CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD...

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C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DEL C USCO

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIADEL CUSCO

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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

AVISOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el se-ñor Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil Nro. 00181-2017-0-1001-JM-CI-01, seguido por Rosendo Cusihuaman Ninan sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; en el que se ha dispuesto la publicación de un extracto del auto admisorio de la demanda cuyo tenor es el siguiente; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ROSENDO CUSIHUAMAN NINAN y CERAFINA GUTIERREZ ESCOBAR con-tra GREGORIA ZUNIGA CALLAPIÑA, BENEDICTO CUSIHUAMAN CHOQUECUNSA, ASOCIACION DE AGRICULTORES 25 DE MAYO representado por su Presidente Cornelio Latorre Concha y FRANCISCO CUSIHUAMAN NINAN, con citación de los colindantes: 1) Wilber Eulogio Vilca Núñez, 2) Yeny Silva Paucar, 3) Máximo Víctor Flores Silva, 4) Marilyn Nicolasa Sil-va de Flores, 5) Melia Loaiza Ramos, 6) Donato Terán Condore, 7) Municipalidad Distrital de Cachimayo repre-sentada por su Alcalde, y 8) Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Cachimayo; sobre: Pretensión Principal.- PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMI-NIO del Predio Rustico María ubicado en el distrito de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 11178925 del Re-gistro de Predios de la Zona Registral X - Sede Cusco. Pretensión Accesoria.-• INSCRIPCION de la propiedad en los Registros Públicos de Cusco y la CANCELACION registral respecto de los que aparecen como propieta-rios (Gregoria Zuniga Callapiña y Benedicto Cusihua-man Choquecunsa) • CIERRE PARCIAL de la Partida Electrónica N° 02013923 As. 03 y de la Partida Electró-nica N° 02069739 en las áreas que se superpongan al predio sub materia. Debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO ABREVIADO; por su mérito, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil concordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 491 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS, bajo expreso apercibimiento de ser declarada rebelde en caso de incurrir en los supuestos regulados en la Ley. De conformidad a lo establecido por el artículo 506 del Código procesal Civil se dispone se proceda a publicar el extracto de la demanda en el diario judicial de “La Re-pública” en vista de no tener acceso a la web del Poder Judicial, por tres veces con intervalo de tres días y la no-tifi cación por radiodifusión por cinco días consecutivos y fíjese el edicto en la tablilla del juzgado. -H.S.Firmado por el Juez Sota Alvarez.- Secretario Judicial Elorrieta Salazar.

RONALD ELORRIETA SALAZARSECRETARIO JUDICIAL

P. 6899646 F. (14, 20, 24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional SIOMA-RA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N°

215-2017-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Se-cretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 02 de fecha siete de noviembre del 2017 que resuelve: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por la sociedad conyugal conformada por CIRIACO SURCO IBARRA Y JULIA MACARIA SÁN-CHEZ USCA sobre: • PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CON JUSTO TITULO DEL INMUEBLE UBICADO EN JIRÓN SAGRARIO N° 410 DEL DISTRI-TO, PROVINCIA DE URUBAMBA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO con un área de 361.57 m2, perímetro de 78.20 ml y como pretensión accesoria se ordene la inscripción de la sentencia a recaer, inscripción que debe realizarse en el Registro de Predios de la zona Registral N° X Sede Cusco contra LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE URUBAMBA. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley , bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios proba-torios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.- NOTIFÍQUE-SE a los colindantes del inmueble EDGARD GAMARRA LOVATON, ENRIQUE FARFÁN PEREYRA, FORTUNA-TA SÁNCHEZ USCA. A sus antecedentes los anexos que indica. AL PRIMER OTROSI DIGO: Estando al am-paro del artículo 80° del Código Procesa! Civil, téngase por delegadas las facultades generales de representa-ción a que se refi ere el artículo 74° del código procesal civil al letrado que autoriza el escrito de demanda.- H.S.-

Urubamba, 23 de Noviembre del 2017

SANDRA PAOLA NUÑEZ RUIZSECRETARIO JUDICIAL

P. 6911736 F. (20, 22, 24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Señores Sucesión JESUSA VILLANUEVA DE SANTA CRUZAnte el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el señor Juez Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil Nro. 00082-2016-0-1004-JM-CI-01, seguido por Carmen Juana Santa Cruz Villanueva sobre Mejor Derecho de Propiedad, en el que se ha dispuesto la notifi cación de los SUCESORES DE JESUSA VILLANUEVA DE SANTA CRUZ a fi n de que comparezcan al proceso dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.Firmado por el Juez Sota Álvarez.- Secretario Judicial Elorrieta Salazar.

Cusco, 15 de agosto del 2018.

RONALD ELORRIETA SALAZARSECRETARIO JUDICIAL

P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO)

PRIMER REMATE JUDICIAL

En el procese de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente N° 01049-2017-0-1001-JR-CI-05, que sigue COOPERATIVA DE AHO-RRO Y CRÉDITO DE INTELECTUALESLÍDERES Y EMPRESARIOS en contra de JUAN HUGO PARDO LUCANA y SANTUSA LAYMEHUALLPA; la Señora Juez del Quinto Juzgado Civil - Sede Central de la Corte Superiorde Justicia de Cusco, Dra. Marianella Cárdenas Villa-nueva, especialista legal Dr.Rafael Castillo Canal, ha encargado a la Martiliero Públi-co Dra. Patricia VictoriaVásquez Zubieta la realización del PRIMER REMATE el día 17 de Septiembre del 2018 ahoras 09:00 am, el cual se llevara a cabo en la Ofi cina de Administración de MóduloCorporativo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, ubicada en Av. El Sol N°239, cercado Cusco, del Distrito, Provincia y Departa-mento de Cusco, del siguientebien inmueble de propiedad de JUAN HUGO PARDO LUCANA; DESCRIPCIÓN:Inmueble N° 102 de la Calle Obispo Mollinedo del Distri-to San Sebastián, Provincia yDepartamento de Cusco, cuyo dominio, linderos y medi-das perimétricas obran inscritosen la Partida Electrónica 11038972 del Registro de Pre-dios de la Zona Registral N° X -Sede Cusco, Ofi cina Registral Cusco.- VALOR DE TA-SACIÓN: S/ 119,961.93 (Cientodiecinueve mil novecientos sesenta y uno con 93/100 Soles).- BASE DEL REMATE: S/79,974.62 (Setenta y nueve mil novecientos setenta y cuatro con 62/100 Soles), importeequivalente a las dos terceras partes del valor de tasa-ción.- AFECTACIONES: 1.- AsientoD00003: EMBARGO: A favor de MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. sobre el50% de las acciones y derechos que le corresponden a Juan Hugo Pardo Lucanasobre el inmueble materia de la partida, hasta por la suma de S/ 23,000.00 (Veintitrésmil con 00/100 Soles).- 2.- Asiento D00005.- HIPOTE-CA: Constituida por su propietarioJuan Hugo Pardo Lucana a favor de LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEINTELECTUALES, LÍDERES Y EMPRESARIOS hasta por la suma de S/ 80,000.00 (OCHENTAMIL CON 00/100 SOLES).- 3.- Asiento D00006: EM-BARGO: A favor de MI BANCO BANCODE LA MICROEMPRESA S.A. hasta por la suma de S/ 10,000.00 (DIEZ MIL CON 00/100SOLES).- No se conocen otras afectaciones.- Depósito para ser postor: Los postoresdeberán oblar una cantidad no meno- a S/ 11,996,19 (ONCE MIL NOVECIENTOSNOVENTA Y SEIS CON 19/100 SOLES) que equivale al 10% del valor de la tasación, enefectivo o cheque de gerencia girado a nombre del pos-tor y presentarán el originaldel arancel judicial por Participación en Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) enel que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número dedocumento de identidad del postor (arancel debidamen-

te suscrito y copia deldocumento de identidad).- COMISION DEL MARTILLE-RO: Será de cargo deladjudicatario, según lo dispuesto en la tcola de honora-rios establecida en el DecretoSupremo N° 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancela-da al fi nalizar el remate.- Juez:Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, especialista legal Dr. Rafael Castillo Canal,Martiliero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubie-ta, Registro SUNARP N° 315.

Cusco, 2018 Julio 23

PATRICIA VICTORIA VASQUEZ ZUBIETAMARTILLERO PUBLICO REG. 315-SUNARP

RAFAEL CASTILLO CANALESPECIALISTA LEGAL QUINTO JUZGADO CIVIL DE CUSCOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODR JUDICIAL

P. 6919633 F. (21, 22, 23, 24, 27 Y 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

En el proceso Civil Nro. 01396-2018-0-1001-JR-CI-04, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la Doctora ROSS MERY TAMATA KE-HUARUCHO; bajo la actuación del secretario judicial Edwin Cusacani Atencio, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente:SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en el vía del pro-ceso NO CONTENCIOSO la solicitud formulada por HERNAN DAÑILO VENERO CAMARA, sobre Rectifi ca-ción de su Partida de Nacimiento, en cuanto se habría consignado como “Hernan Danilo Venero”, siendo lo correcto, a decir del solicitante “Hernan Danilo Venero Camara, así como en la parte de los datos de la madre se ha consignado solo como madre “Lastemia Camara” debiendo ser lo correcto Lastenia Camara Contreras. PUBLÍQUESE el extracto de la solicitud conforme a lo prescrito por el artículo 828 del Código Procesal Civil, para lo cual, debe apersonarse el solicitante en horas de atención para recabar el edicto correspondiente. Conforme a la naturaleza del presente procedimiento, fíjese como FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día 25 DE SETIEM-BRE DEL 2018 A HORAS 10:00 A.M., debiendo concu-rrir la parte interesada de manera puntual, bajo expreso apercibimiento de proceder conforme a lo previsto por el artículo 203 del Código Procesal Civil, debiendo a su vez adjuntar los ejemplares de la las publicaciones rea-lizadas. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios, para ser admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. H. S.

Cusco, 20 de Agosto del año 2018.

EDWIN CUSACANI ATENCIOSECRETARIO JUDICIAL

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

P. 6919461 F. (22, 24, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BA-SILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 01685-2018-0-1018-JP-CI-01, CONSORCIO ORION CUSCO SRL, viene solicitando la demanda interpues-ta por don FRANCISCO JIMENEZ RAMOS sobre IN-EFICACIA DE TITULO VALOR contra el CONSORCIO ORION CUSCO S.R.L. y el BANCO DE CREDITO DEL PERU, en vía de PROCESO SUMARIO córrase traslado a los demandados por el plazo de cinco días, bajo aper-cibimiento de ley publíquese el extracto de la presente conforme dispone el artículo 103 de la ley de titulo de valores . Se publica a efecto de que doy fe.

Santiago, 13 de agosto del 2018.

MARIA EUGENIA MACEDO CASTILLOSECRETARIA JUDICIAL

P. 6919478 F. (22, 23. 24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la ac-tuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00664-2016-0-1001-JR-CI-01, en los seguidos por Julio Ignacio Alzamora Oje-da, sobre División y Partición, en contra de Daniel Amíl-car Alzamora Aquise, Azucena Alzamora Aquise, Carlos Daniel Alzamora Aquise, Emilio Alzamora Aquise, Jorge Daniel Alzamora Aquise, Judhith Alzamora Aquise, Os-car David Alzamora Aquise, Rocío Elena Alzamora Aqui-se, Sara Mercedes Alzamora Aquise, Yanet Alzamora Aquise, Virginia Alzamora Gamboa, Emperatriz Alzamo-ra Ojeda, Edgar Alzamora Sota, Guido Venturo Banda Alzamora, María Adela Banda Alzamora, Ana María Gó-mez Alzamora, Bernardina Lourdes Rendón Alzamora, María Zoraida VillenaAlzamora, Anacleta Chalco Huancara, con citación de la Fiscalía Civil y de Familia del Cusco, sobre Cambio de Nombre, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 03.- Cusco, 15 de Ju-lio de 2016.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda instada en la vía del proceso ABREVIADO. Téngase por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad procesal.- H.S.-Resolución N° 34.- Cusco, veintisiete de Julio de dos mildieciocho.- POR LO EXPUESTO: Respecto a los de-mandados EMILIO ALZAMORA AQUISE y JORGE DANIEL ALZAMORA AQUISE, estando a la declaración jurada prestada por el demandante, DISPONGASE la notifi cación mediante edictos por intermedio del Diario Judicial del Cusco y el Diario Ofi cial “El Peruano” con un extracto del autoadmisorio de demanda, con el fi n de que dentro del PLAZO DE CUARENTA Y CINCO DIAS se apersonen al proceso, bajoapercibimiento de nombrarse curador procesal.- Medía fi rma y sello del señor Juez.- Media fi rma y sello del Es-pecialista Legal.

Cusco 03 de Agosto de 2018.

DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTOSECRETARIO JUDICIAL

P. 6919519 F. (22, 23, 24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

En el Expediente N° 00052-2018-0-1007-JM-CI-02, se-guido por Casimira Mamani Quispe, sobre declaración de muerte presunta; SE NOTIFICA la resolución N° 02, de fecha 05 de julio de 2018, cuyo extracto de la parte resolutiva es el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de CASIMIRA MAMANI QUISPE sobre DE-CLARACION DE MUERTE PRESUNTA de de CECILIO MAMANI TAPARA.- con conocimiento de los posible sucesores ANA INOCENCIA MAMANI QUISPE y GRE-GORIA MAMANI QUISPE, , por ofrecidos los medios probatorios que precisa los que serán valorados al mo-mento de emitir la resolución fi nal,- A sus antecedentes los anexos de su referencia.- y cumpla la actora con pu-blicar por tres veces el estracto de la demanda en el dia-rio ofi cial de ésta sede Judicial, por no ser posible rea-lizarlo en el Portal web ofi cial del Poder Judicial, como en la tablilla del Juzgado. ADMITASE COMO MEDIOS DE OFICIO .- El informe que debe emitir el presidente de la Comunidad Campesina de Chara del distrito de San Pablo sobre si dentro de la misma comunidad se encuentran registrados los predios de Cecilio Mamani Tapara y Zenobia Quispe.- Informe que debe emitir el Jefe del Registro de Estado Civil de la Municipalidad de San Pablo, como el encargado de la Parroquia del mismo distrito sobre si existe inscrito en sus libros de nacimiento y bautizo respectivamente, el nacimiento y bautizo de Cecilio Mamani Tapara nacido en los años de 1928, así como si existe el Certifi cado de Partida de Matrimonio Civil y Religioso de Cecilio Mamani Tapara y Zenobia Quispe celebrado entre los años 1920 a 1925, para lo cual líbrese los ofi cios respectivos.-Resolución N° 03, de fecha quince de agosto de 2018: (...) Audien-cia de Actuación y Declaración judicial, reprográmese para el día cinco de setiembre del año dos mil dieciocho en curso a horas nueve de la mañana, oportunidad en la que deberán estar presentes los testigos ofrecidos (...). Firmado por la Juez Nelly Consuelo Yabar Villagarcia y la Secretaria judicial Violeta Lizbeth Huamani Benites. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY-

Sicuani, 15 de agosto de 2018.

VIOLETA L. HUAMANI BENITESSECRETARIA JUDICIAL

P. 6922001 F. (22, 24, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el señor Juez Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil Nro. 00046-2005-0-1004-JM-CI-01, seguido por Eleuterio Ibarra Ortiz sobre Reivindicación contra la Comunidad Campesina de Conchacalla, en el cual mediante Reso-lución N° 35 de fecha 25 de julio del 2018 se ha dis-puesto a la notifi cación por edictos a los SUCESORES DE FELIPA HUANCCOLLUCHO CHAVEZ a fi n de que comparezcan al proceso dentro del plazo de 30 días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.Firmado por el Juez Sota Álvarez.- Secretario Judicial Elorrieta Salazar.

Anta, 17 de agosto del 2018

RONALD ELORRIETA SALAZARSECRETARIO JUDICIAL

P. 6922010 F. (22, 23, 24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

En el Expediente Nro. 2307-2017-0-1001-JR-CI-04, se-guido por EULOGIA CATUNTA HUALLPA con el Minis-terio Público y otros, sobre CAMBIO DE NOMBRE, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juz-gado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación mediante edictos del extracto de la Sentencia contenida en la Resolución N° 05 de fecha 13 de abril de 2018.- Resolución Nro. 05.- Cusco, 13 de abril de 2018. VISTO: El expediente que contiene el presente proceso para emitir sentencia. Y CONSIDE-RANDO (...), RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por EULOGIA CATUNTA HUALL-PA sobre Cambio de Nombre. 2. En consecuencia FUN-DADA la pretensión de Cambio de Nombre, por lo que ORDENO se cambie el nombre de la actora Eulogia Catunta Huallpa en la partida asentada el 8 de abril de 1999 ante el Registro de Nacimientos de los Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Canas-Yanao-ca del departamento del Cusco , producido en fecha 11 de marzo de 1999; debiendo cambiarse el nombre EU-LOGIA CATUNTA HUALLPA por el de MAGDA CATUN-TA HUALLPA , quedando en consecuencia determinado su nombre como MAGDA CATUNTA HUALLPA, debien-do para dicho fi n dirigirse la comunicación respectiva al aludido Registro una vez consentida la presente re-solución. 3.- Sin Costas ni Costos procesales. Tómese Razón y Hágase Saber.Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos. Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal.

JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIAESPECIALISTA LEGAL

P. 6922171 F. (22, 23, 24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 284-2018-CI se-guido por MERCEDES ELIZABETH RIVERA CERECE-DA VIUDA DE SALAZAR sobre COMPROBACION DE TESTAMENTO CERRADO de su cónyuge RAÚL SALA-ZAR TISOC fallecido el 05-07-2017, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 18-07-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIAL

P. 6922227 F. (22, 23, 24 AGO)

EDICTO

Quillabamba, 20 de Agosto del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.Se cita y emplaza al señor BERNER DELGADO ATAU-SINCHI, en el Proceso Nro. 78-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito

Contra la Familia, modalidad Omisión de Asistencia Fa-miliar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de MENOR DE INICIALES E.D.B.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 09, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (11:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (22, 23, 24 AGO)

EDICTO

Quillabamba, 20 de Agosto del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.Se cita y emplaza al señor JAIME ALLENDE AQUINO, en el Proceso Nro. 848-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida el cuerpo y la salud, modalidad agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del art. 122-B del código penal, en agravio de DIONICIA AQUINO VDA DE ROZAS.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 05, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (22, 23, 24 AGO)

EDICTO

Quillabamba, 20 de Agosto del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.Se cita y emplaza al señor JOSUE AGUILAR VENERO, en el Proceso Nro. 508-2015-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra El Pa-trimonio, modalidad Hurto, Sub Tipo HURTO AGRAVA-DO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de BASILIA USCA QUISPE.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 06, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (10:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espi-nar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (22, 23, 24 AGO)

EDICTO

Quillabamba, 20 de Agosto del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.Se cita y emplaza al señor JUAN JOSE HUALLPA HUANQUI, en el Proceso Nro. 723-2017-7-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del de-

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

lito Contra la Libertad, modalidad violación de la libertad sexual, Sub Tipo VIOLACION SEXUAL, en agravio de MENOR DE INICIALES M.C.C.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 02, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (22, 23, 24 AGO)

EDICTO

Quillabamba, 20 de Agosto del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.Se cita y emplaza al señor RICARDO JUAN BACA BARBOZA, en el Proceso Nro. 774-2016-29-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública, delitos cometi-dos por funcionarios públicos ABUSO DE AUTORIDAD, en agravio del Ministerios del Interior, representado por su Procurador Público y en agravio de EDWIN PUMA HUAMAN.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 09, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (22, 23, 24 AGO)

EDICTO

Quillabamba, 20 de Agosto del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.Se cita y emplaza al señor MOISES PIEROLA LUCANA, en el Proceso Nro. 13-2014-40-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida el cuerpo y la salud, modalidad Lesiones, Sub Tipo Lesiones Leves, en agravio de MARCO DUEÑAS ESTRADA.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 02, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS DECE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (12:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (22, 23, 24 AGO)

EDICTO

PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMI-DAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J.2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00113-2018-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LA CONVENCION ,

DEMANDANTE : BOCANGEL GARAY, JOSE RAULResolución Nro. 7Cusco, 16 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndo-se producido discordia respecto a la sentencia conteni-da en la resolución N° 3 del 20 de abril de 2018 (folio 35 a 51) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia, para que se revoque la resolución antes mencionada, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes ha-cen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conoci-miento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Po-der Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispues-to en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02379-2016-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DEMANDANTE : MURGA HUAMANI, AQUILINO TIMO-TEOResolución Nro. 19Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndo-se producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 14 del 20 de marzo de 2018 (folio 178 a 189) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se

ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la reso-lución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el in-forme oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Pro-cesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respec-tiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03441-2016-0-1001-JR-LA-04MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CIN CUSCO ,UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CUSCO ,DEMANDANTE : PADILLA PEREZ, AUGUSTAResolución Nro. 11Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndo-se producido discordia respecto a la sentencia conteni-da en la resolución N° 8 del 6 de abril de 2018 (folio 118 a 124) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia, para que se declare nula la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resolucio-nes que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado

DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conoci-miento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Po-der Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispues-to en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03196-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO ,DEMANDANTE : APAZA GOMEZ, AVELINA FLOREN-CIAResolución Nro. 9Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndo-se producido discordia respecto a la sentencia conteni-da en la resolución N° 5 del 6 de abril de 2018 (folio 90 a 97) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia; y la Juez Supe-rior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia, para que se confi rme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el in-forme oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Pro-cesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respec-tiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 01456-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DIRECCIO NREGIONAL DE EDUCACION DEL CUS-CO ,DEMANDANTE : GUERRA GAMARRA, HILDA BEA-TRIZResolución Nro. 14Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 9 del 6 de marzo de 2018 (folio 99 a 106) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponen-cia para que se revoque en parte la sentencia; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia, para que se confi rme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flo-res; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo an-tes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el in-forme oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título

Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Pro-cesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respec-tiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 01144-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUS-CO ,DEMANDANTE : CARDENAS MONTES, NATIVIDADResolución Nro. 10Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndo-se producido discordia respecto a la sentencia conteni-da en la resolución N° 6 del 4 de abril de 2018 (folio 104 a 110) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia, para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes ha-cen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conoci-miento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Po-der Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispues-to en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S.

MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00373-2016-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CION CUSCO ,PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIO-NAL DEL CUSCO ,DEMANDANTE : QUISPE DE ZARATE, MARUJAResolución Nro. 15Cusco, 14 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia parcial respecto a la senten-cia contenida en la resolución N° 3 del 10 de junio de 2016 (folio 52 a 62) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la reso-lución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo an-tes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al aboga-do que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez con-sentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Prelimi-nar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad pro-cesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRE-RA, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00677-2018-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DEMANDANTE : APARICIO MIRANDA, JOSE LUISResolución Nro. 6Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 3 del 28 de mayo de 2018 (folio 57 a 72) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adheri-do el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confi rme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo an-tes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el in-forme oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Pro-cesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respec-tiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00906-2018-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA ,DEMANDANTE : GRAJEDA RODRIGUEZ, CARLOS RUTILIOResolución Nro. 6Cusco, 14 de agosto de 2018.

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 3 del 22 de mayo de 2018 (folio 33 a 47) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adheri-do el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confi rme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo an-tes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al aboga-do que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez con-sentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Prelimi-nar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad pro-cesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRE-RA, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03799-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUS-CO ,DEMANDANTE : CALLAÑAUPA BOLIVAR, LUZMILAResolución Nro. 10Cusco, 14 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia parcial respecto a la senten-cia contenida en la resolución N° 5 del 28 de marzo de 2018 (folio 87 a 103) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la

bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la reso-lución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo an-tes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al aboga-do que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez con-sentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Prelimi-nar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad pro-cesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRE-RA, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03039-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DEMANDANTE : VALDEIGLESIAS CONDORI, EVAN-GELINAResolución Nro. 10Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndo-se producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 22 de mayo de 2018 (folio 57 a 76) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adheri-do el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artí-culo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resolu-ciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a

la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conoci-miento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Po-der Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispues-to en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 01171-2018-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CION DE CUSCO ,DEMANDANTE : MAR CAMAN, MANUEL IResolución Nro. 6Cusco, 15 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 3 del 29 de mayo de 2018 (folio 48 a 57) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adheri-do el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confi rme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo an-tes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el in-forme oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-

co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Pro-cesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respec-tiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.Cusco, 21 de agosto de 2018.

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EDICTO JUDICIAL

Io JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROV1NCIAL - Sede EspinarEXPEDIENTE: 00296-2017-86-1009-JR-PE-01JUEZ: BEDOYA GALDOS SANDRA SWIILLYESPECIALISTA: CARMEN YOVANA HUAMPA CAHUA-NA.Se pone en conocimiento de: JOSÉ LUIS MAQUERA ROSAS, que se viene tramitando el PROCESO PENAL N° 00296-2017-86-1009-JR-PE-Ol, seguido por ei pre-sunto delito contra la familia en su modalidad de omi-sión a la asistencia familiar en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE AUMENTOS, ilícito previsto y sancionado en el artículo 149 primer párrafo del Códi-go Penal, en agravio de su menor hijo Kelvin Maquero Huamani, representado por su progenitora MARIAELE-NA HUAMAN1 QUISPE, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE; PRIMERO.- Declarar frustrada la audiencia de juicio oral señalada para la fecha SEGUNDO.- se re-programa la audiencia de juicio oral para el día JUEVES VEINTE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), En la Sala de audiencias de! juzgado de Espinar.Espinar, 16 de agosto del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

1°JUZ. DE INV. PREPARATORIA – Sede Espinar.EXPEDIENTE: 00155-2018-0-1009-JR-PE-01JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CÓNDOR! ZARATE.Se pone en conocimiento de JULIÁN HUAYHUA CCA-HUA, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar ha re-querido la INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO en su contra por el delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar , en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, previs-to en el articulo 149° primer párrafo del Código Penal, en agravio de sus menores hijas representadas por MAXIMILIANA SAICO Asimismo, se pone en su cono-cimiento: La Resolución Nro 01: “.. 1.- Admitir a tramite el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal contra el imputado JULIÁN

Page 7: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

HUAYHUA CCAHUA.... 4.- NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución quien en el plazo de veinticuatro horas deberá desig-nar abogado defensor de su libre elección o ratifi car al abogado defensor designado por el Ministerio Publico a favor de dicho imputado.....” y la Resolución Nro 03 emitida en el mismo acto de Audiencia de fecha 13 de agosto del 2018:”... se dispone reprogramar la presente audiencia para el día SEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ CON CUAREN-TA Y CINCO MINUTOS......”Espinar, 17 de agosto de 2018.

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AVISO JUDICIAL

Señor: VICTORIA VALVERDE TORRES.Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Se-bastian que corre bajo la dirección de la señorita magis-trado Dra. Lynda Vargas Manga en el proceso judicial No. 00495-2016-0-1023-JP-PE-01 seguida en contra de Beltran Caviedes Contul y en agravio de Victoria Valver-de Torres sobre Faltas contra la persona, se ha dispues-to se proceda al emplazamiento de la parte demandada mediante edictos emplazamiento que debe realizarse con la siguiente resolución : Estando a la devolución de cédulas de notifi cación dirigidas a la persona de la agraviada Victoria Valverde Torres, póngase en cono-cimiento del denunciado a fi n de que pueda brindar in-formación respecto al domicilio real actual de la citada persona. Conforme al trámite aplicable al caso de autos SE DISPONE: Citar a las partes a JUICIO ORAL a lle-varse a cabo el día veinticuatro de octubre del año dos mil dieciocho a horas once de la mañana en el local del Juzgado, Citación a juicio que se hace bajo los siguien-tes apercibimientos: 1) Con relación a la parte agravia-da, en caso de inasistencia al juicio oral, de declararse su desistimiento tácito- 2) En caso de inconcurrencia del denunciado dictarse mandato para su conducción compulsiva.-Debiendo notifi carse a las partes telefóni-camente y procederse a la notifi cación mediante edictos a la agraviada con los apercibimientos. Comparezcan los denunciado necesariamente asistido por su abogado defensor. Y ambas partes con todos sus medios y órga-nos de prueba. HÁGASE SABER, lo que se le pone en conocimiento para los fi nes consiguientes, media fi rma del especialista y fi rma completa de la señorita Juez.San Sebastian, 16 de agosto del 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

A LOS SUJETOS QUE RESULTAN HEREDEROS (SU-CESORES) DE QUIEN EN VIDA FUE JUAN SALAS ESLCANTE:Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wan-chaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enri-que Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 2049-2017-0-1001-JP-FC -02 se-guido por Juan Salas Escalante sobre sucesión intesta-da de quien en vida fue Beatriz Delgado Ccahua, se ha dispuesto la notifi cación vía edicto judicial del auto rele-vante: AUTO RELEVANTE Resolución N° 18 Wanchaq, ¡7 de agosto de 2018 I. AUTOS: El presente proceso y, en atención a ¡o siguiente: II. FUNDAMENTOS: Respec-to a la incidencia del fallecimiento del demandante y el

estado del proceso. I. En el presente caso, no es posible emitir un pronunciamiento fi nal a razón que, con proveí-do contenido en la resolución N° 17 (folio 199), la re-currente Hilda Salas Delgado, pone a conocimiento del despacho la defunción del demandante Juan Salas Es-calante en fecha 19 de julio del 2018, conforme la cons-tancia emitida por la Sociedad de Benefi cencia Pública del Cusco (folio 197) -lo que en este acto es corroborado por el suscrito al imprimir la fi cha de dalos de RENIEC del demandante, cuya impresión antecede a la presente resolución-. 2. De lo anterior, se tiene que en el trámite del presente proceso el demandante ha fallecido por lo que es imposible emitir un pronunciamiento de fondo, puesto que con el hecho del fallecimiento es necesario que su sucesor procesal se incorpore al mismo a efecto de mantener una adecuada relación jurídica procesal. 3. En tal virtud, con el hecho defallecimiento de la parte demandante, se da apertura a la sucesión en el proceso conforme a lo regulado por el artículo 108.1 del Código Procesal Civil, estableciendo que “por la sucesión pro-cesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presente la sucesión cuándo: 1) Fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplaza-da por su sucesor, salgo disposición legal en contrario... “. 4. Por otro lado, si bien del estudio del expediente se tiene que el demandante ha otorgado poder por acta de representación a favor de su abogado defensor Ri-chard Pérez Inca en fecha 13 de octubre del 2017 (folio 64), cuando se encontraba en vida el demandante; sin embargo dicha representación queda extinguida con el hecho de su fallecimiento; por lo que conforme prevé el último párrafo del artículo 79 del Código Procesal Civil, se tiene que ha fi nalizando la representación otorgada con la muerte del demandante, por lo que a efecto de no privar su derecho de defensa y emitir un pronunciamien-to válido sobre el fondo, corresponde aplicar conceder una plazo de 30 días a efecto que el sucesor se aperso-ne al proceso bajo apercibimiento de designar curador procesal de conformidad a lo regulado en el articulo 108 del Código Procesal Civil. Respecto al requerimiento de partidas. 5. Del estudio del expediente, se advierte que al proceso se han apersonado quienes serian los hijos de la causante Hilda Salas Delgado, Manuel Salas Delgado, Rafael Salas Delgado, Clara Salas Delgado, Natalia Salas Delgado, Liliana Salas Delgado y Albertina Salas Delgado, de los cuales NO obra en el expediente la partida de nacimiento de Albertina Salas Delgado, por lo que no se tiene certeza si es hija o no de la causante Beatriz Salas Ccahua. Motivo por el cual a efecto de determinar su vocación hereditaria, se le otorga el plazo de 5 días para que presente su partida de nacimiento, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento se emita resolución conforme a los documentos presentado al proceso. 6. De otro lado mediante escrito signado con el ingreso 13295-2018 la recurrente Liliana Salas Delgado solicita que se tome en cuenta su partida rectifi cada; sin embargo debe presentar la partida con la rectifi cación inscrita a efecto que sea valorada. III. DECISIÓN: Por estos fundamentos, con las facultades conferidas a este despacho por el artículo 138 de la Constitución Política del Estado, resuelvo declarar REQUIÉRASE a los suje-tos que resulten herederos (sucesores) de quien en vida fue JUAN SALAS ESCALANTE, para que en el plazo de TREINTA días cumplan con apersonarse al presen-te proceso solicitando ser incorporados vía sucesión procesal del demandante Juan Salas Escalante -para lo cual adiciona/mente se deben publicar edictos bajo responsabilidad de la secretaria judicial-; bajo apercibi-miento, en caso de incumplimiento se nombre curador procesal a la parte demandante. REQUIÉRASE por

el plazo de CINCO días a la presunta heredera Alber-tina Salas Delgado presente su partida de nacimienlo a efecto de determinar su vocación hereditaria, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento se emita re-solución conforme a lo presentado al proceso. Dando providencia al escrito signado con el ingreso 13295-2016: Previamente cumpla con presentar la partida de nacimiento donde obre la inscripción de la rectifi cación a la que hace referencia, para lo cual se le concede un plazo de CINCO DÍAS. H.S. “ la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fi nes consiguien-tes de ley.Wanchaq, 17 de agosto del 2018.

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EDICTO JUDICIAL (ECHARATE)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE- Notifi ca al ReoAusente OLGA CORALES ARIAS, a efecto de que se pongan a derecho ante el Juzgado, para el inicio de Juicio Oral, en el proceso Penal N° 41- 2010-77-PE, por delito Falsedad Ideológica, en agravio del Estado Peruano.- Firma Juez Nataly Consuelo Cáceres Velar-de.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa.Echarate, 02 de agosto del 2018

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 98-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por MAURA TACURI PAUCAR contra TIMO-TEO QUISPE PERALTA por violencia familiar; se ha dis-puesto notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°07.-Estando a la constancia obrante a fojas 39 - vuelta sobre no verifi cación de audiencia por inasistencia de las partes procesales y falta de devolu-ción de las publicaciones edictales dispuestas en autos, se dispone: Reprogramar la Audiencia Única para el dia 10 de septiembre del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias y la devolución de las publicaciones edictales) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Co-lon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran.-

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 170-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granula Cora seguido por BENIGNA CRUZ MAMANI contra NICOLÁS TUNQUI CUTIPA; se ha dispuesto notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°02.- Estando a la constancia que antecede fojas 15 - vuelta, sobre no verifi cación de audiencia programada en autos por ina-sistencia de las partes procesales y falta de devolución de las cédulas de notifi cación, no teniendo certeza si las partes procesales fueron válidamente notifi cados; en consecuencia, siendo el estado del presente proceso, se dispone: CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 06 de septiembre del año 2018 a horas 09:00 de la

mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de me-didas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Co-lon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran. NOTIFIQÜESE a las partes procesales por la vía más rápida posible, dejando constancia de la modalidad em-pleada, debiendo encomendarse el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación al Juez de Paz de Colquepa-ta, para tal efecto líbrese Exhorto correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, notifíquese a las partes procesales vía edictos por tres veces con-secutivas en el diario de la Corte Superior de Justicia del Cusco, asimismo requiérase a la parte agraviada proporcionar el número telefónico del denunciado. H.S.-

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EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TE-JADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 465-2018-FT. se ha dictado la siguien-te resolución:AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACIÓN TUTE-LAR.Res. No. 1.Urcos, 20 de Julio del año 2018. Donde SE RESUELVE:APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTTELAR, a de-nuncia de la Representante del Ministerio Público de Familia - Quispicanchi, Por Desprotección Familiar de menor HERMLINDA LAURA SÁNCHEZ ( 13 AÑOS ), contra su progenitora: LEOCADIA SÁNCHEZ SARA YA. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investiga-ción a fi n de que alguna persona interesada concurra a Despacho.Urcos, 10 de Agosto del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TE-JADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Pro-ceso Civil No. 461-2018-FT, se ha dictado la siguiente resolución:AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACIÓN TUTELAR.Res. No. 1.Urcos, 18 de Julio del año 2018. Donde SE RESUELVE:APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTTELAR, a denun-cia de la Representante del Ministerio Público de Fami-lia - Quispicanchi, Por Desprotección Familiar de menor JUDITH CHOQUEHUANCA MELÓ (14 AÑOS), contra su progenitura: REGINA MELÓ FLORES. PUBLIQUE-SE mediante edictos la presente investigación a fi n de que alguna persona interesada concurra a Despacho, Urcos, 10 de Agosto.

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EDICTO PENAL

Page 8: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CANCHIS – SI-CUANIEXPEDIENTE PENAL N° 248-2018-99-1007-JR-PE-01JUEZ Dr. GUALBERTO SERRANO TRUJILLOSe cita y emplaza a RAFAEL QUISPE RIVERA, para que se ponga a derecho y se defi enda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue, por el delito Contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, tipo específi co Incumpli-miento de Obligación Alimentaria, en agravio de la me-nor de iniciales Y.Q.B. representada por su progenitora HILARIA BOLAÑOS ALARCON, conforme lo dispuesto en la resolución N° 01 de fecha 20 de agosto del año 2018. Y comparecer a la audiencia que se llevara a cabo el día LUNES 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018, A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA en la Tercera Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de la Provincia de Canchis - Sicuani: Asimismo, se notifi ca con un extracto de la resolución No. 01 auto de CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO de fecha 20 de agosto del año 2018. CITAR A AUDIENCIA DE PROCESO INME-DIATO, en la presente causa seguida contra RAFAEL QUISPE RIVERA, como presunto autor del delito autor del delito Contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, tipo especifi co Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de la menor de ini-ciales Y.Q.B. representada por su progenitora HILARIA BOLAÑOS ALARCON. Cuyo acto teniendo en cuenta el rol de audiencias programadas con antelación, así como el término de la distancia, lugar lejano donde debe no-tifi carse al imputado, se verifi cará el día LUNES 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la tercera sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Canchis sito en la Av. San Martín s/n - barrio de San Felipe del distrito de Sicuai, provincia de Canchis”.Sicuani, 20 de agosto del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCAMediante el presente se cita, llama y emplaza a los agraviados ALYIA ZEINFEID, de 25 años, sexo femeni-no, identifi cada con Pasaporte Nro. 483505759, nacida el 10/08/1992, estado civil soltera, nacionalidad esta-dounidense; y EDUARDO MIGUEL, REMIS UNDEFI-NED, de 34 años, sexo masculino, con pasaporte Nro. 29708980, nacido el 26/10/1982, estado civil soltero, nacionalidad argentino; con el fi n de PONER EN SU CONOCIMIENTO del proceso Nro. 157-2018-0, segui-do contra CESARIO HUALLPA QUISPE por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES CULPOSAS en agravio de EDUARDO MIGUEL REMIS UNDEFINED Y ALYIA ZEINFELD, tengan a bien de CONCURRIR Y APERSONARSE AL PROCESO; así mismo se dispone CITAR AUDIENCIA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA PARA EL DÍA TRECE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (fe-cha señalada de acuerdo a la agenda de programación de audiencia que maneja el juzgado), la realización de audiencia en la Sala de Audiencias del Juzgado de In-vestigación Preparatoria.Calca, 20 de agosto del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENT: 176-2016-39-1009-JR-PE-01JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA: CINTHIA ELIANACONDORI ZARATESe pone en conocimiento de los señores PERCY CCANSAYA HUAMANI y PILAR YANINA HUAMANI COLQUE, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, ha presentado Acusación en contra PERCY CCANSA-YA HUAMANI, por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su Modalidad de Homicidio Culposo, por inobservancia de las reglas de transito, en agravio de la persona de iniciales Q.E.V.F. Pilar Yanina Huamani Colque. Habiendo emitido la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete, que CORRE TRASLADO LA ACUSACIÓN FISCAL y CITA a Audiencia preliminar de control de acusación, en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta Sede, con la presencia obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento de las responsabilidades funciona-les que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustifi cada del Fis-cal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales, debiendo tener presente el carácter inapla-zable del la presente audiencia. PRECÍSESE que: 1) El representante del ministerio Publico deberá concurrir a la audiencia con los medios prueba; 2) El desarrollo integro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se enten-derá notifi cada las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16, inciso 1 y 2 del reglamento de notifi caciones, citaciones y comunicaciones bajo las nor-mas del Código Procesal Penal, aprobado por resolu-ción Administra va 096-2016-CEPJ. Asimismo se le RE-QUIERE al imputado, para que en el plazo de 24 horas de notifi cado, cumpla con ratifi car y /o designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de de-signársele defensor público, en caso de incumplimiento. Así también, mediante resolución número cuatro se Dis-puso reprogramar la audiencia de control de acusación para el dia VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS.-Espinar, 7 de Agosto del 2017.

