Criminalistica Modulo i

34
1 CRIMINALISTICA MODULO I Criminología Y Criminalística SOCIOLOGÍA DEL DERECHO CONCEPTOS Es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y todo aquello concerniente a las relaciones entre el Derecho y la sociedad . Es una ciencia que estudia las relaciones entre el derecho y la sociedad, la palabra sociedad no tiene un referente claro, tal como ocurre con la palabra realidad, estas dificultades provienen del hecho de que la expresión "derecho y sociedad", establece exterioridad entre ambos términos, no es posible decir que uno sea mas claro que el otro. La Sociología Jurídica es una rama de la Sociología General que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho. La Sociología Jurídica parte del principio de que todos los fenómenos jurídicos son fenómenos sociales aunque no todos los fenómenos sociales son fenómenos jurídicos. También existen los fenómenos sociales no jurídicos, como son los fenómenos de usos sociales o costumbres que son de gran importancia para la vida en sociedad. Sociología Del Derecho Relación Con Otras Ciencias Sociales Sociología del Derecho y Sociología General La sociología general y la sociología del derecho, no obstante la dependencia histórica de la segunda respecto de la primera se diferencian por los temas o contenidos de análisis y por los métodos empleados. Desde una perspectiva metodológica, la sociología del derecho depende de la sociología general, con matizaciones. Porque la peculariaridad del elemento jurídico presiona y delimita la naturaleza y, si no la naturaleza, la forma de aplicación del método de la investigación. En general todas las ciencias sociales se han desarrollado de tal modo que las peculiaridades del objeto de análisis han impuesto la creación de

description

CURSO A DISTANCIA

Transcript of Criminalistica Modulo i

1

CRIMINALISTICA

MODULO I

Criminología Y Criminalística

SOCIOLOGÍA DEL DERECHO CONCEPTOS

Es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y

todo aquello concerniente a las relaciones entre el Derecho y la sociedad.

Es una ciencia que estudia las relaciones entre el derecho y la sociedad, la palabra sociedad no tiene un referente claro, tal como ocurre con la

palabra realidad, estas dificultades provienen del hecho de que la

expresión "derecho y sociedad", establece exterioridad entre ambos términos, no es posible decir que uno sea mas claro que el otro.

La Sociología Jurídica es una rama de la Sociología General que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho. La

Sociología Jurídica parte del principio de que todos los fenómenos

jurídicos son fenómenos sociales aunque no todos los fenómenos sociales son fenómenos jurídicos. También existen los fenómenos

sociales no jurídicos, como son los fenómenos de usos sociales o

costumbres que son de gran importancia para la vida en sociedad.

Sociología Del Derecho Relación Con Otras Ciencias Sociales

Sociología del Derecho y Sociología General La sociología general y la sociología del derecho, no obstante la

dependencia histórica de la segunda respecto de la primera se

diferencian por los temas o contenidos de análisis y por los métodos empleados.

Desde una perspectiva metodológica, la sociología del derecho

depende de la sociología general, con matizaciones. Porque la peculariaridad del elemento jurídico presiona y delimita la naturaleza y,

si no la naturaleza, la forma de aplicación del método de la investigación.

En general todas las ciencias sociales se han desarrollado de tal modo que las peculiaridades del objeto de análisis han impuesto la creación de

2

genuinos métodos de investigación de alcance limitado en función de la

naturaleza de la materia analizable. En el caso del derecho, por un lado,

una especial preparación jurídica de los sociólogos del derecho, y por otro, el empleo de métodos de análisis específicos.

Materialmente, la sociología del derecho no es, sin mas, una parte

especializada de la sociología general, o dicho de otra manera, un estudio de los temas generales de la sociología en el ámbito jurídico,

sino que incorpora una sociología de las ciencias jurídicas positivas,

sociología del derecho civil, penal, del procesal, del derecho del trabajo, de los valores jurídicos, en constante desarrollo, que la singulariza y la

diferencia de la sociología general y de otras sociologías particulares. La

sociología del derecho es de tal singularidad, en lo que se refiere a temas de estudio y a su incidencia en la sociedad, que ha habido quien

ha afirmado que seria necesaria una licenciatura en sociología del

derecho, acompañado complementariamente a las distintas ciencias jurídicas dogmáticas que conforman en la actualidad los planes de

estudio de las licenciaturas de derecho.

Sociología del Derecho y Derecho Dogmático

El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son

las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y

carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.

El Derecho Dogmático es aquel que se enseña en las aulas de las

universidades como un dogma y el que se practica en los tribunales, es

decir es el derecho positivo.

Por tal razón existe una relación entre la Sociología del Derecho y

Derecho Dogmático, existe cierta relación en vista de que la Sociología del Derecho estudia los fenómenos sociales vinculados al Derecho y el

derecho lo que hace es regular acciones de los individuos que viven en

sociedad y que son quienes producen los fenómenos sociales. Pero además que tanto la Sociología del Derecho como el derecho están

enmarcadas dentro de las ciencias sociales.

Sociología del Derecho y Filosofía del Derecho

La filosofía del derecho es una rama de la filosofía que estudia de

los fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del derecho.

3

Filosofía del derecho es toda aproximación al hecho jurídico, el

acercamiento a un fenómeno que ha acompañado a la humanidad desde

su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha incidido de una manera general y constante en las

gentes y en los modelos sociales y políticos.

Los grandes asuntos de la filosofía del derecho:

Epistemología jurídica: entra en la reflexión sobre el

conocimiento del derecho. Se trata de dilucidar si este conocimiento es posible; qué forma o estructura ha de tener;

cuáles son sus maneras de presentarse en las sociedades, etc.

La ontología jurídica: habrá de fijar el ser del derecho, es decir cuál será el objeto sobre el que se va a filosofar; nótese que

este objeto es anterior al conocimiento que se le aplica, es decir,

tiene una realidad propia antes de ser estudiado. La ontología jurídica obtendrá un concepto del derecho que servirá

como base para una reflexión filosófica posterior.

La axiología jurídica: trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán

correcto un modelo de derecho o que primarán a la hora de

elaborar o aplicar el derecho. Así, en los ordenamientos europeos no existe la pena de muerte; el valor consistente en que "el estado

no mate" es fundamental. De todos los valores del derecho el más

importante es el de "justicia"; tiene tanta importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como Teoría de la Justicia.

La filosofía jurídica existencial: tiene su razón de ser en el

marco de la antropología, es decir, trata de poner de relieve la

relación entre el hombre y la realidad jurídica; no podemos

prescindir del hombre en la realización del derecho porque la

humanidad es la que crea y aplica el derecho, aún más, crea y aplica a sí misma el derecho.

La filosofía del Derecho, se introducía en todas las disciplinas del

derecho, era muy general, al paso del tiempo comenzaron a separse de

ellas. La sociología, la psicología y la lógica jurídica, es decir, que la Sociología del Derecho es parte de la filosofía del derecho, ese

rompimiento se logró cuando la Sociología del Derecho adoptó nuevos

métodos tales como la observación de las masas, la experimentación, pero a pesar de todo entre ambas ciencias no deja de existir relación.

4

Algunos pensadores de la filosofía del derecho no consideran a la

Sociología del Derecho como una ciencia sino como una doctrina entre

muchas otras.

