Cortes Estatuto

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EL GG A A- 11 n'Yo

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liT,112T204atateriair pata eítt

MADRID:

IMPRENTA DE YENES.

18:37.

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INTRODUCCION.

No es nuestro ánimo escribir la histo-ria de la epoca en que rigió el famoso realdecreto de lo de abril' de 1834, que con elnombre de Estatuto Real duró hasta el 13de agosto de 1836. Ni presumirnos tenerlos medios suficientes para tamaña obra, nies ocasion la presente de poderío hacer conimparcialidad y sin riesgos. Tiempo vendrá,en que amortiguadas las pasiones reco-brando su imperio los fieros de la verdad,se ocupen los literatos de empresa tan dig-

na de una pluma maestra, como propia pa-ra lucir el ingenio y para dar lecciones álos pueblos, á los reyes y á los honzbres deestado.

Más como corriendo el tiempo pudieranoscurecerse algunos hechos y desaparecerdocumentos importantes y datos curiosísi-mos, que tenemos hoy á la mano, á effizer-zos de nuestra laboriosidad y relaciones,nos ha parecido conveniente publicarlos des-de luego., con un ligero bosquejo de los pe-riódos y acontecimientos mas notables de

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aquellos veinte y ocho meses; que no ha sidomayor la duracion del improvisado régimen.

De las cuarenta piezas que comprendenuestro apéndice algunas han visto la luzen los papeles públicos espanOles , por losque se hallan diseminadas: otras. eran úni-camente conocidas por los periódicos estran-geros y en lenguas estranas, y otras hastaahora inéditas, hacen mas interesante estapublicacion. No nos toca juzgar de la obraque liemos redactado y compilado; ni pare-cería bien que encareciésemos su importan-cia para la historia Contemporánea; perom'años lícito observar , que el trabajo mate-rial inverlido en •acianular tantos daios,,p---chas y epílogos como abraza, merece cuan-do menos alguna Indulgencia de aquellos quesaben apreciar las tareas literarias.

Si consideraciones de conveniencia pú-

blica izo lo repugnasen, nuestro plan hubie-ra sido otro. Habríamos preparado un dis-

curso „filosófico-político, una memoria ra-zonada y pro/nada., que sirviera de base yde Mide° al desarrollo que despees ofrecenlos documentos, y al mayor desenvolvimientoque 'en adelante dieran al asunto escritores

distinguidos. Pero ¿quien que ame su patriay se duela de la mort gerá division y renco-res que hoy tienen los liberales esparioles, seatrevería a correr el peligro de atizar elincendio, ni aun á pasar la plaza de enemi-go de la union?. Cierto es que. esta virtud se proclama

y no se practica: que se apetece lo que nosiempre es posible: que se truecan con fre-cuencia los fines por los medios. Con lodo,preciso es á las veces respetar creenciasequivocadas, ó hay que buscar los flancospara combatirlas con provecho. Nosotrosprofesamos el principio de que la verdad,por dura y desnuda que sea, hace mas bie-nes que males; juzgarnos que el medio se-guro y pronto de rectificar la opinion, esdecir toda la verdad, poner en claro loshechos, quitar el disfraz á los enmascara-dos, y hacer justicia á lodos, condenandoel error, disimulando el estravío inocente yaplaudiendo el mérito verdadero. Emperoreconocemos que hay casos en que la pru-dencia humana y el comun sentido aconse-jan otra cosa, y cedemos al juicio de la ma-yoría de nuestros conciudadanos, que en es-

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tos momentos pide cordura e indulgenciacon los fraccionarios del partido liberal, pa-ra que aunados triunfemos del irreconcilia-ble enemigo.

Para llenar debidamente nuestro pri-mer intento había que descubrir las llagasde los males públicos y profundizarlas.¿Quién quedaría libre de mancha? Todoscuantos han tomado parte en los negocios deesta naclon desafortunada tienen erroresque llorar, cual mas, cual menos. De uno yotro bando se han cruzado las acriminacio-nes , las violencias y las calumnias, ,¿y cuáles el fruto? No la conversion de un parti-do; no la desistencia de un círculo por pe-queilo que sea; no el reconocimiento de unaSola equivocacion; no la sincera cozzcífiaclozzde dos rivales; sino el mayor calor en lalucha, 727100S resentimientos y mas crudaguerra intestina.

Mal podíamos pintar, con la verdadhistórica por norte, el cuadro de tantas des-dichas individuales y públicas, sin enconarmas los ánimos y dar nuevos pretestos ápugnas y enemistades. Era forzoso entraren revelaciones arriesgadas, recorrer apos-

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!asías, desenmascarar ambiciones ignobles,denunciar sórdidos manejos: y esto no seejecuta bien por la generacíon interesada enque unos aparezcan con lauro y •Otros conignominia. Todos tenernos hoy afeccionespersonales que defender: media el interespropio, la amistad y el espíritu de partido,porque todos hemos jugado mas ó menos enla escena política; y al carro trluafal queuna fracciozz-querría ofrecer á sus conjeos,seguirían necesariamente amarrados sus ad-versarios, cubiertos de polvo y de oprobio.No: dejemos á la posteridad el cargo dejuzgarnos: ella podrá, sin tantos Inconve-nientes corno ahora se presentan, referir yanalizar los acontecimientos, poniendo ensu verdadero lugar el estravío de unos, lapreinIsion de otros, la iniquidad de algunos,el civismo de pocos, la buena fe de muchos,el sufrimiento de los mas y el proceder detodos. Cada suceso y cada personage apare-cerá entonces COn sus propios y vivos colores:hoy no hay pincel que no esté manchado ensangre ó henchido de hieles.

Tócanos, sin embargo, á los que hemossido testigos presenciales de los sucesos, y cé

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los que hemos tenido parte en ellos, el ilus-trar á nuestros sucesores por cuantos mediospodamos. Sin este legado ellos se verían du-dosos, ó imposibilitados de escribir la histo-ria, porque con la generacion presente ha-brían perecido las pruebas auténticas y lascircunstancias agravantes de los hechos.

Limitado así nuestro plan á suministrarmateriales á los que el destino llame á sercronistas de la epoca recientemente pasada,dividiremos nuestro trabajo en tantas seccio-nes cuantos son los puntos cardinales sobreque debe versar la historia del Estatuto.En cada seccion se .propondrá un catálogode las cuestiones que es necesario resolverpara depurar la verdad, y para esplicar •las causas predisponentes de los sucesos, suscircunstancias mas notables, y las conse-cuencias inmediatas ó lejanas que cada unoprodujo: cuestiones que bien desenvueltas da-rán forma y colorido á todo el cuadro his-tórico el día que se esponga á la vista delpúblico. Sí la historia ha de servir de maes-tra á los hombres; si ha ele leerse para al-go mas que para entretener la imaginación,no basta narrar desnudamente; menester

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es que se analicen y espliejuen los hechos,Ole se investigue su OrígC12 que se retratenlos actores, que se depuren, en fin, las con-causas y los efectos y cuantos incidentes con-tribuyan á firmar un juicio crítico y filosó-fico de la época. •

El orden cronológico, combinado con laclasijicacion espresada de materias, será elque nos guíe en la reseña de los aconteci-mientos y en el índice de las controversias,que nos proponernos hacer; porque tal mé-todo es el mas acomodado á este género deescritos. El nuestro se dividirá en once sec-ciones ó capítulos, cuyo asunto será: 1.0 DelEstatuto Beal, histórica, legal y política-mente considerado: 2.0 De los ministerios,.haciendo distincion de las cuatro adminis-traciones Ilfartinéz de la Rosa , Toreno,Mendizabal é Isturiz: 3.0 De las córtes co-mo dos estamentos colegisladores en areslegislaturizs deferentes: 4.° .De la gueria ci-vil bajo los caracteres de cuestion defarni-tia, pugna de principios y revolucion de in-tereses: 5.° De los frailes, sea de la des-aparicion del clero regular: 6.° De la Mili-cia ciudadana en sus varios períodos: 7.0 De

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la política esterior y nuestras relaciones conEuropa: 8.° De la hacienda pública: 9.° Dela imprenta periódica bajo el régimen de lacensura previa: t o. Del espíritu pú bl ico enlas clases ilustradas y ricas y en las ma-sas: De la Esp:dia futura vishanbrada_al través del oscuro porvenir. Anchurosocampo ofrecemos á la contemplacion de loslectores: lo recorreremos con ligereza, de-signando los puntos de vista mas interesan-tes, y fijando algunas seííales, que sirvancomo de piedras millar/W.9 á otros explora-dores. Asiles será mas fácil adicionar nues-tro invento, perfeccionar el presente bosque-jo, y dar vida aillInada á este esqueleto in-forme y descarnado. •

ESTATUTO REAL.

La gloriosa revolucion de julio de 183o enel vecino reino de Francia reanimó al partidoliberal español , oprimido y vilipendiado por es-pacio de siete años en el interior, y espiado 6perseguido hasta en los estrafios climas dondemendigaba el pan amargo de la emigracion. Vi-no á dar nuevo aliento á la causa de los hom-bres libres la atrevida espedicion del emperador

xtD. Pedro sobre Portugal para reconquistar á suhija el trono constitucional qué le 'labia usur-pado el tirano D. Miguel. El realismo, que has-ta entonces habia contenido 'con el . rigor bárba-ro de 'los; déspotas las tentativas de los liberales,descubre su division en carlista y fernandino en1832, cuando se creyó muerto al monarca es-pañol. Fernando VII acaba de veras en 29 <lesetiembre ¿le 1833, y los fernandistas continuanopuestos al pretendiente con los dictados de cris—

tinos é isabelinos. fié aqui fraccionado el granpartido realista, y robustecidos los amantes dela libertad con la mejor y mas influyente partede aquel. Ya era indispensable que el poder tem-plase su autoridad en favor de los que le serviande escudo, y que estos, recordando sus derechosiniPreseriptibles, y conociéndose necesarios, exi-giesen garantías de buen gobierno.

Cea Bermudez, creyendo erradamente 6 quetodos los decididos por la hija de Fernando loeran por mera afcceion de familia, 6 que él erabastante para dominarlos á todos , se atrevió ádar el manifiesto de 4 de octubre de 1833,ne-

gándose á toda innovacion en las instituciones,y anunciando al pueblo que Isabel II regirla elcetro español con la potestad habitual y abso-luta que de su padre y abuelos lo habia hereda-do. No porfia durar un ministro que asi desco-nocia su posicion y el terreno que }labia ganadoel pueblo. El tercer partido agregado al consti-tucional para defender el trono legítimo , no te-

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Nitnia fuerza suficiente para vencer por sí solo álos dos verdaderamente opuestos. Cayó Cea , ydehia ser reemplazado con un hombre que ins-pirase confianza á los constitucionales, validasya en la opinion y á punto de recobrar„su anti-guo influjo.

La suerte quiso, ó mas bien las combina-ciones áulicas y diplomáticas dispusieron, queempuñase las riendas un gefe de cierto presti-gio entre los liberales, favorecido con' el apreciode la aristocracia, dispuesto á amalgamarse conel compañero de Cea, y capaz de intentar lautopia mas atrevida que los mortales vieron.Don Francisco Martinez de la Rosa, ministrode Estado y presidente del consejo; Don Nico-las María Garelly, , ministro de Gracia y Jus-ticia; Don Antonio Remon Zarco del Valle,ministro de la Guerra ; Don José Vazquez Fi-gueroa, de Marina; Don José Imaz, de Hacien-da , y Don Javier de Burgos, de Fomento, ele-fan á S.M. una esposicion, en de abril de1834 proponiéndole un decreto notable, y el rode dicho mes se publica con el nombre de Es-

tatuto Real para la convocacion de las córtes ge-

nerales del reino. A nadie ofendernos si juzga-mos que el señor Zarco del Valle debió tenerpoca parte en la obra por la especialidad de suspoca militares; que la tubo menor elseñor Figueroa entregado á su marinería, y quefió el señor Imaz completamente en la superior,capacidad política de sus otros colegas. La tri7

XIIIbi (W restante ftré sin duda la autora del decre-to y de sus motivos, sin que nos atrevamos ácalcular quién fuese el inventor del pensamien-to y el principal esplanador.

Sabíase ya .desde 1822 que los señores Mar-tinez de la Rosa y Garelly estaban pronuncia-dos abiertamente por las dos cámaras; pero¿quién pudiera vaticinarles, que inutilizados en-tonces sus esfuerzos, los }rabian de • realizar á susabor y sin peligros en 1834.? En cincuentaligeros artículos clasificados en cinco títulos, des-pacharon su tarea los Solones de España; y to-do el argumento del preámbulo no prueba otracosa , sino que reconociendo las necesidades ma-teriales de la época se quedan satisfacer porHieras concesiones del trono, negando á la na-cion el derecho de darse leyes. Las fundamen-tales de la monarquía supusiercut restablecer losautores del Estatuto; resto persuade que el hom-bre es capaz de las mayores inconsecuencias ycontrasentidos. Las leyes fundamentales. ¿Y seabrogan tres 6 seis hombres el derecho de • le-gislar, que. á los reyes se negó? Se llaman córtes para asuntos arduos, ¿y se las priva de lafacultad de constituir la nacion , qué es lo masgrave que ocurrir puede? Se lamenta el desusode antiguos fueros, ¿y se hace una mezcla decórtes entre góticas y estrangeras, sin oir ni con:sentir el parecer de los representantes?

Una idea nos ha asaltado cuantas veces heT.mos discurrido sobre la.s.iueongruencias del Es-

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XIVtatuto y sobre sus trámites: idea que justificanhechos y razones notables. En primer lugar eltítulo del decreto expresa que era solamente pa-

ra la conoocacion de las córtes generales del rei-

no: lo que equivale á decir que es una. parte deuna constitucion , no un código entero funda-mental. Síguese que no se exigió que le jurasenlos representantes de la nacion , y que en eldiscurso de apertura se le llamó cimiento deledificio comenzado. De estos y otros antecedentesinferimos que el Estatuto Real fue una tentati-va, una avanzada esploradora. Visto que el pue-blo fatigado de cadenas y siempre esperanzadoen sus córtes le recibió con benevolencia, se cre-yó que bastaba y sobraba para llenar el lugar dela Constitucion. Mas espafioles sagaces y previ-sores , aprovechando la libertad de imprenta deotros paises, presentaron el decreto bajo sus ver-daderos aspectos (r). Al reunirse los estamentosen julio , temiendo sin duda que no faltase unSieyes espanol que reclamase la soberanía na-cional , se intercaló el párrafo del cimiento, seevitó el hacer jurar otra cosa que leyes .fupda-

mentales (en las que entraba la Constitucion de

131 a segun algunos jurarles), y se añadió lacoyuntura de las prisiones de la noche del a3 de

j ulio, para que unos se tranquilizasen y otrostemiesen. Volvió á afirmarse el Estatuto como

(1) Véanse, entre otros, Ins Apuntes -á la naeion espa-

ñola sobre el Estatuto Real. Por D. ,Manuel Marliani, Mar-sella, 1334.

xvvice-ley fundamental desde aquel momento; seresistieron despues las peticiones de derechos ytodo otro ensanche; y solo despues de un pro-nunciamiento general de las provincias se hablóde revision del Estatuto y de córtes revisoras.Era claro que se intentaba la reforma como lade una ley coman , con la sancion de la coro-na, negando todavía á la nacion el derecho deconstituirse soberanamente.

En la obra política del Estatuto no se hizomas novedad respecto de las córtes antiguas, queaumentar un cuerpo misto de nobles y notabi-lidades y trasladar el derecho de voto en córtesde las 3 7 ciudades antes privilegiadas á las 451cabezas de partido privilegiadas ahora. La mez-cla de la riqueza industrial y mercantil con lagrandeza hereditaria lejos de rebajar el méritode aquella servia para perpetuarla ; pues cadu-cando por sí sola, venian á interesarse con ellay por ella los aristócratas de saber, de toga yespada , y la aristocracia moderna.de la riquezaefectiva. Fuera de estas variaciones el Estatatonada añadia para que las córtes modernas sobre-viviesen á los esfuerzos del poder que habiaprescindido de las antiguas; pues aunque Mili-taba á dos altos la duracion de los impuestos, ydebiéndolos votarlas córtes, suponia que al me-nos debian reunirse en este período, olvidaba elhecho de que igual precisiou tubieron los reyesé/1 los pasados tiempos, y babian logrado elu-di•la por falta de otras precauciones.

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ZvIMas si pudo creerse que con las córtes del

Estatuto no se hacia otra cosa que robustecer elpoder real, que los representantes habian de ve-nir á ocuparse meramente de lo que el ministe-rio se dignase presentarles, renunciando de buengrado al derecho de iniciativa; en una palabra,que las córtes no halan de servir sino para darun aire de nacionalidad á los actos del ministe-rio, y legalizar un despotismo de hecho con apa-riencia de libertad , fueron erradísimos los jui-cios. En la época presente era insostenible talengaño, habiendo tantos hombres conocedoresdel verdadero sistema representativo , amaestra-dos en las adversidades, y resueltos á sacrificarsepor la libertad de su. patria. Asi es que bajo deeste aspecto, los autores del Estatuto hicieronel servicio de abrir la primera brecha al alca-zar de la tiranía ; por mas que su intento no fue-ra preparar lo que despues ha sucedido. Tenianencadenada la imprenta, pero abrieron la tri-buna , y vinieron, á ella hombres que supieronarrancar los fueros que se les denegaban.

Hecha esta ligera resefia , propondemos las.cuestiones que á•nuestro juicio habrán de resol-ver los que quieran en adelante escribir la his•toria del Estatuto Real. ¿Tenían mision los ministros para -proponer el otorgamiento de unley fundamental ? ¿Faltaron á los respetos qla nacion merece presentando como pura graela mínima parte de lo que se debia por derech¿ Pudieron prescindir, aun despues de 1-edad

xvrtsu obra, de someterla al examen de las prime-ras córtes? ¿Habria sido mas legal , mas con-

' fmas modesto aconsejar al trono el res-

ta9ale ybr lecitniento de la Constitucion que la nacionse diera, dejando á las córtes el cargo de mo-dificarla? ¿Se habrian evitado por este me-dio tantas escisiones y la pérdida de dos añosy medio en tentativas peligrosas, que al fin noshan conducido á aquel principio ? Divididos losconstitucionales antiguos sobre el mas Ú el me-nos, ¿ qué efectos pudo producir levantar unanueva bandera que subdividía aun mas las opi-niones sin satisfacer los deseos de la mayoríanacional? ¿El Estatuto era mas que un real de-creto de convocatoria ? ¿Quisieron sus autoresque pasase por toda una Constitucion ? ¿Siendovariable á voluntad del poder otorgante , debie-ron contentarse los españoles de 1834.? ¿Podianestos renunciar al principio de la soberanía na-cional sancionado desde 1812 , cuando se lesofrccia tan poco ? No habiendo en el Estatutoni pacto, ni derechos , ni division de poderes,¿ Rudo creerse que su publicacion era un calman-te de los deseos constitucionales, ó un escitantelitene por medio de la contraposicion ? La ale

-gría del pueblo en cada paso que se dpba.la libertad ¿ probaba que no quería ir mas lejos,

que ya estaba en marcha ? ¿Fue favorable ála grandeza hereditaria la creacion de los prd-. cenes natos, robustecidos con los electivos? ¿Pue-

• de mirarse este tiempo como el, apogeo de su

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xvItiinfluencia representativa, puesto que se les didun derecho especial que nunca tubieron los gran-des con semejante latitud ?

Cuando estas y otras cuestiones semejanteslleguen á ventilarse serena y sabiamente, seformará el juicio exacto del Estatuto y de susautores, y se hará la debida justicia á los quese propusieron derrocarlo , y á los que se em-peñaron en sostenerlo.

MINISTERIOS.

Los sucesos pueden mas que los hombres;pero estos influyen de tal modo en las institu-ciones, que las mejores perecen en sus manosó se vician, y de las mas perniciosas saben sa-car provecho. Hay siempre una distancia tangrande de la ley escrita á la administracionpráctica , que con los mismos códigos se ven re-sultados esencialmente opuestos, y bajo de igua-les sistemas políticos aplicaciones diferentes. Elcódigo Napoleon regularizó en gran manera laadministracion de justicia en :Francia; y el mis-mo en manos de la curia siciliana no ha podi-do destruir los vicios, la relajacion y las escan-dalosas corruptclas de los litigantes y de los juz-gadores. Por mas que el espíritu de toleranciaquiera hacer abstraccion de las personas paratratar solo de cosas, las cosas estan bajo el do-minio de los hombres, hombres las ejecutan , y

XIXel:bien ó el mal procede las mas veces de quien

de cómo y cuándo se obra.obra ,Cuatro gabinetes hemos visto sucederse en

la época del Estatuto, unos del todo nuevos,otros modificados y de amalgama: todos tenianun fin , un sistema esencial, que era poner tér-mino á la guerra civil, y hacer la felicidad dela nacion; y aunque discordaron en los mediossubalternos para conseguir el objeto, como elmodo <le obrar en lo sustancial era el mismo,se hundieron sin adelantar un solo paso en lacarrera emprendida.

El ministerio que habia concebido el plande regir esta nacion en orden, paz y justicia pormedio del Estatuto real, no se atrevió á defen-der el derecho divino de los reyes; pero el rehu-sar y resistir de frente el dogma de la soberaníapopular, y todo cuanto tenia relacion con el có-digo de 1812, ¿no conducia á aquella conse-cuencia? En la moneda fabricada en su tiempose puso por lema Dios es rey de los reyes, quedice lo bastante á un pueblo esclavo de hecho,y que antes habia proclamado el principio opues-to. Las consideraciones de príncipe de la sangrehabidas con el rebelde D. Carlos, al paso quemarcan los principios de nuestros gobernantes dela primera serie, descubren una de sus faltas mastrascendentales, ó mas bien uno de sus erroresmas funestos. El pretendiente pudo ser aprehen-dido en Portugal y no se hizo: debió obligárseleá un compromiso como el de D. Miguel, y ni aun

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xzagente diplomático habia allí que mirase pornuestra causa (e): y hasta se dejó á las córtes elformular la ley de esclusion, apareciendo por -primera vez un pedido notable del gobierno sinla forma de ley. En hora buena que el gabinetede i3 de enero procurase evitar el ejemplo deun infante procesado como traidor y castigadocomo reo de lesa-nacion: ¿no quedaban mediosde asegurar su persona, de impedirle ulteriorestentativas., de contener su marcada rebeldía?

Un acto de aquel ministerio, que á los ojosde la multitud pudo aparecer generoso y libe-ral, causó una triste sensacion en los constitu-cionales puros y , delicados. JTabíase concedidola amnistía en -el ministerio de Cafranga, y sebabian esceptuado de ella algunas personas, consentimiento de S. IV., segun el real decreto. -Na-da mas natural que Martinez de la Rosa, ex-mi-nistro y ex-diputado constitucional pensase enalzar las escepciones, de que la reina habia di-cho, á pesar mío. Pero debió hacerlo en térmi-nos generales, sin humillar á los favorecidos, ysin afectar una gracia especial que otros en igualcaso no necesitaron. Por decreto de 7 de febre-

(1) D. Carlos se embarcó en el buque ingles Donnegal enlas aguas-del Tajo el 1.° de junio de 1831 y llegó á Elizondoel 1.° de julio. El Sr. Pcrez de Castro, nuestro embajadornombrado para Portugal hacia mucho tiempo, no llegó á Lis-boa hasta el 17 de junio. Un agente ingles fue el que se apa-reció al lado del pretendiente español cuando la capitulaeionele Evora-Monte; el nuestro descansaba ea Madrid, porque asilo quena el ministerio.

XX!

deda5̀34.a5̀34.se amplió la amnistía á los diputa-rodos á córtes por sus opiniones y \-oros emitidos;y por otro de 26 de abril á los que hubiesenper tenecido á sociedades secretas. ¿ Y qué libe-ral podia dudar que los votos y opiniones parla-mentarias de un diputado eran inviolables?-¿olorqué sujetar á Un indulto de compasion á los quehablan obrado con la libertad inatacable que la .ley les daba l' Se dirá que do hecho estaban pros-criptos los diputados, y que algo }labia de resol-verse para que pudieran volver sin peligros. Laresolucion asas digna de un hombre noble eradar por nulo el decreto que los condenó ilegal yarbiirariamente; y no debieron esperar otra co-sa los proscriptos de un ministro, antiguo cole-ga, que para estar en posicion de indultarlos,no habia necesitado perdon del gobierno absolu-to. Lo (lemas parecía obligarlos á que, al regre-sar á su patria, pasasen por las horcas chau,dinas.

El caracter- predominante de aquella admi-nistracion fue la lenidad con los enemigos, elmiedo por la exaltaeion, el recelo de armar alpueblo y de reconocerle derechos, y la utopia defundir en un partido nacional á los que pelea-ban por . distintos principios y por opuestos inte-reses. Y con tanto encarecer el orden y la pú-blica tranquilidad, pasaron en su tiempo los su,cesos mas escandalosos, mas atroces y con mayorimpunidad. Bajo su imperio y el de sus amigospolíticos ocurrieron los asesinatos de los frailes

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N-xuen Madrid; Barcelona y Zaragoza, y la quemade los conventos. Siendo Martinez de la Rosaprimer ministro, Moscos() de Altamira de lointerior, el duque de Gor gobernador 'civil, yel marques de Falces corregidor, acaeció el trá-jico asesinato de setenta y tantos regulares en lascalles y monasterios de la corte el 17 de juliode 1834, y hace pocos dias hemos visto el fallode la causa sin que se sepan los autores. En sutiempo tubieron lugar la conspiracion de Sevi-lla (2 de marzo de 1834), los alborotos de Ma-drid (1 r de mayo de 1834), los de Jerez de laFrontera (6 y 7 de dicho mayo), la conspiracionde Valencia ( 9 de agosto de 1834), la vergon-zosa capitulacion de la casa de Correos (el 18de enero de 1835), y otros muchos desórdenesque ni se supieron prevenir, ni se pudieron cas-tigar; porque no acertando á terminar la guerra,era ilusorio hablar de paz, como eran quimerasLabial' de orden sin evitar un escándalo, y dejusticia cuando los carlistas y conspiradores que-daban impunes.

A la concesion de indultos sobre indultossiguió la osadía de los contrarios y el disgustode los buenos. ¿Cómo pudiera ser fuerte y seve-ro con los liberales exaltados el que era blandoy- sobrehumano con los rebeldes absolutistas?Asi es que la censura del ministerio era la vul-gar conversacion; y este desahogo natural de losque se creian mal gobernados, hacia ver en ca-da casa un club, en cada exaltado un jacobino,

en cada escrito valiente un libelo sedicioso, y encada reunion de amigos una sociedad desorgani-zadora. Allegose á dar cuerpo á estos fantasmas,que algunas plumas venales, y otros jóvenes es-traviados por la escuela doctrinaria y romántica,corruptora de las doctrinas políticas y de la lite-ratura que enseñaron los filósofos antiguos y mo-dernos (cuyos libros históricos, filosóficos y dra-máticos fomentan el liberalismo), se empeñaronen presentar con negros colores á los hombresmas independientes, virtuosos y respetables, ha-ciendo creer que sus .doctrinas estaban en oposi-cion con el reposo y bien material de los pueblos.Sobre los goces materiales se hicieron cundir ta-les elogios, que en sentir de algunos todos los de-rechos políticos, todas las formas de gobierno yla libertad misma estan subordinados á tener yá disfrutar; como si la racionalidad del hombrejamas hubiera de sobreponerse á los brutales ins-tintos de la vida animal. De aqui el fenómenode ser ya menos raro ver en la juventud vicios ypasiones, que siempre fueron propios de la ve-jez, como la codicia de oro y de riquezas.

La ambicion de parecer humano y senti-mental llevó á aquel gabinete al estreno de ad-mitir ó buscar una mediacion deshonrosa en eltratado de lord Elliot ; perjudicial políticamen-te considerada, como obra <le los torys ingleses;y fatalísima en todas sus consecuencias, cual loha demostrado el tiempo y el ver que la recla-man los facciosos, hasta el bárbaro Palillos. Con-

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XXIVtratar un gobierno con bandidos, es ligarse elhombre honrado á observar lo que el rebelde noquiere cumplir por su parte; puesto que faltan-do al pacto el primero se desacreditarla, y el.segundo sabe que nada mas pueden hacerle,cumpla ó no cumpla , que la guerra y la perse-cucion. Nosotros respetamos sus prisioneros; ellosasesinan los nuestros cuando quieren, y si lessalvan las vidas es para exigir cuantiosos resca-tes, ó para martirizarlos en las mazmorras.

Era de esperar que en el cambio ministerialde 7 de junio de 1833 hubiese notable mejoría.El conde de Toreno habia sido siempre de prin-cipios mas pronunciados que su antecesor en lapresidencia; tenia mas mundo y tino de gobier-no; habla censurado con sus amigos la obradel Estatuto; influyó en que las córtes no le ju-rasen ; hizo que se añadiera al primer discursorégi° el fecundo párrafo del cimiento; puso enjuego y en mando al patriota general Mina; sehabla separado de su colega Martinez de la Rosaen votar la admision del procurador Argiielles, yno resistió tan tenazmente la devolucion de losbienes nacionales: todos estos hechos daban jus-tas y lisongeras esperanzas. •

Pero sucedió que no cambiando en el fondola marcha, y creciendo cada día el digusto•delos pueblos y los males militares y económi-cos , se alzaron las provincias en el agosto dez835, y le obligaron á abdicar el mando. Debe-mos confesar en honor de la verdad que la re-

XXV

sistencia temeraria de aquel gabinete á la vo-luntad pronunciada de la nacion , provino sinduda del error en que le tubieron sus agentes,eeÇuadiéndole que era obra el alzamiento deP

unos pocos calaveras y sin prestigio. Asi lo de-clan los empleados depuestos que venian de lasprovincias , y asi lo inculcaban los gefes de lapolicía , verdaderos autores del estravío del mi-nisterio: porque los primeros daban en su hui-da la prueba de su falsedad ó su impericia , ypodia replicárseles: si tan pocos y descamisadoseran los bullangueros, ¿por que no los reprimióvuestra autoridad ayudada de tantos 'buenosmo contabais fuera de juego ? Y es tanto iiiaslamentable este engaito cuanto que Toreno sa-bia buscar y buscaba hombres capaces: ¡ójala tu-Meran la yo Imitad como el entendimiento!

Vino el gabinete de x4. de setiembre á cor-tar las escisiones y calmar los ánimos. Con-siguiólo con promesas mas ó menos pomposas,mejor ó peor cumplidas ; y empezó á gobernarCon un prestigio colosal, capaz de sacar al paisdel conflicto de la guerra , si supiera aprovecharlos medios. Bastantes consiguió materiales ; perodejó en olvido los políticos que debian ayudarno menos, y al cabo de los seis meses del pro-grama , la campaña estaba como anteslos gefe s7 ylos mismos, las provincias mas apuradas y elEstatuto sostenido con igual empelo que por lospredecesores. Solo en materias de hacienda hubovalor y arrojo, y como relacionada con el tesoro

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.xxvxpúblico se completó la estincion de regulares,que ya el pueblo Babia en gran parte realizado.

Los buenos auspicios con que empezó el mi-•

nisterio Mendizabal aumentaron su audacia, yllegó á creerse capaz de desempeñar cuatro mi-

nisterios y de hacer infinitas cosas sin el con-curso ageno. De aqui y de la eleccion de conse-jeros amigos y confidentes nacieron muchos desus desaciertos; y unidas á estas causas la faltaen los pronósticos, y el hecho palpable de que laguerra sepia y la libertad no se aseguraba eninstituciones sólidas, vino el descrédito y la cai-da consiguiente.

Sin embargo, tubo la fortuna de no caer á

Contento de la opinion, aunque todos conociansus defectos, y que no hizo lo que entubo en susmanos. N'o lo hizo, porque si bien fue indulgen,tísimo con la prensa, dejándola que libremente lecriticase, no cogió la gloria de quitar la censu-ra prévia : si aumentó el ejército y los recursosnacionales, no hizo que se utilizasen ; y si varióde lenguage y de personas, siguió defendiendoel.decreto otorgado , practicando la fusion y con-temporizando mas con los émulos que con lossinceros adictos. Pero cayó sentido, porque eraimprocedente su salida , porque las gentes te-mian un retroceso, y porque sus mas allegadosamigos aparecían sus ribales.

El ministerio de 15 de mayo de 1836 su-bió con este mal agüero, y con la reprobador,:mas esplícita de los procuradores del reino. No

xxvu

era dable el resistir á este torrente, y menosadoptando una dureza ajena (le tan falsa posi-

. Reprimida la imprenta por la nueva es-tcrielez de la censura, empleados los que menossimpatías lograban en el pais, disueltas las cór-tes con estrépito, acusada atrozmente la oposi-cion legal de la tribuna, y preparadas unaselecciones en que se veia predominar el espíri-tu aristocrático y de reaccion , ó por sistema 6por despique , se exaltaron de nuevo los ánimos,,y á los noventa dias cayó la administracion, des-aparecieron sus corifeos , y acabó con ellos el-régimen del Estatuto, que en los anteriores vaijnenes se habla salvado. La intervencion de Fran-.cia, última áncora en que aquel gabinete se apo-yó, repudiado de la opinion nacional , le fue de-negada como á otros predecesores leccion queno deben olvidar los que desconfiar de los es-fuerzos propios y apelan á los estraños. Apenashizo otra cosa el ministerio de mayo que mudarel personal y trabajar en el éxito de las elee-dones , base indispensable para prolongar suexistencia contra los embates del general des-contento.

Una observacion, coman á los cuatro mi-nisterios de que hemos hablado, hace ver quelos hombres no estraordinarios obran del mismomodo en determinada posicion. Todos los minis-tros de influencia sacrificaron al puesto algunasconsideraciones, y todos para conservarle sincontradiccion buscaron colegas que defiriesen

Page 15: Cortes Estatuto

XZVIIlsu. parecer. Alartinez de la /Usa entró con Bur-gos, estando en otro predicamento mas N'enlajo-so: Toren() se unió al plan del Estatuto y de láfusion, que no era el mas conforme á sus opinio-nes particulares: Mendizabal ames de reempla-zar al conde venia en su ayuda y compartía; yel mismo Isturiz creyó que podia neutralizar su.falsa posicion allegando á su gabinete elementostan diferentes, como los de Seoane y Olivan, no-Obstante su rigidez y brabura. El primer minis-terio se recompuso en ciertos apuros con Dehesay Medran(); el de de setiembre tubo á fierosy Cuadra, y acabó sin completarse definitivamen-te; y el de 15 de mayo, despues de tantos querepugnaron unírsele, tubo que vivir de interi.nidades como las de Soria y .Egea. Lo mismo ha

sucedido antes y despues de esta epoca, si bien.:no faltan en todas plausibles ejemplos de severi-:.dad, de independencia y de desprendimiento.

Cuestiones. ¿Hubo algun acuerdo delnisterio para que nuestro ejército de operacio--nes en Portugal no se apoderase de la personaldel pretendiente? ¿Fue efecto <le esta medida 6'de la imprevision el que al desenlace faltase agen-te diplomático espartol en el teatro de los suce-sos? ¿El tratado Elliot fue idea original de nues--tro gabinete, ó fue lazo tendido por los carlistasestrangeros? ¿Cómo miró el general Mina aquelconvenio? ¿Tubo alguna parte la estipulacionen que aquel liberal caudillo fuese reemplazado?z Qué espíritu ha presidido á las repetidas con-,-

xxtxcentraeimea del mando del ejército y del minis-

guerra en una sola persona? ¿Cuálfreld,l

la

verdadero escalon para el ascenso del ge-neral Llauder al ministerio y la influencia delos sucesos del 18 de enero en su caida? ¿Cómoel conde de Toreno admitió. un segundo puestoen el gabinete, pasó despues al primero, y lla-mó en su reemplazo á Mendizabal? ¿Y este dequé medios pudo valerse para alzarse con la pre-sidencia, sin faltar á los gabinetes aliados queacababa de consultar oralmente en muy distiutQcaso, y conciliando al propio tiempo los deseosde los exaltados de las provincias? ¿ Pudo teneraqui origen alguna rivalidad galo-británica, yquererse neutralizar con el voto de confianza?¿Qué conjunin de influencia fue necesario paraderribar al ministerio que tenia la mayoría delas cortes, prestigio en el pais, apoyos fuertesdentro y fuera, y arrojo y serenidad para soste-nerse? ¿Con qué elementos contaba el sucesorpara luchar con la opinion de los representan-tes y del pueblo, y con los partidarios acérrimosde Mendizabal? ¿Qué consejos predominabanpara estas mudanzas notables?

CÚRTES.

La primera vez que en Espala apareció lárepresentacion nacional dividida en dos cuerpos,no fue ciertamente de modo que pudiera favo-recer y arraigar el apego á la segunda asamblea;

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xxx.porque si bien sobresalian en ella patriotas dmérito, era forzoso que la seccion hereditariaadoleciese de la educacion que generalmente se.

daba antes á nuestros grandes natos. Interesadospor otra parte en la permanencia de privilegiosy derechos que la nacion habia abolido en otrostiempos de libertad, tenian que ser una rémora'permanente á las grandes reformas, y una bar-rera contra las exigencias del estamento popu-lar. Asi es que apenas hicieron peticion algunaal trono, en medio de tantos abusos como habiaque corregir ; y cuando llegó el caso de hablarde regulares se oyeron allí doctrinas en su de-¿&usa , que parecian inconcebibles, atendida lailustracion del pueblo en el ásunto. Los próce-res , en fin , denotaban en su marcha un cuerpo.conservador y de resistencia, objeto para que'fueran ereados; y la ancianidad , la calma y el

sosiego que ordinariamente presidia á sus actos,á sus horas de trabajo, y á la economía de sussesiones, daban bien á entender la 'índole delestamento y las calidades de sus miembros. Con,todo, la espulsion del colega Burgos , brusca ysúbitamente realizada, fue un suceso que cho-caria en personas menos maduras , si no tubie-ran tan arraigado el punto del honor de clase.para tratarse y alternar.

El estamento de procuradores correspondióen las tres legislaturas á su caracter de cuerpopopular ; pero no pensamos aventurado el decir,que en la primera se distinguieron de tal modo

venlos elegidos, que acaso no ha habido asambleamas célebre en nuestros fastos modernos por laspeculiares circunstancias en que se encontró.Valor sin demasías , union sin pandillage, inde-pendencia y patriotismo abundaron en aquelcongreso; y admira el considerar las peticionesque promovieron , y las votaciones que ganaroncontra un gabinete hábil , apoyado en lo princi-pal y de oradores escogidos.

Al recordar el espíritu de unidad y de cons-tancia que supo mantener la oposicion de 1834,es forzoso reconocer que habia en ella medios demucha valía. Alai descollaban el torrente de elo-cuencia de un Lopez, el arrebato tribunicio deun Alcalá Galiano, el prestigio y peso de unArgiielles , la impavidez de un Navas, la opor-tunidad de un Caballero, la fibra de Isturiz , laconstancia de Gonzalez, el candor de Trucha yel lijo s otar de los Pedrajas, Pizarro, Ortiz deVelasco, Abargues, Rodriguez Vera, Cano Ma-nuel y varios otros. Alli se sostubieron con cm--per-lo y palmo á palmo los derechos de la na-cion, las prerogativas de las córtes y hasta eldecoro y etiqueta debidos á los representantes,sin renunciar ni ceder en un ápice (0, y eso queel gobierno habla sido el legislador, el autor delreglamento y hasta el intérprete de sus otorga-b`

(1) Hasta el que los decretos y órdenes no se publicasen enla Gaceta antes que en las dines exigieron del gobierno. Véa-se en la sesion de 18 de noviembre de 1834 la reclamacion delsellar Caballero y la respuesta satisfactoria del señor .conde deTorero.

Page 17: Cortes Estatuto

XXXIIdas concesiones. Por mas que el ministerio pre--sentó proyectos largos y numerosos para ocupará los procuradores, á pesar de que se les quisosujetar á esta tarea, negándoles toda clase deiniciativa , supieron tratar de infinitos asuntosimportantes, de abusos anejos, de cuestiones po-líticas, de casos de oportunidad; y si no logra-ron de pronto resultados palpables, prepararonla opinion nacional á los adelantos y ventajasque al fin hemos logrado.

En la segunda legislatura cedió algun tantoel fuego primitivo, á pesar de ser los mismosprocuradores; y debió proceder de que ya eramenor la resistencia del gabinete y mas lisonge-ras las esperanzas: que el hombre hace doblesesfuerzos cuando se ve estrechado, y afloja facil-mente cuando no encuentra tanto choque. Laoposicion antigua convertida en ministerial fueconsiguiente con sus doctrinas; pero no sabemossi acertó en apoyar tanto á eliden no supo sacarprovecho de los grandes elementos que la suerteproporcionara. Ocupado aquel congreso casi es--":.elusivamente en discutir una ley electoral queproporcionase las córtes revisoras del Estatuto,abandonó el medio de las peticiones ineficaces:mas la oposicion de los que antes habian ocupa-do el poder en puntos muy capitales de la leypropuesta, obligó al gobie rno á una disolucioNque adoptó pesaroso, y que produjo el retras.de la proyectada reforma.

Vinola tercera legislatura compuesta de nue..

resep XXXTTI

re ntantes: el pueblo repitió su confian-vosiá á los que hablan ayudado al gabinete de se-

t-ic"bela retiró á los que le habian contra-

iiadol.r' yHízose por fin la ley electoral directa, ob-jeto de tantos debates y de tantas esperanzas; yantes de que pasase al cuerpo de próceres , y sindiscutirse las adiciones ocurrió Otra nueva diso-lucion. La causa de esta medida estraordinatiay tan próxiMamente repetida fue , que los •ro-curadores al ver levantarse un nuevo ministeriode una minoría imperceptible, y creyéndole pro-ducto de combinaciones inconstitucionales y deacuerdo con .la aristocracia, le dieron un votode censura el mas esplícito y terrible que darsepuede por una inmensa mayoría. Discusionesacaloradas y enojosas acompaíiaron á este actode severidad, en que antiguos amigos se vejanen opuestos bancos; pero la opinion, que tangustosa habia presenciado la disolucion del an-terior estamento, se pronunció de un modo im-ponente contra la segunda y contra la adminis-tracion efímera que la aconsejaba.

En todos los paises constituidos se clama porla necesidad de que los pueblos procuren elegirrepresentantes independientes del poder y espe-cialmente interesados en el bien común; perose hace sentir mas esta necesidad en Espana,donde la clase empleada y que tira sueldos delerario es tan numerosa é influyente, y dondeuna de las reformas cardinales es la economíade los gastos y mas todavía la disminucion de

e

Page 18: Cortes Estatuto

los destinos. Si comparamos las elecciones de las'5.5:5.1V

dos últimas épocas de edites (1) se conocerá 'quehemos progresado en esta línea como en algunas

otras, y acasosirva tainhien para es-

plicar el espír litu predominante

dato en cada asamblea.este

'Menester es aun que los electores se fortifiquenmas y roas en la idea de que ciertas reformas yeconomías radicales dificilmente se realizan pre-dominando el interes de los que han de sufrir-las. El pueblo. contribuyente necesita que le ali-vien las cargas: pues acierte á escoger .pagad

o-

res y no perceptores.

G ti Eltik 2%. WrIL .

Puede •ecirSe que desde 1823 se entubo pre-parando el partido de D. Carlos para colocarle

(1) El coteocasj mas

épocas dé las listas de di.pdiputados y procuradores de

las dos

•recientes de cortes da el resultado si-

guiente.Diputa-

Prócitro-

dos.dores. s'Z'

Caso..,-------°— ,----^---"18'20 182'2 1834 1838 1_,

'•').

..--

45 .61268

72

674

xxxven el trono, apenas falleciese (A rey Fernando;si es que no pensó alguna vez en no esperar áque la muerte desocupase el apetecido puesto.Los absolutistas puros, y furibundos, á cuya ca-beza figuraban jesuitas y prelados intolerantes,estaban convencidos de que el Ultimo monarcaera tan poco zi propósito para favorecer sus mi-ras, como para ser rey constitucional; y codi-ciaban el momento de. entronizar al que juzga-ban bastante preocupado para restablecer la in-qnisicion, con la barbarie y la tiranía clericalde los pasados ominosos siglos. 'Varias tentativasde la década fatal, y sobre todo la insurreccionde Catalana en t827,. pusieron bien en claro elplan ultra-reaccionario de la teocracia y de losserviles por escelencia.

Creyendo muerto á Fernando VII en 1832.alargaron ya la mano para coger el cetro; cuan-do una semi-resurreccion les

'malo<Yró el golpe

y vino á hacer mas dificil el que lo repitiesen.Enterado el augusto enfermo de lo que se habiahecho durante su agonía, y encargada la reinaCristina interinamente de las riendas del go-bierno, se hizo reconocer y jurar á la legítimaheredera, se mudaron muchas de las principa-les autoridades puestas por el influjo carlino envida y salud del rey su hermano,, y se permitidpor medio de la amnistía la vuelta á Espata de,ruchos liberales espatriados. El gozo que estepaso de liberalidad inspiró generalmente, pormas que supusiera criminales y necesitados de

Ilacendados , comerclaul es , &e.que viven por si ......... ...

Empleados y• militares que visende sula°. ......... .. . ..

Eclesiásticcis ..............

69 6O:35

1.i 149

Desde 189.0 á 1834 se fue caminando eu proueso, y en 1836se retrocedió; pero hubo siempre una baja enorme en. la clase

eclesiástica.

130 98

188

53 86

4

-17-58

.334

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indulto á los proscriptos, no es facil de pintdíganlo las familias que vieron regresar sti.fugitivos padres y hermanos, y díganlo °cuantos.recibieron el consuelo inespli¿able de abrazad'en su patria con los objetos mas queridos, al cabo,de tau penosa y forzada separacion. Pero rri los

que propusieron la amnistía, ni muchos de losque la .celebraron, pensaban entonces en las con.

secuencias que debia producir en favor de la li•bertad. Asi es que habiendo proyectado algunosindividuos de la grandeza levantar un monu-mento en memoria de este hecho benéfico, e-traron en la suscricion algunas personas, que-nspudieron aplaudir la clemencia regia, acaso n

se gozaban. en el porvenir (y). Siguióse el estr•

ibmiento de D. Carlos á Portugal y otras me-didas que dificultaban si no destruian las combij.

naciones de su partido.Mas apenas acabó de esistir D. Fernan

do VII el 2q de setiembre de s833, que loscarlistas alzaron el estandarte de la rebelion,

y

(1) La lista de los que vimos suscritos para el montimenes esta.—Duque de S. Fernando, conde de Ponrost ro, mapues de Miraflores, duque de Osuna, duque de Bervvicb

marques de Sta. Cruz, duque de S. Lorenzo conde de parceta, marques de Branclabrte., marques de 131alpica, duqtr6 Atirantes, marques de Alcaiiices , marques de Albaidamarques de Cerralla, duque de Noblejas, conde de Cerbelloti

duque de Neragua, marques de 31ns, duque <le 8. Carlos, de

que de Frias, marques de 1>élgida , duque de Alagon, cona!

de Oíste, duque de Montellauo, conde de Pino-hermoso, con=

<le de \la Manuel, duque del Infamado y marques de Casa

abrióab la guerra cruel que todavía nos destro-se za y cada dia con mayor encarnizamiento., El a

di: octubre el ex-administrador de correos Gonza-lez da el grito en Talavera; al dia siguiente 3 yaresonaba igual sedicion en Bilbao; el 7 se verifi-có en Vitoria el alzamiento, que poco despuescundió á Navarra y á otros puntos de las prOvin-ciasesentas. Por fortuna el resto de la inonarquíaestaba en el mejor espíritu de lealtad, 'y como porinstinto de conservacion y de pugna con los ab-iolutistas, empezaron á armarse los liberales detodo el reino para contener á Mas de cuatrocien-tos batallones de realistas armados, decididospor el brebelde príncipe.

Eiriprendióse la lucha disipándose al pare-cer el peligro en los primeros movimientos denuestras tropas; y no hay en el dia quien dejede confesar que fue entonces facilísimo-el cortarde raiz la rebelion; pero errores fatales de unaparte, complicaciones de circunstancias por otra,y el genio del mal , que parece persigue á estanacion infortunada, han sido causa de que alcabo de cuatro arios nos hallemos en tan lamen-table estado, despues de haber sufrido los pue-'blos la devastacion, el saqueo y la pérdida desus mejores hijos. Los generales de mas nombra-día han guiado los ejércitos nacionales; -tres quin-tas numerosas se han realizado; fuerzas provin-ciales crearon repetidas veces las i pu taciones;recursos y cantidades inmensas se reunieron ygastaron: nada ha bastado para lograr el fruto

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xxsvtttapetecido, y la guerra civil crece en lugar dedisminuirse.

Una de las causas que la prensa y la opinionhan designado como favorables á la prolongacionde la lucha es la lenidad que desde el 'principiose tubo con los carlistas; y señaladamen te conlos que sin salir al campo maquinaban entre no-sotros. Sin mas que recordar la sedicion (Id co-ronel Campos España en 3o • de diciembre dex833, en cuya trama resultaron culpados losfamosos personages D. Miguel Otal ; 1).. LuisLemus, el conde del Prado, el general Grima-rest, D. Juan Marcó del Pont , el conde de Ne-gri, D. Mariano Novoa y el general Maroto,muchos de los cuales despees de presos y juzga-dos se fueron al lado del pretendiente, se formauna idea de los perjuicios que ha traido unamal entendida indulgencia, tantos perdonesindultos ,• tantas consideraciones Mal tenidas.Veáse sino lo que sucedió en Madrid con la cau-sa de D. Francisco Gonzalez Estefani en mayode 1834, y con sus cómplices Lavandero, Sel-va, Mir y otros: . lo que resultó en Valenciaen agosto del mismo año con los 'imiaspirado-res Soto, Marimon , Aimerich, Salinas, con-de de Orgaz, el padre Penaguila y compañe-ros; y lo que se hizo en mil y mil ocasiones se-mejantes.

A tal indulgencia era consiguiente una reac-don de parte de los liberales comprometidos; yel menor rigor con uno de estos producia un es-

xxxixcándalo por el terrible paralelo que resultaba.Las ocurrencias de Málaga la noche del. 2 t deenero de . i83.4., las de Madrid en 6 y 1 x de ma-yo siguiente, y tantos síntomas de alboroto ydescontento, hallaban pretesto y ocasion en lasingular conducta de nuestros gobernantes, mascontemplativa con el enemigo cierto que conlos amigos estraviados.

Quizá por nó haberse dado desde luego todala importancia que merecia á la faccion, y porhaber temido demasiado á las exigencias de losliberales, se perdió la mejor coyuntura de ano-nadar en su cuna al carlismo. Si tantos sacrifi-cios de hombres, efectos y dinero como se ilánhecho despues se pusieran en obra al principio¿cuál seria hov nuestra satisfaccion? La malllamada huntatíidad'nos cuesta torrentes de san-gre, la economía mezquina' nos sale bien cara,

miedo infundado nos lleva , al borde de unhorr:;:-oso precipicio.

Nuestros enemigos pelean con la ventaja deforagidos y gente perdida. Sin ' intendentes niproveedores hacen suyo cuanto - encuentran : susplazas mas seguras son las sierras y las largasmarchas: la obediencia que no alcanzan por suinstabilidad, la arrancan con el terror , y todocuanto les conviene es justo , legítimo y huma-no para ellos. A tal sistema de devastacion y demuerte no hay sino dos medios que oponer :una fuerza cuadruplicada en todas partes, ó adop-tar algunas de sus terribles máximas. El pueblo

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XL

que obedece á un cabecilla con preferencia á loque le ordena uu guié nuestro, es porque ternemas al faccioso; porque espera la indulgenciadel cristino.