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EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENTE: 56-2018-74-1009-JR-PE-01JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CÓNDORI ZARATESe pone en conocimiento del señor WALTER LINO PE-RALTA ANCCA, que Raúl Fernando Peralta padre del menor Kevin Peralta Llasa, Wilber Saturnino Peralta Ancca, Haydee Beatriz Peralta Ancca y Aquilina Mamani Chuctaya han solicitado, CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, en el proceso seguido en su contra SONIA HUA-YHUA AROTAYPE, RICE BRAYAN SULLA MAGANO, JULIA MAGANO CUTÍ y VÍCTOR HUAYHUA HUAYLLA, por el delito contra la Vida el cuerpo y la salud, en la mo-dalidad de lesiones, sub tipo Lesiones Leves, en agravio de el menor Kevin Peralta Llasa representado por su padre Raúl Fernando Peralta, Wilber Saturnino Peralta Ancca, Haydee Beatriz Peralta Ancca y Aquilina Mama-ni Chuctaya; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha cinco de abril del año dos mil dieciocho, mediante el cual CÓRRASE TRASLADO

a los demás sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, a efectos de que puedan por escrito formular opo-sición debidamente fundamentado. PRECÍSESE que la carpeta fi scal con todos los elementos de convicción se encuentra en las ofi cinas de la Fiscalía Penal de Espi-nar, para los fi nes que correspondan.Espinar, 17 de Agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

Expediente N° 00311-2015-13-2701-JR-PE-011o Juzgado de Investigación Preparatoria de TambopataJuez: Judith Nelly Atapaucar BarrientosEspecialista Judicial: Alicia Ríos Lima.Mediante la presente se NOTIFICA: al imputado RO-BERT MATEO ATAYUPANQUI HUAMANI, con la RE-SOLUCIÓN UNO: por el cual se le corre traslado con el requerimiento de acusación por el plazo perentorio de diez días útiles y la RESOLUCIÓN CINCO, que REPROGRAMA para el día 20 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA – (hora exac-ta), la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, ubicado en la Avenida Ernesto Rivero 720, segundo bloque, primer piso, de ésta ciudad, en la investigación que se le sigue por la comisión del delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego, en agravio del Estado Peruano.Puerto Maldonado, 15 de agosto del 2018.-

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EDICTO PENAL

EXP. 1081-2015-24-1001-JR-PE-01 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA ACUSADA YOLINDA QUISPE HERRERA Ante el Primer Juzgado Penal Uni-personal de Cusco que despacha el Dr. Edwin del Pozo Condori, bajo la actuación del Especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N°1081-2015-24-1001-JR-PE-01, seguido contra la mencionada inculpada por la comisión del Delito Contra de los Delitos Ambientales, en su Mo-dalidad de Delitos Contra los Recursos, Sub Tipo ALTE-RACIÓN DE AMBIENTE O PAISAJE, ilícito penal pre-visto y sancionado por el artículo 313 del Código Penal en AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO DEBIDAMENTE REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PÚBLICO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, en consecuencia, NOTIFÍQUESE: A la acusada YOLINDA QUISPE HE-RRERA, con la resolución N° 01 de reprogramación de audiencia, donde se ha dispuesto:AUTO DE CITACIÓN AJUICIO ORALResolución No. 01. Cusco, once de enero del dos mil dieciocho.VISTO: La resolución que precede con los actuados judiciales remitidos por el Juzgado de Investigación Pre-paratoria de delitos Ambientales sede Cusco y, CONSI-DERANDO:PRIMERO: El Juez Penal del Juzgado de Investigación Preparatoria de delitos Ambientales sede Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351°, 352° y 353° del Código Procesal Penal, esto es, que ha efec-tuado el control de la acusación en la audiencia prelimi-nar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo.SEGUNDO: El proceso que va a ser materia de juz-

gamiento por este Juzgado Unipersonal es seguido contra YOLINDA QUISPE HERRERA CON DNI NRO. 42821948, de sexo femenino, fecha de nacimiento el 27 de noviembre de 1977, estado civil soltera, hija de Félix y Eva, natural del distrito provincia y departamento de Cusco, grado de instrucción secundaria completa, do-micilio real en APV Villa Los Saúcos Lote 30 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco acusada por la Fiscalía Provincial Especializada en Ma-teria Ambiental como autora de la presunta comisión del Delito Contra de los Delitos Ambientales, en su Modali-dad de Delitos Contra los Recursos, Sub Tipo ALTERA-CIÓN DE AMBIENTE O PAISAJE, ilícito penal previsto y sancionado por el artículo 313 del Código Penal en AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO DEBIDAMENTE REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PÚBLICO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE. Siendo este Juzga-do Unipersonal competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28, numeral 2) del Código Procesal Penal y, conforme al estado del presente proceso de conformi-dad a lo dispuesto en el artículo 355 de la norma acota-da, SE RESUELVE:1.- CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE a las DIEZ HORAS (hora exacta) en la ONCEAVA SALA de audien-cias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco. La audiencia de Instalación de juicio es ina-plazable conforme dispone el Artículo 355 inciso 6) del Código Procesal Penal; acto al cual comparecerá YO-LINDA QUISPE HERRERA asistido por el Abogado de su elección o el defensor de ofi cio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de incon-currencia de declarársele CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFIQUESELE en su domicilio real y procesal consignados en autos. Se deja constancia que la fecha señalada es de acuerdo al agendamiento que tiene este Juzgado. Y de acuerdo a la Resolución Administrativa Na 964-2016-P-CSJCU- de fecha 29 de octubre del 2015, en la cual la Presidenta de la Corte Superior de Justicia a dispuesto que la Administración del Módulo Penal realice un corte en el señalamiento de las audien-cia para reformular el agendamiento de las mismas a partir del 1-12-2015, debiendo de realizarse de manera paralela cuatro audiencias a la semana a la vez a cargo de cada órgano Jurisdiccional.Se deja constancia que la fecha señalada fue otorgada por el Coordinadora de los Juzgados Unipersonales y Juzgado Colegiado Dra. Yolanda Vallenas Quiroga.2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas:2.1. Notifíquese: al Fiscal RELGIS DUEÑAS ROME-RO Fiscal Adjunto Provincial de Fiscal Provincial de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Cusco, señalando domicilio procesal en el Jr. Urubamba H-12 3er piso Urb. Progreso distrito de Wanchaq, provincia de Cusco; con celular 962293686 con casilla electrónica provisional 55777, bajo apercibimiento de ser excluida del juicio en caso de inconcurrencia injustifi cada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas y requerir al Fiscal Superior en grado para que designe a su reemplazo.2.2. Desígnese: como abogado de la acusada YOLINDA QUISPE HERRERA, a la defensora publica LOURDES IRENE ASCUE CASTILLA, con Registro N° 1336, con domicilio procesal en la avenida Micaela Bastidas Nro. 657-D. casilla electrónica N° 55143. bajo apercibimien-to de ser excluida de la defensa y disponer se nombre para la acusada otro abogado Defensor Público (artículo 359° inciso 5) del Código Procesal Penal, modifi cado por el Decreto legislativo N° 1307, concordante con el numeral uno y tres del artículo 85° de la misma norma.

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

2.3. Notifíquese: a la parte agraviada ESTADO PE-RUANO DEBIDAMENTE REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PÚBLICO DEL MINISTERIO DEL AM-BIENTE, en su domicilio procesal jirón Bieluvucic 1325 Urbanización Risso Lince- Lima [email protected]. quien además prestará declaración testimonial en la audiencia de juicio oral y tiene la obligación de con-currir bajo apercibimiento de ser conducida compulsiva-mente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el artículo 164 inciso 3 del Código Procesal Penal; y2.4.-Notifíquese a los testigos:- Cítese: a la testigo Virginia Virto Bueno, representante Apoderada Judicial del Arzobispado de Cusco, a quien se le deberá notifi car en Pasaje Constancia N° 102 Edifi cio Santa F; Of 207 del distrito de Wanchaq de la provincia y departamento del Cusco.- Cítese: al testigo técnico Ing. Janet Ivony Chahuara Castillo, a quien se le deberá notifi car en su domicilio laboral ubicado en Prolongación Av. La Cultura s/n -Pa-radero Camionero del distrito de San Sebastián de la provincia y departamento del Cusco.- Cítese: al testigo técnico Bachiller Ana Lucia Aguirre Chevarria a quien se le deberá notifi car en su domicilio laboral ubicado en la Plaza de Armas de San Sebastián- Local de la municipalidad Distrital de San Sebastián del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco.2.4.-Notifíquese al perito:- Cítese: al perito técnico Arq. Diana Moreyra Yásquez, a quien se le deberá notifi car en su domicilio laboral ubicado en calle Hatun Rumiyoc S/N -Local del Arzo-bispado del Cusco.PRECÍSESE: Que todos los TESTIGOS precedente-mente mencionados, deberán concurrir al Juicio Oral. En la próxima sesión para cuyo fi n serán notifi cados oportunamente, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el articulo 164 inciso 3 del Código Procesal Penal, debien-do el Ministerio Público en coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos y peritos que hayan propuesto, conforme dispone el inciso 5 del artículo 355 del Código Procesal Penal.3.- Disponer: Que la Especialista legal cumpla con for-mar el CUADERNO DE DEBATE con copia certifi cada del auto de Enjuiciamiento, el auto de Citación a Juicio, los registros que se realicen durante el juicio oral, así como las demás resoluciones que se dicten hasta la sentencia.4.- Disponer: Que el expediente judicial se ponga a disposición en secretaría mediante la Unidad de Cus-todia de grabaciones y Expedientes (Sala de Lectura y Archivo), de los SUJETOS PROCESALES por el plazo de cinco días para su revisión y eventual solicitud de copias simples o certifi cadas y/o para instar la incorpo-ración de alguna pieza contempladas en el articulo 136 del Código Procesal Penal o la exclusión de alguna que no corresponda. De lo que doy fe.5.- Precísese Que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio.6.- Precísese Que a la Audiencia de Juicio Oral el re-presentante del Ministerio Publico debe de portar su carpeta fi scal.7.- Cumplan las partes procesales con señalar su casilla electrónica, para ser notifi cados adecuadamente.8.- RECOMIÉNDESE a las partes y sus abogados a fi n de organizar debidamente su agenda y así evitar frustrar la instalación de la audiencia de juicio oral.9.- Notifíquese la presente resolución a los sujetos pro-cesales.

Cusco, 20 de Agosto del año 2018.

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EDICTO PENAL

SEÑORES: ROSMEL TORRES HUAMANSUSAN EVELYN CORAHUA VALVERDE MENOR DE INICIALES J.J.T.C.El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 2151-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra Rosmel Torres Huaman y otra, por el delito de Lesiones Leves, en agravio del menor de iniciales JJTC y otra, bajo la ac-tuación del especialista judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la audiencia del 15/08/18 y la subsanación de la acusación cuyo contenido es el siguiente:SUBSANACION DEL REQUERIMIENTO FISCAL.- El 1er Despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACU-SACIÓN DIRECTA contra: ROSMEL HUAMAN TO-RRES y SUSAN EVELYN CORAHUA VALVERDE, en agravio del Menor de Edad de iniciales J.J.T.C, como autores directos del delito de Agresiones contra las Mu-jeres o Integrantes del Grupo Familiar y contra ROSMEL HUAMAN TORRES en agravio de SUSAN EVELYN CORAHUA VALVERDE como autor directo del delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, respecto de los hechos ocurridos en fecha 11/02/18; se solicita contra el acusado ROSMEL HUAMAN TORRES 04 AÑOS del PPL EFECTIVA en agravio de Susan Evelyn Corahua Va I verde y su menor hijo y contra SUSAN EVELYN CORAHUA VALVERDE 02 AÑOS DE PPL e INHABILITACIÓN y el pago de SA 1.000.00 soles, S/. 500.00 soles y S/. 500.00 soles, por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de los agra-viados, respectivamente.REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN: (...) II. ACREDI-TACIÓN (...) RESOLUCIÓN N° 04. Cusco, 15/08/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcri-be. SE RESUELVE: 1. SE DISPONE LA DEVOLUCIÓN de la acusación al señor Fiscal a fi n de que por escrito cumpla con subsanar los errores advertidos en la califi -cación jurídica y hechos, pues los hechos se habrían co-metido por ambos padres en agravio del menor de edad que no fue considerado. 2. SE DISPONE que el espe-cialista de causa notifi que a los imputados con la nueva acusación y con un breve resumen por edictos, a fi n de que en la nueva fecha de audiencia pueda garantizar su contradicción pues esta ha sido modifi cada. 3. SE RE-PROGRAMA la presente audiencia para el día CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HO-RAS ONCE DE LA MAÑANA, a verifi carse en la Novena sala de audiencias del Modulo Penal. NOTIFICACIÓN: (...) Vil. CONCLUSIÓN: (...) Lo que notifi co a Usted, Me-dia Firma del Señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 20 de agosto del 2018.

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 085-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por VIRGINIA MARGARITA YAPU HUISA contra DENIS BRAYAN SUNA CASTRO; se ha dispues-

to notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Re-solución N°03.- Estando a la constancia obrante a fojas 30 - vuelta sobre no verifi cación de audiencia por falta de devolución de las cédulas de notifi cación, publicacio-nes edictales e inasistencia de las partes procesales, se dispone: Reprogramar la Audiencia Única para el dia 06 de septiembre del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias y la devolución de las publicaciones edictales) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Co-lon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran. NOTIFIQUESE a las partes procesales en los domicilios señalados en los actuados policiales, debiendo enco-mendarse su diligenciamiento al Juez de Paz de Col-quepata, para tal efecto Líbrese el Exhorto correspon-diente, sin perjuicio de ello notifi queseles vía edictos por tres veces consecutivas en el diario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Precísese que la agra-viada tiene por teléfono el número 973196245. H.S.-

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 130-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por YOBANA MANANI HUALLPA contra JULAIN MAURI CCACHUCRA; se ha dispuesto notifi -car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°04.- Estando a la constancia que antecede fojas 32 - vuelta, sobre no verifi cación de audiencia programada en autos por inasistencia de las partes procesales; en consecuencia, siendo el estado del presente proceso, para fi nes de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone: Convocar a Audiencia Oral para el día 29 de Agosto del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias que maneja el Juzgado, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación y la devolución de las publicaciones edictales) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Pau-cartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran.NOTIFIQUESE a las partes procesales por la vía más rápida posible, dejando constancia de la modalidad empleada, debiendo encomendarse el dili-genciamiento de las cédulas de notifi cación al Juez de Paz de Pillcopata, para tal efecto líbrese Exhorto corres-pondiente. Sin perjuicio de ello notifíqueseles vía edic-tos por tres veces consecutivas en el diario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Precísese que la agraviada tiene como teléfono de contacto el número 975-321224. Requiérase a la agraviada proporcionar el número telefónico del denunciado.- H.S.-

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 189-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Grani-lla Cora seguido por ROCÍO LAYME CAYULLA contra EUGENIO CAYULLA PUMA; se ha dispuesto notifi car

a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- Por los fundamentos expuesto, SE RESUEL-VE: 1.-ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de EUGENIO CAYULLA PUMA, en agravio de CARMEN DEL ROCÍO LAYME CAYULLA. 2.-En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PRO-TECCIÓN: 2.1.-ORDENAR al denunciado EUGENIO CAYULLA PUMA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Fisica, asi como amenazas, intimi-dación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de CARMEN DEL ROCÍO LAYME CAYULLA.3.-PARA fi nes de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautela-res, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 28 de Agosto del año 2018 a horas 09:00 de la mañana fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de me-didas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Co-lon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran. 4.-NOTIFIQUESE a las partes procesales por la via más rápida posible, dejando constancia de la modalidad empleada, debiendo encomendarse el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación al Juez de Paz de Huan-carani, para tal efecto líbrese Exhorto correspondiente, sin perjuicio a ello notifi quese via edictos por tres veces consecutivas, en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Precísese que la agraviada tiene como teléfono de contacto el número 991816327.H.S.-

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 161-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Grani-lla Cora seguido por SONIA QUISPE CAHUANA contra FRANKLIN QUISPE CAHUANA; se ha dispuesto notifi -car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°02.- Estando a la constancia que antecede fojas 29 - vuelta sobre no verifi cación de audiencia por falta de notifi cación al denunciado así como falta de devolución de las publicaciones edictales, se dispone: REPRO-GRAMAR la Audiencia Oral en el presente proceso para el dia 28 de Agosto del año 2018 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias que maneja el Juzgado, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas y el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación)a reali-zarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartam-bo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasisten-cia de verifi carse la audiencia con las partes procesa-les que concurran. Notifíquese a las partes procesales por la vía más rápida posible, dejando constancia de la modalidad empleada, debiendo encomendarse el dili-genciamiento de las cédulas de notifi cación al Juez de Paz de Patria Kosñipata, para tal efecto líbrese Exhorto correspondiente. Sin perjuicio de ello notifi queseles vía edictos por tres veces consecutivas en el diario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Precísese que la madre de la menor agraviada tiene como teléfono

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La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

de contacto el número 938855623.H.S.-

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EDICTO RESPECTO DE QEVF NATALIA RENE MARTÍNEZ GAMARRA

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional ANGULO CORNEJO DE HERNANDEZ YONI LEONO en el Exp. N° 153-2011-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 02 de fecha dos de junio del dos mil once que dispone ADMITIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda presentada por TEOFILO LASTARRIA MARTINEZ y JULIA ELI-SABETH RIVERA GORVENIA, sobre RETRACTO, en contra de los vendedores NATALIA RENE MARTINEZ GAMARRA y GUIDO EFRAIN ALARCON ESCEOBE-DO, y contra los compradores WILLIAM ALARCON MARTINEZ, NANCY DINA PRADO TISOC, GUIDO RICARDO ALARCON MARTINEZ, SORAYA MARIA HE-RRERA JAHNSEN, GLADYS ALARCON DE GOMEZ, JOSE ARMANDO GOMEZ GARCIA Y YONI ALARCON MARTINEZ, en tal virtud, córrase traslado a los deman-dados por el termino de DIEZ DIAS, bajo apercibimien-to de declarárseles rebeldes. Asimismo se ha emitido la resolución ciento trece de fecha diez de agosto del dos mil dieciocho mediante la cual se ha dispuesto que conforme a lo dispuesto por el Art. 435 del C.P.C NOTI-FÍQUESE a la sucesión de QVF NATALIA RENE MAR-TÍNEZ GAMARRA, mediante EDICTOS contarme a ley, bajo apercibimiento en caso de no apersonarse a este despacho de nombrárseles Curador Procesal conforme a Ley y continuarse con la tramitación del proceso.

