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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN AYUNTAMIENTO DE BOECILLO AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO AREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y SERVICIOS SOCIALES. Servicio de Familia e Igualdad. Acuerdo por el que se aprueba la convocatoria del Programa "Años de Oportunidad" por el que los ayuntamientos pueden solicitar la celebración de Cursos y Talleres de Promoción de la autonomía personal. Página 5 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Acuerdo por el que se nombra como personal eventual el puesto de responsable de la Gestión de la Comunicación Institucional Página 13 Aprobación provisional de modificación del Reglamento Orgánico Municipal de Aldeamayor de San Martín Página 14 INTERVENCIÓN. Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2019 Página 16 Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria mediante suplemento de crédito. Página 17 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2019-189 Jueves, 3 de octubre de 2019 Núm. 189 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2019-189 Núm. 189 Jueves, 3 de octubre de 2019 Pág. 1

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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

AYUNTAMIENTO DE BOECILLO

AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

AREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y SERVICIOS SOCIALES.Servicio de Familia e Igualdad. Acuerdo por el que se aprueba laconvocatoria del Programa "Años de Oportunidad" por el que losayuntamientos pueden solicitar la celebración de Cursos y Talleres dePromoción de la autonomía personal. Página 5

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Acuerdo por el que se nombra comopersonal eventual el puesto de responsable de la Gestión de laComunicación Institucional Página 13

Aprobación provisional de modificación del Reglamento OrgánicoMunicipal de Aldeamayor de San Martín Página 14

INTERVENCIÓN. Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio2019 Página 16

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AYUNTAMIENTO DE CISTÉRNIGA (LA)

AYUNTAMIENTO DE CISTÉRNIGA (LA)

AYUNTAMIENTO DE FOMBELLIDA

AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA

AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL MARQUÉS

Exposición pública del proyecto técnico "Renovación de la red desaneamiento en Camino Herrera –desde arqueta reunión PK 0+000 hastaarqueta de enlace PK 0+500- FASE 1". Página 18

Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria13/2019. Página 19

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2018 Página 20

Extracto de la resolución de fecha 27-09-2019 por la que se convocanayudas para material escolar para alumnado 2º ciclo educación infantilcurso 2019-2020 Página 21

Extracto de la resolución de de fecha 27-09-2019 por la que se convocanayudas para adquisición de material escolar para alumnado que curseeducación primaria obligatoria en el colegio público de Fuensaldañadurante el curso escolar 2019-2020 Página 23

AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio de Intervención.INTERVENCIÓN. Aprobación definitiva Modificación de Crédito nº 20/2019por crédito extraordinario. Página 25

gestion tributaria. Aprobación del establecimiento de varios preciospúblicos. Página 26

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria número02/2019 por crédito extraordinario. Página 28

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AYUNTAMIENTO DE MUCIENTES

AYUNTAMIENTO DE NUEVA VILLA DE LAS TORRES

AYUNTAMIENTO DE RAMIRO

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALVENÍ

AYUNTAMIENTO DE SAN ROMÁN DE HORNIJA

AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL PALACIO

AYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Declaración de bienes patrimoniales y causas de posible incompatibilidady actividad por parte de los concejales salientes y entrantes en lacorporación municipal Página 29

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019 Página 30

Acuerdo por el que se estable el régimen de indemnizaciones de losmiembros de la corporación. Página 31

Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestarianúmero 1/2019 Página 32

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2018 Página 33

Aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora del impuestosobre bienes inmuebles. Página 34

Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental paraactividad de reparación de vehículos y mecanizados en calle Acequia 80. Página 35

Notificación de sentencia. Autos número 9/2019. Página 36

Notificación de sentencia. Autos número 10/2019 Página 37

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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

Notificación en procedimiento ordinario número 620/2019 Página 38

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número564/2019. Página 39

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número997/2018. Página 41

Notificación en procedimiento ordinario número 874/2018. Página 43

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número115/2019 Página 44

Notificación en procedimiento ordinario número 170/2019. Página 45

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y SERVICIOS SOCIALES

Servicio de Familia e Igualdad

PROGRAMA “AÑOS DE OPORTUNIDAD 2020”

CURSOS Y TALLERES DE PROMOCIÓN A LA AUTONOMÍA

Objeto.- La Diputación de Valladolid, dentro del Programa de Envejecimiento Activo,organiza e imparte a lo largo del ejercicio diversos cursos y talleres de promoción a laautonomía, con el fin de contribuir a la prevención de la dependencia.

Estos cursos y talleres hacen especial hincapié en las oportunidades formativas y deaprendizaje continuo de las personas mayores, incidiendo especialmente en factores deriesgo y de protección del envejecimiento, abordándose desde una perspectivapsicológica, educativa y social.

Existen unos factores de riesgo del envejecimiento que alcanzan una enorme prevalenciaen la persona mayor, y que son frecuente origen de incapacidad funcional y social. Entreellos encontramos los grandes síndromes geriátricos clásicos (caídas, inmovilidad,incontinencia urinaria y deterioro cognitivo) y otras patologías frecuentes (de privaciónsensorial, malnutrición, insomnio, iatrogenia, fragilidad y depresión). Junto a estos factores,de carácter geriátrico, existen otros factores de riesgo social que aumentan lavulnerabilidad de la persona mayor. Los riesgos psicosociales propios del envejecimientopueden resumirse en: jubilación, viudedad, desarraigo social, soledad, maltrato, pérdida deroles sociales, inactividad física, institucionalización, barreras arquitectónicas, disfuncionesfamiliares y aislamiento.

La intervención con el colectivo de mayores ha de tener en cuenta, además, la promociónde factores de protección que disminuyan la probabilidad de involucrarse en conductas deriesgo, fomentando la resiliencia y el autocuidado. Podemos destacar como factores deprotección más importantes en el envejecimiento los siguientes: autoconcepto y autoestimapositivos, asertividad, manejo saludable del estrés y la angustia, manejo adecuado deltiempo libre, métodos eficaces de afrontamiento, pensamiento positivo y sentido delhumor, redes de apoyo social, destrezas sociales o habilidades para la vida: habilidadesde comunicación, manejo de sentimientos, toma de decisiones y solución de problemas,proyecto y sentido de vida, promoción de estilos de vida saludable y valores firmes ypositivos hacia la salud, la responsabilidad personal y la promoción de la autonomía.

Los contenidos de los cursos y talleres de promoción a la autonomía inciden en algunos deestos factores de riesgo y de protección, desde una dimensión preventiva y promocional,ofreciendo para ello información, sensibilización y propuestas prácticas y de mejora para lavida diaria.

