Cuestiones Penal Practicas 11 y 12

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  • CASOS PRACTICOS DERECHO PENAL PARTE ESPECIAL LECCION 12

    DERECHO PENAL PARTE ESPECIAL. CURSO ACADEMICO 2014/205

    SUPUESTO NUM. 1 "Valentn, Lorenzo , Juan Alberto y Belarmino viajaron desde Rumania a Espaa con la intencin de adquirir mercancas en establecimientos pblicos y obtener dinero en cajeros de agencias bancarias mediante la utilizacin de tarjetas de crdito y dbito inautnticas, que ellos mismos duplicaban a partir de los datos de otras legtimas cuyos nmeros se haban copiado en las bandas magnticas de los soportes.

    Las tarjetas estaban expedidas a nombre de Franco y de Len , respecto a cuentas corrientes de las que disponan en diversas entidades bancarias. Para acreditar la titularidad de dichos medios de pago detentaban dos cartas de identidad mendaces, que haban elaborado o encargado su confeccin a terceros, supuestamente expedidas por Holanda que incorporaban respectivamente las fotografas de Juan Alberto y de Belarmino, junto a los datos biogrficos de Franco y de Len respectivamente.

    2.- Los cuatro viajaron de Bucarest a Mlaga, va Madrid, el 2.4.2008. Juan Alberto y Belarmino estaban encargados de realizar compras con las tarjetas en diversos establecimientos y de extraer dinero de cajeros. Mientras, Valentn e Lorenzo les controlaban, sealaban los objetivos y les provean de las tarjetas.

    3.- El 9.4.2008, hacia las 21.00 h., Juan Alberto y Belarmino fueron detenidos por agentes de polica en El Corte Ingls de Puerto Bans, despus de que recibieran aviso del servicio de seguridad de que realizaban compras con tarjetas sospechosas.

    En su poder tenan tarjetas mendaces clonadas, todas ellas imitaciones de originales, correspondiendo los datos impresos en la superficie del soporte de plstico con los grabados en la banda magntica:

    (i) Belarmino portaba ocho tarjetas de Visa y de Mastercard emitidas por diversos y

    (ii) Juan Alberto llevaba seis Visas Electrn

    Tenan aparcados en el estacionamiento del centro comercial dos vehculos Nissan En la maleta de los coches se encontraban numerosos productos y mercancas adquiridos con las tarjetas, tales como telfonos, cmaras de fotos y de vdeo, gafas de marca, calcetines, ordenadores porttiles, Playstation, bolsos y perfumes, segn la siguiente relacin:

    - Un GPS Sony, , cuatro telfonos Nokia N81, 4 cmara de vdeo Sony HD, una cmara fotogrfica digital Sony, dos telfono Nokia 6500, unas gafas marca Dior, tres gafas Versace, dos gafas D&G, tres gafas Gucci, tres gafas marca Prada, tres pares de calcetines Calvin Klein, dos ordenadores porttiles marca Toshiba, modelo Satlite A200- 20Y, dos Playstation3.Dos telfonos mviles Samsung, Giorgio Armani, un telfono, siete ordenadores porttiles HPcuatro gafas Gucci, tres gafas Versace, dos gafas Emporio Armani, dos gafas Prada, siete gafas Dolce&Gabbana, unas gafas Dior, otras de la marca Giorgio Armani, otras Chanel, un bolso Dolce&Galbana, un bolso Versace, dos de la maraca Gucci, cuatro botes de perfume de Versace, un bote de perfume Dolce&Gabbana, otro de perfume Mont Blanc Individuel, uno de perfume L'eau Dssey pour homme, otro de perfume Platinum Egoiste pour homme, un bote de perfume Jean Paul Gaultier monsieur, un bote de perfume D&G Masculine, otro de perfume Gucci pour homme II. TODO ELLO VALORADO EN 60.000 EUROS

    En la habitacin del hotel donde estaban alojados Juan Alberto y Belarmino , la nmero NUM014 , se ocuparon veintiuna tarjetas de crdito en diferentes fases de elaboracin, todas ellas inautnticas, imitaciones de las originales. Se trataba de ocho tarjetas Visa a nombre de Franco , supuestamente emitidas por diversos bancos, siete a nombre de Leon , siendo idnticos los datos de las bandas magnticas con los que estaban impresos en la superficie del soporte de plstico. Otras tres se hallaban en blanco y no tenan datos en la banda magntica. Adems, posean tarjetas de telefona mvil y dos ordenadores porttiles; en el disco duro de uno de ellos estaba instalada la aplicacin Workbench.exe, un programa que se utiliza para la impresin de tarjetas de plstico con banda magntica. Tambin disponan de acetona y bastoncillos que se utilizan para borrar los datos impresos en las tarjetas de plstico, reverso de las tarjetas, listados de numeraciones de tarjetas, as como ropa y calzado nuevo. (Hechos modificados STS. num. 763/2013 de 14 octubre)

