408149-12 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 195/11 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JOSE MARIA AVILA SEGURA CONTRA GRANITOS JIMARSA, S.L. ................... 6608150-12 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 195/11 DE JOSE MARIA AVILA SEGURA CONTRA GRANITOS JIMARSA, S.L. DECRETO. ............................................................ 68

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE ALMERIA08465-12 PROCEDIMIENTO EJECUCION TITULOS JUDICIALES 362/2012 SOBRE DESPIDOS DE ILIE ANDRECA CONTRA MULTISERVICIOS FERMAR, S.L. .......................... 69

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 26 DE MADRID08117-12 PROCEDIMIENTO AUTOS DEMANDA 301/2012 ORDINARIO DE NICOLAE URS CONTRA DIEGO AYEN TORRENTE Y OTROS. ............................................................ 6908118-12 CEDULA CITACION PROCEDIMIENTO AUTOS DEMANDA 301/2012 ORDINARIO DE NICOLAE URS CONTRA DIEGO AYEN TORRENTE Y OTROS. ........................... 7008119-12 DECRETO PROCEDIMIENTO AUTOS DEMANDA 301/2012 ORDINARIO DE NICOLAE URS CONTRA DIEGO AYEN TORRENTE Y OTROS. .......................................... 70

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUC. Nº 8 DE ALMERIA08123-12 EXPEDIENTE DOMINIO. EXCESO DE CABIDA 1213/2012 DE MARGARITA CRISTINA MARTINEZ PERALES Y OTROS DOS .................................................................. 71

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUC. Nº 3 DE EL EJIDO08110-12 PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE DOMINIO REANUDACION TRACTO SUCESIVO 740/2012 A SOLICITUD DE D. JUAN GONZALEZ GONZALEZ Y DÑA. FILOMENA MATARIN CUADRA. ............................................................................................................................................................................................................................................ 71

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCC. Nº 3 DE VERA08152-12 SENTENCIA DE 160512 SOBRE PROCEDIMIENTO JUCIO FALTAS 224/2010 DE DOMINGO JOSE FLORES FLORES ............................................................................. 7208153-12 SENTENCIA DE 7.09.12 EN PROCEDIMIENTO JUICIO FALTAS 268/2012 DE JUAN ANTONIO JIMENEZ YAÑEZ ....................................................................................... 73

OTROS

COMUNIDAD DE REGANTES S.N. SIERRA NEVADA08453-12 CONVOCATORIA PARA EL 1.12.2012 ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMUNIDAD DE REGANETS DE S.N DEL BARRANCO SIERRA NEVADA .... 73

MARTINEZ-AMO GAMEZ MARIA BEGOÑA (NOTARIA)08452-12 TRAMITE ACTA DE NOTORIEDAD PARA INSCRIPCION POR EXCESO DE CABIDA A INSTANCIA DE GABRIEL LOPEZ GUERRERO, S.L. ............................................ 74

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B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 3

Administración Local

8438/12

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁrea de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente

Sección de Contratación de Obras

En cumplimiento con lo establecido en el art. 138.2 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se procede a la publicación de la formalización de los siguientes contratos cuya cuantía es igual o superior a 100.000 euros:

OBRA DENOMINACION CONTRATO IMPORTE ADJUDIC. CONTRATISTA PROCEDIMIENTO

PLAN: PPOS 2009 (II)

124 TABERNAS. URBANIZACIONES TABERNAS 23/10/2012 184.790,07 9/10/2012 CONSTRUCCIONES NILA, SA NEGOCIADO

PLAN: PLAN FEDER-CONVERGENCIA/2007-2013

207 ALHAMA DE ALMERIA. MEJORA REDES URB. CICLO DE 23/10/2012 170.165,68 9/10/2012 CONSTRUCCIONES NILA, SA ABIERTO ALHAMA DE ALMERIA

Lo que se hace público para general conocimiento.EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

8439/12

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁrea de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente

Sección de Contratación de Obras

Por Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión celebrada el día 6 de Noviembre de 2012, ha/n quedado aprobado/s, provisionalmente, el/los proyecto/s que constituye/n la definición del objeto del contrato.

OBRA DENOMINACION MUNICIPIO IMPORTE

PLAN: PRESUPUESTO GENERAL/2012

13 REPERFORACION DE SONDEO. VICAR VICAR 86.000,00

PLAN: PLAN FEDER-CONVERGENCIA/2007-2013

153 AMPLIACIÓN RED PROV. COMUNIC. WIMAX ZONA FILABRES-ALHAMILLA DIPUTACION PROVINC 166.694,43155 SONDEO ABASTECIMIENTO SORBAS Y ULEILA DEL CAMPO SORBAS 75.000,00

En cumplimiento con lo establecido en el art.93 del R.D. 781/86, se somete a información pública dicho documento, por un plazo de VEINTE (20) días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

El/los proyecto/s se considerará/n aprobado/s definitivamente si dentro del citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones al contenido del mismo.

Lo que se hace publico para general conocimiento.EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

Pág. 4 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

8441/12

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁrea de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente

Sección de Actuación Administrativa

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la notificación de la resolución que después se indica, dictada por el Presidente de la Diputación Provincial de Almería, puesto que habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expte. NºResolución FechaResolución Personaaquesenotifica020/2012-S 1540/12 26 de septiembre de 2012 PATRICIO JIMÉNEZ CAMPOY

En dicha resolución se ordena la demolición de la actuación denunciada y la restitución de los terrenos afectados a su estado anterior, concediéndole al interesado el plazo de un mes para que proceda a su cumplimiento y advirtiéndole que, de no hacerlo, se podrá proceder a la ejecución subsidiaria de dicha orden, en sustitución del interesado y a su costa; todo ello sin perjuicio de los daños que pudieran producirse a terceros a causa de la peligrosidad vial, así como de las sanciones y responsabilidades que procedan.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el artículo 8, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No obstante, podrá interponerse previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación. Se le indica que si presenta recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición.

El expediente estará a disposición de los interesados, en particular para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto, en las dependencias de la Sección de Actuación Administrativa del Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente de la Excma. Diputación Provincial de Almería (C/. Hermanos Machado, 27 – C.P. 04071 – Almería), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes (excepto festivos).

Almería, a 12 de noviembre de 2012.EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

8443/12

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁrea de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente

Sección de Actuación Administrativa

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la notificación de la propuesta de resolución del Instructor del procedimiento sancionador que después se indica, puesto que habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente Fecha de propuesta de resolución Interesado Artículo infringido001/2012-SS 27 de septiembre de 2012 HNOS. ALONSO VAQUERO 72.1d) Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.

Mediante el citado acto, el instructor del expediente sancionador propone la imposición de una sanción de cuatro mil ochocientos (4.800) euros al interesado, como responsable de una infracción grave, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar, por la ejecución de actuaciones que han afectado a la carretera provincial AL-3117 “De la AL-12 a Rioja por Viator y Pechina”, en el punto kilométrico 0,002 de la antigua ALP-207, en suelo no urbano, en el término municipal de Almería.

Asimismo, se concede al interesado un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación, para formular alegaciones y presentar documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento.

El expediente estará a disposición de los interesados, en particular para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto, en las dependencias de la Sección de Actuación Administrativa del Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente de la Excma. Diputación Provincial de Almería (C/. Hermanos Machado, 27 – C.P. 04071 – Almería), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes (excepto festivos).

Almería, a 12 de noviembre de 2012.EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Angel Castellon Rubio.

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8366/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAArea de Fomento y Servicios Ciudadanos

ANUNCIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA POR EL QUE SE HACE PUBLICA LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE LAS OBRAS DE: “ADECUACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA HILARIÓN ESLAVA Y ENTORNO (ALMERÍA)”.

1º) ENTIDAD ADJUDICADORA. DATOS GENERALES Y DATOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA INFORMACIÓN:a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Almería. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Gobierno de Fomento y Servicios Ciudadanos. Delegación de Área de

Obras Públicas y Servicios Urbanos.c) Obtención de documentación e información:

1.- Dependencia: Delegación de Área de Obras Públicas y Servicios Urbanos.2.- Domicilio: C/ Rincón de Espronceda, s/nº.3.- Localidad y código postal: 04001 Almería.4.- Teléfono: 950-210000 (extensión 2715).5.-Telefax: 950-081700.6.- Correo electrónico: mcollado@aytoalmería.es.7.- Dirección de Internet de perfil del contratante: www.aytoalmería.es8.- Fecha límite de obtención de documentos e información: el último día del plazo de presentación de proposiciones.

d) Número de expediente: C-4/12.2º) OBJETO DEL CONTRATO.a) Tipo: OBRAS. b) Descripción: OBRAS DE: “ADECUACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA HILARIÓN ESLAVA Y ENTORNO (ALMERÍA)”.c) División por lotes/Número de unidades: No procede.d) Lugar de ejecución/entrega:

1- Domicilio: El ámbito de actuación de la zona esta formada por la Plaza Hilarión Eslava y las Calles Isaac Albéniz, Manuel de Falla, Usandiaga, Amadeo Vives y Ruperto Chapí.2.- Localidad y código postal: Almería. -04008-

e) Plazo de ejecución/entrega: Seis (6) meses.f) Admisión de prórroga: Se estará a lo dispuesto en el art. 213 TRLCSP.g) Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No procede.h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No procede.i) CPV (referencia de nomenclatura):

- 45.21 “Trabajos generales de construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil”. - 45.233252-0 . “Trabajos de pavimentación en calles”.

3º) TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO.a) Tramitación: ORDINARIA.b) Procedimiento: ABIERTO.c) Subasta electrónica: No procede.d) Criterios de adjudicación, en su caso:

Criterios evaluables mediante fórmulas:3.1.- Valoración económica: (75 puntos).

Criterios no evaluables mediante fórmulas:3.3.- Organización del proceso constructivo: (20 puntos).3.4.- Valoración del plazo de ejecución: (5 puntos).

4º) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:CUATROCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS DE EURO

(409.319,33) €.5º) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:a) Importe neto: 409.319,33 € Importe Total: 409.319,33 € más IVA al 21% que asciende a la cantidad de 85.957,06 €, lo que hace un total de 495.276,39 €.6º) GARANTIA EXIGIDAS:Provisional (importe): no se exige.Definitiva: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.7º) REQUISITOS ESPECIFICOS DEL CONTRATISTA.a) Clasificación en su caso:

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Grupo: G) Viales y pistas. Subgrupo: 6. Obras viales sin cualificación especifica. Categoría: d) La anualidad media excede de 360.000 € y no sobrepasa los 840.000 €.

Grupo: E ) Hidráulicas.Subgrupo: 1. Abastecimiento y Saneamiento. Categoría: c) La anualidad media excede de 120.000 € y no sobrepasa los 360.000 €.

b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional, en su caso: No procede.c) Otros requisitos específicos: Adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales y materiales que se indican

en la cláusula V.2.1 g) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.d) Contrato reservado: No procede.8º) PRESENTACIÓN DE OFERTAS O DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:a) Fecha límite de presentación: veintiséis (26) días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este

anuncio en el B.O.P.b) Modalidad de presentación: La exigida en la cláusula V del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de presentación:

1) Dependencia: En el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, o bien por Correo. 2) Domicilio: Plaza de la Constitución, s/nº.3) Localidad y código postal: Almería 04001.4) Dirección electrónica: No procede.

d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): No procede.e) Admisión de variantes, si procede: No se admiten.f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Durante dos (2) meses, a contar desde la apertura de

las proposiciones sin perjuicio de lo establecido en el art. 161.2 TRLCSP.9º) APERTURA DE OFERTAS: a) Descripción: Apertura sobre A.- Documentación administrativa y, en su caso, apertura sobre B.- Referencias Técnicas.b) Dirección: Área de Gobierno de Fomento y Servicios Ciudadanos. Delegación de Área de Obras Públicas y Servicios

Urbanos. Plaza Rincón de Espronceda, s/nº. c) Localidad y código postal: Almería. -04001-.d) Fecha y hora: el tercer día hábil siguiente, excepto sábados, a la conclusión del plazo de presentación de proposición, a

las doce horas. 10º) GASTOS DE PUBLICIDAD: Importe máximo 250 € que correrán a cuenta del adjudicatario.11º) FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL “DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA” ( en su caso): No procede.12º) OTRAS INFORMACIONES:PORTAL INFORMÁTICO O PAGINA WEB DONDE FIGUREN LAS INFORMACIONES RELATIVAS A LA CONVOCATORIA O

DONDE PUEDEN OBTENER LOS PLIEGOS: Perfil del Contratante: www.aytoalmería.esAlmería, 6 de Noviembre de 2.012EL ALCALDE-PRESIDENTE, Luis Rogelio Rodríguez-Comendador Pérez.

8079/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

Sección de Disciplina Urbanística - Negociado de Ruinas y Ordenes de Ejecución

E D I C T OEXPTE. Mº 2003/168

EJECUCION SUBSIDIARIA EN EXPEDIENTE DE EJECUCIÓN FORZOSA, REF. INMUEBLE C/ CASTAÑOS Nº 15. D. Pablo José Venzal Contreras, Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Almería.HACER SABER: Que, no pudiéndose practicar notificación a Dª Isabel Montero Jiménez, con DNI nº 27060047H, en calidad

de propietaria interesada en el procedimiento de Orden de Ejecución Subsidiaria del inmueble situado en C/ Castaños nº 15, por ser desconocida, por medio del presente Edicto, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación a Dª Isabel Montero Jiménez y a todos los que pudieran resultar interesados en relación con el expediente nº 2003/168 del Negociado de Ruinas y Órdenes de Ejecución, de la notificación de la Resolución que a continuación se transcribe:

DON PABLO JOSÉ VENZAL CONTRERAS, VICEPRESIDENTE DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA, CON FECHA 22 DE OCTUBRE DE 2012, HA DICTADO LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓNResultando del expediente los siguientes

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ANTECEDENTES DE HECHOPrimero.- El 17/05/2012 se dictó Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo.

Ayuntamiento de Almería, por la que se incoa procedimiento para la Ejecución Forzosa mediante la Ejecución Subsidiaria de los trabajos de demolición del inmueble sito en C/. Castaños nº 15, propiedad de Dª Isabel Montero Jiménez con DNI nº 27060047H, en los términos expresados en la Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 13/03/2009, en la que se declaraba la ruina urbanística del mismo, por incumplimiento de la propiedad de la ejecución de los trabajos indicados en los informes de los Servicios Técnicos municipales de 02/03/2004 y 14/05/2012, bajo la dirección de técnico competente.

Segundo.- Habiendo sido notificada la Resolución de Incoación del procedimiento para la Ejecución Forzosa, mediante Ejecución Subsidiaria, a la propiedad, publicándose en el BOP en fecha 02/10/2012, y en el Tablón de Edictos del 14/09/2012 al 14/10/2012, ante la imposiblidad de practicar la notificación.

Considerando la aplicación a los antecedentes descritos los siguientes:FUNDAMENTOS DE DERECHOPrimero.- El artículo 158 apartado 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en

adelante, LOUA) previene que “el incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución habilitará a la Administración actuante para adoptar cualquiera de estas medidas:

a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado, hasta el límite del deber normal de conservación, al que se refiere el artículo 155.3 de esta Ley.

b) Imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo, cada una de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas. El importe de las multas coercitivas impuestas quedará afectado a la cobertura de los gastos que genere efectivamente la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, a los que habrá que sumar los intereses y gastos de gestión de las obras.

La expropiación del inmueble, previa declaración del incumplimiento del deber de conservación, o la colocación del inmueble en situación de ejecución por sustitución, mediante el correspondiente concurso regulado en los artículos 151 y 152, que será instado, en su caso, antes de la declaración de ruina.”

Segundo.- El artículo 24 del Reglamento de Disciplina Urbanística, Real Decreto 2187/1978 de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana, (en adelante RDU) dice:

1. La resolución del expediente se notificará a todos los que hubieran sido parte en el mismo y a todos los moradores del inmueble, aunque no se hubieren personado.

2. Cuando se hubiese acordado la ejecución de obras, se fijará el término dentro del cual deban iniciarse, con la advertencia de que, de no hacerlo, y de no llevarse a cabo las obras a ritmo normal, la Administración las ejecutará, pasando al obligado el cargo correspondiente.

Tercero.- El artículo 28 del RDU, señala que:1.- La declaración administrativa de ruina o la adopción de medidas de urgencia por la Administración no eximirá a los

propietarios de las responsabilidades de todo orden que pudieran serles exigidas por negligencia en los deberes de conservación que les correspondan.

2.- Para el reintegro de los gastos hechos por la Administración en la acción sustitutiva de la inactividad de los particulares, en supuestos de órdenes de conservación o de adopción de medidas de seguridad, se seguirá, en su caso, el procedimiento de apremio.

Cuarto.- El artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LPA), señala que las Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes en cada caso, podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la Ley, o cuando la Constitución o la Ley exijan la intervención de los Tribunales, y no concurriendo en el presente expediente causa legal de la que se derive suspensión por lo que se ha de predicar la ejecutividad del acto administrativo.

Quinto: El artículo 96 de la LPA dice:“1. La ejecución forzosa por las Administraciones Públicas se efectuará, respetando siempre el principio de proporcionalidad,

por los siguientes medios:a) Apremio sobre el patrimonio.b) Ejecución subsidiaria.c) Multa Coercitiva.d) Compulsión sobre las personas.2. Si fueran varios los medios de ejecución admisibles, se elegirá el menos restrictivo de la libertad individual.3.Si fuese necesario entrar en el domicilio del afectado, las Administraciones Públicas deberán obtener el consentimiento del

mismo, o, en su defecto, la oportuna autorización judicial.”Sexto: El artículo 98 de la LPA dispone que: “1. Habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos puedan ser realizados por

sujeto distinto del obligado.

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2. En este caso, las Administraciones Públicas realizarán el acto, por sí o a través de las personas que determinen, a costa del obligado.

3. El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.4. Dicho importe podrá liquidarse de forma provisional y realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva.”Séptimo: La competencia para dictar la presente resolución corresponde al Vicepresidente de la Gerencia, en virtud de la

delegación efectuada por el Alcalde, mediante Decreto de fecha 30/06/2011, de las competencias que le atribuye el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local así como el resto de competencias que en virtud del RDUA se otorgan al Alcalde.

Por cuantos antecedentes obran en el expediente y cuantos fundamentos de derecho han sido considerados, en uso de las facultades que ésta Vicepresidencia ostenta en virtud de los Estatutos aprobados para el funcionamiento de ésta Gerencia Municipal de Urbanismo,

HE RESUELTO:PRIMERO: Concluir el procedimiento de Ejecución Forzosa mediante la Ejecución Subsidiaria de los trabajos de demolición

o rehabilitación del inmueble sito en C/ Castaños nº 15, propiedad de Dª Isabel Montero Jiménez, con DNI nº 27060047H, en los términos expresados en la Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 13/03/2009, en la que se declaraba la ruina urbanística del mismo, por incumplimiento de la propiedad de la ejecución de los trabajos indicados en los informes de los Servicios Técnicos municipales de 02/03/2004 y 14/05/2012, bajo la dirección de técnico competente. Todo ello a costa de la propiedad del inmueble cuyos datos son: Dª Isabel Montero Jiménez, con DNI nº 27060047H, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Somontín nº 8 -04006- Almería.

SEGUNDO: Dar traslado de la presente Resolución a la Sección de Patrimonio y Contratación de la Gerencia Municipal de Urbanismo, a fin de que inicie los trámites oportunos tendentes a la contratación de los trabajos que se contemplan en los Informes de los Servicios Técnicos Municipales de fechas 02/03/2004 y 14/05/2012 y que se transcriben a continuación por orden de fechas:

“CONCLUSIÓNProceder, a su elección, a la completa rehabilitación o a la demolición según art. 157.3-B)a) de la citada Ley.Caso de demolición deberá cumplir lo siguiente,Orden de DEMOLICIÓN del inmueble bajo Proyecto y Dirección Técnica de Arquitecto Superior ó Aparejador/Arquitecto

Técnico, debiendo presentar, a la finalización de los trabajos, Certificado final de obras con visado colegial del Técnico y fotografías acreditativas de la demolición efectuada.

Después de efectuar la demolición completa del inmueble se procederá a:e)ejecutar nueva valla de cerramiento en fachada según alineaciones del PGOU. Dicha valla de cerramiento perimetral tendrá

altura mín. 2,40 m, ejecutada con fábrica de bloque tipo split y rematada con albardilla del mismo material. Se dispondrá una puerta en el solar para acceso y mantenimiento por parte de la propiedad.

f) enfoscar y pintar las medianerías en evitación de infiltración de humedades a colindantes.g) ejecutar un pavimento de hormigón de espesor mín. 15 cm en todo el solar con pendiente mín. 2 % hacia la calle, dejando

previstos, en la nueva valla de cerramiento de fachada, como mínimo 2 agujeros con tubo de PVC, como desagües del solar.Plazo de ejecución: 2 meses.Plazo de inicio de obras desde la obtención de licencia de demolición: 5 días.Se adjunta Valoración en ejecución subsidiaria por valor de 3.504 €uros.MEDIDAS PRECAUTORIASDeberán colocarse vallas ancladas a la acera a lo largo de la fachada de forma que impidan el paso de peatones junto a la

fachada hasta la finalización de las obras, por existir peligro para viandantes.Plazo de ejecución para la colocación de vallas 5 díasY otro de fecha 14/05/2012CONCLUSIÓNOrden de DEMOLICIÓN según art. 157.3-B)a) de la citada Ley.Orden de DEMOLICIÓN del inmueble bajo Proyecto y Dirección Técnica de Arquitecto Superior ó Aparejador/Arquitecto

Técnico, debiendo presentar, a la finalización de los trabajos, Certificado final de obras con visado colegial del Técnico y fotografías acreditativas de la demolición efectuada.

1. Demolición y posterior Limpieza y retirada de escombros a vertedero autorizado2. El vallado del solar deberá estar formado, esencialmente, por 50 cm como máx de parte opaca (hormigón o 2 hiladas

de bloques prefabricados), completado por entre 1,50 y 2 m de malla de simple torsión con postes tubulares galvanizados a una distancia máx de 3 m. Por motivos de mantenimiento, el vallado deberá contar con una puerta de acceso situada en lugar adecuado y realizada con el mismo tipo de malla de torsión (no opaca). En todo caso, se evitarán cierres opacos que puedan ser sometidos a esfuerzos eólicos y que puedan provocar accidentes en caso de derribo.

3. En cuanto al tratamiento de la superficie, se procederá, tal y como indica el PGOU, a la regularización del terreno, evitando en todo caso acopios de material removido en el interior de la parcela. Los pozos, arquetas y en general cualquier elemento que pueda provocar accidentes deberá ser adecuadamente relleno con material granular debidamente compactado o con hormigón pobre.

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4. En cuanto a la limpieza y salubridad, con objeto de garantizar la durabilidad de la retirada de la maleza que pudiera existir, se deberá ejecutar una solera de hormigón pobre de unos 10 cm de espesor con pendiente hacia vías públicas donde se producirá el vertido en superficie de las aguas de escorrentía superficial. Para favorecer esta evacuación de pluviales, la base opaca del vallado deberá contar con mechinales cada 2 m formados por tubo de PVC de diámetro mínimo 100 mm.