Sociología del Derecho y La Estadística General

La estadística es una ciencia con base matemática referente a la recolección, análisis e interpretación de datos, que busca explicar

condiciones regulares en fenómenos de tipo aleatorio. Es transversal a

una amplia variedad de disciplinas, desde la física hasta las ciencias sociales, desde las ciencias de la salud hasta el control de calidad, y es

usada para la toma de decisiones en áreas de negocios e instituciones

gubernamentales.

La Estadística se divide en dos ramas:

La estadística descriptiva, que se dedica a los métodos de recolección, descripción, visualización y resumen de datos

originados a partir de los fenómenos en estudio. Los datos pueden

ser resumidos numérica o gráficamente. Ejemplos básicos de descriptores numéricos son: la media y la desviación estándar.

Algunos ejemplos gráficos son: histograma, pirámide poblacional,

clusters, etc. La inferencia estadística, que se dedica a la generación de los

modelos, inferencias y predicciones asociadas a los fenómenos en

cuestión teniendo en cuenta la aleatoriedad de las observaciones. Se usa para modelar patrones en los datos y extraer inferencias

acerca de la población bajo estudio. Estas inferencias pueden tomar

la forma de respuestas a preguntas si/no (prueba de hipótesis),

estimaciones de características numéricas (estimación), pronósticos

de futuras observaciones, descripciones de asociación (correlación)

o modelamiento de relaciones entre variables (análisis de regresión). Otras técnicas de modelamiento incluyen ANOVA, series

de tiempo y minería de datos.

La Sociología del Derecho, también se relaciona con la Estadística sucede

que para auxiliarse de la Estadística, por ser esta una de las técnicas

clásicas de cuantificación de la Sociología del Derecho, que dicho sea de paso era la técnica predilecta de la Sociología Durkeheimiana.

5

Sociología del Derecho y La Estadística Criminal.

La Estadística Criminal permite estudiar el movimiento general de la

criminalidad sus ritmos y variaciones, sus correlaciones con ciertas

características personales (raza edad, sexo, y determinadas condiciones geográficas y sociales, económicas, culturales y políticas).

La Estadística Criminal es una aplicación de la Estadística General a una parte específica de la criminalidad. Se relaciona con la Sociología del

Derecho, en cuanto a que se encarga de recopilar datos numéricos

sobre crimines, criminales, extraídos de organismos Estatales, de manera que se revelen relaciones de categorías y datos publicados

periódicamente, los cuales sirven a la Sociología del Derecho para la

investigación y análisis de los fenómenos jurídicos, específicamente sobre el delito que es un fenómeno social jurídico a la vez, lo que

permite determinar el índice de criminalidad por sexo edad y región

incluyendo hasta las condiciones socio-económicas de las persona, en ocasión de un proceso judicial.

Sociología del Derecho y La Informática El vocablo informática proviene del francés informatique, acuñado

por el ingeniero Philippe Dreyfrus en 1962. El vocablo es acrónimo de las

palabras information y automatique (información automática). En lo que hoy día conocemos como informática confluyen muchas de las técnicas y

de las máquinas que el hombre ha desarrollado a lo largo de la historia

para apoyar y potenciar sus capacidades de memoria, de pensamiento y

de comunicación.

Según el Diccionario de la Real Academia Española RAE,

informática es el: "Conjunto de conocimientos científicos y técnicas que hacen posible el tratamiento automático de la información por medio de

ordenadores".

La informática le sirve a la Sociología del Derecho en lo que respecta al procedimiento de datos ejemplo: cuando se realiza un

muestreo en torno a un determinado fenómeno jurídico, se hace

necesario la intervención de la informática para el procesamiento y cotejo de dicho muestreo.

Sociología del Derecho y Sociología Criminal Entre la Sociología del Derecho y la Sociología Criminal, existen

vínculos muy fuertes, toda vez, que esta última, podría decirse

6

constituye una parte especial de la Sociología del Derecho, en vista de

que la misma tiene por objeto de estudio, al delito como fenómeno

social, o más bien la criminalidad en toda su complejidad. Por lo que se puede decir que la Sociología Criminal nació de la Sociología del

Derecho.

Sociología del Derecho y Sociología Jurídico-Penal

Sociología Jurídico-Penal esta tienen por objeto de estudio las

condiciones sociales de las normas penales, y los efectos del sistema penal dado como aspecto institucional de la reacción al comportamiento

desviado y del control social correspondiente.

El nexo existente entre la Sociología del Derecho y Sociología Jurídico-Penal, es muy intimo, puesto que como se ha dicho la Sociología

del Derecho tiene por objeto de estudio el derecho mismo, pero desde el

ángulo que lo hace el Derecho Dogmático una muestra de ello es que para dicha ciencia estudiar las normas del Derecho Penal, ha surgido lo

que se denomina Sociología Jurídico-Penal.

Sociología del Derecho y Política Criminal

Se le denomina a la manera como la colectividad reacciona organizadamente, frente a las acciones delictuosas que amenazan su

cohesión o su desarrollo armónico. La disciplina que estudia esta faceta

del control social recibe, igualmente, el nombre de política criminal. Es

tarea de esta disciplina, no sólo la descripción de la reacción social

contra la delincuencia, sino también determinar los lineamientos que

deberían seguirse a fin de lograr una mayor eficacia.

Por esto, se ha considerado que la política criminal se presenta bajo

dos aspectos: 1º Como una disciplina o un método de observación de la

reacción anticriminal; tal como es, efectivamente, practicada.

2º Como un arte o estrategia de lucha contra la delincuencia; elaborada a partir de los datos y enseñanzas aportados por la

observación objetiva.

7

La política criminal es, en consecuencia, una parcela de la política

jurídica del Estado, la que a su vez es parte de su política general. La

programación y realización de una correcta y coherente lucha contra la delincuencia, depende del apoyo y fomento de los estudios tendientes a

describir el sistema de reacción social y a de terminar los lineamientos y

los medios más eficaces.

La Sociología del Derecho y la Política Criminal encuentran su nexo, en

razón a que la primera, estudia también el fenómeno delictual y cuestiona las instituciones del Estado en ocasión de la implementación

de medidas sociales, tiendan a motivar al individuo a comportarse

desviadamente, bajo el entendido de que el Estado a través de los mecanismos correspondientes quien crea la norma jurídica, y por tanto

establece quien tiene un comportamiento desviado y quien no.

Sociología del Derecho y Derecho Penal

El Derecho Penal es un conjunto de principios y reglas jurídicas

que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para

prevenirlas.

Si se ha determinado que la Sociología del Derecho, estudia los fenómenos jurídicos, la cual penetra todas las áreas del derecho,

tratando de buscar las causas sociales que producen la criminalidad por

ello se explica su relación.

Sociología del Derecho y Derecho Civil

El Derecho Civil constituye el derecho común en República

Dominicana, el mismo tiene dos grandes ramas que son el derecho

privado y el derecho público; la relación que se pueden encontrar entre el Derecho Civil y la Sociología del Derecho, es precisamente en los

llamados fenómenos familiares que son objeto de estudio de la

Sociología de la familia y la Sociología del Contrato, eso es en lo que respecta a la rama del derecho privado. En lo que concierne al derecho

público, la Sociología del derecho crea lo que se llama sociología política

o del derecho constitucional.

8

Los Principios Fundamentales Del Proceso Criminalístico Incluyen:

Protección del lugar de los hechos. Observación del lugar de los hechos.

Fijación del lugar de los hechos.

Levantamiento de indicios. Suministro de indicios al laboratorio.

