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ACTIVlDAO DE CONTROL N° 2-0715-2014-006 PERíODO: ENERO 2014 "INFORME DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA RELACIONADA AL TUPA y A LA LEY DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO" ACTIVIDAD DE CONTROL PROGRAMADA D1RECC1ÓN REGIONAL DE EDUCACiÓN CAJAMARCA ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL GOE1!ERNO .~EGICN,c.._;_

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ACTIVlDAO DE CONTROL N° 2-0715-2014-006

PERíODO: ENERO 2014

"INFORME DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVARELACIONADA AL TUPA y A LA LEY DEL SILENCIO

ADMINISTRATIVO"

ACTIVIDAD DE CONTROL PROGRAMADA

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ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

GOE1!ERNO .~EGICN,c.._;_

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l. INTRODUCCIÓN 03

ORíGEN DE LA LABOR DE CONTROL 03

ANTECEDENTES DE LA LABOR DE CONTROL Y DE LA ENTIDAD 03

BASE LEGAL 05

OBJETIVOS DE LA LABOR DE CONTROL 06

ALCANCE DE LA LABOR DE CONTROL 06

íV1ETODOLOGíA APLICADA 06

l1. COMENTARIOS 07

111. CONCLUSIONES 10

IV. RECOMENDACIONES i '1

V. ANEXOS '12

N° Página

í N D ICE

PERíODO: ENERO 2014

"lNFORME DE CUMPLlMIENTO DE LA NORMAT1VA RELACIONADA AL TUPA Y A LALEY DEL SlLENCIO ADM1NISTRATlVO"

Carretera Baños del Inca Km. 3.5 - Cajamarca - Teléfono: 367176

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE CAJAMARCA

ÓRGA~O DE CONTROL INSTlTUCIO:'fAL

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La Dirección Regional de Educación de Cajamarca, prestadora del servicio deadministración de la Educación en su ámbito de influencia, funcionó como órganodependiente de la Octava Región ele Trujillo, según la RS. N° 021-70-ED de fecha21.Ene. í 970; posteriormente como Dirección Zonal de Educación de acuerdo a laR.M. N° 2205-71-ED de fecha 01.Sep.í971. Luego, con la RS.R N° 022-91-RENOM-SAS de fecha Oí.Mar. í 99"1 Y la RR N° 007-91, funcionó como DirecciónSub Regional de Educación.

Asimismo, en consideración a la Ley del Procedimiento Administrativo General y elTexto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional deEducación vigente a la fecha, documento que delimita los costos, plazos yprocedimientos que desarrolla la Entidad como parte de los procedimientosadministrativos iniciados por los administrados.

La presente Actividad de Control fue programada en el Plan Anual de Control 2014,Acorde a los criterios y procedimientos para la programación de las actividades decontrol, esto conforme a Resolución de Contraloría N° 418-2013-CG, publicada el 30de noviembre de 2013 y a la Directiva N° 018-2013-CG/PEC "Programación,Ejecución y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Controllnstitucional" para el año 2014.

ANTECEDENTFS DE LA LABOR DE CONTROL Y DE LA ENTIDAD

La presente Actividad de Control tiene su origen en el control del cumplimiento de laLey N° 29060 - Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo W 079-2007-PCM de fecha 05 de septiembre de 2007 - "Aprueban lineamientos paraelaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el Cumplimientode la Ley del Silencio Administrativo". Asimismo la verificación del cumplimiento delos plazos establecidos en el TUPA Institucional y que tengan que ver conprocedimientos de evaluación prevía, sujetos a silencio positivo, la misma que seejecuta en cumplimiento al Plan Anual de Control para el período 2014, aprobadomediante Resolución de Contraloría W 0440-2013-CG, publicada en el DiarioOficial" El Peruano" el 29 de diciembre de 2012.

ORíGEN DE LA LABOR DE CONTROL

l. INTRODUCCiÓN:

PERíODO: ENERO 2014

"iNFORME DE CUMPLlMlENTO DE LA NORMATiVA RELACiONADA AL TüPA y A LALEY DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO"

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Ley W 29060 - Ley del Silencio Administrativo - Período: ENERO .2014

A partir de la emisión de la Ley N° 26922 de fecha 03.Feb.1998, Ley Marco deDescentralización, desde Julio del año 1998 se desliga de la Región Nor Oriental delMarañón, constituyéndose como Dirección Regional de Educación. Tiene comoactividad principal administrar el servicio educativo en las recientes Unidades deGestión Educativa Local convertidas en Unidades Ejecutoras, como son: Cajamarca,Cajabamba, Celendín Contumazá, San Marcos, San Miguel y San Pabfo, mediante laLey N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;además de las Unidades de Gestión Educativa Local ya consideradas comoUnidades Ejecutoras: Jaén, San Ignacio, Chota, Bambamarca - Hualgayoc, SantaCruz y Cutervo.

