DE LA DE...Lunes, 17 de agosto de 2020 Núm. 157 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo:...

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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE ADALIA AYUNTAMIENTO DE ADALIA ÁREA DE CONTRATACIÓN Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA. Anuncio sobre modificación de la composición de la Mesa de Contratación Permanente (acuerdo Plenario nº 30/20). Página 3 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Convocatoria y bases para la provisión mediante acceso libre de 68 plazas de peón. Página 6 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Acuerdo por el se nombra Directora del Área de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio, convocada mediante sistema de libre designación. Página 19 Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra de pavimentación de la calle Circunvalación y paseo Eduardo Calleja. Página 21 Aprobación provisional de la imposición de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública y la ordenanza fiscal número 9 reguladora de la misma. Página 22 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-157 Lunes, 17 de agosto de 2020 Núm. 157 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-157 Núm. 157 Lunes, 17 de agosto de 2020 Pág. 1

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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE ADALIA

AYUNTAMIENTO DE ADALIA

ÁREA DE CONTRATACIÓN Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA.Anuncio sobre modificación de la composición de la Mesa de ContrataciónPermanente (acuerdo Plenario nº 30/20). Página 3

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Convocatoria y bases para la provisiónmediante acceso libre de 68 plazas de peón. Página 6

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Acuerdo por el se nombra Directora delÁrea de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio,convocada mediante sistema de libre designación. Página 19

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra depavimentación de la calle Circunvalación y paseo Eduardo Calleja. Página 21

Aprobación provisional de la imposición de la tasa por ocupación delsubsuelo, suelo y vuelo de la vía pública y la ordenanza fiscal número 9reguladora de la misma. Página 22

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AYUNTAMIENTO DE ADALIA

AYUNTAMIENTO DE CARPIO (EL)

AYUNTAMIENTO DE PIÑA DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE PORTILLO

AYUNTAMIENTO DE SARDÓN DE DUERO

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria números1/2020 y 2/2020, por suplemento de créditos y por por créditosextraordinarios respectivamente. Página 23

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2020 Página 24

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020 Página 25

Secretaría. Aprobación provisional de las ordenanzas reguladoras delimpieza viaria y comportamiento ciudadano en los encierros taurinostradicionales y demás espectáculos taurinos. Página 26

Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestarianúmero 5/2020 por suplementos de crédito y crédito extraoridinario. Página 27

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE CONTRATACIÓN Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Anuncio sobre modificación de la composición de la mesa de contratación permanenete.(Acuerdo Plenario nº30/20)

El pleno de la Diputación Provincial de Valladolid, mediante acuerdo plenario nº 30/20,adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 21 de febrero de 2020, acordó aprobar lamodificación de la composición de la Mesa de Contratación Permanente de la DiputaciónProvincial de Valladolid, aprobada mediante acuerdo Plenario nº84 de 18 de mayo de2018, de conformidad con lo previsto en el art. 326 y en la Disposición Adicional Segundade la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Teniendo en cuenta que, el art. 15.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RégimenJurídico del Sector Público, establece que el acuerdo de creación y las normas defuncionamiento de los órganos colegiados que dicten resoluciones que tengan efectosjurídicos frente a terceros deberán ser publicados en el Boletín o Diario Oficial de laAdministración Pública en que se integren, se procede a publicar parte dispositiva delexpresado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, sin perjuicio de quedicho acuerdo asimismo sea objeto de publicación –conforme marca la normativacontractual vigente-en el perfil de contratante de los órganos de contratación de laDiputación Provincial.

Dicha parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero: Modificar la composición de la Mesa de Contratación permanente de laDiputación Provincial de Valladolid aprobada mediante el acuerdo plenario nº 84/18,adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2018, que acordó aprobar,de conformidad con lo previsto en el art. 326 y en la Disposición Adicional Segunda de laLey 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la constitución de laMesa de Contratación permanente de la Diputación Provincial de Valladolid, en el sentidoexpresado en los siguientes párrafos.

Segundo: La Mesa de contratación permanente de los órganos de contratación de laDiputación provincial de Valladolid estará integrada por los siguientes cuatro miembros:

Presidente: El funcionario o funcionaria de carrera, o personal laboral al servicio de lacorporación, perteneciente a las áreas o servicios responsables de la instrucción deexpedientes de contratación, con categoría de Jefe de Área. Vocal: El titular de laSecretaría. Vocal: El titular de la Intervención. Vocal: El funcionario o funcionaria decarrera, o personal laboral al servicio de la corporación, perteneciente al Área decontratación, con categoría de Jefe de servicio, jefe de sección, técnico de administracióngeneral, técnico asesor, (excluido el personal interino, así como el personal que intervieneen la redacción de las prescripciones técnicas del contrato de que se trate en cada caso).

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5. Secretario: Actuará como secretario el propio vocal titular de la secretaría de laCorporación.

Tercero: Tendrán la condición de miembros natos de la Mesa de contratación permanenteen virtud de su cargo o puesto de trabajo, las siguientes personas:

Miembros de la Mesa permanente Cargo o puesto de trabajo que determina la consideración de su titular como miembro de la Mesa decontratación

Presidente de la Mesa El Jefe del Área en la que se integre el Servicio Administrativo de Contratación

-Presidente suplente Los restantes Jefes de Área

Vocal y secretario de la Mesa La Oficial Mayor

-Vocal y secretario suplente El Vicesecretario

-Vocal y secretario suplente La Secretaria General de la corporación

Vocal Interventor El Interventor

- Vocal Interventor suplente El Interventor adjunto

-Vocal Interventor suplente Jefes de Sección de Intervención (autorizados por resolución del titular de la Intervención, art. 326.5)