5. Enfoscar y pintar las medianerías en evitación de infiltración de humedades a colindantes.Plazo de ejecución: 2 meses.Plazo de inicio de obras desde la obtención de licencia de demolición: 5 días.Se una Valoración en ejecución subsidiaria por valor de 5.000 €uros. Dicha cantidad puede verse alterada durante la ejecución

de las obras.MEDIDAS PRECAUTORIASDeberán colocarse vallas ancladas a la acera a lo largo de la fachada de forma que impidan el paso de peatones junto a la

fachada hasta la finalización de las obras, por existir peligro para viandantes.Plazo de ejecución para la colocación de vallas 5 días...”TERCERO: Notificar la Resolución a la propiedad del inmueble, Dª Isabel Montero Jiménez, para su conocimiento y efectos

oportunos.Así lo acuerda, manda y firma el Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Almería, Don Pablo José Venzal

Contreras, en Almería a veintidós de octubre de dos mil doce, de todo lo que yo, el Secretario, Don Fernando Gómez Garrido, doy fe.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos oportunos, advirtiéndole que contra la presente Resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el artículo 107.1 párrafo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como tener vista del expediente que se custodia en el Negociado de Ruinas y Órdenes de Ejecución del Área de Urbanismo, en horario de atención al público.

Almería, a 25 de octubre de 2012EL VICEPRESIDENTE DE LA GERENCIA, Pablo José Venzal Contreras.

8081/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

Disciplina Urbanística

E D I C T O: 062/12

El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería.HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se

relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente

INCOACIÓNRESULTANDO: Que, la Jefatura de Policía local formula denuncias por la realización de obras, no aportando la preceptiva

licencia municipal.RESULTANDO: Que, consultados los archivos de la Sección de Licencias, las referidas obras carecían de la preceptiva

licencia municipal que legitimara la actuación urbanística en el momento de la denuncia, habiendose emitido informe técnico al respecto.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 169 de la Ley 7/2002, de 17/12, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante “LOUA”), y preceptos concordantes del Plan General de Ordenación Urbana de Almería, los actos que nos ocupan están sujetos a licencia urbanística, sin perjuicio de que, en su caso, procediera o no su otorgamiento.

CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa.

CONSIDERANDO: Que los actos que nos ocupan, presuntamente, son constitutivos de una infracción administrativa CONSIDERANDO: Que, las sanciones se graduarán conforme a los artículos 203 y siguientes de la LOUA.CONSIDERANDO Que, la competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al

Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

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Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la incoación de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009).

CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras.

CONSIDERANDO: Que el artículo 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, antes citado, establece el contenido mínimo que ha de tener la iniciación del procedimiento sancionador, disponiendo su número 2 que el acuerdo de iniciación se comunicará al instructor, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará al denunciante, en su caso, y los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, y que en la notificación se advertirá a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el Art. 16.1 (quince días), la iniciación podrá ser considerada propuesta de Resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento. Asimismo el presunto infractor, puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, pudiendo resolverse, en ese caso, el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.

DISPONGO: PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador para determinar las responsabilidades administrativas en que haya podido incurrir, y ello como presuntos responsables de infracción urbanística

Expte. Nombre DNI/CIF Calidad Obras Propuesta sanción

Art. LOUA Fecha Resolución

S-536/08 Francisca Palenzuela Díaz 27080857 J Promotora Construcción de vivienda de 70 m2., hasta la fecha se ha construido la cimentación, los muros de carga laterales, interiores y repellado de la fachada exterior de la vievienda, careciendo de la preceptiva licencia municipal.

42.875,35 € Art. 251.1, puesto en reslación con el art. 207.4.C.a)

24-05-2012

SEGUNDO: Nombrar Instructor del expediente sancionador de referencia a Dª Dolores del Pilar González Espinosa, Jefe de la Sección de disciplina Urbanística y Medioambiental, y Secretaria del mismo a Dª Antonia Ruiz Marín, Jefe del Negociado de Disciplina Urbanística, ambos de la de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental del Área de Urbanismo, nombramientos contra los que podrá Vd. promover recusación en los términos del art. 29 de la mencionada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO: Conceder al interesado un plazo de QUINCE DÍAS hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y , en su caso, proponer prueba concretando las medidas de que pretenden valerse. En caso de no efectuarse alegaciones en dicho plazo, el acto de iniciación de este expediente podrá considerarse propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que este acuerdo contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. El presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, pudiendo, en ese caso, resolverse el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado de la sanción correspondiente podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento sancionador, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra los nombramientos del Instructor y del Secretario podrá Vd. presentar recusación por causa legítima expresada con precisión a través de escrito en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, según el régimen contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A efectos del cumplimiento de lo preceptuado en el punto 2º del artículo 196 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador será de un año a contar desde la fecha del acuerdo de inciación. En caso de falta de resolución y notificación expresa, en dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento de acuerdo con lo establecido en el punto 2º del artículo 44 de la citada Ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en la Casa Consistorial de Almería, a 4 de agosto de 2012EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 11

8083/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

Disciplina Urbanistica

E D I C T O: 063/12

El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería.HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se

relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente

RESULTANDO: Que por Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de urbanismo, se incoó procedimiento sancionador a los expedientes que a continuación se relacionan.

Nº Expediente Nombre DNI/CIF Obras Fecha incoación

S-160/08 José ignacio Arenedo Mayoral 16484583 T Construcción de una haitación de unos 6,50 m2, en vivienda de panta baja con fachada a la calle Tenis, estando a unos 2,70 m. de altura sobre la pared de la vivienda y sobre el muro de una valla ya existente, que ha sido elevada unos 40 centímetros, con dos filas de bloques cerámicos, en un perímetro de unos 7,30 m. Igualmente se ha subido una valla de medianería con el vecino del dúples 13. con bloque cerámico, unos 15,00 m. lineales y 1,50 m. de altura, dejando unos 6 huecos para colocación de cristales de “pavés”, en C/ Tenis, dúplex 11 bajo. Avda. De los Juegos Mediterráneos nº 4, Acceso B de Retamar.

28-03-12

RESULTANDO: Que en la citada Resolución de incoación, se nombra instructora del expediente sancionador a Dª. Dolores del Pilar González Espinosa, Jefe de Sección de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental

CONSIDERANDO: que por cuestiones organizativas se hace necesario cambiar el instructor de los citados expedientes sancionadores, a efectos de lo establecido en el artículo 195.2 de la Ley 7/2002.

DISPONGO: 1) Nombrar instructor para los procedimientos sancionadores incoados, a D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, contra el que se podrá promover recusación en los términos del art. 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Manteniendo por lo demás su parte dispositiva en sus propios términos.

2) Conceder trámite de Audiencia durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente.

Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en la Casa Consistorial de Almería, 5 de octubre de 2012.EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras.

8084/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

Disciplina Urbanística

E D I C T O: 064/12

El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería.HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se

relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente

RESULTANDO: Que por Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de urbanismo, se incoó procedimiento sancionador a los expedientes que a continuación se relacionan

Pág. 12 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Nº Expediente Nombre DNI/CIF Obras Fecha incoación

S-310/09 Jose Javier Bordes García 27529408 M Instalación de una casa prefabricada de 80 m2 compuesta por dos módulos fijado uno a otro en Polígono 35, Parcela 62 de Bellavista 30-03-12

RESULTANDO: Que en la citada Resolución de incoación, se nombra instructora del expediente sancionador a Dª. Dolores del Pilar González Espinosa, Jefe de Sección de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental

CONSIDERANDO: que por cuestiones organizativas se hace necesario cambiar el instructor de los citados expedientes sancionadores, a efectos de lo establecido en el artículo 195.2 de la Ley 7/2002.

DISPONGO: 1) Nombrar instructor para los procedimientos sancionadores incoados, a D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, contra el que se podrá promover recusación en los términos del art. 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Manteniendo por lo demás su parte dispositiva en sus propios términos.

2) Conceder trámite de Audiencia durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente.

Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en la Casa Consistorial de Almería, a nueve de octubre de dos mil doceEL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras.

8085/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

Disciplina Urbanistica

E D I C T O: 065/12

El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería.HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se

relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente

SANCIÓN“VISTO los expedientes sancionadores por infracción urbanística careciendo de la preceptiva licencia municipalRESULTANDO: Que las referidas obras carecen de la preceptiva licencia municipal en el momento de su ejecución, siendo

no legalizables incoándose expediente sancionador contra el inculpado, como presunto responsable de la infracción urbanística habida en la presente actuación ilegal, quedando advertido en la misma de que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto), si no formulaba alegaciones en el plazo de 15 días, la iniciación podría ser considerada propuesta de resolución, por contener un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada

RESULTANDO: Que en el mencionado expediente se han seguido todos los trámites que señala el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto que aprobó el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora

CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa..

CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras.

CONSIDERANDO: Que, la competencia para resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la resolución de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 13

Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009)..

DISPONGO: 1º. La imposición de sanción como responsable de la infracción urbanística cometida. 2º.- Procédase a practicar la correspondiente liquidación”

Expte. Nombre DNI Obras Art. LOUA Tipificación Sanción Fecha Resolución

S-432/09 INVERSIGEST S.L. B-04485165 Construcción de trastero en el hueco de la rampa de acceso instalando puerta metálica en pared de plaza de garaje nº 21, siendo las medidas de la puerta 1,65 x 0,85 metros, alto y ancho, en Ctra. De Nijar nº 186 de la Cañada, plaza de garaje 21, careciendo de la preceptiva licencia municipal.

218.1.a) de la LOUA puesto en relación con el artículo 207 3.d)

grave 525 € 21-0912

Lo que comunico a usted advirtiéndole que contra la expresada Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Vicepresidente de Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo Ayuntamiento de Almeria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el art. 46, en relación con el art. 8, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

Se le advierte que de optar por la presentación de recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso, de acuerdo con lo que establece el art. 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, citada.

A estos efectos deberá retirar en horario de oficina (de 9 a 13 horas) el instrumento de pago en el Negociado de Liquidaciones del Área de Gestión Económica, a fin de ingresar el importe de la sanción en las Oficinas de CAJAMAR

Transcurrido el plazo correspondiente sin haber efectuado el ingreso de la sanción, se procederá a su cobro en VÍA DE APREMIO.

Dado en la Casa Consistorial de Almería, a nueve de octubre de dos mil doceEL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras.

8086/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

Disciplina Urbanistica

E D I C T O: 066/12

El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería.HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se

relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente

INCOACIÓNRESULTANDO: Que, la Jefatura de Policía local formula denuncias por la realización de obras, no aportando la preceptiva

licencia municipal.RESULTANDO: Que, consultados los archivos de la Sección de Licencias, las referidas obras carecían de la preceptiva

licencia municipal que legitimara la actuación urbanística en el momento de la denuncia, habiendose emitido informe técnico al respecto.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 169 de la Ley 7/2002, de 17/12, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante “LOUA”), y preceptos concordantes del Plan General de Ordenación Urbana de Almería, los actos que nos ocupan están sujetos a licencia urbanística, sin perjuicio de que, en su caso, procediera o no su otorgamiento.

CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa.

Pág. 14 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

CONSIDERANDO: Que los actos que nos ocupan, presuntamente, son constitutivos de una infracción administrativa.CONSIDERANDO: Que, las sanciones se graduarán conforme a los artículos 203 y siguientes de la LOUA.CONSIDERANDO Que, la competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al

Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la incoación de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009).

CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras.

CONSIDERANDO: Que el artículo 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, antes citado, establece el contenido mínimo que ha de tener la iniciación del procedimiento sancionador, disponiendo su número 2 que el acuerdo de iniciación se comunicará al instructor, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará al denunciante, en su caso, y los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, y que en la notificación se advertirá a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el Art. 16.1 (quince días), la iniciación podrá ser considerada propuesta de Resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento. Asimismo el presunto infractor, puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, pudiendo resolverse, en ese caso, el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.

DISPONGO: PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador para determinar las responsabilidades administrativas en que haya podido incurrir, y ello como presuntos responsables de infracción urbanística

Expte. Nombre DNI/CIF Calidad Obras Propuesta Sanción Art. LOUA Fecha resolución

S-140/09 Manuel Sánchez Berenguel 27230164 G Promotor Cerrar unos 7 m2 de la terraza ático, con carpintería de aluminio, así como haber instalado un toldo con apertura horizontal de 12 m2, en C/ Gloria nº 3 ático.

3.299,00 € 218.1.a), puesto en relación con el art. 207.3.d

20/08/12

SEGUNDO: Nombrar Instructor del expediente sancionador de referencia D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, y Secretaria del mismo a Dª Antonia Ruiz Marín, Jefe del Negociado de Disciplina Urbanística, ambos de la de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental del Área de Urbanismo, nombramientos contra los que podrá Vd. promover recusación en los términos del art. 29 de la mencionada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO: Conceder al interesado un plazo de QUINCE DÍAS hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y , en su caso, proponer prueba concretando las medidas de que pretenden valerse. En caso de no efectuarse alegaciones en dicho plazo, el acto de iniciación de este expediente podrá considerarse propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que este acuerdo contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. El presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, pudiendo, en ese caso, resolverse el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado de la sanción correspondiente podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento sancionador, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra los nombramientos del Instructor y del Secretario podrá Vd. presentar recusación por causa legítima expresada con precisión a través de escrito en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, según el régimen contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A efectos del cumplimiento de lo preceptuado en el punto 2º del artículo 196 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador será

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 15

de un año a contar desde la fecha del acuerdo de inciación. En caso de falta de resolución y notificación expresa, en dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento de acuerdo con lo establecido en el punto 2º del artículo 44 de la citada Ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en la Casa Consistorial de Almería, a diez de octubre de dos mil doceEL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras.

8087/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

Disciplina Urbanística

E D I C T O: 068/12

El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería.HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se

relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente

INCOACIÓNRESULTANDO: Que, la Jefatura de Policía local formula denuncias por la realización de obras, no aportando la preceptiva

licencia municipal.RESULTANDO: Que, consultados los archivos de la Sección de Licencias, las referidas obras carecían de la preceptiva

licencia municipal que legitimara la actuación urbanística en el momento de la denuncia, habiendose emitido informe técnico al respecto.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 169 de la Ley 7/2002, de 17/12, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante “LOUA”), y preceptos concordantes del Plan General de Ordenación Urbana de Almería, los actos que nos ocupan están sujetos a licencia urbanística, sin perjuicio de que, en su caso, procediera o no su otorgamiento.

CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa.

CONSIDERANDO: Que los actos que nos ocupan, presuntamente, son constitutivos de una infracción administrativa CONSIDERANDO: Que, las sanciones se graduarán conforme a los artículos 203 y siguientes de la LOUA.CONSIDERANDO Que, la competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al

Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la incoación de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009).

CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras.

CONSIDERANDO: Que el artículo 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, antes citado, establece el contenido mínimo que ha de tener la iniciación del procedimiento sancionador, disponiendo su número 2 que el acuerdo de iniciación se comunicará al instructor, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará al denunciante, en su caso, y los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, y que en la notificación se advertirá a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el Art. 16.1 (quince días), la iniciación podrá ser considerada propuesta de Resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento. Asimismo el

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presunto infractor, puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, pudiendo resolverse, en ese caso, el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.

DISPONGO: PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador para determinar las responsabilidades administrativas en que haya podido incurrir, y ello como presuntos responsables de infracción urbanística

Expte. Nombre DNI/CIF Calidad Obras Propuesta Sanción Art. LOUA Fecha Resolución

S-442/08 Yolanda Galindo Villadón 34852498 T Promotora Haber demolido una cochera en la parte posterior de la vivienda, de unos 14,00 m2., y estar construyendo la misma en obra nueva, así como construcción en el lateral izquierdo de la vivienda en primera planta de una habitación de unos 11,00 m2, en C/ Lérida nº 1

7,789,61 € Art. 218.1.a) puesto en relación con el art. 207.3.d

01/10/12

SEGUNDO: Nombrar Instructor del expediente sancionador de referencia D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de

Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, y Secretaria del mismo a Dª Antonia Ruiz Marín, Jefe del Negociado de Disciplina Urbanística, ambos de la de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental del Área de Urbanismo, nombramientos contra los que podrá Vd. promover recusación en los términos del art. 29 de la mencionada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO: Conceder al interesado un plazo de QUINCE DÍAS hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y , en su caso, proponer prueba concretando las medidas de que pretenden valerse. En caso de no efectuarse alegaciones en dicho plazo, el acto de iniciación de este expediente podrá considerarse propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que este acuerdo contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. El presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, pudiendo, en ese caso, resolverse el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado de la sanción correspondiente podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento sancionador, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra los nombramientos del Instructor y del Secretario podrá Vd. presentar recusación por causa legítima expresada con precisión a través de escrito en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, según el régimen contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A efectos del cumplimiento de lo preceptuado en el punto 2º del artículo 196 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador será de un año a contar desde la fecha del acuerdo de inciación. En caso de falta de resolución y notificación expresa, en dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento de acuerdo con lo establecido en el punto 2º del artículo 44 de la citada Ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en la Casa Consistorial de Almería, a 22 de octubre de 2012.EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras.

8115/12

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAGerencia Municipal de Urbanismo

E D I C T O

Acuerdo definitivo de aprobación de ordenanza.Don Pablo José Venzal Contreras, Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería.HACE SABER: Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión de 15 de octubre de 2012 ha adoptado un acuerdo de aprobación

definitiva de la ordenanza reguladora de Inspección Técnica de Edificaciones y Construcciones, procediendo a la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia.

1º.- Estimar las siguientes alegaciones:- la inclusión de la “placa distintivo” para los inmuebles que hayan superado la ITE favorable (artículo 7).- Concretar el plazo máximo en que deben realizarse las obras en un máximo de seis meses (artículo 9.2.a párrafo primero),

y de dos meses si son urgentes (artículo 9.2.a párrafo segundo).- Ampliar la descripción de los inmuebles contenida en la ficha del edificio.- Modificar la redacción del artículo 5.2 en relación con los inmuebles que hayan sido objeto de rehabilitación.

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- Modificar la redacción del artículo 3.1 sobre los estudios y pruebas que el técnico redactor considere necesarios realizar.2º.- Desestimar el resto de las alegaciones por los motivos contenidos en el informe anteriormente transcrito.3º.- Aprobar definitivamente la “Ordenanza de Inspección Técnica de Edificaciones y Construcciones” y sus Anexos.

ORDENANZA INSPECCION TECNICA DE EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES

Artículo 1. Fundamento, objeto y contenido de la Ordenanza.1. Se regula en esta Ordenanza la obligación de los propietarios, comunidades de propietarios y titulares de derechos de uso

de construcciones y edificaciones, de efectuar una inspección periódica dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y el cumplimiento del deber de conservación impuesto por la normativa urbanística y de régimen del suelo.

2. Toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso o destino, estarán afectadas por la obligación regulada en esta Ordenanza.

3. El contenido del deber de conservación, cuyo grado de cumplimiento habrá de recogerse en las inspecciones periódicas, en los términos de esta Ordenanza, se refiere al mantenimiento en las adecuadas condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público de la construcción o edificación en su conjunto, en los términos establecidos en la normativa urbanística vigente.

Artículo2.InspecciónperiódicadeConstruccionesyEdificaciones.1. La obligación legal de efectuar la inspección periódica, se verificará mediante la obtención por cuenta y cargo de los sujetos

obligados a realizarla, de un informe expedido por técnico facultativo competente, conforme al modelo de Informe de Inspección Técnica de la Edificación vigente y en los plazos que se establecen en esta Ordenanza, y su posterior presentación en la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Almería.

2. A estos efectos se presentará un informe de Inspección Técnica de la Edificación por cada edificio, entendiéndose por edificio el cuerpo constructivo único con independencia de su distribución espacial, situación registral, catastral o su dirección postal, incluyendo sus construcciones auxiliares.

Sólo podrá presentarse un informe de Inspección Técnica de la Edificación para parte de un edificio cuando dicha parte sea funcionalmente independiente del resto y las patologías que presente no afecten al conjunto del edificio.

No podrá entenderse, a efectos del párrafo anterior, como parte de un edificio una planta del mismo, incluidas bajo rasante, viviendas, pisos o locales susceptibles de aprovechamiento independiente.

Artículo3.ContenidodelinformedeInspecciónTécnicadelaEdificación.1. El informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá consignar el resultado de la inspección realizada, cumplimentando

para ello los modelos oficiales aprobados, y especialmente los apartados Conclusión Final y Certificación de la efectiva ejecución de las obras. En la Conclusión Final se debe indicar, de manera inequívoca, que el edificio reúne las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público establecidas en la normativa urbanística y de régimen de suelo, o bien que el mismo no las reúne.

Con carácter previo a la redacción del informe, el técnico redactor determinará los trabajos y estudios previos que considere necesarios para obtener un conocimiento suficiente de la edificación, describiéndolos en el Informe de Inspección Técnica.

El informe de Inspección Técnica contendrá:A) Fecha de la visita o visitas de inspección realizada, planos de situación y fotografías del exterior e interior del edificio

expresivas del contenido del informe.B) Descripción detallada del edificio o construcción y número de referencia catastral con arreglo al Anexo vigente de Ficha

Técnica de la Edificación.C) Desperfectos y deficiencias apreciados con indicación de al menos los siguientes apartados relativos a la seguridad

constructiva de la edificación:a) Cimentación y Estructura, con indicación de si el edificio o construcción o parte de los mismos sufren daños que tengan

su origen o afecten a cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales que puedan comprometer la resistencia mecánica y estabilidad del edificio o construcción.

b) Fachadas y Medianeras, en especial de los elementos que puedan suponer un peligro para la vía pública o zonas interiores de la edificación tales como frentes de forjado, cornisa, aplacados, etc.

c) Estanqueidad e instalaciones generales, indicando el estado general de las cubiertas, azoteas, paramentos y carpinterías exteriores, así como el estado general de las redes de fontanería, saneamiento y electricidad.

d) Otras condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato que afecten a la habitabilidad y uso efectivo, respecto de otros elementos con deficiencias no contemplados en los apartados anteriores y referentes al mantenimiento o recuperación de las condiciones de habitabilidad o uso efectivo según el destino propio de la edificación o construcción.

D) Posibles causas de todos los desperfectos o deficiencias apreciados e indicación de las medidas, trabajos y obras necesarios para repararlos, haciendo expresa referencia a los plazos de solicitud de licencia y de ejecución de las obras.

E) Presupuesto estimativo de las medidas, trabajos y obras necesarias.F) En el supuesto de emisión del segundo y sucesivos informes de Inspección Técnica de Edificaciones, indicación del grado

de ejecución y efectividad de las medidas, trabajos y obras realizados para cumplimentar las recomendaciones señaladas en los informes de inspección técnica anteriores.

2. Sin perjuicio de la mención de las medidas, trabajos y obras a que se refiere el apartado anterior, el informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá comprender las medidas inmediatas de seguridad adoptadas, debiendo justificarse que no

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admitían demora por motivo de inminente peligro para los ocupantes de la construcción o edificación, colindantes o quienes transiten por sus inmediaciones.