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Tipología.-

Hábitos para la salud física:

Curso “La vista y el oído”: valorar la importancia de aspectos preventivos y de cuidadopersonal de los sentidos de la vista y del oído para la autonomía personal. Curso “Cuida tudescanso”: aprender y practicar estrategias de higiene del sueño. Curso “Cuido micuerpo”: reforzar la responsabilidad para mantener o mejorar el bienestar y la salud,principalmente, física. Taller “El cuidado de la imagen personal”: aprender a valorar laimportancia de sentirse bien a todas las edades, aceptando los cambios de imagenproducto de los años, dedicando tiempo y atención al aspecto físico para verse mejor,quererse más y asumir mejor estos cambios. Taller de “Nutrición y longevidad”: mejorar ymantener la salud a través de una alimentación sana, natural y equilibrada. Taller de“Higiene postural y prevención de caídas”: sensibilizar sobre la importancia de prevenir lascaídas y mejorar las posturas corporales para las actividades de la vida diaria. Taller“Fuerza y equilibrio”: Mejorar la capacidad funcional del sistema neuromuscular,cardiovascular y respiratorio a través de ejercicios multicomponente de coordinación,resistencia aeróbica, fuerza, flexibilidad y equilibrio. Taller: “Paseos saludables con marchanórdica”: impulsar la actividad física como hábito saludable a través de la marcha nórdica yponer en valor la riqueza natural de los senderos de la provincia.

Estimulación cognitiva:

Curso “Cerebro y edad”: ofrecer conocimientos y herramientas para la incorporación dehábitos dirigidos a la prevención de las pérdidas de memoria asociadas a la edad, en lavida diaria. Curso de “Entrenamiento de la memoria”: estimular funciones cognitivas comola atención, orientación, lenguaje, cálculo, razonamiento, etc. Taller “Activa tus sentidos”:desarrollar la inteligencia sensorial como modo de favorecer la adaptación al entorno y laestimulación visual, auditiva, olfativa, gustativa y táctil. Taller de “Ingenio y creatividad”:favorecer el desarrollo cognitivo a través de la estimulación creativa y el desarrollo dehabilidades como la lógica y el ingenio.

Salud emocional:

Curso de “Pensamiento positivo”: promover la inteligencia emocional de las personas,desde la identificación de los sentimientos y la alfabetización emocional. Curso de“Autoestima”: fomentar buenos estados emocionales que faciliten la adaptación a loscambios y a las limitaciones que pueden ir apareciendo con el paso de los años. Curso de“Afrontamiento de las pérdidas”: apoyar en la superación y aceptación de las pérdidas.Taller de “Vitalidad y buen humor”: incentivar un estilo de pensamiento positivo donde elsentido del humor se convierte en estrategia para los procesos de cambio o adaptación.Taller de “Danzaterapia”: impulsar el movimiento corporal como herramienta deconocimiento y expresión personal e interpersonal. Taller de “Musicoterapia”: aprovechar lamúsica y sus elementos (sonido, ritmo, melodía y armonía) para promover la movilización,la estimulación, la expresión, la comunicación, etc., a fin de incidir en necesidades físicas,psíquicas, cognitivas y sociales.

Competencias para la vida autónoma:

Taller de “Primeros auxilios”: aprender y practicar habilidades necesarias para poder hacerfrente de una manera efectiva y segura a las diversas situaciones de emergencia que sepueden encontrar en situaciones cotidianas. Taller de “Primeros auxilios específicos para

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personas mayores”: aprender y poner en práctica actuaciones de primeros auxilios quesirvan a las personas mayores en casos de caídas, lesiones, procesos diabéticos,movilidad reducida, etc. Taller de “Uso fácil del móvil inteligente”: aprender a manejar deuna manera sencilla y atractiva los llamados “smartphone” o teléfonos inteligentes, paraestar conectados con el mundo. Taller de “Cocina cardiosaludable”: fomentar hábitossaludables de alimentación, a través de la elaboración de recetas sanas y equilibradas quepromuevan la salud cardiovascular. Taller de “Cocina terapéutica”: aprender de formapráctica recetas con ingredientes saludables para prevenir o paliar dolencias referidas ahuesos y articulaciones, pelo y piel, obesidad, estreñimiento, estado de ánimo, etc.

Relaciones sociales:

Curso de “Buen trato”: promover habilidades sociales que mejoren las relacionesinterpersonales y ofrecer estrategias de resolución de conflictos para la vida diaria. Cursode “Comunicación efectiva”: sensibilizar sobre la importancia de la comunicación y el artede relacionarse bien con los demás.

Relación con el entorno:

Taller de “Ecología doméstica”: sensibilizar sobre la necesidad de conocer y aplicarhábitos de consumo responsable con la salud y economía familiar así como con el cuidadodel entorno medioambiental. Taller “Patios y jardines”: promover el contacto con lanaturaleza a través del cuidado de espacios rurales naturales, personales o comunitarios,incidiendo en los beneficios físicos y psicológicos que conlleva.

La información detallada de los objetivos y contenidos de cada uno de ellos la podráencontrar en la página Web del programa (www.diputaciondevalladolid.es).

La diferencia esencial entre cursos y talleres está en la metodología:

Los cursos tienen un carácter teórico-práctico, son desarrollados a partir de los cuadernosdidácticos de promoción a la autonomía, y se imparten directamente por el equipo técnicodel programa (Técnicos de Animación Social de la Diputación de Valladolid). Los tallerestienen un carácter eminentemente práctico y se imparten (en la mayoría de los casos) porpersonal especializado en las temáticas correspondientes, contratado al efecto por laDiputación de Valladolid.

Duración.- Los cursos y talleres se impartirán de enero a diciembre de 2020. Los talleresse impartirán en 6 sesiones, con desarrollo semanal. Los cursos incluirán de 6 a 8sesiones, con desarrollo semanal o quincenal. En los dos casos cada sesión tendrá unaduración de 2 horas, preferentemente en horario de mañana.

Personas destinatarias.- Personas pertenecientes a municipios de la provincia deValladolid con menos de 20.000 habitantes, que tengan interés en adquirir conocimientos yhabilidades que mejoren su vida cotidiana y su desarrollo personal, en materia de hábitossaludables, estimulación cognitiva, salud emocional y relaciones sociales.

Publicidad.- El programa se publicará en el BOP para general conocimiento. Además, seremitirá un folleto informativo a los Ayuntamientos y a las Asociaciones de PersonasMayores de la provincia de Valladolid, y se incluirá un extracto del programa en la páginaWeb de la Diputación de Valladolid.

Requisitos.-

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-Con respecto a las personas participantes, al menos un 60% han de tener 60 o más años.

-Con respecto al lugar de desarrollo, se precisa un aula que reúna condiciones adecuadaspara llevar a cabo la actividad: luz, calefacción, limpieza, mobiliario adaptado al alumnado,pizarra y otros elementos educativos necesarios para el desarrollo del curso o taller.

Solicitud.- La solicitud ha de realizarse por el Ayuntamiento, por propia iniciativa o ainstancia de un grupo de personas mayores del municipio interesadas.

La solicitud deberá formalizarse según modelo que se adjunta como Anexo I (solicitud decurso o taller de promoción de la autonomía) y Anexo III (ficha de grupo, que servirá paradecidir aspectos técnicos y organizativos).