SANDRA PAOLA NUÑEZ RUIZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6923108 F. (23, 24, 27 AGO)

A LOS INTERESADOS

En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora BONY EVE GA-MARRA FLORES, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 0314-2017-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notifi car con la siguiente resolución: Resolución Nro. 15. Santia-go, treinta de julio del año dos mil dieciocho.-... FALLO: DECLARANDO FUNDADA la demanda instada por doñas Rita Negrón de Laura , sobre Cumplimiento de Obligación de Hacer , en consecuencia ORDENO a la sucesión de los vendedores NICOLAS CALLAPIÑA LI-MACHI y FORTUNATA RAMIREZ DE CALLAPIÑA quie-nes suscribieron el acto jurídico de fecha 09 de octubre de 1984 cumplan suscribiendo la escritura publica que corresponda por la transferencia de en venta derechos y acciones indivisos del terreno ubicado en la Urbaniza-ción Manahuañunca Mz F que con una extensión de 210 metros cuadrados con los siguientes limites y linderos:.Por él Norte Con el lote de propiedad del Señor Nicolás Callapiña Limachi, en línea recta con 35 metros lineales.Por el Este con el área verde en línea recta con seis metros lineales.Por el Sur con el lote del señor Teodoro Mosquipa Lima-chi, en línea recta con 35 metros lineales y por el Oeste con la Avda. San Martin con seis metros lineales hacien-do un AREA total de 210 metros cuadrados.

En consecuencia ORDENO a la sucesión de los vende-dores NICOLAS CALLAPIÑA LIMACHI y FORTUNATA RAMIREZ DE CALLAPIÑA cumplan suscribiendo la Escritura Pública correspondiente en el plazo de CIN-CO DIAS , una vez que la presente quede consentida , ejecutoriada y/ o aprobada , bajo apercibimiento de OTORGARSE por el JUZGADO en caso de incumpli-miento, en su rebeldía por cuenta y riesgo de la suce-sión . Notifíquese el presente por edictos. Tómese razón y Hágase Saber

Santiago, 20 de Agosto del 2018.

NANCY VICTORIO VASQUEZESPECIALISTA LEGAL

P. 6922164 F. (23, 24, 27 AGO)

EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 0556-2017-50-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCE-RO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprapro-vincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JAIME VARGAS PUMA, a fi n que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES 06 DE SE-TIEMBRE DEL 2018 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Segundo Piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 0556-2017-50-1001-JR-PE-01, como pre-sunto autor del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad personal, sub tipo trata de personas en menor de edad, en agravio del menor de iníciales V.R.C.C. Cusco, 22 de Agosto del 2018.

J. S (23, 24, 27 AGO)

EDICTO PENAL

EXP: N° 4455-2018-0PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARA-TORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fer-nando Christian Aparicio ChávezSEÑOR: PERCY GONZALES ILLANESSe ha dispuesto notifi car con el extracto del Requeri-miento de Acusación, Resolución Nº 01 y Acta de Au-diencia de fecha 09/08/2018, cuyo contenido es el si-guiente:REQUERIMIENTO DE ACUSAION DIRECTA DE LA FISCALÍAQue, luego de haber realizado las investigaciones co-rrespondientes a la investigación preliminar y , a tenor de lo establecido por el articulo 336° inciso 4 y. artículo 349 del Código Procesal Penal FORMULO ACUSACIÓN PENAL DIRECTA “en contra del imputado PERCY GON-ZALES ILLANES como autor de la comisión del delito’ contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones subtipo Agresiones en contra de las mujeres p integrantes del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del articulo 122-B del Código Penal, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1323, en agra-vio de DONATA LOAYZA CONDORII. DE LOS HECHOS: Que en “fecha 06 de febrero de

2017, siendo aproximadamente las 15:00’ horas, en circunstancias que la agraviada Donata Loayza Condori se. encontraba descansando al interior de su inmueble con su menor “hija, llegó el imputado Percy Gonzales Illanes, quien sin motivo alguno, la empezó agredir” psicológicamente insultándola con-palabras soeces en contra de su dignidad de madre y mujer para luego agredirla”’ físicamente con jalones de pelo y -golpes de puño en- la cabeza ‘causándole las lesiones . descritas en el certifi cado Médico Legal N° 000395-VFL, donde se concluye que la agraviada llego a presentar hasta 04 días de incapacidad Médico Legal; Posteriormente el imputado se fue del’ inmueble con rumbo descono-cido, llevándose todas sus pertenencias, por, lo que la agraviada interpuso la. denuncia correspondiente ante la Comisaria.- PNP -de Zarzuela, iniciándose las diligen-cias de ley.II. DEL GRADO DE PARTICIPACIÓN: El imputado PER-CY GONZALES ILLANES, tiene- la condición de AU-TOR del Delito contra la ‘Vida- el” Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en “contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar(violencia psicológica), previsto y sancionado en el primer párrafo del .articulo 122 B del Código Penal, modifi cado por í el Decreto Legislativo N° 1323; en agravio de Donata Loayza Condori.III. DE LA PENA SOLICITADA: El Despacho Fiscal SO-LICITA se imponga al acusado PERCY GONZALES ILLANES LA PENA DE UN (01) ANO DE PENA PRIVA-TIVA DE LIBERTAD EFECTIVAIV. DE LA REPARACIÓN CIVIL: El Despacho Fiscal esti-ma con criterio prudencial que el acusado Percy Gonza-les Illanes pague el monto de S/. 400.00 (cuatrocientos soles),- por concepto de reparación civil, a favor de la agraviada Donata ‘Loayza Condori.REQUERIMIENTO DE ACUSATORIO EN SEDE JUDI-CIALRESOLUCIÓN NRO. 01 de fecha 09 de julio de 2018DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusa-ción directa presentado por el Fiscal Provincial Penal de Santiago; y, CONSIDERANDO:(…)1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan or escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excep-ciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposi-ción o revocación de una medida de coerción o la actua-ción de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (prin-cipio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a pre-parar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Ple-nario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil.2. DESIGNAR abogado de ofi cio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica; (…)3. CITAR para el día nueve de agosto del año dos mil dieciocho a las tres horas con treinta minutos (…)4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, in-ciso 1 del Código Procesal Penal(…)5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domi-cilios procesales (…)

ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 09 DE AGOSTO DEL 2018JUEZ: Se advierte la devolución de la cedula de no-tifi cación del imputado, precisando que no se encuentra dicha ubicación, se pone a conocimiento de las partes procesales.MINISTERIO PÚBLICO: Se tiene que el imputado no ha prestado su declaración en sede fi scal, empero si cuen-ta con número telefónico N° 950374786, manifi esta no tener mayor referencia al respecto.DEFENSA TECNICA DE LA PARTE IMPUTADA: Solicita la reprogramación de la presente audiencia.JUEZ: Emite la siguiente resolución.RESOLUCIÓN Nro. 02 de fecha 09/08/2018PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trans-cribe.SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la audiencia de control de acusación, por no tener certeza de una valida notifi ca-ción al imputado PERCY GONZALES ILLANES.2. REPROGRÁMESE la presente audiencia para veri-fi carse el día 03 DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS 08:30 AM en esta misma sala de audiencias del Módulo Penal.3. SE DISPONE QUE EL ESPECIALISTA DE CAUSA NOTIFIQUE A LA PARTE IMPUTADA MEDIANTE EDIC-TOS, siendo de su responsabilidad que para la siguiente sesión de audiencia cuente con las publicaciones res-pectivas.Cusco, 16 de agosto del 2018.

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(Juzgado Mixto de Echarate)Edicto Familia Tutelar EXP. N° 453-2016-FT. Se noti-fi ca a JORDÁN KINGATENI SANTOS y SARA PINA-RREAL PINARREAL; progenitores del menor PERCY KINGATENI PINARREAL. Con el extracto de la Rs. N° 11 de fecha 15-08-2018. FALLA: 1° DECLARANDO EL ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor PERCY KINGATENI PINARREAL, nacido en el distrito Echarate, provincia de la Convención, departamento del Cusco, el 25 de julio del 2001, de 17 años de edad (según certifi -cado de inscripción). 2o ORDENO que el menor PERCY KINGATENI PINARREAL, permanezca siendo alberga-do en el hogar, donde actualmente se encuentra -Aldea Infantil: Señor de Quillabamba-, en tanto, se presenten circunstancias que importen un mayor y mejor bienes-tar para el desarrollo psíquico y físico del menor tute-lado. 3o. NOTIFÍQUESE, con el tenor de la presente, al Representante del Ministerio Público, a los posibles familiares que puedan reclamar la custodia de la me-nor, esto último, por radiodifusión y edictos judiciales; y, fi nalmente, póngase en conocimiento de la Directora de la Aldea Infantil Señor de Quillabamba, para los fi nes co-rrespondientes. CONSENTIDA y/o ejecutoriada quede esta sentencia, pase el proceso a ejecución, conforme a ley. T. R. y H. S.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa.

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(Juzgado Mixto de Echarate)Edicto Familia Penal EXP. N° 301-2015-FT. Se notifi ca

Page 11: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

a la agraviada ROSA HUAMAN DLGADO y al senten-ciado CIPRIAN MENDOZA HUAMAN con el extracto de la sentencia recaída en la Rs. N° 10 de fecha 16 de agosto de 2018. FALLA:Io DECLARO: FUNDADA LA DEMANDA, interpuesta por William Armando Gastulo Portilla, Fiscal Mixto en la provincia de Echarate, contra CIPRIAN MENDOZA HUAMAN, sobre cese de actos de violencia familiar (maltrato psicológico), en agravio de ROSA HUAMAN DELGADO.2o ORDENO que el sen-tenciado CIPRIAN MENDOZA HUAMAN, cumpla con las medidas de protección que le han sido impuestas, conforme se detalla en el considerando número tercero de la presente resolución. Asimismo, a partir de la fecha se abstenga en forma defi nitiva, de agredir en forma física o psicológica, a su madre ROSA HUAMAN DEL-GADO; bajo apercibimiento de ordenarse su detención en la carceleta de la Policía Nacional del Perú de esta jurisdicción, por el espacio de veinticuatro horas; sin perjuicio de ser denunciado por delito de Desobedien-cia y Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 386 del Código Penal, previa remisión de copias certi-fi cadas al Ministerio Público; e imponerse medidas de protección más drásticas.3° IMPONGO al sentenciado CIPRIAN MENDOZA HUAMAN, al pago de TRESCIEN-TOS SOLES a favor de la agraviada ROSA HUAMAN DELGADO, por concepto de REPARACIÓN CIVIL, de-biendo efectuar dicho pago mediante depósito judicial en el Banco de la Nación, dentro de un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notifi cación con la presente resolución. Debiendo cumplir, además, con presentar al juzgado el Boucher del indicado depósito judicial, bajo apercibimiento de lev.4° DISPONGO: que consentida o ejecutoriada quede la presente sentencia, se ejecute conforme a ley. T. R y H. S.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. 3V.

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NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA EN PROCESO DE ABANDONO DE MENORSe pone en conocimiento de JULIÁN FERREL ALMI-RON y CARMELA CORRALES HUMPIRE en el lugar donde se encuentren, lo siguiente: Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención se tramita la Investigación Tutelar Nro.-1014-2017, interpuesta por la Representante del Ministerio Público, sobre ABANDO-NO MORAL Y MATERIAL de la menor ANA CRISTINA FERREL CORRALES, habiéndose emitido sentencia tenor literal es como sigue: Resolución Nro. 10. Sen-tencia.- Quillabamba, 15 de Mayo de 2018,-Sentencia.- RESUELVE:1. DECLARAR JUDICIALMENTE EL ESTADO DE ABANDONO DE LA MENOR ANA CRISTINA FERREL CASTRO de tres años con cinco meses de edad cro-nológica.2. Disponer como MEDIDA DE PROTECCIÓN en favor de la menor ANA CRISTINA FERREL CASTRO, que continúe albergada en la Aldea Infantil Señor de Qui-llabamba, hasta que sea promovida en adopción o sea acogida por una persona, familia o institución en vía de colocación familiar.3. En consecuencia, declárese extinguida la patria potestad de los progenitores de la citada menor, las personas de Julián Ferrel Almirón y Carmela Corrales Humpire. Notifíquese conforme a ley la presente reso-lución a dichos progenitores, y a las partes procesales correspondientes. Debiendo girarse los correspondiente ofi cios a la Ofi cina de Adopciones y a la Aldea Infantil

Señor de Quillabamba, adjuntándose copias certifi ca-das de la presente resolución, una vez que quede con-sentida o ejecutoriada la sentencia dictad en autos.- T.R. y H.S. Firma de la Juez Raúl Callo Delgado.- Arnaldo Bustamante Gamarra. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial.Quillabamba, 13 de Agosto del 2018.

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EXP. 03443-2017-95El Quinto Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, CITA Y EMPLAZA al acusado HARRY HUANACCHIRI MENDOZA a fi n de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, señalada para DÍA DIEZ DE SETIEM-BRE DEL AÑO 2018 a las 15.00 Hrs. a realizarse en la Décima Primera Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de Cusco, sito en la Av. El Sol de la ciudad de Cusco, ordenado en el cuaderno de DEBATES N° 3443-2017-95-1001-JR-PE-03, seguido por delito de Lesiones Leves en agravio de Ana Julia Ccasa Champí. En caso de inasistencia se le declarará CONTUMAZ.Especialista de causa: SEVERINO HUAMÁN HUA-MANTTICA.Cusco, 22 de agosto del 2018.

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EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSO-NAL DE SAN ROMÁN -JULIACALa Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, con la intervención del Especialista de Causas Judiciales Héctor Alfredo Cañapataña Paredes, en el proceso penal del expediente N° 02329-2018-0-2111 -JR-PE-03, seguido en contra de JAVIER PILLCO HUA-MAN, como presunto autor del delito Contra la familia, en su modalidad Omisión de Asistencia Familiar en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio del menor LMPA. representado por su madre DIANA APAZA CALSIN, por lo que se CITA Y NOTIFI-CA CON LA RESOLUCIÓN N° 04-2018, de fecha 16 de agosto del año dos mil dieciocho al acusado, JAVIER PILLCO HUAMAN, a fi n de que asista acompañado de su abogado defensor de libre elección a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO INMEDIATO, señalado para el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA EN PUN-TO (12.00 md.), en el salón de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal del Módulo Penal - Juliaca ubicado en la Plaza Zarumilla S/N casa de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de Juliaca, de la provincia de San Román y región de Puno, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse su captura hasta que sea habido en caso de inasistencia.-Juliaca, 17 de agosto de! año 2018.

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EDICTO PENAL

SEÑOR: JOHNNY RICHARD VILLENA MAMANI.

El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Guido Castillo Lira, en el proceso N° 4225-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido con-tra JOHNNY RICHARD VILLENA MAMANI, en calidad de AUTOR DIRECTO de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Le-siones, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR -AGRESIÓN FÍSICA, en agravio de GLADIS VALCAR-CEL AGÜERO, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Ana Calderón Navarro, se ha dispuesto notifi car con la Resolución N° 02 del 21/08/18, cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN NRO.02.-Cusco, veintiuno de Agosto del dos mil dieciocho.-• DECLARAR FRACASADA LA REALIZACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA POR FALTA DE NOTIFICA-CIÓN AL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL• REPROGRAAAESE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 A HO-RAS 16:00 PM EN ESTA MISMA SALA DE AUDIEN-CIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.• SE DISPONE NOTIFICAR AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS, QUE SE HA DE PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL DEL CUSCO.• ASI MISMO SE DISPONE SE NOTIFIQUE CON LA PRESENTE REPROGRAMACION mediante llamada telefónica al número de celular 974392452 (Numero de celular del padre del imputado).RESOLUCIÓN NRO.01.-Cusco, veinticinco de Junio del dos mil dieciocho.-SE RESUELVE:CORRER TRASLADO del requerimien-to acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusa-ción, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prue-ba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio.BREVE RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACU-SACIÓN:Formulado por la Fiscal Provincial de la Segunda Fis-calía Provincial Penal de Santiago, contra JOHNNY RICHARD VILLENA MAMANI, en calidad de AUTOR DIRECTO de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR - AGRESIÓN FÍSICA, tipifi cado en su tipo básico en el primer párrafo del articulo 122°-B del Código Penal, del mismo texto normativo, concordante con lo establecido en el articulo 108-B” del mismo cuerpo legal y la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, en grado de CONSU-MADO; en agravio de GLADIS VALCARCEL AGÜERO. Conforme al requerimiento de acusación, tomando en cuenta las circunstancias mencionadas, resulta como pena concreta fi nal 01 año y 04 meses de pena privativa de libertad, la pena de INHABILITACIÓN, consistente en la PROHIBICIÓN DE APROXIMARSE O COMUNI-CARSE CON LA VICTIMA POR EL PLAZO DE 01 ANO,

asimismo, deberá pagar la suma de S/. 800.00 soles por reparación civil.

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EDICTO JUDICIAL

1° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Chumbi-vilcasEXPEDIENT: 00438-2017-68-1009-JR-PE-01JUEZ: JOSÉ OBLEA MAMANIESPECIALISTA: DEVORA SISARA DÍAZ ANTEZANASe pone en conocimiento del señor MARIO RENE ALVIS ALMIRON, que la Fiscalía Provincial Penal De Chumbivilcas. ha requerido ACUSACIÓN contra MARIO RENE ALVIS ALMIRON, por el delito contra la libertad, en su modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SE-XUAL, en agravio la menor hija DI.RA.SI.HU.; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 02, 01. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia, por la inasistencia injustifi cada del la defensa técnica del acu-sado y del mismo acusado MARIO RENE ALVIS ALMI-RON. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 17 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 14:30 MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia del Juzgado de Investi-gación Preparatoria de Chumbivilcas. 3. REQUERIR al hoy acusado MARIO RENE ALVIS ALMIRON para que, en el termino de 24 horas designe abogado de su libre elección, bajo expreso apercibimiento en caso d no ha-cerlo se le designara abogado de ofi cio, sin perjuicio de ello se dispone que, se remita OFICIO a la ofi cina de coordinación de la Defensoria Publica del Ministerio de Justicia de esta sede, a efectos de que designe aboga-do de ofi cio para que concurra al acto señalado.Chumbivilcas, 16 de agosto del 2018.