Vocal del área o servicio deContratación

La Jefa de Servicio

- Vocal Suplente del área o servicio Jefes de Sección del Área de Contratación y Técnicos de administración general del Área deContratación

- Vocal Suplente del área o servicio Técnico Asesor del Área de Contratación

Los miembros titulares y suplentes serán efectivamente las personas que en cadamomento ostenten la titularidad del referido cargo o puesto, (excluidos los nombrados concarácter interino). En la actualidad son los que se relacionan en el Anexo, y seránautomáticamente sustituidos por las personas que sucesivamente ostenten la titularidad delreferido cargo o puesto de trabajo sin necesidad de acuerdo específico al respecto. Larelación de cargos y puestos de trabajo actualmente vigente se trascribe en el anexo y semantiene actualizada en el directorio de la webhttp://www.diputaciondevalladolid.es/diputacion/modulo/directorio/. Así mismo, se publicaráy actualizará en el perfil de contratante de los órganos de contratación de la Diputaciónalojado en https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma.

Quedan excluidos, asimismo, los funcionarios de las áreas y Servicios que intervienen en laredacción de Pliegos de prescripciones técnicas o proyectos. Consecuentemente, estospuestos de trabajo no se han incluido en la relación del Anexo.

Respecto a los Presidentes y a los Vocales del área o servicio, en los Pliegos deCláusulas Administrativas se indicará específicamente, entre cualquiera de los titulares ysuplentes relacionados, a aquellos a los que se convocará en principio para constituir laMesa, debiéndose designar preferentemente a los que se encuentren integrados oadscritos al área o servicio instructor del expediente.

Tercero: Podrán asistir a las sesiones de la Mesa de contratación permanente, en calidadde observadores, sin voz ni voto, los miembros de la Comisión especial de Control,Seguimiento y Vigilancia de la Contratación.

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Cuarto: La Mesa permanente quedará adscrita al Servicio de Secretaría general. EsteServicio propondrá al Presidente la designación de los funcionarios de la Secretaría quepuedan realizar labores de apoyo al secretario de la Mesa de contratación, especialmenteen los procedimientos de licitación electrónica.

Quinto: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimientode lo dispuesto en el art. 15.3. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídicodel Sector Público, así como en el perfil de contratante de los órganos de contratación dela Diputación provincial, de acuerdo con la Disposición adicional 2ª, apartado 7, de la ley9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Sexto: Cuando no se constituya Mesa de contratación en los casos en que, de acuerdocon la LCSP’17, su constitución sea potestativa, el encargado de la custodia, apertura yvaloración de ofertas será el jefe del área que instruya el expediente de contratación quepodrá ser asistido o sustituido por un funcionario del área según se describe acontinuación:

Personal responsable de la custodia, apertura y valoración de ofertasen procedimientos en los que no se constituya la Mesa decontratación

Cargo o puesto de trabajo que determina la integración de suresponsable como secretario del órgano de asistencia unipersonal

Secretario del órgano de asistencia unipersonal: El Jefe del área que instruya el expediente

Asistente del secretario Un Jefe de servicio del área que instruya el expediente

-Primer Suplente: Un jefe de sección del área que instruya el expediente

-Segundo Suplente: Un técnico de administración general, Técnico de Asesoramiento aMunicipios o Técnico Asesor del área o servicio que instruya elexpediente

Séptimo: La Mesa se regirá por las normas de funcionamiento contenidas en la LCSP’17 ylas disposiciones que la desarrollen, y supletoriamente por las normas de funcionamientode los órganos colegiados contenidas en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del SectorPúblico.

Octavo: Facultar a la Presidencia de la Corporación para dictar cuantas disposiciones seannecesarias en desarrollo y aplicación del presente acuerdo así como -en ejercicio de laspotestades relativas al desarrollo de la estructura orgánica reconocidas en el artículo 111del RO a la Presidencia- para modificar el servicio/área al que quede adscrita la Mesapermanente y los cargos o puestos que determinan la condición de miembro de la mesa,debiendo en todo caso respetarse tanto el número de miembros como su composicióntécnica.

Noveno: La composición de los expedientes de contratación iniciados antes de la entradaen vigor del presente acuerdo será la establecida mediante acuerdo plenario nº 84/18,adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2018. A estos efectos seentiende que los expedientes de contratación han sido iniciados si se hubiera publicado lacorrespondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato.

Décimo: Del presente acuerdo se dará cuenta a las Comisiones Informativas y deSeguimiento constituidas en la Diputación Provincial para la presente legislatura en laprimera sesión que éstas celebren..(Referencia: Expediente: 2.014/18. Acuerdo n.º 30/20).

En Valladolid, a trece de agosto de dos mil veinte.-El Presidente Acctal.-Fdo.: VíctorAlonso Monge

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto núm. 5006, de fecha 4 de agosto de 2020, se ha dictado Resolución delsiguiente tenor literal:

Visto el expediente PER-482/2020, relativo a la convocatoria para la provisión de 68 plazasde Peón/a mediante acceso libre, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2017,2018, 2019 y 2020, vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionarioque suscribe propone que sea dictada Resolución del tenor literal siguiente:

ANTECEDENTES

Primero.-Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en las Ofertas deEmpleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2017, 2018, 2019 y 2020 asícomo en la Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.-En este procedimiento se ha dado cumplimiento al trámite de negociación con larepresentación de los Empleados Públicos, previsto en el art. 37 del Texto Refundido de laLey del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo5/2015, de 30 de octubre.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Corresponde la competencia para dictar la presente resolución a la Junta deGobierno, en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia enel Concejal Delegado de Planificación y Recursos, por Acuerdo de fecha 19 de junio de2019.

Segundo.-La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en las Ofertasde Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2017, 2018, 2019 y 2020aprobadas por la Junta de Gobierno en sesiones celebradas los días 22 de noviembre de2017, 21 de noviembre de 2018, 6 de noviembre de 2019 y 8 de julio de 2020respectivamente.

