Crítica Del Juicio

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Crítica del Juicio Immanuel Kant Prólogo “la razón, que no encierra principios constitutivos a priori más que en relación con la facultad de desear, ha encontrado su esfera propia en la Crítica de la razón práctica.” (Kant, 1958, pág. 101) La razón ve su lugar propio en la crítica de la razón práctica, o sea que no puede ejecutar una construcción (ley) si no es en función al trabajo sobre lo que ya ha sido hecho, la disposición (Gessinung) elegida. La disposición elegida es lo que le viene dado a la razón como el principio de construcción que ha utilizado el entendimiento en la constitución de los juicios “morales” (que consignan lo bueno y lo malo, pero no el límite entre lo bueno y lo malo). Lo que hace de construcción del límite entre lo bueno y lo malo es el encuentro del sujeto con su disposición y su ponderación, teniendo como consecuencia su persistencia o su “muerte” y resurrección en “otro sujeto”. “¿Da el Juicio la regla a priori al sentimiento de placer y dolor, que es el enlace entre la facultad de conocer y la facultad de desear (del mismo modo que el entendimiento prescribe leyes a priori a la primera y la razón a la segunda)?

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Crítica del JuicioImmanuel Kant

Prólogo

“la razón, que no encierra principios constitutivos a priori más que en relación con la facultad de desear, ha encontrado su esfera propia en la Crítica de la razón práctica.” (Kant, 1958, pág. 101)

La razón ve su lugar propio en la crítica de la razón práctica, o sea que no puede ejecutar una construcción (ley) si no es en función al trabajo sobre lo que ya ha sido hecho, la disposición (Gessinung) elegida. La disposición elegida es lo que le viene dado a la razón como el principio de construcción que ha utilizado el entendimiento en la constitución de los juicios “morales” (que consignan lo bueno y lo malo, pero no el límite entre lo bueno y lo malo). Lo que hace de construcción del límite entre lo bueno y lo malo es el encuentro del sujeto con su disposición y su ponderación, teniendo como consecuencia su persistencia o su “muerte” y resurrección en “otro sujeto”.

“¿Da el Juicio la regla a priori al sentimiento de placer y dolor, que es el enlace entre la facultad de conocer y la facultad de desear (del mismo modo que el entendimiento prescribe leyes a priori a la primera y la razón a la segunda)? Con estas cuestiones se ocupa la presente Crítica del juicio.” (Kant, 1958, págs. 101-102)

La regla a priori que da el Juicio sobre el placer y el dolor posibilita que se dé el enlace entre la facultad de conocer y la de desear. ¿Cómo lo hace? Mediante un juicio con la estructura de un juicio objetivo pero sólo con materia subjetiva (sentimientos), o sea sin objeto al que referir tales sentimiento. La razón práctica sí tendrá un objeto al cual atribuir tales sentimientos, el mismo sujeto.

La estructura de la facultad de juzgar

“Él mismo [el Juicio] debe dar un concepto por medio del cual propiamente ninguna cosa sea conocida, pero que le sirva a él mismo de regla, aunque no de regla objetiva, a la que pudiera conformar su juicio, porque entonces otro Juicio sería necesario para poder decir si el caso de la regla es dado o no.” (Kant, 1958, pág. 103)

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Introducción

“Pero no hay más que dos clases de conceptos, los cuales, a su vez, contienen muchos principios diferentes de la posibilidad de su objetos; son, a saber: los conceptos de la naturaleza y el concepto de la libertad. Ahora bien, los primeros hacen posible un conocimiento teórico, según principios a priori; pero el segundo, en relación a aquéllos, no llevan en sí, en su concepto, más que un principio negativo (de mera oposición), instaurado, en cambio, para la determinación de la voluntad, principios extensivos, que por eso se llaman prácticos.” (Kant, 1958, pág. 108)

Aquí Kant olvida que después de la primaria oposición de los principios de la libertad respecto de los de la naturaleza, adviene un principio positivo que no es más que la ley moral como el tipo, el cual se corporiza en el sentimiento de respeto.

Diferencia entre los conceptos teóricos y los prácticos

“La voluntad, como facultad de desear, es una de las diversas causas naturales en el mundo; es, a saber: la que obra según conceptos, y todo lo que es representado como posible (o necesario) por medio de una voluntad, llamase práctico-posible (o práctico-necesario), a diferencia de la posibilidad o necesidad físicas de un efecto, en el cual la causa no es determinada a su causalidad por medio de conceptos, sino, como en la materia sin vida, por mecanismo, y en los animales, por instinto. Ahora bien: aquí, en relación a lo práctico, queda indeterminado si el concepto que da la regla a la causalidad de la voluntad es un concepto de la naturaleza un concepto de la libertad.

La última distinción, empero, es esencial, pues si el concepto que determina la causalidad es un concepto de la naturaleza, entonces los principios son teórico-prácticos, pero si es un concepto de la libertad, son éstos entonces morales-prácticos; y como la división de una ciencia racional descansa enteramente sobre la diferencia de los objetos, cuyo conocimiento necesita diferentes principios, resulta que los primeros pertenecerán a la filosofía teórica (como teoría de la naturaleza), pero los otros constituirán solos la segunda parte, es decir, la filosofía práctica (como teoría de las costumbres).

Todas las reglas técnico-prácticas (es decir, las del arte y de la habilidad en general, o también de la prudencia, como la habilidad de tener influencia sobre los hombres y sus voluntades), en cuanto sus principios descansan sobre conceptos, deben contarse sólo como corolarios de la filosofía teórica, pues ellas conciernen tan sólo la posibilidad de las cosas según conceptos de la naturaleza, a la cual pertenecen no sólo los medios que en la naturaleza pueden encontrarse para ello, sino la misma voluntad (como facultad de desear, y por tanto, facultad de la naturaleza), en cuanto puede ser determinada, según aquellas reglas, por medio de motores naturales. Sin embargo, semejantes reglas prácticas no se llaman leyes (algo así como físicas), sino solamente preceptos; la razón de esto es que la voluntad no entra solamente bajo el concepto de naturaleza, sino también bajo el concepto de libertad, con relación al cual los principios del mismo llámense leyes, y forman solo, con sus consecuencias, la segunda parte de la filosofía, a saber: la práctica.” (Kant, 1958, págs. 109-110)

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Si el concepto que determina la regla de la causalidad de la voluntad es de la naturaleza, entonces los principios que legitimarán la experiencia serán teórico-prácticos; pero si el concepto que determine la causalidad de la voluntad es práctico, o sea la libertad, entonces los principios que legitimarán el acto será moral-práctico. El tema, como se ve, es qué se ubica en el lugar de la determinación de la causalidad de la voluntad, pudiendo ser heterónoma o autónoma.

Todas las reglas técnico-prácticas, o sea las reglas que determinan la voluntad en función a la posibilidad de la realización del objeto, son parte de la determinación de la causalidad de la voluntad por conceptos de la naturaleza.

Relación entre los conceptos de naturaleza y libertad

“el concepto de libertad debe realizar en el mundo sensible el fin propuesto por sus leyes, y la naturaleza, por tanto, debe poder pensarse de tal modo que al menos la conformidad a leyes que posee forma, concuerde con la posibilidad de los fines, según leyes de libertad, que se han de realizar en ella. Tiene, pues, que haber un fundamento para la unidad de lo suprasensible, que yace a la base de la naturaleza, con lo que el concepto de libertad encierra de práctico; el concepto de ese fundamento, aunque no pueda conseguir de él un conocimiento ni teórico ni práctico, y por tanto, no tenga esfera característica alguna, sin embargo hace posible el tránsito del modo de pensar según los principios de uno al modo de pensar según los principios del otro.” (Kant, 1958, págs. 116-117)

Si bien no hay tránsito de pensamiento de la razón especulativa a la práctica, sí debe haber un tránsito de pensamiento. ¿Cuál es la diferencia? La diferencia estriba en dilucidar la confusión positivista entre gnoseología y ontología: no puede haber tránsito gnoseológico de lo teórico a lo práctico, pero de hecho hay un tránsito ontológico entre ambos.

Facultad del Juicio

“Pero en la familia de las facultades de conocer superiores hay, sin embargo, un término medio entre el entendimiento y la razón. Este es el Juicio, del cual hay motivo para suponer, por analogía, que encierra en sí igualmente, si no una legislación propia, al menos su propio principio, uno subjetivo, a priori, desde luego, para buscar leyes, el cual, aunque no posea campo alguno de los objetos como esfera suya, puede, sin embargo, tener algún territorio y una cierta propiedad del mismo, para lo cual, justamente, sólo el tal principio sería valedero.” (Kant, 1958, pág. 118)

Facultad de desear

“la facultad de desear como facultad de ser, por medio de sus representaciones, causa de la realidad de los objetos de esas representaciones” (En nota a pie de página aparecida solo en la segunda edición de la Crítica del Juicio (Kant, 1958, pág. 119))

Placer

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“Ahora bien: entre la facultad de conocer y la de desear está el sentimiento de placer, así como entre el entendimiento y la razón está el Juicio. Es , pues, de suponer, al menos provisionalmente, que el Juicio necesita igualmente para sí un principio a priori, y que, ya que necesariamente placer o dolor va unido con la facultad de desear (sea que este placer, como en la inferior, preceda al principio de la misma, o sea que, como en la superior, surja de la determinación de la misma, por medio de la ley moral), realiza también un tránsito de la facultad pura del conocer, o sea de la esfera de los conceptos de la naturaleza a la esfera del concepto de la libertad, del mismo modo que en el uso lógico hace posible el tránsito del entendimiento a la razón.” (Kant, 1958, págs. 121-122)

Es tan importante que el placer y el dolor acompañen al deseo que lo que hace de esencia de la moralidad, el respeto, es un tipo transmundano de placer, siendo su correlativo sentimiento de humillación un tipo de dolor. Tan importante para la teoría kantiana es el sujeto trascendental como el patológico. No hay uno sin el otro, pues el patológico sólo es el devenir en el tiempo de lo que el sujeto trascendental decide de sí mismo por sí mismo.

Crítica de la razón pura

“la crítica de la razón pura, que debe antes de emprender el sistema, y, con relación a su posibilidad, establecer todo aquello, consta de tres partes: la crítica del entendimiento puro, la del Juicio puro y la de la razón pura; facultades que llamamos puras porque son legisladoras a priori.” (Kant, 1958, pág. 122)

La crítica del Juicio –y con él, la del Juicio puro- es parte solo de la crítica de la razón pura, o sea del pensamiento que se piensa a sí mismo, lo que Lacan y Zupancic entendieron como el verse a sí mismo viéndose del pensamiento. Esto quiere decir que para comprender esta función del pensamiento, debemos abordar la estructura del Juicio o facultad de hacer juicios, pues sólo mediante ellos es que la razón se toma a sí misma como objeto –y concepto- y se determina de forma práctica.

Juicio

“El Juicio, en general, es la facultad de pensar lo particular como contenido en lo universal. Si lo universal (la regla, el principio, la ley) es dado, el Juicio, que subsume el él lo particular (incluso cuando como Juicio trascendental pone a priori las condiciones dentro de las cuales solamente puede subsumirse en lo general), es determinante. Pero si sólo lo particular es dado, sobre el cual él debe encontrar lo universal, entonces el Juicio es solamente reflexionante.” (Kant, 1958, págs.122-123)

Si es que en la crítica de la razón práctica entra de alguna forma el Juicio, entonces la forma del juicio de la razón práctica es siempre reflexionante. No da lugar alguno para aumentar el conocimiento del mundo, sino que ordena (o, más bien, reordena) el mundo en función al deseo que reconoce la voluntad y que determina en función a la ley moral (el Deseo).

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“El Juicio determinante bajo leyes universales trascendentales que da el entendimiento no hace más que subsumir; la ley le es presentada a priori, y no tiene necesidad, por lo tanto, de pensar por sí mismo en una ley, con el fin de poder subordinar lo particular en la naturaleza a lo universal. Pero hay formas de la naturaleza tan diversas, y, por decirlo así, tantas modificaciones de los conceptos generales transcendentales de la naturaleza, modificaciones que aquellas leyes dadas por el entendimiento puro a priori dejan indeterminadas, porque estas leyes conciernen, en general, la posibilidad de una naturaleza (como objeto de los sentidos), que tiene que haber, por lo tanto, para determinarlas, también leyes que si bien pueden ser, como empíricas, contingentes para la apreciación de nuestro entendimiento, tendrán, sin embargo, si hay que llamarlas leyes (como lo exige así el concepto de una naturaleza), que ser consideradas también como necesarias por un principio de la unidad de lo diverso, aunque este principio nos sea desconocido. El Juicio reflexionante, que tiene la tarea de ascender de los particular en la naturaleza a lo general, necesita, pues, un principio que no puede sacar de la experiencia, porque ese principio justamente debe fundar la unidad de todos los principios empíricos bajo principios, igualmente empíricos, pero más altos, y así la posibilidad de la subordinación sistemática de los unos a los otros. El Juicio reflexionante puede, pues, tan sólo darse a sí mismo, como ley, un principio semejante, trascendental, y no tomarlo de otra parte (pues entonces sería Juicio determinante) ni prescribirlo a la naturaleza, porque la reflexión sobre las leyes de la naturaleza se rige según la naturaleza y ésta no se rige según las condiciones según las cuales nosotros tratamos de adquirir de ella un concepto que, en relación a esas, es totalmente contingente.” (Kant, 1958, págs. 123-124)

“Pero hay formas de la naturaleza tan diversas, y, por decirlo así, tantas modificaciones de los conceptos generales transcendentales de la naturaleza, modificaciones que aquellas leyes dadas por el entendimiento puro a priori dejan indeterminadas”.

o Primero, la naturaleza misma se presenta de formas tan diversas que obliga a los conceptos a dejar indeterminadas sus particularidades. Creo que esto es completamente al revés: el concepto es tan ambiguo (por naturaleza, sostengo que el concepto se funda en la ambigüedad) que hace de la naturaleza (concepto que es por competo creación suya) un lugar desde donde toman forma objetiva sus representaciones.

o Segundo, es la imaginación la parte del sujeto que no le pertenece completamente al sujeto (digo, sujeto trascendental), sino que se constituye en el lugar donde se alojó el Otro (la Gessinung) para constituir al sujeto (patológico) y con él a lo trascendental.

“principio de la unidad de lo diverso, aunque este principio nos sea desconocido”.o El principio de la unidad de lo diverso tiene el objetivo de darle sentido al

concepto de naturaleza. Esto quiere decir que el interlocutor original de la razón (o pensamiento) no es la naturaleza, sino que ésta es una derivación de aquélla. ¿Con quién, entonces, habla la razón? Sostengo que con la razón misma, pero en su configuración de razón del ser-pasado desde la configuración del ser-presente-arrojado-al-futuro. La diferencia entre ambas configuraciones de la razón estriba en la relación que tiene el sujeto respecto del tiempo: la primera razón se

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constituye en todo lo que tiene sentido en la modalidad de lo que ha-sido, mientras que la segunda lleva el sentido de lo que se encuentra en disposición de crear, o sea que está en disposición de aceptar su condición de arrojada-al-futuro.

“El Juicio reflexionante puede, pues, tan sólo darse a sí mismo, como ley, un principio semejante, trascendental, y no tomarlo de otra parte (pues entonces sería Juicio determinante) ni prescribirlo a la naturaleza, porque la reflexión sobre las leyes de la naturaleza se rige según la naturaleza, y ésta no se erige según las condiciones según las cuales nosotros tratamos de adquirir de ella un concepto que, en relación a esas, es totalmente contingente.” (Kant, 1958, pág. 124)

o El juicio reflexionante tiene por índole lo trascendental. Esto pone en claro que lo trascendental no es algo que se encuentre por fuera del tiempo, sino en una relación especial donde lo acontecido no se ubica en un específico y parcial, sino en el tiempo como totalidad vista desde un punto del tiempo, punto que se hace de un tono diferente al que asume el entendimiento, pues ve no todo lo que ha pasado y pasará, sino todas las perspectivas en las cuales ha acontecido un acto. Esto es importante: dado que el acto es un hecho que acontece relacionando un pasado (causa) con un futuro (el efecto de la universalización), podemos decir que el hecho de que se miren todas las perspectivas (todas las decisiones tomadas, inconscientes y conscientes) desde una sola perspectiva (la razón) hace que veamos el tiempo en su amplitud, desde el pasado más recóndito hasta el futuro más inaccesible.

o Las reflexiones según la naturaleza se rige según la misma naturaleza. Esto no quiere decir que haya una relación inmediata entre lo externo (la naturaleza como lo que es externo, lo en sí) y lo interno (el Juicio y el juicio reflexionante), sino que todo juicio reflexionante sobre la naturaleza versa sobre impresiones que el concepto e Idea de la naturaleza como Mundo dan al juicio determinante, lo que permite adquirir conocimientos, los cuales a su vez serán re-pensados en la reflexión. Entonces, la reflexión no tiene una relación con lo externo sino mediante el Faktum de la razón, la cual pone en jaque, siempre, todo juicio determinante del entendimiento, lo cual da paso al acto libre de la voluntad. Vemos que el juicio reflexionante no es más que un ver el juicio determinante, pero sin que éste se sostenga ya por el concepto o Idea de Naturaleza como Mundo, sino que se deba sostener sobre la agencia que crea, o sea sobre un agens, esencialmente libre.

Principio del Juicio (reflexionante)

“que como las leyes generales de la naturaleza tiene su base en nuestro entendimiento, el cual las prescribe a la naturaleza (aunque sólo según el concepto general de ella como naturaleza), las leyes particulares empíricas, en consideración de lo que en ellas ha quedado sin determinar por las primeras, deben ser consideradas según una unidad semejante, tal como si un entendimiento (aunque no sea el nuestro) la hubiese igualmente dado para nuestras facultades de conocimiento,

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para hacer posible un sistema de la experiencia según leyes particulares de la naturaleza. No es que de ese modo, deba admitirse realmente un entendimiento semejante (pues esa idea sirve al Juicio reflexionante de principio para el reflexionar, y no para el determinar), sino que esa facultad se da, de ese modo, una ley a sí misma y no a la naturaleza.” (Kant, 1958, págs. 124-125)

“que como las leyes generales de la naturaleza tiene su base en nuestro entendimiento, el cual las prescribe a la naturaleza (aunque sólo según el concepto general de ella como naturaleza)”.

o Queda claro que la naturaleza al cual el entendimiento prescribe las leyes generales de la naturaleza no es una cosa en sí externa, sino el concepto general de “naturaleza”. No hay naturaleza antes de su conceptualización, y ella solo es posible desde la Idea de Mundo.

“deben ser consideradas según una unidad semejante, tal como si un entendimiento (aunque no sea el nuestro) la hubiese igualmente dado para nuestras facultades de conocimiento, para hacer posible un sistema de la experiencia según leyes particulares de la naturaleza”.

o Este “como si” marca la entrada de la lógica de la fantasía que, si bien no es verdadera en sentido positivista, denota un sentido de verdad que no pude negar la ciencia, y es que todo lo que se considera hipotético tiene la estructura de la ficción, en tanto que arroja un anzuelo al futuro esperando enganchar algo (lo que Popper llamó experiencia falsable) y dando por cierto que engancharán algo porque todavía nadie les ha dicho convincentemente que donde pescan no hay nada que pescar. Lo que espera toda hipótesis no es ser demostrada, sino ser falsada alguna vez.

o El entendimiento que no es el nuestro y que se introduce en el “como si” solo puede provenir del sujeto mismo; podríamos decir que este entendimiento que da el principio de unidad es una proyección

“No es que de ese modo, deba admitirse realmente un entendimiento semejante (pues esa idea sirve al Juicio reflexionante de principio para el reflexionar, y no para el determinar), sino que esa facultad se da, de ese modo, una ley a sí misma y no a la naturaleza”.

o No es gratuito que la posición que toma la razón en el pensamiento es la que exige el Juicio como principio de su posibilidad como unificación de lo diverso. La razón debe salir del sujeto para ubicarse en un lugar donde pueda verlo pensando. Esto es lo que posibilita que la razón pueda ver-se pensando y descubra qué estructura se muestra en el pensar del entendimiento. Claro, tal acto de “salir fuera” del sujeto es completamente ficcional, pero no por ser ficcional deja de tener sentido. La narratología explica esta ficcionalidad en las figuras del escritor-lector, relación fundante de la literatura y su producción, y en las de narrador-narratario. El escritor nunca se relaciona directamente con el lector; éste es siempre una ficción. Con lo que sí se relaciona el escritor es con el narratario, con el lector ficticio que piensa el escritor a la hora de escribir. En esta situación, el escritor deja de ser un

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escritor de carne y hueso para comenzar a ser un escritor también ficticio, un sujeto que ficticiamente se coloca frente al narratario para conversar con él acerca de la forma como debe escribir. El escritor, en esta dinámica, es narrador.

Principio del Juicio

“Ahora bien: como el concepto de un objeto, en cuanto encierra al mismo tiempo la base de la realidad de ese objeto, se llama el fin, y como la concordancia de una cosa con aquella cualidad de las cosas que sólo es posible según fines se llama la finalidad de la forma de las mismas, resulta así que el principio del Juicio, con la relación a la forma de las cosas de la naturaleza bajo leyes empíricas en general, es la finalidad de la naturaleza en su diversidad. Esto es, la naturaleza es representada mediante ese concepto, como su un entendimiento encerrase la base de la unidad de lo diverso de sus leyes empíricas.” (Kant, 1958, pág. 125)

“el principio del Juicio, con la relación a la forma de las cosas de la naturaleza bajo leyes empíricas en general, es la finalidad de la naturaleza en su diversidad”.

o El Juicio tiene por principio el hacer concordar el concepto de un objeto con la cosa. Esto evita de entrada la pregunta que cuestiona la misma concordancia del concepto y la cosa. ¿Por qué deberían concordar la cosa experimentada y el objeto que nos hacemos de ella? Es, como en muchas otras cosas, un tema de decisión. Es el sujeto quien decide que la cosa concuerde con el concepto de su objeto. El sujeto, y nadie más, decide que tal o cual concepto es

“Un principio trascendental es aquel por el cual se representa la condición universal a prior bajo la cual solamente cosas pueden venir a ser objeto de nuestro conocimiento en general.” (Kant, 1958,pág. 126)

“Pues el concepto de los objetos, en cuanto son pensados, como estando bajo ese principio, no es más que el concepto puro del objeto del conocimiento posible de experiencia en general, y no encierra nada empírico. En cambio, el principio de la finalidad práctica, que debe ser pensado en la idea de la determinación de una voluntad libre, sería un principio metafísico, porque el concepto de una facultad de desear, como una voluntad, tiene que ser empíricamente dado (no pertenece a los predicados trascendentales). Ambos principios, sin embargo, no son por eso empíricos, sino principios a priori, porque el enlace del predicado con el concepto empírico del sujeto de sus juicios no necesita más experiencia, sino que puede ser considerado como completamente a priori.” (Kant, 1958, págs. 127-128)

“Pues el concepto de los objetos, en cuanto son pensados, como estando bajo ese principio, no es más que el concepto puro del objeto del conocimiento posible de experiencia en general”.

o Este es una idea básica de la crítica de la razón pura: para que pueda pensarse un objeto, ha de poder pensarse como condición un objeto en general, el objeto X.

“En cambio, el principio de la finalidad práctica, que debe ser pensado en la idea de la determinación de una voluntad libre, sería un principio metafísico, porque el concepto de

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una facultad de desear, como una voluntad, tiene que ser empíricamente dado (no pertenece a los predicados trascendentales)”.

o Esto es muy importante. El principio de la finalidad práctica, donde el concepto del objeto (el deber de ser libre) y la cosa misma (el acto libre) deben corresponder, es un principio metafísico, porque el concepto de la facultad de desear debe ser dado por la experiencia. El Faktum de la razón nos presenta el hecho de la voluntad, el hecho de que algo es deseado. El tema central de la Crítica de la razón práctica estriba en la validez de tal deseo, o sea si tal deseo es un deseo de verdad (perteneciente a un sujeto libre) o si es una causa en la causalidad de la naturaleza. Kant insiste en el ser metafísico del principio práctico porque ha de suponer dos condiciones para la efectiva validación del acto moral: la existencia de Dios y la inmortalidad del alma. En resumen, es posible decir que el acto es libre porque persigue un bien (el Bien Supremo) a pesar que ello le lleve toda la eternidad, y para ello es necesario que Dios nos extienda la vida tanto como sea necesario, pues hemos de realizar lo que está destinado que hagamos, cumplir nuestro deber. En la lectura de Zupancic la cosa no es tanto así. Esta estructuración dependiente de Dios y la inmortalidad se hacen precisamente ficcionales porque son expresiones de una relación como la del escritor-lector. El acto de escribir necesita que el escritor crea que hay un lector con las mismas o similares características que el narratario. Nada más alejado de la verdad. No sólo es posible que en el mundo no exista ningún lector que se asemeje al narratario pensado por el escritor, sino que aun en el supuesto que tal narratario exista, aun así su ficcionalidad no desaparece ni se anula, sino que se refuerza. La ficcionalidad no consiste en la creencia de una cosa inexistente (una ilusión imposible), sino en creer que la cosa existe antes de ser pensada como tal o cual cosa. La cosa sólo toma forma de cosa para el sujeto en la medida en que sabe nombrala, si no es así, entonces la cosa permanece invisible para el sujeto. En otras palabras, sólo cuando el escritor se decide a escribir, sólo después de esa decisión es que la cosa puede aparecer, pues sólo después de tal decisión es que el sujeto escritor debe ponerse a pensar para quién ha de escribir. Esto es lo que dice Zupancic con la elección de la Gessinung, pues toda elección tomada, aun sea inconsciente, es retomada por el sujeto con toda su carga de culpa y responsabilidad por lo acontecido desde que la decisión que da sentido al todo acto que le concirna.