Las operaciones militares de algun tiempoá esta parte han dado desgraciadamente que de-cir, porque los resultados no corresponden. Ylo peor es, que sobre las dificultades materialesde una guerra intestina y de esterminio, y so-bre los apuros indispensables de subsistencias yde aprestos, ha llegado á creerse por muchosque medien causa polític.as, etiquetas, rivali-dades, planes y combinaciones, que harán eter-na la lucha mientras no intervenga un podero-so Mediador. Bien pudieran manejos siniestrosprepararnos algun lazo para el nunnento.no le-jano en que los pueblos se rindan al enorme pe-so de sus padecimientos; pero hemos pensadosiempre que no puede haber español leal queentre á sabiendas en semejante proyecto, del queserian víctimas quienes menos lo pensasen. Eldia en que el absolutismo del feroz príncipe lo-grase una conocida ventaja , ni en un ápice ce-derla de su intento, ni el mas moderado liberalse libraría de su furia : hasta la memoria de loque ahora existe pretenderla borrar, y la Espa-ña retrocederla no á un Estatuto , no á la épo-ca de Carlos III, sino á los siglos medios delvandalismo y de la barbarie. La muestra nos lapresentan los. atroces gefes de las hordas Cabrera,Forcadell, Tristany, Palillos y sus dignos com-

pañeros, mas queridos de Carlos que otros ca-becillas no tan bárbaros.

Por mas que quiera disimularse es precisoconvenir en que la union íntima que hemos ne-cesitado y babemos menester para triunfar delenemigo coman, ha hallado los principales obs-táculos en los diversos fines que cada partido sepropone. Los que pelean contra D. Carlos mi-rando la guerra como de sucesion 6 de dinastía,ó no se cuidan de las instituciones que han deregir á la nacion, 6 defienden la legitimidad deIsabel ILdeseándola tan absoluta en el trono co-mo lo fue su progenitor: Los que ven en la pre-sente lucha una cu.estion de principios, defien-den la libertad española, contra el influjo de to-dos los déspotas de Europa, que cifran - su triun-fo,en el de 1). Carlos; y si se han unido á lacausa de la reina fue que miraban identificadoscon ella los fueros y derechos del pueblo. Losque se unieron, eh fin, á las lilas de la patriaatendiendo esclusivamente á los intereses mate-riales, pugnan porque vislumbran ganancia, co-mo guerrean por los abusos de que vivian lossecuaces del pretendiente. ¡Cómo no ha de in-fluir esta amalgamacion en la suerte de la guer-ra civil? El palaciego que pertenece á la prime-ra clase, el patriota que está en la segunda, y elegoista que se .cuenta en la última, no es dableque trabajen de consuno porque el objeto es di-ferente. Lamentar esta desgracia es condolersede la naturaleza humana y desconocer que hay

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XLIIen el inundo males necesarios • é imposiblesde vencer. Del propio modo tendrá D. Car-los en sus batallones quien defienda su causapersonal, quien pelee á su sombra. por los fue-ros del pais vascongado, y quien sostenga á lavoz de Carlos V la renta del obispado, el sud-do del empleo, ó la ejecutoria de su nobleza ymayorazgos: de aqui sus divisiones y rencillas, quesi son menores que las nuestras, proviene de queen• los partidos caidos y débiles hay de necesi-dad mas enlace por espíritu de conservacion.

Para escribir los anales de esta guerra ámuerte, será preciso resolver antes estas y otrascuestiones. ¿Pudo evitarla el gabinete de Madriden el. año que Fernando VII estubo enfermo , siá las precauciones tomadas añadiera el desarmede los realistas, la formacion de un ejército li-beral, y el confinamiento de D. Carlos á una denuestras posesiones ultramarinas? ¿No hubierasido preferible hacer en • 6834 grandes esfuer-zos y sacrificios, que multiplicados mas tarde yá empujones no han correspondidó? ¿ En . unalucha mista dé intereses y de -principios debi-mos contentarnos con medios militares, tí de-bieran acompañarse fuertes medidas legislativay.•eforTIVIS que comprometieran á las masas e;favor de nuestra causa? La . esperanza que se hhecho concebir al pueblo cansado de una inter-vencion francesa, y la opinion difundida de quenosotros no bastamos para vencer, ¿ha sido per-judicial y funesta , por la desconfianza. que pro-

XLIIIdujo, y los chascos á que dió lugar ? En los su}cesos incomprensibles de la actual contienda¿qué parte han podido tener las intrigas estran-geras, las defecciones interiores y hasta las equi-vocaciones clásicas de los áulicos? No cabiendomejor disposicion en los pueblos para dar hom-bres y cuanto tienen á fin de que la guerra ter-mine, 'y habiendo visto al soldado siempre lealy ansioso de embestir á los contrarios, ¿cuál esla• verdadera causa de que con triplicados me-dios no hayamos vencido (e)? ¿ Han sido erra-

. (I) En fines de agosto de 1330 la fuerza de nuestrocito era segun datos oficiales la que á continuacion se espresa:

Holla-Gres..

Giba-

Ejército de operaciones del Norte 68,942 • 3,096Ejército de reserva 11,278 573Idem del centro, Aragon y Valencia 22,913 1,534Division Narra 7 • 6,800 221Division Ab4s 7,339 245Division Rodil 8,275 120Principado de Cataluf• • 24,419 606En Castilla la Vieja 7,247 733En Castilla la nueva 8,939 • 1,312Capitanía general de•Granada 1,997 o.Idem de Andalucía 740 40ídem de Estremadura . 45Idem de Galicia 5,957 118Islas Raleares 1,401• 0Plaza de Ceuta 3,109 0Escuadrones de depósito.de caballería..... 5,735 3,103

Total 185,1•6. 1 t,701e 122.1.(21.

se entiende qué esta era fuerza efectiva, no disponible;pero en ella 'no van comprendidos los cuerpos francos 'ni lamilicia movilizada. Despuesse hizo una qüinta de 50Yliornbres.

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- Estaban de acuerdo las personas ilustradasen que las institucionesitoná st icas y órdenes re-gulares no- eran compatibles con el espíritu del -

siglo, antes bien • presentaban un obstáculo al -

XLIV

dos los planes de campaña, ó los planes de ga-binete, ó ambas cosas? ¿Hasta qué 'punto haninfluido en la duracion de la guerra los auxiliosestrangeros que recibió la faccion por el Piri-neo , y la conducta del ministerio lances res-pecto de España? ¿Cómo se esplica bien la di-ferente suerte que Portugal ha tenido con DonMiguel? ¿consiste en sus aliados, en su Prisiciongeográfica , ó en la habilidad de su gobierno?¿Si todos los que hacen la guerra á D. Carlosno buscan igual corona de victoria, pondrán enaccion todos los medios de triunfar? ¿Puedehaber interesados en que la contienda dure, con.miras de política y de ventajas personales ? ¿De-tienden la causa del pretendiente los que apro-vechan la revuelta para robar y hacer fortunací para comer? Muchos de estos ¿no serviriarien nuestras filas si hubiera partidas francas ria;.-cinnales corno en la guerra de 'independencia?El humano y .benéfico comportamiento que te-nernos con los. rebeldes ¿es sanguinario y fatalpor lo 'que ha pódido•influir en, la. osadía y con,sideracion dada al ¿puesto bando?

FR ULES.

XLVdesarrollo de la riqueza y á- la felicidad materialde los pueblos. En España se habia generaliza-do esta opinion mas de lo que muchos pensa-ban y quisieran , por lo mismo que abundabael clero regular, que habia sido inlIti n, ente ycontinuaba rico: de manera que era imposiblesostener mas esta institucion antigua , tanapartada de su primordial objeto, tan mundani-zada y corrompida.

Agregábase á esto, que sobre las ideas ge-neralmente arraigadas en el clero, opuestas alrégimen constitucional, tenían los frailes masantipatía y dobles intereses en el sosten del ab-solutismo, puesto que velan desaparecer su ins-tituto triunfando la libertad. Asi es que , salvaspocas y honrosísimas escepciones , el clero regu-lar, especialmente, se declaró partidario de DonCarlos, y llegó á comprometerse muy. • al des-cubierto en su causa. Entre centenares de ejem-

- plos que de la deslealtad de los regulares y deprelados eclesiásticos pudiéramos citar, recorda-mos la conducta de los frailes franciscos de HM.-nachos en enero de 1834; la rebelion de los deSalamanca el 11 de febrero . de dicho año; eldescubrimiento de armas. y municiones hechoen mayo en el coro mismo de la colegiata de laGranja ; las maquinaciones de los jesuitas de Pa-sajes hasta julio siguiente; la resistencia del ar-zobispo Inguanzo á jurarla reina; las escanda-losas apostasías del obispo de Leon y de tantosprelados y frailes como fueron á cambiar 'por el

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'sr,vtbáculo de paz el puil al fratricida ; y los sóspe-¿liosos robos de los tesoros de varias iglesias,como el de Zaragoza por Arguch, el de Cuenca,el de Córdoba &c. &c.

' Mientras 'que tan á las claras se veia cons,pirar al alero alto y regular, nuestros ministrosdébiles andaban con medidas paliativas, mas

perjudiciales que si nada hiciesen; porque ser-

vian solo para confirmarlos en . su idea de resis-tencia, dejándoles los cuantiosos medios de lle-varla adelante. Los consejeros de la reina libe-ral continuaron en la misma repugnancia de.reformar el clero, que desde .Felipe .'ll han te-nido todos los monarcas, con seguro convenci-miento de que era el mejor .apoyo de su poderíoabsoluto, asi como desconfiaban de la nobleza y

res contra el torrente de la opinion y contra laEmpeño temeraria fue mantener los regula

la debilitaban sin cesar.

pública conveniencia. El ministerio del Estatu-todendrá sobre sí el cargo de los males que losfrailes sufrieron en sus personas, por no . haber-

los protegido oportunamente ú con la fuerza ócon la esclaustracion. Veja el gobierno asesina-dos los religiosos en las calles de Madrid sin quehubiera una sola espada que los defendiese; veiaasaltados los monasterios en Zaragoza .y Barcelo-na, y ardiendo los conventos á la tranquila pre-senda del 'vecindad:; veia que los frailes mis-

mos se iban á dormir fuera del claustro, quetomaban trage seglar, y que pedían á una voz,

XLVIImuro que los escudase, d providencia que losconfundiera en la masa social; y dejó que losescesos se repitieran contra los frailes, y que elfuror se cebase en ellos, por la terca decisior• áno est inguir las órdenes regulares. Asi bajo unprincipio aparente de bondad y de nioderacionse envuelven realidades de perjuicios, de desor-den y de sangre (t)!

Triste idea did de la administracion de laépoca en materias eclesiásticas el ver en 15 dejulio de 1834 un real decreto por el que se abo-lla definitioamenle el tribunal de la inquisicion;empero •dejando á los dependientes el sueldo quedisfrutaban. Estinguido el santo oficio por lascórtes el 22 de febrero de 1813, y no habién-

(1) De los setenta y cinco frailes sacrificados inhumana-mente en Madrid el 17 de julio de 1834 por el furor popular,que los suponia envenenadores de las aguas, para esplicar elterrible desarrollo del cólera, constan los nombres de los si-

Pile"Convento de S. Francisco el Crandc.—Fr. Lorenzo de laHoz, guardian.—Fr. Juan (:anal, vicario.—Fr. Luis Quintaras,secretario general.—Fr. Felipe de Ozores,- procurador de lacasa.—Fr.-Jose María Fernandez y Fr. Pascual Sardina, visi-tadores.—Fr. Benito Carrera y un hermano suyaLos orga-nistas Fr. Sonado y Fr. Mariano.—Los amanuenses del ge-neral Fr. Silvestre y P. Alcalde.—Fr. Angel [binan Diego,maestro de gramatiem—Fr. Francisco Marielialar.—Fr. Anto-nio Postigo.—P. Pert letra.— P. Barranci.—Fr. Francisco Aguas;Fr. Antonio Zamora; Fr. Twain) Vacas, y Fr. N. Salcedo,tudiantes.—Fr. José Villajos; Fr. Vicente llena; Fr. AlfonsoTorres; Fr. Jose'de Sta. Cruz; Fr. Pedro Rebollo; el campa-¡jeto del P. Ozores; P. Ventura; el ropero Fr. Antonio, y losenfermeros primero y segundo, legos.—Hermano Baldomero,de la enfermería; 11. • Timoteo, portero; Alejo;•/1. S'opería;11. José, asistente del P. Bello;. Hermanos Matías, primero y

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XLVIII•

dolo restablecido los restauradores de 1823, 'elnuevo decreto, con calidad de definitioo. suponía

que los ministros de Isabel, 6 no considerabanválida la abolicion hecha por la nacion en cór-tes (siendo asi que de hecho la observó Fernan-do absoluto), ó la creían necesitada de su sobe-rana aprobacion, 6 se figuraban pasar por re-formadores diciendo que quitaban lo que ni cxis-tia, ni habia existido en la década de Calamar-de. Este acto en' que algunos pudieron buscargloria, califica debidamente un gabinete apoca-do, que no acertaba á separarse á las claras delTumbó que encontró establecido.

Y qué diremos de las conde-Tendenc ias y

debilidad qué tobo con el clero disidente, conlos clérigos indignos de este caracter que ericen-

sgundo de la cocina; Vicente Dieguez; H. Rafael, hospi-

talario de Córdoba, y H.- Basilio, de las monjas de Valdemoro.Son 17 padres, 4 estudiantes, 10 legos y 10 donados: total

de franciscanos 41.Colegio imperial de S. kidro.—P. Sauri; P. Juan Arti-

gas; P. Castor Fernandez; P. José Fernandez; y P. linanue ,(este solo fue gravemente herido), presbiteros.—P• Btixon,Trances; P. Lola; P. Barran; P. lirreta; P. Demont y P. Cor-tes, maestros.—P. .José Sanebez y P. Barba, maestros de gra-matica.—P. Garnier> de humanidades.—Ilermanos Ruedas,',.

refitolero ; Goyorza,despensero , y Ostolaza, carpintero. Son:

5 presbíteros, 9 maestros y 1 hermanos: total de jesuitas 17.';

Convento de Sto. Tomás.—P. Narayo.—P. Fr. José de:

la Puente.—P. Carainano.--El predicador couventual.--11Iaes

-tro Sebastian.--Fr. José, lego de la bodega. Son 5 de misa yun lego: total de dominicos 6.

Convento de la illereed.--17.1 P. ex-provincial.P. Espar-

za.--P. Somorrostro.--P. Temprano.--P..Castaio.--P. Casta-neyra.--P. Magarefio , cantor. Son 7 de los mercenarios calza-

doS, y otros que se ignoran bastzull.

XLIXdieron y sostenian la guerra sangrienta contralas legítimas potestades? Con su pasaporte salióá recrearse el célebre D. Victor Saez al pais na-tal en que tenia tanto influjo, y á sabiendas delgobierno desapareció, sin que el público hayaentendido todavia la causa de,su fuga ni su para-dero. Bien conocida es la conducta posterior delobispo de Palencia, las contestaciones atrevidasque varios prelados dieron al gobierno', y la le-nidad de las providencias tornadas para que obe-deciesen y respetasen el poder temporal que losconsintió, que los protegió y que los manteniabien dotados y aun ricos.

iNonibrose una junta eclesiástica que propu-siera el arreglo clerical; pero ¿qué reformas pu-do el gobierno prometerse de individuos del cle-ro mismo, comprometidos á no caer en la des-gracia de Roma, tí no ser tildados por su clasede novadores, y á sujetarse á los datos v obser-vaciones de sus compaiieros prelados? Desde elconcilio'de Trento se está hablando sin cesar dereforma del clero; mas ni se ha hecho ni se ha-rá ínterin se busque la aquiescencia de la curiaapostólica y se fíe el plan á solo los interesados,y á los mas interesados en los abusos que hoyexisten. Ási es que despues de mucho tiempo deplanes y proyectos, en los ministerios de Marti-nez de la liosa y conde de Toren° se pensaba,como una gran cosa, en suprimir quinientosconventos, incorporando sus frailes en los res-umes: y esto á sabiendas del pronunciamiento

d

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II •de la opinion, y despees de los lamentab les atro-pellos que los regulares halan sufrido en lasprovincias y en la corte misma.

Conociendo mejor el voto nacional el minis-terio de setiembre, determinó en el intervalo delas legislaturas la Icompleta estincion de los frai-les que el tiempo labia casi realizado: acto depolítica, de humanidad, de importancia econó-mica y de interes por la buena causa, que me-reció la aprobacion de los representantes y de lanacion toda. Cuando la guerra civil acabe y laconfianza renazca, se verá el prodigioso efecto dela desamortizacion eclesiástica, y palparemos lossaludables frutos que la juventud presta, libreya de la educacion oscura, rancia y viciada quetomara en las aulas monásticas, y comprometi-da á emprender profesiones útiles, en vez de bus-car la holganza y el aislamiento de los claustros.

La estincion total de las órdenes religiosases el paso mas gigantesco que hemos dado en laépoca presente; es el verdadero acto de reformay de revolucion. A la generacion actual le sor-prende no hallar por parte alguna las capillas yhábitos que viera desde la niñez, de tan varia-das formas y matices corno eran multiplicadoslos nombres de benitos, gerónimos, mostenses,basilios, franciscos, capuchino-3, gilitos &c. &c.;pero no admirarán menos nuestros sucesores latransformacion, cuando tradicionalmente solo ypor los libros sepan lo que eran los frailes y co-mo acabaron, y cuando para enterarse de sus

LItrages tengan que acudir á las estampas ó á losmuseos. ¡Entonces sí que ofrecerán novedad é in-terés en las tablas el Diablo predicador, la Fuer-za del sino y otras composiciones dramáticasque median frailes!

Cuestiones por resolver. ¿Las escenas san-grientas que ocurrieron en Madrid el 1 7 de ju-lio de 1834, fueron resultado de un plan ante7rior, ó casual coincidencia del desarrollo del có-lera con el espíritu contrario á la permanenciade los regulares? ¿Fue voz malignamente espar-cida la de que los frailes envenenaban las aguas,ó error popular nacido de no comprender lascausas de la repentina mortandad, semejante álos que corrieron en Paris y otras grandes po-blaciones, y á los que siempre creyó el vulgopara esplicar los estraordinarios sucesos (i)?¿Qué influencia hubiera tenido en la marcha dela revolucion el adelantar la estincion de los re-gulares, sin comprometerlos á ser víctimas, nidar lugar á escenas horrorosas? ¿Puede esplicar-se el progreso de la opinion en esta materia porla conducta misma del clero en la reaccion de1823 y en los afros subsiguientes? ¿El pueblo

(1) Los que estraiinn que el pueblo atribuyese la súbitamuerte de tantos coléricos á envenenamientos y otros malig-nos artificios, deben saber que en reales órdenes y avisos delgobierno católico se les han presentado como ciertas tales vul-garidades. En la gran epidemia del siglo XVII, al mandar 5las justicias que se incomunicasen, cerrando los pueblos, seles daba por advertencia que el contagio provenía de unospolvos mortiferos que los hereges baldan esparcido para acabarcon los cristianos. Aquellos polvos traen estos lodos.

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que en 18°8 seguia ciegamente á los frailes;que los vió modificados y disminuidos en 1821,y que ya en 1834 toleraba su perseencion, serátodavia fanatizado para.resistir el régimen libe-ral porque escluye las órdenes religiosas? ,Yol-verian á reedificarse los conventos derribados, yá entregárseles los bienes vendidos, aunque elabsolutismo triunfase por un momento? ¿Quiénha causado mas danos al clero, los reformado-res que pretenden modelar su número y sueldosá la pobreza de la nacion, ó los que preocupa-dos y ciegos adictos se empellan en sostener loque es imposible y repugnante? ¿Ha debido influir la esclaustracion en favor de la causa na-cional, privando á los rebeldes de centros'ae co-municacion y de recursos? Si los frailes hubie-sen respetado las ventas de sus bienes, .6 al me-nos las mejoras y el precio, y no se hubieranencarnizado con los liberales„ihabrian sobrevi-vido por algun tiempo? ,,Las predicaciones vi-rulentas de 1823, y las escitaciones á vengan-zas, no pusieron en choque su conducta con lareligion de paz?

MILICIA CIUDADANA.

Apenas osaron los partidarios de D. Carlosalzar el pendon del fanatismo y de la rebeldía,cuando los amigos de la libertad y de la reina seles pusieron al frente. No aguardaron los lealesá que el gobierno les mandara empuñar las ar-

LIIImas (1): ellos por sí mismos salieron á la defen-sa de la patria, porque vcian el peligro. A losprimeros dias de octubre de 1833 dieron el gri-to los carlinos: pues el t e del mismo Mes yaLabia voluntarios de Isabel II en Santander; enBriviesca los armaba el general Butron; en sanSebastian, Castro Urdiales y Sahagun se pres-taban al servicio, y desde el 4 y q de dicho oc-tubre se ofrecian á defender la buena causa losliberales de Barcelona ,igualada y otros pueblos.Y es tanto mas de admirar este buen espíritucuanto que todavia esistian bajo el gobierno deCristina cerca de quinientos batallones de rea-listaS que se armaran en favor del absolutis-mo en el reinado de su difunto esposo; pueshasta el 25 del referido mes de octubre no se (lióla orden de desarme, cuando ya las hablan em-pleado contra la patria y la reina que los soste-nía privilegiadamente.

Los milicianos nacionales de la época consti-tucional y otros jóvenes que babian mamado lasbuenas doctrinas en medio de la proscripcion,fueron los primeros á inscribirse en las filas dela milicia, que el gobierno bautizó con el nom-bre de urbana, huyendo en todo las denomina-ciones patrióticas, que pudieran envolver hala-

(1) El presidente del consejo de ministros dijo en la sesiondel 10 de setiembre de 1834 que la milicia era obra suya; ypor las fechas que citamos en este artículo se ve, que el go-bierno no habló de tal fuerza hasta la circular de 25 de octu-bre de 1833, veinte ibas despues que existiese, y tres mesesantes de que dicho seiior fuera consejero de M.

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LIVgüeios recuerdos. Mas al ver que los patriotasse adelantaban en la empresa, el ministerio, de-seoso segun espresó de uniformar la institucion,

tal vez con el fin de contener el entusiasmoque miraba como peligroso, dió una real ordená 24 de diciembre de 1833 nombrando una jun-ta que formara un proyecto de reglamento parala Milicia Urbana. Compúsose del capitan ge-neral D. Manuel Freire, del marqueS • de Espe-

ja, gobernador de Madrid, del brigadier DonFrancisco Javier Cabanes, del duque de Gor;del brigadier D. Manuel Latre, superintendentede policía, y del brigadier D. Francisco de Pau-la Figne •as, coronel del segundo regimiento dela guardia real. Tal era el estado de este nego-cio antes de que entrase á gobernar el ministe-rio del t.statuto.

Redactó la junta su reglamento, que debiaresentirse de que los mas de los miembros fue-sen inilitares y de los temores de la época; ymas 6 menos modificado por el ministerio apa-reció el 15 de febrero de 1834. Con decir quelimitaba la fuerza ciudadana á uno por cientodel vecindario en solo los pueblos de 700lías arriba, está hecha su crítica: asi es que mu'luego se hizo ver que no habia en Espafia masque Gs9 pueblos que pudieran tener milicia se-gun el plan, y que su total de fuerza no escede-ria en todo el reino de 4.22 hombres. Tan mez-quina apareció la institucion en ruanos del go-bierno por el célebre arreglo, que se designó irá-

LV-nicamente con el título de reglamento del unopor ciento.

Vióse obligado el gabinete á enmendar sindemora algunas disposiciones restrictivas, y co-mo la voluntad de los libres estaba tan dispues-ta, apenas se abrid el alistamiento, acudieron'centenares á engrosar las filas. Baste indicar queen Madrid se presentaron en los cincuenta ycinco primeros dias útiles desde el 11 de marzoal 15 de mayo de i1334, nada menos que 3299ciudadanos, no obstante el disgusto que reinabapor la estrechez y desconfianza del reglamento.¡Qué no hubiera sido si el gabinete, sobre teneré inspirar confianza, escitara el celo de los bue-nos patricios y se pusiera al frente de las opi-niones dominantes para dirigirlas bien!

Reunidas las córtes se presentó en la prime-ra legislatura un proyecto de ley, que discutidoy aprobado en ambos estamentos fue sancionadoen 23 de marzo de 1$35; pero ni el empuje dela opinion, ni los esfuerzos de la valiente opo-sicion de hm procuradores pudieron libertar aque-lla ley orgánica de las notas de recelo que ani-maban al gobierno y á su mayoría respecto dela fuerza ciudadana. No pudo conseguirse quese escluyeran 'del alistamiento los ex-realistas ypersonas enemigas de las nuevas instituciones,ni aun que se cambiara el nombre de MiliciaUrhana , en el de Nacional, que tanto lisongeabaá los patriotas.

'Verificado el cambio ministerial en setiem-

Page 29: Cortes Estatuto

bre de 1835 se espichó un real decreto el 28 dedicho mes, dando á la Milicia Urbana el títulode Guardia Nacional; y esta prueba de deferen-cia á la opinion póblica fue una de' las ancorasen que se apoyó el prestigio y popularidad deaquel gabinete. Con fecha ro de diciembre pre-sentó el mismo un proyecto de ley adicional re-ducido á dejar al juicio de los ayuntamien tos d

armamento de los nacionales que mas garantíasy adhesion presentasen, á disminuir las esencio-nes y á dar mas ensanche y popularidad al an-terior reglamento. Los representantes aprobaronlos artículos adicionales con algunas enmiendas,y la Guardia Nacional empezó á recobrar el es-píritu que desde el prirkcipio tubo, si bien enalgunos puntos se convirtió en daDosa la facul-tad discrecional de los cuerpos municipales.

Otraj" variaciones se hicieron mas tarde sobreelecciones de oficiales, sargentos y cabos y acer-ca de la organizacion en batallones y escuadro-nes; pero casi siempre por el estado de guer-ra en que se hallaba el pais estubo la milicia cí-vica sujeta á la autoridad militar, que en unaspartes quiso sujetarla demasiado á la ordenanzadel ejército, y en otras creyó que no ,podia com-prometerla á grandes fatigas mientras hubiesesoldados de que disponer. Hubo movilizacionesvoluntarias, las hubo tambien forzadas en quese llamó por orden á los solteros, viudos y ca-sados sin hijos, y mediaron en el entretantoquintas que comprendian á los que ya estaban

en campaña, y qué los trasladaban á otrosLVII

cuerLpos. Tantas mudanzas en la organizacion, en elnúmero y en la dependencia; las reorganizacio-nes y disoluciones que ocurrieron en algunospueblos donde la milicia significó descontento;la falta de armas en muchas partes, y el recelomas ó menos descubierto que casi Siempre mos-tró el ministerio de dar fuerza al pueblo, tubie-ron á la -milicia sin la unidad y vigor que re-queria, desalentada y aburrida del poco aprecioque merecian sus voluntarios y costosos sacrifi-cios. En los autos de 1835 y 1536 llegaron ácontarse 4 759 guardias nacionales, de los quesolo 15 72' estaban armados (i).

Nuestros gobernantes partieron en esta ins-

(1) El estado generaldatos oficiales que tenia

Distritos.

de la fel gobierno

!Van-lento.

z't fin

Cabo-((n'YO.

terza ciudadanade 1836,

drilBe-

,es

Bolabe-

segun loseste:

Total.

Castilla la Nueva.. Castilla la Vieja. Aragon Cataltnia Valencia.: Andalucía Granada.Estrernadura. Navarra Provincias vascongadas Galicia Mallorca.

1.5,791

00;802

58,311110,51211,41041,66671,03520,548

57,1114,2502,511

1,474

3,2472,394

68.5220

2,7003,8351,5452,121

1:7o

107SS

'99234

o.922723100139163

o125

e80

O0Ooo0

41.5100

oooo

61,857113,14012,12542,80874,15824,48317,89059,4954,4272,669

00,9091,612

Totales .155,184 17,080 278:5 515 175,87.3

Page 30: Cortes Estatuto

titucion, como-en las Mas de sus resoluciones,de los principios generales que naciones vecinassiguen en 'el orden normal; olvidándose de quesi en tiempos comunes d servicio de la milicia.es una carga concejil, ó un derecho de los inte-resados en el orden público, en la presente san-grienta lucha era un compromiso grave, un ras-go estraordinario de patriotismo que exigia pre-,cauciones y merecia recompensas.¿Y cuá rse

les te

da-

bieron? Uniformarse á su costa, equi-osar de

su cuenta, gastar en las salidas, y no gozrecho ni preeminencia alguna como tales nacio-nales. Mostraron su heroismo en Cenicer

o , P-e

Pe-

ralta, G-andesa,. Lucena , el Quintanar, Sandor, lkegneña, y en cuantas ocasiones se ofucie-ron: se les vid escluidos de capitulaciones y decanges, sujetos á la brutal ferocidad de las fac-ciones, perseguidos corno cortejos de los enemi-

gos. de la patria, y mirados como anarquistas porlos que mandaban. ¡Lamentable, posición Y aun-que el restablecimiento del código de 1812 res-tituyó el nombre glorios o de

"Vida Nacionta y

la ordenanza orgánica de 2 9 de junio de r82.2,

era dificil ya destruir los elementos creados ylos inconvenientes producidos, caso de que dgobierno hubiera deseado entregarse con enteraConfianza á la fuerza ciudadana, y fiarlo todo ásu número y decision.

Ofrécensenos estas cuestiones. ¿Fue un error

político negar las armas á las masas en 1 833 y

1834, cuando las pedian con entusiasmo, cuan-

LIX•

do la faccion era pequeña y cuando el partidoliberal no estaba dividido? ¿El armamento quelas facciones han obtenido de la milicia en lospueblos chicos, prueba que no debió estenderseá ellos la institucion , ó que se estendió ya tar-de sin cuidar de organizarla de modo que siem-pre se reuniera segura en puntos fuertes bien dis-tribuidos ? Resuelto el problema de que todopueblo que se ha resistido ha escarmentado ála faccion, ¿no halda sucedido en todos si en to-dos se hubiera cuidado de mantener el espíritupúblico con buenos gefes y autoridades y dispen-sándoles proteccion, ayuda y socorros efectivos?Si lo que se ha gastado en movilizaciones tran-sitorias y en aglomeraciones innecesarias se hu-biera invertido en dar á la milicia un pie de guer-ra muy semejante al de las tropas de línea, ¿ha-bríamos cogido mas frutos y mas sazonados? ¿Pudoser preferible á alguna de las quintas y al con-siguiente aumento del presupuesto el movilizarpermanentemente dos batallones escogidos en ca-da provincia, con gefes y oficiales veteranos ydecididos? Los compromisos de las masas en lasrevoluciones ¿no son una prenda que hace im-posible el retroceso?

POLITICA ESTERTOR.

Si la cuestion española se hubiera miradopor los gabinetes estrangeros corno mera disputade familia, pocos hubieran negado el reconoci-

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miento á nuestra joven reina, de cuyos derechosal trono nadie podia dudar. Los gobiernos libe-rales tenian el testimonio de las leyes de parti-da, por las que la nacion ha pugnado contra elabsolutismo de los reyes; y los gobiernos abso-lutos hubieran visto en la voluntad del últimomonarca los derechos de la hija primogénita. Esdecir que ni los partidarios de la legitimidad po-dían desconocer el testamento de Fernando, nilos constitucional es las leves fundamentales deEspaña, hechas y ratificadas en . córtes. Toda,.iamediaba una razon poderosísima en la doctrinade los legitimistas á favor de dona Isabel, y erala conducta de su tío en vida de•su hermano,pues quiso echar por tierra la legitimida d ,. usur-

pando el cetro al verdadero rey, valiendose dela fuerza que tenia ganada.

Pero no guiaban á los políticos del norteconsideraciones de dinastía , sino intereses deprincipios. .Vieron que Isabel simbolizaba lalibertad española, y que D. Carlos era el sostende las ideas absolutistas y el restaurador de la

Opresion inquisitorial ; y bajo de esta creencia se

decidieron en favor del pretendiente, 6 afecta-

ron neutralidad aguardando los sucesos. Unica-mente puede esceptuarse de esta regla el gabine-te de las Dos-Sicilias, que por creer perjudica-dos los derechos eventuales de su familia á la

corona de Espafia, si regia el orden regular desucesion , protestó contra todos los actos desde

que se publicó el acuerdo de las córtes de 1780,

LXIque restablecia la antiquísima 'ley de Partida.

Las cdrtes de Roma, -Viena, Berlin y SanPetersburgo, con algunos estados de Alemania,viendo que en nuestro pais se abria nueva luchaentre el despotismo y la libertad, y que pudie-ran serles favorables los triuntbs del rebelde prffl-cipe, modificaron sus principios de legitimidad,y estando en lo ostensible neutrales, han favore-cido moral y secretamente la causa de D. Car-los. Aqui tienen un testimonio irrecusable losque piensan que el retraimiento de los autócra-tas y soberanos absolutos nace de nuestras exi-gencias: cuando ninguna demasía pudo echárs6nos en cara, cuando acababa la nacion de darsepor muy contenta con el Estatuto otorgado, yalos gobiernos referidos rehusaban reconocer ánuestra reina, pues el r6 de junio de 1834 mar-chó de Madrid Mr. °abril, ministro de Rusia.

Por el contrario el rey de los belgas, el deGrecia, el de Dinamarca, el de Suecia, las ciu-dades Anseáticas , el emperador de Marruecos,el del Brasil y la república de Norte-Américaque veian la cuestion desapasionadamente, reno-varon ó contrageron las relaciones mas sincerasde amistad y buena • correspondencia con el go-bierno. de Isabel. Y las potencias mas empefia-das en el triunfo de los buenos principios, nosolo se apresuraron á reconocerla como reina le-gítima de España, sino que se prestaron á tra-tados de alianza, importantes en su esencia ymas significativos en lo moral.

Page 32: Cortes Estatuto

Estando en Portugal los dos pretendientesD. Miguel y D. Carlos reconocieron las cuatronaciones vecinas del mediodia cuanto importabadestruir sus planes de oscurantismo; y al efectose celebró el famoso tratado de Londres á 24de abril de 18,34, que se llamó de la cziadruple

alianza por ser cuatro las partes contratantes,Espafia, Portugal, Inglaterra y Francia. El ar-tículo relativo á esta última potencia es el 4.°

que se redactó en estos términos."Art. En el caso que la cooperacion

de la Francia se juzgue necesaria por las altaspartes contratantes para conseguir completa-mente el fin de este tratado, S. M. el re d- de los

franceses se obliga á hacer en este particular to-do aquello que él y sus tres augustos aliados de-terminaren de coman acuerdo."

Demasiado cauta fue la Francia en la redac-clon del artículo que la conccrnia; y si nuestrospolíticos no supieron ó no pudieron empeñarlamas clara y francamente, haew mal en culpará los sucesores de la falta deVna cooperacion,que en términos tan , vagoS y condicionales esti7-

pularon. El gobierno de Luis Felipe se reservócuidadoso el determinar el cómo, el cuándo yel cuánto de sus ausilios, de acuerdo con los tresaliados, y esta es la hora en que no hemos vistootra cosa que los artículós adicionales de agos-to siguiente que obligan á la Francia á impedir.que los facciosos reciban por la frontera ausiliosde gente, armas y pertrechos de guerra.

LXIIICómo el gabinete trances ha llenado este

deber, público es en ambos paises, y mas sabi-do en los puntos fronterizos: ¡ojalá que pudié-ramos estar tan satisfechos en esta parte comodebemos estarlo de los poderosos y eficaces so-corros de la Gran Brema, y de la justa rcmu-neracion que Portugal nos ha hecho por la de-cisiva jornada de nuestras tropas en aquel rei-no! Ni esperamos que el gabinete de las 'fulle-rías sea en adelante mas pródigo en ausiliarnos,por mas que asi se lisongeen ciertas gentes, áquienes arrastra el deseo ciego de la paz, ó elespíritu de partido. Las razones • que tenemosson estas.

Luis Felipe es hijo de la revolucion de ju-lio, y por ella subió al trono de que tan lejosestaba por la ley: á Luis Felipe le hizo lugaren el solio la revolucion, destronando una di-nastia entera y espulsándola de Francia: LuisFelipe, como Napoleon, debia ser mirado comointruso.por los reyes y gobiernos mantenedoresde la legitimidad. Y asi como Napoleon fue re-conocido por las potencias del norte en la Segu-ridad de que ahogarla el republicanismo, mu-cho mas temible para ellas que la ilegitimidadmisma, asi Luis Felipe ha podido figurarse queaquietará la repugnancia de los legitimistas,parando la revolucion en Francia, y no contri-buyendo fuera á la propaganda de la libertad.Si á esto añadimos la propension natural de losgobiernos á enlazarse contra las pretensiones

Page 33: Cortes Estatuto

-tatrevidas de los pueblos; los celos que pudiera.xtv

encender la entrada de un ejército francés enEspaña, y, lo que no es despreciable , la casiimposibilidad en que está Luis Felipe de dis-traer con este objeto un cuerpo respetable, ne-cesitando sostener el ejército de África, la guar-nicion de encona, el ejército del Rhin, las nu-merosas guarniciones de Paris y yon , y losdenlas puntos militares y plazas fue

Lrtes de Fran-

cia, se verá las probabilidades de la interven

-cion ó cooperador fuerte que algunas cacarean.Cuestiones. ¿La grande influencia política

de la alianza cuadruple, que representaba uni-do el inediodia de la Europa y los gobiernosliberales, tiene hoy el valor que antes, vistala política de Luis Felipe con sus aliados del

;norte y con España? ¿La reserva que el gabi-nete frances usó en el art. 4.° del tratado dejalugar á creer que ningtm ministerio españolpudo ser mas feliz ni mas exigente que aquelque contrató ? ¿ Hasta qué punto ha dado pres-

tigio ; á la causa del pretendiente el no reconoci-miento de algunas potencias, y las negativas de.la Francia? ¿Pueden considerarse como perju-diciales las peticiones estériles de ausilias por elefecto que produjeron dentro y fuera, de repre-sentarnos mas débiles y mas desalentados? ¿Sinlos medios y efectos que don Carlos ha recibi-bido por la frontera,, hubiera podido sostenerse'

cuatro años en las provincias esentas? Los ge-nerales y oficiales estrangeros venidos á la fac-

LXVcion , los cañones, caballos , uniformes, armasy denlas recursos que le han llegado, pnedenno afectar la neutralidad de unas potencias, yla amistad de otras? ¿Será el plan maquiavé-lico de algun diplomático que España se causey destruya, para que abrace al fin el despotismoó lo que gusten darle ?.

HACIENDA. PÚBLICA..

:En momentos de trastornos políticos, de ge-neral desórden y de guerra devastadora, difici-lísimo es, por no decir imposible, que se con-serve en regular estado el tesoro nacional y elcrédito del gobierno. Nosotros que, al salir delcaos de la tiranía, necesitábamos organizarlo todo,hubimos de esperimentar la confusion que pro-ducian los , viejos y carcomidos escombros deledificio antiguo, y- los informes y mal prepara-dos materiales de la- proyectada obra. Sobreeste inevitable mal vinieron las devastacionesde la guerra , eLpillage de las ordas rebeldes,la falta de produccion, las malas cosechas, lapermanente inseguridad , el aumento de las ne-cesidades, la rapiña, el despilfarro; y la mala ad-ministracion que la inmoralidad lleva consigoen tiempo de revueltas: por manera que nuestroerario y nuestro crédito no pudieron repararseá pesar de los esfuerzos y sacrificios sin númeroque los pueblos y los patriotas hicieron.

Cumpliendo entretanto como honrados cas-tellanos con toda casta de acreedores, reconoci-mos los empréstitos del absolutismo , y rehabi-

e

Page 34: Cortes Estatuto

LXVIiQue aumentado con el estraor-

dinario de guerra 152.612,00o.Y con el adicional de Gracia y

Justicia. 4.077.000.Hacían un deficit total de. . . . 442.58

Y para cubrirlo propuso el ministerio y leconcedieron las cortes un empréstito de 4.00 mi-llones, que no tardó en consumirse. •

El gabinete ,de setiembre ; viendo por unaparte que las necesidades se agravaban y que lasrentas disrninuian por el estado de las provin-cias, y creyendo de otra que era imposible rea-lizar préstamos •cOnvenientes al. interes y al de-coro de la nadan, se arrojó á presentar el pro-grama de los recursos interiores, cuando tanenormes eran las necesidades. Valor que no se

bles por su cuantía, por su origen ó por la calidad de losagraciados.

Sobre Cruzarla.A S. Pedro de Roma, desde 1537, rs..rn.A 8. Juan de Letras, desde 1624 Al nuncio de S. S., desde 1758:.

Sobre Espolios.A D. Majas Bravo, 1826

Sobre Correos.A D. Gerónimo Merino (el cura Merino) en 20 fe-

brero 1821 A 1). Pedro María Rubio

' 28 febrero-18P S'obre Loterías.

A D. Francisco Conzales Estéfani. Sobre el real tesoro.

A la marquesa de Mata Florida, 24 octubre 1837 A D. José Gomez Hermosillo , 13 junio 1828 A D. Alejandro Camblo•, 7. enero 1824 A D. José Domingo Diaz , 1.° de febrero 1828. A D. Domino Itonchi

344,66913,020

100,000

20,000

36,00060,000

12,000

60,00018,00012,00040,00024,000

litamos los anulados de la época constitucioná,

S.-511.

duplicando la deuda pública, y los intereses que

apenas pudimos pagar un do, por suos

l enormi--

dad. y nuestros apuros. Yo se quejarán estra

ims de nuestro esmero en reconocer

era dcomo el

-ase dulelas

asl: ba

ta-ta el empréstito de Guebhard, pre

Clalcio

yon5.etas que vinieron -.quitarnos

onstim-

cion y á Volvernos las cadenas, fue demas

clarasod

deuda legítima , y tan -valeda-grado empeito para sostener la libertad. 1Plu-

, gulese al cielo que fuésemos tan ricos como de-

seosos pagadores!No contentos

con tan generosa conducta,

empezamos á querer reparar las pérdi sidas y pa

ar-

decimientos de los liberales; y es cosa ngulque el ministerio que lo repugnaba no ponia di-ficultad en dar el sudor del pueblo á sus pro-

pios vgerdugos y perseuidores. En los presa-

•puestos que el gobierno presentó á las cortes

para 1 835., figuraban entre las cargas públicas

pensiones concedidas en la reac satiá

cion

anlean

b de 1823

los asesinos de la libertad, y se estasfa-ciendo aun las de los absolutistas que peaben -Navarra en lashordas del pretendiente (•Asi es que montando las contribuciones queconstituian las rentas del estado segun el últimoquinquenio la suma de rs. vn• •

51.15(37,579.

Y el presupuesto ordinario.. • • 937.460,321.

__

Se presentaba un deficit de. • • • • 2 5.892,7 42.

(1) En la lista' de pensiones presentada al estamento ae

. .

procuradores en 1834 Labia entre otras las que siguen, nota-

Page 35: Cortes Estatuto

tx-vntredujo á mera teoría, puesto que en su larga

administracion, de lás . dos series, consiguió conasombro de sus propios enemigos entretenermejor que nunca las obligaciones del tesoro, yel inmenso coste del ejército, sin apelar á otros

medios que á los interiOres y á las operaciones

de banca; y eso que llegó el presupuesto de laguerra á cerca de mil millones anuales.

justicia Estajcia la mere ce aquella admtracion,• dí-

• Base lo que se quiera de sus errores políticos, de

que como el que mas nos dolemos.Pero el recurso de mas importancia econó-

m qica política ue la hacienda. naciona l con-

siguió en este tiempo, fue el de los bienes nado-nales de ambos cleros, que por los cálculos mas

tajosesceden de 49 millones de reales. Si

las circunstancias de la lucha desoladora no,: loestorbasen , -es incalculable la revolucion. quemasa tan considerable y escogida de propieda-des territoriales podria hacer en la hacienda yen la felicidad de España. Con orden y con

. inteligencia seda este un manantalguna delropa puede presentar. El haber ido nosotros me-dio siglo atrasados en las reformas , nos

-pro

porciona hoy un recurso cuantioso que las otrasnaciones han gastado ya; y cuando el apremiodel momento y la incertidumbre presentaaobá r e y

Pri-

mera vista á nuestro gobierno como p desvalido, posee los medios mas gigantescos, sillega el dia en que los desplegue con oportunidady conibinacion. Si la buena division de las tier-

LX!X

ras es el fundamento de la riqueza segun sabioseconomistas , nosotros estamos en el caso de re-partir la-mitad de nuestro suelo.

Los apuros del dia se han ido cubriendoentreteniendo con arbitrios y operaciones mas6 menos diestras y costosas. A las quintas decien mil y cincuenta mil hombres acompañóuna especie de tributo voluntario , que era laredencion de la suerte por dinero: medio nomuy moral álos ojos de unos, pero ingenióso yUta 'á juicio de muchos. Despues se apeló áanticipaciones forzadas , á contribuciones es-traordinarias, á donativos y á gravámenes in-evitables, que han agotado bastante las facul-tades escasas de los contribuyentes; pero aunpodrian repetirse los esfuerzos, si las dilapida-ciones y destrozos de la guerra no -tubiesen ani-quiladas la mitad de las provincias, y si los su-

ministros. en otras no llegasen yá á cubrir lascuotas de dos ó tres años de contribuciones.

¿ Hubiera sido mas acertado en economía yen política, repartir al pueblos los bienes na-cionales, en vez de sacarlos al mercado? ¿Com-pensa la parte de deuda que se amortiza, losintereses que hubieran podido crearse á favordel régimen actual? ¿Es preferente el créditomomentáneo para encontrar quien preste, á las

ventajas futuras de la distribucion cómoda delterreno? ¿Los abusos á que pueden dar lugarlas ventas , tendrian lugar en la injusticia yparcialidad' del reparto? Prescindiendo de losinconvenientes de cada método. ¿tendrán todos

Page 36: Cortes Estatuto

el resultado final de desnivelar . la riqueza ter-ritorial en proporcion de las actuales fortunas,de la• laboriosidad é inteligencia de los propie-tarios? ¿Se ha trabajado en ordenar la haciendapor otros medios que variando instrucciones ymodificando reglamentos? ¿Hubiera sido hace-dero el organizarla radicalmente , acercándoseen la sencillez de la recaudacion y en el núme-ro de brazos á la planta de una gran casa decomercio? ¿La intervencion de las autoridadespopulares en lalacienda militar, bien estable-

cida desde el principio, habria disminuido -mu-cho las dilapidaciones? ¿Hubiera sido menosfunesta una bancarrota, seguida de un presu-puesto reducido á la posibilidad de la nacion,que tantas palabras vanas, tantos atrasos de pa-gas, tantos créditos no satisfechos y tantas es-peranzas fallidas. •

IMPRENTA. PERIÓDICA.

Los que consideran á la imprenta como unpoder en los gobiernos representativos, hablan(le la prensa libre: nosotros durante el Estatutola hemos tenido bajo la dura 'férula dela censu-ra previa, y mal podia creerse un poder del es-tado. Ha hecho bienes inmensos, porque el con-tinuo empeño del escritor lograba disfrazar al-gun . dia sus sentimientos hostiles, ó presentarde manera su oposicion que se escapase .á la vi-gilancia censoria: pero advertido el gobierno del

dafío'que le hacia un periódico tenia en su ma-no el remedio: suprimirlo.

Entre las bárbaras restricciones ideadas porlos enemigos de la libertad de imprenta, ningu-na mas terrible y funesta que la supresion lamuerte de un papel público. Coleo si una em-presia de esta clase no mereciese respetos por lapropiedad que representa, los capitales que po-ne en circulacion, las familias que mantiene yla instruccion que promueve, de una plumadase daba en tierra con tantos intereses por virtuddel famoso reglamento; y hubo ocasion en quese suprimieron cuatro periódicos en una solareal orden, como sucedió en zg de mayo de1834 al Universal, Eco de la opi; 'ion, Nacionaly Tiempo, atribuyéndoles doctrinas diametral-mente opuestas á .los principios conservadoressancionados en el Estatuto .Real. ¿Y quién ha di-rijo (pie un número subversivo no puede castigar-se sino prohibiendo escribir para siempre? ¿Aca-so al que blasfema una vez se le prisa del dontic la palabra? ¿No pueden seguir números jui-ciosos al detenido por punible?

Mas á pesar de tanto rigor, las circunstan-cias lo superaban todo, y á un papel suprimidoseguian otros no menos animosos. .El pobre cor-reo literario pereció por cuatro líneas; el jóvenSiglo debió su muerte á la humorada de salir enblanco; y el decidido nolelin, que tan ara ien-.temente y sin cesar 'labia combatido el despo-tismo ilustrado. , cayó el 3 0 do marzo de 1834,cuando su. popularidad le baba grangeado el

Page 37: Cortes Estatuto

tx-s.11mayor número de suscritores Tic tubo periódi-co espiunol. Volvió á aparecer con el nombre deEco luego que el Sr. Burgos dejó el Fomento;pero á poco mas de un ano recibió otro golpe depoder el r 7 de agosto de 1835, siguiendo las mis-mas alternativas que la marcha de la libertad.

Sobre las muertes violentas de periódicos lashabia de continuo por inanicion ; mas como eldeseo de escribir y de leer Babia cundido, á unospapeles sucedían otros, y llegaron á contarse enEspana en el espacio de dos anos mas de 120

periódicos, entre ellos cuarenta y tantos dia-rios (i), muy superiores á los de la época cons-titucional. Dificil era que la censura acertara- ácontener tantos esfuerzos, por mas que se afana-se! y cuando no uno, otro periodista- se aven-turaba á decir lo que al gobierno pesaba, y man-tenian el espíritu liberal aun mas escitado que

(1) Prescindiendo de los 49 boletines oficiales de las pro-vincias, pndremos la lista de los periódicos de la época querecordamos: los que van de versalitas subsisten todavia.

- En Madrid:=Correo literario, Cartas españolas, Revis-ta Española, Aurora „Crónica, Estrella, Semanario cri-tico, Tiempo, Diario de la Administracion, Anales Admi-nistrativos, Cínife, Siglo, Universal, Eco de laJusticia, Semanario de artes, Semanario teatral, Boletinde Comercio, Eco de la Opinion, Gaceta de los Tribunales,Ateneo, Tecnológico nacional, Mensagcro de las Cortes,Revista-Mensagero, Resista-Nacional, Observador, Com-pilador, Guerrero de Mántua, Guerrero- Compilador, Flo-resta Española, Biblioteca universal, Album , Gaceta Mi-¿lea, Peninsule lb&ique , Abeja, Minerva de la juventud,Correo de las Damas, Artista, Boletin Miscelánea,GACETA, Chanto DE AVISOS, Eco DEI. COMERC/0, BOLETIN pl ME-

DICINA, ESPA:n0/,, Jorobado, Dtr no etc.Eu Bareelona,r---.Popular, Diario de Beneficencia, Diario de

si libremente escribieran. Entonces , como enmil otras ocasiones, se vió prácticamente que esponer puertas al campo el querer repritiiir eltorrente de la opinion nacional; y que quien lacontraría, lejos de conseguir ventajas, es causade que por reaccion se vaya mas lejos de lo quegeneralmente se desea. ' •

Dos actos de . progreso tubo la imprenta pe-riódica en el tiempo de que hablamos ; el esta-blecimiento de los boletines oficiales en todas lasprovincias, y la rebaja del pote de correos conel libre cambio de los periódicos franceses, con-forme á la tarifa de 16 de febrero de 1835. Porel. primero, sobre facilitar la circulacion de lasórdenes á todos los pueblos, se abrió campo• áque se promoviesen y difundiesen los intereseslocales, y á que se fuera aficionando el pueblo ála lectura de papeles públicos. Por el segundose estrecharon las relaciones de la imprenta pe-

ciencias médicas, Tecnológico, Diario, Vapor, Ca t ala , Pro-pagador de la libertad, Guardia Nacional, Diario mercantil.