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN:

Primero.-Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivaspara el acceso a la categoría de Peón/a, perteneciente al Grupo profesional V del sistemade clasificación profesional del personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Valladolid.Dichas bases figuran como Anexo I al presente Decreto.

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Segundo.-Convocar 68 plazas de la categoría de Peón/a, mediante acceso libre,correspondientes a las Ofertas de Empleo Público para los años 2017, 2018, 2019 y2020.

Tercero.-De conformidad con lo establecido por el apartado 5 de la base séptima de lasBases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque elAyuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas porDecreto del Concejal Delegado del Área de Planificación y Recursos de 15 de julio de2020, será exigible el pago de la tasa de 3,36 euros por derechos de examen a laspersonas que participen en las pruebas selectivas convocadas.

El pago de la tasa se realizará mediante sistema de autoliquidación. Para ello losinteresados deberán cumplimentar el cumplimentar el formulario establecido al efecto, quese halla disponible en la sección “Empleo Público” del Tablón de Anuncios de la SedeElectrónica Oficial del Ayuntamiento de Valladolid (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/pago-tasas-examen) imprimiendo los tres ejemplares de la autoliquidación:contribuyente, entidad financiera colaboradora y Ayuntamiento y debiendo adjuntar ésteúltimo a la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentas del pago de la tasa las personas en que a la fecha publicación de laconvocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado concurra alguna delas siguientes circunstancias:

a).Las víctimas del terrorismo, el cónyuge y sus ascendientes o descendientes, pornaturaleza o adopción. A los efectos del disfrute de esta exención, se equiparará alcónyuge a quien conviva o hubiere convivido con la víctima con análoga relación deafectividad y acredite, en tal sentido, en virtud de certificado expedido al efecto, suinscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autonómicacorrespondiente. Para la aplicación de esta exención, el sujeto pasivo deberá aportarcertificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste laidentificación de la víctima y, en su caso, el parentesco.

b).Las que tengan la condición de miembros de familias numerosas conforme a loestablecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las FamiliasNumerosas y demás normativas concordantes. Para la aplicación de esta exención elsujeto pasivo deberá aportar certificado o fotocopia compulsada del carné vigente defamilia numerosa expedido por el órgano competente.

c).Las que tengan la condición de personas discapacitadas, considerándose como talesquienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100. Para laaplicación de esta exención deberán aportar certificado o fotocopia compulsada deldocumentado acreditativo expedido por el órgano competente.

d).Las que tengan la condición de desempleadas inscritas como demandantes de empleoen los servicios públicos de empleo con una antigüedad mínima de seis meses. Para laaplicación de esta exención, deberán acreditar este hecho mediante la presentación decertificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, elServicio Regional de Empleo que corresponda.

e).Para las mujeres víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta exención elsujeto pasivo deberá aportar certificado del documentado acreditativo expedido por elórgano competente.

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Quienes se hallen en alguna de las situaciones anteriores, no estarán obligados apresentar autoliquidación ante la oficina liquidadora. A los efectos de justificar su exenciónde la obligación de pago de la tasa deberán aportar junto a su solicitud la documentaciónacreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada.

Cuarto.-El orden en que habrán de actuar las personas aspirantes en los ejercicios que nose puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo aquélla cuyoprimer apellido comience con la letra “Q”; en el supuesto de que no exista ninguna personaaspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciarápor aquellas cuyo primer apellido comience por la letra “R” y así sucesivamente, según laResolución, de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública,(BOE de 18-3-2019), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere elartículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Quinto.-El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas entomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir delsiguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial delEstado”.

SEXTO.-Contra esta Resolución podrá interponerse demanda en el plazo de dos mesesante la Jurisdicción Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a), en relacióncon el artículo 6.2 a), de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la JurisdicciónSocial, y artículo 69 de dicha norma, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 deoctubre.

Valladolid, 4 de agosto de 2020.- El Concejal Delegado del Área de Planificación yRecursos, P.A., la Concejala Delegada de Cultura y Turismo: Ana Redondo García.-Decreto núm. 5006 de fecha 4 de agosto de 2020.

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A N E X O I

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO LIBRE A LA CATEGORÍA DE PEÓN/A DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Primera.- Ámbito de Aplicación. Las presentes bases serán de aplicación a las pruebas selectivas convocadas para proveer 68 plazas de Peón/a,

vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, en ejecución de las Ofertas de Empleo Público correspondientes a los años 2017, 2018 y 2019.

A dichas pruebas será de aplicación, asimismo, lo establecido en las Bases Generales por las que se regirán los

procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Planificación y Recursos, de fecha 15 de julio de 2020 y publicadas en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” de 3 de agosto de 2020 (B.O.P. nº 147)

Segunda.- Características de las plazas.

Las plazas convocadas corresponden al Grupo profesional V del sistema de clasificación profesional del personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Valladolid.

De acuerdo con lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid y de las

Fundaciones Municipales, actualmente en vigor, los puestos ofertados a las personas que superen el proceso selectivo podrán ser a tiempo parcial (80% de la jornada ordinaria de trabajo).

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en la Base quinta de las bases generales que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, deberán reunir los siguientes:

- Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en la base quinta de las Bases generales

que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid.

- Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Certificado de Escolaridad o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en habilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- Aportar, junto con la solicitud, certificado médico oficial expedido por facultativo colegiado, que acredite textualmente que “el aspirante no padece enfermedad ni defecto físico que le impida la realización de las pruebas del proceso selectivo”. Dicho certificado podrá sustituirse, en su caso, por una declaración responsable de la persona interesada, mediante la que manifieste reunir las condiciones exigidas, al no padecer enfermedad ni defecto físico que lo impida, para la realización de las pruebas físicas establecidas en el Anexo III de las presentes bases, eximiendo a la Administración convocante de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la realización de dichas pruebas, como consecuencia de la falsedad de los datos contenidos en su declaración. La declaración responsable se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo II de las presentes bases.

- Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción, de acuerdo con lo indicado en la base tercera de la

convocatoria.

Cuarta.- Solicitudes y plazo de presentación 1.- Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo presentarán su solicitud conforme al modelo

oficial que acompaña a la presente convocatoria (Anexo V).

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Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de

Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid en la sección “Impresos y solicitudes” (https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/impresos-solicitud-tramites) así como en apartado correspondiente a la convocatoria de la sección “Empleo Público” (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/empleo-publico).

2.- Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán,

preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3.- El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a

aquél en que aparezca publicado el extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. 4.- Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos presentarán, junto con su solicitud, la

documentación siguiente: - Declaración responsable firmada de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte

en el proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud.

- Declaración responsable firmada según el modelo establecido en el Anexo II de las presentes bases. - Justificante de haber abonado, en su caso, los derechos de examen. Quinta.- Sistema selectivo

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición y constará de las siguientes pruebas: Primera: Pruebas físicas. Segunda: Prueba teórica 1.- Pruebas físicas: Se ajustarán a lo especificado en el Anexo III. 2.- Prueba teórica: Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas que versarán sobre el contenido del Programa que figura como anexo a estas bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos. Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje. Las preguntas de reserva sustituirán, en su caso, aquellas que resultaran anuladas por el mismo orden en que fueran incluidas en el cuestionario. Sexta.- Calificación del proceso selectivo.

5.1.- Calificación de la fase de oposición. Las calificaciones para cada uno de los ejercicios se otorgarán como sigue: Primer ejercicio: Se valorará cada una de las pruebas realizadas conforme a lo establecido en el Anexo III La calificación será de

“apto” o “no apto”, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que no alcancen la calificación de “apto” en alguna de las pruebas realizadas.

Segundo ejercicio:

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La puntuación total del ejercicio será entre cero y diez puntos, obteniendo cero puntos las personas que no hayan contestado correctamente ninguna pregunta y 10 puntos las personas que hayan contestado correctamente las 50 preguntas, siendo las puntuaciones del resto de personas opositoras las que procedan proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa.

En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no

contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.

Serán eliminadas aquellas personas que no alcancen la puntuación mínima que establezca el tribunal, dentro de

un rango de entre tres puntos y medio y seis puntos y medio, una vez conocidas las puntuaciones de todas las personas opositoras y antes de conocer su identificación. La puntuación mínima establecida para este ejercicio será publicada de forma independiente antes de la publicación de los resultados del ejercicio.

El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas

convocadas. Los posibles empates en la puntuación se dirimirán de la siguiente forma: primero mejor puntuación en el segundo

ejercicio, después, mayor número de respuestas correctas en el segundo ejercicio, de persistir en el empate se atenderá al menor número de respuestas incorrectas en el segundo ejercicio. Si aun así subsistiera el empate, se atenderá al sexo menos representado en la Categoría Profesional, y en último término, al orden que se determine en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en vigor en el momento en que se produzca la aprobación de la convocatoria.

Séptima.- Adjudicación de destinos.

1.- Las vacantes convocadas se adjudicarán a las personas que hayan superado el proceso selectivo por orden de

puntuación. 2.- Para que la adjudicación de destinos surta efecto y pueda formalizarse el contrato de trabajo, la persona

seleccionada deberá: a. Justificar adecuadamente los requisitos o condiciones exigidos en la convocatoria. A tal efecto, los documentos

acreditativos deberán ser presentados en el plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de personas seleccionadas.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

b. Someterse a reconocimiento por el personal médico del Departamento de Prevención y Salud Laboral y ser declarado apto para el puesto de trabajo a desempeñar.

c. Formalizar su contrato de trabajo en el plazo de 30 días naturales desde la fecha de publicación de la resolución del procedimiento.

Octava.- Bolsas de trabajo Las personas aspirantes que, habiendo superado, al menos, uno de los ejercicios de que conste el proceso

selectivo, no hayan superado las pruebas selectivas, se integrarán, ordenadas en función del mayor número de ejercicios superados y de puntuación obtenida en cada uno de ellos, en las Bolsas de trabajo utilizadas para la prestación de servicios de carácter temporal en la Corporación, ajustándose su funcionamiento a lo establecido en las Bases reguladoras de la gestión de las Bolsas de trabajo en el Ayuntamiento de Valladolid y sus organismos autónomos, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de agosto de 2019, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del día 19 de septiembre de 2019 (B.O.P: nº 179)

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ANEXO II

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE: APELLIDOS ...........………….................................................................………… NOMBRE ...........………….................................................................…………… D.N.I. ...........………….................................................................………………… DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que reúne las condiciones exigidas, al no padecer enfermedad ni defecto físico que lo impida, para la realización de las pruebas físicas establecidas en el Anexo V de las presentes bases. Que, en consecuencia, EXIME a la Administración convocante de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la realización de dichas pruebas, como consecuencia de la falsedad de los datos contenidos en su declaración, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera personalmente incurrir como consecuencia de la falsedad de su declaración. Y para que así conste firmo la presente autorización en Valladolid, a ...... de …………………… de 2020. Fdo……………………………………………………………………………….