La Sociología Jurídica es una rama de la Sociología General que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho. Esta

ciencia es muy importante para el Estado, ya que se determinan las tres

etapas esenciales de la aplicación de las leyes que son: 1.-Determinar el hecho, Estudiar la génesis de las reglas del derecho, 2.-Distinguir los

tipos de organización Jurídica 3.- Determinar la aplicación de una ley si

ha sido favorable o desfavorable, si ha sido acogida por la población aun siendo desfavorable pero la población entiende que tiene que cumplirla o

mantiene un total rechazo.

Esta ciencia también se encarga de estudiar al Derecho, o sea, a

las Instituciones y a las prácticas jurídicas como una realidad objetiva, y lo trata como si fuera otro fenómeno social.

Pero esta ciencia que se aplica en la rama del derecho necesita de

algunas disciplinas como toda ciencia para poder ser mas eficiente y en

algunos casos se confunde con la Sociología General y con la Filosofía del

Derecho.

Esta ciencia también tiene sus críticos negativos que dicen que no

es una ciencia sino un disciplina que se deriva del la Filosofía del Derecho o de la Sociología General, que no tiene ningún fundamento y que la

criminología realiza en gran parte el trabajo que se le atribuye.

Todo estudiante de derecho debe tener amplios conocimientos sobre

Sociología del Derecho, porque es una ciencia que se esta utilizando

cada día, debido a que las Leyes se incrementan y son estudiadas su aplicación a la sociedad por distintos organismos. Francesco Canerlutti

en su Libro “Como nace el Derecho”, expone que las leyes son tantas en

9

la actualidad que hasta los obreros del derecho la desconocemos,

figúrese usted una persona que no esta ligada con los trabajos de la Ley.

CRIMINALÍSTICA DE CAMPO

Muchos textos sobre Criminalísticas se han escrito, fundamentalmente

dirigidos a especialistas en la materia, por lo que el lector profano que

incursiona por primera vez en su lectura siendo virgen de conocimiento

pero conciente de la necesidad de su estudios y utilidad profesional, se

ve inmerso en una abrumadora marasma de tecnicismos y formulas

incomprensibles para él en este particular campo infinito del saber en el

que cada día se incorpora algo nuevo en su aplicación práctica policial y

judicial, para el descubrimiento y esclarecimiento de los hechos

delictivos, por lo que al final de la lectura, poco queda en su acervo

personal.

El presente Curso de Capacitación y/ o Formación Profesional esta

elaborado de forma sencilla y sucinta para facilitar su lectura y

comprensión a los no versados en la Criminalística, con la única

pretensión de servir como material de apoyo para la complementación

de la capacitación profesional integral de los abogados en general y en

especial a los penalistas, aunque también puede resultar útil a los

estudiantes de Derecho que se inician en la complejidad y amplitud del

útil conocimiento de esta importante Ciencia auxiliar del Derecho,

tratando de mantener la exposición en el nivel teórico académico que

corresponde a los profesionales del Derecho, con ejemplificaciones y

fundamentaciones prácticas.

10

Entonces, el enfoque didáctico de su contenido esta dirigido hacia los

abogados interesados en ampliar sus conocimientos en esta CIENCIA,

para su comprensión en la aplicación práctica profesional, Teoría,

Técnicas y Tácticas criminalísticas, que son de mayor utilidad cotidiana,

así como en otras cuyo contenido es de dominio general muy limitado.

A manera de necesaria aclaración, resulta obligatorio dejar bien sentado,

solo como pincelada de soslayo para la ampliación y precisión de un

criterio técnico-profesional en cuanto al contenido de este curso, que en

nuestro ordenamiento legal no encontramos nada que impida

legalmente, o que limite, la posibilidad de que otras partes procesales

puedan realizar investigaciones por si mismas para contribuir al

esclarecimiento de la verdad histórica, porque constitucionalmente el

Ministerio Público si tiene el monopolio de la Persecución Penal, pero no

tiene el monopolio de la “investigación”, siendo doctrinariamente cosas

diferentes Persecución Penal e investigación, aunque estén relacionadas.

Por el contrario, consta textualmente refrendada la garantía

constitucional y procesal del derecho a la Defensa Técnica, lo que implica

o conlleva el uso de medios técnicos para poder estructurar y ejercerse

esa Defensa Técnica (Artículos 8 y 12 de la Constitución Política de la

República, artículos 71, 92, 101, 116, 134, 141, 182, 185, 231, 315,

347 y 378 del Código Procesal Penal y artículo 16 de la Ley del

Organismo Judicial). Por supuesto, refiriendo a las investigaciones

posteriores complementarias y no las que forman parte de lo que se

conoce como “diligencias de instrucción del primer ataque” (primera

inspección de la escena, allanamientos, aprehensiones, etc.) porque

estas al ser ejecutadas conllevan acciones coercitivas hacia las personas

y sus derechos, que solo se pueden ejecutar con el respaldo legal que el

Código Procesal Penal otorga solo a jueces, fiscales y policías.

11

Pero el presente limitado curso dirigido a los abogados o futuros

abogados, solo refiere generalidades de la Criminalística, por lo que se

centra en lo más común de su aplicación y ello explica y justifica las

constantes menciones exclusivas al trabajo del Fiscal y la policía.

Resumen Histórico

La lucha contra el delito y la preocupación científica de sus causas,

fueron siempre objetivos que históricamente las ciencias normativas y

explicativas trataron de alcanzar, tanto en la antigüedad como en la

Edad Media o durante la Ilustración y la Edad Moderna. Tal fue la

importancia que siempre se dio a ese problema social, que ilustres

filósofos como Pitágoras, Sócrates, Platón y Aristóteles, dieron su opinión

al respecto para la comprensión y solución de las conductas

delincuenciales y el castigo que a los delincuentes se le debieran de

aplicar, siempre con fin de proteger y mejorar a la sociedad.

Desde la época en que el hombre realizaba investigaciones empíricas

para determinar y juzgar a los autores de crímenes, hasta nuestros días,

han concurrido diferentes ciencias, técnicas y disciplinas en auxilio de la

investigación criminal, que finalmente han venido a conformar

integralmente la Criminalística como ciencia independiente.

El inmenso y acelerado desarrollo tecnológico a partir del siglo XX

provocó el nacimiento de nuevas ciencias y la acelerada evolución de

otras de orígenes anteriores. En el primer caso se encuentra la

Criminalistica, cuyo concepto, objeto de estudio, contenido, metodología,

etc., se fue conformando precisamente con el avance y aporte de otras

ciencias y técnicas

12

Ciencias y disciplinas precursoras

Los datos que provienen de la historia, permiten establecer que la

primera disciplina precursora de la Criminalística fue la que en la

actualidad se conoce como Dactiloscopia. Kia Kung-Yen, historiador

chino de la dinastía Tang, en unos sus escritos del año 650, hizo

mención a la identificación individualizante de las personas mediante las

impresiones dactilares, plasmadas en documentos legales. Pero más

aún, en la Biblia encontramos un pasaje que bien pudiera ser aplicado

extensivamente a esta disciplina al decir que el hombre seria conocido

por sus huellas y al ser el hombre una obra de Dios, podría haber alguna

relación.

Existe referencia documental histórica de que en Bolonia, Alemania, en

el año de 1249 se tomo juramento al médico LUCCA para la redacción de

dictámenes medicolegales y de que B. de VARIGNANA practico la

primera autopsia para la comprobación de un envenenamiento.