En 31anresa.=Correspondenci a periódica.En Mtircia.=Aurora %reinan.En Cadiz.=Guadálete, Atinaren pintoresco, Nacional, Ar-

chivos homeopáticos, Diario, Centinela nacional del mediodia.En Algeciras.=-Grito de Carteya.Eri Illálaga.=Indicador malagueño, Diario.En Cranada.=Telégrafo de Sierra nevada, Atisvador.En Sevilla.=Diario, Lucero.En 'Valencia.=Diario, Diario mercantil , `furia.En Zaragoza..=Mensag,ero de Aragua, Balanza, Biblioteca

médico-lisien, Diario, Eco de las Crines.En Bilbao.---=Compilador militar de Vizcaya. -En, S. Sebastian de Guiplizcoa. =Estafeta , Correo del

Norte.En Palma de .Mallorca.=-Diario Balear.

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riódica nacional y estrangera, proporcionando ámayor número de personas el familiarizarse conla marcha europea, y abriendo á los estrados elcamino de estar enterados de.nuestros negociossin incurrir en tantos absurdos corno suelen co-meter cuando hablan de Espacia. Sin embargode estas ventajas el poder de la imprenta no ha.existido hasta el cambio de agosto de 1836, por-que hasta entonces' no fue libre.

•.Eaa existencia de la censura prévia duran-te el régimen del,Estatuto, pudo producir bie-nes al gobierno ni al pais , estando abierta latribuna, y deslizándose al cabo mas de lo queel poder quería ? ¿No.era un testigo fiel de ladiscordancia de los actos con las teorías repre-sentativas, y un escitante fuerte de las pasionespor lo mismo que los escritos salían autoriza-dos, y que se consideraban reprimidos? ¿ Quéépoca fue mas fatal al gabinete , la en que usóde indulgencia la censura ó la en que se mos-tró recelosa y negativa? ¿Cale un gobierno re-presentativo y justo con la imprenta esclava-ycon la facultad de suprimir los periódicos por-que en un número se escedan ? ¿Pódia dudarseaun si la imprenta libre cauáa'mas daños ,quebienes , y abrigarse la cucstion de si es bálsamo

lepra de la sociedad? El grande influjo que elBoletia y otros periódicos han tenido en la opi-nion, ¿»aria de la habilidad de los escritores,

de la conducta resistente del ministerio? Elnúmero de periódicos y de suscritores de 'la nue-va era con respecto á la anterior constitucio-

T.XXV •

nal, ¿no prueba el progreso de las luces y lo.que se ha generalizado el afecto á la lectura yel interes comun por la causa pública?

ESPÍRITU. PÚBLICO.

No se hacia estinguido en los españoles elamor á . la libertad, por mas que el .despotisLnao de los diez arios ejerciera una vigilanciasuspicaz y un rigor inhumado con los consti-tucionales, corrompiendo á algunos. de ellos pa-ra espiar ú los domas y para tenerlos á todosen desconfianza y recelo. Las tentativas de Ta-rifa , Guárdamar, Madrid, el Pirineo y otras,por mas que no fuesen coronadas • de buen éxito,disputaron á los absolutistas la posesion pacíficay renovaron las protestas de los liberales. En los-cadalsos que á cada insurreccion se levantaban,sacrificaron michas víctimas; pero si el terrorimponia por entonces, no tardaba en aparecerun nuevo chispazo, que acreditaba al mundoque la 'libertad sofocada aun existia viva.

¿Qué mucho que al suceder la reina nulaal difunto monarca se dilatase el ánimo de losbuenos, previendo en el nuevo reinado esperan-zas que en el anterior siempre se fustraron?¿Qué cosa mas natural que , al aparecer el Esta-tuto viesen el primer paso hacia las institucio-nes libres, esperando el complemento de las cór-tes generales? Asi es que regocijados durante elprimer semestre de 1834., no espresaban los es-pañoles otros sentimientos qué los de afecto á

Page 39: Cortes Estatuto

LXXVI

sus reinas y odio al traidor, cayo fin trágico pa-recia cercano, atendida la voluntad nacional yla superioridad de saber, de riqueza y de fuer-zas que halda <le nuestra parte: el pretendientese hallo abandonado de los que saben y valenen España.

Pero muy luego se fue complicando nuestrasituacion política con nuevas cuestiones y deseos.El gabinete que habla dado el Estatuto como ci-miento, se negaba á que los procuradores traba-jasen en acabar el edificio; y por arte de encan-tos lo que ayer se confesó solar empezado á re-edificar, era hoy un palacio con paredes y te-chumbre, y hasta se defendia que ni el mas li-gero adorno le faltaba. El pueblo entonces em-pezó á conocer el engaño, y pugnando sin cesarpor verdaderas instituciones constitucionales, lasconsiguió por fin al cabo de dos insurreccionescostosas, y todavia mas espuestas en medio de laguerra civil que•el pretendiente y los suyos hansostenido.

El decir que no teníamos seguridades, elprocurar que se afianzasen los derechos políticospor. medio de un pacto , y el sostener que debiapartirse de la Constitucion que la nacion se dioen 18t 2, por ser el único acto legítimo de susoberanía, se miraba por el ministerio como sedi-'cion ylnarquía.Dábase importancia á sociedadessecretas, ó fraguadas por la policía, ó ideadas porcuatro jóvenes sin séquito: se suponiannaciones horribles, planes demagógicos; y todolo que quería el liberal mas exaltado era la Cons-

UXXVIIit!tdOn de la monarquía sujeta al examen de

las córtes. Este era el gran delito de los exalta-dos, el plan horrendo y desorganizador que lle-naba de espanto al gabinete y de viento las ca-bezas de los entapados.

Porque algunos genios fogosos idearon unasociedad, de que todo el mundo se reia, y ca-yos secretos se imprimieron con el título de Es-tatutos de la coVe deracion de guardadores de lainocencia ó isabelinos, hubo motivo para la cir-cular del ministerio•de estado, previniendo quese velase contra los enemigos del trono y del re-poso público que maquinaban en los oscurosclubs; y todo Madrid•conocia á la media docenade jóvenes que jugaban á lo: conspirador sinséquito ni trascendencia alguna. Porque llegóá creerse que en la apertura de las córtes podiahaber alguno que. reclamase la Constitn,cion 'po-lítica; prisiones estrepitosas la melle del•a..3 dejulio en que se complica al duque de Zaragoza,prócer electo, al procurador D. Juan RomeroAlpuente, á D. Lorenzo Calvo de Rozas, algeneral Van-Halen, á los Sres. Olavarría, Vi-liaba, 'Espronceda, Orense, Oliver &c.; y lue-go nada resulta de la causa contra los atropella-dos, si ya no se entreve la cábala de la policíapara asustar y embebecer. Este juego constantey desacreditado daba sobradas armas á los es-trangeros para que mirasen al partido liberal deEspaña como jacobino y sediento de venganzas;criando ha probado al mundo su cordura y ra-.cionales deseos.

Page 40: Cortes Estatuto

L%(Vi iiPero en lo interior llegó esta marcha -floja

y estacionaria á exasperar los ánimos de mane-ra, que á pesar de la noble modcraciou y gene-rosidad del partido, tubo que pronunciarse con-tra el gabinete tenaz en agosto de 835. Loshombres 'de• mas prestigio y arraigo, reunidosen juntas provinciales, dirigieron el Movimien-to y contuvieron á los menos reflexivos; masapenas vieron otros consejeros al lado de S. M.y que prometian mejorar la suerte del pueblo,cesó la division que tanto ,hacia temer, y el' entu-siasmo creado se , aprovechó para sacar hombresy recursos que sostubiesen la guerra. Los foraste-ros no podian concebir que tan pronta y senci-llamente se apagase el fuego de la disolucion.

Nueve meses pasaron en calma, y ,habrianpasado muchos mas sin las escenas ministerialesde mayo de 183G. La opinion general no se fi-

jaba solamente como al principio en el afianza-miento de instituciones liberales; tenia unane-cesidad mas aflictiva; la guerra civil, que enlugar de cortarse, crecia en estension y en es-tragos. Creíase que el no adelantar en esta con-tienda lucia de la marcha errada y contempla-tira del gobierno, discorde con sus promesas; ymas que todo se temía que manejos estrangerosy planes interiores de despotismo Ilustrado fue-sen la causa de la inaccíon de nuestros ejércitosunas veces, de no cogerse fruto de las Victoriasotras, y de que sufriésemos algunas sorpresas yreveses, que era dificil esplicar. Las lisonjerasesperanzas que el gabinete de setiembre habla

rxxitengendrado de terminar la guerra en seis mesesestaban casi muertas: los esfuerzos estraordina-rios hechos por las provincias no halan fructi-ficado lo que se pensaba: las ideas de que solouna intervencion fuerte de la Francia podia sal-varnos habian cundido; y á estos disgustos seallegaba que corrian especies•y •se esplicaban he-chos fundados en intrigas estrangé•as y de ca-marilla, perjudiciales siempre que existen, yalarmantes aun cuando solo se sospechen.

Esta es la época en (pie mas se complicó lacuestion política y la cuestion militar en el con-cepto público. Respecto de la última, no podiacomprenderse cuales eran los planes de nuestrosgenerales en gefe, ni esplicarse el misterio deque siendo valientes y leales y entusiastas lossoldados de la patria, y en número, triplicadoal de nuestros enemigos -(t), progresasen losmenos á despecho de los mas, cuando eran tansuperiores nuestros recursos á los de los rebel-des. Sospechábase que el estar los generales en

(1) La fuerza total de la faccion del Norte segun los me-lores datos oficiales era en fin de 1836, época de su apogeo,la siguiente:

PrOvinciano.r. Fuerza.2 compañías de ingenieros á 100 plazas. 4 id. de artillería á 80 plazas

14 batallones navarros de f..00 á 600 8 vizcaínos de 700 á 800.8 guipuzepanos á id.6 alaveses de 500 á 6006 comi n -lías volantes á 120

Aduaneros.

200'120

7,7006,0006,0003,300

900200

Son 36 batallones y 12 conipaúias. 24,620

Page 41: Cortes Estatuto

L'.5.75.7Cplanes políticos, ministeriales cí áulicos podíainfluir en lo que se vcia, y de aqui el eomunrecelo de gefes y palaciegos, que la argucia deunos exageraba al sumo, y que en vano otrosintentaban desvanecer.

El ministerio,de mayo de 1836 agravó lassospechas y todavía crecieron mas al examinarsus pocos actos. De aqui el crecimiento del cla-mor público, que al fin estalló á los tres meses,casi simultáneo en todos los ángulos de la m na

o-

narquía. No se contentó ya el pueblo con umudanza ministerial, ni con promesas de revi-

sar Estatuto; apeló á la bandera nacional queen 1812 'labia entusiasmado á los libres, que'en 5820 derrocó el despotismo, y que solo á lapérfida invasion de cien mil estrangeros pudosucumbir. De este modo.acabó el decreto esta-.invente, en vano defendido por tantas adictos éinteresados: ni recordarlo debieran ante los que

. hicieron triunfar el dogma de la soberanía na-cional; porque ni glorias ; ni bienes materiales,ni simpatías verdaderas ha dejado su futil obra.

Del reino y estr'angeros. 6,511010 batallones castellanos de 600.a 100 plazas

3 id. estraw,eros á 800.. 2,400

1 id. de vOruntarios de Madrid. • . 800

1 compaaia alabarderos 130

34,450'•

Son 14 batallones y 1 compailia.Caballerta.

9 escuadrones de 70 ti 80 caballos 675

1 id. de guardias de Corps

60

35,135Son 10 escuadrones.

La que tenia el ejercitó nacional poco antes aparece de la nota.

pagina >lun.

1-ta producido nuevas teorías y divisiones en elpartido liberal comprimiendo aquel fuego santoque en otras épocas nos hizo obrar como nadangrande y magnánima; y que eleva al hombreespiritual y filósofo sobre el nivel de los egois-tás, apegados á .los bienes materiales, y á labrutal fruicion de los placeres: Este daño tardey costosamente le repararemos.

¿Qué mejor comprobante de la energía delespirita liberal en la generalidad del partido,que ver disueltos los numerosos batallones rea-.-listas, y empuñadas voluntariamente las armaspor los que se las hablan arrancado? Si auncomprimiendo el gobierno se vid el entusiasmopopular en todas las ocasiones de _recelo d depeligro, ¿qué no fuera sin represion? Los auto-res de moderacion 'en tiempo de guerra civil¿hacen favor al partido que contienen, sí al quedefienden? ¿No perjudican á todos, alentando álos unos,,y exasperando á los otros? ¿Qué te-mor podrian inspirar las asociaciones y los . par-tidos exagerados en un pais avezado al despo-tismo; y en que á duras penas lograremos unamoderada libertad? ¿Con cuánta mas cazan de-be temerse la tiranía, en cuyo favor conspiranmuchos mandarines ; clases privilegiadas; losáulicos y favoritos, los descontentos de todo gé-nero, los preocupados y el hábito de tres siglosde ciega obediencia? El miedo que las clasesacomodadas y ricas tienen á la anarquía ¿es fun-dado? ¿Puede desvanecerse abjurando de la cla-se pobre ó amarrándola mas en la humillacion?

Page 42: Cortes Estatuto

"1,X.VXm

Las muchas gentes que se llaman masas ¿no es-tarán siempre ávidas de sobreponerse, al menosque la legislacion y las costumbres conspiren áigualarlas , á confundirlas todas en la única deciudadanos útiles , laboriosos y propietarios ?¿Tiene partido alguno medios de triunfar de surival , despreciando á la multitud d tratándolacomo esclava? Reprimido el espíritu público yabatido con el peso de la guerra, ¿podrá desen-volverse otra vez sin interesar mucho al pueblo?

ESPAIU FUTURA..

Séanos lícito dar suelta á la imaginacionpor un Momento á fin de que esplore lo venide-ro, ayudada de lo pasado y de lo presente. Alreferir los hechos de la reciente época, y al dis-currir sobre los elementos que ha creado, asaltasin violencia el deseo de saber, qué será Espa-ña en adelante. ¿Y quién es capaz de predecircon tino en tiempos tan inciertos y en pais tansingular? Locura fuera meterse á profeta de supatria, y muy aventurado el vaticinar futuroscontingentes 'en la tierra clásica de las anoma-lías: nos contentaremos con proponer varios po-sibles, y el lector se inclinará al que mas lecuadre, segun su deseo 6 su temor. Fijemos teo-remas, y de suyo vendrán los corolarios.

Obsezvacion 1.3=-De doce millones de almasque constituyen la nacion española , puedencalcularse varones útiles para el servicio de lasarmas; segun las mejores reglas de la aritmeti-

LXXXIIIca política, mas de un millon de individuos. Yaun prescindiendo de los cálculos y fijándonosen los hechos hallaremos que hay en Españaactualmente sobre 85o9 hombres de armas, ca-paces de manejar un fusil y mas &menos 'ejer-citados y diestros en hacer la guerra (1). Estehecho nos presenta un elemento formidable depoder y de fuerza física, que bien dirigido seriacapaz de muchas glorias para la nacion ; peroque obrando en desorden y desconcertado puedeprolongar los males y desquiciar los vínculosde la sociedad. Hay ademas sobre quinee • mil ca-ballos montados, acostumbrados á las marchasy faenas de la guerra, sin contar los de inferiorclase que utilizan las urdas rebeldes y los fora-gidos para guerillear por las montañas y acele-rar los movimientos.

Obseroacion 2.a =Aunque de los 8509 com-batientes no resultan armados, segun los datosoficiales, sino 4252, sabido es que abundan hoylas armas de fuego y blancas por todas partes;que las acciones de guerra proporcionan cada

(1) Este aserto lo deducirnos de los siguientes datos, quepoco ¿listarán de la verdad.Ejército nacional con milicias provinciales y cuerpos

francos Milicianos nacionales de todas armas y clases.... .Facciosos, ladrones y malhechores Ex-realistas que ni son milicianos ni facciosos sr-. mados.

Total c¿50 000wedalalln

No se comprenden carabineros y resguardo, licenciadas ócumplidos, esceptuadgs de la milicia &c. &c. -0

200,000500,00060,000

90,000

Page 43: Cortes Estatuto

1:xXXIVdia ocasion de adquirirlas á los habitantes quo:las desean, y' que apenas puede concebirse elarmamento inmenso que se ha derramado porel pueblo desde la guerra de la independencia.Pero sin ir tan lejos, empezaremos por contarmas de 2oo2 fusiles que en 582 7 tenian las 58brigadas ó 486 batallones de voluntarios realis-tas, de los cuales ni una mitad se recogieron aldesarmarlos en 1834. Es verdad que los fusilesque ocultaron ó sustrageron los realistas habránido en su mayor parte-á las facciones carlinas;pero no puede dudarse que aun permaneceránbastantes ocultos en los pueblos, que se desenter-rarian si los guardadores hallasen la suya. Puesdesde nuestra ultima regeneracion política vandistribuidos á la milicia ciudadana sobre 5609armamentos nuevos, sin los que ha necesitadoel ejército, y los que las batallas y derrotas handesparramado por todas las provincias. En su-ma, para formarse una idea de los pertrechosmilitares que encierra hoy España, baste consi-derar, que sobre el continuo producto de nues-tras fábricas y de las que tienen los rebeldes enel espacio de cuatro años , han entrado por elPirineo muchas remesas á las facciones, se hanprocurado las autoridades de Cataluña y de An-dalucía compras-en Marsella y Gibraltar, y haobtenido el gobierno de Inglaterra 1.111(2 joolfusiles y carabinas. Muchos se •habrán inutili-zado en el desorden de la. guerra civil; mastambien se recomponen y habilitan; y en peor

mejor uzo lobs existen en manos . del pueblo,

LX x.x.yescepto los 2oo0 que lleva el e;.,,ército perma-nente. De Cuánta importancia militar y políticasea este inmenso parque, qué esperanzas ali-mente en unos y qué calendarios no haga for-mar otros, dificil es de calcular.

Obseivacion 3.a = Sea el ardor del clima,sea un resto de las costumbres que inoculara ennuestros mayores la eterna lucha con los árabes,

sea en fin resultado natural de la situacion eco-nómica y política de los espafioles en los últi-mos siglos, es un hecho reconocido que pro-pendemos á la vida vándalica y licenciosa. Lasguerrillas y partidas sueltas de la campaña dela independencia, las de feotas y las francas dela anterior época constitucional , y las facciosasque se multiplican y renuevan hace cuatro añoshan acostumbrado á un gran número de hom-bres á la guerra de montafia , á la licencia y alpillage. Acaso no exageramos si decimos queun tercio de los hombres útiles de la genera-cion actual se ha encontrado por mas 6 turnostiempo en la situacion licenciosa donde loshombres se endurecen , donde la moral se re-laja y pervierte, y donde son harto comunespor desgracia los escesos, las crueldades, las in-justicias y los hechos atroces. ¿Cuál es el terri-torio, cuál el pueblo, que no ha visto los hor-rores de la guerra intestina , el saqueo, el in-cendio, la violacion, la muerte y la ferocidadde los caribes? Pues si el. horror y el espantose apodera . al principio de los que ven tales crí-menes, su repeticion encrudece los corazones

Page 44: Cortes Estatuto

IXXXVIprovoca á venganzas, y con el tiempo se hacenhasta los hombres mas pacatos duros é inhuma-nos. Entre nosotros no hay ya barbarie que sor-prenda por no conocida; y este es un precedenteque estremece al filósofo observador, al que dis-curre sobre el porvenir.

Observacion 4...Los cambios políticos ylas consiguientes alternativas de la suerte y bien-estar de las familias han engendrado odios yrencores profundos entre los españoles. Apenashay quien no crea contar entre los que manda,ron un enemigo que le privó del empleo , quele tubo preso ó confinado, que fue causa de suspersecuciones ó de las desgracias de sus parien-tes y amigos, Infinitos son los que se juzganagraviados por los denlas, y con derecho á ven-garse de los que consideran autores de sus ma-les; machos los que aguardan el triunfo de unpartido para tratar á los (lentas como vencidosy como criminales. Agregase á todo esto lasdesconfianzas que han esparcido las defeccionesde unos, las

fiqu de otros, el maquiavelis-

mo de los estrangeros y el desgobierno de tan-tas administraciones: por manera que los áni-mos se ven lastimosamente agitados de pasionesignobles, en pugna las familias, eri choque losintereses, y disputándose todos la dorninacionpara opresiones y venganzas. Hé aqui un semille-ro de elementos de guerra y de destruccion, y.una causa (le la permanencia de los males pú-blicos y privados, cuyo término apenas se al-canza á vislumbrar.

1,XXXVIIObservacion 5. a =_-.Para colmo de nuestras

desgracias hace dos -afros que las cosechas de fru-tos son cortísimas en la generalidad de las pro-vincias. Cargado de tributos vejatorios el puebloespañol, , ha tenido que cuadruplicar los sacrifi-cios pecuniarios, cuando la naturaleza le escati-.maba sus dones; cuando los brazos que necesi-taban el cultivador y el fabricante han tenidoque salir al combate ; y cuando una lucha de-vastadora aniquila las producciones y los mediosde repararlas. El pueblo ha tenido que sostenerla guerra que le destruye, y con su sudor se hanalimentado todos los elementos que le aniquilany le matan. La inseguridad en los caminos, enlas empresas actuales y en el porvenir, ha es-condido los pocos capitales, paralizado el co l

-merejo y dificultado los medios de existir. Deaqui la espantosa miseria que reina en muchospuntos, el descontento de los que no cobran niganan, la propension á facciosear robando y ta-lando, y la actitud amenazadora de tantos ham-brientos sobre los pocos que tienen y gozan.De aqui tambien los apuros del erario, las di-ficultades para gobernar en razon y justicia,cuando son tantos los que faltan y tantos losque atropellan y muchos mas los que reclamanpan que no hay, y paz que no se alcanza.

¿Cuál puede ser eJ desenlace de este coal-.plicadísimo drama, y de tan trágicas escenas?¿Habrá de sobrevenir tina postracion general,que aprovechen Jos pocos osados que conservenenergía, cuando los tiernas sucumban? ¿O de-

Page 45: Cortes Estatuto

LXXXVIIIberá temerse una irritacion furiosa, que ge-neralice los horrores, y deje en miniatura á losque hasta el dia lamentamos? ¿ Aparecerá en-tre 'nosotros algun genio privilegiado que sepaconducir al bien los elementos que ahora apa-recen de destruccion, ó que tenga prestigio paraatraer á sí fuerza bastante que domine y orde-ne todos Jos partidos? ¿Es posible en nuestrasituacion una dictadura militar? Formada lamonarquía española de antiguos reinos indepen-dientes, que todavia conservan su lugar, cos-tumbres y recuerdos, ,?.es de temer que cunda elespíritu de las administraciones provinciales yde la lideracion? Interesadas tantas fortunas ytantas vidas en la causa de la libertad; ¿cabe eltriunfo del absolutismo sin que preceda unadisol ucion espantosa? ¿ Hay transaccion posibley duradera sin que se salve el principio de lasoberanía nacional? ¿Habrá gobierno que puedasatisfacer todas las , ambiciones <le los parti-dos, pagar todos los sueldos creados, repararlas partidas y cubrir las necesidades? El bando.absolutista ¿no periferia su unidad desde elmomento en que lograse sobreponerse? ¿Y con-siente el progreso de la ilustracion que la tira-nía goce un triunfo estable? Pasaremos sin dudatodavía por pruebas costosísimas; pero la liber-tad está en su siglo, y España no puede ser es-clava sin que lo sea el continente.

Page 46: Cortes Estatuto

APENE«DE

DOCTMENTOS Y 1407,15..00$•..3.G.1.5.430G4,G.G.3.8-C.21~4.3-021.4:40

NÚMERO 1.0

Periodos de las tres legislaturas ymesas de ambos estamentos.

1.1 Legislatura.=Duró desde el cita 2 4. de

julio de 1834 en que se celebró la sesion regia,hasta el ag de mayo de 1835 en que se cerra-ron las cortes.

Periodo diez meses , d sean 310 ¿has.Las abrió y las cerró S. M. la Reina Gober-

nadora en persona en el palacio de los próceres,que estaba entonces en el Buen Retiro.

Mesa de los procuradores.=0 conde de Al-modovar, presidente; Yiee-presidentes, D. DigoMedrano despues el marques de Somerue)os;y secretarios D. Antonio Gonzalez, D. FermioCaballero, 1). Tclesforo Trucha Cosí() y 1). Fran-cisco Bella y Asensio.

Mesa de los prócere.s..==Presidente el duque

Page 47: Cortes Estatuto

(de Bailen y despues el? )marques de las Amari-llas; vice-presidente el duque de Gor; y secre-tarios el duque de Rivas, el duque de Veragua,O. Antonio Cano Manuel y el marques de Gua-

dalcazar.

2. a Legishdu•a.=-_-Dur6 desde la sesion real

celebrada el 16 de noviembre de 1 835 hasta el

2 7 de enero de 1836 en que se disolvieron las

córtes.Periodo dos meses y medio, sean

7 3 dias.

Las abrió en persona la Reina Regente enel palacio de procuradores, sito en el antiguoconvento del Espíritu Santo, y se disolvieronpor un real decreto leido en ambos estamentos.

Mesa de procuradores.=Presidente D. Javier

de lsturiz; vice-presidente D. Antonio Gonzalez;secretarios D. Angel Polo y Monge, D. Mauri-cio Carlos de Onís, D. Miguel Cortés y D. Ma

-

nuel Montes de Oca.Mesa depróceres.=Presidente

D. Pedro Gon-

zalez Vallejii, obispo que fue de M allorca; l.esecretariosir-vice-

presidente el duque de Rivas, y secreta marques de Miradores, el conde de Sástago,marques de Espeja y el conde de Monterron.

3.1 Legislatura.=DanS desde el 22 de mar-

zo de 1836 en que se tubo la sesion regia hasta el23 de ma y-o del mismo ario en que fueron las cór-

tes disueltas.Periodo dos meses, ó sean 63 ¿Ras.Las abrió la Reina Gobernadora en persona

(3)en el palacio de próceres de Doña María de Ara-gon , y se disolvieron por real decreto comuni-cado á cada estamento.

Mesa de procuradores.=Presidente D. Anto-nio Gonzalez; vire-presidente D. Agustin Argüe-lles; secretarios D. Mauricio Carlos de Onís, donJulian de Huelves, D. Ilufino García Carrascoy D. Miguel Alejos Burriel.

Mesa depróceres.=Presidente D. Pedro Gon-zalez Vallejo, arzobispo de Toledo; vice-presi-dente el duque de Rivas; y secretarios el mar-ques de Miraflores, el conde de Sástago, el mar-ques (le Espeja y el conde de Monterron.

4.a Legislatura.=Se convocó á ambos esta-mentos para el dia 20 de agosto (le 1836; perono llegaron á reunirse por el simultáneo pronun-ciamiento de las provincias en favor de la Cons-titucion de 1812, y por la subsiguiente acepta-cion de S. M. la Reina Gobernadora en la Gran-ja, casi único punto de Esparta donde la volun-tad nacional -quedaba por declarar.

Estaba elegido presidente de próceres el mar-ques de Miraflores, que no pudo llegar á ejercertan apetecida dignidad.

En las tres legislaturas que se celebraron du-rante el régimen del Estatuto ocuparon los re-presentantes de la nacion 446 ¿las, sin contarlasjuntas preparatorias; tiempo que hubiera lucidoinfinito si se empezara con mejor pie; con laConstitucion, que al fin se restableció y revisó.

Page 48: Cortes Estatuto

( 4 )

NÚMERO 2.°

Procuradores y próceres.

Lista de los procuradores á córtes que ju-

raron y . tornaron asiento en la La le-=

gislatura de 1834.

ALAVA D. Fausto Otazu.D. Vicente Cano Manuel.D. José Rodriguez Paterna.D. Francisco Javier _Rodriguez

de Vera.D. Joaquín Alargues.D. Francisco Belda.D. Joaquín María Lopez.D. Miguel asea.D. Andres Vi sedo.D. Bernardino Vitoria.

1

D. Joaquín Carrasco..D. Miguel Chacon.D. José María Paco Canovas.D. José Somoza.D. Patricio Martín del Tejar.D. Juan Domingo Balmaseda.

(

Renunció y no llegó á ser

. reemplazado.

(5)D. José Claros.D. Antonio Gonzalez.

BADAJOZ D. Marcos Marin.D. Ventura Mena..D. José Villanaeva y Alor.D. Ramon.Ilano Chavarri.1). Pablo 'J'orrens y Miraida.D. Ignacio Sanponts.D. Joaquín Palaudarias.D. Honorato del Puig.D. Antonio Barata.D. Cipriano de la Riva.D. Manuel de la Herrera.El marques de Villacampo. •

D. Diego Gonzalez Alonso. Sedesaprobaron sus poderes.

D. Agustín García de Atocha.D. Rnfino García Carrasco.D. Pedro OntiVerds ;. enplai-

zante del Sr. Gonzalez Alonso.D. Francisco Domecq y Victor.D. _Francisco Javier Ulloa.

CAD I Z l 1). Antonio Alcalá Galiano.O. Manuel Montes de Oca.D. Javier de ,Lsturiz.D. José Cuevas.D. José Mil uel Polo.D. Joaquín Tosquella.D. Diego Medrano.El marques de Montenuevo.D. José Vicente Baillo.

ALBACETE

ALICANTE

ALMERÍA

AXILA

BARCELONz

BURGOS

CÁCERES

CASTE LLON

CIUDAD-REAL

Page 49: Cortes Estatuto

JA EN

LEON

:LÉRIDA

1.0GR4o

LUGO

MADRID

(D. Rafael Cabanillas.

CIUDAD-REAL D. Ramon Giraldo. Se desapro-baron sus poderes.

D. Pedro Alcalá Zamora.D. José 'liaría Lopez de Pe-

drajas.El conde de las Navas.D. Manuel Sanchez.2'osrano.D. llodrigo.Caiiareral. Murió.1). Pedro Bermudez del 'Villar.D. Miguel Coton y Zd ñ iga.D. Vicente Vazquez Moscoso.El marques de. Astariz.1). Jorobo Florez.D. Ramon Pardillos.D. Hateo Belmonte.D. Fermín Caballero..D. Vicente Cano Manuel y Cha-

con.D. focuptin de Cezar.D. Ginés María Serrano.D. José •Vii-uds.D. José Porret.D. Nicolás Bonel y Orbe.D. Francisco Hubert y MnIoz.D. Francisco Martinez de la

GRANADA Rosa..D. Juan Toledo y Muñoz.El conde de •Villaamena.D. :fose Burgos y Tello.

( 7 )

CADALAJARA { D. Baltasar Carrillo Manrique.D. Lorenzo Romo.

nuiruzcoA D. Joaquin María Ferrer.11). Juan Gualberto Gonzalez.

D. Pedro Jacobo Plzarro.D. Pablo Ileredia y Godino.

HUESCA D. Pablo San tafé.D. Mariano Torres Solano!.D. Rodrigo Aranda.El marques de Falces.D. Francisco Serrano.D. Pedro Antonio Acidia..D. Francisco Diez Gonzalez..1). Marcos Fernandez Mane°.D. Francisco Antonio Mantilla.El marques de Montevirgen.D. Joaquín Flcix.D. Ramon Sisear.D. Joaquín Ruiz de Bucesta.El marques de Someruelos.D. Fernando Miranda y Olme-;

Billa.D. José María Moscos() de Al-

tamira.D. José Rosendo de la Vega y

Rio.D. -Manuel María Vazqucz

Queipo.D. José Becerra.D. Miguel Calderon de la ]?arca.D. José Fontagud G-argollo.

CÓRDOBA

cora.:1Á

CUENCA

GERONk

IIIJELVA

Page 50: Cortes Estatuto

(8-)(E/ marques de la 0 ándara Real.

9). Antonio Martel y Abadía.(D. Severiano Pacz Jaramillo.D. Mariano Carrillo de Albor-

noz.D. Tomas Domínguez.D. Francisco Javier de Leon

Bendicho.D. Rafael de R.odas.D. Antonio Alcántara Navarro.D. Eduardo Galwey.El obispo que fue de Cartajena

1). Antonio Posada. Fue elec-to prócer.

/ El marques de Espinardo..1). Damían de la Santa. Falleció.1). Juan Palarea.D. Miguel Parle y Bautista;

en lugar de Posada.D. Joaquin Ezpeleta.

-NAVARRA El marques de Montesa.D. Ramon Marichalar.D. José Alvarez Pestaila.1). Pedro Ventura de Puya.

ORENSE El marques de Valladares.D. Saturnino Calderon Col lantesD. Manuel María Losada.D. Manuel María Acebedo.D. Alvaro . Flores Estrada.

OVIEDO D. Alvaro Navia Osario.El conde de Toreno.

(9)f 7). Agustín Argiielles:

D. BartolomeMenendez Luarcaf D. Francisco Orense y Rábago.

D. Francisco Redondo. Falleció.D. Sebastian Cuesta.D. Antooio María Montenegro.

PONTEVEDRA El marques de Vil lagarcía.D. Miguel Pardo Bazan.D. Manuel Lorente.D. Joaquin Cáceres.{D. Francisco de Paula Crespo

y Rascon.D. ilfauricio Carlos de Onís.

1D. Telesforo Trucha Cosía.D. Francisco Villalaz.D. Miguel Cosío.D. Cayetano Melendez.D. José Antonio de Agreda.D. Ramon Gonzalez Pcrcz.El conde de flust.

SEVILLA D. Agustin T.opez del Bailo.D. Juan Morales Diez (le la Cor-

tina,D. Manuel Parejo.

SORIA...... { D. Luis

. ..D Luis de Sanclemen te.D. Joaqu ín Gonzalez Nieto.

-El marques de Torrernejía.TARRAGONA D. Pedro Martí.

D. Francisco Perpiná.D. Salvador Campillo:

D. Miguel Cortés.D. Manuel .Depedro.

MADRID

m.I.LAGÁ

MURCIA

OVIEDO

PALENCIA

SALAMANCA

SANTANDER

SEGOVIA

TERUET

Page 51: Cortes Estatuto

(r 0)D. Julian Anaya.

) D. Francisco Crespo de TejadaD. Miguel Latorre y Mudarra.D. Sebastian de Ochoa.El conde de Almodwnw.D. José Ciscar y Oriola.D. Pedro _Pasté-,

'. D. Abdon Ruiz cai,ion.D. Juan Subercase.D. Antonio Ayarza.El conde de Manero.D. Cayetano García de la Ma-

) za. Se le admitió la renuncia.VALLADOLID , • D. Manuel . Alvarez García.

D. Rafael Faustino Sanz; en la-gay de García de la Maza.

D. José Ventura Aguirre So-VIZCAYA larte.

D. Jacinto .1-lomarate. Murió.J D. Fernando Butron.

D. Manuel.Fillachica.D. Faustino Garay.D. Pio La borda.

z•vaAGozá. • .D. Joaquín Ortiz de Velasco.(D. Angel Polo y Monge.D. Francisco Javier del Reí.D. José Camps y Soler.D. Pedro Canals y Mayo]. Fa-

lleció.D. Luis San Simon de Orlandis.D. Martin María Boneo ; en

reemplazo de Canals.

( )

f D. José Quintana Derena.1). Juan Antonio Cólogan.D. Manuel Arango. ...

t D. Juan Montalvo.SANTIAGO DE C1:-

1.D. Juan Kindelan.DA

Í D. Esteban Ayala.PUERTO-RICO

t D. José SanráSt.Total i88 procuradores: los z i z pertene-

cientes á la mayoría ministerial, y 7 7 á la opo-sicion: estos van escritos de letra cursiva..

Lista de los procuradores á córies de la2.a leP12atura ea 1835.-

Es igual á la de la 1. 2 legislatura, rebajan-do á los Sres. Balniaseda, Gonzalez Alonso, Grabio, Cai'taveral, Posada, La Santa, Redondo,García de la Maza, flomarate y Canals, (por re-nuncia admitida al i.0.y 8.°, por desaprobaciondel 2.° y 3.°, por traslaeion del 5.° y por muertedel 6.°, 7.0 , 9.° y io.°), y aitadiendo los si-guientes:

D. José María Espinosa delos Monteras, en reeinpla-'zo del Sr. Caiiaveral, di-funto.

TOLEDO

VALENCIA

ZAMORA.

DALLARES

CANARIAS

HABANA

CÓRDOBA

Page 52: Cortes Estatuto

( 1 2)

( D. Juan Álvarez y Mendlza-bal, para completar el mi-

GERONA mero de representantes de

la provincia, que aun es-taba falto.

D. Juan Esteban haga, pa-ra llenar el hueco vacan-

1 te del Sr. Collado, que nofue admitido.

D. Tomas Valarino, en reem-NURCTA plazo del difunto Sr. La-

santa.D. José Jalon y Jalon, en

PALENCIA reemplazo del Sr. 'Redon-do que habia muerto.

D. Martín de los 1Teros , enVIZCAYA

lugar del difunto Sr. Ro-marat e.

( D. Miguel Joven de Salas,y para completar la repre-

sentacion de su provincia,aun sin llenar.

D. José Serapio ilfojarrieta,{PUERTO-PRíNCIPE.,.

que no pudo llegar á la La

legislatura.

D. jean que no pudieronLFILIPINAS IleT:r a la 1.1

D. Andres García , ,legis,atura.Carohn.

Total 188 procuradores: de ellos iii corres-pondieron á la mayoría antirninisterial y 77 á

hi minoría: estos van. de cursiva.

( i 3 )

Li.s.la de los procuradores á cá •les quejuraron:y tornaron asiento en las gene-rales de 1836 , 3.a legislatura.

D. Manuel Ezequiel de Eche-( varría.(D. Vicente Cano Manuel., D. Francisco Javier Rodríguez

de Vera.D. Joaquín María Lopez.D. Joaquín Abarques.D. Miguel asea.D. Andres Vi sedo.D. Vicente Santonja.D. José .11rú y Piqueres.

f D. Miguel Chacon.1.D. José Jover.5 D. José Somoza.

D. Patricio Martín del Tejar.

jD. Antonio Gonzalez.D. Facundo Infante.D. José Landero Corchado.D. Pedro Donoso Cortés.D. Joaquin Rodriguez. Leal.1). Ramon Busai7a.D. José Camps y Camps.

BARCELONA D. Pablo Torrens y Miralda.D. José Rovíralta.D. Feliz Rivas.

GUIPUZCOA

CANARIAS

ALAVA

ALBACETE

ALICANTE

ALMERÍA

AFILA

BADAJOZ

Page 53: Cortes Estatuto

( 1 .11)1D. José de la Fuente Herrero.

BURG OS ............... ) .1). Simeon Jalon Aparicio.

D. Lorenzo Flores Caideron.

D. Alvaro Gomez Becerra.

cÁCF.11 ES D. Rufino García Carrasco.

D. Antonio :liaría del Valle.D. Francisco Javier tsturiz.D. Antonio Alcalá Galiano.

CADIZ D. Juan Alvarez .9, Mendizabal.

D. Bartolomé Gutierrez Acuita:D. SebastianFernandez.NiallesaD. José Cuevas.

CASTEL".Ñ DI D. Vicente Sancho.LA PLAN'A ...... D. Jaime Gil Orduii.a.

r D. luan Fernandez del Pino.1.D. Diego José Ballesteros.

CIUDAD-"EAL 'iD. joa'qUin Gomez.D. Miguel de Arce.Conde de las lavas.0. José María - Lopez de .Pe-

drajas.CÓRDORA .............. D. Pedro Alcalá Zamora.

D. Manuel Sanchoz Toscano.D. José Espinosa de los Non-

téros.D. Jacobo Flores.

C01111Zn .1 D. Vicente Alsina.D. Antonio .11-arlinez Taboada..D. Fermín Caballero.

CUENCA D. Vicente Cano Manuel,' Cha-con.

XI S)

D. Mateo Belmonte.CUENCA j D. Manuel de Lara.

_Marques de Valdeguerrero.t;ETIONA .1). Pedro C1177pS y Ros.

D. Francisco de Paula Soria.) D. Bartolome. Venegas.

D. Restilaio Gutierrez de Ceba-lks.

D. Joaquín Verdugo y Lizaur.GUADAT.AJARA

D. Baltasar Carrillo 'Manrique.

{D. Joaquín lijaría Ferrer.0. José Manuel Collado.

f D. Pedro Jacobo Pizarro.t D. Angel Iznardi.

.0. Alejandro Olivan.{ D. Mariano Torres y Soknot.

D. José Queral 16.D. .Pedro ..d.ntorrio Acula.

1

/ ./). Francisco Serrano.D. Bernardo Cas. amayor.D. Vicente María Molino.

( D. Pascual Fernandez Baeza.y D. Juan Antonio Garnica.

Vizconde de Quirdanilla.D. Luis de Sosa.U. José Mariano Cabases.

D. José Castel.f D. Ramon Aleson.1 D. Francisco Javier Santa Cruz.f D. Antonio Seoane.

D. José Barium Becerra.

GRANADA

GUIPUZCOA

HUELVA

HUESCA

JA

T.EON

LÍMIDA.

-LoGnoo

LUGO

Page 54: Cortes Estatuto

(17)D. Iltariricio Carlos de Onís.D. Julian l'agite.D. Benito Alelo Gamiude.

f D. Miguel Luis- de Salem..0. José María Varona.D. Aniceto de Alvaro.O. Miguel Burgweito García.D. Juan Morales Diez de la

Cortina.sEVILL A D. Manuel Parejo.

D. Francisco Javier Osuna.O. Juan de la Cuadra.

{

fMarques de Someruelos.D. Manuel Barrio Ayuso.D. Juan Albanés.D. Pedro Gil.D. Manuel Depedro. D. Miguel Alojos Burriel.

D. Benito Bonet.D. Julian finclocs.D. Esteban Abad Gamboa.D. Victor Fernandez Alejo.D. Juan Alfonso Montoya.Conde de Almodovar.D. Pedro Fustér.

VALENCIA D. Antonio Ayarza.1). Abdon Ruiz de Carrion.D. Atta Bautista Osca.

(D. Valentín Llanos.1 .D. fifanuel Arares García.

D. Manuel Alday. .2

T.ANIANCA

sA N TANDER

SEGOVIA

SORIA

TA Ti.RA GO:1A

TERUEL

TOLEDO

VALLADOLID

(16)D. Fernando Miranda y Ohne–

LUGO ...................... dalla.,

D. José Berazudez de Castro.D. ¡Miguel Calderon de la Barca.D. Antonio Martel.

MADRID - D. Salustiano Olózaga.O. Manuel. Cantero.D. Manuel 3faría Basualdo.

Conde de Donadío.D. Manuel Lancha.

Pa Á.LAGA ............... 1). Cro l etano Lardero.D. Juan María Pe•ez.

( D. Antonio Perez de Meca.D. AlfOnso Escalante.1). José Alonso.1). Vitoriano Esain.

1 1). Buenaventura /M'arado.D. ;Santiago Saeta Martínez.D. Agustín ArOelles.D. Alvaro Florez Estrada.D. .Manuel María Acebedo.

OVIEDO

D. Fernando Rubia de Celis.

D. Falla; Valdés Basan.D. Francisco Bernaldo de Qui-

rós y Benavides.

f D. José T:a mad r id.1 . D. Martin Delgado.

Marques de Vi lla gare hr.

'PONTEVEDRA 1). Benito Fernandez Perevra.D. Pedro Pirievro y Cárdenas.

MURO A.

NAVARRA

ORENSE

PALINCIA

Page 55: Cortes Estatuto

( i 8)1). 3Ia rtin de kÑ Flecos.

D. José Ventura Aguirre So-. larte. ..

D. Manuel de Villarbica.t D. Julian Guerrero.D. Joaquín Ortiz de Velasco.D. Pio Laborda. .. 'D. Juan Antonio Milagro.0. Joaquín Perez de Arrieta.1). Antonio Martín.

P. Gumersindo Fernandez 211-o-

1 ratin.

VIZCAYA

ZAMORA

ZARAGOZA

CANARIAS

AL AYA D. Blas T.,opez..D. Francisco Javier Rodríguez.

de Vera.I). Joaquín lijaría Lopez.1). Diego Montoya.

ALIIMETE

Total 49 procuradores; de ellos i T 9 perte-necieron á la mayoría y 30 á la oposicion: aque-llos van escritos áe letra cursiva.

Lista de los diputados í cortes que fueronnombrados ei í las primeras elecciones di-rectas seria:lacias para los días t 3 , 1 4

y 15 de julio de 1836 bajo el ministerio

' ( T 9).D. Joaquín Abargues.{D. Jorge Gisbert.D. Ignacio Perez SarrI.Ó.

D. Antonio Verdú y Perez.D. Miguel Osca.D. Francisco Javier Leon Ben

dicho.ALMERÍA

BADAJOZ

V ILA

• D. Antonio Gonzalez.

1). Eugenio Tapia.A

D. Mariano -alero y A rt eta.1 D. Juan Antonio Milagro.

.D. Jou' María Calatrava.

D. Leandro Ladron de Gue-vap.

D. Facundo Infante.D. Juan Donoso.D. Pedro Juan Morell.1). Luis S. Siinon y Orlandis.

BALEARES D. Ignacio Balanzat.1). Francisco Preto y Neto.D. Martin María 'Bone°.

(D. Claudio Anton de Luzuriaga.0. Leodegario ,'erra,1). T'ella ., Rivas.D. José Camp.5 y Camps.

BARCELONA D. Pablo Torrens y .71.Iiralda.D. José Boriralta.D. Antonio .S'eoane.D. Luciano Folch. •

D. José Lardero y Corchado.

ALICANTE

Page 56: Cortes Estatuto

HUELVA

HUESCA

JAEN

LEON

LE R1DA

LO(ROS°

(20)

ÇD. Jose' de la Fuente Herrero.D. Manuel de la Rica Berrera.D. Alt'aro G OlneZ Becerra.D. José Manuel 'Y-adillo.

c.lniz D. Francisco Javier Isturiz.D. Antonio. Alcalá Galiana.D. José Martí.D. José Cuevas.

CASTELLON D. Diego Med rano.D. José Miqüel Polo.

Ç No resultó mayoría absoluta- enla 1.9 eleccion.

D. Diego Albear.D. José Pela Aguayo.D. Manuel Parejo.D. Antonio de flores.El conde de las -Navas.El marques de la Paniega.D. Casimiro rigodet.1). José María Bermudez de Cas-

tro.CUENCA. D. Andres Martinez Unda.

ÇD. .Pedro Gays .,- Ros.D. Rafael Patzuot.D. Francisco Martinez de la

GRANADA Rosa.. .D. Manuel Seixas.

GUADA TAJARA D. Ambrosio Tomas Lino.D. Joaquín María Ferrer.

GUIPUZGOA . D. .Uiguel Antonio Zumalacár-regla*.

.C. 2 1 )

D. Francisco Javier Isturiz.(Ti. AguStin Diaz Camacho., D. José Queraltó.1). Alejandro Olivan:D. Francisco Escudero y Azara.

( D..111ariano Torres Solano!.fi). Juan Manuel Subrie.

D. Francisco Pérez Ilerrasti.D. Joaquin Diez Coneja.D. Pascual 111-adoz e; lbaiiez.No llegó á verificarse el escru-{

tildo./D. José María Moscoso de Al-

tainira.José Pardo Montenegro.Antonio María Miranda y

Trelles.Manuel Benito Lorcuzana.Manuel Vazquez Queipo.José Castro Bolailo.Domingo Fontan.Agustín Atglielles.Antonio Martel y Abadía.Juan Alvarez y 111endizabal.Manuel Cantero. .Salustiano Olózaga..44Yuel . Calderon de la Barca.José María Manescau.Salvador Barroso.Antonio Perez de Meca.Miguel Puclie y Bautista.

BURGOS

.1.0 EEES

UDAD-REAL

CÓRDOBA

CORTA&

GERONA

1).1).

LUGO

D.1).D.

D.

1).DIA DR1 D

I

D.

DL-IT.AG D.t1).

AIURCIA D.( D.

Page 57: Cortes Estatuto

( 2 2 )

D. Manuel Estor.D. José Antonio Ponzoa.D. Alfonso Escalante.D. Jcsualdo Lopei Sahajosa.D. Fermin Arteta.

nAvArtll A El liaron de Bigiiezal.El marques de Falces.D. José Moure.

Y D. 'Vicente Vazquez Queipo.11). Tornas Prada.11). José María Montenegro.

El conde de Torero. D. Santiago Mendez Vigo.

D. Alvaro Florez Estrada.No resultó mayoría absoluta en{

la La votacion.D. Diego Lopez Ballesteros.D. Antonio María Montenegro.D. Lucas García Maceira.D. Florencio Rodriguez.El marques de Villagarcía.D. Juan Francisco Fontán.1). Manuel Perez.

(D. Felipe Gomez Acebo.y El marques de -Viluma.

I). Francisco Martinez de laRosa.

5 No hubo mayoría absoluta en1 la r .3 eleCciOn.f D. JuanBravo Murillo.1D Juan Morales de la Cortina.

( 2 3 )

i 1). F. rancisco Pacheco.

(D. Joaquin Perez Scoane.D. Francisco Iribarren. D. Manuel Barrio Ayuso.

1. No llegó á verificarse el e. scru-1 tinio.

No hubo mayoría en lax a so-{ tacion.

D. Julian de Huelves.1 D. Esteban Abad.

.1). Victor Fernandez. Alejo.D. ' Juan Alfonso 310010.3-a.

{.D.Nicolas Esteban.D. Baltasar _Mater.1). Juan Bautista Osca.

VALENCIA A ... ....... 1). .Pedro Fustén1). _Pella; Aliaga.D. José Ferráz..D. Francisco Carbonen.

VALLADOLID 1). Luis Rodriguez Catnaleiio.I D. 311artin de los liceos.]0. Juan Ramon de Arana.í D. 'Manuel Gonzalez Allende.11). .-tuan Guerrero.

D. Antonio Milagro.D. Pio Lahorda.

ZARAGOZA D. Joaquín Ortiz deVelasco.D. Antonio partir..1). Pedro Vicente y Saler.

Total r 36 d'putados, de los cuales 8o se ca-lificaban de istu rimas ó ministeriales y 56 deoposicion, que van de cursiva.

MURCIA

ORENSE

OVIEDO

PALENGI A

PONTEVEDRA

SALAMANCA

SANTANDER

SEGOVIA

SEV I LLA

SEVILLA

SORIA

TARRAGONA

TEILUET

TOLEDO

VIZCAYA

ZAMORA

Page 58: Cortes Estatuto

( 2 4)

Lista de los ilustres próceres del reino ad-mitidos al ejercicio de su dignidad en laslegislaturas del Estatuto ).

Marques de Albayda.Marques de Cailizares.D. Vicente Ramos García, obispo electo de

Almería.D. Juan Alvarez Guerra.Marques de las Amarillas, conde de Ahumada.Conde de Atarés.D. Miguel Ricardo de Alava.

'11 Duque de Bailen.D. Pedro Martinez de S. Martin, obispo de -

Barcelona.11 D. Eusebio Bardají y Azara.

Duque de Ber•ik y Alba.D. Ignacio Rives y Mayor , arzobispo de

Burgos.D. Javier de Burgos. fue espulsado y habilita-

do desirves; pero no volvió á presentarse.Marques de Camarasa. No se presentó en el es-

tamento, aunque residía en Madrid.Marques de la - Candelaria de Yarayabo.D. Antonio Cano Manuel.Duque de Castroterrefio.Alargues de Cerralbo.Conde de Clavijo.

(1) Los que llevan una estrella al margen son actualmen-te senadores electos.

( 2 5)D. José Juan Bonel y Orbe, obispo de Cór-

doba.D. Ramon Gil de la Cuadra.Conde de Cuba.D. José Cafranga.Conde de Cerbellon.