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EDICTO

SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIO-NES SALA PENAL DE APELACIONESEXPEDIENTE : 01341-1998-0-1010-SP-PE-01Secretaria: ANA ROCÍO CASAPINO RODRÍGUEZMINISTERIO PUBLICO : FISCAL SUPERIOR DE LA CONVENCIÓN .IMPUTADO : PERCY CONDORI POMA y otros.DELITO : FORMAS AGRAVADAS DE TRÁFICO ILÍCI-TO DE DROGAS.AGRAVADO: ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR RELATIVO A TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS.EDICTO PENALAnte la Sala Mixta de la Convención, presidida por la Juez Superior Dra. Mariliana Cornejo Sánchez e inte-grada por los Jueces Superiores Dr. Efraín Trelles Sulla y Dr. Rómulo Víctor Velasco Chaves, bajo la actuación de la Secretaria Abg. Ana Rocío Casapíno Rodríguez, en el proceso en el proceso N°01341-1998-0-1010-SP-PE-01. seguido en contra de Percy Condori Poma, por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de Tráfi co Ilícito de Drogas , en agravio del Estado Peruano, Representado Por El Procurador Publico Del Ministerio Del Interior Relativo A Tráfi co Ilícito De Drogas; se ha dispuesto mediante la notifi cación mediante EDICTOS JUDICIALES en el

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La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

Diario Judicial del Cusco, asimismo en el Portal Web Ofi cial del Poder Judicial; al imputado PERCY CONDO-RI POMA; a efecto de que se ponga a Derecho y ejerza su derecho de los cargos imputados en su contra, en el proceso que se sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado Peruano; orde-naron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA- VELASCO CHÁVEZ.Quillabamba, 21 de Agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

Ante la Sala Mixta de la Convención, presidida por la Juez Superior Dra. Mariliana Cornejo Sánchez e inte-grada por los Jueces Superiores Dr. Efraín Trelles Sulla y Dr. Rómulo Víctor Velasco Chaves, bajo la actuación de la Secretaria Abg. Ana Rocio Casapino Rodríguez, en el proceso en el proceso N° 00053-2005-0-1010-SP-PE-01, seguido en contra de ELODIA LETICIA BUR-QUEZ VITERI, por la presunta comisión del delito de Homicidio Califi cado, en agravio de los Herederos Le-gales de Q.E.V.F. Rayner Mozombite Velarde: se ha dis-puesto la notifi cación mediante EDICTOS JUDICIALES en el Diario Judicial del Cusco, asimismo en el Portal Web Ofi cial del Poder Judicial; a los Herederos Legales de Q.E.V.F. Rayner Mozombite Velarde; se ha emitido habiendo la Resolución N°08 “Sentencia Absolutoria”, que textualmente expresa en la parte resolutiva:DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Sala Superior Mixta de La Convención y en adición de funciones, Sala Penal liquidadora de Santa Ana, FALLA:1. ABSOLVIENDO DE LA ACUSACIÓN FISCAL a ELO-DIA LETICIA BURQUEZ VITERI, con datos personales consignados al inicio de la sentencia por el delito de de Homicidio Califi cado en agravio de los herederos legales del QEVF Rayner Mozombite Velarde. En consecuencia una vez consentida y/o ejecutoriada esta sentencia, ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE el presente proceso, después de generar los ofi cios para la anulación de los antecedentes judiciales y policiales que se generaron a consecuencia del proceso.2. LEVÁNTENSE las órdenes de captura que pudie-ran haber contra ella, derivados del presente proceso. Tómese razón hágase saber; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación res-pectiva. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA-VELASCO CHÁVEZ.Quillabamba, 21 de Agosto del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMI-DAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ.1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00042-2018-0-1001-SP-FP-01MATERIA : INFRACCION CONTRA LA LIBERTAD SE-XUALResolución Nro. 27Cusco, 20 de agosto de 2018.Habiéndose producido discordia respecto de la sen-tencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, al que se adhiere la Señora Juez

Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “1.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la Resolu-ción N° 20, de 3 de mayo de 2018, que resuelve: “1. ABSOLVIENDO DE RESPONSABILIDAD al adolescen-te PEDRO LUIS CCOYO PUMA, de 17 años de edad, nacido en fecha 11 de febrero del 2000, (…), como in-fractor de la ley penal CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN DE PERSONA EN ESTADO DE INCONCIENCIA previsto por el artículo 171 del Código Penal en agravio de la menor de inicia-les PA. YU. LI. FI. (…)” (folios 346 a 376); con lo demás que contiene. 2.- EXHORTARON al Juez del proceso y a su personal a cargo, tengan mayor cuidado y diligen-cia en la tramitación y custodia de los procesos que se les asigna, pues en este proceso de infracción penal se anexó en el folio 212 un CD que no corresponde a la fi lmación en cámara Gesell de la menor agraviada, sino a otro proceso –también de infracción penal-, lo cual constituye falta muy grave, que de persistirse con éste tipo de irregularidades se remitirá copias a la ODECMA a fi n de que proceda conforme a sus atribuciones. Lo de-volvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, es porque: “DECLARAR LA NULIDAD de la sentencia emitida me-diante Resolución N° 20, de fecha 03 de mayo del 2018, corriente de fojas 346 a 376, por la cual el señor juez de la causa resuelve: - Absolver de responsabilidad al ado-lescente Pedro Luis Ccoya Puma, de 17 años de edad, nacido en fecha 11 de febrero del 2000, con domicilio en la Urbanización Llaullipata S/N del Centro Poblado de La Quebrada del distrito de Yantile de la provincia de Calca, Cusco, hijo de Fernando Ccoyo Maqque y Sa-bina Puma Santa Cruz, como infractor de la Ley Penal contra la libertad sexual, en la modalidad de violación de persona en estado de inconsciencia, previsto por el artículo 171 del Código Penal en agravio de la menor de iníciales PA.YU.LI.FI. - Disponer el inmediato externa-miento del promovido del Centro Juvenil de Marcavalle, no siendo necesario ser entregado a sus progenitores, al haber alcanzado la mayoría de edad. - Sea archive defi nitivamente el proceso una vez consentida o eje-cutoriada la apelada, previa remisión de las copias de los actuados a la Fiscalía Civil y Familia de la Provin-cia de Calca, por presuntas infracciones a la Ley Penal que garanticen bienes jurídicos distintos a los que son materia del presente proceso, para su pronunciamiento conforme a sus facultades. Y los devolvieron…”. T.R y H.S.- Se remita copias de los actuados a ODECMA, por la pérdida del CD, conteniendo la declaración en cámara Gessel de la agraviada”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que, DISPUSIERON llamar como Juez dirimen-te al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 10 DE SETIEMBRE DE 2018, a horas 3:00 DE LA TAR-DE, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, ofi cina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENA-RON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S.-Media Firma de las Señoras Jueces Superiores. VELÁSQUEZ CUENTAS, DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA.Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohórquez Abarca.

Cusco, 22 de agosto de 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granula Cora, se ha dispuesto mediante resolución 04 del 20 de agosto del 2018, la notifi cación vía edicto en el expe-diente N° 45-2018-41-1013-JR-PE seguido contra Ja-vier Hancco Jara, por el delito de Aborto no consentido y otro, en agravio de Hilda Flores Mamani, en conse-cuencia, NOTIFIQUESE al acusado JAVIER HANCCO JARA, que mediante RESOLUCIÓN 04 del 20 de agosto del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral por insistencia del abogado defensor del acusado Javier Hancco Jara. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día CUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, a llevarse a cabo en esta misma sala de au-diencias ubicado en la calle colon S/N de la ciudad de Paucartambo, teniendo en cuenta que la fecha reprogra-mada se toma en cuenta la vuelta del abogado defensor publico de Paucartambo, quien estará de vacaciones hasta el treinta de agosto del año en curso, DISPO-NIÉNDOSE la notifi cación del acusado Javier Hancco Jara mediante edictos en el Diario Judicial del Distrito Judicial del Cusco por las veces de ley. 3. SUBSISTEN los apercibimientos dictados en la resolución número uno, quedando notifi cadas las partes concurrentes en esta audiencia para la audiencia reprogramada. H.S.-

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Ante el Juzgado Mixto. Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señorita Juez Supernumeraria Karina Zarate Iluillca, bajo la actuación del Especialista legal Luis E. Alvarez Cáceres, se viene tramitando el proce-so Nro 00127-2018-0-1003-JM-FT-01. sobre violencia Familiar seguido contra. GERMÁN CUTIRÉ RAMÍREZ en agravio de JUANA YAURI SAMATA. Por lo que se ha dispuesto la notifi cación con la siguiente resolución.RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 21 de agosto de 2018 - Auto de inicio de proceso por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar: VISTO (...) I CONSI-DERANDO (…) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ESPECIAL la denuncia por violen-cia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar y interpuesta por Juana Yauri Sámala, contra GERMÁN CUTIRÉ RAMÍREZ, consistente en violencia física y psicológica. se señala fecha para la audiencia oral para el día MIÉRCOLES 29 DE AGOSTO DEL 2018, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, diligencia que se verifi cara en la Sala de audiencias del Juzgado Mixto de Acomayo, sito en el Jirón Bolognesi s/n.. de esta localidad, bajo apercibimiento de llevarse con o sin la concurrencia de las partes procesales. (...), lo que se publica para los fi nes pertinentes de ley.Acomayo, 21 de agosto del año 2018.

J. S (23, 24, 27 AGO)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

Exp. 02252-2018-0SEÑOR: CIRILO FLORES NINA.Ante el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Wesly Astete Reyes, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 02252-2018-0-1001-JR-PE-01, seguido contra Cirilo Flores Nina, por la presunta de la comisión del delito de Contra I a vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones Leves, Sub. Tipo Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio del menor de iniciales L.H.Q. (15) representado por su abuela Valentina Quispe Churata, se ha dispuesto. NOTIFICAR: al imputado CIRILO FLORES NINA, un extracto de la Acusación Fiscal v la Resolución N° 01, que dispone:Acusación FiscalQue de conformidad a lo establecido en el inciso 4o del artículo >)U, inciso Io del artículo 334 y el articulo 349 y siguientes del Código Procesal Penal FORMULO RE-QUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra CI-RILO FLORES NINA, como autor de la comisión del de-lito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de Lesiones Leves, Subtipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FA-MILIAR, tipifi cado en el primer párrafo del artículo 122-B segundo párrafo del código penal, en concordancia con el articulo 10843 ¡no 1 del primer párrafo en agravio de L.H.Q. DE (14 años de edad) siendo representada por su abuela materna VALENTINA QUISPE CHURATAAsimismo, conforme al análisis de los actuados y a los articulo 20° al 22° del Código Penal, no existen circuns-tancias modifi catorias ele- la responsabilidad penal, es decir no existen causas eximentes, eximentes imperfec-tas o imputabilidad restringida, mas allá de la concurren-cia de los elementos confi gurativos para este delito.B-2.- Determinación de la pena concreta atendiendo a circunstancias atenuantes y agravantes: conforme se ha señalado ut supra, en el presente c aso no concu-rre circunstancia atenuante privilegiada; sin embargo si se observa la presencia de circunstancias atenuante únicamente por la carencia de antecedentes penales, siendo por ende de aplicación el literal a) del numeral 2 del artículo 45-A del Código Penal - incorporado por ley 30076; así mismo no concurre circunstancia agravante cualifi cada, consecuentemente nos ubicamos en el tere io inferior, en su extremo mínimo considerando la caren-cia de antecedentes penales; por lo que sería de 2 años, la pena a imponerse.Por tanto estando a los argumentos antes menciona-do, el despacho de investigación de la primera fi scalía provincial penal corporativa de Cusco, con criterio de objetividad SOLICITA que se le imponga al acusado CIRILO FLORES NINA, DOS ANOS DE PENA PRIVA-TIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, en su condición de AUTOR de la comisión del delito contra la vida el cuer-po y la salud, subtipo: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMI-LIAR, tipifi cado en el articulo 122-G del Código Penal, por ser la persona quien agredió a la agraviada menor de iniciales L.H.Q.(15) representada por su abuela VA-LENTINA QUISPE CHURATA. El Primer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal corporativa de Cusco, con criterio de objetividad SOLICITA que se imponga al acusado Cirilo Flores Nina, DOS AÑOS DE PENA PRI-VATIVA DE LIBERTAD, en su condición de AUTOR del DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, EN LA MODALIDAD DE LESIONES, AGRESIONES EN

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de la menor de inicia-les L.H.Q.(15) representada por su abuela VALENTINA QUISPE CHURATA; así mismo cabe señalar que para su fi jación también se lian merituado criterios de racio-nalidad, objetividad y proporcionalidad; en tal sentido, el Despacho Fiscal, solicita el pago de una REPARACIÓN CIVIL ascendente a la suma de CUATROCIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 400.00) que deberá efectuar el imputado a favor de la agraviada, con la fi nalidad de re-sarcir el daño ocasionado.TRASLADO A LAS PARTES DE LA ACUSACIÓN DI-RECTA.Resolución Nro. 01Cusco, d del año ceciseis de abril os mil dieciocho.-DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusa-ción directapresentado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de laPrimera Fiscalía Provine ial Penal Corporativa de Cus-co; y,CONSIDERANDO:PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fi n de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inc ¡so 1, de la norma citada.SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audien-cia de control de acusación al término del plazo estable-cido en el inciso I del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defen-sor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asi-mismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso;SE RESUELVE:1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por es-crito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios ce defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida decoerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad). 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofre-ciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) pro-poner los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juk io, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, coníor-me establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/C|-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil.Resolución Nro. 04Cusco, tres de agostodel año dos mil dieciocho.-DADO CUENTA: Con el presente proceso, en el que no se ha llevado a cabo la diligencia señalada debido a la devolución tardía del expediente por parte de la Espe-cialista de Audio encargada de la redacción del acta; por lo tanto a fi n de proseguir el trámite correspondiente, SE DISPONE:1. REPROGRAMAR para el día DIECIOCHO DE SE-

TIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la DÉCIMO TERCERA Sala de Audiencias de los Juzga-dos de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N” 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado.2. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso I del Código Procesal Penal, pudienclo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elec-ción, quien deberá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admi-sible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustifi cada del represen-tante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Ofi cina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superio-res de dicha institución.3. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domi-cilios procesales y reales señalados en autos. Regístre-se y comuníquese.

J. S (23, 24, 27 AGO)

EDICTO JUDICIAL

SEÑORES: TERESA OTEGA PIÑARREAL Y CRISTÓ-BAL PUMA MAMANI.Se le comunica que ante el primer juzgado mixto de Wanchaq, se viene tramitando el proceso N° 1840-2018-FP sobre Infracción Contra el patrimonio se ha dispuesto notifi carse mediante edicto judicial la parte pertinente del auto de promoción: RESOLUCIÓN N° 1: Wanchaq, primero de agosto del dos mil dieciocho RE-SUELVE: Promover LA ACCIÓN PENAL A FAVOR DE Jenry Puma Otega como presunto autor e la infracción a la ley penal considerando como delito contra el patri-monio en la modalidad de Robo en grado de tentativa , previsto en el numeral artículo 188 del Código Penal y artículo 16 del mismo cuerpo en agravio de NAYSA PEÑA CASAVERDE FUESE como fecha para el verifi -cativo de la diligencia de ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS a realizarse el día ONCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DO SMIL DIECIOCHO a horas nueve de la mañana , con la concurrencia del presunto menor infrac-tor, su representante legal, su abogado defensor, de la parte agraviada y su abogado defensor, por ofrecido los medios probatorios para su oportunidad procesal, lo que se le comunica para los fi nes consiguientes .-Firma de la señora juez Yanet Ofelia Paredes Salas.- Especialista legal Crisalta Salazar Yauta.-Wanchaq, 20 de Agosto 2018.

J. S (23, 24, 27 AGO)

EDICTO JUDICIAL

JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENTE: 00166-2018-00-1009-JR-PE-01JUEZ PENAL: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO.ESP. JUDICIAL: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATESe pone en conocimiento de ROGER ALDEIR CARLOS PACCO, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar ha requerido la INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO

en su contra por el Delito contra la Familia, en su moda-lidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, previsto en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal, en agravio de su menor hijo representado por su madre NELY CHAUPI PUMACHARA. Asimismo se pone en conocimiento: 1.- La Resolución Nro 01 de fecha 26 de Julio del 2018 parte resolutiva: “1. ADMITIR A TRAMITE el requerimiento de Proceso inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado ROGER ALDEIR CARLOS PACCO... 4.NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la pre-sente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratifi car al abogado defensor Publico en caso de in-cumplimiento....” y 2.- La Resolución Nro 03 de fecha 20 de Agosto del 2018 emitida en Audiencia parte resoluti-va” SEGUNDO: SE DISPONE REPROGRAMAR la pre-sente audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS”

J. S (23, 24, 27 AGO)

EDICTO JUDICIAL

1° JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede EspinarEXPEDIENTE: 00097-2018-0-1009-JP-CI-01JUEZ: MUJICA PERALTA MARILYNESPECIALISTA: KANA CHILO WALTERPor ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Marilyn Mujica Peralta, se viene tramitando el proceso Judicial N° 97-2018-CI, Habiéndose RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, interpuesta por Virginia Huayhua Yauli; solicita la rectifi cación de partida de nacimiento de su menor hija en el extremo de su nombre de pila, inscri-to erróneamente como EVILIN siendo lo correcto es EVELYN, debe decir Ruth EVELYN Noa Huayhua. TRA-MÍTESE la presente en la vía del proceso NO CONTEN-CIOSO; de conformidad a lo previsto por el Artículo 828° del Código Procesal Civil, PUBLÍQUESE el extracto de la presente resolución en el diario de mayor circulación y en la tablilla del Juzgado de Paz Letrado de Espinar por el plazo de Ley, debiendo la parte solicitante aper-sonarse ante la Secretaría del Juzgado para recabar los Edictos Judiciales en horario de atención y asegurar su publicación. ; Hágase. Saber.- Juez Dra M. Mujica P. Secretario Judicial W. Kana Ch. Lo que sb publica para los fi nes de ley.-

Espinar, 02 de agosto del 2018.

WALTER KANA CHILOESPECIALISTA JUDICIAL

P. 6925861 F. (24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Marilyn Mujica Peralta, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 122-2018-CI, habiéndose resuelto: “1- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MOISES TANCAYLLO UMASI, contra WILLY ANIBAL MAMANI ARANOCA, con citación al BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, sobre INEFICA-CIA DEL TITULO VALOR, consistente en el cheque N°

0000004L 4 002 285 2160141092 57 girado a la orden del Banco de crédito del Perú a favor de la Empresa FATSUR E.I.R.L.,; en la vía del PROCESO DE EJECU-CIÓN. 2. En tal virtud, NOTIFÍQUESE a los demanda-dos, para que en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, computados a partir del dia siguiente de notifi cado con la presente resolución, cumplan con absolver la presen-te demanda, bajo apercibimiento de Ley; En atención a la Ley de Títulos valores publíquese el extracto de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el diario Judicial del Cusco “La República”, por el plazo de cinco días consecutivos, con cuyo fi n cumpla la de-mandante con apersonarse a Secretaría.” (...) H.S. Juez Dra M. Mujica. Secretaria Judicial K. Apaza.- Lo que se publica para los fi nes de Ley.

Espinar; 01 de agosto del 2018.

KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINOSECRETARIA JUDICIAL

P. 6925850 F. (24, 27, 28, 29 AGO, 03 SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 244-2018-CI se-guido por FLORENCIA ALVARO ROJAS sobre SUCE-SION INTESTADA de su conviviente MARIO FLORES HUILLCA fallecido el 20-06-2017, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 18-07-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIAL

P. 6925758 F. (24, 27, 28 AGO)

EDICTOJUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tinta, a cargo del señor Juez Wilber Huaraya Tito, LUZ MARINA MEN-DOZA QUISPE, interpone demanda sobre rectifi cación de partida de nacimiento; admite trámite la demanda en la vía del proceso no contencioso. Bajo el número de expediente 069-2018-CI y se dispone la publicación me-diante edictos la rectifi cación de la partida de nacimiento de su menor hijo suprimir el nombre “Jean” por el David Yorhs. Firma Juez.- Firma Secretario.

