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H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ALLENDE

• • •

1'2019. Aiio del CentE!slmo Anivcrsario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar, el Caudillo del Sur".

Caratula de Contrato Anexo Unico

Direcci6n de Obras Publicas y Desarrollo Urbano

Datos del Contratista Validada en : CABILDO NO. 17 fecha 22/04/2019

549,535.53

800,000.00 75,798.00 473,737.53 Iva: $

Manto autonzado: $

Manto contratado sin Iva: $

Manto contratado con Iva: $

Periodo de Contratacion: INICIO miercoles 8 de mayo de 2019 �T=ER=M==IN=O=============s�a�b�a�do�6�d�e�j�u�lio�d�e�2�0�19�=====

I No.:II MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019 I I =

Construccion de techumbre en el Preescolar"Maria Lavalle Urbina"

I Localidad:11 Mesas de Zacango I I Programa:I Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Fortamudf Distrito Federal 2019

l

Representante:IIArq. Juan Carlos Garcia Victoria

23,686.87

22, 739.40 142,121.26 164,860.66

Atentamente

Contrato: MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019 Firma de contrato 7 de mayo de 2019 Anticipo sin iva $

Nombre de la Empresa:IIJuan Carlos Garcia Victoria

M.A.P. Ivon net Soto Bartolo Directora de Obras Publicas y Desarrollo Urbano

garantia de seriedad 5% $

iva $ lmporte de Anticipo 30%: $

(_·I

f MuniclpioVllladeAllende

W VUladeAllende m [email protected]

S Calle Hidalgo, nllmero 100, co Ionia Centro, Villa de Allende, Estado de Mthclco, CP 51000

g 01726-2690174,2690003y2690225

® vllladeallende.gob.mx

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H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ALLENDE ) 2019-2021 Bt:ti

"2019. Ano del Ce11tCsh110 Anlvcrsarlo Luctuoso de Emlllano Zapata Salazer, el Caudillo del Sur".

Representante Legal

Juan Carlos Garcia Victoria

en su carracter de

lnvitaci6n Restringida

Contrato de Obra Publica MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

Arq. Juan Carlos Garcia Victoria

Sera denominado coma "EL CONTRATISTA" a la empresa representada par el

para efectos de este contrato.

� Contrato de obra publica sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado que de conformidad con las declaraciones, antecedentes y

clausulas celebran las siguientes:

Partes AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ALLENDE, ESTADO DE M XICO, REPRESENTADO POR EL PROFR. ARTURO PINA GARCIA, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, CON LA CONCURRENCIA DEL C. EPIGMENIO DELGADO MARTINEZ, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, DE LA MAP. IVONNET SOTO BARTOLO, DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS Y DESARROLLO URBANO.DEL M.E. BERTIN PONCE LOZA , TESORERO MUNICIPAL; DEL C. TOMAS MARIN AGAPITO, QUINTO REGIDOR MUNICIPAL; DE LA C . MARIA DE LOS ANGELES DE L A O SANCHEZ, SINDICO MUNICIPAL; DEL L.D. STEFANO MARIN JIMENEZ, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL; PARTE A.LO QUE EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE

( DENOMINARA "LA CONTRATANTE".

Declaraciones

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DE FECHA Baja la denominacion de

Nacimiento No. 87

coma Representante Leg Donato Guerra, Estado de Mexico

4 Calle HI go, nUmero 100, colon la C tro, Villa de Allende, Estado de Mihcico, CP 51000

'1 017 - 2690174, 26 90 003 y 26 90 225

\II vllladeallende.gob.mx

Arq. Juan Carlos Garcia Victoria

Expedida en

se acredita en terrrnnos del acta Donato Guerra, Estado de Mexico

Nacimiento No. 87

Que su domicilio acutar es

f MunfclploVilladeAllende

W VilladeAllende

[email protected]

y consta en Al tenor de la legislaci6n mexicana y par ende de nacionalidad mexicana.

3.-

3.- Manifiesta que " LA CONVOCANTE "para cumplir con las erogaciones que se deriven del presente contrato se cuenta con las recurso suficientes y se paqara con cargo a recursos del programa :

Fonda de Aportaciones para el Fortaleclmlento de Los Municipios y de las Demarcaciones Terrltoriales del Distrito Federal Fortamudf 201{ Ejercicio fiscal 2019. Aprobada mediante el oficio de autorizaci6n nUmero CABILDO N 0 . 1 7

de fecha 22 de abril de 2019 La adjudicaci6n del presente contrato se realiz6 a traves del procedimiento de invitacion con numero MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

4.- Se designa a la Direcci6n de Obras Publicas y Oesarrollo Urbano del Ayuntamiento de Villa de Allende, Mexico coma la encargada de dictaminar y especificar las requerimientos de la obra. El Contratista "

La contratante

1.� Que es el 6rgano de gobierno del Municipio de Villa de Allende, conforme a lo previsto en el articulo 1 1 5 de la Conslituci6n Polilica de Los Estados Unidos Mexicanos; 1 13 , 1 1 6 , 123 fracci6n i y 125, de la Constituci6n Polftica del Estado Libre y Soberano De Mexico y 15, 27,31 fracclones vii, xvii, xviii, 38, 86, 1 17, de la Ley Org3nica Municipal del Estado De Mexico.

2.- Que de conformidad con las disposiciones de las artfculos 48, 50, 91, 96. Bis de la Ley Org3nica Municipal del Estado de Mexico, se fundamenta la representaci6n jurldica de la convocante asl coma funciones y atribuciones. Par la cual esta facultado para la celebraci6n del contrato.

4.- Manifiesta que su registro federal de contrlbuyentes 5.- Que posee la cecuta de registro al catBlogo de contratistas de agua y obra public

1 .- Que es una persona Fisica 7 de febrero de 1986 expedida en

Juan Carlos Garcia Victoria 2.- Que acredita la personalidad del

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H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ALLENDE

"2019. Afio dcl Ceuteslmo Aniversario Luctuoso de Emlllano Zapata Salazar, el Caudillo del Sur".

Contrato de Obra Publica f MVAJCIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

6.- Que dispone de los recurses tecnlcos, econ6micos, materiales y humanos necesarios para obligarse y cumplir con la ejecuci6n de la obr objeto de este contrato.