A estos efectos, los sujetos obligados a la Inspección Técnica de la Edificación, deberán adoptar, bajo supervisión técnica, todas aquellas medidas precisas para la inspección y las necesarias para eliminar de forma precautoria y preventiva una situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmonte de elementos sueltos, etc., comunicando de forma inmediata su comienzo a la Gerencia de Urbanismo mediante informe técnico justificativo suscrito por el profesional competente que las esté supervisando.

De esta forma única y exclusivamente podrán realizarse, bajo supervisión técnica, las medidas de seguridad provisionales que de forma precautoria y preventiva eliminen la situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmonte de elementos sueltos, etc., e igualmente deberá comunicarse de forma inmediata, a la Gerencia de Urbanismo, su efectiva instalación, mediante informe técnico justificativo suscrito por el profesional competente que las haya supervisado.

No podrán realizarse, el amparo de este procedimiento, en ningún caso, obras, medidas o trabajos que supongan demolición total o parcial de la edificación o construcción, alteración de elementos protegidos ni que afecten al régimen de ocupación del edificio o construcción.

3. El informe de Inspección Técnica de la Edificación se presentará conforme al modelo oficial aprobado que resulte vigente.Artículo4.FichaTécnicadelaEdificación.Se establece la obligación de realizar una Ficha Técnica de la Edificación, relativa a la situación catastral, identificativa y de

propiedad de la misma, conforme al modelo oficial aprobado que resulte vigente.Artículo5.FormayplazodepresentacióndeladocumentaciónrelativaalaInspecciónTécnicadelaEdificación.1. El informe de Inspección Técnica de la Edificación, junto con la Ficha Técnica, deberá presentarse, conforme a los modelos

oficialmente aprobados.2. A los efectos de esta Ordenanza se entiende como edad de la edificación el tiempo transcurrido desde la fecha de terminación

total de su construcción.Para determinar la edad de la edificación se atenderá a la antigüedad según la información catastral, si bien podrá acreditarse

documentalmente que la edad es otra mediante los siguientes documentos: licencia de ocupacióncertificado final de obras cualquier medio de prueba admisible en derecho.No obstante, en el caso de obtención de licencia de ocupación por la ejecución de obras de rehabilitación, y siempre que así

sea determinado previamente por los técnicos municipales a la vista de la entidad y alcance de las obras realizadas, el plazo de presentación del primer Informe de Inspección Técnica de la Edificación, así como el de las sucesivas renovaciones comenzará a contar a partir de la fecha de terminación de las referidas obras.

La Gerencia de Urbanismo colaborará con los interesados facilitándoles los datos y antecedentes de los edificios que obren en sus archivos.

3. El primer Informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá presentarse dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 50 años de antigüedad, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única.

Se realizará una revisión periódica dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido 10 años desde el vencimiento del plazo en que debió presentarse el anterior.

Sin perjuicio de los plazos generales establecidos en los apartados 2.º y 3.º de este artículo, la Gerencia de Urbanismo podrá requerir, de forma motivada, la realización de la Inspección Técnica de la Edificación o construcción concediendo un plazo específico para su realización.

4. Agotado el plazo correspondiente para presentar el informe de Inspección Técnica de la Edificación por parte de los sujetos obligados, podrá hacerlo cualquier otro titular legítimo de un derecho real sobre la edificación.

Artículo6.RegistrodeInspecciónTécnicadelaEdificaciónylibrodelEdificio.A los efectos previstos en esta Ordenanza se constituirá un Registro informatizado de Inspección Técnica de la Edificación en la

Gerencia de Urbanismo que será público y en el que quedará constancia respecto de cada edificio, como mínimo los siguientes datos:- Identificación de la edificación o construcción mediante referencia catastral, dirección y número de policía.- Año de construcción.- Protección asignada por el planeamiento.- Número de expediente asignado.- Para cada Informe de Inspección Técnica de la Edificación presentado constará: fecha de presentación y de inclusión en

este Registro, conclusión de dicho Informe de Inspección Técnica de la Edificación y subsanación de los daños o deficiencias indicadas en el informe, mediante Certificado de la realización efectiva de las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, según modelo oficial.

Las copias acreditativas de la presentación del primer y sucesivos informes de Inspección Técnica de la Edificación y sus correspondientes Fichas Técnicas de la Edificación se unirán al libro del Edificio, o en su defecto a la documentación técnica del mismo, y deberán ser conservadas por los propietarios y transmitidas, en caso de enajenación por cualquier título, a sus nuevos titulares, de conformidad con lo previsto en Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y las posteriores disposiciones de desarrollo de la misma.

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Artículo7.EfectosdelcumplimientodelapresentaciónenplazodelInformedeInspecciónTécnicadelaEdificacióny Compromiso de Ejecución y Conclusión Final.

El cumplimiento, en tiempo y forma, de la obligación de presentación de la Inspección Técnica de la Edificación, en donde se exprese, tanto el cumplimiento de las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público, como en su caso la necesidad de acometer obras para alcanzar dichas condiciones, facultará a los sujetos obligados a realizarla, a solicitar cualquier tipo de ayuda para la conservación y/o rehabilitación que la Gerencia de Urbanismo establezca en la correspondiente Ordenanza municipal.

Una vez presentada la documentación acreditativa de la realización de la Inspección Técnica, incluida Conclusión Final en la que se informa que el edificio REUNE las condiciones exigibles, o Certificación de la Efectiva Ejecución de las Obras, en su caso, según modelos oficiales aprobados, la propiedad, u otros titulares legítimos de derechos reales sobre el edificio, podrán solicitar del Ayuntamiento, previo pago de la tasa estipulada al efecto, la emisión de una Placa distintiva, con indicación del numero de expediente municipal en el que se ha tramitado la Inspección Técnica

Artículo 8. Consecuencias del incumplimiento de la presentación en plazo del informe de Inspección Técnica de la Edificación,FichaTécnicadelaEdificaciónyCompromisodeEjecuciónyConclusiónFinal.

1. No podrá concederse ayuda para la conservación y/o rehabilitación de la edificación que establezca la Gerencia de Urbanismo sin cumplir en plazo con la obligación de presentar la documentación completa sobre la Inspección Técnica de la Edificación.

En el caso de presentación fuera de plazo de la documentación completa de la Inspección Técnica de la Edificación quedará facultado, a partir de esa fecha, para solicitar las ayudas que la Gerencia de Urbanismo tenga establecidas para la conservación y/o rehabilitación de la edificación..

2.- Si transcurrido el plazo para presentar el Informe de Inspección Técnica, los obligados no hubieran realizado este o el informe no se ajustara al contenido establecido en el modelo vigente, el órgano competente le ordenará la realización del mismo, o le requerirá para la subsanación de los defectos observados, otorgándole un plazo adicional de dos meses para presentarlo, con advertencia se procederá a la ejecución subsidiaria a costa de los obligados y a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Artículo 9. Conclusión Final y Compromiso de Ejecución.1. En el informe de Inspección Técnica de la Edificación, que se acompañará en todo caso de la Ficha Técnica de la Edificación,

se consignará, tal y como señala el artículo 3.1 de la presente Ordenanza, el resultado de la inspección realizada. Así, en la Conclusión Final del informe de Inspección Técnica, y conforme al modelo vigente, se deberá indicar, inequívocamente, el cumplimiento o no del deber de conservación conforme a la normativa urbanística vigente.

2. Sin perjuicio del régimen jurídico general del deber de conservación establecido en la legislación urbanística vigente y de las facultades de inspección urbanística de la Gerencia de Urbanismo, en aquellos supuestos en los que el informe de Inspección Técnica de la Edificación concluya que la edificación o construcción no reúne las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público definidas en el planeamiento vigente, será necesario además, la cumplimentación de los compromisos de ejecución correspondientes, conforme al modelo vigente que contenga al menos lo siguiente:

a) Cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación recoja en sus recomendaciones la necesidad de ejecutar obras de conservación o rehabilitación en la edificación o construcción, se acompañará el compromiso de ejecución expreso de solicitar los permisos y licencias oportunas, en un plazo máximo de 6 meses, y a iniciar y ejecutar las obras indicadas en los plazos señalados, una vez obtenidos dichos permisos y/o licencias.

En aquellos supuestos en los que el informe de Inspección Técnica de la Edificación señale desperfectos o deficiencias que hagan necesaria la adopción de obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancias de urgencia por existir algún riesgo para las personas o bienes, se acompañará el compromiso de ejecución expreso del propietario de solicitar los permisos y licencias oportunas, en un plazo máximo de dos meses, así como iniciar y ejecutar los trabajos, medidas u obras necesarias, según el informe de Inspección Técnica de la Edificación, una vez obtenida la previa licencia para las mismas en el informe de Inspección Técnica de la Edificación.

Todo ello sin perjuicio de las facultades de Inspección Urbanística de la Gerencia de Urbanismo en materia de conservación que se ejercerá en caso de denegación de la licencia o de incumplimiento de los plazos asumidos.

En estos supuestos, el informe técnico que sirva de fundamento a la orden de ejecución podrá emitirse en base sólo a lo recogido en el informe de inspección técnica de la edificación, salvo que incluya demolición total o parcial de edificaciones o construcciones, o alteración de elementos protegidos, o afecten al régimen de ocupación del edificio.

En ningún caso se podrán entender concedidas por silencio facultades en contra del planeamiento urbanístico.b) Si el informe de Inspección Técnica de la Edificación justifica la existencia de un peligro inminente para las personas o

bienes, sin haberse solventado conforme a lo establecido en el artículo 3.2, el propietario deberá acompañar compromiso de ejecución de medidas provisionales de seguridad ante el peligro inminente, bajo supervisión técnica, recogidas en el informe de Inspección Técnica de la Edificación que de forma precautoria y preventiva eliminen la situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmonte de elementos sueltos, etc., presentando, a su finalización, informe técnico justificativo sobre la correcta ejecución de las mismas.

La firma del compromiso recogido en el párrafo anterior supone la completa asunción del propietario de las responsabilidades de todo orden que puedan derivar por la falta de mantenimiento en condiciones de seguridad del edificio, sin perjuicio de que, en cualquier momento la Gerencia de Urbanismo pueda dictar orden de ejecución conforme a lo señalado en el apartado a).

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En cualquier caso la Gerencia de Urbanismo ejercerá sus facultades urbanísticas en materia de conservación cuando se trate de obras, medidas o trabajos que incluyan demolición total o parcial de edificaciones o construcciones o alteración de elementos protegidos o afecten al régimen de ocupación del edificio, por lo que no se aplicará a este tipo de obras el procedimiento establecido en el artículo 3.2 de esta Ordenanza.

Las obligaciones recogidas en los apartados anteriores - obras de conservación o rehabilitación- incluyen la necesidad de aportar la certificación de la ejecución efectiva de las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, según modelo oficial, tras la conclusión de las obras ejecutadas.

Artículo 10. Régimen general del deber de conservación.El cumplimiento de la obligación regulada en esta Ordenanza se entiende sin perjuicio del restante régimen jurídico ordinario

del deber de conservación establecido en la legislación urbanística vigente y de las facultades de inspección urbanística de la Gerencia de Urbanismo en materia de conservación.

El incumplimiento de los compromisos asumidos en el Compromiso de Ejecución y Conclusión Final supone incumplimiento de la obligación de conservar y será objeto de sanción en los términos establecidos por la legislación urbanística vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, el incumplimiento de realizar las obras especificadas en las órdenes de ejecución del Ayuntamiento, como consecuencia del resultado del informe de Inspección Técnica de la Edificación o de la inspección de los técnicos municipales, dará lugar a la adopción de cualquiera de las medidas recogidas en el artículo 158.2 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, y entre ellas a la imposición de hasta 10 multas coercitivas, con una periodicidad mínima de un mes, por importe cada una de ellas del diez por ciento del coste estimado de las obras, sin perjuicio de optar por la ejecución subsidiaria a costa del obligado, hasta el límite del contenido del deber normal de conservación fijado en el artículo 155.3 de la misma Ley.

Artículo 11.- Infracciones y Sanciones1.- El incumplimiento de la obligación de cumplimentar en tiempo y forma la Inspección Técnica de la Edificación, constituye

infracción grave, salvo que se subsane voluntariamente tras el primer requerimiento formulado al efecto por la Gerencia de Urbanismo, en cuyo caso tendrá la consideración de infracción leve.

El incumplimiento de la obligación de cumplimentar en tiempo y forma la Inspección Técnica de la Edificación cuando afecte a construcciones o edificaciones catalogadas constituye infracción muy grave.

2.- Las cuantías mínimas de las sanciones a imponer serán:a) Infracciones leves: multa hasta 750 euros.b) Infracciones graves: multa desde 701,00 hasta 1.500 euros.c) Infracciones muy graves: multa desde 1.501,00 hasta 3.000 euros.A efectos de la necesaria graduación de la sanción a imponer, serán de aplicación las circunstancias agravantes, atenuantes

y mixtas, establecidas legal y reglamentariamente.3.-El procedimiento y competencia para la imposición de las sanciones procedentes será el establecido en la legislación

urbanística vigente y en las Normas de procedimiento administrativo común.Disposición adicional únicaLos modelos de Informe de Inspección Técnica de la Edificación y de Ficha Técnica contenidos en el Anexo 1 podrán ser

completados y adaptados a la nueva normativa que pueda entrar en vigor con posterioridad a la aprobación de esta Ordenanza así como en función de las nuevas aplicaciones telemáticas, mediante el correspondiente acuerdo del órgano competente para ello, sin necesidad de modificar la presente Ordenanza.

Para fomentar el mejor cumplimiento de esta Ordenanza, la Gerencia de Urbanismo profundizará y ampliará la colaboración con todos los Colegios Profesionales implicados en la gestión de la Inspección Técnica de la Edificación y abrirá esta posibilidad de colaboración a entidades bancarias y aseguradoras, así como a cualesquiera otras entidades y asociaciones que muestren su interés en participar en el proceso de aplicación de esta Ordenanza.

Disposición transitoria De conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria segunda del Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio se establece

el siguiente calendario de fechas:1.- Desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ordenanza y durante el año 2013 se realizará la Inspección Técnica de

los edificios con una antigüedad anterior a 31 de diciembre de 1930.2.- Durante el año 2014 se realizará la Inspección Técnica de los edificios con una antigüedad entre el 1 de enero de 1931 y

el 31 de diciembre de 1950.3.- Durante el año 2015 se realizará la Inspección Técnica de los edificios con una antigüedad entre el 1 de enero de 1951 y

el 31 de diciembre de 1964.DisposiciónfinalúnicaEsta Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincial, y permanecerá

en vigor hasta su modificación o derogación expresa.Contra el acuerdo definitivo anterior sólo cabrá recurso contencioso-administrativo que se podrá interponer, a partir de su

publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.

Almería, 25 de octubre de 2012EL VICEPRESIDENTE DE LA GMU, Pablo José Venzal Contreras.

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FICHA TÉCNICA DE LA EDIFICACIÓNIdentificación del edificio objeto de la ITE

Tipo de vía Dirección postal Nº Código postal

El edificio objeto de la presente ITE es de conformidad con el art. 2.2 de la vigente Ordenanza de ITE: Un edificio o cuerpo constructivo único. Parte (bloque, portal...) de un edificio o cuerpo constructivo único que es funcionalmente independiente del resto y las

patologías que presenta no afectan al conjunto del edificio.Identificación catastralSegún catastro, el edificio objeto de la ITE se ubica en: Referencia/s catastral/es que identifican al edificio.

Una parcela catastral.

Parte de una parcela catastral.

Varias parcelas catastrales.

Dirección Catastral:

Datos Identificativos del edificio objeto de la ITEDatos generales Superficie m2 parcela total m2 construidos

N° plantas sobre rasante bajo rasante

Antigüedad.(Según art. 5.2)

Año Licencia de Ocupación nº :

CFO fecha:

Otro medio de prueba:Elementos del edificioNº Viviendas: Nº Locales: Nº Oficinas: Nº plazas Garaje: Nº Trasteros: Otros:

Uso global Industrial Residencial Turístico Terciario Dotacional Otros

Protección PGOU Integral Global Parcial Jardines H. y Espacios P. Bienes Etnológicos

Propiedad u otros titulares legítimos de derechos reales sobre el edificio (l)Nombre: NIF/NIE/CIF

En calidad de:

Dirección Número Planta Puerta

País C.P. Provincia Municipio

Teléfonos (separados por ";") Correo electrónico

Representante de la propiedad o de otros titulares legítimos de derechos reales sobre el edificioNombre: NIF/NIE/CIF

En calidad de:Dirección Número Planta Puerta

País C.P. Provincia Municipio

Teléfonos (separados por";") Correo electrónico

(1) En caso de inmuebles con varios titulares, comunidades de propietarios o proindivisos, deberá designarse a una persona

que actúe en nombre y representación del resto.

Anexo IModelos oficiales

..

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INFORME DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE LA EDIFICACIÓN

Referencia Catastral:Dirección:

Técnico/s redactor/s del informeNombre y apellidosTécnico 1. Técnico 2:

NIF/NIE/CIF

Titulación: Colegio profesional:Técnico 1. Técnico 2

Número de colegiado:

DirecciónTécnico 1. Técnico 2:

Número Planta Puerta

País C.P. ProvinciaTécnico 1. Técnico 2

Municipio

Teléfonos (separados por ";")Técnico 1. Técnico 2

Correo electrónico

Fecha/s de la inspección

Medios empleados en la inspección

Los medios de inspección empleados han sido los necesarios para obtener un conocimiento suficiente de la edificación

Medidas inmediatas de seguridad adoptadas durante la inspección del inmueble

Estas medidas se atendrán a lo dispuesto en el art 3.2 de la Ordenanza de ITE

Se adjunta descripción completa en anexo

Se adjuntan Plano de situación en anexo Fotografías en anexo

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1 CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURA

Referencia Catastral:Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados

Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, a) de la Ordenanza de ITE Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes:

Al El edificio presenta la estructura en buen estado o con mínimas afecciones que no comprometen la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio o construcción, salvo vicios ocultos, y no requieren la realización de obras de reparación salvo aquellas propias de mantenimiento.

A2 El edificio presenta la estructura con desperfectos y deficiencias que pueden comprometer la resistencia mecánica y la

estabilidad del edificio o construcción, por lo que requiere la realización de obras de reparación. Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl, y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2.

Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente

Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia (Máx. 6 meses)Plazo de ejecución

Presupuesto estimativo

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgenciaSi se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2

Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licenciaPlazo de ejecución

Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

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2 FACHADAS Y MEDIANERAS

Referencia Catastral:Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados

Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, b) de la Ordenanza de ITE Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes:

Al El edificio presenta las fachadas y medianeras en buen estado o con mínimas afecciones que no suponen peligro para la vía pública o zonas interiores de la edificación, salvo vicios ocultos, y no requieren la realización de obras de reparación salvo aquellas propias de mantenimiento.

A2 El edificio presenta las fachadas y medianeras con desperfectos y deficiencias que pueden suponer peligro para la vía

pública o zonas interiores de la edificación por lo que requiere la realización de obras de reparación.Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl, y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2.

Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente

Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia (Máx. 6 meses)Plazo de ejecución

Presupuesto estimativo

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgenciaSi se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2

Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licenciaPlazo de ejecución

Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

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3 ESTANQUEIDAD E INSTALACIONES GENERALES

Referencia Catastral: Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados

Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, c) de la Ordenanza de ITE Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes:

Al El edificio presenta las cubiertas, paramentos, carpinterías exteriores y redes de fontanería, saneamiento y electricidad en buen estado o con mínimas afecciones que no afectan a la habitabilidad y uso efectivo, salvo vicios ocultos, y no requieren la realización de obras de reparación salvo aquellas propias de mantenimiento.

A2 El edificio presenta las cubiertas, paramentos, carpinterías exteriores y redes de fontanería, saneamiento y electricidad

con desperfectos y deficiencias que afectan a la habitabilidad y uso efectivo, por lo que requieren la realización de obras de reparación.

Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl, y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2.

Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente

Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia (Máx. 6 meses)Plazo de ejecución

Presupuesto estimativo

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgenciaSi se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2

Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licenciaPlazo de ejecución

Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

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4 OTRAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD, ACCESIBILIDAD Y ORNATO, QUE

AFECTEN A LA HABITABILIDAD Y USO EFECTIVO DE LA EDIFICACION

Referencia Catastral:Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados

Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, d) de la Ordenanza de ITE. Se estimarán otras condiciones no contempladas en los apartados anteriores que afectan a la habitabilidad y ornato público. Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes:

Al El edificio no presenta, salvo vicios ocultos, otras deficiencias no contempladas en los apartados anteriores referentes al mantenimiento o recuperación de las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo según el destino propio de la construcción o edificación.

A2 El edificio presenta otras deficiencias no contempladas en los apartados anteriores referentes al mantenimiento orecuperación de las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo según el destino propio de la construcción o edificación.

Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl , y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2.

Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente

Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia (Máx. 6 meses)Plazo de ejecución

Presupuesto estimativo

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgenciaSi se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2

Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licenciaPlazo de ejecución

Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

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EXISTENCIA DE PELIGRO INMINENTE

Referencia Catastral:Dirección:

El edificio presenta peligro inminente y requiere medidas de seguridad

Este apartado se cumplimentará sólo y excepcionalmente cuando concurran las circunstancias de peligro inminente descritas en el art 9.2.b) de la Ordenanza de ITE.

Las medidas que se pueden incluir en este apartado son aquéllas medidas provisionales de seguridad que de forma precautoria ypreventiva eliminen la situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmontaje de elementos sueltos, etc.

La propiedad del inmueble deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 3.

Descripción y justificación de la existencia de peligro inminente(máximo 1400 caracteres): Descripción completa en anexo

Descripción de las medidas (máximo 1400 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de inicioPlazo de ejecución

Presupuesto estimativo

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COMPROMISOS DE EJECUCION

Referencia Catastral:Dirección:

Cuando el edificio presente desperfectos y deficiencias, se cumplimentarán los Compromisos que a continuación se recogen

Compromiso de ejecución l: obras de conservación o rehabilitación

Cumplimentar cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación recoja en alguno de los apartados la necesidad de acometer obras de conservación o de rehabilitación de carácter no urgente en los términos previstos en el art. 9. 2 a) de la Ordenanza de ITE.

Don/Doña , en su calidad de del edificio de referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente informe de inspección técnica de la edificación, comprometiéndose a solicitar los permisos y licencias oportunas, y a iniciar y realizar la ejecución de las obras indicadas en el mismo en los plazos señalados, así como a presentar a su terminación la Certificación de la efectiva ejecución de las obras, en los términos señalados en el último párrafo del art. 9 de la Ordenanza de ITE.

Para que conste, lo firmo en a de de 20 .

Compromiso de ejecución 2: obras de conservación o rehabilitación en circunstancias de urgencia

Cumplimentar cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación recoja en alguno de los apartados la necesidad de acometer medidas de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancias de urgencia en los términos previstos en el art. 9.2 a) de la Ordenanza de ITE.

Don/Doña , en su calidad de del edificiode referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente informe de inspección técnica de laedificación, comprometiéndose a solicitar los permisos y licencias oportunas, a iniciar y realizar la ejecución de las obras indicadas en el mismo en los plazos señalados, así como a presentar a su terminación la Certificación de la efectiva ejecución de las obras, en los términos señalados en el último párrafo del art. 9 de la Ordenanza de ITE.

