COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA · PDF fileCOSTA RICA PRESIDENCIA DE LA...

download COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA · PDF fileCOSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL 2 a todo (sic) con las necesidades de recurso humano

If you can't read please download the document

Transcript of COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA · PDF fileCOSTA RICA PRESIDENCIA DE LA...

  • COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA

    DIRECCIN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

    1

    RESOLUCIN DG-234-2009 DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL. San Jos, a las catorce horas del veintisiete de julio del dos mil nueve.

    CONSIDERANDO:

    1. Que el artculo 191 de la Constitucin Poltica dispone que un Estatuto de Servicio Civil, ser el cuerpo jurdico que regular las relaciones entre el Estado y los servidores, con el propsito de garantizar la eficiencia de la Administracin Pblica.

    2. Que para dar cumplimiento a este mandato constitucional, se dota a la

    Direccin General de Servicio Civil como un rgano desconcentrado en grado mximo, a la cual el Estatuto de Servicio Civil le otorga competencias propias en materia de clasificacin, seleccin y valoracin del empleo pblico.

    3. Que siendo la Direccin General de Servicio Civil titular de competencias

    propias en estas materias, de acuerdo con lo que dispone el artculo 13 del Estatuto de Servicio Civil, es el nico rgano dentro del Poder Ejecutivo que debe seleccionar, valorar y clasificar los puestos dentro del Rgimen de Servicio Civil.

    4. Que mediante Decreto Ejecutivo No.25592-MP del 15 de noviembre de mil

    novecientos noventa y seis, se derogan los Decretos Ejecutivos que sustentaron el sistema de clasificacin y valoracin de puestos y crea otro modelo con caractersticas diferentes.

    5. Que en apego al Decreto Ejecutivo citado en el punto precedente las

    instituciones cubiertas por el Rgimen de Servicio Civil, elaboraron sus respectivos manuales institucionales, los cuales fueron aprobados por esta Direccin General mediante su rea Normativa, anteriormente denominada Instrumentacin Tecnolgica y actualmente Gestin de Recursos Humanos.

    6. Que de acuerdo con el artculo 6 del Decreto Ejecutivo antes citado, tanto el Manual de Clases Anchas del Rgimen de Servicio Civil, como los Manuales institucionales, debern ser aprobados y emitidos por resolucin de la Direccin General de Servicio Civil, por medio de la unidad competente. Igual procedimiento se seguir para posteriormente crear, modificar o suprimir dichas clases o cuando se determine un cambio de cdigo.....

    7. Que como parte del Plan Nacional de Desarrollo para el perodo 2006-2010

    Jorge Manuel Dengo Obregn, punto 4.1.4.4 se establecen acciones estratgicas dirigidas a modernizar el empleo pblico vigente, para ponerlo

  • COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA

    DIRECCIN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

    2

    a todo (sic) con las necesidades de recurso humano de la Administracin Pblica.

    8. Que producto de la modificacin de la estructura ocupacional y salarial de los estratos profesional y gerencial del Rgimen de Servicio Civil, mediante resolucin DG-279-2007, se ha determinado la necesidad de contar con un sistema clasificado de puestos gil, sencillo y uniforme mediante una nueva estructura de clases para los estratos Operativo, Calificado y Tcnico, que permita el desarrollo personal de los servidores pblicos y la equidad salarial del sistema.

    9. Que esta Direccin General de Servicio Civil mediante su rea de Gestin

    de Recursos Humanos, emiti el informe tcnico N GESTIN-SAO-054-2009 del 1 de julio del 2009, en el cual se recomienda eliminar algunas clases de puestos correspondientes a los estratos Operativo, Calificado y Tcnico contenidas tanto en el Manual de Clases Anchas como en los Manuales Institucionales de Clases. En su lugar, plantea una nueva estructura de clases para caracterizar las labores propias de dichos estratos, con el fin de ajustar el instrumento clasificador de los empleos en el Rgimen de Servicio Civil.

    10. Que en cumplimiento del acuerdo de la Comisin Negociadora del Sector Pblico de las diecisiete horas con quince minutos del diecisiete de junio del 2009, se acord aceptar el reajuste salarial por reestructuracin para las clases no profesionales del Ttulo I, presentado por la Direccin General de Servicio Civil propuesta, que deber regir a partir del 1 de julio del presente ao ... .

    11. Que la Asesora Jurdica de esta Direccin General, autoriz el texto de la presente resolucin segn consta en oficio AJ-385-2009 del 24 de julio del 2009.

    Por tanto,

    LA DIRECTORA DEL REA DE GESTIN DE RECURSOS HUMANOS En uso de las facultades que le confiere el Estatuto de Servicio Civil, as como el acuerdo No. 002-2008-SC, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 221 de fecha 14 de noviembre del 2008.

  • COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA

    DIRECCIN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

    3

    RESUELVE: Artculo 1: Modificar el Manual de Clases Anchas sustentado en la Resolucin DG-055-97 de fecha 05 de junio de 1997 y sus reformas, con el fin de suprimir las siguientes descripciones y especificaciones de clases de puesto:

    Trabajador Miscelneo 1 (G. de E.) Auxiliar de Proveedura y Bodegas 1

    Tcnico Jefe 1 (G. de E.)

    Trabajador Miscelneo 2 (G. de E.)

    Auxiliar de Proveedura y Bodegas 2

    Tcnico Jefe 2 (G. de E.)