Si un ayuntamiento considera que no reúne el número de personas suficientes para formargrupo, cabe la posibilidad de realizar la solicitud de manera agrupada entre variosAyuntamientos. Esta solicitud debe formalizarse según el Anexo II (solicitud de curso otaller por agrupación de Ayuntamientos) y Anexo III (ficha de grupo). En este caso, laDiputación se compromete a realizar las sesiones formativas de manera itinerante entre losdistintos municipios y las personas participantes han de comprometerse a la asistencia alas mismas.

Los Ayuntamientos interesados podrán presentar la solicitud desde la fecha de publicaciónen el BOP hasta el 31 de octubre de 2019, incluido.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Diputación (C/ Angustias nº 44 oAvda. Ramón y Cajal nº 5, 47071, Valladolid) o por cualquiera de los medios previstos enel art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comúnde las Administraciones Públicas (LPACAP).

Selección.- Sólo se impartirá un curso o taller por municipio.

La selección se realizará conforme a los siguientes criterios:

1º.-Criterio técnico y económico: bajo un criterio de eficiencia técnica, y teniendo en cuentala disponibilidad presupuestaria, se fijará un número máximo de Ayuntamientos que seincorporan al programa.

2º.-Criterio geográfico: se tendrá en cuenta una distribución geográfica por toda laprovincia que promueva la igualdad de oportunidades de todos los municipios.

3º.-Si la demanda en alguna zona de Acción Social supera el número máximo asignado aesa zona, la selección de los Ayuntamientos se efectuará conforme a los siguientescriterios:

Municipios que no han recibido cursos y talleres en el año 2019 ..…..………. 1 Municipiosque no disponen de recursos socioeducativos públicos similares...1

En caso de igual puntuación, tendrá preferencia el municipio con menor número dehabitantes. Para la determinación de la población se tendrán en cuenta los últimos datospublicados por el Instituto Nacional de Estadística.

4º.-Los Ayuntamientos que no sean seleccionados quedarán en reserva y se incorporarán

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automáticamente al programa para el próximo año, siempre que se convoque por parte dela Diputación de Valladolid.

La resolución de la convocatoria se efectuará por Decreto del Presidente de la Diputación,y se notificará oportunamente a los Ayuntamientos participantes.

Concreción de fechas y horario de realización.- Una vez efectuada la selección, losTécnicos de Animación Social se pondrán en contacto con los distintos municipios para laorganización de los cursos y talleres. El horario concreto de impartición se fijará por laDiputación en función de la demanda de los municipios y la disponibilidad de los/asprofesionales.

Si coinciden 2 o más municipios de una zona en cuanto al horario y fecha de impartición deun curso o taller, se dará preferencia al municipio que haya obtenido mayor puntuación. Eneste caso, se requerirá al municipio afectado para que, previa consulta con las personasparticipantes, modifique su propuesta en cuanto a fechas y horario. De insistir en la fecha yhorario solicitado inicialmente, y ante la imposibilidad material de impartición, perderá elderecho al curso o taller, que se ofertará al siguiente municipio de la zona por orden depuntuación.

Modificación de las condiciones de desarrollo de la actividad o suspensión de la misma.-Se podrá determinar la suspensión de un curso o taller si se comprueba que el local noreúne las condiciones adecuadas para llevarle a cabo. Por otro lado, si el número depersonas participantes, desde un criterio técnico y pedagógico, impide la realización de laactividad, se buscarán posibilidades para hacerla viable, (entre ellas, la agrupación demunicipios) con el visto bueno y compromiso de ayuntamientos y personas participantes.

En Valladolid, a 2 de octubre de 2019, El Presidente Conrado Íscar Ordóñez

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ANEXO I

PROGRAMA AÑOS DE OPORTUNIDAD 2020

SOLICITUD DE CURSO O TALLER DE PROMOCIÓN A LA AUTONOMÍA DEL PROGRAMA DE ENVEJECIMIENTO ACTIVO

El Ayuntamiento de ……………………………………………………………………………. SOLICITA los siguientes cursos por el orden de preferencia que se indica: 1º……………………………………………………… 2º……………………………………………………… SOLICITA los siguientes talleres por el orden de preferencia que se indica: 1º……………………………………………………… 2º……………………………………………………… SE COMPROMETE A:

• Poner a disposición del curso o taller un lugar adecuado para el desarrollo de la actividad.

INFORMA:

• Que SI / NO (marcar la opción correcta) hay otros recursos socioeducativos públicos y similares en el municipio, en el mismo periodo. Estos son:

Aulas de Cultura Actividades realizadas desde el Ayuntamiento, Centro de Día, etc. Otras: …………………………………………………………..

DATOS DE INTERÉS: -Persona de contacto en el grupo:

Nombre …………………………………………………… Teléfono …………..…

-Persona de contacto en el Ayuntamiento: Nombre ……………………………………………………Teléfono ………………

-Lugar dónde se impartirá el curso o taller: Dirección ………………………………………….…………………………………..

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ANEXO II

PROGRAMA AÑOS DE OPORTUNIDAD 2020

SOLICITUD DE CURSO O TALLER DE PROMOCIÓN A LA AUTONOMÍA DEL PROGRAMA DEL PROGRAMA DE ENVEJECIMIENTO ACTIVO

POR AGRUPACIÓN DE AYUNTAMIENTOS

Los Ayuntamientos de: …………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………………. SOLICITAN los siguientes cursos por el orden de preferencia que se indica: 1º……………………………………………………… 2º……………………………………………………… SOLICITAN los siguientes talleres por el orden de preferencia que se indica: 1º……………………………………………………… 2º……………………………………………………… SE COMPROMETEN A:

• Poner a disposición del curso o taller lugares adecuado para el desarrollo de la actividad.

DATOS DE INTERÉS:

-Persona de contacto en el grupo:

Nombre …………………………………………………… Teléfono ….……….……..…

-Personas de contacto en los Ayuntamientos:

Nombre …………………………Teléfono …………………Municipio……….………… Nombre …………………………Teléfono …………………Municipio…….…………… Nombre …………………………Teléfono …………………Municipio…….……………

-Lugares dónde se impartirá el curso o taller:

Dirección …………………………………………… Municipio…….……………………. Dirección …………………………………………… Municipio……………….…………. Dirección …………………………………………… Municipio…………….…………….

Valladolid, a ………………………………

Fdo. Alcaldes/Alcaldesas

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ANEXO III

PROGRAMA AÑOS DE OPORTUNIDAD 2020

SOLICITUD DE CURSO O TALLER DE PROMOCIÓN A LA AUTONOMÍA DEL

PROGRAMA DE ENVEJECIMIENTO ACTIVO FICHA DE GRUPO

Nº Nombre y Apellidos Edad Municipio

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PROTECCIÓN DE DATOS:

• Responsable del Tratamiento: Diputación Provincial de Valladolid (a través del Área de Igualdad y Servicios Sociales).

• Base jurídica: Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión de interés público aplicable al responsable del

tratamiento.

• Finalidad: Participación en los cursos y talleres del programa “Años de Oportunidad”.

• Destinatarios: Otros organismos de la administración con competencia en la materia.