7.- Que la celebraci6n de este contrato nose encuentra bajo ninguno de los supuestos previstos en el artfculo 12.48 del C6digo Administrative del Estado de Mexico, lo que manifiesta bajo protesta de decir verdad.

8.- Que con relaci6n a la obra objeto de este contrato, conoce perfectamente el contenido de los proyectos arquitect6nicos y de ingenieria, normas de calidad de los materiales y equipos de instalaci6n permanentes, especificaciones de construcci6n aplicables, normas de servicios tecnicos vigentes, catatopo de conceptos, cantidades de trabajo, unidades de medida e importes generales y el total de la proposici6n, analisis de los precios unitarios de conceptos de trabajo, relaci6n de los costos basicos de materiales, mano de obra y maquinaria de construcci6n que intervienen en los analisis de los materiales y equipo de instalaci6n permanente que en su caso proporcione "LA CONTRATANTE" y su programa de utilizaci6n, anallsis de los costos indirectos, cargos adicionales y particularmente del costo financiero, programa de ejecuci6n de los trabajos detallados por conceptos, consignados por periodos las cantidades por ejecutar e importes correspondientes, programa de utilizaci6n de la maquinaria, personal y equipo de construcci6n requeridos, procedimiento para el ajuste de costos, asf coma las cemas normas que regulan la ejecuclon de los trabajos contratados.

9.- Que ha inspeccionado debidamente el sitio de la obra objeto de este contrato a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecuci6n, ya que el desconocimiento de estos no sera base para reclamaci6n alguna.

10.- Que tiene conocimiento del contenido del Libra DE!cimo Segundo del C6digo Administrative del Estado de ME!xico y de su Reglamento. Ademas que tiene habilidades para la administraci6n y ejecuci6n de la obra publica,

En consecuencia, "LA CONTRATANTE" encomienda a "EL CONTRATlSTA" y este acepta, la realizaci6n de dicha obra, en su totalida Conforme a la descripci6n, proyecto, especificaciones, presupuesto, programas de ejecuci6n normas de construcci6n y reglamentos aplicables.

PRIMERA.­ OBRA:

COMUNIDAD: NO.

SEGUNDA .-

Sub total

Clausulas

Es objeto de este contrato la realizaci6n de la obra denominada: Construccion de techumbre en el Preescolar"Maria Lavalle Urbina"

Mesas de Zacango MY A/CIOP/1 R/FORTAMUNDF-006/2019

Mento del contrato, se desglosa el sub total, impuesto del 16o/o y el gran total: $473,737.53 (CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 53/100)

& Calle Hidalgo, n ·

Q 01726-2690 4,2690003y2690225

® vllladeallende.gob.mx

(SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 00/100)

(QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 53/100)

$75,798.00

$549,535.53

f MunidploVilladeAllende

W VllladeAllende B [email protected]

Total

Iva

TERCERA .- Periodo de ejecuci6n sera con fecha de inicio 8 de mayo de 2019 y fecha de termino 6 de julio de 2019 "EL CONTRATISTA" se obliga a terminar la totalidad de los trabajos

objeto de este contrato en un plaza maxima de 60 dlas naturales El plaza pactado para la ejecuci6n de la obra solo podra ser prorrogado por decision de "LA C�N�TANTE". En caso de que se retrasara el inicio de los trabajos de la obra objeto de este contra to, p94(a�erse entregado a "EL CONTRA Tl TA" el. o los inmuebles en que deba ejecutarse la obra o por no habersele entregado el a9tJcipo..-6'revisto en este contrato, se prorroga ' par igual tiempo, el plaza de entrega de la obra, debiendo hacerlo constar las partes"'19 6rn0n acuer , mediante conyenio escri x modifique el programa de ejecuci6n, adecuandolo al tiempo estrictamente necesario 1. a cubrir el d fa e del inicio e"los trabajos.

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Contrato de Obra Publica MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

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2019. Alio dcl Centestmo Anlversnrlo Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar, el Caudillo de! Sur".

@ En caso de que durante la ejecuci6n de la obra, "el contratista" advierta la imposibilidad de cumplir con el programa de ejecuci6n par causas no imputables a E!I, debera notificarlo a "LA CONTRATANTE "dentro del plaza de ejecuci6n mediante anotaci6n en la bit8cora y presentarle la solicitud de ampliaci6n acompariada de la documentaci6n que corresponda. La ccntratante resolvera dentro de las 15 dfas naturales siguientes a la presentaci6n de la solicitud del contratista. El convenio en que se pacte ampliaci6n del plaza, deber formalizarse, dentro de las 15 dfas naturales siguientes yen el mismo se hara constar el programa convenido.

(

En caso de que surjan causas imputables a "EL CONTRATISTA", y que le impidan la terminaci6n de las obras en el plazo programado, "el contratista" podra solicitar una pr6rroga, pero sera optativo para "et ayuntamiento", concederla o negarla. En caso de concederla "LA CONTRATANTE" se suscribira el convenio en el que conste el programa convenido y "LA CONTRATANTE" decidira si procede a imponer a "el contratista" las sanciones a que haya lugar de acuerdo con este contrato. En caso de que "LA CONTRATANTE" determine negar la pr6rroga solicitada, podra rescindir el presente contrato y exigir el pago de indemnizaclones o bien exigir el cumplimiento del contrato, conminando a "el contratista, para que adopte las medidas necesarias a fin de que la obra quede concluida oportunamente, independientemente de que "LA CONTRATANTE" aplique las sanciones correspondientes.

lcuARTA .- Antici o 1 .- Para el inicio de los trabajos objeto del presente contrato y los fines especificos previstos en esta clausula, "LA CONTRATANTE"

entrsqara a "EL CONTRATISTA"'', a cuenta del pago del precio pactado en la clausula segunda de este contrato, el siguiente anticipo:

Con un porcentaje de: Sub total: $

30o/o que equivale a la cantidad de: 142,121.26 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTIUNO PESOS 26/100)

Iva: $ 22,739.40 (VEINTIDOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 40/100)

Total: $ 164,860.66 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA PESOS 66/100)

� cal/e Hldalgo, ro 100, colonla Centro, Villa de Allende, Estado de Mexico, P 51000

Iii 01726-2690174,2690003y2690225 @I vllladealtende.gob.mx

f MuniclpioVilladeAllende '# VilladeAllende • [email protected]

3.- "EL CONTRATISTA" Se obliga a utilizar los anticipos, unlca y exclusivamente para los fines previstos en esta clausula, debiendo obtener y conservar toda la documentaci6n comprobatoria de ello a efecto de que "LA CONTRATANTE" constate que el uso de los anticipos par "EL CONTRATISTA", se ajuste a lo pactado en esta condici6n.