    Trabajador Miscelneo 3 (G. de E.) Supervisor de Proveedura y Bodegas

    Tcnico Jefe 3 (G. de E.)

    Trabajador Miscelneo Jefe (G. de E.)

    Oficinista 1 Tcnico y Profesional 1 (G. de E.)

    Trabajador Especializado 1 (G. de E.)

    Oficinista 2 (G. de E.) Tcnico y Profesional 2 (G. de E.)

    Trabajador Especializado 2 (G. de E.)

    Oficinista 3 (G. de E.) Tcnico y Profesional 3 (G. de E.)

    Trabajador Especializado 3 (G. de E.)

    Oficinista 4 (G. de E.) Auxiliar de Salud 1

    Trabajador Especializado 4 (G. de E.)

    Secretario Auxiliar de Salud 2

    Trabajador Especializado Jefe 1 (G. de E.)

    Secretario Bilinge (G. de E.) Asistente de Salud 1

    Trabajador Especializado Jefe 2 (G. de E.)

    Secretario Ejecutivo 1 Asistente de Salud 2

    Trabajador Especializado Jefe 3 (G. de E.)

    Secretario Ejecutivo 2 Asistente de Salud 3

    Electricista de Aeropuerto 1 Secretario Ejecutivo 3 Asistente de Salud 4

    Electricista de Aeropuerto 2 Auxiliar de Contabilidad 1 Inspector 1 (G. de E.)

    Agente de Seguridad y Vigilancia 1 Auxiliar de Contabilidad 2 Inspector 2 (G. de E.)

    Agente de Seguridad y Vigilancia 2 Contador 1 Inspector 3 (G. de E.)

    Agente de Seguridad y Vigilancia 3 Contador 2 Inspector Jefe 1 (G. de E.)

  • COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA

    DIRECCIN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

    4

    Jefe de Seguridad y Vigilancia 1 Contador 3 Inspector Jefe 2 (G. de E.)

    Jefe de Seguridad y Vigilancia 2 Contador 4 Inspector Jefe 3 (G. de E.)

    Operador de Equipo Mvil 1 Tcnico 1 (G. de E.) Tcnico de Radioenlaces 1 M.S.P

    Operador de Equipo Mvil 2 Tcnico 2 (G. de E.) Tcnico de Radioenlaces 2 M.S.P

    Operador de Equipo Mvil 3 Tcnico 3 (G. de E.) Tcnico de Radioenlaces 3 M.S.P

    Operador de Equipo Estacionario Tcnico 4 (G. de E.)

    Artculo 2: Modificar la Resolucin DG-133-97 de fecha 05 de diciembre de 1997 y sus reformas, correspondiente al Manual Institucional de Clases de la Direccin Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), con el propsito de suprimir del mismo las clases que se indican a continuacin:

    Asistente Administrativo de DINADECO (G. de E.), Nivel A y B

    Auxiliar de Contabilidad de DINADECO

    Auxiliar de Servicios Administrativos de DINADECO (G. de E.)

    Bodeguero de DINADECO

    Contador de DINADECO

    Tcnico de DINADECO (G. de E.), Nivel A y B

    Artculo 3: Modificar la Resolucin DG-184-99 de fecha 02 de diciembre de 1999 y sus reformas, correspondiente al Manual Institucional de Clases de la Procuradura General de la Repblica, con el propsito de suprimir del mismo la clase que se indica a continuacin:

    Asistente de Servicios Administrativos (G. de E.), Grupos A, B, C y D Artculo 4: Modificar la Resolucin DG-135-2000 de fecha 21 de diciembre del 2000 y sus reformas, correspondiente al Manual Institucional de Clases del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con el propsito de suprimir del mismo las clases que se indican a continuacin:

    Asistente de Procesos 1 (G. de E.)

    Asistente de Procesos 2 (G. de E.)

    Asistente de Procesos Administrativos 1 (G. de E.)

    Asistente de Procesos Administrativos 2

    Asistente de Procesos Administrativos 3

    Contador

    Tcnico Especializado de Procesos (G. de E.), Grupos A y B

  • COSTA RICA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA

    DIRECCIN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

    5

    Trabajador Especializado (G. de E.)

    Trabajador Operativo (G. de E.), Grupos A, B y C Artculo 5: Modificar la Resolucin DG-175-2002, de fecha 30 de agosto del 2002 y sus reformas, correspondiente al Manual Institucional de Clases del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, con el propsito de suprimir del mismo las clases que se indican a continuacin:

    Asistente Administrativo (G. de E.)

    Auxiliar Contable

    Conductor mensajero

    Secretario (a) Ejecutivo (a)

    Tcnico Ejecutor (G. de E.)

    Artculo 6: Derogar la Resolucin DG-087-2002 de fecha 03 de mayo del 2002 y sus reformas, mediante la cual se cre el Manual Institucional de Clases del Consejo Nacional de Concesiones. Artculo 7: Derogar la Resolucin DG-165-98 de fecha 11 de noviembre de 1998 y sus reformas, con la cual se cre el Manual Institucional de Clases del Consejo Nacional de Poltica Pblica de la Persona Joven. Artculo 8: Modificar la Resolucin DG-112-98 de fecha 04 de agosto de 1998 y sus reformas, correspondiente al Manual Institucional de Clases de la Direccin General de Aviacin Civil, con el propsito de suprimir del mismo las clases que se indican a continuacin:

    Administrador de Aeropuerto, Nivel A

    Asistente Administrativo y de Servicios, Niv