En 1575, surgió otra ciencia precursora de la Criminalística, la Medicina

Legal atribuida su iniciación formal a el francés Ambrosio Pare,

continuada después por Paolo Sacchias en 1651, preocupada siempre la

Medicina en la determinación de las causas de las muertes y el estudio

del proceso mismo de la muerte.

En 1753 el Dr. Boucher, realiza los primeros estudios de balística, que a

la postre se le llamará Balística Forense.

En 1840, Mateo José Buenaventura Orfila conforma la Toxicología en

Italia, posteriormente ampliada y complementa por Ogier en 1872,

13

preocupados ambos en esclarecer aquellos delitos, en donde los venenos

eran usados como arma homicida.

En 1866, Allan Pinkerton en los Estados Unidos ya hacía uso practico de

lo que se dio en llamar la fotografía criminal, utilizado para reconocer a

los delincuentes y plasmar y controlar fidedignamente su record

delincuencial personal. Esta disciplina posteriormente seria llamada

fotografía judicial y actualmente se le conoce como fotografía forense,

aunque se ha ampliado mucho más allá de la simple foto corporal o

facial.

En 1882, Alfonso Bertillón, creaba en Paris el Servicio de Identificación

Judicial en donde se ensayaba su método Antropométrico dado a conocer

en 1885 como Antropometría y adoptado oficialmente en 1888 para la

identificación de los criminales al ingresar a las cárceles. Otras de las

disciplinas precursoras que en esa época se incorporarían a la

Criminalística general, fue el Retrato Hablado, cuando también Bertillón,

publica una tesis sobre el “Portrait Parle”, para la identificación de las

personas por sus rasgos externos, basada en la distinción minuciosa de

ciertos caracteres cromáticos y morfológicos del individuo, lo que

actualmente incluye elementos complementarios al ser en sí mismo.

En 1891, Juan Vucetich otro de los grandes padres fundadores de la

Criminalística, inaugura en Argentina la Oficina de Identificación

utilizando el método antropométrico y las huellas digitales de ambas

manos, creando de esta manera la Ficha Decadactilar, que se acepta

universalmente desde 1904.

14

En 1961, los científicos Watson y Crack, construyeron un modelo de

ADN y definieron el código genético, lo que ha servido para la nueva

identificación mediante lo que se ha dado en conocer como la Huella

Genética.

ORIGEN DE LA CRIMINALÍSTICA

Con el decursar de los tiempos la experiencia determinó que las

investigaciones policíacas se empezaran a guiar científicamente, pero

aún con un alto contenido de empirismo deductivo, donde se usaba la

intuición, la lógica y el sentido común para el razonamiento inferente y

como consecuencia frecuentemente no se obtenían resultados muy

satisfactorios, existiendo una obra literaria que recopila parte de ese

avatar evolutivo, llamada “El Siglo de la Investigación Criminal”. Pero

todos estas investigaciones y pesquisas empíricas fueron acumulando y

ordenando conocimientos específicos, con técnicas y métodos dirigidos a

la lucha contra el crimen.

En 1892, el Doctor en Derecho Hanns Gross, en Graz, Austria, uno de

los padres fundadores de la Criminalística, fue el que bautizó

oficialmente a ese conjunto de conocimientos acumulados y ordenados

de investigación criminal o policial, denominándolo por primera vez como

CRIMINALISTICA, al publicar su obra “Manual del Juez” en la que expone

todos los entonces llamados Sistemas de Criminalística, recopilados en

más de 20 años de trabajo, dando las orientaciones que debe conformar

la instrucción de una averiguación mediante la aplicación de las técnicas

de interrogatorio, el levantamiento de planos y diagramas, utilización de

los peritos, la interpretación de escrituras, conocimiento de los medios

de comunicación entre los participantes de un mismo delito, para el

15

reconocimiento de las lesiones, etcétera, siendo en general un manual

muy útil en su época, para el esclarecimiento de cualquier caso penal y

para la ilustración y comprensión de los jueces al momento de juzgar

En el texto científico del Manual del Juez, se desprende que el Doctor

Hanns Gross, conformó la Criminalística con el contenido integrado de

varias materias, como son: Antropometría, Argot Criminal, Contabilidad,

Criptografía, Dibujo Forense, Documentoscopia, Explosivos, Fotografía,

Grafología, Hechos de Transito Ferroviario, Hematología, Incendios,

Medicina Legal, Química Legal e Interrogatorio.

Evolución

El Dr. Hanns Gross en su Manual del Juez de Instrucción definió: -. . . "la

Criminalística es un conjunto heterogéneo de conocimientos tomados de

otras ciencias y utilizables en la investigación de los delitos . . ."-.

Todas las ramas del saber humano han aportado algo al desarrollo y

perfeccionamiento de la Criminalística (Biología, Química, Física,

Medicina, Matemática, entre otras) enriqueciendo las posibilidades de la

investigación de los delitos. La Criminalística también es una ciencia

sintética como resultado de la evolución tecnológica y de los nuevos

descubrimientos de las ciencias naturales, adecuados para su aplicación

en la lucha contra el crimen

La Criminalística en su inicio, debido a que en su nacimiento careció de

la delimitación de un campo propio de estudio, sólo era una disciplina

con un conjunto de técnicas y conocimientos aplicables principalmente

en el lugar de los hechos sin ninguna sistematización clara, no muy

comprobados ni verificables y bastantes falibles, pero que eran

útiles para la administración de la justicia. A partir del siglo XX, con las

16

aportaciones de los estudiosos que se interesaron seriamente en ella, la

Criminalística evolucionó perfeccionándose y se ha venido conformando

de forma más homogénea y científica,

La Criminalistica finalmente alcanza la categoría de Ciencia

independiente Per Sé, porque posee conocimientos empíricos

acumulados, ordenados y comprobados, que le permitieron elaborar una

Teoría General en la que se formula su definición conceptual, contenido,

ramas en que se divide, su objeto de estudio, su objeto de conocimiento,

sus técnicas y métodos propios, sus tareas y sus procedimientos tácticos

y el lugar que ocupa en el sistema de conocimientos; estructurada sobre

la base de la adaptación en forma creadora de los logros de otras

ciencias, entre ellas las naturales y las técnicas. Además, porque tiene

una fundamentación filosófica al servicio de la sociedad humana y la

justicia.

Escuelas Criminalísticas

Lo primero es esclarecer a que se llaman Escuelas en su sentido más

amplio. Sainz Cantero las define como –“El pensamiento que tiene una

determinada dirección, trabaja con un método peculiar y responde a

determinados presupuestos”- Tal definición permite comprender, aceptar

y distinguir entonces la existencia de diferentes Escuelas Filosóficas,

Escuelas de Derecho, Escuelas Criminológicas, Escuelas Criminalísticas,

etc.

Hoy por hoy, se habla de muy variadas Escuelas Criminalísticas, cada

una con sus matices, pero todas preocupadas en contribuir al

perfeccionamiento de la Investigación Criminalística para el

esclarecimiento de los hechos delictivos y en lo esencial su núcleo de

17

conocimientos y aplicación práctica, tienen un patrón de conocimientos

común, aunque la evolución histórica de cada una de ellas ha sido

marcadamente diferente.