Igualmente, se compromete a hacer mención expresa, en la correspondiente solicitud de la licencia de obras, del carácter urgente de las obras solicitadas.

Para que conste, lo firmo en a de de 20 .

Compromiso de ejecución 3: ejecución de medidas provisionales de seguridad cuando el edificio presenta peligro inminente

Cumplimentar cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación señale en el apartado existencia de peligro inminente que el edificio requiere medias de seguridad en los términos previstos en el art. 9,2 b) de la Ordenanza de ITE.

Don/Doña , en su calidad de del edificio de referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente informe de inspección técnica de laedificación, comprometiéndose a adoptar, en los plazos señalados y bajo inspección técnica, todas aquellas medidas señaladas ante la existencia de peligro inminente, comunicando de forma inmediata a la Gerencia de Urbanismo, tanto su comienzo como su efectiva instalación, mediante los correspondientes Informes Técnicos justificativos, suscritos por el técnico competente encargado de la supervisión de las medidas señaladas.

Para que conste, lo firmo en a de de 20 .

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CONCLUSION FINAL Y FIRMA DEL DOCUMENTO

Referencia Catastral:Dirección:

Don/Doña como Técnico/s redactor/es del presente documento INFORMA, inspeccionado el edificio de referencia, utilizando paraello los medios adecuados para obtener el suficiente conocimiento del edificio:

Que el mismo REÚNE las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público definidas en la normativa vigente.

Que el mismo NO REÚNE las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, accesbilidad y ornato públicodefinidas en la normativa vigente.

Para que conste, lo firmo en a de de 20 .

Don/Doña , en su calidad de del edificio de referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente documento, así como el contenido de los COMPROMISOS cumplimentados.

Para que conste, lo firmo en a de de 20 .

En cumplimiento del art. 5 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este formulario y demás documentos que, en su caso, se adjunten con el mismo, serán incluidos, para su tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Almería, Gerencia de Urbanismo. Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de los expedientes administrativos de la Gerencia de Urbanismo del Excelentísimo Ayuntamiento de Almería y notificación de actos administrativos a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicación escrita a la Gerencia de Urbanismo. Ayuntamiento de Almería, Avda. Federico García Lorca, 73, 04004,Almería.

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CERTIFICACION DE LA EFECTIVA EJECUCION DE LAS OBRAS

Referencia Catastral:Dirección:

Don/Doña facultativo competente, en calidad de , en relación con la documentación técnica de la ITE elaborada para la edificación arriba referida, suscrita en fecha , por el Técnico ,con numero de expediente municipal , en la que se observaban desperfectos y deficiencias, y se proponían obrasde conservación o rehabilitación, habiendo girado visita de inspección a la edificación, en fecha , CERTIFICO:

Que las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, SE HAN REALIZADO de forma efectiva.

Que las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, NO SE HAN REALIZADO de forma efectiva.

Para que conste, lo firmo en a de de 20 .

En cumplimiento del art. 5 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este formulario y demás documentos que, en su caso, se adjunten con el mismo, serán incluidos, para su tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Almería, Gerencia de Urbanismo. Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de los expedientes administrativos de la Gerencia de Urbanismo del Excelentísimo Ayuntamiento de Almería y notificación de actos administrativos a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicación escrita a la Gerencia de Urbanismo. Ayuntamiento de Almería, Avda. Federico García Lorca, 73, 04004, Almería.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8121/12

AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA

A N U N C I O

Habiendo iniciado este Ayuntamiento procedimiento para la BAJA en el Padrón Municipal de habitantes, por haberse detectado la no residencia en el domicilio de inscripción padronal, de los ciudadanos que figuran en la relación adjunta y no habiendo sido posible su notificación en el último domicilio conocido, por medio del presente se ruega a los mismos, se presenten en el Ayuntamiento de Abrucena, en el plazo máximo de quince días naturales a partir de la publicación del presente anuncio, a fin de aclarar su situación padronal.

Asimismo se informa, que en caso de no atender este requerimiento, el Excmo. Ayuntamiento de Abrucena, actuará de oficio, a fin de completar el procedimiento previsto en el art. 72 del R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre, apartado II.1.c.2 de la Resolución de 9 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.

Lo que se comunica para general conocimiento de los interesados.Expediente: 01/12/PH- C/ Constitución, 25 Aniversario, nº 10 (Antigua C/ Santa Catalina, nº 14):- VASILE CHIRILA, PASAPORTE: 08953610- IOAN PAUL LAZARESCU, DOCUMENTO DE IDENTIDAD: TM-567597- ALINA ANCA STERP, DOCUMENTO DE IDENTIDAD: TM-453324En Abrucena, a 3 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Juan Manuel Salmerón Escámez.

8136/12

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

A N U N C I O

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y habiéndose intentado la notificación al interesado o a su representante legal, en dos ocasiones, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a esta Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado y numero de boletín de denuncia se especifican a continuación:

TRASLADOS DE RESOLUCIONES SANCIONADORAS DICTADOS POR EL ALCALDE POR INFRACCIONES EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL:

ApellidoY Nombre Identificador Nº Boletin Matrícula F Denuncia H Denuncia Art. Ley Lugar Infracción

ACOSTA ANTEQUERA JOSE 74709341M 9702945 -6176-CGJ 19/05/2012 12:30:00 18-2-B RGC AV OASIS, 0;

ALMERITURBA SL B04209664 161872- -3113-FMH 06/06/2012 12:37:03 9-bis-1A LSV NU EL EJIDO, 0;

AMHAOUACH ARAFA X9395509D 164735 B-8038-VP 02/06/2012 22:50:00 18-2-B RGC CL CERVANTES, 132;

HORTALIZAS HERRERA SL B04154456 163741- -9674-BJS 18/06/2012 09:21:54 9-bis-1A LSV NU EL EJIDO, 0;

IMPOR-CAR EJIDO SL B04560710 162367- -4664-FWG 21/06/2012 10:42:45 9-bis-1A LSV NU EL EJIDO, 0;

JIMENEZ CASTRO CARMEN 25997592W 162358 -2473-BTR 20/01/2012 16:16:00 94-2-E2 RGV CL JULIO CESAR, 030;

PONIENTERA COMERCIALIZ SL B04263208 161869- -7479-FCZ 06/06/2012 12:39:58 9-bis-1A LSV NU EL EJIDO, 0;

ZRF ALMERIPAPEL H SL B04188140 152893- -6326-FKR 28/06/2012 08:46:19 9-bis-1A LSV NU EL EJIDO, 0;

TRASLADOS DE RESOLUCIONES SOBRE RECURSOS POTESTATIVOS DE REPOSICIÓN, DICTADOS POR EL ALCALDE POR INFRACCIONES EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL:

Apellido y Nombre Identificador Nº Boletín Matrícula F Denuncia H Denuncia Art. Ley Lugar Infracción

AOUTIL MAHIBE DJAMAA 54200809K 154553 -6130-BSH 04/03/2011 00:50:00 3-1-B RGC CL CINE CON C/ ALMERIA

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TRASLADOS DE NOTIFICACIONES DE ACTOS DE INICIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL:

Apellido y Nombre Identificador NºBoletí Matrícula FDenuncia HDenunci Art.Ley Lugar InfracciónACERCA COMUN. Y SISTEMAS SL B92121250 166598- -7418-GVR 03/10/2012 08:28:00 9bis1A LSV NU EL EJIDO, 0; AMADOR FERNANDEZ ROCIO 75241678F 168216 R-4179-BCJ 27/08/2012 13:15:00 31-1B OMC AV PAIS VASCO,FRENTE CL. ALBAICINBACU MARCELA X5929289G 168376 AL-1934-AC 21/08/2012 11:40:00 94-2-A RGC CL JULIO CESAR, 0; FRENTE 92BUD NICUSOR FLORIAN X9128066X 167570 B-3952-VZ 15/08/2012 16:50:00 37-G OMC CL PRINCESA SOFIA, 104; CANZIO TIZIANO X6630268N 160399 -8082-DGY 27/07/2012 01:24:00 94-2E-2 RGC CL DRAGA, JUNTO EDIFICIO JALEOCARA BARRANCO ROCIO 53713037X 160400 -4507-GWY 29/07/2012 00:30:00 91-2M2 RGC CL DRAGA, JUNTO CAFE BAR VEREACATALA SELLER PATRICIA 48360271B 167716 -0221-BTX 15/08/2012 20:20:00 91-2-C2 RGC AV HISPANOAMERICA, 0; COBO DE LA CRUZ JOSE 24084579Z 167565 -6427-DYM 15/08/2012 16:42:00 37-G OMC CL PRINCESA SOFIA, 080; DASKALOV ALEKSANDAR TRAY X6785716A 161908 -2557-CBT 08/07/2012 15:40:00 37-G OMC CL DRAGA, 0; EDIFICIO JALEODOMINGUEZ PIEDRA PEDRO 45582715G 167440 -9386-CLM 08/08/2012 20:05:00 37-G OMC CL PEDRO VALDIVIA, 0; FRENTE 4EJITURBAS SLU B04421640 168256 -7819-HGG 16/08/2012 17:38:00 94-2-C RGC AV BULEVAR DE EL EJIDO, 357; FERNANDEZ FDEZ PURIFICACION 09181508T 168396 L-3925-X 02/09/2012 16:00:00 32-A OMC CL PERU, 0; FRENTE AL Nº 12FERRER MATEO JORGE 78033685K 166253 -7779-GKR 13/07/2012 21:09:00 57-1 RGC CL GARCIA ESPIN, CON M PELAYOFUTURAS INVER ANDALUZAS SL B04226221 167719 -6168-DFK 16/08/2012 16:16:00 94-2-E1 RGC PZ IGLESIA (LA), 0; GALAN DELGADO JUANA 54121391E 167443 -1229-CLH 16/08/2012 12:48:00 94-2-A RGC CL SEGOVIA, 0; CON CALLE MOYAGARBIN CASTAÑEDA MARIA JOSE 74910932R 168399 -4131-CTZ 05/09/2012 07:30:00 91-2M2 RGC CL CLAVEL, 0; FRENTE A 9GARCES CORTES MANUEL S 18111684N 167635 AL-6495-AD 10/09/2012 13:55:00 117-1-A RGC CR GUARDIAS VIEJAS, 0; SNGEORGIEV MITKO X9627053N 168422 B-1889-LF 05/09/2012 12:28:00 154-1-B RGC CL ALMIRANTE, 014; HARRAS KHALID X4000042C 165157 AL-9478-AB 26/05/2012 23:17:00 91-2M2 RGC CL CAMILO J CELA, ACCESO R FERIALJIMENEZ SUAREZ JOSE ANTONIO 08911957D 167515 -0453-CDW 15/08/2012 11:15:00 37-G OMC CL VIRGEN DE LAS MERCEDES, 017; KANNOUFA MAHJOUBA Y0409296W 167782 -2136-DHC 10/07/2012 09:41:00 94-2E2 RGC CL BERNINI, 0; CON RIO JUCARLOPEZ VARGAS ANTONIO 18112213N 168092 -2087-FGG 27/08/2012 00:50:00 94-2-E1 RGC CL DRAGA, 0; JUNTO EDFI JALEOMEDINA SOTO SANTIAGO 53714624X 167864 AL-9053-AJ 31/07/2012 18:10:00 94-2C RGC CL BERNINI, 0; FRENTE 17MOISA MARIA CERASELA X4528898Z 168523 -3924-GBF 12/09/2012 20:00:00 154-1B RGC CL ALVAREZ DE CASTRO, FRENTE 14MORENO LOPEZ JOSE 39119626F 163559 -6287-DDN 11/08/2012 01:25:00 91-2E-2 RGC CL FARO (DEL), 0; MOUBARIK ABDERRAHMANE X6881634B 166550 -9225-CHM 10/07/2012 09:50:00 91-2C-2 RGC CL MANOLO ESCOBAR, 025; MOYA MARTINEZ ROCIO 14624464Y 167300 -4885-FBX 04/07/2012 17:30:00 94-2-E1 RGC PZ CERBERO, 0; FRENTE A Nº 13NICULCIOIU GEORGICA X9127446B 167568 -7199-BST 15/08/2012 16:45:00 37-G OMC CL PRINCESA SOFIA, 096; NORVILIENE DAIVA X3919608V 167116 -7755-BDK 13/08/2012 01:16:00 171 RGC CL CELIA VIÑAS, JUNTO PL TORREONICA LILIANA MARIA X7988595M 168197 -8676-DTJ 16/08/2012 15:45:00 94-2-E1 RGC CL M COMUN, JUNTO H VICTORIAPEREZ RODRIGUEZ ANTONIO 27519708R 167567 AL-6955-AG 15/08/2012 16:45:00 37-G O OMC CL PRINCESA SOFIA, 090; PIERA CERVANTES RICARDO 46108811K 168518 B-9668-PC 12/09/2012 19:00:00 94-2-C RGC AV BULEVAR EJIDO FRENTE 370RODA MALDONADO JUAN LUIS 39371285T 167720 AL-9546-AH 16/08/2012 18:00:00 32-A OMC CL MAR (DEL), 072; RODRIGUEZ ACOSTA ANA MARIA 78036409P 167198 -3948-DSS 28/07/2012 00:27:00 94-2-E1 RGC CL DRAGA, 0; JALEORODRIGUEZ ROBLES GABRIEL 78035987T 167629 -6977-GPS 30/07/2012 09:05:00 3-1-B RGC CN PARAISO AL MAR 24, 0; RUIZ PEREZ ISMAEL 74828153E 168530 -3757-HJK 06/09/2012 11:53:00 32-B OMC CL TOLEDO, 136; SANCHEZ ANTEQUERA JUAN 27488850D 167631 -0853-CYW 12/08/2012 20:28:00 91-2C2 RGC AV HISPANOAMERICA ESQ. C/ ESTIONALSANTA GOMEZ FREDY X6677672J 168535 -7607-FFW 10/09/2012 16:29:00 94-2-A RGC AV BULEVAR DE EL EJIDO, 210; SEGALY SL B80900871 166120 - M-6391-XV 17/09/2012 12:58:04 9-bis-1A LSV NU EL EJIDO, 0; SEGOVIA FLORES ANGEL 50077159H 167444 -2814-GBC 17/08/2012 12:15:00 94-2-C RGC CL SEVILLA, 009; SUMINISTROS AGRICOL PEÑA SL B04600649 166863 -8884-GVV 28/08/2012 10:00:00 94-2-C RGC CL MIGUEL ANGEL, 0; TORRES RUIZ ANA MARIA 27248768R 168537 AL-0521-AJ 10/09/2012 17:14:00 155-1-A RGC CL HERM LIROLA CON BULEVARZARCO DUARTE ENRIQUE 22688258T 168501 -6626-GRD 05/09/2012 12:00:00 94-2-C RGC AV BULEVAR EJIDO, FRENTE 273

TRASLADO DE NOTIFICACIÓN DE ESCRITO DE REMISIÓN DE PRUEBAS DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL:

Apellido y Nombre Identificador Nº Boletin Matrícula F Denuncia H Denuncia Art. Ley Lugar Infracción

DIAZ PARRILLA JOSE LUIS 18110157A 165312 -3130-CYY 20/04/2012 02:45:00 94-2-A RGC CL TOLEDO CON CASTELLON

El órgano responsable de la tramitación de los procedimientos referenciados, es la Unidad de Servicios Fiscales del Área de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido.

Las personas responsables, como autores de los hechos en que consistan las infracciones, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DIAS, en la Unidad de Servicios Fiscales del Área de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido, contados desde el

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siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al efecto de practicar la notificación del citado acto. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Contra la Resolución Sancionadora, dictada por el Alcalde por Infracciones en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y que ponen fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer Recurso Reposición, con carácter potestativo, previo al Recurso Contencioso-Administrativo, ante el mismo órgano que lo dicto, la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, todo ello a tenor de lo dispuesto, en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la resolución del Recurso Potestativo de Reposición, dictado por el Alcalde por infracciones en materia de Tráfico, circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, que es firme en vía administrativa, el interesado podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo con sede en Almería, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se publica la presente notificación.

Contra la notificación del inicio del procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el denunciado dispondrá de un plazo de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, para optar por ejercitar cualquiera de los procedimientos sancionadores en materia de trafico descritos en el artículo 79 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, ya sea para realizar el pago voluntario por el procedimiento abreviado con las consecuencias establecidas en el artículo 80 LSV, o para proponer o aportar las pruebas que estime oportunas por el procedimiento ordinario, según lo previsto en el 81 de dicho texto legal. En caso de que el denunciado no formule alegaciones ni abone el importe de la multa en el plazo indicado, el acto de iniciación, notificado surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, según lo establecido en el apartado 5 del citado artículo 81 de LSV.

Contra la notificación del escrito de remisión de pruebas del procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, podrá interponer pliego de descargos y alegaciones, en el plazo de quince días, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, a tenor de lo estipulado en el artículo 81 apartado 3 y 4 de la LSV, y una vez concluida la instrucción del procedimiento, el órgano instructor elevará propuesta de resolución al órgano competente para sancionar par que dicte la resolución que proceda.

Dado en El Ejido (Almería), a 29 de Octubre de 2.012EL ALCALDE-PRESIDENTE , Francisco Góngora Carra.

8454/12

AYUNTAMIENTO DE FÉLIX

E D I C T O

D. Baldomero Martínez Carretero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Felix, (Almería)HACE SABER: Que el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión celebrada con carácter extraordinario con fecha 5 de

noviembre de 2012, acordó aprobar inicialmente el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2012. De conformidad con lo previsto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público, durante el plazo de quince días, para que cualquier interesado pueda examinarlo y presentar las reclamaciones que estime oportunas.

Si en el plazo expresado no se presentasen reclamaciones, el presupuesto y documentación anexa se considerará definitivamente aprobado sin más trámite.

En Felix, a siete de noviembre de dos mil doce.EL ALCALDE, Baldomero Martínez Carretero.

8464/12

AYUNTAMIENTO DE GÁDOR

A N U N C I O

A los efectos de lo dispuesto en el Art. 169 del R.D. Legislativo 2/ 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el Art. 177 del mismo Texto Refundido y art. 20.3 en relación con el art.38.2 del R.D.500/1990, de 20 de Abril, se pone en conocimiento general que en la Intervención de ésta Entidad Local se haya expuesto al público el expediente de Modificación del presupuesto n°3/2012 y ampliación de plantilla, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en Sesión Extraordinaria celebrada el día 8 de Noviembre de 2.012, que se nutrirá con Bajas en otras partidas no invertidas ni comprometidas.

Pág. 34 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

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Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el Art. 170 del R.D. Legislativo 2/ 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos taxativamente numerados en el número 2 de dicho Articulo, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de Exposición y Admisión de Reclamaciones: 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial Provincia.

b) Oficina de Presentación: Registro General.c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.Gádor, 12 de Noviembre de 2012.LA PRIMERA TENIENTE DE ALCALDE, POR DELEGACIÓN, Lourdes Ramos Rodríguez.

8113/12

AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA

E D I C T O

Este Ayuntamiento tiene definitivamente aprobada la Modificación del Reglamento Municipal de Participación Ciudadana.Entrará en vigor de conformidad con el art. 70.2 de la Ley 7/185, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.Contra dicho acuerdo que es definitivo en la via administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso

administrativo ante el Juzgado de Almería de dicho orden jurisdiccional en el plazo de dos meses, a contar del dia siguiente al de publicación del presente edicto en el BOP de Almería; y sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que tengan por conveniente.

Huercal de Almeria, a/31 da octubre de 2012. EL ALCALDE, firma ilegible.El texto de la modificación es el siguiente:Se añade al articulo 3, párrafo 1: “Asimismo se permite la grabación y difusión, en cualquier formato, de los Plenos Municipales

por parte de vecinos y vecinas que lo soliciten verbalmente a la Alcaldía antes de comenzar los mismos, siempre con respeto a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y restante normativa que resulte de aplicación. La Alcaldía solo podrá, de forma puntual, prohibir o limitar dichas actuaciones justificándolas en razones de espacio, concurrencia o alteración del orden”.

8436/12

AYUNTAMIENTO DE ORIA

E D I C T O

Don Marcos Reche Galera, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Oria (Almería).-HACE SABER: Que habiéndose aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2012,

el Presupuesto General del Ayuntamiento de Oria (Almería) para el ejercicio de 2.012, estará de manifiesto al público en la Secretaría de esta Entidad por espacio de 15 días hábiles, contados a partir de su publicación en el B.O.P. de Almería, durante cuyo plazo cualquier interesado podrá presentar contra el mismo las reclamaciones que estime pertinentes ante el Pleno de esta Corporación, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Transcurrido el plazo sin que se hubiera presentado ninguna, quedará definitivamente aprobado.

En Oria, a 12 de noviembre de 2012.EL ALCALDE, Marcos Reche Galera.

8078/12

AYUNTAMIENTO DE PARTALOA

E D I C T O

José González Rodríguez, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Partaloa de conformidad con lo establecido en el art. 49 LRBRL y artículo 17 TRLRHL y aplicación del art. 60 Ley 30/92 26 noviembre:

EXPONE:Se hace pública la puesta al cobro de la facturación correspondiente al 1. er semestre 2012 de los recibos de AGUA Y

ALCANTARILLADO , con fecha facturac. 15/08/2012.El período de cobranza en voluntaria será de 1 més contados desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOP.Se comunica a los interesados, que los padrones, se encontrarán a su disposición en la oficina del Excmo. Ayuntamiento de

Partaloa., sita en plaza CONSTITUCION, 1 de PARTALOA, en horario de 9 a 13 horas de lunes a viernes, durante el período de un mes a contar desde el día siguiente al inicio de la puesta al cobro de los recibos.

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B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 35

Los contribuyentes afectados podrán formular recurso de reposición conforme al artículo 223.1 de la Ley 58/2003 Gral Trib., durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de cobro en voluntaria.

El cobro se realizará de forma domiciliaria o a través de oficinas bancarias o de ahorro que se indican en la factura-recibo emitido al efecto.

Una vez finalizado el periodo voluntario, se iniciará el procedimiento de apremio de acuerdo con lo previsto en el vigente R. GR lo que determinará la exigibilidad del recargo de apremio establecido y el devengo de los intereses de demora hasta el ingreso de la deuda tributaria.

En Partaloa, a dos de noviembre de dos mil doce. EL ALCALDE PRESIDENTE, José González Rodríguez.

8434/12

AYUNTAMIENTO DE PULPÍ

E D I C T O

Juan Pedro García Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Pulpí (Almería).HAGO SABER: Que por el Pleno de la Corporación celebrado en Sesión Extraordinaria el veintidós de agosto de dos mil doce

fue Aprobado Inicialmente EL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2012.Dicho presupuesto ha sido sometido al preceptivo trámite de información pública mediante anuncio en el Tablón de Edictos del

Ayuntamiento de Pulpí y en el B.O.P. de Almería núm. 166 del pasado veintiocho de agosto de dos mil doce.Durante el periodo de exposición al público se presentó una alegación, que fue desestimada por el Pleno de la Corporación

celebrado en Sesión Extraordinaria, el veintiséis de octubre de dos mil doce y a su vez fue aprobado definitivamente. En cumplimiento de lo dispuesto por el art. 169.3 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobada por R.D.Leg.