“Que el concepto de una finalidad de la naturaleza pertenece a los principios trascendentales, puédese advertir suficientemente por las máximas del Juicio, que son colocadas a priori a la base de la investigación de la naturaleza, y que sin embargo, no se refieren a nada más que a la posibilidad de la experiencia, es decir del conocimiento de la naturaleza, no solamente como naturaleza en general, sino como una naturaleza determinada por una diversidad de leyes particulares.” (Kant, 1958, pág. 128)

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“no se refieren a nada más que a la posibilidad de la experiencia, es decir del conocimiento de la naturaleza, no solamente como naturaleza en general, sino como una naturaleza determinada por una diversidad de leyes particulares.”

o Esta diversidad de leyes particulares de la naturaleza es importante para poder definir la experiencia posible, pues establece los márgenes dentro de los cuales la experiencia científica tendrá sentido y alcance. Ir más allá de tales principios es adentrarse al campo de la metafísica, campo al que le está prohibido enunciar cualquier cosa que sea considerada conocimiento.

“el Juicio debe, para su propio uso, aceptar como principio a priori que lo contingente para la humana investigación en leyes particulares (empíricas) de la naturaleza encierra una unidad en el enlace de su diversidad con una experiencia posible en sí, unidad que nosotros no tenemos ciertamente que fundar, pero pensable, sin embargo, y conforme a la ley.” (Kant, 1958, pág. 131)

“Es concepto trascendental de una finalidad de la naturaleza no es, empero, ni un concepto de la naturaleza ni un concepto de la libertad, porque no añade nada al objeto (la naturaleza), sino que representa tan sólo la única manera como nosotros hemos de proceder en la reflexión sobre los objetos de la naturaleza, con la intención puesta en una experiencia general y conexa; por consiguiente, representa un principio (máxima) subjetivo del Juicio. Por eso también nos sentimos regocijados (propiamente aligerados, después de satisfecha una necesidad), exactamente como si fuera una feliz causalidad la que favoreciese nuestra intención, cuando encontramos una unidad sistemática semejante, bajo leyes meramente empíricas, aunque tengamos necesariamente que admitir que unidad tal se da, sin poder, sin embargo, examinarla y demostrarla.” (Kant, 1958, pág.132)

“representa tan sólo la única manera como nosotros hemos de proceder en la reflexión sobre los objetos de la naturaleza, con la intención puesta en una experiencia general y conexa”.

o Esto parece tener dos formas de ser entendido. O bien este principio de finalidad es una especie de hábito para reordenar los descubrimiento del entendimiento con la única finalidad de hacer más ordenados los conceptos, o bien determina la forma como ha de poder pensarse “lo pasado” para estar siempre en disposición de poder cambiar el sentido de su significación. Esta última posibilidad es la que más me interesa, pues me permite despejar una entrada directa a la razón práctica. Si lo pasado puede ser re-interpretado, entonces tiene sentido decir que la razón práctica puede hacer de cualquier puno del tiempo vivido por el sujeto un elemento de escarnio donde el sujeto se vea posicionado como agens.

“El Juicio tiene, pues, también un principio a prori para la posibilidad de la naturaleza, pero solo en relación subjetiva, en sí, por medio del cual prescribe una ley, no a la naturaleza (como autonomía)), sino a sí mismo (como heautonomía) para la reflexión sobre aquélla, y puede llamársele ley de la especificación de la naturaleza en consideración de sus leyes empíricas, y esta ley no la conoce ella a priori en la naturaleza, sino que la admite para una ordenación de la misma,

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cognoscible para nuestro entendimiento, en la división que ella hace de sus leyes generales, queriendo subordinar a éstas una diversidad de lo particular. Así, pues, si se dice: la naturaleza especifica sus leyes universales según el principio de la finalidad para nuestras facultades de conocer, es decir, para acomodarse al entendimiento humano, en su uso necesario, que es encontrar lo universal para lo particular que la percepción le ofrece y encontrar un enlace de lo diferente (general, desde luego, en cada especie) en la unidad del principio; si se dice esto, ni se prescribe por ello una ley a la naturaleza, ni se aprende una de ella por la observación (aunque aquel principio puede ser confirmado por ésta), pues no es un principio del Juicio determinante, sino solamente del reflexionante: se quiere tan sólo que , cualquiera que sea la organización que la naturaleza tenga, según sus leyes universales, sea necesario buscar sus leyes empíricas, siguiendo completamente aquel principio y las máximas que en él se fundan, porque solamente en la medida en que él encuentra aplicación podemos progresar en la experiencia, con el uso de nuestro entendimiento, y adquirir conocimiento.” (Kant, 1958, págs. 135-136)

“La concordancia pensada de la naturaleza, en la diversidad de su leyes particulares, con nuestra exigencia de encontrar para ella generalidad de los principios, debe, según toda nuestra investigación, ser juzgada como contingente, y al mismo tiempo, sin embargo, como indispensable para nuestra exigencia de conocimiento, como finalidad, por lo tanto, mediante la cual la naturaleza concuerda con nuestra intención, enderezada, empero, tan sólo al conocimiento.” (Kant, 1958, pág. 137)

Contingente, pero indispensable para la exigencia de conocimiento. La relación no existe necesariamente, pero pensarla así (proferirla como discurso) es lo que fundamenta la búsqueda misma de conocimiento.

Esta idea de buscar que las leyes empíricas tomen valor por su reducibilidad a una ley de orden superior es muy parecida a la teoría del texto, donde la macroregla de construcción propone hacer de una sola oración el contenido semántico de una serie proposicional. El tema es que la teoría del texto propone una infinidad de mundos posibles como punto de partida para ascender de las proposiciones particulares hasta la metaproposición, mientras que Kant deja vacío el principio de unidad entre el pensamiento y la naturaleza. Yo creo que dicen básicamente lo mismo, pues la totalidad de mundos posibles son solo el escenario donde un agens debe poner su voluntad para elegir un mundo posible y, por defecto, descartar otros mundos; asimismo, Kant propone un principio que queda indefinido hasta que un agens se propone darle contenido empírico a la ley, dándose cuenta que no ha hecho sino lanzar una espada de Damocles solo un poco más lejos.

“nos desagradaría por completo una representación de la naturaleza, mediante la cual se nos dijera de antemano que en la investigación más mínima, por encima de la experiencia más vulgar, nos hemos de tropezar con una heterogeneidad de sus leyes, que hiciera imposible, para nuestro entendimiento, la unión de sus leyes particulares bajo otras generales, empíricas, porque esto contradice al principio de la especificación subjetivo-final de la naturaleza en sus especies, y a nuestro Juicio en los propósitos de este último.” (Kant, 1958, pág. 140)

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Una naturaleza independiente de nuestro entendimiento es aborrecible. ¿Por qué? Porque la naturaleza es creada por el entendimiento, solo tiene sentido en tanto que es pensada por el entendimiento; la naturaleza es, esencialmente, lo pensable por el entendimiento, la experiencia es lo sabido por el entendimiento.

“Lo subjetivo, empero, en una representación, lo que no puede de ningún modo llegar a ser un elemento de conocimiento, es el placer o el dolor que con ella va unido, pues por medio de él no conozco nada del objeto de la representación, aunque él pueda ser el efecto de algún conocimiento.” (Kant, 1958, pág. 143)

“La finalidad, pues, que precede al conocimiento de un objeto, y que, sin querer usar la representación del mismo para un conocimiento, hasta va, sin embargo, unida inmediatamente con ella, es lo subjetivo del mismo, lo cual no puede llegar a ser elemento alguno de conocimiento. Así, el objeto es entonces dicho final, sólo porque su representación está inmediatamente unida con el sentimiento del placer, y esta representación misma es una representación estética de la finalidad. Trátese tan sólo de saber si existe, en general, una representación semejante de la finalidad.” (Kant, 1958, pág. 143)

Cuando el objeto es conscientemente creado por el concepto, no genera placer, pero cuando es creado por el sujeto, entonces sí produce placer estético. ¿Por qué con uno no y con el otro sí? Creo que la clave yace en el estatus del concepto como cosa independiente del sujeto. Tengo la impresión que el concepto, la garantía de verdad del conocimiento, usurpa el lugar del goce que originalmente tiene el sujeto; por ello, el sujeto no goza cuando tiene que subsumir un fenómeno a un concepto. Pero cuando la independización del concepto queda anulada, cuando el sujeto se ve en la posibilidad (necesaria o lúdica) de ponerse en la causa del acto, es entonces cuando puede experimentar el placer o el dolor ante el fenómeno-acto que acontece, pues la verdad garantizadora del fenómeno-acto no es más que el mismo sujeto; en otras palabras, cuando el concepto pierde su independencia, no sucede otra cosa sino que el sujeto se libera de lo universalizado (por el concepto) y acontece como momento de universalización: el sujeto acontece.

“cuando en esa comparación, la imaginación (como facultad de las intuiciones a priori) se pone, sin propósito, en concordancia con el entendimiento (como facultad de los conceptos) por medio de una representación dada, y de aquí nace un sentimiento de placer, entonces debe el objeto ser considerado como final para el Juicio reflexionante. Semejante juicio es un juicio estético sobre la finalidad del objeto, que no se funda sobre concepto alguno actual del objeto, ni crea tampoco uno del mismo. La forma del tal objeto (no la materia) es juzgada, en la mera reflexión sobre la misma (sin pensar en un concepto que se deba adquirir de él), como la base de un placer en la representación de semejante objeto, con cuya representación este placer es juzgado como necesariamente unido, y consiguientemente, no sólo para el sujeto que aprehende aquella forma, sino para todo el que juzga en general.” (Kant, 1958, pág. 144)

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La comparación tiene como términos a la facultad de juzgar que juega con el entendimiento y la imaginación para decir algo sobre un objeto, y por el otro lado al entendimiento que hace uso del concepto para crear conocimiento sobre el objeto en cuestión.

El objeto es final y pertenece a un juicio estético cuando su representación causa placer en el sujeto. La pregunta es por qué la representación de un objeto causaría placer o dolor en un sujeto. Creo que la clave está en comprender cómo se crea significado en las cosas, pues el sujeto estético, a diferencia del moral, no crea el objeto de la representación, sino que lo encuentra y el encontrarlo causa en él placer o dolor. Este encontrar no es más que la satisfacción de la búsqueda de lo perdido, lo cual puede ser explicado mediante el concepto lacaniano objet-petit-a. Digamos que en la experiencia estética, el sujeto sospecha haber encontrado lo deseado por el Otro. Por ello, tal vez, los estetas dicen de la experiencia que genera la obra de arte que revela una “verdad trascendente”, y claro, la verdad trascendente no es más que la verdad del Otro.

Lo bello: la cualidad de la representación de un objeto que causa placer en el sujeto.

Gusto: la facultad de juzgar sobre tales experiencias de lo bello.

“solamente con la conformidad a leyes en el uso empírico del Juicio en general (unidad de la imaginación y del entendimiento) en el sujeto es con lo que concuerda la representación del objeto en la reflexión, cuyas condiciones a priori tienen un valor universal; y como esa concordancia del objeto con las facultades del sujeto es contingente, produce entonces la representación de una finalidad de aquél en relación con las facultades de conocer del sujeto.” (Kant, 1958, pág. 145)

¿No es precisamente el acto de hacer de lo contingente un acontecimiento inaugural lo que se propone toda ficción? ¿No es el carácter de lo ficcional el hacer de lo cotidiano una sublimación que ponga en paréntesis el significado usual del objeto para darle un significado estético al mismo significante? ¿No es eso lo que hacía Duchamp, Wharhol, Basquiat, etc. en sus ready-made, crear significado o dejar el objeto como un lugar de infinitos significados, como lugar de significación?

“Aunque nuestro concepto de una subjetiva finalidad de la naturaleza en sus formas, según leyes empíricas, no es, de ninguna manera, un concepto de un objeto, sino solamente un principio del Juicio, el de construirse conceptos en esa enorme diversidad (poder orientarse en ella), sin embargo, atribuimos aquí a la naturaleza, por decirlo así, una relación con nuestra facultad de conocer, según la analogía de un fin; y así, podemos considerar la belleza natural como exposición del concepto de la finalidad formal (meramente subjetiva), juzgando nosotros la primera mediante el gusto (estéticamente, por medio del sentimiento de placer), y la segunda mediante entendimiento y razón (lógicamente, según conceptos).” (Kant, 1958, pág. 150)

Juicio estético y teleológico

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“Sobre esto se funda la división de la crítica del Juicio en estético y teleológico, comprendiendo en el primero la facultad de juzgar la finalidad formal (también llamada subjetiva), mediante el sentimiento de placer o dolor, y en el segundo la facultad de juzgar la finalidad real (objetiva) de la naturaleza, mediante el entendimiento y la razón.” (Kant, 1958, pág. 150)

“Pero el principio trascendental de representarse una finalidad de la naturaleza, en relación subjetiva con nuestra facultad de conocer, realizada en la forma de una cosa, como un principio de juicio de la misma, deja completamente indeterminado dónde y en qué casos he de formar el juicio como de un producto, según un principio de la finalidad, o más bien sólo según leyes generales de la naturaleza, y deja al juicio estético la misión de determinar en el gusto, la acomodación de la cosa (de su forma) con nuestras facultades de conocer (en cuanto el Juicio estético decide, no por concordancia con conceptos, sino por el sentimiento). En cambio, el Juicio usado teleológicamente, da las condiciones determinantes bajo las cuales algo (verbigracia, un cuerpo organizado) debe ser juzgado según la idea de la naturaleza, pero no puede justificar con principio alguno, sacado del concepto de la naturaleza, como objeto de la experiencia, el derecho de atribuir a priori una relación a fines y de admitir, aun indeterminadamente, semejantes fines en la experiencia real de tales productos; el fundamento de esto es que hay que disponer muchas experiencias particulares y considerarlas bajo la unidad de su principio para poder, sólo empíricamente, conocer en un cierto objeto una finalidad objetiva. El Juicio estético es, pues, una facultad particular de juzgar cosas según una regla, pero no según conceptos. El Juicio teleológico no es facultad particular alguna, sino sólo el Juicio reflexionante en general, en cuanto procede, como en todo lo que es conocimiento teórico, según conceptos, pero refiriéndose a ciertos objetos de la naturaleza, según principios particulares, a saber: lo de un Juicio meramente reflexionante, y que no determina objetos; y así, según su aplicación, pertenece a la parte teórica de la filosofía, y debe constituir una parte especial de la crítica, a causa de esos principios particulares que no son determinantes como deben serlo en una doctrina.” (Kant, 1958, págs. 151-153)

[La influencia de lo suprasensible en la naturaleza] “es posible, y está ya contenido en el concepto de una causalidad mediante libertad, cuyo efecto, según aquellas tres leyes formales, debe ocurrir en el mundo, aunque la palabra causa, empleada de lo suprasensible, significa solamente el fundamento para determinar la causalidad de las cosas naturales a un efecto conforme con sus propias leyes naturales, pero al mismo tiempo de acuerdo con el principios formal de la leyes de la razón, con lo cual, si bien no se puede considerar la posibilidad, por lo menos se puede rechazar con suficiente fuerza, la objeción de una supuesta contradicción.” (Kant, 1958, págs. 154-155)

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Primera parte de la crítica del JuicioCrítica del Juicio EstéticoPrimera Sección: Analítica del Juicio estéticoPrimer Libro: Analítica de lo Bello

Lo bello

“Para decidir si algo es bello o no, referimos la representación, no mediante el entendimiento al objeto para el conocimiento, sino, mediante la imaginación (unida quizá con el entendimiento), al sujeto y al sentimiento de placer o de dolor del mismo.” (Kant, 1958, págs. 159-160)

Pareciera que el sujeto es lo que siente placer o dolor, nada más, pues cuando Kant siempre lo refiere como quien se place o duele con algo. En líneas generales, el sujeto pareciera ser el lugar donde se gestan las experiencias que fundan una determinada significación: la subsunción al concepto gesta el conocimiento, el respeto la moralidad y el placer-dolor el juicio estético o teleológico.

“Considerar con la facultad de conocer un edificio regular, conforme a un fin (sea en una especie clara o confusa de representación), es algo completamente distinto de tener la conciencia de esa representación unida a la sensación de satisfacción. La representación, en este caso, es totalmente referida al sujeto, más aún, al sentimiento de la vida del mismo, bajo el nombre de sentimiento de placer o dolor; lo cual funda una facultad totalmente particular de discernir y de juzgar que no añade nada al conocimiento, sino que se limita a poner la representación dada en el sujeto, frente a la facultad total de las representaciones, de la cual el espíritu tiene consciencia en el sentimiento de su estado.” (Kant, 1958, pág. 161)

“La representación, en este caso, es totalmente referida al sujeto, más aún, al sentimiento de la vida del mismo, bajo el nombre de sentimiento de placer o dolor”.

o Cuando hay representación de satisfacción, la representación en cuestión se refiere al sentimiento de la vida del sujeto, y tal sentimiento de la vida es el sentimiento del placer o dolor. La vida, entonces, no sería más que placer o dolor. Esta interpretación parece muy biologista, pero entraña algo interesante. Relacionando esta idea con la irrenunciable búsqueda de la felicidad que también está relacionada con el placer y el dolor, podemos sospechar, por lo menos, que el sentimiento de placer o dolor ubica al sujeto donde no sabía que estaba, en la autoconsciencia de su existencia como ser finito o que está condenado a la muerte (que no es otra cosa que estar condenado a la vida). La facultad de juzgar, entonces, parece ser una facultad muy ligada con esta experiencia de la finitud humana, donde el sujeto puede dar cuenta de lo infinito (lo bello) en la medida en que puede dar cuenta también de su imposibilidad para comprenderla completamente. Esta incompletud es la necesidad de no referir la representación

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con concepto alguno del entendimiento, sino tan sólo y tal vez con alguna Idea de la razón.

“Se ve fácilmente que cuando digo que un objeto es bello y nuestro gusto, me refiero a lo que de esa representación haga yo en mí mismo y no a aquello en que dependo de la existencia del objeto.” (Kant, 1958, pág. 162)

¿Qué hace el sujeto en sí mismo con la representación para que le resulte bella? Primero, no puede ser algo consciente, pues lo bello le llega al sujeto sin construirla; digamos con mayor precisión, en el momento en que le llega la representación el sujeto ya había decidido de antemano que tal representación le resultaría bella. Creo que en este pasaje se muestra lo que Lacan entiende por Gessinung, pues nada hace que el sujeto considere tal o cual representación bella sino su propia disposición para apreciarla así. Claro, nunca sabremos porqué tenemos esta disposición y no otra (tal cosa es nouménica), pero sí podemos saber que de hecho tenemos tal disposición (y no otra).

“Agradable es aquello que place a los sentidos en la sensación. Aquí preséntase ahora mismo la ocasión de censurar y hacer una confusión muy ordinaria de la doble significación que la palabra sensación puede tener. Toda satisfacción (dícese, o piénsese) es ella misma sensación (de un placer). Por tanto, todo lo que place, justamente en lo que place, es agradable (y según los diferentes grados, o también relaciones con otras sensaciones agradables, es gracioso, amable, delectable, regocijante, etc….). Pero si esto se admite, entonces las impresiones de los sentidos, que determinan la inclinación, o los principios de la razón, que determinan la voluntad, o las meras formas reflexionadas de la intuición, que determinan el Juicio, son totalmente idénticos, en lo que se refiere al efecto sobre el sentimiento del placer, pues este sería el agrado en la sensación del estado propio, y como, en último término, todo el funcionamiento de nuestras facultades debe venir a parar a lo práctico y unificarse allí como en su fin, no podríamos atribuir a esas facultades otra apreciación de las cosas y de su valor que la que consiste en el placer que las cosas prometen.” (Kant, 1958, pág. 164)

No entiendo bien la cita, sobre todo el porqué serían las impresiones de los sentidos, los principios de la razón y las formas reflexionadas de la intuición totalmente idénticas entre sí, por el simple hecho de que admita que lo que place es agradable.

“Bueno es lo que, por medio de la razón y por el simple concepto, place. Llamemos a una especie de lo bueno, bueno para algo (lo útil), cuando place sólo como medio; a otro clase, en cambio, bueno en sí, cuando place en sí mismo.”

“Para encontrar que algo es bueno tengo que saber siempre qué clase de cosa deba ser el objeto, es decir, tener un concepto del mismo; para encontrar en él belleza no tengo necesidad de eso. Flores, dibujos, letras, rasgos que se cruzan, sin intención, lo que llamamos hojarasca, no significan nada, no dependen de ningún concepto, y, sin embargo, placen. La satisfacción en lo bello tiene que depender de la reflexión sobre un objeto, la cual conduce a cualquier concepto (sin

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determinar cuál), y por esto se distingue también de lo agradable, que descansa totalmente sobre la sensación.” (Kant, 1958, pág. 167)

Creo que esta es la mejor explicación sobre lo bello: juicio reflexivo sobre un objeto que se dirige a cualquier concepto sin saber claramente cuál. La representación puede aterrizar en un concepto como en otro, o sea que no debe perder su independencia respecto del concepto con el que pueda transar una posible significación, significación que puede ser modificada por la redirección de la representación a otro concepto. Umberto Eco deja esto claramente señalado cuando dice que una condición fundamental de la obra de arte es la ambigüedad. Y eso es lo que sostiene al sujeto como sujeto de enunciación antes que sujeto de enunciado: el sujeto es el espacio de la significación donde se persiste en la ambigüedad.

“Pero aparte de toda esa diferencia entre lo agradable y lo bueno, concuerdan, sin embargo, ambos en que están siempre unidos con un interés en su objeto; no sólo lo agradable (§3) y lo bueno mediato (lo útil), que place, como medio para algún agrado, sino también lo bueno absolutamente y en todo sentido, a saber: el bien moral, que lleva consigo el más alto interés, pues el bien es el objeto de la voluntad (es decir, de una facultad de desear determinada por la razón). Ahora bien, querer algo y tener una satisfacción en la existencia de ello. Es decir, tomar interés en ello, son cosas idénticas.” (Kant, 1958, pág. 170)

“también lo bueno absolutamente y en todo sentido, a saber: el bien moral, que lleva consigo el más alto interés, pues el bien es el objeto de la voluntad (es decir, de una facultad de desear determinada por la razón)”.

o El bien moral es absoluto y “en todo sentido”. Creo que ambas determinaciones son idénticas, pues indican la pertenencia del bien moral a lo transubjetivo, lo trascendental. Todo sujeto se revela como sujeto en tanto que actúa por mor de la ley moral.

“Esa satisfacción [lo agradable como satisfacción patológico-condicionada y lo bueno como satisfacción pura práctica] se determina no sólo por la representación del objeto, sino, al mismo tiempo, por el enlace representado del sujeto con la existencia de aquel. No sólo el objeto place, sino también su existencia. En cambio, el juicio de gusto es meramente contemplativo, es decir, un juicio que, indiferente en lo que toca a la existencia de un objeto, enlaza la constitución de éste con el sentimiento de placer y dolor. Pero esta contemplación mismo no va tampoco dirigida a conceptos, pues el juicio de gusto no es un juicio de conocimiento (ni teórico ni práctico), y, por tanto, ni fundado en conceptos, ni que los tenga como fin.” (Kant, 1958, pág. 171)

“En cambio, el juicio de gusto es meramente contemplativo, es decir, un juicio que, indiferente en lo que toca a la existencia de un objeto, enlaza la constitución de éste con el sentimiento de placer y dolor”.

o Lo contemplativo en el juicio de gusto es posible porque el sujeto mismo toma distancia de la experiencia de placer o dolor en la representación del mismo

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sujeto. La indiferencia es este distanciamiento, lo cual enajena al sujeto de lo que place o duele convirtiendo tales cualidades en objetos de goce. ¿Pero no es en el mismo sujeto donde yacen el placer y el dolor? Creo que al efectuar el acto contemplativo lo que hace el sujeto es ejecutar un deslizamiento metonímico del significante de sí mismo, del significante “yo” hacia los significantes que lo determinan, “placer” o “dolor”; esto es lo que genera la experiencia estética, el que el sujeto se vea a sí mismo como otro (como lo que place o lo que duele) sin la necesidad de “arrojarse” a lo incierto como en el acto moral. En el acto contemplativo el sujeto puede verse gozando sin sentir vergüenza ni bochorno.

o ¿Por qué el sujeto es indiferente a la existencia del objeto que contempla? Porque sentir deferencia por tal existencia lo ubicaría en la ejecución de lo práctico, donde el Deseo ha marcado al sujeto para desear el objeto y crearlo. Crear el objeto de deseo no es más que perseguir lo que se ha convertido en Triebfeder para el sujeto, ello sólo sustentado por la ley moral, y todo ello porque perseguimos lo que nos está vedado, lo indicado por el objet-petit-a, buscamos autonomía.

“Agradable llámese a lo que DELEITA; bello, a lo que place; bueno, a lo que es APRECIADO, aprobado, es decir, cuyo valor objetivo es asentado.” (Kant, 1958, pág. 172)

Entiendo que todo aquello que place está fuera del sujeto, en lo empírico. La relación del placer y el espacio como condición de posibilidad se me hace harto importante para entender la experiencia estética. Si, como dice Derrida, el tiempo es lo que quisiera decir el espacio (ver artículo de Derrida “La forma y el querer-decir”), en la contemplación estética el espacio dice innumerables nombres tratando de decir “tiempo”; esta es la razón por la que los nombres de las cosas “bellas” no se gastan en sus significados, sino que se proyectan hacia el “sinfín de lo pensable”, o sea el tiempo (horizonte de significación).

“Puede decirse que, entre todos estos tres modos de la satisfacción, la del gusto en lo bello es la única satisfacción desinteresada y libre, pues no hay interés alguno, ni el de los sentidos ni el de la razón, que arranque el aplauso. Por eso, de la satisfacción puede decirse en los tres casos citados, que se refiere a inclinación, o a complacencia, o a estimación. Pues bien, COMPLACENCIA es la única satisfacción libre”. (Kant, 1958, pág. 172)

¿En razón de qué la satisfacción del gusto es libre? Entiendo que en la contemplación el sujeto se encuentra no-sujeto a lo que impera en la cosa (el concepto) y se deja llevar por el mirar la experiencia de lo que place o duele tratando de darle un sentido a la representación que genera tal experiencia (“¿Por qué duele?, ¿de dónde proviene el placer?, ¿qué gesto es este que place tanto?, ¿qué dolor es este que se manifiesta en tal postura imposible?”). Pero, ¿es esto algo que se ejecuta por que el sujeto sea libre? Entiendo que el sujeto libera la cosa de su concepto permitiéndole jugar figurativamente con sus significados, pero ¿ello significa que el mismo sujeto está siendo libre?