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Constitución Política del Perú.Ley N° 29944 - Ley de Reforma MagisterialDecreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público. Reglamento aprobado con D.S. 005-90-PCM.Ley N° 27444- Ley del ProcedimientoAdministrativo General.Ley N° 29091 - Ley que modifica el párrafo 38.3 del Artículo N° 38 de la Leydel Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación dediversos dispositivos Legales en el portal del Estado Peruano.Ley N° 29060 - Ley del Silencio Administrativo.Decreto Supremo N° 079-2007 -PCM - Lineamientos para elaboración yaprobación de TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley delSilencio Administrativo.

• Decreto Legislativo N° 1029. Decreto Legislativo que modifica la Ley delProcedimiento Administrativo General - Ley N° 27444 Y la Ley del SilencioAdministrativo - Ley N° 29060.

" Ley N° 27785- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República.

" Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado conResolución de Contraloría N° 459-2008/CG publicada el 30.0ct.2008, y suModificatoria con RC. N° 099-2010-CG,de fecha 23.Abr.2010

,. Ley N° 28716 - Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.JI Resolución de Contraloria N° 320-2006-CG - Normas de Control Interno.

JI

BASE LEGAL

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Verificación de los documentos generados por las áreas responsables de I~_:,,""~c~:,.>atención de las solicitudes presentadas por los administrados. .<;,'~t)::,\);¡'~Lc'$~~~,

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~ Solicitudes dirigidas a las áreas responsables sobre la atención a losdocumentos presentados por los administrados y que fueron derivados por laoficina de tramite documentario.

Identificación de los requerimientos que corresponden a los procedimientosadministrativos definidos y tipificados en el TUPA vigente de la ORE C,!l_J.

Para el desarrollo de la presente actividad de control se aplicó los siguientesprocedimientos vinculantes a la auditoria gubernamental:

~ Obtención de la información procesada en el sistema de gestióndocumentaría que registra el total de documentos recepcionados por laOficina de Tramite Documentario de la ORE CAJ durante el mes de enero del2014, detallándose en ella los datos correspondientes a cada requerimientoasí como las áreas donde fueron derivados para su respectiva atención.

METODOLOGíA APLICADA

La presente Actividad de Control comprende de forma selectiva la verificación,revisión y control de los procedimientos administrativos con evaluación previa ysujetos a silencio administrativo positivo y/o negativo que desarrolla la entidad, através de sus unidades orgánicas. Conforme al Art. 8° de la Ley N° 29060; encuanto a los plazos requisitos y procedimientos establecidos en el TUPA Institucionalconsiderando el mes de enero del 2014.

ALCANCE DE LA LABOR DE CONTROL

" Determinar si las peticiones relacionadas a la aplicación del SilencioAdministrativo, durante el periodo enero 2014 fueron resueltas conforme lanormatividad que lo regula.

2 Verificar en el sistema de trámite documentario los reportes de losdocumentos con procedimiento TUPA y peticiones con la aplicación delsilencio administrativo.

.. Verificar si los responsables de las áreas y/o Unidades Orgánicas actúanconforme a los procedimientos y plazos establecidos en el TUPA institucional.

~ Verificar si las Unidades Orgánicas han registrado ingresos de peticiones deaplicación del silencio administrativo durante el mes de enero 2014.

OBJETIVOS DE LA LABOR DE CONTROL

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Ley ,\jo 29060 - Ley del Silencio Administrativo - Período: ENE20 201-4 (f~-~:,::¿":',><~':'V). é:·"·':\,

Al respecto, mediante Oficio N° 0035-2014/0CI-DREC, de fecha 21 de enero del2014, solicitamos al Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, Abog. Robert HenryArroyo Castañeda, informarnos sobre el estado situacional ce los expedientesderivados a su despacho, en aplicación de la Ley del Silencio Administrativo.