Las Escuelas de Criminalísticas más reconocidas y aceptadas, son:

.- La Anglo-sajona, de la cual sus máximos exponentes son el FBI de los

Estados Unidos de Norteamérica surgido en 1906 y Scotland Yard de

Inglaterra creado en 1842 por iniciativa de Sir Robert Peel. Cada una de

estas policías con sus características de aplicación propias y en el caso

británico difunde su influencia en los países integrantes del

Commonwealth . La policía canadiense también es de esta Escuela.

.-La Israelí, de amplio prestigio y reconocimiento por sus particulares

métodos de obtención de información, muy difundida en el mundo árabe.

En sus orígenes tuvo influencias de la Gala.

.- La Gala, representada por la Sureté de Francia surgida 1811,

iniciadora del Trabajo Operativo de Inteligencia, con la inclusión a ese

cuerpo policial de un conocido delincuente llamado Eugene Francois

Vidoq, no solo para obtener informaciones confidenciales, sino también

para que les revelara los métodos criminales más astutos de la época,

sobre todo en criptografía y falsificaciones, lo que posteriormente

perfecciona y amplia Joseph Fouche al conformar una amplia y eficaz red

de agentes informantes.

.- La Germánica, con sólida raigambre histórica, un poco diferenciada en

los métodos aplicados por cada una de las policías de las antiguas dos

Alemánias luego de la Segunda Guerra Mundial en que recibió la

18

influencia de la Escuela Eslava, pero hoy solidamente unificada a partir

de ambas experiencia.

.- La Eslava tuvo sus inicios en 1906 al crearse el primer laboratorio de

Criminalística en San Petersburgo, la entonces capital de Rusia. Su icono

fue la KGB rusa, que penetró su influencia en toda la antigua Europa del

Este.

.- La Cubana, surgida en los años 80´ del pasado siglo, con

características y aportes históricos propios, conformada a partir de 3

importantes fuentes, al haber sido decisivamente influenciada por la

Anglo-Sajona entre 1910-1959, por la Eslava de 1960-1980 y la

Germánica entre 1964-1974.

En la conformación de la Escuela Cubana de Criminalística, tienen

relevancia histórica los eminentes aportes teóricos de Don Fernando

Ortiz y los aportes técnicos de Israel Castellanos que fue incluso el

creador de los llamados “guanteletes de parafina” (o Parafinogramas) y

prolijo autor de múltiples textos sobre técnica criminalística publicados

durante la primera mitad del Siglo XX; entre otros cubanos de renombre

en la Criminalística.

CRIMINALÍSTICA

Con respecto a los antecedentes históricos de la criminalística,

resulta pertinente señalar como propulsor de la criminalística al profesor

Dr. Hans Gross, a quién se le atribuye ser el fundador de la

criminalística, por medio de su célebre obra denominada: “Manuel del

Juez”.

19

El Dr. Hans Gross nació en el año 1847, en Graz, Austria. Se

desempeño como Juez de Instrucción en Stejermark y fue profesor de

Derecho Penal de la Universidad de Graz.

En su célebre “Manual del Juez”, estructuró la criminalística de la

siguiente forma:

- Antropometría.

- Argot criminal.

- Contabilidad.

- Criptografía.

- Dibujo Forense.

- Documentoscopia.

- Explosivos.

- Fotografía.

- Grafología.

- Hechos de tránsito ferroviario.

- Hematología.

- Incendios.

- Medicina legal.

- Química legal.

- Interrogatorio. (Montiel, 1992, págs. 23-24).

En síntesis, Hans Gross, joven Juez de Instrucción, al darse cuenta de la

falta de conocimientos de orden técnico que privaba en la mayoría de los

jueces, requisito indispensable para desempeñar con eficacia el cargo de

instructor, decidió escribir un libro que sistematizado contuviera todos

los conocimientos científicos y técnicos que en su época se aplicaban en

la investigación criminal. (Moreno, 1977, p. 21).

20

Definición

Para poder incursionar en el conocimiento de la Criminalística, se

requiere establecer previamente su definición teórico-conceptual, como

marco y plataforma para su detallado análisis y comprensión, por lo que

como punto de partida, sintéticamente podemos afirmar de forma

categórica que:

A continuación se expondrán una serie de definiciones de criminalística,

en los siguientes términos:

Criminalística es una ciencia penal auxiliar que mediante la aplicación de

sus conocimientos, metodología y tecnología al estudio de las evidencias

materiales, descubre y verifica científicamente la existencia de un hecho

presuntamente delictuoso y al a los presuntos responsables apartando

las pruebas a los órganos que procuran y administran justicia. (Montiel,

1992, p.35).

Criminalística es la disciplina auxiliar del Derecho Penal, que mediante la

aplicación de las técnicas y conocimientos científicos a las pesquisas del

procedimiento criminal se ocupa del descubrimiento y verificación

científica del delito y del delincuente. (Villarreal, 1969, p.4).

Criminalística es el conjunto de conocimientos aplicables a la búsqueda,

descubrimiento y verificación científica de un delito en particular y del

presunto responsable de éste. (Rodríguez, 1976, p.389).

21

Criminalística es la ciencia auxiliar del Derecho Penal, que tiene como

objetivo primordial el descubrimiento y verificación científica de un

delito, la identificación del imputado y de la posible víctima. (Arburola,

1992, p.5).

Criminalística es la disciplina auxiliar del Derecho Penal que se ocupa del

descubrimiento y verificación científica del delito y delincuente. (Quiroz,

1961, p. 35).

Criminalística es una ciencia penal auxiliar que mediante la aplicación de

sus conocimientos, metodología y tecnología al estudio de las evidencias

materiales, descubre y verifica científicamente la existencia de un hecho

presuntamente delictuoso y al a los presuntos responsables apartando

las pruebas a los órganos que procuran y administran justicia. (Montiel,

1992, p.35).

Criminalística es la ciencia auxiliar del derecho penal que utiliza o emplea

los recursos técnico-científicos en la búsqueda y análisis de los

elementos materiales de prueba, a fin de establecer si hubo un delito,

otorgando a los investigadores y al criminalista bases científicas sobre el

análisis del lugar de los hechos y determinar las posibles causas o

móviles de lo sucedido. (López et al, 2000, págs. 148-149).

Criminalística es una disciplina explicativa y formalística, constituida por

un conjunto sistematizado de diversas disciplinas naturales y que tiene

por objeto el descubrimiento y verificación del delito; desde luego que es

una disciplina auxiliar pero que comprueba el delito y estudia al

delincuente en forma científica. (Palacios, et al, 1970, p.4).

22

Criminalística es la disciplina auxiliar del Derecho Penal que se ocupa del

descubrimiento y comprobación científica del delito y el delincuente.

(Gaspar, 1993, p. 28).

De acuerdo con las anteriores definiciones, se pueden extraer varias

componentes esenciales del concepto de criminalística que son:

- Disciplina auxiliar del Derecho Penal.

- Conocimientos.

- Búsqueda, descubrimiento y verificación científica.

- Delito.

- Delincuente.

- Lugar de los hechos.

- Causas o móviles del hecho delictivo.

- Víctima.