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Sospecho que la determinación “libre” en la satisfacción del gusto le calza mejor al objeto que al sujeto, pues es el objeto el que se libera del concepto, su amo en el juicio determinante y en el juicio práctico. Es, más bien, libre el sujeto cuando evita dicho deslizamiento metonímico del “yo” hacia “lo que place” o ”lo que duele” y se cuestiona sobre el placer o dolor que habita en él: ¿por qué me place/duele esto o aquello?, ¿de dónde proviene este placer/dolor?, ¿por qué tengo deferencia con esta cosa que me place/duele? Tales cuestiones inician el proceso que Martel me ha indicado como PROSILOGISMO, el cual llevará al sujeto hasta el móvil que causa el placer o el dolor, el lugar donde se decidió lo deseado por el sujeto; lo deseado determina lo que nos ha de placer o doler en la vida, y la cuestión es qué hará el sujeto una vez que halla tal móvil inaugural de la voluntad. Este momento es lo que entiendo por el respeto a la ley moral, pues la ley moral nos impele a decidir si continuar con la constitución de sujeto que inaugura el deseo existente o abandonarlo para inaugurar un nuevo deseo.

“Sólo cuando se ha calmado la necesidad puede decidirse quién tiene o no tiene gusto entre muchos. También hay costumbres (conducta) sin virtud, cortesía sin benevolencia, decencia sin honorabilidad…, etc… Pues donde, habla la ley moral, ya no queda objetivamente elección libre alguna, en lo que toca a lo que haya de hacerse y mostrar gusto en su conducta (o en el juicio de las de otros) es muy otra cosa que mostrar su manera de pensar moral, pues ésta encierra un mandato y produce una exigencia, mientras que, en cambio, el gusto moral no hace más que juzgar con los objetos de la satisfacción, sin adherirse a ninguno de ellos.” (Kant, 1958, pág. 173)

Kant parece decir que la libertad del juicio estético recae sobre el sujeto porque, a diferencia del juicio moral que exige del sujeto obediencia, el juicio estético deja la determinación del objeto estético al sujeto desvinculado de la exigencia de cualquier concepto. Creo que esto se puede leer mejor si asumimos que en el juicio moral se logra una libertad que no es otra cosa que una necesidad propia del sujeto, mientras que en el juicio estético el sujeto sigue supeditado a una necesidad que no le es propia, sino que se halla instalada en el objeto. En otras palabras, el juego libre del sujeto con los objetos estéticos no es “libre” porque el sujeto sea libre, sino porque se encuentra “suelto en plaza” para hacer del proceso de determinación del objeto un acto de causación siempre contingente: el sujeto es “libre” de poner en cualquier lugar la causa del objeto estético, ningún lugar es mejor que otro, pues no hay concepto que regule tal relación causal. El objeto estético está suelto y rebota sobre cualquier posible causa en el mundo, menos en el mismo sujeto, pues no puede decir que lo estético sea un efecto de su voluntad, sino más bien algo que tiene efecto en su voluntad en la forma de placer o dolor.

Definición de gusto desde la cualidad

“GUSTO es la facultad de juzgar un objeto o una representación mediante una satisfacción o un descontento, sin interés alguno. El objeto de semejante satisfacción llámese bello.” (Kant, 1958, pág. 174)

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Definición de gusto desde la cantidad

“Lo bello es lo que, sin concepto, es representado como objeto de una satisfacción <<universal>>”. (Kant, 1958, pág. 174)

La definición de lo bello en función a la cantidad se ha deducido directamente desde la interpretación de lo implicado en la definición de lo bello según la cualidad. ¿Por qué? Porque el juicio de una representación mediante una satisfacción desinteresada implica que la determinación del juicio no dependerá de la particular situación del sujeto que juzgue; por ello, el juicio de gusto según la cualidad del satisfacer implica la perspectiva de la cantidad: juzgar un objeto que satisface sin interés alguno es juzgar de una forma que cualquier sujeto puede reproducir en su propia experiencia. Esto no quiere decir que todos los sujetos que puedan abstraerse de su situación particular tendrán la misma experiencia estética sobre un objeto en cuestión, sino que todo sujeto puede experimentar la satisfacción de gusto con el objeto en cuestión, independientemente del efecto estético que el objeto genere en su integridad individual.

“Pues cada cual tiene consciencia de que la satisfacción en lo bello se da en él sin interés alguno, y ello no puede juzgarlo nada más que diciendo que debe encerrar la base de la satisfacción para cualquier otro, pues no fundándose ésta en una inclinación cualquiera del sujeto (ni en cualquier otro interés reflexionado), y sintiéndose, en cambio el que juzga, completamente libre, con relación a la satisfacción que dedica al objeto, no puede encontrar, como base de la satisfacción, condiciones privadas algunas de las cuales sólo su sujeto dependa, debiendo, por lo tanto, considerarla como fundada en aquello que puede presuponer también en cualquier otro. Consiguientemente, ha de creer que tiene motivo para exigir a cada uno una satisfacción semejante. Hablará, por lo tanto, de lo bello, como si la belleza fuera una cualidad del objeto y el juicio fuera lógico (como si constituyera, mediante conceptos del objeto, un conocimiento), aunque sólo es estético y no encierra más que una relación de la representación del objeto con el sujeto, porque tiene, con el lógico, el parecido de que se puede presuponer en él la validez para cada cual. Pero esa universalidad no puede tampoco nacer de conceptos, pues no hay tránsito alguno de los conceptos al sentimiento de placer o dolor (excepto en las leyes puras prácticas, que, en cambio, llevan consigo un interés que no va unido al puro juicio de gusto). Consiguientemente, una pretensión a la validez para cada cual, sin poner universalidad en objetos, debe ser inherente al juicio de gusto, juntamente con la consciencia de la ausencia en el mismo de todo interés, es decir, que una pretensión a universalidad subjetiva debe ir unida con él”. (Kant, 1958, págs. 174-175)

“Hablará, por lo tanto, de lo bello, como si la belleza fuera una cualidad del objeto y el juicio fuera lógico (como si constituyera, mediante conceptos del objeto, un conocimiento), aunque sólo es estético y no encierra más que una relación de la representación del objeto con el sujeto, porque tiene, con el lógico, el parecido de que se puede presuponer en él la validez para cada cual”.

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o Hablar de lo bello como si la belleza fuera una cualidad del objeto, ésta es la idea que encierra el juicio estético. ¿Qué hay de extraño aquí? Parece que Kant trata de convencerse que algo es de una manera a pesar de saber que no es así. ¿Por qué es importante pretender que la belleza es una cualidad del objeto a pesar de saber que no lo es realmente? Creo que la clave está en comprender que la experiencia estética es, en primer lugar, esencialmente subjetiva, o sea que no hay nada en el objeto con una cualidad mágica que la haga por sí misma bella. La belleza es una determinación subjetiva. Sin embargo, por más subjetiva que sea la belleza, es algo –y en esto Kant expone una idea genial- que todo sujeto está en condiciones de experimentar. Lo genial es que la razón por la que un sujeto experimenta satisfacción estética con tal o cual objeto es completamente indiferente; lo importante es que todo sujeto que esté en disposición del juicio de gusto esté en condiciones de experimentar lo estético gracias al objeto que se le muestra. Eco lo expone bien en “Obra abierta”, pues qué hace a una obra de arte “obra de arte” sino su capacidad para generar en los espectadores la experiencia de “completar el cuadro”. Éste es el secreto: realmente al cuadro no le falta nada (materialmente), pero de lo que carece el cuadro es de la experiencia estética que le da sentido. Ningún cuadro puede experimentar por sí mismo lo bello, tal tarea es exclusiva del espectador, y sólo en esta experiencia propia del espectador se completa la parte “espiritual” del cuadro. El espectador es irreductible al cuadro, así como el sujeto de gusto es irreductible al objeto estético. Pero hay un segundo aspecto sobre esta pretensión sobre la objetividad del objeto estético: no se puede hablar directamente de lo subjetivo en el objeto estético. ¿¡Por qué!? Creo que la razón estriba en el impasse que funda la experiencia estética, tratar de encontrar en el espacio que habita el Otro la causa de la experiencia de placer o dolor. ¿Dónde está aquello que nos place/duele? Como diría Lacan, el placer no está en la comida que nos place, sino en la lengua que se place en la comida. Lo que nos place del objeto estético no es la determinada forma del objeto, sino la forma como el sujeto se place en este o aquel objeto. La razón por la cual el sujeto se place más con este o con aquel objeto es irrelevante, lo importante es que el sujeto tiene siempre una disposición de sentir placer o dolor con los objetos (un gran ejemplo es el caso de los ready-made de Duchamp y la postura teórica del arte conceptual). Pero falta responder a una pregunta: ¿por qué buscaría el sujeto la causa de su placer o dolor fuera de sí, en el espacio que habita el Otro? Creo que la respuesta yace en la existencia del juicio reflexionante: porque el sujeto ejecuta un distanciamiento de su propio placer y dolor para poder espectarlos (“objetivamente”). Lo dice la misma definición de gusto: “Lo bello es lo que, sin concepto, es representado como objeto de una satisfacción <<universal>>”. La satisfacción universal se encuentra en un objeto, y tal objeto no es otra cosa que lo que ha generado placer o dolor. Si vemos bien el fraseo, la cuestión no es el objeto-causa del placer o dolor, sino el placer-dolor mismo; el centro de la cuestión no es la causa de la satisfacción, sino la satisfacción misma, el lugar

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donde yace lo universal de la experiencia. El meollo de la cuestión estética no es determinar la naturaleza de la causa de la satisfacción de gusto, sino la naturaleza del gusto y sus condiciones. Por ello, al “objetivar” el placer/dolor y convertirlas en el tema teórico en cuestión no se hace sino tomar distancia de la experiencia de placer/dolor y analizar la experiencia correspondiente como si fuera un objeto de la naturaleza. ¡He aquí el impase inaugural! Una vez que “objetivamos” una de las cosas más subjetivas en el sujeto –valga la redundancia-, entonces no haremos más que apelar a una psicología estética (ver psicología de la estética, donde se esgriman mil y un causas por las cuales tal o cual gama de colores, tipo de formas, escala tonal, etc., son más delectables por los espectadores que otras, como si el gusto estético pudiera determinarse fisiológicamente) olvidando el esencial aspecto subjetivo de la experiencia estética (cultural, ética, política). Finalmente, se comprende porqué Kant demanda creer algo en lo que está seguro no se puede creer. Debe pensarse el objeto estético como si fuera objetivo (asignable a un concepto), pero sabiendo bien que ningún concepto le será más adecuado que cualquier otro y que todo juicio sobre tal objeto se fundará en la solidez y riqueza de la experiencia de la cual el sujeto es solitario soporte. Podríamos decir que en la experiencia estética hay naturaleza (causalidad) pero no Mundo (concepto ordenador).

o El parecido entre el juicio estético y el de conocimiento es que ambos ponen la causa de la experiencia en el espacio, o sea en el Otro. Así como en el juicio de conocimiento la causa del fenómeno físico debe situarse en algún lugar del Mundo, en el juicio estético la causa de la experiencia estética debe habitar en el Mundo; la diferencia entre el uno y el otro es que en el primero la causa debe ser completamente ubicable y acotada, mientras que en el segundo la causa está siempre velada por lo desconocido, pues no hay diferencia que medie entre una posibilidad u otra. Esto es importante: lo que media entre la posibilidad entre la autoría causal de un fenómeno de conocimiento es el concepto; dado que en la experiencia estética no hay concepto (definido), no habrá tampoco objeto-causa determinada, y cualquier cosa podrá arrogarse la autoría del sentido del objeto del juicio estético. Esto es todo lo contrario de lo acontecido en la experiencia moral, pues al haber ley moral, el objeto exige del sujeto obediencia, a pesar que el sujeto no sepa “a ciencia cierta” a qué debe ofrecer su obediencia. El tema aquí es que el mismo sujeto debe decidir a qué dirigir su voluntad desde su libre albedrío.

“Pero esa universalidad no puede tampoco nacer de conceptos, pues no hay tránsito alguno de los conceptos al sentimiento de placer o dolor (excepto en las leyes puras prácticas, que, en cambio, llevan consigo un interés que no va unido al puro juicio de gusto)”.

o El tránsito de los conceptos al sentimiento de placer o dolor es necesario para la razón práctica porque el deber se las ve con la inclinación, cosa que no puede evitar en tanto que el sujeto de la ley moral es racional y finito. En el juicio estético, el carácter reflexivo del juicio hace que el proceso de significación

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comience con el sentimiento de placer y dolor, pero a diferencia del proceso ético no arriba a concepto alguno, sino que se detiene ante el concepto y estipula no darle ningún sentido al acto que acompaña a los conceptos.

Universalidad del juicio de gusto

“Primeramente hay que convencerse totalmente de que, mediante el juicio de gusto (sobre lo bello), se exige a cada cual la satisfacción en un objeto, sin apoyarse en un concepto (pues entonces sería esto el bien) y de que esa pretensión a validez universal pertenece tan esencialmente a un juicio mediante el cual declaramos algo bello, que, sin pensarla en él, a nadie se le ocurriría emplear esa expresión, y entonces, en cambio, todo lo que place sin concepto vendría a colocarse en lo agradable, sobre el cual se deja a cada uno tener su gusto para sí y nadie exige de otro aprobación para su juicio de gusto, cosa que, sin embargo, ocurre siempre en el juicio de gusto sobre la belleza. Puedo dar al primero el nombre de gusto de los sentidos y al segundo el de gusto de reflexión, en cuanto el primero enuncia sólo juicios privados y el segundo, en cambio, supuestos juicios de valor universal (públicos).” (Kant, 1958, pág. 179)

“Ahora bien, un juicio de valor universal objetivo es siempre también subjetivo, es decir, que cuando alguno vale para todo lo que está encerrado en un concepto dado, vale también para cada uno de los que se representen un objeto mediante ese concepto. Pero de una validez universal subjetiva, es decir, de la estética, que no descansa en concepto alguno, no se puede sacar una conclusión para la validez lógica, porque aquella especie de juicios no se refiere en modo alguno al objeto. Justamente por eso, la universalidad estética que se añade a un juicio ha de ser de una especie particular, porque el predicado de la belleza no se enlaza con el concepto del objeto, considerado en su total esfera lógica, sino que se extiende ese mismo predicado sobre la esfera total de los que juzgan.” (Kant, 1958, pág. 181)

Antes de que el carácter de lo universal sea objetivo debe ser siempre subjetivo. La universalidad en la ética que expone Kant es, en primer lugar, subjetiva y tiene como fin el ser objetiva, y para ello el sujeto debe decidir libremente claudicar en su consistencia como sujeto y pasar a ser un elemento más en el acto de subsunción a la máxima que enuncia como principio moral. En otras palabras, para que el valor de universal sea atribuible a los sujetos en general, el sujeto que enuncia la máxima debe abandonarse como sujeto, transferirle la universalidad a la máxima y subsumirse bajo ella mientras soporta solitariamente el peso de ser el garante de la consistencia de la máxima universal que ha enunciado. En esto, creo, consiste el proceso de universalización.

o El carácter de garante de la máxima o, en este caso, del juicio de gusto estético creo que yace bajo el acto de subsunción que indiqué arriba. Para que haya valor en el objeto creado (ley moral, juicio de gusto) el creador debe cargar su creación con la marca de algo “leído”. Por ejemplo, para que un ready-made sea considerado una obra de arte, debe ser leído como tal por alguien en primer lugar, su autor; en tanto que el autor se subsume bajo su obra de arte como un lector más y se niega el derecho de dar la interpretación final de la obra, en tal caso la

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obra obtendrá su independencia y última condición para ser obra de arte. Asimismo, la ley moral, que es producto del acto de universalización del sujeto, debe tomar independencia del sujeto mismo mediante la subsunción del mismo bajo el comportamiento obediente ante la ley moral que él mismo ha creado; el creador de la ley moral enunciada debe ser su primer servidor. Tal es el sentido de último garante que entendí de la interpretación de Zupancic.

“En consideración a la cantidad lógica, todos los juicios de gusto son juicios individuales, pues como tengo que comparar el objeto inmediatamente con mi sentimiento de placer y dolor, y ello no mediante conceptos, aquellos juicios no pueden tener la cantidad de los juicios objetivos con validez común. Sin embargo, puede producirse un juicio universal lógico, cuando la representación individual del objeto del juicio de gusto se convierte, según las condiciones que determinen este último, en un concepto, mediante comparación.” (Kant, 1958, pág. 182)

¿Cómo pueden ser los juicios de gusto individuales y a la vez universales? Cada individuo, en la lectura tradicional de la estética kantiana, debería estar en conformidad con el juicio de gusto estético sobre un objeto estético en particular (El Grito, la 9ª Sinfonía de Beethoven, Trilce, etc.), dejándose espacio para lo diferente en el “estilo” de la recepción. Sin embargo, creo que la recepción del objeto y la configuración del juicio de gusto respecto de objeto no representa esta adecuación al objeto, sino más bien lo contrario, la adecuación el objeto a lo que está ya dispuesto en el sujeto (la Gessinung). En cada sujeto se debe reproducir el juicio de gusto sobre el mismo objeto contemplado, y en cada sujeto el objeto debe despertar las condiciones suficientes para la realización de la experiencia estética. ¿Qué cosa tiene el objeto estético en el juicio estético? Creo que lo que tiene el objeto en el juicio estético y que no hay en el resto de objeto del mundo es, paradójicamente, la carencia de causa; en el objeto estético falta la causa de la experiencia de satisfacción en el placer o dolor. En el reino de las ciencias, las percepciones de una caída constantemente acelerada, la energía potencial de un objeto, el trabajo de un cuerpo, etc., pueden ser determinadas por la ubicación de la causa del comportamiento de los objetos estudiados (estado inercial, tensión, energía almacenada), pero en el objeto estético no se puede determinar la causa del placer o dolor. ¿Por qué place/duele? En tanto que la respuesta trate de hallarse en el objeto mismo, tal objeto será re-significado como objeto estético, pues representa el espacio vacío de significación de la cadena causal que cotidianamente nos ubica en un lugar determinado del mundo; el objeto estético rompe la cadena causal representando el impasse de un objeto que no tiene causa, pero que debería tenerla en algún lugar. He ahí donde entra la teleología de la razón, pues todo objeto puede convertirse en objeto de experiencia estética al preguntarnos por la causa que hace de tal objeto produzca placer o dolor en el sujeto. El juicio estético no rompe completamente l.a cadena causal, sino que indica el carácter teleológico de ésta, carácter que llegará a entenderse por la tarea ética del sujeto en tanto que razón práctica.

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“Ahora bien, es de notar aquí que en el juicio de gusto no se postula nada más que un voto universal de esa clase, concerniente a la satisfacción sin ayuda de conceptos, por tanto, a la posibilidad de un juicio estético que pueda al mismo tiempo ser considerado como valedero para cada cual. El juicio de gusto mismo no postula la aprobación de cada cual (pues esto sólo lo puede hacer uno lógico universal, porque puede presentar fundamentos); sólo exige a cada cual esa aprobación como un caso de la regla, cuya confirmación espera, no por conceptos, sino por adhesión de los demás. El voto universal es, pues, sólo una idea (aquí no se investiga aún sobre qué descanse). Que el que cree enunciar un juicio de gusto, juzga en realidad a medida de esa idea, es cosa que puede ser incierta; pero que él lo refiere a ella, y, por lo tanto, que ha de ser un juicio de gusto, lo declara él mismo, mediante la expresión de belleza. Pero para sí mismo, mediante la mera consciencia de la privación de todo aquello que pertenece a lo agradable y al bien, puede él llegar a estar seguro de la satisfacción que aún le queda; y esto es todo en lo que él se promete la aprobación de cada cual, pretensión a la cual tendrá derecho, bajo esas condiciones, si no faltase a menudo contra ellas, y, por tanto, no enunciase un juicio de gusto erróneo.” (Kant, 1958, págs. 183-184)

“El juicio de gusto mismo no postula la aprobación de cada cual (pues esto sólo lo puede hacer uno lógico universal, porque puede presentar fundamentos); sólo exige a cada cual esa aprobación como un caso de la regla, cuya confirmación espera, no por conceptos, sino por adhesión de los demás. El voto universal es, pues, sólo una idea (aquí no se investiga aún sobre qué descanse).”

o ¿Qué significa que el sujeto que realiza un juicio de gusto exija de cada cual la aprobación como un caso de la regla? Que cuando un sujeto contempla un objeto y lo encuentra bello, no por conceptos (ni porque es agradable ni bueno), entonces ha de esperar que tal experiencia sea compartida por cualquier otro sujeto. Así, si encuentro bello El Grito de Munch entonces nunca podré tener la última palabra sobre la razón por la que tal cuadro es bello, pero exigiré de cualquiera que vea el cuadro que reconozca que tampoco él o ella podrá encontrar la razón última que hace bello el cuadro. Creo que éste es el sentido de la teleología, saber que nadie tiene la última palabra sobre el sentido de las cosas bellas, pero que en algún lugar tal palabra espera ser pronunciada.

“y esto es todo en lo que él se promete la aprobación de cada cual, pretensión a la cual tendrá derecho, bajo esas condiciones, si no faltase a menudo contra ellas, y, por tanto, no enunciase un juicio de gusto erróneo.”

o Creo que aquí se encuentra la clave: el juicio de gusto erróneo. ¿Por qué nos gusta una obra de arte? Porque encontramos en ella cierto vacío que llenamos con algo de nosotros mismos. Eso que ponemos nosotros es el “Yo”, le ponemos un “Yo” a la obra de arte logrando hacerla inexpugnable a cualquier determinación final. El Yo marca la carencia de toda determinabilidad, el hueco de la cadena causal. Pero, dado que de hecho como sujetos somos lugares defectuosos de carencia pura, la obra de arte nos hace ver lo que no deseábamos ver en nosotros, nuestras impurezas. La obra de arte hace que saquemos nuestros “mejores argumentos”

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sólo para demostrarnos que nos son más que patologías aun no vistas (Freud diría inconscientes), pero existentes en nosotros y que, en gran medida, condicionan nuestra vida. Si nos sentíamos libres, la obra de arte nos recuerda que seguimos siendo eslabones en la gran maquinaria del mundo. Este momento es el que marca la experiencia estética, cuando publicamos nuestro juicio de gusto, el cual por más sólido que sea, finalmente sucumbirá ante una determinación causal más sólida aún. En pocas palabras la razón por la cual a uno le gusta una obra de arte es porque hay algo en uno que lo dinamiza sin que se sepa qué sea o que siquiera existe; la obra de arte da cuenta de esa cosa dinamizadora del sujeto, pero no la nombra, sólo la indica metonímicamente en el objeto estético que, como el sujeto innombrado, tampoco tiene causa. He ahí la razón por la que Kant llama a esta razón del gusto estético como Idea.

Relación entre el sentimiento de placer/dolor y el juicio del objeto

“La solución de este problema es la clave para la crítica del gusto y, por lo tanto, digna de toda atención.Si el placer en el objeto dado fuese lo primero, y sólo la universal comunicabilidad del mismo debiera ser atribuida, en el juicio de gusto, a la representación del objeto, semejante proceder estaría en contradicción consigo mismo, pues ese placer no sería otra cosa que el mero agrado de la sensación, y, por tanto, según su naturaleza, no podría tener más que una validez privada, porque depende inmediatamente de la representación por la cual el objeto es dado.Así, pues, la capacidad universal de comunicación del estado de espíritu, en la representación dada, es la que tiene que estar a la base del juicio de gusto, como subjetiva condición del mismo, y tener, como consecuencia, el placer en el objeto. Pero nada puede ser universalmente comunicado más que el conocimiento y la representación, en cuanto pertenece al conocimiento, pues sólo en este caso es ella objetiva, y sólo mediante él tiene un punto de relación universal con el cual la facultad de representación está obligada a concordar. Ahora bien, si la base de determinación del juicio sobre esa comunicabilidad general de la representación hay que pensarla sólo subjetivamente, que es, a saber, sin un concepto del objeto, entonces no puede ser otra más que el estado del espíritu, que se da en la relación de las facultades de representar unas con otras, en cuanto éstas refieren una representación dada al conocimiento general.Las facultades de conocer, puestas en juego mediante esa representación, están aquí en un juego libre, porque ningún concepto determinado las restringe a una regla particular de conocimiento. Tiene, pues, que ser el estado de espíritu, en esta representación, el de un sentimiento del libre juego de las facultades de representar, en una representación dada para un conocimiento en general. Ahora bien, una representación mediante la cual un objeto es dado, para que de ahí salga un conocimiento en general, requiere la imaginación, para combinar lo diverso de la intuición, y el entendimiento, para la unidad del concepto que une las representaciones. Ese estado de un libre juego de las facultades de conocer, en una representación, mediante la cual un objeto es dado, debe dejarse comunicar universalmente, porque el conocimiento, como determinación del objeto,

User, 05/08/13,
Origen y razón de ser del juicio. Decidir si el juicio es la consecuencia de que el sujeto se encuentre con la decisión de hacerse o no causa de la representación del objeto es fundamental para definir el carácter ideal del Juicio, pues haría de todo juzgar un acto universalizador antes que universal, y del objeto de juicio objeto de deseo (ficcional, ideal) antes que objeto percibido (empírico, patológico).
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con la cual deben concordar representaciones dadas (cualquiera que sea el sujeto en que se den), es el único modo de representación que vale para cada cual.La universal comunicabilidad subjetiva del modo de representación en un juicio de gusto, debiendo realizarse sin presuponer un concepto, no puede ser otra cosa más que el estado del espíritu en el libre juego de la imaginación y del entendimiento (en cuanto éstos concuerdan recíprocamente, como ello es necesario para un conocimiento en general), teniendo nosotros consciencia de que esa reacción subjetiva, propia de todo conocimiento, debe tener igual valor para cada hombre y, consiguientemente, ser universalmente comunicable, como lo es todo conocimiento determinado, que descansa siempre en aquella relación como condición subjetiva.Este juicio, meramente subjetivo (estético), del objeto o de la representación que lo da, precede, pues, al placer en el mismo y en la base de ese placer en la armonía de las facultades de conocer; pero en aquella universalidad de las condiciones subjetivas del juicio de los objetos fúndase sólo esa validez universal subjetiva de la satisfacción, que unimos con la representación del objeto llamado por nosotros bello.Que el poder comunicar su estado de espíritu, aun sólo en lo que toca las facultades de conocer, lleva consigo un placer, podríase mostrar fácilmente por la inclinación natural del hombre a la sociabilidad (empírica y psicológicamente). Pero esto no basta para nuestro propósito. El placer que sentimos, lo exigimos a cada cual en el juicio de gusto como necesario, como si cuando llamamos alguna cosa bella hubiera de considerarse esto como una propiedad del objeto, determinada en él por conceptos, no siendo sin embargo, la belleza, sin relación con el sentimiento del sujeto, nada en sí. Pero el examen de esta cuestión debemos reservarlo hasta después de la contestación a esta otra, a saber: si y cómo sean posibles juicios estéticos a priori.Si la representación dada, ocasionadora del juicio de gusto, fuera un concepto que juntara entendimiento e imaginación en el juicio del sujeto para un conocimiento del objeto, en ese caso, la consciencia de esa relación sería intelectual (como en el esquematismo objetivo del Juicio de que la Crítica trata); pero entonces, el juicio no recaería en relación con el placer y el dolor y, por tanto, no sería un juicio de gusto. Ahora bien, el juicio de gusto determina el objeto, independientemente de conceptos, en consideración de la satisfacción y del predicado de la belleza. Así, pues, aquella unidad de la relación no puede hacerse conocer más que por la sensación. La animación de ambas facultades (la imaginación y el entendimiento) para una actividad determinada, unánime, sin embargo, por la ocasión de la representación dada, actividad que es la que pertenece a un conocimiento en general, es la sensación cuya comunicabilidad universal postula el juicio de gusto. Una relación objetiva, si bien no puede ser más que pensada, sin embargo, en cuanto, según sus condiciones, es subjetiva, puede ser sentida en el efecto sobre el espíritu; y una relación sin concepto alguno a su base (como la de las facultades de representación con una facultad general de conocer) no hay otra consciencia posible de la misma más que mediante la sensación del efecto, que consiste en el juego facilitado de ambas facultades del espíritu (la imaginación y el entendimiento), animadas por una concordancia recíproca. Una representación que sola y sin comparación con otras, tiene sin embargo, una concordancia con las condiciones de la universalidad, que constituye el asunto del entendimiento en general, pone las facultades de conocer en la disposición proporcionada que exigimos para todo conocimiento, y

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que tenemos consiguientemente por valedera para todo ser que esté determinado a juzgar mediante entendimiento y sentidos (para todo hombre).” (Kant, 1958, págs. 185-190)

“Ahora bien, si la base de determinación del juicio sobre esa comunicabilidad general de la representación hay que pensarla sólo subjetivamente, que es, a saber, sin un concepto del objeto, entonces no puede ser otra más que el estado del espíritu, que se da en la relación de las facultades de representar unas con otras, en cuanto éstas refieren una representación dada al conocimiento general.”

o La base de determinación del juicio sobre la comunicabilidad general de la representación es el estado del espíritu, que no es otra cosa que el estado en que se encuentra el sujeto cuando juega libremente entre la imaginación y el entendimiento. En otras palabras, para comunicar la representación del sentimiento de placer o dolor generada por alguna otra representación u objeto, tal comunicación es posible porque se puede jugar libremente entre la imaginación y el entendimiento; yo diría, además, que es necesario suponer que todos los sujetos son capaces de jugar libremente entre la imaginación y el entendimiento, pues el juicio que comunico debe también ser entendido por el receptor como una representación de este juego que espero él o ella también estén habilitados en efectuar.