4.- "LAAMORTIZACl6N" de Jes anticipos, se efectuara aplicando sabre el importe de cada una de las estimaciones que por los trabajos ejecutados presente "EL CONTRATISTA", la deducci6n de un porcentaje igual al que sirvi6 de base para determinar los anticipos, deduciendose en la Ultima estimaci6n el total del faltante por amortizar y si por cualquier causa no fuere suficiente el monto de la estimaci6n Ultima para amortizar los anticipos, debera "EL CONTRATISTA" reintegrar en numerario la cantidad faltante, juntamente c la presentaci6n de la ultirna estimaci6n, en caso de no hacerlo se hara efectiva la fianza de cumplimiento de los anticipos, coma lo establece el artlculo 12.44 fracci6n VI del Libra D8cimo Segundo del C6digo Administrative del Estado de Mexico, 185 y 186 del Reglamento del Libre Decirno Segundo del C6digo Administrative del Estado de Mexico.

2.- Lo anterior coma se establece el artfculo 12.44 del Libro Declmo Segundo del C6digo Administrative del Estado de Mexico, 175 Del Reglamento del Libra Decimo Segundo del C6digo Administrativo del Estado de MBxico.

5.- Si al terrnmo del ejercicio presupuestal, no se han amortizado las anticipos, el importe correspondiente debera ser reintegrado per "EL CONTRATISTA", quien oebera pagar edemas un interes por cada dfa de atraso y hasta la fecha en que sea enterado a "LA CONTRATANTE", el pago total con sus accesorios. Los intereses se calcularan a una tasa e sera igual a la establecida p a el pago de recargos par la Ley de lngresos de Jes Municipios del Estado de Mexico, vigente en el ento en que se realice el page.

6.- Para el caso de que las partes llegaran a celebrar convenios en termtnos de Administrativo del Estado de Mexico, no se otorgaran anticipos.

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2019. Aiio del Centeslmo Aniversaiio Luctuoso de Emlliano Zapata Salazar, el Caudillo del Sur" @ Contrato de Obra Publica

MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019 7.- "EL CONTRATISTA" se obhga a otorgar a favor del Munic1p10 de Villa de Allende, flanza expedrda por lnsfltuclcn debldamente autonzada

conforme a la ley federal de instituciones de fianzas, por el monto total de los anticipos pactados en esta clausula incluyendo el impuesto . al valor agregado (iva.). La p61iza en que conste la fianza, debera ser entregada a "LA CONTRATANTE", dentro de las cinco dias habiles

posteriores a la fecha de que "EL CONTRATISTA" firme el presente contrato, coma lo establece la 12.45 fracci6n I del Libro Decim Segundo del C6digo Administrativo del Estado de Mexico.

8.- Nose liberaran los anticipos, si "el contratista" no ha entregado a "LA CONTRATANTE", la p61iza de fianza referida en el p3rrafo que antecede.

9.- Para la amortizaci6n de tos anticlpos en caso de rescisi6n del contrato o de terminaci6n antlcipada, el saldo por amortizar se reintegrara a "LA CONTRATANTE" en un plaza no mayor de cinco dlas hablles contados a partir de la fecha en que sea comunicada la rescisi6n a terminaci6n a "EL CONTRATISTA".

10- Los pages que "EL CONTRATISTA" deba hacer conforme a esta clausuta, las realizara en la tesorerfa municipal de Villa De AllentjE, Ubicada en Palacio Municipal, localizado en calle Hidalgo# 100 Palacio Municipal C.P. 51000, Goiania Centro, Villa De Allende, Estad de Mexico, Domicilio que "EL CONTRATISTA" declara conocer Hsicamente, siendo par su cuenta los gastos que puedan originarse par la realizaci6n del page en dicho lugar.

.S calle Hfdalgo, nUmero 100, colonla Centro, Villa de Allende, Estado de Me1dco, CP 51000

liil 01726-2690174,2690003y2690225

Gi) vllladeallende.gob.mx

f MunlclpioVilladeAllende

W VllladeAllende ID [email protected]

1.- El precio pactado en la clausula segunda de este contrato, se paqara mediante la formalizaci6n obligatoria de estimaciones comprenderan un periodo de 30 dias naturales coma maxima. Las estimaciones se acompanaran los documentos que previe articulo 244 del Reglamento del Libra Decimo Segundo del C6digo Administrative del Estado de Mexico, debiendo ademas estar firma s par el Supervisor de Obra y Superintendente de Construcci6n.

2.- Las estimaciones seran presentadas par "EL CONTRATISTA", a la residencia de obra dentro de las 4 dfas hclbiles siguientes a ta fecha de carte, para la conciliaci6n y autorizaci6n de las mismas. Cuando las estimaciones de obra ejecutada no sean presentadas en el termlno antes seiialado, las trabajos a que las mismas se refieran, se lncorporaran en la siguiente estimaci6n.

3.- Respecto a las estimaciones de ajustes de costos y/o escalatorias se forrnularan una vez que se autoricen dichos ajustes y/o escalatoria._s-- por la supervision y Direccion de Obras Publicas y Desarrollo Urbano. �

4.- Todos los pagos se realizaran en la Tesoreria Municipal ubicada en Palacio Municipal, localizado en Calle hidalgo # 100 Palacio Municipal C.P. 51000, Colonia Centro, Villa de Allende, Estado de Mexico.

5.- "EL CONTRATISTA" sera el unlco responsable de que las facturas que se presenten para su pago cumplan con las requisites administrativos y fiscales, sin cuya satisfacci6n, no seran pagadas. Toda factura que ampare las pagos por las estimaciones presentadas deoera expedirse a favor del Municipio de Vitia de Allende, con ceduta de identlficaci6n fiscal MVAB501019E1, con direcci6n en Calle Hidalgo# 100 Palacio Municipal C.P. 51000, Municipio de San Jose Villa de Allende, Estado de Mexico.