PASCUAL CATARI PARIPANCASECRETARIO JUDICIAL

P. 6925891 F. (24, 27, 28 AGO)

EDICTO DE NOTIFICACION - PAUCARTAMBO

Exp. 38-2018-CI, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por MARCO HUAMAN YAPU por rectifi cación de partida; se ha dispuesto notifi car a las partes proce-sales con lo siguiente: Resolución N°02.- SE RESUEL-VE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARCO HUAMAN YAPU sobre Cambio de Nombre en su partida de nacimiento, habiéndose consignado como “MARCOS” debiendo ser lo correcto “MARCO”, en la via del proceso NO CONTENCIOSO; en consecuencia, publiquese por una vez el extracto de la solicitud en el

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

diario “Judicial del Cusco” asi como en el diario Ofi cial “El Peruano”. Señálese fecha para el verifi cativo de la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, el di a 10 de septiembre del año 2018 a horas 09:00 de la ma-ñana, a realizarse en Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento de ley, en caso de inasistencia. Con citación del Ministerio Público. H.S.-

YAKELIN GRANILLA CORASECRETARIA JUDICIAL

P. 6923704 F. (24 AGO)

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dr. David Barazorda Velásquez , bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Hala-noca Puma, se viene tramitando el proceso N° 01941- 2018-0-1001-JP.CI-03 seguido por EDGAR EPIFANIO ESCALANTE IRRARAZABAL sobre RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, Que, en su partida se ha consignado erróneamente el nombre de su proge-nitora como MARTHA, debiendo SER LO CORRECTO: Martina, así como no se ha consignado el apellido ma-terno de su progenitora de: RAMOS, debiendo llamarse correctamente: MARTINA IRRARAZABAL RAMOS. Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifi -ca, para los fi nes de ley.

Cusco, 22 de Agosto del 2018.

MATILDE HALANOCA PUMAESPECIALISTA LEGAL

P. 6924839 F. (24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz letrado de Calca que despacha el Dr. Nilón Jaime Calderón Tito y bajo la actuación de la Secretaria Judit Moreano Valencia.-ADELA ESPONOZA ARANIBAR, sigue el Proceso Civil 00056-2018-0-1015-JP-C-01, solicitando la rectifi cación de su partida de nacimiento por haberse consignado su nombre de pila de la solicitante en forma incorrecta consignada como ARILA ESPINOZA ARANIBAR siendo lo correcto ADE-LA ESPINOZA ARANIBAR, Lo que se publica para los fi nes de ley.

Calca, 21 de agosto de 2018

JUDITH MOREANO VALENCIASECRETARIO JUDICIAL

P. 6924844 F. (24 AGO)

EDICTO DE TERCER REMATE JUDICIAL

Por orden del Cuarto Juzgado Civil de Cusco-Sede Cen-tral a cargo de la Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, Especialista Legal Dr. Juan Santiago Callañaupa Soria, Expediente Nº 01522-2014-0-1001-JR-CI-04, en los se-guidos por QUIMICA SUIZA SA contra INVERSIONES EL MILAGRO SRL. y CECILIA MUÑIZ MALDONADO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, ha dispuesto sacar a remate público en TERCERA CON-

VOCATORIA el inmueble de las siguientes caracterís-ticas:INMUEBLE: O-1-20 DE LA URBANIZACIÓN TTIO DE-PARTAMENTO “A” PRIMER NIVEL EN EL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11019294, que continúa en la Partida P31016569 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº X Sede Cusco. Área: 123.75 m2.-DÍA Y HORA DEL REMATE: 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018, HORA 10:00 AM.-LUGAR DEL REMATE: El acto se llevara a cabo en la Ofi cina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior ubicada en el Palacio de Justicia de Cusco, sito en Av. El Sol s/n, Provincia y Departamento de Cusco.-VALOR DE TASACION: US$ 92,970.60 (Noventa y dos mil novecientos setenta con 60/100 dólares america-nos).-PRECIO BASE DE REMATE: US$ 44,780.84 (Cuaren-ta y cuatro mil setecientos ochenta con 84/100 dólares americanos), que corresponden a las dos terceras par-tes del valor de tasación disminuido dos veces en un quince por ciento.-AFECTACIONES: • Asiento 00002 Hipoteca constituida por la propietaria CECILIA MUÑIZ MALDONADO a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A hasta por la suma de S/. 150,000.00 (Ciento cin-cuenta mil soles). • Asiento 00003 Inscripción de Anticresis so-bre el inmueble de CECILIA MUÑIZ MALDONADO por la suma de US$ 30,000.00 (treinta mil dólares america-nos), a favor de Rene Hurtado Valencia.• Asiento 00004 Embargo en Forma de Ins-cripción, a favor de QUIMICA SUIZA SA hasta por la suma de S/. 200,000.00 (Doscientos mil soles), en el proceso seguido contra Inversiones El Milagro SRL y CECILIA MUÑIZ MALDONADO, en el expediente 1522-2014-34-1001-JR-CI-04 sobre obligación de dar suma de dinero. • Asiento 00005 Embargo en Forma de Ins-cripción hasta por la suma de S/. 79,866.24 (Setenta y nueve mil ochocientos sesenta y seis con 24/100 soles), dentro del proceso seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO CREDINKA SA, Expediente 2180-2014-87-1001-JR-CI-02.• Asiento 00006 Embargo en Forma de Ins-cripción hasta por la suma de S/. 76,000.00 (Setenta y seis mil soles) dentro del proceso seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A, Ex-pediente 182-2015-45-1001-JP-CI-04.• Asiento 00007 Embargo en Forma de Inscrip-ción hasta por la suma de S/. 43,799.80 (Cuarenta y tres mil setecientos noventa y nueve con 80/100 soles) den-tro del proceso seguido por MI BANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA, Expediente 850-2015-93-1001-JR-CI-05.• Asiento 00008 Embargo en Forma de Ins-cripción hasta por la suma de S/. 18,000.00 (Dieciocho mil soles) dentro del proceso seguido por SCOTIABANK PERU SAA contra CECILIA MUÑIZ MALDONADO, Ex-pediente 1802-2015-58-1001-JP-CI-02.• Asiento 00009 Embargo en Forma de Inscrip-ción hasta por la suma de S/. 85,000.00 (Ochentaicinco mil soles) dentro del proceso seguido por JOSEFINA ISABEL VELASQUEZ SUAREZ contra CECILIA MUÑIZ MALDONADO, Expediente Nro. 1358-2017-3-1001-JR-CI-02.LOS POSTORES, personas naturales o jurídicas a tra-vés de representantes legales debidamente facultados mediante poder inscrito en Sunarp, deberán depositar

una cantidad no menor al 10% del valor de la Tasación (US$ 9,297.06) en efectivo o en cheque de Gerencia emitido a nombre del Postor (sin sello “no negociable”) adjuntando original y copia de Arancel Judicial pagado en el Banco de la Nación por S/. 622.50 (Seiscientos veintidós con 50/100 soles) consignando el número de expediente y juzgado, así como original y copia del DNI del postor. LA COMISIÓN de la Martillera Pública será por cuenta del Adjudicatario de acuerdo a los rangos establecidos en el DS Nº008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelado al fi nalizar el acto de Remate. MARTILLERA PÚBLICA- Pamela Marisol Alva Rivera – Reg. 319 – Cel. 987508700. Cusco 30 de Julio del 2018.-

PAMELA ALVA RIVERAMARTILLERA PÚBLICA

JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIAESPECIALISTA LEGAL

P. 6925703 F. (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

SEÑORES: PROBABLES SUCESORES CARMELO CHAMPI HINOSTRQSA:Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil N” 00951-1983-0-1001-JR-CI-03. en el que mediante Res.05 de fecha 07-08-2018, SE RESUELVE: 1. NOM-BRAR como sucesoras procesales de Carmelo Champi Hinostrosa, a sus hijas LEYDI MELISSA CHAMPI SOTA y WENDY CHAMPI SOTA. 2. NOTIFICAR con la pre-sente resolución a la sucesora procesal Wendy Champi Sota, para los fi nes de ley; debiendo la sucesora pro-cesal Leydi Melissa Champi Sota señalar el domicilio real de dicha personar, dentro del TERCER DÍA, bajo apercibimiento de ley. 3. NOTIFICAR mediante edictos con la presente resolución a los probables sucesores de Carmelo Champi Hinostrosa, para los fi nes de ley; de-biendo la sucesora procesal Leydi Melissa Champi Sota concurrir ante este Juzgado a efecto de recabar los mis-mos, dentro del TERCER DÍA, bajo apercibimiento de ley. 4. GIRAR ofi cio al Archivo Central a efecto de que informen respecto de sí existe otro tomo o incidente del presente proceso que no haya sido remitido, y en el que pueda obrar la aludida resolución número trescientos cincuenta y tres de fecha diecisiete de agosto del año mil novecientos ochenta y tres. H.S.-Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judi-cial Altamirano Mayca.

Cusco, 21 de Agosto de 2018.

PAMELA DESIREE ALTAMIRANO MAYCASECRETARIO JUDICIAL

P. 6926052 F. (24, 27, 28 AGO)

TERCER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC contra MO-DESTA PACCO CONDORI y DELFIN CHIPA BAYO-NA sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 01224-2016-0-1001-JR-CI-01, el Primer Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo de la Señora Juez

Dra. Sandra Contreras Campana, con intervención de la Especialista Legal Dra. Isabel Huamán Sequeiros, ha dispuesto que el suscrito Martiliero Público con Matrícu-la Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en TERCERA CONVOCATORIA, el bien inmueble, siguiente:LOTE 04 DE LA MZ. B DEL CENTRO POBLADO DE PISAC, DISTRITO DE PISAC, PROVINCIA CALCA, DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (124.64 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS CORRE INS-CRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P31013453 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA RE-GISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N°X- SEDE CUSCO.VALOR DE TASACIÓN (Convencional); US$ 44,571.00 Dólares Americanos, BASE DE REMATE: US$ 21,468.37 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos dos veces el quince por ciento. AFECTACIONES: GRAVAMENES Y CARGAS: CARGA TECNICA en el Asiento 00001, predio ubicado en Centro Histórico, zona monumental restringida. HI-POTECA: en el Asiento 00003, hasta por la suma de US$ 44,571.00, Inscrita a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC. ANTI-CRESIS: Inscrita en el Asiento 00004, por la suma de S/ 50,000.00, por el plazo de cinco años. EMBARGO: en el Asiento 00005, hasta por la suma de S/ 14,618.39, a favor de MI BANCO. Todas en la Partida Electrónica N° P31013453 del Registro de Predios de la Ofi cina Re-gistral de Cusco.DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: lunes 29 oc-tubre de 2018, a horas 08h15 am. Que se verifi cará en la Ofi cina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efectuado por el Martiliero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación, es decir no menos de la suma de US$ 20,711.16, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; deben presentar original y copia del Aran-cel Judicial (tasa judicial) por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente fi rmados). Los Honorarios del Martiliero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, de Con-formidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS y la Ley Nro. 27728 del Martiliero Público.

Cusco, 9 de agosto de 2018.

ASDEL VEGA TIRADOMARTILLERO PÚBLICO

ISABEL CRISTINA HUAMÁN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 6924990 F. (24, 27, 28, 29 AGO 03, 04 SET)

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

Exp. N° 00004-2016-0-1007-JM-CI-02.-

Por orden del JUZGADO MIXTO DE CANCHIS- SICUA-NI, a cargo de la Juez Dra. NELLY C. YABAR VILLA-GARCIA, Especialista Legal Dr. Walter Pardo Campos, en los seguidos por CMAC AREQUIPA con AURELIO TAPARA HUAYNILLO, sobre EJECUCION DE GARAN-TIAS, el día 2 de octubre del 2018, a horas 12.00 m., en el local del Juzgado, ubicado en la Plaza San Martín, Tablada De Felipe S/N, del Distrito de Sicuani, Provin-

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

cia de Canchis, y Departamento del Cusco, REMATA-RE el inmueble, ubicado en el Jr. Eusebio Delgado N° 232 y Jr. Pasaje Santa Filomena N° 102 del Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, y Departamento de Cus-co, inscrito en la Partida Electrónica N° 11012143, del Registro de Propiedad Inmueble, de la ZONA REGIS-TRAL N° X- SEDE CUSCO.-TASACION: U$S 9,432.00 (Nueve mil cuatrocientos treinta y dos y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$ 6,288.00 (Seis mil doscientos ochenta y 00/100 Dólares Americanos) (dos tercios del valor de tasación).AFECTACIONES:HIPOTECA a favor de CMAC AREQUIPA, hasta por U$S 9,432.00, inscrito en el asiento 002, del Rubro D0000L-Embargo a favor de CREDINKA S.A., hasta por S/ 12,500.00, inscrito en el asiento 005, del Rubro D00005.-Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación y presentar su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con nú-mero de expediente y generales de ley. Los honorarios del martiliero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.-

SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ MARTILIERO PÚBLICO

VIOLETA L. HUAMANI BENITESSECRETARIA JUDICIAL

P. 6924891 F. (24, 27, 28, 29 AGO, 03, 04 SET)

ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES LA ÚNICA Y PODEROSA FERIA DEL ALTIPLANO

LA CONVOCACION A NUEVA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES LA ÚNICA Y PODEROSA FE-RIA DEL ALTIPLANO para el día LUNES VEINTISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas EN PRIMERA CONVOCATORIA A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA Y EN SEGUNDA CONVOCATORIA A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA EN LA AV. LA CUL-TURA NRO. 734 DE LA CIUDAD DEL CUSCO Y PRE-SIDIDA POR EL DEMANDANTE AMÉRICO DELGADO ROJAS CON EL SIGUIENTE OBJETO:a) Elección del comité electoral.b) Aprobación del reglamento de elecciones.

ELVIA BARRIGA MORONJUEZ

BETSABE PRUDENCIO SOTELOSECRETARIA JUDICIAL

P. 6926115 F. (24 AGO)

RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO

Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dr. David Barazorda Velasquez, bajo la ac-tuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 00493- 2018-0-1001-JP.CI-03 seguido por HERNAN GUTIERREZ QUISPE, sobre Rectifi cación de Acta de Matrimonio. Que del recurrente sus apellidos ha sido consignado como: HERNAM QUISPE GUTIERREZ Y POR MANDA-TO JUDICIAL A SIDO RECTIFICADO COMO: HERNAN

GUTIERREZ QUISPE, que es lo correcto. Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifi ca, para los fi nes de ley.

Cusco, 22 de Agosto del 2018.

MATILDE HALANOCA PUMA ESPECIALISTA LEGAL

P. 6926290 F. (24 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Distri-to de Wanchaq, a cargo del señor Juez Titular doctor Rafael Enrique Sierra Casanova, y bajo la actua-ción del Secretario Judicial Abogado Daniel Barrien-tos Cárdenas, se viene tramitando el proceso Nro. 00376-2018-0-1001-JP-FC-02 instado por Isabel Ca-razas Chaucca, sobre Prestación de Alimentos contra, Saturnino Ayma Antitupa se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la Resolución Uno Auto Admisorio de fecha 02 de Abril del 2018, con el tenor siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda a tramite en la VIA DEL PROCESO UNICO la deman-da interpuesta por ISABEL CARAZAS CHAUCA sobre PRESTACION DE ALIMENTOS contra, SATURNINO AYMA ANTITUPA, en consecuencia córrase traslado al demandado por el termino de CINCO DIAS a fi n que ab-suelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, y se siga el trámite del proceso con-forme a ley.- Por ofrecido los medios de prueba para su oportunidad.- Firma del señor Juez y Secretario Judicial que autoriza.-Lo que se publica los edictos, por el termino de ley a fi n de que se apersone y ejerza su derecho a defensa el demandado.

Wanchaq, 10 de Agosto del 2018

DANIEL BARRIENTOS CÁRDENASSECRETARIO JUDICIAL

P. 6926272 F. (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención.Expediente : 1202-2018-0-1010-JR-PE-01.Juez : Miguel Ángel Arizábal Arriaga.Especialista : Alex Sander Franco Palomino.

Se notifi ca al imputado WITMAN DARIO LEON DAZA, denunciado por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.Se dispuso así en la resolución N° 02 de fecha 22 de agosto de 2018, a fi n de que asista a la audiencia de proceso inmediato REPROGRAMADO para el día 05 DE SETIEMBRE DE 2018, A HORAS 10:30 A.M, a realizarse en la Quinta sala de audiencias del Juzgado Investigación Preparatoria Transitoria, ubicado en el Jr. Espinar Nro. 140-148 (tercer nivel) de la Convención.

Quillabamba, 22 de agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención.Expediente : 1178-2018-0-1010-JR-PE-01.Juez : Miguel Ángel Arizábal Arriaga.Especialista : Alex Sander Franco Palomino.

Se notifi ca al imputado MIGUEL ANGEL BAÑOS PE-REZ, denunciado por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Pe-ligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes.Se dispuso así en la resolución N° 02 de fecha 22 de agosto de 2018, a fi n de que asista a la audiencia de proceso inmediato REPROGRAMADO para el día 28 DE AGOSTO DE 2018, A HORAS 08:30 A.M, a reali-zarse en la Quinta sala de audiencias del Juzgado In-vestigación Preparatoria Transitoria, ubicado en el Jr. Espinar Nro. 140-148 (tercer nivel) de la Convención.Quillabamba, 22 de agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO

PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMI-DAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J.2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 04019-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CION CUSCO ,DEMANDANTE : COPACONDORI TTITO, ELISEOResolución Nro. 7Cusco, 16 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndo-se producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 20 de abril de 2018 (folio 51 a 61) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia par-cial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herre-ra; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo an-tes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el in-forme oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al

abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Pro-cesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respec-tiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

Cusco, 23 de agosto de 2018.

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza al señor YELTSIN ZAMATA PERE-YRA, en el Proceso Nro. 1250-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Familia, modalidad Omisión de Asistencia Fa-miliar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de las menores de iniciales L.K.Z.S. Y L.A.Z.S.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (09:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 22 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza al señor JUVENAL SANCHEZ OSO-RIO, en el Proceso Nro. 324-2018-55-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Con-tra la Vida el cuerpo y la salud, modalidad de lesiones, sub tipo LESIONES CULPOSAS, en agravio de la me-nor de iniciales L.G.C.C.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 22 de Agosto del 2018J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza a MARINA CARLIN SALLO, en el Proceso Nro. 1244-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida el cuerpo y la salud, modalidad agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del art. 122-B del código penal, en agravio de JULIO QUISPE TOROBEO.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día DIEZ DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabam-ba (palacio de justicia de Quillabamba).Quillabamba, 22 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza a los señores WILLY LASTRA ZEVA-LLOS Y EVA LASTRA ZEVALLOS, en el Proceso Nro. 960-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la pre-sunta comisión del delito Contra la Vida el cuerpo y la salud, modalidad agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del art. 122-B del código penal, en agravio de AURORA DAZA ESTOMBELO.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 02, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día DIEZ DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabam-ba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 22 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza al señor OCTAVIO HINOJOSA US-CAMAYTA, en el Proceso Nro. 270-2018-83-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra EL PATRIMONIO, EN LA MODALIDAD DE ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES SUB-TIPO ESTAFA, prevista y sancionada en el art. 196 del có-digo penal, en agravio de PRESENTACIÓN CASTILLO

QUISPE.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día DIEZ DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (09:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza al señor ALFREDO CARRION CHAM-PI, en el Proceso Nro. 849-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida el cuerpo y la salud, modalidad agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del art. 122-B del código penal, en agravio de ELIZABETH HUAMAN QUISPE.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 02, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día SEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (09:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 22 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza a DELFINA MANTUPA QUISPE, en el Proceso Nro. 477-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le si-gue por la presunta comisión del delito Contra la Vida el cuerpo y la salud, modalidad LESIONES LEVES, previs-to y sancionado en el primer párrafo del art. 122 del códi-go penal, en agravio de FRANCLIN MEZA ALVARADO.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 04, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día CINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabam-ba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 22 de Agosto del 2018 J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza al señor LENIN AGUILAR LOAYZA, en el Proceso Nro. 536-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, modalidad VIOLENCIA Y RESITENCIA A LA AUTORIDAD, SUB TIPO DESOBE-DIENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio de EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA PUBLICA DEL PODER JUDICIAL.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 02, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día TRES DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabam-ba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 22 de Agosto del 2018 J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría.