    CUESTIONES

  • 1.Califica jurdicamente los hechos consultando los arts. 248, 249 y 250 del CP y los art. 399, 400 y 400 bis. CP2.En caso de que consideres que concurren los delitos enumera y acredita los elementos principales del tipo de cada uno de los tipos penales en juego3.Seala las formas de ejecucin y si los delitos estn en fase intentada o consumada. Razona tu respuesta4. Indica la relacin concursal razonnado la respuesta5.Determina la pena resultante para cada uno de los intervinientes

    SUPUESTO 2: CPVM, constituy junto a AVI y los integrantes del grupo musical "El Canto del Loco", DMG, DOM y JMRC, la sociedad "Personas Producciones, S.L", constituyendo su objeto social, entre otras actividades, la de realizar todo tipo de actuaciones artsticas y la representacin artstica de grupos musicales con poder para contratar conciertos, negociar contratos discogrficos, elaborar planes de promocin etc. Para ello suscribieron cada uno seiscientas dos participaciones sociales.

    Aun cuando todos ellos fueron nombrados administradores solidarios de la citada sociedad, convinieron en que fuera CPVM, conocido dentro del mundo artstico por llevar la representacin de artistas de renombrado xito, quien llevara la representacin del grupo musical y la gestin de la sociedad, pudiendo a tal objeto proceder en nombre y representacin de sta a la firma de cuantos contratos se consideraran oportunos y necesarios para el acometimiento y desarrollo del objeto social.

    El da 22 de enero de 2.008, y por tanto das antes de la constitucin de la sociedad "Personas Producciones, S.L.", CPVM, actuando en nombre y representacin de la sociedad "Airados, S.L.", de la que era socio y administrador nico, celebr un contrato de patrocinio del grupo musical "El Canto del Loco" para la Gira del ao 2008 con La Caixa D'Estalvs I Pensions de Barcelona.

    Los ingresos percibidos por "Airados S.L." como consecuencia de la celebracin de este contrato ascendieron a 806.000,34 y los gastos imputables al patrocinio a 700.000 de los que 560.000 fueron repartidos por el acusado entre el resto de socios de "Personas y Producciones S.L." y los 140.000 restantes integraban la parte que corresponda al acusado como socio de aqulla, siendo por tanto el rendimiento previo de 106.000,34 de los que descontados un 5% como gastos no justificados o de difcil justificacin, result un rendimiento obtenido por "Airados S.L" de 100.700,323 que CP nunca entreg ni a "Personas Producciones, S.L." ni a ninguno de sus socios.

    Igualmente, el da 12 de marzo de 2.008, actuando tambin en nombre y representacin de la sociedad "Airados, S.L.", celebr un contrato con "Madrid Deportes y Espectculos, S.A." en el que se pactaron las condiciones que habran de regir en el concierto de "El Canto del Loco" en el "Palacio de los Deportes" cuya celebracin estaba prevista para el da 21 de junio de 2008.

    Los ingresos de taquilla ascendieron a 309.545'79 y fueron percibidos por "Airados S.L." y los gastos imputables a la gala que se celebr ascendieron a 181.753'08 entre los que se encontraban 49.835'4 que fueron repartidos por el acusado entre el resto de socios de "Personas y Producciones S.L. y 12.458'85 integraban la parte que corresponda al acusado como socio de aqulla, siendo por tanto el rendimiento previo de 127.792'71 de los que descontados un 5% como gastos no justificados o de difcil justificacin, result un rendimiento obtenido por "Airados S.L." de 121.403,08 que CP nunca entreg ni a "Personas Producciones, S.L." ni a ninguno de sus socios.

    CUESTIONES

    1.Califica jurdicamente los hechos consultando los arts. 237, 238 y 252 del CP2.En caso de qu consideres que concurre algn delito enumera y acredita los elementos principales del tipo de cada uno de los tipos penales en juego3.Indica si existe alguna relacin concursal razonando la respuesta ( art. 73 y 74 del CP).4.Determina la pena resultante (vid. art. 66.6 del CP)

  • CASO PRCTICO DE DERECHO PENAL II. Leccin 11

    Categoras de estudio

    Leccin 11: Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconmico. Disposiciones comunes Hurto y Robo (I)

    Supuesto de hecho 1)

    El acusado Enrique Sanz Vara, mayor de edad y sin antecedentes penales, era el titular del contrato de alquiler de la vivienda sita en la C/ San Pedro nm. ? de Valladolid permitiendo a Angel S. S. J. convivir en tal piso con el deber de contribuir a los gastos correspondientes.

    El da 6 de marzo de 2010, como quiera que Enrique Sanz le reclamara a Angel S. el abono de parte de los gastos de la vivienda, surgi entre ellos una agria discusin, tras la cual Angel S. sali de la casa dejando en ella, adems de las llaves de la casa, sus pertenencias consistentes: en un equipo de msica compuesto por un receptor Yamaha 50 Wx2, un compact Disc Yamaha, una pletina Yamaha doble, dos altavoces Bose de dos vas con dos altavoces, otros dos altavoces Bose 100 y dos giradiscos marca Sony, una mesa de mezclas de marca Fonstar, unos cascos marca Sony, diez discos de vinilo, una consola de videojuegos Nintendo 64, con cuatro mandos as como ocho juegos para la misma, una minicadena Sanyo, as como cuatro pantalones, cuatro jersis y cuatro nikies, una manta, un edredn y dos juegos de sbanas, y un par de botas de cuero negro. Todos estos objetos y efectos han sido valorados en 2.350 euros.