6.- "EL CONTRATISTA" esta de acuerdo en que de las pages que deba realizarie a "LA CONTRATANTE", este le haga las retenciones que'rf procedan par pages en exceso, anticipos no amortizados, impuestos y las dernas procedentes en terrninos de Ley. \

7.- L�s retenciones que se refieren en el parrato anterior, procederan sin necesidad de aviso prf..4 dando solo constancia escrita de las

rrusrnas. 0

IIQUINTA .- Forma de Pago

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"2019. Ario de! Centeslmo Anlvcrsarlo Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar, el Caudlllo del Sur".

Contrato de Obra Publica MV A/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

8.- Ni la receptaci6n, conciliaci6n y autorizaci6n de las estimaciones por la residencia de obra, ni la receptaci6n y pago de factur s presentadas par "EL CONTRATISTA" a la tesoreria municipal, podr3n ser consideradas coma aceptaci6n parcial o total, temporal o definitlva de la obra contratada, ni tales actos liberan a "EL CONTRA TISTA" de las responsabilidades en que hubiere incurrido par

infracci6n a las normas legales, reglamentarias o tecnlcas aplicables a la obra contratada, ni lo liberan de las responsabilidades en que hubiere incurrido par violaci6n a las pactos contenidos en este contrato, pues "LA CONTRATANTE "se reserva el derecho para exigir e cumplimiento cabal de este contrato o la rescisi6n del mismo, la entrega de obra no ejecutada, el reintegro de lo pagado indebidamente o en exceso, la reparaci6n de obra mal ejecutada por defectos o vicios ocultos que resultaren en la misma, asl como el pago de penas pactadas en este contrato y de las indemnizaciones queen su caso "LA CONTRATANTE" hubiere tenido que pagar a terceros por causa de los trabajos no ejecutados o mal ejecutados respecto de la obra contratada, y en general para reclamar por cualquier responsabilidad en que hubiere incurrida "EL CONTRATISTl't.

( 9.- Cuando "EL CONTRATISTA", hubiere recibido pago en exceso, debera reintegrar a "LA CONTRATANTE" las cantidades que este le hubiere pagado en exceso, mas los intereses correspondientes, conforme a una tasa que sera igual a la que para el pago de recargos establezca la tasa interbancaria (TIS) vigente al momenta del pago, y que se catcularan por dlas calendario desde la fecha del pag�n exceso y hasta en que se haga pago total a "LA CONTRATANTE" de lo pagado en exceso y los intereses correspondientes. AsJ comcN establece el arUculo 155 Fracci6n II del Reglamento del Libro D8cimo Segundo del C6digo Administrative del Estado de M8xico.

II 1.- "LA CONTRATANTE" Se abliga a paner a dispasici6n de "EL CONTRATISTA" el a las inmuebles en que han de llevarse a cabalas trabajos de la obra objeto este contrato. 2.- La entrega a "LA CONTRATANTE" del inmueble referido par "el contratista", no constituye recepci6n parcial de la obra, ni lib��, "el contratista", de las obligaciones que contras conforms a este contrato y a la ley, ni de las responsabilidades que a su carg

resulten derivadas de las auditorias de obra que la contratante", realice en cualquier tiempo. ilsEXTA .- Dispanibilidad del lnmueble

1!. calle Hldal Umero 100, colonia Centro, VIiia de Allende, Estado de Mi!xi

Q 01726-2690174,2690003y2690225 ® villadeallende.gob.mx

f MunicipioVllladeAllende

JI V/lladeAllende m [email protected]

I. LA PENALIZACl6N DEL 2.0 o/o del importe de la obra no terminada en la etapa correspondiente y que debi6 ejecutarse conforme al programa de ejecuci6n o al convenido. Esta pena se causara diariamente desde la fecha prevista en el programa de ejecuci6n o en el convenio para la terminaci6n de las trabajos de la etapa correspondiente y hasta la fecha en que sea terminada la obra pendiente. \ II. LA PENALIZACION DEL 2.0 % del imparte de la abra faltante de ejecutar a la fecha limite del plaza de ejecuci6n pactada en este contrato. Esta pena se causara diariamente desde la fecha prevista en el programa de ejecuci6n a en el convenio para la terminaci6n total de la obra y hasta la fecha en que sea terminada y entregada la obra faltante.

2.- Para determinar la aplicaci6n de las sanciones, no se tomaran en cuenta las d�mo otivadas por caso fortuito o fuer 13: mayor a par cualquier atra causa que a juicio de "LA CONTRATANTE" no sea imputable "l;l CONTRATISTA". La aplicaci6n de las pe as convencianales sellaladas en el parrafo anterior estara limitada a que su impj e Cumulado no rebase el 10°/o (diez pg i t del manta autorizado del contrato. / �

c

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"2019. Ario del CentE!slmo Anivcrsarlo Luctuoso de Eniiliano Zapata Salazar, el Caudillo del Sur".

Contrato de Obra Publica MV A/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

3.- Cuando este Hmite sea rebasado "LA CONTRATANTE" prccedera a la rescisi6n del contrato yen su caso, a hacer efectiva la garantia de cumplimiento respectiva.

4.- "LA CONTRATANTE"", queda facultado para retener de los pagos pendientes a "EL CONTRATISTA"', el imports de las penas convencionales par las demoras en la ejecuci6n de las trabajos y aplicar las cantidades retenidas al page de dichas penas. Las retenciones se aplicaran a la estimaci6n en proceso en la fecha que se determine el atraso, misma que "EL CONTRATISTA" podra recuperar en las siguientes estimaciones, si elimina las periodos de atraso respecto de los programas de ejecuci6n. Las retendones tendran el caracter de definitivas si, a la fecha pactada de terminaci6n, las trabajos no se han concluido.

( 5.- Si a la conclusi6n y entrega de la obra, hubiere saldos pendientes en concepto de penas convencionales a cargo de "EL CONTRATISTA" y a favor de "LA CONTRATANTE", no se realizara el finiquito correspondiente hasta en tanto se encuentren

pagadas o garantizado el page del importe de las penas convendonales a satisfacd6n de "LA CONTRATANTE".