Se cita y emplaza al señor ROGER SANTIAGO FLORIA-NO PULIDO, en el Proceso Nro. 1210-2017-18-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del deli-to Contra la Libertad Sexual, Sub Tipo Violación Sexual de menor de edad, previsto y sancionado por el número 1 del primer párrafo del art. 173º del código penal, en agravio de la menor de iniciales Z.D.R.T.G.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 01, para la PROGRAMACIÓN de audiencia para el día TRECE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabam-ba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 23 de Agosto del 2018J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA.

Se cita y emplaza al señor MIGUEL HUARCA HUAMAN, en el Proceso Nro. 23-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Se-guridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 02, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha CUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON CUA-RENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (09:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 23 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: SAYDA QUISPE ALEGRIA.

Se cita y emplaza a los señores CARLOS PIMENTEL FIGUEROA Y JORGE LUIS MENDOZA MEZA, en el Proceso Nro. 463-2017-58-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra EL PATRIMONIO, modalidad USURPACIÓN, Sub Tipo USURPACIÓN AGRAVADA previsto y sancionado en el numeral 4º del art. 202º del código penal con las agra-vantes establecidas en los incisos 2º y 3º del art. 204º del código penal, en agravio de JAVIER BUSTAMANTE GUEVARA.Se ha dispuesto notifi car al imputado en la resolución N° 02, para la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO de fecha CUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON CUA-RENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (09:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).Quillabamba, 23 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO PENAL

SEÑOR: NELY CHAUCA PAREJA.La señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Zulay Sánchez Farfán, en ei proceso N° 4356-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra MÁRIA CLIOFE CÓNDORI QUISPE, como autor de la comisión del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, subtipo AGRESIO-NES EN CONTRA DE LA MUJER en grado de consu-mado, en agravio de NELY CHAUCA PAREJA, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Ana Calderón Navarro, se ha dispuesto notifi car con la Resolución N° 02 del 17/08/18, cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN NRO.02.-Cusco, diecisiete de Agosto del dos mil dieciocho.-1. DECLARAR FRUSTRADA la verifi cación de la pre-sente audiencia, al haberse devuelto la cédula de notifi -cación sin diligenciar la cédula de notifi cación dirigida a Nely Chauca Pareja.2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA para el DÍA 28 DE SETIEMBRE DEL 2018 A LAS 12:30 PM DE TARDE, AUDIENCIA A LLEVARSE A CABO EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, precisándose que viene señalándose la fecha antes indicada de acuerdo la agenda del juzgado.3. PRECÍSESE que la audiencia tiene carácter de ina-plazable subsistiendo los apercibimientos decretados en autos.4. CUMPLA la especialista judicial de causa con realizar la notifi cación a Nely Chauca Pareja, en el celular pro-porcionado por la fi scalía: 935156584, así mismo habilí-tese inclusive la notifi cación por edictos, sin perjuicio de reintentar la notifi cación en el domicilio proporcionado con el croquis que en este acto proporciona. Quedan notifi cados los presentesRESOLUCIÓN NRO.01.-

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La República 17SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 62-2018 Sentencia Masi Flores, Dionicio Municipalidad de Taray Desnaturalización de Contrato J.Mx.C Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 3320-2017 Sentencia Cárdenas Centeno, Paulino Municipalidad de Cusco Declar.Contrato Trabajo a Plazo Indeterm 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 2806-2017 Sentencia Chambi Delgado, Nery Román Municipalidad de Cusco Declar.Contrato Trabajo a Plazo Indeterm 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 3491-2017 Sentencia Rado Gutiérez, Percy Municipalidad de Cusco Pago de Remuneraciones 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:30 940-2017 Sentencia Huamán Rondán, Aquilino Municipalidad de Cusco Indemn. por Daños y Perjuicios 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:00 3428-2017 Sentencia Oviedo Góngora, Oscar Mar Municipalidad de San Jerónimo Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 2931-2017 Sentencia Quispe Chaucca,Felipe Municipalidad de Cusco Pago de Remuneración Básica 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 1193-2016 Sentencia Unger León de Zárate, Alicia Elena ICPNA Cusco Indemn. por Despido Arbitrario 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:45 3839-2017 Sentencia Cordorhuamán Yauri, Ellenka Li Promotora de Educ.y Desarrollo Cusco Reintegro de Remuneraciones 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:45 3375-2017 Sentencia Paúcar Tairo, Teófilo Segundo IMA Cusco Nivelación de Remuneraciones 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 11:30 3118-2017 Sentencia Guzmán Candia, Víctor Municipalidad de Santiago Desnaturalización de Contrato 4.J.T.C. Pinares-Ttito-Gutiérrez6 12:00 2787-2017 Sentencia Hermoza Flores, Mario Municipalidad de Santiago Reposición 1.J.T.C. Pinares-Ttito-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 2973-2017 Sentencia Palomino Achanccaray, Genaro Municipalidad de San Sebastián Indemn. por Despido Arbitrario 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 981-2018 Sentencia Condori Gamarra, Maribel Municipalidad de San Jerónimo Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 4202-2017 Sentencia Navarro Accostupa, Gloria Municipalidad de San Sebastián Pago de Remuneraciones 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 1192-2017 Sentencia Cabrera Vargas, Isaac Joaquín Emp. Transp. Carmencita Cusco SRL Pago de Beneficios Sociales 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 3290-2017 Sentencia Núñez del Prado Alencastre, Benjamín Plan COPESCO Rec.de Categoría y Nivel Remuner. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 2922-2017 Sentencia Mayorga Ccahuana, Faustino Plan COPESCO Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 76-2018 Sentencia Alvaro Huallapata, Víctor Amos Municipalidad de Paucartambo Pago de Remuneraciones J.Mx.P Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 3598-2017 Sentencia Escalante Accostupa, Rony Municipalidad de Cusco Pago de Remuneraciones 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 3386-2017 Sentencia Baez Ccahuana, Ernestina Municipalidad de Cusco Reconocim. de Régimen Laboral 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 3431-2017 Sentencia Escóbar Sequeiros, Lucrecia Dir.Desconcent.de Cultura de Cusco Rec.. Contrato Trabajo a Plazo Indeterm 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 2400-2017 Sentencia Baca Dueñas, Pascual Corte Superior de Justicia Cusco Reint.de Bono por Función Jurisdic. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 3202-2017 Sentencia Ccori Farfán, Ernestina Corte Superior de Justicia Cusco Reint.de Bono por Función Jurisdic. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 10:30 2901-2017 Sentencia Venero Vásquez, Adrián César ENACO S.A. Pago de Remuneraciones 4.J.T.C. Dirimencia: Alfaro2 11:00 464-2017 Sentencia Jimenez Arriaga, Ingrid Universidad Andina del Cusco Rec.. Contrato Trabajo a Plazo Indeterm 4.J.T.C. Dirimencia: Alfaro3 11:30 2701-2017 Sentencia Gayoso Pantigoso, Sandra Verónica Servicios Postales del Perú S.A. Reposición 1.J.T.C. Dirimencia: Ttito

Cusco, 20 de agosto del 2018

MIRIAM HELLY PINARES SILVA MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO

PRESIDENTA SECRETARIA

Viernes,24 de agosto de 2018

Jueves, 23 de agosto de 2018

Miércoles, 22 de agosto de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA

Lunes, 20 de agosto de 2018

Martes, 21 de agosto de 2018

Cusco, cinco de Julio del dos mil dieciocho.-SE RESUELVE:CORRER TRASLADO del requerimien-to acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusa-ción, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prue-ba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio.BREVE RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACU-SACIÓN:Formulado por la Fiscal Provincial de la Primera Fisca-lía Provincial Penal de Cusco, contra MÁRIA CLIOFE CÓNDOR! QUISPE, como autor de la comisión del De-lito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modali-dad de Lesiones, subtipo AGRESIONES EN CONTRA DE LA MUJER en grado de consumado, en agravio de NELY CHAUCA PAREJA. Conforme al requerimiento de acusación, tomando en cuenta las circunstancias mencionadas, resulta como pena concreta fi nal 01 año y 04 meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución, la pena de INHABILITACIÓN, consistente en la PROHIBICIÓN DE APROXIMARSE O COMUNI-

CARSE CON LA VICTIMA POR EL PLAZO DE 01 ANO, asimismo, deberá pagar la suma de S/. 350.00 soles por reparación civil.

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO PENAL

EXP. 0607-2018-1

El Primer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, CITA Y EMPLAZA al acusado DEMETRIO LLACTAHUAMANI HUARHUA a fi n de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, señalada para DÍA CINCO DE SETIEM-BREDEL AÑO 2018 a las 11.30 Hrs. a realizarse en la Déci-ma Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de Cusco, sito en el 3er. piso del Palacio de Justicia del Cusco, Av. El Sol de la ciudad de Cusco, ordenado en el cuaderno de DEBATES N° 0607-2018-1-1001-JR-PE-03, seguido por delito LESIONES LEVES - V.F. en agravio de Roció Pumahuillca Challco. En caso de inasistencia se le de-clarará CONTUMAZ. Especialista de causa: SEVERINO HUAMÁN HUAMANTTICA.Cusco, 23 de agosto del 2018.

J. S (24, 27, 28 AGO)

EDICTO PENAL

SEÑORES: FLAVIO MORA URETA JULIA RIMAYHUAMAN HUAYNA

El Señor Juez del Tercer juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 5429-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra FLAVIO MORA URETA, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agra-vio de JULIA RIMAYHUAMAN HUAYNA, bajo la actua-ción del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarle, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N” 01 del 13/08/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo conte-nido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- La 2cla FPP de Wanchaq, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra:, res-pecto de los hechos ocurridos en fecha 03/10/1 7; se solicita contra FLAVIO MORA URETA, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de JULIA RIMAYHUAMAN HUAYNA. Se Solicito contra el Acusado 01 AÑO Y 04 MESES DE P.P.L. EFECTIVA e INHABILITACIÓN y el pago de S/. 500.00 soles por concepto de REPARA-CIÓN CIVIL a favor de la agraviada.

RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, 13/08/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios

de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CI-TAR a las partes procesales para el día QUINCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUE-VE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particu-lar de la parle imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abo-gado no concurre a la audiencia de controi de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi enda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE a las parles mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 16 de Agosto del 2018

J. S (24, 27, 28 AGO)

Page 18: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República18 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

Page 19: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República 19SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

Page 20: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República20 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

Page 21: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República 21SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 01869-2016-0-1001-JR-CI-04 Municipalidad Distrital de San Jeronimo

Juez Superior Begonia del Rocio Velasquez Cuentas y

otrasProceso de amparo sentencia 4JCC Delgado-Holgado-Gutiérrez

2 08:20 01905-2016-0-1001-JR-CI-05 Lidia Quispe Yucra Municipalidad Provincial de Cusco Obligación de hacer sentencia 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00193-2017-72-1001-JR-CI-01 Victor Amache Loncone Asociación Beneficio Cristiana

Promotora de Desarrollo Integral ABC

Indemnización auto excep 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00177-2018-26-1001-SP-CI-01 Juvenal Castro Cama Celia Pillco Ninan de Guardanaula Reivindicación

auto defensa previa

JMx Urubamba Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 01146-2017-0-1001-JR-CI-01 Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pedro de Andahuaylas Juan Palma Aslla y otra Ejecución de garantías auto final 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 01470-2017-0-1001-JR-CI-04 Corporación Rico S.A.C. Jose Marco Garcia Centeno y otro Ejecución de garantías auto final 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00179-2018-0-1001-SP-CI-01 Edmundo pareja Borletti Agustin Pareja Borletti y otros Nulidad de acto jurídico auto rechazo JMx Anta Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00079-2018-0-1001-SP-CI-01 Clara Graciela Condor Arizabal Benito Pacco Gutierrez y otra Otorgamiento de escritura pública sentencia JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 00874-2016-0-1001-JR-CI-02 SCOTIABANK PERU S.A.A Raul Julio Gamarra Vchuyacama y otro Ejecución de garantías auto final 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 00535-2016-0-1001-JR-CI-03 Pablo Ramos Huillca Municipalidad Distrital de san Sebastian

Contencioso administrativo sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 00765-2012-0-1001-JR-CI-01 Natalia Tarapaqui viudad de Ayerve

Municipalidad Distrital de Santiago

Contencioso administrativo sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:10 00321-2018-0-1001-JR-CI-05 Geronimo Quispe Atapaucar Municipalidad Provincial de Cusco Proceso de cumplimiento sentencia 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

13 09:15 01164-2017-0-1001-JR-CI-01 Jose Francisco Callo Escobedo Juez Daniel Banda Laucata Proceso de amparo auto improce 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

14 09:20 02132-2017-0-1001-JR-CI-05 SCOTIABANK PERU SAA Juan Enrique Aldave Jordan y otra Ejecución de garantías auto final 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

15 09:25 01054-2018-0-1001-JR-CI-02 Oswaldo Jimmy Borja Castro Juez Superior Luis Sarmiento Nulez y otros Proceso de amparo auto

improce 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

16 15:00 00608-2017-0-1001-JM-FT-02 Ministerio Público Elizabeth Celinda Ybarra Aquino

Contravención al Código de los Niños y Adolescentes

sentencia 2JMx Wanchaq Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00073-2015-0-1001-SP-CI-01 Daniel Puma Condori Asociación de Productores de Agropecuarios de Choquepata Nulidad de acto jurídico sentencia JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Gutiérrez

2 08:20 00636-2017-0-1001-JR-CI-04 Marcia Olazabal Aviles Empresa SEDACUSCO S.A. Indemnización sentencia 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00216-2018-0-1001-JM-CI-01 Benigno Cruz Flores Carlota Renee Cuba Mellado y otros Nulidad de acto jurídico auto

rechazo 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00715-2017-0-1018-JM-CI-01 Comunidad Campesina de Paccarectambo

Comunidad Campesina de Ccoypa y otros

Delimitación de áreas y linderos sentencia JMx Paruro Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00760-2012-0-1001-JR-FC-01 Yony Solano Lopez Aragón Placida lavilla Ccorimanya Divorcio por causal sentencia 4JFC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 00666-2016-0-1018-JM-FC-01 Dora Flores Apaza Maximo Juan Guillen Ttito Divorcio por causal sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 01861-2010-0-1001-JR-CI-04 Celso Ortiz Herencia Asociación Pro Vivienda Manzanayoc y otros Nulidad de acto jurídico sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00414-2017-0-1001-JM-CI-01 Edith Quispe Arce Cecia Quito Cruz Desalojo sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 00134-2015-0-1001-SP-CI-01 Justo Alberto Segura Otazu Alicia Dhayana Segura Andrade y otro

Nulidad de escritura pública sentencia JMx Urubamba Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 00016-2018-0-1018-JM-CI-02 Margarita Pompilla Jurado Juan Carlos Pompilla Jurado Obligación de hacer auto final 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 02439-2015-0-1001-JR-CI-03 GAM Alquiler Perú S.A.C. Grupo Mundo Sur S.A.C. Obligación de dar suma de dinero sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:10 01783-2016-48-1001-JR-CI-01 Yrene Vargas Arriaga y otra Luis Bacilio Quispe Benito Nulidad de acto jurídico auto final 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado13 09:15 00871-2018-0-1001-JR-FC-02 Sofia Diaz Kcana Administración de sentencia 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

14 09:20 01592-2017-0-1001-JR-CI-02 Jose Fidel Guzman Herencia Municipalidad Provincial de Cusco

Contencioso administrativo sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

15 09:25 01583-2017-0-1001-JR-CI-02 Banco Interamercano de Finanzas MASTER RENT A CAR S.R.L. Ejecución de garantías auto final 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

16 09:30 00002-2017-0-1001-JP-CI-01 Llantas y Servicios S.A.C. Gobierno Regional de Cusco Obligación de dar suma de dinero sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

17 10:30 187-2018-0-1001-SP-CI-01 Carlos Quispe Alvarez Ministerio Público Reconocimiento de sentencia extranjera audiencia Sala Civil Velásquez-Delgado-Holgado

18 15:00 01335-2017-0-1001-JR-CI-03 Juan Carlos Candia Lopez COSITUC y otros Proceso de amparo sentencia 3JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00095-2013-0-1001-JR-CI-03 Cecilia Quispe viuda de Choquetaipe

Municipalidad Distrital de San sebastian y otros Nulidad de acto jurídico sentencia 3JCC Velásquez-Holgado-Gutiérrez

2 08:20 01999-2017-0-1001-JR-FC-02 Maria Paredes Diaz Rebeca Benita Paredes Diaz Interdicción sentencia consulta 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00502-2017-0-1018-JM-CI-02 Juan Raul Quispe Huayhua Cirilo Quispe Bejar y otros Obligación de hacer sentencia 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00787-2015-0-1001-JR-CI-05 Petronila Pharry Enriquez viuda de Barazorda

Francisco Fernandez Araoz y otros Prescripción adquisitiva sentencia 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00614-2017-0-1001-JM-CI-01 Wei Kai Jim Municipalidad Provincial de Cusco

Contencioso administrativo auto final 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 01391-2016-0-1001-JR-CI-01 Eusebio Ascencio Cruz y otra Centro Comercial Plaza Imperial y otro Indemnización sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00102-2018-0-1001-JM-CI-02 Banco Internacional del Perú S.A.A. Clinica Pardo E.I.R.L. y otra Ejecución de garantías auto final 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00201-2018-0-1001-SP-CI-01 Ciriaco Condori Cruz Mario Hugo Silva Astete y otros Proceso de amparo auto improce JMx Urubamba Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 01326-2013-0-1001-JR-CI-02 Maria Jesus Lipa Mendez Fortunato Morveli Torres y otros Nulidad de acto jurídico sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 02013-2013-0-1001-JR-CI-03 Sucesión de Mercedes Prudencia Vargas Ricalde

Maria Begoña Velasco Oliart y otros Titulo supletorio sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 00221-2016-0-1001-JM-CI-02 Ederson Ciencia Flores Rudencido Medina Rojas Indemnización sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:10 02668-2013-0-1001-JR-CI-02 Anastacia Quispe Lazaro Narcizo Mora Quispe y otros Ineficacia de acto jurídico sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

13 09:15 00711-2018-0-1001-JR-CI-02 Yoni Baca Vallenas Juez Superior Victor Ladron Guevara de la Cruz y otros Proceso de amparo auto

improce 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

14 09:20 01043-2018-0-1001-JR-CI-02 Lucrecia Yerba Zapana Maria Josefina Paliza Miranda Obligación de hacer auto improce 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

15 09:25 00419-2016-0-1018-JM-CI-01 Nicolasa Rios de Salas y otro Juez Superior Dafne Danna Barra Pineda y otros Proceso de amparo auto final 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

16 09:30 00059-2018-0-1001-SP-FP-01 Ministerio Público Menor de iniciales ERYM Infracción a la ley penal - robo agravado sentencia JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

17 09:35 03146-2017-0-1001-JR-FT-01 Ministerio Público, agraviada Reyna Garcia UmeresContravención contra el

Código de los Niños y adolescentes

sentencia 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

18 09:40 00176-2018-0-1001-SP-CI-01 Asociación Civil PROVIDAS Evangelina Sotec Yucra y otro Reivindicación sentencia JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

19 15:00 02183-2017-0-1001-JR-CI-02 Inversiones MULTIGAS S.A.C.