2/2004 de 5 de marzo, se procede a la pu8blicación de dicho Presupuesto General resumido por capítulos, contra el cual podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

AYUNTAMIENTO DE PULPIEJERCICIO ECONOMICO 2012RESUMEN POR CAPITULOS

G A S T O S

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 Gastos de personal 2.310.172,722 Gastos en bienes corrientes y Servicios 6.045.964,043 Gastos Financieros 240.039,744 Transferencias corrientes 793.549,25

A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES 9.389.725,756 Inversiones Reales 264.340,867 Transferencias de Capital 361.523,828 Activos Financieros 1.651.386,409 Pasivos financieros 351.859,01

B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL 2.629.110,09Total Presupuesto 12.018.835,84

I N G R E S O S

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 Impuestos directos 4.604.979,102 Impuestos Indirectos 216.984,713 Tasas y Otros Ingresos 1.451.663,474 Transferencias Corrientes 4.323.350,485 Ingresos Patrimoniales 10.436,88

A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES 110.607.414,646 Enajenación de Inversiones Reales 194.452,877 Transferencias de Capital 100.453,248 Activos Financieros, 70.569,329 Pasivos financieros 1.651.386,40

B) INGRESOS POR OPERACIONES CAPITAL 2.016.861,83€Total Presupuesto 12.624.276,47

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EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO DE PULPI S.L.EJERCICIO ECONOMICO 2012RESUMEN POR CAPITULOS

G A S T O S

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 Gastos de personal 102.863,922 Gastos en bienes corrientes y Servicios 1.465.9803 Gastos Financieros 81.484,024 Transferencias corrientes 0

A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES 1.650.327,946 Inversiones Reales 07 Transferencias de Capital 08 Activos Financieros 09 Pasivos financieros 156.112,76

B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL 156.112,76Total Presupuesto 1.806.440,70

I N G R E S O S

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 Impuestos directos 02 Impuestos Indirectos 03 Tasas y Otros Ingresos 2.363.931,784 Transferencias Corrientes5 Ingresos Patrimoniales

A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES 2.363.931,786 Enajenación de Inversiones Reales 07 Transferencias de Capital 185.027,468 Activos Financieros, 09 Pasivos financieros 1.651.386,40

B) INGRESOS POR OPERACIONES CAPITAL 1.836.413,86Total Presupuesto 4.200.345,64

PRESUPUESTO GENERAL (CONSOLIDADO AYTO-EMS)EJERCICIO ECONOMICO 2012RESUMEN POR CAPITULOS

G A S T O S

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 Gastos de personal 2.413.036,64€2 Gastos en bienes corrientes y Servicios 7.511.944,04€3 Gastos Financieros 268.954,44€4 Transferencias corrientes 793.549,25€

A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES 10.987.484,37€6 Inversiones Reales 264.340,86€7 Transferencias de Capital 176.496,36€8 Activos Financieros 0€9 Pasivos financieros 507.971,77

B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL 948.808,99Total Presupuesto 11.936.293,36€

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B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 37

I N G R E S O S

CAPITULOS DENOMINACION EUROS1 Impuestos directos 4.604.979,10€2 Impuestos Indirectos 216.984,71€3 Tasas y Otros Ingresos 3.309.385,59€4 Transferencias Corrientes 4.323.350,48€5 Ingresos Patrimoniales 10.436,88€

A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES 12.465.136,76€6 Enajenación de Inversiones Reales 194.452,87€7 Transferencias de Capital 100.453,24€8 Activos Financieros, 18.000€9 Pasivos financieros 1.651.386,40€

B) INGRESOS POR OPERACIONES CAPITAL 1.964.292,51€Total Presupuesto 14.429.429,27€

PLANTILLA DE FUNCIONARIOS, PERSONAL LABORAL Y PERSONAL EVENTUALCORRESPONDIENTE AL AÑO 2.012

1.- Plantilla de Funcionarios Municipales:HABILITACIÓN NACIONAL.-

Secretario A1-30 .....................................................................................1Interventor. A1-28 ...................................................................................1

ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL:SUBESCALA TÉCNICA:

TAE Asesor Jurídico. A2-26 ...................................................................1Arquitecto Técnico. A2-26 .....................................................................1TAE Trabajadora Social A2-18 ...............................................................1

SUBESCALA ADMINISTRATIVA:Administrativos C1-22 ............................................................................2Administrativo C1-20 ..............................................................................2

SUBESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVO:Auxiliares Administrativos C2-18 ..........................................................10

SUBESCALA SUBALTERNA:Alguacil Portero E-11 ..............................................................................1Conserje Colegio. E-14 ..........................................................................1Operario Oficio Conductor. E-14 ……………………… ...........................1Obras y Servicios. E-14………………………………… .......................…6Limpieza. E-14 ………………………………………… ..................... ……1

FUNCIONARIOS EVENTUALESFuncionario eventual…………………………….....................……………1

SUBESCA LA DE SERVICIOS ESPECIALES:POLICIA LOCAL:Subinspector. A2-24 .............................................................................1Oficial. C1-22 … ....................................................................................1Policías Local C1-20 ............................................................................17

2.- Plantilla del Personal Laboral:SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y SERVICIOS:

Peones Limpieza E-14 ..........................................................................1Mantenimiento E-14 … ...........................................................................2

PERSONAL DE OFICIOS:Servicio de Parques y Jardines:Oficiales ..................................................................................................1Peones… ................................................................................................3Servicio de Cementerio:Peón .......................................................................................................1

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Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

SERVICIO DE DEPORTES:Monitor de tiempo libre E-13 .................................................................1

SERVICIO DE CULTURA Y JUVENTUD:Monitor de Cultura D-16 ……………………………………………….……1

CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES:Bibliotecaria B-16…….…………………………………………… .....……… 1

3.- Plantilla del Personal EventualCENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES:

Abogada CIM/Drogas A-20.....................................................................1Psicólogo ................................................................................................1Guadalinfo….......................................................................................... 1Trabajador Social ...................................................................................1Informadora CIM C-22 ............................................................................1Auxiliar Administrativo ............................................................................1Abogado inmigrantes..............................................................................1

SERVICIOS DE FOMENTO DE EMPLEOAndalucía Orienta A1-21 .......................................................................2

SERVICIOS DE APOYO PERIODO ESTIVALAyudantes Monitores Cultura/Deportes/Turismo ................................…7

OTROS SERVICIOSCurso Celador .......................................................................................1Curso Inglés ..........................................................................................2

Lo que se hace público para general conocimiento.En Pulpí a treinta y uno de octubre de dos mil doce.EL ALCALDE, Juan Pedro García Pérez.

8463/12

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

E D I C T O

D. Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería).HACE SABER: Que finalizado el periodo de exposición al público (B.O.P. Núm. 178 de fecha 13 de septiembre de 2012), y no

habiéndose presentado alegaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 9 de noviembre de 2012, se ha elevado a Definitiva la Aprobación Inicial de la Modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:

- O. F. Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.- O. F. Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Celebración de Matrimonio en forma Civil.- O.F Reguladora de la tAsa por Instalación de Puestos, Casetas de Venta, Espectáculos o Atracciones situados en terrenos

de uso Público e Industrias Callejeras y Ambulantes y Rodajes cinematrográficos.- O.F. Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa de Edificios e Instalaciones Municipales.- Establecimiento y Ordenación del Precio Público del Castillo de Santa Ana, del Museo Taurino, Sala de Usos Múltiples y

Plaza de Toros.

Por lo que que procede a la publicación del texto íntegro de las citadas modificaciones:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (I.B.I.)

Artículo 3º.-3º.2. El tipo de gravamen a aplicar en razón a su naturaleza es el siguiente:b) Cuando se trate de inmuebles de características especiales el 0,862 %c) Cuando se trate de inmuebles de naturaleza Urbana el 0,862 %.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICANo obstante el tipo de gravamen establecido en el articulo 3.2 apartados b) y c), de la presente Ordenanza fiscal, en

cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 8, apartado 2 del Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (BOE número 315, de 31.12.2011), será incrementado para el ejercicio de 2013 en el 4% a aquellos inmuebles a que se refiere el articulo 8, apartado 1,c) tomando como base el tipo de gravamen vigente en el ejercicio de 2011. ( 0,862+0,038:0,90%).

DISPOSICIÓN FINALLa presente Ordenanza entrará en vigor el próximo día 1 de enero de 2013, surtiendo efectos hasta que expresamente se

acuerde su modificación o derogación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CELEBRACION DE MATRIMONIOS EN FORMA CIVIL

ARTICULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZAEn uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de

abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del R.D. Legislativo . 2/2004 de 5 de marzo, por le que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Roquetas de Mar establece la Tasa por la prestación del servicio relativo a la celebración de matrimonio en forma civil, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real Decreto Legislativo.

ARTÍCULO 2.- HECHO IMPONIBLEConstituye el hecho imponible de esta tasa la prestación del servicio de carácter administrativo y protocolario con motivo de la

celebración de matrimonio en forma civil (en adelante matrimonio civil) en los términos establecidos en la presente Ordenanza.ARTÍCULO 3.- SUJETOS PASIVOSSon sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas que soliciten la celebración de matrimonio civil y, tras aportar la

documentación requerida al efecto, se les reservará día y hora para materializar dicho acto.ARTÍCULO 4.- EXENCIONES Y BONIFICACIONESNo se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la presente tasa.ARTÍCULO 5.- CUOTA TRIBUTARIA1. La cuota tributaria a exigir, consistirá en una cantidad que se determinará en función del edificio o instalación a utilizar, y si la

celebración tiene lugar en horario laboral (de lunes a viernes de 8,00 a 14 horas), en horario no laboral (de lunes a viernes desde 16 a 21,00 horas) y en festivos (se incluye sábados, domingos y festivos de 10,00 horas a 14 horas y de 16,00 a 21,00 horas).

2.- El cuadro de tarifas que se aplicará es el siguiente:

CUADRO DE TASAS -LUGAR DE CELEBRACION

CELEBRACION MATRIMONIO

CIVIL

HORARIO SALON DE PLENOSCASTILLO STA ANA Y

ANEXOSPLAZA DE TOROS Y

ANEXOSOTROS EDIF O

INSTALACIONESLABORAL 95,00 150,00 150,00 150,00

NO LABORAL 125,00 175,00 175,00 175,00

FESTIVO 150,00 225,00 200,00 200,00

3.-Cuando la celebración tenga lugar en edificios o instalaciones que no sean de titularidad municipal, la tarifa de aplicación será la correspondiente a la de “otros edificios “con una cuota de 200,00 euros, con independencia del día y hora de celebración.

4.- Las cuotas se abonarán mediante autoliquidación del interesado con motivo de la solicitud de celebración del matrimonio civil en las cuentas corrientes del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.

ARTÍCULO 6.- DEVENGO1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir, cuando se solicite la prestación del servicio, debiendo venir acompañada

del justificante acreditativo del abono de la tarifa que sea de aplicación. 2. Será preciso depositar el importe de fianza del 20% del importe total de la cuota total a satisfacer con un importe mínimo

de 60 euros, salvo cuando la celebración tenga lugar en el Salón de Plenos o en edificios o instalaciones privadas, que resultará exento.

La fianza responderá de los gastos ocasionados al Ayuntamiento y de los posibles daños que pudiera afectar a los bienes o instalaciones municipales con motivo de la celebración del matrimonio civil.

3. En caso de desistimiento formulado por el solicitante antes de la fecha prevista para la celebración la cuota a liquidar quedará reducida al 20% de la que corresponda por aplicación de la tarifa.

ARTÍCULO 7.- NORMAS DE GESTION1. La celebración del matrimonio civil en los edificios e instalaciones Municipales podrá realizarse:

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A) Siempre y cuando no haya programación municipal coincidente en fechas o de Asociaciones Socio Culturales e Instituciones que tengan un acuerdo de Colaboración con el Ayuntamiento, o que estén patrocinadas, subvencionadas y/o auspiciadas por el mismo.

B) Siempre que exista disponibilidad de recursos humanos para su atención y seguridad de las instalaciones.2. Las solicitudes de celebración de matrimonio civil deberán tramitarse al menos con sesenta días de antelación al evento, y

serán resueltas con una antelación no superior a un mes. Las solicitudes de más de un mes de antelación, serán consideradas como reservadas y condicionadas a la programación municipal y serán tramitadas con efecto real de un mes antes de la celebración del matrimonio.

3. Cuando la celebración del matrimonio civil comporte a petición del interesado la realización de actividades o prestación de servicios accesorios o complementarios a cargo del Ayuntamiento (medios materiales o humanos), deberá aprobarse una liquidación valorativa de los gastos de posible devengo, que deberán ser satisfechos por el interesado con carácter previo a su realización. Dicha liquidación tendrá carácter provisional a resultas de su efectiva ejecución, para la que se aprobará una liquidación definitiva, cuyo saldo si resulta a ingresar deberá ser atendido en los plazos establecidos conforme a la deudas de carácter tributario. Si el saldo es favorable al interesado, el Ayuntamiento procederá a su devolución.

Se consideran servicios accesorios o complementarios aquellos que excedan a lo dispuesto para la celebración, tales como la presencia de Alcalde o Concejal, Secretario y sala o espacio a utilizar en la misma.

DISPOSICION TRANSITORIA ÚNICA Los solicitantes de celebración de matrimonio civil que al día de entrada en vigor de la presente Ordenanza hubiese satisfecho

sus cuotas con arreglo a la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa de edificios e instalaciones municipales no les será de aplicación la nueva regulación establecida en ésta.

DISPOSICIÓN FINALLa presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, surtiendo

efectos hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR INSTALACION DE PUESTOS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACULOS O ATRACCIONES SITUADOS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO E INDUSTRIAS CALLEJERAS Y

AMBULANTES Y RODAJES CINEMATOGRÁFICOS

ARTICULO 6.- CUOTA TRIBUTARIALa cuota tributaria será la fijada en las tarifas de los siguientes epígrafes:Epígrafe 1º: Mercadillo de venta ambulanteOcupación de terrenos de uso público con puesto de venta, en el mercadillo semanal de Roquetas, por m2 o fracción y al año:

29,00 €ARTICULO 7 : DEVENGO Y PERIODO IMPOSITIVO7.1.- En los casos de los aprovechamientos definidos por los epígrafes 2º a 4º del artículo anterior:7.1.1: La tasa se devengará cuando se inicie el uso privativo o aprovechamiento especial, momento que, a estos efectos se

entiende que coincide con el de concesión de la licencia, si la misma fue solicitada.7.1.2: Será preciso depositar el importe de la tasa cuando se presente la solicitud de autorización para la utilización privativa

o aprovechamiento especial de que se trate.7.1.3: Cuando el uso privativo o aprovechamiento especial hubiera tenido lugar sin solicitar la licencia preceptiva, el devengo

de la tasa coincidirá con el inicio del aprovechamiento.7.1.4: El periodo impositivo coincidirá con el determinado en la licencia municipal7.2.- En los casos de los aprovechamientos definidos por el epígrafe 1º del artículo anterior:7.2.1: La tasa se devengará cuando se inicie el uso privativo o aprovechamiento especial, momento que a estos efectos, se

entiende que coincide con la concesión, produciéndose el devengo de la tasa en los ejercicios sucesivos con fecha 1 de enero de cada año.

7.2.2: El periodo impositivo comprenderá el año natural, salvo en el supuesto de inicio en el uso de la ocupación, emitiéndose a través de padrón dos recibos cada año por la cuota correspondiente a un semestre natural cada uno de ellos

7.2.3: Cuando se inicie la ocupación, la primera cuota se devengará mediante autoliquidación el primer día del mes siguiente a la concesión y comprenderá el periodo de tiempo entre dicho día y el último día del semestre natural en que se produzca el alta.

7.2.4: Cuando se cese, la última cuota devengada corresponderá al mes en que haya tenido lugar la baja, siempre que esta fuese comunicada al Ayuntamiento antes del día primero del mes natural siguiente al cese, y dará lugar, previa petición, a la devolución de la cuota correspondiente a los meses completos que resten por transcurrir del semestre natural en que este cese se produzca.

7.2.5: El impago de dos recibos consecutivos por esta tasa dará lugar al inicio inmediato del correspondiente procedimiento administrativo a efectos de rescisión de la concesión de la ocupación.

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7.2.6: En el mes de enero de cada año se expondrá al público el censo anual de concesionarios de puestos en los Mercadillos de venta ambulante, con referencia al día uno del mismo, que será aprobado por el Sr. Alcalde-Presidente y expuesto al público por un mes a efectos de posibles reclamaciones, elevándose a definitivo con la resolución de las mismas si las hubiese, estableciéndose dos recibos anuales, que comprenderá cada uno de ellos un semestre natural del año.

DISPOSICIÓN FINALLa presente Ordenanza fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de

aplicación desde el día 1 de enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACION PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES

Quedan suprimidos:1.- El apartado 1. Dos del artículo 5, que queda sin contenido al regularse expresamente, la prestación del servicio de

celebración del matrimonio civil en una nueva ordenanza fiscal. 2.-La entrada en vigor de la presente modificación será simultánea a la entrada en vigor de la ordenanza fiscal reguladora de

la tasa por prestación del servicio de celebración de matrimonio civil.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL CASTILLO DE SANTA ANA, DEL MUSEO TAURINO, SALA DE USOS MULTIPLES Y PLAZA DE TOROS

TÍTULO PRELIMINARArtículo 1. Objeto.La presente Ordenanza tiene por objeto regular el régimen jurídico de los precios públicos relativos a las visitas que se realizan

en los edificios e instalaciones del Castillo de Santa Ana y Centro de Interpretación, Edificio del Faro, el Museo Taurino, Sala de usos múltiples y Plaza de Toros, conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 41 y siguientes del RD Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TR de la LRHL.

Artículo 2. Concepto de precio público. Tienen la consideración de precio público del Ayuntamiento de Roquetas Mar las visitas a los recintos de los edificios ,

instalaciones y museos municipales recogidos en el artículo anterior, así como las realizadas a exposiciones temporales o permanentes, sean o no guiadas.

Dichas prestaciones se efectuarán en régimen de Derecho público en concurrencia con las realizadas por el sector privado, prestándose mediante solicitud voluntaria por parte de los administrados.

Articulo 3. Nacimiento de la obligaciónLa obligación a pagar nace desde el momento en que se pretende realizar la visita a los edificios o instalaciones mencionados. Articulo 4. Obligados al pagoEstarán obligadas al pago las personas físicas o jurídicas que visiten los edificios e instalaciones expresadas en el artículo 1

anterior.Articulo 5. CuantíasLa cuantía del precio público a satisfacer con arreglo a lo dispuesto en la presente ordenanza es la contenida en el siguiente

cuadro de tarifas:

CUADRO DE TARIFAS

I.- CASTILLO STA ANA Y DEPENDENCIAS A.- Visita al Castillo y Centro de Interpretación

TARIFAS IMPORTE EN EUROS1.- Entrada general, por persona 2,002.- Entrada reducida, por persona 1* 1,003.- Visita guiada, por persona 2* 2,50

NOTAS: 1*. La entrada reducida se aplicará a quienes acrediten el carnet joven, de estudiantes, de desempleados, de jubilados y

discapacitados. 2*. La visita guiada se realizará de martes a domingos y de 11,00 horas a 12,00 horas, siempre y cuando el grupo mínimo sea

de 15 personas.3*. Las exposiciones temporales serán gratuitas el día de la inauguración4.* La entrada gratuita se aplicara a quienes acrediten el carnet de amigos de la cultura del Ayuntamiento de Roquetas de Mar

y a los menores de 12 años.5*. Tendrá carácter gratuito la entrada al anexo del Faro de Roquetas de Mar

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II.- MUSEO TAURINO, PZA DE TOROS Y DEPENDENCIASB.- Visita al Museo taurino, pza de toros y dependencias

TARIFAS IMPORTE EN EUROS1.- Entrada general, por persona 2,002.- Entrada reducida, por persona 1* 1,003.- Visita guiada, por persona 2* 2,50 4.- Exposición temporal, por persona 1,00

NOTAS: 1*. La entrada reducida se aplicará a quienes acrediten el carnet joven, de estudiantes, de desempleados, de jubilados y

discapacitados. 2*. La visita guiada se realizará de martes a domingos y de 11,00 horas a 12,00 horas, siempre y cuando el grupo mínimo sea

de 15 personas.3*. Las exposiciones temporales serán gratuitas el día de la inauguración4.* La entrada gratuita se aplicara a quienes acrediten el carnet de amigos de la cultura del Ayuntamiento de Roquetas de Mar

y a los menores de 12 años. Artículo 6. Régimen de cobros.1. El pago de los precios públicos se efectuará con motivo de la entrada a dichos edificios o instalaciones, mediante la

expedición de las correspondientes entradas o tickes talonarios debidamente enumerados, custodiados por la Tesorería Local, que se entregarán al personal habilitado correspondiente, en cuyo caso tal ingreso será condición indispensable para la realización de aquélla.

2. El Ayuntamiento podrá celebrar Convenios de colaboración con otros organismos o entidades sin ánimo de lucro, con el fin de facilitar un acercamiento a la población de los recursos museísticos disponibles, pudiendo para ello aplicar una reducción en los precios comprendida entre el 20% y el 50%, de forma que redunde en beneficio de los colectivos sociales.

3.- El importe de la recaudación será ingresado por el habilitado, de forma periódica en las cuentas de titularidad municipal con arreglo a las instrucciones emanadas de la Tesorería Local.

4. El control y manejo de fondos será responsabilidad directa del Tesorero municipal, quien podrá dictar cuantas instrucciones estime pertinentes en orden a garantizar la corrección de los procedimientos de cobro y manejo de fondos.

Artículo 7. Devolución.Cuando por causas no imputables al obligado al pago, la visita se preste o realice, procederá la devolución del importe

correspondiente, previa acreditación de su pago por aquél.DISPOSICIÓN FINALLa presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, surtiendo

efectos hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados.Roquetas de Mar, a 9 de noviembre de 2012.EL ALCALDE-PRESIDENTE, Gabriel Amat Ayllón.

8124/12

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 15.1).E) de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Viator, instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos:

RECURSOS

Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado.

En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo -silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando.

FORMA DE PAGOEl importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes

posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del

segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo.

Expediente: 11/317-PU-SANombre: D. FRANCISCO JOSE OLIVER MARTINDNI: 75.724.156-ZLocalidad: PECHINA (ALMERIA)Domicilio: CMNO. CUESTA DE LAS VACAS, 1Resolución: 24/08/2012Notificación Resolución Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTO.Cuantía de la sanción: 150,00 euros.

Viator, a 20 de septiembre de 2012.LA ALCALDESA, María del Mar López Asensio.

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AYUNTAMIENTO DE VIATOR

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar el expediente sancionador por infracción de la Ley 9/1988, de 25 de noviembre, del Comercio Ambulante (art. 8.2.C.b)) instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación por dos veces, ésta no se ha podido practicar por causas no imputables a esta Administración.

En virtud de lo anterior dispongo que las personas responsables, como autores de los hechos en que consistan las infracciones, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS, en las oficinas de este Ayuntamiento, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo, se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

RECURSOSLa presente resolución, que es un acto administrativo de trámite no decisorio que inicia el procedimiento administrativo es

inimpugnable, por lo cual no puede presentar ningún recurso, sin perjuicio de impugnaren su día la decisión que ponga fin al mismo, si es contrario a sus derechos.