11. Calle Hldal , ro, VIiia de Allende, Estado de Mexico, c

Q 01726- 2 174, 26 90 003 y 26 90 225

@I vllladeallende.gob.mx

f MuniclploVllladeAllende

- VllladeAllende • [email protected]

1.- Las partes acuerdan que efectuaran la revisi6n y ajuste de las castes de las insumos pactados en este contrato, cuando ocurra circunstancias imprevistas de orden econ6mico que determinen un aumento o reducci6n de las costos mayor del 5°/o (cinco par ciento) de los trabajos aun no ejecutados, al momenta de ccurrir dicha contingencia. 2.- Para efectuar la revisi6n y ajuste al alza, "EL CONTRATlSTA", cebera solicitarlo par escrito y con la documentad6n soporte dentr.p de las cuarenta y cinco dias naturales siguientes a la publicaci6n de referenda; transcurrido dicho plaza recluye el derecho de "EL CONTRATISTA", para efectuar la revisi6n y reclamar el pago. 3.- Para efectuar la revisi6n y ajuste a la baja, "LA CONTRATANTE ", debera comunicarlo a "EL CONTRATISTA", por escrito y con la documentaci6n soporte dentro de las cuarenta y cinco dlas naturales siguientes a la publicaci6n de referenda; transcurrido dicht plaza recluye el derecho de"LA CONTRATANTE", para efectuar la revlsion y reclamar el pago en exceso. 4.- El ajuste de costo dsbera realizarse mediante la revisi6n de cada uno de los precios unitarios que rigen para este contrato. Par obtener el ajuste y se sujetara a lo siguiente: . 5.- Los ajustes de las trabajos faltantes de ejecutar seren calculados a partir de la fecha en que se haya originado el increr;Rento o decremento superior al cinco par ciento del costo de las insumos, de acuerdo al programa de ejecuci6n pactado en el resente contrato o en caso de existir atraso no imputable al contratista, respecto al programa convenido.

6.- Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos seran calcu- �nsiderando el lndice nacional de pr i productor que publique el Banco de ME!xico. A tal efecto conslderaran ini]ub" ;r: i�lormaci6n que aparezca en la revista i precios al consumidor o la que le substituya. Cuando las Indices que se r u·iran no seen entren dentro de _J,os-publicado Banco de ME!xico, "LA CONTRATANTE "procedera a calcularlos c nfor las precios que inv stigue, uti izan"do los linearl) e metodologia que expida el Banco de Mexico. · { PAGINA

6.- Los actos de verificaci6n por parte DE "LA CONTRATANTE", y a que se refiere esta clausula, no constituyen receptaci6n parcial d

la obra, ni liberan a "EL CONTRATISTA", de las obligadones que contras conforms a este contrato y a la ley, ni de las responsabilidades que a su cargo resulten derivadas de las auditorlas de obra que "LA CONTRATANTE", realice en cualquier tiempo. [IOCTAVA.- Retenciones I[ Los ayuntamientos deberan aplicar las retenciones de ley y las convenidas por el Gobierno del Estado de Mexico, a las pagos deriv�� de las obras par contrato considerando lo siguiente: � EL 2% (DOS POR CIENTO) POR DERECHOS DE SUPERVISl6N. Los documentos que se relacionan coma anexos de este contrato, constituyen parte lntegrante del mismo para todos las efectos legales consecuentes.

I NOVENA.- Aiustes de costos modificaciones

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"2019. Ano del CentCslmo Anivcrsario Luctuoso de Emllianc Zapata Salazar, el Caudillo del Sur".

• m�m 2019-2021

Contrato de Obra Publica MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

7.- Los precios originales del contrato perrnaneceran fijos hasta la terminaci6n de las trabajos contratados. El ajuste se aplicara a las castes directos, conservando constantes las porcentajes de indirectos y utilidad originates durante la vigencia del contrato; el caste par financiamiento estara sujeto a las variaciones de la tasa de lnteres que "EL CONTRATISTA" haya considerado en su propuesta. ,('

8.- La autorizaci6n del ajuste de castes se hara mediante un oficio de resoluci6n emitido par "LA CONTRATANTEM, en el que acuerde el aumento o reducci6n correspondiente y no se requerira la formulaci6n mediante convenio alguno. El procedimiento pactado en este contrato para el ajuste de costos no podra ser modificado durante la vigencia del mismo.

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9.- Los Indices que se utilizaran coma base para el calculo de ajustes de costos seran las correspondientes a la fecha del acto de presentaci6n y apertura de propuestas.

10.- Los importes de ajustes de costos deberan afectarse en un porcentaje lgual al de los anticipos cencedidos. 11 .- El page de los ajustes de castes y en su case del caste par financiamiento, se afectara en las estimaciones posteriores al mes n que se haya autorizado el ajuste, aplicando al importe de las estimaciones el factor correspondiente del tipo de ajuste.

1!. Calle Hidalgo, nU r: 100, colonia Centro, VIiia de Allende, Estado de M!xlco, C

Q 01726-26901 ,2690003y2690225 ® vllladeal1ende.gob.mx

Elecuclon de a Obra

f MunicipioVilladeAllende

W VilladeAllende • [email protected]

1 .- "EL CONTRATISTA", se obliga a ejecutar la obra de acuerdo al proyecto, pianos, calculos, cataloqo de conceptos, materiales, presupuestos previstos, asl coma a realizarla dentro del plaza y demas condiciones estipuladas en este contrato