De acuerdo a la relación de documentos ingresados através de la oficina de trámitedocumentario durante el mes de enero del 20'14 los cuales fueron remitidos a estadependencia (OCI) se recepcionó un total de cuatro (04) expedientes los cualesfueron derivados a la Oficina de Asesoría Jurídica, para su correspondiente atención.

13/01/2014Oficina de Asesoría Jurídicai 00805 13/01/20141 Fernández Silva, Víctor

13/01/2014Oficina de Asesoría Jurídica

I I i '1 007471 13/01/20141 Linares Alarcón. César Oficina de Asesoría Jurídica 13/01/2014!, ~--------t----------- ---~-------------------i 00804¡ 13/01/2014 i Fernández Silva, Víctor

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I00247! 06/01/2014 ¡ Aliaga Abanto. César Oficina de Asesoría Jurídica 06/01/200I ! 1<+ I

Mediante Oficio N° 006-2014-GR-CAJ-DRE/S.G. de fecha 20 de enero del 2014, laOficina de Secretaria General nos remite la relación de expedientes solicitados, lacual se muestra a continuación.

Mediante Oficio N° 0032-2014/0CI-DREC, de fecha 20 de enero 2014, a fin decumplir con la actividad de control, solicitamos a la Oficina de Secretaria General, larelación de expedientes sobre los procedimientos administrativos iniciados durante elmes de enero del 2014, sujetos a la aplicación de la Ley del Silencio Administrativo yla indicación de las instancias a las cuales fueron derivados para su respectivotrámite.

Ref. Ley W 29060: Art. 2°, 3°, 5° Y 6 °

i. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS lNIClADOS y PRONUNCIAMIENTOSEFECTUADOS

11. COMENTARIOS.

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Ley W 23060 - Ley del Silencio Administrativo - Período: ENERO 201~ :!':.:.;\,t·, "",2'-':-;]" :-;::,;>:",

11 El expediente W 00805-2014, que corresponde al Sr. Fernández Silva Víctor RaL¡I,fue atendido mediante la emisión del Oficio N° 0331-2014-GR.CAJ-DRE/DOAJ, enel cual se le indica que su recurso de apelación fue devuelto a la UGEL Chota conOficio N° 4707 -2013-GR.CAJ-DRE/DOAJ, cuyos términos están indicados en elreferido documento, por lo que su solicitud de Silencio Administrativo Negativo,deviene en IMPROCEDENTE, por lo que su expediente fue derivado a la UGELChota para su atención respectiva, por lo que su recurso a sido atendido deacuerdo a Ley.

• El expediente N° 00804-2014, que corresponde al Sr. Fernández Silva Víctor Raúl,fue atendido mediante emisión del Oficio N° 0328-2014-GR.CAJ-DRElDOAJ, en elcual se solicita al interesado, precisar el N° de oficio, expediente administrativo y lafecha con la que fue elevado a dicha superioridad, ya que en su recurso deapelación indica que fue elevado con el Oficio N° 444-2013-GR-DRE-CAJ/UGEL­CH y, luego de una revisión en el sistema se observa que dicho N° de Oficiopertenece a la UGEL Cutervo, más no a la UGEL Chota: por lo que, se le otorga unplazo de dos (02) días hábiles para subsanar la OMISiÓN advertida, por lo que surecurso a sido atendido de acuerdo a Ley.

• El expediente N° 00747-2014, que corresponde al Sr. Linares Alarcón CésarLudwin, fue atendido mediante la emisión del Oficio N° 0330-2017-GR.CAJ­DREIDOAJ, en el cual se le indica que su recurso de Apelación contra la RO N°1638-2013-GR-CAJ/UGEL-CUTERVO, de fecha 17 de setiembre del 2013 ha sidodeclarada con nulidad de oficio a través de la RDR N° 4823-2013/ED-CAJ, de fecha27 de diciembre del 2013; por lo que su solicitud deviene en IMPROCEDENTE, porlo que su recurso ha sido atendido conforme a ley.

~ El Expediente N° 00247-2014, que corresponde al Sr. Aliaga Abanto César, fueatendido a través de la emisión de Oficio N° 0327-2014-GR.CAJ-DREIDOAJ, en elcual se le solicita al interesado presentar el número de oficio y expedienteadministrativo con el que fue elevado a dicha superioridad, siendo la informaciónantes mencionada necesaria a fin de atender su solicitud, otorgándole dos (02) díashábiles para subsanar la OMISiÓN advertida; por lo que su recurso ha sidoatendido conforme a Ley.