Dirección del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado

Contencioso administrativo sentencia 2JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00080-2018-0-1018-JM-CI-02 Nicanor Medina Miranda Huascar Juez Supremo Ramiro de Valdivia Cano y otros Proceso de amparo auto

improce 2JMx Santiago Delgado-Holgado-Gutiérrez

2 08:20 00862-2018-0-1001-JR-CI-03 Erasmo Enriquez Villacorta Gumercindo Flores Buleje Otorgamiento de escritura pública

auto improce 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00221-2018-0-1001-JM-CI-02 Carlos Alberto Felix Cavero Fiscal Superior Nataly Ugarte Molina

Contencioso administrativo

auto improce 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00127-2018-0-1001-SP-CI-01 Ubaldo Arias Condori y otro Rufino Condeña Quispe Proceso de amparo auto improce

JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 02262-2013-0-1001-JR-CI-02 Mercedes Prudencia Vargas Ricalde

Carmen Raquel Northcote Velasco y otros Titutlo supletorio sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 00716-2012-0-1018-JM-CI-01 Concepción Espinoza de la Vega Ochoa Nieves Tapia Pimentel y otros División y partición de

bienes sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00166-2018-0-1001-SP-CI-01 Jeny Valencia Beltran y otros Francisca Aiquipa Flores Petición y exclusion de herencia sentencia JMx

Quispícanchis Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00666-2017-0-1001-JR-CI-02 Daniel Yepez Gamarra Toribia Maria Zuñiga de Gamarra Indemnización sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 01831-2016-0-1001-JR-CI-05 Lina Braulia Chacon Olivera y otro Karina Ordoñez Chacon Indemnización sentencia 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 01074-2016-0-1001-JR-CI-01 Apolonia Aydee Sosa Arriola Banco Azteca del Perú Indemnización sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 00536-2018-0-1001-JR-CI-01 Ever Vera Teves Cooperativa de Ahorro y Crédito El Tumi Proceso de amparo auto

improce 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:10 00136-2018-0-1001-SP-CI-01 Felix Armando Cavero Rivera y otro Vilma Corrido Soria y otra Reivindicación sentencia JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

13 09:15 00160-2018-0-1001-SP-CI-01 Alejandrina Casapino Lopez Percy Hector Coello Ccopa y otros Retracto sentencia JMx Acomayo Velásquez-Delgado-Holgado

14 09:20 00007-2017-0-1001-JM-CI-01 Nelly Elsa Guerra Cardenas Unidda de Gestión Educativa Local de Quispicanchis Proceso de cumplimiento sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

15 09:25 00566-2017-0-1018-JM-CI-02 Luz Marina Gil Yupanqui Dirección General de la Policía Nacional del Perú y otro Proceso de amparo sentencia 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

16 09:30 00387-2015-0-1001-JM-CI-01 Municipalidad Distrital de Wanchaq Instituto Peruano del Deporte Mejor derecho de

propiedad sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

17 09:35 00844-2015-0-1018-JM-CI-01 Raul Vargas Huamani Melchora Quijhua Cañari Obligacion de dar suma de dinero sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

18 09:40 00401-2018-0-1001-JR-CI-05 Maritza Chirme Surco y otro Juan Chillitupa Farfán y otra Pago de mejoras auto improce 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

19 15:00 00201-2015-0-1001-JR-CI-04 Gobierno Regional de CuscoIngenieros Civiles y

Contratistas Generales S.A. ICCGSA y otro

Nulidad de acto jurídico sentencia 4JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:20 02023-2017-0-1001-JR-FC-01 Alfredo velasquez Qquille Martha jancco Velasquez Divorcio por causal sentencia consulta 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

2 08:25 03013-2016-0-1018-JM-FC-01 Margot Cusi Puma Dilmer Vargas Callapiña Divorcio por causal sentencia consulta 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:30 03825-2017-0-1001-JR-FC-02 Meredes Tinta Soto Sucesión de Manuel Cusi Cayo Reconocimiento de unión de hecho

sentencia consulta 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:35 00052-2018-0-1001-SP-FT-01 Juan Carlos Huanaco Sikus Adelaida Papilo Rupa Violencia familiar sentencia consulta JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:40 02706-2017-0-1001-JR-FC-01 Eusebio Cruz Llanos Hilda Chino Amau Divorcio por causal sentencia consulta 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:45 00054-2018-0-1001-SP-FT-01 Ministerio Público Julian Huallpa Quispe Violencia familiar sentencia consulta JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:50 00053-2018-0-1001-SP-FT-01 Ministerio Público Toribio Donato Tupacyupanqui Jimenez Violencia familiar sentencia

consulta JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Roxana Bohórquez AbarcaPresidenta de Sala Secretaria de Sal -

MARTES 21 DE AGOSTO DE 2018

JUEVES 23 DE AGOSTO DE 2018

MIERCOLES 22 DE AGOSTO DE 2018

LUNES 20 DE AGOSTO DE 2018

VIERNES 24 DE AGOSTO DE 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SALA CIVIL DE CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 20 de agosto al viernes 24 de agosto de 2018)

Page 22: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República22 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 2289-2014-74 20 minutosAlberto Tinta

CompiOmisión de

asisitencia familiar

menor de iniciales BAATH

representada por Rosmeri Huarhua

Rojas

auto improcedencia conversion de

pena

Álvarez-Farfán-Andrade

Alberto Tinta Compi

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

08:50 SEDE 2712-2017-95 20 minutos

Eliseo Gonzales Quispe, Alcides

Gonzales Nuñez, Florentina Matilde

Ruiz Araujo

EstelionatoPiedad Aller

Salcedo

Auto infundado improcedencia de

acción

Álvarez-Farfán-Andrade

Eliseo Gonzales Quispe, Alcides

Gonzales Nuñez, Florentina Matilde

Ruiz Araujo

Tercer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

09:10 SEDE 110-2018-11 20 minutosPaulo Quino Rodriguez

Otorgamiento ilegal de licencias

Estado Peruanoauto fundado

actor civilÁlvarez-Farfán-

AndradePaulo Quino Rodriguez

Cuarto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

09:30 SEDE 880-2014-43 1 horaSamir Kumar

Sharma y Navita Agrawal

trata de personas agravada

Bisht Virender Singh, Vats

Shubhendu, Bisht Mohan Singh y

Singh Suresh

Sentencia

absolutoria

continuación

Álvarez-Farfán-Andrade

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

10:30 SEDE 1150-2014-47 1 hora Jau Ker Chen Lin Depredación de

bosques protegidos

Estado Peruanosentencia

condenatoriaÁlvarez-Farfán-

AndradeJau Ker Chen Lin

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

11:30 SEDE 91-2017-0 1 horaOrlando Alfonso

Laso DelgadoUsurpación Agravada

Felipe Romelio Ascue Gibaja y

Edgar del Alamo

Sentencia absolutoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Unipersonal de

Urubamba

12:30 SEDE 3981-2016-80 30 minutos

Vianey Hermelinda

Sanchez Manotupa

Peculado Culposo Estado Peruanolectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Vianey Hermelinda

Sanchez Manotupa

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:10 SEDE 3953-2018-37 20 minutosRonald Farfán

SotomayorPeculado Doloso y Colusión Agravada

Estado Peruanoauto fundada

prisión preventivaÁlvarez-Farfán-

AndradeRonald Farfán

Sotomayor

Octavo Juzgado de I-nvestigacón

Preparatoria

08:30 SEDE 3619-2016-19 1 hora

Elio Pro Herrera y Ernesto

Malpartida Corrales

Negociación incompatible

Estado Peruanosentencia

condenatoriaÁlvarez-Farfán-

Andrade

Elio Pro Herrera y Ernesto

Malpartida Corrales

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

09:30 SEDE 3070-2017-93 30 minutos

Gibwer Pampas Navarro y

Margarita Flores Mantilla

Estafa Agravada Interbank y otrosauto infundada

prisión preventivaÁlvarez-Farfán-

AndradeRepresentante del Ministerio Público

Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de

Cusco

10:00 SEDE/VIDEO 96-2018-0 1 horaFlor Delfina Curi

Roque Apropiación ilícita

Teofilo Curasi Quispe

Sentencia

condenatoria

continuación

Álvarez-Farfán-Andrade

Flor Delfina Curi Roque

Juzgado mixto de Paucartambo

11:00 SEDE/VIDEO 1280-2017-4 1 horaAlex Waldir Ayte

BanderaRobo Agravado

Ofelia Sila Velarde Aguilar

Sentencia

condenatoria

continuación

Álvarez-Farfán-Andrade

Alex Waldir Ayte Bandera

Juzgado penal colegiado de

Cusco

11:30 SEDE 3282-2016-53 30 minutosEfrain Yabar

BecerraFalsedad generica

Martha Beatriz Hilari Zevallos y

otro

auto improcedencia

reposición

Álvarez-Farfán-Andrade

Efrain Yabar Becerra

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

12:00 SEDE 1271-2017-94 1 hora

Julian Quispe Quispe y Mario

Pascual Torbisco Carrasco

retardo injustificado de

pagoEstado Peruano

Sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Julian Quispe Quispe y Mario

Pascual Torbisco Carrasco

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 193-201265 20 minutosLuis Alberto

Figueroa BejarUsurpación y otros

Juan Jesus Rodriguez Escobar

auto infundado improcedencia de

acción

Álvarez-Farfán-Andrade

Luis Alberto Figueroa Bejar

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Paruro

08:50 SEDE 319-2017-55 20 minutosSual Olarte Farfán y Ruben Quenaya

Mendoza

uso o venta no autorizada de

diseño o modelo industrial

Enbotelladora Cusco del Sol

auto por abandonado actor

civil

Álvarez-Farfán-Andrade

Enbotelladora Cusco del Sol

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

09:10 SEDE 3335-2017-1 20 minutosLuis Freddy Hilari

CananlesSeducción

Menor de iniciales ASHH

Auto fundada reposición

Álvarez-Farfán-Andrade

Luis Freddy Hilari Cananles

Tercer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

09:30 SEDE 1971-2015-4 1 horaLuz Noelia Quilca

SalasRobo Agravado Polleria el Tablon

Sentencia absolutoria

Álvarez-Farfán-Andrade

representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

10:30 SEDE 3990-2018-72 30 minutos

Marco Antonio Hervas Ponce y

Hermogenes Chacon Quispe

Peculado Doloso Agravado

Estado Peruanoauto fundado

comparecencia con restricciones

Álvarez-Farfán-Andrade

Marco Antonio Hervas Ponce y

Hermogenes Chacon Quispe

Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de

Cusco

11:00 SEDE 448-2017-73 1 horaCarlos Felipe

Bardales VillacortaLesiones Leves

Yuvel Gerald Chillihuani

Anahue

lectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Carlos Felipe Bardales Villacorta

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:00 SEDE 161-2016-0 1 horaRuben Aquiles

Santander TerrazasAdministración

fraudulentaEmpresa Parador

Ausangatelectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Ruben Aquiles Santander Terrazas

Juzgado Penal Unipersonal de

Quispicanchi

15:30 SEDE 3148-2016-40 1 horaFranklin Isaac

Sotomayor Apaza

Desobediencia y resistencia a la

autoridad y otros

Susana Haydee Chacón Chavez y

el Estado

lectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Represetante del Ministerio Público

Quinto Juzgadoo Penal Unipersonal

de Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 3469-2017-10 20 minutosJavier Omar Solisi

Barrios

Atentados contra monumentos arqueologicos

Estado Peruanoauto infundada

improcedencia de acción

Álvarez-Farfán-Andrade

Javier Omar Solisi Barrios

Cuarto Juzgado de Investigación Prepartoria de

Cusco

08:50 SEDE 173-2012-80 20 minutosAndres Huaman

Kutuccalla

Violación Sexual de persona en incapacidad de

resistencia

persona de iniciales VHO

auto improcedencia

semilibertad

Álvarez-Farfán-Andrade

Andres Huaman Kutuccalla

Juzgado Penal Unipersonal de

Anta

09:10 SEDE 192-2018-0 20 minutosCarlos Vladimiro Herrera Delgado

Difamación y Calumnia

Cecilio Ygnacio Condori Huisa

auto improcedencia de

querella

Álvarez-Farfán-Andrade

Cecilio Ygnacio Condori Huisa

Juzgado Penal Unipersonal de

Quispicanchi

09:30 SEDE 41-2018-0 1 horaFrancisca

Casafranca Chamorro

Atentados contra monumentos arqueologicos

Estado PeruanoSentencia

CondenatoriaÁlvarez-Farfán-

Andrade

Francisca Casafranca Chamorro

Juzgado Penal Unipersonal de

Calca

10:30 SEDE 28-2014-83 1 horaNancy Velasquez

Hancco y Eddy Palomino Raya

Atentados contra monumentos arqueologicos

Estado PeruanoSentencia

AbsolutoriaÁlvarez-Farfán-

Andrade

Dirección Desconcetrada de

Cultura Cusco

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:00 SEDE 43-2013-15 1 hora

Teofilo Mamani Luza y Fidel

Cardenas Gonzales

Usurpación simple y adulteración de

documento privado

Adela Reyes Ricalde y otros

sentencia

condenatoria

continuación

Álvarez-Farfán-Andrade

Teofilo Mamani Luza y Fidel

Cardenas Gonzales

Primer Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 113-2018-0 1 hora

Miguel Mejia Tapia, Humberto Mejia Aguirre, y Ruperta Arregui

Lucana

Usurpación Agravada

Pedro Alejandro Tupayachi Mora

sentencia

absolutoria

continuación

Álvarez-Farfán-Andrade

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Unipersonal de

Urubamba

09:30 SEDE 303-2017-6 30 minutosEzequiel Quispe

HuarhuaCohecho Pasivo

EspecificoEstado Peruano

audiencia tutela de derechos

Dra. Andrade

Juzgado Superior de Investigación Preparatoria de

Cusco

Pedro Álvarez Dueñas Miguel Ángel Pérez Soria

Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 20 DE AGOSTO DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 21 DE AGOSTO DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 22 DE AGOSTO DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 23 DE AGOSTO DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS VIERNES 24 DE AGOSTO DE 2018

HORA MATERIA IMPUTADO

DEMANDADO

DELITO/

PRETENSIÓN

AGRAVIADO

DEMANDANTE

ACTO

PROCESAL

REO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 20 D E AGOSTO D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIA DE APELACIÓN Y JUICIO EN DIVERSAS MATERIAS

M IERCOLES 22 D E AGOSTO D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIA DE APELACIÓN Y JUICIO EN DIVERSAS MATERIAS

JUEVES 23 DE AGOSTO DE 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P. Y PENAL LIQUIDADOR

Jueces Superiores: Dres. Ignacio F. Ortega Mateo, Marina Ines Supanta Condor y Hugo Arturo Castro Alvarez: Fiscal Superior: Dr. Ivan Jesus Loo Su

Ignacio F. Ortega Mateo

1Tabla de audiencias que se envía al 17 de agosto del 2018.

Page 23: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República 23SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 24 de agosto del 2018

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 01432-2013-0-1001-JR-LA-03 María Irma Paz de Sotomayor Dirección Regional de Educación de Cusco y otros

Contencioso Adm Sentencia 3JETCMurillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres

Cáceres

2 08:35a.m. 00012-2017-0-1001-JR-LA-01 Henry Tarraga Ñahui Municipalidad Distrital de Santiago Contencioso AdmAuto

Improcedente Demanda

5JETCMurillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres

Cáceres

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 00071-2018-0-1001-JM-CI-02 Fructuosa Cano Condori Dirección Regional de Agricultura de Cusco y otros

Contencioso AdmAuto

Improcedente Demanda

5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 00163-2015-0-1001-JR-LA-02 Alfredo Betacourt Huillca Municipalidad Distrital de Santiago Contencioso Adm Sentencia 5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 08:40a.m. 02891-2017-0-1001-JR-LA-05 Nieves Torres Nuñez Unidad de Gestión Educativa Local de Calca y otro

Contencioso Adm Sentencia 5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 03071-2017-0-1001-JR-LA-05 Rosa Amparo Chávez Alzamora Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco y otro

Contencioso Adm Sentencia 5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 00165-2018-0-1001-SP-CI-01 Néstor Augusto Cruz Zevallos Unidad de Gestión Educativa Local de Anta y otro

Contencioso Adm Sentencia JMA Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 10:00a.m. 00454-2016-0-1001-JR-LA-02 Edwad Valery Romoacca Cazas Gobierno Regional del Cusco Contencioso Adm Sentencia 2ETC Dirimencia Holgado Noa

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 20 al Viernes 24 de Agosto de 2018)

_____________________________________

Cusco, 17 de Agosto de 2018

Lunes, 20 de Agosto de 2018

Viernes, 24 de Agosto de 2018

Jueves, 23 de Agosto de 2018

______________________________________NADHIM NICOLE JOSSELYNE CHÁVEZ ZEVALLOS

SECRETARIA DE SALA

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

LUIS FERNANDO MURILLO FLORES

PRESIDENTE

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIÓNIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (s) ACTO IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

8:00 a.m. Sede 2861-2017-54 1 hora TTITO CRUZ, SANTOS VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD MENOR DE INICIALES S.T.H. APELACIÓN DE SENTENCIA

ABSOLUTORIA Balladares

Abogado de la agraviada Faustina Hualla Huillca en

representación de la menor de iniciales S.R.T.U.

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL - SEDE CENTRAL

10:00 a.m.Sede/

Viedoconferencias1151-2012-67 1 :30 minutos QUENAYA HUAMANI, JUDITH

JACKELINE Y OTROSURSURPACIÓN AGRAVADA

Y OTROSASENTAMIENTO HUMANO

ARAHUAY Y OTROSCONTINUACIÓN - APELACIÓN DE

SENTENCIA CONDENATORIA *Barra

Abogado de los sentenciados Luzmila Cusi Hacho, Raúl Conza

Araujo, Fredy Molleda Sayritupa, Cati Moreano

Huamaní, Celia Cornelia Villa Huamaní, Judith Jackeline

Quenaya Huamaní y Benito Ccallo Mamani

2° JUZ. PENAL UNIPERSONAL - Sede Central

12:00 p.m. Sede 68-2017-0 1 hora GOMEZ QUISPE, ANTONIO Y OTROS URSURPACIÓN AGRAVADA NUÑEZ DEL PRADO ESCALANTE,

ANGELA Y OTRO

CONTINUACIÓN - APELACIÓN DE SENTENCIA ABSOLUTORIA /

(BA/ BP/FQ)

**Balladares

Abogado de los agraviados Angela Ruth Nuñez del Prado

Escalante Y Angel Pedro Núñez del Prado Mondaca y

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Unipersonal Itinerante - Urubamba

JUECES SUPERIORES: BALLADARES APARICIO, SARMIENTO NUÑEZ, BARRA PINEDA/ FARFÁN QUISPE

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO

Rol de audiencias Publicas y Privadas -Viernes, 24 de agosto de 2018

URIEL BALLADARES APARICIO

PRESIDENTEPRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES DEL CUSCO

LIA MILAGROS CASTRO WARTHON

ESPECIALISTA JUDICIAL DE SALAPRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES DEL CUSCO

Page 24: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · Elorrieta Salazar. Cusco, 15 de agosto del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6910249 F. (20, 24, 31 AGO) PRIMER REMATE

La República24 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 24 de agosto del 2018