Curso intensivo para peritos profesionales criminalistica

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CRIMINALISTICA

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CRIMINALISTICA

PROFESOR RESPONSABLE

AB. VINICIO JÁCOME.

DOCENTES

LCDO. MARCELO CASTRO

DR. MARCO GUTIERREZ

El alumno al finalizar este curso estará en la capacidadpara:

1.- Aplicar los conocimientos de Lofoscopia Dactilar, aldesempeñarse como Perito, cuando la autoridadesjudiciales, o, profesionales del derecho, requieran de susservicios.

2.- Ejercer la profesión de Perito Dactilar, de acuerdo alas normas éticas, morales, y legales

3.- Conocer el Marco Jurídico vigente relacionado con lapractica pericial, a fin de tener una amplia culturaDactiloforense.

4.- Conocer el Sistema de IdentificaciónDactiloscópico vigente en el Ecuador, para que puedadesempeñarse como Perito Dactilar

5.- Determinar la verdadera identidad de unindividuo mediante el cotejo o confronte de huellasdactilares-

6.- Conocer los últimos avances tecnológicos enidentificación, como: Sistema Magna, SistemaAfis, Firma Electrónica y fotografía Digital.

7.- Conocer ampliamentemétodos, principios, técnica, terminología, paraelaborar Informes Periciales en materiadactiloscópica.

El Perito Dactilar luego de haber aprobado elcurso, estará en condiciones de realizar las siguientesfunciones:

1.- Aplicar los conocimientos adquiridos paradesempeñarse como perito dactilar por disposición deAutoridades Judiciales, luego de haberse acreditadocomo tal.

2.- Participar como miembro de un Equipo deIdentificación, cuando el caso lo requiera en bien dela comunidad y del país.

3.- Participar en la Docencia Universitaria, o ejercicioprofesional, en su especialidad.

La evaluación es permanente

La asistencia es obligatoria, debiendo cumplir elestudiante con una asistencia mínima del 75%

En lo que respecta a la materia el 40% será elconocimiento teórico, y el 60% la practica forense.

Aparte de las evaluaciones teóricas y prácticas elestudiante deberá presentar un trabajo final, queconsistirá en la elaboración de un informe pericialcompleto, y cuyos lineamientos los dará el docente demanera oportuna; los trabajos aprobados pasaran aformar parte de la biblioteca de consultas del Colegiode Peritos Profesionales de Pichincha

EL HOMBRE MEDIOCRE Siempre hay mediocres. Son perennes. Lo que varía

es su prestigio y su influencia. En las épocas deexaltación renovadora muéstranse humildes, sontolerados; nadie los nota, no osan inmiscuirse ennada. Cuando se entibian los ideales y se reemplazalo cualitativo, por lo cuantitativo, se empieza a contarcon ellos. Apercíbense entonces su número, semarcaran en grupos, se arrebañan en partidos. Crecesu influencia en la justa medida en que el clima seatempera; el sabio es igualado al analfabeto, elrebelde al lacayo, el poeta al prestamista, lamediocridad se condensa, conviértese en sistema, esincontrastable”.

JOSÉ INGENIEROS

El Diccionario Jurídico de Cabanellas, define al Peritocomo “El especialista, conocedor, practico o versadoen una Ciencia, Arte u Oficio; quien posee tituloestatal de haber hecho determinados estudios, o deposeer experiencia en una rama del conocimiento, o enuna actividad cualquiera.

La Academia agrega para definir al perito judicial , alque interviene en el proceso civil, penal o de otrajurisdicción como la persona que poseyendoespeciales conocimientos teóricos o prácticos, informabajo juramento, al juzgador sobre puntosLITIGIOSOS, en cuanto se relaciona con su especialsaber”

AB. VINICIO JÁCOME

El Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, en el Art.94, dice “son peritos los profesionales especializados endiferentes materias que hayan sido acreditados comotales, previo proceso de calificación del MinisterioPúblico “

El Código de Procedimiento Civil, en el Art. 250 dice: Elnombramiento de peritos.- Se nombrara perito o peritospara los asuntos LITIGIOSOS, que demanden elconocimiento de alguna ciencia, arte u oficio.

El Art. 251 del mismo cuerpo legal habla de los requisitospara ser perito, y ,

El Art. 252 dice: Personas que pueden nombrar Peritos.-ElJuez nombrara un solo perito en la persona que élescoja, de entre los inscritos en las respectivas CortesSuperiores. No obstante las partes podrán de mutuoacuerdo elegir el perito o solicitar que se designe a masde uno para la diligencia, acuerdo que será obligatoriopara el Juez

AB. VINICIO JÁCOME

El Perito reconocidolegalmente tendrá todaslas garantías que la Ley leasiste, para que puedaejercer su trabajo acabalidad, esto es el accesoa las InstitucionesPúblicas o Privadas,donde se encuentren losdocumentos necesariospara ejercer su trabajo.

La pericia se la realizaúnicamente conDOCUEMTOSORIGINALES

AB. VINICIO JÁCOME

En el Ecuador se ha producido un fenómeno muycomún en el campo delictivo que son lasSUPLANTACIONES DE IDENTIDAD, y al decir delitoestamos hablando ya de un hecho reñido con laLey, que causa un daño, y por lo tanto debe serperseguido y castigado.

Y al decir que es muy común debemos saber porquerazones se producen y estas son:

EXTRANJEROS SUPLANTAN A ECUATORIANOS

DEPORTISTAS(ESPECIALMENTE FUTBOLISTAS)

DELINCUENTES COMUNES

NIÑOS, ETC, ETC.

La mayoría de las caras tienen una de lassiguientes (3) formas principales:

OVALADAREDONDA CUADRADA

IMPOSTOR

IMPOSTORA

LA MISMA

PERSONA

Ley de Registro Civil.

Hechos.- Son aquellas situaciones en donde nointerviene la mano del hombre; jurídicamentehablando diremos que los hechos son dos ELNACIMIENTO Y LA MUERTE.

Actos.- Por el contrario son aquellas situaciones endonde ya interviene la mano del hombre, dentro delámbito jurídico, son las INSCRIPCIONES

INVESTIGAR.

¿Qué es Identidad?

¿Qué es Identificación?

Conceptos basados en la Ley de Registro Civil.

En que se diferencia la identificación Judicial, de la Identificación Civil.

Los ciudadanos civiles son fichados?