Con Oficio N° 108-2014-GR.CAJ-DREIDOAJ, de fecha 22 de enero del 2014, elDirector de Asesoría Jurídica, nos informa lo siguiente:

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• Información incompleta remitida por la Oficina de Asesoría Jurídica según losolicitado en relación a la aplicación de la Ley del Silencio Administrativo, ya queno se nos remite copia del expediente presentado por el administrado como sesolicita en oficio de requerimiento de información.

La limitación más importante que se ha presentado durante la ejecución del informees la siguiente:

3. LIMITACIONES

No se ha recibido ninguna denuncia en el Órgano de Control Institucional en contrade algún funcionario o servidor público, según lo establecido en los Artículos 5° y 6°de la Ley N° 29060 - Ley del Silencio Administrativo.

2. DENUNC1ADEL FUNCIONAR10 ANTE EL ÓRGANO DE CONTROL INTERNO

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L"y W 29060- Ley del Silencio Administrativo - Periodo: ENERO2014 I/.l ~8u,'~",':'

3. De acuerdo a lo señalado en los artículos 5° y 6° de la Ley W 29060 durante elmes enero de 2014, no se ha presentado denuncia ante el Órgano de ControlInstitucional contra algún funcionario o servidor público de la entidad en mención.

2. El expediente N° 00804-2014, correspondiente al Sr. Fernández Silva Víctor Raúl,le fue devuelto al administrado otorgándole un plazo para adjuntar la informaciónsolicitada, el cual luego de adjuntar lo requerido fue ingresado nuevamente con N°00805-2014, por lo que luego de ser revisado por la Oficina de Asesoría Jurídicafue declarada improcedente la solicitud del servidor. (Ver Anexo 1)

1. De los procedimientos administrativos relacionados con el Silencio Administrativo,iniciados durante el mes de enero del 2014, la Dirección de la Oficina de AsesoríaJurídica, atendió la totalidad de expedientes, dando la explicación razonable deacuerdo a Ley e informando a los administrados. (Ver Anexo 1)

Como resultado de la ejecución de la Actividad de Control Programada y practicada ala Entidad, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 29060 - Ley del SilencioAdministrativo y el D.S. N° 079-2007-PCM. Esto en cuanto a los expedientes de losadministrados los cuales son ingresados através de la Unidad de TramiteDocumentario, y que son derivados a las distintas unidades orgánicas de la ORECA.J. las cuales desarrollan procedimientos administrativos con evaluación previa ysujetos a silencio positivo y/o negativo conforme al TUPA vigente de la Entidad,vinculantes estos a la Ley del Silencio Administrativo, el Órgano de ControlInstitucional formula las siguientes conclusiones:

lll. CONCLUSIONES

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Cajarnarca, 24 de enero del 2014

El Jefe del Órgano de Control Institucional, que suscribe, ha revisado el contenido delpresente informe y lo hace suyo, indicando que el mismo tiene la condición deActividad de Control Programada, y es consecuencia del Plan Anual de Control del2014, por lo que se eleva a su Despacho para su conocimiento y posteriorimplementación de las recomendaciones generadas.

Al señor Director de la Dirección Regional de Educación:

En cumplimiento de mis obligaciones contractuales es todo cuanto informo a Ud. parasu conocimiento y fines pertinentes.

Que el presente informe sea publicado por intermedio del portal de internet de LaDirección Regional de educación en virtud del numeral 5) del Art. 5° de la Ley N°27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Disponga que las distintas unidades de la ORE CAJ adopten los controles necesariospara que la entidad efectúe una oportuna atención de las solicitudes relacionadas conla aplicación del silencio administrativo positivo y/o negativo, en cumplimiento de losplazos y procedimientos establecidos en el TUPA institucional, a fin de que en elpresente año el trabajo sea mucho más eficiente y oportuno para los administrados,que a ellos nos debemos.

Al Titular de la Dirección Regional de Educación:

En mérito a la aplicación de los procedimientos de control, a los comentariosrealizados y las conclusiones arribadas y con el único propósito de hacer máseficiente y ágil la gestión Administrativa de la Dirección Regional de Educación y susunidades orgánicas, esta Oficina de Control Institucional conforme a lo establecido enel inciso b) del Art. 15° de la Ley N° 27785 "Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República". Formula las siguienteRecomendaciones:

IV. RECOMENDACIONES:

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