Haciendo resumen…

LA CRIMINALISTICA ES LA CIENCIA QUE ESTABLECE LOS METODOS PARA EL DESCUBRIMIENTO, RECOLECCION Y ANÁLISIS DE LOS

INDICIOS Y LAS PRUEBAS, CON EL FIN DE ESCLARECER INDIVIDUALMENTE LOS HECHOS DELICTIVOS OCURRIDOS,

DETERMINAR AUTORIA Y ESTABLECER SU PREVENCION

Tanto en su apreciación latu sensu, como stricto sensu, la ciencia Criminalística esta dirigida a la investigación y esclarecimiento de los

crímenes y tiene como base el hecho de que siempre el criminal, aún en

contra de su voluntad, inevitablemente deja huellas en el lugar, lo que permite establecer el nexo causal o relación acción-resultado-comisor, a

partir de casi imperceptibles detalles, por lo que la Criminalística también

es conocida popularmente entre los avezados en la materia, como “La ciencia de los detalles”

23

De acuerdo con lo anterior tenemos que para la criminalística, el lugar de

los hechos y la víctima representan los puntos medulares de su campo

de acción ya que los componentes anteriormente indicados van a tener

un común denominador que es el delito.

La Criminalística como Ciencia, está integrada por cuatro grandes

ramas, que luego a su vez se subdividen en las diferentes especialidades que la conforman, siendo estas ramas:

.-Teoría General Criminalística

.-Técnica Criminalistica,

.-Táctica Criminalistica

.-Metodología Criminalística.

La Teoría General Criminalística, es la parte en la que se formulan las

bases o fundamentación teórica de toda esta Ciencia, aplicables en sus

cuatro vertientes principales, que son Teoría General, Teoría de la Identificación, Teoría de las Versiones y Teoría de las Pruebas

Criminalísticas.

.-Teoría General

Que agrupa el origen, evolución, contenido, definiciones,

reglas, etc., de la Criminalistica .-Teoría de la Identificación Criminalistica. Con sus diferentes categorías:

genérica, diagnóstica, orientación; grupal; semejanza, aproximación;

presuntiva, posible; probabilística; categórica, individualizante.

.-Teoría de las Versiones o hipótesis

Las versiones pueden ser de Formas de Comisión, Vías de Acceso,

Escape o Salida, Móvil, Autores, Posibilidad, Imposibilidad, medios utilizados, etc..

La elaboración de versiones al inicio o durante el desarrollo de la investigación deben ser, bajo el paradigma

empírico-analítico, precisas y lógicas desde su concepción teórica

a partir de una sutil evidencia o información preliminar, para su comprobación práctica clave mediante las investigaciones posteriores,

dado que las versiones son las que permiten configurar el diseño de la

estrategia de la investigación a realizar para el esclarecimiento del caso, a partir de una duda, sospecha o

una simple posibilidad, definiendo el círculo de sospechosos.

24

.- Teoría de las Pruebas Criminalísticas ( o Teoría Criminalistica sobre

las Pruebas).

Es la valoración de los elementos buscados y encontrados durante la

investigación Criminalísticas que permiten esclarecer un hecho

delictivo determinado, mediante su interrelación y correspondencia, pero al presentar sus distingos, mediante mínimas definiciones

necesarias que establecen sus diferencias, resulta obligatorio

esclarecer que en el argot práctico cotidiano del investigador criminalista, es muy frecuente escuchar el error de expresar como

sinónimos las palabras indicios y evidencias

Indicio = Elemento que permite la presunción o inferencia. Señal

de lo oculto

Evidencia = Lo que da aparente certeza manifiesta por deducción lógico-consecuente o relación de causalidad

Vestigio = Resto mínimo, minúsculo. Una muestra. Es una señal

material real, tangible. Huella = Rastro, efecto. Reflejo consecuencia de una acción. Las

huellas se producen por contacto, por lo que indican la

forma y características del agente que la produjo, permitiendo su identificación

Prueba = Lo que confirma, convence, demuestra, acredita. Da

certeza por análisis circunstanciado. Es el elemento de juicio valorativo por su correspondencia con otros.

La Técnica Criminalística es el sistema de medios y métodos que se

emplean, tanto en la ejecución de diferentes acciones de instrucción en

el terreno, como en la realización de los peritajes criminalísticos en los

laboratorios, para el descubrimiento, fijación, ocupación e investigación

de las huellas y evidencias, así como para la clasificación técnico-criminalística en la búsqueda e identificación de los objetos que tienen

importancia para la investigación de los delitos.

La Técnica Criminalística se subdivide en:

.-Técnicas Clásicas o Tradicionales

.-Técnicas Especiales

Las Técnicas Clásicas o Tradicionales la integran las especialidades mas

comunes y conocidas históricamente dentro del campo de la investigación de hechos delictivos, desde los albores de esta Ciencia,

como son:

25

.-Dermatoscopía o Dermopapiloscopía

.-Documentología o Documentóscopia

.-Balística Judicial o Forense

.-Trazología

.-Fotografía Judicial o Forense

.-Identificación de Personas

Las Técnicas Especiales la integran las especialidades tomadas de otras ciencias auxiliares, adecuando sus conocimientos a los requerimientos

específicos necesarios para su aplicabilidad dentro del campo de la

investigación de hechos delictivos y estas son: .- Biología

.-Química

.-Física

.-Informática Criminalística

.-Averías, Explosiones e Incendios (AVEXI).

.-Aplicaciones Químicas Operativas (AQO)

.-Técnica Canina

.-Odorología Criminalística o Forense

.-Entomología Forense

La Táctica Criminalística se ocupa de la elaboración y desarrollo de los métodos de ejecución de las distintas acciones de instrucción, así como

las normas tácticas para la utilización y aplicación racional de los

recursos científico-tecnológicos de la Técnica Criminalística.

Las acciones de instrucción que están reguladas por la Táctica

Criminalística son las siguientes: .-Preservación de la Escena

.-Inspección del lugar del suceso

.-Reinspección del lugar del suceso

.-Reconstrucción de los hechos

.-Experimento de instrucción (percepción, audibilidad, visibilidad,

posibilidad, habilidad-aptitud, etc.) .-Registro o Allanamiento

.-Detención o Aprehensión

.-Presentación al Reconocimiento (personas, cadáveres, objetos, animales o lugares)

.-Interrogatorios

26

.-Ubicaciones (lugares, objetos, recorridos, etc.)

.-Levantamiento o localización de testigos

.-Registros Operativos

.-Trabajo Operativo

.-Análisis Operativo

.-Prevención Operativa

La Metodología Criminalística no es más que el conjunto de las Metodologías específicas para la investigación de las distintas tipicidades

delictivas por separado, en la que se proporciona de forma organizada y

con base científica, las recomendaciones especializadas para la investigación técnica de las figuras o tipos penales preceptuados en el

Código Penal, en cuyo proceso de investigación se emplean

racionalmente los medios y métodos técnicos y también procedimientos tácticos, siempre a partir de la Teoría Criminalística, lo que demuestra la

estrecha interrelación existente entre las cuatro ramas como partes

integrantes de la ciencia Criminalística. Por tanto, resulta importante insistir en que las Metodologías no es más que la aplicación integrada de

las Teoría, las Técnicas y las Tácticas de manera selectiva acorde a la

tipicidad delictiva que se trate, por lo que no se puede hablar del dominio o conocimiento de Metodologías especificas, si no se tiene el

dominio o conocimientos generales de la Teoría, Técnica y Tácticas que

habrán de aplicarse.

