CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · CIBIADES ZAMALLOA CORNEJO y Secretario Judicial: RONALD...

24
C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DEL C USCO

Transcript of CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · CIBIADES ZAMALLOA CORNEJO y Secretario Judicial: RONALD...

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIADEL CUSCO

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

AVISOS JUDICIALES

NOTIFICACION POR EDICTO

En el proceso N° 768-2017-0-1018-JM-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago, Judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto notifi car con un extracto de la Resolución Nro. 06 cuyo tenor es como sigue; “Resolución Nro. 06.-Santiago, seis de abril del año dos mil dieciocho. (...) SE RESUELVE: INTEGRESE el auto admisorio de la demanda, contenido en la resolución número dos, su fecha diez de enero del año dos mil dieciocho, en el siguiente sentido: DIRIGIDO la demanda contra los SUCESORES LEGALES del que en vida fue Femando Loaiza Baca; por consiguiente, no ha-biendo institución de herederos legales, conforme al certifi cado negati-vo de inscripción de testamento y sucesión intestada: SUSPENDASE el trámite de la causa, por el plazo de treinta días, que se computará a partir de la última publicación. CASO de no presentarse persona con derecho, se dispondrá la continuación del proceso con la designación de curador procesal a favor del demandado. PÚBLIQUESE edictos con un extracto de esta resolución, en el diario judicial del Cusco y El Peruano, por tres veces consecutivas, para que se apersonen a los autos, los que se crean con derecho, para los fi nes de ley PUBLI-QUESE edictos con un extracto de esta resolución, en el diario judicial del Cusco y El Peruano, por tres veces con intervalo de tres días, en cumplimiento de mandato legal. EDICTOS que serán de cargo de la parte actora; (...)”. H.S.”

Cusco, Santiago, 11 de abril de 2018

EFRAIN CABANA ZUVILETASECRETARIO JUDICIAL

P. 6641742 F. (13, 19, 25 ABR)

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL- Ex-pediente N° 99-2007.- En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. con HILDA ATAULLUCO MER-CADO, JESHICA QUISPE ATAULLUCO y MARIA ELODIA VERA RUFASTO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el Tercer Juzgado Civil del Cuzco- Sede Central, a cargo del Sr. Juez: Dr. ELIOT AL-CIBIADES ZAMALLOA CORNEJO y Secretario Judicial: RONALD ELORRIETA SALAZAR, han dispuesto que el Martiliero Publico JOR-GE LUIS MANTILLA HUERTAS, con Registro Nacional N° 95, saque a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente Inmueble:

Stand 09, Sector O, Zona N° 2, Primer Nivel del Centro Comercial Confraternidad, con un Área de 3.60 m2, ubicado en la Av. Confra-ternidad S/N, del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cuzco, inscrita en la Partida N° 11022313 Inscripción de Registro de Predios, Zona Registral N°X, Sede Cusco-Ofi cina Registral Cusco- SUNARP.-Con una VALORIZACIÓN (Tasación) de: US$ 6,876.00 (Seis mil, ochocientos setenta y seis y 00/100 Dólares Americanos) y con una BASE DE REMATE, deducida conforme a Lev de: US$ 4,584.00 (Cuatro mil, quinientos ochenta y cuatro y 00/100 Dólares America-nos},-AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- Primera y Preferente constituida por Jeshica Quispe Ataulluco a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., hasta por USS 2,700.00 (Asiento 04 de la Partida N° 11022313)

DIA Y HORA DEL REMATE: El 4 de Mayo del 2018, a las 10.00 de la Mañana.-

LUGAR DEL REMATE: En la Ofi cina de Administración del Módulo Civil, sito en el Palacio de Justicia del Cuzco, ubicado en la Av. El Sol S/N, del Distrito y Provincia de Cuzco, Departamento del Cuzco.-

POSTORES: Oblaran el 10 % (Diez por ciento) del valor de Tasación del inmueble, en efectivo o en cheque de Gerencia NEGOCIABLE y a nombre del Postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (indican-do N° D.N.U R.U.C., Expediente y Juzgado) con copia de Arancel y D.N.I., suscribiendo dicho arancel y generales de Ley-

De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo de! precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo seña-lado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.- HONORARIOS del Martiliero, por cuenta del Adjudicatario, de confor-midad con Art 732 del C.P.C., Arancel vigente y están afectos al I.G.V.-JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS.- Martiliero Publico de Registro Nacional N° 95.-

RONALD ELORRIETA SALAZARSECRETARIO JUDICIAL

JORGE LUIS MANTILLA HUERTASMARTILIERO PÚBLICO

P. 6647568 F. (18, 19, 20, 23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

NOTIFICACIÓN CONFORME EL ARTÍCULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL- En el Expediente Nro. 00272-2018-0-1001-JR-CI-04, seguido ERNESTINA CALLAÑAUPA BUSTAMANTE, sobre RECTIRFICACION DE AREA; bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 02 de fecha veintitrés de Enero del año dos mil dieciocho.-Resolución Nro. 01.- Cusco, 08 de marzo de 2018. VISTO: El escrito que contiene lademanda con los anexos que se adjunta. Y CONSIDERANDO (...), RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ER-NESTINA CALLAÑAUPA BUSTAMANTE contra CLOTILDE HUA-RANCCA ALVAREZ, RAUL CALLAÑAUPA PEÑA, SAMUEL NUÑEZ CALLAÑAUPA, ALEJANDRO CCOYLLURI CHULLO, ENRIQUE GALINDO HUARANCCA y LA DIRECCION REGIONAL DE TRANS-PORTE Y COMUNICACIONES DE CUSCO, sobre RECTIRFICA-CION DE AREA, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confi érase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS, bajo aperci-bimiento de declarársele rebelde.2. PUBLIQUESE un extracto de la demanda en el Diario Judicial de esta ciudad por tres veces con intervalo de tres días, conforme lo dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil. Firma de la señora juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos. Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal.