“Las facultades de conocer, puestas en juego mediante esa representación, están aquí en un juego libre, porque ningún concepto determinado las restringe a una regla particular de conocimiento.”

o Que ningún concepto determinado las restrinja a una regla particular de conocimiento no significa que el concepto no esté ahí, sino que no impone ninguna regla de conocimiento sobre ninguna otra; el juego consiste en ir a un concepto determinado sin que ello niegue la posibilidad arbitraria de dirigirse nuevamente a otro concepto.

“Ahora bien, una representación mediante la cual un objeto es dado, para que de ahí salga un conocimiento en general, requiere la imaginación, para combinar lo diverso de la intuición, y el entendimiento, para la unidad del concepto que une las representaciones. Ese estado de un libre juego de las facultades de conocer, en una representación, mediante la cual un objeto es dado, debe dejarse comunicar universalmente, porque el conocimiento, como determinación del objeto, con la cual deben concordar representaciones dadas (cualquiera que sea el sujeto en que se den), es el único modo de representación que vale para cada cual.”

o Lo que comunica el juicio de gusto no es solamente el particular placer o dolor que siente el sujeto, sino que para que se entienda que tal placer o dolor es estético debe también comunicarse el estado del libre juego entre las facultades de conocer.

o ¿Qué es este estado del espíritu que representa el libre juego de las facultades de conocer? La tarea misma del sujeto, el quehacer del sujeto que se las ve con el conocimiento. En otras palabras, lo que comunica junto a la representación de placer o dolor es la propia función determinante del sujeto para constituir

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conocimiento. La diferencia es que cuando el sujeto busca constituir un conocimiento, sostiene la experiencia en la fuerza de la lógica, en la estructura conceptual que pone en lo intuido. Cuando el sujeto propone un juicio estético, no pone de soporte del juicio a ningún concepto –pues, en el fondo, todos valen lo mismo y pueden ser intercambiables de sujeto a sujeto y dependen de la disposición emocional del sujeto-, lo que el sujeto pone de soporte del juicio es su propia integridad de sujeto, el hecho de que es él o ella un sujeto y que siente lo que siente al contemplar el objeto que considera bello. ¿Por qué tal o cual objeto es considerado bello por un sujeto? Eso es parte de la lógica del Juicio, para Lacan lógica de la fantasía. Cuando elaboramos un juicio estético o moral siempre nos vemos frente a una disposición que nos llevó a defender un determinado sentimiento estético o una determinada máxima moral; en la ética, lo fundamental es encontrar la fuente del deber que propone validar la máxima y, una vez encontrada y confrontada con la ley moral, decidir conservarla o desecharla; en la estética, por el contrario, si hay experiencia estética, o sea si hay sentimiento de placer o dolor respecto del objeto contemplado, entonces el sujeto está en la necesidad de sostener su experiencia independientemente de cuál sea ésta, pues no se trata de validar la experiencia estética, sino de validar al sujeto mismo como lugar de experimentación estética, como lugar de contemplación de lo bello. Así, en la experiencia moral el sujeto puede desechar el motivo mismo de su disposición (con las consecuencias traumáticas de despojarse de lo más importante en la vida), mientras que en la experiencia estética el sentimiento de placer o dolor es inalienable, cambiando únicamente la forma de comprender (comunicar) dicho sentimiento usando en cada enunciación (juicio de gusto) un concepto que consideremos más adecuado.

“La universal comunicabilidad subjetiva del modo de representación en un juicio de gusto, debiendo realizarse sin presuponer un concepto, no puede ser otra cosa más que el estado del espíritu en el libre juego de la imaginación y del entendimiento (en cuanto éstos concuerdan recíprocamente, como ello es necesario para un conocimiento en general), teniendo nosotros consciencia de que esa reacción subjetiva, propia de todo conocimiento, debe tener igual valor para cada hombre y, consiguientemente, ser universalmente comunicable, como lo es todo conocimiento determinado, que descansa siempre en aquella relación como condición subjetiva.”

o Lo que se presupone en cada individuo es que se dé efectivamente la relación entre la imaginación y el entendimiento. La forma de demostrar que tal cosa existe es representándola sin mediación, sin el ruido que causa la sensibilidad y la sensación. Para ello, sin embargo, el sujeto no puede simplemente deshacerse de la sensibilidad que toda representación demanda necesariamente, sino haciendo de la sensación particular una representación en sí misma de algo más, precisamente, de la relación entre las facultades del conocer. Ello puede lograrse, a decir de Kant, mediante la representación estética y a través del juicio de gusto, pues ellos representan la forma como se relacionan la imaginación y el

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entendimiento: libremente. Si la relación entre ambos no fuera libre, en principio, entonces el argumento del genio maligno cartesiano arribaría al campo kantiano imposibilitando la demostración tanto de la posibilidad de conocimiento como de la moralidad; en cambio, el carácter libre de tal relación estipula la tarea del sujeto: el sujeto tiene el deber de definir la forma como se relacionarán la imaginación y el entendimiento, siendo que él y sólo él será el responsable del producto de la relación entre ambos. Así, en resumidas cuentas, lo que comunica el juicio de gusto en la experiencia estética es que en el lugar donde se enuncia el juicio estético hay un sujeto.

“Así, pues, aquella unidad de la relación no puede hacerse conocer más que por la sensación”.

o La unidad entre la imaginación y el entendimiento aparece ya en la sensación. El placer es la señal que predestina el juicio de gusto estético en el libre juego armonioso entre las facultades de conocer del sujeto.

“Definición de lo bello deducida del segundo momento.

Bello es lo que, sin concepto, place universalmente.” (Kant, 1958, pág. 190)

Finalidad

“La causalidad de un concepto, en consideración de su objeto, es la finalidad (forma finalis).” (Kant,1958, pág. 191)

Fin

“Si se quiere definir lo que sea un fin, según sus determinaciones trascendentales (sin presuponer nada empírico, y el sentimiento de placer lo es), diríase que el fin es el objeto de un concepto, en cuanto éste es considerado como la causa de aquél (la base real de su posibilidad)… Así, pues, donde se piensa no sólo el conocimiento de un objeto, sino el objeto mismo (su forma o existencia) como efecto posible tal sólo mediante in concepto de este último; allí se piensa un fin. La representación del efecto es aquí el motivo de determinación de su causa y precede a esta última.” (Kant, 1958, pág. 191)

La representación del afecto es anterior a su causa: objet-petit-a.

Placer, dolor

“La consciencia de la causalidad de una representación en relación con el estado del sujeto, para conservarlo en ese mismo estado, puede expresar aquí, en general, lo que se llama placer; dolor es, al contrario, aquella representación que encierra el fundamento para determinar el estado de las representaciones hacia su propio contrario (tenerlas alejadas o despedirlas).” (Kant, 1958, págs. 191-192)

Voluntad

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“La facultad de desear, en cuanto es determinable sólo por conceptos, es decir, por la representación de obrar según un fin, sería la voluntad. Dícese de un objeto o de un estado del espíritu o también de una acción, que es final, aunque su posibilidad no presuponga necesariamente la representación de un fin, sólo porque su posibilidad no puede ser explicada y concebida por nosotros más que admitiendo a su base una causalidad según fines, es decir, una voluntad que la hubiera ordenado según la representación de una cierta regla. La finalidad puede, pues, ser fin, en cuanto nosotros no ponemos las causas de esa forma en una voluntad, sin poder, sin embargo, hacernos concebible la explicación de su posibilidad más que deduciéndola de una voluntad. Ahora bien, no tenemos siempre necesidad de considerar con la razón (según su posibilidad) aquello que observamos. Así, una finalidad según la forma, aun sin ponerle a la base un fin (como materia del nexus finalis), podemos, pues, al menos observarla y notarla en los objetos, aunque no más que por la reflexión.” (Kant, 1958, pág. 192)

“Ahora bien; esa relación en la determinación de un objeto como bello está enlazada con el sentimiento de un placer que, mediante el juicio de gusto, es declarado al mismo tiempo valedero para cada cual; consiguientemente, ni un agrado que acompañe la representación, ni la representación de la perfección del objeto, ni el concepto del bien, pueden encerrar el fundamento de determinación. Así, pues, nada más que la finalidad subjetiva en la representación de un objeto, sin fin alguno (ni objetivo ni subjetivo) y por consiguiente, la mera forma dela finalidad en la representación, mediante la cual un objeto no es dado, en cuanto somos conscientes de ella, puede constituir la satisfacción que juzgamos, sin concepto, como universalmente comunicable, y, por tanto, el fundamento de determinación del juicio de gusto.” (Kant, 1958, págs. 193-194)

No hay fin subjetivo como fundamento del juicio estético, pero todo juicio estético se funda sobre la finalidad subjetiva. En otras palabras, el placer como sentimiento fundante de lo bello es la disposición afectiva que coloca al mismo sujeto como síntesis del juicio, es lo que permite que un orden calce con una determinada representación.

Causalidad de la libertad – Enlace a priori entre sentimiento y representación

“Es cierto que en la Crítica de la razón práctica, el sentimiento del respeto (como una modificación particular y característica de aquel sentimiento, que no quiere coincidir bien, ni con el placer, ni con el dolor que recibimos de objetos empíricos), fue deducido por nosotros a priori de conceptos universales morales. Pero allí podríamos pasar los límites de la experiencia y apelar a una causalidad que descasaba en una cualidad suprasensible del sujeto, a saber, la de la libertad. Pero, aun allí, no dedujimos propiamente ese sentimiento de la idea de lo moral como causa, sino solamente fue deducida de ésta la determinación de la voluntad. El estado de espíritu, empero, de una voluntad determinada por algo, es ya en sí un sentimiento de placer, idéntico con él, y así no sigue de él como efecto; y esto último sólo debería admitirse si el concepto de lo moral, como un bien, precediese la determinación de la voluntad mediante la ley, pues entonces, el placer, que fuera unido con el concepto, hubiera sido en vano deducido de él como de un mero concepto.” (Kant, 1958, págs. 194-195)

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“Pero, aun allí, no dedujimos propiamente ese sentimiento de la idea de lo moral como causa, sino solamente fue deducida de ésta la determinación de la voluntad.”La moral misma no es la causalidad de la libertad, es esta última solo la forma de determinación de la voluntad. Parafraseando a Kant, si la moralidad misma, el núcleo duro de lo moral, es el sentimiento de respeto, entonces lo moral es siempre lo que acompaña la realización de esta forma de determinación de la voluntad. La pregunta, entonces, es cómo se genera este sentimiento del respeto.

“Ahora bien, lo mismo ocurre en los juicios estéticos con el placer, sólo que aquí éste es sólo contemplativo y no tiene interés en influir en el objeto; en el juicio moral, en cambio, es práctico. La conciencia de la mera formal finalidad en el juego de las facultades de conocimiento del sujeto, en una representación mediante la cual un objeto es dado, es el placer mismo, porque encierra un fundamento de determinación de la actividad del sujeto, con respecto a la animación de las facultades del mismo, una interior causalidad, pues (que es final), en consideración del conocimiento en general, pero sin limitarse a un conocimiento determinado y, consiguientemente, una mera forma de la finalidad subjetiva de una representación en un juicio estético. Ese placer no es de ninguna manera práctico, ni como el que tiene la base patológica del agrado, ni como el que tiene la base intelectual del bien representado. Tiene, sin embargo, causalidad en sí, a saber: la de conservar, sin ulterior intención, el estado de la representación misma y la ocupación de las facultades del conocimiento. Dilatamos la contemplación de lo bello, porque esa contemplación se esfuerza y reproduce a sí misma, lo cual es análogo (pero no idéntico, sin embargo) a la larga duración de estado de ánimo, producida cuando un encanto en la representación del objeto despierta repetidamente la atención en lo cual el espíritu es pasivo.” (Kant, 1958, págs. 195-196)

“La conciencia de la mera formal finalidad en el juego de las facultades de conocimiento del sujeto, en una representación mediante la cual un objeto es dado, es el placer mismo”.La diferencia entre el sentimiento de respeto (practico-moral) y el de placer (contemplativo-estético) reside en el estado afectivo del sujeto: si el sujeto se hace causa de la determinación de su voluntad, el sentimiento será el respeto, pero si no es causa sino observador-paciente de tal determinación, será el placer. Esto podemos entenderlo en términos de finalidad: si el sujeto es quien “pone” el fin de la representación, entonces persistirá en su condición de agens universalis (objetivador de Ideas), instancia acompañada del sentimiento de respeto, mientras que si el sujeto no “pone” el fin de la representación dada, entonces persistirá en su condición de agensaestheticus (subjetivizador de ideas), instancia acompañada del sentimiento de placer.

[El placer estético] “Tiene, sin embargo, causalidad en sí, a saber: la de conservar, sin ulterior intención, el estado de la representación misma y la ocupación de las facultades del conocimiento.”Así, la tarea del placer estético reside en su fuerza para conservar el estado afectivo en el sujeto respecto de la representación dada. ¿Por qué querer conservar el estado de la representación, o sea el estado afectivo en el sujeto? Porque estos estados afectivos son la expresión más directa de la experiencia de las Ideas de Razón. Lo infinito sólo se puede

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experimentar simbólicamente, y el estado afectivo, como la forma como se “encuentra” el sujeto (arrojado al futuro, encerrado en sí mismo, angustiado, etc.) se relacionará mejor o peor con estas Ideas de Razón. ¿Por qué tendrían que relacionarse estos estados afectivos con las Ideas de Razón? Porque son finalmente las Ideas de Razón las expresiones metonímicas y metafóricas del Deseo del sujeto, Deseo que toma sus síntomas en las expresiones del sujeto (sus placeres y goces).

Juicio de gusto puro

“Un juicio de gusto, sobre el cual encanto y emoción no ejercen influjo alguno (aunque se deben éstos enlazar con la satisfacción en lo bello), y que tiene, pues, sólo la finalidad de la forma como fundamento de la determinación, es un juicio de gusto puro.” (Kant, 1958, pág. 198)

¿Qué es esta finalidad de la forma sino el imperativo de Nietzsche de hacerse del tiempo, “enseñorearse”, dominar el destino? Como decía Descartes, pensar es “querer, afirmar, dudar, sospechar”, etc., todas esas cosas que son forma de un tiempo “por venir” y que no sabemos “cómo es”. ¿Qué es pensar, pues, sino darle forma al futuro, sino tener la capacidad de hacer promesas?

La falta de fin es constitutiva del sujeto, es su condición inicial

“Ahora bien: así como fin, en general, es aquello cuyo concepto puede ser considerado como el fundamento de la posibilidad del objeto mismo, así también, para representarse una finalidad objetiva en una cosa, tendrá que precederla el concepto de lo que la cosa deba ser, y la concordancia de lo diverso en ella con este concepto (que da la regla del enlace de la misma con él) es la perfección cualitativa de una cosa. Distíngase de ésta totalmente la cuantitativa, como completividad de cada cosa en su especie, concepto meramente de magnitudes (de la totalidad), en el cual piénsese, como ya previamente determinado, lo que la cosa deba ser, y solamente se inquiere su en ella está todo lo exigible. Lo formal en la representación de una cosa, es decir, la concordancia de lo diverso con lo uno (sin determinar qué deba ser éste), no da por sí a conocer absolutamente ninguna finalidad objetiva, porque como se ha hecho abstracción de ese uno como fin (lo que deba ser la cosa), no queda en l espíritu del que tiene la intuición nada más que la finalidad subjetiva de las representaciones, la cual, si bien indica una cierta finalidad del estado de la representación en el sujeto y en éste una facilidad para aprehender con la imaginación una forma dad, no indica, empero, la perfección de objeto alguno, que ahí no es pensado mediante concepto alguno de un fin…” (Kant, 1958, págs. 205-206)

“para representarse una finalidad objetiva en una cosa, tendrá que precederla el concepto de lo que la cosa deba ser”.Esto es básicamente lo que consiste mi segunda hipótesis: en el juicio de gusto o juicio estético se presenta el carácter definitorio del juicio reflexionante, juicio que toma al propio sujeto como fin-causa de la representación a la que trata de dar sustento. Así como un juicio determinante lleva su valor en la calidad del concepto que lo sostiene, en un juicio reflexionante la carga la lleva la propia condición de sujeto. ¿Y cuál es la propia

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condición del sujeto? Kant ya lo dijo, para hacer universales sus expectativas, para hacerse digno de prometer, como diría Nietzsche.

Lo que determina el juicio de gusto o juicio estético

“El juicio se llama estético también solamente, porque su fundamento de determinación no es ningún concepto, sino el sentimiento (del sentido interno) de aquella armonía en el jugo de las facultades del espíritu en cuanto puede sólo ser sentida…” (Kant, 1958, pág. 208)

Sobre el sentido del juicio de gusto o juicio estético

“… pero el que imita un modelo, si bien muestra habilidad en cuanto lo consigue, muestra gusto sólo en cuanto puede juzgar el modelo mismo. De aquí se sigue, pues, que el modelo más elevado, el prototipo del gusto es, una mera idea que cada uno debe producir en sí mismo, y según la cual debe juzgar todo lo que sea objeto del gusto, ejemplo del juicio del gusto y hasta el gusto de cada cual. Idea significa propiamente un concepto de la razón, e ideal, la representación de un ser individual como adecuado a una idea. De aquí que aquel prototipo del gusto que descansa, desde luego, sobre la idea indeterminada de la razón de un máximum, pero que no puede ser representada por concepto, sino en una exposición individual, pueda mejor llamarse el ideal de lo bello, que tratamos, aun no estando en posesión de él, sin embargo, de producir en nosotros; será, sin embargo, sólo un ideal de la imaginación, justamente porque descansa, no en conceptos, sino en la exposición; la facultad de exponer, empero, es la imaginación. Ahora bien: ¿cómo llegamos a un ideal semejante de la belleza: a priori, o empíricamente? Y también: ¿qué especie de bello es susceptible de ideal?” (Kant, 1958, págs. 214-215)

“… pero el que imita un modelo, si bien muestra habilidad en cuanto lo consigue, muestra gusto sólo en cuanto puede juzgar el modelo mismo. De aquí se sigue, pues, que el modelo más elevado, el prototipo del gusto es, una mera idea que cada uno debe producir en sí mismo, y según la cual debe juzgar todo lo que sea objeto del gusto, ejemplo del juicio del gusto y hasta el gusto de cada cual.”Este es precisamente el momento en que Kant presenta claramente al Gran Otro como una ley diferente a la que debe postular el mismo sujeto. Por ello es que necesita decir con claridad que independientemente del valor del modelo (la ley del Gran Otro), el sujeto debe poder juzgar el modelo mismo, de ahí que el modelo más elevado sea una idea que cada uno debe producir en sí mismo (ley moral) y según la cual debe juzgar todo lo que sea objeto del gusto, ejemplo del gusto y hasta el gusto de cada cual. Así, la ley moral demanda en el sujeto que juzgue sobre cada objeto (contexto), cada ejemplo de gusto (máxima universalizada o ley del gran Otro) y el gusto de cada cual (política).

“Los modelos del gusto, en lo que se refiere al arte oratorio, deben estar compuestos en un lenguaje muerto y sabido: lo primero, para no tener que sufrir de los cambios que se dan inevitablemente en las lenguas vivas, donde las expresiones nobles se tornan adocenadas, las usuales envejecen y entran para sólo poco tiempo las nuevas; lo segundo, para que tengan una

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gramática que no esté sometida a un cambio arbitrario de la moda y mantenga así su inmutable regla.” (Kant, 1958, págs. pie de pág. 1, pág. 214)

Determinación del juicio de gusto – La tarea del sujeto humano

“Sólo aquel que tiene en sí mismo el fin de su existencia, el hombre, que puede determinarse a sí mismo sus fines por medio de la razón, o , cuando tiene que tomarlos de la percepción exterior, puede, sin embargo, ajustarlos a fines esenciales y universales y juzgar después estéticamente también la concordancia con ellos, ese hombre es el único capaz de un ideal de la belleza, así como la humanidad en su persona, como inteligencia, es, entre todos los objetos en el mundo, única capaz de un ideal de la perfección.” (Kant, 1958, pág. 216)

“Pero en esto hay dos partes: primeramente, la idea normal estética, que es una intuición individual (de la imaginación) que representa la común medida del juicio del hombre como cosa que pertenece a una especie animal particular; segundamente, la idea de la razón, que hace de los fines de la humanidad, en cuanto éstos no pueden representarse sensiblemente, el principio del juicio de la forma del hombre mediante la cual aquéllos se manifiestan como efecto en el fenómeno. La idea normal tiene que tomar de la experiencia sus elementos para la figura de un animal de una especie particular; pero la finalidad en la construcción de la figura más conveniente para la común medida universal del juicio estético de cada individuo de esa especie, la imagen que, por decirlo así, con intención, ha estado puesta a la base de la técnica de la naturaleza, y a la cual sólo la especie, en su totalidad, mas no un individuo separado, es adecuada, yace, sin embargo, sólo en la idea del que juzga, la cual, empero, con sus proporciones, como idea estética, puede ser expuesta en una imagen, modelo totalmente in concreto. Para hacer concebible en algún modo cómo esto ocurre (pues ¿quién puede arrancar totalmente su secreto a la naturaleza?), vamos a intentar una explicación psicológica”. (Kant, 1958, págs. 216-217)

“pero la finalidad en la construcción de la figura más conveniente para la común medida universal del juicio estético de cada individuo de esa especie, la imagen que (…), con intención, ha estado puesta a la base de la técnica de la naturaleza, y a la cual sólo la especie, en su totalidad, mas no un individuo separado, es adecuada, yace (…) sólo en la idea del que juzga, la cual, empero, con sus proporciones, como idea estética, puede ser expuesta en una imagen, modelo totalmente in concreto”.El juicio estético pone en movimiento una finalidad abierta, por decirlo así, un proceso que demanda de cada sujeto que la inicie (al ver una obra de arte, por ejemplo) la determinación del fin de lo que aprecia (la obra de arte que ve). Tal idea que sabe el sujeto le pertenece sólo a él, pero que pone en los zapatos del “autor”, es la conclusión del espectáculo estético; y, como dice Kant, el que juzga así debe hacerse totalmente responsable por tal juicio.