    Enrique Sanz Vara alegando que no le dara las cosas hasta que le pagase lo que, segn l, le deba, decidi coger para s todos esos objetos quedndoselos con intencin de obtener un beneficio, trasladndose luego a otra vivienda sin que los haya devuelto.

    Cuestiones:

    Califica penalmente los hechos razonando, en caso de que proceda, la posible responsabilidad penal de Enrique Sanz Vara. En qu tipos o tipos penales de los delitos patrimoniales son subsumibles los hechos descritos?

    Razona tu respuesta identificando la modalidad comisiva y elementos tpicos. Del delito que consideras mas adecuado en relacin a los hechos probados Vid. Arts. 234, 235, 236 y 252.

    Supuesto prctico nmero 2

    Luis Mara, durante unos cuatro aos fue compaero sentimental de Claudia hasta que, debido a previas desavenencias, decidieron romper esta relacin.

    A) En concreto, el 19 de noviembre de 2001, acordaron que Luis Mara abandonara el domicilio en el que haba convivido, propiedad de Claudia. Tambin decidieron transferir un vehculo que administrativamente estaba a nombre de los dos, a favor de Luis Mara. Para ello, Claudia firm, al menos parcialmente en blanco, un documento de transferencia para dar de alta en la Delegacin de trfico, documento que luego Luis Mara rellen con los datos de otro vehculo, un BMW propiedad de Claudia, prcticamente nuevo, que al da siguiente el acusado puso a su nombre.

    B) Con anterioridad a esta fecha, Luis Mara se haba hecho con la tarjeta de crdito Visa Oro de la entidad BSN, perteneciente a Claudia y sin consentimiento de ella, aprovechando que conoca el nmero secreto de esta tarjeta, procedi a realizar diversas extracciones los das 10, 14 y 15 de noviembre de 2001, dos cada da (casi a la misma hora) y siempre por importe de 400 euros.

    Sin embargo, no ha resultado acreditado que sustrajera, adems de esta tarjeta, otros documentos o joyas pertenecientes a su ex compaera.

    C) El da 19 de enero, Luis Mara, aprovechando que posea un juego de llaves de un vehculo perteneciente a Claudia (otro Renault Clio FI ....-F , valorado en 9000 euros) se hizo con este vehculo, que estaba estacionado en el garaje de la casa. El turismo fue recuperado por la polica Local de Vitoria el 29 de marzo de 2002 y recuperado por su propietaria.

    E) El da 21 de enero de 2002, sobre las 21,15 horas, se acerc de nuevo al domicilio, insistiendo Claudia en que deba devolver el vehculo, le dijo que quera los dos coches y 3.000 euros, en otro caso le iba a descerrajar la puerta de su casa.

    D)El 23 de enero de 2002, Luis Mara aprovech la ausencia de Claudia, para presentarse en el domicilio de sta y

  • dado que haba cambiado las cerraduras, avis a los bomberos diciendo que viva en la casa y que se haba dejado las llaves dentro. Constatado este hecho por algn vecino, con ayuda de los bomberos consigui introducirse en la vivienda, en que esper hasta el regreso de Claudia, sobre las 21, 30 horas de ese da. (STS de la Sala 2 de 29 de septiembre de 2004, rec. 174/2004)

    Cuestiones:

    1)Resolucin del caso prctico:

    Lee detenidamente el caso prctico y analiza la responsabilidad jurdico-penal en que haya podido incurrir el acusado

    Para la correcta resolucin del caso prctico el alumno/a debe:

    a) Calificar jurdico penalmente las distintas conductas, de un modo razonado determinando su adecuacin al tipo o tipos penales aplicables

    b) Hacer referencia y aplicar los artculos correspondientes del Cdigo penal de 1995 vigente.

    c) Hechos descritos en el apartado A) Consulta arts. 248 del CP y art. 392 y 390 del CP y 73 y 77 del CP

    d) Hechos descritos en el apartado B) Consulta arts. 234, 237, 238, 239 y 240 del CP

    e) Para los hechos descritos en el apartado en C) los arts. 244 del CP

    f) Para los hechos descritos en el apartado D) los arts. 242 y 169 del CP

    g) Para los hechos descritos en el apartado E) tambin el art. 202 del CP

    h) Prestar especial atencin al anlisis y definicin de los elementos objetivos y subjetivos de las distintas conductas tpicas, haciendo referencia, si procede a los problemas de interpretacin que se han suscitado en la doctrina y en la jurisprudencia con respecto a algunos de aquellos elementos tpicos.