• El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, o portabilidad podrá

ejercerse poniéndose en contacto con nosotros a través del buzón de correo electrónico [email protected]

Valladolid, a ………………………………

Fdo. El/la Alcalde/sa

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto de Alcaldía núm. 5949 de fecha 30 de agosto de 2019, se ha dictadoresolución del siguiente tenor literal:

El artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Localestablece, en relación con el personal eventual, que “el nombramiento y cese de estosfuncionarios es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la Entidad localcorrespondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese oexpire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza oasesoramiento”.

Atendido lo cual, a instancia del Sr. Alcalde, se propone la adopción de la siguienteRESOLUCIÓN:

1º.-Nombrar a D. Álvaro Causapié Castro, como personal eventual en el puesto deResponsable de la Gestión de la Comunicación Institucional del Ayuntamiento a través delas redes sociales y las nuevas tecnologías, información y comunicaciones (núm. 5399,código RPT 01.01.31), con efectos del día 1 de septiembre de 2019.

2º.-Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del citado nombramiento.”

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, concarácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en elplazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presenteresolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o biendirectamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante elJuzgado Contencioso-Administrativo de Valladolid, conforme a lo dispuesto en la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ellosin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso queestime procedente.

En Valladolid, a 23 de septiembre de 2019.-El Alcalde.- Fdo.: Oscar Puente Santiago.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

Aprobada inicialmente la modificación del Reglamento Orgánico Municipal de Aldeamayorde San Martín, por Acuerdo del Pleno de fecha 29 de agosto de 2019, de conformidad conlos artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a informaciónpública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda presentar la reclamaciones osugerencias que se estimen oportunas sobre el acuerdo que se reproduce a continuación:

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar inicialmente la Modificación del Reglamento Orgánico Municipal deAldeamayor de San Martín en los términos en que figura en el expediente 1416/2019 conla redacción que a continuación se recoge en relación a los siguientes puntos:

1)-Modificación del número de miembros de la Junta de Gobierno Local

Donde dice en el artículo 35 del ROM publicado en el BOP el 24 de Junio de 2015: “estáintegrada por el Alcalde, que la preside, y Concejales nombrados libremente por él comomiembros de la misma, y cuyo número será de tres Concejales”

Debe de decir: “está integrada por el Alcalde y un tercio del número legal de Concejales,nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno”

2)-Modificación del número de miembros de los Grupos Municipales

Donde dice en el primer párrafo del artículo 12 modificado por acuerdo de Pleno el 9 dejulio de 2015: “los miembros de la Corporación Municipal se constituirán en GruposPolíticos. Cada Grupo tendrá un mínimo de 1 componente. Ningún Concejal podrápertenecer a más de un Grupo Municipal”

Debe de decir: Los miembros de la Corporación se constituirán en Grupos Políticos. CadaGrupo tendrá un mínimo de 2 componentes. Ningún concejal podrá pertenecer a más de unGrupo Municipal”

3)-Organización y Funcionamiento de la Junta de Portavoces

La Junta de Portavoces será presidida por el Alcalde y estará integrada también por losportavoces de los distintos grupos municipales. Será convocada por su Presidente, conveinticuatro horas de antelación como mínimo, a iniciativa propia, o a petición del grupo ogrupos que representen la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de laCorporación, salvo urgencia justificada, entendiéndose válidamente constituida cuandoconcurran el portavoz o portavoces que representen a la mitad de los concejales de laCorporación. Si el Alcalde no estuviese presente en la reunión, ésta será presidida por elprimer Teniente de Alcalde. A las sesiones de la Junta de Portavoces asistirá asimismo elSecretario General.

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La convocatoria de la Junta de Portavoces, cuando se realice a petición del grupo ogrupos que representen la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de laCorporación, se efectuará en plazo no superior a seis días desde que se formule lapetición, incluyendo en el orden del día el asunto o asuntos propuestos.

La Junta de Portavoces se reunirá, con carácter obligatorio de forma previa a lacelebración de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno, procediendo el Alcaldea someter a consulta los órdenes del día de dichas sesiones y los portavoces a informarde las proposiciones, los ruegos, preguntas y asuntos de urgencia que prevean plantear endichos Plenos.

Igualmente, la Junta de Portavoces tratará de cuantos asuntos se estime conveniente suconsulta. Resolverá las propuestas mediante voto ponderado de los portavoces deconformidad con la representación de cada grupo en el Pleno municipal.

Asimismo, cada uno de los miembros integrantes, de la Junta de Portavoces tendráderecho a percibir una retribución por cada reunión de la misma a la que asistan siempreque sus miembros no dispongan de una dedicación exclusiva o parcial, en cuyo caso no sepercibirá retribución por asistencia a esta Junta.

SEGUNDO. Someter dicha Modificación del Reglamento Orgánico Municipal a informaciónpública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de laProvincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para quepuedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se consideraráaprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

Simultáneamente, publicar el texto de la modificación de la Ordenanza municipal en elportal web del Ayuntamiento.

www.aldeamayordesanmartin.ayuntamientosdevalladolid.es

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderádefinitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la modificación de la mencionadaOrdenanza.

En Aldeamayor de San Martín, a 26 de septiembre de 2019.- El Alcalde.- Fdo.: Fernandode la Cal Bueno.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BOECILLO

INTERVENCIÓN

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 25 deseptiembre de 2019, el Presupuesto para el ejercicio económico de 2019, con arreglo a loprevisto en el Artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el queaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone alpúblico el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde lapublicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado, el Presupuesto se considerará definitivamenteaprobado, si durante el citado plazo no presentan reclamaciones.

En Boecillo, a 27 de septiembre de 2019.-El Alcalde.-Fdo.: Raúl Gómez Pintado.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de2019, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación al presupuesto de gastos4/2019 por suplemento de crédito.

Aprobado inicialmente el expediente de suplemento de crédito, en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días,a contar desde eldía siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo, produciendo efectos desde la fecha de laaprobación provisional una vez que se haya publicado íntegramente.

En Campaspero a 20 de septiembre de 2019.-El Alcalde.- Fdo.: Julio César GarcíaHernando.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CISTÉRNIGA (LA)

Por Decreto de Alcaldía nº 2019-2130 de fecha 30 de Septiembre de 2019, se haaprobado el Proyecto Técnico que a continuación se cita:

-Proyecto Técnico: “Renovación de la red de saneamiento en Camino Herrera –desdearqueta reunión PK 0+000 hasta arqueta de enlace PK 0+500- FASE 1” en La Cistérniga.