Contra la notificación del inicio del procedimiento sancionador, podrá interponer alegaciones, aportar documentos y proponer pruebas en el plazo de quince días, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, a tenor de lo estipulado en el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, significándole que si no efectúa alegaciones en el plazo indicado, la iniciación del procedimiento será considerado propuesta de resolución, según señala el artículo 13.2 del citado Reglamento, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo.

Expediente: 12/341-PU-SANombre: D. JUAN MUÑOZ GARCIADNI: 52.964.835-KDomicilio: BARRIADA LAS FLORES, BLQ. 5 P-3BLocalidad: PINOS PUENTE (GRANADA)Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTOViator, a 11 de octubre de 2012.LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio.

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AYUNTAMIENTO DE VIATOR

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

D.ª María del Mar López Asensio, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Viator (Almería), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del inicio del procedimiento sancionador por infracción de tráfico a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de las oficinas de este Ayuntamiento de Viator, a disposición de los interesados ante el cual les asiste el derecho a personarse y alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Iniciación: Mediante denuncia formulada por el Agente de la Autoridad (art. 73 RDL 339/1990).Autoridad Sancionadora: Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Viator (art. 71.4 RDL 339/1990).Alegaciones: En el plazo de quince días naturales, desde la notificación de la denuncia, podrá formular las alegaciones y

proponer o aportar las pruebas que estime oportunas (art. 12 RD 320/1994), significándole que si no efectúa alegaciones en el plazo indicado, la iniciación del procedimiento será considera propuesta de resolución, según señala el art. 13.2 del RD 1398/1993, con los efectos previstos en los arts. 18 y 19 del mismo.

Pago de la multa con reducción del 50% y efectos del pago: Si abona la sanción en el plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación se tendrá por concluido el procedimiento sancionador, con las consecuencias establecidas en el art. 80 RDL 339/1990.

Caducidad: Este procedimiento caducará al año de su iniciación sin que hubiera recaído resolución sancionadora expresa, salvo que concurran causas de suspensión (art. 92.3 RDL 339/1990).

Expte. Denunciado DNI / CIF Localidad Fecha Ley Art.

1020/2012 ENCARNACIÓN MUÑOZ GARCIA 77155829 PINOS PUENTE 23/07/2012 RGC 94.2-G.5Z

1034/2012 MATEO GARCIA DEL RIO Y FERNANDEZ 24186032 MALAGA 13/08/2012 RGC 154-5B

1046/2012 ANGEL VALDIVIA ENRIQUE 27493584M ALMERIA 27/08/2012 RGC 12.2.2B

1047/2012 DANIEL BELMONTE VIDAL 75260748X ALMERIA 22/08/2012 RGC 91.2.5J

1053/2012 ROSARIO FATIMA AMADOR OJEDA 43656794 TELDE 03/09/2012 RGC 94.2-C.5U

1058/2012 JULIAN MESTANZA HUERTAS 38471315 BARCELONA 10/09/2012 RGC 171-5A

En Viator, a 24 de octubre de 2012.LA ALCALDESA, María del Mar López Asensio.

8129/12

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

D.ª María del Mar López Asensio, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Viator (Almería), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la resolución de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa, por lo que los interesados disponen de un plazo de quince días naturales para hacer efectivo el importe y, transcurrido dicho plazo sin hacerse efectivo, se exigirá en vía ejecutiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del R.D. Legislativo 330/1990, de 2 de marzo.

Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos:

Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 45

Contra la desestimación expresa del recurso de reposición en su caso, o bien contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente.

En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo -silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución en el término para la interposición del recurso administrativo- será de seis meses desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimado.

FORMA DE PAGOEl importe de la sanción aprobada lo puede hacer efectivo en los siguientes términos:a) Si recibe la notificación entre los días 1 al 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes

posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último de mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del

segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio.

Expte. Denunciado DNI / CIF Localidad Fecha Ley Art.

169/2012 JOSE MANUEL RODRÍGUEZ MANÉ 76632104Z ALMERIA 10/04/2012 RGC 118.1.5A

191/2012 JOAQUIN MIGUEL CORTES AGUILERA 75712583X EL ALQUIAN 28/04/2012 RGC 154-5A

203/2012 ISAMEL AGUILERA CRUZ 75252583X ALMERIA 17/04/2012 RGC 19.1.5A

205/2012 ISMAEL AGUILERA CRUZ 75252583X ALMERIA 17/04/2012 RGC 143.1.5A

En Viator, a 24 de octubre de 2012.LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio.

8131/12

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 15.1.E) de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Viator instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos:

RECURSOSCon carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día

siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá

interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado.

En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo -silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando.

FORMA DE PAGOEl importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos:a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes

posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del

segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo.

Pág. 46 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Expediente: 11/318-PU-SANombre: D. ALVARO DE CORDOBA CORTES REYESDNI: 14273488-XLocalidad: LOJA (GRANADA)Domicilio: CMNO DE ZAGRA, 2Resolución: 24/08/2012Notificación Resolución Resultado: DESCONOCIDO / DESCONOCIDOCuantía de la sanción: 300,00 euros.

Viator, a 2 de octubre de 2012.LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio.

8133/12

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 8.1 de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos:

RECURSOSCon carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día

siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá

interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado.

En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo �silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando.

FORMA DE PAGOEl importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes

posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del

segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo.

Expediente: 11/392-PU-SANombre: D. JUAN RODRÍGUEZ PEINADODNI: 77.245.833-BDomicilio: CMNO. CUESTA DE LAS VACAS, 4Localidad: PECHINA (ALMERIA)Resolución: 29/08/2012Notificación Resolución Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTOCuantía de la sanción: 200,00 euros.

Viator, a 16 de octubre de 2012.LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 47

8135/12

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 8.1 de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos:

RECURSOSCon carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día

siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá

interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado.

En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo �silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando.

FORMA DE PAGOEl importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos:a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes

posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del

segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo.

Expediente: 11/402-PU-SANombre: D. FRANCISCO JOSE OLIVER MARTINDNI: 75.724.156-ZLocalidad: PECHINA (ALMERIA)Domicilio: CMNO. CUESTA DE LAS VACAS, S/NResolución: 29/08/2012Notificación Resolución Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTO.Cuantía de la sanción: 200,00 euros.

Viator, a 21 de septiembre de 2012.LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio.

8090/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

Por D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería), se HACE SABER:Que mediante las correspondientes Resoluciones de Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, se ha declarado la caducidad y acordado la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que figuran en la relación adjunta, por no haber solicitado la renovación expresa de su inscripción en el plazo de dos años desde su fecha de alta en el mismo o desde la fecha de la última renovación expresa.

Lo que se hace público mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

Pág. 48 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber sido imposible practicar la notificación en su último domicilio conocido.

Frente a estos actos, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, o recurso potestativo de reposición ante esta misma Alcaldía en el plazo de un mes, contados ambos a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación, no pudiendo simultanear ambos recursos; o cualquier otro que estime procedente en derecho.

A N E X O :

FECHA RESOLUCION CADUCIDAD APELLIDOS Y NOMBRE NIE/PASAPORTE10/10/2012 14/09/2012 ABBOU RODAINA X09726027V

10/10/2012 13/09/2012 BAGAYOKO MOUSSA Y00990769N

10/10/2012 27/09/2012 BAGHERI MOHAGHEGHI HANIYEH C1150513

10/10/2012 06/10/2012 BOUAALAGUA BILAL X09836180T

10/10/2012 21/09/2012 CHALH GHARIBA SF6413497

10/10/2012 21/09/2012 CHALH HOURIA U160845

10/10/2012 21/09/2012 CHALH MOHAMMED U160846

10/10/2012 27/09/2012 CHERHL JAOUAD W526903

10/10/2012 15/09/2012 CHKHOUNTI MOHAMED X04481655J

10/10/2012 04/10/2012 DABO MAHAMADOU B0209384

10/10/2012 17/09/2010 DATUCAMPUL TALI VICENTE X03218683V

10/10/2012 14/09/2012 DIAW MAMADOU A00225682

10/10/2012 30/09/2012 DOUMBOUYA KABINET R0314028

10/10/2012 18/09/2012 ESSAFIR ZAINAB Y01488907Q

10/10/2012 07/10/2012 KEITA LANCINE B0173961

10/10/2012 05/10/2012 OUABDI NABIL X08559218K

10/10/2012 21/09/2012 TOP MOUSTAPHA X08358339R

10/10/2012 13/09/2012 TRAORE BANFO Y00271884S

10/10/2012 22/09/2012 YUNCAR MARTINEZ DIEGO ALEJANDRO X07116147Q

10/10/2012 22/09/2012 YUNCAR MARTINEZ LUIS PIERO X07116129K

10/10/2012 27/09/2012 ZAKERI BEHZAD I10440397

En Vícar a 10 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8091/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. DECEBAL SEBASTIAN FULGA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X09110121M, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 49

8092/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. DARIA BEATRIZ FULGA IRIMEA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. , ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8093/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. MIHAELAOANA IRIMEA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. Y00652955E, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8094/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. FATIMA EZZAHRA EL OUAKILI, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08862151K, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

Pág. 50 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

8095/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. NADIA MEZZI, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08862010H, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

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AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. ABDERRAHMAN EL OUAKILI, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X06787012B, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8097/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T OHAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. HAMZA EL OUAKILI,

con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08862217H, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 51

8098/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T OAntecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 512/143/12, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña BENEDICT DANIEL SIMA con Identificador nº X06570057S habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 512/143/12, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de

D/Dª BENEDICT DANIEL SIMA, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8099/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T OAntecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña MARIUS VASILE BOTA con Identificador nº X06428854D habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de

D/Dª MARIUS VASILE BOTA, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8100/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T OAntecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo

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Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña MARIUS VASILE BOTA con Identificador nº X06428854D habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de

D/Dª MARIUS VASILE BOTA, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8101/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

Antecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 912/141/3, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña DORINA CALINA PUICA JURJ con Identificador nº XB264212 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 912/141/3, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/

Dª DORINA CALINA PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8102/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

Antecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 912/141/2, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña ALEXANDRU PUICA JURJ con Identificador nº 050475006 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 53

En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER:

Que el expediente con Rfª 912/141/2, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª ALEXANDRU PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

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AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

Antecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 912/141/4, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña FLORIN NICULAE PUICA JURJ con Identificador XB257465 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 912/141/4, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/

Dª FLORIN NICULAE PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

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AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

Antecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 912/141/1, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña ADRIANA VALENTINA PUICA JURJ con Identificador nº 050475007 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 912/141/1, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de

D/Dª ADRIANA VALENTINA PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

Pág. 54 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T OAntecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 612/141/4, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña MARIN MAN con Identificador nº RT760683 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 612/141/4, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de

D/Dª MARIN MAN con Identificador nº RT760683, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

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AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T OAntecedentes:El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización

de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).”

En relación al expediente con Rfª 211/21/142, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña TOADER VALER MOLDOVAN con Identificador nº X03337684Q habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería).En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 211/21/142, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL

de D/Dª TOADER VALER MOLDOVAN, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8108/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. RONALD ENRIQUE BOLIVAR HUARINGA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. 20531779R, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 55

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

8109/12

AYUNTAMIENTO DE VÍCAR

E D I C T O

HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. MIGUEL ANGEL BOLIVAR OSEDA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08164378E, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996.

Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumplen el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.En Vícar, a 19 de octubre de 2012.EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

Administración Autonómica7372/12

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Delegación Territorial de Almería

ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACIÓN

La Delegación Territorial ele Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Almería, HACE SABER, que por Resolución de 30 de mayo de 2012 de esta Delegación, ha sido otorgado el siguiente Permiso de Investigación:

NOMBRE: “CARDIAL I”EXPEDIENTE NUMERO: 40.625RECURSO: Sección DCUADRICULAS: 97 (noventa y siete)TÉRMINO MUNICIPAL AFECTADO: Níjar (Almería)TITULAR: Cardial Recursos Alternativos, S.L.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art 78.2 de la Vigente Ley de Minas de 21 de Julio ele 1973, y su correspondiente artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de Agosto de 1978.

LA DELEGADA TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO, Adriana Valverde Tamayo.

Pág. 56 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

7373/12

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Delegación Territorial de Almería

ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACIÓN

La Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Almería, HACE SABER, que por Resolución de 30 de mayo de 2012 de esta Delegación, ha sido otorgado el siguiente Permiso de Investigación:

NOMBRE: “CARDIAL II”EXPEDIENTE NUMERO: 40.626RECURSO: Sección DCUADRICULAS: 62 (sesenta y dos)TÉRMINO MUNICIPAL AFECTADO: Níjar (Almería)TITULAR: Cardial Recursos Alternativos, S.L.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art 78.2 de la Vigente Ley de Minas de 21 de Julio de 1973, y su correspondiente artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de Agosto de 1978.

LA DELEGADA TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO, Adriana Valverde Tamayo.

Administración del Estado8114/12

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ALMERÍASecretaria General – Unidad de Sanciones

E D I C T O

Por haber resultado desconocidas o ausentes las personas que se relacionan en los domicilios que se indican sin que por ello hayan podido notificar el correspondientes trámites en procedimientos sancionadores, se practica la presente notificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27.11.92), modificada por la Ley 4/99, de 13 de Enero (BOE 14.01.99)

I. Acuerdos de Inicio.

N° ED. APELLIDOS Y NOMBRE N.I.F./N.I.E. MUNICIPIO-PROVINCIA N°. EXPTE. PRECEPTO INFRIGIDO242/12 NOURREDINE HAIDA X3334040Y Cartagena-Murcia 7871/2012 L.O.1/1992-23.a)

AGUSTIN CUENCA SANCHEZ 27504105S Almería-Almería 7883/2012 L.O.1/1992-25.1JUAN CORTES CORTES 45601978Q Vera-Almería 7947/2012 L.O.1/1992- 26.i)MIGUEL MARTIN SANCHEZ GARCIA 27228325M Almería-Almería 7954/2012 L.O.1/1992- 26.i)JUAN MANUEL SANCHEZ GALDEANO 78034022J Berja-Almería 7955/2012 L.O.1/1992- 23.n)JURGITA ANTONEVICIUTE X7749803E Albox-Almería 7969/2012 L.O.1/1992- 26.i)JOSE ANTONIO ESCUDERO RODRIGUEZ 78039849K Vícar-Almería 7981/2012 L.O1/1992- 26.i)MIHAI GABRIEL CRACIUN Y1320191MI Ejido (El)-Almería 7983/2012 L.O.1/1992-25.1JOSÉ FRANCISCO LÓPEZ GUALDA 75712788P Níjar-Almería 7993/2012 L.O.1/1992-25.1FERNANDO COSTA JIMÉNEZ 05282201K Ejido (El)-Almería 7996/2012 L.O.1/1992-23.a)CUJBA DRAGOS X7588227K Guadalajara-Guadalajara 8018/2012 L.O.1/1992- 23.n)JAVIER PINILLOS CARDIEL 11863704M Madrid-Madrid 8025/2012 L.O.1/1992- 23.h)RAMÓN MANUEL PÉREZ MARTÍN 47074773Y Almería-Almería 8367/2012 L.O.1/1992-25.1ARANZAZU SANCHEZ GONZALEZ 77167443M Viator-Almería 8014/2012 L.O.1/1992- 23.n)ISAAC CONTRERAS CORTÉS 15427980V Roquetas de Mar-Almería 7823/2012 L.O.1/1992-25.1JAVIER LOPEZ MARTINEZ 77154281E Almería-Almería 7896/2012 L.O.1/1992-25.1ABDELLATYF KARDIDOA X6271047MI Ejido (El)-Almería 7960/2012 L.O.1/1992-25.1GODA VASILIUSKAITE X8050820S Albox-Almería 7967/2012 L.O.1/1992- 26.i)AROA RODRIGUEZ GARCIA 77152496P Huércal-Overa-Almería 7990/2012 L.O.1/1992- 23.n)BORJA QUINTANA GARCIA 49053268H Madrid-Madrid 8032/2012 L.O.1/1992- 23.n)

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B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 57

N° ED. APELLIDOS Y NOMBRE N.I.F./N.I.E. MUNICIPIO-PROVINCIA N°. EXPTE. PRECEPTO INFRIGIDOHALOQ EL GHANI X9516033J Níjar-Almería 8110/2012 L.O.1/1992-25.1HAMID ERGUIG X3193016H Níjar-Almería 8125/2012 L.O.1/1992-25.1FERMIN MORENO FERNANDEZ 75239998Y Almería-Almería 8130/2012 L.O.1/1992-25.1GERMÁN MUÑOZ VARGAS 54122368X Almería-Almería 8153/2012 L.O.1/1992-25.1NURIA VANESA REYES HERNANDEZ 45594473D Almería-Almería 8188/2012 L.O.1/1992- 26.i) y26.h)JUAN MARCELO GALARZA X8949536Y Almería-Almería 8536/2012 L.O.1/1992-25.1ANDRIY LYOVIN X4800939B Huércal-Overa-Almería 7435/2012 L.O.1/1992-25.1FRANCISCO RODRIGUEZ PARDO 76661690E Antas-Almería 7441/2012 L.O.1/1992-25.1ANDREAS MAXIMILIAN BARTZ Y2253086C Turón-Granada 7772/2012 L.O.1/1992-23.a)LUIS SANTIAGO AMADOR 34862068W Roquetas de Mar-Almería 7778/2012 L.O.1/1992-25.1MANUEL ALEJANDRO CAMPOY CRESPO 18113120E Adra-Almería 7813/2012 L.O.1/1992-25.1ROBERTO CARLOS JIMENEZ HERNANDEZ 75156087E Purullena-Granada 7814/2012 L.O.1/1992-23.a)ENRIQUE UBALDE RUIZ 75722103P Roquetas de Mar-Almería 7830/2012 L.O.1/1992-25.1FRANCISCO GALERA TRINIDAD 45596822N Albox-Almería 7840/2012 L.O.1/1992-23.a)JOSE ANTONIO ALONSO UBEDA 76658730Y Pechina-Almería 7853/2012 L.O.1/1992-25.1

De conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 1398 / 93 de 4 de Agosto, se le concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, significándole que una vez transcurrido el mismo, se dictará la procedente resolución, hayan hecho o no uso del trámite de referencia.

II. Resoluciones.

N° ED. APELLIDOS Y NOMBRE N.I.F./N.I.E DOMICILIO N°. EXPTE. ART. INFR. SANC.243/ 12 FRANCISCO LEAL GOMEZ 75729057Q Almería-Almería 4745/2012 L.O. 1/1992 -25.1 150€

SALAHEDOLINE SOUADI M0404476K Almería-Almería 4751/2012 L.O. 1/1992 -25.1 390€OSCAR LOZANO MORALES 75249061 F Almería-Almería 4832/2012 L.O. 1/1992 -25. 1301€JAVIER GARCIA COMPAN 75716375F Almería-Almería 4900/2012 L.O. 1/1992 -25.1 150€RAFAEL CEBA NAVARRO 7523383L Almería-Almería 6533/2012 L.O. 1/1992 - 23.n) 300€JUAN AMADOR HERNANDEZ 77166422L Huércal de Almería- Almería 6682/2012 L.O. 1/1992 -25.1 APREHENSIÓNJUAN MANUEL MOLINA DEL PINO 77248744R Almería-Almería 6534/2012 L.O. 1/199- 23.n) 300€OLEH SADOVYY X3914872L Vera-Almería 6699/2012 L.O. 1/1992- 26.h) 200€ILIASS JAMAI Y1962210W Jerez de la Frontera- Cádiz 6619/2012 L.O. 1/1992 -25.1 AprehensiónHASSAN AOURAGH X6849707P Pobla (Sa)-Baleares 6258/2012 L.O. 1/1992 -23.a) 300€

Contra esta sanción puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del Interior, el cual deberá presentarse en el plazo máximo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, bien ante la referida Autoridad o en este Centro. En el supuesto de que no hagan uso del derecho a recurrir, recibirán notificación de la Delegación de Economía y Hacienda informándole sobre plazo y forma de pago de la sanción, debiendo abstenerse de efectuarlo hasta que reciban la notificación.

IV. Resolución Recurso de Alzada.

N° ED. APELLIDOS Y NOMBRE N.I.F./N.I.E DOMICILIO N°. EXPTE. ART. INFR. SANC.244/12 ALFONSO RIPOLL LEON 54121411 L Ejido (El)-Almería 733/2012 L.O. 1/1992 -23.a) 250€

TRINIDAD SANTAMARIA CANO 78036019D Algeciras-Cádiz 8372/2011 L.O. 1/1992 -26.h) 150€AITOR GARCIA MUÑOZ 47796139T Castellbisbal- Barcelona 9313/2011 L.O. 1/1992 -23.a) 200€

Contra dicha resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio, o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, a su elección, y ello en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente, de conformidad con lo previsto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

En el supuesto de que no haga uso del derecho a recurrir, deberá hacerse efectiva la multa en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la finalización del plazo para interponer recurso. Transcurrido dicho término sin que el pago se haya efectuado, se ejercerán las facultades subsidiarias reservadas a la Autoridad para mantener la efectividad de las sanciones.

Almería, a 02/11/12.EL SECRETARIO GENERAL, Luis Hernández Jiménez-Casquet.

Pág. 58 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

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8120/12

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio AmbienteDEMARCACION DE COSTAS EN ANDALUCÍA-MEDITERRÁNEO

Servicio Provincial de Costas en Almería

E D I C T O

A los efectos de notificación previstos en el articulo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ante la imposibilidad de poder practicar directamente la notificación de las INCOACIONES de fecha 5 de septiembre de 2012, en los expedientes sancionadores que se citan, enviadas mediante carta certificada con acuse de recibo a los interesados que se relacionan en los domicilios que se indican, se llevan a cabo las mismas en el Boletin Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, insertándose a continuación:

- Expediente SAN01/12/04/0055, instruido a MANUEL LÁZARO MÁRQUEZ, domiciliado en C/. LA MERLUZA, 2 - 04150 CABO DE GATA (Almeria) , motivado por la ejecución no autorizada de « obras en zona de dominio público maritimo-terrestre consistentes en pérgola de estructura de madera y barca como asador de pescado, ocupando un total de 12 m2. Lugar: San Miguel de Cabo de Gata, en el término municipal de Almeria, entre los mojones M-14 y M-15 del expediente de deslinde DL-3-AL.

Estos hechos constituyen una infracción administrativa tipificada en el articulo 91.2.b) de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, como grave y sancionados en el articulo 97.1.b) de la misma Ley.

Asimismo se resuelve nombrar Instructor y Secretario de este expediente sancionador a los funcionarios afectos a este Organismo, Da. Amparo Castillo Precioso y D. Enrique Callejón Espinosa, respectivamente, al objeto de que si lo estima conveniente y en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, pueda promoverse recusación contra los designados Instructor y Secretario, mediante escrito, en el que se expresará la causa o causas en que se funda.