2.- En la ejecuci6n de los trabajos, �EL CONTRATISTA", acatara las disposiciones legales y reglamentarias en materia de construcci6n, seguridad e higiene y las dernas que resulten aplicables, siendo el unico responsable de la infracci6n a cualquier disposicion legal o reglamentaria. 3.- La calidad de los materiales se describe en las especificaciones de obra por lo que "EL CONTRATISTA" s61o pcdra empleart materiales de calidad especificada. 4.- EL CONTRATISTA", se obliga a sujetarse a todas y cada una de las clausulas que integran este contrato, al procedimiento de adjudicaci6n. asi como a las t6rminos, lineamientes, procedimientos y requisites que establecen las nermas y disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables. 5.- "LA CONTRATANTE" se obliga a llevar y mantener a disposici6n de "EL CONTRATISTA", la bitaccra de obra, asl c o l<l' establece el artlculo 224, 225, 226 del Reglamento del Libro Docimo del C6digo Administrativo del Estado de Mexico, la mem i � calculo y cualquier otro documento tecnico a contable relacionado con la obra, es�and�igado en todo tiempo a suministrar . CONTRATANTE", copias de tales documentos. La entrega a "LA CONTRATANT ' e copias de los documentos refe i consulta de los mismos "LA CONTRATANTE", no constituye receptaci6n parcial d I 6ra, ni libera a "EL CONTRATISTA I obligaciones que contrae conforme a este contrato y a la ley, ni de las responsg · 'ft des que 's cargo resulte erivada auditorlas de obra que "LA CONTRATANTE", realice en cualquier tiempo. /'

12.- Si durante la vigencia del contrato surge la necesidad de ejecutar cantidades adicionales o conceptes extraordinaries no previstos en el cataloqo original del presente contrato, que sean necesarios, a juicio de "LA CONTRATANTE" o de "EL CONTRATISTA" se debera proceder conforme a los establecido en los articulos 159 AL 165 del Reglamento del Libro Docimo Segundo del C Administrative del Estado de M0xico. 13.- En cualquier tiempo durante la vigencia de este contrato, podra "EL AYUNTAMIENTO" modificarlo, dando aviso escrlto con oportunidad a "EL CONTRATISTA" y este se obliga a acatar las instrucciones correspondientes. En el caso de que con motive de las modificaciones ordenadas, el importe total de los trabajos que deba realizar "EL CONTRATISTA", excediere la cantidad pactada como precio de las obras, en la clausula tercera, o excediere o el plaza de conclusi6n de las mismas, se suscribira un convenio per las partes en el que conste ta justificaci6n de las modificaciones, asf como el sentido de las mismas relativas al plaza o al monto pactados en este contrato o a ambos conceptos.

D CIMA-

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H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ALLENDE

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"2019. Afio del Centi!simo Anlvcrsario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazer, el Caudlllo del Sur". @ Contrato de Obra Publica MV A/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

6.- Se compromete, "EL CONTRATISTA" no efectuar trabajos par un valor mayor al contratado sin la autorizaci6n par escrito de ' CONTRATANTE", pues independientemente de la responsabilidad en que incurra par la ejecuci6n de las trabajos excedentes, no tendra derecho a reclamar pago par ello.

7.- No se realizara modificaci6n en el plaza de ejecuci6n de las trabajos, pudiendo "LA CONTRATANTE", ordenar la demolici6n, reparaci6n o reposici6n inmediata de las trabajos adicionales que resulten necesarios, mismos que ejecutara "EL CONTRATISTA" par su cuenta sin que tenga derecho a retribuci6n par ello.

8.- A que las materiales y equipos que se utilicen en las trabajos objeto de la obra motive del contrato cumplan con las normas y pruebas de tabrlca de calidad establecidas par las dependencias normativas correspondientes en vigor y que la realizaci6n de todas y cada una de las partes de dichas obras se efectllen a satisfacci6n de "LA CONTRATANTE".

9.- EL CONTRATISTA" a suspender parcialmente la obra respecto de las trabajos mal ejecutados hasta que se lleven a cabo la reparaciones o reposici6n de las mismos, sin que ello sea motive de modificaci6n del programa de ejecuci6n. 10.- EL CONTRATISTA " se compromete a responder par las danos y perjuicios causados a terceros, en sus personas o propiedades o a "LA CONTRATANTE", durante o con motivo del cumplimiento de este contrato, ya sean causados par su personal o par el personal de sus subcontratistas que tuviere expresamente autorizados o proveedores, quedande obligado "EL CONTRATISTA" a sacar en paz y a salvo a "LA CONTRATANTE", de cualquier reclamaci6n judicial o extrajudicial, entablada en contra de este par las darios y perjuicios a que se refiere esta clausula.

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11 . - Se obliga a l " EL CONTRATISTA" a realizar bajo su exclusiva responsabilidad todos los tramites fiscales que resulten neces '�'I.'\' ante las aduanas correspondientes y a sufragar integramente par su cuenta todos las castes, contribuciones y gastos que s� generen con motive de todas las importaciones definitivas de equipos e incluso las importaciones temporales, debiendo cumplir con estos pages conforme se establezcan en las leyes mexlcanas, asumiendo "EL CONTRATISTA" la responsabilidad, gastos y riesgo que incidan en la transportaci6n de las bienes que suministre o adquiera para la obra, hasta en tanto sean estimados estos para su cobra. Cuando las bienes, equipos o materiales resulten daliados o con faltantes en su trastado, se otorqara a "EL CONTRATISTA" un plaza determinado para la reposici6n de los mismos, independientemente de las penas convencionales que procedan a a\ efectos de este contrato.

12.- EL CONTRATISTA" debera de entregar la estimaci6n finiquito que no sera menor al 200/o del importe del contrato, entregar lo pianos actualizados definitives de la obra, el cataloqo de conceptos final, manuales de operaci6n del lnmueble objeto de e:1 contrato y en su case manuales de equipos de instalaci6n permanente, asl come las originales de p61izas de garantia de materiale seglln especificaciones y reporte fotografico del procedimiento constructive, por medias maqneticos e impresos, mismos que formaran parte de su finiquito.

PAGINA 8 E 12 11!. Calle Hidalgo, n · ro 100, colonia Cent o, VIiia de Allende, Estado de Mexico, CP 000

Q 01726- 26 90 1 4, 26 90 003 y 26 90 225 ®I vllladeallende.gob.mx

f MuniclpioVilladeAllende

'fl VllladeAllende B presldencla@vllladeal/ende.gob.m,c

13.- A la conservaci6n en condiciones 6ptimas, de los materiales y equipos suministrados y su instalaci6n, la conservaci6n y la limpieza� de la obra, hasta el momenta de su recepci6n total y a responder por los danos y perdidas que la falta de conservaci6n adecuada pueda ocasionar a los materiales, equipo y a la obra misma.