-Redactor del Proyecto: D. Miguel Ángel Medina Cebrián, en representación deCONSULTING DE INGENIERÍA CIVIL, S.L.P

-Presupuesto ejecución material: 101.325,20 Euros.-

-Presupuesto base de licitación: 145.898,16 Euros.-

El citado proyecto queda expuesto al público por plazo de veinte días hábiles, a contardesde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, deconformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.-

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.-

En caso de que, transcurrido dicho periodo de exposición pública, no se hayan producidoreclamaciones, el proyecto se entenderá aprobado definitivamente.-

En La Cistérniga, a 30 de septiembre de 2019. La Alcaldesa, Patricia González Encinar.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CISTÉRNIGA (LA)

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público,queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 28 de agosto de2019, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 13/2019 del Presupuesto envigor en la modalidad de suplemento de crédito para la aplicación del superávitpresupuestario, que se hace público resumido por capítulos:

Estado de gastos

PRESUPUESTO DE GASTOS AUMENTOS

Capítulo 9.-Pasivos financieros 17.159,29

TOTAL PRESUPESTO DE GASTOS 17.159,29

Estado de ingresos

PRESUPUESTO DE INGRESOS AUMENTOS

Capítulo 8.-Activos financieros 17.159,29

TOTAL PRESUPESTO DE INGRESOS 17.159,29

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recursocontencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de laLey 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sísola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En La Cistérniga, a 1 de octubre de 2019. La Alcaldesa, Patricia González Encinar.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE FOMBELLIDA

Según dispone el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y laRegla 49.2 de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba laInstrucción del modelo normal de contabilidad pública, y una vez ha sido informada por laComisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General del ejerciciopresupuestario de 2018, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más losinteresados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que estimenoportunas.

Fombellida, a 1 de octubre de 2019. El Alcalde-Presidente. Víctor David Alonso Monge.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA

BDNS (Identif.): 475179

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 27-09-2019 POR LA QUE SE CONVOCANAYUDAS PARA MATERIAL ESCOLAR PARA ALUMNADO 2º CICLO EDUCACIÓNINFANTIL CURSO 2019-2020

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIONDE MATERIAL ESCOLAR PARA EL ALUMNADO MATRICULADO EN EL SEGUNDOCICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2019-2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

PRIMERO: BENEFICIARIOS

4.1- Podrán solicitar las ayudas para material escolar, el padre, madre o tutor de losalumnos matriculados en segundo ciclo de educación infantil durante el curso escolar 2019-2020. En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, eldestinatario de la ayuda será el padre, madre que tenga atribuida la custodia del menor,de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia. En ningún caso podránser destinatarios de la ayuda los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos,o si la tutela o la guarda fuera asumida por una institución pública. En los supuestos deacogimiento o adopción, el destinatario de la ayuda será la persona o personas que latengan adjudicada por resolución administrativa o auto judicial.

Condiciones:

Los alumnos y miembros de la unidad familiar deberán figurar como vecinos en el padróndel municipio de Fuensaldaña, a fecha 01-10-2019 y continuar empadronados durante todoel curso escolar.

Los alumnos deberán estar matriculados en un centro público o concertado de educacióninfantil del municipio en el segundo ciclo de educación infantil durante el curso escolar2019-2020.

Los alumnos de educación especial que por las especiales características que requiera suatención, no tengan la posibilidad de ser atendidos en el municipio y deban matricularse enun centro ubicado en un municipio de más de 20.000 habitantes de la provincia deValladolid, o en un centro educativo de fuera de nuestra provincia. En estos casos deberáacompañarse informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referidacircunstancia.

Los alumnos que acudan a un centro público o concertado de un municipio de más de

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20.000 habitantes de la provincia de Valladolid, o a un centro público o concertado defuera de nuestra provincia, siempre que se acompañe informe de la Administracióneducativa competente acreditativo de la referida circunstancia de que no tengan posibilidadde ser atendidos en el municipio.

4.2- Los beneficiarios (Padre, Madre y/o tutores legales) deberán estar al corriente de susobligaciones fiscales con el Ayuntamiento, y estar al corriente de sus obligaciones con laAgencia Tributaria y la Seguridad Social. La circunstancia de estar al corriente de susobligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Fuensaldaña se comprobará de oficio por elmismo.

SEGUNDO: OBJETO DE LA AYUDA

Es objeto de la presente convocatoria el otorgamiento de las subvenciones que solicitenlos padres, madres o tutores de alumnos matriculados en segundo ciclo de educacióninfantil durante el curso escolar 2019-2020 para la adquisición de material escolar,derivado de la convocatoria de la Diputación de Valladolid de igual finalidad publicada el 13de septiembre de 2019 en el BOP.

TERCERO: CUANTIA

Se destina la aplicación presupuestaria 326.480.01 del Presupuesto de este Ayuntamientopara el año 2019.

El abono de dicha cantidad queda condicionado a la existencia de crédito adecuado ysuficiente en el presupuesto para hacer frente al gasto correspondiente.

La cuantía de las ayudas será de 110 euros/ alumno.

CUARTO: PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir de lapublicación de la convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Provincia.

QUINTO: OTROS DATOS DE INTERES

Documentación. - La prevista en las bases de la convocatoria y Anexos a la misma.

Forma de pago. - Una vez justificada adecuadamente la subvención en los términosprevistos en la convocatoria.

Fuensaldaña, 30 de septiembre de 2019.- El Alcalde.- Fdo.: Victor Manuel Sanz de Diego.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA

BDNS (Identif.): 475191

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE DE FECHA 27-09-2019 POR LA QUE SECONVOCAN AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR PARAALUMNADO QUE CURSE EDUCACIÓN PRIMARIA OBLIGATORIA EN EL COLEGIOPÚBLICO DE FUENSALDAÑA DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2019-2020

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIONDE MATERIAL ESCOLAR PARA EL ALUMNADO QUE CURSE EDUCACION PRIMARIAOBLIGATORIA EN EL COLEGIO PUBLICO DE FUENSALDAÑA DURANTE EL CURSOESCOLAR 2019-2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

PRIMERO: BENEFICIARIOS

Podrán solicitar las ayudas para material escolar, el padre, madre o tutor de los alumnosmatriculados en el Colegio Público de Fuensaldaña.

En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el destinatario dela ayuda será el padre, madre que tenga atribuida la custodia del menor, de acuerdo conlo establecido en el convenio regulador o sentencia. En ningún caso podrán serdestinatarios de la ayuda los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos, o sila tutela o la guarda fuera asumida por una institución pública. En los supuestos deacogimiento o adopción, el destinatario de la ayuda será la persona o personas que latengan adjudicada por resolución administrativa o auto judicial.

Condiciones: Los miembros de la unidad familiar deberán figurar como vecinos en elpadrón del municipio de Fuensaldaña, desde al menos un mes anterior al comienzo delcurso y permanecer empadronados durante todo el curso completo.

Los beneficiarios (Padre, Madre y/o tutores legales) deberán estar al corriente de susobligaciones fiscales con el Ayuntamiento, y estar al corriente de sus obligaciones con laAgencia Tributaria y la Seguridad Social.

SEGUNDO: OBJETO DE LA AYUDA

Financiar las actividades adquisición material escolar al alumnado matriculado enEducación Primaria Obligatoria en el Colegio Púbico de Fuensaldaña.

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Se destina la aplicación presupuestaria 326.480.01 del Presupuesto de este Ayuntamientopara el año 2019.

El abono de dicha cantidad queda condicionada a la existencia de crédito adecuado ysuficiente en el presupuesto para hacer frente al gasto correspondiente.