Cusco, dieciséis de abril del año dos mil dieciocho.

JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIAESPECIALISTA LEGAL

P. 6650661 F. (19, 25 ABR Y 02 MAY)

EDICTO

PRIMER REMATE JUDICIAL.- Expediente. 00119-2016-0-1001-JR-CI-02, en los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU contra MORALES MIO CLAUDIA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. El 02° Juzgado Civil - Sede Central Cusco, de la Corte Superior de Justicia de Cusco que Despacha la Sr. Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, Especialista Legal Dr. OLIVE-RA SARMIENTO DAVID AMERICO; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERACONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Inmueble Urbano N° 81 (hoy signado con el N° 336) de la Calle Pumaccahua del Distrito de San Jerónimo,

Provincia y Departamento de Cusco, cuya área es de 190.95 M2., y los linderos, medidas perimétricas y títulos de dominio se encuentran inscritos en la Partida N° 11099506, del Registro de Propiedad Inmue-ble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. TASACIÓN: En la suma de US$ 156,227.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE DOLARES AMERICANOS).

PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 104,151.33 (CIENTO CUATRO |ÍL CIENTO CINCUENTA Y UNO DOLARES AMERICANOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR). DIA Y HORA DE REMATE: jueves 03 de mayo de 2018 a horas once de la mañana (11:00 AM). LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado sito en la Ofi cina de Administración de Módulo Civil de esta Corte Superior ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia de Cusco, sito en Av. El Sol s/n, Provincia y Departamento de Cusco.CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00006 de la Partida N° 11099506). Hasta por la suma máxima de US$ 50,000.00 Dólares Americanos a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. Así y más consta de la Escritura Pública de fecha 28/02/2011 otorgada ante el Notario SOMOCURCIO ALARCON CARLOS AUGUSTO en la ciudad de CUSCO.-INSCRIPCJON DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00002 de la Partida N° P31031298 viene del SIR, Partida N° 11099506). La Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Dra. Gilda A. Zea Núñez, con la actuación de la Especialista Legal Ketty Conchoy Ochoa, dentro del proceso N° 02932-2015-94-1001-JP-CI-01, se-guido por MI BANCO - Banco de la Microempresa, contra CLAUDIA MORALES MIO, sobre Obligación de dar suma de dinero, mediante Resolución N° 02 de 25/01/2016 ha ordenado trabar embargo en for-ma de inscripción sobre el inmueble materia de la presente partida registral de propiedad de Claudia Morales Mío, hasta por la suma de Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Setenta y Uno con 39/100 So-les. (s/. 37,471.39). Así y más consta de los partes judiciales remi-tidos.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00003 de la Partida N° P31031298 viene del SIR, Partida N° 11099506). El Juez del Segundo Juzgado Civil - Modulo Corporativo Civil de Cusco, Dr. Eliot A. Zamalloa Cornejo, con la actuación del Especia-lista Legal David Américo Olivera Sarmiento, dentro del proceso N° 00119-2016-22-1001-JR-CI-02, seguido por el BANCO FINANCIE-RO DEL PERU contra CLAUDIA MORALES MIO, sobre ejecución de garantías, mediante Resolución N° 01 de fecha 26/01/2016’ ha ordenado trabar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION sobre el inmueble materia de la presente partida de propiedad de CLAUDIA MORALES MIO, hasta por la suma S/. 49,488.04 Nuevos Soles. Así y más consta de los partes judiciales remitidos mediante Ofi cio N° 06-2016-MCC-JCV-CSJC-PJ.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Ins-crita en el Asiento 00004 de la Partida N° P31031298). La Jueza del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, con la actuación de la especialista legal Kathy Yjalda Mi-randa Candía, dentro del proceso N° 00305-2016-50-101-JR-CI-04, seguido por MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA contra CLAUDIA MORALES MIO, sobre Obligación de dar suma de dinero, mediante Resolución N° 01 de fecha 03/03/2016 ha ordenado trabar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION sobre el inmueble mate-ria de la presente partida de propiedad de Claudia Morales Mío, hasta por la suma de Setenta Mil Trescientos diecinueve con 53/100 Nuevos Soles (S/. 70,319.53), Así y más consta de los partes judiciales remiti-dos. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el núme-ro de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la fi rma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso co-rresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martiliero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORA-RIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS mas IGV, y se pagan al Finalizar el Acto del Remate. Celular: 999451224, 946065640.