Se resuelve también acordar la inmediata paralización provisional de las obras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 103 de la Ley de Costas, con la advertencia de que en caso de incumplimiento de esta Orden se procederá al precintado o retirada de los materiales y maquinaria de la obra. Por el contrario, y para el caso de resultar pertinente la sanción, ésta podria reducirse hasta la mitad de su importe, si procede, en el plazo de 15 dias a corregir la situación ilegal creada, en cuyo caso deberá dar cuenta por escrito a este Servicio.

Asi mismo se le propone la obligación de demoler y retirar del dominio público maritimo- terrestre y de sus servidumbres las obras objeto del expediente sancionador, con las restituciones o reposiciones necesarias para dejar los terrenos en igual situación a la anterior, para la cuál se les concede un plazo de quince dias, apercibiéndole de que en caso contrario se procederá por la Administración a la ejecución subsidiaria con cargo a su costa, sin perjuicio de las multas coercitivas que puedan acordarse, conforme al articulo 107 de la Ley de Costas y 95 y siguientes de la Ley 30/92, de RJAP y PAC.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 192 y 194,8 del Reglamento de Costas (RD 1471/1989, de 1 d diciembre) y el artículo 13,2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora se le concede un plazo de diez días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y en su caso proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. Le informamos de que en caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de esta iniciación en el plazo previsto, ésta podrá ser considerada como propuesta de resolución.

En Almería, a 23 de octubre de 2012.EL JEFE DEL SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS, Miguel Angel Castillo Mesa.

8116/12

Ministerio de InteriorCOMISARIA NACIONAL DE POLICÍA

COMISARIA LOCAL DE EL EJIDO (ALMERIA) – BRIGADA LOCAL DE ESTRANJERÍA Y FRONTERAS

E D I C T O

Por haber resultado desconocidos los extranjeros que se relacionan en el último domicilio conocido, sin que, por ello, hayan podido notificarse en los mismos los trámites de esta Comisaría Local de Policia que se indican a continuación, se practica la NOTIFICACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

I. NOTIFICACIÓN DE LA INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREFERENTE DE EXPULSIÓN.

Nombre y Apellidos N.I.E. Domicilio Artículo Fecha1. LHOUSSINE EL GHALLOUSSI Y1317093N MOTRIL 53.1.A) 28/09/122. FATIHA ES SAHRAOUY Y2622788C LA MOJONERA 53.1.A) 19/09/12

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 59

Nombre y Apellidos N.I.E. Domicilio Artículo Fecha3. AZIZI LKOUCH Y1545033E ROQUETAS DE MAR 53.1.A) 25/09/124. RACHIDA MAMOU AOUICHA Y2633746F EL EJIDO 53.1.A) 25/09/125. ABLIA BOUCHRA Y2588607V EL EJIDO 53.1.A) 27/08/126. ABDESSAMAD DELLAHI X9565172R ROQUETAS DE MAR 53.1.A) 05/09/127. EL HOUCINE FANTIJI Y1506801Q TORROX 53.1.A) 05/09/128. MERYEM JANATI IDRISSI Y2595390S EL EJIDO 53.1.A) 15/10/129. SALAH AIT ABBOU X3252936T EL EJIDO 53.1.A) 25/09/1210. MOHAMED KAAHI Y2604830W EL EJIDO 53.1.A) 06/09/1211. LHOUSSAINE OUKOUJANE Y1888389B EL EJIDO 53.1.A) 25/09/12

COMUNÍQUESE al interesado que tiene un plazo de 2 días contados a partir del día siguiente a la publicación de dicho trámite para que pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo y vistas, en su caso, las alegaciones presentadas, se dictará la correspondiente resolución.

Almería, 31 de octubre de 2012.EL INSPECTOR JEFE, JEFE COMISARIA LOCAL, Ángel A. Fernández Rodríguez.

Administración de Justicia8139/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 473/11

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen:“SENTENCIA NÚM. 358 -En Almería a 03 de Octubre del dos mil doce. Visto por mi el Iltmo.Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO

TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Reclamación de Cantidad a instancia de Enrique González Domínguez frente a Aplican Innovaciones s.l., Global Torio s.l.

FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Enrique González Domínguez debo condenar y condeno solidariamente a las empresas Aplican Innovaciones SL y Global Torio SL a abonar a la parte actora la cantidad de 20.772,72 €, más el 10% de interés anual en concepto de indemnización por mora; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del art. 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que no es firme y haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, siendo indispensable que al anunciar la suplicación, si es la parte demandada quién lo interpone, acredite haber consignado 300 €. En BANESTO sito e Paseo de Almería, Oficina 3085 c/c núm.0238000036047311. Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la c/c. núm. 0238000036047311 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse esta última consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.”

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado .GLOBAL TORIO S.L... .que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en, expido el presente en Almería, a 03 de Octubre del dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

8140/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 863/11

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen:“SENTENCIA NÜM. 309.- En Almería a 07 de Septiembre del dos mil doce. Visto por mi el Iltmo.Sr. D. JUAN CARLOS

APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Despido a instancia de Francisco Manuel López Martín frente a Ingeniería y Medicina Preventiva s.l., PCG Despachos S.L. y AA.CC. Jorge Cobo García.

Pág. 60 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Francisco Manuel López Martín frente a las empresas PCG Despachos SL e Ingeniería y Medicina Preventiva SL debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que ha sido objeto la parte actora, y en consecuencia condeno solidariamente a las empresas demandadas a optar en el plazo de cinco días a partir de la notificación de sentencia, entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar, o extinguir la relación laboral, en cuyo caso deberán pagar al trabajador una indemnización por despido de 15.492,75 €, más los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se opte por la extinción de la relación laboral; condenando igualmente al administrador concúrsal D. Jorge Cobo García a estar y pasar por esta declaración. Y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del art. 33 del E.T.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoseles que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación, siendo indispensable que al anunciar el recurso de suplicación , si es la parte demandada quien lo interpone, acredite haber consignado 300 Euros en BANESTO, sito en el Paseo de Almería s/n, oficina 3085, cuenta corriente núm. 0238000036086311.

Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la cuenta corriente núm. 0238000036086311 el importe de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la reincorporación, o en su caso, la extinción de la relación laboral, y para el caso de que el empresario no optase por la readmisión, la consignación en el anterior número de cuenta de la cantidad objeto de indemnización , pudiendo sustituirse estas dos últimas cantidades por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, determinando la no aportación e los resguardos el que se tenga por desistido al recurrente.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado .INGENIERIA Y MEDICINA PREVENTIVA S.L... .que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Paseo Alcalde García Acien n° 78 EL EJIDO (ALMERIA) expido el presente en Almería, a 31 de octubre de dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

8141/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 0724/12, seguidos a instancias de Joaquín Guillén Moyay sobre Reclamación de Cantidad, contra la entidad Contratas Españolas 1, S.L., por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 22 mayo 2014 próximo a las 9,45 horas de su mañana, y para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial el mismo día y hora de las 9,05, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda.Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar

justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda.En cuanto a la Documental y Testifical a proponer en el acto del Juicio, en su momento y caso se acordará.Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 26 de octubre de 2012.EL SECRETARIO, firma ilegible.

8142/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 268/12, seguidos a instancias de Inmacuada Vázquez Diaz, sobre Cantidad, contra la entidad Lagomar Almerimar S.L., por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 28 de enero de 2014 próximo a las 9,45 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 61

harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda.Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar

justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda.En cuanto a la Documental y Testifical a proponer en el acto del Juicio, en su momento y caso se acordará.Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 26 de octubre de 2012.EL SECRETARIO, firma ilegible.

8143/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. Ejec. 268/11

sobre Cantidad, a instancia de Dª Inmaculada Palma Agullo contra Puertas Juvisa S.L., aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue:

DECRETO nº 615/12.Secretario Judicial D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL.En Almería, a veintiséis de octubre de dos mil doce.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante Dª Inmaculada Palma Agullo y de

otra como ejecutada, PUERTAS JUVISA S.L., se dictó resolución judicial despachando ejecución para cubrir un total de 3.929,596.SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencia de embargo, desconociéndose tras las necesarias averiguaciones

practicadas la existencia de bienes suficientes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

TERCERO.- Por resolución de fecha 18-04-12 se dió traslado al Fondo de Garantía Salarial a fin de que instase la práctica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHOUNICO.- Dispone el Art 276.1 de la LRJS que previamente a la declaración de insolvencia, si el Fondo de Garantía Salarial

no hubiere sido llamado con anterioridad, el Secretario Judicial le dará audiencia, por un plazo máximo de quince días, para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.PARTE DISPOSITIVAACUERDO:a ) Declarar al ejecutado, PUERTAS JUVISA S.L., en situación de INSOLVENCIA, con cif: B04458188, y domicilio en C/. Sierra

de Aracena s/n, Polig. Ind. La Juaida, Viator (Almería), por importe de 3.929,596 Euros que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta esta resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euro, en la cuenta del Juzgado Banesto, Entidad 0030, oficina 3085, n° de cuenta 0238-0000-64-026811, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL SECRETARIO JUDICIAL.Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A EL/LOS DEMANDADO/S, PUERTAS JUVISA S.L. que se encuentra/n

actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/ Sierra de Aracena s/n, Polig. Ind. La Juaida, Viator (Almería), expido el presente en Almería, a 26 de Octubre de dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución .479/09 aparece

dictado Decreto que es como sigue:JUZGADO DE LO SOCIAL N° 3 DE ALMERIAN° PROCEDIMIENTO: EJEC. 479/09 - CRCarretera de Ronda nura. 120, Bloque B, 6ª planta. ALMERIAEJECUTANTE: DON KLEBER MANRIQUE CARRION VASQUEZAbogado: C.C.O.O.Graduado Social:EJECUTADA: PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS S.L.ABOGADO:REPRESENTANTE TÉCNICO PROCESAL:DECRETO NUM: 585/12Secretario Judicial D. DONATO ALFEREZ MORALEn la Ciudad de Almería, a quince de Octubre de dos mil doce.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante DON KLEBER MANRIQUE

CARRION VASQUEZ y de otra como ejecutado, la empresa PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha, 3/05/10 para cubrir la cantidad de 15.355,58 Euros de principal,

SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencias de embargo, y se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba.

TERCERO.- Que por resolución de fecha 5/10/12 se dio traslado al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que instase la practica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHOÚNICO.- DE Conformidad con lo dispuesto en el Art. 276.1 y 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración

judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el Art. 250 de esta Ley.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,PARTE DISPOSITIVAACUERDODeclarar, a los efectos de las presentes actuaciones, en situación de INSOLVENCIA, al ejecutado,PROYECTOS Y

ECOESTRUCTURAS, S.L. con cif: num. B04526455 con ultimo domicilio conocido en C/ Rio Jucar num. 17, Villa Inés de HUERCAL DE ALMERIA (ALMERIA) por importe de 15.355.58 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.Notifíquese la presente resolución a las partes a los efectos oportunos.MODO DE IMPUGNACION: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante

quien dicta la resolución en el plazo de TRES DIAS DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 186 L.R.J.S.

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el Banesto, Oficina principal 3085, entidad 0030, n° de cuenta 0238-0000-64-0479/09, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.Y para que conste y sirva /de notificación al demandado PROYECTOS Y ESTRUCTURAS S.L. ..que se encuentran actualmente

en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Huercal de Almería (Almería) C/. Río Jucar, Villa Inés expido el presente en Almería, a 25 de Octubre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL, Donato Alférez Moral.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución 479/09 aparece

dictado Decreto que es como sigue:DECRETOSECRETARIO JUDICIAL D. DONATO ALFEREZ MORALEn la Ciudad de Almería, a tres de Septiembre de dos mil doce.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO: Por el Letrado del FONDO DE GARANTIA SALARIAL, se solicitó el embargo del crédito que pudiera existir en los

autos de ejecución núm. 1.034/2009 del Juzgado de Ia Instancia Na 1 de los de Almería.SEGUNDO: Que hasta el día de la fecha la empresa ejecutada PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. no ha satisfecho

las cantidades reclamadas en la presente ejecutoria.FUNDAMENTOS DE DERECHOUNICO: Dispone el articulo 700 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que, si el requerimiento para hacer, no hacer o entregar cosa

distinta de una cantidad de dinero no pudiere tener inmediato cumplimiento, el secretario judicial responsable de la ejecución, podrá acordar las medidas de garantía que resulten adecuadas para asegurar la efectividad de la condena. Asimismo, dispone que se acordará en todo caso, el embargo de bienes del ejecutado en cantidad suficiente para asegurar el pago de las eventuales indemnizaciones sustitutorias y las costas de la ejecución.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,PARTE DISPOSITIVAACUERDO: SE ACUERDA El EMBARGO DEL CREDITO que pudiera existir en los autos de ejecución núm. 1.034/2009 que se

sigue en el Juzgado de Primera num. Uno de los de Almería . frente a la misma ejecutada PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. suficientes a cubrir la cantidad de 15.355,58 Euros en concepto de principal, mas otros 1.535,55 Euros para intereses, mas otros 1.535,55 Euros, para gastos y costas, librándose exhorto al mencionado Juzgado a fin de que por la misma se tome la correspondiente anotación del reembargo trabado y lo participe a este Juzgado a la mayor urgencia posible.

La cantidad embargada será transferida a la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el BANCO ESPAÑOL DE CREDITO - BANESTO, 0030-1846- 42-0005001274 y en observaciones se pone: 0238-0000-64-0479/09.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DIAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado PROYECTOS Y ESTRUCTURAS S.L...que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en c/ Rio Jucar 17- Villa Inés Huercal de Almería (Almería) expido el presente en Almería, a 25 de Octubre de dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 324/11

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen:“SENTENCIA NÚM. 240.- En Almería, a veinte de Junio de dos mil doce. Visto por mi el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO

TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Reclamación de Cantidad por Vidas Puljanauskas frente a Electro-Renovables Herriga S.L.U. Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Vidas Puljanaikas debo condenar y condeno a la empresa Electro-Renovables Herriga SLU a abonar a la parte actora la cantidad de 2.521,61 €, más el 10% de interés anual en concepto de indemnización por mora.

Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que contra la misma no cabe recurso alguno y es firme.Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado ..ELECTRO - RENOVABLES HERRIGA

S.L.U... .que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/ Pintor Zabaleta, 45 de ALMERIA expido el presente en Almería, a 25 de Octubre de dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 0701/12, seguidos a instancias de María del Carmen Miñarro Salmerón, sobre Despido, contra las entidades Almerípapel Hogar, &Z. ZitF Almerípapel Hogar S.L., por medio del presente se cita a los legales representantes de dichas entidades, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 31 de enero de 2013 próximo a las 11:00 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se tiene por aportada la documental acompañada con el escrito de demanda para su momento procesal oportuno.Póngase en conocimiento de la parte demandada, en el momento de su citación, que el demandante ha solicitado la prueba

de su interrogatorio y que, en caso de admitirse ésta por el Magistrado Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio de parte no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente de los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración (art.91.2 y 91.4 L.R.J.S.).

Póngase en conocimiento de la demandada, en el momento de la citación, que el actor ha solicitado que aporte la prueba documental que indica la demandada cuya copia se acompaña, y que en caso de admitirse ésta por!el Magistrado-Juez en el acto de juicio, si no se hubieran aportado los documentos requeridos, sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas ppr la parte contraria en relación con la prueba propuesta.

Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 30 de octubre de 2012.EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución num. 19/12

sobre Despido, a instancia de DON CECILIO VAZQUEZ LOPEZ contra la empresa RAFAEL PEREZ MARTIN aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue:

AUTO.- En la Ciudad de Almería, a treinta de Marzo de dos mil doce.Dada Cuenta y concurriendo los siguientes:ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre partes ante este Juzgado en reclamación sobre DESPIDO, de una y

como demandante a DON CECILIO VAZQUEZ LOPEZ. con D.N.I. núm. 27.256.816-E y de otra y como demandado, la empresa RAFAEL PEREZ MARTIN, con CIF. num. 75.219.189-N, se dictó auto en fecha 15/02/12, por el que se declaraba extinguidas las relaciones laborales existentes entre el actor y la empresa demandada, condenando a este ultimo a que abonara a la actora cantidades por Indemnización, así como por Salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de dicha resolución, por importe total de 26.047’67 Euros.-

SEGUNDO.- La referida resolución adquirió la condición de firme al no haber sido recurrida por ninguna de las partes.TERCERO: Que, ha tenido entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante solicitando la ejecución del auto de

extinción por la vía de apremio, toda vez que la demandada no ha hecho efectivo el importe de la condena de forma voluntaria.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- El Ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde, exclusivamente,

a los juzgados y tribunales determinados en las Leyes y en los tratados internacionales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan ( art. 117.3 C.E. y art. 2 de la LOPJ).

SEGUNDO. Conforme a lo previsto en los artículos 237 de la Ley Reguladora de la ‘ Jurisdicción Social , las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta ley, siempre a instancia de parte, continuándose de oficio su tramitación una vez iniciada (art. 237 L.R.J.S.).

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TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 551 de la L.E.C. procede dictar el presente Auto conteniendo la orden general de ejecución de la sentencia, ya firme, recaída en las presentes actuaciones por concurrir los presupuestos y requisitos procésales necesarios para proceder a la misma.

En atención a lo expuesto,PARTE DISPOSITIVAProcédase a la ejecución del auto de extinción firme de condena recaída en las presentes actuaciones a instancia de DON

CECILIO VAZQUEZ LOPEZ, y frente a la empresa, RAFAEL PEREZ MARTÍN, por la cantidad de 26.047’67 Euros de principal, más la de 2.604’76 Euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 2.604’76 Euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado.

Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA. Doy fe.

DECRETOEn la Ciudad de Almería, a treinta de Marzo de dos mil doce.ANTECEDENTES DE HECHOUNICO.- Por resolución de fecha, 30/03/12, en virtud de solicitud presentada en este Juzgado, se acordó en estos autos

despachar ejecución contra los bienes del deudor, empresa RAFAEL PEREZ MARTÍN que hoy se sigue para la efectividad de la sentencia y auto de extinción dictado en las presentes actuaciones, que condenó a la demandada a pagar 26.047’67 euros de principal, pendientes de pago, así como para hacer efectivo el importe de 2.604’76 Euros calculados para intereses y otros 2.604’76 Euros presupuestados para gastos y costas.

FUNDAMENTOS DE DERECHOUNICO.- En atención a lo dispuesto en el articulo 551.3 de la L.E.C., de aplicación a la ejecución laboral, dictado el auto por

el Juez o Magistrado, El Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el siguiente día hábil a aquel en que se hubiera despachado ejecución, dictará decreto en eí que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, así como el contenido del requerimiento de pago que, en su caso, deba hacerse.

En Atención a lo expuesto,PARTE DISPOSITIVASe acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, RAFAEL PEREZ MARTIN

suficientes para cubrir la cantidad de 26.047’67 Euros en concepto de principal, más la de 2.604’76 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 2.604’76 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592,2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, pro cédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de TRES días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano en BANESTO 0030, OFICINA 3085, al núm. 0238-0000-64-0019/12 , debiendo especificarse por la parte en el campo “concepto” del documento, que se trata de un “Recurso de Revisión” seguido del Código “31””.

Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL.-

DECRETO NUM: 617/12 Secretario Judicial D. DONATO ALFEREZ MORAL .- En la Ciudad de Almería, a veintinueve de Octubre de dos mil doce.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Qué en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante DON CECILIO VAZQUEZ

LOPEZ y de otra como ejecutado, la empresa RAFAEL PEREZ MARTIN, se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha, 30/03/12 para cubrir la cantidad de 26.047,67 Euros de principal.

SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencias de embargo, habiéndose embargado a la parte ejecutada la cantidad de 17,76 Euros, que le fue entregada a la parte actora el dia 22/05/12 y se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba.

TERCERO.- Que por resolución de fecha 3/09/12 se dio traslado al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que instase la practica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos.

Pág. 66 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

FUNDAMENTOS DE DERECHOÚNICO.- DE Conformidad con lo dispuesto en el Art. 276.1 y 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración

judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el Art. 250 de esta Ley.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,PARTE DISPOSITIVAACUERDODeclarar, a los efectos de las presentes actuaciones, en situación de INSOLVENCIA, al ejecutado, RAFAEL PEREZ MARTIN

con cif: num. 75.219.189-N con ultimo domicilio conocido en C/. Baza núm.6, C.P. 04740 de ROQUETAS DE MAR (ALMERIA) por importe de 26.029,91 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.Notifíquese la presente resolución a las partes a los efectos oportunos y a la ejecutada mediante Edictos, librándose los

despachos necesarios.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante

quien dicta la resolución en el plazo de TRES DIAS DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 186 L.R.J.S.

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el Banesto, Oficina principal 3085, entidad 0030, n° de cuenta 0238-0000-64-0019/12 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el fonnato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.Y para que conste y sirva./he NOTIFICACION A LA EMPRESA EJECUTADA RAFAEL PEREZ MARTIN que se encuentra

actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/. Baza n°6, El Solanillo de Roquetas de Mar ( Almería) expido el presente que firmo en Almería, a veintinueve de Octubre de dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

8149/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución .195/11 aparece

dictado Auto y Decreto que es como sigue:EJEC. 195/11 - CRDILIGENCIA DE CONSTANCIA.-En la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once.La extiendo yo, el Secretario Judicial para hacer constar que se presentó el anterior escrito con su copia por la representación

del trabajador demandante en las presentes actuaciones, instando la ejecución de la sentencia, dictada en las mismas, de lo que doy cuenta a S.Sª, doy fe.

AUTO.- En la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once.Dada cuenta y concurriendo los siguientes:ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre partes ante este Juzgado en reclamación sobre CANTIDAD, de una y

como demandante a DON JOSE MARIA AVILA SEGURA, con D.N.I. n° 75.209.245-G y de otra y como demandado, GRANITOS JIMARSA, S.L., con CIF núm. B04064739 se dictó Sentencia en fecha 27/10/10 por el que se estimaba íntegramente la demanda, condenando a la parte demandada al pago de las cantidades mencionadas en la misma.

SEGUNDO.- La referida sentencia, adquirió la condición de firme al no haber sido recurrida por ninguna de las partes.TERCERO: Que ha tenido entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante solicitando la ejecución de la Sentencia

por la vía de apremio, toda vez que la demandada no ha hecho efectivo el importe de la condena de forma voluntaria.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- El ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde, exclusivamente,

a los juzgados y tribunales determinados en las Leyes y en los tratados internacionales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan ( art. 117.3 C.E. y art. 2 de la LOPJ).

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 67

SEGUNDO. Conforme a lo previsto en los artículos 235.1 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta ley, siempre a instancia de parte, continuándose de oficio su tramitación una vez iniciada ( art. 237 L.P.L).

TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 551 de la L.E.C. procede dictar el presente Auto conteniendo la orden general de ejecución de la sentencia, ya firme, recaída en las presentes actuaciones por concurrir los presupuestos y requisitos procésales necesarios para proceder a la misma.

En atención a lo expuesto,PARTE DISPOSITIVAProcédase a la ejecución de la Sentencia, firme de condena recaída en las presentes actuaciones a instancia de DON JOSE

MARIA AVILA SEGURA, frente a la empresa, GRANITOS JIMARSA, S.L. por la cantidad de 12.706’02 Euros de principal, más la de 1.270’60 Euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 1.270’60 Euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado.

Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, el lltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA. Doy fe.