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ANEXO III

PRUEBAS DE APTITUD FÍSICA

a) Prueba de fuerza Objetivo: Medir la fuerza explosiva en general del cuerpo, con predominio en la musculatura de brazos y tronco. Desarrollo: Posición inicial: Sin impulso previo, desde parado, con las piernas cómodamente separadas, los pies en posición simétrica y el balón sostenido con ambas manos por encima y por detrás de la cabeza. Ejecución: lanzar el balón hacia adelante con toda la fuerza posible, de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento. Valoración: Reglas:

1.- El lanzamiento se realizará manteniendo los pies simétricamente colocados. Los brazos accionarán, simétrica y simultáneamente por encima de la cabeza.

2.- En ningún caso podrán separarse totalmente los pies del suelo. No se permitirá dar pasos al frente. 3.- Ninguna parte del cuerpo podrá tocar el suelo delante de la línea de demarcación en ningún momento. El

lanzamiento se medirá desde la línea de demarcación hasta el punto de caída del balón. 4.- Se medirá la longitud del lanzamiento en metros y centímetros. 5.- Se podrá realizar un segundo intento, en caso que en el primero no se consiga la distancia requerida.

Intentos: Dos. Invalidaciones: Será nulo todo intento que incumpla alguno de los aspectos contenidos en las Reglas 1ª, 2ª y/o 3ª. Se considerarán no aptos aquellos que no alcancen las marcas mínimas reflejadas en la tabla de baremo por sexo y edades o hayan realizado dos intentos nulos. Material: Material: Balón medicinal de 3 Kg. +/- 100g. para ambos sexos. Marcas: LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL Hasta 25 años 5,00 7,50 De 26 a 32 años 4,50 7,00 De 33 a 39 años 4,25 6,75 De 40 a 50 años 4,00 6,50 De 51 años en adelante 3,75 6,25

LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL

Edad Mujeres Hombres

Hasta 25 años 5.00 7.50

De 26 a 32 años 4.50 7.00

De 33 a 39 años 4.25 6.75

De 40 a 50 años 4.00 6.50

De 51 años en adelante 3.75 6.25

b) Prueba de resistencia aeróbica. Consistirá en recorrer durante un período de doce (12) minutos la mayor distancia posible en un espacio plano y con una distancia delimitada. La prueba se realizará en una pista de atletismo o, en su defecto, una zona que disponga de medidas estandarizadas a partir de las cuales conocer la distancia recorrida Las personas aspirantes serán organizadas en grupos de números no superior a 10 personas. Cada una de ellas, a indicación del controlador, se colocará detrás de la línea de salida. La salida tendrá lugar tras la señal “listos, ya” efectuada por el controlador. Cuando falte un minuto para concluir los doce de que consta la prueba, el coordinador de la misma avisará de tal circunstancia a los participantes mediante un megáfono o sistema de megafonía, o mediante señal acordada previamente. El final de la prueba será indicado por el controlador de la misma de igual manera y, cuando esto ocurra, las personas participantes deberán permanecer inmóviles en el lugar en que están hasta que se les indique que pueden abandonarlo

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(sólo podrán caminar o moverse sobre la misma distancia que acabaron, sin aumentarla, desde el interior de la pista hasta la última calle o similar). Valoración: Se anotará la marca conseguida por cada aspirantes en metros, valiéndose para ello de marcas o segmentos de medidas establecidos y expuestos previamente (marcando las distintas distancias establecidas como mínimas para cada baremo de sexo y edad). Se considerarán no aptas aquellas personas que no alcancen las marcas mínimas reflejadas en la tabla de baremo por sexo y edades o que incumplan algunos de los requisitos de realización de la prueba. Intentos: Uno. Invalidaciones: La prueba será invalidada en los siguientes casos:

- Abandonar voluntariamente la pista durante la prueba. - Cuando un mismo aspirante realice dos salidas falsas. - Empujar, golpear o intervenir negativamente obstruyendo o impidiendo a otro participante su avance normal.

Si durante la prueba se descalifica a alguna de las personas participante por alguna de estar razones, el Juez-Árbitro podrá disponer que se efectúe de nuevo, con la excepción de la persona descalificada, o permitir a las personas afectadas por la acción que provocó la descalificación (con la excepción de la descalificada), realizar de nuevo la prueba tras su realización por el resto de aspirantes. Marcas:

PRUEBA DE RESISTENCIA

Edad Mujeres Hombres

Hasta 29 años 1.800m 2.200m De 30 a 39 años 1.700m 1.900m De 40 a 49 años 1.500m 1.700m De 50 años en adelante 1.400m 1.600m

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ANEXO IV

PROGRAMA

TEMA 1.‐ La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y libertades fundamentales de los españoles TEMA 2.‐. El municipio. El término municipal. La población. Las competencias de los municipios. Consideración especial del vecino. Información y participación ciudadana. TEMA 3.- Los órganos de gobierno y administración del Ayuntamiento de Valladolid: Nociones básicas sobre el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno y los Concejales. TEMA 4.‐ El personal del Ayuntamiento de Valladolid: Características y principales funciones. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales. Tema 5.- El Plan Municipal de Igualdad para el personal del Ayuntamiento de Valladolid y las Fundaciones Municipales. El Plan Municipal contra la Violencia de Género: Área de detección y atención Integral: Objetivos y actuaciones. TEMA 6.- Maquinaria, utensilios y herramientas utilizados para la limpieza de vías públicas. Equipos maquinaria y herramientas utilizados para las reparaciones de los firmes y pavimentos de las vías públicas de Valladolid. TEMA 7.- Diferentes materiales existentes y que se emplean para las reparaciones de los firmes y pavimentos de las vías públicas de Valladolid TEMA 8.- Mobiliario Urbano: Contenedores, papeleras. Vallas de protección peatonal, bolardos, bancos, puntos de luz. TEMA 9.- Diferentes labores para el mantenimiento de las zonas verdes a lo largo del año. Maquinaria y herramientas utilizadas para el mantenimiento de las zonas verdes. TEMA 10.- Ley 22/2011, de 28 de julio de Residuos y Suelos Contaminados: Título I, Capítulo I, Artículo 3: Definiciones. Artículo 6: Clasificación y Lista Europea de Residuos Municipales según la Lista Europea de Residuos Municipales (residuos domésticos y residuos asimilables procedentes de los comercios, industrias e instituciones (código 20). TEMA 11.- Protocolo de Seguridad en el Trabajo para el puesto de peón/peona. Seguridad y salud en el trabajo para el puesto de Peón/a/Ayudante – peón/a especialista de Vías Públicas. Equipos de protección individual y protecciones colectivas.