La cuantía de las ayudas será de 30,00€ (TREINTA EUROS) por alumno.

CUARTO: PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir de lapublicación de la convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Provincia.

QUINTO: OTROS DATOS DE INTERES

Documentación. - La prevista en las bases de la convocatoria y Anexos a la misma.

Forma de pago. - Una vez justificada adecuadamente la subvención en los términosprevistos en la convocatoria.

Fuensaldaña, 30 de septiembre de 2019.- El Alcalde.- Fdo.: Victor Manuel Sanz de Diego.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDAServicio de Intervención

INTERVENCIÓN

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,y artículos 20, 22 y 23 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, a los que se remite el artículo 38del mismo R.D. 500/1990.

Se hace público, para general conocimiento que esta Corporación en sesión plenariacelebrada el día 27 de agosto de 2019, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo,al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente demodificación de crédito por Crédito Extraordinario número 20/2019 del Presupuesto para elejercicio 2019, siendo las aplicaciones presupuestarias que han sufrido modificación lassiguientes:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN CONSIGNACIÓNACTUAL

INCREMENTO CONSIGNACIÓNDEFINITIVA

933.619 GESTIÓN DEL PATRIMONIO.-OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓNEN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOSAL USO GENERAL

0,00 € 25.353,47 € 25.353,47 €

TOTAL INCREMENTO: 25.353,47 €

Dando cumplimiento a lo que se establece en el artículo 177 del R.D. Legislativo 2/2004,de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales y el artículo 36 del R.D. 500/ 1990, de 20 de abril, la financiación deeste Crédito Extraordinario se hará con cargo a:

CONCEPTO EXPLICACIÓN IMPORTE

870 REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA GASTOS GENERALES 25.353,47 €

TOTAL: 25.353,47 €

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquierotro recurso que se considere conveniente.

En Laguna de Duero, a 30 de septiembre de 2019. El Primer Teniente de Alcalde: D. Luismariano Minguela Muñoz

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

gestion tributaria

En ejercicio de las facultades delegadas por el Pleno mediante acuerdo adoptado en fecha26 de julio de 2019, para el establecimiento de precios públicos, la JUNTA DE GOBIERNOLOCAL en sesión celebrada el 16 de septiembre de 2019, adoptó, entre otros, el siguienteacuerdo, habiendo sido dictaminado por la Comisión Especial de Cuentas y OrdinariaInformativa de Personal, Administración General, Hacienda, Contratación y Patrimonio yRégimen Interno:

Aprobar el establecimiento de los siguientes precios públicos referidos a la programacióndel segundo semestre de 2019 en el Auditorio Municipal:

Precios públicos para las actuaciones de público joven-adulto del 2º semestre de 2019 enel auditorio municipal

ENTRADAS PÚBLICO JOVEN-ADULTO PRECIO

Butaca “Emportats”, “Cucko. Cuando lo efímero se detiene” y “Comedia Aquilana” 10,00 €

Butaca “Romero de Torres” 12,00 €

Butaca “Mundo obrero”, “Lehman Trilogy”, “24 horas en la vida de una mujer” y“Dónde el bosque se espesa”

15,00 €

ABONO PÚBLICO JOVEN-ADULTO PRECIO

Abono: “Romero de Torres (8 €)”,“Mundo obrero (10 €)”,“Emportats (7 €)”,“Lehman trilogy (7 €)”,“24 horas en la vida de una mujer (10 €)”,“Comedia Aquilana (4 €)” y“Dónde el bosque se espesa (7 €)”

53,00 €

La tarjeta de “Demanda de Empleo” da derecho a un descuento de un 20% en todas lasentradas.

Los siguientes Carnés dan derecho a un descuento de un 20% en todas las entradas:Joven, Escuela de Arte Dramático, Escuela de Danza y Escuela de Música.

Para grupos de asociaciones y de alumnos de Instituto de 10 o más personas, descuentodel 50% en las siguientes obras (“Lehman trilogy”, “Comedia Aquilana” y “Dónde el bosquese espesa”). Reserva en Concejalía de Cultura, teléfono 983 80 24 67

Para grupos de asociaciones y de alumnos de Instituto de 10 o más personas, el precio enlas entradas de las siguientes obras será: “Romero de Torres” 8 €, “Mundo obrero” 10 €,“Emportats” 8 € y “24 horas en la vida de una mujer” 10 €. Reserva en Concejalía deCultura, teléfono 983 80 24 67.

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Precios públicos para la programación de público familiar del 2º semestre de 2019 en elauditorio municipal

ENTRADAS PARA PÚBLICO FAMILIAR PRECIO

Butaca “Pérez, el ratoncito, no nace se hace”, “Alicia” y “Titerecine” 5,00 €

Butaca “Encuentracuentos” y “Las 4 estaciones ya no son lo que eran” 6,00 €

Butaca “Historia de un calcetín”, “El viaje de Ulises” y “Embrossa’t” 8,00 €

ABONOS PARA PÚBLICO FAMILIAR PRECIO

Abono “Pérez, el ratoncito, no nace se hace” (3 €)”,“Historia de un calcetín (5 €)”,“Encuentracuentos (3 €)”,“El viaje de Ulises (5 €)”,“Las 4 estaciones ya no son lo que eran (3 €)”,“Alicia (3 €)”,“Embrossa’t (5 €)” y“Titerecine (3 €)”

30,00 €

Los Carnets Joven y de las Escuelas Municipales, y las personas en situación dedesempleo tendrán derecho a un descuento de un 20%.

Precios públicos para la programación de bebés del 2º semestre de 2019 en el auditoriomunicipal.

ENTRADAS PRECIO

Butaca “De corazón a corazón”, “Besos” y “Secretitos del desván” 3,00 €

Precios públicos para las actuaciones de navidad 2019 en el auditorio municipal

ENTRADAS PRECIO

Butaca “El misterioso caso de Houdini” y “Tatatachán -música y circo-“ 6,00 €

Los Carnets Joven y de las Escuelas Municipales, y las personas en situación dedesempleo tendrán derecho a un descuento de un 20%.

Para los abonados del 2º semestre de público Familiar el precio de la butacas será de 3 €.

El acuerdo indicado pone fin a la vía administrativa y de conformidad con lo establecido enel artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por que se aprueba eltexto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra los mismos sólocabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazode UN MES, contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación, siendo elplazo máximo para dictar y notificar la resolución de dicho recurso un mes, entendiéndosedesestimado cuando no haya recaído resolución en plazo.

Podrá interponerse cualesquiera otro recurso que se estime procedente.

En Medina del Campo, a 30 de septiembre de 2019, alcalde. Guzmán Gómez Alonso

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MOTA DEL MARQUÉS

Por e1 Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el pasado día 25 de septiembrede 2019, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto degastos 02/2019 por Crédito Extraordinario.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y 38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dichoexpediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos deque los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a susderechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente seentenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobaciónprovisional una vez que se haya publicado íntegramente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Mota del Marqués a 26 de septiembre de 2019.-El Alcalde.-Fdo.: Gerardo HernándezÁlvarez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MUCIENTES

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local, se da publicidad a la presentación de lasdeclaraciones sobre bienes patrimoniales y declaraciones sobre causas de posibleincompatibilidad y actividad por parte de los concejales cesantes y de los concejalesentrantes de este Ayuntamiento.