DECRETOEn la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once.ANTECEDENTES DE HECHOUNICO.- Por resolución de fecha, 7/06/11, en virtud de solicitud presentada ante este Juzgado, se acordó en estos autos

despachar ejecución contra los bienes del deudor GRANITOS JIMARSA, S.L. que hoy se sigue para la efectividad de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, que condenó a la demandada a pagar 12.706’02 euros de principal, pendientes de pago, así como para hacer efectivo el importe de 1.270’60 Euros calculados para intereses y otros 1.270’60 Euros presupuestados para gastos y costas.

FUNDAMENTOS DE DERECHOUNICO.- En atención a lo dispuesto en el articulo 551.3 de la L.E.C., de aplicación a la ejecución laboral, dictado el auto por

el Juez o Magistrado, El Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el siguiente día hábil a aquel en que se hubiera despachado ejecución, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, así como el contenido del requerimiento de pago que, en su caso, deba hacerse.

En atención a lo expuesto,PARTE DISPOSITIVASe acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, GRANTIOS JIMARSA. S-

L. suficientes para cubrir la cantidad de 12.706’02 Euros en concepto de principal, más la de 1270’60 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 1.270’60 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de cinco días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano en BANESTO 0030, OFICINA 3085, al núm. 0238-0000-64-0195 /ll, debiendo especificarse por la parte en el campo “concepto” del documento, que se trata de un “Recurso de Revisión” seguido del Código “31””.

Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL. -

Y para que conste y sirva de notificación al demandado GRANITOS JIMARSA S.L...que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Ctra. Lorca -Baza Km. 65.500 CANTORIA (ALMERIA) expido el presente en Almería, a 29 de Octubre de dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

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8150/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA

E D I C T O

Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución 195/11, aparece

dictado Decreto que es como sigue:JUZGADO DE LO SOCIAL N° 3 DE ALMERIAC/. Canónigo Molina Alonso n° 8, 5º.- Tfo: 950-002680/81.N° PROCEDIMIENTO: EJEC. 195/11 - CREJECUTANTE: DON JOSE MARIA AVILA SEGURAAbogado: C.C.O.O.Graduado Social:EJECUTADA: GRANITOS JIMARSA S.L.ABOGADO:REPRESENTANTE TÉCNICO PROCESAL:DECRETOSecretario Judicial D. DONATO ALFEREZ MORAL.En la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante DON JOSE MARIA AVILA

SEGURA y de otra como ejecutado, la empresa GRANITOS JIMARSA, S.L. se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha, 7/06/11 para cubrir la cantidad de 12.706’02 Euros de principal.

SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba.TERCERO.- Que en las actuaciones de ejecución n° 376/09 del Juzgado de lo Social num. Cuatro de Almería, se dictó auto

de Insolvencia en fecha 16/02/10, frente al común deudor, GRANITOS JIMARSA, S.L. al no haber encontrado ningún bien sobre los que trabar el embargo después de la oportuna investigación judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHOÚNICO.- DE Conformidad con lo dispuesto en el Art. 274.3 de la Ley de Procedimiento laboral, la declaración judicial de

insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el art. 248 de esta Ley.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,PARTE DISPOSITIVAACUERDODeclarar, a los efectos de las presentes actuaciones, en situación de INSOLVENCIA, al ejecutado, GRANITOS JIMARSA.

S.L. con último domicilio conocido en Carretera de Lorca-Baza km. 65.500 C.P. 04B50 de CANTORIA (ALMERIA) por importe de 12.706’ 02 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.Notifíquese la presente resolución a las partes a los efectos oportunos.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante

quien dicta la resolución en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 186 LPL.

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el Banesto, Oficina principal 3085, entidad 0030, n° de cuenta 0238-0000-64-0195/11 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.Y para que conste y sirva de notificación al demandado GRANITOS JIMARSA S.L...que se encuentran actualmente en

ignorado paradero, Ctra. Lorca-Baza km. 65.500 y que tuvo su último domicilio conocido en Ctra. Lorca -Baza, Km. 65.500 Cantona (Almería) expido el presente en Almería, a 29 de Octubre de dos mil doce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

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8465/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CUATRO DE ALMERIA

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 362/2012. Negociado: ALSobre: ** DespidosN.I.G.: 0401344S20110005466De: D/Dª. ILIE ANDRECAContra: D/Dª. MULTISERVICIOS FERMAR S.L.

EDICTO - CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 362/2012, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE ALMERIA y su provincia en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancia de ILIE ANDRECA contra MULTISERVICIOS FERMAR S.L., se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 A LAS 10:45 horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA N° 120 Bloque B PTA 6 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción social debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a MULTISERVICIOS FERMAR S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a veinticinco de octubre de dos mil doce.LA SECRETARIA JUDICIAL, firma ilegible.

8117/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO VENTISEIS DE MADRID

N.I.G.: 28079 4 0013099 / 2012 07410.N° AUTOS: DEMANDA 301 /2012MATERIA: ORDINARIO.DEMANDANTE/S: NICOLAE URS.DEMANDADO/S: DIEGO AYEN TORRENTE, PEPEMARUCA TRANSPORTES SL.

E D I C T O

D. Fernando Alonso de Lera, Secretario del Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid.HAGO SABER: Que por propuesta de providencia dictada en el día- de la fecha, en el proceso seguido a instancia de

D. NICOLAE URS contra DIEGO AYEN TORRENTE y PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el n° 301/2012 se ha acordado citar a la mercantil PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 31 de ENERO de 2013 A LAS 9:10 HORAS, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio,que tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 26 sito en C/. PRINCESA 3-8°, MADRID, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios adscrito a este Juzgado.

En Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil doce.EL/LA SECRETARIO JUDICIAL, Fernando Alonso de Lera.

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8118/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO VENTISEIS DE MADRID

N.I.G.: 28079 4 0013099 /2012 07320.N° AUTOS: DEMANDA 301 /2012MATERIA: ORDINARIO .DEMANDANTE/S: NICOLAE URS.DEMANDADO/S: DIEGO AYEN TORRENTE PEPEMARUCA TRANSPORTES SLFECHA DE JUICIO: 31 ENERO 2013 a las 9:10 horas

CEDULA DE CITACION

En Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil doce.En el proceso tramitado por este Juzgado de lo Social en base a la demanda presentada por D. NICOLAE URS contra DIEGO

AYEN TORRENTE y PEPEMARUCA TRANSPORTES SL en materia de ORDINARIO se ha dictado resolución de esta misma fecha cuya copia literal se acompaña.

De conformidad con los Art. 82.2 y 83 de la L.P.L. se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intentan valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Y para que sirva de notificación y citación a V.d., expido la presente en Madrid, 23 marzo 2012.EL SECRETARIO JUDICIAL, firma ilegible.ADVERTENCIA.- Se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser

sancionado con multa de 12,02 a 120,20 eur. si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasionen.

8119/12

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO VENTISEIS DE MADRID

N.I.G.: 28079 4 0013099 /2012 YM068.N° AUTOS: DEMANDA 301 /2012MATERIA: ORDINARIO .DEMANDANTE/S : NICOLAE URS.DEMANDADO/S: PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, DIEGO AYEN TORRENTE.

DECRETOSecretario Judicial D. FERNANDO ALONSO DE LERA.En Madrid, a veintitres de marzo de dos mil doce.ANTECEDENTES DE HECHOSPRIMERO.- D. NICOLAE URS presenta demanda contra PEPEMARUCA TRANSPORTES SL y DIEGO AYEN TORRENTE.SEGUNDO.- Se ha requerido a NICOLAE URS para que subsane el defecto advertido en la demanda, en el plazo de

cuatro días.TERCERO.- La parte demandante ha subsanado el defecto formal advertido en tiempo y forma legales.FUNDAMENTOS DE DERECHOUNICO.- Subsanados en tiempo y forma por el demandante los defectos formales advertidos en su demanda procede su

admisión y de conformidad con el Art. 82 de la LPL señalo el próximo día 31 ENERO 2013 a las 9:10 horas para la celebración del acto del juicio en la sala de vistas de este JDO. DE LO SOCIAL N. 26 sita en Madrid, calle Princesa, 3 - 8a planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial a las 9:10 horas del mismo día.

Vistos los preceptos legales mencionados, y demás de general y pertinente aplicación,

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PARTE DISPOSITIVAACUERDO:- Admitir a trámite la demanda presentada.Señalar el próximo día 31 ENERO 2013 a las 9:10 HORAS para la celebración del acto de conciliación ante el Secretario

Judicial y, en su caso, del acto del juicio.Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión

del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

- Requerir la DOCUMENTAL solicitada en la demanda.Notifíquese la presente resolución a las partesMODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de

CINCO DIAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL SECRETARIO JUDICIAL, Fernando Alonso de Lera.

8123/12

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO OCHO DE ALMERÍA

N.I.G.: 0401342C20120009489Procedimiento: Expediente de dominio. Exceso de cabida 1213/2012. Negociado: T3Sobre EXCESO DE CABIDASolicitante D/ña. MARGARITA CRISTINA MARTINEZ PERALES, ANTONIO MARTINEZ IBORRA y ADOLFINA MARTINEZ

PERALES.Procurador/a Sr/a. MARIA DOLORES FUENTES MULLOR.Letrado/a Sr./a.: JOSE LUIS GARZON LOPEZ.

E D I C T O

Don Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia N° 8 de Almería.HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio. Exceso de cabida 1213/2012 a

instancia de MARGARITA CRISTINA MARTINEZ PERALES, ANTONIO MARTINEZ IBORRA y ADOLFINA MARTINEZ PERALES en relación a la siguiente finca:

- RÚSTICA.- Tierra de regadío, en las Lomas, Moyo de Zamora, término de Vícar, de cabida inscrita tres mil seiscientos metros cuadrados, que linda: Norte, parcela 29 de José Antonio Funes Robles y parcela 107 de Maria Perales Ruiz; Sur, parcela 42 de Rafael Ibáñez Torres y parcela 36 de Cristóbal García López; Este, camino; y Oeste, parcela 36 de Cristóbal García López y parcela 33 de Miguel Rivas Gualda.- Referencia Catastral. Parcela 34 del polígono 22 de Vícar. Esta finca es el resto al que ha quedado reducida la de este número tras las segregaciones reseñadas por nota al margen de la anterior inscripción 1ª. Registro: Tomo 1924, del Libro 148 de Vícar, del Registro de la Propiedad n° 3 de Roquetas de Mar, finca registral n° 12.952, inscripción 3ª.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Así mismo se cita a los colindantes cuyo domicilio es desconocido para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Almería, a veinticuatro de octubre de dos mil doce.EL/LA SECRETARIO, firma ilegible.

8110/12

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE EL EJIDO

N.I.G.: 0490242C20120003412Procedimiento: Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 740/2012.Negociado: AFSolicitante D/ña. JUAN GONZALEZ GONZALEZ y FILOMENA MATARIN CUADRAProcurador/a Sr/a. ESPERANZA HURTADO MARINLetrado/a Sr./a.: ELENA ISABEL CARA FUENTES

Pág. 72 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

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E D I C T O

D./ña Maria del Carmen Maldonado Villegas Secretaria del Juzg de Primera Inst. e Instruc. N° 3 de El Ejido.HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 740/2012

a instancia de JUAN GONZALEZ GONZÁLEZ y FILOMENA MATARIN CUADRA expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas: FINCA REGISTRAL N° 4592 DE FELIZ DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 DE ROQUETAS DE MAR.

RUSTICA: TROZO DE TIERRA DE SECANO, EN EL PARAJE CORTIJO DEL OBISPO, TERMINO DE FELIZ, DE CABIDA SEIS CELEMINES IGUAL A TREINTA Y DOS AREAS. DIECINUEVE CENTIAREAS, SETENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS, QUE LINDA: PONIENTE CON TIERRAS DE MANUEL GONZALEZ MUÑOZ LEVANTE CON OTRAS DE JOSE IBAÑEZ, NORTE GABRIEL IBAÑEZ Y SUR CARRIL VIEJO.

HOY LINDA: NORTE Y OESTE JUAN GONZALEZ GONZÁLEZ, ESTE DIEGO GONZALEZ RODRIGUEZ Y SUR , CARRIL VIEJO.Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes

pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En El Ejido, a nueve de octubre de dos mil doce.EL/LA SECRETARIA, María del Carmen Maldonado.

8152/12

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE VERA

Procedimiento: J. FALTAS 224/2010. Negociado: 2P.N.I.G.: 0410043P20100005237.De: DOMINGO JOSÉ FLORES FLORES.Procurador/a: Letrado/a:Contra: DIEGO ANTONIO CASANOVA SERNA.Procurador/a: Letrado/a:

E D I C T O

D./Dña. María Rosario Navas García Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vera.DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas nº 224/2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento

y parte dispositiva dice:SENTENCIA NÚM.En Vera, a 16 de MAYO de 2012.D. Julio Jesús Enríquez Mozo, Juez titular del Juzgado Primera Instancia e Instrucción nº 3 de este Partido Judicial, ha visto

en juicio verbal y público los autos del JUICIO DE FALTAS 224/2010 seguido por FALTA DE ESTAFA, en el que han sido partes, como denunciante Domingo José Flores Flores, y como denunciado Diego Antonio Casanova Serna, y en calidad de perjudicado la Estación de servicio Las Cinco Piezas.

Ha intervenido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.FALLO.- CONDENO a DIEGO ANTONIO CASANOVA SERNA como autor de una falta de ESTAFA a la pena de CUARENTA

Y CINCO DÍAS de multa con una cuota diaria de SEIS EUROS (270,00 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Asimismo, el condenado deberá indemnizar a la Estación de Servicio Las Cinco Piezas en la cantidad de euros 59,94 euros.Se imponen las costas causadas al condenado.Notifíquese esta sentencia a las partes. Contra la misma cabe RECURSO DE APELACIÓN que deberá interponerse ante

este Juzgado en el PLAZO DE CINCO DÍAS contados desde la notificación de esta sentencia que será resuelto por la Audiencia Provincial de Almería.

Llévese esta sentencia al Libro de su clase dejando testimonio suficiente en los autos.Así por esta mi sentencia juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmoY para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a DIEGO ANTONIO CASANOVA SERNA, actualmente paradero

desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Almería, expido la presente en Vera, a veintinueve de octubre de dos mil doce.EL/LA SECRETARIO, María Rosario Navas García.

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Pág. 73

8153/12

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE VERA

Procedimiento: J. FALTAS 268/2012. Negociado: 2P.N.I.G.: 0410043P20100003546.De: JUAN ANTONIO JIMENEZ YAÑEZ.Contra: JOSE JAVIER SANCHEZ MENGUAL Y DAVID BALLESTER SÁNCHEZ.

E D I C T O

D./Dña. María Rosario Navas García Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vera.DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas nº 268/2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento

y parte dispositiva dice:SENTENCIA NÚM.En Vera, a 7 de SEPTIEMBRE de 2012.Julio Jesús Enríquez Mozo, Juez titular del Juzgado Primera Instancia e Instrucción nº 3 de esta ciudad y de su Partido

Judicial, ha visto en juicio verbal y público los autos del JUICIO DE FALTAS 268/2012 seguidos por FALTA DE COACCIONES, en el que han sido partes como denunciante Juan Antonio Jiménez Yánez y como denunciados José Javier Sánchez Mengual y David Ballester Sánchez.

No ha intervenido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.FALLO.-1. ABSUELVO a JOSE JAVIER SÁNCHEZ MENGUAL Y DAVID BALLESTER SÁNCHEZ de los hechos enjuiciados.2. Se declaran las costas de oficio.Notifíquese esta sentencia a las partes. Contra la misma cabe RECURSO DE APELACIÓN que deberá interponerse ante

este Juzgado en el PLAZO DE CINCO DÍAS contados desde la notificación de esta sentencia que será resuelto por la Audiencia Provincial de Almería.

Llévese esta sentencia al Libro de su clase dejando testimonio suficiente en los autos.Así por esta mi sentencia juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.PUBLICACIÓN. La anterior sentencia ha sido leída, en el día de su fecha por el Juez que la dictó y firmó, estando celebrando

audiencia pública. Doy fe.Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a JUAN ANTONIO JIMENEZ YAÑEZ , JOSE JAVIER SANCHEZ

MENGUAL y DAVID BALLESTER SANCHEZ, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Almería, expido la presente en Vera, a treinta de octubre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO, María Rosario Navas García.

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COMUNIDAD DE REGANTES S.N. DEL BARRANCO DE SIERRA NEVADAFiñana (Almería)

CONVOCATORIA DE ASAMBLEAL GENERAL EXTRAORDINARIA

Por medio de la presente se convoca a los usuarios de esta Comunidad de Regantes para el próximo día 1 de diciembre de 2012 sábado, a las 11:00 h. de la mañana, en primera convocatoria y a las 11:30 h. en segunda, tendrá lugar Asamblea General Extraordinaria de la Comunidad de Regantes de S.N. Del Barranco de Sierra Nevada de Fiñana en el Teatro Municipal de Fiñana (Almería), con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1.- Ratificación en sus respectivos cargos de todos los miembros de la Junta Directiva de esta Comunidad.2.- Encargo al Sr. Presidente a fin de que lleve a cabo cuantas gestiones resulten necesarias a fin de obtener la definitiva

inscripción de los derechos de agua de esta Comunidad en los pertinentes registros de la Administración competente.3.- Encargo al Sr. Presidente para que lleve igualmente a cabo, cuantas gestiones sean necesarias para la adaptación de los

Estatutos de esta Comunidad a la legislación vigente.En Fiñana, a 13 de noviembre de 2.012.EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD, Juan Francisco Clares García.

Pág. 74 Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012 B.O.P. de Almería

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009)Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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NOTARIA DE MARÍA BEGOÑA MARTÍNEZ-AMO GÁMEZSORBAS (Almería)

E D I C T O

María Begoña Martínez-Amo Gámez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía con residencia Sorbas.HAGO CONSTAR:Que en esta notaría se tramita ACTA DE NOTORIEDAD instada “GABRIEL LÓPEZ GUERRERO, S.L.”, domiciliada en Antas

(Almería), Polígono Industrial Aljoroque, sin número y con C.I.F. número B04499414, para la inscripción de un exceso de cabida sobre las siguientes fincas:

1).- RÚSTICA.- Trozo de tierra de secano en el paraje Pieza de los Eucaliptus, denominado hoy paraje Capellanías, término de Sorbas, con una superficie de tres hectáreas sesenta áreas, según Registro, si bien según reciente medición su cabida es de cuatro hectáreas, tres áreas y doce centiáreas. Linda: Norte, Francisco Colomer Luque y Antonio Ruiz García, hoy la mercantil Green Almería, S.L. y Antonio Ruiz García; Sur, Francisco Colomer Luque, hoy la mercantil Green Almería, S.L.; Este, Antonio Ruiz García; y Oeste, Manuel Matas Espejo, hoy Francisco Semper Franco.

Está cruzada por el Camino de los Marteles, que la separa en las dos parcelas por la que está formada.INSCRIPCIÓN.- Tomo 1996, libro 173, folio 90, finca 18020, inscripción 4ª.REFERENCIA CATASTRAL.- Está formada por las parcelas 18 y 111 del polígono 41 de Sorbas, con referencias catastrales

04086A041000180000EK y 04086A041001110000ET.Tiene una superficie inscrita de tres hectáreas sesenta áreas, si bien según su reciente medición su cabida es de cuatro

hectáreas, tres áreas y doce centiáreas, existiendo pues, un exceso de cabida de CUARENTA Y TRES ÁREAS Y DOCE CENTIÁREAS.

2).- RÚSTICA.- Trozo de tierra de secano en el paraje Capellanías Bajas, término de Sorbas, con una superficie de diez hectáreas, treinta y nueve áreas y cincuenta y un centiáreas, de las que dos hectáreas, cuarenta áreas y cuarenta y seis centiáreas son de riego, si bien según reciente medición su cabida es de diecinueve hectáreas, setenta áreas y noventa y nueve centiáreas, todas ellas de secano.

Linda: Norte, Juan Antonio Sánchez Sánchez y Manuel Matas Espejo, hoy la mercantil aquí requirente, Don Francisco Semper Franco y la mercantil “Green Almería, S.L.”; Sur, Francisco Mañas Cintas, Ana Martínez Ramos y Juan Antonio Sánchez Sánchez, hoy la mercantil aquí requirente, Ernesto Muñoz Fernández, Antonio Ruiz García y Ana Martínez Ramos; Este, camino de Los Marteles; y Oeste, Genoveva Muñoz Fernández y Francisco Mañas Cintas, hoy la mercantil aquí requirente y Genoveva Muñoz Fernández.

Está cruzada por el Barranco de Las Capellanías.INSCRIPCIÓN.- Tomo 2199, libro 194, folio 91, finca 18021, inscripción 5ª.REFERENCIA CATASTRAL.- Está formada por las parcelas 90 y 91 del polígono 41 de Sorbas, con referencias catastrales

04086A041000900000ED y 04086A041000910000EX.Tiene una superficie inscrita de diez hectáreas, treinta y nueve áreas y cincuenta y un centiáreas, de las que dos hectáreas,

cuarenta áreas y cuarenta y seis centiáreas son de riego, si bien según reciente medición su cabida es de diecinueve hectáreas, setenta áreas y noventa y nueve centiáreas, todas ellas de secano, existiendo pues, un exceso de cabida de NUEVE HECTÁREAS, TREINTA Y UNA ÁREAS Y CUARENTA Y OCHO CENTIÁREAS.

3).- RÚSTICA.- En el paraje denominado Las Capellanías, término de Sorbas, tierra de secano, con una superficie de dos hectáreas, noventa y tres áreas y setenta y cinco centiáreas, si bien según reciente medición su cabida es de tres hectáreas, cuatro áreas y veinte centiáreas. Linda: Norte, herederos de Juan Mañas López, hoy la mercantil requirente; Sur, Isabel Mañas, hoy la mercantil requirente; Este, Francisco Soler y Juan Antonio Sánchez Sánchez, hoy Green Almería, S.L. y la mercantil requirente; y Oeste, Francisco Soler y Antonio Ramírez, hoy Genoveva Muñoz Fernández y Ernesto Muñoz Fernández.

Es la parcela 96 del polígono 41 de Catastro.INSCRIPCIÓN.- Tomo 1969, libro 171, folio 132, finca 17911, inscripción 3ª.REFERENCIA CATASTRAL.- 04086A041000960000EZ.Tiene una superficie inscrita de dos hectáreas, noventa y tres áreas y setenta y cinco centiáreas, si bien según reciente

medición su cabida es de tres hectáreas, cuatro áreas y veinte centiáreas, existiendo pues, un exceso de cabida de DIEZ ÁREAS Y CUARENTA Y CINCO CENTIÁREAS.

DATOS COMUNES A TODAS LAS FINCAS:TÍTULO.- El de compra a Don Juan Antonio Sánchez Sánchez en virtud de escritura otorgada ante el Notario de Vera, Don

Francisco Vidal Martín de Rosales, el día 31 de Marzo de 2010, bajo el número 1.183 de su protocolo.Durante el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su publicación, podrán comparecer ante mí los interesados para

exponer y justificar sus derechos.En Sorbas, a cinco de noviembre de dos mil doce.LA NOTARIA, María Begoña Martínez-Amo Gámez.