14.- Toda aviso, solicitud o tnimite que en relaci6n al presente contrato deba realizar "EL CONTRATISTA", lo hara ante el Director De Desarrollo Urbano y Obras Pllblicas Municipal del Municipio, quien en ejercicj}de sus atribucienes resolvera lo conducente, quedande bien entendido que cualquier convenio relative a la modificaciq,n;iy1 plazo de ejecuci6n de la o ra, precio de la misma o cualquier instrucci6n que se de a "el contratista" respecto de ��alizaci6n de obra en volumen or al pactado en este contrato, o la remisi6n de deuda que "EL CONTRATIST�" c �ga con "LA CONTRATANTE", �a de este contrato, requerira acuerdo del ayuntamiento, de acuerdo a lo aplica .?'. i<e1 articulo 187 del regla ento de �� Decimo Segundo del C6digo Administrative del Estado de Mexico.

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2019. Aiio del CentCsimo Anivcrsario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar, el Caudillo del Sur".

Contrato de Obra Publica 1 MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

15 __ La desiqnacion o substrtucron cet supermtendente, la nara meciante escnto que presente a "LA CUN I KA I AN It:' acreditando la certificacion correspondiente, en terrnlnos del artlculo 46 fraccion V del Reglamento del Libro Decirn Segundo del C6digo Administrativo del Estado de Mexico.

D CIMA PRIMERA.-Suspension de la obra, terrninacion anticipada o rescisi6n administrativa del contrato.

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1.- "LA CONTRATANTE" podra suspender, temporalmente en todo o en parte, la ejecucion de la obra contratada, suspension que podra decretarse en cualquier momenta por causas justificadas o por razones de interes general, sin que ello implique la terminaci6n de este contrato. El presente contrato podra continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que haya desaparecido la o las causas que motivaron dicha suspension. En el caso de suspension decretada por "LA CONTRATANTE", la misma debera comunicarse por escrito a "el contratista", quien debera presentar la estimaclon de los trabajos efectuados al memento en que se decrete la suspension.

2.- La suspension de la obra por cualquier causa, se reqira por las disposiciones previstas en los articulos 193 AL 202 de! Reglamento de! Libro Decimo Segundo del Codiqo Administrativo de! Estado de Mexico. 3- Cuando la suspensi6n fuere por causa imputable a "el contratista", se le lrnpondran las sanciones correspondientes, conforme a este contrato a juicio de "LA CONTRATISTA".

4.- Para el caso de la terminaci6n anticipada del contrato "el ayuntamiento otorqara A "EL CONTRATISTA", garantia de previa audiencia en los terminos de! C6DIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MEXICO.

5.- En caso de terrninacion anticipada, se observaran las disposiciones de los artlculos 200 al 202 del Reglamento de! Libro Decirno Segundo del C6digo Administrative del Estado De Mexico.

dl Calle Hidalgo, nUmero 100, colonia Centro, Ila de Allende, Estado de Mexico, CP 51000

Iii 01726- 26 90 174, 26 90 003 y 26 90 225

® vllladeallende.gob.mx

I Garantias DECIMA SEGUNDA.-

f MunlclpioVllladeAllende

W VllladeAllende m [email protected]

6.- Sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran existir a cargo de "EL CONTRATISTA", "LA CONTRATANTE" procedera a la rescision administrativa del contrato en los casos previstos en el articulo 204 al 231 Reglamento del Libr Decimo Segundo del Codiqo Administrativo del Estado De Mexico.

1.- Se obliga a garantizar los anticipos que reciba conforme a este contrato y el cabal cumplimiento del mismo, de conformidad con las prevenciones del Libro Decimo Segundo del Codigo Administrativo del Estado de Mexico y su Reglamento, mediante la presentaci6n y entrega a "LA CONTRATISTA" de fianzas expedidas por lnstituclon debidamente autorizada conforme a la Ley Federal de lnstituciones de Fianzas, en las casos y para las fines siguientes: � I. Para garantizar los anticipos pactados conforme a este contrato, otorqara fianza por el monto to\pj de dichos anticipos, ' debiendo entregar a "LA CONTRATANTE" la poliza correspondiente, dentro de los ci�co dias;_;i,n7� que sigan a la fecha de este contrato. La fianza subsistira hasta la total amortizacion de los anticipos. 'fl/'

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"2019. Allo del CentE!shno Anivcrsario Luctuoso de Ernltlano Zapata Salazar, el Caudillo del Sur".

Contrato de Obra Publica MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

11. Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que contrae mediante este contrato, excepto I anticipos, otorqara franza par un monto igual al diez par ciento del importe total previsto en la clausula cuarta de este contrato, debiendo entregar a "LA CONTRATANTE" la p61iza correspondiente, dentro de las cinco dlas habiles que sigan a la fecha de este contrato. La fianza subslstira hasta en tanto se frrme el acta de entrega- recepci6n y se otorgue la franza de que trata el siguiente numeral.

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2.- Para garantizar defectos o vicios ocultos par un plaza de dace meses posteriores a la fecha del acta de entrega- recepci6n de la obra, se otorqara franza par un monto igual al diez par ciento del importe total previsto en la clausula tercera de este contrato, debiendo entregar a "LA CONTRATANTE" la p61iza correspondiente, antes de la firma del frniquito. La franza subsistira mas alla de dace meses, si existiese reclamo de"LA CONTRATANTE", par vicios ocultos, antes de la expiraci6n del plaza de la franza, y hasta que "EL CONTRATISTA" satisfaga su obligaci6n de reparar la obra por defectos o vicios ocultos.

I Relaciones Laborales DECIMA TERCERA.-

1.- "EL CONTRATISTA" coma empresario y patron del personal que ocupe con motivo de la obra materia de este contrato sera el unico responsable de las relaciones de trabajo y responders de todas obligaciones derivadas de las disposiciones legales y dernas ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. "EL CONTRATISTA" responders de todas las t reclamaciones, demandas, denuncias, quejas, y cualquier procedimiento o proceso jurisdiccional o extra jurisdiccional que sus trabajadores, empleados a personal.