CONCEJAL CESANTE QUE HA PRESENTADO LAS DECLARACIONES:Dª María Aránzazu Blanco Navarro; Fecha de presentación: 10/06/2019

CONCEJAL CESANTE QUE NO HA PRESENTADO LAS DECLARACIONES:D. Óscar Armando Reinoso Ordax.

CONCEJALES ENTRANTES QUE HAN PRESENTADO LAS DECLARACIONES:Dª Emiliana Centeno Escudero; Fecha de presentación: 10/06/2019D. Víctor Manuel Cardeñosa Pérez; Fecha de presentación: 05/06/2019Dª Mª Ángeles Cobos Vigil; Fecha de presentación: 12/06/2019D. César Fraile Cantero; Fecha de presentación: 12/06/2019D. José Carlos González Redondo; Fecha de presentación: 12/06/2019D. Samuel Vaquero Lora; Fecha de presentación: 04/06/2019D. Diego Ezequiel Lucas Olmedo; Fecha de presentación: 04/06/2019

En Mucientes, a 23 de septiembre de 2019.- La Alcaldesa.-Fdo.: Emiliana CentenoEscudero

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE NUEVA VILLA DE LAS TORRES

Por el presente anuncio se hace saber que se encuentran expuestas al público, por plazode quince días, en unión de sus justificantes y dictamen emitido por la Comisión Especialde Cuentas, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2019, la Cuenta General delAyuntamiento de Nueva Villa de las Torres, correspondiente al ejercicio de 2018.

Durante dicho período de tiempo y ocho días más, serán admitidos los reparos uobservaciones que puedan formularse por escrito contra la mencionada Cuenta General,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales.

En Nueva Villa de las Torres, a 30 de septiembre de 2019.-El Alcalde.- Fdo.: RufinoHernández Calleja.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE RAMIRO

Por el Pleno del Ayuntamiento de Ramiro en sesión ordinaria celebrada el día 17 deseptiembre 2019, se ha adoptado el siguiente acuerdo

PRIMERO.-Fijar el siguiente régimen de indemnizaciones:

-Gastos de viaje, los que ocasione el traslado en avión, clase turista o en tren. Si se utilizavehículo propio se abonará el gasto a razón de 0,19 euros por kilómetro recorrido,añadiendo los gastos de parking y peaje en su caso

-Participación en Tribunales de oposiciones, concursos u otros órganos encargados de laselección de personal:

-Por día de examen se percibirá la cantidad prevista en el Anexo IV del Real Decreto462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

SEGUNDO.-Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolidy en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento, dando traslado del mismo a laAdministración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma de Castilla y león , alos efectos previstos en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de lasBases del Régimen Local -LRBRL-."

En Ramiro a veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve.-El Alcalde.-Fdo.: EduardoGil Barajas.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALVENÍ

Aprobado definitivamente el expediente de modificación al presupuesto de gastos porcréditos extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería general, conaplicación del superávit con destino a inversiones financieramente sostenibles, se hacepúblico el contenido de la modificación tal y como a continuación se indica:

MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE GASTOS

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

IMPORTEGRUPO PROGRAMA ECONÓMICA

165 619 Renovación Luminarias Alumbrado Público 25.000,00€

TOTAL MODIFICACIÓN 25.000,00€

FINANCIACIÓN

La modificación proyectada se financiará con los recursos que se detallan a continuación,de acuerdo con lo que establece el art. 36 del R.D. 500/1990

RECURSO DE FINANCIACIÓN APLICAC. PRESPUESTO DESCRIPCIÓN IMPORTE

INGRESOS GASTOS

Remanente de Tesorería 87000 ------------- Remanente de T. para Gastos Gen. 25.000,00€

TOTAL FINANCIACIÓN 25.000,00€

Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio y ello sin perjuicio de que pueda interponersecualquier otro recurso que se considere conveniente.

San Martín de Valvení a 2 3 d e septiembre de 2019.-El Alcalde.-Fdo.: Antonio IbáñezRodríguez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN ROMÁN DE HORNIJA

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212.3 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial deCuentas, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2019, se expone al público laCuenta General correspondiente al ejercicio 2018, por un plazo de quince días, durante loscuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos uobservaciones que estimen oportunas.

En San Román de Hornija, a 1 de octubre de 2019.- La Alcaldesa, Mª Mercedes MotrelCabezudo.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL PALACIO

ANUNCIO APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA FISCAL IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 18 de septiembre de2019 acordó la aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal Impuesto Sobre BienesInmueblesDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales y el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases deRégimen Local, durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente ala publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podránexaminar el expediente y durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de quepuedan presentar las reclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimenoportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional seelevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo casoel texto íntegro de las Ordenanzas Fiscales o sus modificaciones.

San Vicente del Palacio a veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.-El Alcalde.-Fdo.:Miguel García Sáez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA

Por D. José Manuel Rodríguez Esteban se ha solicitado Licencia Ambiental para ejercer laactividad de taller de reparación de vehículos y mecanizados, en la Calle Acequia, nº 80 deesta localidad.

En cumplimiento del art. 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, seabre un periodo de información pública de diez días hábiles a contar desde el siguiente a lapublicación de este anuncio, para que todo el que se considere afectado por la actividadque se pretende ejercer pueda hacer las observaciones pertinentes.

El expediente puede consultarse durante las horas de oficina en las dependenciasmunicipales emplazadas en la Plaza España, nº 1 de Santovenia dePisuerga.

Santovenia de Pisuerga, 23 de septiembre de 2019.-El Alcalde.-Fdo.: Bernardo CanedoLópez.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Edicto.

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000009 /2019 de este Juzgadode lo Social, seguidos a instancia de D/Dª TANIA LOPEZ ACOSTA contra la empresa RESTHOUSE S.L, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya partedispositiva se adjunta:

FALLO

ESTIMO PARCIALMENTE a demanda presentada por Dª TANIA LÓPEZ ACOSTA contrala empresa “RESTHOUSE, S.L”, con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL,y CONDENO a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad deTRESCIENTOS DOS EUROS (302,00 €), debiendo incrementarse los conceptos salarialesen el 10% anual de interés moratorio, y la indemnización fin de contrato en el interés legal.

El FOGASA responderá en los términos legalmente previstos para el caso de insolvenciade la empresa.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma nocabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a RESTHOUSE S.L, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.-El Letrado de laAdministración de Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Edicto.