• Marques de Espeja.D. Martin Fernandez de Navarrete.D. Manuel Frayle, patriarca de las Indias.D. Manuel•Gareía Herreros.D. Tomas José Gonzalez Carvajal.Conde Gonzalez Castejon.D. Pedro Gonzalez Vallejo, obispo que fue

de Mallorca..• Duque de Gor.• Marques de Guadalcazar.

Conde de. Guaqui.Duque de.Hijar.Conde de Humanes.'D. Lorenzo Rauco de as, obispo de Huesca.D. Justo María de Ibar Navarro.D. Rarnon Lopez Pelegrin.D. Fr. Hiprilito Sanchez Rangel, obispo de

Lugo.Marques de Mancera y Malpica.D. Antonio Alartinez.Duque de Medinaceli.D. Pedro José Fonte, arzobispo de Méjico.Marques de Moncayo.Marques de Monreal y de Santiago.

()fíConde de ()fíate, marques de Montealegre.

Page 59: Cortes Estatuto

( 2,6 )Conde (le Monterron.D. joaquin Navarro, conde de Casa-Sarria.Duque de Noblejas.Marques de Heredia, conde de Ofalia.

'w Conde de Parcent.D. Ignacio de la Pezuela.Conde de Pino-fiel.D. Antonio . Posada E ubin de Celis, obispo

que fue de Cartagena.D. ,losé María Puig.Conde .de Pulionnrostro:Conde de Priegue.Conde de Pino-hermoso.D. •Manuel José Quintana.Duque de Rivas. •

Conde de Salvatierra.Marques de S. Felices.Duque de S. Lorenzo.Marques de S. Martin de Hombreiro.Conde de S. Romas.Conde de Santa Ana.Marques de Santa Cruz.Marques de Santa Cruz y S. Esteban.Conde de Sastago.Duque de San Carlos.Conde de Taboada.Conde de Teba.D. Mariano carian, obispo electo ¿le Teruel.D. José Antonio ikibadeneira, obispo de Va-

lladolid.Conde de Venadito.

( 2 7 )Duque de Veragua.I). Gaspar de Vigodet.Conde de Villafuertes.Marques de Valmediano.Duque de Zaragoza.Príncipe Anglona.D. Luis de Balanzat.Marques de Castelar.Marques del Cerro de la Cabeza.I). ;Ambrosio de la Cuadra.Conde de Cartagena.Conde de Ezpeleta.D. Pascual de Enrile.Conde de Guendulain.

11 D. Nicolas María Garclly.Conde de Miranda y de Montijo.Marques de Miraflores.Duque de Osuna.Conde de O-Reilly:D. Jacobo María Parva.Marques de la Reunion de Nueva Esparta.Marques de ltodil.Marques del Solar.Conde de Sta. Colorna.Marques de Vesolla.Marques de Valle de Rivas.Duque de Villa-hermosa.D. Gerdniino Valdés.

Total roo. próceres, de los cuales están ele-gidos senadores por la corona hasta ahora 25.

Page 60: Cortes Estatuto

(28)

NÚMERO 5.°

Peticiones al trono.

Peticiones de los procuradores' en la i.a

legislatura, con las :firmas que llevaban,el día ea que se discutieron, la .suerteque tubieron,en el estamento y en el go-bierno, y un resumen comparativo bas-tante curioso.

1.3. Sobre la ereccion de un monumento queperpetúe la memoria del ría 24. de, julio de 1834,tIn que se reunieron las cortes arrostrando los pe-ligros y la muerte: fecha á 13 de agostó dei834..=Está suscrita por los Sres. GonzalezAlonso, Santafé , García Carrasco , Crespo deTejada, Vi I lalaz , Bel monte, Cáceres, Somoza,Acevedo, Cano Manuel , Martel y García de laMaza: total 12 firmas (i).

Se iba á discutir en la sesion de I I de se-tiembre, y fue retirada, ya por parecer poco mo-desta, y que rebajaba ó disputaba el mérito dt

la reina gobernadora, que vino á abrir las cor-tes en medio del furor del cólera, ya porque el •

(1) Regularmente el primero que firma es el principal au-tor de la peticion , y por los firmantes puede conocerse si eraobra de la mayoría, de la minoría (*) de los fluctuantes.

(29)objeto estaba cumplido con la medalla mandadaacuitar por el gobierno en decreto de 7 de julio.

2. a Sobre medidas sanitarias contra el cólera,manifestando los perjuicios de los cordones sani-tarios y del sistema de incomunicacion: fecha16 de agosto de 1834.=Suscrita por los r5 pro-curadores i3elda, Abargues, conde de Manero,marques de Soineruelos, Bodriguez Paterna,Vitoria, Ciscar, Miguel Polo ., Acevedo, Ortizde Velasco, Cbacon, conde de las Navas, GarcíaCarrasco, Trueba y Polo Monge.• Se discute; en la sesion del 29 de agosto yfue aprobada con alguna modificacion. El go-bierno moderó algun tanto el rigor de los cor-dones é incomunicaciones.

3. a Sobre validez de los empleos conferidos enla epoca constitucional desde 7 de marzo de 1820á 30 de setiembre de 1823.: fecha 26 de agostode 1834:.—Firmaron a 3, que son : Chacon, Vi-

'sedo, Depedro, García Carrasco, Lopez delDIU, Alcalá Zamora, Polo Monge, Trucha,Carcía de Atocha, Butron, Belmonte, AlvarezSotomayor (conde de Hust), • n,: Mantilla. En i9de setiembre la presentaron modificada y redu-cida á dos artículos suprimiendo lo de grados yhonores (I).

(O Anegue por las firmas un parezca caes: ion de la nposi-clon respecto á las pecas que lleva, lo fue y inuy renida por13 reptignanvia del ministerio á todo lo que olía d la épocaconstitucional.

Page 61: Cortes Estatuto

(3o)

Se discutió en 15 , 16 y 17 de octubre , y

fue aprobada; pero el gobierno no la llevó á efec-to porque segun su presidente la época constitu-cional no debla enlazarse con la del Estatuto.

4." Sobre abolicion del voto de Santiago: fe-

cha de agosto de i 834.=Firman los Sres. Navas,Doinin !Y uez, Visedo, Chacon, Marin, Caballe-ro , ¿aros, Calderon de la .Barca, Depedro,Lopez, García Atocha, Belmonte y Gonzalez:total 13. Esta peticion motivó el proyecto deley que presentó el gobierno en 24. de dichoagosto; sin embargo la peticion se aprobó en 28

del mismo. •

El proyecto del gobierno despues de discu-tido en ambos estamentos, y dirimida la discor-dia fue aprobado en la sesion de 1 4. de octubre,y en la de 7 de noviembre se leyó• la ley san-cionada por S.M. para la abolicion de dicho gra-vamerl.

5.5 Sobre que se variase el reglamento interiordel cuerpo , por el cuerpo mismo: fecha 16 deagosto de 1834.=Firmada por estos Caba-llero, Navas, Gonzalez, Chacon, Trucha, Gar-cía Carrasco, Deparo, "[inda, , AlcaláZamora, Cáceres, Diez Gonzalez y Serrano.

Se discutió en 3 y 4. de octubre, y el 6- fuedesechada; pero modificada en 7 de octubre porlos misyms firmantes, siguió sus trámites, y se

a/n.o/Jen 20 de dicho octubre. El gobierno acu-

(3 i)se; el recibo de ella en a5 del mismo; pero ja-mas cedió en un ápice sobre este punto.-

6.2 Sobre que se fijasen los derechos 1)6Z/ticos (lelas españoles: fecha 18 de junio de 1834. (/).=Firmada por Gonzalez, Caballero, Navas, Truc-ha , Cano Manuel Chacon, Lope z , García deAtocha, Visedo, Villanneva, Chacon , Fernan-dez Blanco, Marin, Claros, y García Carrasco:total 1/„..

Contenia los doce artículos siguientes , queprueban bien los deseos constitucionales de aque-lla minoría de oposicion.

.Art. La libertad individual es protegiday garantida : por Consecuencia ninguu españolpuede ser obligado á hacer lo que la ley no or-dena..

2.° Todos los españoles pueden publicar suspensamientos por la imprenta sin previa censu-ra; pero con sujecion á las leyes que reprimenlos a busos.

3.° Ningun español puede ser perseguido,preso, arrestado, ni separado de su domiciliosino en los casos previstos por la ley y en la for-ma que ella prescriba.

4.° La ley no tiene efecto retroárt ivo; y nin-gun español será juzgado por comisiones, sino

(1) Como se ve eslaba redactada un mes antes de abrirselas <órtes: los Sres. Conzakz e Caballero conferenciaron sobresu redaceion con D. José Maria Calatrava, aunque no era pro-curador.

Page 62: Cortes Estatuto

( 3 3 )y ordenanzas que discutieren y aprobaren las,

(3 2)por los tribunales establecidos por ella antes de

la perpetracio n del delito.5.0 La casa de todos los espailoles -es un asi-

lo que no.. puede ser allanado sino en los casos y

iiirma que ordena la ley.6.° La ley es igual para todos los espaiioles;

por lo ntisrno ella protege , premia y castigaigualmente.

7.° Todos los españoles son igualmente ad-misibles á los empleos .civiles y militares, sinmas distincion que la capacidad y el mérito.

S.' . Todos los españoles tienen igual obliga-don de pagar las contribuciones votadas libre-mente por las cortes en proporcion á sus ha-

beres.q.° La propiedad es inviolable, y se prohi-

be

la confiseacion de bienes. (Se esceptuabarz las

condenas judiciales y el caso de espropiacion por

utilidad pública.)so. La autoridad ti funcionario público que

atacase la libertad individual, la seguridad per-sonal ó la propiedad comete un crimen, y es

responsable con arreglo á las leyes.s 1. Los secretarios .del despacho son res-

ponsables por las infracciones de las leyes fun-damentales, por los delitos de traicion y concu-

sion , y. por los atentados contra la libertad indi-vidual , seguridad personal y derecho de pro-

piedad.12. La Milicia urbana se organizará en to-

da la nacion en conformidad de los reglamentos

córtcsDiscutida desdé el I.° al so de setiembre de

x834 fue aprobada con algunas variaciones á quedieron lugar raiidísimos debates por parte delministerio. -

Esta peticion se recordaba á S. M. en otrade 10 de enero de 1835 , suscrita por los 31procuradores que siguen : Alcalá Galiano, Lo-pez, :Navas, Isturiz,, Caballero, Visedo, Pedra-jas, Depedro, Cáceres, Carrasco, Sanchez Tos-cano, Cano Manuel Chacon, Ulloa , García Car-rasco, 'Prueba, Florez Estrada, Belmonte, Bu-tron, marques de la Gándara, Chacon, Acuña,Miranda Olinedilla, Pizarro, Becerra, Ferrer,Gonzalez, Palarea, Ortiz de Velasco, Abargues,Ontiveros y Mantilla. Dióse cuenta de ella en 7de febrero, y aunque se imprimid, repartió yseñaló dia, no llegó á-discutirse.

7.5 Sobre abolícion de la prestado?' tituladaMerced de amigos, que se pagaba en el campo deIllontiel: fecha 31 de agosto de 1834. La firmanlos i3 Sres. Ochoa, INTedrano, Vazquez Mosco-so, Leon Bendicho, Melendez, Hubert, Serra-no (D. Gines), Montenuevo, Adanero, Lasanta,S. Simon, Foster y Torremejía.

Se discutió v aprobó en sesion del 3 de octu-bre, y fue eleva'da á manos de S. M.

8.1 Sobre -que se destine una parte de los enz-3

Page 63: Cortes Estatuto

( 3 4)pleos para término de la carrera de los militares,en recompensa de sus servicios: fecha 6 de setiem-bre de I834.=.Scrrano (D. Francisco), Rodri-guez Paterna, Vazquez Moscoso, i\Ielendez, Do-minguez, Rodriguez Vera, Butron, Medrano,Visedo, Carrillo, Hubert, Fernandei Blanco,Chacon, Espinardo, Toledo, Almodovar y Al-calá Zamora: total /7.

Se discutió y refi_minó en 9 de octubre que-dando aprobada, y cn la sesion del 1s se acordóuna adicion, con la cual fue elevada á S. M. Elgobierno la tomó en consideracion y espidió eldecreto de 2 9 de diciembre de 1834.

9.1 Sobre estincion -de las hermandades santa,real y vieja de Ciudad-Real, Talavera y Toledo:fecha 8 de setiembre de 1834.=La suscribenVazquez Moscoso, Anaya, Cosío, Serrano (donGines), Melendcz, R.iva Herrera, Ochoa, LeonBendicho, Santafé, Bond, Navas, Espinardo,Montesa, Hube•t y Medrano: 15.

Fue discutida y aprobada en 13 de octubre.El gobierno presentó un proyecto de ley el 23 dediciembre, que fue discutido y aprobado en 15 deenero de 1835 y publicado con la sancion el 21

de mayo.

10. Sobre que se suprimiera la contribución de unnullon de reales que pagaba el reino dz: Aragonanualmente con destino al canal Imperial: fecha 4de setiembre de 1834..,Suscrita por estos 15: La-

( 3 5)borda, Depedro, Ortiz de Velasco, Garay, Ca-ballero, Polo Monge, Navas, Pizarro, Somoza,Gonzalez, Heredia, Cano Manuel Chacon, Cla-ros, Saniafd y Campillo.

Fue discutida en ¡4 de octubre, aprobada porgran mayoría, y elevada al gobierno la tomó enconsideracion.

x 1. Sobre inhabilitación de los estrangeros pa-ra obtener ciertos empleos públicos: fecha I ° desetiembre de 1834.=Está fi rmada por Torreme-jía, Acevedo, Riva Herrera, Rodriguez Paterna,Visedo, Navas, Caballero, Martinez, Otazu, So-meruelos, Pestaila, Puga, Miranda , Morales,Pizarro, Vazquez Moscoso, Montesa y Adanero:total .18.

Discutida y aprobada en sesion ele 13 de oc-tubre y elevada á manos de S. M., sin que tu-Mese ulterior consecuencia.

12. Sobre prescripcion contra el fisco y quela jurisdiccion ordinaria conozca de las denunciasde bienes mostrencos: fecha 18 de setiembre de1834. La firman 18.=Morales, Toledo, Claros,Marin , Gándara , Lasanta, Rodriguez Vera,Ochoa, Domin ,.<ntez, Hust, Palarea, Gon-zalez, Chacon, "Trueba, Anaya, Pestaña y Val-dric (Torreinejía).

En 13 de octubre se suspendió la discusionpor lo que ofreció el gobierno, y este presentóel 21 un proyecto de ley sobre adquisiciones á

4

Page 64: Cortes Estatuto

( 3 6 ) .

nombre del estado, que discutido en ambos esta-mentos fue publicado COMO lev con la sancionde S. M. en 12 de mayo de 1835.

x3.1 3. Sobre que se proponga una ley de ayun-tamientos antes de la nueva.eleccion: fecha t.° deoctubre de 1834.,Está firmada por Gonzalez,Trueba, Navas, Lasanta, Domecq, Agreda,Adancro, Gándara, Bendicho, Caballero, Cha-con, Palarea, Serrano (D. Francisco), Mantillay Martel: todos 15.

Suspendida la discusion en q de octubre porla oferta del gobierno y no cumpliéndose esta,volvió á discusion y se aprobó en 26 de diciem-bre. En 13 de abril de 1835 pidió el gobiernoautorizacion para hacer el arreglo provisional-mente: discutida en 8, g y ti de mayo se leconcedió bajo el concepto de eleccion popular.

4.. Sobre la urgencia de una ley orgánicapara la Guardia Nacional: fecha 12 de octubrede 1834. La firman 22.,Chacon , Pedrajas, Do-minguez , Abargues, pedro , Galwev , Bel mon-

a te, Caballero, Alcalá Galiano, Morales, Rodri-guez Vera, Carrillo, Hust, Osca, Pizarro, Mi-randa, Gonzalez, Espinardo, Polo Monge, Gar-cía Carrasco, Navas y Trueba.

Suspendida la discusion en al de octubre sepresentó en 23 el proyecto de ley del gobiernoque pasó á la comisiot. El dictamen de esta sediscutió desde el io de noviembre al 26 del mis-

(37)mo. En 12 de marzo de i833 propuso el gobier-no un artículo adicional que se aprobó el 14. deideen y en 24_ del mismo se publicó la ley san-cionada por la Reina.

15. Sobre estincion del diezmo que paga enFalencia la uva moscatel y planta de que se ha-ce pasa: fecha 8 de octubre de 1834.=Almodo-vor, Abargues, Osca, Visedo, Ruiz Carrion,Fusuir, Cuevas, García Atocha, Ciscar, Tos-,quella, Subercase, García Carrasco, Miquel

Belda, Pizarro, Bendicho, Mantilla y CanoManuel Chacon: total '18.

Discutida y aprobada en 3o de octubre. Elgobierno acusó su recibo en g de diciembre; pe-ro nada resolvió acerca de ella.

1 G. Sobre la validez dé las ventas de bienesnacionales que se hicieron de 182o á 1823:

13 de octubre de 1834. Firman i5.=Cres-po de Tejada, García Carrasco, Pizarro, Gon-zalez, Alcalá Zamora, Calderon (le la Barca,García Atocha, Chacon, lavas, Alcalá Galiano,Cezar, Mantilla, Ortiz de Velasco, Gándara yBendicho.

Se suspendió la discusiowen 28 de octubreá peticion del gobierno. Este' en el proyecto dedeuda interior presentado en g de abril de 1835proponia la devolucion del papel dado en precio:despues les queda dejar la obcion; y últimamen-te ofrecia devolver las fincas segun fueran en-

Page 65: Cortes Estatuto

( 38)trando en el crédito público; pero el estamentopopular desechó todos estos medios y en 7 demayo de' 1835 aprobó el artículo 4o dela comi-sim'i que prevenia 'la inmediata entrega de lasfincas á los compradores.

17. Sobre desamorlizacion civil .y eclesiástica:fecha 16 de octubre de 1834.-=Suscrita porGonzalez , Chacon, Trucha, Claros, Marin, Na-vas, Caballero, Pizarra, García Atocha, Domin-guez, Blanco; Pedrajas, Alcalá Zamora, Cable-ron de la Barca y Alcalá Galiano : en todos 15.

Fue discutida y aprobada en 28 de octubresin admitir la enmienda que propuso el gobierno.Este la recibió y la archivó como otras muchas.

18. Sobre redend071 de censos á favor de ma-nos muertas en papel de crédito contra el estado:fecha de 20 de octubre de 1834.--..=Gonzalez, Cla-ros, Caballero, Arana Dominguez , Gándara,García Carrasco , Chacon , Lasanta , Trucha,:Navas, Palarea y Alcalá Galiano: x3.

Discutida y aprobada en 26 de noviembre;pero el gobierno se la guardó sin tomarla enconsideracion.

:19. Sobre estincion de los mayorazgos y vin-culaciones que no produzcan 331 rs. de renta lí-quida anual: fecha en octubre de 1834.=La fir-man Gándara, Navas, Dominguez , Belmonte,Chacon, Calderon de la Barca, Cano Manuel

( 3 9 )Chacon , Blanco , Caballero, Alcalá Galiano,Gonzalez, Onís y Pizarro : 13.

Al irse a discutir en 26 de noviembre sesuspendió por ofrecer el gobierno que presentariaun proyecto ; mas se quedó , en oferta y burladoel deseo de los procuradores.

20. Sobre que el diezmo que se paga en elaljarafe de Sevilla en aceite elaborado, sea en elfruto de aceituna, como es práctica en el restode la provincia: fecha 21 de octubre 1834.Firman 12.=Villoa , Lopez del Bailo, Marin,Gonzalez Perez,. Claros, Pizarro, Sanchez Tos-cano, Pedrajas, Navas, Hust , Agreda y Visedo.

Discutida en 26 de noviembre y oponiéndo-se el ministro de Hacienda ; fue desaprobada.

21. Sobre que se eslinga el impuesto de trescuartos de real que se carga á la arroba de pa-sas en la provincia de Málaga, con destino ála obra del teatro de Oriente en Madrid: fechaso de octubre t834.=Dominguez , Chacon, Na-vas, Bendicho, OsCa, Mantilla, , Hu-bert , Rodriguez Paterna , Alcalá Zamora , Bo-nd , Alcántara Navarro, Palarea y Galwey: 14.

Al discutirse en 26 de noviembre observóel ministro de Hacienda que era peligroso atacaren detall los impuestos , sin esperar al arreglogeneral de contribuciones, y se suspendió sin ul-terior resultado.

22. Sobre que ;le estiman los derechos de

Page 66: Cortes Estatuto

( 4.o)asadura, castillagey otros tributos que se paganen el territorio del priorato , de S. Juan; fecha 6de noviembre de 1834. La suscriben 13.=-..Ochoa, Butron, Navas, Anava, Abargues, Vai-]lo, Crespo de Tejada , Lasanta , Medrano, Cal-deron Collantes , Villalaz, Viiials y Depedro.

Discutida y aprobada en 28 (le noviembre:en q de diciembre acusó el recibo el gobierno;pero no resolvió sobre ella.

23. Sobre abolicion de ciertos privilegios quegoza el real patrimonio en las provincias de laantigua corona de Aragon: . fecha as de octubrede 1834. Firman , Almodovar, Sis-ear, Palaudarias, Llano Chavarri , Puig, Vi-Dais, Ciscar, Fust(r, , Subercase , Cuevas, RuizCarrion , Colon y Zúiiiga , Miguel Polo , Tos-quella , Vazquez Moscoso , Torrens , S. Simon,Lopez, Serrano (D. Gines), Belda, Ortiz deVelasco, Depedro, Abargues , Polo Monge, La-horda , Camps Soler, Navas, Heredia , Garay,Calderon de la Barca, Ulloa, Chacon; Osca, Gar-cía Atocha, Crespo de Tejada, Martí, Campillo,Ochoa, Carrillo, Rodriguez Paterna y Anaya.

Aunque en la sesion de s2 de enero de 1835se reclamó la preferencia de su discusion, notuvo esta lugar bajo diferentes pretesto's hasta el.23 de mayo (aniversario de la entrada delnieto de S. Luis en Madrid en 1823) enque fue aprobada por 68 votos contra 2, abs-'teniéndose s.

)24. Sobre que se estinga la contribucion de

10 inrS. en arroba de vino que se cobra en lasprovincias por donde atraviesa la carretera deilladrid á Valencia llamada de las Cabrillas:fecha 6 de octubre de 1834. Está firmadapor , Crespo de Tejada, Os-ca , Lopez„kbargues, Visedo , Belda , MiguelPolo, &imante ., Ciscar, Suberease, RodriguezPaterna , Fuster , Caballero , Ruiz Carrion, Ser-rano (D. Gines) y Cuevas.

Discutida y aprobada en 28 de noviembre.En los presupuestos fue considerada esta carre-tera como general y de cuenta de la nacion, yde hecho quedó estinguido el impuesto á quela peticion se referia, aunque el gobierno no laconsideró.

25. Sobre que se arreglen las relacionesmercantiles con América ínterin se decide lacuestion política: fecha 7 ¿le enero de .1835.La firman Redondo , Sisear, Oren-,se , Puig, 'Martí, Viiials, `Prueba Palarea,Porret , Abargues , Caballero , Chacon :Na-vas , Gándara, Arango , Gonzalez , Pedrajas,Depedro , Villalaz, Serrano (D. Francisco),Ayarza, Cáceres, Belmonte, Lopez, Sanjusi, Al-calá Galiano , García Carrasco , Flora, Es-trada, Isturiz , Montalbo, Ayala y Quinta-na: 33.

Se discutió y suspendió en la sesion de 9de diciembre á instancia del gobierno. En 19

Page 67: Cortes Estatuto

( 4'2')de febrero se presentó otra peticion sobre elmismo asunto que no llegó á discutirse.

26. Sobre que cesen los privilegios de lospobladores de Sierra Morena: fecha 21 de no-viembre de 1834.=Serrano (D, Francisco), Do-rninguez, Navas, Sanchez Toscano, Falces,Pedrajas, Adanero , Gonzalez, Trucha, .Acuña,Ferre,'Isturiz y Alcalá Galiano: total 13.

Discutiose en 24. de diciembre y fue aproba-da con alguna modificacion. Interpelado el go-bierno en 3r de enero de 1835 dijo que la pe-ticion elevada á S. M. seguia sus trámites; trá-mites tan largos que nunca llegaron á con-cluirse.

27. Sobre algunas medidas urgentes en la ad-ministracion de justicia: contiene cinco reglas:fecha nq de noviembre de 1834. Suscriben 15procuradores.=Samponts, Palaudarias, Sisear,

, Llano Chavarri , Puig, Martí, Vifials, Torrens,Caliteron Collantes , Caballero , Sonteruelos,

'Abar!,ues, Lopez, Belda y Porrct.

Se discutió en las sesiones de 9 y 1 2 de ene-ro de T835 y fue aprobada. ..E1 gobierno acusóel recibo en 4. de febrero, di leudo á nombre deS. M. que la mandaría examinar y resolveria loconveniente; pero sin duda nada convino en es-te ramo importante, porque ningun proyectopresea

28. Sobre que no se permita la introduccion

(43)de granos estrangeros en las actuales circunstan-cias en perjuicio de la agricultura castellana: fe-cha 6 de diciembre de 1834.=Ochoa, Otazu,Calderon Collantes, Villacampo, Montesa, SanClemente, Crespo de Tejada, Buiron,Lasanta, Alvarez García, Sisear, Puig, Viñals,Campillo; Carrasco, Adanero, Cabanillas; Vi-Dalas, Llano Chavarri, Trucha, Martí, ?debut-dez , Depedro , Orense, Ciscar, Carrillo Man-rique , Coton , Medran ° , Vazquez -Moscos°,Gonzalez, Perez, Bucesta, Miranda, RodriguezPaterna, Montevirgen ,.brtiz de Velasco, Ca-ballero, Someruelos , Laborda , Caldcron de laBarca, Mantilla; Cano Manuel Chacon , Lopezdel Bailo, Redondo; Montenegro, Ayala, Tor-remejía , Riva Herrera, Gonzalez , Ferrer, He-redia, (anís, Ontiveros , Latorre, Paga, Na-via Osorio, Palarea, Serrano (D. Ginés) , Cha-con y Romarate: todos 6o.

Fue discutida en 24. y 26 de diciembre yquedó aprobada no obstante 1 oposicion delgobierno y de los Sres. Argiielles, Galiano,Lopez , &c. Ningun resultado. tuvo, como erade presumir de la oposicion que se le hizo.

'29. Sobre que se llevase á efecto la navega-clon del Duero : fecha T.° de diciembre de 1834..La firman estos 25.=Onís, Crespo Rascon, Me-lendez , Cáceres , Galiano , Catn ps Soler , Aran-go, Soinoza , Abargues, Montevírgen , Anaya,Orense, Palarea, Riva Herrera, Butron, Ceiar,

Page 68: Cortes Estatuto

( 44 )Villacampo, Acevedo, Paez Jaramillo, VillalazAdanero, Calderon de la Barca, Navas, Sisear,y Cabanillas.

Discutida en 9 de enero de 1835, fueaprobada..EI gobierno que ya entendia en esteasunto con el de Portugal, celebró tratado á 31de agosto de 1835 para la navegacion de dichorio Duero, que aun no ha tenido todas sus con-secuencias.

3o. Sobre que el ministerio de hacienda pre-sentase sirz dilacion el arreglo ofrecido de la deu-da interior: fecha 22 de diciembre de 1831..=Firman Gargollo, Ferrer, ..Doinecq, Navas, Cres-po de Tejada, Otazu, Gonzalez Perez, Arango,Villacampo , Llano Chavarri , Sancha Tosca-. no, Chacon , Trucha, Viiials , Palarea , Gon-zalez , Isturiz, Sisear, Cabal lero.y Vil lalaz: 2o.

El 28 de diciembre se ¿lió cuenta de esta pe-ticion y se mandó imprimir y repartir; peroantes de señalarse riza para que se discutiera,acudió el ministro de Hacienda el 31 de dichomes con el proyecto de ley sobre deuda inte-rior.

31. Sobre que se suspendan los efectos delreal decreto de 2 de diciembre de 1834 en quese concedió erbenelicio de bandera á los bizquesespaiioles procedentes de Rayana, Burdeos y Ma•-sella: fecha 15 de dicho diciembre.=Palauda-rias, Sisear, Torreinejia, Puig, Orense, San-

(45)polis, Llano Chavarri , Martí, Fleix , Viñals,Nliquel Polo y Villalaz: 12.

Fue discutida y aprobarla en la sesion de2 6 de mayo de 1835. No produjo resultado porparte del gobierno.

32. Sobre el libre cultíoo del tabaco: fecha 12de enero de 1833.,Suscríbenla Chacon Caba-Hero , Gonzalez , Isturiz , Trucha , Lopez , Car-rasco, Navas, Rodas, Ulloa , Serrano (DonFrancisco) , Gonzalez Perez , Hust , Lopez delBario y Alcalá Galiano: 15.

Se discutió en 26 de mayo de dicho año y• fue desaprobada por haber alegado el gobiernoque el libre cultivo porfia perjudicar mucho ála renta de tabacos, y porque el ensayo de cul-tivo en el Guadalquivir no ofrecia las ventajasque se hablan creido.

33. Sobre que se exima á los plomos que seestraen para el estrangero del derecho que pa-gan: fecha 2 de enero de 1835.=Firmada porCabanillas, Citaron ; Caballero, Trucba, Lopez,Navas, Isturiz, Florez Estrada, Carrasco, Vi-sedo , Ga 1 vev, -Carrillo, Ferrer, Vaillo, Lator-re, Bendicho y Rodas: que son 17.

Se discutió en a6 de mayo de dicho año yfue desaprobada porque el gobierno se oponía átoda rednecion de ingresos, si no se señalabaun equivalente.

Page 69: Cortes Estatuto

( 4-6)34. Sobre que cese el impuesto de 24 7rirs,

en quintal de vena que el se7orio de Vizcaya co-bra de cuanto se estrae de las minas de Somor-rostvo para las provincias del reino: fecha 17 deenero de 1835.=Cosio , Villalaz , Navas , Oren-se, Meletulez , Mar Lin del Tejar, Lopez delBario, Sanchez 'roscan°, Ayarza, Mantilla, Are,vedo, Diez Gonzalez, Vvedondo, Trucha, FIo-rez -Estrada , Cano Manuel Chacon y Gonza-

lez: 17.Fue discutida y aprobada en- 26 dé, mayo

en consideracion á que los. productos de este im-puesto eran un arbitrio local , que no ingresabaen el tesoro. fs's de creer que el gobierno ni ha-ya tenido voluntad ni medios de adoptar la su-presion.

35. Sobre los sucesos del x8 de enero de

1835 en la casa de correos de esta corte: fechó

22 de dicho mes. La suscriben 80.--,Somerue-

los , viva Herrera, La Riba , Latorre, S. Si-mon , Paez Jaramillo. Calderos Collantes, Vi-llagarcfa , Ezpeleta , Ochoa, Sampons,

Coton , Mena , &llanero, Alvarez, Claros,Romarate, Villataz, Palattilarias,'Vázquez Quei-po, Rodriguez Paterna , Villanueva , Lopez del

Vazquez Moscos°, Vega y Rio, AguirreSolarte, Cabanillas , Gonzalez Perez, Bond,

Cosio , Otazu , Carrillo, Ayarza , Ayala , Gal-Nvey , Su herrase, Sanjust, Ciscar, Sara, Haber[,Redondo, del Rey, Cuesta, ViDals, Llorente,

(47)Sisear, Martinez, Valladares, Astariz, Monte-negro, Puig, Martí, Melendez, Garay, Villa-

Vaillo, Puga, Serrano (1). Gines), San-clemente, Laborda, Anaya, Marichalar, Falces,Navia Osorio , Flores , Cezar , Pardo Bazan,Pestaila, Quintana, Puche, Alcántara, CampsSoler, Crespo de 'rejada, Bermudez, Bendicho,Montenuevo, Villacampo, Orense y Espinardo.

Despues de cuatro largas y reñidas discusio-nes sobre estos sucesos en las sesiones del 1 9 al22 de enero, la mayoría ministerial presentó es-ta peticionó mensage el 26, que se discutió el29 , aprobándose por unanimidad (y).

36. Sobre que se iguale la limosna de la bulade Cruzada en todas las prooincia.s: fecha q deenero de 1835.=Laborda, Depedro, Torres So-lanot, Santafé, Ciscar, Polo Monge, Ruiz Car-rion, Rodriguez Paterna, Heredia, Campillo,del Rey, Garay., S. Simon, Tosquella, Ortiz deVelasco, Sanaemente , Bielda, Ezpeleta, Bel-monte, Marichalar, Cáceres , .Visedo y LlanoChavarri: 23.

Empezó á discutirse en 26 de mayo ., y que-dó suspendida á ruego del gobierno , que sobre

(1) La minoría no se atrevió á desechar el mensage, notanto porque pudiera recaer sobre tila el mot e de nuarquicacon que. se la calumniaba, tonto porque se la hizo creer queaquellos sucesos eran promovidos para que el ministro Llan-der quedase de gen , del gabinete y se estableciera un retroce-so político. El ministerio se salvó con esta táctica, en que notodos cayeron.

Page 70: Cortes Estatuto

( 48 )sentir la disminucion del producto , temía ro-zarse con la curia romana.

37. Sobre que se estinga el derecho llamado

de rihaje; que pagan varios pueblos de la costa

de Cataluña: fecha 5 de febrero de 1835.=Fir-man 14: Navas, Sanchez Toscano, Llano Cha-varri , Carrasco, Ciscar, Abarques, Bond, Ro-driguez Vera , Hust, Miranda, Caballero, Mar-tcl , Pizarro y Trucha.

En x3 de febrero se (lió cuenta y se mandóimprimir y repartir, mas no llegó á discutirse.

38. Sobre la reforma de la policía, poniéndo-la en armonía ton las instituciones: ficha 5 defebrero de t 835.=Siscar, , Puig, Martí, Navas,Abarques, Llano Chavarri, Palaudarias, San-ponts, Calderon de la Barca, Riva Herrera,Acevedo , Ochoa , Caballero , Porret , Cesar,Pizarro , Trocla, Belda, Galvvey, , Gonzalez,Visedo , Acuña , Villalas, Cólogan , Cosío, delRey, Sanjust, Rendicho, Alcalá Zamora, San-cha Toscano y Bermudez; total 31.

En la sesion de 2 de marzo fue su lectura,y aunque se imprimió, distribuyó y señaló dia,no llegó á resolverse.

3g. Sobre que se habilite á los secidarizadosdesde x 82o ú 23 para obtener bentficios eclesiás-ticos: fechad de febrero de 1835. La firmansg.=Laborda , Sanz, Cesar , Calderon Collan-

(49)tes, Cano Manuel Chacon, Depedro, Palarea,Cáceres, Navas, Sanchez Toscano,. Pedrajas,Torres Solanot , Visedo, Cañaveral, Belmonte;Chacon, Miranda, Del Rey y Caballero.

Leyóse de dicho mes de febrero, seimprimió y repartió y señaló dia, pero no llegóá discutirse.

4o. Sobre que el pueblo de Prado del Rey seconsidere como los de Sierra,norena, en cuanto áv..esacion deprioilegios (véase. la peticion 26): fichatG de febrero de, 1835.=-Isturiz, Galiano , Pon-tes de Oca, Torremejía, 'Parejo, bomecq,Serrano (D. Francisco), Navas, Sanchez Tos-cano, Carrasco, Pedrajas, Flores Estrada, Cha-con y Trueba: 15.

Leida la peticion en 21 de febrero se mandóimprimir y repartir, se señaló dia, mas no tuvoefecto la discusion. •

41. Sobre la estincion de los pósitos; fecha x 6de febrero de1835.,Parejo, Galiano, Pedrajas,Serrano ( D. Francisco), Chacon, Hust, Calde-ron de la Barca, Isturiz, Flores :Estrada, Agre-da, Belmonte, Lopez del Raño, Gonzalez Pe–res, Miranda , Carrasco, Sanchez Toscano, Na,-vas y Aranda: son 18. •

En 3 de marzo fue leida y se acordó la im-presion y distribucion. No llegó el caso de quese discutiera, aunque estubo señalada en la orden.

1 ,. Sobre que se estinga el privilegio de fiel

Page 71: Cortes Estatuto

(50)medidor de vino, vinagre y aceite que hay enAndalucía: fecha 20 de febrero de r835,Gon-zalez Perez , Navas, Florez Estrada , - Galano,Acevedo, Montes de Oca, Carrasco, Domecq,Parejo, Lopez del Bailo, Somoza, Isturiz, Gar-gollo, Palarea , Sanchez Toscano, Hust , Pizar-ro, Chacon, Abargues y Pedrajas: 2o.

Dióse cuenta de ella en sesion de 26 de di-cho febrero , se imprimió y repartió á los pro-curadores, señalcise dia, pero quedó sin discutirse.

43. Sobre que se sujeten á reeleccion los pro-curadores á córles que admitan empleos del go-bierno: fecha 24 de febrero de 1835. Suscribenestos 2o.-Caballero, Gándara, Navas, CanoManuel Chacon , Boneo , S. Simon, Ferrer,Gonzalez , Pizarro, Depcdro , Sanchez Toscano,Alcalá Zamora , Chacolí , Osca , Tru.eba , Bu-tron , Quintana , Ortiz de Velasco , Calderonde la Barca y García Carrasco.

Leyóse en la sesion del 15 de abril , y aun-que fue impresa y repartida no se discutió.

44. Sobre que se promueva el alistamiento ymooilizacion de la Milicia Urbana (véase la peti--clon 14): fecha 28 de febrero de I835..-Ferrer,Calderon Collantes, Pizarro , Navas, Calderonde la Barca , Sanchez Toscano , Torres Sola-not , Abargues, Depedro , Sanjust, Otazu, Mon-tes de Oca, Fuster, , Porret , Becerra, Cano Ma-nuel Chacon, Sanz , Chacon , Somoza ATrueba,Alcalá Zamora , Butron , Caballero , ROmarate,

(5 ).Gándara, Parejo, Gargollo ; Lopez del Balo,Villalaz, Llano Chavarri, S. Simon, Laborda,Acevedo, del Tejar, Bobeo , Crespo <leTejada, -arcía Atocha, Ochoa, Tsturiz, Aguir-re Solarte, Visedo , Pedrajas, García ¿m'asco,

Del Rey , Alvarez García, Serrano (D. Francis-co), Gonzalez, Mantilla, Domecq, Blanco, Mi-randa, Belmonte, Bermudez, Villagarcía, Acu-

Cailaveral, Cortés, Ortiz de Velasco, Quin-tana, Montevírgen,. Puche , Pestaiia y Onís:total 62.

Se leyó en 5 de marzo, y en las sesionesde 9 y ro del mismo fue larga y reñidamentediscutida, quedando aprobados los dos primerosartículos , y desechado el tercero.

45. Sobre que se presenten al examen de laseó•tes los presupuestos de rentas, gastos y so-brantes de la isla de Cuba: fecha 5 de marzode 835. Firman 54.=Montalvo, Arango ,va Herrera, La Riba , Ferrer, Miguel Polo ,peleta , Del Rey , Marichalar, Depedro , Melen-dez, Paez Baillo, Carrillo, Galwev,Navas , Alcalá Galiano, Sanchez Toscano, Al-calá Zamora, Lopez del Baño, Crespo de Teja-da, Ulloa „IVIartin del Tejar, Quintana , Gar-gollo, Parejo, Llano Chavarri, Carrasco, Ro-driguez Paterna , Villalaz, Cañaveral, Pedrajas,Puche, Sanz, Aguirre Solarte, 'Pestaña, Onís,Pizarro, Laborda, Cuesta, Calderon Col [antes,Otazu, Pardo Bazan , Hubert, Sanjust, Ayala,

Page 72: Cortes Estatuto

(52)Fleis , Palarea Belda , • Chacon, Torremej ía,Acevedo, Butron y Caballero.

Se dió cuenta de ella en 16 de marzo y nollegó á discutirse, aunque fue impresa y distri-

' buida.•

• 46. Sobre abolieron de los laudemios y gravá-menes que lbs pueblos pagan á- los (lucilos del do-minio directo, enfitéutico ó feudal; fecha 25 defebrero de 1835.,Sampons, Palaudarias, Lla-no Chavarri, Fleix, Torrens, Barata, Perpifiá,Torremejía , Porret, Ciscar, Balda, Abargues,Ayarza , Subercase Gabvey , Osca, Ortiz deVelasco, Ruiz Carrion , Caballero y Cezar:son 20.

Dióse cuenta de ella en sesion de 8 de abril,se imprimió y repartió, mas no tuvo lugar su_discusio n.

• 47. Sobre que las uníversidades.de Alcalá deHenares y de Cervera `se trasladen á Madrid y•á Barcelona; fecha 18 de marzo de 1835. —La firman Navas ,Alcalá Zamora, Sanchez Tos-cano, Depedro , Isturiz •, Gonzalez, Caballero,Arango , Chacon Pizarro , Aguirre Solarte,Calderon de la Barca, Parejo, Palaudarias, Por-ret y Cezar: 16.

Fue leida en la sesion de 28 de dicho-mesde marzo, y á pesar de que se repartió impresa álos procuradores , no • llegó el caso de que sediscutiera.

(53)48. Sobre que se de una , ley de acotamientos

que asegure la propiedad territorial: fecha 24 demarzo de 1835. Suscriben 13 que son.=-.Caba.7.trillas, Rodriguez Paterna, Montenuevo, Bel-•monte, Ochoa , Cezar, Crespo de Tejada, La-torre, Bodas, Qaintana,Chacon , Del Rey y

ilolectura en 3o de marzo , se im-

Ba:Verificóse su

primió y repartid y señaló dia no obstante queel ministro del Interior dijo tener un proyectopreparado sobre este asunto ; mas la peticion nose discutió.

4g. Sobre que se anule la instruccion de 23de noviembre de 1802, en que se privó á los per-ceptores de los diezmos esentos: ficha 2 j de mar-zo de 1835.=Fleix, Palaudarias, Torrens, Lla-no Chavarri, Barata, Sampons, Perpifiá , 'for-remejía , Ciscar, Fustér, Saborease, S. Simon,Abargues y Boneo:

Se leyó en 29 de abril y no se discutid des-pues de impresa y distribuida.

5o. Sobre el establecimiento de una seccionespecial en el ministerio de Estado para los ne-gocios de ultramar: fecha 20 de abril de 1835.=Arango , Montalvo, Sanjust , Ayala , Hubert,Dominguez, Paez Jaramillo, Navas, Lopez delBailo , Ochoa, Pestaña , Calderon de la Barca,Quintana, Sanchez Toscaro , Onís, Aranda,Martin del Tejar, Ferrer, Villalaz, Gonzalez,Chacon y Cezar: 22.

Page 73: Cortes Estatuto

(54)En la sesion de de mayo fue leida , man-

dándose imprimir y repartir, como asi se veri-ficó; pero la discusion no tuvo efecto.

51. Sobre que se varíe y mejore el re:;lamen-lo de las clases pasivas militares, dándoles re-compensas proporcionadas: fecha g de mayo de1835.'., Firman Visedo , .Depedro , Carrasco,Dominguez , Ayarza, Quintana, Ronco, Ro-driguez Vera, Clemente, Sanjust, Espinar-do, Carrillo, Montesa, Del Rey, Romarate, Vi-llacampo , Labordá Navia Osorio,Cuesta, Melendez, Rodriguez Paterna, Serra-no (D. Gines), Belmonte, Mena , Cabanillas,Cosio , Lopez, Morales, Cezar, ,.Pedrajas, Ada-nero y Navas: 33.

El IG de mayo se leyó, fue impresa y re-partida , pero no discutida.

5.2 Sobre los sucesos del 11 de mayo de 1835en esta capital con el presidente del consejo deministros: fecha 13 de dicho mayo. La firman66. =Carrillo, Montalvo, Subercase, Romarate,Arango , Gargollo, Melendez, Rodriguez Pa-terna , Serrano (D.. Gines), Cosio , Falces , La-riha , Latorre, Quintana, Ayarza, Montenuevo,1'erpiii í, Montesa, Navia Osorio, Kin-delan, Vazquez Queipo, Paez Jaramillo, Ciscar,Galwey, , Adanero , Cezar, , Sanjust, Sampons,Baillo, Menendez, S. Clemente, Gonzalez Nie-to, Alcántara, Hubert , Fleix , S. Simon , Llo-rente, Bermudez, Romo, Villacampo, Espinar-

( 5 5 )do, Burgos, Cabanillas, Palaudarias, Ezpcleta,Villagareía , Orense , Miguel Polo , Almodovar,Riva Berrera, Villalaz, Mantilla, del Rey, Aya-la, Campillo, Otazu, Coton , Paco Canovas,,Pestaña , Rodas , Garay , Bono , Torrernejía,Mena y Lopez del Bailo.

Despues de la ligera pero animada discusiondel dia 12 , se presentó la peticion el 16, y el1g se discutió y aprobó el mensage á S. M.

53. Sobre que se varien los decretos reales deg de setiembre de 1829 y 5 de diciembre de 1834.que dificultan el abono de suministros á los pue-blos: fecha 15 de mayo de a 835.=Firman Pa-rejo, Serrano (I). Francisco), Depedro, Visedo,Belmonte, Martin del Tejar, Polo Monge, Ro-driguez Vera , Carrasco , Navas , Miranda , Mo-rales, Paco Canovas, Rodriguez Paterna y PaezJaramillo: total 15.

Se leyó en la sesion del a3 de mayo, perodespues de impresa y repartida, no tuvo lugarsu discusion.

RestmEn.—Náincro total de peticiones 56

Origen ( De la oposicion

De In mayoria 152 igual 56

Indiferentes y de intereses locales 39Aprobadas 26Desaprobadas 4Suspendidas 7 igual 56Retiradas 1No discutidas 18

gobierno .. l Quedaron sin efecto 4160 } igual 56Süerti?en el jTubibron resultado

Curso en elestamento.

Page 74: Cortes Estatuto

( 5 6 )

. Peticiones de los procuradores en la 2.a le-gislatura de i 833.

No hicieron peticion alguna. Se nombró en2I (le diciembre de 1835 una comision para que..informase acerca de las 1g peticiones que ha-blan quedado sin despachar por el estamento enla legislatura anterior; pero esta comision nollegó á evacuar su encargo.

Peticiones de los procuradores en la 3.' le-gislatura de i 83 6.

1. 3, Sobre que se 'parle el reglamento en cuan-to al modo de hacer peticLones al trono y de con-testarlas: fecha 5 de abril de 1836.=FuenteHerrero, Caballero, Cano Manuel Chacon , Val-&guerrero, Varona, Calderon de la Barca,Abad , Leal, García Carrasco, Escalante, Eche-varría „klejo , Lara, Bel monte, Ballesteros, Pe-reira, Miranda, Perez de Meca t.Depedro, Bur-guefio , Septien , Becerra , Gomez , Onís, Mon-toya , Arce, Lopez, Osca (D. Juan), Donadío,Alsina , Pizarro, Carrillo Manrique, Verdugo,.Martin del'Tejar , Pino, Molino, Acuña, Casa-mayor, Martin, Espinosa, Purriel , Alvarado,Llanos, Ortiz de Velasco, Milagro, G utierrez

Fernandez Baeza•, Delgado, Sanchez

(57)Toscano, Iznardi, JoYer, , Soria, Venegas, Gu-t ierrez de Ceballos „Caste', Basualdo, Cantero,Arrieta , Yagiie , Gaminde, Valle , Olózaga,Ruiz Carrion,, Gil Orduña, Osca (D.•Mignel),Tira, Martel , Vuelves, Flores Calderon Na-vas, Chacon, Alvaro y Ferrer: total 73.

Fue discutida y aprobada en sus dos artícu-los el 1g de- dicho mes de abril ; subió al gobier-no y nada se adelantó.

2. 2 Para que se presente la ley de presupues-tos de 1835 L'OIL el objeto de m'uta y hacernueoas economías: fecha 14 de abril de 1836.Firman 13.Caballero , Yagiie , Vuelves, Vi-sedo, .If lores Calderon , Abargues , Onís, Mar-tin , Baeza , Acuña , Leal, Burriel y Pino.

Se discutió en las sesiones de 22 y 23 deabril , y fue aprobada con la adicion de quetambleii se presentasen las cuentas y los presu-puestos del alio corriente. "Nada tuvo efecto.

3.2- Para• que los decretos reales sobre es-t/n(7'0n de regulares .se presenten á la aprobaciondel estamento: fecha ,18 de abril de 1836 (i).=La firman Lopez, Caballero, Visedo, Bru, Mi-randa, García Carrasco, Santonja, Gomez, Ja-Ion, Alcalá Zamora, Iznardi, Cano Manuel Cha-

(t) Asta peticion favorable á dichos decretos, se hizo paraoponerse zd espíritu retrógado• de los que en el estamento depróceres estallan acusando al ministerio por la cstincion defrailes.

Page 75: Cortes Estatuto

(58)con Alsina , • Cald.eion de la Barca, Donadio,jovér, , Becerra, Lara, Behnonte, Abad , Mar-.tin, Fuente Herrero, Lancha, Casamayor, ,zarro , Gutierrez de Cebalios , AlvaradO,Huel-ves, Queraltó, Acuna, Montoya, Burriel , Flo-res, Taboada , Llanos, Varona, Escalante , Pe-d rajas Sosa , Chacon,.Morales , Cantero, 016-zaga , Echevarria y Gaminde : 45.

Discutida en 25 de abril fue aprobada .por116 contra absteniéndose de -votar 3. Eleva-da al gobierno presentó este los referidos decre-tos y un proyecto de ley en 1 x de mayo , lo cualpasó á una cotnision especial que dió su infor-me el 19 del mismo, mas no llegó á discutirse.

4. Sobre que se organice la Guardia Nacio-nal en compaiVas , batallones y brigadas con unainspeccion general y suhinspecciones en las pro-vincias: fecha 21 , de abril de 1836.,Cabaliero,Pizarro ; Gomez , Cano Manuel Chacon, Alca-lá Zamora , Montoya , Iznardi , Milagro, Cha-con , Lancha , Ruiz Carrion, Varona , Casama-vor, .Tovér, Cantero; Echevarria, Osea (D. Juan),"Huelves , Depedro Burriel , Martin del Tejar,:Fuente Herrero, Donadlo, Ped rajas , Sosa, Or-tiz de Velasco, Alejo, Miranda , Alsina, Abar-ques. Ga minde, Ballesteros, Pino, Sanchez Tosca-no, Torrens, Basualdo , Septien y Lara: total 38.

Se discutid en 3 y 4. de mayo y fueron apro-

bados sus tres artículos. Se elevó á manos deS. M.; pero el ministerio de 15 de mayo es-

(59)tuvo bien lejos de resolverla, hasta que en elposterior se llevó á efecto.

5./ Para que se restablezcan las leyes consti-tucionales sobre mayorazgos, diezmos y .sdiorio:

fecha 8 de mayo de 1836. Suscriben 8a.-=Os-ca (D. Juan), Donadío, Perez, Bru, Jovér, Lan-cha, Gomez, Visedo , Lopez, Caballero , Bel-monte, Gutierrez de Ceba Soria, Santooja,Fustér, Burguefio , Alday, Deped ro , Cano Ma-nuel Chaco° , Martin del Tejar , Pizarro , Ve-negas , Casamayor, Gaminde , Rodriguez Vera,Fuente Herrero , Sosa , Echevarría, Osuna,-Pe-rez de Meca, Iznardi , Calderon de la Barca,Gutierrez Acuita, Escalante , Alsina , AlcaláZamora , Chacon , Busafia , Castel ; Gil Ordu-fia , lavas, Cantero, Ayarza, Osca (D. Miguel),Varona, Septien, Ruiz Carrion, Montoya, Ba-sualdo , Pedrajas , Valle, Sanchez Toscano, Ro-biralta , Abad , Abarques , Llanos, Mo-ratin , Becerra , Alejo, Arce, Verdugo, Va l-deguerrero Hnelves , García Carrasco, Pino,Alvaro , Lara, Milagro, Onís , Somoza , Jalon,B u r ri el , Ballesteros, Carrillo Manrique, Tor-rens , Miranda, Donoso, Ortiz de Velasco, Bo-net , Valdes , Camps y Camps.

Fue discutida en 19 de mayo, y aprobadapor 86 votos contra absteniéndose 1 A. El ob-jeto de esta peticion es bien claro que fue con-trariar al gobierno que tan estatutista y aris-tócrata se anunciaba con los'próceres.

Page 76: Cortes Estatuto

• (60)G. Sobre varias medidas conce rnientés ú i

administrar:ion de justicia: fecha 29 abril 1836.Firman Alonso, Fuente Herrero, Varona, Do_poso, Pereira , Collado , Martel, Morales , Gil,Gomez, Barrio Ayuso, Quintanilla , Baeza,Martin del Tejar, Jalon , Pizarro, Chacon,Abad , Camps y Burriel : 2o. •

Fue discutida y aprobada en la pentlItimaseSion el 22 de mayo. ¿Qué efecto Babia de te-ner lo que los procuradores pedian en aque-llos momentos?

7 .3 Pedimos al estamento que sin levantarse'la sesion declare solemnemente:

i.° Que las facultades estraordinarias con-cedidas al gobierno en la legislatura anterior porel voto de confianza, cesaron desde la aperturade las presentes córtes.

2.° Que si se disolviesen cí cerrasen las cór-tes actuales sin haber votádo las contribuciones,

• no pueden exigirse ningunas desde el dia en quese disuelvan ó cierren.

3.0 Que son nulos todos los empréstitos ó an-ticipaciones de cualquiera especie que se contra-ten sin la auto•izacion de las córtes.

Madrid z6 de mayo de t8t6.=Cantero,Alejo; García Carrasco, Echevarría, Pizarro,Veldeguerrero, Montoya, Fuente Herrero, Mar-tin del, Tejar, Caballero, Olózago , Cardero,.Joyér, , Yagüe , Osca (1). Juan), Alcalá Zamoira , Valdés , Sanchez , Perez, Martel, Abad,

Alonso, Donoso, Visedo, Varona, Calderón dela Barca, Bro , Casamayor, Santonja, Ferrer,Gutierrez de Ceballos, Moratin, Miranda, Ruiz(;arrion, Septien•, Gil, Iznardi, Robiralta, San-chez Toscano,.Garninde, Lardero, Llanos, San-ta Cruz, Gomez, Ballesteros, y Pedrajas , queson

Se leyó y discutid en la célebre sesior t de i6de mayo, y fue aprobada por 96 votos contri:

, habiéndose abstenido lo de los-II-8 presentes.

8.3 Pedimos al estamento se silva declararque no obtienen su confianza los actuales secre-tarios del despacho.- Madrid as de mayo de 2836.—Perez, Gu-

tierrez de Ceballos, Martin j Montoya, SanchezToscano, Alsina , Llanos, Miranda, Gil Ordu-Da , Pizarro,,- Casainayor, Gaminde , Santonja,Osca (1).. Juan), Caballero, Echevarría, Pedra-jas, Alcalá Zamora , Rodriguez Vera, Valde-guerrero , Obizaga , Basualdo, Cantero, Fustér,Alvaro, Ruiz Carrion, Baeza, García, Carde-ro, Donoso, Santa Cruz, Bonet, Martin del 'Te-jar, Varona, Moratin, Septien , Ballesteros, jo-vér , Bobiralta, Fuente Herrero, Alejo, Villa,'chica , Molino, Ribas , Lopcz, Visedo, -GarcíaCarrasco, Valle, Becerra, Pino, Milagro, Or-tiz de Velasco Jalon , Alday Yagüe, Marte!,Gomez, Torrens , Camps , Lancha, Abad,Laborda, Barguerto , ..Bru , Calderonde la Barca , y Burriel , total 68.

1

Page 77: Cortes Estatuto

(62).Leyóse dicho dia 21, fue discutida con ter_

ribles debates, y quedó aprobada la proposicionpor 7 8 votos contra 29, absteniéndose 13 de 12oque eran los presentes. Despues mandaron in-sertar su voto conforme otros tres.

Peticiones de los próceres .en las tres le-gislaturas.

En la primera solo se hicieron, una peticionpara que se prohibiese la estraccion de ganado

merino, en la sesion de 29 de noviembre 1834; yuna mocion, á propuesta del marques de las Ama-rillas , el 23 de diciembre, sobre el fomento de lacría caballar. Afiádanse los dos niensages relati-vos á los sucesos del i8 de enero en Correos, ydel 11 de mayo con el presidente del consejo deministros, y no hav mas que decir.

En la segunda -legislatura nada de peticionesocurrió en el alto estamento.

Y en la tercera hicieron una,- que fue apro-bada el 6 de mayo de 1836 para que el gobier-no presentase los reales decretos de tg de febre-ro y t.° de marzo sobre enagenacion de fincas ypertenencias (le los regulares; porque pensabansentar la mano al judiazo ministro que habiaatacado la propiedad de los pobrecitos religiosos,como si la nacion necesitase tales arbitrios.

(63)

RESUMEN general de peticiones de laépoca del Estatuto.

1Hicieron los•procuradores: 6Id. los próceres.

4f6

Es decir, que pedia cada procurador cornotrece próceres.

Peticion presentada por treinta procurado-res del reino en 1834, de la cual no lle-gó á darse cuenta al estamento (1).

"Señora: los procuradores del reino, fielesal trono de vuestra augusta Hija, fieles asimis-mo al encargo que han recibido de sus comi-tentes y empe gados no menos por su deber quepor sus propios afectos en defender la causa desu amada reina , vuestra autoridad y la liber-tad póblica , creen que el desempeño de susobligaciones exige de ellos en los momentos crí-ticos en que estamos que eleven su voz á M.para hacerle patentes sus temores, sus deseos ysus esperanzas, cumpliendo asi con la voluntadde sus representados, y siendo como deben ser

(1) Fue escrita por el Sr. Aleabi Callan ° , que luego estra-fiaba como ministro los votos de censura: pon eso sin duda lerecordó el Sr. Caballero esta peticion en las famosas sesionesde mayo de 1836, dia 21.

Page 78: Cortes Estatuto

1

( 6 4 )intérpretes de la opinion para que llegue respe-tnosa y sinceraniente espresada á vuestros realesoidor.

Con sumo dolor se ven los procuradores obli-gados á esponer. á. M. que la suerte del esta-do no es la que.ser debiera. La guerra civil estámas encendida que estaba, y es seguida por par-te de los defensores del trono legítimo con for-tuna á cada momento mas adversa. El descon-tento es general, el desaliento le sigue, y convir-tiéndose los efectos en causas, la irritacion, y de-caimiento, nacidos de sucesos desgraciados, en-gendran despues nuevos y mayores desastres.

Los procuradores del reino, bien á pesarsuyo , pero compelidos á ello por su obligacion,sumisamente espolien á Y. M. que el origen detantos males está principalmente en la. conduc-ta seguida de algun tiempo acá •en la direccionde los negocios púb!icos; <le forma que solo unamudanza considerable y casi completa en los ac-tos gubernativos puede asegurar á vuestra au-gusta Hija el cetro, á Y. M. su poder y felici-dad , y á la paria la paz, el descanso, la liber-tad y los (lemas bienes consecuencia de estos- yde que tanto necesita.

Los procuradores repetidas veces han eleva-do á V. 1‘1. peticiones que despues de haber si-do combatidas en la discusion por vuestros mi-nistros, hasta ahora no han tenido resultado.Dilatándose su .despacho han venido :í quedarel estamento y el gobierno en situacion bastan-

(65)te embarazosa. La conformidad de ideas entrevuestro ministerio y los estamentos es, segun laopinion de los procuradores, tan necesaria en-tre . nosotros bajo el sistema que nos rige, comolo es en las domas naciones donde hay góbier-nos representativos.

Los procuradores , señora , al suplicar áV. M. que reconociese por leyes expresas cier-tos derechos de los españoles, ponian la mira,no en el triunfo de máximas abstractas, sino enproporcionar á sus comitentes las ventajas quetrae consigo un sistema legal y libre , empe-itándolos asi mas y mas por afecto é interés enla defensa del trono legítimo , y poniéndolesclaramente á la vista el objeto de sus esfuerzos

lv trabajos , y el premio que deberia seguir áa victoria.

Pero la discordancia entre las miras del Es-tamento y las de vuestros consejeros en estospuntos no es de tanta importancia y trascenden-cia en sí misma, como -lo es por el origen deque en concepto de los procuradores dimana, ypor las consecuencias que forzosamente produce.

Este origen y estas consecuencias confian losprocuradores en que Y. M. les permitirá decirque estar] patentes. Nace de la desconfianza, y ásu vez la aumenta y produce oposicion absolutade interes originada de la que reina en las opi-niones. Empieza por vuestros ministros v se co-munica á mucha parte de sus agentes. Ejerce unfunesto influjo en todaslas providencias guber-

5

Page 79: Cortes Estatuto

(66)nativas, y lo peor de todo,•le ejerce .grandísimoen cuantos pasos. se dan para oponerse á los re-beldes en los puntos en donde estan armados;.para sofocar sus conspiraciones donde amenazaestallar; para castigarlos cuando caen bajo la ju-risdiccion de los tribunales; y por otro lado pa-ra alentar á los buenos y leales; y escitar su en-tusiasmo en defensa de la causa mas noble yjusta del mundo.

Esta desconfianza asimismo causa que seantratados con desvío los amantes celosos de vues-tra autoridad y real persona, y al mismo tiem-po y en igual proporcion con lenidad y -con-templaciones sus adversarios. De aqui el rehusarel aumento de la Milicia Urbana; el negar laentrada en sus filas á aquellos cuyo ardor, aca-so alguna vez escesivo , pero facil de contener,los Baria los mas seguros y eficaces defensoresde la causa que sostenemos; el tener gran partedel ejército permanente ocupado en garages don-de no puede servir sino para , atajar los pasos ásoñados promotores de anarquía, cuando la mi-licia misma podria desempefiar bien este servi-cio ; el desatender los avisos de los patriotasmas celosos, porque cabalmente estos son trata-dos con mas sospecha que los verdaderos enemi-gos: de aqui la impunidad,' si no de los rebel-des armados, de los no menos perniciosos cons-piradores, y el favor dispensado á personas pocointeresadas en sustentar vuestra autoridad y, losderechos de nuestra amada reina: de aqui en

(67)como consecuencias precisas, las ventajas al-fi n,

canzadas por los facciosos, la osadía de sus cóm-plices, el desmayo de los buenos,.la postraciondel espíritu público; males todos innegables, y queamenazan con,resultas todavia mas graves y ca-si sera ras

Doloroso es, señora, á los procuradores delMil lo ofrecer á vuestra real consideracion estapintura; pero es fiel , por lo cual juzgan obli-gacion suya y muy sagrada, esponerla al la vis-ta de Y. M. con el celo mas respetuoso. Y séa-les lícito ariadir que abundan pruebas para po-ner en claro que en cuadro semejante no hayasomo de disfraz ni de mgeracion siquiera.

Los efectos de cuanto sumisamente repre-sentan á Y. M. los procuradores se dejan sentirprincipalmente en la administracion de justicia,en el gobierno interior, y en la direccion de laguerra contra los rebeldes de las provincias sep-tentrionales.

Muchos tribunales se distinguen por el fa-vor que manifiestan á los enemigos de M.,de nuestra reina y de la patria. De ahí la im-punidad de los conspiradores que cuentan ó converse absueltos y libres, b con eludir el fallo dela ley por medio de enredosas dilaciones. Distan.mucho los procuradores de pretender que vuestrogobierno intervenga en la administrdacion de jus-t icia ; pero saben que á él toca nombrar y re-mover los jueces, y por varios modos hacer suresponsabilidad efectiva.

Page 80: Cortes Estatuto

(68)El gobierno civil de las provincias es ad-

ministrado como si la contemplacion con los ene-migos y el disfavor manifestado á los leales fue-se la norma de la conducta de muchos gober-nadores: efectos son estos de un sistema generalque siguen los mas tal vez sin sentir toda suíndole y consecuencias. En muchas partes la Mi-licia Urbana es mirada como sospechosa ci po-co menos; en vez de intentar aumentarla se as-pira á espurgarla. En todas las diversas ramifi-caciones y dependencias de este ministerio, laexaltacion del patriotismo y del amor á lana y la libertad es mirada como el mal maspeligroso.

Y en la direccion de la guerra reina igualespíritu para producir todavía peores resultados.Acaecen desgracias sin que se procure inquirircual es el origen : sigue fiado el mando á per-sonas cuya, cuando menos, desacertada con-ducta, probada por los desastres que ocurren,acredita su incompetencia. Padece asi la reputa-cion de tin ejército tan digno, cabalmente cuan-do sus heroicos esfuerzos le hacen merecedor detoda la consideracion, aprecio y gratitud de susconciudadanos. Ni un soló consejo de guerraviene á poner en su debido lugar el conceptodel que obró bien, y es tildado sin causa, y ádar al que Ibrd mal el merecido , y segun lanaturaleza de su falta , proporcionado

'castif,Yo.

. Por el bien de Y. M. y de su augusta Hija,que es el de la patria y. de la libertad, repre-

(69)rentan con mas eficacia los procuradores cuandourge dedicar todos los conatos á 'la estincion delaurge fatal empleando para vencer iodo elvigor , de cuya falta son muchos los que se la-mentan

Estos hechos son, señora , los que creen losprocuradores obligatorio en ellos esponer á V. M.,con el amargo sentimiento que forzosamente vaanejo á esposicion tan dolorosa.

Sea permitido, seilora, á los procuradoresdecir que las pruebas hasta 'ahora espuertas enesta su reverente representacion son sobradas pa-ra pronunciar aquella censura de los actos delgobierno, que en todo pis en donde hay.cner-po de representantes del pueblo compete á ellosejercer, y alguna vez ejercen, y que por las le-yes fundamentales que V. i\1. se ha dignado res-tablecer, está, si no expresa, harto claramentecomprendida en los derechos asi del Estamentode próceres , como del de los procuradores.

Al desempeñar esta obligacion , señora , cla-ra está la idea que mueve al Estamento. Indi-cando los males con igual sumision que eficacia,vá indicado el remedio cuya aplicacion parece álos que respetuosamente elevan su voto á V.M.,necesaria y urgente. A V. M. toca, señora, dardireccion al gobierno, aunque no ejercerle sinopor el consejo ele sus ministros responsables.A V. M. toca oir con benignidad el clamor delos representantes del pueblo, á fin de que entrela oposicion de estos y la conducta de vuestros

Page 81: Cortes Estatuto

( 7 0)ministros haya aquella conformidad indispensa-ble en un sistema como el que nos rige. El Es_tamenio con el mayor respeto señala á V. M.las bases en que cree estar fundado el sistemagubernativo de la . nacion en la época presentepara salvar la patria, las leyes, el trono, y vues-tra autoridad. Y los procuradores confian queV. M., cuyo amor al pueblo español está acredi-tado por hechos tan recientes, y de tanta mag-nitud , V. M. á quien es la nacion deudora detantos beneficios, no rehusará hacer uno nuevoy complemento de los anteriores , poniendo enarmonía su gobierno con los deseos de los repre-sentantes del pueblo para mayor gloria vuestra,para vuestro bien y el de nuestra inocente y ado-rada reina, para alivio presente y prenda de lafutura felicidad de una patria á que V. M. per-tenece, siendo en ella objeto del afecto mas tier-no, de la mayor veneracion, y de las mas altasesperanzas.. Madrid 3 dé noviembre de I834.=Seño-

ra.=A. L. P. de Y. M.= José Maria Lopezde Pedrajas.--Fermin Caballero.--Miguel Cha-con.-- Joa quin Abargues.-- And res Visedo.--Pedro limbo Pizarro.--Joaquin Maria Lopez.--Joaquin Ortiz de Velasco.--Telesforo de True-ba de las Navas.—Miguel Cable-

• ron de la Barca.--Pedro Alcalá Zamora.--Ma-nuel Sanchez Toscano.--Agustin García de Ato-cha.-- Marcos Fe rn a ad ez II la nco. L- FranciscoAntonio Mantilla--Juan Palanca.--Mateo Bel-

( 7 1 )monte.--Ru fino García Carrasco.--Juan de Mo-rales Diez de la Cortina.--Joaquin Carrasco.--Francisco Serrano.--Fernando Butron.--JavierBodriguez de Vera.--ANTomo ALCALÁ GALIA-m.--José Alvarez Sotomayor.--Angel Polo yMonge.---Antonio Gonzalez.--Antonio Martel.--El marques de la Gándara: total 3o firmas.

NÚMERO 4.°

Votaciones nominales.

Por el reglamento dehian serlo todas las quese hacian sobre la totalidad de los proyectos deley; y ademas hubo otras . muchas á esfuerzos dela oposicion, que confiada . en la popularidad desus doctrinas y convencida de que las minoriasno tienen mas garantía que la publicidad de susactos comparados, ni mas esperanza que el fa-llo ulterior de la opinion nacional , comprome-tió al partido Ministerial á que en votacionesnominales resolviese todos los plintos que intere-saban al paisTor simpatías constitucionales ó porla gravedad de la materia. Como la peticion deseis individuos bastaba para que se votase nonti-

natim, la oposicion no dejó pasar acuerdo de com-promiso sin ofrecer á sus representados el voto•

Page 82: Cortes Estatuto

(7 2 )de ami as fracciones contendientes. Verdad esque aquel reglamento, dictado por hombres 4fibra débil y de caracter flexible ó indeciso, dabalugar á abstenerse á los legisladores, aun despuesde discutidos los asuntos hasta la saciedad. Sicorno hubo ocasion en que 2./4. procuradores noestaban decididos á votar al cabo de larguísimosy luminosas discusiones, se hubiera presentadoen abstinencia la mayoría, nos ha bria presenta-do el espectáculo de un congreso de escogidospara legislar, que no acertaban á hacerlo, ó nose atrevían á declararse. Cuando la oposicion nologró que sus votos aparecieran en lista nomi-nal, tubo buen cuidado de salvarlos en el actapara que siempre constasen: tal' era la confianzaque tenia en la nacionalidad de sus principios.

ESTAri0 •

de las 78 votaciones nominales que hubo en la Lalegislatura de los procuradores del reino (t).

1.a ¿Se aprueba la totalidad de la con-testacion al discurso del trono? en 4 deagosto de 1834. No se hace mérito de otravotación nominal anterior sobre si habil(lugar á votar..

(1) Entre el número de votantes en pros en contra queaqui se pone ,y el que estamparon la Gaceta y otros perió-dicos se advertirán muchas diferencias: mas para seguri-dad del lector debemos advertir que el presente estado estcídeducido de las actas mientas.

Tragase presente que muchas volacionce nominales sonde fórmula, como las que prevenia el reglamento stibre latotalidad.

( 7 3 )s.; 4

1./z

9.0 Totalidad de la ley contra el votode Santiago, en 30 de agosto de 1834

3.0 Articulo 2.° de dicha ley: Se cobra-rán los atrasos del voto por los perceptores?

30 5.°94.<1.: dicho a d¿Segu nda del art. e

id. La 51 35 » 102

indentnizacion propuesta á los cattónigosde Santiago será libre de media anata ydernas cargas? 31 de agosto 20 63 » 105

¿ Ila lugar á votar la tabla de dere-chos políticos de los espafíoles.? 1.° de se-tic611.),,b

¿reSlaprueba la totalidad de dicha t a- 72 37 » 79

bla? dicho dia, El que produjo el uno dediferencia entre ambas votaciones fue Vas-qui« Moscos°, que dijo primero Si y des-

71 38 a 79pues So7.' ¿Se aprueba el art. 1.° sobre libertad

indi vidual? - 2 de setiembre 52 52 a 848./ ¿Se aprueba el mismo modificado?

dicho dia 96 2 4 869.» ¿Se aprueba el art. 2.° sobre libertad

de imprenta? 5 de setiembre. 57 55 1 75.10. ¿Se aprueba el 3.° sobre la seguridad

personal? 6 de setiembre. . 51 48 4 8511. ¿Se aprueba la 1." parte del art.. 6.°

sobre igualdad ante la ley? 8 <le setiembre. 72 23 5 8812. ¿Se aprueba la 2." parte que es una

consecuencia? dicho die 34 52 12 9013. ¿Se aprueba el 7.° sobre la igualdad

para los empleos y cargos públicos? 9 desetiembre 97 » 2 89

14. ¿Se aprueba el art. 12 sobre la Mili-cia Urbana? en 10 de setiembre .... . 103 1 n 84

-15. ¿Los dictámenes de comisiones se su-jetarán á los trámites del tít. 7.° del regla-mento que trata de proyectos de ley? (1)

(1) Esta •ucstion propuesta por el Sr. Mediano y apro-

99

89 -

Page 83: Cortes Estatuto

70

79

79

( 7 4- ).0 ."

lí>

11• rS.- -

23 de setiembre 76 36 1 7516. ¿Se aprueba la totalidad del provec-

to sobre deuda estrangera? dicho 23 de se-tiembre 93 2 6 S7

17.¿Se aprueba el art. 1.° que reconocetodas las deudas anteriores y posteriores alaño 1823? 25 de setiembre . 63 47 8

18. ¿Se esceptuará de la aprobacion elempréstito de Gnebhard? 28 de setiembre. 62 37 10

19. ¿Se aprueba el art. 3.° que divide ladeuda en activa y pasiva? 27 de setiembre. 43 58 8

20.¿Se aprueba dicho artículo reformadoque convierte toda la deuda con interes de5 y 3 por 100? 30 de setiembre 40 .57 6 85

21. ¿Se aprueba el art. 11 que autorizael empréstito de 400 millones? 2 de oc-tubre • ... 109 » 5 74

22. ¿Se aprueban los poderes del Sr. Al-cal» Gáliano? 7 de octubre. .. 63 47 4 74

23. ¿Se aprueba la 4otalidad del proyec-tó sobre esclusion de D. Carlos y su linea?8 de octubre. . . 129 a 59

21. ¿Se aprueba el art. 1.0 que escluyeá D. Carlos? id. 8 • 130 » n 58

25; ¿Se aprueba la peticion para que secatinga el ' M'Ion de reales que paga Aragonpara el canal? 14 de octubre 68 10 11 99

26. Se aprueban los poderes del Sr. Ar-giielles? 15 de octubre. Martinez de la Ro-sa votó que No, Toreno que Sí 63 27 5 93

27. ¿Se aprueba la totalidad de lawmodi-fieaciones sobre deuda estrangera hechas enla comision mista de próceres? 7 de no-

bada por la mayoría ministerial acabó da estrechar las es-casas facultades de las cortes, reduciendo tí la nada losdictámenes de las comisiones, y dejando en pie siempre laspropuestas del gobierno.

( 7 5 ) I

vimbre 81 31 8 6828. ¿Se reconoce tambien el empréstito

(le Guebhard? 8 de noviembre 80 35 3 7029. ¿Se aprueba la totalidad del proyec-

to de ley sobre Milicia Urbana? 11 de no-viembre... 124 » » 64.

30. ¿ Se aprueba la 1. a parte del art. 1.°en que se llama 1 la fuerza ciudadana Mili-cia Urbana? (querían Guardia Nacional).dicho dia 11. El que se abstuvo fue CarrilloManrique GO 59 1 68

31. ¿Se aprueba la 2. » parte de dicho ar-tículo que la sujeta en actos de servicio álas autoridades militares? dicho dia 11 61 47 9 71

32. ¿Se aprueba el art. 2.° que alista átodos sin cscluir á los desafectos? 13 denoviembre .. 94 37 0 57

33. ¿ •Se aprueba la adicion al art. 5.° pa-ra que se escluya á los notoriamente mal •opinados y los viciosos? 18 de noviembre. 37 75 ' 1 75

34. ¿Se aprueba la totalidad del proyee,to de quinta de 253 hombres? 25 de no-viembre. 109 » 79

35. ¿Se aprueba el art. 3." une' autorizaal gobierno para aumentar el ejército bajola forma actual de sus cuadros? dicho dia25. Isturiz y las Navas fueron de los seisque desaprobaron 77 6 3 102

36. ¿Se aprueba la totalidad del proyec-to sobre adquisiciones á nombre del esta-do (mostrencos)? 9 de diriembr . 103 » 1 84

37. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto de la real casa? 13 de diciembre.- 143 » » 45

38. ¿Se conceden 30 millones para la Rei-na Doña Isabel? 15 de diciembre 56 74 2 56

39. ¿Se aprueba el voto particular delSr. Samponts que señala á Doña Isabel 1121 millones? 16 de diciembre 64 80 » 41

Page 84: Cortes Estatuto

( 7 6 )

40. ¿Se le asignarán 28 millones? 17 dediciembre 78

°C

43 2

e.;

65

41. ¿Se señalan 12 millones á la ReinaGobernadora ? 18 de diciembre (1). . 115 14 59

42. ¿Se asignan al infante. D. Francisco5.7603 rte. dicho dia -13 23 97 4 64

43. ¿Se darán al infante D. Sel>astiau .1.1303 rs.? dicho zlia 13 24 65 17 82

44. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto de estado? 19 de diciembre 120 » » 68

45. ¿Continuarán los presupuestos anti-guos hasta que se aprueben los <le 1835 quese estar discutiendo? 20 di. diciembre- 120 a » 68

46. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto de guerra? 27 de diciembre. 113 » » 75

47. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto de gracia y justicia? 2 de enerode 1835 122 » >í 66

48. ¿Se aprueba la totalidad del proye-'to de ley sobre monedas? 5 de enero 633 3 » 92

49. ¿Se aprueba la totalidad del proyectode ley sobre abolicion de las santas hcrman-dades? 15 de-enero 123 a »

50. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto de marina? 17 de enero 130 » n 58

51. ¿Se toma en considerados la propo-siciou del Sr. García Carrasco para que ven-ga el ministro ele la guerra (Llauder) á res-ponder á los cargos que se le hagan? 19 deenero . 96 21 20 51

52. ¿Se aprueba la totalidad del proyec-to de ley sobre enagenacion forzosa por can-sas de Utilidad póblica? 26 de enero 89 • > 99

53. ¿Se aprueba la totalidad del presa-

(1) Los 14 fueron Llano Chavarri, Samponls, Palau-Serias , Puig, Isturiz , Navas, Caballero, Sisear, Garga-no, Galevg . , Gonzalez Perez , Madi, del ney y Ciscar.

( 7 7 )

Ce

puesto de lo interior? 28 de enero. Dijo No 119

1515"-ír.i ¿Se aprueba la peticion ó mensagesobre los sucesos del 18 de enero de 1835?

1

1

» 68

29 de dicho enero . 126 n » 6255. ¿Se aprueba la parte del presupuesto

de lo interior que señala los fondos para lapolicía? 3 ele febrero 72 50 10 56

56. ¿Se conceden en el mismo los sueldospara la censura prévia de la imprenta? 11de febrero 71 50 1 66

57. ¿Se aprueba la totalidad del presu- 123puesto de hacienda ? 14 de febrero

».6.5

58. ¿Se aprueba la totalidad del proyec-,to de ley sobre bienes vinculados vendidos?18 de febrero 119 » o 69

59. ¿apruébase la totalidad del presu-puesto de aduanas? 23 de febrero.. 105• » o '83

60. ¿Se aprueba la asignacion para elConservatorio ele música de Nlaria Cristinaen el presupuesto de lo interior? 25 de fe-brero 42 52 o 94

61. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto <le estancadas? 28 ele febrero: Entrelos cuatro que digeron No estar Isturiz yNavas

62. ¿Se aprueba el presupuesto de.la sal 98

estancada? 5 de marzo 57

4

61

»

3

86

6763. ¿Se aprueba la totalidad del proyec-

to de ley sobre sello en los documentos elegiro? dicho din 5 82 1 n 105

61. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto estraordinario de guerra? 7 de marzo. 126 » n 62

6.5. ¿Ha lugar á votar la peticion sobrealistamiento v movilizaeiOn de la MiliciaUrbana? 10 ,le marzo - 60 55 1 72

66. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto de rentas provinciales? 12 de marzo. 117 11 • 60

Page 85: Cortes Estatuto

<7.

98

( 7 8)

67. ¿Se aprueba la totalidad del presu-puesto de la caja de amortizacion? 24 de

z4.

— —

marzo 10968. ¿Se aprueba la totalidad de las re-

glas para las clases pasivas que cobran deltesoro? 27 de marzo 85

»,

31

»

1

79

7169. ¿Se aprueba el art. (5.° que mulla las

pensiones concedidas por gracia particularpor acciones contrarias á la independenciade la naeion y sus libertades.? 1» de abril. 47 59 1 81

70. ¿Se aprueba la totalidad del provec-to de ley sobre deuda interior?- 41 de abril.Dijeron No Barata y Saillaré . 125 2 61

71. ¿Se aprueba la 1." parte del art. 25en que se consolidan V3 de los vales no con-solidados dando titulos del 4 por 100, y porel otro tercio créditos Con interes del 5 á

papel? 21 de abril 41 78 2 6772. ¿Se aprueba el art. 2+5 de la comision

en que se consolida la mitad de la deudacorriente? 28 de abril 42 72 11 63

73. ¿Se aprueba que no se devuelvan ensu totalidad los bienes nacionales á los com-pradores? 7 de mayo 25 87 5 71

74. ¿Se aprueba la totalidad del -to de ley sobre ayuntamientos y diputacio-nes provinciales? 9 de mayo. .. . 109 5 11 74

75'. ¿Se aprueba la proposicion del Sr,'Ga-infiero para que se presente á las cortes eltratado Elliot? 11 de mayo 54 50 2 82

76. ¿Se aprueba la petieion inensageSobre los sucesos del 11 de maro? 19 demayo 62 4 13 109

77. ¿Se aprueba la peticion sobre que ce-sen los derechos eselusivos del real -patri-monio? 23 de mayo. Digeron No Puche yPerpiiiá • . . 68 2 11 107

78. ¿Ila lugar á votar sobre las variado-

( 7 9)

.`z

»e s de la comision mista en el proyecto so-bre reintegro á los compradores de bienesvinculados? 25 de mayo 90 » e

ESTADO

de las 12 votaciones nominales de los procurado-res en la 2." legislatura.

La ¿Se aprueba el 2» párrafo del pro-yecto de contestacion al discurso del trono,en que se habla de la confianza ministerial?30 de noviembre de 1835 111 5 72

2. 1 ¿Se toma en consideracion la propo-sido ', del Sr. Modelan para que.se discutaen público el asunto de sus poderes? 24de diciembre.. 52

3. 1 ¿Se aprueba la totalidad sobre el 63 proyecto de ley del voto de confianza? 31de diciembre. Votó que No el Sr: Pardillas. 156 1 » 31. 4." ¿Se aprueba el dictamen contrario álos poderes del Sr. Cobo, electo procuradorpor Santander? 1.° de enero de 1836 57

5. a ¿Se aprueba el art. 3. 0 del voto deconfianza ell que se autoriza la busca derecursos sin empréstitos &c.? 3 de enero. 134- 6. 1 ¿Se aprueba la totalidad del proyec-

to adicional á la ley de Guardia Nacional?4 de enero 116 » » 72

7. 1 ¿Se aprueba la totalidad del proyec- 145 II 1 42to de ley electoral? 12 de enero

8.a ¿Se aprueba el art. 4.° de la comisiónencargada de dicho proyecto relativo O laeleecion mista ? 14 de enero . 42 97 1 48

9.1 ¿Se aprueba la 2. 1 parte del art. 5.°

2 69

24 13 94

3 12 39

Page 86: Cortes Estatuto

(8o)

17,1Z-1.1

sobre mayores contribuyentes? 17 . de enero. 99 22 24 , 4310. ¿ Se aprueba el art. 6.° del mismo en

que la mayoria admite á las capacidades?20 de enero. 63 79 1 45

11. ¿Se aprueba el 6.° de la minoría queexige contribucion á las capacidades? dichodia 20 82 36 14 56

12. ¿Se aprueba-el art. 17 sobre que seelijan por provincias y no por distritos? 24de cuero, penúltima sesion . 66 71 15 36

ESTADO

de las 18 votaciones nominales de los procurado-res en la 3, 5 legislatura,

1." ¿Se aprueba la totalidad del proyec-to de contesfacion 'al discurso del trono?8 de abril 121 » » 28

2." ¿Se aprueba el párrafo 11 del mismoen que se habla de los disturbios, tan pron-to apagados como encendidos? 12 de abril. 102 10 3 34

3." ¿Se aprueba (1 párrafo 12 en que sehalda del voto de confianza congratulándo-se de que por él no se haya impuesto á lospueblos sacrificio alguno pecuniario? 13 deabril 99 17 4 29

4.'t ¿Se aprueba el 18 sobre apoyo fran-co al gobierno para terminar la guerra ci-vil? 14 de abril .. 105 10 2 32

5. 1 ¿Se aprueba la peticion que reclamalos reales decretos sobre estincion de regu-lares ron mareada tendencia á aprobarlos?25 de abril. Dijeron No Aleson y Someruelos 116 2 3 28

6.1 ¿Constará en el acta la protesta del

Sr. Parejo sobre que se ha ahogado la vozde 20 procuradores que en una peticionreclamaban se presentasen los decretos rea-les sobre venta de bienes nacionales y que5 e suspendiera basta tanto la enagenacion?A la peticion le negaron el pase las comi-siones, y bastó para ello que de 17 indi-viduos 7 digescn que no ; aunque 10 esta-ban en que si. 3 de mayo 58 21 7 63

7." ¿Se aprueba la totalidad del proyec-to de ley electoral? 9 de mayo. Votó NoGaminde, 116 .1 1 31

8.» ¿Se aprueba el art. 4.0 de dicho pro-yecto que admite á los mayores contribu-yentes? 10 de mayo 99 10 6 34

9." ¿Se aprueba el párrafo 6.° del art. 7.°que concede el derecho de votar á los em-pleados de real nombramiento que gocen303 y 123 re. de sueldo en Madrid y lasprovincias? 11 de id 15 95 3 36

10. ¿Se aprueba el párrafo 7.° que con-cede el voto á los oficiales del ejército, ar-macla y milicias? dicho dia 11 72 24 10 43.

11. ¿Se aprueba el art. 12 que limita elderecho de reclamar sobre las listas á losinsrritos en ellas ó que justifiquen deberestarlo? 13 de id. 56 52 » 41

12. ¿Se aprueba la 1. a parte del art. 44que requiere pea ser diputado ser del ca-lado seglar? 14 de mayo. Digeron Ale-son y Laborde. • 114 2 » 33

13. ¿Se aprueba la 4. 5 parte de dicho ar-tículo que requiere para diputado 63 re. derenta propia ó 500 de contribucion direc-ta? id 35 81 » 33

14. ¿Se aprueban los 123 rs. del votoparticular de Laborde y Aleson 2 dichodia 14 50 62' 1

..n

6

Page 87: Cortes Estatuto

(32)

15. Se aprueba la nueva redaccion enque se fijan 99 rs. de renta propia? 15 demayo.

o

62 39 » 48

16. ¿ Se aprueba la proposicion O protes-ta contra la continuacion ad voto de con-fianza concedido al anterior ministerio? 16de mayo. lligerem Pío Cure • A'etufia,

Eernandez . . S'alteza , Perez (I, ,

Estrada, Delgadó Ferna.y:.Casera,

Perei-ra, Pifieiro, Morales, Osuna, ( I , S o-

merados, Barrio Ayuso 96 12 10 31

17. - ¿Se aprueba la petieion para' que se

restablezcan las leyes de las cortes del 182011123, sobre mayorazgos, diezmos y sedo -

rids? 19 de mayo. Desaprobaron . GiiireilezValleza, Sacnz Martinez, Acevedo,

y Cuadra 86 '5 12 46'

15. ¿Se aprueba la proposicion de que el

ministerio de 15 de mayo no merece la

conlniitza del estamento?' 21 de - Mayo; Vo-

taron ¡So Chaeon, Flores Calderos, Gu-tierrez Acuita, Fernandez N'alteza, Navas,Soria, Carrillo Manrique, Oueraltó, Quin-tanilla , Castell, Gabanes, Aleson; Donadio,Perez de Meca, Escalante , Floren Estrada,Acevedo, Iternaldo de Quirós. Lamadrid,Delgado

' Fernandez Pereira , - Pifieiro; 310-'

tales, Osuna, Parejo, Cuadra, Someruelos,Ayarza y Guerrero 78 29 13 29

Votaciones nominales de los próceres.

Fuera de las que por reglamento eran pre-cisas para decidir sobre la totalidad de los pro-

( 83 )ycctos de ley, hubo pocas de esta clase en el es-tamento ilustre. Las mas senaladas fueron lasque siguen.

La En la sesion de 3 de setiembre de 1834,solare la esclusion del traidor 1). Carlos y todasu línea, estubieron unánimes afirmativamentetodos los próceres, á esccpcion de los Sres. con.-de de Taboada y marques de S. Martin de Hom-breiro, que se abstuvieron de votar, el prime-ro en ambos estremos , y el segundo solo en dúltimo. No puede darse una prueba mayor dela libertad con que las cortes procedieron enaquella memorable declaracion que la abstinen-cia referida, sin que se notase el menor asomo'de intolerancia en los lemas colegas, ni en losperiódicos, ni .en el público espectador. Que nolo olviden los carlistas fanáticos, y se persua-dan de la voluntad libre de todos los esparíoles.

2.a En la sesion de 2 de enero de <836 seaprobó el dictamen de la comision en que pro-ponía que el prócer I). Javier de Burgos pudie-se volver á ocupar su puesto en el estamento,del que babia sido lanzado en 18 de octubre de183!f ; pero fueron de voto contrario, estandopor la no admision, los cuatro siguientes: duquede Rivas, marques de Espeja, marques de Man-cera y l`tIalpica y conde Gonzalez <le Cas.tejon.Tambien es notable esta . prueba de amor á lAindependencia nacional, á la lealtad castellana yá la moral pública.

1

Page 88: Cortes Estatuto

(84)NÚMERO á.°

Proposiciones é interpelaciones.

Dificilísimo seria hacer una relacion com-pleta de todas las proposiciones que tubieron lu-gar en las tres legislaturas del Estatuto. No ha-blando de ellas el reglamento, repugnándolassiempre el gobierno y contrariándolas la mayo-ría de las córtes (aunque á su vez'cedia á la con-veniencia de hacerlas por sí misma), fue varia lasuerte que corrieron muchas, ya disfrazadascon los nombres de adiciones, indicaciones, pro-puestas, mociones y protestas, ya introdticién-dose anónimas á favor de las circunstancias delmomento. Dispersas rutas y otras en los volámi-nosoS diarios de las sesiones , hemos lograd • -e-coger las mas notables con 110 POCO traba»: ylas que á continuacion se anotan bastan para con--vencer de cuán inlítiles son las restricciones quechocan con la razon y con el interes talco.Abrir la tribuna parlamentaria y querer ahogarla voz de los escogidos del pueblo , cuando losmales de este son acerbos, será siempre empeñoestéril, loca presuncion.

Nota de las proposiciones e interpelacionesde los procuradores y próceres.

Proposiciones. x./ Del conde de las Navas,

(85)en 5 de agosto de 1834, para que se admitie-se la renuncia á cuantos procuradores la hicie-sen. Pasó á la comision de poderes, que opinóen 9 del mismo mes, que no debia establecer-se regla general, dejando los casos á juicio delestamento, y asi se acordó.

2.1 Del Sr. Lopez para que el estamento se ocu-pase del estado de la nacion y vinieran los mi-nistros del interior y de guerra á dar cuenta dela simacion de las facciones. Sesion de 14 deagosto de 1834: fue discutida y concluyó suautor por retirarla.

3.1 Del Sr. Medra. no en G de setiembre de1834, para que los procuradores que no se pre-sentasen dentro de 20 ¿has ó no diesen razon deescusas justas se tubiesen, por exonerados. Pasóá la comision de poderes, la cual opinó que bas-taban escitaciones por conducto del gobierno;dictamen que se aprobó en lo sustancial el xde dicho mes.

4.a Del conde de las Z7avas , en 24 de setiem-bre de 1834 , para que -se estableciera un diariode Córtes. Pasó á la comision de gobierno inte-rior , que en 21 de octubre propuso, y fue apro-bado , que se sacase á subasta pública. No tuboefecto en aquella legislatura, y la Gaceta siguiódando las sesiones en suplementos, con notabledependencia del gobierno y sin la debida esten-sion y exactitud.

É./ De Serrano (D. Gines) y otros, en 25de setiembre de x834, para que no se discutiese

Page 89: Cortes Estatuto

( 86 )proposicion alguna sin que el estamento decidieseantes que la tomaba en consideracion: Fue apro-bada en el. acto con el objeto sin duda de conte-ner- á la" minoría; pero á costa de reconocer elderecho de hacer proposiciones, como lo prue-ba esta misma hecha y aprobada por la mayo-ría resistente.

G." Del Sr. AceZedo , en 2 de octubre de 1834.para que los procuradores ausentes pudieran darpor escrito el voto sobre la esclusion de D. Car-los y su línea. Fue aprobada. -

.a De los Sres. CalderonCollantes r Son/ente-

los para que se imprimiese por separado la dis-cusion sobre escluir á D. Carlos y su descenden-cia, que tubo lugar en los Bias 6, 7- y..8 de oc-tubre de 1834. Fije aprobada en g del mismo,

y se .publicó la discusion en 240 páginas en.-4.°8.a Del conde de las !faenas y otros para que

ninguna peticion ni proyecto se diese por suficien-temente discutido hasta haber hablado tres enpro y tres en contra (si lo pedían) no contandoen este número á los ministros ni á los individuosde las comisiones respectivas. Presentada en j o denoviembre de 1834., fue modificada en la discu- ,sion . quitándol e la ese' usi va de ministros y comisio-

nes , y aun asi se desaprobó por 7 x votos con-tra So.

g." Del Sr. Samponts , en 13 de febrero dex835, para que la mesa de acuerdo con el go-

bierno hiciese que en la Gaceta se insertaran losdictámenes y documentos leidos en las cortes an.-

(87) •

tes de que llegase su discusion. Se tomó en con-sideracion y pasó á gobierno interior con resul-tados.

.1o. Del Sr. Domecq en ¡ 4 del mismo febrero,que pasó á la referida comision de gobierno in-terior, para que al informar sobre la anterior,propusiera el medio de que se publicaran las se-siones con mas brevedad.

u!. Del Sr. Caballero, en it de mayo de1835, para que se reclamase del gobierno el tra-tado de lord Eliot. Tomada en consideracion pa-só á una comision , que en 2 7 de dicho mayoofreció un dictamen con dos votos particulares.La mayoría opinaba que no baba mas medio le-gal de reclamar documentos del gobierno que elineficaz, humillante y desacreditado de las peti-ciones. El Sr. Argiielles.pensó conciliar los pare-ceres proponiendo un mensage á S. M. Y el se-i'!or Morales se opuso en su voto abiertamente alobjeto ile la proposicion. Todos quedaron iguales,pues decidiendo el estamento que no habla lu-gar á votar el dictamen, rehusó ocuparse de es-te asunto.

Interpelaciones. 1. 1 Del Sr. Gareict, Carras-co al ministro de la guerra Llauder sobre los su-cesos del 18 de enero de T 835 en la casa de Cor-reos de esta corte. Duró cuatro Bias de renidísi-MOS debates, resultando la nicht de Llauder,que dicen cstubo para derribar á sus • colegas.

2.2 Del Sr. Isturiz en 4. de- mayo de 1835,sobre el mantenimiento de la ley de esclusion de

Page 90: Cortes Estatuto

( 88 )Cárlos y sobre intervencion estrangera.bnpo.

sible pareceria , si los hechos no hablasen ,un procurador que exigió seguridades de Marti-nez de la Rosa y de Toreno de que no habriaintervencion , hubiese cifrado despues en esta

inútil todo el mérito (le su presi-dencia del gabinete.

3.a Del Sr. Morales, en 8 del mismo mayo,sobre el alboroto carlista de Sevilla que tubo lu-gar en 3o de abril sin que el gobierno, previa-mente avisado, hubiera sabido evitarlo.

4..a Del Sr. Pezpizlá, en r 5 de enero de 1836,sobre los sucesos de Barcelona en la noche del 5en que se oyeron vivas á la Constitucion y otrasvoces, tomando por motivo las atrocidades queTristany habia cometido en Esparraguera el 31de diciembre sacrificando á varios nacionales.

5." -E1 mismo dia 15 de enero fue interpe-lado el gobierno en próceres sobre el mismo su-ceso de Barcelona, y concluyó en una peticionque firmaron 19 ilustres próceres: leida en 22de enero filo retirada y quedó sin efecto.

6.a Del Sr. Depedro, en 5 de.abril de 183G,sobre no estar completo el gabinete, y habersenegado Lstnriz á formar parte del que presidaAlendizabal. Fue tormentosa y personalísima es-ta discusion, y el preludio de las que subsiguieron.

7.a Del augne de Pibas, en 13 de abril de1836 , sobre varios pasajes del discurso del tro-no, y especialmente el que se referia á los des-órdenes tan pronto_apagados como encendidos."

(89)8:1 Del duque de Osuna, en 20 de dicho

abril , sobre haberse llamado cuerpo exótico alestamento de próceres en el periódico tituladoEco del Comercio.

9 .1 Del Sr. Barrio _Ayuso y del conde de lasNavas, en 6 de mayo de 1836, sobre el abusode autoridad ejercido por el baron de Meer con-tra la audiencia de Navarra.

ro. Del conde de las Navas, en II del mis-mo mayo, sobre el rigor de la censura, que nodejaba libertad á la imprenta periódica, prohi-biendo artículos inocentes.

t. Del duque de reragna , en 13 de dichomes, sobre el dictado de exótico aplicado alcuerpo de próceres por el periódico El Liberal,repitiendo los cargos del duque de Osuna en 20

de abril.12. De los Sres. García Carrasco, Lancha,

Garnica, Olózaga , Cantero , Echevarría y Loper,en t 7 de mayo de 1836, increpando al nuevoministerio por haber salido de la minoría , porhaber arruinado el crédito, y puesto á la nacionen recelos de retroceso. El Sr. liurriel reprodu'Ljo estos cargos en 1 9 del mismo mayo, y otrainterpelacion hizo el propio dia el Sr. Colladoamistosamente. Las escenas á que dieron lugarlas interpelaciones de estos ¿has fueron intere-santes y acaloradas, así por parte de los que in-terpelaban como por la del ministro Isturiz,único que respondia.

Page 91: Cortes Estatuto

(9°)

MÚMERO 6.0

Sesiones secretas.

El miedo y la desconfianza, que eran las

pasiones predominantes en el gobierno del Es-tatuto, le hacian ver un gran peligro en las se,siones secretas y estraordinarias de las cortes.Asi es que en el reglamento que impuso á losestamentos limitó á pocos casos y á nimias pre-cauciones la celebracion de sesiones estraordina-yias. Yi una sola hubo de esta clase en las treslegislaturas, no obstante la premura y asiduidadcon que trabajaron en varias ocasiones; y aun-que hubo sesion ordinariaque duró muchas ho-ras, apenas se acercaba la noche cuando se cer-raba para no faltar á lo prevenido, ni alarmaral poder. •

Como las sesiones secretas sé limitaban áasuntos de gobierno interior d personales de losrepresentantes, no bulo mas que ocho en las treslegislaturas de los procuradores, á saber: cincoen la primera, ninguna en la segunda y tres'enla tercera.

Las cinco sesiones secretas de la primera le,gislatura no sabemos que ofreciesen interes ab-guno general , limitándose á negocios del arre-glo interior del edilicio y oficinas. Unicamente

(91)eti la de 13 de febrero de 1835 se presentó unasunto delicado. Los individuos de la comisionde deuda interior se quejaron en forma de unartículo del periódico titulado Él llensagero, mí-inero 273, en que se denunciaban negociacionesde bolsa , hechas con la ventaja que • daban losconocimientos particulares y los datos que obra-ba ► en dicha comision. ElSr. Alcalá Galiano,redactor principal del Mensagero , defendió elartículo acusado con varias razones, y ademaspresentó una póliza original de deuda sin inte-res, por la que'resultaba que el Sr. Crespo deTejada, individuo de la comision de deuda inte-Lrior; habla negociado por considerable suma enaquella especie de créditos. Demostrado el fun-damento del artículo ., y que no tenia trascen-dencia á . los donas individuos, quedó terminadoeste negocio.

En las tres sesiones secretas de la última le-gislatura hubo algunos incidentes de interes porsus circunstancias , y por lo que llamaron laatencion de la prensa y del público informado.

La de 23 de abril de 1836 se ocupó prin-

cipalmente en las notas de gastos hechos en el

estamento, que ascendiendo á cantidades consi-derables , no se hablan sujetado á cuenta justi-ficada por el maestro de ceremonias D. SebastianLlanos, que fue el encargado de las obras y

compras, y se hallaba ausente del reino..Estra-fiando el cuerpo esta falta, y deseoso de que lascortes, encargadas de mirar por los intereses pú-

Page 92: Cortes Estatuto

(l2)Micos , dieran el ejemplo de ' exactitud y ord(en la contabilidad , acordó, á proposicionSr. Olózaga , que el Sr. Llanos se presentase per,sonalmente á dar cuenta de los Ibrulos que tubo

su cargo; y al efecto se ofició al gobierno. Dese,pues parece que vino el ex-maestro de cermet);nias, y cumplió con el acuerdo del estamento.'

En la de 4. de ma yo de 1836 se dió cuentade lo que habia ocurrido en el edificio y con lo.;

dependientes durante el intervalo de la anteriorlegislatura, y señaladamente en los días 15 y 16de agosto de x835, mientras los sucesos de laPlaza Mayor. .A esto se refieren parte de los do-turnemos del nóméro lo. En la misma sesionse presentó en queja el Sr. Varona y Alpanse-que , manifestando que de resultas de las pala-bras pronunciadas por el ministro de la guerraconde de Al ► odovar, se habian creido autori-zados y quizá obligados los generales Córdoba yEspartero á publicar artículos que comprome-tian la inviolabilidad de los procuradores á cor-tes; pues , aunque el último se esplicaha eón me-,

sura y delicadeza, en el artículo del primero ha-la frases duras y doctrinas que podrian'hacercreer á todos los generales que estaban en el ca-so de mostrarse ofendidos, poniendo al repre-sentante de Santander en un continuo palenque.

No habiéndose terminado este negocio, con-tinuó en la siguiente sesion del 5 de -mayo, ydándose . esplicaciones los Sres. Varona y Almo-dovar, , retiró aquel su queja, prometiendo el mi,

( 93 )-`oistro de la guerra que los generales articulis-tas aclararian tambien sus escritos de un modosatisfactorio para ambas partes.

Hasta aqui lo que sabemos de estas sesiones;pero va que hemos tocado los asuntos personalesde los procuradores, nos ocurre advertir que, sibien no se (lió conocimiento al cuerpo de nin-guno otro, mediaron algunas escenas desagra-ilables entre ciertos oradores. Ni la que ocurriócutre los Sres. Navas y Martinez de la liosa,oi otras menos sabidas, tubieron progreso: la3nas trascendental fue la habida entre los, se-¡lores Isturiz y Mendizabal, no solo por el mo-tivo y anteriores relaciones de los rivales, , sinopor el caracter público de que entonces estabanrevestidos. La imprenta censuró fuertementeestos hechos, de fatal consecuencia para la li-bertad , y la opinion sensata los condenó comodepresivos de la inviolabilidad de los represen-tantes del pueblo, y agenos de hombres que pro-claman el principio sacrosanto de la razon con-tra el ciego y brutal de la fnerza física.