Lo moral en lo estético

“De la idea normal de lo bello se diferencia, pues, aun el ideal del mismo, el cual puede sólo esperarse en la figura humana, por los motivos ya citados. En ésta está el ideal, que consiste en la

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expresión de lo moral, sin lo cual no podría placer universalmente, y, por tanto, positivamente (no sólo negativamente en una exposición correcta). La expresión visible de ideas morales que dominan interiormente al hombre puede, desde luego, tomarse sólo de la experiencia; pero hacer, por decirlo así, visible su enlace con todo lo que nuestra razón une con el bien moral, en la idea de la finalidad más alta, la bondad de alma, pureza, fuerza, descanso, etcétera…, en la exteriorización corporal (como efecto de lo interno), es cosa que requiere ideas puras de la razón, y, con ellas unida, gran fuerza de imaginación en el que las juzga, y mucho más aún en el que las quiere exponer. La exactitud de un ideal semejante de la belleza se demuestra en que no permite que se mezcle encanto alguno sensible con la satisfacción en su objeto, y, sin embargo, hace tomar en él un gran interés, lo cual, a su vez, demuestra que el juicio según una regla semejante no puede nunca ser puramente estético y que el juicio según un ideal de la belleza no es un simple juicio del gusto.” (Kant, 1958, pág. 221)

“En ésta [idea normal] está el ideal, que consiste en la expresión de lo moral, sin lo cual no podría placer universalmente, y, por tanto, positivamente (no sólo negativamente en una exposición correcta). La expresión visible de ideas morales que dominan interiormente al hombre puede, desde luego, tomarse sólo de la experiencia; pero hacer, por decirlo así, visible su enlace con todo lo que nuestra razón une con el bien moral, en la idea de la finalidad más alta, la bondad de alma, pureza, fuerza, descanso, etcétera…, en la exteriorización corporal (como efecto de lo interno), es cosa que requiere ideas puras de la razón, y, con ellas unida, gran fuerza de imaginación en el que las juzga, y mucho más aún en el que las quiere exponer”.Lo más propio del ser humano es su ser moral, y ello es precisamente lo que expresa el cortocircuito del asombro estético; cuando el juicio estético se queda perplejo, cuando connota más de lo que inmediatamente significa la imagen, entonces se está frente a lo moral en sentido kantiano, o sea a la necesidad de la afirmación de la libertad, de la autonomía sobre la causalidad natural.

El sentido común

Los juicios de gusto “han de tener un principio subjetivo que sólo por medio del sentimiento, y no por medio de conceptos, aunque, sin embargo, con valor universal, determine que place o que disgusta. Pero un principio semejante no podría considerarse más que como un sentido común, que es esencialmente diferente del entendimiento, común, que también a veces lleva el nombre de sentido común (sensus communis), pues que este último juzga, no por sentimiento, sino siempre por conceptos, aunque comúnmente como principios oscuramente representados.” (Kant, 1958, pág. 226)

Habría que ver a qué se refiere Kant con “sensus communis”, pues no creo que se refiera a la mayor virtud política, sino a una especie de inclinación o disposición anímica por estar en comunidad, como el deseo o saber de que uno, el sujeto, siempre está en público.

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“Conocimientos y juicios, juntamente con la convicción que les acompaña, tienen que poderse comunicar universalmente, pues de otro modo no tendrían concordancia alguna con el objeto: serían todos ellos un simple juego subjetivo de las facultades de representación, exactamente como lo quiere el escepticismo. Pero si han de poderse comunicar conocimientos, hace falta que el estado de espíritu, es decir, la disposición de las facultades de conocimiento, con relación a un conocimiento en general, aquella proporción, por cierto, que se requiere para una representación (mediante la cual un objeto nos es dado), con el fin de sacar de ella conocimiento, pueda también comunicarse universalmente, porque sin ella, como subjetiva condición del conocer, no podría el conocimiento producirse como efecto. Esto ocurre también realmente siempre, cuando un objeto dado, por medio de los sentidos, pone en actividad la imaginación para juntar lo diverso y ésta pone en actividad el entendimiento para unificarlo en conceptos. Pero esa disposición de las facultades del conocimiento tiene, según la diferencia de los objetos dados, una diferente proporción. Sin embargo, debe haber una en la cual esa relación interna para la animación (de una por la otra) sea, en general, la más ventajosa para ambas facultades del espíritu con un fin de conocimiento (de objetos dados), y esa disposición no puede ser determinada más que por el sentimiento (no por conceptos). Pero como esa disposición misma tiene que poderse comunicar universalmente, y, por tanto, también el sentimiento de la misma (en una representación dada), y como la universal comunicabilidad de un sentimiento presupone un sentido común, éste podrá, pues, admitirse con fundamento, y, por cierto, sin apoyarse, en ese caso, en observaciones psicológicas, sino como la condición necesaria de la universal comunicabilidad de nuestro conocimiento, la cual, en toda lógica y en todo principio del conocimiento que no sea escéptico, ha de ser presupuesta.” (Kant, 1958, págs. 226-228)

“Pero si han de poderse comunicar conocimientos, hace falta que el estado de espíritu, es decir, la disposición de las facultades de conocimiento, con relación a un conocimiento en general, aquella proporción, por cierto, que se requiere para una representación (mediante la cual un objeto nos es dado), con el fin de sacar de ella conocimiento, pueda también comunicarse universalmente, porque sin ella, como subjetiva condición del conocer, no podría el conocimiento producirse como efecto”.Para que el conocimiento se pueda producir como efecto, el estado del espíritu (disposición de las facultades de conocimiento) debe también poder ser comunicado; esto mismo es lo que aquí Kant desea demostrar, que la disposición del espíritu, disposición que condiciona a la facultad de imaginar y a la de entender para buscar un fin en la forma de representar el objeto, pero sin asignarle un fin específico. Esta “falta de fin” es lo que Kant quiere mostrar como la condición básica para hacer del conocimiento un efecto de la disposición del espíritu respecto de la cosa.

“Pero esa disposición de las facultades del conocimiento tiene, según la diferencia de los objetos dados, una diferente proporción. Sin embargo, debe haber una en la cual esa relación interna para la animación (de una por la otra) sea, en general, la más ventajosa para ambas facultades del espíritu con un fin de conocimiento (de objetos dados), y esa disposición no puede ser determinada más que por el sentimiento (no por conceptos) . Pero como esa disposición misma tiene que poderse comunicar universalmente, y, por

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tanto, también el sentimiento de la misma (en una representación dada), y como la universal comunicabilidad de un sentimiento presupone un sentido común, éste podrá, pues, admitirse con fundamento”.La disposición en la que el espíritu debe encontrarse para poder conocer debe ser determinada por un sentimiento. ¿Qué querrá decir Kant aquí por “sentimiento”?

“Así, pues, el sentido común, de cuyo juicio presento aquí, como ejemplo, mi juicio de gusto, a quien, por lo tanto, he añadido una validez ejemplar, es una mera forma ideal que, una vez supuesta, permite que de un juicio que concuerde con ella, y esto sobre la misma ya expresada satisfacción en un objeto, se haga, con derecho, una regla para cada uno, porque el principio, si bien sólo subjetivo, sin embargo, tomado como subjetivo-universal (una idea necesaria a cada cual), en lo que se refiere a la unanimidad de varios que juzgan, podría, como uno objetivo, exigir aprobación universal, con tal de que se esté seguro de hacerlo subsumido correctamente.” (Kant, 1958, págs. 228-229)

Éste es el proyecto de la tercera crítica: fundar retrospectivamente el sentido común desde la fundamentación del juicio de gusto. La fantasía es pensar que el sentido común está ahí y solo tenemos que hallarla; lo Real consiste en la completa arbitrariedad del juego de las facultades (imaginación-entendimiento) cuyos productos estéticos tienen como límite inalcanzable un objet-petit-a, o sea el sentido común mismo. Justo en el párrafo siguiente lo indica con cierto temor el mismo Kant.

“Esa norma indeterminada de un sentido común es presupuesta realmente por nosotros; lo demuestra nuestra pretensión a enunciar juicios de gusto. ¿Hay, en realidad, un sentido común semejante como principio constitutivo de la posibilidad de la experiencia? O bien, ¿hay un principio de la razón más alto que impone solamente como principio regulativo en nosotros, la necesidad de producir, ante todo, en nosotros un sentido común para más altos fines? ¿Es el gusto, por tanto, una facultad primitiva y natural, o tan sólo la idea de una facultad que hay que adquirir aún, artificial, de tal modo que un juicio de gusto no sería, en realidad, con su pretensión a una aprobación universal, más que una exigencia de la razón: la de producir una unanimidad semejante en la manera de sentir, y que el deber (das Sollen), es decir, la necesidad objetiva de que el sentimiento de todos corra juntamente con el de cada uno, no significaría otra cosa más que la posibilidad de llegar aquí a ese acuerdo, y el juicio de gusto no sería más que un ejemplo de la aplicación de ese principio?...” (Kant, 1958)

“cuando el entendimiento se ha sumido, mediante la regularidad, en la disposición para el orden que necesita por todas partes, el objeto no le distrae, y, a largo tiempo, más bien hace una violencia incómoda a la imaginación, y de que, en cambio, la naturaleza, que allí es pródiga en diversidades hasta la exuberancia, y que no está sometida a la violencia de reglas artificiales, podría dar a su gusto un alimento constante…” (Kant, 1958, págs. 235-236)

La disposición del espíritu de la que se habló hace un rato es esto: disposición para el orden. El orden no tiene más que un mandato: disponer todo para un fin. Así, encontrar

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“orden” en una representación es encontrar el indicio, la sospecha, de un fin en lo representado, un fin que no es puesto por quien contempla lo ordenado (esto es efecto de la fantasía). El tema es que Kant sabe bien que el orden y el fin, ambos son puestos ya por la razón, quien busca solo lo que crea: una promesa.

Libro Segundo: Analítica de lo Sublime

Lo bello y lo sublime

“Pero hay también entre ambos diferencias considerables, que están a la vista. Lo bello de la naturaleza se refiere a la forma del objeto, que consiste en su limitación; lo sublime, al contrario, puede encontrarse en un objeto, sin forma, en cuanto en él, u ocasionada por él, es representada ilimitación y pensada, sin embargo, una totalidad de la misma, de tal modo que parece tomarse lo bello como la exposición de un concepto indeterminado del entendimiento, y lo sublime como la de un concepto semejante de la razón. Así es la satisfacción unida allí con la representación de la cualidad; aquí, empero, con la de la cantidad. También ésta última satisfacción es muy diferente de la primera, según la especie, pues aquélla (lo bello) lleva consigo directamente un sentimiento de impulsión a la vida, y, por tanto, puede unirse con el encanto y con una imaginación que juega, y ésta, en cambio (el sentimiento de lo sublime), es un placer que nace sólo indirectamente del modo siguiente: produciéndose por medio del sentimiento de una suspensión momentánea de las facultades vitales, seguida inmediatamente por un desbordamiento tanto más fuerte de las mismas; y así, como emoción, parece ser, no un juego, sino, seriedad en la ocupación de la imaginación. De aquí que no pueda unirse con encanto; y siendo el espíritu, no sólo atraído por el objeto sino sucesivamente también siempre rechazado por él, la satisfacción en lo sublime merece llamarse, no tanto placer positivo como, mejor, admiración o respeto, es decir, placer negativo.” (Kant, 1958, págs. 239-240)

Límite/Simbólico – Ilimitación/Real. Lo bello presenta la forma y lo sublime rompe la forma. ¿Qué significa esto? La forma es la

determinación del objeto, o sea de todo lo que será, forma el destino, es el destino. La ruptura de la forma es algo que le acontece al sujeto ¡desde la Razón! En otras palabras, la razón es la facultad de romper formas, de abrir nuevos destinos.

La satisfacción por lo bello lleva consigo un sentimiento de impulsión a la vida, mientras que la satisfacción de lo sublime suspende “momentáneamente” las facultades vitales solo para desbordarlas inmediatamente después.

Lo sublime nos da cuenta de la situación del Sujeto o Yo-Trascendental. Esto no quiere decir que el Yo-Trascendental no aparezca en el juicio de lo bello, pero, en éste tipo de juicios, el Yo-Trascendental “deja pasar el Tiempo”, se place en la armonía de la coordinación entre la imaginación y el entendimiento. En la experiencia del juicio de lo sublime “Los tiempos se han dislocado. ¡Cruel conflicto, / venir yo a este mundo para corregirlos!” (Shakespeare, pág. 28); como dice Hamlet, los tiempos se dislocan y el sujeto permanece en un eterno presente, en un no-lugar, desde donde debe “tomar-partido” para “corregir” la articulación del Tiempo; éste no-lugar desde donde el sujeto toma-partido es “lo Trascendental” del Yo. Así, podría decir que el Tiempo, como fluir de la vida

Biblioteca, 03/10/13,
Principio del Placer
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del sujeto que-es, no deja espacio o “lugar” para el presente, razón por la cual Kant (seguramente sin intención alguna) nos daría a entender que el presente “no tiene lugar”. Sí, el presente no forma parte del Tiempo, no existe; el presente es el lugar propio del juicio porque en él se decide lo que estará en el Tiempo: lo pasado como “tradición” y el futuro como “proyecto” (Nietzsche diría “promesa”). Por ello el Yo-Trascendental no se encuentra sujeto a las consideraciones del Tiempo, no porque lo niegue, sino porque se encuentra en un “no-lugar” del Tiempo.

Lo sublime

“en cambio, lo que despierta n nosotros, sin razonar, sólo en la aprehensión, el sentimiento de lo sublime, podrá parecer, según su forma, desde luego, contrario a un fin para nuestro Juicio, inadecuado a nuestra facultad de exponer y, en cierto modo, violento para la imaginación; pero sin embargo, sólo por eso será juzgado tanto más sublime.” (Kant, 1958, pág. 240)

Lo sublime, como lo dice Kant, desborda la capacidad intelectiva del sujeto, y eso mismo es lo que genera pavor en él, mirar lo infinito y saberse destinado a morir.

“Así, no se puede llamar sublime el amplio océano en irritada tormenta. Su aspecto es terrible, y hay que tener el espíritu ya ocupado con ideas de varias clases para ser determinado, por una intuición semejante, a un sentimiento que él mismo es sublime, viéndose el espíritu estimulado a dejar la sensibilidad y a ocuparse con ideas que encierran una finalidad más elevada.” (Kant, 1958, pág. 241)

La primacía del significante es palpable: antes de poder experimentar lo sublime, el espíritu tiene que estar lleno de ideas, qué ideas es la pregunta: ideas de la razón, o sea ideas que prometan futuro, que articulen el tiempo.

“el concepto de lo sublime en la naturaleza no es, ni con mucho, tan importante y tan rico en deducciones como el de la belleza en la misma, y que no presenta absolutamente nada de finalidad en la naturaleza misma, sino sólo en el uso posible de sus intuiciones para hacer sensible en nosotros una finalidad totalmente independiente de la naturaleza. Para lo bello de la naturaleza tenemos que buscar una base fuera de nosotros; para lo sublime, empero, sólo en nosotros y en el modo de pensar que pone sublimidad en la representación de aquélla.” (Kant, 1958, págs. 242-243)

La belleza corresponde a la finalidad del objeto así como lo sublime a la finalidad del sujeto; cada uno de ellos despliega la experiencia propia de cada cosa: el Principio del Placer y el Principio más allá del Placer.

Lo sublime matemático

“Sublime llamamos lo que es absolutamente grande.” (Kant, 1958, pág. 245)

“Lo último [ser absolutamente grande] es aquello que es grande por encima de toda comparación.” (Kant, 1958, pág. 246)

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“toda determinación de magnitud de los fenómenos no nos puede dar, de ningún modo, concepto alguno absoluto de una magnitud, sino solamente siempre un concepto de comparación.” (Kant, 1958, pág. 246)

Como vemos, lo absolutamente grande rompo toda limitación que estipula el entendimiento; la unidad de la magnitud, la medida, no la abarca y es siempre desbordada por aquél. Precisamente, si la medida será la unidad de todo futuro por venir, entonces lo absolutamente grande será el peligros de hacer imposible la comparación entre lo porvenir y lo pasado.

“La definición anterior puede expresarse también así: Sublime es aquello en comparación con lo cual toda otra cosa es pequeña. Se ve fácilmente por esto que nada puede darse en la naturaleza, por muy grande que lo juzguemos, que no pueda, considerado en otra relación, ser rebajado hasta lo infinitamente pequeño, y, al revés, nada tan pequeño que no pueda, en comparación con medidas más pequeñas aún, ampliarse en nuestra imaginación hasta el tamaño de un mundo.” (Kant, 1958, págs. 249-250)

“Pero justamente porque en nuestra imaginación hay una tendencia a progresar en lo infinito y en nuestra razón una pretensión a totalidad absoluta, como idea real, por eso esa misma inacomodación de nuestra facultad de apreciar las magnitudes de las cosas en el mundo sensible es, para esa idea, el despertar del sentimiento de una facultad suprasensible en nosotros, y el uso que el Juicio hace naturalmente de algunos objetos para este último (el sentimiento), pero no el objeto de los sentidos, es lo absolutamente grande, siendo frente a él todo otro uso pequeño.” (Kant, 1958, pág. 250)

Vemos que, como para Descartes, es la voluntad (la facultad suprasensible en nosotros) la que tiene el destino de ser equiparado con lo infinito en Dios.

“Sublime es lo que, sólo porque se puede pensar, demuestra una facultad del espíritu que supera toda medida de los sentidos.” (Kant, 1958, pág. 250)

Lo sublime y lo práctico

“aquella magnitud de un objeto natural, en la cual la imaginación emplea toda su facultad infructuosamente, tiene que conducir el concepto de la naturaleza a un substrato suprasensible (que está a su base y también a la de nuestra facultad de pensar), que es grande por encima de toda medida sensible, y nos permite juzgar como sublime, no tanto el objeto como más bien la disposición del espíritu en la apreciación del mismo.” (Kant, 1958, pág. 260)

La inadecuación entre entendimiento e imaginación es respeto

“El sentimiento de la inadecuación de nuestra facultad para la consecución de una idea, que es para nosotros ley, es respeto.” (Kant, 1958, pág. 263)

“el sentimiento de lo sublime en la naturaleza es de respeto hacia nuestra propia determinación, pero que nosotros referimos a un objeto de la naturaleza, mediante una cierta subrepción (confusión de un respeto hacia el objeto, en lugar de la idea de la humanidad en nuestro sujeto): ese objeto nos hace, en cierto modo, intuible la superioridad de la determinación razonable de

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nuestras facultades de conocer sobre la mayor facultad de la sensibilidad.” (Kant, 1958, págs. 263-264)

Nuestra determinación es la idea de la humanidad en nuestro sujeto. ¿Qué quiere decir esto? Pues que la idea de humanidad es el proyecto del sujeto, aquello con lo cual mide el resto del mundo, aquello por lo que somos determinados al avanzar sobre el futuro.

Lo excesivo que demanda la Ley de la Razón

“Lo trascendente para la imaginación (hacia la intuición) es para ella, por decirlo así, un abismo donde teme perderse a sí misma, pero para la idea de lo suprasensible en la razón, el producir semejante esfuerzo de la imaginación no es trascendente sino conforme a su ley: por lo tanto, es atractivo justamente en la medida en que es repulsivo para la mera sensibilidad.” (Kant, 1958, pág.265)

El exceso es lo que encuentra conforme a la ley de la idea respecto de su representación en la imaginación. La razón, por ello, en tanto que se aboca a la determinación originaria del sujeto, no puede ser sino excesiva, desbordante de las figuraciones del entendimiento.

La comprensión de la pluralidad en la unidad o el ser de lo sublime

“Medir un espacio (como aprehensión) es al mismo tiempo descubrirlo, y, por tanto, es un movimiento objetivo en la imaginación y una progresión (progressus); la comprensión de la pluralidad en la unidad, no del pensamiento, sino de la intuición, por tanto, de lo sucesivamente aprehendido en un momento, es, por lo contrario, una regresión (regressus) que anula a su vez la condición de tiempo en la progresión de la imaginación y hace intuible la simultaneidad. Es, pues (puesto que la sucesión temporal es una condición del sentido interno y de toda intuición), un movimiento subjetivo de la imaginación, mediante el cual ésta hace el sentido interno una violencia que debe ser tanto más notable cuanto mayor sea el quantum que la imaginación comprende en una intuición.” (Kant, 1958, págs. 266-267)

“una regresión (regressus) que anula a su vez la condición de tiempo en la progresión de la imaginación y hace intuible la simultaneidad”.Lo sublime, como regresión de lo aprehendido en un momento, anula la condición de tiempo, por lo que se hallará en un lugar de no-tiempo, lo cual no significa que el tiempo-objetivo se detenga (asumiendo la existencia del tiempo-objetivo), sino que la condición de la sucesividad se pasma en eterno presente, - como dice Kant- hace intuible la simultaneidad.

“la propia incapacidad descubre la consciencia de una ilimitada facultad del mismo sujeto, y el espíritu puede juzgar esta última sólo mediante aquélla.” (Kant, 1958, pág. 267)

Kant hace de una incapacidad, de una “imperfección”, el carácter necesario del saber de los infinito: saberse diferente a lo infinito es lo que se necesita para conocer lo infinito.

“Ahora bien: cuando una magnitud alcanza casi el máximo de nuestra facultad de comprender en una intuición, y, sin embargo, la imaginación es requerida, mediante magnitudes numerales (para las cuales tenemos consciencia de que nuestra facultad no tiene límites), para comprender estéticamente una unidad mayor, entonces nos sentimos en el espíritu encerrados estéticamente

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en límites; sin embargo, el dolor, en consideración a la extensión necesaria de la imaginación para adecuarse con lo que en nuestra facultad de la razón es ilimitado, es decir, con la idea del todo absoluto, y con el dolor, por tanto, también la inadecuación de la facultad de la imaginación con las ideas de la razón y su excitación son representados como conformes a un fin. Justamente por eso, empero, viene el juicio estético mismo a ser subjetivo-final para la razón como fuente de las ideas, es decir, de una comprensión intelectual, para lo cual toda comprensión estética es pequeña, y el objeto es recibido como sublime, con un placer que sólo es posible mediante un dolor.” (Kant, 1958, págs. 268-269)

El dolor producido por la conciencia del límite de la imaginación para aprehender la magnitud que desborda la unidad de medida, digo tal dolor es lo que anuncia la presencia de la Idea de Razón, de lo absoluto.

Lo sublime dinámico de la naturaleza

Poder > Fuerza > Resistencia de obstáculos

“La naturaleza, en el juicio estético, considerada como fuerza que no tiene sobre nosotros ningún poder, es dinámico-sublime.” (Kant, 1958, pág. 269)

“aquello a lo que nos esforzamos en resistir es un mal, y si nosotros no encontramos nuestra facultad capaz de resistirle, entonces es un objeto de temor. Así, pues, para el juicio estético, la naturaleza puede valer como fuerza, y, por tanto, como dinámico –sublime, sólo en cuanto es considerada como objeto de temor.” (Kant, 1958, pág. 270)

Así como en el juicio estético de lo sublime-matemático la experiencia se caracterizaba por el dolor ante la incapacidad de abarcar intuitivamente lo absoluto, en el juicio de lo sublime-dinámico lo característico es la incapacidad para alejar aquello a lo que no podemos oponer resistencia.

La distancia en la experiencia de lo sublime como juicio estético

“Pero su aspecto es tanto más atractivo cuanto más temible, con tal de que nos encontremos nosotros en lugar seguro, y llamamos gustosos sublimes esos objetos porque elevan las facultades del alma por encima de su término medio ordinario y nos hacen descubrir en nosotros una facultad de resistencia de una especie totalmente distinta, que nos da valor para poder medirnos con el todo-poder aparente de la naturaleza.” (Kant, 1958, pág. 271)

El juicio estético de lo sublime no puede encontrarse en la angustia de lo que atemoriza, sino sólo reconocer el carácter atemorizante de aquello y ubicarse en “lugar seguro” para contemplar su fuerza. Tal distanciamiento es fundamental para la elaboración del juicio reflexionante, pues es condición para hacer del juicio moral un juicio que abarque en sí mismo lo infinito. La distancia le permite al sujeto apreciar la ejemplaridad de la experiencia de lo sublime como lo absolutamente infinito de la fuerza de la naturaleza, esa fuerza que podría acabar con el sujeto de sólo desearlo; pero, ¿la conciencia de la infinitud de la fuerza del Otro no es parte del “obstáculo” que trata de superar todo sujeto que ostenta poder para sustentar su máxima como ley universal?, ¿no es contra lo infinito (el futuro como incertidumbre) contra lo que se enfrenta el juicio reflexionante y el imperativo categórico en toda consideración moral concreta?

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El respeto a la humanidad en nosotros es efecto de la experiencia en el juicio de lo estético sublime-dinámico

“Pues así como en la inconmensurabilidad de la naturaleza, y en la incapacidad de nuestra facultad para tomar una medida proporcionada a la apreciación estética de las magnitudes de su esfera, hemos encontrado nuestra propia limitación, y, sin embargo, también, al mismo tiempo, en nuestra facultad de la razón, otra medida no sensible que tiene bajo sí aquella infinidad misma como unidad, y frente a la cual todo en la naturaleza es pequeño, y, por tanto, en nuestro espíritu, una superioridad sobre la naturaleza misma en su inconmensurabilidad, del mismo modo la irresistibilidad de su fuerza, que ciertamente nos da a conocer nuestra impotencia física, considerados nosotros como seres naturales, descubre, sin embargo, una facultad de juzgarnos independientes de ella, y una superioridad sobre la naturaleza, en la que se funda una independencia de muy otra clase que aquella que pueda ser atacada y puesta en peligro por la naturaleza, una independencia en la cual la humanidad en nuestra persona permanece sin rebajarse, aunque el hombre tenga que someterse a aquel poder. De ese modo, la naturaleza, en nuestro juicio estético, no es juzgada como sublime porque provoque temor, sino porque excita en nosotros nuestra fuerza (que no es naturaleza) para que consideremos como pequeño aquello que nos preocupa (bienes, salud, vida); y así, no consideramos la fuerza de aquella (a la cual, en lo que toca a esas cosas, estamos sometidos), para nosotros y nuestra personalidad, como un poder ante el cual tendríamos que inclinarnos si se tratase de nuestros más elevados principios y de su afirmación o abandono. Así, pues, la naturaleza se llama aquí sublime porque eleva la imaginación a la exposición de aquellos casos en los cuales el espíritu puede hacerse sensible la propia sublimidad de su determinación, incluso por encima de la naturaleza.” (Kant, 1958, págs. 271-273)

“una independencia en la cual la humanidad en nuestra persona permanece sin rebajarse, aunque el hombre tenga que someterse a aquel poder”.Esto es el respeto a la humanidad en cada sujeto, la conciencia del efecto de la experiencia de lo sublime, este saber que el poder de la naturaleza (el Gran Otro) no puede poner nada frente a nosotros que no podamos rebajar a la mínima expresión (ni bienes ni salud ni vida puede persuadirnos de desear lo que deseamos, de ser sujetos morales, o sea sujetos propiamente dichos). ¿Acaso esta superioridad ante el Gran Otro, o más bien la independencia ante sus determinaciones “prudenciales” del cálculo de placeres y dolores, digo esta independencia no es una dependencia velada a un proyecto humanista? Sí y no: el sujeto se somete al proyecto humanista históricamente formulado, pero tal sometimiento es la adscripción a una promesa de libertad o de despliegue de significado, en otras palabras, la promesa humanista ilustrada era la nueva afirmación que abriría futuro para todos los sujetos atrapados en el peligro del eterno presente que apertura el “juicio reflexionante” y que hoy en día, en la sociedad posmoderna y “contemporánea” nos encontramos anclados. Hoy ya nadie promete, pues se sabe que todo destino es una simple promesa, pero nadie tampoco se hace suficientemente “fuerte” para hacer de sus promesas el destino de su Tiempo. Hoy no hay Hamlets que compongan los tiempos dislocados.