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ANEXO V MODELO DE SOLICITUD

DATOS DE LA CONVOCATORIA

DATOS PERSONALES

REQUISITOS DE TITULACIÓN/COMPETENCIA FUNCIONAL RECO NOCIDA

REQUISITOS PROFESIONALES (SÓLO TURNO DE PROMOCIÓN I NTERNA)

DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN

El que suscribe SOLICITA ser admitido a las pruebas reseñadas y DECLARA que son ciertos los datos consignados y que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente los datos consignados, si fuera preciso.

En…………………………………………………..a………de…………………………de……………….

(Firma del aspirante)

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA FECHA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP TIPO DE ACCESO IDIOMA EXTRANJERO (EN SU CASO) DISCAPACIDAD TIPO GRADO ADAPTACIÓN

PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE NIF/NIE FECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD SEXO DOMICILIO – TIPO VIA NOMBRE VIA NUMERO PISO LETRA LOCALIDAD PROVINCIA CODIGO POSTAL PAÍS TELEFONO FIJO TELÉFONO MOVIL CORREO ELECTRÓNICO

PAÍS DE EXPEDICIÓN DEL TITULO NIVEL ACADÉMICO DEL SOLICITANTE TITULACIÓN OFICIAL/COMPETENCIA FUNCIONAL RECONOCIDA

COLECTIVO RELACIÓN DE SERVICIOS GRUPO SUBGRUPO ESCALA SUBESCALA SERVICIOS EFECTIVOS PRESTADOS AÑOS MESES DIAS

IMPRESO ACREDITATIVO DE HABER ABONADO LOS DERECHOS DE EXAMEN (EN SU CASO)

AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS MÉDICAS (EN SU CASO) CERTIFICADO MÉDICO QUE ACREDITE QUE EL ASPIRANTE NO PADECE ENFERMEDAD NI DEFECTO FÍSICO QUE LE IMPIDA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DEL PROCESO SELECTIVO (EN SU CASO) CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD RECONOCIDO (SOLO PARA TURNO DE DISCAPACIDAD) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS MÉRITOS ALEGADOS (SÓLO PARA TURNO DE PROMOCION INTERNA)

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En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas, le informamos que los datos de carácter personal serán tratados por el Ayuntamiento de Valladolid con la finalidad de selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante convocatorias públicas; a fin de tramitar su solicitud y resolver la convocatoria en la que participa. Finalidad basada en el cumplimiento de obligaciones legales. Los datos pueden ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia y la página web del Ayuntamiento; y serán conservados el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y determinar las posibles responsabilidades derivadas. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, delimitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, dirigirse al Departamento de Gestión de Recursos Humanos, Plaza Mayor 1, 47001 Valladolid o por correo electrónico a la dirección [email protected]. Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento puede dirigirse al teléfono de información administrativa: 010

EXCMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE V ALLADOLID

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ANEXO VI

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1. Instrucciones Generales: Cumplimente el modelo oficial de solicitud contenido en el Anexo III. Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla en registro (excepto si la presentación se hace por correo, en cuyo caso deberá firmarla y presentarla en una Oficina de Correos en sobre abierto, a fin de que por el empleado de Correos se pueda sellar la solicitud). 2. Datos de la Convocatoria: a) Escala/Subescala/Categoría: Deberá indicar la Escala/Subescala/Categoría de las plazas objeto de la convocatoria a la que se presenta, datos que podrá encontrar en la Base segunda de la convocatoria. b) Fecha de publicación de la convocatoria: Deberá indicar la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia» de Valladolid c) Tipo de acceso: Dependiendo de cada caso deberá indicar Turno libre, Turno de discapacidad o Turno de promoción interna (según proceda) d) Idioma extranjero: Sólo deberá cumplimentar esta casilla en caso de participar en procesos selectivos en los que se incluya la realización de una prueba de idiomas. En este caso, deberá indicar el idioma en el que desea realizar la prueba, «francés» o «inglés». e) Discapacidad Tipo/Grado/Adaptación: En el caso de padecer algún tipo de discapacidad se especificará:

Tipo: indique el tipo de discapacidad según el dictamen del órgano competente. Física Física/Psíquica Física/Psíquica/Sensorial Física/Sensorial Psíquica Sensorial Sensorial/Psíquica

Grado: el que tenga reconocido, según resolución del órgano competente. Adaptación: Si lo precisa cumplimente la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas

Eliminación de barreras arquitectónicas. Mesa adaptada a la silla de ruedas. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio. Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión. Necesidad de intérprete, debido a sordera. Sistema Braille de escritura, por invidente. Otras, especificando cuáles en documento aparte.