NÚMERO 7.0

Espulsion del prócer Burgos.

Uno de los lances mas notables ocurridos en

Page 93: Cortes Estatuto

( 94- )el estamento de próceres ilustres, fue la esch,sion temporal, pero brusca 'y bochornosa , delindividuo D. Javier de Burgos: suceso que tic_ne pocos ejemplares en la historia de las asara_bleas representativas, porque es dificil que hayacalificado un gobierno de hombre eminente, pa -triota y magnate , al que poco despues • sacudensus colegas, rehusando alternar con el ; asi comoes poco comun que se atrevan á juzgar por in-digno de ocupar el puesto al que fue calificadopor todo un gabinete responsable de prohombrede la• nacion y buen patricio. Diremos dos pala-bras sobre las causas predisponentes de este rui-doso acaecimiento, para mejor inteligencia delos hechos que seguirán despues.

• .1base á tratar en las cates (le la deuda es-trangera contraida en la ominosa década paraavasallar al pueblo con el régimen absoluto. Lavoz pública presentaba al señor Burgos comouno de los principales agentes del empréstito deGuebhar, , y en aquellos momentos se hablantraido á la memoria los-antecedentes de S. E.,asi de la época en que sirvió al gobierno intrusode José Napoleon, como de la en que ayudó al mi-nisterio Gilomarde trayéndole recursos de Fran-cia á coste y cóstas. La imprenta, ejerciendo suoficio de la manera que entonces podia, recor-dó varios hechos , descubrió algunos poco sabi-dos, y sc estendió en reflexiones que no dejaron ,de hacer gran mella en la reputacion política yliteraria del escelentísimo procer. El folleto Las

( 9 5 )letras,, letras (le cambio , los mercachylesr arl. OS , que á sonibra de tejado corrió en ruanosde tódos, y que devoraban los curiosos, ridicu-lizarlas el vicio de convertir la literatura en

golpe mortal al que apare-mercadería, (lió unéia su Mecénas. El. autor D. Bartolomé Gallar-do hizo una dedicatoria lindísima de su. papelal referido esceleneia, en que sobresaliendo elgracejo, la gala del idioma y la picaresca burlaembozada en lisonja, presentaba al héroe como elinventor ó perfeccionador, al menos de la indos-tria. literaria, de la industria ciencia. Dificil erala posicion del criticado, ministro á la sazon:dejar el puesto y esconderse, fuera, sobre agenode conciencias anchas .y de corazones endureci-dos en la adversidad, dar la razon al escritor ac-tor: callar haciéndose sordo, no era muy fácil,aunque tal vez lo mas análogo 'y conveniente:picarse de ofendido escogió , y erró esta vez elgolpe, porque de aqui tomó mas vuelo el rumorde los quejosos, y mas fuerza las eMarnacionesde los escandalizados.

Llegaron por este tiempo á Madrid unas le-tras• que un abogado de Marsella giraba contrael señor Burgos por honorarios que le debia enla defensa que hizo de sus intereses contra losacreedores que l'e demandaban. Estas letras deun endoso en otro vinieron á poder del' señorGallardo; y cátate que todo un ex-ministro, unprócer, y una sesta parte cuando menos de losautores del Estatuto, se. ve deudor del licenciado

Page 94: Cortes Estatuto

(9í)

Palomeque , hijo de cuatro cachas, del humildeautor de la dedicatoria.

El serior conde de las Navas habla dirigidodesde la tribuna parlamentaria terribles acusa-dones al procer consabido; mas se redoblaronlos ataques por dicho procurador y por el señorCarrasco, cuando se trató especialmente del em-préstito de Guebhar. llegaron á tanto los car-gos, que al irse á repetir en próceres la discu-sion de dicho empréstito, hubo quien no quisoprescindir de cuanto se ]labia escrito y referido.

Don Miguel Ricardo de Alava, patriota dis-tinguido y militar de honor , en la sesion de 18de octubre de 1831. tomó la iniciativa de estenegocio, que trancribimos literalmente como sepublicó en la Gaceta.

"El salto/ . Alava. Siento muchísimo tenerque llamar la aiencion del ilustre estamento so-bre una ocurrencia muy desagradable, que yohubiera querido que so hubiera C itadO , y mu-cho mas el que se haya venido á interrumpiruna discusion tan interesante : pero al ver en suasiento á un ilustre procer, que yo tenia moti-vos suficientes para creer que no se presentariaen esta discusion (s), no he podido menos detomar la palabra.

" Bien sabido es lo mucho que se ha habla-do estos dias en otra parte, en los cafés, en las

(1) Alude que habían mediado invitaciones privadas alSr. Burgos, para que evitase este lance no asistiendo, y aundicen si habla ofrecido no presentarse,

(97)plazas, en los periódicos y. en otros varios im-presos sobre los empréstitos contraidos desde elatto 23 acá; y si bien las opiniones han estadodivididas en cuanto á su reconocimiento ó no re-conocimiento, en cuanto á :u legitimidad ó justi-cia, todas las opiniones han convenido en desapro-bar el modo con que estos empréstitos se han hecho.

»Entre los que han sido designados apareceun ilustre procer como una de las personas quehan intervenido en ellos, y es imposible que elestamento se desentienda de tomar esto en con-sideracion despucs de una manifestacion tan pú-blica, hecha en todos los periódicos de esta cor-te, y que debe haber resonado en toda la na-clon. Este ilustre . procer, acusado de este modo,no debe el estamento permitir que se presenteen este lugar hasta- que por una justificacion le-gal haga ver que está libre ele toda mancha,poniendo de este modo á cubierto su honor.

. »Señor, el estamento de ilustres próceres esuna corporacion Muy antigua en nuestra na-

don ; pero el desuso ha hecho que aparezca hoy.corno una planta - exótica, que por nuestra for-tuna ha venido á aclimatarse. El espíritu deigualdad hace que se le mire con cierta descon-fianza, y ahora mas que nunca es necesario quese haga acreedor por la conducta de sus indivi-duos á la respetabilidad pública.

" Lejos de mí la idea de que el ilustre pro-cer sea culpable; pero mi opinion es que mien-tras no vindique competentemente su conducta

7

Page 95: Cortes Estatuto

( 98 )no debe asistirá las sesiones. Asi pido lo acuer-de el estamento.

»El señor duque de Bailen. Apoyo lo que hadicho el señor Alava. Es práctica .constante enlos tribunales y corporaciones el no estar pre_sentes sus individuos siempre que se trata desus personas y conducta.

»El señor presidente. Se pondrá á votacionla mocion hecha por el ilustre procer. Entretan-to sírvase el señor Burgos salir del .salon hastaque esté resuelta..

»El seUr Burgos. Yo protesto.El .s.dior . presidente. Proteste V. E. cuanto

guste; pero retírese.»El señor Burgos. Yo me retiraré; pero pro-

testo habiendo salido del salon el señor Burgos

se votó en seguida la mocion hecha por el señorAlava y quedó aprobada."

Al dia siguiente 19 de octubre estendió elseñor-.Burgos una protesta por escrito contrala resolucion del estamento, calificándola de con-traria al Estatuto real , al reglamento y á lasprerogativas de la dignidad de procer. Diósecuenta de ella en la sesion pública del 25, y enla secreta del mismo dia se pasó á una comi-sion. Al cabo de catorce meses estendió su dic-tamen , que se leyó .en la sesion seéreta. de 23de diciembre de 1835, acordándose . en la públicade 2 de enero de 1836, que habia cesado elmotivo que hizo suspender temporalmente la

(99)asistencia del señor Burgos al estamento; pare-cer que reprobaron nominalmente los sefioresduque de Ribas, marques de Espeja ,. marquesde Malpica y conde Gonzalez Castejon. A pesarde esta resolucion conciliatoria y evasiva de laeuestion principal, el señor Burgos no volvió alestamento, ni aun á España; por lo que la dig-nidad de procer se le ahogó en Francia sin casihaberla disfrutado.

NÚMERO 8.0

El 18 de enero de 1855 en lacasa de Correos de Madrid.

Suceso fue .bien señalado en la época delEstatuto el ocurrido en la casa de Correos deMadrid el 18 de enero de 1835. Amanecjó to-mado el punto por el regimiento de infanteríade Aragon .° de .ligeros, con general sorpresadel vecindario, y sin que ann despues de puestaen armas .la guarnicion y la Milicia se fijase láopinion sobre el verdadero objeto de aquella ten-tativa. Quien suponia que se trataba del resta-blecimiento de la- Constitucion; quien limitabael plan á derribar al ministerio, y propalabanmuchos que era un golpe de mano movido en

Page 96: Cortes Estatuto

(100sentido retrógrado por el nuevo ministro de laguerra, general Llauder. Algunos pocos, qui,zá mas suspicaces y desconfiados, creyeron (tulaquellas escenas polan traer origen de los ami-gos mismos del gabinete, que le veian vacilantede resultas de la confianza particular que se de-cia merecer el marques de Valle de Rivas á laaugusta Gobernadora. Mas sea de esto lo que fue-re, es un hecho reconocido por todos ., que Ma-drid vid como incierto y receloso aquel suceso,y que el ministerio, que hizo treguas con los al-zados, logró sin embargo afianzar su permanen-cia, descartándose del Sr. Llauden, su rival en-tonces. El regimiento de Aragon salid tamborbatiente por medio de la capital, en virtud delo estipulado; y esto did lugar á que un orador •

del estamento de procuradores, dijese en las ce-lebres sesiones de1.19 al 22 de enero; que aque-llos soldados se baldan llevado la fuerza moraldel gobierno en las puntas de las. bayonetas: ver-dad palpable examinando las cosas como buen

• político, pero que debia modificarse por la par-te que pudieran tener intrigas maquiavélicas.

-Herido de muerte quedó el prestigio del gabine-te con esta humillacion; mas no es menos seguroqueliabria acabado mas presto su administracioná no suceder el hecho de Correos, el del i r demayo siguiente y otros que sostenian la creenciade que se le atacaba por medios ilegales y peca-minosos,.cuando los parlamentarios bastaban pa-ra combatirle.

(tor)Un documento importante y poco conocido

insertamos á continuacion, que da alguna ideade parte de aquel suceso lamentable, en que seoyó el estruendo del calion por las calles de lacapital, y en que españoles amantes de la liber-tad y del trono legítimo se hicieron fuego unos áotros resultando pocas pero muy sensibles desgra-cias. Es la representacion que hicieron los deCorreos, mandados por el teniente D. CayetanoCardero, al estamento de procuradores del rei-no, y de la cual no se llegó á dar cuenta porqueasí lo estimó la mesa. Se guarda este documentoen el archivo del congreso, en el expediente so-bre la peticion elevada á S. M. con aquel moti-vo, con un sobre lacrado que dice: "Documentocorrespondiente -á - los sucesos del i8 de enero de1835 en esta capital, mandado re,seroar por elseñor vire-presidente D. .Diego Medrano:" y enla carpeta que lo cubre está escrito: "Madrld-de enero de -1835. Se acordó por la mesa en lamañana (le este día no dar cuenta de esta esposi-cion al estamento." Hay una rúbrica del señorvise-presidente.

Esposicion de los individuos del regimientode Aragon al preside/71e del estamentode procuradores.

•"A.1 Excmo. Sr. presidente del estamento 'deprocuradores del reino.----=Excmo. Sr.=Los que

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(102 )abajo firman oficiales y sargentos del regimientoinfantería de Aragon 2.° ligero, y en nombre delos setecientos y mas individuos del mismo quese hallan reunidos y con las armas en la manoen la casa de Correos, llenos de confianza en losnobles sentimientos que animan á los procura-dores del reino, con el debido respeto y mas al-ta veneracion esponen: • Que tiempo hace los quesuscriben, animados del mas fervoroso ardor.porla defensa del augusto trono de S: M. la ReinaIsabel II, de acuerdo con una gran parte delpueblo de esta heroica villa, y otra de los ibis-.tres urbanos, convinieron que era indispensablehacer un mosfunientO patriótico para consolidarmas y mas las benéficas instituciones que se dig-

jnó otorgar S. M. la Reina Gobernadora, y ale-ar de su lado unos consejeros, que á pesar de

sus mejores intenciones Caminaban hacia la sen-da por la cual iba marchando la libertad pnr elmismo cainino•que marchó en 5823; sobre todomirando con espanto y dolor que la fitccion- re-beide que devora á la patria iba aumentando ytenia en zozobra á los - amantes de la libertad.Llenos de estos nobles sentimientos los que sus-criben tomaron el partido que han tomado y quedesgraciadamente otros que debían seguirlo hanfaltado á sus palabras y juramentos. En este esta-do los que suscriben, que conocen cual es la suer-te que les espera, se dirigen llenos de confianzaá V. E. para que sea el intérprete de los senti-

. :mientos de los que suscriben, y asegure á los

(1.03)

procuradores del reino que no han tenido otro

objeto que el .arriba indicado, y que la desgra-ciada . muerte del general Canterac es debida

- una casualidad, nacida en el tumulto que su ,pre-sencia y espresiones causaron., y que todos losque suscriben sienten un acaecimiento en que

no han tenido parte alguna en ello, pues acaeció

en la calle, donde se hallaba reunido un. crecidonumero de paisanos y milicianos armados. ,---Losque suscriben en la crítica situacion en que sehallan se dirigen al estamento por conducto deV. E. para implorar que con su poderoso influjoobtengan de S. M. el indulto de todos los indivi-xluos que se hallan en esta real casa de Correos;y para dar una prueba de los nobles sentimientosque los distinguen piden á S. M. la gracia demandar que vayan á las provincias á pelear porla causa sagrada de S. M. la Reina y morir porella.—Grac ia que esperan merecer de Y. E. cu-ya vida Dios guarde muchos años. Madrid 58¿le enero de 5835. --Excmo. Sr.—Cayetano Car-dero.--Marcelino Rueda.--Fernando Bertran yNalda.--Diego Novo y García.--Juan 111Eugi1.,Pedro Perez.--Inocencio Represa.--BomualdoGranado.--Miguen del Abad.--Pedro Fernan-dez.--Franciscó Lopez..--Fernando Martinez."

Fue.hecha en la tarde de dicho dia , y remi-tida, segun creemos, por mano del procuradorpor Cádiz seilor Montes de Oca. •

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(to4)

NÚMERO 9.°

Escena del 11 de mayo de 185'3en procuradores.

Al empezarse la sesión de este dia en el es-tamento de procuradores se presentaron algunos

- agentes de policía con ánimo, segun se dijo, decolocarse en las galerías y- en los alrededores delpalacio. Poco despues apareció sanada frente alpórtico una compañía de caballería del ejército,y otros piquetes err las avenidas del edificio. He-chos tan notables dieron lugar á • una enérgica yelocuente interpelacion del Sr. Lopez, que re -1produjo el Sr. Alcalá Galiano, preguntando porórdenes en que se pretendia enlazar malignamen-te una reunion patriótica de seilores procurado-res con planes de alborotos. El presidente délconsejo de ministros negó que el gobjerno hu-biese intervenido en tales medidas, y aseguró que;habia dado por sí la orden para que la fuerzaarmada -se retirase, como asi se verificó. Sondignas de perpetuarse las palabras que en estaocasion pronunció el enérgico presidente del esta-mento conde de Almodos:ar....

"En cuanto á los empleados de policía, seles preguntó si venian en comision para estar.aqui dentro, y contestaron que su ndsion era pa-

(t os)•a estar á la.mira en los alrededores del estamen-

to.. Se le. mandó salir ; y dile en cumplimientode mi deber que . la policía del estamento solo ámí corresponde, y que para hacerla observar

mis órdenes una guardia, ademas de lostengo áempleados del estamento. En cuanto á la segun-da parte,. el señor presidente del consejo de mi-nistros ha debido estraflar la presentacion de esatropa, pues yo puedo asegurar que tan luego co-rno le hice una ligera insinuacion la ha tr•iuladoretirar. Si no hubiera sido asi, habria yo.cerradola sesion , 'y no se hubiera Aiertnínterin hubieseen las inmediaciones de este edificio el menorindicio de fuerza. Somos libres, independientes,y vendria mal el que estubiésemos rodeados de'fuerza alguna."

El objeto de las medidas de la policía, segóespresó el presidente del consejo, fue impedir unatentado, que segun sus noticias intentaba co-meterse contra dicho Sr.. Martinez de la liosa, áquien fue á avisar del peligro qué corria y delas precauciones tomadas el gefe de la seccion depolicía en el ministerio I). Manuel Rodrigo. Seaque los avisos fuesen ciertos, sea. que despejadala galería pública acudieron al. frente del palaciolos que la ocupaban, quejosos de- no presenciarel debate interesante suscitado en la sesion, ó seacomo los suspicaces interpretan á las veces losmanejos de la policía, el hecho fue que al salirel presidente del consejo di: ministros le asalta-ron algunos grupos usando de insultos, amena-

Page 99: Cortes Estatuto

(to6)zas y puñales, con escándalo de los hombres debien y gran sentimiento de sus mismos adversa.rios políticos. Porque desde luego se vid que es-.te atentado, ,prevenido 6 casual, afianzó mas y

mas aquel gabinete, que . tal incidente 'hubie-ra durado pocos dias. Asi es qne ámbos estainen_tos dirigieron mensage á S. M. reprobando y la-mentando tamaño escándalo y tan criminal aten-tado; mensage en que se intercaló 1111 voto deapoyo por la mayoría que sostenia al . ministerio.' No debia estrailarse que los adversarios de lasdoctrinas y sistema del Sr. Martinez de la Posa

fuesen calumniados en esta ocasion, como lo ha-bian sido en otras. Esparciéronse , con siniestraintencion sin duda, voces poco favorables á va-rios patriotas, y señaladamente contra D. Dioni-sio Alcalá Galiana, hijo del diputado y colabo-rador de su padre d'e la Revista-Mensagero; yaun se dijo que en la causa formada sobre aquelsuceso &Tapian' contra ellos los criados del mi-nistro. Mas la verdad, qué al fin triunfa, y eltiempo que todo lo aclara, ha dejado, sentada en•el público la opinion exacta de aquellas escenas,de sus causas y de sus efectos; y la sumariadicial , sobre todo , debió proba(' bien poca,cuando ningun resultado se vid ni se ha -vistodespues. He aqui dos documentos publicados en-tonces que vindican á los liberales del progre-so, sobre quienes se pretendió que recayese lamancha.

( 0 )

remitidos al Eco y ála Revista (1).

"Muy Sres. míos: Suplico á VV. se sirvan in-sertar en su número de mañana loJ siguientesrenglones, que aunque de poco interes para elpúblico, lo son de sumo para mí, cuyo, honorse ve atrozmente calumniado. Al salir ayer delestamento el señor presidente del consejo, tubolugar una deplorable ocurrencia que todos la-mentamos, y ninguno mas que yo por estar con?vencido de que el mayor daño de. ella resultapara las doctrinas de libertad y progreso quesostengo . con una* .conviccion y entusiasmo quenadie podrá esceder, y para el•orden público ylos principios conservadores de la sociedad, quesiempre he dado tambien pruebas de defenderen mis diibiles escritos. Testigo yo por casuali-dad, de este suceso, y llevado por un motivo quetodos comprenderán, me lancé de los primeroscontra los pocos alborotadores, exortá °les áconservar la tranquilidad pública, y aún .em-picando la fuerza para contener los esceSos. Ami pobre voz se unieron entonces otras de maspeso, y en aquel lugar se logró desvanecer eltumulto, sin' finas ausilio que el de tres salva-guardias. Esta ha sido mi conducta acorde conlos principios liberales, verdaderamente libera-

(1) véanse los números del Eco de 13 y 18 de mayo, y laRevista del 13.

Artículos

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( o8)les, que profeso. Creo que una vil. calumnia tra.ta de desfigurarla; los propagadores de ell a noestubieron presentes, ó si lo estubieron mientencon intencion dañada. Mienten, y se lo sosten-dré como y • donde qdieran, sea cual fuere suclase, fiado en el testimonio de mi conciencia yen los numerosos testigos, que todos me haránjusticia, entre ellos mi digno amigo,el señor con-de de las Navas, que tomó parte en, la nobleempresa. Perdonen VV. la molestia y mandená s. s. s. q. b. s. m.--=-Dionisio Alcalá Galiana"

. "Muy Sres. míos: En la respuesta del señorministro de hacienda á la interpelacion que en.sesion de este dia se ha hecho'al gobierno sobrelas desagradables ocurrencias de ayer, ha dichoS. E. que el presidente del consejo de ministrosdebió su salvadon á la int.ervencion de algunosamigos. Como testigo ocular de aquella escenalamentable, debo declarar que los que principal-mehie se lanzaron á impedir un atentado no fue-ron los amigos del señor presidente del consejode ministros; sino muchos que al paso que leaprecian como particular, y que hacen toda lajusticia debida á sus sentimientos particulares,no pueden aprobar su conducta pública ni supolítica. Entre estos se distinguieron . muy parti-cularmente por sus esfuerzos á favor del orden.elseñor conde de las Navas, D. Dionisio Galiano

algunos otros que ciertamente no alzarían suVoz á favor del actual ministerio, pero que de-

(1 og) •t es tan mas que nadie la anarquía. Tiuego á VV.se sirvan insertar esta esplicacion en su aprecia-ble periódico, que estoy pronto ;í corroborar conel testimonio de personas del mayor crédito en1lTad rid.=Benito Aleio de GandlIde."

" Siento mucho tener que unir esta des-agradable contestacion al Sr. J. F. P. á la degracias por el elogio que de mi conducta. hacet) en el mismo artículo, lo que es y será siempreconforme á mis principios; pero debo decir queen llevarlos á cabo tubo gran parte el apreciablejoven D. Dionisio Alcalá Galiano, que con Jiuardor poco conato, corrió á mí pidiéndome en-carecidamente emplease mi corto influjo parasosegar aquel desorden: á mis esfuerzos Unió lossuyos, y á su cooperacion se debe en mucha par-te el feliz desenlace que VV. elogian. Madrid15 de mayo de 1,835.,-_-E1 conde, de las Navas."

• A pesar de que era pública la conducta lau-dable del joven Alcalá Galiano, las declaracionesde los domésticos'a cine nos hemos referido hicie-ron que se le redugese á prision en el cuartel deinválidos el x4. de mayo, y que permaneciese allihasta él 12 de junio; porque se dice en Españaque si es ó no es, un mes, y es tambien prover-bial aquello de prender, prender, que para sol-tar siempre hay lugar. ¡Cuándo habrá buenoscódigos y quien los observe religiosamente!

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(I lo)

'NÚMERO 10.

Sucesos del 15 de agosto de1855 en Madrid.

Pronunciadas casi todas las provincias deEspafia en el verano de 1835 contra la admi-nistracion que regia entonces, era de presumirque influyesen por último en la capital de lamonarquía. Bien prenntes estan aun 'kis hechosen la memoria de- todos, y la manera singularcon que empezaron y terminaron, por lo que noslimitaremos á producir algunos documentos, queservirán algun dia para escribir la -historia conaquella imparcialidad que no puede tener la ge-neracion contemporánea.

Los batallones de la Milicia reunidos en -ladaza , de acuerdo con el que se situó fuera,convinieron despues de perplegidades y alterna-tivas en elevar á S. M. una esposicion , que sesupone redactada por D. Andres Borrego, enque bosquejando los males de la patria se pedianlos que se creian remedios adecuados: hé aquisu tenor literal; segun los periódicos la inser-taron tan luego como cayó aquel gabinete y lesucedió el de setiembre.

T

Esposicion de la Mida Urbana deMadrid á S. M.

"Señora: Cuando á la n'inerte del difuntorey, las pretensiones á la corona .de su hermanoD. Carlos encendieron la .guerra civil en nues-tra patria, la parte mas escogida. de la nacionabrazó la causa de Vuestra'-hil,.persuadida,- se-¡lora , de que defendiéndola' defendia sus pro-pios derechos y lograba el restablecimiento <lelas garantías sociales, dos veces adquiridas porlos generosos esfuerzos del pueblo, v otras tan-tas arrebatadas por la traicion y los corrOmpi-dos manejos de personas y clases interesadas enperpetuar los abusos que han consumado la rui-na del poder, de la prosperidad V de la nom-bradía, antes inseparables del nombre espafiol.

La confianza de la nacion- y la <le V. M. hansido defraudadas, desatendidos los votos de losespañoles amantes y sostenedores del trono deIsabel•i, alentadas con la blandura y fitvoreci-das por la timidez de los gobernantes, las espe,ranzas de los partidarios del pretendiente, cuyoincremento en las proVincias• del Norte , y enCataluña, favorecidos con el decaimiento de laautoridad publica en otros puntos del reino,amenaza el trono y las libertades de la nadan.

Los.peligros de la Situacion en que -nos ha-llamos han llegado, señora, ál estremo de esci-tar en los ánimos de los buenos españoles la in-

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( 1 1 2 )quietud, la exasperacion y los recelos queracterizan las grandes crisis políticas: Provin-cias enteras, ciudades las mas ilustradas, ricasy populosas de España han hecho esplosion ymanifestado por medio de actos los mas señala-dos y solemnes, que los amantes de la libertadno ven garantizado su triunfo, ni protegidaseguridad ni la del trono, ínterin no se adopteun sistema capaz de contener los progresos delos partidarios del pretendiente , de sustituir.fuerza y ascendiente moral á las autoridades, decalmar el descontento y los temores, cuya exis-tencia compromete el sosiego público poniéndo-le á discrecion de los promovedores de'desórde-nes ; de dar por último organización y vida álas fuerzas del partido nacional, colocándonosen situacion de terminar la guerra civil,•y deasegurar el triunfo de la- causa pública.

Para que la confianza y la obediencia Vuel-va á reinar entre los súbditos de Y. M., paraque las autoridades puedan contar con el apoyode todos los buenos, y hagán-triunfar el 6rden,la libertad y las leyes, acudimos', señora, á

M., esponiéndole la causa y la gravedad denuestros temores , seguros de. encontrar en lasnobles y patrióticas de Y. M. el mas seguro re-medio á los males que aquejan el pais.

Las necesidades de reste : obtuvieron , señora,una espresion comedida y legal en la -peticionque el estamento de procuradores elevó al tronoal abrirse la última legislatura; y no dudamos

( 3 )de que las medidas que Y. M. dictase en justasatistaccion de aquellos ruegos, bastarian á cal-mar la impaciencia pública, dando á la nacionlas garantías ofrecidas por el Estatuto real, y -

cuya franca y completa posesion es el insepara-ble complemento de todo gobierno representa-tivo. •

A la confianza y seguridad que inspiraríanprovidencias encaminadas á poner en prácticalos principios allí consignados, la índole de lasCircunstancias presentes exige, señora, que seañada la adopcion de ' otras medidas mas espe-cialmente dirigidas á atajar las causas de-los úl-timos desórdenes, á fijar la incertidumbre y laagitacion de los espíritus, á restituir al gobiernonacional todo el ascendiente y la superioridadde que necesita para llenar con éxito su. misionde representante de la civilizacion y de los pro-gresos sociales.

La Milicia rrbana de Madrid, señora, co-mo mas interesada-en el sosten del trono devuestra hija y las instituciones libres, en cuyadefensa siempre ha espuesto y espondrá su viday haciendas, no .puede menos de hacerse intér-prete cerca de Y. M.. de los votos de la nacionen estas circunstancias, y de suplicarle se digneadoptar la peticiones siguientes:

Esclaustracion de* los. regulares, efectua-da con consideracion y decoro para los religiosos.

Devolucion de los bienes nacionales ven-didos en la época constitucional.

8

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• (t14)3.' La separacion de los empleados y fun..

cionarios que actos anteriores liguen marcada-mente con los intereses del pretendiente.

4.. a. Ensanche á las bases de la ley de Mili..cia Urbana y restitucion de su antiguo y glo-rioso nombre de. Milicia Nacional.

5.a La movilizacion de la misma para el sos-ten del trono, de la libertad y del órden público.

6. a Un alistamiento estraordinario de 2oo9hombres, destinados á operar activamente con-tra las facciones. .

7 .1 El restablecimiento de las diputacionesprovinciales.

8' Presentar á las próximas córtes unanueva ley de elecciones sobre bases amplias ypopulares.

9 .a La libertad de imprenta, sujetando suejercicio á las garantías que reclama el interesde la sociedad.

I °. La inmediata reunion de las córtes conobjeto de coadyuvar á las benéficas intencionesde V. M.

Y como medio de asegurar la ejecucion deestas. determinaciones, la composicion de un mi-nisterio cuyos miembros no se encuentren liga-dos por opiniones y votos contrarios á la medi-das de pública salvacion , cuya adopcion pedi-mos rendidamente á M.- Madrid 16 de mosto de i835. (Siguen lasfirmas. de las comand'untes y de varios individuospor clases de los cuatro batallones)"

( 5 )

Remitidse esta representacion á la Granjapor medio de una comision de la Milicia perofueron arrestados sus individuos en el camino,y no pudieron entregarla.

Seguidamente se declaró á Madrid en estadode sitio, se nombró una comision militar, y seprocedió á prender á varias personas, sin escluirá procuradores del reino, que segun la voz pú-blica y lo que despues se vid, ningun conoci-miento ni parte tenian en aquel suceso. La ar-bitrariedad con que la policía procedió en aque-llos (Has se evidencia por las siguientes órdenesvagas, informales y sultánicas, muestra de otrasmuchas verbales y escritas que no poseemos, aunmas escandalosas.

Orden del superintendente de policía alcomisario (I).

"Superintendencia general de policía del rei-no comisario de la La ilemarcacion D. Joa-

quin Mallor procederá aI.arresto del seiior DonLuis Pizarro , conde de las Navas, y al de Don.Miguel ChaeOp , procuradores á córtes, y oca--pacion de todos sus papeles; trasladando las per-sonas de aquellos con toda seguridad á la real.carcel de corte, á donde los dejarán incomuni-

(1) Estas órdenes estar copiadas de las que publicó el mis-mo comisario en justa vindicacion de sus procedimientos.

Page 104: Cortes Estatuto

t 6)callos, por ser asi la voluntad de S. M. la se-ñora reina Gobernadora, por cuya real orden seprocede. Madrid 1 7 de agosto de I835.----=Geróni-7720 de. la Torre de Trasierra."

Orden sin fecha ni firma de pialo delmismo superintendente.

"No se procederá á prender al conde de lasNavas ni al general Quiroga; pero sí á los de-mas, y Cambien á D. Fermio Caballero , al se-gundo comandante del tercero de Urbanos Do

. Sanz, á un tal Gamindez, de Bilbao, y áotro tal Rios, capitan de Urbanos, ayo de loshijos del conde de Pareen."

Orden del presidente del consejo deministros.

"S. M. se ha servido mandar que Y. E.bajo su responsabilidad disponga que la comi-:sion militar , que deberá ya estar establecida,proceda con la mayor actividad á la formacionde la causa sobre los autores é. instigadores delos escandalosos sucesos de esta corte en los dialz5 y 16 del corriente, imponiendo el mas pron-to y severo castigo á los que resultaren reos, sinconsideracion á clase, dignidad ni categoría, porelevada que sea .......

( 7 )Remito-á Y. E. para los efectos Consiguien-

tes la representacion que los. llamados comisio-Dados de la Milicia Urbana de esa capital de-bian presentar á S. M. (i), la que segun se tieneentendido en este ministerio es obra del diputa-do á córtes D. Fermio Caballero 1 cuyo caracterno le exime de la responsabilidad, pues solo esinviolable en sus opiniones emitidas en el esta-mento, pero no en un hecho contrario á losprincipios que por su clase debia sostener.

Dios guarde á Y. E. muchos años. San II-defonso ig de agosto de 1833.--E/ conde deToreno.--Escmo. señor capitan general de Casti-lla la Nueva."

Por los tres documentol . insertos se deja ver la-facilidad con que se mandaba prender y no pren-der á personas de caracter, la falta de datos con quese las suponia autoras, cooperadoras 6 inocentes;y mas que todo hace ver la inutilidad 6 las intri-gas de la policía, que habiéndose perseguido ágentes del todo agenas del plan , se desenten-dieron acaso de las mas principales y compro-metidas en aquellos sucesos, en cuanto se limi-taban á un cambio de ministerio.

Llevados á la cárcel pública los representan-tes del pueblo Chacon y Alcalá Galiano, y bus-cados con igual fin sus colegas Isturiz, Caballe-ro, conde de las Navas y otros, no pudieron des-entenderse de su deber algunos procuradores á

(1) Es la que va inserta á la pág. tll de este apéndice ynúmero.

Page 105: Cortes Estatuto

(t 8)córtcs, y. en número de 16 elevaron su voz ála reina gobernadora contra los procedimientosestrepitosos é ilegales ejercidos con compañerossuyos: acto de valor cívico tanto mas aprecia-ble, cuanto mayor era el riesgo á que se es-ponian, y en el qué habrian caído, á no ver-se los nombres de dos personas respetablespara el gefe 'del ministerio. Díjosc entonces quesi no hubieran ído las firmas de Argiielles yFlorez Estrada en la esposicion, los recurrenteshabrian tenido un encierro por respuesta de su.queja fundada y respetuosa.

Esposicion de 14 procuradores del reinoá S. .111..

Serlora:,Los procuradores del reino quesuscriben, penetrados del mas profundo dolor, yllenos de amargura y desconsuelo , se di-rigen á V. M. al ver atropellado en la personade algunos de sus colegas el carácter públicode que todos ellos sedialan revestidos. Dos pro-curadores han sido conducidos por agentes depolicía y con fuerza armada á la carcel públi-ca, en donde permanecen , sin que se sepa quéautoridad responsable ha decretado su arresto,qué leves_ fueron consultadas para ejecutarle,qué tribunal ó qué jueces deben juzgarlos. Estetriste y lamentable suceso ocurre precisamentedespues de haberse declarado la capital en es-

(1 19)lado de sitio; lo que parece dar á entender queMadrid queda en el mismo caso que una plazasitiada por el enemigo, sin mas autoridad ni masleyes que la discrecion y voluntad del gefe queManda en ella y la defiende. Por lo mismo esde presumir que el orden y curso legal haya ce-sado para todos, y que alguna comision militarsea la que breve y sumariamente forme y sus-tancie, tal vez hasta con efecto retroactivo, losProcesos criminales que ocurran. Esta idea haceestremecer el ánimo mas firme y mas sereno.Cualquiera que sean las razones que haya podi-do haber para la prision de nuestros colegas,ninguna autorizará jamas el que no se procedaen su causa con arréglo . á las leyes del reino,que el Estatuto real asegura haber restablecidoen todo su. vigor, y á lo prevenido en el adíen.- .lo 139 del reglamento interior del estamento deprocuradores, cuy-as disposiciones todas no pue-den quedar anuladas por agentes de policía, ysin mas formalidad que una simple notificacionsuya de prisioo ó de arresto. La seguridad. ysalvaguardia que, todas y cada una de las leyesdel reino conceden al mas humilde súbdito de

M., no pueden dejar dé clamar poderosa-mente en favor de personas tan calificadas, co-mo lo son bajo todos aspectos procuradores dela nacion, no para sustraerlos• de un juicio le-gal ante- autoridad competente , sino á fin de •

que no se les prive de la proteccion legítimaque necesitan para defenderse en juicio abierto

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(1 20)y contradictorio con la confianza de que se lesadministrará justicia imparcial y severa, peronada mas. Si Y. M. no se digna tranquilizarnuestros afligidos corazones con una pronta res-titucion al .orden y curso legal establecido porlas leyes del reino_de los procedimientos practi-cados hasta ahora contra nuestros colegas pro-curadores, nos consideraremos atropellados ylados en nuestro caracter público de represen-tantes de la nacion, rotos los vínculos que .nosunen con nuestros comitentes, y reducidos á•lacruel situacion de no hallar en nuestras con-ciencias la seguridad consoladora de que las leyesnos protegerán malsana en el uso y ejercicio quehayamos hecho de nuestros poderes, y en la li-bertad ofrecida de .que serán respetadas nues-tras opiniones manifestadas en el desempato denuestras funciones parlamentarias: El noble ygeneroso. corazon de Y. M. no podrá menos dereconocer la lealtad y justicia de los motivos quenos impelen en este caso, como asimismo deapreciar en su alta penetracion la importanciay gravedad de esta respetuosa manifestacion denuestros sentimientos; los cuales nos obligan áprotestar en el modo mas solemne que podemoscontra cualquiera procedimiento que no sea con-forme á las leves existentes; que conceden ase-guran la justa defensa y proteccion de sus per-sonas á los procuradores del reino, aun en loscasos de delinquir como individuos particulares,

fuera del ejercicio de sus funciones. Madrid

(121)2. 3 de agosto de 1835.=Seffora. A los R. P. dey. M.—Esteban de José Sanjust.--Juan Montalvo. y Castillo.--Juan Kíndelan.--Agustín Arglielks.--Ramon Llano Chavarri.—Alvaro norez Estrada.--Antonio Ayarza.-31a-

Depedro.--José Maria Lopez de Pedrajas.--lliguel Puche y Bautista.--Miguel Calderon dela .harca.--Mauricio Carlos de Unís.—FranciscoSerrano."

Ademas de estos 14, los señores Montes deOca y Sanchez Toscano hicieron otra esposicioncasi igual-por separado, creyendo algo dura al-guna cláusula de la anterior. Ambas tubieronpor respuesta el silencio; y aunque el tribunaldeclaró inocentes á los perseguidos, los perse-guidores quedaron impunes. .

Lo que en estos dias ocurrió en el palaciode procuradores, con motivo de haberse acerca-do algunos.á firmar la anterior esposicion; laimportancia que daba á estos actos legales y pa-cíficos el miedo de los mandantes; la conversiondel oficio de maestro de ceremonias en gober-nador de los palacios de las córtes, como si fue-ran plazas de guerra ó castillos encantados, sedescubren bien en los documentos que subsiguen,copiados de los originales.

Parle del conserge del estamentode procuradores.

"Relacion de las ocurrencias desde el 15 tlá

Page 107: Cortes Estatuto

(1 22)agosto.=El dia 15 de agosto se presentóel rriaes.,tro de ceremonias en el estamento á las nueve yinedia de la noche, y permaneció en él hasta launa de la mai'iana que se retiró, dejando ordenque si hubiese alguna novedad se le avisase, yque quedase un dependiente en la portería. Alsiguiente se presentó á la misma hora y se mar-chó pronto, dejando la orden para q ue suspen-diesen obra y que se presentasen al siguientedia el aparejador y el. maestro carpintero. Enefecto lo verificaron y les dijo: "Que continua-sen con sus trabajos con respecto á que hablanperdido los milicianos, pues si hubiesen ganadoestos, dejaba él de ser maestro de ceremonias y nopodia continuarla:" haciéndoles la pregunta, quedónde estaban esos Argiielles, Chacon y (lemas;á lo que contestaron que ellos•no entendían deeso, mas que cumplir con lo que se les mandaba.

El dia 23 del mismo agosto de s835 pasóel maestro de ceremonias un oficio al portero ma-yor para que se presentase en su alojamiento pa-ra recibir 'una orden superior: se presentó á re-cibirla segun se le mandaba, y fue preguntadopor dicho señor quién le ha:)ia dado orden paraque citara 6 convocara á los señores procurado-res á fin de que se reunieran en el estamento. Lacontestacion del conserje fue que él no tenia co-.nocimiento de semejante cosa.

En dicho dia recibió otro oficio del mismoen que le decia que al siguiente se presentase contodos los dependientes subalternos, para comuni-

(123) •

caries una real orden de S. Mi, en la que se le ha-cen cargos al conserge y sus dependientes por lareunion de los set ores procuradores, que á S. M.le babia servido de mucho desagrado; 'y por úl-t imo que seamos preguntados quién fue el quedió la orden para la reunion, y de no decir laverdad que seamos arrestados para formarnos lacorrespondiente causa.

El portero segundo Blanco manifestó que áél le había entregado el Sr. de Sanjust una re-presentacion para que los señores procuradoresque quisiesen la firmasen, y los que no la qui-siesen firmar no lo hiciesen: que muchos de es-tos señores no los habla encontrado en sus aloja-mientos, y á estos les habia dejado un recadodiciéndoles: - que si al ir al paseo ó á la vuelta deél querían tener la bondad de llegarse por el es-tamento, que podria hacerlo sí gustaba; que-estaera la convocatoria que se habla hecho:

El maestro de ceremonias á esta contestaciondijo: Que en el momento de cerrarse las cortes,no quedaba ningun gefe mas que él, que.ningunprocurador nos debia mandar nada, y aunquenos mandase no le obedeciéramos, pues que so-lo él mandaba en los dos estamentos.

El dia 22 por la noche mandó el mismo dossalvaguardias con su criado á la habitacion delaparejador Calisto Muela á las dos de la mañanay fue conducido entre estos á la casa del maestrode ceremonias para averiguar por este qué re-uniones eran las que }labia cii el estamento de se-

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(124)ñores procuradores; á lo que contestó el Muelaque él nada sabia sobre lo que se le preguntaba.

Lo contenido en esta•relacion consta por va..rias órdenes y‘por personas que pueden deponeren caso necesario.=El conserge=Juan AntonioBlanco."

Ordenes á que se refiere el parle anterior.

"Ministerio (le lo interion=Seccion•=Ente-rada S. M. la Reina Gobernadora del oficio quecon fecha de hoy ha dirigido V. S. á este minis-terio de mi cargo, dándome parte de la reunionde varios señores procuradores en el palacio desus sesiones, se ha servido mandar diga . á V. S.que como gobernador de los palacios de las cor-tes convoque á sus dependientes, y les haga en-tender que mientras los estamentos no estén re-unidos no deben recibir sino las órdenes queV. S. les comunique, y que por lo Misme no debenpermitir que pe. rsona alguna de ninguna claseentre en los palacios sin la autorizacion de V. S.,y mucho menos que alli se celebren juntas nireuniones de ninguna . .especie, advirtiéndolesque la menor infraccion de las disposiciones aurtecedentes será suficiente para que se les privede sus respectivos destinos (r).=De real orden lo

(1) Esta amenaza era contraria á la facultad exclusiva quetenia el -estamento respecto de sus oficinas y dependientes:

facultad que le habia reconocido el ministerio aUterior en lareal orden"comunicada á los proeuradorrs en la sesion del 2de octubre de 1834. Asi se marchaba hácia alias.

(525)comunico á V. S. para su inteligencia y exactocumplimiento.=Dios guarde á V. S. muchosaños. Madrid 22 de agosto de i835.:_-_-A/earezGuerra.=Sr.. gobernador de los palacios de lascortes."

"Ministerio (le lo interior..----3. 8 seccion.,-Sien-do un hecho indudable que algunos dependien-tes del estamento de procuradores del reino pro-cedieron á citar á varios individuos del mismoestamento para que concurriesen á él sin espre-sar el objeto de semejante convocacion , es la vo-luntad de S. M. que V. S. llame á todos los es-presados dependientes y les obligue á manifestaren virtud de qué mandato practicaron aquellagestion ; en inteligencia de que si no lo verifica-sen serán arrestados y puestos á disposicion deltribunal correspondiente.=Dios guarde á V. S.mochos át os. Madrid 23 de agosto de- t 835.=Alvarez Guerra gobermidor de los palaciosde las cortés."

Apenas entró al poder el ministerio de se-tiembre, y cesó el estado de sitio en la capital, sedirigieron al gobierno dos procuradores á cortesque halan eludido la persecucion, pidiendo laíbrmacion de causa ó lo que procediese contraellos, y la respuesta que obtuvieron fue que na-da constaba contra sus personas: es decir, quese les habia buscado y :tilanado las casas sin mo-tivo; que no habia órdenes para tal atropello, yque no existia ni- vestigio de lo que se lamenta-.

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( I 2G) .1

han, ni de quien, ni por qué se había hecho. Talvez la policía lo hizo por autoridad propia d por

juego, d-soñaron los recurrentes que la policíalos buscaba. El superintendente Torre de Tra.sierra que. » mandó, se• habla marchado fueradel reino por casualidad.

Oficios de los Sres. Isturiz y Caballero alministerio, y respuesta de la policía.

"Excmo. Sr.—Cuando en la madrugada del18 de agosto ;vi arrancar de su cama á mi cole-ga el señor procurador por Cádiz D. AntonioAlcalá Galiana y conducirle á la caree' en me-dio de gente armada, imaginé que ¿ligan trastor-no políticO y seMejante al del mes de mayo dex814, ]rabia mudado el gobierno representativoen gobierno absoluto, y bajo de esta itápresion,usando de mi derecho natural, traté de sustraer-me á idéntica tropelía. No fue vana mi precatt-cion; , pues vinieron en la misma noche á pren-derme en mi domicilio, y no siendo hallado se-

llaron efectos y papeles de mi uso los súbditosdel superintendente general de policía, 'de -cuyacompetencia parece ser la violencia practicadacontra los representantes de la nacion.=El go-bierno en aquellos dias tuvo á bien declarar áMadrid en estado de sitio, y ni mis principiospolíticos, ni mi caracter público podian aconse-•jarcie que voluntariamente me sometiera .á la

(127)jurisprudencia militar, sustituida por aquel de-creto al curso ordinario de la ley. ,,--__Mas.hoy quevuelve esta á recobrarlo me dirijo á V. E. comoal ministro de un gobierno representativo, ro-gáridole se sirva disponer lo que estime condu-cente, á fin de que la autoridad á quien corres-ponda me haga los cargos que han debido darlugar á los procedimientos intentados contra mipersona.—Soy de V. E. con atencion y respe-to.=Excmo: Sr.=JaLYer de Isturiz.=.Madridde setiembre de I 835.:=Excmo. Sr. secretariode estado y del despacho de lo interior.

"Excmo. Sr.=Cuando á las cinco de la tar-de del 57 de agosto dlti no se public6 por Gace-ta estraordinaria que Madrid se hallaba en esta-do de sitio, suspendidas las leyes, y entregada lapoblacion á la persona que ejerció el mando delas arma1, todos los habitantes de la capital de-bieron estremecerse. Yo lo lamenté en lo íntimode mi alma, mas por la generalidad de mis con-ciudadanos, que por mi insignificante persona;que ademas crcia asegurada por el caracter de re-presentante de la nacion. Pero muy luego vi queera errado mi juicio, pues en la mañana del 18supe que la policía babia conducido presos á lacaree" pública á mis colegas D. Miguel Chacony I). Antonio Alcalá Galiano. Entonces me con-vencí ya de que nadie puede estar seguro dondeno existen leyes, y adopté el partido de abando-nar mi casa para evitar un atropellamiento. Lo

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(128)conseguí en verdad, porque segun supe despues:.la policía trató de ,prenderme á las tre.s de lamadrugada del 20, registrando mi casa y reco-nociendo mis papeles. Ignoro con qué autoriza-don y por qué motivo- procedia asi la policía: pe-ro sí sé que no obraba por ministerio de la ley;y como al sustraerme no tuve otro objeto queevitar la arbitrariedad á que porfia dar lugar unfuror momentáneo y la carencia de leyes, ahoraque las considero restablecidas en todo su. vigor,participo á• V. E. que resido en esta Su casa callede Atocha, esquina á la de Relatores, pronto áresponder á cualesquiera cargos que puedan ha-cérseme conforme á las leyes del reino y á mi ca-racter

actual; pues seguro en el testimonio demi conciencia y en las garantías legales, ninguntemor debe asaltarme.=Quedo aguardando lasórdenes de V. E. y le saludo con la mas alta ysincera consideracion. Madrid. 18 de setiembrede 18357—Excmo. Sr.=Fermin Caballero.=Ex-celeidísimo Sr. secretario de estado y del despa-cho de lo interior.

"Superintendencia general de policía del reí-no.=El Sr. secretario de estado y del despachode lo interior con fecha 26 del actual me dicelo siguiente:

"Etnerada S. M. la Reina Gobernadora delos oficios que me han dirigido los procuradoresá cortes D. Javier de Isturiz y I). Fmnin Ca-'ballero, acerca de su prision intentada por la

(129)policía de resultas de las ocurrencias de esta ca-pital en los,.dias 15 y 16 del mes de agosto últi-,,no, se ha servido S. M. resolver que Y. S. decla-re á los interesados para su gobierno, que enesa superintendencia no existen antecedentes deque por la policía se haya acordado la prision desus personas, ni el allanamiento de sus casas, déque se quejan, segun. V. S. me manifiesta confecha de ayer. De real orden lo digo á Y. S pa-ra su inteligencia y efectos correspondientes."

"En cumplimiento de lo que en esta realorden se me. previene, y como por otra parte noresulta ni existe en esta superintendencia ante-cedente alguno el mas leve, de que por la poli-cía se haya acordado respecto á VV. SS. las me-didas de que se quejan, lo manifiesto á VV. SS.para su inteligencia y satisfaccion.

"Dios guarde á VV. SS. muchos apios. Madrid.28 de setiembre de 1835.=Fernando Rubín de.Celis.=Sres. D. Javier de Isturiz y D. FermioCaballero."

NUMERO 11.

La madre de Cabrera.

En la sesion de 5 de abril de 1836 se hizouna interpelacion por el procurador á córtesde la provincia de Teruel D. Manuel l)epedro,relativa á estar incompleto el ministerio; asun-to que dió lugar á menudas csplicacioaes entre

9

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( 3o)los señores Mendizahal, Isturiz y Argiielles, y •

á que se refiriesen cuantos pasos confidencialesy cartas amistosas hablan mediado: asunto, en.fin , en que desgraciadamente Se empeñaron de- 'O'masiado el presidente del consejo y su sucesor,y á que siguió otro lance no menos lamentable.

Entrándose en la discusion del tila, que era

la contestacion al discurso de la corona, tocó lapalabra al señor Isturiz, que impugnando elpárrafo que empieza: "Doloroso es, seitora, ha-ber de recordar parados disturbios, aunque tanpronto apagados como encendidos," estrafió nohallar un voto de reprobacion.al ministerio, porla que se creía represalia horrible del fusila-miento de la madre del cabecilla Cabrera. Ar-rebatado el orador de esta idea , profirió las si-guientes notables palabras: '`¿Quién no ve eneste momento á la madre de Cabrera, agolpadacon .otras muchas víctimas, y su sangre desti-lando gota á gota sobre las cabezas de . los mi-nistros?"

Sensible, dolorosíSimo es que el señor Istu-riz . se creyese obligado coino procurador delreino á hacer este cargo á sus antiguos amigos,al presidente del consejo, que haswentonces ha-bla obrado con su -acuerdo; paro no es menosde sentir que aquel gabinete no diese desde lue-go una respuesta satisfactoria y concluyente,como el asunto la ofrecia. Habíase creido pormuchos, y lo habia aunciado la prensa, que lamadre de Cabrera habia sido fusilada en repre-

(>3 ► )dalia de otras víctimas inmoladas por su hijo;error que rellnia en daño del ilustre general Mi-na, que entonces mandaba en Cataluria. Y lafatalidad quiso que el único hecho horrorosoque apareria de nuestra parte á los ojos del pú-blico, reuniese estas ci rcunstancias singulares:1.a el ser falso: 2. 1 el mezclarse en él la repu.--tacion de un general tan patriota como rígido:3.a el ser la supuesta víctima madre del mayormonstruo que han conocido los siglos , y quetiene sacrificados. centenares de personas inocen,tes, indefensas, rendidas, sin respetar sexos,,estados, ni edades.

Pero por mas que los hechos se, desfigurasenmientras se carecía de datos, no era posible queun suceso tan notable de nuestro pais quedasesin aclarar largo tiempo. A .los dos días, en lasesion del 7 de abril, leyó el Sr. Burricl la si-guiente carta, que tenemos entendido había sidodirigida á los Sres. Argisiellts y Gil de la Cuadra.

carta de Ming d .sus amigos.