La superioridad del espíritu

“Así, pues, la sublimidad no está encerrada e n cosa alguna de la naturaleza, sino en nuestro propio espíritu, en cuanto podemos adquirir la conciencia de que somos superiores a la naturaleza dentro de nosotros, y por ello también a la naturaleza fuera de nosotros (en cuento penetra en

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nosotros). Todo lo que excita en nosotros ese sentimiento, entre lo cual está la giuerza de la naturaleza que provoca nuestras facultades, llámase entonces (aunque impropiamente) sublime…” (Kant, 1958, pág. 277)

Si esto es cierto, ¿qué hay de ético en el sujeto que decide en este plano? Nada, pero no tiene que haberlo, pues la interpelación final al sujeto, de la cal no podrá tomar distancia alguna, está reservada para la ética, donde reside la idea que sostiene al sujeto: la libertad.

[El juicio de lo sublime] “tiene sus bases en la naturaleza humana y en aquello justamente que, además del entendimiento sano, se puede al mismo tiempo exigir y reclamar de cada cual, a saber, la disposición para el sentimiento de ideas (prácticas), es decir, la moral.” (Kant, 1958, pág. 280)

Pero esta disposición coloca al sujeto en un lugar distinto al de la decisión, hay un desplazamiento simbólico hacia el superyó.

o Esto es lo que afirmaría Zupancic, pero creo que ella entiende el programa de la KU como un “saltopatrás” que condena al sujeto a una distancia que lo imposibilita de clocarse en el momento de la decisión ética. Creo, más bien, que este programa de la KU describe las condiciones subjetivas (ontológicas) del momento no-trascendental, o sea el momento en que el sujeto se ve frente al Otro como quien “da la respuesta a la pregunta” por la validación del deber, momento éste que me resulta sumamente importante para comprender la infinita impotencia del Otro para ser sujeto, pues no genera ningún momento poiético, sino uno mimético, no por ello menos importante, pero fundamentalmente distinto al momento trascendental ético que constituye al sujeto como sujeto. En otras palabras, este momento mimético sustenta el ser-en-el-mundo del sujeto a costa de su ser-ahí, mientras que el momento poiético sustenta al sujeto como ser-ahí exigiendo el “olvido” del mundo como mundo, no para desaparecerlo, sino para volver a fundarlo.

“En esto se funda ahora la necesidad de la concordancia del juicio de otros sobre lo sublime con el nuestro, lo cual atribuimos al mismo tiempo a éste, pues así como tachamos de falto de gusto a aquel que en el juicio de un objeto de la naturaleza encontrado bello por nosotros se muestra indiferente, de igual modo decimos del que permanece inmóvil ante lo que nosotros juzgamos como sublime que no tiene sentimiento alguno. Pero ambas cosas las exigimos a cada hombre y las suponemos en él si tiene alguna cultura: sólo con la diferencia que la primera, como en ella el juicio refiere la imagen sólo al entendimiento como facultad de los conceptos, la exigimos, sin más, a cada cual; pero la segunda, como en ella el juicio refiere la imaginación a la razón como facultad de las ideas, la exigimos sólo bajo una suposición subjetiva (que, sin embargo, nos creemos autorizados a exigir de cada cual), a saber, la del sentimiento moral en el hombre, y por esto atribuimos, a su vez, necesidad a ese juicio estético.” (Kant, 1958, pág. 281)

“pues así como tachamos de falto de gusto a aquel que en el juicio de un objeto de la naturaleza encontrado bello por nosotros se muestra indiferente, de igual modo decimos del que permanece inmóvil ante lo que nosotros juzgamos como sublime que no tiene sentimiento alguno”.Es importante destacar que quien se encuentra indiferente hacia lo que encontramos bello demuestra, no su falta de humanidad, sino su pertenencia a “otro lugar”, a un

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sistema de la naturaleza distinto al que nos domina a nosotros. Aquí se halla el muro que limita dos “mundos posibles”: el de nosotros frente al de ellos. Pero quien carece de sentimientos ya no se separa de nosotros por su pertenencia a “otro lugar”, sino por su carencia absoluta de algún lugar; tal persona que no puede experimentar lo sublime ya ni siquiera es tomado por Kant como un “otro”, sino como algo completamente extraño, algo que no le teme al infinito, alguien que no es conmovido por su minúscula pequeñez ante lo inmenso y potente de la “naturaleza”, sea cual sea la naturaleza que lo albergue. Así, quien no tiene sentimientos no es considerado por Kant como sujeto; el sujeto es quien tiene, en primerísimo lugar, sentimientos o disposiciones morales.

“sólo con la diferencia que la primera, como en ella el juicio refiere la imagen sólo al entendimiento como facultad de los conceptos, la exigimos, sin más, a cada cual; pero la segunda, como en ella el juicio refiere la imaginación a la razón como facultad de las ideas, la exigimos sólo bajo una suposición subjetiva (que, sin embargo, nos creemos autorizados a exigir de cada cual), a saber, la del sentimiento moral en el hombre, y por esto atribuimos, a su vez, necesidad a ese juicio estético”La exigencia de gusto es lo que cualquiera exigiría de otro en la medida en que comparten una misma idea del orden, la cual se articula a través de los distintos modos conceptuales en el entendimiento; pero la exigencia de sentimientos morales apunta a otro lado, tal vez más “al fondo del abismo”, precisamente ahí donde se crea toda idea de orden, y ese lugar donde es creado toda forma de orden es lo esencialmente subjetivo, el residuo irreductible de subjetividad.

Lo bello

“Lo bello, en cambio, exige la representación de cierta cualidad del objeto que también se hace comprensible y se deja traer a conceptos (aunque en el juicio estético no sea traída a ellos), y cultiva enseñando a poner atención a la finalidad en el sentimiento del placer.” (Kant, 1958, pág. 282)

“y se deja traer a conceptos”, esto no es otra cosa sino que la Idea de Razón que ordena ya ha instalado un orden determinado de la naturaleza que se deja apreciar en la representación, por ello calza en conceptos, aunque no especifique nunca en qué conceptos con mayor o menor medida; precisamente, lo bello no especifica a qué concepto ha de calzar con mayor exactitud porque no prefiere ninguno, sino que puede calzar en todos porque es lo que se experimenta al advenir el concepto mismo, en otras palabras, es el efecto del éxito de la Idea de Razón ya instanciada en sistema.

Lo bello se dirige a la experiencia del objeto (no de la totalidad de los objetos, o sea del orden en que los objetos se encuentran), por ello digo que en la experiencia de lo bello ya está jugada la Idea de Razón como sistema, pues el juicio ya se encuentra “jugando libremente” dentro del sistema de la naturaleza en la que se encuentra.

Lo sublime

“Lo sublime consiste sólo en la relación en la cual lo sensible, en la representación de la naturaleza es juzgado como propio para un uso posible suprasensible del mismo.” (Kant, 1958, pág. 282)

Lo sublime, a diferencia de lo bello, ya no se referirá a objetos sino a lo sensible, o sea a todo lo que sea sensible, a toda la representación de la naturaleza como juzgada por el

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sujeto que, ante lo absoluto del sistema de la naturaleza que juzga en el juicio de lo sublime, se las ve ya no con el concepto que sustenta la Idea de Razón, sino con la Idea de Razón misma, con lo que hay de suprasensible en toda experiencia.

Lo absolutamente bueno

“Lo absolutamente bueno, juzgado subjetivamente, según el sentimiento que inspira (el objeto del sentimiento moral), como la determinabilidad de las facultades del sujeto mediante la representación de una ley que obliga absolutamente, se distingue principalmente, mediante la modalidad, de una necesidad apoyada en principios a priori que encierra en sí no sólo pretensión, sino mandato de la aprobación de cada cual, y no es de la competencia del juicio estético, sino del juicio puro intelectual, y se atribuye, no en un juicio meramente reflexionante, sino en una determinante, no a la naturaleza, sino a la libertad. Pero la determinabilidad del sujeto por medio de esa idea, tratándose de un sujeto, por cierto, que puede sentir en sí obstáculos en la sensibilidad, pero al mismo tiempo superioridad sobre la misma, mediante la victoria sobre ella, como modificación de su estado, es decir, el sentimiento moral, está emparentada con el Juicio estético y sus condiciones formales, en tanto en cuanto sea útil para ella el que la conformidad con leyes de la acción, por deber, se haga al mismo tiempo representable como estética, es decir, como sublime, o también como bella, sin perder su pureza, cosa que no ocurriría si se la quisiera poner en enlace natural con el sentimiento de lo agradable.” (Kant, 1958, págs. 282-283)

El objeto del sentimiento moral no es del mismo rango que el de lo bello, ni siquiera del mismo rango que el de lo sublime, sino algo mucho más profundo “en el abismo”, lo que Lacan nombrara Deseo. No puede ser objeto porque no es una posible configuración dentro del sistema de Deseo del Otro; tampoco el mismo sistema del Deseo del Otro, pues tal cosa es inabarcable intelectualmente (pues alberga todo futuro posible y determinable por ese sistema); a lo que apunta el objeto del sentimiento moral es a lo que en el sistema le falta al sujeto, lo que ya no puede hallar en el sistema de la naturaleza en la que se encuentra. ¿Qué es esto sino lo descrito por Lacan como el objet-petit-a?

La ley que obliga absolutamente es lo que obliga al sujeto a determinar sus facultades mediante representación, ¿qué representación? La representación de la ley es el Imperativo Categórico (sus cinco formulaciones, de acuerdo a Paton), y se distingue por ser un mandato a priori instanciado en un juicio determinante de la libertad.

La victoria de la idea sobre la sensibilidad es una de las cosas más importantes en esta descripción, pues marca la culminación de la distancia estética y el comienzo de la identificación sujeto-acto en la dimensión moral. Digamos que mientras el sujeto contempla lo infinito en el sistema de la naturaleza sabiéndose segura de ella, el sujeto no puede efectuar ningún acto, pero en el momento en que se agota su acto contemplativo y es interpelado por la naturaleza misma como un todo (cuando se encuentra en la situación que el contexto demanda de él una decisión, la decisión de subordinarse o rebelarse ante el sistema de la naturaleza que se mantenía a la distancia en el juicio de lo sublime), digo cuando el sujeto se ve interpelado por la naturaleza como un todo es cuando efectúa el acto moral (sea subordinándose, eligiendo someterse, o sublevándose, eligiendo resistirse y crear un nuevo modo de la naturaleza). Por ello es que sólo en la modalidad se apertura la dimensión de lo moral como posibilidad del sujeto como sujeto propiamente dicho, pues la modalidad siempre se referirá a la modalidad en que la naturaleza “aparece” para el sujeto: contingente (costumbres), necesaria (razón teórica, juicio reflexionante), apodíctica (moralidad).

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La cerradura de lo sublime y la apertura de lo moral

“Puede describirse así lo sublime: es un objeto (de la naturaleza) cuya representación determina el espíritu a pensar la inaccesibilidad de la naturaleza como exposición de ideas.” (Kant, 1958, pág. 284)

Esta conclusión negativa abre las puertas de la moralidad, donde las ideas sí pueden hallar su exposición, pero sólo como proceso de universalización de la máxima.

“En realidad, no se puede pensar bien un sentimiento hacia lo sublime de la naturaleza sin enlazar con él una disposición del espíritu semejante a la disposición hacia lo moral; y aunque el placer inmediato en lo bello de la naturaleza supone y cultiva igualmente una cierta liberalidad del modo de pensar, es decir, independencia de la satisfacción del mero goce sensible, sin embargo, mediante él, la libertad es representada en el juego, más bien que en una ocupación, conforme a la ley, que es la verdadera propiedad de la moralidad del hombre, en donde la razón debe hacer violencia a la sensibilidad; solamente que en el juicio estético sobre lo sublime esa violencia es representada como ejercida por la imaginación misma como instrumento de la razón.” (Kant, 1958, pág. 286)

Lo semejante entre lo sublime y lo moral es la condición del pathos humano, que no es lo patológico, sino el Deseo psicoanalítico.

La violencia de la razón sobre la sensibilidad es la ruptura o sublevación del sujeto sobre todo sistema de la naturaleza que lo determina.

“hay que poder encontrar sublime el Océano solamente como lo hacen los poetas, según lo que la apariencia visual muestra…” (Kant, 1958, pág. 289)

La sublimidad del Océano no radica en algo que yazca en el Océano mismo, sino en su relación simbólica (poética) con el ser humano.

Finalidad estética

“La finalidad estética es la conformidad a la ley del Juicio en su libertad.” (Kant, 1958, pág. 290)

“El objeto de una satisfacción intelectual pura e incondicionada es la ley moral, en su fuerza, que ella ejerce en nosotros por encima de todos y cada uno de los móviles del espíritu que la preceden; y como esa fuerza no se da propiamente a conocer estéticamente más que por medio de sacrificios (lo cual es una privación, aunque en favor de la interior libertad, y, en cambio, descubre en nosotros una insondable profundidad de esa facultad suprasensible con sus consecuencias, que se extienden adonde ya no alcanza la vista), resulta que la satisfacción, considerada en la parte estética (en relación con la sensibilidad), es negativa, es decir, contra ese interés, pero en la intelectual es positiva y unida con un interés. De aquí se deduce que el bien (el bien moral) intelectual, conforme en sí mismo a fin, debe representarse, no tanto como bello, sino más bien como sublime, de suerte que despierta más el sentimiento del respeto (que desprecia el encanto) que el del amor y la íntima inclinación porque la naturaleza humana concuerda con aquel bien, no por sí misma, sino sólo por la violencia que la razón hace a la sensibilidad…” (Kant, 1958, pág. 291)

El objeto moral puro e incondicionado es la Ley Moral misma y, más importante, por encima de todos y cada uno de los móviles del espíritu que la preceden. Como se ve, los

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móviles del espíritu preceden a la Ley Moral. ¿En qué sentido entender esta anterioridad de los móviles respecto de la Ley Moral? Dice Kant que esta fuerza de la Ley Moral, que es la misma Ley Moral, no se da a conocer estéticamente sino mediante el sacrificio. ¿El sacrificio de qué? Kant llama a este sacrificio una privación, y entiendo que tal privación no puede referirse sino a otras satisfacciones, o sea a las que ofrecen los móviles previos a la que la Ley Moral ofrece. Tal es así que frente a los intereses tal privación, que es una satisfacción, se muestra como algo negativo (un “no” a todo interés), pero intelectualmente se muestra de forma positiva y junto a un interés. ¿Qué interés puede acompañar a la Ley Moral que, en la estética, ha renegado de todo móvil? Pues del móvil que decida hacer suyo (la promesa en sentido nietzschiano).

El bien moral, el fin que decide llevar a cabo el sujeto guiado por la razón, se representa estéticamente por medio de lo sublime y no por lo bello, pues lo sublime expresa la violencia de la razón ante lo ofrecido por la sensibilidad, y tal violencia (que entiendo es una forma de resistencia ante la causalidad de la naturaleza) es la que genera el sentimiento de respeto. Así, lo sublime es la representación de la razón ante el sujeto que permite que éste experimente el sentimiento de respeto. Pero esto es precisamente lo que necesita una aclaración. No es que la distancia en la experiencia de lo sublime sea parte de la violencia de la razón sobre la naturaleza. La distancia marca el carácter representacional de la experiencia, la cual, en tanto que juicio reflexivo estético, no es juicio determinante moral. Lo que le permite al sujeto saltar de lo reflexivo estético a lo determinante moral es la pérdida de la distancia representacional, el acto mediante el cual el peligro de lo infinito (el sacrificio de la infinidad de posibilidades del acto) se hace patente de forma no-representacional, sino trascendental (lo que diría Zupancic sobre lo trascendental, que es el momento en el cual el sujeto se hace cargo de sí mismo ante la posibilidad de la pérdida absoluta de su ser para salvar su dignidad). Así, para la aparición del respeto como sentimiento moral, no basta la representación de lo sublime ni el juicio reflexivo estético en general, sino lo trascendental (el momento de destinación, de la promesa); antes de lo trascendental, lo que el sujeto puede experimentar es la violencia de la naturaleza matemática o dinámica, pero no su propia violencia reactiva y, paradójicamente, fundante de la subjetividad moral. Tal vez por ello llamó Kant a esta privación en la experiencia estética un favor a la libertad interior, la cual entiendo es la que designa la tercera formulación del Imperativo Categórico, la del Fin en sí mismo.

“Cada una de las emociones de la especie enérgica, a saber: la que excita la consciencia de nuestras fuerzas para vencer toda resistencia (animi stremii), es estético-sublime; verbigracia, la cólera, la desesperación misma (la indignada, pero no la abatida). Pero la emoción de la especie deprimente, la que nace del esfuerzo mismo para resistir un objeto de dolor (animum languidum), no tiene en sí nada de noble, pero puede contarse entre lo bello de la especie sensible. De aquí que los sentimientos, que pueden crecer en fuerza hasta la emoción, sean también muy diferentes. Se tienen sentimientos valerosos y se tienen tiernos. Estos últimos, cuando crecen hasta la emoción, no sirven para nada; la inclinación a ellos se llama sensiblería. Una pena de compasión que no admite consuelo, o en la que, cuando se refiere a desgracias imaginadas, nos sumimos deliberadamente hasta la ilusión, por l fantasía, como si fuera verdadera, muestra y hace un alma tierna, pero al mismo tiempo débil, que indica un lado bello, y puede, desde luego, ser llamada fantástica, pero ni siquiera entusiasta. Novelas, dramas llorones, insípidas reglas de costumbres, que juegan con los llamados (aunque falsamente) sentimiento nobles, pero que, en realidad, hacen el corazón mustio, insensible para la severa prescripción del deber, e incapaz de todo respeto hacia la dignidad de la humanidad en nuestra persona, hacia el derecho de los

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hombres (lo cual es algo totalmente distinto de su felicidad), y, en general, de todo firme principio; un discurso religioso, inclusive, que recomiende baja y rastrera solicitación del favor y adulación, y que nos haga abandonar toda confianza en la facultad propia para sentir el mal, en lugar de la firme resolución de ensayar las fuerzas que nos queden libres, a pesar de toda nuestra debilidad para dominar las inclinaciones; la falsa modestia que pone en el desprecio de sí mismo, en el lagrimoso e hipócrita arrepentimiento y en una concepción de espíritu meramente paciente, la cínica manera de complacer al más alto ser, nada de eso se compagina siquiera con lo que puede contarse entre las bellezas, y mucho menos aún con la sublimidad del modo de ser del espíritu.” (Kant, 1958, págs. 294-295)

Importante!!! Kant marca una diferencia entre dos tipos de sentimientos, los valerosos y los tiernos, distinción de la que nacen de dos tipos de emociones, las enérgicas y las deprimentes. Lo sublime se las ve con el sentimiento valeroso que en grado supino de excitación genera la emoción enérgica que Kant llama cólera indignada, la cual se opone drásticamente al sentimiento deprimente que genera la emoción de ternura, emoción que debilita el espíritu al hacerlo perniciosamente paciente y enjuto, presto a resistir insufribles vejámenes en nombre de cierta piedad moral que no es más que orgullo disfrazado de modestia. ¿Podría estar Kant más de acuerdo con Nietzsche? La distancia de la experiencia estética de lo sublime no podría explicar el porqué de esta espontaneidad que Kant parece demandar del sujeto; y más importante, la distancia estética no podría explicar esta necesidad de espontaneidad del sujeto para actuar contra el mal, siendo el caso que el sujeto requiere de una facultad propia para sentir el mal, ¿qué mal podría experimentar el sujeto si se supiera absolutamente a salvo de él?, ¿qué tipo de espontaneidad requeriría el sujeto si nada malo pudiera suceder contra él o si nada malo pudiera surgir como consecuencia de un acto que él mismo realice? Esto es un indicio más para considerar que el juicio reflexivo estético-sublime no puede bastar para producir el sentimiento de respeto; a tal juicio no le falta la experiencia de lo infinito, pues experimenta la libertad espiritual del sujeto frente a la necesidad natural, pero le falta la espontaneidad que hace de tal libertad interior una liberta, no en sentido exterior, sino en el sentido trascendental (estar obligado por la Ley Moral, hacerse causa de su propio acto).

Sobre el carácter inexpugnable de la Ley Moral

“la imaginación, si bien nada encuentra por encima de lo sensible, en donde se pueda mantener, se siente, sin embargo, ilimitada, justamente por esa supresión de sus barreras; y esa abstracción es, pues, una exposición de lo infinito, que por eso mismo, ciertamente, no puede ser nunca más que una exposición meramente negativa, pero que, sin embargo, ensancha el alma. Quizá no haya en el libro de la ley de los judíos ningún pasaje más sublime que el mandamiento: <<No deber hacerte ninguna imagen tallada ni alegoría alguna, ni de lo que hay en el cielo, ni de lo que hay en la tierra, ni de lo que hay debajo de la tierra, etc.>>… Ese solo mandamiento puede explicar el entusiasmo que el pueblo judío, en su periodo civilizado, sintió por su religión, cuando se comparó con otros pueblos o con aquel orgullo que inspira el mahometismo. Lo mismo, exactamente, ocurre con la representación de la ley moral y de la capacidad de moralidad en nosotros. Es una preocupación totalmente falsa la de que, si se la privase e todo lo que puede recomendarla a los sentidos, vendría entonces a llevar consigo no más que un consentimiento sin vida y frío y ninguna fuerza o sentimiento motriz. Es exactamente lo contrario, pues allí donde los sentidos no ven ya nada más delante de sí, y, sin embargo, permanece imborrable la idea de la moralidad, que no se

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puede desconocer, más bien sería necesario moderar el ímpetu de una imaginación ilimitada, para no dejarla subir hasta el entusiasmo, que, por temor a la falta de fuerzas de esas ideas, busca para ellas una ayuda en imágenes y en un pueril aparato. Por eso también han permitido gustosos los Gobiernos que se provea ricamente la religión de ese último aditamento, y han tratado así de quitarle al súbdito el trabajo, pero al mismo tiempo la facultad de ampliar las facultades de su alma por encima de las barreras que se le pueden imponer arbitrariamente, y mediante las cuales se le puede tratar fácilmente como meramente pasivo.” (Kant, 1958, págs. 296-298)

“Lo mismo, exactamente, ocurre con la representación de la ley moral y de la capacidad de moralidad en nosotros”, o sea que la Ley Moral no puede representarse con nada que busque la imaginación, pues se halla por encima de toda posibilidad representacional. Precisamente en el límite de la condición de posibilidad de la representación se halla la Ley Moral, pues es expresión de lo infinito, de lo que no tiene límites, de lo que puede seguir avanzando sin detenerse ni encontrar final.

“la imposibilidad de conocer la idea de libertad cierra el camino totalmente a toda positiva exposición; pero la ley moral es, en nosotros, suficientemente y originalmente determinante, tanto que ni siquiera es permitido buscar fuera de ella motivo de determinación…” (Kant, 1958, pág. 298)

Kant parece identificar esto infinito en el hombre como la libertad, este avanzar sin final es el carácter propiamente humano, moral.

El carácter universal y necesario del juicio de gusto

“Ahora bien, si esa validez universal no debe fundarse en una colección de votos o en preguntas hechas a los demás sobre su modo de sentir, sino que debe descansar, por decirlo así, en una autonomía del sujeto, que juzga sobre el sentimiento del placer (en la representación dada), es decir, en su propio gusto, y si, sin embargo, no debe tampoco ser deducida de conceptos, resulta que un juicio semejante, como lo es, en realidad, el juicio de gusto, tiene una característica doble y, desde luego, lógica, a saber: primero, la validez universal a priori, no una universalidad lógica según conceptos, sino la universalidad de un juicio particular; segundo, una necesidad (que siempre debe descansar en bases a priori) que, sin embargo, no depende de ninguna base de demostración a priori, mediante cuya representación, la aprobación que el juicio de gusto exige de cada cual pudiera ser forzada.” (Kant, 1958, pág. 310)

La universalidad de un juicio particular, ¿qué puede significar esto? Dice Kant que es la validez universal a priori. El juicio particular, entonces, lleva algo de universal al aparecer, no creo que en la parte de lo “particular” sino en la parte del “juicio”; el juicio es el lugar donde reside lo universal en el juicio particular, ¿y qué podría tener de universal el juicio o el enjuiciar? He ahí que entiendo lo apriórico del asunto: la parte del juicio o del enjuiciar que es universal es, a su vez, la parte que se efectúa antes de la “particularización” que se encadena con las representaciones empíricas determinadas, o sea la parte apriórica. Y lo que pasa antes del encadenamiento con lo empírico es la forma del juicio, el ser reflexionante y definirse como estético, o sea la disposición del sujeto para hacer del juicio un acto de resignificación de los signos creados (como dice Kant, no se crea nuevo conocimiento sino que se reordena el que se ha obtenido) y proceder con tal resignificación por medio del libre juego entre la imaginación y el entendimiento. Lo

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apriórico del juicio de gusto, como todo lo apriórico en los actos del sujeto, son la donación de la forma, y tal donación de forma es una disposición para hacer tal o cual cosa de una forma y no de otra; en el caso del juicio reflexionante estético, de forma en que se reordena lo conocido en función al libre juego de las facultades del conocimiento.