Cusco 23 de Marzo del 2018

MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYAMARTILIERO PÚBLICO

DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTOSECRETARIO JUDICIAL

P. 6648940 F. (19, 20, 23, 24, 25, 26 ABR)

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA

En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA contra DANIEL CCOSCCO VALENCIA y MARIA ELENA LUNA TONCCOCHI sobre ejecución de garantías, Exp. N° 02101-2015-0-1001-JR-CI-03; el Tercer Juzgado Civil de Cusco que Despacha el Juez Dr. John Aleck Alfaro Tupayachi y Especialista Legal Dra. Leydy Soto Castillo, ha ordenado el remate en primera convocatoria del inmueble ubicado el lote 1, de la manzana U, del Centro Poblado de Limatambo, distrito de Limatambo, Provincia de Anta y Departamento de Cusco, cuyos linderos, medidas perimétri-cas, y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° P31014931 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco.

Este inmueble fue valorizado en US$. 234,050.60 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA CON 60/100 DÓLARES AMERICANOS) y saldrá a remate por la suma de US$. 156,033.73 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y TRES CON 73/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes de la tasación del bien.

GRAVAMENES: 1) Carga técnica delimitada por el Instituto Nacional de Cultura -Cusco y 2) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por 115,000.00 e inscritas las afectaciones en los asientos 00001 y 00004 de la Partida N° P31014931 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco, respectivamente.

El remate será el NUEVE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Ofi cina de Adminis-tración del Juzgado Civil, ubicada en el Segundo Piso, del Palacio de Justicia sito en Av. Sol S/N del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. Diligencia que estará a cargo del Martiliero Público Abraham Marinas Sánchez, con Registro N° 224.

Los postores, oblarán una cantidad no menor a US$. 5,039.50 (CIN-CO MIL TREINTA Y NUEVE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y presentarán su documento ofi cial de identidad en original y co-pia, además el arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y el número de documento de identidad del postor, debidamente suscrito.

La comisión del Martiliero será cancelada por el adjudicatario al fi na-lizar el remate y está afecta al IGV, de conformidad con el Decreto Supremo N° 008-2005 JUS.

Cusco, 28 de febrero del 2018.

ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZMARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL

RONALD ELORRITA SALAZARSECRETARIO JUDICIAL

P. 6657614 F. (20, 23, 24, 25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL DIARIO “OFICIAL LA REPUBLICA”

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Paruro, bajo la dirección de la señora Juez Dra. Solina Maybee Apaza Bejar y bajo la Actuación de

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

la Especialista Judicial Karina M. Cáceres Del Rio, en el Proceso Civil Nro. 00021-2016-0-1011-JP-CI-01: se ha ordenado la notifi cación por edictos la Sucesión Intestada, con un extracto del auto Admisorio de la demanda dictado en fecha 27 de setiembre del 2016; siendo como sigue: se RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por DORIS SULLCA CORONEL, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señora madre Teodora Hilaria Coronel Gonzales, fallecido el 06 de diciembre de 1999, demanda que se admite en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. Y estando al artículo 833 del Código Procesal Civil: 1) PUBLÍQUESE un aviso edictal en el Dia-rio Ofi cial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, para que dentro del plazo de 30 días de realizadas las publicaciones las personas con interés en el proceso puedan apersonarse, expídase por Secretaría el edicto respectivo; 2) Publíquese adicionalmente un extracto del auto admisorio en el panel del juzgado para los fi nes precedentes de que personas con interés en el proceso puedan apersonarse, garantizan-do de mejor forma el debido proceso. 3) NOTIFÍQUESE la resolución admisoria a los presuntos herederos domiciliado en el lugar, y a la Benefi cencia Pública de Cusco y, 4) NOTIFÍQUESE al Ministerio Pú-blico con arreglo a ley. Por ofrecidos los medios probatorios. Agrégue-se a sus antecedentes los anexos adjuntos. Se DISPONE se anote preventivamente la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada, de Mandatos y Poderes de la Ofi cina Registral del Cusco, cúrsese los Partes respectivos con arreglo a ley. A LOS MEDIOS PROBATO-RIOS: Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. AL OTROSI: A los anexos agréguese a sus antecedentes. AL MÁS DICE: Notifíquese al representante del Ministerio Público con la presente re-solución. H.S.

Paruro, 17 de abril del 2018.