I 3.- Todas las p61izas de fianza, deberan expedirse a favor del Municipio de Villa de Allende, el cual con independencia de las

franzas otorgadas, conservara el derecho y la acci6n correspondiente para exigir de "EL CONTRATISTA", el pago de indemnizaciones. Concluida la obra, no obstante su recepci6n formal, "EL CONTRATISTA" quedara obligado a responde de las defectos que resultaren en la misma, de las vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido.

4.� Para el caso de que durante el desarrollo de este contrato, se suscriban convenios que modifiquen el plaza de ejecuci6n o el monto del precio la obra contratada, "EL CONTRATISTA", debera ampliar las plazas y mantas de las p61izas de franza otorgadas, sequn corresponda. .

5.- Para el caso de que se eleve el precio del contrato par virtud del alza de las precios unitarios, "EL CONTRA Tl STA", otorgar franza complementaria par el excedente del precio, a efecto de garantizar el cabal cumplimiento del contrato.

.& Catie Hidalgo, nUmero 100, colonia Centro, Villa de Allende, Estado de Mexico, CP 51000 Iii 01726-2690174, 26 90003 V 26 90 225 @ vllladeallende.gob.mx

f MuniclploVilladeAllende ._ VllladeAllende m [email protected]

r jDECIMA CUARTA.- 11supervisi6n y auditoria de la obra.

1 .- "LA CONTRATANTE" tendra en todo momenta la facultad de supervisar o verifrcar todas y cada una de las actividades que debera realizar "EL CONTRATISTA", en las terrninos de este contrato, a traves de la residencia de obra, pudiendo dar a "EL CONTRATISTA" par escrito las instrucciones que se estimen pertinentes, relacionadas con las modificaciones que se presenten en cada una de las etapas de construcci6n, a fin de que se ajuste al proyecto y a las especificaciones aprobadas.

2.- Toda orden u observaci6n a que se refiere el parrafo anterior, sera registrada en la �� y firmada por quien la h o y quien la recibi6, a efecto de que puedan delimitarse responsabilidades, q�e'9£z�;ndido, que la bitacora e u instrumento legal de registro de las aspectos tecnicos y de desarrollo de la obra/ /

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"2019. Atlo dcl Centeslruo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar, cl Caudillo dcl Sur". � Contrato de Obra Publica

MVA/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019 3.- Es facultad de "LA CONTRATANTE" realizar la inspecci6n de todos las materiales que vayan a usarse en la ejecuci6n de a

obra, ya sea en las sitios de esta o en las lugares de adquisiciones o fabricaci6n respectivas. "LA CONTRATANTE", podra

realizar par si o a traves de terceros que contrate a tal fin, auditorias a la obra contratada, para determinar la correcta aplicaci6n de las recursos financieros y que la volumetria y calidad de obra correspondan a lo pagado par "LA CONTRATANTE", de acuerdo a lo previsto en este contrato.

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4.- La facultad de supervisar y auditar la obra par parte de "LA CONTRATANTE", no libera a "EL CONTRATISTA" de las responsabilidades en que pueda incurrir por infracci6n a las disposiciones legales o reglamentarias ni par violaci6n o incumplimiento a las pactos contenidos en este contrato, ni convalidara de manera alguna las actos de "EL CONTRATISTA" que constituyan las infracciones, violaciones a incumplimientos mencionados.

f ECIMA QUINTA.- J Pactos verbales, disposiciones obligatorias, titulos, domicilios y jurisdicci6n.

1.- Entre las partes no se reconoceran pactos verbales.

2.- Para la interpretaci6n y cumplimiento del presente contrato, asi coma todo aquello que no este expresamente estipula el mismo, se estara a lo dispuesto par el Libra Declrno Segundo del C6digo Administrativo del Estado De Mexico., su reglamento y dernas disposiciones aplicables.

3- Para todas las comunicaciones que bajo cualquier forma y denominaci6n deban darse conforme a este contrato y en general para todo lo concerniente al desarrollo y cumplimiento de este contrato, las partes seiialan las siguientes domicilios:

4.- De "LA CONTRATANTE" el ubicado en avenida CALLE HIDALGO# 100 PALACIO MUNICIPAL C.P. 51000, MUNICIPIO VILLA DE ALLENDE, ESTADO DE Ml:XICO.

5.- De "EL CONTRATISTA" el domicilio para recibir documentaci6n oficial, yen su caso, oir y recibir notificaciones dentro del \ Estado De Mexico es el ubicado en:

6.- Para la interpretaci6n y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicci6n de las tribunales competentes en el Municipio de Villa De Allende, Estado de Mexico, par lo tanto "EL CONTRATISTA" renuncia al fuero y , jurisdicci6n que pudiera corresponderte par la raz6n de su domicilio presente a future o par cualquier otra causa.

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S. Calle Hidalgo, nUmero 100, colonla Centro, Villa de Allende, Estado de Mexico, CP 51000

Q 01726- 26 90 174, 26 90 003 y 26 90 225

GI vllladealtende.gob.mx

f MunicipioVilladeA!lende

W VllladeAllende

B [email protected]

7.- En testimonio de lo cual, se otorga el presente contrato que fue leido par sus otorgantes y debidamente enterados de su contenido y alcance, lo ratifican y lo firman de conformidad, en el 'Municipio de Villa de Allende, Esta ode Mexico, con 1J fecha : 7 de mayo de 2019 �

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2019-2021

"2019. Allo dcl CentCshno Anlvcrsario Luctuoso de Emlllano Zapata Salazar, el Caudillo de! Sur".

arias Garcia Victoria

presentante Legal

Contrato de Obra Publica MV A/CIOP/IR/FORTAMUNDF-006/2019

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MAP .lvo e -soto Bartol�. 0� Directora Ob;2 ublicas y Desarrollo t'rrbano °<> Secretario Ejecuttvo Del Cornite lnterno de OIJIR!.cR.1111/i!le

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�"' �C> C. Toma Marin Agapi'clllfNt Quinto Regidor Municipai A REGIDURIA

Segundo Vocal Ccmite lnterno de Ob��8bii�1

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f MuniclploVilladeAl/ende

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& cal/e Hidalgo, nUmero 100, colonla Centro, VIiia de Allende, Estado de Mexico, CP 51000

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®' vllladeallende.gob.m,e: