CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - … · quince días a la Procuraduría General de la República, al...

36
La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 20 de agosto del 2015 Nº 162 36 Páginas AÑO CXXI CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PRIMERA Al señor Juan Jorge Hoffmann, de domicilio ignorado, se hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por Mirley Enid Vargas Sibaja, contra él, para obtener el exequátur de una a la escritura de divorcio emitida por la Corte Superior de California, Condado de Santa Bárbara, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar una curadora para que lo represente. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “NUE: 14-000137-0004-FA, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las catorce horas cinco minutos del trece de julio de dos mil quince. Por comprobado que se efectuó el depósito de los honorarios del curador, Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, cuanto por éste aceptado y jurado el cargo, e indicada la dirección de correo electrónica que indica para atender futuras notificaciones, de la cual se toma nota. En consecuencia, acerca de la solicitud que formula la señora Myrley Enid Vargas Sibaja, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días al señor Juan Jorge Hoffmann, a quien se le previene que en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, o por cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger entre ellos únicamente dos medios, con indicación de cuál de ellos se utilizará como principal. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención del citado curador, a quien se le conferirle audiencia por el plazo de tres días a los efectos de que se pronuncie sobre la procedencia de la solicitud. Notifíquesele y para tal efecto aporte la promovente un juego de copias de las piezas que conforman el expediente. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese al señor Hoffmann la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Presidente.” San José, 13 de julio de 2015 Welesley Henry Martínez Notificador 1 vez.—Exonerado.—(IN2015047564). Al señor Gilberto Enrique Casanova Guillén, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por la señora Alexandra Jiménez Quirós, contra él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio dictada por el Juzgado Segundo de Familia de San Salvador, República de El Salvador. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “NUE: 14- 000236-0004-FA, RES: 000720-E-S1-15, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las diez horas treinta y seis minutos del dieciocho de junio de dos mil quince. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por Alexandra Jiménez Quirós, empresaria, con cédula N° 1-0420-0123, y vecina de San Rafael de Escazú, contra Gilberto Enrique Casanova Guillén, de nacionalidades panameño y salvadoreño por naturalización, con pasaporte de El Salvador N° 1333935, ingeniero agrónomo y de vecindario ignorado. Figura la Licda. Yanina Jiménez Ugalde, soltera, abogada, vecina de San José, en calidad de curadora del demandado. Todos son mayores de edad, y con la excepción dicha, divorciado. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... 4º—... Considerando I.—... II.—... III.—... IV.—... Por tanto. Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio dictada a las 15 horas del 17 de octubre de 2011, por el Juzgado Segundo de Familia de San Salvador, República de El Salvador. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutorias de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil, y en el Registro Público de la Propiedad de Vehículos, lo pertinente y se reinscriba, si fuera necesario, el referido bien en la forma indicada. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. (f) Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, Rocío Rojas Morales, Jorge Isaac Solano Aguilar, Jorge Alberto López González”. San José, 18 de junio del 2015 Welesley Henry Martínez Notificador 1 vez.—Exonerado.—(IN2015047566). SALA CONSTITUCIONAL ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad. A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: TERCERA PUBLICACIÓN Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el N° 12-006522-0007-CO promovida por Mayra Marlene Zamora Alvarado contra el artículo 92 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, por estimarlo contrario al artículo 39 de la Constitución Política y al principio de razonabilidad y proporcionalidad, se ha dictado el voto N° 2015-010498 de las nueve horas y cuarenta y tres minutos del quince de julio del dos mil quince, que literalmente dice: “Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad. El Magistrado Cruz Castro pone nota. La Magistrada Hernández López da razones adicionales”. San José, 16 de julio del 2015. Gerardo Madriz Piedra, Exonerado.—(IN2015045551) Secretario

Transcript of CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - … · quince días a la Procuraduría General de la República, al...

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 20 de agosto del 2015 Nº 162 — 36 PáginasAÑO CXXI

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PRIMERAAl señor Juan Jorge Hoffmann, de domicilio ignorado, se

hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por Mirley Enid Vargas Sibaja, contra él, para obtener el exequátur de una a la escritura de divorcio emitida por la Corte Superior de California, Condado de Santa Bárbara, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar una curadora para que lo represente. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “NUE: 14-000137-0004-FA, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las catorce horas cinco minutos del trece de julio de dos mil quince. Por comprobado que se efectuó el depósito de los honorarios del curador, Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, cuanto por éste aceptado y jurado el cargo, e indicada la dirección de correo electrónica que indica para atender futuras notificaciones, de la cual se toma nota. En consecuencia, acerca de la solicitud que formula la señora Myrley Enid Vargas Sibaja, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días al señor Juan Jorge Hoffmann, a quien se le previene que en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, o por cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger entre ellos únicamente dos medios, con indicación de cuál de ellos se utilizará como principal. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención del citado curador, a quien se le conferirle audiencia por el plazo de tres días a los efectos de que se pronuncie sobre la procedencia de la solicitud. Notifíquesele y para tal efecto aporte la promovente un juego de copias de las piezas que conforman el expediente. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese al señor Hoffmann la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Presidente.”

San José, 13 de julio de 2015 Welesley Henry Martínez Notificador1 vez.—Exonerado.—(IN2015047564).

Al señor Gilberto Enrique Casanova Guillén, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por la señora Alexandra Jiménez Quirós, contra él, para

obtener la homologación de una sentencia de divorcio dictada por el Juzgado Segundo de Familia de San Salvador, República de El Salvador. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “NUE: 14-000236-0004-FA, RES: 000720-E-S1-15, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las diez horas treinta y seis minutos del dieciocho de junio de dos mil quince. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por Alexandra Jiménez Quirós, empresaria, con cédula N° 1-0420-0123, y vecina de San Rafael de Escazú, contra Gilberto Enrique Casanova Guillén, de nacionalidades panameño y salvadoreño por naturalización, con pasaporte de El Salvador N° 1333935, ingeniero agrónomo y de vecindario ignorado. Figura la Licda. Yanina Jiménez Ugalde, soltera, abogada, vecina de San José, en calidad de curadora del demandado. Todos son mayores de edad, y con la excepción dicha, divorciado. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... 4º—... Considerando I.—... II.—... III.—... IV.—... Por tanto. Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio dictada a las 15 horas del 17 de octubre de 2011, por el Juzgado Segundo de Familia de San Salvador, República de El Salvador. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutorias de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil, y en el Registro Público de la Propiedad de Vehículos, lo pertinente y se reinscriba, si fuera necesario, el referido bien en la forma indicada. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. (f) Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, Rocío Rojas Morales, Jorge Isaac Solano Aguilar, Jorge Alberto López González”.

San José, 18 de junio del 2015 Welesley Henry Martínez Notificador1 vez.—Exonerado.—(IN2015047566).

SALA CONSTITUCIONALASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADESDE LA REPÚBLICA

HACE SABER:TERCERA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el N° 12-006522-0007-CO promovida por Mayra Marlene Zamora Alvarado contra el artículo 92 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, por estimarlo contrario al artículo 39 de la Constitución Política y al principio de razonabilidad y proporcionalidad, se ha dictado el voto N° 2015-010498 de las nueve horas y cuarenta y tres minutos del quince de julio del dos mil quince, que literalmente dice:

“Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad. El Magistrado Cruz Castro pone nota. La Magistrada Hernández López da razones adicionales”.San José, 16 de julio del 2015.

Gerardo Madriz Piedra,Exonerado.—(IN2015045551) Secretario

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

PRIMERA PUBLICACIÓNDe acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de La

Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 15-008130- 0007-CO que promueve Manuel Enrique Ramírez Guier, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala constitucional de la corte suprema de justicia. San José, a las quince horas y un minuto del tres de julio del dos mil quince. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Manuel Enrique Ramírez Guier, para que se declaren inconstitucionales los artículos 13 y 14 del Decreto Ejecutivo Nº 38681-MAG-MINAE del 9 de octubre del 2014, “Ordenamiento para el aprovechamiento de atún y especies afines en la zona económica exclusiva del océano pacífico costarricense”, por estimarlos contrarios a los artículos 6 7, 21, 50, 89 y 121 inciso 14) de la constitución, el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la declaración de Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo, el Convenio sobre Diversidad Biológica (artículo 8) y el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, así como a los principios establecidos en la sentencia de esta sala Nº 2013-10540. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al presidente ejecutivo del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, al Ministro de Agricultura y Ganadería y al Ministro del Ambiente y Energía. Las normas se impugnan debido a que establecen excepciones a las reglas protectoras del recurso atunero e implican entregar, sin restricciones, ese recurso a la industria pesquera. Lo anterior, a pesar de que el Decreto ejecutivo Nº 38681-MAG-MINAE del 9 de octubre de 2014, que contiene las disposiciones impugnadas, se encamina a la protección y manejo sostenible del atún, mediante la correcta transversalización del derecho pesquero en el derecho ambiental y respetando parámetros de desarrollo sostenible. Pide tomar en consideración que el mar es un bien del estado, de dominio público, tal y como lo establecen los artículos 6 y 121 inciso 14) de la constitución, el convenio de las naciones unidas sobre el derecho del mar, la Ley de Aguas, el artículo 4 del Código de Minería y la Jurisprudencia de la Sala Constitucional. El Decreto realiza un ordenamiento de la zona económica exclusiva de Costa Rica y crea cuatro polígonos, dentro de los cuales se prohíbe la pesca de atún con redes de cerco: a) Un polígono costero que parte de las 12 millas náuticas y hasta las 40 millas náuticas, a partir y a lo largo de la costa del Océano Pacífico Costarricense; b) Un polígono de amortiguamiento de 5 millas náuticas a partir de las 40 millas náuticas, como espacio de transición y contención frente al impacto directo de la pesca con mayor capacidad tecnológica; c) Un polígono oceánico, comprendido en el área desde la intersección del paralelo 7º norte con el límite este de la zona económica exclusiva de Costa Rica y, desde ahí, con rumbo oeste sobre el paralelo 7º norte hasta su intersección con el meridiano 88º oeste y, desde ahí, siguiendo sobre el meridiano 88º oeste, con rumbo sur, hasta su intersección con el paralelo 5º norte y, desde ahí, con rumbo este siguiendo el paralelo 5º norte hasta intersectar el límite este de la zona económica exclusiva de Costa Rica; y d) Un polígono especial desde el paralelo 4º norte hasta el límite sur de la zona económica exclusiva costarricense, en donde se establecen regulaciones para el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros del área. En los polígonos a) y b) se permite la pesca comercial de mediana y avanzada escala, la pesca turística y deportiva, así como la pesca semiindustrial; en el c) se permite la pesca comercial avanzada, la pesca de atún con caña, curricán y cuerda de mano; y en el d) la pesca comercial avanzada y la pesca de atún con caña, curricán y cuerda de mano. Se busca que las flotas pesqueras operen en armonía y la explotación racional del recurso. Sin embargo, el artículo 13 impugnado autoriza a la junta directiva del INCOPESCA a otorgar, excepcionalmente, una autorización de pesca a embarcaciones atuneras con red de cerco para ingresar a los polígonos restringidos, con el objeto de satisfacer el volumen faltante de atún capturado en aguas nacionales, necesario para la operación de la Industria Atunera Nacional. El faltante se demuestra por medio de una simple declaración jurada. Por su parte, el artículo 14 del Decreto Nº 38681-MAG-MINAE del 9 de octubre del 2014, se refiere al otorgamiento de licencias de pesca de atún con red de cerco de bandera extranjera, permitiendo la concesión de licencias a las embarcaciones que descarguen la totalidad de sus capturas para

satisfacer la demanda de atún capturado en aguas nacionales para ser utilizado como materia por la Industria Atunera Procesadora Nacional, tanto esta norma, como el artículo 13, se refieren a un solo supuesto de desabasto de materia prima de origen nacional para la Industria Atunera Nacional. Ambas disposiciones implican levantar la prohibición de ingreso de naves de pesca de atún con red de cerco en los polígonos. En consecuencia, entran en conflicto el interés de protección del recurso con el de abastecimiento de la Industria Atunera Nacional. Con ello se echa marcha atrás a los esfuerzos de equilibrar la pesca con cerco y la pesca con palangre, así como de recuperación de los recursos marinos en las zonas de exclusión del primer método de pesca indicado. Según un estudio de 2013 de la Federación Costarricense de Pesca (FECOP), basado en datos de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), anualmente se pescan, en promedio, 22376 toneladas métricas de atún en la zona económica exclusiva del pacífico de Costa Rica. De ellas, solamente se desembarcan en el país 12956 toneladas métricas para la industria nacional. Asimismo, por disposición de la 69º reunión de la CIAT, Costa Rica tiene derecho a una cuota de capacidad de pesca de red de cerco en aguas del océano pacífico oriental de 9364 toneladas métricas. Considera el accionante que es innecesario regular una autorización extraordinaria de la entrada de la flota nacional de pesca con cerco a los polígonos restringidos, si el eventual faltante de atún en las plantas procesadoras nacionales podría ser suplido por la flota internacional. El Decreto distribuye la zona económica exclusiva de forma que un 40% queda dentro de los polígonos de exclusión de barcos pesqueros y el 60% mantiene las condiciones anteriores de pesca libre. Por ser el atún un recurso migratorio y mayor la capacidad de la flota pesquera, es poca la competencia de la flota nacional palangrera fuera del área de los polígonos. Prever las excepciones de los artículos 13 y 14 contraviene el principio de no regresión en materia ambiental, así como los principios precautorio y preventivo de la misma materia. Para poder permitir el ingreso de flotas pesqueras en las zonas protegidas debería, al menos, exigirse la presentación de estudios científicos del estado de los recursos, de acuerdo con lo estipulado en la sentencia Nº 2014-18836 de la sala. De igual forma, debería comprobarse que las flotas atuneras con redes de cerco hicieron un esfuerzo exhaustivo para obtener el recurso pesquero fuera de los polígonos -que, de todas formas y como ya se explicó, comprende más del 60% de la zona económica exclusiva. Sugiere, asimismo, procurar el abastecimiento nacional con producto internacional, como se hace con otros bienes. La actividad pesquera y acuícola no puede ser disociada del engranaje ambiental. Al ser el mar un bien demanial, las aguas y los recursos pesqueros requieren la aplicación de medidas ambientales, como sería el ordenamiento de las actividades que ahí se desarrollan. Advierte que existe un grave conflicto entre la flota pesquera atunera y la flota palangrera, con motivo de la productividad de los atuneros con redes de cerco y porque es imposible que compartan espacios de pesca, pues las flotas palangreras quedan atrapadas en las redes de las pesqueras. La pesca sobre palangre es más selectiva, mientras que con redes de cerco es arrasadora. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación accionante proviene de intereses difusos vinculados a los recursos marinos como elementos de la biodiversidad y la protección del derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 3

figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la ley de jurisdicción constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese.

San José, 20 de julio del 2015.Gilbert Armijo Sancho,

Exento.—(IN2015046561) Presidente.

TRIBUNALES DE TRABAJO

CausahabientesA los causahabientes de quién en vida se llamó Manuel Rivera

Castillo, quien fue mayor, vecino de Paraíso de Cartago, portador de la cédula de identidad N° 3-437- 775, se les hace saber que: María Gabriela Castillo Barboza, cédula de identidad 1-595-408, vecina de Caballo Blanco de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido Manuel Rivera Castillo, expediente número 15-000016-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 20 de julio del año 2015.—Lic. Susana Campos Cabezas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015045478).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Abelardo Centeno Espinoza, fallecido el 29 de abril del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones del sector privado bajo el número 15-000018-1099-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000018-1099-LA. Por a favor de Marjorie Campos Rodríguez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Golfito, 10 de junio del 2015.—Lic. Erling Sánchez Arce, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047237).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Mario Hernán Montero Rodríguez, quien fue mayor de edad, soltero, agente de ventas, cédula de identidad número 1-683-069, vecino de Grecia, Urbanización La Guaria, segunda entrada casa E-45, con cédula de identidad número 1-683-069, se les hace saber que: , portador(a) de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-683-069, vecino(a) de Grecia, Urbanización La Guaria, segunda entrada casa E-45, se apersonó en este Despacho en calidad de Madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Mario Hernán Montero Rodríguez, expediente N° 15-000130-1113-LA.—Juzgado de Trabajo de Grecia, 17 de julio del año 2015.—M.sc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2015047240).

Por el plazo de ocho días, se emplaza a los causahabientes del trabajador Edgar Orlando Arias Loría, quien fuera mayor, casado, perforador de pozos de agua, petróleo gas, vecino de Libano de Tilarán, con cédula de identidad número cinco-cero ciento treinta y seis-cero trescientos ochenta y siete, hijo de Alfredo Arias Herrera y Celina Loría Arias, para que dentro de dicho término se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de los aportes del fondo de capitalización laboral del trabajador fallecido, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien corresponda, de conformidad con el Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente número 15-300020-0404-LA. Publíquese en el Boletín Judicial, en el Boletín Judicial, exento de pago en aplicación al principio de gratuidad.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, 09 de julio del 2015.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047250).

Se hace saber: Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Luis Wady Muñoz Marín, cédula 1-713-063, quien falleció el diecisiete de setiembre del dos mil catorce, quien era mayor, soltero, guarda de seguridad, vecino de San Sebastián, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2015-300024-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese el Edicto de Ley una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 17 de julio del 2015.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047251).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Trinidad Carmen Estrada Rojas, quien fue mayor, divorciado, guarda de seguridad, y falleció el 25 de junio del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 15-000145-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000145-1127-LA. Proceso promovido por Marisol Barroso Cubillo a favor de Marisol Barroso Cubillo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de julio del 2015.—Lic. Oscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047774).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ángel Tobías Ramos Brenes, mayor, divorciado, dependiente, cédula 2-296-343, fallecido el 04 de mayo del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devolución de ahorro obligatorio sector privado bajo el número 15-000217-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000217-0639-LA. Por el fallecimiento de Ángel Tobías Ramos Brenes, promovidas por Cinthya Patricia Ramos Rodríguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de julio del 2015.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047776).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Belén Chaves Vega, cédula 2-307-513, mayor, soltera, vecina de San Rafael de Poás de Alajuela, fallecida el 16 de abril del dos mil quince, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 15-000533-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000533-1022-LA. Belén Chaves Vega a favor de Cristian Alonso Chaves Vega.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1 de julio del 2015.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047789).

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jose Maikol Mayorga Calero, quien fue mayor, soltero, operario, portó la cédula 2-590-252, vecino de Alajuela, Desamparados, Los Targuases, frente a la pulpería La Pequeñita, casa color azul de dos plantas y fallecido el dieciocho de enero de dos mil quince, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 15-000538-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000538-1022-LA. Por el fallecimiento de Jose Maikol Mayorga Calero a favor de Karen María Campos Soto.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de julio del 2015.—Licda. Jessica Céspedes Argüello, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047790).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Alvarado Araya, quien fue mayor, casado, operario, cédula 2-310-452, fallecido el 30 de mayo del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 15-000569-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000569-1022-LA. Por el fallecimiento de Miguel Ángel Alvarado Araya a favor de Olga Adilia de San Gerardo Rodríguez Sánchez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de julio del 2015.—Licda. Iriabel Monge Vargas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047792).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la Devolución de Ahorros de Pensiones Complementarias en Banco de Costa Rica del trabajador fallecido Luis Gerardo Gutiérrez Gutiérrez, quien poseía el cédula de identidad número (6-0181-0438), se consideren con derecho a las mismas para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el N° 15-300006-0443-LA-0 a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aguirre, Quepos, trece de febrero de dos mil quince.—Lic. Antonio Céspedes Ortiz, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047805).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la Devolución de Ahorros de Pensiones Complementarias en Banco Popular y Banco Nacional, de la trabajadora fallecida Gioconda Soza Aldana, quien poseía la cédula de identidad número uno-cinco cinco ocho uno siete-cuatro siete cero nueve dos cero (155817470920), se consideren con derecho a las mismas para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el N° 15-300047-0443-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aguirre, veinte de mayo de dos mil quince.—Licda. Hazel Murillo Parajón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047807).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Luany Marieta Rivera Araya, quien fue mayor, casado, pensionada, portador de la cédula de identidad número 01-878-0676 y falleció el seis de junio de dos mil quince. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren el dinero que por este concepto se obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 15-300090-0895-LA de Luany Marieta Rivera Araya.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 15 de julio de 2015.—Lic. Danny Gutiérrez Gómez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047808).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Ronald Ricardo Valverde Guillén, quien fue mayor, casado, Geólogo e Ingeniero Forestal, costarricense, vecino de Heredia, Urbanización La Esperanza, detrás de la antigua Fosforera, casa N° 1, segunda etapa, con cédula de identidad número 01-0505-0676, se les hace saber que Maritza del Carmen Méndez Vargas, portadora de la cédula de identidad número 06-0149-0790, vecina de la misma dirección, se apersonó en este despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Ronald Ricardo Valverde Guillen. Expediente N° 15-000352-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de julio del 2015.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047841).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Laura María Pérez Echeverría, quien fue vecina de San Pedro de Montes de Oca, con cédula de identidad número 01-0416-0019, se les hace saber que Álvaro Eduardo Montero Mejía, portador de la cédula de identidad número 01-0295-0388, vecino de Montes de Oca San Pedro, San José se apersonó en este Despacho en calidad de esposo supérstite de la fallecida a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 15-000370-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de junio del 2015.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047844).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Mario Alberto Corrales Esquivel, quien fue vecino de Mercedes Norte de Heredia, con cédula de identidad número 1-0446-0666, se les hace saber que Shirley del Carmen Rodríguez Rodríguez, portadora de la cédula de identidad número 05-0290-0786, vecina de Mercedes Norte de Heredia, se apersonó en este despacho en calidad de esposa supérstite del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 15-000371-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de junio del 2015.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047846).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Rafael Ángel de Jesús Chaverri Rojas, quien fue mayor, casado, vecino de Urbanización, San Francisco de Heredia, con cédula de identidad número 04-0113-0054, quien laboró para Ministerio de Obras Públicas y Transportes y falleció el 2 de octubre del 2013, se les hace saber que Ana Lorena Moya Mora, en calidad de cónyuge supérstite del trabajador fallecido, portadora de la cédula de identidad número 04-0117-0510, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 5

hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rafael Ángel de Jesús Chaverri Rojas. Expediente N° 15-000411-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 13 de julio del 2015.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047848).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Luis López Rojas, quien fue mayor, chofer, vecino de Alajuelita, con cédula de identidad número 06-0157-0472, se les hace saber que Carlos Hernán López González, portador de la cédula de identidad número 01-1144-0133 y Marco Antonio López González, portador de la cédula de identidad número 01-1340-0303, vecinos de Majuela, se apersonaron en este despacho en calidad de hijos mayores del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Luis López Rojas. Expediente N° 15-000385-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 7 de mayo del 2015.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047849).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de César Zeledón Pérez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 6-0085-1002 y falleció el 19 de julio del 2011, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000571-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000571-0173-LA. Promovido por César David Zeledón López a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047852).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Teresa de Jesús Peraza Garro, quien fue mayor, soltera, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 7-0062-0241 y falleció el día 18 de junio del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 15-001530-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001530-0173-LA. Promovida por Patricia, Alba y Heiner Ricardo todos de apellidos Núñez Peraza a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047853).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adilio Mora Hernández, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0136-0708 y falleció el 25 de octubre del 2014, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 15-001619-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001619-0173-LA. Promovido por Edith Chacón Agüero a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047855).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Luis Madrigal Visconti, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 1-0686-0681 y falleció el 26 de noviembre del 2000, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 15-001620-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047856).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rolando Antonio Soto Mercado, quien fue mayor, casado, de nacionalidad nicaragüense, portó el pasaporte C01322433 y falleció el 26 de junio del 2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 15-001680-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001680-0173-LA. Promovido por Pilar Del Socorro Soza Montoya a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047858).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Ana Lorena Nigro Ortiz, quien fue mayor, vecina de Sabanilla de Montes de Oca, con cédula de identidad número 104640906, se les hace saber que Stephanie Gabriela Nigro Araya, portadora de la cédula de identidad número 110460687, vecina de Moravia, se apersonó en este despacho en calidad de sobrina de la fallecida a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Ana Lorena Nigro Ortiz. Expediente N° 15-000897-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de julio del 2015.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047864).

A los causahabientes de quien en vida se llamó René Gerardo Céspedes Porras, quien fue mayor, divorciado, vecino de Hatillo, con cédula de identidad número 0104150332, se les hace saber que Flor de María Porras Gómez, portadora de la cédula de identidad número 0102100893, vecina de mismo lugar, se apersonó en este despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido René Gerardo Céspedes Porras. Expediente N° 15-001012-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de julio del 2015.—M. Sc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047865).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Rafaela Izabeth Vargas Vargas, quien fue mayor, casada, ama de casa, vecina de Llanos de Santa Lucia y portó la cédula de identidad 7-0032-0495 y quien falleció el primero de marzo del año en curso, se consideren con derecho a las mismas para que

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a este despacho en las diligencias establecidas bajo el número15-300021-0351-LA-0.(2), a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 1° de junio de 2015.—Lic. Erick López Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047871).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido José Alberto Morera Mesen, quien fuera mayor, casado, costarricense, pensionado por Invalidez, Vejez y Muerte, vecino de Desamparados, Higuito, de la pulpería María José, 100 norte, 75 oeste y 75 sur, urbanización el Huazo, casa color azul, con verjas negras, cédula de identidad número dos-trescientos cincuenta y siete-ciento cuarenta y seis, quien falleció el once de octubre del dos mil catorce, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de aguinaldo de la pensión de la Caja Costarricense de Seguro Social, expediente número 15-300059-0237-LA (061-4-15), gestionada por Flor María Retana Mora contra Caja Costarricense de Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 20 de julio del 2015.—MSC. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047873).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Lidieth Sanabria Zúñiga, quien fue mayor, soltera, costarricense, trabajaba como formalizadora de crédito en BAC San José, quien fue vecino de Paraíso Centro y portó la cédula de identidad N° 3-0415-0508 y quien falleció el siete de marzo de dos mil quince, se consideren con derecho a las mismas para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a este despacho en las diligencias establecidas bajo el número 14-300015-0351-LA (03), a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 23 de julio de 2015.—Lic. Erick José López Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047874).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Christian Naranjo Monge, quien fue mayor, soltero, profesor, portó la cédula de identidad número 1-0831-0720 y falleció el once de mayo de dos mil quince. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren el dinero que por este concepto se obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 15-300083-0895-LA de Christian Naranjo Monge.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Unión, 30 de junio de 2015.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047876).

A los causahabientes de quién en vida se llamó, Arturo Enrique Guerrero Zamora, quien fue mayor, casado dos veces, administrador de empresas, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad número 01-0416-1314, se les hace saber que: Alba Iris Torres Avilés, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 02-0306-0093, vecina de Santo Domingo de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones del

trabajador fallecido Arturo Enrique Guerrero Zamora. Expediente número 15-000329-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de julio del 2015.—MSc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048083).

A los causahabientes de quién en vida se llamó José Andrés Lumbi Lumbi, quien fue mayor, unión libre, policía, costarricense, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad número 02-0301-0432, se les hace saber que: Indiana Vanessa Lumbi Córdoba, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 01-1363-0971 y Bryan Wedel Lumbi Córdoba, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 03-0463-0862 ambos vecinos de Los Ángeles de Santo Domingo de Heredia , se apersonaron a este Despacho en calidad de hijos mayores del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido José Andrés Lumbi Lumbi. Expediente número 15-000349-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 julio del 2015.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048084).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Alberto Corella Muñoz, quien fue mayor, vecino de San Sebastián, con cédula de identidad número 1-0450-0695, se les hace saber que Ana Cecilia Espinoza González, portadora de la cédula de identidad número 1-0384-0793, quien se presentan en calidad de madre de Marjorie Corella Espinoza, portadora de la cédula o documento de identidad número 1-0919-0630, en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Alberto Corella Muñoz. Expediente número 13-003020-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de julio del 2015.—Msc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048088).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Danilo Vargas Sancho, mayor, casado, abogado, vecino de La Colonia, Guápiles, Pococí, con cédula de identidad 6-0107-0532, fallecido el 20 de diciembre del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000346-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 14-000346-1041-LA. Danilo Vargas Sancho a favor de Ana Elieth de Jesús Cascante Pearson.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 24 de noviembre del 2014.—Lic. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048090).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Melvin José Acosta Pérez, mayor, soltero, oficio guarda de seguridad privada, vecino de Vigía de Nicoya, con cédula de identidad 5-337-430, fallecido el 18 de enero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 15-000093-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 7

85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Margot Acosta Pérez. Expediente Nº 15-000093-0874-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 9 de julio del 2015.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048097).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 14-300078-0239-LA-5 (55-14), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Rodrigo Flores Rodríguez, quien en vida fue mayor, costarricense, casado, pensionado, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-0583-0325, con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Sandra Lorena Romero Ortega.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo. Hatillo, 27 de julio del 2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048108).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Karen María Cunningham Zamora, mayor, soltera, cajera plataformista, vecina de Limón, portadora de la cédula de identidad 7-0189-0918 y fallecida el 29 de mayo del 2015, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Diligencias de consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Karen María Cunningham Zamora, interpuestas por María Inocente Zamora Campos c.c. Olga Martha Zamora Campos. Expediente N° 15-000227-1025-LA-A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 16 de julio del 2015.—Lic. Isaac Gabriel Pizarro Álvarez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048111).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Argentina Ofelia Claudia Zúñiga López, quien fue mayor, viuda, pensionada, vecina de San Joaquín de Flores, Heredia, cédula 4-050-698 y falleció el 7 de mayo del 2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000454-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 22 de julio del 2015. Expediente N° 15-000454-1021-LA. Por Alexis Zúñiga Jiménez a favor de Argentina Ofelia Claudia Zúñiga López.—Lic. Osvaldo Loría Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048114).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrey Requeño Sáenz, mayor, cédula de identidad número 1-1419-0215, soltero, telefonista, vecino de Heredia, 250 mts oeste del registro fallecido el 19 de febrero del 2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 15-000505-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000505-1021-LA. Por Dialogue Marketing (Costa Rica) S. A. a favor de Andrey Requeño Sáenz.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 3 de junio del 2015.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(IN2015048115).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Winser de la Concepción García Villalobos, quien fue mayor, soltero, cédula 4-208-599, laboró para el sector privado, y falleció el 2 de julio del 2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de

consig. prest. sector privado bajo el número 15-000686-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000686-1021-LA., por Flora Edith de la Concepción Villalobos Zúñiga y Víctor Hugo de la Trinidad García Rodríguez a favor de Winser de la Concepción García Villalobos.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 23 de julio del 2015.—Lic. Osvaldo Loría Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048116).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil quince, y con la base de setenta y cuatro millones noventa y tres mil ciento veintiocho colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuatro mil setecientos cinco - cero cero cero la cual es terreno construir lote 17. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 15 metros y lote 16; al sur, parte de zona de protección de río con parte de lote 18; al este, lote 18 y al oeste, lote 17. Mide: quinientos cincuenta y un metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de octubre del año dos mil quince, con la base de cincuenta y cinco millones quinientos sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y seis colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del año dos mil quince con la base de dieciocho millones quinientos veintitrés mil doscientos ochenta y dos colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Lidia Julieta cc Sharon Cuninngham Aguilar. Exp.: 10-017999-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2015.—Lic. Steven Galagarza Mata, Juez.—(IN2015047117).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del dos de octubre del año dos mil quince, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BGF577, marca Nissan, estilo Sentra GXE, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2000, color dorado, vin 3N1CB51D6YL314503, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina, motor Nº no visible. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil quince, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil quince, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mainor Felipe Corrales Quesada contra Melvin Fernando Segura Jiménez, exp. N° 15-000083-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de julio del año 2015.—Lic. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015051389).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del nueve de setiembre del año dos mil quince, y con la base de dos millones setecientos cincuenta y un mil trescientos ochenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número 844920, marca Mitsubichi, estilo Montero Sport ES, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2002, color negro, vin JA4LS21H32J028809, cilindrada 3000 cc., combustible

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

gasolina, motor Nº 6G72PB3043. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil quince, con la base de dos millones sesenta y tres mil quinientos treinta y ocho colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil quince, con la base de seiscientos ochenta y siete mil ochocientos cuarenta y seis colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Montes de Horet Sociedad Anónima, exp. N° 15-002024-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 15 de julio del año 2015.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015051398).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del tres de noviembre del dos mil quince, y con la base de nueve millones novecientos mil setecientos setenta y seis colones con veintinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno con una casa naturaleza plana. Situada en el distrito Jesús María, cantón San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Gutiérrez Quesada; al sur, calle publica con 11 metros con 35 decímetros; al este, Lourdes M° Gutiérrez Acuña, y al oeste, Jorge Rodríguez Herrera. Mide: seiscientos setenta y dos metros con un decímetro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil quince, con la base de siete millones cuatrocientos veinticinco mil quinientos ochenta y dos colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil quince con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil ciento noventa y cuatro colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alfredo Martín de la Pérez Gutiérrez, Máyela Liliana de la Trinidad Pérez Gutiérrez, exp. N° 14-005121-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 2 de marzo del año 2015.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2015051408).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos publicos citas: 576-68287-01-0004-001, reservas ley forestal citas: 576-68287-01-0005-001; a las diez horas y cero minutos del trece de enero del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones quinientos trece mil doscientos sesenta y cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil sesenta y uno- cero cero cero, la cual es terreno con patio y una casa de habitación. Situada en el distrito Puntarenas, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rita y Máyela Flores Madriz; al este, callejón de acceso con medida de 16,72 metros, y al oeste, Sofía María Quirós Cambronero. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil dieciséis, con la base de seis millones trescientos ochenta y cuatro mil novecientos cuarenta y ocho colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento veintiocho

mil trescientos dieciséis colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jorge Miguel Altamirano Ramírez, exp. N° 14-004639-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 6 de mayo del año 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—(IN2015051411).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres trasladadas a los tomos 365 y 373, asientos 00011306-01-0900-001 y 0007002-01-0900-001; a las ocho horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil quince, y con la base de dos millones ciento trece mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil ciento noventa y cinco-cero cero cero (149195-000), la cual es terreno para construir lote N° 49. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 48; al sur, lote 50; al este, calle pública con un frente a ella de 20 metros, y al oeste, lote 71. Mide: cuatrocientos noventa y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de octubre del dos mil quince, con la base de un millón quinientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil quince con la base de quinientos veintiocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Alto de Calle Liles Sociedad de Responsabilidad contra Gerardo Alberto Jirón Calero, exp. N° 11-001168-0504-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 6 de agosto del año 2015.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2015051440).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil quince y con la base de cuarenta y un millones trescientos quince mil novecientos cuarenta y nueve colones con noventa y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura con una casa de habitación. Situada en el distrito Río Cuarto, cantón Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Emilio E Igna Luz Rodríguez Artavia; al sur, Edgar Arce Campos; al este, Quebrada Culebra, y al oeste, calle pública con un frente de 58.56 centímetros. Mide: nueve mil cuatrocientos noventa y cuatro metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la base de treinta millones novecientos ochenta y seis mil novecientos sesenta y dos colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince, con la base de diez millones trescientos veintiocho mil novecientos ochenta y siete colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3101530155 S. A., Ferretería Murba S. A., exp. N° 14-024550-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año 2015.—Lic. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(IN2015051463).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic - Reserv. Al tomo 386, asiento 15716, consecutivo 01, secuencia 0925, subsecuencia

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 9

001; prohibiciones al tomo 386, asiento 15716, consecutivo 01, secuencia 0926, subsecuencia 001; a las quince horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil quince, y con la base de siete millones ciento cincuenta y un mil novecientos ocho colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil novecientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, German Orlando Guzmán Navarro; al este, German Orlando Guzmán Navarro, y al oeste, German Orlando Guzmán Navarro. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil quince con la base de cinco millones trescientos sesenta y tres mil novecientos treinta y un colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil quince, con la base de un millón setecientos ochenta y siete mil novecientos setenta y siete colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Aracelly Alpízar Caballero, exp. N° 12-005560-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de julio del año 2015.—Lic. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(IN2015051468).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil quince, y con la base de treinta y seis millones setecientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 107188-000, la cual es terreno para construir con un local comercial y una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Daysi Madrigal Arias; al sur, Daysi Madrigal Arias; al este, calle pública 10 m y Daysi Madrigal Arias, y al oeste, Daysi Madrigal Arias, Mide: doscientos noventa y nueve metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil quince con la base de veintisiete millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil quince, con la base de nueve millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo Enrique Solorzano Solorzano S & S Comerciales S. A., exp. N° 13-026791-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de julio del año 2015.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2015051470).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado bajo las citas 2009-95183-01-0001- 001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas 559-9765-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil quince, y con la base de veinticuatro millones ochocientos sesenta y siete mil quinientos cincuenta y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 429059-000, la cual es terreno lote 2 terreno frutales. Situada en el distrito 09 Palmera, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Servidumbre Agrícola; al sur, Finca Cuarenta y Cuatro LTDA; al este, G.S.I. Grupo de Inversiones Sema de San José S. A., y al oeste, G.S.I. Grupo de Inversiones Sema de San José S. A.. Mide: cinco mil doscientos cuarenta y un metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre del año dos mil quince, con la base de dieciocho millones seiscientos cincuenta mil seiscientos sesenta

y cinco colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil quince, con la base de seis millones doscientos dieciséis mil ochocientos ochenta y ocho colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edgar Barrantes Paniagua, exp. N° 12-011689-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de junio del año 2015.—Lic. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—(IN2015051474).

A las diez horas cero minutos del veinte de octubre del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Juzgado, Libre de gravámenes prendarios, y con la base de tres millones quinientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta y seis colones con noventa céntimos, en el mejor postor, remataré: Vehículo Placas C-027713, marca Internacional, estilo COF9670, categoría carga pesada, año 1985 cabezal o tracto camión color verde, chasís 1HSRDJSR3FH822207, número de motor 11269256, marca Cummins cilindrada 14004 cc. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: Ejecutivo Prendario, número 94-016049-0227-CA, de Fideicomiso de BBCCR-BPDC N 03-99 contra Montoya Quirós Patricia y Solano Mena Juan.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de julio del 2015.—Lic. José Francisco Azofeifa Barrantes, Juez.—(IN2015051487).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil quince y con la base de seis millones ciento dieciséis mil seiscientos ochenta colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 657745, marca Chevrolet, año 2006, vin KL1MD61466C179461, cilindrada 800 cc, color azul, categoría automóvil. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de octubre del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos ochenta y siete mil quinientos diez colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil quince con la base de un millón quinientos veintinueve mil ciento setenta colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Forja y Diseño Limitada. Exp.: 09-029306-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2013.—Lic. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(IN2015051489).

A las trece horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y soportando el cabezal placa C-25990 las siguientes infracciones: boletas 9400120534 y 9400120654 ambas del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Golfito, boleta 9400511952. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires, boleta 9400120401. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, boleta 9400228631. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, boleta 9500042737. Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, boleta 9400434777. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, boleta 990438106. Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José y soportando el cabezal placa C-026429 las siguientes infracciones: boleta 9600380033 no indica, boleta 9600440608 no indica, boleta 9700036220. Juzgado de Menor Cuantía de Alajuela boleta 9600287517. Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, boleta 9600440532. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, y con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil doscientos cuarenta y un colones con siete céntimos (rebaja del 25%), en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) cabezal placa C-026429, marca Internacional, categoría carga pesada, carrocería cabezal o tracto camión, chasis 1HSRDGUR4FHB20188, estilo COF9670, capacidad 2 personas, año 1985, color azul, número motor

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

11258680, marca motor Commins, combustible diesel, cilindrada 14004 cc y 2) cabezal placa C-025990, marca Freighteliner, categoría carga pesada, carrocería cabezal o tracto camión, chasis 1FUEYCYBXFH254548, estilo FLT8664T, capacidad 2 personas, año 1985, color blanco, número motor 32133170, marca motor Cummins, combustible diesel, cilindrada 14004 cc. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de BPDC contra Quesada Bonilla German, Quesada Cordero Gerardo y Solano Solano Bernarda. Exp.: 95-004884-0228-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Eugenia Vives Luque, Jueza.—(IN2015051493).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas: 525-07390-01-0001-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de dos millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 12080-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Isaac Zúñiga Montufar; al sur, Claudio Rivera Acuña; al este, Isaac Zúñiga Montufar y al oeste, Isaac Zúñiga Montufar. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil quince, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil quince con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Leda Arce Ramírez contra Ofelia Salas Morales. Exp.: 15-002130-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 08 de julio del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015051498).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil quince, y con la base de cuarenta y cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 055708-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número uno identificada como finca filial uno, ubicada en el bloque A apta para construir una casa de habitación con una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rafael Hidalgo Barrantes; al sur, área recreativa; al este, Finca filial dos bloque A y al oeste, Río Burio. Mide: doscientos setenta y seis metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de octubre del año dos mil quince, con la base de treinta y cuatro mil ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince con la base de once millones trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Diego Zamora Hernández. Exp.: 15-011721-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—(IN2015051519).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil quince, y con la base de ciento treinta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con

ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil setecientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Isabel Segnini Sabat; al este, calle pública y al oeste, José Meléndez. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de octubre del año dos mil quince, con la base de noventa y ocho mil quinientos ochenta y seis dólares con sesenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil quince con la base de treinta y dos mil ochocientos sesenta y dos dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Diego Delgado Solís. Exp.: 15-006962-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2015.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2015051525).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones bajo las citas 299-08743-010923-001; a las trece horas y treinta minutos del dos de setiembre de dos mil quince, y con la base de dieciséis millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y tres mil setecientos setenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos anuales. Situada en el distrito San Antonio, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, José Domingo Gutiérrez Rosales; al sur, servidumbre de paso en medio de Leda María Orias Toruño, Jesús Omar Arias Toruño; al este, Pablo Antonio Toruño Toruño y Jesús Omar Orias Toruño y al oeste, Rosa Miriam Orias Toruño. Mide: cuatro mil setenta y ocho metros con treinta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil quince, con la base de doce millones cuatrocientos treinta y un mil ochocientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil quince con la base de cuatro millones ciento cuarenta y tres mil novecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro y Prestamos de la Asociación Nacional de Educadores contra Luis Ademar Fonseca Orias. Exp.: 15-017843-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2015.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(IN2015051526).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando Denuncia Penal Sumaria 14-001323-0396-PE; a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del año dos mil quince, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa: C-161894, marca: Freightliner, estilo: FLD120 CLASSIC XL, categoría: tractocamión (carga pesada), capacidad: 2 personas, serie: 1FUPCSZB6YLG17298, carrocería: cabezal o tracto camión, año fabricación: 2000, color: azul, para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil quince, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil quince con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Equipos Especiales la Ceyba Griega S. A.

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 11

contra Yeison Antonio Dávila Martínez. Exp.: 15-001034-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 01 de junio del 2015.—Lic. Raquel Machado Fernández, Jueza.—(IN2015051600).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones doscientos doce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 781521, marca Honda, estilo Civic EX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2002, color negro. Vin 1HGEM21982L060422. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil quince, con la base de un millón seiscientos cincuenta y nueve mil colones exactos y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil quince con la base de quinientos cincuenta y tres mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Cubero Sociedad Anónima contra Douglas Rizo Serrano. Exp.: 15-000644-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 02 de junio del 2015.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015051601).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 353 asiento 6476; a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil quince, y con la base de once millones quinientos setenta y ocho mil novecientos veinte colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y tres mil novecientos veintiocho cero cero cero la cual es terreno construir con una casa de habitación. Situada en el distrito San Isidro, cantón Vazques de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Johnny Zúñiga Zúñiga; al sur, Johnny Zúñiga Zúñiga; al noreste, Manuel Antonio Molina Álvarez; y al noroeste, calle pública con 10.50 m de frente. Mide: ciento sesenta y tres metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil quince, con la base de ocho millones seiscientos ochenta y cuatro mil ciento noventa colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de enero del dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos noventa y cuatro mil setecientos treinta colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio Rodríguez Carrión. Exp. 15-004337-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2015.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza Tramitadora.—(IN2015051633).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre de dos mil quince y con la base de noventa y siete mil novecientos sesenta y dos dólares con seis centavos, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 135302-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Oscar Martínez Segura; al sur, Central Agrícola de Cartago S. A.; al este, Central Agrícola de Cartago S. A.; y al oeste, calle pública con 8 metros con 50 centímetros de frente. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de enero de dos mil dieciséis, con la base de setenta y tres mil cuatrocientos setenta y un dólares con cincuenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero del dos mil dieciséis con la base de veinticuatro mil cuatrocientos noventa dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento

de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Helberth Pereira Chinchilla. Exp. 15-021270-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de junio del 2015.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—(IN2015051634).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 375-14811-01-0826-002servid de paso ref:00367662-000; a las diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del veintiocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de treinta y siete millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 367662-003 -004, la cual es terreno con 1 casa lote N° 16-C. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote N° 8-C; al sur, acera con 10m 96cm; al este, Miguel Retana Gamboa; y al oeste, lote N° 15-C. Mide: ciento cincuenta y tres metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del trece de octubre de dos mil quince, con la base de veintiocho millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos (antes meridiano)del veintiocho de octubre de dos mil quince con la base de nueve millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eivania Yanury Fuentes Castro, Jairo Monge Calderón. Exp. 15-000587-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de julio del 2015.— Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015051638).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del veintiocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de treinta y siete mil trescientos sesenta y cuatro dólares con treinta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matricula número ciento dos mil ochocientos cincuenta y dos-cero cero seis y cero cero siete la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 2-Merced, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Olga Lutz; al sur, Abelardo Brenes y Alicia Oreamuno; al este, calle 20 con 11m 85cm; y al oeste, Alicia Oreamuno y Olga Lutz. Mide: cuatrocientos treinta y un metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano)del trece de octubre de dos mil quince, con la base de veintiocho mil veintitrés dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos(antes meridiano) del veintiocho de octubre de dos mil quince con la base de nueve mil trescientos cuarenta y un dólares con ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Flory de la Trinidad Miranda Guevara. Exp. 14-008471-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015051641).

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos con las citas 292-08861-01- 0003-001; a las once horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de nueve millones setecientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y dos mil trescientos cincuenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir lote B 30. Situada en el distrito Guaycará, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote B 31; al sur, lote B 29; al este, Sula S. A.; y al oeste, calle pública con 10.00 metros de frente. Mide: trescientos catorce metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos (antes meridiano) del trece de octubre de dos mil quince, con la base de siete millones trescientos treinta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiocho de octubre de dos mil quince con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y PR contra Edgar Mauricio Montero Blandón. Exp. 15-000310-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015051643).

En la puerta exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del veintiocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de cuatro millones colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cuatro mil ciento cincuenta cero cero cero, la cual es de naturaleza: Lote uno terreno para construir. Situada en el distrito 1-Colón, cantón 7-Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Río Tambor; al sur, calle pública; al este, lote dos; y al oeste, Yanury Robles Fonseca. Mide: seiscientos sesenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del trece de octubre de dos mil quince, con la base de tres millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del veintiocho de octubre de dos mil quince con la base de un millón colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 2) Libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del veintiocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cuatro mil ciento cincuenta y uno cero cero cero, la cual es de naturaleza: Lote numero dos terreno para construir. Situada en el distrito 1-Colón, cantón 7-Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Río Tambor; al sur, calle pública; al este, Rodolfo Badilla Agüero; y al oeste, lote uno. Mide: quinientos ochenta y cinco metros. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del trece de octubre de dos mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del veintiocho de octubre de dos mil quince con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el

mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ramón Valverde Fallas. Exp. 15-003424-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015051645).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas citas: 0295-00006063-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil quince, y con la base de ciento noventa y cinco mil ciento cuarenta y siete dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 50598F cero cero cero la cual es terreno Finca Filial Quince ubicada en el segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, vacío; al sureste, área común construida de escaleras a planta baja y vacío; al noroeste, vacío; y al suroeste, vacío. Mide: ciento noventa y seis metros con veintiún decímetros cuadrados. Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Agua, citas 0295-00006063-01-0002-001 y con la base de diez mil doscientos setenta dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula número 50621-F-cero cero cero, la cual es terreno Finca filial treinta y ocho ubicada en el primer nivel destinada a uso de parqueo en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, área común libre de acceso vehicular a calle; al sureste, área común libre de zona verde; al noroeste, finca filial treinta y siete; y al suroeste, área común libre de zona verde. Mide: veintiún metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil quince, con la base de ciento cuarenta y seis mil trescientos sesenta dólares con noventa y tres centavos, para la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 50598-f-000, con la base de siete mil setecientos tres dólares con veinte centavos, para la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 50621-f-000 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil quince con la base de cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y seis dólares con noventa y ocho centavos, para la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 50598-F-000. Con la base de dos mil quinientos sesenta y siete dólares con setenta y cuatro centavos, para la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 50621-F-000 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dianna Natalie Lebrecht, The Waves of Bejuco Quince Sociedad Anónima. Exp. 15-000485-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de abril del 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—(IN2015051652).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Ley de caminos citas 311-00014934-01-0019-001 y Reservas Ley de Aguas citas 311- 00014934-01-0020-001; a las catorce horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil quince, y con la base de treinta y dos millones ciento seis mil veintinueve colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiocho mil trece cero cero cero la cual es terreno lote SJ-once-A, terreno para la agricultura. Situada en el distrito 04-Laurel, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote SJ-17; al sur, resto destinado a canal; al este, Lote SJ-18; y al oeste, Lote SJ-12. Mide: sesenta y cuatro mil quinientos cincuenta y seis metros con sesenta y seis

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 13

bienes 1) con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y siete mil quinientos trece cero cero cero la cual es terreno construido. Situada en el distrito 1 Tilarán, cantón 8 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Elmer Vinicio Murillo Salazar; al sur, Emilce Ruiz Murillo, Carlos Castillo Martínez, Teresa Murillo Solórzano, Rafael Antonio Arce Sánchez; al este, Elmer Vinicio Murillo Salazar y calle pública; y al oeste, Haydee López López. Mide: quinientos trece metros cuadrados. Plano G-1618947-2012. 2) con la base de trece millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número catorce mil novecientos noventa y uno cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1 Tilarán, cantón 8 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, David, Vinicio Murillo y otros; al sur, David, Vinicio Murillo y otros; al este, David, Vinicio Murillo y otros; y al oeste, calle pública con 10m. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Plano: G-0381464-1980. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil quince, 1) con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) 2) con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil quince, 1) con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), 2) con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Francibel Q.M. S. A. contra Dulia María Murillo Salazar, Serrano del Norte S. A. Exp. 15-001040-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 20 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015051699).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil novecientos cincuenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir lote 7 H. Situada en el distrito 1 Cañas, cantón 6 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle seis; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0696851-2001. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil quince con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Belforth Quesada Guzmán contra Cecilia del Carmen Padilla Piña. Exp. 15-001042-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015051700).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas y restricciones citas 307-10920-01-0901-002; a las trece horas y treinta minutos del veintiuno

decímetros cuadrados. Plano P-1167844-2007 y con la base de ocho millones quinientos treinta y cuatro mil quinientos catorce colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios la finca inscrita en el registro público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real Matrícula número ciento setenta y seis mil seiscientos setenta-cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 04-Laurel, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cooperativa Autogestionaria de Servicios del Sur Laurel R.L.; al sur, Cooperativa Autogestionaria de Servicios del Sur Laurel R.L.; al este, Miriam Salas Ugalde; y al oeste, calle pública. Mide: mil novecientos veintinueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano P-1277272-2008. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil quince, con la base de veinticuatro millones setenta y nueve mil quinientos veintidós colones con once céntimos para la primera finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y la base de seis millones cuatrocientos mil ochocientos ochenta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, para la segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil quince con la base de ocho millones veintiséis mil quinientos siete colones con treinta y siete céntimos para la primera finca (un veinticinco por ciento de la base inicial) y la base de dos millones ciento treinta y tres mil seiscientos veintiocho colones con cincuenta y cuatro céntimos(un veinticinco por ciento de la base inicial) para la segunda finca. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cooperativa Autogestionaria de Servicios del Sur de Laurel R.L. Exp. 13-000508-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 11 de agosto del 2015.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—(IN2015051656).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil quince, libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de cuarenta y un millones ochocientos setenta y un mil ciento setenta colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil setecientos sesenta y tres cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación de dos niveles, el 1ero de 73.33 m2 de construcción y el 2do de 71 m2 de construcción. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 1 y lote 10; al sur, lote 3; al este, lote 9; y al oeste, calle pública con un frente de 8 metros. Mide: ciento sesenta metros con un decímetro cuadrado. Plano G-0723867-2001 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil quince , con la base de treinta y un millones cuatrocientos tres mil trescientos setenta y siete colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil quince con la base de diez millones cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y dos colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mariela Vanessa Sánchez Vargas. Exp. 15-000784-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 13 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015051667).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, sáquese a remate los siguientes

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

de Cobro, Menor Cuantía Y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015051705).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil quince y con la base de once millones doscientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y un colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número tres mil novecientos setenta y uno - cero cero cero la cual es terreno para construir con un taller. Situada en el distrito primero San Ramón, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 37,70 metros; al sur, Óscar Francisco Méndez Hernández; al este, calle pública con 28,70 metros y al oeste, María Solano Chavarría. Mide: mil ochenta y un metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince, con la base de ocho millones cuatrocientos cincuenta mil ciento veintitrés colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del nueve de noviembre del año dos mil quince con la base de dos millones ochocientos dieciséis mil setecientos siete colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jesús María Ugalde Ramos, Leonardo Ugalde Sancho, Marta Elena Sancho Ramírez. Expediente N° 15-000544-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 05 de agosto del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015051712).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, y con la base de ocho millones seiscientos diecinueve mil setecientos veintiocho colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos dieciséis mil cuatrocientos veinticinco cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno. Situada en el distrito San Pedro, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Asociación Desarrollo Habitacional Región Brunca; al sur, Asociación Desarrollo Habitacional Región Brunca; al este, servidumbre de paso y al oeste, Asociación Desarrollo Habitacional Región Brunca. Mide: trescientos veintisiete metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas con cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de seis millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos noventa y seis colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil quince con la base de dos millones ciento cincuenta y cuatro mil novecientos treinta y dos colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para La Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Cristian Mena Retana. Expediente N° 15-001258-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2015.—Yesenia Solano Molina, Jueza.—(IN2015051731).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil quince, y con la base de dos millones trescientos ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 877170, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,

de setiembre del dos mil quince, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa mil novecientos setenta y nueve cero cero cero la cual es terreno lote uno terreno de solar. Situada en el distrito 4 Colorado, cantón 7 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Urbasión S. A.; al sur, con Viviana María Gómez Porras y en parte con servidumbre de paso; al este, con Félix Arias Salgado; y al oeste, con Viviana María Gómez Porras. Mide: cuatrocientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Plano: G-1504514-2011 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil quince con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Proyectos Propiedades e Inversiones Don Belfort S. A. contra Jairo Manuel Bolívar Gómez. Exp. 15-001043-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015051703).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas 0322-013482-01-0001-001, servidumbre trasladada citas 322-13482-01-0904-001; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil quince, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cinco mil novecientos treinta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Pura María Carmona Villarreal; al sur, carretera interamericana con un frente de 14:15 metros; al este, Pura María Carmona Villarreal y al oeste, Pura María Carmona Villarreal. Mide: mil trescientos veintidós metros con veintiocho decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 404-04242-0800-001, y servidumbre de paso citas: 516-05338-01-0004-001 y 2009-11279-01-0003-001, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y nueve mil novecientos cinco cero cero cero, y con la base de diez millones de colones, la cual es terreno terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 12,66 metros que es parte del resto; al sur, Agropecuaria Ricajoa S. A.; al este, lote tres Rogelio Pichardo Espinoza y al oeste, Rogelio Pichardo Espinoza. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil quince, con la base respectivas que se dirán: 1) Once millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 2) Con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre del año dos mil quince con la base respectivas que se dirán 1) Tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos 2) dos millones quinientos mil colones. (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Proyectos Propiedades e Inversiones Don Belfort S. A. contra Pura María Carmona Villareal. Expediente N° 15-001038-1205-CJ.—Juzgado

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 15

base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diana Ivonne Monge González contra Quircot Madera Verde Sociedad Anónima. Expediente N° 15-002059-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 01 de julio del 2015.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2015051750).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil quince, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas 659533, marca Suzuki, estilo Sidekick, año 1998, color negro, tracción 4x2, carrocería todo terreno 4 puertas, chasis y Vin N° 2S3TE02V4W6402516, motor no legible, modelo JS, cilindrada 1600 c.c, cilindros 04, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del año dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del año dos mil quince con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alexander Salas González contra Roxana Jiménez Jiménez. Expediente N° 12-001407-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 01 de julio del 2015.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2015051751).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las catorce horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Placas: 502946, marca: Toyota, estilo: Rav 4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JT3HP10V2V7049526, carrocería: Station Wagon o Familiar, tracción: 4x4, número chasis: SXA117049526, año fabricación: 1997, color: blanco. 2) Placas: 555989, estilo: Rav 4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JT3HP10V0W0197281, carrocería: station wagon o familiar, tracción: 4x4, número chasis: JT3HP10V0W0197281, año fabricación: 1998, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil quince, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de octubre del año dos mil quince con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Olivier Alfaro Hidalgo contra Electronic Center Cell de Alajuela E.C.A S. A. Expediente N° 13-004004-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 07 de mayo del 2015.—Msc. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015051754).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil quince y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil cuatrocientos seis cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito 3-San José, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, río Tacares; al este, río Tacares y al

serie: KMHDN45DX2U414979, carrocería: sedán 4 puertas, año fabricación: 2002, color: dorado. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil quince, con la base de un millón setecientos treinta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de octubre del año dos mil quince con la base de quinientos setenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alexander Jesús Salas González contra Mario Enrique Centeno Lara. Expediente N° 15-001362-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 24 de junio del 2015.—M.Sc. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015051736).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil quince y con la base de dos millones setecientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° BFK936, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2004, color blanco, Vin KMHCG45C34U571902. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones noventa y dos mil quinientos colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil quince con la base de seiscientos noventa y siete mil quinientos colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alexander Jesús Salas González contra Alicia María García Rodríguez. Expediente N° 14-003106-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 22 de mayo del 2015.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015051738).

En la puerta exterior de este Despacho, 1) libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil quince, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil treinta y dos - cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito (04) San Nicolás, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con frente 11,95 metros; al sur, Quircot Madera Verde S. A.; al este, Basilisa Ruiz Carmona y al oeste, Marvin Gerardo Loáiciga Suárez y Lucas Loáiciga Suárez. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil quince, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil quince con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil quince, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil treinta y tres-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito (04) San Nicolás, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Roxana María Villavicencio Monge y Elwis Francisco Alvarado Baldi; al sur, Municipalidad de Cartago; al este, Quircot Madera Verde S. A. y al oeste, calle publica con 6,05 metros de frente. Mide: ciento treinta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil quince con la

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y nueve mil ochocientos diecisiete - cero cero uno / cero cero dos (79817-001/002) la cual es terreno para construir con una casa lote 170. Situada en el distrito Santa Lucía, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 169; al sur, lote 171; al este, lote 157 y al oeste, calle con frente de 15m. Mide: doscientos sesenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre de dos mil quince con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Operativas Andrea S. A. contra Daisy Patricia Alfaro Villalobos. Expediente N° 15-001389-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 31 de julio del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015051767).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión boleta 2014249500693 sumaria: 2014-001151-0373-TC del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil quince, y con la base de dieciocho mil novecientos setenta y un dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° BFX489, marca Fiat, estilo Palio Weekend Trekki, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color blanco, Vin 9BD373356E5052507, cilindrada 1368 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil quince, con la base de catorce mil doscientos veintiocho dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil quince con la base de cuatro mil setecientos cuarenta y dos dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A. contra Michael Alfredo Jara Salas. Expediente N° 15-005070-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2015.—Lic. Eduardo Fonseca Alvarado, Juez.—(IN2015051768).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 3000279164 sumaria 14-600185-0313-TC de la Fiscalía de Atenas; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del uno de octubre de dos mil quince, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BFV 804, marca Toyota, estilo RAV 4, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1997, color azul, VIN JT3HP10V6V7072551, cilindrada 2000 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre de dos mil quince con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Elidier Rojas Rojas contra Lineth María Taboada Carballo. Exp. Nº 15-018746-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 2 de junio del 2015.—Lic. Eduardo Fonseca Alvarado, Juez.—(IN2015051770).

oeste, Danilo Rodríguez. Mide: mil quinientos dieciséis metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil quince con la base de un millón quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Steward Antonio Ramírez Ugalde contra Auto Comercial de Occidente ACOCAR Sociedad Anónima. Expediente N° 15-000384-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 08 de mayo del año 2015.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015051756).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 186-03622-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 316-05816-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 316-05816-01-0903-001; a las catorce horas y quince minutos del ocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de dieciocho millones veintitrés mil cuatrocientos veinticinco colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta mil setenta y cuatro - cero cero uno y cero cero dos (480074-001/002) la cual es naturaleza: lote 9: bloque C: terreno para construir. Situada en el distrito Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 8-C; al sur, lote 10-C; al este, Luis Ricardo Chinchilla Gutiérrez y al oeste, calle pública. Mide: ciento veinte metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil quince, con la base de trece millones quinientos diecisiete mil quinientos sesenta y nueve colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del nueve de octubre de dos mil quince con la base de cuatro millones quinientos cinco mil ochocientos cincuenta y seis colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica S. A.) contra Johssie Marlene Grant Barnes, Osvaldo Jesús Villalobos Serrano. Expediente N° 15-002204-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 16 de julio del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015051760).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince, y con la base de dos millones ochocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 564854, marca: Kia, categoría: automóvil, VIN: KNEJA5535X5432646, estilo: Sportage, año:1999, color: rojo, cilindrada: 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones ciento cuarenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de setecientos quince mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Monitorio de Hacienda Mastate Sociedad Anónima contra Almanza y Meneses S. A. Expediente N° 13-014021-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2015.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2015051763).

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 17

Mide: ciento dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince, con la base de ocho millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil quince con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra María Eugenia Robles Calderón y Víctor Julio Quesada Barboza. Exp. Nº 15-016124-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2015.—Licda. Eugenia Vives Luque.—(IN2015051784).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas números 0316-00010481-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil quince, y con la base de noventa y tres millones quinientos tres mil doscientos treinta y cuatro colones con veinticuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito cuatro San Rafael, cantón tres La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Santiago Malavasi Mora; al sur, María Luisa Monge Umaña y Lina Malavasi; al este, Pedro Malavasi Monge y al oeste, Stanley Linda Medal, Corporación Inmobiliaria Los Pinos S. A. Mide: Novecientos noventa y seis metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de setenta millones ciento veintisiete mil cuatrocientos veinticinco colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil quince, con la base de veintitrés millones trescientos setenta y cinco mil ochocientos ocho colones con cincuenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro Malavassi Monge, María de Los Ángeles Jiménez Argüello. Exp. Nº 15-011683-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2015.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—(IN2015051786).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil quince, y con la base de ocho millones seiscientos ochenta y tres mil novecientos cuarenta y nueve colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y tres mil ciento sesenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir lote 7-N. Situada en el distrito 02-Palmar, cantón 05-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 6-N; al sur, lote 8-N; al este, calle pública y al oeste, lote 18-N. Mide: Ciento cuarenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil quince, con la base de seis millones quinientos doce mil novecientos sesenta y dos colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil quince, con la base de dos millones ciento setenta mil novecientos ochenta y siete colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil quince, y con la base de un millón ciento treinta y nueve mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número quinientos sesenta y un mil setecientos setenta y tres, marca Mitsubishi, estilo Mirage DE. Categoría automóvil, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y ocho, color azul VIN JA tres AY uno uno a ocho WU cero CFERO quince diecinueve, cilindrada mil quinientos cc., combustible gasolina, motor Nº cuatro g uno cinco TJ cero ocho nueve nueve. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil quince, con la base de ochocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil quince con la base de doscientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Juan Carlos Gomes Alfaro contra Wisco Kandice Kessler. Exp. Nº 15-016010-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 2 de junio del 2015.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—(IN2015051772).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos (antes meridiano) del siete de setiembre del dos mil quince y con la base de veinticinco millones doscientos ochenta y nueve mil ciento cincuenta y siete colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cinco mil setenta y seis cero cero uno, cero cero dos, la cual es de naturaleza: terreno de agricultura. Situada en el distrito 5-Venecia, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Chacón Rojas; al sur, calle pública; al este, María del Carmen Moya Quesada y al oeste, José Andrés Moya Quesada. Mide: Mil trescientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos (antes meridiano) del veintitrés de setiembre del dos mil quince, con la base de dieciocho millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos sesenta y ocho colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos (antes meridiano) del ocho de octubre del dos mil quince con la base de seis millones trescientos veintidós mil doscientos ochenta y nueve colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Francisco Herrera Jarquin, Juan Vicente del Socorro Moya Quesada, Martha Moya Porras. Exp. Nº 15-002390-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015051781).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas de tomo 388 y asiento 6218; a las catorce horas y treinta minutos del uno de octubre del año dos mil quince, y con la base de once millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 461191 derechos 001 y 002 la cual es terreno lote 112-I-terreno con una casa. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 105; al este, lote 114 y al oeste, lote 110.

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

m de frente; al sur, camino público con 03,70 m de frente; al este, camino público con 38,74 m de frente y al oeste, Vilma Chavarría Coronado. Mide: Doscientos cincuenta metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano G-0533765-1984. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil quince, con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del ocho de octubre del dos mil quince, con la base de ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eveling Johanna López Víctor contra Maderos de Moracia S. A. Exp. Nº 15-000914-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015051804).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del dos de setiembre de dos mil quince, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos uno mil cuatrocientos setenta cero cero cero la cual es terreno lote A terreno para construir. Situada en el distrito 3-Canoas, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Julia Atencio Zapata; al sur, Julia Atencio Zapata; al este, calle pública con diez metros lineales frente a ella y al oeste, Julia Atencio Zapata. Mide: Trescientos metros cuadrados. Plano: P-1257940-2008. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil quince con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Luis Vicente Araya Muñoz contra Julia Atencio Zapata. Exp. Nº 15-000046-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 23 de febrero del 2015.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015051821).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando pero soportando servidumbre sirviente citas 0339- 00010304-01-0001-001 y limitaciones de leyes 7052, 7208 sistema financiero de vivienda; a las quince horas y cero minutos (3:00 p.m.) del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de nueve millones cuatrocientos setenta y ocho mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 48114-F-000 la cual es terreno de naturaleza finca filial treinta y cuatro de una planta destinada a uso de habitación en proceso de construcción. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, alameda dos; al sur, filial veinticinco; al este, filial treinta y cinco y al oeste filial treinta y tres. Mide: noventa metros con noventa y nueve decímetros cuadrados-para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos (3:00 p.m.) del catorce de octubre del dos mil quince, con la base de siete millones ciento ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos (3:00 p.m.) del treinta de octubre de dos mil quince con la base de dos millones trescientos sesenta y nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas

de Desarrollo Comunal contra Marlene Artavia Madrigal. Exp. Nº 15-003182-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, 9 de julio del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015051789).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de fiscalía sumaria 15-001597-061-PE con citas de inscripción tomo 2014 asiento 00069638 secuencia 001; a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre del dos mil quince, y con la base de veintitrés mil quinientos setenta dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número cl 248912, marca Nissan, estilo Navara LE, categoría carga liviana, capacidad cinco personas, año 2010, color gris, chasís MNTVCUD40Z0021441. cilindrada 2488 cc., combustible diesel, motor Nº YD25201738T, carrocería camioneta Pick-Up, caja abierta o cam-pu, tracción 4x4. cilindros: 4. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil quince, con la base de diecisiete mil seiscientos setenta y ocho dólares con diez centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil quince, con la base de cinco mil ochocientos noventa y dos dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A., contra Flor María del Carmen Campos Montoya. Exp. Nº 15-010923-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de junio del 2015.—Msc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015051792).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 382-11344-01-0905-003; a las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil quince, y con la base de siete millones sesenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 382915-000, la cual es terreno para construir lote F-4. Situada en el distrito 5, San Felipe cantón 10, Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, IMAS; sur, IMAS; este, calle pública; oeste, IMAS. Mide: Ciento veinte metros cuadrados. Plano SJ-0885586-1990. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil quince, con la base de cinco millones doscientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil quince, con la base de un millón setecientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOCIQUE R. L. contra Jorge Luis Quesada Murillo. Exp. Nº 14-002542-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de julio del 2015.—Licda. Brigida Quiros Alpízar, Jueza.—(IN2015051802).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0390-00016013-01-0900-001; a las siete horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil quince, y con la base de setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y siete mil diecinueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino público con 7.03

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 19

la base de treinta y un millones cuatrocientos nueve mil quinientos setenta y seis colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos dieciocho mil ciento sesenta y siete cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro, la cual es terreno de frutales, con una casa y una piscina. Situada: en el distrito 2-Florencia, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga Digna Araya y Servicio de Consultoría Molina y Molina S.C. S. A.; al sur, quebrada Estero Hondo en medio Juan Carlos Barrantes Alfaro; al este, calle pública con 50 metros 68 centímetros de frente y Servicio de Consultoría Molina y Molina S.C. S. A., y al oeste, servidumbre con 63 metros 85 centímetros de frente. Mide: cinco mil ochocientos cincuenta y nueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de veintitrés millones quinientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y dos colones con treinta y nueve céntimos, y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil quince, con la base de siete millones ochocientos cincuenta y dos mil trescientos noventa y cuatro colones con trece céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Omar Gerardo Esquivel Quesada. Expediente Nº 15-000378-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 08 de mayo del 2015.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015051909).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil quince, y con la base de cuatro millones ochocientos veintiséis mil ochocientos dos colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa: 567815, marca: Kia, capacidad: cinco personas, chasis: KNABA24325T043228, color: negro, categoría: automóvil, estilo: Picanto EX, carrocería: Hatchback. Para el segundo remate, se señalan las once horas cero minutos del dos de octubre del dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos veinte mil ciento un colones con setenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de un millón doscientos seis mil setecientos colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Odilia Flores Calero. Expediente Nº 10-001245-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de abril del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2015051940).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: tomo 310, asiento 02340-01-0901-003, a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil quince, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil seiscientos cincuenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mario Batista Cascante; al sur, Gilbert Brenes Valerio; al este, calle pública, y al oeste, Heliodoro Araya Molina. Mide: doscientos treinta y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de noviembre del dos mil quince, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas

en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Enrique Barrios Montiel. Exp. Nº 13-009035-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 27 de julio del 2015.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(IN2015051822).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes

hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos por cada uno de los derechos a rematar en la finca que se dirá, en el mejor postor, remataré lo siguiente: La finca del partido de Alajuela, matrícula número veintisiete mil doscientos setenta y siete, derechos cero cero dos y cero cero tres, derechos correspondientes cada uno a un tercio en la finca, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito Santiago, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Joaquín Chavarría; al sur, Juan María Vásquez; al este, Elida Ramírez, y al oeste, Joser Fco. Vargas. Mide: catorce mil cincuenta y seis metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del primero de octubre del dos mil quince, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos por cada uno de los derechos a rematar (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos por cada uno de los derechos a rematar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Melvin Gerardo López Chavarría contra Agropecuaria Rojas Alvarado Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente Nº 15-000290-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de junio del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015051841).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda en materia de familia inscrita al tomo: 2011, asiento: 360785, a las once horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil quince, y con la base de nueve mil novecientos veintinueve dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 690682, marca: Tianma, estilo: Superlande, capacidad: 7 personas, año: 2007, color: verde, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil quince, con la base de siete mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil quince, con la base de dos mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin Sociedad Anónima contra Manuel Carballo Villalobos. Expediente Nº 13-004565-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 06 de agosto del 2015.—Licda. Diana Vega Castro, Jueza.—(IN2015051844).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres sirvientes, una reserva y restricciones, y una servidumbre de paso, a las ocho horas y treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil quince, y con

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

millones novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y tres colones con treinta y cinco céntimos (rebajado en un 25%). De no apersonarse rematante, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del treinta de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones trescientos dieciocho mil noventa y siete colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en expediente Nº 08-100046-423-CI interno 390-3-08 de Zone Monkeys S. A., contra Julio Armando Mejía Vaquerano.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 16 de julio del 2015.—Licda. Karol Valverde Miranda, Jueza.—(IN2015051952).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince, y con la base de ocho mil seiscientos dólares con diecisiete centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 466571, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer GLX, chasis: JMYSNCS3A1U001642, capacidad: 5 personas, color: verde, año: 2002, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil quince, con la base de seis mil cuatrocientos cincuenta dólares con doce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil quince, con la base de dos mil ciento cincuenta dólares con cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Jessica Tatiana Castillo Barboza. Expediente Nº 15-020137-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2015.—M.Sc. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—(IN2015051957).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando anotación de etapa de ejecución bajo las citas: 800-48616-01-0001-001 y Servid Reserva Ref.; a las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil quince, y con la base de nueve millones ciento treinta mil setecientos diecinueve colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil cincuenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01-Guápiles, cantón 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Shelly Claxton Doman; al sur, Alexis Aguilar Jiménez; al este, Bernardo Barrantes Rojas y al oeste, calle pública. Mide: Ciento noventa y nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: L-0842644-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de noviembre del año dos mil quince, con la base de seis millones ochocientos cuarenta y ocho mil treinta y nueve colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil quince con la base de dos millones doscientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y nueve colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Flor María Guido Morales. Exp. N° 13-003157-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 24 de julio del 2015.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2015052028).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del nueve de noviembre del año dos mil quince, y con la base de doscientos tres mil ochocientos ochenta y un colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta

jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Johnny Martín Araya Chaves. Expediente Nº 15-001529-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 06 de agosto del 2015.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(IN2015051945).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil quince, y con la base de dos millones quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y cinco colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: 220982, marca: Mitsubishi, estilo: L 300, color: rojo, año: 1994, categoría: automóvil. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de octubre del dos mil quince, con la base de un millón novecientos quince mil novecientos treinta y nueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil quince, con la base de seiscientos treinta y ocho mil seiscientos cuarenta y seis colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Hernán Arnoldo Sanabria Abarca. Expediente Nº 10-000759-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 07 de abril del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2015051947).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las 13:45 horas del 26 de octubre del 2015, y con la base de diecisiete mil doscientos sesenta y nueve dólares con seis centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas CL-265676, marca: JMC, categoría: carga liviana, estilo: N601, capacidad: 3 personas, año: 2012, color: azul, carrocería: caja cerrada o furgón, combustible: diesel, cilindrada: 2771 C.C, cilindros: 04. Para el segundo remate, se señalan las 13:45 horas del 10 de noviembre del 2015, con la base de doce mil novecientos cincuenta y un dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las 13:45 horas del 25 de noviembre del 2015, con la base de cuatro mil trescientos diecisiete dólares con cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Ronald Kenneth Godínez Umaña. Expediente Nº 15-016303-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015051951).

En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas del once de setiembre del dos mil quince, al mejor postor, remataré: Finca dada en garantía, que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad del partido de Puntarenas, matrícula folio real: ciento sesenta mil treinta y dos-triple cero. Situada: en el distrito primero Cortés, cantón quinto Osa. Linda: norte, Puesto del Sol S. A.; sur, William Batkin; este, William Batkin; oeste, Bienes Raíces Mejía Iglesias S. A. Mide: cinco mil ciento dieciocho metros con sesenta y un decímetros cuadrados, propiedad de Zone of Monkeys Titi S. A., conforme al plano Nº P-1226238-2008, la cual saldrá libre de gravámenes pero soportando las siguientes anotaciones condiciones y prohibiciones bajo las citas: 304-01938-01-0903-006, 904-003, 906-002, 907-001, 908-001, 909-002 y servidumbre de paso bajo las citas: 573-09683-01-0002-001, 0003-001, en la base de diecisiete millones doscientos setenta y dos mil trescientos noventa y un colones con catorce céntimos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del dos de octubre del dos mil quince, con la base de doce

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 21

con una casa. Situada en el distrito primero Desamparados, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, con María Fallas Fallas; al sur, con calle publica; al este, con Elías Murillo Batista y al oeste, con calle pública y Heriberto Lobo. Mide: Ciento noventa y nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil quince, con la base de ciento diez mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil quince con la base de treinta y seis mil ochocientos diecinueve dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Valencia Hills Corp. contra Fernando Andrés García Quesada. Exp. N° 13-016609-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2015.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2015052054).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0298-00004860-01-0901-001 y reservas y restricciones citas: 0344-00001188-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil doscientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno de bosque y repasto. Situada en el distrito 03 Chomes, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte, Iván Rodolfo Lara; al sur, Iván Rodolfo Lara; al este, calle pública y al oeste, Iván Rodolfo Lara. Mide: Ocho mil setecientos cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ronny Alberto Villegas Chinchilla contra Rosa Hildaura Valdés Ospino. Exp. N° 15-000683-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 15 de mayo del 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—(IN2015052060).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos Citas: 0494-00004452-01-0004-001; a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil dieciséis, y con la base de once millones seiscientos noventa y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil seiscientos veinte cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte, Lidia Díaz Benavides; al sur, Omar Contreras Contreras; al este, Josefa Díaz Espinoza y al oeste, calle pública con frente de veintidós metros. Mide: Seiscientos veintitrés metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil dieciséis, con la base de ocho millones setecientos setenta y dos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis con la base de dos millones novecientos veinticuatro mil

y cuatro mil ochocientos-cero cero cero (2-254800-000) la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Sarchí Norte, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Lisbeth Morales; al sur, Hernán Blune; al este, calle pública con 13m 65cm y al oeste, Hernán Blune. Mide: Cuatrocientos seis metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: A-0975061-1991. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del año dos mil quince, con la base de ciento cincuenta y dos mil novecientos once colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de diciembre del año dos mil quince con la base de cincuenta mil novecientos setenta colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernal Antonio Alfaro Conejo y Lisbeth María Morales Acosta. Exp. N° 15-001158-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 10 de junio del 2015.—Msc. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015052031).

A las trece horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil quince (01:30 del 07/09/2015); remataré los siguientes inmuebles. 1) Con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil setecientos, Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil ochocientos noventa y dos-cero cero-cero 120892-000 la cual es terreno de cultivo. Situada en el distrito cuarto San Pablo, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Antonio Godoy Sánchez; al sur, Antonio Godoy Sánchez; al este, Carlos Luis Ugalde Brais y al oeste, servidumbre de paso con un frente de trece punto cincuenta centímetros. Mide: Trescientos seis metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. 2) con la base de tres millones quinientos setenta mil quinientos veinticinco colones libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil novecientos diez-cero cero cero 120910-000 la cual es terreno de cultivo. Situada en el distrito cuarto San Pablo, cantón noveno, de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte, Antonio Godoy Sánchez; al sur, Antonio Godoy Sánchez; al este, Carlos Luis Ugalde Brais y al oeste, servidumbre de paso con un frente de trece punto cincuenta centímetros. Mide: Trescientos diecisiete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. y 3) con la base de tres millones trescientos noventa y seis mil cuatrocientos ochenta y siete colones con cinco céntimos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil ochocientos noventa y uno-cero cero cero 120891-000 la cual es terreno de cultivo. Situada en el distrito cuarto San Pablo, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte, Antonio Godoy Sánchez; al sur, Antonio Godoy Sánchez; al este, Carlos Luis Ugalde Brais y al oeste, servidumbre de paso con un frente de doce punto cincuenta centímetros. Mide: Trescientos un metros con noventa y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Popular Desarrollo Comunal contra Aquilino Pérez Morais, Electroyama S. A. Exp. N° 94-100148-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 28 de julio del 2015.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla Juez.—(IN2015052040).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, y con la base de ciento cuarenta y siete mil doscientos setenta y siete dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 127091-000 la cual es terreno

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condic. Limitac. a las nueve horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil quince, con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete mil cuatrocientos quince-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 21 D. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, lote 22 D; al sur, lote 20 D; al este, lote 4 D y al oeste, resto camino. Mide: Mil doscientos cuatro metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Edilberto Rey Alfaro Fernández, María del Carmen Fernández Artavia. Exp. N° 14-001792-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de junio del 2015.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015052093).

En la puerta exterior de este Despacho; 1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos anotadas bajo las citas: 0504-00004040-01-0007-001; a las quince horas cero minutos del catorce de setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y dos mil cuatrocientos setenta y cinco punto treinta y un unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 528198-000 la cual es terreno de potrero con repastos, cipresales y charrales. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Napoleón Muñoz Muñoz; al sur, Gregoria Mora Chichilla; al este, calle pública con 91 metros 40 cms de frente; y al oeste, Asesorías Garo del Norte S. A., en medio Quebrada Tanques. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de veinticuatro mil trescientos cincuenta y seis punto cuarenta y ocho unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil quince, con la base de ocho mil ciento dieciocho punto ochenta y dos unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos anotadas bajo las citas: 0504-00004040-01-0009-001; a las quince horas cero minutos del catorce de setiembre del dos mil quince, y con la base de trece mil ciento catorce punto sesenta y nueve unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 528199-000 la cual es terreno de charral, potrero y montaña. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Abarca Obando y servidumbre de 6 metros de ancho; al sur, Napoleón Muñoz Muñoz; al este, Jorge Quesada León y quebrada en medio; y al oeste, Olger Jiménez Elizondo. Mide: tres mil doscientos veinticuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de nueve mil ochocientos treinta y seis punto uno unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil quince, con la base de tres mil doscientos setenta y ocho punto sesenta y siete unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Walter Calvo Quesada. Exp. 12-011265-1012-CJ. Notifíquese.—

colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ronny Alberto Villegas Chinchilla contra María Dennis Cirila Villafuerte Chavarría. Exp. N° 15-000428-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 22 de mayo del 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—(IN2015052061).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones bajo las citas 0316-00001317-01-0901-001; a las ocho horas y quince minutos del catorce de octubre de dos mil quince, y con la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil ciento treinta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte, María Cecilia Chaves Hernández; al sur, calle pública; al este, María Cecilia Chaves Hernández y al oeste, calle pública. Mide: Cinco mil veintiocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano P-1101519-2006. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dos de noviembre de dos mil quince, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del diecisiete de noviembre de dos mil quince con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Ortega Núñez contra Agroturismo La Amapola S. A. Exp. N° 11-027844-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2015.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015052090).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, bajo citas 0462-00006593-01-0018-001, a las trece horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil quince, y con la base fijada por el perito de seis millones trescientos sesenta y ocho mil setecientos setenta y ocho colones; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 63049-000, la cual es terreno para construir con una casa marcada con el número 317. Situada en el distrito primero Limón, cantón primero Limón, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, con Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur, con Avenida Ostra; al este, con Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: Noventa metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil quince con la base de cuatro millones setecientos setenta y seis mil quinientos ochenta y tres colones con cincuenta céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil quince con la base de un millón quinientos noventa y dos mil ciento noventa y cuatro colones con cincuenta céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de María de los Ángeles Maroto Herrera contra Eduardo Enrique Legister Thorpe. Exp. N° 08-000250-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de julio del 2015.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—(IN2015052092).

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 23

Títulos SupletoriosSe hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente

N° 09-100263-0217-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de James Castro Fallas, quien es mayor, soltero, vecino de San Cristóbal Sur de Desamparados, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-ocho tres siete-tres nueve tres, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público dos Propiedades, cuyos terrenos que se describen así: Fincas cuya naturalezas es de terreno de café. Situadas en el distrito Frailes, cantón Desamparado, de la provincia de San José. La finca por inscribir perteneciente a la provincia de San José descrita en el plano SJ-1321059-2009 con una medida de ocho hectáreas con seis mil cuatrocientos treinta y dos metros con sesenta y cuatro decímetros y que colinda por el rumbo norte José Méndez Calvo e Hijos S. A. y Elenita Venegas Bonilla, por rumbo sur y este con calle pública, y por el rumbo oeste Ronald Quirós Mora y Ronald Nájera Chacón. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de diez millones ciento cincuenta y tres mil ciento veinticinco colones, y las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble una parte por compra-venta y otra por adjudicación mortual y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, limpieza del inmueble y cuido de linderos y cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por James Castro Fallas. Exp.: 09-100263-0217-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 09 de julio del 2015.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047223).

Eugenio Róger Mora Navarro, mayor de edad, divorciado una vez, comerciante, vecino de Curridabat, San José, cédula de identidad uno-cuatrocientos ocho-novecientos setenta y dos, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno de repasto y bosque, situado en La Libertad de Sardinal (distrito tercero), de Carrillo (cantón quinto), de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Papagayo Golf and Country Club S. A; sur, calle pública, este, Green Heaven de Guanacaste S.A, La Mona Triste JKL S. A y Papagayo Golf y oeste, Municipalidad de Carrillo, Javier Contreras Contreras, Villa Dahlia PGCC Al Quince S. A., y Papagayo Golf and Country Club S. A. Según plano catastrado G-cuatrocientos cuarenta y nueve mil ciento noventa y cuatro. Mide de extensión una hectárea nueve mil setecientos cuarenta metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compra de José Alberto Angulo García el treinta de marzo de mil novecientos noventa y dos. Estima el inmueble en tres millones de colones y el proceso en la misma suma. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Eugenio Róger Mora Navarro. Exp: 14-000136-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de marzo del 2015.—Sugeily Hernández Azofeifa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047230).

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 15-100020-1143-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Olinda Sosa Martínez; quien es mayor, estado civil viuda, vecina de Upala Centro, ciento

Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(IN2015052121).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas citas: 406-19980-01-0080-001 y Reservas Ley Caminos citas: 406-19980-01-0081-001; a las diez horas y quince minutos (antes meridiano) del catorce de setiembre de dos mil quince, y con la base de seis millones cuatrocientos veintidós mil cincuenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 84415-000 la cual es terreno lote 30 terreno para la agricultura. Situada en el distrito Tárcoles, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, parcela 29; al sur, parcela 31; al este, calle pública; y al oeste, Fernando Batalla. Mide: setenta y nueve mil novecientos noventa y nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos (antes meridiano)del treinta de setiembre de dos mil quince, con la base de cuatro millones ochocientos dieciséis mil quinientos cuarenta y un colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos (antes meridiano) del quince de octubre de dos mil quince con la base de un millón seiscientos cinco mil quinientos trece colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ligia Bustamante Mora contra J E F Centroamericana S. A. Exp. 14-011656-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de junio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015052123).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo 0359-00019137-01-0900-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil quince, y con la base de diez millones quinientos dieciséis mil ochocientos cinco colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos treinta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa marcada con el número 9 CC. Situada en el distrito 09-Pavas, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Leximp S. A.; al sur, Leximp S. A.; al este, alameda 18 S; y al oeste, Leximp S. A. Mide: noventa metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil quince, con la base de siete millones ochocientos ochenta y siete mil seiscientos tres colones con ochenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil quince con la base de dos millones seiscientos veintinueve mil doscientos un colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Antonio Solís Saborío. Exp. 15-013321-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—(IN2015052126).

ConvocatoriasSe convoca a todos los interesados en la Sucesión de, Evelia

Contreras Vargas, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos (8:30 a.m.) del siete de setiembre de dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 14-000797-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de julio del 2015.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2015052097).

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

la gasolinera; representada por su apoderado generalísimo Andrés Rodríguez Vargas, mayor, soltero, ganadero, cédula de identidad dos-seiscientos treinta y ocho-seiscientos treinta y siete, vecino de Monterrey de San Carlos, un kilómetro al norte de la Gasolinera. Solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de repasto, sito en Los Ángeles, distrito diez Venado, y parte en distrito uno San Rafael, cantón diez San Carlos y parte en cantón quince Guatuso, provincia Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, El Diamante Azul J Y M del Norte Sociedad Anónima, Río Cucaracha y fin de servidumbre de paso de siete metros cuarenta y cinco centímetros lineales; al sur, El Diamante Azul J Y M del Norte Sociedad Anónima y en parte Anselmo Alfaro Alfaro; al este, El Diamante Azul J Y M del Norte Sociedad Anónima; y al oeste, Río Cucaracha y Anselmo Alfaro Alfaro. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1765994-2014 de fecha 28 de agosto de 2014, una superficie de setenta y siete mil doscientos diecisiete metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación que le hiciera el señor Andrés Rodríguez Vargas, mayor, soltero, ganadero, cédula de identidad dos-seiscientos treinta y ocho-seiscientos treinta y siete, vecino de Monterrey de San Carlos, un kilómetro al norte de la Gasolinera, en fecha 16 de abril de 2014, quien le trasmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora el terreno en la suma de diez millones de colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria N° 15-000101-0298 AG, establecida por El Diamante Azul J Y M Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 13 de julio de 2015.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza Agraria.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047771).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 15-160006-0642-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorge Arturo Valverde Sanabria, quien es mayor, casado una vez, vecino de El Barón de Esparza, portador de la cédula de identidad vigente número 4-108-061, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de charral y bosque. Situada en El Barón, distrito cuarto San Rafael, cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Elbert y Jairo ambos apellido Aguilar Porras, callejón de acceso de cinco metros de ancho; al sur: con Río Jesús María; al este: Eliecer Barrantes Ocampo y al oeste: Quirino Aguilar Montoya. Mide: siete mil seiscientos setenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1738875-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de derechos que realizó a su favor el señor Pilar Aguilar Montoya y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años juntos con la posesión derivada de su antiguo poseedor. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza con el fin de mantenerlo bien delimitado y construcción de una cerca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jorge Arturo Valverde Sanabria. Expediente: 15-160006-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 17 de abril de 2015.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047869).

veinticinco metros al este de la escuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 8-0047-0526, profesión ejecutiva del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construido y de patio situado en el distrito primero, cantón trece, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, con Norma Cortes González; al sur, con calle pública; al este, con Rónald Núñez Villalobos y al oeste, con Gabriela Acevedo Hurtado y Lidia Mena Álvarez. Mide: Trescientos sesenta y cinco metros con cincuenta centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación protocolizada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de un local comercial y se le ha dado mantenimiento y mejoras al terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del registro público de la propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Olinda Sosa Martínez. Exp. Nº 15-100020-1143-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 07 de julio de 2015.—Licda. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2015047713).

Carlos María Rojas Álvarez, cédula de identidad dos- doscientos dos novecientos sesenta y tres, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Santa Isabel de Río Cuarto de Grecia, 500 metros sur de la plaza de deportes. Solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para repastos, parte destinada a la agricultura y una casa de habitación sito ubicado en Santa Isabel, distrito Sexto, Río Cuarto, cantón Tercero, Grecia de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública con un frente de doscientos ochenta y nueve metros con setenta y tres centímetros, Iria María Salazar Núñez y en parte Río Cuarto; al sur, Boticario Tropical S. A. y en parte Carlos Rojas Alfaro; al este, Río Cuarto; al oeste, calle pública con un frente de ciento setenta y dos metros con veintidós centímetros y en parte Alexander, Jeffry, Rafael Ángel, Yamileth, Edgar, Carlos, Lilliana y Maribel, todos de apellidos Rojas Alfaro. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1252541-2008 de fecha 12 de mayo 2008, una superficie de veintisiete hectáreas tres mil seiscientos sesenta metros con noventa y un decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió mediante compra que le realizara Jose Joaquín Alfaro Artavia, mayor, viudo una vez, agricultor, cédula de identidad dos-cero cuarenta y ocho-seis mil trescientos veintiuno, vecino de Santa Isabel de Río Cuarto de Grecia, Alajuela, 500 metros sur de la plaza de deportes, en fecha 25 de octubre de 1968, mediante testimonio de escritura número 186 otorgado ante el Notario Hernán Chacón Jinesta, y quien le trasmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de veinte años. Valora el terreno en la suma de treinta millones de colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria N° 15-000055-0298 AG, establecida por Carlos María Rojas Álvarez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de julio de 2015.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047768).

El Diamante Azul J Y M del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro nueve cero uno cero cinco, domiciliada en Monterrey de San Carlos, un kilómetro al norte de

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 25

estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por, Arturo Arredondo Ureña. Exp.: 15-000141-0638-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de junio del 2015.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048073).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 13-000019-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gerardo Agüero Elizondo, quien es mayor, casado, vecino de Poró de Grifo Alto de Puriscal, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-siete cuatro ocho-tres siete uno, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público una Propiedad, cuyo terreno que se describen así: Finca cuya naturaleza es de terreno de pasto. Situada en el distrito Grifo Alto, cantón Puriscal, de la provincia de San José. La finca por inscribir perteneciente a la provincia de San José descrita en el plano SJ-1512036-2011 con una medida de nueve mil doscientos veintidós metros cuadrados, con una naturaleza de terreno de pasto, y que colinda al norte, Luis Agüero Elizondo, al sur, Gerardo Agüero Elizondo y Jacinto Agüero Quirós, al este, calle pública y Gerardo Agüero Elizondo, al oeste, Luis Agüero Elizondo y Gerardo Agüero Elizondo. Tal como lo indican el plano catastrado SJ-1512036-2011. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cinco millones colones, y las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra y venta verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de malezas, reparación y construcción de cercas, además de asistencia general del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Gerardo Agüero Elizondo. Exp. Nº 13-000019-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de marzo del 2014.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048087).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 15-000028-0815-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Narcisa Murillo Murillo Sánchez, quien es mayor, casada una vez, vecina de Barrio San José de Atenas, Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0319-0528, agricultora y educadora, José Martín Murillo Sánchez, quien es mayor, casado una vez, vecino de Santa Inés de Heredia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0319-0372, agricultor, Rafael Cristóbal Murillo Sánchez; quien es mayor, casado una vez, vecino de Tres Ríos de la Unión de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0332-0060, profesión agricultor, Flor Yamilettm Murillo Sánchez, quien es mayor, casada una vez, vecina de Pueblo Nuevo de Barrio San José de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0339-0019, agricultora y educadora, María Ester Murillo Sánchez, quien es mayor, casada una vez, vecina de San Ramón de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0369-0565, agricultora, y Marco Aurelio Murillo Sánchez, quien es mayor, casado una vez, vecino de San Juan Norte de Poás, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0369-0558, agricultor y educador; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de terreno de cultivos y bosque, sito en el distrito 03 Mercedes, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Pedro Bogantes Arroyo, al sur, con Quebrada en medio de

Se hace saber que ante este despacho se encuentra el expediente N° 14-000150-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Ana Ibis Hernández Castañeda, quien es mayor, casada una vez, maestra, portadora de la cédula de identidad 5-0127-0290 y vecina de San Rafael de Paso Tempisque de Palmira de Carrillo, ciento veinticinco metros al norte y veinticinco metros al este del Ebais y Martiza Emilia Hernández Castañeda, mayor, divorciada una vez, empresaria, cédula 5-0195-0073, vecina de San Rafael de Heredia, trescientos metros al sur de la Iglesia Católica; el cual interpusieron a fin de que se inscriba a sus nombre y ante el Registro Público de la Propiedad un terreno que es para construir, situado en Paso Tempisque, distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, provincia de Guanacaste; el cual colinda: al norte y este: Donaldo Villegas Espinoza, al sur: en la actualidad con Carmen Eugenia Sánchez Castañeda y oeste: calle pública con un frente a ella de doce metros con tres centímetros lineales; mide 420 m2, según plano G-1701478-2013. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante donación que le hiciera su padre Luis Paulino Hernández Hernández, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, Barrio El Bambú cincuenta metros al sur del Estadio Municipal, el 15 de enero de 1992 y ratificado por medio de escritura el 1 de diciembre de 2014, que hasta la fecha lo han poseído en calidad de únicas personas propietarias y en forma pública, pacífica, ininterrumpida; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en reparación y mantenimiento de casa de habitación, limpieza de patio y tapias; que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carecen de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 6 de julio de 2015.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—(IN2015047891).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000141-0638-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Arturo Arredondo Ureña, quien es mayor, casado una vez, vecino de Atenas, cédula de identidad número 02-0281-0895, ingeniero agrónomo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: 1) Finca cuya naturaleza es terreno de agricultura. Situada en el distrito primero Atenas, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con veintiocho metros cincuenta y ocho centímetros; al sur, Adrián Hernández Araya; al este, calle pública con ciento ochenta y ocho metros con treinta y seis centímetros y al oeste, Olman León Guzmán. Mide: siete mil catorce metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1771615-2014; 2) Finca cuya naturaleza es terreno de agricultura. Situada en el distrito primero Atenas, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de cuarenta y siete metros con setenta y tres centímetros; al sur Federico Aguilar Chaves; al este, Luis Ángel Carranza Bolaños, y al oeste, Constructora Jerusalem de Occidente S. A. Mide: cinco mil trescientos siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1770188-2014; 3) Finca cuya naturaleza es terreno de agricultura. Situada en el distrito primero Atenas, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Cajón; al sur, calle pública con un frente a ella de ciento treinta y un metros con once centímetros; al este, Constructora Jerusalem de Occidente S. A. y al oeste, Constructora Jerusalem de Occidente S. A. Mide: diez mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1771616-2014. Indica el promovente que estima los inmuebles: 1) en la suma de diez millones de colones; 2) en la suma de siete millones de colones; 3) en la suma de quince millones de colones. Las presentes diligencias en la suma treinta y dos millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 12-000132-1129-AG (113-15) establecidas por Rosa Acuña Agüero.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, dos de julio del dos mil quince.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048099).

Carlos Luis Castro Castro, mayor, soltero, agricultor, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, Volcán, un kilómetro al este, de la Iglesia Católica, cédula de identidad 1-0607-056, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de cultivos anuales y árboles frutales dividido por una servidumbre de paso, situado en el distrito segundo Volcán, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, Eladio Castro Chaves; sur, María Yamileth Castro Castro; al este, José Orlando Castro Castro; y al oeste, Meyby Caballero Gómez. Mide: siete mil cuatrocientos veintitrés metros cuadrados, según plano catastrado P-1734650-2014. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido la poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de dos millones de colones; así como las presentes diligencias en la suma de dos millones quinientos mil colones. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 14-000101-1129-AG (86-15) establecidas por Carlos Luis Castro Castro.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, tres de julio del dos mil quince.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048100).

Leila Martínez Zuñiga, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Buenos Aires de Puntarenas, Santa Rosa de Brunka, cédula de identidad 6-0179-0297, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de solar, situado en Santa Rosa, del distrito noveno Brunka, del cantón tercero Buenos Aires, de la Provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte y sur, Katia Cordero Martínez, al este, con calle pública con frente de catorce metros con noventa y siete centímetros lineales; y al oeste: con calle pública con un frente de doce metros con setenta y un centímetros lineales. Mide cuatrocientos sesenta y seis metros cuadrados, según plano catastrado P-1662091-2013. El terreno antes descrito, la solicitante ha sido la poseedora en calidad de dueña de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de ochocientos mil colones; y las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 14-000142-1129-AG (112-15) establecidas por Leila Martínez Zúñiga.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, dos de julio del dos mil quince.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048101).

Blanca Iveth Martínez Zúñiga, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Buenos Aires de Puntarenas, Santa Rosa de Brunka, cédula de identidad 6-0156-0444, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, las fincas sin inscribir que le pertenece y que se describen así: 1) Terreno de potrero y agricultura, situado en el distrito noveno Brunka, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, al sur y al este: servidumbre agrícola en medio de Orlando Martínez Zúñiga; y al oeste con Lisimaco Barrantes Angulo. Mide ocho mil metros cuadrados, según plano catastrado P-1641362-2013. 2) terreno de potrero y agricultura, situado en el distrito noveno Brunka, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, Juan Carlos Vindas Martínez; sur, Iveth Martínez Zúñiga; este, servidumbre agrícola en medio de Orlando Martínez Zúñiga y al oeste con Lisimaco Barrantes Angulo. Mide siete mil metros cuadrados, según plano catastrado

Gumercindo Castro Vega y Claudina Vargas Herrera; al este, con Claudina Vargas Herrera y al oeste, con Pedro Bogantes Arroyo y Edwm González Alvarado. Mide: Quince mil ciento ochenta y nueve metros con cinco decímetros cuadrados, tal y como lo indica el plano catastrado número A-siete cuatro siete uno uno dos-dos mil uno. Indica la parte promovente que estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de veinte millones de colones, y cinco millones de colones, respectivamente. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Narcisa Murillo Sánchez, José Martín Murillo Sánchez, Rafael Cristóbal Murillo Sánchez, Flor Yamilettm Murillo Sánchez, María Ester Murillo Sánchez y Marco Aurelio Murillo Sánchez. Exp. Nº 15-000028-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de julio del 2015.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048095).

Miriam Dixon García, mayor, casada una vez, del hogar, cédula de identidad uno-quinientos cincuenta y cuatro-seiscientos sesenta y nueve, vecina de San Juan, Platanar, Florencia ochocientos metros este de la Iglesia Católica. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de agricultura, sito en San Juan, distrito segundo Florencia, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Guillermo Umaña Umaña; al sur, Héctor Umaña Chavarría; al este, calle pública con un frente de cuarenta y un metros setenta y dos centímetros lineales y al oeste, Guillermo Umaña Umaña. Mide de acuerdo al plano catastral aportado número A-1296368-2008 de fecha 13 de octubre de 2008, una superficie de mil seiscientos noventa y cinco metros con quince decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta la titulante, que lo adquirió por venta que le hiciera Renelda Ligia Umaña Chavarría, mayor, casada una vez, del hogar, cédula de identidad uno-cuatrocientos cuarenta y cinco-novecientos noventa y tres, vecina de San Juan de Platanar, Florencia, trescientos metros oeste del cementerio, mediante testimonio de escritura número 265, otorgada ante la Notaria Fressia Patricia Guzmán Mena y quien le trasmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora el terreno en la suma de quinientos mil colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria N° 09-000252-0298-AG, establecida por Miriam Dixon García.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de julio de 2015.—Lic. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048098).

Rosa Acuña Agüero, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Buenos Aires de Puntarenas, 50 metros norte, de la Escuela de Villa Hermosa, cédula de identidad 1-0559-0096, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno con una casa y potreros, situado en el distrito primero Buenos Aires, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, Rosa Acuña Agüero; sur, Santos Macario Duarte Mena, al este, Luis Acuña Acuña y Junta de Educación de Villa Hermosa; y al oeste, con calle pública con una medida lineal de frente a la misma de ciento cincuenta y seis metros con sesenta y tres centímetros lineales. Mide: una hectárea con mil quinientos sesenta y nueve metros cuadrados, según plano catastrado P-1738998-2014. El terreno antes descrito, la solicitante ha sido la poseedora en calidad de dueña de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo así como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 27

Volio San Ramón representada por Daysi Pérez Zamora, quien es mayor, casada una vez, vecina de Volio, San Ramón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0202970492, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito décimo Volio, cantón segundo San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Junta de Educación de Volio, San Ramón; al sur: calle pública; al este: calle pública y al oeste: calle pública. Mide: trescientos dieciséis metros con cincuenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante posesión ejercida en forma pública, pacífica y quieta por más de cuarenta años y hasta la fecha. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una oficina para albergar al policía. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Asociación Desarrollo Integral Volio San Ramón. Expediente: 14-000014-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de abril del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2015048133).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 13-000243-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jesús Quintero Nelson, quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de Estados Unidos de América, portador del pasaporte vigente que exhibe número P 209090334 , profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: Jorge Antonio Rosales Bran; al sur: calle pública con treinta y siete metros con cinco centímetros; al este: Ana Yuri Navarrete Contreras y al oeste: Joaquín Contreras Bran. Mide: cuatro mil ciento cincuenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de catorce millones seiscientos setenta mil quinientos veinte colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compraventa el cuatro de febrero del dos mil trece y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción sobre el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jesús Quintero Nelson. Expediente: 13-000243-0391-AG.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 22 de junio del 2015.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2015048179).

CitacionesSe hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso

sucesorio acumulado de quien en vida se llamó Arnoldo Rafael Solano Quesada, mayor, guarda de seguridad, con documento de identidad número 3-109-505 y vecino de La Unión, Tres Ríos. Y de quien en vida se llamó Lia Campos Solano, mayor, casada, con documento de identidad número 3-169-620 y vecina de La Unión, Tres Ríos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento

P-1674231-2013. Los terrenos antes descritos, la solicitante ha sido la poseedora en calidad de dueña de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima los fundos: el primero en la suma de ochocientos mil colones, la segunda en la suma de setecientos mil colones; y las presentes diligencias en la suma de un millón seiscientos mil colones. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 14-000145-1129-AG (116-15) establecidas por Blanca Iveth Martínez Zúñiga.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, dos de julio del dos mil quince.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048102).

Luz Mary Mora Calderón, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Buenos Aires de Puntarenas, Changuena, Barrio Santa Lucía, cédula de identidad 1-0579-0784, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de potrero con una casa, situado en Santa Lucía, del distrito sétimo Changuena, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte: Junior Castro Mora, al sur y al oeste: con calle pública con un frente de doscientos treinta y dos metros con ochenta centímetros lineales; y al este con Junior Castro Mora y Alberico Jiménez Fernández. Mide: Dieciséis mil seiscientos noventa y dos metros cuadrados, según plano catastrado P-1670248-2013. El terreno antes descrito, la solicitante ha sido la poseedora en calidad de dueña de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de ocho millones colones; y las presentes diligencias en la suma de un millón seiscientos mil colones. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 14-000148-1129-AG (115-15) establecidas por Luz Mary Mora Calderón.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, dos de julio del dos mil quince.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015048103).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 11-000429-0188-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación Artesanal Educativa de Pérez Zeledón, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 de Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: Asociación Artesanal Educativa de Pérez Zeledón; al sur: Rosita Vargas Hidalgo; al este: Asociación Artesanal Educativa de Pérez Zeledón y Rosita Vargas Hidalgo y al oeste: calle pública. Mide: doscientos ochenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble el siete de marzo del dos mil once y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar el lote, arreglar cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Asociación Artesanal Educativa de Pérez Zeledón. Expediente: 11-000429-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 6 de julio del 2015.—MSC Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2015048110).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000014-0296-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación Desarrollo Integral

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 28 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

Chaves Garro. Se nombra a Rodrigo Chaves Hidalgo como su curador definitivo, quien debe comparecer dentro del octavo día, a aceptar el cargo y jurar su fiel y buen cumplimiento. Se advierte al curador defintivo que el cargo no le permite disponer de bienes que pertenezcan actualmente o llegaren a formar parte del patrimonio de Loreta Chaves Garro sino únicamente administrarlos. Igualmente el cargo lo obliga a procurar la estabilidad y el desarrollo integral de Loreta, lo que implica velar por su salud física y emocional. Del mismo modo, no le está permitido emplear el dinero o los bienes que le pertenezcan a Loreta, para la satisfacción de necesidades que no sean personales de la misma y útiles para la satisfacción de sus cuidados básicos y manutención del hogar. Queda el señor Rodrigo Chaves Hidalgo eximido de rendir garantía a fin de administrar los bienes de Loreta, de conformidad con lo que dispone el artículo 237 del Código de cita. Deberá el curador nombrado dentro del plazo de treinta días rendir un inventario de los bienes e ingresos que integren el patrimonio de Loreta Liliana, a fin de dar seguimiento a la administración que realice como curador, de la cual solo deberá de dar una cuenta final de la misma. Publíquese la parte dispositiva de este fallo en el Boletín Judicial. Firme este fallo, inscríbase en el Registro Público y en el Registro Civil mediante ejecutoria. Son las costas de las presentes diligencias a cargo del patrimonio de la persona insana.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 10 de julio del 2015.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048089).

Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Giovanni Salvador Durán Elías, salvadoreño, documento de identidad A01988893, mayor, soltero, de oficio y demás calidades desconocidas, que en este Despacho se interpuso un proceso autorización de salida país en su contra, bajo el expediente número 14-001133-0186-FA donde solicita la señora Maradiaga López la salida indefinida del país de los menores Joshua Kaleb y Bryan Gabriel, ambos de apellidos Durán Maradiaga. Lo anterior se ordena así en proceso autorización salida país de Ruth Jenette Maradiaga López contra Giovanni Salvador Durán Elías. Expediente Nº 14-001133-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 4 de junio del 2015.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048091).

Licenciada Cristina Dittel Masís. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a Jonathan Dinarte Erixon, de calidades y vecindario desconocidos que en este despacho se tramita demanda de declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de La Infancia de Cartago & contra Jonathan Dinarte Erixon, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las quince horas y dos minutos del nueve de junio del dos mil quince. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor, planteado por Patronato Nacional de La Infancia de Cartago & contra Jonathan Dinarte Erixon, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. cinco días, a aceptar y jurar el cargo. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009.-Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite

a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000498-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de junio del año 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015046469).

AvisosSe hace saber que en este despacho El Trapichito del Rosario

S.A., cédula jurídica número 3-101-039399, representada por Ana Cecilia Coto Rodríguez, mayor, casada una vez, del hogar, cédula de identidad número 9-012-319, vecina de San José, ha promovido diligencias a fin de que se le reponga una cédula hipotecaria, correspondientes a cédula en tercer grado por tres millones de colones, inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble, al tomo 577, asiento 55944, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001, que vence el 04-09-2008, de la finca del partido de Alajuela, matrícula número 207.080-000. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este aviso en el diario oficial La Gaceta a todos los interesados a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de título. Expediente N° 14-000098-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 11 de junio del 2015.—Licda. Mayra Cristina Cordero Espinoza, Jueza.—(IN2015046698). 3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Melani Celina Matarrita López, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya). A las once horas y treinta y siete minutos del dieciséis de enero del año dos mil catorce. Expediente N° 14-000001-0869-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 16 de enero del 2014.—Lic. Francini Campos León, Jueza.—Exonerado.—(IN2015047229). 3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Jorge Alberto Barrantes Jiménez, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°15-000631-1302-FA. Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, diecisiete de julio de dos mil quince.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—(IN2015047862). 3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Alexa del Carmen Jiménez Meléndez, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 14-001360-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de julio del 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Exonerado.—(IN2015048107). 3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Marianela y Jurilyn ambas apellidos Rojas Barquero, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 15-000212-0292-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de julio del 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Exonerado.—(IN2015048109). 3 v. 2

El Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, hace saber, que en proceso de insania, expediente número 13-401298-0637-FA, promovido por Rodrigo Chaves Hidalgo, a favor de Loreta Liliana Chaves Garro. Se dictó la sentencia de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del dos mil quince, cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: De conformidad con lo expuesto y normas legales citadas, se acogen las presentes diligencias no contenciosas de declaratoria de insania y se declara persona insana a Loreta Liliana

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 29

Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado Civil, g) Número de cédula, h) Lugar de Residencia.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048094).

Juzgado de Trabajo de Heredia, se hace saber a Owen Arguedas Román, cédula de identidad 6-0292-0257, vecino de Belén, San Antonio, 400 metros al norte del Banco Nacional, Condominios Balcones de la Ribera, casa 4-D, y a Wendy Arguedas Arce, cédula de identidad 1-1448-001, vecina de Belén, San Antonio; 400 metros al norte, del Banco Nacional, Condominio Balcones de la Ribera, casa 4-D que en este Despacho, se interpuso proceso ordinario laboral en su contra, por Héctor Manuel Gutiérrez Bucardo, mayor, cédula de residencia 155819776628, bajo el expediente 15-000083-505-LA. En dicho proceso se pretende se condene a la parte accionada a cancelarme lo correspondiente a: Auxilio de Cesantía. El pago de 3276 horas extras nocturnas durante toda la relación laboral. 6 días de vacaciones. Ambas costas de esta acción. De la anterior demanda se dio curso mediante resolución de las trece horas y cincuenta y cinco minutos del once de febrero del dos mil quince, misma que en síntesis indica: “(...) De la anterior demanda ordinaria laboral y documentos aportados por Héctor Manuel Gutiérrez Bucardo se concede traslado por el plazo de quince días, a Owen Arguedas Román, cédula de identidad 6-0292-0257, a Wendy Arguedas Arce, cédula de identidad 1-1448-001 y a Solidus de Seguridad S. A., para que la conteste por escrito, previniéndole que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquéllos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Así mismo, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. (...)” Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de quince días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersone en este Despacho, en el proceso aquí establecido, a hacer valer sus derechos. Se ordena así de conformidad con lo establecido por el artículo 263 del Código Procesal Civil. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Proceso ordinario laboral. Expediente número 15-000083-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 15 de julio del 2015.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048096).

Licda. Karol Tatiana Gómez Moraga. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya); hace saber, que en este despacho se tramita proceso de insania, en beneficio de Jendry Paola Galagarza Durán, mayor, con cédula de identidad número 4-176-772 y vecina de Puerto San Jesús, bajo el expediente número 14-000209-0869-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “.. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), a las ocho horas y veintiuno minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de insania. Practíquesele al presunto insano Jendry Paola Galagarza Durán, una valoración por parte de la Sección de Psiquiatría Forense del Organismo de Investigación Judicial, que abarque los extremos a que se refiere el artículo 848 del Código Procesal Civil. Se hace saber a los promoventes del proceso en el transcurso del mismo quien fungirá como curador del presunto insano será un profesional en derecho y es hasta el dictado de la sentencia o según lo considere la Juzgadora que se designara a quien posee la calidad y aptitud para desempeñar el cargo. Previo a nombrar al profesional que asumirá el puesto de curador procesal, deberán los promoventes depositar la suma de treinta y cinco mil colones que depositará el promovente, dentro de tercero día, en la cuenta Nº 140002090869-0 de este

procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al señor Delegado Policial de Ciudad Quesada. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Como medida cautelar, se confiere a José Fabián Quesada Granados y Priscila Vargas Costa el depósito provisional de María Cecilia Dinarte Alvarado. Expediente Nº 14-001733-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048092).

Licda. Alinne Solano Ramírez, Jueza de Familia del Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber que en proceso abreviado de divorcio Nº 2014-400743-216-FA promovido por Sum Maroto Picado contra Arcadio Cumdumi Asprilla; se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: “Juzgado Civil, Familia y de Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, a las once horas treinta y cinco minutos del doce de mayo del dos mil quince. De la anterior demanda de divorcio establecida por la accionante Sum Maroto Picado se confiere traslado al accionado Arcadio Cumdumi Asprilla; por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, a quien se ordena notificar por medio del notificador del Despacho en el Albergue de Hatillo 2. Así mismo, se previene a las partes que deben señalar únicamente medio, estrados, correo electrónico y casilleros donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten se le(s) tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, artículos 19, 34 de la Nueva Ley de Notificaciones. Por no contar actualmente este Despacho con casilleros, se les hace saber a las partes que por el momento no deben señalar casilleros. Agotados los medios legales para la localización del demandado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código Procesal Civil se ordena notificar por edicto el traslado del demandado al accionado ausente. (...) Así mismo por haberlo dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información; a) Lugar de Trabajo, b)

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Melvin Barquero Valverde, quien es mayor, de 48 años de edad, divorciado, docente, portador de la cédula de identidad número 1-0700-0842, hijo de Ramón Barquero Vargas y Gerarda Rosa Valverde Chaves, nacido en Platanares, Pérez Zeledón, San José, el 28 de enero de 1967; y Patricia Ugarte Ovares, quien es mayor, de 45 años de edad, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 6-231-357, hija de Leonidas Ugarte Sequeira y Ofelia Ovares Salazar; ambas personas son vecinas de Pérez Zeledón, Barrio España; 400 metros este, de Los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial, casa color amarillo ocre. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo; deberá manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. Nº 15-000478-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 17 de julio de 2015.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015046517).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor Haysmalin Arias Beita, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0602620447, vecina de santa bárbara de Heredia, de la Cruz Roja; 350 metros al este, y 25 metros al norte, hija de Daisy Beita Morales y Manuel Arias Quesada, nacida en Puntarenas, el 4 de setiembre de 1974, con 40 años de edad, y Luis Enrique Rivera Mata, mayor, divorciado, trabaja con el Ministerio de Seguridad Pública, cédula de identidad número 0107260083, vecino de Santa Bárbara de Heredia, de la Cruz Roja; 350 metros al este y 25 metros al norte, hijo de Flor María Mata Ramos y Manuel Francisco Rivera Montoya, nacido en San José, el 28 de junio de 1968, actualmente con 46 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho, Juzgado, de familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente Nº 15-001166-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de junio del 2015.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015046552).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor José Miguel Vargas Segura, mayor, estado civil divorciado, profesión cocinero, cédula de identidad número 7-0094-0729 vecino de Santa Bárbara de Heredia, de Barrio Betania, del puente; 400 mts al norte, hijo de Remigio Vargas Núñez y Rosa Segura Rojas, nacido en Limón, el 7 de agosto de 1969, con 45 años de edad, y Wendy Yessenia Obando Delgado, mayor, estado civil divorciada, profesión estudiante, manicurista, cédula de identidad número 1-1023-0437, vecina de Santa Bárbara de Heredia, de Barrio Betania, del puente; 400 mts al norte, hija de Carlos Hernán Obando Obando y Blanca Flor Delgado Montero, nacida en San José, el 30 de diciembre de 1978, actualmente con 36 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho. Dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente Nº 15-001223-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 30 de junio del 2015.—Licda. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015046553).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Adrián Alberto Gómez Masis, soltero, costarricense, veintiséis años de edad, nacido en Limón el veintisiete de enero de mil novecientos ochenta y nueve, barbero, cédula de identidad número siete-ciento ochenta y nueve-cuatrocientos treinta y dos; vecino de Paso Ancho, hijo de Daniel Gómez Gómez y María Masis Mendrano, ambos costarricenses y la señora Gabriela Cerdas Saborío, mayor, costarricense, ama de casa, veintiocho años de edad, nacida en San José el doce de julio de mil novecientos ochenta y seis, soltera, número de cédula uno-mil doscientos ochenta y cinco-doscientos sesenta y siete; vecina

Juzgado en el Banco de Costa Rica. Por medio de un edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en la insania y consecuente curatela que se pide, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). El edicto quedará a disposición de la parte interesada en la Secretaría del Juzgado. Señale el promovente las personas que deben ser consideradas para el nombramiento de curador de acuerdo con el artículos 236 del Código de Familia. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048104).

Se avisa a quien tenga interés que en este Despacho, bajo el expediente número 14-001290-0292-FA, los señores Mauricio Alberto de Jesús López Fernández y Felicia Villalobos Cambronero, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la joven mayor de edad Karen Gabriela Baez Villalobos. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de julio del 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048106).

Edictos MatrimonialesKevin Steff Rojas Jiménez y Laura Natalia Rodríguez Mora,

cédula por su orden: 1-1557-517 y 1-1516-584; vecinos de San José, Desamparados, Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez. Expediente 15-401063-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 06 de julio del 2015.— Licda. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—(IN2015046349).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Natalia Carrillo Medina, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 05-0152-0608, vecina de San Antonio de Nicoya, 125 metros al oeste de la escuela Luis Dobles Segueda, hija de Geronimo Carrillo Torres y Francisca Medina Medina, nacida en Pozo de Agua de Nicoya, el 30 de noviembre de 1954, con 60 años de edad, y Gilberto Obando Marchena, mayor, divorciado, trabajador de la Municipalidad de Nicoya (área de limpieza de vías), cédula de identidad número 05-0192-0047, vecino de San Antonio de Nicoya, 125 metros al oeste de la escuela Luis Dobles Segueda, hijo de Inocente Obando Matarrita y Julia Marchena Villarreal, nacido en San Antonio en Nicoya, el 25 de febrero de 1961, actualmente con 54 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 15-000052-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 10 de marzo del año 2015.—Lic. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015046480).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio de los señores Juan Luis Soto Castañeda, mayor, soltero, contratista, cédula de identidad número 0502330176, nacido en Liberia, Guanacaste, el 06/06/1966, con 49 años de edad, y Evelyn de Los Ángeles Sánchez Vega, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0603480792, nacida en central Puntarenas, el 09/08/1985, actualmente con 29 años de edad.; ambos contrayentes son vecinos de Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-000477-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 17 de julio del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015046514).

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 31

edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 15-001664-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de julio del año 2015.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047178).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Félix Salazar González y Sandra Ovares Cordero, el primero mayor, costarricense, divorciado una vez, pensionado, con cédula de identidad número 2-0196-0312, hijo de Carmen Salazar González, nativo de Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día 08 de enero de 1939, de 76 años de edad, vecino de Quepos, Barrio Los Ángeles, 300 metros norte y 50 oeste del Súper Mercado Palí, casa de cemento de color beige, teléfono número 2777-1896, y la segunda mayor, costarricense, soltera, del hogar, cédula de identidad número 1-0597-0385, hija de Mario Ovares Álvarez e Hilda Cordero Ramírez, nacida en Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día 21 de agosto de 1959, de 55 años de edad, vecina Quepos, Barrio Los Ángeles, 300 metros norte y 50 oeste del Súper Mercado Palí, casa de cemento de color beige, teléfono número 2777-1896. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 15-400100-0425-3-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre y Parrita, Puntarenas, 26 de junio del 2015.—Lic. María Cristina Cruz Montero Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047183).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Olivier Carranza Camacho, mayor, soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad número 0602340984, el cual se puede localizar al teléfono número 8473-6732, vecino Cariari, Campo Dos, dos kilómetros al este del cruce de Campo Dos, casa mixta color celeste con negro, hijo de Elio Omar Carranza Arias y Blanca Nieves Camacho Villalobos, nacido en La Unión, Montes de Oro, Puntarenas, el día veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta, con 44 años de edad, y Elvia María Marchena Martínez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 0701170029, la cual se puede localizar al número de teléfono 8547-7344, vecina de Cariari, Campo Dos, dos kilómetros al este del cruce de Campo Dos, casa mixta color celeste con negro, hija de Zenón Marchena Cubillo y María Gerardina Martínez Ramírez, nacida en Estrada, Matina, Limón, el día diecinueve de setiembre de mil novecientos setenta y cinco, actualmente con 39 años de edad, así mismo indicamos que somos padres en común de Jean Carlos Carranza Marchena (mayor de edad) y Layonel Carranza Marchena, quien nació el día veintiséis de junio del año mil novecientos noventa y siete. Exp. Nº 15-000242-1307-FA. Publicar en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de junio del año 2015.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047242).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Juan Diego Cornejo Rojas, mayor, costarricense, psicólogo, hijo de Guillermo Emilio Cornejo Henchoz y Miriam Rojas Chacón, ambos de nacionalidad costarricense, nacido en centro Central Alajuela, el 24 de junio de 1972, con 43 años de edad, cédula de identidad Nº 0204770544 y Andrea Loreta Pérez Romero, mayor, costarricense, soltera, cocinera, hija de Jeannette Romero Obando y José Ceferino Pérez Espinoza, ambos de nacionalidad costarricense, nacida en centro Central Limón, el 03 de noviembre del año 1982, con 32 años de edad, cédula de identidad Nº 0701490260. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 15-001343-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de julio del 2015.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047247).

de la misma dirección del primer compareciente, hija de Francisco Cerdas Acosta y Mariana Saborío Jiménez, ambos costarricenses y manifiestan. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2015-400408-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 9 de julio del 2015.—Licda. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015046573).

Han comparecido ante este despacho Florindo Morero Viales, quien es mayor de edad, de cincuenta y un años de edad, divorciado, extensionista agrícola, nativo de Cartagena de Santa Cruz, vecino de Cañas, barrio Unión, 50 metros al oeste de la antigua bodega del Gallo Más Gallo, con cédula de identidad número 5-0146-1130, hijo de María Viales Morales y Magdaleno Moreno Angulo y María Antonieta Campos Quesada, quien es mayor de edad, soltera, de cincuenta y tres años, ama de casa, nativa de Palmira de Cañas; vecina de Cañas, barrio Unión, 50 metros al oeste de la antigua bodega del Gallo Más Gallo, portadora de la cédula de identidad de menor número 5-0199-0403, hija de Juan Antonio Campos Vásquez y Paula Quesada Segura, seguidamente manifiestan los contrayentes que es nuestra voluntad contraer matrimonio civil ante los oficios del señor juez de esta ciudad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta boda se realice está en la obligación de manifestarlo ante el Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste dentro del plazo de ocho días siguientes a la Publicación de este edicto. Exp. N° 15-400174-0928-FA (177-1-2015)-A.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 9 de setiembre del 2014.—Licda. Pamela Zúñiga Alemán, Jueza.—1 vez.—(IN2015046712).

Gary Giancarlo Cooper Aldecoba y Carolina Quesada Granados, cédula por su orden: 1-1144-0793 y 1-1149-0134; vecinos de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Exp. 15-401133-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—(IN2015047164).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Eric Santiago Maroto García, mayor, soltero, chofer, cédula de identidad número 0304700730, vecino de Turrialba, Recope, 175 metros este del Plantel de Recope, casa de color beige con portón negro, hijo de Hernán Santiago Maroto Salazar y Gloria Inés García Obando, nacido en centro Turrialba, Cartago, el 06/03/1993, con 22 años de edad y Yerlin Pamela Vargas Pereira, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304660684, vecina de Turrialba, Recope, 175 metros este del Plantel de Recope, casa de color beige con portón negro, hija de Mainer Vargas Guillén y Nuria Pereira Miranda, nacida en centro Turrialba, Cartago, el 16/10/1992, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-000290-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia de Turrialba, 20 de julio del 2015.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047175).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Luis Guillermo Calvo Matarrita, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad número 07-0094-0676, vecino de San Rafael de Oreamuno, Cartago, del Abastecedor El Churruco 200 metros sur casa color verde, hijo de María Antonia Matarrita Matarrita y Guillermo Calvo Granados, nacido en Fortuna Central Limón, el 04/08/1969, con 45 años de edad, y Yamileth de los Ángeles Soto Rojas, mayor, soltera, tramitadora de seguros, cédula de identidad número 03-0319-0871, vecina del Imbu Los Ángeles Cartago centro, casa número 131, hija de María Isabel Rojas Mora e Israel Soto Araya, nacida en centro Central Cartago, el 28/08/1972, actualmente con 42 años de

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

de Hatillo centro, Residencial Mayorca, hijo de Rigoberto Rivera Fernández y Lilliam Guiselle Monge Salazar, ambos costarricenses y la señora, Karol Johanna Parra Gamboa, mayor, costarricense, educadora, treinta y tres años de edad, nacida en San José, el veintidós de agosto de mil novecientos ochenta y uno, divorciada de Gabriel Rivera Monge, número de cédula uno-mil ciento trece-seiscientos sesenta y nueve; vecina de la misma dirección del primer compareciente, hija de Néstor Parra Fajardo y Ana Cecilia Gamboa Serrano, ambos costarricenses y manifiestan. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2015-400432-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 22 de julio del 2015.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047258).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil el señor Carlos Sanabria Rojas, mayor, divorciado, Policía de la Fuerza Pública, portador de la cédula de identidad número 1-0919-0294, vecino Guápiles, La Rita, Patio San Cristóbal, doscientos cincuenta metros al sur de la cancha de fútbol, casa mixta color verde agua, hijo de Carlos Sanabria Salguero y Vilma Rojas Gutiérrez, nacido en Catedral Central San José, el día tres de setiembre de mil novecientos setenta y cinco, con 38 años de edad, teléfono 8785-0816 y Mileidy Sandí González, mayor, soltera, Policía de la Fuerza Pública, portadora de la cédula de identidad número 7-0161-0537, vecina de Guápiles, La Rita, Patio San Cristóbal, doscientos cincuenta metros al sur de la cancha de fútbol, casa mixta color verde agua, hija de Rafael Sandí Morales y Flor González Chinchilla, nacida en La Rita, Pococí, Limón, el día catorce de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, actualmente con 29 años de edad, teléfono 8452-0640. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 14-000413-0932-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de julio del 2014.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047569).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Luis Alberto Villalobos Batista, mayor, divorciado, operador de bagoneta, portador de la cédula de identidad número 701280638, vecino de Guápiles, Toro Amarillo, Los Bovinos, del Taller Matra 30 metros norte, 20 metros oeste, tercer casa a mano izquierda, casa de cemento de color mostaza, hijo de Ricardo Villalobos Castro y Margarita Batista Núñez, nacido en Centro Siquirres Limón, el día ocho de agosto de mil novecientos setenta y ocho, con 36 años de edad, y Jessica Tatiana Benavides Pérez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 701450132, vecina de Guápiles, Toro Amarillo, Los Bovinos, del Taller Matra 30 metros norte, 20 metros oeste, tercer casa a mano izquierda, casa de cemento de color mostaza, hija de Rafael Ángel Benavides Artavia y Sonia María Pérez Umaña, nacida en Guápiles Pococí Limón, el día veintidós de enero de mil novecientos ochenta y dos, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-000343-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 24 de junio del 2015.—Juan Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047779).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Melissa Adriana Montes Canales, mayor, soltera, estudiante universitaria, actualmente con 24 años de edad, hija de Misael Montes Zúñiga y María Canales Sánchez, portadora de la cédula de

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Allan Francisco Navarro Diaz, unión libre, costarricense, veintiocho años de edad, nacido en San José el dos de abril de mil novecientos ochenta y siete, seguridad, cédula de identidad número uno-mil trescientos catorce-doscientos doce; vecino de Hatillo Tres, ciento cincuenta este de la Biblioteca Pública, hijo de Olman Enrique Navarro Rivera y Virginia María Diaz Ureña, ambos costarricenses y la señora, Wendy Paola Cascante Campos, mayor, costarricense, estilista, treinta años de edad, nacida en San José Central, el cinco de junio de mil novecientos ochenta y cinco, unión libre, cédula de identidad uno-mil doscientos cuarenta y uno-novecientos ochenta y uno; vecina de la misma dirección del primer compareciente, hija de Luis Fernando Cascante Orozco y Flor María Campos Álvarez, ambos costarricenses y manifiestan. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2015-400405-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 22 de julio del 2015.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047254).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Dilan Jeancarlo Alvarado Martínez, soltero, costarricense, diecinueve años de edad, nacido en San José el diez de octubre de mil novecientos noventa y cinco, lavado de autos, cédula de identidad número uno-mil seiscientos veinte-setecientos diecisiete; vecino de La Aurora de Alajuelita, Corina Rodríguez, entre avenida tres y cuatro, casa 309, hijo Carlos Alvarado Aguilar y Yessenia Martínez Rodríguez, ambos costarricenses y la señora, Mixy Mariela Miranda Zeledón, mayor, costarricense, ama de casa, veintidós años de edad, nacida en San José, el veintiocho de julio de mil novecientos noventa y dos, soltera, número de cédula uno-mil quinientos nueve-trescientos noventa y nueve; vecina de la misma dirección del primer compareciente, hija de Mario Miranda Miranda y Kattia Zeledón Vega, ambos costarricenses y manifiestan. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2015-400420-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 02 de julio del 2015.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047255).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Leonardo Ruiz Suárez, divorciado de Amalia Guzmán Aguilar, costarricense, cincuenta y cuatro años de edad, nacido en San José el veintiuno de octubre de mil novecientos sesenta, chofer de bus, cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta y uno-setecientos cincuenta y uno; vecino de Hatillo Seis Norte, calle Los Andes, alameda catorce, hijo Florentino Ruiz Vargas y María Suárez Hernández, ambos costarricenses y la señora, Stephanie González Vargas, mayor, costarricense, ama de casa, veinticuatro años de edad, nacida en San José el seis de setiembre de mil novecientos noventa, soltera, número de cédula uno-mil cuatrocientos treinta y ocho-novecientos veintidós; vecina de la misma dirección del primer compareciente, hija de Carlos González Castro y Grettel Vargas Solano, ambos costarricenses y manifiestan. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2015-400425-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 22 de julio del 2015.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047256).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Gabriel Rivera Monge, divorciado de Karol Johanna Parra Gamboa, costarricense, treinta y cinco años de edad, nacido en San José el primero de octubre de mil novecientos setenta y nueve, desempleado, cédula de identidad número uno-mil cuarenta y nueve-ochocientos veintiocho; vecino

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 33

con treinta y cuatro años de edad, y José Luis Jesús de la Trinidad Mejías Blanco, mayor, divorciado, cédula de identidad número uno-setecientos veintitrés-ciento noventa y siete, vecino de Pistas Las Lagunas, cien metros sur, cincuenta este, entrada a mano izquierda de la pista de motocros, hijo de Juan Rafael Mejías Arias y Olivia Blanco Vargas, nacido en Daniel Flores de Pérez Zeledón, el once de mayo de mil novecientos sesenta y ocho, actualmente con cuarenta y siete años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-000456-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de julio del 2015.—Licda. Diana Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047784).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Laura Elena Delgado Calderón, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0115820667, vecina de Cajón, 900 metros oeste de la iglesia católica del lugar, hija de Juan Luis Delgado Monge y Norma Calderón Corrales , nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, el siete de setiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, con veinte años de edad, y Reimer Campos Picado, mayor, soltero, ayudante de mecánica, cédula de identidad número 0113700696, vecino de Cajón, 900 metros oeste de la iglesia católica del lugar, hijo de José Bernabe Campos Morales y Yadira Picado Villanueva, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el veintinueve de julio de mil novecientos ochenta y ocho, actualmente con veintiséis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-000477-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de julio del 2015.—Licda. Diana Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047785).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Yensi Yajaira Segura Cabrera, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0114350911, vecina de Santiago de San Pedro de Pérez Zeledón, 600 metros norte de la entrada principal a Santiago , hija de Oscar Segura Estrada y Flor María Cabrera Hidalgo , nacida en San Pedro de Pérez Zeledón, el dieciséis de julio de mil novecientos noventa con veinticinco años de edad, y Yesvin de los Ángeles Arley Brenes, mayor, soltero, carnicero, cédula de identidad número 0603520966, vecino de Santiago de San Pedro de Pérez Zeledón, 600 metros norte de la entrada principal a Santiago, hijo de Miguel Arley Gómez y María de los Ángeles Brenes Valerio, nacido en San Vito de Coto Brus de Puntarenas, el diecisiete de enero de mil novecientos ochenta y seis, actualmente con veintinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº15-000479-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de julio del 2015.—Licda. Diana Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047786).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Starling Arrieta Díaz, mayor, divorciado, operario industrial, cédula de identidad número 0701540844, vecino de San Roque de Grecia, Urbanización La Hilda, segunda entrada tercera casa a mano izquierda, de color verde, hijo de Darnelly Díaz Díaz y Rafael Ángel Arrieta Campos, nacido en Guápiles de Pococí- Limón, el 28/10/1983, con 31 años de edad, y Karen Lizano Sequeira, mayor, Soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0205840822, vecina de San Roque de Grecia, Urbanización La Hilda, segunda entrada tercera casa a mano izquierda, de color verde, hija de Aurora Sequeira Alvarado y Oscar Victor Lizano Méndez, nacida en Grecia Centro de Alajuela, el 03/07/1983, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del

identidad número cero siete cero dos cero cuatro cero seis tres cero, nacida el veintisiete de abril del año mil novecientos noventa y uno, vecina de Guácimo, Cartagena, ochocientos metros noroeste de la escuela de la localidad, casa de cemento si pintar y el señor Jonathan Javier Zamora Esquivel, mayor, soltero, técnico en informática, de veintitrés años de edad, hijo de Alejo Zamora Ramírez y Donay Esquivel Vásquez, portador de la cédula de identidad número cero uno uno cuatro siete cinco cero cuatro ocho cuatro, nacido el primero de setiembre del año mil novecientos noventa y uno, vecino de Guápiles, Calle Uno, un kilómetro seiscientos metros al norte de la empresa DEMASA, casa de cemento color amarilla. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-000396-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de setiembre del 2013.—Juan Damián Brilla Ramírez, Juez Coordinador.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047781).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Lourdes Yaritza Segura Solís, mayor, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 205560894, vecina de Siquirres, San Isidro, hija de Peregrino Segura González y Margarita Solis Otoya, nacida en Centro Grecia Alajuela, el día veintiséis de enero de mil novecientos ochenta y uno, actualmente con 34 años de edad, teléfono 8595-9059. Y el señor Juan Alcides Pérez Gutiérrez, mayor, divorciado, oficial de seguridad, portador de la cédula de identidad número 204150009, vecino San Ramón de Alajuela, hijo de Jorge Julio Pérez Jiménez y María Socorro Gutiérrez Gutiérrez, nacido en Ciudad Quesada San Carlos Alajuela, el día once de febrero de mil novecientos sesenta y seis, con 49 años de edad, teléfono 8502-1062. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº15-000413-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de julio del 2015.—Juan Damián Brilla Ramírez, Juez Coordinador.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047782).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Carmen Emilia Ramírez Hernández, mayor, divorciada, ama de casa, actualmente con 66 años de edad, hija de Israel Ramírez Brenes portadora de la cédula de identidad número cero cinco cero uno dos cinco cero siete seis nueve, nacida el seis de setiembre del año mil cuarenta y ocho, vecina de Cariari, Barrio España, de la antigua Radio España, trescientos metros al oeste y cincuenta metros al sur, casa de cemento color terracota y el señor Francisco Badilla Pérez, mayor, soltero, pensionado, de 76 años de edad, hijo de Manuel Badilla Jiménez y Elodia Pérez Cordero, portador de la cédula de identidad número cero cinco cero cero seis nueve cero dos cinco dos, nacido el dos de mayo del año mil novecientos treinta y nueve, vecino de Ticaban, El Indio, Sector norte, del cruce de los Bermúdez, trescientos metros al sur. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-000416-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de setiembre del 2013.—Juan Damián Brilla Ramírez, Juez Coordinador.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047783).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Frecia Milena Blanco Solís, mayor, divorciada, ama de casa cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta-seiscientos cincuenta y dos, vecina de Pistas Las Lagunas, cien metros sur, cincuenta este, entrada a mano izquierda de la pista de motocros, hija de Bellanira Blanco Solís, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, el ocho de mayo de mil novecientos ochenta y uno,

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 34 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

sur oeste contiguo a panadería machado, hija de José León Calvo Navarro y de Jeannette Navarro Torres, nacida en Centro Central Limón, el 02/06/1957, actualmente con 58 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 15-001640-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de julio del 2015.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047799).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores presente en este despacho los futuros contrayentes: Katherine Yarita Solano Martínez, de quince años de edad, con cédula de identidad número: seis-cuatrocientos cincuenta y seis-ciento veintiuno, soltera, costarricense, ejecutiva del hogar, nativo de Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, el primero de octubre de mil novecientos noventa y nueve, número telefónico: 83-74-90-16, hija de Marielos Martínez Carmona y Luis Alejandro Solano Zamora, ambos de nacionalidad, costarricenses y vecinos de Vera Cruz, Paso Canoas, Corredores Puntarenas; Allan Jesús Concepción Concepción, de veinte años de edad, con cédula de identidad número: seis-cuatrocientos dieciocho-novecientos ochenta y seis, soltero, costarricense, peón agrícola, nativo de Corredor, Corredores, Puntarenas, el veintiuno de setiembre de mil novecientos noventa y cuatro, número telefónico: 83-74-90-16, hijo de Walter Concepción González y Enilsia Concepción Caballero, ambos de nacionalidad Costarricense s, ambos vecinos de Vera Cruz, Paso Canoas. Los comparecientes son vecinos de Vera Cruz, 1800 kilómetros al este de la escuela Barrio Nuevo, casa de madera al lado derecho, Paso Canoas, Corredores, Puntarenas. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice que están en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil. Expediente: 15-400314-1304-FA (316-2015).—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 21 de julio de 2015.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047810).