Las Metodologías Criminalísticas más relevantes son:

.-Metodología para la Investigación de los delitos contra la vida

.-Metodología para la Investigación de los delitos contra la propiedad

.-Metodología para la investigación de los delitos económicos

.-Metodología para la investigación de los delitos sexuales

.-Metodología para la investigación de los delitos de Tránsito

(transporte)

Los conocimientos de la Criminalística se ordenan o distribuyen en una

primera gran división para facilitar su aplicabilidad práctica, en: 1- Criminalística de Campo.

2- 2- Criminalística de Laboratorio.

27

OBJETIVOS ESPECIFICOS INSTRUCTIVOS.

Que los abogados estén capacitados para solicitar, dirigir y valorar

adecuadamente la realización de las acciones de instrucción y operativas

que realizan los órganos de investigación, orientadas a la obtención de

los elementos de pruebas, tanto en el ámbito del Derecho Penal como en

las demás ramas jurídicas, utilizando correctamente la terminología

técnica que se emplea en la ciencia Criminalística.

Que los abogados sean capaces de solucionar los problemas y

situaciones prácticas que se presenten relacionados con la aplicación de

las diferentes técnicas periciales de la Criminalística en el Proceso Penal,

tanto durante la fase preparatoria como durante el debate en el juicio

oral y público.

Etimología

En los procesos penales se aportan presuntas pruebas documentales,

testificales y periciales para ilustrar al Tribunal sobre las

argumentaciones de cada una de las partes, para ilustrar a los jueces

con sólidos y fundados argumentos persuasivos que les faciliten llegar a

formarse por si mismos, una idea lo más exacta posible de las circunstancias y forma de comisión de los hechos juzgados y así puedan

arribar a convicción soberana mediante el uso de la Sana Critica.

Durante el debate del Juicio Oral, estos elementos probatorios demuestran la relación o presencia del acusado en el lugar donde se

cometió el delito y fundamentalmente su presunta participación, así

como sus actuaciones antes y después del hecho; siendo de gran importancia para los Juzgadores, las conclusiones de los Peritos en cada

una de las técnicas específicas de la Criminalística, por su

fundamentación científica y por estar estas apoyadas en los conocimientos especializados y en su experiencia práctica personal en la

aplicación de la misma.

28

Contenido general

Las investigaciones siempre incluyen la tarea de obtener y evaluar toda

la información, independientemente del tipo o propósito final de la misma. En el proceso de investigación se debe considerar toda la

información obtenida y no solo las evidencias física o indiciaria material.

Es cierto que gran parte de la información que se consigue en una

investigación no es aceptable como prueba desde el punto de vista legal,

sin embargo, los rumores, informes confidenciales y similares, son de

gran valor ya que indican el modo de conocer y encontrar la evidencia que si será aceptable.

Objetivos

El objetivo general de la criminalística, se circunscribe en cinco aspectos

básicos a saber:

El estudio y análisis de los elementos materiales de prueba efectuados

en la investigación criminalística, tanto en el lugar de los hechos como

en el laboratorio, lleva un objetivo general perfectamente identificando y

circunscrito a cinco tareas básicas e importantes:

1.Demostrar de manera técnico-científica la existencia de un hecho en

particular, probablemente delictuoso.

2. Determinar los fenómenos y reconstruir el mecanismo del hecho,

señalando los instrumentos de ejecución, sus manifestaciones y las

maniobras que se pusieron en juego para realizarlo.

3. Aportar pruebas o coordinar técnicas o sistemas para la identificación

de la víctima, si existiese.

4. Establecer las pruebas necesarias para vincular en forma técnico-

científica a los autores.

29

5. Con el empleo de técnicas y procedimientos, aportar las pruebas

indiciarias para los presuntos autores y demás involucrados. (López et

al, 2000. p. 150).

Por otro lado, en igual sentido que la anterior posición, se tiene el

siguiente punto de vista:

1. Investigar técnicamente y demostrar científicamente, la existencia

de un hecho en particular probablemente delictuoso.

2. Determinar los fenómenos y reconstruir el mecanismo del hecho,

señalando los instrumentos u objetos de ejecución, sus

manifestaciones y las maniobras que se pusieron en juego para

realizarlo.

3. Aportar evidencias o coordinar técnicas o sistemas para la

identificación de la víctima, si existiese.

4. Aportar evidencias para la identificación del o los presuntos

imputados autores.

5. Y aportar las pruebas indiciarias para probar el grado de

participación del o los presuntos autores y demás involucrados.

(Montiel, 1992, p.35).

Objetivo formal

Para efectos de tener claro los alcances del objetivo formal de la

criminalística se tiene las siguientes posiciones:

- Auxiliar con los resultados de la aplicación científica de sus

conocimientos, metodología y tecnología, a los órganos que procuran y

administran justicia a efectos de darles elementos probatorios

identificadores y reconstructores y conozcan la verdad de los hechos que

se investigan. (Montiel, 1992, p.36).

30

- Auxiliar con los resultados base de análisis técnico-científico,

metodología y tecnología, a los órganos que cumplen funciones de policía

judicial y a los que les corresponden administrar justicia, a efecto de

darles elementos probatorios, identificadores y reconstructores

conducentes a establecer la verdad de los hechos que investigan. (López

et al, 2000, p.150).

De acuerdo a lo anterior, se logra desprender que la criminalística es un

medio que suministra material probatorio a los órganos encargados de

administrar justicia para efectos del esclarecimiento de los hechos

delictivos objeto de investigación dentro de un proceso penal.

Objetivo material

Para efectos de visualizar el objeto material, se tiene a continuación los

siguientes planteamientos a saber:

“El objetivo material de la criminalística hace relación al estudio de los

elementos materiales de prueba que se utilizan y son producto de la

comisión de los hechos. (López et al, 2000, pp.149- 150).

“El objeto de estudio u objeto material de la criminalística general es el

estudio de las evidencias materiales o indicios que se utilizan y que se

producen en la comisión del hecho”. (Montiel, 1992.p. 35).

El objetivo material de la criminalística al estudios de los indicios

materiales o evidencias físicas que se encuentren en el lugar de los

hechos y que se hayan generado producto de la comisión de un hecho

delictivo.

No cabe la menor duda, como dice el Profesor Edmond Locard, los

indicios materiales en el lugar de los hechos son “testigos mudos que no

mienten” y esto precisamente porque suministran datos o información de

31

interés probatorio y por ende judicial para el esclarecimiento de los

hechos.

Diferencia con la Criminología

Quizás por errores de traducción o por confusión onomatopéyica, pero evidentemente siempre por desconocimiento, se ha generalizado la

indebida y falaz creencia de que CRIMINALISTICA y CRIMINOLOGÍA,

son sinónimos correspondientes a una misma y única ciencia, pero aún el error conceptual resulta ser mayor, no solo cuando se funden o

confunden COMO UNA SOLA estas dos ciencias completamente

diferentes e independientes entre si, sino porque el error de conocimiento alcanza el inconcebible grado de Craso Error, cuando se

llega a afirmar que la CRIMINALISTICA es parte integrante o una rama

de la CRIMINOLOGIA , lo que lamentablemente resulta inadmisible radicalmente.

Para poder diferenciar a la Criminología de la Criminalística, basta con

conocer el concepto general de la Criminología, su objeto de estudio, su objeto de conocimiento y sus métodos investigativo, que aunque no

guardan relación con el contenido del presente trabajo, si considero

necesario tocarlo al menos superficialmente para esclarecer los diferentes campos del saber de cada una de estas dos importantes

ciencias independientes entre si.