El actuar del juicio autónomo es el quid del juicio estético

“De aquí que un joven poeta no se deje apartar de la convicción de que su poesía es bella, ni por el juicio del público ni por el de sus amigos, y si les presta atención, ello ocurre, no porque juzgue ahora de otro modo, sino porque, aun cuando todo el público (al menos, en su pensamiento) tuviese un gusto falso, encuentra motivo (aun contra su juicio), en su deseo de aplauso, para acomodarse con la ilusión común. Sólo después cuando su Juicio se ha hecho más penetrante por el ejercicio, se apartará voluntariamente de su juicio anterior, de igual modo que hace con los juicios suyos, que descansan sólo en la razón. El Juicio tiene solamente pretensión a la autonomía. Hacer de juicios extraños el motivo de determinación del propio sería heteronomía.” (Kant, 1958, págs. 312-313)

Como vemos en este pasaje, la libertad y la voluntad pura o libre se expresan en la facultad de juzgar, no en la idea o en la sensibilidad (patología). Como decía Descartes, de los tres tipos de pensamientos (ideas, voluntades y juicios) son los juicios los que nos revelan la posibilidad del error, y con ello la posibilidad de la verdad; la síntesis, el enjuiciar, debe tener como posibilidad formal el error, que el juicio no se acomode a la “realidad de la cosa”. ¿Y qué es esta realidad de la cosa? El acto mismo: el error aparece cuando el juicio no corresponde con la cosa, y en lo moral cuando el juicio moral no corresponde con el bien. ¿Y qué es el bien? El acto que se transforma en texto, o sea en algo compartido por todos, algo que yace entre los sujetos y no solo para el sujeto que lo “promovió” (el sujeto intencional).

La deuda con lo heredado no es heteronomía

“… En la religión misma, en donde, desde luego, cada cual debe tomar de sí mismo la regla de su conducta, porque él mismo permanece responsable de ella y no puede atribuir la culpa de sus faltas a otros, maestros o predecesores, no se consigue, sin embargo, nunca tanto por medio de prescripciones generales, recibidas de sacerdotes o filósofos, o también sacadas de sí mismo, como por medio de un ejemplo de virtud o de santidad que, puesto que en la historia, no por eso hace superflua la autonomía de la virtud, nacida de la idea propia y originaria de la moralidad, ni la muda en un mecanismo de la imitación. Sucesión, referida a un precedente, que no imitación, es la expresión exacta para todo influjo que los productos de un creador ejemplar pueden tener sobre otros, lo cual vale tanto como decir: bebe en la misma fuente en que aquel mismo bebió y aprender de su predecesor sólo el modo de comportarse en ello. Pero entre todas las facultades y talento, es precisamente el gusto el que, como su juicio no es determinable por conceptos y preceptos, está más necesitado de los ejemplos de lo que en la marcha de la cultura ha conservado más tiempo la aprobación, para no volver de nuevo a la grosería y caer otra vez en la rudeza de los primeros ensayos.” (Kant, 1958, pág. 314)

El acto moral es el convertirse en ejemplo para los otros (sujetos): “bebe en la misma fuente en que aquel mismo bebió y aprender de su predecesor sólo el modo de comportarse en ello”; aprender “solo el modo de comportarse en ello” es el tomar de lo

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ejemplar la forma, no el contenido, del acto (moral). ¿Qué forma es ésta? El ser garantía del sentido del acto. ¿Y cómo saber qué sentido defiende quien realiza el acto? Ese es el tema: uno no puede saber qué sentido tiene el acto en cuestión hasta que no se convierte uno mismo en tal garante, hasta que uno mismo no le da, por sí mismo, sentido al acto; un sujeto no puede saber el sentido del acto de otro sujeto, solo puede saber el sentido que él mismo le crea. A esto me refiero cuando digo que el sujeto no puede abordar el acto moral desde la distancia prudencial de la razón teórica o estética, pues no puede hacer de la intencionalidad misma un objeto de estudio científico (epistemológico): la intencionalidad no tiene más verdad que la de ser “lo que el sujeto dice del acto”, y para saber qué dice el sujeto sobre el acto hay que ser “sujeto del acto” (sujeto de enunciación).

La particularidad del juicio de gusto es la constatación del ser-sujeto, y el sujeto desea hacer de tal experiencia un juicio universalizable, o sea hacer que todos los sujetos constaten su ser-sujeto.

“En realidad, enunciase el juicio de gusto siempre totalmente como un juicio particular del objeto. El entendimiento puede enunciar un juicio universal comparando los objetos, en punto a la satisfacción, con el juicio de otros; verbigracia, todas las tulipas son bellas, pero entonces éste no es ningún juicio de gusto, sino un juicio lógico, que hace de la relación de un objeto con el gusto el predicado de las cosas de una determinada clase en general, pero sólo el juicio mediante el cual encuentro una única tulipa bella, es decir, encuentro a mi satisfacción en ella universal validez, es el juicio de gusto.” (Kant, 1958, pág. 317)

Lo particular del juicio de gusto no radica en la particularidad del sujeto (el hecho, indiscutible, de que el sujeto siempre es un individuo), sino más bien en lo irrepetible del tiempo en que el sujeto experimenta/produce el juicio. Por ello, solo el juicio acerca de la tulipa que el sujeto aprecia en su determinado presente es lo que el sujeto puede llamar “su juicio”, el cual se dice suyo solo por el hecho de haberlo experimentado en “su tiempo”. La autonomía, entonces, no sería para el juicio otra cosa sino el hacer de su presente la validación de su juicio; la validación del juicio de gusto radica en que se hizo en un presente que le perteneció al sujeto que produce el juicio.

“El motivo de determinación de su juicio no lo pueden esperar de la fuerza de las bases de prueba, sino de la reflexión del sujeto sobre si propio estrado (placer o dolor), con exclusión de todo precepto y regla.” (Kant, 1958, pág. 318)

El principio del gusto es el principio subjetivo del Juicio en general

“como los conceptos constituyen en un juicio el contenido del mismo (lo que pertenece al conocimiento del objeto), y como, sin embargo, el juicio de gusto no es determinable por objetos, se funda éste solamente en la condición formal subjetiva de un juicio en general. La condición subjetiva de todos los juicios es la facultad misma de juzgar o Juicio… Pero como aquí no hay concepto alguno del objeto a la base del juicio, éste no puede consistir más que en la substitución de la imaginación misma (en una representación mediante la cual un objeto es dado) bajo las condiciones mediante las cuales el entendimiento, en general, llega de la intuición a conceptos. Es decir, como la libertad de la imaginación consiste precisamente en que esquematiza sin concepto, debe el juicio de gusto descansar en una mera sensación de la mutua animación de la imaginación en su libertad, y del entendimiento, con su conformidad con leyes; descansar, pues, en un

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sentimiento que permita juzgar el objeto según la finalidad de la representación (mediante la cual un objeto es dado) para la impulsión de las facultades de conocer en su juego libre, y el gusto, como juicio subjetivo, encierra un principio de subsunción, no de las intuiciones bajo conceptos, sino de la facultad de las intuiciones o exposiciones (es decir, la imaginación) bajo la facultad de los conceptos (es decir, el entendimiento), en cuanto la primera, en su libertad, concuerda con la segunda en su conformidad a leyes”. (Kant, 1958, págs. 320-322)

Debe haber una representación de la conformidad de la imaginación con las leyes del entendimiento. ¿Qué significa esto? Dice Kant: “debe el juicio de gusto descansar en una mera sensación de la mutua animación de la imaginación en su libertad, y del entendimiento, con su conformidad con leyes”; la representación debe dar cuenta de esto, ¿pero, cómo? De nuevo, dice Kant: [el juicio debe] “descansar, pues, en un sentimiento que permita juzgar el objeto según la finalidad de la representación (mediante la cual un objeto es dado) para la impulsión de las facultades de conocer en su juego libre”. ¿Qué sentimiento permite que la facultad de juzgar según la finalidad de la representación, o sea en conformidad con la estructura finalista, la cual permite a su vez la impulsión de las facultades de conocer en su juego libre? El placer desinteresado es éste sentimiento que permite a la facultad de juzgar elaborar un juicio donde el objeto mismo de su juzgar sea la facultad de juzgar misma. Pero, de nuevo, ¿qué significa esto, qué significa que el placer desinteresado sea el sentimiento que represente la relación libre (sin concepto) entre la imaginación y el entendimiento? Pues significa que el placer desinteresado es la representación simbólica (representación de la razón misma) que permite ver que toda representación se halla incrustada en un proceso intelectual finalista, que toda representación, en tanto es representación de un sujeto, es siempre la representación de un fin (en el caso de juicio estético de lo bello, el fin del sentimiento de placer es el que el sujeto vea por sí mismo el libre juego entre la imaginación y el entendimiento).

Deducción de los juicios de gusto

“¿Cómo son posibles los juicios de gusto? Y ese problema, pues, se refiere a los principios a priori del Juicio puro en los juicios estéticos, es decir, en aquéllos en donde él no tiene que subsumir (como en los teóricos) bajo conceptos objetivos del entendimiento, ni se encuentra sometido a una ley, sino en aquellos donde el mismo, subjetivamente, es objeto al par que ley.” (Kant, 1958,pág. 323)

Si no me quedaba claro a qué ley del entendimiento se sometía la facultad de juzgar en los juicios de gusto, ahora me queda clarísimo: a la ley de la facultad de juzgar misma. ¿Qué ley es ésta? Lo que obliga a la esquematización, la ley funcional de la imaginación: todo objeto que ha de ser presa de la facultad de la imaginación ha de acomodarse a un esquema, el cual es el proceso de síntesis misma donde sensación y concepto crean la experiencia. ¿Y qué es la esquematización? La esquematización es la forma como desde el entendimiento se proyecta sobre la sensación una forma, un orden, una categoría, para darle sentido a lo que no lo tenía antes: o sea, para darle la forma del tiempo (cualidad, cantidad, relación o modalidad) a lo que antes se presentaba solo en un “eterno presente” (¿qué es la sensibilidad sino un inmutable e inflexible estar en el presente, en lo que se hace con consciencia, o como dice el psicoanálisis “contexto”?).

User, 26/10/13,
Éste es el tema central de la segunda parte de la tesis.
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Respecto a qué categoría es proyectada a la facultad de juzgar a través de la representación estética, creo que en la medida en que cualquier categoría puede calzar a la perfección (o con mayor o menor corrección), tal indiferencia hacia las categorías puede expresar una referencia a lo que yace por detrás de las mismas categorías, o sea la Idea de razón: Dios, alma, mundo. ¿No son estas ideas de la razón las que determinan hacia qué objeto se dirige cada experiencia? ¿Nos son estas ideas el “fin final” de todo saber? Si esto es cierto, si las Ideas de razón se representan en la experiencia estética y, particularmente, en el juicio de gusto estético, entonces la teleología inherente a la facultad de juzgar aún demandaría un paso en su deducción para llegar a “lo que se valida a sí mismo” (“lo que es en sí”), o sea a la razón (la facultad que pone fines): detrás y sustentando las Ideas de razón se halla la razón misma.

“y así, ese problema de la crítica de Juicio pertenece al problema general de la filosofía trascendental: ¿Cómo son posibles juicios sintéticos a priori?” (Kant, 1958, pág. 324)

Los juicios sintéticos a priori son el tema de Kant, y en la facultad de juzgar se halla la solución. Eso mismo creo yo cuando propongo que el esquema como objeto del juicio estético sea la ley misma de subsunción bajo concepto como clave para la comprensión del tiempo como elementos esencial de la facultad de juzgar.

“Así, pues, no es placer, sino la universal validez de ese placer, lo que se percibe en el espíritu como unido con el mero juicio de un objeto, y lo que es representado en un juicio de gusto, a priori, como regla universal para el Juicio, valedera para cada cual. ¿Qué yo percibo y juzgo un objeto con placer? Esto es un juicio empírico; pero ¿Qué lo encuentro bello, es decir, que puedo exigir a cada cual esa satisfacción como necesaria? Esto es un juicio a priori.” (Kant, 1958, pág.325)

La ley que ofrece el entendimiento para que el objeto del juicio se acomode al entendimiento sin someterse a éste es la validez del placer mismo. ¿Qué significa que un placer sea validado? Que responde al principio del juicio reflexionante: la finalidad de la naturaleza en su diversidad. En otras palabras, si encontramos un objeto que consideremos bello, entonces hemos de considerar que tal objeto es bello porque hay algo en el juicio correspondiente que se refiere no a un concepto, sino a una Idea de razón (fin final) que no es otra cosa que la representación de la razón misma como facultad para poner fines, para determinar la voluntad.

“Si se admite que, en un juicio de gusto, la satisfacción en el objeto está unida con el nuevo juicio de su forma, resulta que lo que sentimos está unido con la representación del objeto en el espíritu no es otra cosa sino la subjetiva finalidad de la forma para el Juicio…” (Kant, 1958, págs. 325-326)

En buen cristiano, esto quiere decir que el juicio de cada sujeto, en tanto que individuo, es válido en la medida en que se sujeta en la individualidad del sujeto. En el momento en que el juicio pretende desbordar la individualidad del sujeto, el juicio pierde su carácter de valedero y pasa a ser juicio empírico. Ojo, que un juicio sea enunciado no significa que ya ha perdido su carácter subjetivo; si un sujeto enuncia su juicio y subraya el carácter subjetivo del mismo, entonces deja constancia de lo apriórico de tal juicio, o sea que corresponde al finalismo de la facultad de juzgar misma, finalismo a la que todos los sujeto en tanto individuos están sujetos.

Biblioteca, 29/10/13,
¿Qué es esto? Creo que es el carácter subjetivo de la forma finalista del juicio; no es el fin que todo concepto trae en un juicio, forma que sería objetiva, sino más bien la forma del finalismo que yace en la misma estructura de la facultad de juzgar.
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“Esta deducción es tan fácil, porque no necesita fortificar una realidad objetiva de un concepto, pues la belleza no es concepto alguno de un objeto y el juicio de gusto no es juicio alguno de conocimiento; afirma tan sólo ese juicio que tenemos derecho a suponer universalmente en todo hombre las mismas condiciones subjetivas del Juicio que encontramos en nosotros, y, además, que hemos subsumido correctamente el objeto dado bajo esas condiciones. Ahora bien, aunque esto último tiene dificultades inevitables que no dependen del juicio lógico (pues en éste se subsume bajo conceptos, pero en la estética sólo bajo una relación, que se puede sentir, de la imaginación y del entendimiento, acordes, recíprocamente, en la forma representada del objeto, y, en este caso, la subsunción puede fácilmente errar), sin embargo, no por eso se le quita algo a la legitimidad de la pretensión del Juicio de contar sobre una aprobación universal, pretensión que viene sólo a parar a esto: a juzgar la exactitud del principio, por motivos subjetivos, como valedera para cada cual, pues en lo que se concierne a la dificultad y a la duda sobre la corrección de la subsunción bajo aquel principio, no autorizan a poner en duda la legitimidad de la pretensión de un juicio estético en general a esa validez, ni por tanto, el principio mismo, como tampoco la subsunción falsa (aunque no tan frecuente ni tan fácil) del juicio lógico, bajo su principio, puede hacer poner en duda este último, que es objetivo. Pero si la cuestión fuera, ¿cómo es posible admitir a priori la naturaleza como una totalidad de objetos del gusto? Entonces, este problema tiene relación con la teleología, porque tendría que considerarse como un fin de la naturaleza, esencialmente dependiente de su concepto, el producir formas finales para nuestro Juicio. Pero la exactitud de esa hipótesis es aún muy dudosa, mientras que la realidad de las bellezas naturales de la experiencia está presente.” (Kant, 1958, págs. 327-328)

“afirma tan sólo ese juicio [el juicio estético] que tenemos derecho a suponer universalmente en todo hombre las mismas condiciones subjetivas del Juicio que encontramos en nosotros”.Aquí hay un problema que limitará a Kant en lo sucesivo, pero que sirve de pie inquisitivo, de enigma, a Hegel y posteriores investigaciones filosóficas: ¿lo que debemos suponer que compartimos todos los seres humanos es la facultad de juzgar?, ¿hemos de suponer algo como la facultad de juzgar en todos los seres humanos para poder hablar de “seres humanos”? ¿No habrá, más bien, entre los seres humanos características compartidas que no deban suponerse sino que estén presentes, que nos sean objetos de consciencia? Hegel dejará vacío el lugar de “lo común entre los hombres” para iniciar su búsqueda de lo esencial (lo esencial será lo común a todos los seres humanos desde el comienzo hasta el final de la travesía del Espíritu). Para Kant, en la KU, lo común a todos los seres humanos será la facultad de juzgar, y en tanto que el juicio tenga por objeto tal facultad y su necesaria instanciación en el sujeto individual para realizarse como juicio, entonces tal juicio será sintético y apriórico.

La teleología parecería ser, entonces, la necesidad de que la voluntad (la moral) y la representación (el mundo) puedan coexistir armoniosamente. Así entiendo que la Idea de razón (la voluntad pura) devenga en representación (lo que aparece en el mundo). ¿No es éste el sentido de la teleología?

De la facultad de juzgar como “sentido”

“Dase a menudo al Juicio, cuando se considera no tanto su reflexión cuanto meramente el resultado de la misma, el nombre de sentido y se habla de un sentido de la verdad, de un sentido de la conveniencia, de la justicia, etcétera, aunque se sabe, al menos se decía saber fácilmente, que no es en un sentido en donde esos conceptos pueden tener su sitio, y que un sentido tampoco

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tiene la menor capacidad para una enunciación de reglas generales, sino que de la verdad, la conveniencia, la belleza o la justicia no podría acudir a nuestro pensamiento una representación de esa clase, si no nos pudiéramos alzar sobre el sentido a más altas facultades de conocimiento…” (Kant, 1958, pág. 332)

Esto es lo que propongo, finalmente, en el segundo capítulo de la tesis: la facultad de jugar define el referente del concepto, referente que ha de representar la Idea de razón de una forma que todo sujeto individual representa de una forma particular, pero que siempre ha de señalar al mismo referente. El referente, por tanto, es más un significante vacío que una cosa con x características definidas en sí; el sujeto es quien al finalizar la acción judicativa adjudica a la cosa tal o cual característica en función a seguir o no el referente estipulado por las influencias externar. Así, en la medida que el sujeto asuma las influencias externas y deposite en ellas la validez de la referencia, tal juicio será heterónomo, mientras que si deposita la validez de la referencia en la Idea de razón y, junto a ella, en su propia capacidad de juzgar (sustentada en la libertad) entonces habrá efectuado un juicio autónomo. ¿Qué significa que el sujeto deposite la validez de la referencia en la Idea de razón y, con ella, en su propia capacidad de juzgar? Significa que hace del juzgar un re-estructurar los tiempos de la cosa, que haga de sus percepciones elementos de un reordenamiento temporal donde el sujeto mismo se ubica (en el caso de la moral) en el lugar de la causa.

Qué es la reflexión y lo común al ser humano

“1° Pensar por sí mismo. 2° Pensar en el lugar de cada otro. 3° Pensar siempre de acuerdo consigo mismo.” (Kant, 1958, pág. 334)

“Puede decirse: la primera de esas máximas es la máxima del entendimiento; la segunda, del Juicio; la tercera, de la razón.” (Kant, 1958, pág. 336)

Esto es lo que hace la razón para poder comprender lo que sea que esté comprendiendo y darle, como dice Kant, un sentido, o sea poder enjuiciarlo.

Kant parece decir claramente, que el sujeto, cuando se encuentra juzgando, tiene que ser otro de sí mismo, pues debe considerar las posibilidades de ser algo más que sí mismo (ser posible pensar de otra forma, tomar otro concepto, proceder desde otro punto de vista); ello es lo que, finalmente, logra la razón, reunir no todas las posibilidades en una gran forma de ser necesaria e indubitable, sino la elección de una forma de ser por sobre el resto al encontrar en tal forma de ser el sentido (referente) de la Idea de razón originaria, la libertad.

“Vuelvo a coger el hilo abandonado por este episodio, y digo que el gusto puede ser llamado sensus communis con más derecho que el entendimiento sano, y que el Juicio estético puede llevar el nombre de sentido común mejor que el intelectual, si se quiere emplear la palabra sentido para un efecto de la mera reflexión sobre el espíritu, pues entonces, por sentido se entiende el sentimiento del placer. Podríase incluso definir el gusto, como facultad de juzgar aquello que hace universalmente comunicable nuestro sentimiento en una representación dada, sin intervención de un concepto.” (Kant, 1958, págs. 336-337)

“el Juicio estético puede llevar el nombre de sentido común mejor que el intelectual, si se quiere emplear la palabra sentido para un efecto de la mera reflexión sobre el espíritu”.

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Este segmento no es solo muy sugerente, sino que contradeciría el enclaustro al que se le suele encerrar al sujeto kantiano: el sentido común, aquello que comparten los seres humanos, nace como efecto de una forma de ligar “libremente” a la imaginación con el entendimiento; tal forma de relacionar ambas facultades del conocimiento, ¿no es en sí mismo lo que el Otro estipula como la forma correcta de relacionarse, como la representación “normal” del Mundo?

“Podríase incluso definir el gusto, como facultad de juzgar aquello que hace universalmente comunicable nuestro sentimiento en una representación dada, sin intervención de un concepto”¿Qué hace comunicable nuestro sentimiento en una representación dada? El gusto. ¿Y qué es el gusto? El efecto (placer) de un juzgar una representación dada, en tanto que tal juzgar es encontrar una concordancia libre entre la imaginación y el entendimiento. ¿Qué sería esta concordancia libre? El que la representación del juicio se subsuma en la facultad de juzgar como concepto: la representación representa la función esencial de la facultad de juzgar como ordenación de la representación en el tiempo (en el conocimiento, la representación es efecto de una causa natural, o sea algo que no es sujeto; en la moral, la representación es efecto de una causa moral, o sea algo que sí es sujeto). En el juicio estético, entonces, se da una especie de simulacro de juicio de conocimiento o juicio moral, donde no se llega a tomar ningún concepto del entendimiento, sino uno derivado de la misma facultad de juzgar. ¿Esto no sería lo mismo que subsumir la representación en un concepto del entendimiento? ¿No es el concepto de la facultad de juzgar un concepto perteneciente al entendimiento? Creo que el concepto de la facultad de juzgar es equivalente a la “X” que en la deducción del esquematismo Kant define como aquello que ha de ser representado: el referente. Esto nos pone en otra mirada de la KU: la facultad de juzgar, que, como dice Kant, da sentido al concepto, no es más que la demanda de referencia que se le hace al sujeto, demanda que nunca es satisfecha completamente, pero que establece una forma de referencialidad que siempre puede ser desbordada. ¿No será esto lo que Kant entiende por la fuerza y dinámica de la historia?

“Solo cuando la imaginación, en su libertad, y éste, sin concepto, pone la imaginación en un juego regular, entonces se comunica la representación, no como pensamiento, sino como sentimiento interior de un estado del espíritu conforme a fin”. (Kant, 1958, pág. 337)

¿Cómo puede el entendimiento actuar sobre la imaginación sin hacer uso de concepto alguno? Haciendo uso de la facultad de juzgar misma como concepto, no derivando concepto alguno de sí misma (como inteligencia que ve ordenadamente el mundo) sino como inteligencia que ve cómo ve ordenadamente el mundo. ¿La reflexión de este tipo de juicios, no describe el quehacer de la razón como un “verse a sí mismo viendo”? Creo que por eso se le llama a este tipo de juicios “reflexivos”, razón por la cual también son representación de la Idea de razón.

Sobre la necesidad de pensar en Dios como causa del gusto estético

“… La naturaleza ha producido esa belleza: este pensamiento debe acompañar la intuición y la reflexión, y en él sólo se funda el interés inmediato que en aquélla se toma…” (Kant, 1958, pág.344)

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La cita apunta a una idea muy importante: se debe pensar en una inteligencia, una subjetividad, que haya formado en la naturaleza la disposición adecuada para poder ver en ella armonía; en el momento en que descubrimos que tal armonía es artificiosa o arbitraria, se deshace toda experiencia estética. ¿Por qué? Porque la experiencia estética descansa sobre la Idea de la razón, Idea que es precisamente lo supuesto por el Juicio para hacer de su juicio un juicio estético: hay una “cosa” suprasensible ahí donde se muestra belleza.

El juicio moral

“… Por otra parte, tenemos también otra facultad, en un Juicio intelectual, de determinar una satisfacción a priori para meras formas de máximas prácticas (en cuanto se califican a sí mismas por sí mismas para la legislación universal), y esta satisfacción la hacemos ley para cada cual, sin que nuestro juicio se funde en interés alguno, pero produciéndolo, sin embargo…” (Kant, 1958,pág. 345)

En el juicio moral se produce el interés moral mismo, no se reproduce. Esto es a lo que Zupancic se refería con la elección de la Triebfeder.

El arte presenta una característica importante de la facultad de juzgar

“3.° También se distingue arte de oficio: el primero llámase libre; el segundo puede también llamarse arte mercenario. Consideran el primero como si no pudiese alcanzar su finalidad (realizarse) más que como juego, es decir, como ocupación que es en sí misma agradable, y al segundo considérasele de tal modo que, como trabajo, es decir, ocupación que en sí misma es desagradable (fatigosa) y que sólo es atractiva por su efecto (verbigracia, a la ganancia), puede ser impuesta por la fuerza…” (Kant, 1958, págs. 352-353)

El arte libre, del que trata el juicio estético y la facultad de juzgar reflexiva sobre lo bello, está destinado a no alcanzar su finalidad más que como juego; su finalidad es ser juicio reflexionante independientemente del objeto juzgado. Por ello es que se debe adecuar a su propia ley: el juicio estético debe representar no el objeto o la ley, sino el mismo acto de juzgar.

La comunicabilidad del juicio estético como borde que el juicio determinante moral rebaza

“Cuando el arte, adecuado al conocimiento de un objeto posible, ejecuta los actos que se exigen para hacerlo real, es mecánico, pero si tiene como intención inmediata el sentimiento del placer, llámase arte estético. Éste es: o arte agradable, o bello. Es el primero cuando el fin es que el placer acompañe las representaciones como meras sensaciones; es el segundo cuando el gin es que el placer acompañe las representaciones como modos de conocimiento.” (Kant, 1958, pág. 355)

“Arte bello, en cambio, es un modo de representación que pos ´sí mismo es conforme a in, y, aunque sin fin, fomenta, sin embargo, la cultura de las facultades del espíritu para la comunicación social.” (Kant, 1958, pág. 356)

“La universal comunicabilidad de un placer lleva consigo, en su concepto, la condición de que no debe ser un placer del goce nacido de la mera sensación, sino de la reflexión, y así, el arte estético.