"Cuartel general de Valls 15 de marzo de836. Mis queridos amigos: por conducto de mi

esposa acabo de recibir la carta de Vds .. del 2, enla que me manifiestan el clamor suscitado por elcondigno castigo impuesto á la madre del cabe-cilla Cabrera , circunstancia que me incomoda,pues cuando se critican los sucesos sin estar pe-netrados de las causas , se cometen errores sen-sibles y muy difíciles de saldar. La siguiente re-

.

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(i32)lacion de los acontecimientos pondrá á Vds. en el.caso de satisfacer con datos á los que deseen en-.terarse de todo lo ocurrido.--EL gobierno deS. M. .me mandó de real orden la copia de unadeclaración tomada en Soria á un faccioso pre-sentado, en la cual se demostraba la conspira-cion tramada en Tortosa para entregar su casti-llo á los enemigos de la patria , y con este mo-tivo se me prevenia dictase las medidas de re-medio consignientes, Sin pérdida de instantemandé al brigadier Foxá con uno de mis ayu-dantes á dicho punto, y desde luego se descu-brió la trama , en la que ejercian el principalpapel el criado de mas confianza del palacioepiscopal, la madre de Cabrera y algunos indi-viduos del 5.° ligero de infantería, de los cualesse fugaron tres, siendo juzgados todos en con- •

sejo de guerra ordinario, y sentenciados á la pe-na capital. En este tiempo coincidid la peticion

brigadier Noguerás, en la que me suplicabase ase por las armas á la mugen espresada,á causa de haber asesinado su hijo atrozmenteá las autoridades de cuatro pueblos y varios pu-dientes de los mismos, á cuyo gefe contesté quelas represalias debian usarse en los mismos pun-tos en que se cometian . los delitos para que pro-dujesen un saludable efecto; pero que hallando-se la madre de Cabrera sentenciada á la penacapital , la mandaba fusilar con el criado delobispo y soldados del 5.° ligeros aprehendidos, encastigo de sus crímenes. Ahora bien, qué es es-

(133)to mas aue marchar con la ley en la mano? ¿Notiene el gobierno partes multiplicados mios quele analizan los hechos? Luego ¿ por qué no res-ponde y pone término á las habladurías de laspersonas, que separadas del teatro de la guerrasolo se ocupan en críticas que menoscaban lareputacion de los que no conocen otra senda quejusticia , patria y leyes? Me son muy sensiblesestos sucesos, y me ocasionan disgustos que porniegan título debia esperinientar. Hable, por fin,la libertad que disfrutan las dos hermanas deCabrera arrestadas por el gobernador de Torio,sa y puestas en libertad de mi orden.--Me dicenVds. que los embajadores amenazan con la iri-tervencion. ¿Por qué dichos sellares no usan desus notas diplomáticas para poner freno á lastropelías de los enemigos, que arrastrando ensus trabajos campestres á los habitantes de laspoblaciones, y en las casas de campo á las mu-geres y nil'ios que las habitan, les obligan á pre-sentar crecidas sumas en metálico para su resca-te, ó los pasan por las armas inhumanamente?¿ ..1-±1Stá admitida esta conducta en ninguna clasede guerra? ¿Por qué no impiden el que las res-pectivas naciones faciliten armas y recursos á losenemigos, sin cuyos ansilios no podrian seguirla guerra que nos ocupa? Luego ¿qué se quiere 6qué es lo que se pretende? Sin duda será el quelas armas de S. M. sean meras espectadoras dehorrorosas escenas, despreciando los justos clamo-res de los pueblos. En guerra de opinion ,

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(13!.)• gos mios , es preciso contener al partido que por

medio del rigor y del terrorismo quiere hacerseobedecer; pucs.de lo contrario tomará un as-cendiente y preponderancia que le proporciona-ria indudablemente la victoria.—No tengadVds.ningun reparo en dar publicidad á este escrito,pues estando mi conducta fundada en las basesque dejo espuestas , deseo que todos se. enterende mis operaciones.--De .Vds. (4<c.=FranciscoEspoz y Mina."

Al dia siguiente 8 pudo ya leerse á los pro-curadores el documento oficial que dice asi:

Comunicadon del general Mina.

"Capitanía general del ejército y principadode Cataltaa.,Estado mayor.=Seccion central.-Escoro. Sr.: En el papel público titulado El Es-.palol he -visto con sentimiento la esposicion queeleva á S. M. el coronel Don Manuel Tontive-ros, á consecuencia de suponer fusilada en 'for-tosa por via de represalia á la madre del cabe-cilla Cabrera , siendo asi que lo fue por efectode la conspiracion tramada en la mencionadaplaza , cuyo hilo me facilitó el gobierno deS. M., remesándome la declaracion prestada enSoria por un pasado que descubria en parte di-cho asunto, y el mismo condujo tambien al su-plicio al criado de confianza del palacio episco-pal y á otros, corno tube el honor de participará V. E. para el debido conocimiento de S. M.;pero como estas circunstancias coincidiesen con

(135)la peticion del brigadier Nogueras, produjo tam-bien esta equivocacion el que varios periódicosestrangeros mancillan mi autoridad y reputa-don, suponiéndome capaz de abrigar en mi al-ma sentimientos mezquinos y solo propios deuna venganza que detesto. Yo no . puedo mandarbajo tan contrarios auspicios , pues la ansiedadpública acriminará mi comportamiento si per.-manezco tranquilo y silencioso despues de se-mejantes inculpaciones. En este concepto ruegoá V. E. impulse el ánimo de S. M. para que sesirva admitirme la renuncia del destino quedesempeflo; pues en los sistemas representativoses indispensable conservar el prestigio y la fuer-za moral para poder ejercerlo con acierta', Diosguardé á Y. E. muchos amos. Cuartel generalde Cervera r.° de abril de 336.=Escmo. Sr.=Francisco Espoz y Mina.=Escrno. Sr. secretariode estado y del despacho de la guerra."

De los documentos insertos aparece eviden-ciado, que lo que se creía represalia atroz, fueuna pena impuesta á virtud de sentencia legalcontra conspiradores carlistas ; y quedó .tambiéndemostrada el poco fundamento con que los es-trangeros pretendían echar un borron sobrenuestros adalides, haciendo exageradas declama-ciones en favor de la madre conspiradora de untigre faccioso, cuando ni una lágrima babianderramado por los innumerables patriotas bár-baramente asesinados y martirizados por los•car-listas , y en especial por Cabrera y los suyos.

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(135)

NÚMERO 12.

Eleccion directa en Etpaísía.

Absolutamente hablando no puede .decirsecire el método de eleccion directa sea nuevo ennuestro pais. Si volvemos la vista al antiguo yadmirable sistema municipal, no solo encontra-remos elecciones directas variamente combina-.das en cuanto al número y calidades de electo-res y elegibles, sino que podremos presentar es-te Monumento de la buena administracion delos Pleblos (y la llamamos buena relativamenteá los conocimientos que entonces existian en Eu-ropa) como el conjunto de . casi todas las corubi-flexiones posibles en materia de escoger perso-nas. Una breve reseria de las• antiguas prácticassobre elecciones de ayuntamientos demostraráque no es aventurado nuestro juicio: y hacemoscon gusto este penoso resumen, porque no todosconocen la estension y singulares diferencias deesta materia, histórica ya, en las diferentes pro-vincias, territorios y poblaciones de Espacia.

Del derecho de elegir directamente autori-dades populares han gozado entre nosótros indi-viduos aislados, familias, profesiones, clases . ycorporaciones determinadas, y la generalidad de/os vecinos: es decir, que hemos tenido la popu-laridad mas amplia, el mayor grado de latitud

• (137)en la eleccion directa, que es el sufragio univer-sal; y la limitacion mayor posible, que es con-ceder el derecho á una sola persona.

En muchos pueblos de señorío del antiguoprincipado de Cataluaa hacia las elecciones deconcejales el senior jurisdiccional, libremente ysin necesidad de propuesta. En la ciudad de So-ria se nombraban ciertos capitulares por los do-ce linages de caballeros hijosdalgos. En Vivero(Galicia) turnaban en el derecho. electoral cua-tro familias privilegiadas. Los síndicos del reinode Aragon eran elegidos por • los lumeneros delas parroquias y los mayordomos ó priores delas cofradías. Un regidor de Redondela (Galicia)debia ser nombrado por los matriculados de lamarina. Véanse aqui los primerbs grados d Iiini-taciones de la eleccion directa. •

Lo mas coman en las villas eNentas y pue-blos realengos era, que los cuerpos municipalesse renovasen por sí mismos. Unos de sus miem-bros eran elegidos por el ayuntamiento salienteé cesante; otros por el entrante ó nuevo ayunta-

miento; otros por el saliente y entrante reunidos;otros, en fin, por solos los regidores, con apro-bacion necesaria del cuerpo todo, como en el.concejo de Sobrescohio (Asturias). }labia pueblosen que la eleccion hecha por el ayuntamiento

cesante necesitaba la aprobacion de los vecinosque 'labial/ sido concejales otras veces, como enBenavides de Orbigo (Leon): en otros comoChiloeches y Cubas (Madrid), hacia el ayunta-

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( 3 8)miento la eleccion en junta de vecinos: y en al_t unas partes votaban los concejale• en union coneI vecindario,-como en casi todos los pueblos delmarquesado de Moya (Cuenca). lié aqui nuevos::grados de ensanche en el sistema electoral directo.,

En ZarzaIcjode Madrid, en Perales de Es-.tremadura y en otros pueblos teman .el voto di- .1recta para elegir individuos de república ciertonúmero de vecinos sacados á la suerte entre losdenlas: en Villaitienga (Toledo), Castropol (As..Lucias) y Uxijar (Granada) votaban los vecinostodos con muy pocas excepciones; y en 'Villa-franca de la Marisma, Zalanzea la -Real y otraspoblaciones del reino de Sevilla elegia libremen-te el pueblo. Ultimo grado de estension: el su-fragio universal.

De la eleccion indirecta no eran menos va-riadas las gradaciones, puesto que su índole lasadmite nuxnerosísimas. A fa lle dos grados pue-den reducirse la mayor parte de elecciones quese hacian en virtud de propuesta. Cuando esta erasimple, el elector á quien se presentaba no te-nia otra accion que la de conformarse con ella,ó desecharla por viciosa é ilegal; pero ordinaria-mente las propuestas se hacian dobles ó triples,esto es, con dos ó tres candidatos para cadaoficio.

Los proponentes en primer grado eran . infi-nitos, segun las costumbres, esenciones y privi-legios. La práctica mas general era que hicieselas propuestas el ayuntamiento cesante por sí so-

( :13 9 )jo, 6 unido con el del año anterior ó con algu-no de los vocales entrantes; y tambien solian ha-cerla los regidores solos, como en Barajas de Me-lo (Cuenca), Ó el procurador síndico por sí, co-pio en el coto de Secantes (Galicia). Los ayunta-inientos proponentes tehian que sujetarse enciertos puntos á varias condiciones: en Alcalá dellenares, en Carranque (Toledo) y otros pueblos,uniendo á sí cierto número de adjuntos; en Ca-taluña esponiéndola al público y visándola loscorregidores; en el reino de .Valencia sujetán-dola á que la formalizase el alcalde primeroel regidor decano, ó cada capitular para su ofi-cio; y en Santiago de Galicia era preciso que lapropuesta fuese visada por doce vecinos plebe-yos. Proponian igualmente para oficios de justi-cia los nobles en l0 que tocaba á su estado, co-rno el procurador general de Madrid; el gremiode labradores para alcalde de la hermandad dedicha villa; el mayordomo mayor de S. M. enAranjuez y otros sitios reales; y todos los queLabial: servido cargos municipales en años ante-riores, como en Fines, Lucar y otros puntos delreino de Granada. Y por último hacia!) las pro-puestas los vecinos cabezas de familia en Santia-go de Tenerife, en Cabañas de la Sagra (Tole-do) , y en Guadix, Veas y Pulianes (Granada);6 el pueblo en cabildo abierto como en Sta. Ma-ría de Guadalupe (Málaga).

Los electores en segundo grado,, ó sea losque escogian de las propuestas eran por regla

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(T40)general los se-lores jurisdiccionales y los acuer-dos de las chancillerías y audiencias: mas hablamuchas eseepciones. En Albares (Guadalajara),Aiiover de Tajo (Toledo), Manís (Sevilla) . y San_tander decidia la suerte entre los propuestos: ertla Mata (Estremadura, decidia el vecindario; yen Buenache de Alarcon (Cuenca) los capitula_res respecto del cargo de-procurador para queproponia el alcalde primero. No era menos co-niun que los vecinos todos nombrasen uno, dos 6mas comisarios de parroquia d electores de ve-cindario, y que estos nombrasen los concejales:asi sucedia en Guadalajara, Logroño, Medinadel Campo (Valladolid), Cadiz, Cuenca, Fuen-carral (Madrid), el Ferrol (Galicia), Plasencia(Estremadura) y en otras muchas ciudades y vi-llas. Por lo dicho se ve que la eleccion indirec-ta en dos grados se verificaba en -ambos con elmenor y con el mayor número de sufragios; puesempezaba por un elector, por varios y por latotalidad, y concluia por todos, por muchos y,por uno solo indistintamente.

Las rencillas, partidos y pleitos á que tancomplicados y varios métodos dieron lugar entrelos caciques de los pueblos, y cuitre los que aspi-raban á manej ar los intereses del comnn, susci-taron la idea de fiar á la suerte las elecciones,con mas ó menos precaucion para que no fueseabsolutamente ciega. De aqui tuvo origen el mé-todo de insaculacion seguido en Ocafia (Toledo),:Valdemoro (Madrid), Tudela (Navarra), Don

( )ijenito (Estremadura) y Huercal-Ovcra (Gra-nada), que variaba en los periodos .y en las ca-lidades. de los encamarados. La suerte decidiaentre dos propuestas del ayuntamiento cwantey del anterior en la villa de Ahnoguera (Gua-dalajara); entre los designados por los electorescuando no habla avenencia, como en el concejoetc Aller en Asturias; y hasta se dejaba al azarque escogiese sin límites entre todos los vecinos,como en los concejos de Bimenes y Caravia, enel mismo principado. Gentes que de este modose entregaban al acaso, el fiaban mucho <le la pro-videxcia, d se tentian mas á sí mismos, (i erantan demtkratas que no querian <lar á nadie pre-ferencia para gobernar á los dental, y lo juga-ban á la suerte.

Seria interminable si hubiéramos de apun-tar siquiera todas las variedades electorales: lias-te añadir que habla tres grados de eleccion enNacimiento (Granada) y en el concejo de Gra-do (Asturias); cuatro grados conforme á las de-finiciones de Alcántara en Estorninos (Estrema-dura) y otros pueblos de la orden; cinco en Mon-drago» (Vizcaya); y hasta, pueden llamarsete y cuatro grados los endosos de elector en elec-tor que habla en Casas de D. Gomez (Estrema-dura), desde el alcalde al vigésimo cuarto.

Queda pues demostrado que en España co-nocíamos la eleccion directa y otros mil génerosde elecciones indirectas y graduales; mas no secrea por eso que pretendemos negar la 'novedad

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(14.2)del sistema importado para la nominacionlos representantes de las provincias en las c6r_tes de la nacion. Esta ha sido en efecto una delas variaciones mas importantes hechas en nues„tro sistema representativo durante el régimendel Estatuto; pero no la hemos debido á los au_tores de aquel real acuerdo, sino á sus adversa-,ríos políticos.

Por el decreto de 20 de mayo de 1834 esta-La reducido el derecho electoral á los 4.52 ayun-tamientos de las cabezas de partido judicial, quecon un número de adjuntos, mayores contribu-yentes, igual al de concejales, designados con_forme á los decretos de 2 de febrero y so de no-viembre de 1833, hacían el nombramiento dedos electores por cada partido; y estos juntos enla capital de la provincia elegian los procurado-res á cortes. Tan mezquino modo de buscar laopinion nacional no podia durar mucho tiempo,pues hasta los elegidos por él convenian con laopinion general en la necesidad de una ley deelecciones que diese mayor latitud al derechopolítico.

Reconociéndolo asi el ministerio.Mendizabal,nombró una junta en 29 de setiembre de 1835,para que redactase un proyecto de ley, que de-bia presentarse á las cortes, segun se habla ofre-cido en la convocatoria. Componian la junta losSres. D. José María Calatrava, D. Juan MadridDávila, D. Manuel José Quintana, D. AntonioAlcalá Galiano y D. Valentin Ortigosa, de los

( 1 4 .3 )cuales el primero y último estubieron por con-servar

la eleccion indirecta en tres gradosmiendo los compromisarios de parroquia de

812) como lo espusiel-on en su voto particular;y la mayoría de los Sres. Quintana, Alcalá Gá-lia no y Madrid Dávila, se decidió por la elecciondirecta, segun aparece de st • proyecto. Este fueel que adoptó el gobierno al presentarlos ambosá los procuradores del reino en 21 de noviem-bre de 1835.

Las bases y novedades que ofrecia este pro-yecto eran las -siguientes:

1.5 Que habla de nombrarse un diputado porcada 5a almas en lugar de un procurador por7 4 que se elegia: lo que aumentaba la asambleapopular desde 188 á 24.9 individuos.

2.5 Que el derecho de votar se concedia á lo°mayores contribuyentes por cada diputado enrepresentacion de la propiedad, y á determina-das profesiones científicas, en representacion delsaber ó de la capacidad; lo que aumentaba elnúmero de electores desde • 950 que nombrabanprocuradores á cortes, hasta 39,90 0 que podrianconcurrir á nombrar diputados.

3.5 Que escluia á los eclesiásticos del votapasivo, previniendo que los diputados fuesen delestado seglar.

4.5 Que reducia á 25 arios de edad y á C rs.de renta los 3o añosy los 1210 rs. que, entoncesse exigian para ser procurador, abriendo de es-te modo el santuario de las leyes á muchos es-

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(144)pañoles beneméritos é ilustrados, que no sonricos.

La comision de procuradores á que pasó es-te proyecto de ley, y en la que estaba el Sr. Al-calá Galiano, co-autor de él, se decidió á ins-tancias del Sr. Caballero, á introducir una no--vedad de consecuencia, y leyó su dictamen en28 de diciembre. Dejando los mayores contribu-yentes y las capacidades, como garantes de or-den y de saber, con el título de electores porderecho propio, añadió otros electores delegadosque debian nombrar todos los ciudadanos contri-buyentes en razon de uno por cada 15o vecinos;y Como aquellos elegian directamente diputadosy estos eran producto de un primer grado deeleccion, se llamó á la que resultaba eleccion

mixta. Los electores delegados representabanlas masas, cuya esclusion absoluta parecía pocofundada, y no muy política si se atendia á laparte que les concedió la ley,fundamental de1812, cuyos recuerdos lisongeros estaban enla-zados con las arraigadas y anejas prácticas deelecciones municipales populares. Por el plan dela comision resultaban 59 ,goo electores , los.39 ,90o por derecho propio y los 202 delegados.Mas el estamento no estubo de acuerdo con' lacomision, y se decidió por la eleccion directapura. Otro punto muy controvertido del dicta-men fue si los diputados habian de nombrarsepor provincias, como proponian el gobierno yla comision, ó por distritos, como pretendia la

( 1 4 5 )oposicion apoyada en el voto particular" del mar-ques de Someruelos. Venció esta última; y elgobierno, que ]rabia empellado mucho-la cuestion,haciéndola de gabinete, se creyó en el caso dedisolver- las cortes, quedando el proyecto sinacabar.

En la siguiente legislatura volvió el minis-terio á - presentar su proyecto (sesion de 25 deabril de 1836), con la única variacion sustancialde haber elevado á 16o el número de electoresmayores contribuyentes por cada diputado, locual hacia subir el número de votantes á 54,849,que eran 15'j mas que en el primitivo.proyecto.Contaba con el asentimiento del cuerpo popular,porque la opinion de las provincias se hablamostrado tan contraria á la- mayoría anterior,que de los .71 que votaron eleccion por distritos.solo dos fueron ;reelegidos. La nueva comisionde procuradores que examinó la propuesta con-vino en lo .general; pero-hicieron tres votós par-ticulares los seilores Alcalá Galiano, Laborda yAleson, relalivos á desechar á ciertos empleadosque . se intródacian como capacidades, á exigir129 rs. de. renta propia en los diputados, y áreclamar contra la esclusion 'del clero. Dichodictamen, leido el 3 de mayo ,.fue aprobado entodos sus artículos, con algunas enmiendas, que-dando 200 electores por diputado y las capaci-dades (lo que daba 64,800 votantes), y 9@ realesde renta como calidad para ser elegible, térmi-no-medio entre la que proponía -el gobierno y

10

Page 119: Cortes Estatuto

( t 4G)la comision y la exigida hasta entonces que re-clamaba un voto particular.- Como el ministerio Isturiz hubo de disolvell

las córtes sin que se discutieran las adiciones,. ni pasara el proyectq á próceres, se vid en al-.gun embarazo para convocar de nuevo. Sin cm-bargo;por real decreto de 24 de mayo 4e 1836adoptó el proyecto electoral cual los procurado-res lo habian aprobado, y mandó hacer segunsu. tenor elecciones de diputados , que se verifi-caron los días i 3 , 14. y 15 de julio siguiente . enla generalidad de las provincias.

Hasta aqui la historia pública de la elecciondirecta en España; mas hay una parte de cró-

. nica poco conocida que.debemos poner en claro.En toda la relacion de los hechos que acabamosde hacer, ni aun se ha mencionado un sugetoque es el principal autor de este pensamiento, elque mas ha influido sin sonar én su realizacion,y al que creemos con mas títulos para ser cól-siderado como el introductor de la elección di-recta

• en nuestro pais: hablarnos del señor Don

Vicente Sancho. Cuando nombró •el ministroAlendizabal la primitiva junta , el señor Sanchoera secretario del consejo de ministros, y debiótener gran parte en la designacion de sugetos.Suministró ademas á sus amigos Quintana y Al-calá Galillo() un proyecto - que tenia trabajado,.y. que aceptado en lo principal, sirvió de base alque presentó la. mayoría. Cuándo este 'y el dela minoría de la junta se entregaron al gobier-

I

(147)no, el secretario del consejo debió influir en granmanera para que se adoptase el primero y sepresentara á las córtes. En la comision de pro-curadores que lo examinó, sobre tener el señorSancho á sus amigos Galiano y Argüelles, deacuerdo en los principios del plan, influyó tam-bien como parte del gabinete , asistiendo á con-1ferenciás y sosteniendo el proyecto del gobierno,que originalmente fue suyo. Igual influencia de-bió tener en la segunda presentación: túbola co-mo procurador é individuo de la comision espe-cial, de que tambien eran miembros sus amigos*Alcalá Galiano y- Argüelles, en la aprobaciondada por el estamento de procuradores; y aca-so no dejó de contribuir á que el ministerio Is-turiz prefiriese este método electoral al que re-gia del Estatuto. Dudamos que ninguno otropueda alegar mas derechos, ni aun tantos cómoel señor Sancho, á ser considerado como el pa-dre_de la eleccion directa en España.

Si hemos sido puntuales en referir los hechos,nos hemos abstenido, como debiamos, de pro=mover cuestiones tardías é inútiles sobre las ven-tajas . ó desventajas de aquel plan que ya no exis-te, y sobre la base en que descansó y hoy seapoya nuestra ley electoral. De recoger datos he-mos tratado únicamente, y el porvenir nos lossuministrará de los efectos que entre 'nosotrosprodazcan estas teorías adoptadas de los estraiios.Ni porque ahora parezcan mal pegadas á unanacion dividida y sin reposo, puede inferirse

Page 120: Cortes Estatuto

t 48 )que. chocarán con nuestros hábitos é ilustracioncuando la calma sobrevenga: el.-tiempo será elCínico que resuelva este problema, pues en elestado actual de Espita no hay cabeza, porvilegiada que sea, capaz de. presuponemos unlargo periodo, ni aun que pueda prever para dosmeses.

Queda bosquejada con•verdad y rapidez, co-mo nos habíamos.propuesto,- la historia reCien--te de nuestra eleccion directa para represen-tantes • del pueblo. Veamos 'ahora los resulta-dos que arroja so primer ensayo en las 47provincias de que hemos podido recoger da-tos (1), pues de las de Cádiz y Canarias nollegaron á obtenerse. Téngase entendido, que elsiguiente estado se refiere á las primeras elee-cirones , y- no á las segundas que en algunaspartes se hicieron para completar el número dediputados : -estas segundas fueron muy pocas,por las ocurrencias de aquel verano sobreveni,das al mismo tiempo.

'(l) Viendo que no existían materiales tan necesarios paramejorar la ley electoral en la secretaria de la Cobernecion, porla natural incuria de nuestras olicinas y el poco aprecioque el gobierno 'fa solido hacer de los datos estadisticos, unm'oigo del seiíor Lopez hizo que se reuniesen en la époon'tle so.tuinisterio, 'y se han tenido á la vista en las celes constan-,yentes al redactar la ley de elecciones pira diputados y sena-&res, aunque no con los pormenores que aqui semspresam

Page 121: Cortes Estatuto

plOYINCLAS.

ALA '41. *********

ALBAC ETE....••

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BADAJOZ.,...

BALEARES

BARCELONA

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Atunin-.

isfuncrA NAYAR115.

I OR ENSE

051E00

PALENCIA

PONTEYEDRA

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SANTANDER SEGOVIA SEVILLA SORIA TA RRAGONA .

TERUEL ... ..

TOLEDO

VALENCIA

VALLADOLID

Y rzeAy A ZAAORA

ZARAGOZA

Totales

érin.medin

(149)

osumEN de la primera eleccion directa (le diputados á córteshecha en julio de 1856.

(notaY /C/ÁGIE

DiEMERO DE ELEET0 u . „.........._.

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169 15 4 3 9 3 13 47 216 11 148103 923 13 26 12 12 21 7 97 1020 97 874310 1121 111 98 42 52 117 57 477 1601 175 1239122 1001 52 41 17 40 64 4 218 1219 255 1029265 894 25 16 25 17 40 18 141 1035 72 832368 1214 83 80 78 150 105 18 514 1728 133 148419' 1388 51 64 27 91 36 110 312 1770 718 866475 1894 232 241 138 334 171 117 1216 3130 1419 2247130 1110 66 14 23 13 ' 10 7 133 1243 222 803300 1270, 50 26 37 39 78 6 236 1506 81 1237250 886' 28 58 41 5 30 14 176 1062 201 561230 1221 38 46 36 33 40 6 199 1420 72 1124535 1200. 4S 74 66 91 74 39 395 1595 112 1292140 1875 50 29 3 157 48 80 367 2212 447 1122335 1020' 31 44 50 21 56 15 217 123 7 50 1005405 800. 46 86 37 57 33 37 256 1090 131 623300 1903` 85 72 38 140 77 89 501 2404 627 1582

• 300 618' 47 46 63 33 35 29 253 871 43 857» 327 7 6 8 15 2 2 40 367 89 233

341 602' 35 61 35 28 21 5 185 787 37 621450 803 41 61 55 21 66 59 303 1106 112 884363 1005 56 82 46 62 67 36 349 1354 91 1157200 1058: 50 7 19 19 29 22 116 1201 79 956400 661 32 33 21 32 15 40 179 840 134 608418 613 79 59 5U 16 91 28 323 936 100 »142 1405' 37 18 14 15 77 14 175 1580 99 1014500 17311 121 130 138 523 72 209 1191 2924 2171 2198200 1427 61 57 57 145 115 31 406 1893 879 1348250 1230 44 51 35 85 39 26 270 1500 426 1190

» 800' 18 32 12 7 22 3 94 000 145 633150 1396 38 10 9 12 62 1 132 I528 76 144858 2048 63 9 8 54 43 17 194 2242 248 1248

320 784 50 17 20 18 21 0 120 910 57 658191 14401 71 17 33 66 55 35 277 1717 156 1411270 825s 47 17 36 45 50 87 282 1107 158 998143 619 40 25 36 63 92 43 305 924 211 722206 694 33 24 35 16 22 24 154 778 125 664544 1523 1:11 167 89 210 107 156 860 2383 825 1198190 415 2 7 28 36 5 16 9 121 536 62 503,417 10001 51 86 61 48 45 34 328 1328 165 » 1

420 1 805 28 35 39 5 12 13 132 937 92 5851383 1231E 89 96 82 54 87 50 451 1682 108. 1289229 2170 116 196 86 157 163 217 935 3105 1149 1622440 837 89 50 41 117 107 14 418 1255 284 1054

» 288 7 5 5 3 5 8 33 321 209 237350 714 56 6 20 34 50 17 163 907 71 754465 1211 68 95 69 66 89 20 407 1621 387 1187

13125 50141 2641 2548 1931 39 31 208011892 11926 05067 13851 45380305 1007 56 54 U 08 57, 40 117 13 84 295 1008

?NOTAS.

C.

•••5

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• •-•••ZZ

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428 0 7 312 26 1 51 186 15

31 1 156 185 1310 2 118 193 11

195 1 58 130 1327 2 183 177 22

O 74 129 22355 0 374 141 26

104941

24

99136

130160

149

78 38 188 821 6 90 195 15

1 150 198 21295 301 193 10147,326 2

90107

189195

1311

56 5 301 154 15322 2 72 182 18

25 O 9 284 28 1 53 169 12

550 O 84 194 1617 3 163 197 20

1038 4 184 222 9205 2 35 180 9

89 3 158 113 0 110 226 10

114 489 124 1915 143 179 13

3 o 114 189 17298 90 246 6238 2 122 209 11

2 245 194 21315 3 164 163 7278 1 162 208 14453 3 86 190 13

21 71 180 12158 3 173 5

9 2 299 154 18440 1 42 21: 8

75 5 17f 1598 4 99 229 1137 2 254 168 12

107 2 202 145 1884 3 177 147 11

0 15 347372 83 176

95 225 187 198653 98 13224 1924 005

184 2 138 190 13

tipográficas, se1.a Para economizar espacio y no afear el estado, faltando á las reglas tipográu abreviado los títulos de las cabezas ó los epígrafes de la s i 7 casillas que comprende.

Page 122: Cortes Estatuto

(15o)Ténsase entendido que en la clasificador, de capacidades van reunidos con los médicos

los cirujanos; en la de militares asi los activos como los retirados, y en la de doctores los li-cenciados, académicos y demas capacidades de esta especie. La 11. 1 columna comprende loselectores de todas clases que residian en las capitales. de provincia; la 13. 1, bajo el título po-

blac ones sin voto, enumera los pueblos que no tuhicron elector alguno: la 14. a los diputados

lque quedaron sin nombrar por falta de mayoría absoluta; y la ,6. a la relacion de los habi-ates por elector ó el número de aquellos que corresponde á cada uno de estos.2.a Con el propio fin de simplificar se han despreciado las fracciones que no llegan á

entero. En la L a casilla de cuotas faltan los maravedises en las que los hubo, y son estascinco: Albacete 3o3 rs. 2 mrs.=Alicante 310 rs. 8 mrs.=Jaen 363 rs. lo mrs.=Tarra--gema 4: 17 rs. 15 Mrs.=Toledo 383 rs. 2.0 mrs.

En la penúltima casilla de relacion de habitantes por cada elector no se toman en cuen-ta los quebrados cuando no esceden de medio: si pasan se cuenta entero.

Lo mismo ha sucedido en el promedio ó término comun que se pone al final, despuesde las sarnas ó totales del estado.

3.a En las provincias de Logrofío y Tarragona no se fijan los datos que nacen del es-crutinio general de votos, porque no llegó á verificarse á causa de la promulgacion del có

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-

digo fundamental de 181 2.

4.a En las provincias vascongadas y Navarra no hay cuota de contribucion porque allino se pagan. Los mayores pudientes se designaron por las diputaciones prudencialmente.

5.a En la provincia de Valencia estan comprendidos los distritos de Albaida, Gandíay Onteniente, que antes fueron de la de Alicante, y de esta se han rebajado.

Page 123: Cortes Estatuto

5 )Haremos un lijero examen de cada . -uno de'

los datos que comprende el estado - anterior, y asínos será mas fácil esponer los motivos y objetos

• de haberlos espresado, y los frutos que juzgamospueden producir.

Cuota .771eflOr de eórdribucion.—Careciéndosede antecedentes para señalar una cuota fija, y ••temiendo dar el derecho electoral á ciertas cla-ses, se prefirió entonces á los mayores contribu-yentes, lo que produjo la enorme desproporcionque aparece en las cuotas. Mientras que en As-turias Volaba un contribuyente por 58 rs., enValladolid era escluido el que pagaba 43g rs.y en Sevilla el que ,contribuia con 543. Estadesigualdad , .nacida de la rara distribucion dela riqueza , de los varios Sistemas de contribu-ciones y del modo de aplicar las reglas de la ley,no aseguró. otro • efecto que dar un número . limi-tado .de votantes, y un ntírnero proporcional á•la poldnion-; pues en cuanto á la riqueza que se •

queda-representar, no hubo otra diferencia queser mayor la cuota cit) las provincias mas pobresen que la propiedad se ve acumulada y .•la indus-tria muerta. Si. en Burgos, por ejemplo, no su-bid el 7772VMUM de t3o rs., y tubieron derechosolos 1.66 pueblos , consiste en que, los mascontribuyen indirectamente por ser muchos losencabezados. Visto que el promedio eran 3o5 rs.,la nueva. ley pudo ya fijar la cuota de 20o rs. •

con seguridad de que en España representa tau-dio arraigo.

<i

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1

(4.52)Número de electores.— Las once clasificado-.

nes que abraza este epígrafe nos jan á conocerque hubo 65,06 7 españoles 'á quienes se concedióel derecho electoral, de los cuales 50,14i le te-nian como mayores contribuyentes y 14, 926 co-mo capacidades. Es curioso saber, que entre loscapaces habia 2644. abogados , 2548 médicos ycirujanos, 1931 boticarios, 3231 militares ac-tivos ó retirados en aptitud de votar; 2680

nacionales de las clases que la ley <le-signaba y 189 2 entre doctores, licenciados, aca-démicos de las de nobles artes y denlas espresa-dos en la ley electoral; porque este dato puedeservir para `otros trabajos sobre las profesionesespresadas. Pero nunca se olvide que ni todos los

• abogados , ni boticarios, &c..tenian voto, ni to-dos los que votaban por un concepto dejaban depertenecer á otras categorías. Corno era naturallas capacidades servian de contrapeso y alzapri-ma á los pudientes, y el mayor 'Minera de aque-..llas se encontraba 'en las poblaciones grandes,Barcelona, Madrid , Valencia y Sevilla.

Del número total de electores.13,851 resi-dian en las capitales de provincia, quedando por,consiguiente en los pueblos dispersos 51,216:.es decir, que .casi una cuarta parte de los votan-tes , y cabalmente ,los de mas influjo , estabanreunidos, con facilidad de combinarse, al ladode las autoridades y en el centro de opera-ciones ; motivos que daban un ascendiente in-menso á las capitales de cierto orden. En Bar-

(1 53 )celona tubo la ciudad .sola la mitad de los elec-tores de la provincia :Madrid .contó mas de dostercios, y uno Valencia -y Sevilla, mientras queen Avila „Cáceres, Ciudad-Beal, Cuenca; Gua-dalajara , Huelva y atas ciudades subalternasera cortísimo el número de Votantes.

Asistieron á dar elbsufragio 4.5,38o ciuda,danos, cosa que admira atendidas las circuns-tancias de lá nacion; pues wenas faltaron tresdécimas partes-de los que baldan obtenido el de-rech .o. Asi se desengañarían los que creyeron quelos españoles mirarian con indiferencia este de-recho precioso de los hombres libres. Bien esverdad que ceno eran . pocos los llamados y delas clases oras aciAodadas y activas , y comopor otra parte en el estadopolítico, económico ymilitar de . la nacion ofrecía en aquellos 'nomen-los un interés sumo, agravado por la recientedisolucion d'elas córtes y subida alPoder deun nuevo ministerio no bien recibido de la opi-nioir debió crecer•el esfuerzo de los partidos;escitados unos por el empeño de recobrar el in-flujo que se les dísminuia, y dirigidos otros porlos inmensos .réSottes que' su posicion les daba.Alicante, Ahneria , Badajoz; Cáceres , Cuenca,Jaen, Orense, Valladolid y especialmente Gua-dalajara fueron las provincias en que mas con-currencia se notó, pues en la última solo falta-ron 1.4. electores: lá Coruña, Granada, Oviedo,Valencia y sobre todo Sevilla y Baleares fueronlas en que hubo menos calor, pues faltaron en

Page 125: Cortes Estatuto

54)algunas mas de la mitad de los llamados á vo-tar. No contamos ni como celosas, ni como des-cuidadas á las provincias afligidas mas de llenopor la guerra civil , porque no pueden formarregla ppr sus particulares circunstancias.

Sin voto.--Esta columna comprende.elmero de pueblos que en cada provincia queda-ron sin votar, porque no habia en ellos electoralguno, ni mayor contribuyente, ni capacidad.En Alava, solo Vitoria y la Guardia tomaronparte por el estado de la guerra; en Vizcaya co-currieron seis pueblos solamente; y en Navarraademas de los 2 9 8 libres que no tubieron elec-tor , dejaron de concurrir 4.34. que estaban im-posibilitados de comunicarse. Per() entre estospueblos no electores del resto de la monarquía,de modo alguno se comprenden los que tenien-.do: votantes dejaron de asistir ,por la presenciadel enemigo; como los distritos de Olot y Ri-poll , .eu - Gerona ,. y los de Castellote y Valle-l'obres en Teruel. Asombra . flue de los 2 19 pue-blos de la Espacia peninsular é islas adyacentesquedasen 8,653 sin rep•esentaciou alguna, en-tre ellos ayuntamientos de Galicia,. concejos deAsturias, y pueblos unidos de 23o y 32 0 veci-nos, como Albalate de las Nogueras y CaZave-ras en la provincia de Cuenca. Los 9 pueblos.escluidos en Sevilla tienen todos ayuntamiento .y aldeas de su dependencia. Burgos y Leon,cuya poblacion está distribuida en mayor mí-mero de pueblos, que pueden considerarse como

(155)la transicion entre los poblachones de la Man-cha y Andalucia , y los coi-lililí-tos caserios delas provincias del norte, fueron las mas perju-dicadas en el número de lugares, si bien no hayprovincia en que por; téntiiino coman no per-diesen el derecho 184. Pueblos.

Diputados.--No designa , como pudieracreerse por la falta de esplicacion en el epí-grafe, los diputados que eligió cada provinciasino al contrario, los que dejó de nombrar enla primera votacion , por haberse dispersadolos sufragios sin• formar mayoría absoluta. De-jaron de tenerla 98 diputados; y corno tocaban'á las 4 7 provincias de este cuadro 231, .es vistoTic quedaron elegidos los 133 restantes, que conlos 3 de Cadiz, hacen 136, iguál , á la lista no-minal que va en el núm. 2.° de . este apéndice.Once provincias completaron su cupo en el pri-mer escrutinio; las demas hubieran tenido quehacer todas segundas elecciones á no oponerselos sucesos de agosto. En la eleccion directa escasi indispensable la repeticion de votaciones yque-por último sirya la mayoría relativa ,por-que muchos votos rara vez se combinan, máxi-me cuando los parldos y las pasiones saben po-ne• en la tortura de las calumnias hasta las re-putaciones mas limpias y constantemente pa-trióticas..

Candidatos.--Cuando Dimos decir que nohay hombres en 'España, y acudimos i las listasde candidatos de las provincias, forzosamente

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(156)deducimos. ó que es falsa la escasez "que se la-menta; ó que entre nosotros se echa mano parael alto cargo de diputado de personas-comunes,de hombres de la medianía, y acaso de' los queno es dado qué cómprtndan lo arduo de la mi-sion y lo espinoso de las circunstancias. Véasesino esa enorme suma de 6224 sugetos, favo-recidos en aquella eleccion con mas ó menos su-fragios, y se comprobará la inexactitud del pri-mer estremo; ó la cePteza del segundo. Cercade 26 candidatos se presentaron para cada pla-za que labia de proveerse. js esto no haberhombres? Verdad es que Una gran parte de losque comprendia la . lista del escrtitinio..tenianuno , dos (5- tres votos meramente; y puedeañadirse que algunos . sugetos estaban dupli-cados y triplicados por. errores ó mala ortogra-fía de los que escribian las papeletas; peroaun reliajando cinco sestas partes por estosy 'otros motivos todavía quedaba un creci-do niírnero-de candidatos que se creyeron dig-nos de ocupar los escaños del congreso. Pot .lómenos corrieron tres candidaturas formales conmas ó menos suceso, en todas las provincias;la de los partidos numerosos progresista y re-sistente, y la"de tos fluctuantes, conciliadores.

.agenos de parcialidad : si todas ellas com-prendian hombres de prestigió, de saber,' deprobidad y de medios parlamentarios, está esotra cuestion. Las provincias donde • mas sé. des-parramaron los votos, fueron Madrid, Barcelo-

(157)na, Granada; la Coruña,. Sevilla, Toledo yOviedo, y . aquellas en que aparecieron mas uni-dos Guipuzcoa, Vizcaya, Lérida, Castellon dela Plana, Soria, Albacete, Huelva y Avila,siendo la proporción mayor de los votados á loscargos como 7 0 á 1, y la menor como 3 á 1.

_Habitantes por elector.--Dpresa esta .col urn-na el número de almas-que tocan á cada elector,cí sea la relacion quellay entre el total de habi-tantes, y los designados. electores. Por término me-dio.de cada rgo almas haba un elector; mas va-riaba en estremo la relacion segun las provincias.No haciendo mérito de las esentas por su particu-lar estado, tubimus puntos donde llegó. al mínimode un elector por 229 habitantes, como en Te-ruel ; y otros donde229 la representacion almáximo de 124 almas por elector, como en Ah:drid. Y eso que la diferencia esencial solo porfianacer de las capacidades; pues los mayores con-tribuyentes eran fijos por diputado, y los dipu-tados conforme á la pOldácion. Con todo, el en-trar á mas de .los cien contribuyentews los quepagasen ifuota igual al último , y el aumentarseun diputado cuando los picos escedian de 250almas, produjo también parte de estas diferencias.

Distritos.--Finalmente se pone en la últi-ma columna el número de distritos electoralesen que las diputaciones dividieron las provin-cias , que fue el de 605. Mas t 'use crea que enesto 'hubo una regla general; cada diputacionobró. prudencialmente, sujetándosealgunas á la

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<158)division judicial , y multiplicando otras masmenos los distritos, segun lo creyeron oportuno.Cuenca tubo mas distritos que Orense, Oviedomenos que Badajoz, Léon estaba reducida á 9,teniendo Badajoz 22 ; y mientras que en Sego-via todos lo; electores concurrian á 5, en San-tander tenian I2, y en Jaen 20.

Concluiremos este número observando quemuchos de los defectos capitales de la ley ante-rior de elecciori directa, confirmados por elsaltado que en el cuadro aparece, se. enmenda-ron en la •ley de las crírtes constituyentes, hoyen observancia. En lugar de los contribuyentesmayores se ha fijado la cuota .de 200 rs. vn., y-en vez de capacidades llamadas •por sus pro-fesiones, se ha Alertó la puerta á que entrenacreditando la renta cí el alquiler de- casa quese designa. Esta variacion sustancial nos da unelector por cada . 48 habitantes, en lugar de unopor 1 90 almas que teníamos por aquel método.Se ha quitado buena parte de la escesiva pre-ponderancia que tenian las capitales, dando 're,-F

-presentacion á los 8653 pueblos que no la te-nían , y con especialidad á la clase aldeanaagricultora. Y últimamente , las diputacionesprovinciales, ya por ser mayor el mimerci delos electores , ya pnr facilitar mas su acceso álas urnas, han dividido el territorio en mayor!Minero de distritos, rectificando en lo que laguerra ha permitido la designacion de las cabe-zas y de los límites.

(i 59)Otras muchas mejoras que aun necesita la

ley vigente tendrán lugar con el tiempo, encuanto se vayan conociendo y lo permitan lascircunstancias del pais; y los hábitos de los es-pañoles ,•todavía poca análogos al nuevo siste-ma :que hemos ensayado. Los materiales .queaqui hemos reunido, y otros mas copiosos y ra-zonados que suministrarán otros ciudadanos in-teligentes, podrán contribuir á perferdonar laobra, ó á mudar de medio si la esperiencia•yla utilidad pública lo aconsejasen.

NÚMERO 15.

Ministerios y ministros.

Desde las ocurrencias . de Aranjuez en 1808,han •sido infinitos los vaivenes, alteraciones ytrastornos que ha sufrido la 'racial] espafiola; . yen tales crisis, que complican aun mas las am-biciones particulares y el espíritu de partido, noes posible que sea durable la administracion deunas personas mismas. Por centenares se cuen-tan los sec •etarios del despacho durante el rei-nado de D. Fernando Vil, antes, mientras ydespees de su cautiverio: y'si las épocas consti-tucionales y de absolutismo nos habian legado

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(I6 o)multitud de cambios ministeriales, hemos vistode pues que ni el Estatuto ni otra forma de go-bierno era capaz de preservar á los mandatariosde la instabilidad que produce en todo una guer-ra civil. La siguiente:nota' es el mejor documen-to.para convencer á' los -lectores.

Lista de los diferentes ministros y altera7dones del gabinete desde el Estatuto acá:

MINISTERIO DE ESTADO.

1. D. Francisco Martinez de la Rosa, desde el13 de enero de 1834 hasta el . 7. de juniode 1835. •

2. El conde de Toreno, nombrado en 7 de ju-nio de 1835 interino, y en-13 del mis-mo propietario: cesó el 14 de setiembre.

3. D. Miguel, Ricardo de Alas-a „nombrado enpropi£dad el 14 de setiembre de 1835,.

4. Jv mientras venia á Espafia (que no vino)ulian Villalva , que estubO encargado

interinamente cuatro. dias.5. D. Juan' Alvarez Mendizabal, interino des-

de 17 de setiembre de 1835 al 27 deabril de 1836.

6. El conde.de Almodovar, , desde 5 7 de abrilá 15 de Mayo de •1836.

7. D. Francisco Javier Isturiz, desde: dicho 15

de mayo hasta el i4 de agosto de'1836.

( T 61)8. D. José Maria Calatrava, desde el 14 de

agosto de 1836 hasta el .18 de agostode 1837.

g. El conde de Ahnodovar despachó unos diasdesde el so de marzo pOr enfermedaddel sefior Calatrav

D. Eusebio Bardají.y iara, nombrado eldicho dia.18 ole agosto de 1837.

GRACIA Y JUSTICIA.

i. D. Nicolás María Garelly, que desde enerode 1834. duró hasta de febrero de1835.

2. D. Juan de la Dehesa, desde ig de dichofebrero, hasta 13 de juninde 1835.

3. D. Manuel García bierrerol, desde el 13 dejunio al, 27 de setiembre de 1835.

4. Joaquin Diez Caneja, encargado interi-namente.

5. D. Alvaro Gomez Becerra, desde 28 de se-tiembre de 1835, á 15 de mayo de1836.

6. D. Manuel Barrio Ayuso, desde x8 de ma-yo á 14 de agosto de 1836.

- D. José Landero Corchado, desde x4. deLe agosto de 183 7 .agosto de R9, 6 g

8. D. Bamon Sabato, desfile 11 de agosto alL° de octubre de 183.

g. D. Juan Antonio Castejon o nombrado enL° de octubre, no admitió.

Page 129: Cortes Estatuto

.x o. D.' Pablo Mata 'Vigil o en 4 de octubre de

183 7 . .

.GUERRA.

1. D. Antonio Ramon Zarco del Valle , quecesó el 2 de noviembre de 1834.

2. D. Manuel Lláader„. en dicho 2 de noviem-bre , y mientras llegaba de Cataluña

3. D. Francisco Martinez de la Rosa encarga-do Interinamente hasta que se presentóen diciembre el dicho

4. D..:Manuel.Llauder, propietaric •, y siguióhasta el 24 'de enero de 1835.

5. D. Francisco Martinez de la Rosa volvió ála interinidad en 24.'de enero . hasta quefije nombrado

6. D. Gerónimo Valdés en 17 de. febrero de1835.

7. El' marques de las Amarillas , 'desde 13 dejunio basta 28 de agosto de 1835.

8. El duque de Castroteri-er;o , desde el 28 deagosto al 14 de setiembre.

g. D. Mariano Quirós, fue encargado interi-namente dicho dia 14, hasta que fuenombrado en propiedad

lo. El conde de Almodovar, en .27 de se-tiembre de 1835. Salió para el ejér-'cito del Norte en 6 .de diciembre ymientras

D. Tuan Alvarez rMendizabal, interino, has-

( 163)ta el 2 de febrero de 1836 en que regresó.

12. El conde de Almodovar, que siguió hasta27 de abril.

13. El marques de Rodil, en 27 de abril dex836 hasta el <5 de mayo siguiente.

<4. D. Antonio Seoane, en 15 de mayo de 1836:no aceptó..

15. D. Manuel <le Soria, interino, desde, 1 7 demayo á 8 de junio de 1836.

16. D. Santiago Mendez Vigo, el referido dia8 de junio hasta el 14 de agosto.

17. El marques de , en 20 (le agosto de1836, siguiendo al frente del ejército, yentretanto

18. D. Andres García Camba , interino , quesirvió desde 14 de agosto hasta 26 denoviembre de 1836.

19. D. Francisco Javier ii.odrignez de -Vera,interino , desde 26 de dicho noviembrehasta 2 7 de febrero de 1837.

20. El conde de Ahnodovar en 2 7 febrero dichohasta el 29 de julio de 183 7 , y duranteSu enfermedad

21. D. Facundo Infante, interino, del 22 demarzo al <6 de junio de 1837.

22. conde de Luchana en 29 de julio, y en-tretanto que venia (no ejerció)

23. I/ Pedro Chacon, interino, hasta el 21.deagosto de 1837.

24. 0. Evaristo San Miguel; del 21 de agostoal x.° de octubre de id.

Page 130: Cortes Estatuto

(164)25. 1:001acio Balanzat, nombrado en J. de

octubre, no aceptó.26. D. Francisco Ramonet, en 4 de octubre de

1837.

MARINA. Y COMERCIO.

TV:D. José Vazquez*Figueroa, que cesó en 13de junio de 1835.

2. D. Manuel Ricardo de Alava, en dicho dia13 ;' peró no admitió, y entretanto

‘ , 3. El marques de las Amarillas, interino, quesiguió á pesar'del nuevo nombramien-to en

D. José Sartorio, á 28 de agosto de 1835,que .no vino.

5. D. Juan Alvarez y Mendizabal, interino,en T4 de setiembre (le 1835, y continuóno obstante la elcccion de

6. D. José María Chacon, en 2 de mayo dede 1836, pues tampoco llegó á presen-tarse.

D. Antonio Alcalá Galiano, en 15 de mayohasta T 4 de agosto de 1836.

D. Miguel Moreno, en dicho 14 de agosto,no llegó á ejercer.

g. D. Andrés García Camba , interino, en 18del mismo mes de agosto hasta que entró

io D. Bamon Gil de la Cuadra, en si de se-

tiembre de 1836, hasta T 8 de agosto de1837, y por su enfermedad

( 165)D. Juan Alvarez y Mendizahah

diciembre de 1836..12. D. Evaristo San Miguel , interino ,

de agosto de 1835 hasta OctOgesiguiente.

z3. D. Francisco Javier de Ulloa, en z.?.tubre de 1837.

'1

1. D. José de Imaz, que cesó en 18 de juniode 1834..

2. El conde de Toreno, desde dicho dia hastala venida de

3. D. Juan Alvarez y Mendizabal , nombradoen 13 de junio, llegó á ejercer en T3 desetiembre de 1835, y duró hasta el 15de mayo de 1836.