Conceptualmente la CRIMINOLOGÍA es la CIENCIA QUE INVESTIGA EL SURGIMIENTO Y DESARROLLO FENOMENOLÓGICO DE LA

CRIMINALIDAD, ASI COMO LA REACCION SOCIAL Y ESTATAL QUE ESTA

DESENCADENA, ESTABLECIENDO METODOS DE PROFILAXIS Y DE

CONTROL SOCIAL.

Por tanto, la Criminología es la ciencia explicativa de la etiología y

génesis de las conductas humanas desviadas de los patrones conductuales socialmente aceptados y de los delitos en general como

FENÓMENO social, buscando establecer la comprensión de las causas,

factores y condiciones que contribuyen, facilitan o desencadenan las manifestaciones delictivas, para poder contribuir a su adecuada

represión y prevención.

A partir del concepto de Criminología, se aprecia fácilmente que su Objeto de Conocimiento es establecer de forma general y dar respuesta,

al preocupante fenómeno social de:

32

¿Por Qué el ser humano delinque? (En su aplicación y explicación social

generalizada) ¿Por Qué hay delitos en la sociedad? (En su aplicación y explicación

globalizante)

Las respuestas a esas torales interrogantes macro-sociales, grupales o sectoriales, se logran mediante enfoques y abordajes investigativos

propios de las ciencias sociales que la Criminología resume en los

métodos científico-práctico y el teórico-bibliográfico, ambos analíticos dentro de los tres niveles de la investigación criminológica, para dar

respuesta, explicación y compresión de la proyección del preocupante

fenómeno social llamado Criminalidad, brindando propuestas para su solución o neutralización, redundando en mayor seguridad y tranquilidad

ciudadana.

Si bien es parte del abordaje focal de la Criminología, la comprensión y

explicación de qué lleva al hombre a comportarse contrario a las reglas

de la cultura social, esto también es parte del campo del psicoanálisis freudiano, al incursionar en las complejas y subjetivas interioridades del

subconsciente, enfrentándose a las relaciones Eros-Khronos-Tanato, el

complejo de Edipo o de Electra, etc., que inciden o se manifiestan en la conducta de ese ser bio-psico-social que es el hombre y por ello es tan

importante el recurso psicológico como auxiliar complementario de la

Criminología

La Criminología no parte nunca de un hecho o acto delictivo individual en

sí mismo, que es el efecto final de una conducta desviada. Lo relevante

de la Criminología en la lucha contra el delito, es que trata de explicar el

por qué el ser humano llega a delinquir, a convertirse en delincuente, la

evolución o involución de su conducta y conciencia social.

Esto, de manera imprescindible e indisoluble, implica una asociación de

conocimientos investigativos provenientes de otras ciencias que la auxilian como son la Sociología, la Psicología y la Antropología, entre

otras, que en enfocadas de conjunto simultáneamente con métodos

investigativos propios de la Criminología, permiten establecer las llamadas Causales Criminógenas, las que una vez conocidas pueden

enfrentarse preventivamente para que no se llegue a delinquir, mediante

propuestas para la solución de los conflictos humanos y sociales que provocan y/o desencadenan las conductas antisociales.

33

Evidentemente, tales conocimientos especializados de la Criminología,

incuestionablemente no son realmente útiles para establecer la identidad

del autor de un hecho delictivo aislado específico y mucho menos para buscar y obtener los medios probatorios concretos, específicos e

imprescindibles, que determinen su indubitable participación, para que

un tribunal pueda juzgarlo y sancionarlo legalmente.

Ese es precisamente el campo o esfera de trabajo de la Criminalística,

contribuyendo a la debida aplicación de la justicia frente a cada hecho delictivo casuísticamente.

Si comparativamente analizamos el ya conocido concepto de

Criminalística, podemos apreciar que el objeto de estudio de esta otra ciencia, es los cada uno de los hechos delictivos concretos y específicos

por separado que se comenten, aportando los conocimientos técnico-

científicos imprescindibles para su investigación legal de forma individualizada, aislada, particularizada, teniendo como Objeto de

Conocimiento el esclarecimiento de cada acto delictivo para llegar al

¿Quién lo hizo? mediante la investigación a partir de ¿Cómo lo hizo?, basándose en la Ley de la reflexión, entre otros principios y reglas

propias de la Criminalística.

Como se aprecia diáfanamente, Criminalística y Criminología son indubitablemente ciencias totalmente diferentes e independientes cada

una en si misma, teniendo por separado diferentes Objetos de Estudio

propio, Métodos propios y Acumulación individualizada de conocimientos propios ordenados y comprobados.

No obstante lo antes convincentemente demostrado, es cierto que

ambas ciencias siendo independientes entre sí, tienen alguna relación

recíproca por abordar al Delito, cada una en enfoques totalmente diferentes, cuyo símil puede ejemplificarse en el estudio sobre la Materia

que hace la Física y la Química. Visto de esta manera, entonces la

relación es en realidad tripartita, conjuntamente con el Derecho Penal en el abordaje del delito, su definición, origen, ejecución y consecuencias.

El Derecho Penal determina qué es delito y que hacer frente a él, la

Criminalistica se ocupa de descubrir y esclarecer cada acto-delito demostrando su autoría para que puedan ser juzgados legalmente y la

Criminología da la explicación de las causales genéricas de ese fenómeno

social y del comportamiento social de los delincuentes en sentido general, para su prevención.

34

La Criminalística de Campo es la esfera de aplicación que emplea

diferentes métodos y técnicas con el fin de primero determinar la posible existencia de un hecho delictivo y proteger, estudiar, fijar y conservar el

lugar de los hechos con el objeto de efectuar la investigación preliminar

mediante su valoración inductiva y deductiva, para captar de la escena la inicial información indiciaria, identificarla, seleccionarla y recopilarla.

También se encarga de la buscar, revelar, recolección y embalaje de los

índicos relacionados con los hechos que se investiga, para posteriormente realizar un examen minucioso de cada evidencia

encontrada en el lugar del hecho, para lo que se requerirá de su traslado

al laboratorio para su estudio con el propósito de lograr su identificación, clasificación, comparación y poder establecer con certeza científica, su

relación con el hecho, a partir de la evidencia o huella en si misma,

mecanismo de formación y de sus Agentes de producción y los agentes de recepción de esas huellas o evidencias.

La Criminalística de Laboratorio formalmente se le reconoce sus inicios

en 1910 al fundarse en Francia el primer laboratorio forense por Edmond

Locard. En 1932 el FBI, por indicaciones de su primer Director J. Edgar Hoover, agrupando en un solo laboratorio las diversas ciencias forenses,

dando así un fuerte impulso a la investigación científica del delito,

estando actualmente los laboratorios forenses de los Estados Unidos de Norteamérica, entre los de mayor prestigio y reconocimiento mundial.

No obstante el amplio espectro de conocimientos y materias propias, la

Investigación Criminalística, para poder lograr su objetivo primario,

prioritario, fundamental y específico de esclarecer los hechos delictivos

acaecidos, por supuesto que tiene que apoyarse en otros conocimientos

auxiliares complementarios, como son: MEDICINA LEGAL: Tanatología

Traumatología

Asfixiología Toxicología

Sexología

ODONTOLOGÍA, ANTROPOLOGÍA,

LOGICA,

PSICOLOGÍA, ECONOMIA,

ESTADÍSTICA,

INFORMATICA.