Han comparecido a este Juzgado solicitando contraer matrimonio civil, Melvin González Sánchez, cedula identidad 442-170292-0003Q, 23 años de edad, soltero, albañil, nicaragüense, nativo de Centro, San Ramón, Matagalpa, nació 17-02-1992, hijo de Cipriano González Pérez y Modesta Sánchez Hernández y Yosely Madrigal Salazar, cedula 2-664-125, 25 años de edad, soltera, estudiantes, costarricense, nativa de Centro, Grecia, Alajuela, nació 17-09-1989, hija de José Madrigal Carvajal y Elianet Salazar Céspedes, Ambos vecinos de Sarchí. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá comunicarlo dentro de los ocho días, posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 15-100017-0321 CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega, Sarchí, 22 de julio del 2015.—Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—(IN2015048005).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil, Gerardo Cordero Campos, mayor, divorciado una vez, agricultor, cédula de identidad número 0302040509, vecino de Turrialba, Pavones, Asentamiento Yama, 200 metros Norte de la Central Telefónica, casa de color verde, hijo de Felipe Cordero Meneses y Aida Campos Jiménez, ambos padres costarricenses, nacido en Pacuare Turrialba Cartago, el 19/04/1954, con 61 años de edad, y Sonia Zamora Montero, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0302390160, vecina de Turrialba, Pavones, Asentamiento Yama, 200 metros norte de la Central Telefónica, casa de color verde, hija de, Eduardo Zamora Monge y María Montero Castillo, ambos padre costarricenses, nacida en Hospital Turrialba Cartago, el 09/03/1960, actualmente con 55 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del

término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 15-000498-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 23 de julio del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047788).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor Carlos Alberto Morales Campos, mayor, estado civil soltero, profesión técnico en celulares, cédula de identidad número 4-0193-0730, vecino de San Pablo de Heredia, Condominio Alejandra casa número 30, hijo de Carlos Antonio Morales Camacho y Laura Cristina Campos Chavarría, nacido en Heredia el 28 de enero de mil novecientos ochenta y siete, con 28 años de edad, y Marilyn Masis Carrión, mayor, estado civil soltera, profesión ama de casa, cédula de identidad número 1-1350-0694, vecina de San Pablo de Heredia, Condominio Alejandra casa número 30, hija de Martín Rodolfo Masís Arias y Maribel Carrión Quirós, nacida en San José el 22 de abril de mil novecientos ochenta y ocho, actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado de Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente. 15-001338-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de julio del 2015.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047793).

Han comparecido ante el Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, el señor David Alfonso Villalobos Marín, mayor de edad, soltero, electricista, cédula de identidad 4-0199-0687, vecino de Santa Bárbara de Heredia, hijo de María Isabel Villalobos Marín, nacido en Heredia el 21 de setiembre de mil novecientos ochenta y ocho, con 26 años de edad, y María Fernanda Rodríguez Rodríguez, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad 2-0742-0080, vecina de Santa Bárbara de Heredia, hija de William Rodríguez Segura y Xinia María Rodríguez Aguilar, nacida en Alajuela el 26 de julio de mil novecientos noventa y cinco, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado de Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente. 15-001339-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de julio del 2015.—Msc. Liana Mata Méndez. Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047794).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis Carlos Villalobos Bonilla, mayor de edad, cédula 7-0138-0664, de 34 años, soltero desempleado, vecino de Naranjo Centro, nacido en Guápiles Pococí Limón el 13/10/1980, hijo de María Bonilla Cerdas y Carlos Luis Villalobos Agüero, costarricense, y María de los Ángeles Membreño Durán, mayor de edad, cédula número 2-0552-0542, soltera, salonera, vecina de Naranjo Centro, hija de Tomasa Membreño Durán, costarricense. Si alguna persona tiene conocimiento de que exista impedimento alguno para que este matrimonio se celebre debe comunicarlo a este despacho, dentro de los siguientes ocho días naturales y posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 15-100030-0310-CI (32-15) (4).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Naranjo, Naranjo, 12 de junio del 2015.—Licda. Tatyana Rodríguez Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2015047795).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Luis Ángel Vargas Quesada, mayor, divorciado, costarricense, pensionado, portador de la cédula de identidad número 02-0234-0900, vecino de San José, Vásquez de Coronado, Dulce nombre, del bar el nido 50 metros sur oeste contiguo a panadería machado, hijo de Reiner Vargas Montero y de Estelia Quesada Orozco, nacido en Centro San Ramón, Alajuela, el 29/12/1944, actualmente con 70 años de edad e Hilda Giselle Calvo Navarro, mayor, divorciada, costarricense, comerciante, portadora de la cédula de identidad número 07-0060-0433, vecina de San José, Vásquez de Coronado, Dulce nombre, del bar el nido 50 metros

Jueves 20 de agosto del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 162 — Pág 35

Ramírez, mayor, soltera, oficinista, cédula de identidad número 1-1483-0613, vecina de El Cacao de Alajuela, hija de José Luis Torres Rojas y Maribel Ramírez Artavia ambos de nacionalidad costarricense, nacida en Uruca, San José el 16 de noviembre de 1991, actualmente con 23 años de edad, quien no se encuentra en estado de embarazo pero ambos procrearon un hijo en común de nombre Greddy Mathías Azofeifa Torres. Si alguien conoce de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la presente publicación. Expediente N° 15-001135-0292-FA, Matrimonio Civil.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de julio de 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048118).

Edictos en lo PenalA las once horas del seis de julio del dos mil quince Visto

que mediante resolución de las nueve horas del veinticuatro de junio del dos mil quince, se ordenó la devolución del vehículo marca Nissan Sentra, color negro, placas 323084 a su dueña registral Brenes Loiza Blanca Nieves, cédula 3-210-522 esto en la causa 11-26645-648-PE contra Juan Carlos Miranda por el delito de conducción temeraria.—Juzgado Penal Primer Circuito Judicial de San José.—Msc. Andrés Hernández Quesada, Juez.—Exonerado.—(IN2015047559). 3 v. 3.

A las nueve horas del veintidós de julio del dos mil quince Siendo que mediante resolución de las ocho horas y treinta y ocho minutos del nueve de marzo del dos mil quince, se ordenó la devolución del vehículo marca Hyundai, estilo Starex, color gris placas BGH 154 a su dueño registral Luis Diego Ortiz Villafuerte cédula 7-0166-0440; esto en la causa 14-376-1219-PE contra Ignorado por el delito de Transporte de Droga.—Juzgado Penal Primer Circuito Judicial de San José.—Msc. Andrés Hernández Quesada, Juez.—Exonerado.—(IN2015047568). 3 v. 2.

A las dieciséis horas veinte minutos del dieciséis de julio del dos mil quince, Gerardo Calvo Solano, Juez Tramitador del Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José, hace saber que: en la investigación penal número 05-000038-077- PE, seguida en contra de Óscar Hernández Ledezma, por el delito de Peculado, se encuentra la resolución que literalmente dice: Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de San José, al ser las quince horas cincuenta y seis minutos del dieciséis de julio del dos mil quince. En relación a los bienes decomisados en la presente causa. Se resuelve: siendo que de la revisión del expediente se trató de localizar mediante Orden de Citación por 48 horas a Frederick William Dewar, propietario del vehículo BM022042 en la dirección Puntarenas, Esterillo Este, Cabinas Flor de Luz, casa número 1, lo correspondiente es ordenar notificar por edicto que en la presente causa se encuentra decomisado el bien antes descrito. Se advierte al titular del bien, que si pasados tres meses posterior a la publicación del presente edicto no hace valer sus derechos, se ordenara el comiso en favor del estado de conformidad con lo dispuesto en la ley 6106. Se ordena notificar por edictos, por tres veces consecutivas la resolución citada a fin de que la interesada se presente personalmente a gestionar la devolución de su automotor, o en su defecto extienda poder especial a otra persona para que en su nombre solicite la devolución y retire el vehículo de su interés. Dicho poder para tener plena validez deberá confeccionarse en escritura pública y no podrá tener una vigencia superior a tres meses de confeccionado. Notifíquese.—Tribunal Penal de Juicio Segundo Circuito Judicial, Goicoechea.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—Exonerado.—(IN2015046356). 3 v.1.

A las nueve horas diez minutos del dieciséis de julio del dos mil quince, Gerardo Calvo Solano, Juez Tramitador del Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José, hace saber que: en la investigación penal número 07-001231-042- PE, seguida en contra de Freddy Álvarez Castrillo, por el delito de Homicidio Culposo, se encuentra la resolución que literalmente dice: Tribunal de Juicio del II Circuito Judicial de San José, al ser las ocho horas

edicto. Exp. Nº 15-000259-0675-FA-D1.—Juzgado de Familia de Turrialba, Turrialba, 27 de julio del 2015.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048080).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Hernán Jiménez Luna, mayor, al campo, soltero, cédula de identidad número tres-quinientos cincuenta y uno-novecientos sesenta y dos, vecino de Chirripó, en un lugar llamado Jakue hijo de Clementina Jiménez Luna, nacido en Jaki Turrialba Cartago, el diecisiete de enero de mil novecientos noventa y seis, con dieciocho años de edad, y Cinthya Salazar Obando, mayor, ama de casa, cédula de identidad número tres-quinientos cincuenta y nueve-novecientos cincuenta y siete, vecina de Chirripó, en un lugar llamado Coyol, hija de Guillermo Salazar Brenes y Elena Obando Salazar, nacida en Chirripó, Turrialba Cartago, el primero de febrero de mil novecientos noventa y seis, actualmente con dieciocho años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 15-000303-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 24 de julio del 2015.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048081).

Diego Esteban Sánchez Castro, mayor de 31 años de edad, masculino, costarricense, soltero, agente de ventas, cédula de identidad número 4-181-069, hijo de Mireya Castro Solano y Juan Sánchez Castro, nativo el día 1º de julio de 1983, en Heredia, vecino de La Lucha de La Tigra, 300 metros del colegio de La Lucha, casa de cemento de color celeste y Marileth Herrera Barahona, mayor de 20 años de edad, femenina, soltera, costarricense, ama de casa, cédula de identidad número 2-0731-036, hija de Edel Herrera Álvarez y Felicia Barahona Salazar, nativa el día 29 de setiembre de 1994 en ciudad Quesada, San Carlos, vecina de Río Celeste de Guatuso, 400 metro al sur y 200 metros al este, de la Escuela Río Celeste, casa de cemento de color vino, han comparecido ante este juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice, este matrimonio deberá hacerlo saber a este despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente Nº 14-100016-671-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Fortuna del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 3 de marzo del 2015.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015048093).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Nestor Castro Rivera, mayor, soltero, taxista, cédula de identidad número 0103870175, vecino de Turrialba, Carmen Lyra, de la caja de los teléfonos, 75 metros sureste, casa de color verde, casa N° 542, hijo de Néstor Manuel Castro Mora y Daysi Rivera Díaz ambos costarricenses, nacido en Guadalupe, Goicoechea, San José, el 18/07/1950, con 65 años de edad y María Dora Paulina Araya Morales c.c. Rosa Araya Morales, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0203830043, vecina de Turrialba, Carmen Lyra, de la caja de los teléfonos, 75 metros sureste, casa de color verde, casa N° 542, hija de Hernán Araya Calderón y Trinidad Morales Rojas, nacida en Santiago Oes Central, Alajuela, el 29/04/1963, actualmente con 52 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 15-000305-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia de Turrialba, 28 de julio del 2015.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015048113).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Greddy Lorenzo Azofeifa Calderón, mayor, soltero, chofer, cédula de identidad número 6-0288-0207, vecino de El Cacao de Alajuela, hijo de Ana Iria Azofeifa Calderón de nacionalidad costarricense, nacido en Golfito, Puntarenas, el 7 de enero de 1978, con 37 años de edad y Diana Carolina Torres

Jueves 20 de agosto del 2015Pág 36 — BOLETIN JUDICIAL Nº 162

El Juzgado de Tránsito de Desamparados y Aserrí, en expediente de tránsito número 2007-000967-0491-TB, seguida por infracción con multa fija contra Reinaldo Calvo García, cometido en perjuicio de la seguridad vial; y de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 155 de Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (N° 9078 del 04/10/2012); se dispone notificar por edicto al señor Warner Tapia Ávila, cédula de identidad 1-0557-0773, que se ha ordenado iniciar el proceso de donación, del vehículo placa número: 573328, chasis y vin número: JABJT140NL7100150, número de motor: 4XC1804364, para que en el término de quince días hábiles, a partir de la publicación de este edicto, se apersone al Juzgado de Tránsito de Desamparados y Aserrí, a hacer valer sus derechos que sobre dicho bien le asistan, presentando su cédula de identificación, y cumpliendo con los demás requisitos. De no presentarse a retirarlo, se procederá a entregar el vehículo en donación conforme a lo establecido en el numeral 155 de la Ley de Tránsito.—Juzgado de Tránsito de Desamparados y Aserrí.—Lic. Yesenia Porras Solís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.— (IN2015047167).

Fiscalía de Pavas, a las 8 horas del 30 de julio del dos mil catorce. En vista de que el (los) demandado(s) civil(s) Aaron Batt, quien(es) conociendo de la sumaria penal no se apersonó al despacho para ponerle(s) en conocimiento la acción civil presentada en su contra, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Licda. Kenia Álvarez Álvarez, Fiscal Auxiliar de Pavas: se pone en conocimiento la acción civil. Licda. Kenia Álvarez Álvarez, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Pavas, al(a) señor(a) Aaron Batt, mayor de edad, de oficio no se indica, estadounidense, pasaporte 085259495 se le hace saber que: en el legajo de acción civil resarcitoria 13-600971-0242-TC, ofendida Rodrigo Corrales León contra Pedro Céspedes Obando, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto: Fiscalía de Pavas, a las 8:40 horas del 22 de julio del dos mil quince. En vista de que el demandado civil Aaron Batt no ha sido posible comunicarle la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Rodrigo Corrales León, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Licda. Kenia Álvarez Álvarez. Fiscal Auxiliar de Pavas: Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del demandado civil Aaron Batt la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Pavas.—Lic. Kenia Álvarez Álvarez, Fiscal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015047228).

Fiscalía de Desamparados, a las trece horas del veintidós de abril del dos mil quince, en la causa Nº 12-001402-276-PE por el delito de Estafa contra Henry Abarca Cascante en perjuicio de Christian Álvarez Zamora, se ordena dar traslado de la Acción Civil Resarcitoria establecida por el ofendido Christian Álvarez Zamora, a través de la oficina de Defensa Civil de las Victimas, representante de la misma Lic. Amalia Sánchez de León Castellanos, en contra del Tercer Civilmente demandado Joaquín René Valerio Víquez, cédula de identidad Nº 401430816, de domicilio desconocido, de conformidad con lo estipulado en la Artículo 115 del Código Procesal Penal, esto para que si a bien lo tiene se oponga al demando o interponga las excepciones que estime convenientes esto por el plazo de cinco días, cuya resolución de fondo se reservará para la publicación de esta resolución en el Boletín Judicial por única vez.—Fiscalía de Desamparados.—Damaris Azofeifa Romero, Fiscal.—1 vez.—Exento.—(IN2015048086).

del dieciséis de enero del dos mil quince. Vista la resolución de las ocho horas del dieciséis de enero del dos mil quince, donde se ordena la entrega definitiva del vehículo a su propietaria registral la señora Iridy Sanabria Ávalos, se resuelve: siendo que de la revisión del expediente no se determina con precisión la dirección exacta de Iridy Sanabria Ávalos; propietaria del vehículo placas CL 212482, lo correspondiente es ordenar notificar por edicto que en la presente causa se encuentra decomisado el bien antes descrito. Se advierte a la titular del bien, que si pasados tres meses posterior a la publicación del presente edicto no hace valer sus derechos, se ordenara el comiso en favor del estado de conformidad con lo dispuesto en la ley 6106. Se ordena notificar por edictos, por tres veces consecutivas la resolución citada a fin de que la interesada se presente personalmente a gestionar la devolución de su automotor, o en su defecto extienda poder especial a otra persona para que en su nombre solicite la devolución y retire el vehículo de su interés. Dicho poder para tener plena validez deberá confeccionarse en escritura pública y no podrá tener una vigencia superior a tres meses de confeccionado. Notifíquese.—Tribunal Penal de Juicio Segundo Circuito Judicial, Goicoechea.—Lic. Gerardo Calvo Solano Juez.—Exonerado.—(IN2015046357). 3 v. 1.

Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las catorce horas y cuarenta y seis minutos del dos de julio del año dos mil quince. Se hace saber que dentro de la causa penal Nº 08-5040-275-PE, contra Daniel Zúñiga Villareal y otro, por el delito de Robo Agravado, en perjuicio de Marvin Sánchez Darce, se dictaron las siguientes resoluciones: “Se dispone evidencia. Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las once horas y dieciocho minutos del dieciséis de abril del año dos mil quince.-Encontrándose en firme la sentencia Absolutoria Nº 264-2013 de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veinte de marzo del dos mil trece, se ordena la devolución del arma tipo revolver, marca Doberman Extra, Serie 08856X, calibre 22LR modelo 102mm no visible, a la Sociedad denominada Seguridad y Vigilancia HG, S. A. cédula jurídica número 3-101-352277, quien es la propietaria registral, según informe remitido por la Dirección General del Armamento que rola a folio 31, cítese a su representante judicial por medio de domicilio social. En caso de no ser retirada en el plazo de 3 meses, según el artículo 1 inciso A, párrafo segundo de la ley Nº 6106, se ordena el comiso a favor del estado. Notifíquese. Licda. Lorena Blanco Jiménez. Jueza. Se ordena notificar por edicto. Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las ocho horas y cuarenta y siete minutos del diecinueve de mayo del año dos mil quince. No habiendo sido posible localizar al representante de la Sociedad denominada Seguridad y Vigilancia HG S. A., en el domicilio registral, según constancia del Comunicador Judicial de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José, según constancia visible a folio 139, se ordena notificar mediante edicto, por tres veces consecutivas, la resolución de las once horas y dieciocho minutos del dieciséis de abril del año dos mil quince, que será transcrita literalmente para tales efectos en la publicación respectiva. Para lo cual se solicitará la autorización respectiva en el periódico oficial La Gaceta a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Notifíquese. Licda. Lorena Blanco Jiménez. Jueza de Juicio. Código 8 - Grupo 03 y se corrige error material, Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las quince horas y treinta y siete minutos del veintitrés de junio del año dos mil quince. Vista el informe remitido por la Sra. Rosibel Barboza Elisondo, del Área de Secretaría del a Dirección Ejecutiva, se corrige error material de la resolución de las ocho horas cuarenta y siete minutos de diecinueve de mayo del año en curso en el sentido que la publicación del edicto deberá hacerse en el Boletín Judicial y no en La Gaceta, como en un inicio se indicó. Notifíquese. Licda. Lorena Blanco Jiménez. Juez de Juicio. Publíquese tres veces en el Boletín Judicial.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, dos de julio del dos mil quince.—Msc. Juan Carlos Pérez Murillo, Juez.—Exento.—(IN2015048085). 3 v. 1.