3. Datos personales: Se cumplimentarán los del aspirante. Tenga en cuenta que en el apartado de «Domicilio», en «Tipo Vía», deberá indicarse la que corresponde teniendo en cuenta: AV (Avenida), CL (Calle), PS (Paseo), PA (Plaza). 4. Requisitos de titulación/competencia funcional r econocida: a) País de expedición del título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica que posea el aspirante. b) Nivel académico del aspirante: Se especificará el nivel de titulación que posea (Graduado Escolar, Bachiller, Titulación Universitaria de Primer Ciclo, Titulación Universitaria de Segundo Ciclo, etc.) c) Titulación oficial: Se indicará la denominación del título que posee. 5. Requisitos profesionales (a cumplimentar únicamente por los participantes por el turno de promoción interna): a) Colectivo/Relación de servicios: En “colectivo” se indicará “laboral” y en relación de servicios “laboral fijo”. b) Grupo/Subgrupo/Escala/Subescala: Se consignarán los datos que correspondan en función de la situación personal del solicitante. c) Servicios efectivos prestados: Se cumplimentará con los datos referidos a los servicios efectivos prestados en el Grupo desde el que se promociona. 6. Abono de tasas: a) Deberá acompañar a la solicitud el resguardo original acreditativo de haber realizado el pago de la autoliquidación de la tasa por derechos de examen en la oficina liquidadora sitas en la Plaza de Santa Ana, nº 6, planta baja. Asimismo, deberán marcar la casilla correspondiente dentro del apartado “Documentos que se acompañan ”. b) En el caso de disfrutar de alguna exención al pago de la tasa, a la solicitud de participación en el proceso selectivo se acompañará la documentación acreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada, conforme se establece en el apartado Tercero de la resolución. Para el caso de cónyuges, ascendientes o descendientes de quienes hayan sido víctimas del terrorismo, deberán aportar , además, certificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima del terrorismo y, en su caso, el parentesco de la misma con el solicitante y, en caso de que la condición de víctima del terrorismo correspondiera a la pareja de hecho del solicitante, se deberá acreditar esta condición, adjuntando a la solicitud certificado de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autónoma correspondiente.

ANEXO decreto 5006, de fecha 4 de agosto de 2020.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de sesión celebrada el día 29 de julio de 2020, seadoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Visto el expediente PER-89/2020, relativo a la convocatoria pública para la provisión,mediante el sistema de Libre Designación, de diversos puestos de trabajo vacantes endistintas Áreas, entre otras, en el Área de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo yComercio, se examinan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Por Decreto núm. 913 de fecha 6 de febrero de 2020, (BOP núm. 43 de 3 demarzo) del Concejal Delegado de Planificación y Recursos, se resolvió aprobar laconvocatoria pública para cubrir, mediante el sistema de Libre Designación, diversospuestos de trabajo vacantes en diversas Áreas, entre otras en el Área de Innovación,Desarrollo Económico, Empleo y Comercio.

SEGUNDO.-Con fecha 22 de julio de 2020 se ha emitido por la Sra. Concejala Delegadadel Área de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio, en la que figuraadscrito el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, el preceptivo informe respecto alas solicitudes presentadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.-Es competente para adoptar este Acuerdo la Junta de Gobierno, deconformidad con lo establecido en el art 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local.

SEGUNDO.-Las actuaciones del expediente han sido tramitadas siguiendo lasdeterminaciones establecidas en el art. 80 del Texto Refundido de la Ley del EstatutoBásico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 deoctubre, y de conformidad con el procedimiento previsto en los art. 51 y siguientes delReglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General delEstado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los FuncionariosCiviles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de10 de marzo, para la provisión de los puestos de libre designación, como los que sonobjeto de la presente convocatoria según la Relación de Puestos de Trabajo delAyuntamiento de Valladolid, aprobada por Acuerdo plenario adoptado en sesión celebradael 7 de marzo de 2003.

TERCERO.-En el informe que consta en el expediente, al que se hace referencia en el

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Antecedente de Hecho Segundo, consta la idoneidad de la aspirante seleccionada para eldesempeño del puesto convocado, por reunir tanto los requisitos de participación como losexigidos para el desempeño del mismo.

A la vista de lo expuesto en los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho

SE ACUERDA:

Primero.- Adjudicar el siguiente puesto de trabajo a la funcionaria que se relaciona acontinuación:

Área: INNOVACIÓN, DESARROLLO ECONÓMICO, EMPLEO Y COMERCIO

Unidad: DIRECCIÓN DE ÁREA.

Puesto: DIRECTOR/A DE ÁREA

Cód. RPT: 05.01.01

Grupo: A1

Nivel: 30

Complemento Específico anual: 34.263,88€

Adjudicataria: Rosa Huertas González

Segundo.- La funcionaria designada deberá cesar en su anterior destino y tomar posesióndel nuevo en el plazo reglamentariamente establecido.”

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, concarácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en elplazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presenteresolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o biendirectamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante elJuzgado Contencioso-Administrativo de Valladolid, conforme a lo dispuesto en la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ellosin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso queestime procedente.

Valladolid, 6 de agosto de 2020.- El Concejal Delegado de Planificación y Recursos, P.A.,la Concejala Delegada de Cultura y Turismo: Ana Redondo García.- Acuerdo de la Juntade Gobierno de sesión celebrada el día 29 de julio de 2020.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ADALIA

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 4 de agosto de 2020, acordó laaprobación del Proyecto Técnico correspondiente a las inversiones incluidas en los PlanesProvinciales de Cooperación para el bienio 2020/2021 y que es el siguiente:

1.-Proyecto de Pavimentación de la Calle Circunvalación y Paseo Eduardo Calleja enAdalia, redactado por la Arquitecto Dª Clara Isabel Justo Alonso, y cuyo importe es de32.100,00 euros (IVA incluido), de los que 31.056,10 (IVA incluido) corresponden apresupuesto de ejecución por contrata y 1.043,90 (IVA incluido) a honorarios de direcciónde obra y coordinación en materia de Seguridad y Salud.