KARINA MARGARITA CÁCERES DEL RIOSECRETARIO JUDICIAL

P. 6657780 F. (23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Sres. SUCESION DE MAURO SOTA CCOSCCOSe les comunica que ante el primer juzgado mixto de Wanchaq, se viene tramitando el proceso N° 45-2018-CI sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO se ha dispuesto notifi carse mediante edictos judi-ciales a la sucesión de Mauro Sota Ccoscco con la resolución número tres auto admisorio cuya parte pertinente sigue el tenor siguiente: RE-SOLUCIÓN N° 3: Wanchaq, dos de abril del año dos mil dieciocho.- SE RESUELVE:- ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por Guadalupe Sota pareja por derecho propio y en representación de Amilcar Sota pareja y Wilfredo Sota pareja sobre Nulidad de ACTO JURIDICO Y DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE de : I) Escri-tura Pública de compra venta de derechos y acciones sobre bien in-mueble denominado Lambrancunto de fecha 30 de abril del 2013.- II) Escritura Pública de compra venta de derechos y acciones sobre bien inmueble lote 7 de la manzana T de fecha 30 de abril 2013.-III) Escri-tura pública de donación de derechos y acciones sobre bien inmueble denominado Marta Contó de fecha 30 de abril de 2013.IV) Escritura Publico de donación de fecha 30 de abril de 2013, V)Escritura Pública de donación de derechos y acciones sobre bien inmueble denomina-do marta Contó de fecha 30 de abril del 2013; acumulativamente en forma accesoria Cancelación de inscripción de propiedad por ante los Registros Públicos que conllevaron el otorgamiento de compra venta y donación de derechos y acciones respectivamente de los instrumen-tos públicos materia de nulidad a excepción del instrumento público que contiene la donación de derechos y acciones sobre bien inmueble denominado Ccoñamuro de fecha 30-4-2013 por no estar inscrito en registros públicos invocando las causales contenidas en elinciso 1,2,4 y 7 del artículo 219 del Código Civil, demanda dirigida contra NELLY SOTA DE ALVAREZ y TOMAS ALVAREZ LOAIZA y la SUCESION DE MAURO SOTA COSCCO, en la vía de CONOCIMIENTO, córrase traslado por el termino de ley, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes y de nombrárseles curador procesal según corresponda; lo que se le comunica para los fi nes consiguientes .-Firma de la señora juez Yanet Ofelia Paredes Salas .-Especialista legal Crisalta Salazar Yauta.-

Wanchaq, 17 de Abril 2017

CRISALTA SALAZAR YAUTASECRETARIA JUDICIAL

P. 6659276 F. (23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Expediente N° 132-2018-0-1010-JP-CI-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Ana, que despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en los seguidos por JUAN DE DIOS REY-NALDO COVARRUBIAS TTITO, sobre SUCESIÓN INTESTADA: POR LO QUE RESUELVO: 1. Admitir a trámite la demanda sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue ELOY COVARRUBIAS CONDORI, que ha promovido JUAN DE DIOS REYNALDO COVA-RRUBIAS TTITO, en la vía procedimental del proceso no contencio-so.2 Fijar fecha y hora para la audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el TREINTA Y UNO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de darse por concluido el proceso de conformidad con el artículo 203 del Código Procesal Civil, en el caso de no asistencia de la parte interesada. Por ofrecidos los medios probatorios propuestos, a sus antecedentes los documentos adjuntados. T.R y H.S.

Santa Ana, 17 de abril de 2018.

CARMEN MELLADO PASTORSECRETARIA JUDICIAL

P. 6659371 F. (23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N° 28-2018-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Se-cretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la reso-lución N° 04 de fecha doce de abril del dos mil dieciocho que dispone ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por HILARIO VÍCTOR ORUE ARAOZ sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL INMUEBLE en rustico denominado COMÚN PAMPA que tiene una extensión de 0.3156 HA. con un perímetro de 242.08 M.L. ubicado en el sector común Pampa del distrito de Hua-yllabamba provincia de Urubamba, departamento del Cusco contra RAFAEL RODRÍGUEZ CONCHA. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley , bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- AL OTROSI DIGO: Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.- AL PRIMER OTROSI DIGO: NOTIFÍQUESE a los colin-dantes del inmueble EMPERATRIZ CONCHA CÁCERES, MUNICI-PALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA, JAVIER CCANTO PE-DRAZA, LUCILA MONTEAGUDO LUNA, ALBERTO ESCALANTE, BENJAMIN RODRÍGUEZ CHACÓN.- A sus antecedentes los anexos que indica. H.S.-

Urubamba, 17 de Abril del 2018

SANDRA PAOLA NÚÑEZ RUIZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6659429 F. (23, 24, 25 ABR)

TERCER REMATE PÚBLICO

Expediente N° 475-2017-0-1001-JR-CI-01, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, en autos seguidos por PAULINO VALENCIA HUAMANI, en contra de LUZ MARINA QUISPE HUAMÁN y JUAN MAMANI DANCUART, el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a cargo de la Señora Juez Sandra Contreras Campana, y como Especialista Legal Isabel Cristina Huamán Sequei-ros, ha dispuesto sacar a Remate Público:EN TERCERA CONVOCATORIA.- El bien inmueble ubicado en LOTE N° 05 DE LA MANZANA “D”, UBICADO EN EL PREDIO DE-NOMINADO PATA PATA BIMBILLAY - FRACCION 02; EN EL DIS-TRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, cuyo, área, linderos, medidas perimétricas y demás carac-terísticas, corren inscritas en la Partida N° 11137364 del Registro de

Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X Sede - Cusco.AFECTACIONES.- Asiento 00003: Hipoteca.- La sociedad conyu-gal conformada por JUAN MAMANI DANCURART y LUZ MARINA QUISPE HUAMAN, en calidad de propietaria, constituye hipoteca a favor de PAULINO VALENCIA HUAMANI, hasta por S/ 70,000.00 Soles, Según Escritura Pública del 30/03/2016, otorgada ante Nota-rio Público Dr. Rodolfo Oros Carrasco. Cusco, 01 de Abril del 2016. Asiento 004: Rectifi cación de Ofi cio.- Se procede a rectifi car el asiento N° 03 de esta partida registral en lo que respecta al nombre de uno de los propietarios al haberse señalado dice: “JUAN MAMANI DAN-CURART”. Debe decir JUAN MAMANI DANCUART, quedando inal-terable todo lo demás en dicho asiento. Cusco, 18 de Abril del 2016.VALOR DE TASACIÓN.- S/ 70,000.00 (Setenta mil con 00/100 Soles)BASE DEL REMATE.- S/ 33,716.67 (Treinta y tres mil setecientos dieciséis con 67/100 Soles).DIA Y HORA.- LUNES 07 DE MAYO DEL 2018, A LAS 10:00 A.M.LUGAR DEL REMATE.- Frontis de la Ofi cina de Administración del Módulo Civil, ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Jus-ticia de Cusco, sito en Avenida El Sol N° 239; en el Distrito, Provincia y Departamento de Cusco.POSTORES: Deben presentar: A) Original de su Documento de Iden-tidad y/o RUC si corresponde, con los Documentos que acrediten su Representación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación. Código 07153: Más de 100 URP hasta 500 URP, POR SI 415.00 Soles), indicando el Juzgado (Civil), número de DNI o RUC (según postor) y número de Expedien-te (475-2017). C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (S/ 7,000.00), en efectivo o Cheque de Gerencia, suma que será devuelta a los postores no benefi ciados. El Adjudicatario cancelará los honora-rios del Martiliero Público que están afectos al IGV, una vez concluida la diligencia, de conformidad con el D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martiliero Pú-blico con Registro N° 347. Celular 995904045.

Cusco, Lunes 26, Marzo del 2018.

JAIRZINHO ARCE ALMIRONMARTILLERO PÚBLICO

ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 6659538 F. (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor FRANCISCO ESTRADA HUAMAN, en el Proceso Nro. 498-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por pre-sunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS (12:45 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor PEDRO VIDAL ROJAS GONZALES, en el Proceso Nro. 470-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por pre-sunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi en-da de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y TREINTA MINUTOS (12:30 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espi-nar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de

Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor NESTOR CESAR AQUINO SALVATIE-RRA, en el Proceso Nro. 330-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS DIEZ CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS (10:45 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor MIJAEL CHACON LOBATON, en el Pro-ceso Nro. 458-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y QUINCE MINUTOS (12:15 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor ERNESTO SULLA QUISPE, en el Pro-ceso Nro. 459-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA (12:00 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor LEO WERNER TUERCOS HANCCO, en el Proceso Nro. 319-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por pre-sunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

ONCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS (11:45 A.M), en la quin-ta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor LUIS ANTONIO NUÑEZ SARABIA, en el Proceso Nro. 506-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por pre-sunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se de-fi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA MINUTOS (11:30 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espi-nar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor JHULMER RODOLFO HUAMAN PAU-LLO, en el Proceso Nro. 333-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS ONCE Y VEINTICINCO MINUTOS (11:25 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor EDGAR WALDIR CALLAPIÑA QUISPE, en el Proceso Nro. 445-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON CUANRE T AY CINCO MINUTOS (09:45 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi

Se cita y emplaza al señor DEYVIS MAMANI RAMOS, en el Proceso Nro. 510-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta co-misión del delito de Conduccion en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO

DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defi enda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y QUINCE MINUTOS (10:15 A.M), en la quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiEXPEDIENTE:1177-2017

RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, tres de abril, de dos mil dieciocho.- (...)SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIEN-CIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por in-concurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notifi cación válidamente en el Exp. 01177-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de DEMETRIO DIAZ ORTIZ, por la comisión del delito Incum-plimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio de los menores J.L.D.Y. y J.D.Y. Representado por su progenitora Erica Yllanes Aquino. SE-GUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del im-putado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiEXPEDIENTE:1197-2017

RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, dieciséis de marzo , de dos mil dieciocho.-SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notifi cación váli-damente en el Exp. 01197-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de WILL-INGTON APAZA SALAZAR, por la comisión del delito Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio de Ana Apaza Vergara.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIEN-CIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO y TREINTA DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del im-putado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiEXPEDIENTE:314-2017-2017RESOLUCIÓN N° 05. Quillabamba, veintiséis de marzo, de dos mil dieciocho.- (...) SE RE-SUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLI-CA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, en el Exp. 0314-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de JOSE LUIS MINAYA HUA-

YLLAPUMA, por la comisión del delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de Peligro Común, subtipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIEN-CIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal. Se declara INAPLA-ZABLE la audiencia. Quillabamba, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCIÓN

Especialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiEXPEDIENTE:612-2017Resolución Nro.04Quillabamba, Diecinueve de abril, del año dos mil dieciochoDE OFICIO: estando a la constancia que antecede, presentado por la especialista de audio, REPROGRÁMESE la audiencia pública de incoación de proceso inmediato para el día 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018 a horas 10:30 DE LA MAÑANA, la misma que se ha de llevar a cabo en la Quinta Sala de Audiencias de esta Provincia, subsistiendo los apercibimientos precisados en autos, debiendo concurrir las partes obligadas bajo apercibimiento de ley.- NOTIFIQUESE Quillabamba, 20 de abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO

POR EL ART.144 DE L.OPT.

Io SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE: 02036-2013-0-1001-JR-CI-01MATERIA : NULIDAD DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución Nro. 50 Cusco, 18 de abril de 2018.

Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Supe-rior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas opina por: “CONFIR-MARON la Sentencia contenida en la Resolución N° 42 de fecha 3 de octubre de 2017 la misma que resuelve declarar: “FUNDADA la demanda contenciosa administrativa presentada por la señora Luisa Margarita Alvarez Zora de Carvajal, contra el Tribunal Registral de la SUNARP con sede en la ciudad de Arequipa, y otra; cuya pretensión fue que se declare la Nulidad del Acto Administrativo contenido en la Resolución N° 187- 2013-SUNARP-TR-A; y, en consecuencia se declara NULA la resolución..”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es porque: “RE-VOCAR la Sentencia contenida en la resolución Ne 42 de 3 de octubre de 2,017 (fojas 737 y siguientes), que falla: “DECLARANDO FUNDA-DA la demanda contenciosa administrativa; presentada por la señora Luisa Margarita Alvarez de Zora Carvajal, contra la SUNARP con sede en la ciudad de Arequipa representada por el Presidente de la Quinta Sala del Tribunal Registral de Arequipa, cuya pretensión fue que se declare la Nulidad del Acto Administrativo contenido en la Resolución N° 187-2013-SUNARP-TR-A, y en consecuencia se declara NULA la Resolución Nro. 187-2013-SUNARP-TR-A de fecha 3 de mayo del año 2,013...”, REFORMÁNDOLA, DECLARAR INFUNDADA la de-manda en todos sus extremos. Y los devolvieron”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Me-rino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 11 DE MAYO DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, la que se realizará en la sala de audiencias ubi-cada en el segundo piso, ofi cina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo

informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no siendo necesario que los ya autorizados para in-formar reiteren su pedido.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DEL-GADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Suscribe la Secretaria de Sala Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 20 de abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCAMediante el presente se cita, llama y emplaza al acusado MARCO ALBERTO GALLEGOS ZAPATA, con DNI. 40436362, nacido el 16/11/1979, natural de Pisaq-Calca-Cusco, de instrucción quinto de secundaria, soltero, hijo de Gregorio y María Francisca, con domicilio real en la CA: Nuevo Amanecer - Urb. Calca- Calca-Cusco; en el pro-ceso Nro. 476-2017-0, seguida en su contra como AUTOR por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, sub tipo penal de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O IN-TEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, tipifi cado por el articulo 122°-B del Código Pena! vigente, en agravio de HAMLY PIEDAD OCAMPO CONDORI, y tenga a bien CONCURRIR el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las DIEZ CON TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSA-CIÓN DIRECTA, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Cal-ca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarada Reo Ausente y disponerse su captura.Calca, 13 de abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL

SEÑORES: WILLY NEWTON QUESADA SAAVEDRA EPIFANÍA QUISPE MALLE

La señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sulay Sánchez Farfan, en el proceso Nro. 794-2018-0-1001 -JR-PE-04, seguido contra Willy Quesada Saavedra, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Fa-miliar, en agravio de Epifanía Quispe Malle, bajo la actuación del es-pecialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 08/03/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 2do Despacho de Investi-gación de la 1FPPCC, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: contra WILLY QUESADA SAAVEDRA, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar; en agravio de de Epifanía Quispe Malle, respecto de los hechos ocurridos en fecha 04/06/17; se solicita contra el acusado 01 AÑO Y 4 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA, la pena de la INHABILITA-CIÓN y el pago de S/. 800.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL.

RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, 08/03/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defen-sor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DIS-PONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLA-ZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domi-

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

cilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi en-da en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspon-diente (...) 7. NOTIFÍQUESE mediante la publicación de edictos (...)

ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE ACUSACIÓN FISCAL DIRECTA I.-INTRODUCCIÓN: (...) II.- ACREDITACIÓN: (...) RESOLUCIÓN N° 4. Cusco, 12/04/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por los fundamentos expuestos, SE RESUELVE: 1.- DE-CLARAR FRUSTRADA la realización de la presente audiencia por tener el Ministerio Público otra audiencia a la misma hora, de juicio oral que le fue notifi cado recientemente. 2.-SE REPROGRAMA la presente audiencia para el DÍA DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 9:00 DE LA MAÑANA A REALIZARSE EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO. 3.-PRECISESE que la audiencia señalada tiene carácter de INAPLAZABLE, subsis-tiendo los apercibimientos decretados en autos. 4.-EXHÓRTESE al Ministerio Publico tome las acciones necesarias toda vez que se trate de fi scalías corporativas, a fi n de evitar situaciones como la presen-te, tanto más que la programación todavía data del mes de marzo. 5.-CUMPLE la especialista judicial de Causa con realizar además las notifi caciones telefónicas a la parte imputada con el celular propuesto por el Ministerio Publico. IV. NOTIFICACIÓN (...) V. CONCLUSIÓN: (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 13 de abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL

SEÑORES: RAMIRO PUMA QUISPE FLORA QUISPE QUISPE

La señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco Dra. Villa Humpiri, en el proceso Nro 2240-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra los acusados antes referidos, por el delito de agresiones mutuas integrantes del grupo familiar en agravio de ellos mismos, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Ro-dríguez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 16/04/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo contenido es el siguiente:

REQUERIMIENTO FISCAL.- El 3er despacho de la 2da FPCC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra RAMIRO PUMA QUISPE y FLORA QUISPE QUISPE:, por el delito de agresiones mutuas contra los integrantes del grupo familiar; en agravio de ellos mismo, respecto de los hechos ocurridos en fecha 08/11/17; se solicita contra los acusados 01 AÑO DE PPL EFECTIVA en su ejecución, e INHABILITACIÓN por el plazo de la pena principal y el pago de S/. 300.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de cada agraviado.

RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco. 16/04/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defen-sor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DIS-PONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día SEIS DE IUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE HORAS CON TREIN-TA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolu-ción a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audien-cia que un abogado del Estado lo defi enda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFIQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (...) lo que notifi co a

Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Sandra Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 16 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

En La Sala Civil de Cusco se viene tramitando el Expediente Nro. Nro.00002-2013-0-1001 -JR-C1-01, que sigue Higidia Torres Esca-lante, sobre Reivindicación contra José Vicente Escalante Palomino, Por resolución Nro. 74, se ha dispuesto notifi car a los sucesores procesales del demandado José Vicente Escalante Palomino, con lo siguiente:Resolución Nro. 74. Cusco, 03 de abril de 2018 “(...) POR ESTOS FUNDAMENTOS: SE RESUELVE:1. SUSPENDER el trámite del presente proceso.2. NOTIFÍQUESE mediante edictos a los sucesores procesales de José Vicente Escalante Palomino, los que deberán de publicarse por el plazo de tres días en el Diario Judicial del Cusco, con el fi n de que se apersonen dentro de TREINTA DÍAS HÁBILES de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de proseguirse el trámite del proceso nombrándose curador procesal en su representación; debiendo la parte demandante efectuar las publicaciones antes dispuestas, cum-plidas todas las formalidades, vuelvan los autos al Despacho para la emisión de la resolución de vista que corresponda.3. Notifíquese con la presente resolución a Manuel Florencio Pon-ce Vega y María Del Carmen Ponce Pacheco en su último domici-lio real declarado ante la RENIEC. H.S. S.S. (...). Lo que notifi co a Usted, Media fi rma de las señoras Jueces Superiores VELASQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Ante mi Roxana Bohórquez Abarca Secretaria de Sala, de que doy fe. Cusco, 19 de abril de 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL

SEÑOR: ALBERTO PAÑIHUARA HUAMANI

El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Álvarez Mendoza, en el proceso Nro. 0752-2018-0-1001 -JR-PE-07, seguido contra ALBERTO PAÑIHUARA HUAMANI con D.N.l. 45724272, por el delito Contra la Fe Pública, en la moda-lidad de Falsifi cación de Documentos en General Sub tipo USO DE DOCUMENTO FALSO - CREDENCIAL DE EDUCACIÓN VIAL, en agravio del Estado, representado por el Procurador Publico de la Mu-nicipalidad Provincial de Cusco, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notifi car con la Resolución N° 03 de fecha cinco de abril del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fi scal de la Revocatoria de Suspensión de la Ejecución de la Pena al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:

REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Primer Despa-cho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corpo-rativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra ALBER-TO PAÑIHUARA HUAMANI, por la comisión del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsifi cación de Documentos en General Sub tipo USO DE DOCUMENTO FALSO - CREDENCIAL DE EDU-CACIÓN VIAL, en agravio del Estado, representado por el Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Cusco. Por lo que la repre-sentante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato.

RESOLUCIÓN N° 03.Cusco, cinco de Abrildel año dos mil dieciocho.-

PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE:1. DECLARA FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA POR FALTA DE NOTIFICACIÓN AL IMPUTADO.2. SE REPROGRAME LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS 03:00 PM EN LA DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SU-PERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.

1. SE DISPONE QUE EL ESPECIALISTA DE ACAUSA A CARGO DEL PRESENTE PROCESO EMITA LOS EDICTOS DE LEY, edictos estos que deben ser publicados en el Diario judicial correspondiente, con la fi nalidad que el imputado tome conocimiento de que ha sido convocado para la fecha reprogramada de audiencia, debiendo reali-zarse estos edictos con la anticipación que el caso amerita, quedando notifi cado las partes procesales con la presente resolución.Cusco, 19 de Abril de 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE QUILLABAMBA.

EXPEDIENTE: 01041-2016-0-1010-JP-PE-01JUEZ LINARES CUADROS JORGE LUISESPECIALISTA CARMEN MELLADO PASTORIMPUTADO CERVANTES ÑAHUI JACINTOFALTA CONTRA LA PERSONA ANCCASI AGUILAR RICHARDFALTA CONTRA LA PERSONAAGRAVIADO LOS MISMOS Resolución Nro. 05

Santa Ana, cinco de marzo del dos mil dieciocho.