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000010 /2019 de este Juzgadode lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ALBERTO CASQUETE ALONSO contra laempresa DOMIGARA SERVICIOS SL y FOGASA, sobre PROCEDIMIENTOORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

ESTIMO PARCIALMENTE la demandapresentada por D. ALBERTO CASQUETEALONSO contra la empresa “DOMIGARA SERVICIOS, S.L”, con intervención del FONDODE GARANTÍA SALARIAL, y CONDENO a la empresa demandada a abonar al actor lacantidad de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON DOS CÉNTIMOS(2.738,02 €), más el 10% anual de interés por mora.

El FOGASA responderá en los términos legalmente previstos para el caso de insolvenciade la empresa.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma nocabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DOMIGARA SERVICIOS SL, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.- El Letrado de laAdministración de Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de Dª MARINA PEDROSA PEREZ contra CONSUMIBLES ANYDA, S.L., enreclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO0000620 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de laLJS, citar a CONSUMIBLES ANYDA, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcael día 25/3/2020 a las 11:20 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 010, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a CONSUMIBLES ANYDA, S.L., se expide la presente cédulapara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

En valladolid, a 23 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 564/2019 de este Juzgado delo Social, seguidos a instancia de D. ROBERTO ARIEL PEREZ ZUCCOLI contra laempresa MAORDEZA Y OTROS, S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

En Valladolid a 16 de septiembre de 2019

Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez de refuerzo del Juzgado de lo Social Nº Tres deValladolid, Dña. Helena Antona Suena los presentes Autos 464/2019, sobre despido,seguidos a instancia de D. ROBERTO ARIEL PEREZ ZUCCOLI, como demandante,asistido por la Letrado, Dña. Elena Rodríguez Rodrigo, contra “MAORDEZA Y OTROS,S.L.”, que no ha comparecido, con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL,entidad representada por la Letrado, Sra. Dña. Nuria Rodríguez González,

ESTIMO INTEGRAMENTE la demandapresentada porD. ROBERTO ARIEL PEREZZUCCOLI contra la empresa “MAORDEZA Y OTROS, S.L.”, con intervención del FONDODE GARANTÍA SALARIAL, DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO, yEXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL entre las partes con fecha de efectos de 21 demayo de 2019, y CONDENO a la empresa demandada a abonar al actor unaindemnización de siete mil ochocientos setenta y nueve euros con treinta y dos céntimos(7.879,32 EUROS).

El FOGASA responderá en los términos legalmente previstos para el caso de insolvenciade la empresa; el FOGASA, solo responde de los salarios devengados por el trabajadorhasta la fecha de su cese efectivo en la empresa, 21/05/19.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponerRecurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cincodías siguientes al de la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación de laparte o de su Abogado o representante en el momento en que se le practique lanotificación.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o causahabiente suyo obeneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de trescientos euros en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta en el Banco Santander con el nº ES55 0049 3569 920005001274 y en observaciones 4628 0000 65 0564 19, acreditando ante la Secretaría deeste Juzgado mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodocomprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la citada cuenta, lacantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se

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haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso.

En todo caso, el recurrente deberá designar Abogado para la tramitación del recurso, almomento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MAORDEZA Y OTROS, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 23 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto.

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000997 /2018 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JESUS IGNACIO TINAQUERORODRIGUEZ contra la empresa CONSTRUCCIONES SASTRE BERNARDO S.L, yFOGASA sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva seadjunta:

En VALLADOLID, a ocho de julio de dos mil diecinueve.

Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 3. Doña MARIADOLORES ROMÁN DE LA TORRE, los presentes autos número 997/2018, seguidos ainstancia de D. JESÚS IGNACIO TINAQUERO RODRÍGUEZ, frente aCONSTRUCCIONES SASTRE BERNARDO, siendo parte interesada el FONDO DEGARANTÍA SALARIAL sobre despido.

Que, estimando la demanda formulada por D. JESÚS IGNACIO TINAQUERORODRÍGUEZ, frente a CONSTRUCCIONES SASTRE BERNARDO, siendo parteinteresada el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, procede hacer los siguientespronunciamientos:

Primero.-Declarar la improcedencia del despido producido el 8 de octubre de 2018, asícomo la extinción del contrato de trabajo a efectos indemnizatorios a fecha de estaSentencia, condenando a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de2.561,62 euros, en concepto de indemnización.

Segundo.-Estimar la reclamación de cantidad acumulada, condenando a la empresa a queabone al demandante las siguientes cantidades:

431,39 euros, en concepto de salario correspondiente al mes de octubre de 2018;682,95 euros, en concepto de parte proporcional de paga de diciembre de 2018;615,13 euros, en concepto de parte proporcional de vacaciones no disfrutadas de 2018.

Más el diez por ciento de interés por demora en el pago de dichas cantidades, calculadoen proporción anual al tiempo transcurrido desde la fecha de su devengo (8 de octubre de2018) hasta la de esta Sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicialdentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simplemanifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente

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al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de SeguridadSocial, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedeberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER anombre de esta Oficina Judicial con el núm. IBAN: ES55 0049 3569 9200 0500 1274 y elnº 4628 0000 65 0997 18, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido delcódigo "34 Social Suplicación", acreditando mediante la presentación del justificante deingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el casode haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en lacuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizaraval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial conel anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para latramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES SASTREBERNARDO S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BoletínOficial de la Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 23 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto.

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª FRANCISCO JAVIER HERNANDO JIMENEZ contra PEDRO LUISSIGUENZA FERNANDEZ, VICTOR GUTIERREZ ESCANCIANO, SAUL SANTISO PEREZ,VENTERO MUÑOZ S.A(VEMUSA), REALE SEGUROS GENERALES,CONSTRUCCIONES Y REFORMAS SIAN 2007 S.L, FOGASA,CONSTRUCCIONESNUEVO AMBLES S.L. , en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nºPROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000874 /2018 se ha acordado, en cumplimiento de loque dispone el artículo 59 de la LJS, citar a CONSTRUCCIONES Y REFORMAS SIAN2007 S.L, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 15/11/2019 a las 13horas en Sala 10 C/ Angustias 40-44, para la celebración de los actos de conciliación y ensu caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmenteapoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a CONSTRUCCIONES Y REFORMAS SIAN 2007 S.L, seexpide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ycolocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a 23 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

Edicto.

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000115 /2019 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª PEDRO CALLEJA ESPINILLA contra laempresa FRANCISCO JAVIER ALVAREZ RIVAS, sobre DESPIDO, se ha dictado lasiguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Declarar al ejecutado FRANCISCO JAVIER ALVAREZ RIVAS en situación deINSOLVENCIA TOTAL por importe de 12.333,34 euros, insolvencia que se entenderá atodos los efectos como provisional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio dereaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FRANCISCO JAVIER ALVAREZ RIVAS,en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veinte de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

Edicto.

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 004 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª MOHAMED BELMAMOUN contra DIMACO INDUSTRIAL 2015 SLU, enreclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO0000170 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de laLJS, citar a DIMACO INDUSTRIAL 2015 SLU, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 8/10/2019 a las 10:00 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 010,para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a DIMACO INDUSTRIAL 2015 SLU, se expide la presentecédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

En Valladolid, a 23 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Esperanza Llamas Hermida.

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