Estará expuesto al público durante el plazo de veinte días hábiles, durante los cualespodrán los interesados proceder a su examen en las Oficinas Municipales y en igual plazoformular las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Adalia, 4 de agosto de 2020.- El Alcalde.-Fdo.: Jesús A. Fernández Paniagua.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ADALIA

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 4 de agosto de 2020, acordóprovisionalmente la imposición de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de lavía pública, y la aprobación de la ordenanza fiscal núm. 9, reguladora de la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, durante el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente de lapublicación de este anuncio en el B.O.P. los interesados podrán examinar el expediente ydurante el mismo plazo presentar las reclamaciones y hacer las alegaciones y sugerenciasque estimen oportunas. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sedeelectrónica de este Ayuntamiento en la siguiente dirección: adalia.sedelectronica.es.

En el supuesto de que durante el periodo de exposición pública no se presentenreclamaciones este acuerdo provisional se elevará automáticamente a definitivo.

Adalia, 4 de agosto de 2020.- El Alcalde.-Fdo.: Jesús A. Fernández Paniagua.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ADALIA

Por el pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 4 de agosto de 2020, seaprobaron provisionalmente los expedientes de modificación al presupuesto nº 1/2020, porsuplemento de créditos, y 2/2020, por créditos extraordinarios.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y 38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dichoexpediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos deque los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a susderechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente seentenderá aprobado definitivamente, produciendo efectos desde la fecha de la aprobacióndefinitiva una vez que se haya publicado íntegramente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Adalia, 4 de agosto de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Jesús A. Fernández Paniagua.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CARPIO (EL)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Leg 2/2004 de 5de marzo, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejerciciode 2020, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:INGRESOS GASTOS

Operaciones corrientes Operaciones corrientes

Cap. 1º. Impuestos directos 379.227,00 Cap. 1º. Gastos de Personal 353.141,20 €

Cap. 2º. Impuestos indirectos 15.182,00 Cap. 2º. Gastos corrientes en bienes y Servicios. 516.728,11 €

Cap. 3º. Tasas y otros ingresos 164.553,13 Cap. 3º. Gastos financieros 1.500,00 €

Cap. 4º. Transferencias corrientes 427.840,91 Cap. 4º. Transferencias corrientes 57.400,00 €

Cap. 5º. Ingresos patrimoniales 22.050,00

Total 1.008.853,04 Total 928.769,31 €

Operaciones de capital Operaciones de capital

Cap. 6º Enajenación de iversiones Cap. 6º. Inversiones reales 161.538,73 €

Cap. 7º. Ingresos de capital 107.005,00 Cap. 7º. Ingresos de capital

Cap. 8º Activos financieros Cap. 8º Activos financieros

Cap. 8º Pasivos Financieros Cap. 9º Pasivos Financieros 25.550,00 €

Total ingresos de capital 107.005,00 Total 187.088,73 €

Total Ingresos 1.115.858,04 Total Gastos 1.115.858,04 €

Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 deabril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuaciónse detalla:

PERSONAL FUNCIONARIO:-Denominación del puesto:1 SECRETARÍA-INTERVENCIÓN

PERSONAL LABORAL:-Denominación del puesto:1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO: VACANTE1 OPERARIOS DE SERVICIOS2 LIMPIADORAS A TIEMPO PARCIAL1 ARCHIVO1 TÉCNICO INFANTIL A TIEMPO PARCIAL1 TECNICO DEPORTIVO1 TÉCNICO SOCIODEPORTIVOLa aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en elartículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En El Carpio, a 4 de agosto de 2020.- El Alcalde .- Fdo.: José Luis Navas Nieto

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PIÑA DE ESGUEVA

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de junio de2020 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2020.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de5 de marzo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría Generaly durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en elapartado 2º del mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

En Piña de Esgueva, a 22 de julio de 2020.- El Alcalde.-Fdo.: Jorge Juan RodríguezMartínez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PORTILLO

Secretaría

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2020adoptó los acuerdos de aprobación provisional de las siguientes Ordenanzas Municipales:

-Ordenanza nº 20, reguladora de Limpieza viaria y comportamiento ciudadano.

-Ordenanza nº 21, reguladora de los Encierros taurinos tradicionales y demásespectáculos taurinos de Portillo.

De conformidad con lo dispuesto en el artº 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a lapublicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podránexaminar el expediente y durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de quepuedan presentar las reclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimenoportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional seelevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo casoel texto íntegro de las Ordenanzas o sus modificaciones.

Portillo, 11 de agosto de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Juan Antonio Esteban Salamanca.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SARDÓN DE DUERO

Aprobado definitivamente el expediente de modificación al presupuesto de gastos porSuplementos de Crédito y Créditos Extraordinarios nº 5/2020, se hace público el contenidode la modificación tal y como a continuación se indica:

a).SUPLEMENTO DE CRÉDITOS:

Aplicaciones a suplementar:

Aplicación Explicación Crédito actual Incremento Créditos definitivos

1532/601.01 Redacción Proyecto P.P. 2020 1.200,00 € 2.650,00 € 3.850,00 €

1532/619.00 Urbanización -Pavimentación 32.000,00 € 16.000,00 € 48.000,00 €

b).CREDITOS EXTRAORDINARIOS

-Nuevas Aplicaciones

Aplicación Explicación Crédito actual Incremento Créditos definitivos

1532/623.00 Adquisición Maquinaria 0,00 € 8.000,00 € 8.000,00 €

Total incremento: 26.650,00 €

FINANCIACION:Aplicación Explicación Importe

761/00 Exc. Subv. Urbanización 13.060,00 €

870/00 Remanente líquido de Tesoreria para G. Generales 13.590,00 €

Total Financiación: 26.650,00 €

Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio y ello sin perjuicio de que pueda interponersecualquier otro recurso que se considere conveniente.

Sardón de Duero, 4 de agosto de 2020.-El Alcalde.- Fdo.: José Luis Gómez Herreros.

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Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 157 Lunes, 17 de agosto de 2020 Pág. 27

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