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Como arte bello, es d tal índole que tiene por medida el Juicio reflexionante y no la sensación de los sentidos”. (Kant, 1958, pág. 356)

El juicio estético es un efectuar el proceso de conocer y truncarlo mediante la indiferenciación en la selección del objeto, o mejor dicho en la indiferenciación en la constitución de las características del objeto de conocimiento. Gracias a tal indiferenciación el juicio estético puede ser comunicado (tiene forma lógica, o sea que puede decir algo sobre algo), pero lo que dice no tiene como referente el objeto sobre el que se habla sino el mismo acto de juzgar el objeto; por ello el sujeto de enunciación puede demandar que todo otro sujeto esté de acuerdo con él, pues lo que demanda es que todo otro sujeto pueda realizar un juicio sobre el mismo acto de juzgar. ¿Y qué dice sobre el acto de juzgar? Que el juzgar siempre es un acto libre.

La teleología de la naturaleza se instancia eminentemente en el genio

“Genio es el talento (dote natural) que da la regla al arte. Como el talento mismo, en cuanto es una faculta innata productora del artista, pertenezca a la naturaleza, podríamos expresarnos así: genio es la capacidad espiritual innata (ingenium) mediante la cual la naturaleza da la regla al arte.” (Kant, 1958, págs. 358-359)

Podríamos decir que, con la afirmación del genio como capacidad mediata de la naturaleza, Kant cierra el paso a la validación de la subjetividad en el plano de la imaginación o entendimiento. La subjetividad podrá encontrar validación sólo como tarea de la razón, lugar donde la libertad se pondrá en sí misma en el juego de representaciones: la razón misma será prueba de que la libertad del sujeto como sujeto moral no solo es posible sino necesaria apodícticamente.

El genio

“De aquí se ve: 1° Que el genio es un talento de producir aquello para lo cual no puede darse regla determinada alguna, y no una capacidad de habilidad, para lo cual puede aprenderse, según alguna regla; por consiguiente, que originalidad debe ser su primera cualidad; 2° Que, dado que puede también haber un absurdo original, sus productos deben ser al mismo tiempo modelos, es decir, ejemplares; por lo tanto, no nacidos ellos mismos de la imitación, debiendo, sin embargo, servir a la de otros, es decir, de medida o regla del juicio; 3° Que el genio no puede él mismo descubrir o indicar científicamente cómo realizar sus productos, sino que da la regla de ello como naturaleza, y de aquí que el creador de un producto que debe a su propio genio no sepa él mismo cómo en él las ideas se encuentran para ello, si tenga poder para encontrarlas cuando quiere, o, según un plan, ni comunicarlas a otros, en forma de preceptos que los pongan en estado de crear iguales productos (por eso, probablemente, se hace venir genio de genius, espíritu peculiar dado a un hombre desde su nacimiento, y que le protege y dirige, y de cuya presencia procederían esas ideas originales); 4° Que la naturaleza, mediante el genio, presenta, la regla, no a la ciencia, sino al arte, y aun esto, sólo cuando éste ha de ser arte bello.” (Kant, 1958, págs. 359-360)

Analicemos las reglas:o 1° el genio es talento. El talento, tal como parece indicar Kant, no es algo que se

aprenda o enseñe, sino una cualidad especial y que sólo se incrusta en el individuo. Dado que el talento es individual, la originalidad tendrá un carácter también individual; lo original nace desde la creación del individuo y se instala o

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no en los otros como ley (conocimiento, moralidad) o ejemplaridad (estética). Creo que lo que esta primera característica del genio nos pude decir sobre el juicio moral es que el conocimiento que crea el juicio moral no es comunicable como el juicio cognoscitivo, sino como lo es el juicio estético, por medo de ejemplificaciones.

o 2° Los productos del genio deben ser modelos, es decir ejemplares. No pueden estos modelos ser imitación de algo más (así como las máximas morales no pueden sostenerse sobre justificaciones distintas a las del sujeto mismo).

o 3º Creo que esta es la idea más fuerte: el genio no es dueño de sus ideas, ni puede explicarlas científicamente ni puede dar reglas para que sus productos sean reproducidos. Entonces, es claro que el genio es más una manifestación de la naturaleza o necesidad externa que expresión de la libertad. Es el juicio determinante moral el que expresará el carácter de la libertad con una proximidad inmejorable. Como en la apreciación cinematográfica, el indicio da cuenta de la existencia del objeto, pero no dice nada más sobre él. Así, el juicio reflexionante se muestra como juzgar el placer en el mismo sujeto como representación de conformidad imaginación-entendimiento donde no se sabe de dónde viene tal conformidad; en el juicio determinante moral, por el contrario, el sujeto está en la obligación de hacerse a sí mismo la fuente de la conformidad, pero no entre la imaginación y el entendimiento sino entre la imaginación productiva (esquematización, juicio) y la razón.

Sobre el gusto y el genio como sinónimos del narratario y el narrador

“Para el juicio de objetos bellos como tales se exige gusto; pero para el arte bello, es decir, para la creación de tales objetos, se exige genio.” (Kant, 1958, pág. 366)

Esto sugiere que para tener gusto es necesario ser moral, pero para ser genio solo queda tener suerte (o mala suerte). Y esto nos lleva a decir que para ser morales no se requiere de genio sino solo de buena voluntad, o sea de tener la voluntad para determinar la voluntad con un fin determinado y hacerse responsable por tal determinación.

Sobre el espíritu estético entendido como Triebfeder

“De ciertos productos de los cuales se espera que deban, en parte al menos, mostrarse como arte bello, dícese que no tienen espíritu, aunque en ellos, en lo que al gusto se refiere, no haya nada que vituperar. Una poesía puede estar muy bien y ser muy elegante, pero sin espíritu. Una historia es exacta y está ordenada, pero sin espíritu. Un discurso solemne, es profundo y a la vez delicado, pero sin espíritu. Algunas conversaciones son entretenidas, pero sin espíritu. De una muchacha incluso se dice: <<Es bonita, habla bien, es amable, pero sin espíritu.>> ¿Qué es, púes, lo que aquí se entiende por espíritu?” (Kant, 1958, págs. 370-371)

Esto me parece confirma la idea anterior: la ciencia y la moral no tienen que ver con el genio, pero lo que el genio hace en la obra de arte es algo parecido a lo que en el sujeto se experimenta con la Ley Moral, un cierto espíritu que no se había tenido en cuenta antes de su aparición.

“Espíritu, en significación estética, se dice del principio vivificante en el alma; pero aquello por medio de lo cual ese principio vivifica el alma, la materia que aplica a ello, es lo que pone las

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facultades del espíritu con finalidad en movimiento, es decir, en un fuego tal que se conserva a sí mismo y fortalece las facultades para él.” (Kant, 1958, pág. 371)

“Ahora bien: afirmo que ese principio no es otra cosa que la facultad de la exposición de ideas estéticas, entendido por idea estética la representación de la imaginación que provoca a pensar mucho, sin que, sin embargo, pueda serle adecuado pensamiento alguno, es decir, concepto alguno, y que, por lo tanto, ningún lenguaje expresa del todo ni puede hacer comprensible. Fácilmente se ve que esto es lo que corresponde (el pendant) a una idea de la razón, que es, al contrario, un concepto al cual ninguna intuición (representación de la imaginación) puede ser adecuada.” (Kant, 1958, pág. 371)

Espíritu: principio vivificante del alma o facultad de la exposición de ideas estéticas. Ideas estéticas: representación de la imaginación que provoca a pensar mucho, sin que,

sin embargo, pueda serle adecuado pensamiento alguno, es decir, concepto alguno, y que, por lo tanto, ningún lenguaje expresa del todo ni puede hacer comprensible. Todo esto corresponde a la idea de la razón, que es un concepto al cual ninguna intuición puede ser adecuada.

o La idea estética, entonces, es la representación de la imaginación de la idea de la razón.

Poesía

“…; poesía es el arte de conducir un libre juego de la imaginación como un asunto del entendimiento.” (Kant, 1958, pág. 385)

La poesía es arte porque es la representación de la imaginación por medio de la imaginación misma (el juicio reflexivo estético), pero trata el asunto (o sea, la imaginación misma) como si fuera un objeto del entendimiento.

“… El poeta anuncia sólo un juego entretenido con ideas, y de él surge tanto para el entendimiento como si hubiese tenido la intención de tratar un asunto de éste…” (Kant, 1958, pág. 385)

“Entre todas, mantiene la poesía (que debe casi completamente al genio su origen y requiere menos que ninguna ser dirigida por precepto o ejemplos) el primer puesto. Extiende el espíritu, poniendo la imaginación en libertad, y, dentro de los límites de un conceptos dado, entre la ilimitada diversidad de posibles formas que con él concuerdan, ofrece la que enlaza la exposición del mismo con una abundancia de pensamientos a la cual ninguna expresión verbal es enteramente adecuada, elevándose así, estéticamente, hasta ideas. Fortalece el espíritu, haciéndole sentir su facultad libre, espontánea, independiente de la determinación de la naturaleza, de considerar la naturaleza y juzgarla como fenómeno, según aspectos que ella no ofrece por sí misma, ni para el sentido ni para el entendimiento en la experiencia, y de usarla así para el fin y, por decirlo así, como esquema de lo suprasensible. Juega con la apariencia que provoca a su gusto, sin por eso engañar, pues declara su ocupación misma mero juego que, sin embargo, puede ser usado conformemente a su fin por el entendimiento y para los asuntos de éste. La oratoria, entendiendo por ella el arte de persuadir, es decir, de imponerse por la bella apariencia (como ars oratoria) y no el mero hablar bien (elocuencia y estilo), es una dialéctica que toma de la poesía sólo lo que es necesario para seducir, en provecho del orador, a los espíritus antes del juicio y arrebatarles su libertad; así, pus, no puede aconsejarse ni para las salas de la justicia ni para la cátedra sagrada, pues cuando se trata de leyes civiles, del derecho de una

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persona, o de duradera enseñanza y determinación de los espíritus para un exacto conocimiento y una concienzuda observancia del deber, es indigno de un negocio tan importante el dejar ver la menor traza de exuberancia en el ingenio y en la imaginación, y más aún de ese arte de convencer y de seducir por el provecho de alguien. Pues aunque a menudo pueda emplearse para intenciones en sí conformes a derecho y dignas de elogio, sin embargo, en rechazable porque de ese modo, las máximas y los sentimientos se corrompen subjetivamente, aunque el hecho, objetivamente, es conforme a ley, no siendo bastante hacer lo que es recto sino que hay que realizarlo sólo por el motivo de que es recto…” (Kant, 1958, págs. 395-397)

Segunda sección: de la crítica del Juicio estéticoLa dialéctica del Juicio estético

El carácter de la dialéctica

“Un juicio que debe ser dialéctico, debe, ante todo, ser raciocinante, es decir, que los juicios del mismo deben pretender a la universalidad y esto a priori, pues en la oposición de semejantes juicios consiste la dialéctica…” (Kant, 1958, pág. 415)

Antinomia del gusto

“1° Tesis. El juicio de gusto no se funda en conceptos, pues de otro modo, se podría disputar (decidir por medio de pruebas) sobre él.

2° Antítesis. El juicio de gusto se funda en conceptos, pues de otro modo, no se podría, prescindiendo de su diferencia, ni siquiera discutir sobre él (pretender a un necesario acuerdo de otros con ese juicio).” (Kant, 1958, pág. 418)

Dialéctica del gusto: el juicio de gusto o bien se puede enunciar o bien se puede comprender, pero no se puede enunciar algo comprensible por otro ni comprender algo distinto a lo que uno mismo piensa.

Solución de la antinomia del juicio de gusto estético

“El juicio de gusto tiene que referirse a algún concepto, pues si no, no podría pretender de ningún modo a validez necesaria para cada cual. Pero por eso mismo no puede ser demostrable por un concepto, porque un concepto puede ser, o determinable, o indeterminado en sí, y, al mismo tiempo, indeterminable. De la primera clase es el concepto del entendimiento, que es determinable por medio de predicados de la intuición sensible que puede corresponderle; de la segunda clase es el concepto trascendental de la razón de lo suprasensible, que está a la base de toda aquella intuición, y que no puede ser determinado más allá, teóricamente.” (Kant, 1958, pág. 419)

El concepto trascendental de la razón de lo suprasensible es aquél concepto indeterminado e indeterminable, y que está a la base de toda intuición sensible que demanda el concepto para su determinación.

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“Ahora bien: el juicio de gusto se aplica a objetos de los sentidos, pero no con el fin de determinar un concepto de los mismos para el entendimiento, pues no es ningún juicio de conocimiento. Por lo tanto, como representación individual intuitiva referida al sentimiento del placer, es sólo un juicio privado, y, en cuanto lo es, se limitaría, según su validez, al individuo que juzga: el objeto es para mí un objeto de satisfacción; para otros puede ocurrir de otro modo –cada uno tiene su gusto.

Sin embargo, hay encerrada en el juicio de gusto, sin duda alguna, una relación ampliada de la representación del objeto (al mismo tiempo, también del sujeto), sobre la cual fundamos una extensión de esa clase de juicios como necesaria para cada uno, a la base de la cual, por tanto, debe estar necesariamente algún concepto, pero un concepto que no se deja determinar por intuición, mediante el cual no se puede conocer nada, y, por tanto, no se puede dirigir prueba alguna, para el juicio de gusto. Un concepto semejante es, empero, el mero y puro concepto de razón de lo suprasensible, que está a la base del objeto (y también a la del sujeto que juzga) como objeto de los sentidos, y, por tanto, como fenómeno, pues si no se tuviera esta consideración, la pretensión del juicio de gusto a validez universal no podría salvarse; si el concepto en que se funda un simple concepto confuso del entendimiento, algo así como de perfección, al cual se pudiera, en correspondencia, asocial la intuición sensible de la belleza, sería, por lo menos, posible en sí fundar el juicio de gusto en pruebas, lo cual contradice la tesis.” (Kant, 1958, págs. 420-421)

El concepto a la base de todo objeto fenoménico y a la base del mismo sujeto “que juzga” (esto es importante) es el concepto de lo suprasensible. Esto quiere decir que a la base del sujeto del enunciado (objeto representacional) y del sujeto de enunciación (sujeto propiamente dicho, o sea sujeto representacional, el sujeto que crea la representación), digo a la base del objeto y del sujeto se halla un concepto de la razón que indica la primacía de lo suprasensible, lo que entiendo como lo ontológico. ¿Qué concepto es éste? Diría Kant que es la libertad, absolutamente indeterminable para el sujeto “que juzga”, pero a la vista solo mediante sus indicios (objetos que dan cuenta de su existencia a pesar de su ausencia en la intuición sensible). Pero, como señalará Kant en la KpV la libertad no es demostrable sino solo a través de la demostración del imperativo categórico, el cual demuestra, a su vez, la necesidad de la ley moral. Es la ley moral la que se muestra como el indicio de la libertad; la ley moral siempre nos llevará a sospechar la sujeción del sujeto a la ley de la causalidad de la naturaleza, pero nos demandará, nuevamente, interpretar los objetos de la naturaleza como indicios de la libertad, o sea como efectos de una decisión tomada de antemano.

Definición de Idea

“… Ideas, en la significación más universal, son representaciones referidas, según un cierto principio (subjetivo u objetivo), a un objeto, en cuanto, empero, no pueden nunca llegar a ser un conocimiento del mismo. Se refiere, o a una intuición, según un principio meramente subjetivo de la concordancia de las facultad de conocer unas con otras (de la imaginación con el entendimiento), y entonces se llaman estéticas; o a un concepto, según un principio

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objetivo, sin poder, empero, proporcionar nunca un conocimiento del objeto, y se llaman ideas de la razón; en este caso, el concepto es un concepto trascendente, que es distinto del concepto del entendimiento, bajo el cual siempre se puede poner una experiencia adecuada correspondiente, y que, por eso, se llama inmanente.” (Kant, 1958, pág. 424)

Idea: representación de un objeto que no puede llegar a ser conocimiento del mismo, o sea juicio determinante (cognoscitivo o moral).

“Según esto, el concepto de la razón de un substrato suprasensible de todos los fenómenos en general, o también de lo que debe ser puesto a la base de nuestra voluntad, en relación a leyes morales, a saber, de la liberad trascendental, es ya, según la especie, un concepto indemostrable y una idea de la razón, mientras que la virtud lo es según el grado, porque para el primero, en sí, no puede ser dado en la experiencia nada que le corresponda según la cualidad, pero en el segundo ningún producto de experiencia de esa causalidad alcanza el grado que la idea de la razón prescribe como regla.” (Kant, 1958, pág. 427)

Del idealismo de la finalidad de la naturaleza y del arte, como principio único del Juicio estético

“Pero lo que demuestra directamente el principio de la idealidad de la finalidad en lo bello de la naturaleza, como principio que ponemos siempre a la base del Juicio estético mismo y que no nos permite emplear realismo alguno de un fin de aquella para nuestra facultad de representar, como base de explicación, lo que demuestra eso es que buscamos, en el juicio de la belleza en general la medida de la misma a priori en nosotros mismos, y que el Juicio estético, en consideración del juicio de si algo es o no bello, es él mismo legislador, lo cual no puede ocurrir si admitimos el realismo de la finalidad de la naturaleza, porque entonces debiéramos aprender de la naturaleza qué es lo que hemos de encontrar bello, y el juicio de gusto estaría sometido a principios empíricos. Pero en un juicio semejante no se trata de lo que la naturaleza sea o de lo que sea, como fin, para nosotros, sino de cómo nosotros la cogemos. Sería siempre una finalidad objetiva de la naturaleza si ésta hubiese formado sus formas para nuestra satisfacción, y no una finalidad subjetiva que descanse en el juego de la imaginación en su libertad; en este caso, es con favor con lo que cogemos nosotros la naturaleza, pero no es favor que ella nos muestra. La cualidad de la naturaleza de encerrar para nosotros ocasión de percibir la interna finalidad en la relación de nuestras facultades del espíritu, de juzgar ciertos productos de aquélla y de percibirla como una finalidad tal que deba ser declarada, por un fundamento suprasensible; necesaria y universalmente valedera, no puede ser fin de la naturaleza, o más bien, no puede ser juzgada por nosotros como tal, porque de serlo, el juicio que por ello se determinara tendría por base una heteronomía, pero no, como conviene a un juicio de gusto, una autonomía, y no sería libre.” (Kant,1958, págs. 439-441)

De la belleza como símbolo de la moralidad

“Toda hipótesis (exposición, sujectio sub adspectum), como sensibilización, es doble: o esquemática, cuando a un concepto que el entendimiento comprende es dada a priori la intuición correspondiente; o simbólica, cuando bajo un concepto que sólo la razón puede pensar, y del cual

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ninguna intuición sensible adecuada puede darse, se pone una intuición en la cual solamente el proceder del Juicio es análogo al que observa en el esquematizar, es decir, que concuerda con él sólo según la regla de ese proceder y no según la intuición misma; por lo tanto, sólo según la forma de la reflexión y no según el contenido.” (Kant, 1958, págs. 442-443)

En la forma de sensibilización simbólica se pone bajo la idea de razón una intuición que concuerda con la idea en la medida en que se somete a la regla del proceder del “juzgar la idea” y no según la intuición misma, o sea según la forma del juicio reflexivo y no según el contenido del juicio. ¿Cuál es el proceder del juzgar que es análogo al del esquematizar?

El modo de representar esquemático es el que adecua el concepto del entendimiento a la intuición dada. El proceder del juicio determinante cognoscitivo organiza la intuición en función a la regla de determinación temporal del concepto; en el caso del proceder del juzgar reflexivo, la ordenación temporal no se da en función a un concepto del entendimiento sino al de la razón, el cual no puede reglar el tiempo de acuerdo a la sucesión sino a lo que desborda toda causalidad natural y asegura la existencia de la causalidad de la libertad, o sea que se garantice que el sujeto pueda ponerse siempre como causa del acto/fenómeno.

“Todas las intuiciones que se ponen bajo conceptos a priori son esquemas o símbolos, encerrando los primeros exposiciones directas de conceptos; los segundos, indirectas. Los primeros lo hacen demostrativamente; los segundos, por medio de una analogía (para la cual también se utilizan intuiciones empíricas), en la cual el Juicio realiza una doble ocupación: primero, aplicar el concepto al objeto de una intuición sensible, y después, en segundo lugar, aplicar la mera regla de la reflexión sobre aquella intuición a un objeto totalmente distinto, y del cual el primero es sólo el símbolo. Así, un estado monárquico que esté regido por leyes populares internas, es representado por un cuerpo animado; por una simple máquina (como, verbigracia, un molinillo), cuando es regido por una voluntad única absoluta; pero en ambos casos sólo simbólicamente, pues entre un estado despótico y un molinillo no hay ningún parecido, pero sí lo hay en la regla de reflexionar sobre ambos y sobre su causalidad. Este asunto ha sido, hasta ahora, aún poco analizado, aunque merece una investigación más profunda; pero no es éste el lugar de detenerse en ello. Nuestra lengua está lleva de semejantes exposiciones indirectas, según una analogía, en las cuales la expresión no encierra propiamente el esquema para el concepto, sino sólo un símbolo para la reflexión.” (Kant, 1958, págs. 443-444)

¿Cómo calza aquí la construcción temporal de la representación? Pues en función a la estructura categorial misma: cualidad, cantidad, relación y modalidad. Cada categoría presenta una forma de establecer reglas que han de ser aplicadas a un objeto determinado en función a la forma de ser aplicada a un objeto diferente. Kant llama a esta forma de juicio simbolización, pero ahora nosotros la llamamos carácter metafórico y metonímico del lenguaje, o sea la propia esencia del lenguaje.

“Ahora bien, digo: lo bello es el símbolo del bien moral, y sólo también en esta consideración (la de una relación que es natural a cada cual, y que cada cual también exige a lo demás como deber)

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place con una pretensión a la aprobación de cada cual; el espíritu, al mismo tiempo, tiene consciencia de un cierto ennoblecimiento y de una cierta elevación por encima de la mera receptividad de un placer por medio de impresiones sensibles, y estima el valor de los demás también por una máxima semejante del Juicio. Es lo inteligible hacia donde, como lo declaró el anterior párrafo, mira el gusto; en él concuerdan nuestras facultades de conocer superiores, y sin él se alzarían puras contradicciones entre la naturaleza de éstas, comparadas con las pretensiones del gusto. En esa facultad no se ve sometido el Juicio, como, por lo demás, en el juicio empírico, a una heteronomía de las leyes de la experiencia: se da a sí mismo la ley en consideración de los objetos de una satisfacción tan pura, como la razón lo hace en consideración de la facultad de desear, y se ve, tanto a causa de esa interior posibilidad en el sujeto, como a causa de la exterior posibilidad de una naturaleza en concordancia, referido a algo, en el sujeto mismo y fuera de él, que no es naturaleza ni tampoco libertad, pero, sin embargo, está enlazado con la base de la última, a saber, con lo suprasensible en el cual la facultad teórica está unida con la práctica de un modo común y desconocido…” (Kant, 1958, págs. 445-446)

Kan lo dice claramente: “Es lo inteligible hacia donde… mira el gusto”. El mirar que busca referencia no puede sino dirigirse hacia lo inteligible, o sea a su propia regla de constitución: hacia donde debe mirar es hacia su mismo acto de mirar, hacia su misma perspectiva, hacia su sesgo. ¿Cómo mirar el sesgo? El juicio reflexivo no hace otra cosa sino mirar el sesgo –claro, desde otro sesgo- por lo que da cuenta de la posición de la mirada, da cuenta de la distancia y, con ello, de lo que funda el gusto, el mirar mismo. La mirada al objeto es la única condición de posibilidad universal y comunicable del juicio estético, pero no necesita más, pues la mirada misma, en tanto que es mirada de un sujeto individual, ya tiene todo el contenido que necesita para elaborar el juicio.

“La propedéutica para todo arte bello, en cuanto se trata del más alto grado de su perfección no parece estar en preceptos, sino en la cultura de las facultades del espíritu, por medio de aquellos conocimientos previos que se llaman humaniora, probablemente porque humanidad significa, por una parte, el sentimiento universal de simpatía, por otra parte, la facultad de poderse comunicar universal e interiormente, propiedades ambas que, unidas, constituyen la sociabilidad propia de la humanidad, por medio de la cual se distingue del aislamiento de los animales. La época y los pueblos en que el instinto, empujado hacia una sociabilidad legislada, mediante la cual un pueblo constituye un ser duradero y general, luchó contra las grandes dificultades que rodean al difícil problema de reunir la libertad (y también igualdad) con la coacción (más respeto y sumisión por deber que miedo), semejante época y semejante pueblo debió primero inventar el arte de la recíproca comunicación de las ideas de la parte más cultivada con las de la más ruda, la armonía de la amplitud y afinamiento de la primera con la sencillez natural y la originalidad de la última, y, de ese modo, el término medio entre la más alta cultura y la suficiente naturaleza, que constituye también para el gusto, como sentido universal del hombre, la medida exacta, imposible de formular, según regla alguna universal.” (Kant, 1958, págs. 450-451)

Humanidad: sentimiento universal de simpatía y comunicabilidad (universal e interiormente). Ambas propiedades constituyen la sociabilidad propia de la humanidad. La

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humanidad es fundamentalmente sociabilidad, siendo el caso que los animales, en su animalidad, se distinguen por su ser para el aislamiento.

El gusto es la sensibilización de ideas morales

“Pero como el gusto, en el fondo, es una facultad de juzgar la sensibilización de ideas morales (por medio de una cierta analogía de la reflexión sobre ambas), y como de esa facultad, así como de la mayor receptividad que en ella se funda para el sentimiento (llamado moral) de esas ideas morales, se deriva el placer, que el gusto declara valedero para la humanidad en general y no sólo para el sentimiento privado de cada cual, resulta que se ve claramente que la verdadera propedéutica para fundar el gusto es el desarrollo de ideas morales, puesto que sólo cuando la sensibilidad es puesta de acuerdo con éste, puede el verdadero gusto adoptar una determinación e incambiable forma.” (Kant, 1958, págs. 451-452)