4. D. José Ventura de Aguirre Solarte, endicho 15 de mayo, que no aceptó.

5. D. Mariano Egea, interino, el 1 7 del mis-mo mayo hasta el 25.

6. D. Feliz li'Olhaberriague y Blanco, en 2.5de mayo de 1836 hasta 14 de agosto si-guiente.

7. D. Joaquin María Ferrer, en 14 . dicho,que !nó aceptó, y entretanto

B. D. Mariano Egea, interino, hasta que lesucedió

,:g.; D. Juan Alvarez. y, Mendizabal, en II desetiembre de:1836, hasta que le reemplazó

4 •

7.

8.

HACIENDA.

Page 131: Cortes Estatuto

(i66)so. D. Pio Pita Pizarro, en 18 de agosto de

1837, hasta el 1.° de octubre inmediato.II. D. José María Perez, interino, en 1.') de oc-

tubre, hasta que' fue nombrado12. D. Antonio María Seijas, en 7 de octubre

de 1837.

l'OMENTO, INTERIOR GOBERNACION.

r. D. Javier de Burgos, que cesó en abril• de 1834.

D. Yicolas María Garclly , interino hastaque se eligió á

3. D. José María Moscos() de Altamira, desdeprimeros de mayo de 1834 hasta 1 7 defebrero de x835.

4. D. Diego Medrano, desde el dicho 1 7 defebrero al 13 de junio.

•5. D. Juan Alvarez Guerra, en 13 de juniode 1835 hasta el 28 de agosto.

G. D. Manuel de la lii,.1aHerrera, desde dichodia al 14 de setiembre de 1835.

- D. Ramon Gil de la Cuadra, en el mismodia x4. y

8. D. Martin de los fieros en 15 de setiembreinterino y en 2 7 del mismo propietario,hasta 15 dé mayo de 1836.

q. El duque de Rivas, en dicho 1 5 de mayohasta el 4. de agosto subsiguiente.

3o. D. Ramon Gil de la Cuadra, en 14 de agos-to de 1836 hasta el 1I de setiembre.

(167)sr. D. Joaquin María Lopez, desde dicho

de setiembre de 1836 al 2 7 de marzode 1837, y durante los óltimos chas deenero en que estubo enfermo

12. D. Agustin Armendariz, interino hasta I.°de febrero de 1837. •

13. D. Pio Pita Pizarro, del 2 7 de marzo al 9de julio de 1837.

14. D. Pedro Antonio Acuita, desde dicho diade julio hasta el 18 de agosto de 1837.

15. D. José Manuel N'Idilio, en 18 de agosto,no admitió.

16. D. Diego Gonzalez Alonso, desde el 23 deagosto al I.° de octubre de 1837.

17. D. Rafael Perez, del I.° de octubre de 1837.

RESUMEN.

Ministerio de Estado... Mudanzas 10 Ministros nuevos... 8—Gracia y Justicia 10 9—Guerra. 20 19—Marina y Comercio 13 . 8— Hacienda 12 9—Fomento, interior y gobernacion 17. . . _ —15

. —Totales 88

Y suponiendo que las 68 personas distintasque en el corto periodo de tres ¿dios han ocupa-do las sillas ministeriales no hayan adquiridomas que á 3o8 rs. de cesantía, que es el Mfilh111(111

de un ministro cesante, se habrá cargado el te-soro nacional con 2.0408 vn.; ó lo que viene

Page 132: Cortes Estatuto

(168)á ser lo mismo, que saliendo en la referida épo..ca á ministro por cada diez y seis Bias, cada anoSe ha gravado el erario con 68o2 rs., cantidadbastante con los sueldos de los seis en ejercicioPara haber pagado doce ministros permanentesel ano de 1835, diez y siete ministros y dos ter-cios con sueldo entero todo el ano de 1836, yveinte y tres ministros activos de á 62 duros ca-da uno en el ano corriente de 1837.

Proyec lbs de /9- presentados á las c6o-tespor el gobierno en el ministerio de Illár-tinez de la Rosa.

1.° Sobre adquisiciones á nombre del estado,sea bienes mostrencos. Fue discutido

y aprobado.Autorizacion para organizar los ayunta-

mientos y diputaciones provinciales. Seconcedió y tubo efecto.

3.° Sobre reintegro á los compradores de bie-nes vinculados. Se discutió y aprobó enambos estamentos.

Proyecto del código criminal. Pasó á unacomision de procuradores que lo creyóinadmisible y no se ocupó de él.

5.° Sobre deuda estrangera y empréstito de 400millones. Fue discutido y aprobado.

6.° Sobre deuda interior. Se discutió y aprobóen el estamento de procuradores sola-mente.

(i69)7.° Sobre espropiacion ó enagenacion forzosa

por motivos de utilidad pública..Fue dis-cutido y aprobado.

8.° Para la estincion de las santas hermanda-des. Discutido y aprobado. •

Esclusion del rebelde D. Carlos y su línea.Discutido en ambos cuerpos y aprobado.

io. Reglamento de la Milicia Urbana. Discu-tido y aprobado.

Sobre arreglo del sistema monetario. Loretiró el gobierno estándose discutiendo.

12. Presupuestos para 1835. Discutidos yaprobados.

13. Para la quinta de 5o2 hombres. Discutidoy aprobado.

44. Sobre responsabilidad de los jueces. .Que-dó en la comision sin discutirse.

15. Sobre el sello en los documentos de giro.Fue discutido y aprobado.

16. Abolicion del voto de Santiago. Se discu-tió y aprobó.

17. Sobre responsabilidad de los secretariosdel despacho. Quedó sin discutirse.

Los diez y seis proyectos primeros se pre-sentaron en la,primera legislatura, y el últimosolo. en la segnuda.

:No puede negarse que esta fue la época enque el gobierno trabajó y presentó, mas proyec-tos; pero Ique4 hicieran. si no los representantesprivados de la iniciativa? Peticiones estériles.

o2.

4.°

9.°

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( 1 7 o)

E.stipulacion para el colige de prisionerospropuesta. por el lord Ellfol, comisiona-do por S. 1W. Británica: y que serviráde norma á los corhanclantes en gefede los ejércitos beligerantes en las pro-vincias de Guipuzcoa, Alava y Vizcayay en el reino de Navarra. (Ministerio deMartinez de la Rosa.)

Art. I.° Los comandantes en gefe de losejércitos actualmente en guerra en las provinciasde Guipuzcoa, Alava y Vizcaya y en el reinode Navarra, convienen en conservar la vida átodos los prisioneros que se hagan por una yotra parte y en cangearlos segun se espresa ácontinuacion.

2.° El cange de prisioneros será periódicodos 6 tres veces al mes, 6 trías á menudo si lascircunstancias lo requieren y lo permiten.

3.° Dicho cange será en justa proporciondel número, (le prisioneros que presente cadaparte, y los escedentes los retendrá la parte en

cuvh poder se hallen hasta nueva ocasion decange.

4.. Se cangearán por igualdad de clases,e:npleos, categorías y dependencias de una y

erotra parte beligerante.

5.° Si despues de verificado un cange en-

tre las dos partes beligerantes, una de ellas ne-

(17 ) •

cesita un punto (x) donde pueda guardar losprisioneros escedentes que no hayan sido can-geados, .para la seguridad, buen trato y decorode estos, se convendrá en que queden deposita-dos y custodiados por la parte en Cuyo poder sehallen en uno ó mas pueblos, que serán respe-tadospor la contraria, sin que esta pueda entraren los indicados pueblos ni hostilizarlos en ma-nera alguna durante el tiempo que en ellos per-manezcan los prisioneros: bien entendido que

en el pueblo 6 pueblos donde queden los prisio-neros no se podrán fabricar armas, ni municio-nes, ni efectos militares (2) , y que este pueblo6 pueblos serán elegidos de antemano por acuer-do de ambas partes.

6.° Durante la actual lucha á ninguna per-sona , cualquiera que sea, civil 6 militar, se lequitará la vida por razon de opiniones políticas,sin ser juzgada y condenada previamente con ar-reglo á las leyes, decretos y ordenanzas vigentesen Espanta (3). Esta condidon debe entenderseúnicamente con los que no sean en realidad pri-sioneros de guerra, pues respecto estos ha de

(1) Una de ellas es frase capciosa, que afecta recíprocaventaja, cuando solo le resulta á los carlistas, que eran los'únicos que necesitaban puntos.

(2) No se podrrin .fabrirar; pero se podrán almacenar ycustodiar seguramente, y aun guarecerse D. Carlos sin riesgoentre los prisioneros.

(3) He aqui con una frase vaga y estudiada reconocida labárbara jurisprudencia del pretendiente, que tal cual es rigeun el pais que domina vigente en España.

Page 134: Cortes Estatuto

( 1 7 2 )regir lo que queda estipulado en los artículosanteriores.

7.° Ambas partes beligerantes respetaránreligiosamente, y dejarán en plena libertad á losheridos y enfermos que encuentren en los hos-pitales, caseríos 6 cualquiera otra punto, previoel correspondiente reconociiniento de los facul-tativos con respecto á los enfermos.

8.° Si la guerra se estendiese á otras pro-vincias (I) regirá en ellas el presente convenio,con tal que sean los mismos ejércitos beligeran-tes en las provincias Vascongadas y en el reinode Navarra los que, por las vicisitudes de laguerra, pasen á hacerla en otras provincias dela monarquía.

g.° Este convenio se observará estricta-mente por todos los comandantes generales deambas partes que se sucedan en el mando.

Cuartel general de Logrofío 27 de abril dei835.=Comandante en gefe del ejército de ope-raciones del Norte-Gerónimo Valde's,

Cuartel general de Marta, 28 de abril dei835.—Elcomandante : general del ejércitomas Zumalacarregui.

Elliot.=Firmado á mi presencia--,S. Gurvood,teniente coronel."

(1) Y tanto que se ha estendido; y acaso la falacia de losmediadores lo pensaba muy bien, cuando asi lo prevenian, ycuando no ha tenido en ello poca parte el trato de igual áigual, de_potencia á potencia.

(173)

Respuesta del gabinete ingles al ex-obispo

Abarca. ( ).

Oficina es/rayera 20 de octubre de 1835.=Al obispo de Leon.,--.INIuy Sr. mio: lie recibidola carta de V. en que solicita la intervenciondel gobierno británico para obtener la libertadde los 27 espaaoles que fueron capturados el dia2 de febrero del presente talo en la Isabel Ana,y que se hallan todavia encarcelados en la Co-i-alía; y no puedo menos de espresar la mayorsorpresa al recibir esta comunicacion. Segura-mente no esperaba que el agente de un príncipeque espidi6 y ha declarado con sus mismos la-bios la proclama de 20 de junio ultimo, que anun-ciaba que las tropas carlistas no debian dar cuar-tel á los súbditos ingleses, pidiera al gobiernoingles que intercediese á favor de los adictOs:'áD. Carlos. No esperaba oir los principios de ha-manidad y de • religion invocados por el repre-sentante y consejero de un príncipe que ha pres-crito á sus oficiales y soldados el degüello de losprisioneros como un deber militar, y cuyos ge-nerales han sido culpables de los asesinatos pre-meditados de varios súbditos ingleses. No espe-raba oir pedir que se tubiese confianza en la pa-labra de honor de un carlista espaitol, por uno

(1) Traducida de los papeles estrangeros é inserta en elEco núm. 630.

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( 1 7 4)que está obrando en favor de aquel, que no seha avergonzado al declarar la intencion de vio-lar las estipulaciones escritas que fueron contra-tadas con su sancion ilimitada. Pero dirigiéndo-me, como lo hago, á un prelado de la iglesia,que se sabe es uno de los consejeros de mas in-fl uencia de 1). Carlos, me tomaré la libertad deaiiadir, que V. tendrá mas derechos para apelará los sentimientos de humanidad y religion delgobierno británico, cuando haya persuadido áD. Carlos que se retracte públicamente y que sejustifique, si es posible, por haber dado una or-den indigna de un príncipe cristiano y de unhombre civilizado.-,--Soy 3ce.=Palinerston."

Víndicacion del Sr. Orense sobre espllea-dones del ex-ministro Martínez de laRosa ( 1). -

"Sres. editores: El Sr. Martinez de la Rosacon su lógica acostumbrada ha convertido en lasesion de ayer en sustancia lo que dijo Avirane-ta en un escrito que publicó en Zaragoza, des-entendiéndose de que en él dijo tambien que no-sotros habiamos sufrido inocentemente. Lo quesiempre ha dicho el Sr. Palafoz y nosotros to-dos es que nada teníamos que ver con los dichos

(11 Se publicó en el Eco del Comercio de 1.0 de enerode 1836.

( 7 5 )é hechos de tal individuo, que ni era nuestroconocido, ni teniamos noticia de él hasta su cau-sa , en la que aparece. que quien le trataba ínti-mamente y le ~tia en hacer conjuraciones yestatutos (imitando á otros famosos ingenios demas allá de la Mancha , que tambien han hechoconjuraciones y estatutos) era un tal Civat, ex-guardia de corps, conocido y favorecido por elSr. Martinez de la Rosa en tiempo de su minis-terio.—Yo que no debo guardar las consideracio-nes que indica S. S. no me he conformado conque se sobresea en la causa; al contrario, he pe-dido al juez y en apelacion á la audiencia quepor mi parte se falle con arreglo á derecho, puesel velo vendrá bien á los que temen se publiquelo que hay y se deja inferir en dicha causa, 110 álos que arbitrariamente hemos sido persegui-dos =José María Orense."

Notas y datos sobre la censara prévía.

El legislador de la imprenta y primer con-feccionados de la censura prévia en los tiemposmodernos fue el Sr. 1). Javier de Burgos, mi-nistro de Fomento; ,y el continuador de estabuena obra el Sr. Moscoso de Altamira, agra-decido subdelegado del primero, y sucesor des-pues en el ministerio de tantos nombres. Sus de-cretos de 4 de enero y so de junio de 1834 han

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A

( 1 7 6)sido la regla ostensible para gobernar á los es-critores durante la época estatutística ; pero co-mo en las gracias otorgadas el donante estira yafloja á su albedrío, halda órdenes reservadas ála censura , y prevenciones especiales á los Çen-sores, que hacían bien precaria la suerte de laimprenta, y muy comprometido el oficio de cen-sor regio. •

Muchos fueron los sugetos que desempata-ron este cargo dificil ; porque el menor descui-do en dejar correr un escrito que pudiera dis-gustar al ministerio, era causa de mudanzas; yademas no faltaban aspirantes que miraban elencargo y la dotacion como un medio de con-traer méritos y de subsistencia. Entre los nom-bres que recordamos de la lista censoria, fuerongratos á los escritores por su tolerancia y dis-crecion D. Angel Fernandez de los rtios, D.mon Castilla, D. Antonio :1:Inch, don LorenzoFeijoo y D. Miguel de Victorica, pues algunode ellos prefirió una deposicion seca . y brusca áser el opresor del pensamiento; pero no se tu-bieron en el concepto comun por igualmentefrancos en .aprobar . D. Juan .1Nicasio Gallego,D. Gerónimo de la Escosara , D. Ciprianomencin y otros que duraron mas tiempo. Tandeseosos de no disgustar al gobierno se mostra-ban algunos, que olvidando la facultad esclusivaque les-daba el reglamento de permitir ó llegarel pase ; segun su leal saber y su conciencia,consultaban los escritos con el ministerio, por si

( 7 7 )se equivocaban en dejarlos correr. Asi es que sevieron entre otras estas censuras:

"El papel relativo á las cosas de Boina, noestá la censura en el caso de decidir por sí solasi puede haber inconveniente en que se pu-blique en el día, por lo cual habrá de consul-tarlo." •

'No es estralo que asi pensara el censor cuan-do se les tenia prevenido que se tomaran tiem-po para meditar bien lo que !vician y no aven-turar el juicio. El siguiente periodo de una (5f--den reservada da bien á entender que en las al.horas de detencion (que no eran menester paraleer dos ni tres veces un artículo) se intentabaque fueran los censores al ministerio, comoiban , á recibir órdenes verbales segun los casos,ya del ministro, ya del subsecretario, ya del gefede la seccion, ya del oficial que despachaba estenegociado.

"Y á fin de que Y. pueda proceder en la cen-sura con la reflexion que exige su interesanteobjeto, podrá V. dilatar su dictamen por el tér-mino de 2+ horas en el artículo ó artículos.'enque la prudencia de V. juzgue arriesgado el jui-do con una simple lectura , y sin mas medi-tacion."

Las prohibiciones especiales eran infinitas,y se repetían, ampliaban ó• restringian -á cadaocasion que la imprenta daba saal de vida. Seprohibid publicarlos decretos, órdewes; &c.laS-,-ta que hubiesen salido en la,Gaedal, se

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(17 8)bió insertar representaciones hechas á S. M.á su gobierno, con motivo de las de Málaga y

Barcelona; se sujetaron á la censura de Madridlos periódicos ya censurados y publicados en lasprovincias; no se dió libertad ni aun para co-piar trozos y citas de libros impresos en el ab-solutismo de la inquisidor); en una palabra lácensura era una manga elástica por donde nopasaba sino lo. que quería el ministerio, que ensuma era el verdadero censor.

De aquí nacieron reclamaciones de los agen-tes diplomáticos estrangeros, cuando creian ata-cado su, gobierno por la imprenta : hecho quepor mas que, fuese desconocido por un ex-mi-nistro en las córtes , se repitió mas de una vez,entre otras cuando á virtud de queja del emba-jador frauces se dijo á la censura que no dejasepublicar cosa alguna

"que zahiera de modo alguno á la personadel rey de los franceses, ni que tienda á com-plicar las ocurrencias de Paris con las operacio-nes habituales de su. gobierno."

-Llegaba, por fin, á tanto el influjo directodel ministerio en las funciones de los subalter-nos y de los censores , que apenas pasaba díaen que no recibiesen instrucciones particularesrelativas á periódicos y á personas-determina-das. La carta siguiente del subsecretario D. An-gel Val!ejo al gobernador civil. de Madrid, es-crita de polio y letra del gefe de la seccion depolicía D. Manuel Rodrigo , prueba cuanto

( I 7 9)miedo tenian á que se publicaran los sucesos delas provincias en agosto de 1835, como si fueraposible tener ocultos tamailos hechos, ó pudieraconvenirles que los exagerara el misterio.

Sr. n Gerónimo de la Torre de Trasierra:amigo mio: no será estrafio que la gente delEco quiera arrostrar por todo publicando lasproclamas y demas papeles de Barcelona: con-viene pues que se esté á la mira, para que silo imprime se intercepte el número de mafia-31a antes que lo tomen los repartidores y no sepermita su venta, procediendo contra el editor,que es el responsable. Nada mas ocurre. =Angel."

Nada mas para llamar la atencion de todoun ministerio , para ocupar salvaguardias arri-ba y abajo, para reconocer á deshora las impren-tas; y todo porque no se supiese lo que todoel mundo sabia. ¡Qué pobreza! Mas por fortunala censura de los escritos (asalariada por prime-ra vez), murió para siempre, y este, entre otrosmuchos bienes , le debemos al restablecimientodel sistema constitucional. ¡Ojalá que muchosdecretos importantes se hubieran puesto en plan-ta desde luego, y que hubieran estado produ-ciendo bienes hasta mejor acuerdo de las córtes!El gobierno no debió tomarse un cargo que laley no le daba.

2

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( 18 o)

Respuesta dada al conde de Toreno, á nom-bre del ex-infante don Sebastian, con ~-M'o de habérsele comunicado una real Or-den pera regresar á Espaiía en el tér-mino de 3o días (1).

"Roma iG de julio de x835.=Excmo. se-'Ion =He recibido por mano de D. José -Narci-so Aparici el oficio que Y. E. ha tenido á biendirigirme con fecha 22 de junio , á fin de queponga en conocimiento del infante su contenido.S. A. R. me ha mandado conteste á Y. .E. que.cuando cediendo á sus naturales sentimientos deobediencia á las órdenes emanadas de la legíti-ma soberanía, prestó juramento de fidelidad á lahija primogénita del Sr. I). Fernando -VII (q. e.e. g.) como heredera del trono, lo hizo persua-dido de que el cambio en el órden de sucesionse fundaba en un derecho legítimo. Desde aque-lla época el trastorno . que se ha observado enla adininistracion'del reino, contra la voluntaddel rey difunto, la resistencia de la nacion es-

paríola. que se ha manifestado en todas las pro-vincias de la monargía , y sobre todo, un hechode la mayor importancia que ha llegado á noti-cia de S. A. R. despees de la muerte del mo-narca, y que se abstiene de revelar por ahora,

(1) 'Traducida del periódico Trances Le Temps u.° 2161.

( 8 t )han llamado la atencion de S. A. R. y le haninducido á examinar muy seriamente este ne-gocio.

No ha necesitado mucho S. A. R. para con-vencerse de que al prestar juramento á la hijaprimogénita del rey, como heredera del trono,privaba á su tio el augusto Sr. 1). Carlos de losderechos que le atribuia la ley de rigorosa ag-nacion, sancionada por las córtes, y consignadaen el nuevo libro de leyes por el rey don Car-los IN, á quien equivocadamente se supone au-tor de la revocacion de la misma ley. Los docu-mentos de las córtes de 1 7 8g lejos de disiparlas primeras dudas de . S. A. R. le han condu-cido á comprender perfectamente lo que acabo dedecir, y sobre todo ha visto con indignacion ysorpresa que la pragmática.de 183o y los bole-tines impresos de las córtes, aunque pasan porcopias comprobadas con los originales, presen-tan una diferencia esencial, precisamente en elúnico punto que requería la identidad mas es-crupulosa; y la criminalidad de esta diferenciase aumenta todavia , por haber sido fraguada,segun parece en aquella malhadada pragmática,por una mano que trató de imitar la letracursiva.

Semejantes principios no podian me-nos deproducir consecuencias análogas. Estas conse-cuencias han sido el trastorno de la legislador'de España , la modificacion esencial de sus leyesfundamentales, la confirmacion de la usurpa-

:

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( 8 2 )

cion con el egemplo de los revolucionarios detodas épocas, la persecucion de la mas acrisola-da fidelidad, la efusion de sangre y lágrimas entodo el reino, y todos los síntomas de un cala-mitoso porvenir, mientras ciñe la corona otrapersona que aquella á quien llamaban al tronolas leyes del reino, la oportunidad pública, unosderechos incontestables y una transaccion euro-pea. Este rey , de derecho , es el Sr. D. Carlosde Borbon, á quien S. A. S., luego que ha po-dido hacerlo, ha tributado homenage como á surey y señor natural, sintiendo en lo íntimo desu corazon no haber sabido anteriormente lascosas mencionadas, pues sin duda le hubieranseparado de adoptar una resolucion que á los ojosde los que sostienen la usurpacion y las revuel-tas podrá pasar por un acto de ligereza é in-consecuencia, pero que no lo juzgarán tal Diosni los españoles que son capaces de apreciar ladiferencia que hay entre los deberes de un po-lítico y los de un cristiano, y saben que el jura-mento no impone una obligacion perpetua cuan-do se ha prestado bajo el influjo de supuestosequivocados, puesto que la religion , única queda valor á estos actos, tiene medios de disol-verlos, en el caso de que no se deshagan por símismos en vista de la ligereza y falta de examenque los produjo, y que podian privar de sus de-rechos al poseedor legítimo.

Los motivos que han obligado á S. A. E. áobrar de esta manera, le inducen igualmente á

(1 83 )desobedecer' las órdenes de la que se apellidareina Gobernadora , y S. A. R. no juzga con-veniente hacer observacion alguna acerca delriguroso plazo de treinta dias que se le concedepara volver á España. Unicamente observaráS. A. R. que para hacer este regreso mas hu-millante y ultrajoso, solo faltaba que se le hu-biese marcado su itinerario por Barcelona á finde exponerle de nuevo á los desprecios, amena-:as é insolencias del capitan general Llauder,cuya conducta ignoble observada hace un añocon un infante de España, ha sido un méritoque le ha graneado nuevos favores, y una con-fianza mas íntima del gobierno existente.

"Tal es la respuesta que S. A. R. se ha ser-vido dictarme, la cual -tengo él honor de trasla-dar literalmente á Y. E. para que haga de ellael uso conveniente.=Dios guarde á V. E. mu-chos años. =José Luis Tordera.=Excmo. Sr.conde de Toreno."

La hipocresía, el orgullo y las contradiccio-nes que resaltan en este documento , estan alalcance de cualquiera: son una prueba mas delo que cabe en un personage supersticiosa, edu-cado por teólogos en las tinieblas del absolutis-mo, hijo de una familia que se cree heredera detodo el hinchamiento portugues, y que por aña-didura escribe á la sombra del Baticano y ro-deado de la sutileza italiana. La causa verdaderade su retractaciou y de su perjurio está en queconviene mas con sus ideas despóticas el progra-

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(i84) )ma de D. Carlos que el de su sobrina la reina:en que al lado de un déspota piensa que lo se-ria él tambien, y que ganarian su ambiciony sus intereses materiales. Por de pronto ya velo que cuesta el ser secuaz (le un rey farsante yguerrillero: en adelante verá todavía mas, y sumejor suerte será andar pordioseando por Eu-ropa, corno uno de tantos príncipes despreciadosde los pueblos á quienes quisieron avasallar. Deestas lecciones necesitan los tiranos.

Circular dirigida por el ministro .7.1fendiza-..o bal á los procuradores á. córles de todas

las provincias.

"Muy señores mios: Cuando me decidí áaceptar (;l ministerio que la reina Gobernadorase ha dignado confiarme, no conté tanto parasu desempeño con mi ardiente anhelo de contri-buir á la felicidad de la patria, como con la efi-caz cooperacion de cuantos españoles se encuen-tran doblados de lns mismos sentimientos, ymuy esencialmente con la de los señores procu-radores á cdrtes, corno que son los elegidos porla nadan para encomendarles sus mas p. reciososintereses. Esta es la razon que me hace 'dirigir-me á VV. SS. para pedirles, que atendida la ur-gencia con que la industria y el comercio recla-man las grandes medidas de que por fortuna son

( I 85 )susceptibles, tengan á bien indicarme los mediosque su propia esperiencia y sus conochnientoslocales de la provincia, que tan dignamente re--presentan, les sugieran para romper las trabasque 'entorpecen el desarrollo de esos dos podero-sos elementos de la riqueza pública. Al recurrirá VV. SS. "con tal objeto no debo desaprovecharesta ocasion de indicarles el aprecio y gratitud-con que recibiré siempre la comunicacion quetengan á bien hacerme de cualquiera idea diri-gida á mejorar los ramos puestos á mi cargo;pues me hallo íntimamente convencido de quela ilustrada cooperacion de VV. SS. será en todocaso la mejor garantía del acierto á que aspiro.Dios guarde-á VV. SS. muchos años. Madrid 3ode setiembre de 1835.=.1-uare Alvarez y Mendi-zahal.—,Seríores procuradores á córtes por laprovincia de "

Pocos representantes creernos que respondie-ran á esta circular, porque sabias el medio le-gal y eficaz que tenias de influir en la marchadel gabinete; pero no faltó alguno que le con-•testase donde creia ver la causa de los males ca-pitales de la patria, y que sin curar estos, eravana y ridícula toda esperanza .de hacer mejorasde importancia en el comercio y en la indus-tria. Djala que aquel ministerio hubiera oido lavoz de los que sin tener afecciones particularesle decian la verdad , que acaso no escuchaba enlos que mas confianza ponia!

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(186)

Alocado» del papa Gregorio XVI: hechaen el consistorio secreto de 1.0 de febre-ro (le 1836 (1).

"Venerables hermanos: Ya principia el ariosesto despues que, sin merecerlo, fuimos co-locados por un designio impenetrable de Diosen esta silla del bienaventurado Pedro. ¡ Plugie-se á Dios que los votos que venis á ofrecerme,segun costumbre y con vuestra natural benevolen-cia, por el aniversario de nuestra exaltacion, pu-diéramos recibirlos con una alegría correspondien-te á la espresion de vuestros sentimientos hácianos! Porque los males que habian atacado á la igle-sia al principio mismo de nuestro pontificado,no solo no han disminuido en "manera alguna,sino que se han aumentado de dia en dia, hastatal punto, que aun en medio de las felicitacionesy de los parabienes , no sabremos comprimir eldolor que nos abruma.

»Vosotros saheis , para no volver mas atras,cual era el estado de los negocios de la iglesiaen el reino de Portugal, cuando por dos vecesnos hemos lamentado amargamente en medio devosotros de las injurias hechas á la iglesia , y de,los atentados cometidos contra su poder sagradoy contra su libertad. ¡ Cosa deplorable y siem-

(1) Sacada del Journal des Di,bats del miércoles 17 de fe-brero de 1836, que la habla recibido de Roma.

(187)pre indigna de una nacion que se gloria-ba de obedecer á reyes honrados con el títulode fidelísimos Despues de nuestras instancias Yamonestaciones reiteradas , despues de tantaspruebas como hemos dado de suma paciencia,no se ha desistido de empresas vergonzosas contrala iglesia y sus derechos respetables, y no se hareparado el mal hecho al inundo católico conejemplos perversos; antes bien se ha llegado has-ta un punto de indecision , que el cisma funes-to, formado por los cuidados de los enemigos dela religiorí y de la iglesia, está aun atrevida-mente protegido, poniendo por violencia al fren-te de las iglesias hombres cómplices de estasiniquidades uno de los cuales ha llevado su cri-minal atrevimiento hasta el esceso, que fingien-do un poder que no tenia en manera alguna, haprohibido á los fieles, bajo pena de escomunion,la comunicacion con la sede apostólica. Biencdmprendereis como agrava esto el dolor (le queestamos penetrados, y como nos confirma en ddesignio que tiempo ha formamos de remediartantos males, en cuanto de nos pericia , segun eldeber de nuestro cargo apostólico y segun el po-der que hemos recibido de lo alto.

, »Mas no se limitan á esto nuestros motivos

de dolor. Vosotros mismos, venerables herma-nos, que estais llamados á compartir nuestroscuidados, conoceis muy bien que en tanto quedeploramos amargamente estas desgracias, se al-za por otra parte una nueva y triste cansa de

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1

(r SS)lágrimas. Porque ¿quién puede ignorar las cala-midades que han producido en la iglesia de Je-sucristo las turbulencias que dividen tan misera-blemente el reino de España, hasta aqui tandistinguido por su religion y por su respeto áesta santa sede (r)? Habiéndose alli suscitadouna disputa respecto á los derechos al trono,.nos propusimos, segun la práctica establecidapor nuestros predecesores, guardar una conduc-•ta que en nada perjudicase 'á los derechos de ca-da uno (2). Pero movidos al mismo tiempo porel deseo de la paz, y queriendo proveer á lasnecesidades de los fieles de aquel vasto reino,haciendo conocer nuestro plan á los que con-cernia , manifestamos al propio tiempo nues-

(1) En lo que realmente se ha distinguido Espaiía es en en-viar millones á Roma, por bulas, por gracias y por indulgen-cias que se decian concedidas gratis. Asi podíamos comer Caene, gastar peluca los clérigos, y sacar ánima los fieles. 1li

(2) Ni debia ser esta la conducta de un buen padre, ni lo basido de hecho. No debia serlo, porque era lo mas justo y bené-fico declararse en favor de la reina legitima, á quien las leyesllaman y la naylon reconoce. No ha habido de hecho la neutra-lidad de Roma, porque allí se favorece de lleno la causa deltraidor 1). Carlos, y se alimenta la desastrosa guerra civil que'se finge ver con dolor: con-dolor porque el pretendiente norillnfa. bien hubieran querido los romanos seguir la acostum-

brada mónita de sus antepasados, permaneciendo neutrales eala apariencia para chupar de ambos partidos y comer á doscarrillos. Pero se ha descubierto mucho el campo C0n los au-

sinos y proteccion abierta dispensada al prineipe traidor, yesto no debe consentirlo un pueblo libre. Véase la famosa Co-leccian eclesiástica , y se hallará la neutralidad que el papaguardó en la anterior época constitucional , y si respetó la in-dependencia de la naciou espaiiola.

(1 8 9 )ira intencion de conciliar las cosas de mane-ra que las relaciones mtítuas de negocios per-maneciesen de una y otra parte en el pie que te-nían antes.

» Como entretanto no se consentia sino ba-jo condiciones duras, opuestas á nuestro desig-nio, que era el mas justo , supimos que nuestrohermano Luis, arzobispo de Nicea , que habiasucedido á nuestro caro hijo Francisco, carde-nal-obispo de lesi, al punto de partir para sudiór.esi , halda sido admitido como nuncio envia-do por nos y por la sede apostólica , para des-pachar los negocios espirituales, sin entrar encosa alguna política. Pero nuestras intencionesencontraron obstáculos en las condiciones , dife-rentes en la apariencia de las primeras , mas de-masiado semejantes en el fondo, y que llevabantendencia á desviarnos de la línea que nos ha-bíamos prescrito. Resultó (le aqui que la pre-sencia del que habíamos enviado para que nosrepresentase, era del todo intítil en Espafia , yaun podia en adelante volver á servir para lahumillacion de la santa sede y detrimento de lareligion.

»Porque los asuntos de la iglesia cayeron enconfusion , se principió á decretar medidas queviolaban sus derechos, se apoderaron de sus bie-nes, atormentaron á sus ministros y confirma-ron el menosprecio de la autoridad de la sillaapostólica. Tales son las leyes que quitaron engran parte. á los obispos la censura de los libros

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( 1 9 0 )y que permitieron apelar de su sentencia á.untribunal lego; tal fue la comision formada paraproponer Una reforma general de los negocioseclesiásticos; tal la ley que prohibia desde luegola adtnision de novicios en los conventos de re-gulares, que suprimió despues muchos monas-terios, puso sus bienes á disposicion del tesoro,y segun las circunstancias pretendió sustraer los

religiosos de la jurisdiccion de sus superiores, óreducirlos al estado secular. Añadid á esto elalejamiento de los pastores de sus iglesias, la es-pulsion de los curas, una opresion violenta detodo el clero, el desprecio de todos los derechosde inmunidad eclesiástica, y la prohibicion mis-ma de que los obispos confieran libremente lasórdenes sagradas en lo sucesivo (1).

»Estas empresas tan funestas, y que nuncase sentirán lo bastante , se hacían con audacia ála vista del arzobispo de Nicea, sin que le fuesepermitido defender la causa de la iglesia y de lasanta sede con representaciones legítimas. Deaqui nacía una grande ofensa para las personastimoratas , que del silencio del nuncio podiandeducir ó la connivencia , ó al menos la toleran-cia de la silla apostólica.

»Como repugnaba á la santidad de nuestro

(1) Todos los decretos y alisposiciones del gobierno espatiolestan dentro de sus facultades, y en nada debe tener lugar laautoridad del príncipe romano, ni la de la curia. La iglesia es-imítala ha vivido siempre protegida por sus monarcas, y ellossin contradiccion han arreglado cuanto concierne á la discipli-na esteros.

( 9 1)ministerio soportar por mas tiempo esta hutni-Ilacion de la autoridad eclesiástica, hemos creidodeber ordenar al mismo venerable hermano quesaliese de España, lo que se ha ejecutado hacealgunos meses. Al mismo tiempo, cumpliendonuestro deber, segun la gravedad del caso, nohemos dudado en dirigir reiteradas reclamacio-nes contra las injurias hechas á la iglesia y á lacátedra de Pedro, y en quejamos á aquellos dequienes se poda esperar la reparacion del

»Sin embargo (lo decimos con dolor y ánuestro pesar), los ecos y las quejas de la vozapostólica nada han conseguido. Esta es la razon•por que hemos aprovechado la ocasjon de vuestrarenion en este día, y hemos creido deberos par-ticipar todo lo que ha pasado, á lin de que cadauno vea bien que mis reprobamos soberanamen-te y miramos como enteramente nulos y sin fuer-'za los decretos susodichos (i), dados con tantodesprecio del poder eclesiástico y de la santa se-de, y con tan grave detrimento de la religion.Os exhortamos, pues, en la conmemoracion so-lenme . de este día en que la virgen madre deDios entró en' el templo para presenta,- al pa-dre celestial su hijo único, el angel del testa-mento, el rey pacífico esperado tan largo fiem-

(t) Poco importa que su Beatitud suponga que son ,idosy sin valor, mientras la nacion espatiola los respete, los ben-diga y los haya reclamado con ansia. Persuádase, Roma de quesu reino no es de este inundo, y no hable de bienes terrena-les, de haciendas de los monjes, ni de dinerO. Ya pase el tiem-po del sibil h«bentes , et mala posidenk,,,

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(z 9 2 )

po en la tierra; os exhortamos á todos los quecompartís aqui nuestro dolor, á que os acerqu.eissuplicando á esta virgen santa, é implorando connos en comunes oraciones su socorro en la afile-cion de la i glesia , á fin de que por ella, á quienpertenece destruir todas las heregías, las discordiasse apaguen, las turbulencias cesen , el reposo yla tranquilidad renazcan, y que la hija de Siondeje su. duelo, se despoje de sus lutos, y tomelos vestidos de gala (1)."

Voto de confianza pedido por el ministr a

Atendí zabal.

"Excmo. Sr. = S. M. la reina Gobernadorase ha servido dirigirme con fecha de ayer el realdecreto siguiente:

» Para que al espirar este año puedan recau-darse legalmente las contribuciones públicas sinmenoscabo ni entorpecimiento en las gravesatenciones del servicio personal , y tomando enconsideracion que las circunstancias estraordi-narias en que se halla la nacion no han permi-tido á mi gobierno la formacion detenida de lospresupuestos de ingresos y gastos , ni ocuparsede los arreglos convenientes en la administracion

(1) ,psi sea, cómo lo deseamos todos los buenos espaiSoles, pa-ra bien nuestro y de la verdadera religion, que predicó el Sal-vador entre la pobreza , y que cstendieron sus pobrísimos dis-

cip tdos los apóstoles, sin llevar una blanca á cristiano alguno.

(93de la hacienda pública,

1 par

)a proponer á las córtes

los medios de cubir todos los gastos ordinarios yestraordinarios del estado; vengo, en nombre demi augusta hija la reina Doila.lsa bel II, en au-torizar á mis secretarios del despacho, para quepropongan á las córtes un proyecto de ley pi-diendo un voto de confianza del modo y en lostérminos que hallen mas conveniente. Tendréis-lo entendido &c.=_. Está rubricado de la realmano.= Y lo traslado á V. E. de real orden pa-ra su inteligencia, la del Estamento que tan dig-naménte preside y efectos oportunos. Dios gua:‘--de á V. E. muchos años. Palacio 21 de diciem-bre de 835.= -Man Alvarez y Mendizahal.=&fi« presidente del estamento de señores pro-curadores del reino."

Los ministros de S. M. á consecuencia dela autorizacion 'que les habia sido•conferida porel anterior real decreto presentaron á las córtesel mismo dia 21 el siguiente

"Proyecto de ley.--Artículo I.° Se autorizaal gobierno de S. M. para que pueda continuarrecaudando en el año próximo de 1836 las ren-tas, contribuciones é impuestos señalados en laley de 26 de mayo último, y para que, sin al-terar los tipos esenciales de ellas, pueda hacer,por via de ensayo, las variaciones que estimeconvenientes en el sistema de administrar/as yexigirlas , con el objeto de aumentar sus valo-res y disminuir en lo posible las trabas y per-juicios que cansan á los contribuyentes y al trá-

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(194)fico ; aplicando sus productos á los gastos del es-tado , sujetándose en los ordinarios á las parti-das previstas y cspresadas en la misma ley depresupuestos para 1835 , y pudiendo disminuirdichos gastos, pero no aumentarlos.

» Art. 2.° Se autoriza igualmente al gobier-no de S.M. para que pueda proporcionarse cuan-tos recursos y medios sean necesarios á la •.om-pleta asistencia de la fuerza armada y al logrodel alto objeto de poner un breve término á laguerra interior, pero sin poder buscar ni tomarestos medios en nuevos empréstitos , ni en la dis-traccion de los bienes del estado que estan desti-nados ó en adelante se destinen á la consolida-cion y amortizacion de la deuda pública, antesbien procurará asegurar y mejorar la suerte detodos los acreedores de la nacion.

»Art. 3.° El gobierno presentará los pre-supuestos del ario de 1836 , y dará cuenta á lascórtes en la primera legislatura inmediata deluso-que hubiere hecho de estas facultades estra-ordinarias. Madrid 21 de-diciembre de 1835.=Juan Aleares y lilendizabal.=.111artin de losHeros.=Alearo Gomez."

Pasó este proyecto á una comisión especialcompuesta de los señores Ferrer , Gargollo, Car-rasco, Aguirre Solarte, Ortiz de Velasco, Lla-no Cliavarri, Crespo de Tejada, Sanjust , yCalderon Collantes , la cual dió su informe en23 de diciembre sin mas diferencia que dividirlos tres en cuatro artículos ; y hacer algunas otras

(1 95) •.mejoras en la redaccion. Discutióse este puntocon el mayor empero en las sesiones del3o y 31 de diciembre y en las del 2 y 3. deenero de 1836 , y fueron aprobados los- cuatroartículos como los proponía la comisión , des-estimándose cocho adiciones que se hicieron, cua-tro por el señor Perpifiá, dos por el señor Gal-wey, una por el señor Sampouts y Otra por elsefior Jalon. Despues de debatas asimismo reñi-dos se aprobó el proyecto en el estamento depróceres, y en 18 de enero de 1836 se publicócomo ley sancionada por S. M.

Mucho se habló en las córtes por los adver-sarios del gabinete sobre este voto de confianza;infinitos ataques recibió de la prensa, y fue porlargo tiempo objeto de las conversaciones y delos cálculos de cuantos discurren. Quien juzgabaver en él un enigma dificil, y echándose á soñartemores ó esperanzas, daba una importancia es-traordinaria al proyecto., preñado para al de con-secuencias incalculables. Otros suponían que erala obra de un charlatán cubiletero, que no habiade servir sino para llamar la atencion y encubriragios y embrollos mayores. El tiempo vino ádesengañarlos á todos, y á confirmar que el votode confianza no era otra cosa que el voto mismo.La reina gobernadora autoriza á sus ministrospara que pidan á las cortes cuanto quieran sinrestriccion; las cortes, aunque con limitaciones,dan el voto de confianza mas amplio y ciego quese dió jamas á ministros: he aqui el misterio.

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( 196 )Que la nacion, que la Europa viese á un gabine-te revestido de la ilimitada confianza de la reina,y del mas franco apoyo de los representantes delpueblo, para que asi le obedeciesen, le respeta-sen, le prestasen crédito, le mirasen como bené-fico y entendido. Ni creemos que fue mas que estoel voto, ni lo fue por los hechos. La condicionsine gua non que puso el ministro Mendizabal deque habia de haber en el reino orden y union pa-ra (pie su plan surtiera efecto, prueba bien queel tal plan nada era, piles exigia por adelantadotodo cuanto se pedia esperar como efecto, ó pediamas bien un imposible. Algunos, ó mas sublimesque nosotros ó mas sencillos creyentes, pensariandel voto de confianza de otra manera; nosotrosnunca vimos al li sino un medio de ganar fuerzamoral, que se la dió mientras duró el ensalmo,pero que debia desaparecer Con las ilusiones dela fantasía, siguiendo como siguió la guerra civily los males públicos.

Despacho del ministro Isturiz d nuestroembajador en París (1).

'Por mi carta de ayer, los papeles públicos,y demas medios de comunicacion, habrá vistoV. E. que han ocurrido sucesos muy lamenta-

(1) Tomado del Morning-Cronide de 18 de mayo de esteaño, y cual le han insertado los periódicos espaíioles, sin quesea desmentido.

( )

Mes por sus consecuencias en algunas provinciasde la monarquía, cuyo bienestar se halla de es-te modo amenazado. La constitucion de 1812 esel estandarte bajo el cual una faccion anárquicaespera llevar á cabo nuevas miras de desórdeny pillage, y quedar impune de otros escesos pasa-dos. Reducida á la desesperacion por no haberpodido obtener la mayoría en las últimas eleccio-nes, á fin de dar la apariencia de legalidad á laprosecucion de sus fines, esta faccion ha recurri-do al cabo á una sedicion declarada, que habiaorganizado anteriormente en sus sociedades. Elgobierno de S. M. conoce su objeto, y ve el abis-mo de desgracias que se abre de este modo: perono puede proceder contra él, por carecer de losmedios necesarios, no teniendo á su disposicionmas fuerza que la de la persuasion y el buen con-sejo, que solo producen la burla de aquellos des-leales. La marcha de las sociedades secretas, lapusilanimidad de algunas autoridades constitui-das, la connivencia' de otras, unida á la simpa-tía de un sentimiento de tendencia , perniciosapor parte de los guardias nacionales de las prin-cipales poblaciones, la indiferencia de los bienintencionados y la penuria del tesoro, resultadode las locuras y errores de la pasada administra-don, todo conspira en favor de los proyectos delos enemigos del trono y de la legitimidad, queaunque tic:. nen diferentes' fines, unen sus esfuer-zos para derribarle, y lo paralizan todo comopor una especie de contagio moral, facil de ojal-

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(1 9 8 )prender, atendiendo á las causas indicadas.

Las provincias, una tras otra, se separan dela obediencia de S. M., y el gobierno se encon-trará en breve reducido á los límites de la capi-tal, donde su existencia no podrá ser de largaduracion,. aun suponiendo que consiga hacerserespetar, corno lo hizo al reprimir la tentativade 3 del corriente.

Al presentar á V. E. esta deplorable pintu-ra de los inminentes peligros que ya llegan á lospies del trono, es de la mayor importancia queprocure Y. E. hacer conocer á S. M. el rey de]os franceses, la imposibilidad de mantener sinmengua la autoridad real de doña Isabel II, sinun pronto y eficaz ausilio del ejército francos, encualquier número y bajo cualesquiera condicio-nes que M. tenga á bien determinar, con talque sea suficiente para poner al gobierno de S. M.en el caso de poder retirar del norte las fuerzasnecesarias para castigar á los rebeldes del medio-dia, donde principalmente se han concentrado,y donde S. M. está cierta que no seria dificilapagar una llama encendida por un ni-linero in-significante de individuos, sumamente desprecia-dos en la opinion pública, y mirados con horrorpor una mayoría que coadyuvará con placer ánuestros esfuerzos, siempre que las bayonetasleales disipen los temores que ahora tienen delpuñal de los anarquistas.

Si á pesar de todo, S. N. el rey de los fran-ceses tupiese alguna razon que se haya ocultado

(' 99 )á la penetracion del gobierno de S. M. la reina,y que le impidiese enviar este ansilio para soste-ner el trono de S. M. y cumplir con el tratadode la cuadruple alianza, asi como con las rela-ciones de consanguinidad y union política que yaexisten entre ambos soberanos, en tal caso S. M.la reina regente desea que V. E. solicite una res-puesta espresa y categórica á la cuestion siguien-te: Si despues de negar este auxilio que se pide,S. M. (como puede llegar á suceder), para sal-var los derechos de su áugusta hija, haciéndose.una violencia moral, y aun á costa de su digni-dad personal, se viese en el caso de reconocerlaconstitucion de 1812, por consejo de otros mi-nistros ¿no creeria M. el rey de los franceses,que este reconocimiento le libraba de todas lasobligaciones que le impone el citado tratado dela cuadruple alianza? -

Tale.s son los deseos de S. M. la reina gober-nadora, quien teniendo la mayor confianza en lalealtad. y celo de Y. E. ha tenido á bien encar-garle su ejecucion con el menor retraso que seaposible, en atencion á los peligros de que se verodeada, y qué amenazan á la par á la felicidaddel pueblo y de su hija, y aun á la misma au-gusta persona de la reina doña Isabel II.=l%]a-drid 5 de agosto de 1836.=-Juoier Isturtz."

Page 148: Cortes Estatuto

Id.4

Id.1115

182423

Id.555662

X.XVIII.XXIX.

XXXIV.Id.

XLIV.XLVII.

LII.LVII. •LIX.

LXV.LXVI.LXX,

LXXILLXXV.

LXXIX.LXXX1I,

1

(zoo)

ÍNDICE.

INTRODUCCIONEstatuto Real Ministerios Córtes

Diputados por clases, nota..........

Guerra civil ............Fuerza del ejército nacional, nota. • • •

Frailes ..... ...Lista de los asesinados en Madrid, nota.

Milicia ciudadanaFuerza de esta milicia, nota

Política esterior Hacienda pública

Pensiones notables, notaImprenta periódica •

Periódicos espadoles, nota ...Espiritu público ....

Fuerzas de la facciou, nota.. .. Espada futura •

...

APÉNDICE de documentos y notas

Núm. 1.° Periodos de las legislaturas y mesas de ambos

Estamentos • • • • • •Núm. 2.° Procuradores y próceres

Listas de los procuradores de la Lf• legislatura Id. id. de la 2.' legislaturaId. id. de la 3.1 legislatura Lista de los diputados de la primera eleccion

directa en julio de 1836 .Lista de los ilustres próceres del reino

Núm. 3.0 Peticiones al trono Peticiones de los procuradores en la 1. a legis-

latura . . .Resumen de las 56 presentadas... Peticiones en la 2. 1 y 3.a legislatura Peticiones de los próceres... ..

(2 O I)Petieion de 30 procuradores de que no se dió

cuenta.

... 63Núm. 4.0 Votaciones nominales... ... • 71, Estado de las 78 de . la 1. a legislatura de pro-curadores. ....

Id. de las 12 de la 2. a de id Id. de las 13 de la 3. 1 de id... .. Votaciones nominales de los próceres

Núm. 5.° Proposiciones é interpelaciones Nota de las que búho en ambos cuerpos

Núm. 6.0 Sesiones secretas. Núm. 7.° Espulsion del procer Burgos Núm. 8.0 El 18 de enero de 1835 en la casa de Correos

de Madrid . 99Esposicion de los individuos del regimiento deAragon al presidente del estamento de pro-curadores

Núm. 9.° Escena del 11 de mayo de 1835 en procura-dores ...........Artieulos remitidos al Eco y á la Revista—.

Núm. 10. Sucesos del 15 de agosto de 1835 en Madrid..Esposicion de la Milicia Urbana á S. M Orden del- superintendente de policia Otra del presidente del consejo de ministros Parte del conserje del estamento de procura-

do•es 121Ordenes del ministro del Interior á que se re-

fiere Oficios de los Seúores Isturiz y Caballero al mi-

nisterio y respuesta de la policía. . 126Ntim. 11. La madre de Cabrera 129

Carta del general Mina á sus amigos.. ... • 131Comunica•ion oficial del mismo 134

Núm. 12. Eleceion directa en Espada 136Resultado estadístico de la celebrada en julio

de 1836 149Núm. 13. Ministros y ministerios 159

Lista de los ministros desde el Estatuto acá 160Proyectos de ley presentados á las córtes por

el ministerio Martinez de la Rosa. 163Estipulaeion de Lord Ellioi. 170Respuesta del gabinete ingles al ea-obispo

Abarca 173

pág. ... •

• • • •

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101

104107110111115116

124

Page 149: Cortes Estatuto

(2 02)Vindicacion del Sr. Orense sobre csplicaciones

del Sr. Martinez de la Roca. 174Notas y datos sobre la censura previa 1Z5Respuesta ahconde de Torno en nombre del

ex-infante D. Sebastian. . 180Circular dirigida por Mendizabal á los procu-

radores á córtes . 181Alocucion del papa sobre asuntos de. Espata.. 186Voto de confianza pedirlo por Mendizabal.... 102Despacho del ministro Isturiz á nuestro em-

bajador en Paris .. 106

Erratas.

Página 7 6 , votacion ndm. 48 , dice queaprobaron 633 y desaprobaron 3 , debiendo de-cir aprobaron 63, desaprobaron 33.

Página Lxxxvin, línea Li dice conservansu lugar, léase su lengua.