Proveyendo el escrito número 111-2018, al culminar las vacaciones dispuesto en la Resolución Administrativa N°59-2018-P-CSJCU- PJ. Por recepcionado el ofi cio N°10-2018 proveniente de la comisaria de Quillabamba. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Dado cuenta que a la fecha no se ha podido dar con la dirección exacta del agravia-dos e imputados Jacinto Cervantes Ñahui y Richard Anccasi Aguilar, pese a los constantes requerimientos efectuados por este juzgado a la Policía Nacional del Perú; por lo que debe darse por concluidas las diligencias de este Juzgado destinadas a la obtención de la dirección domiciliaria de los agraviados e imputados. SEGUNDO. 2.1 Revisado el presente proceso, se advierte que no se ha podido notifi car a los agraviados e imputados con lo dispuesto en la resolución número 01 (auto de citación a juicio oral), toda vez que las cédulas de notifi cación N° 1997-1998/ 2016-JP-PE destinada a ellos han sido devueltas sin diligenciarse; siendo que mediante .resoluciones 02, 03, y 04 se requi-rió a la Policía Nacional del Perú cumpla con proporcionar el croquis domiciliario de los agraviados e imputados, siendo que hasta la fecha no se ha podido cumplir con la misma, pese a las indagaciones del caso. 2.2. Por tales consideraciones y con el propósito de garantizar el derecho de defensa de los agraviados e imputados y agotadas las diligencias pertinentes por este juzgado, se ha de notifi car a estos sujetos procesales con la Resolución N° 01 y la presente, mediante edictos, en la forma prevista legalmente. 2.3. Para ello es de aplica-ción lo dispuesto por el artículo 128 del Código Procesal Penal, el cual refi ere: “Cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona que deba ser notifi cada, la resolución se le hará saber por edicto que se publicara en el Diario Ofi cial de la sede de la Corte Superior o a través del Portal o pagina web de la institución, sin perjuicio de las medidas convenientes para localizarlo”. 2.4. En atención a lo expresado, se debe notifi car a los agraviados e imputados Jacinto Cervantes Ñahui y Richard Anccasi Aguilar mediante edictos para que concurra a la audiencia de juicio oral para la fecha programada en la presente reso-lución a llevarse en el despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Convención bajo apercibimiento de aplicarse el desistimiento tácito dispuesto en el artículo 110 del Código Procesal Penal. Por es-tos fundamentos se RESUELVE:1. REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día CUATRO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, en el despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Convención bajo apercibimiento de aplicarse el desistimiento tácito dispuesto en el artículo 110 del Código Procesal Penal.2. NOTIFICAR a la brevedad a los agraviados e imputados Jacinto Cervantes Ñahui y Richard Anccasi Aguilar, mediante edictos con lo dispuesto en la presente resolución y la de citación a juicio oral (Re-solución N°01) por el plazo de tres días hábiles en el diario Judicial La República y en la tablilla del juzgado, bajo apercibimiento de aplicarse el desistimiento tácito conforme al artículo 110 del Código Procesal Penal.3. NOTIFÍQUESE a los imputados y agraviadas adicionalmente en sus domicilios señalados en la fi cha RENIEC, con la resolución uno y la dispuesta.4. GÍRESE ofi cio al administrador de la Corte Superior de Justicia del Cusco, para que ordene la publicación del edicto en el diario judicial

del Cusco, adjuntado copia certifi cada de la presente Resolución. Tó-mese Razón y Hágase Saber.

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE QUILLABAMBA.EXPEDIENTE: 01041-2016-0-1010-JP-PE-01JUEZ LINARES CUADROS JORGE LUISESPECIALISTA CARMEN MELLADO PASTORIMPUTADO CERVANTES ÑAHUI JACINTOFALTA CONTRA LA PERSONA ANCCASI AGUILAR RICHARDFALTA CONTRA LA PERSONAAGRAVIADO LOS MISMOS

AUTO DE ENJUICIAMIENTO

Resolución 01

Santa Ana, cuatro de octubre del año dos mil dieciséis.

VISTOS: El ofi cio de autos; Y CONSIDERANDO: Primero: A A.-He-chos imputados: Del Acta de Intervención se desprende que Richard Anccasi Aguilar, denunció que el día veinte de setiembre el año dos mil dieciséis, a las 20:30 horas, sufrió actos de agresión física, por parte de Jacinto Cervantes Nahui, quien también habría sido agredido. Se-gundo: Adecuación típica: 2.1 En cuanto a las lesiones físicas que la parte agraviada habría sufrido: Conforme al contenido del certifi cado médico legal de autos, correspondiente a los agraviados, se tiene que se le prescribió días de atención facultativa. 2.2 Estas lesiones físicas que habrían sufrido los sujetos procesales se adecúan al tipo penal de faltas contra la persona descrito en el articulo 441 del Código Penal, el cual prevé lo siguiente: “El que, de cualquier manera, causa a otro una lesión dolosa que requiera hasta diez días de asistencia o des-canso, según prescripción facultativa, será reprimido con prestación de servicio comunitario de cuarenta a sesenta jornadas, siempre que no concurran circunstancias o medios que den gravedad al hecho, en cuyo caso será considerado como delito. Se considera circunstancia agravante y se incrementará la prestación de servicios comunitarios a ochenta jornadas cuando la víctima sea menor de catorce años o la lesión se produzca como consecuencia de un hecho de violencia familiar, o el agente sea el tutor, guardador o responsable de aquel”. Tercero: Individualización del autor de las faltas contra la persona: De los recaudos remitidos a este Juzgado se advierte que en la investiga-ción preliminar se ha individualizado al presunto autor de faltas contra la persona. Cuarto: Prescripción de la acción penal: Conforme al ar-tículo 440 del Código Penal las faltas previstas en los artículos 441 y 444 prescriben a los tres años, salvo en los supuestos de reincidencia o habitualidad, en cuyo caso es de aplicación el artículo 80. Quinto: Citación a Juicio: Siendo esto así, se concluye que en el caso sub examine concurren los presupuestos establecidos en el artículo 483 inciso 3 del Código Procesal Penal, razón por la que debe dictarse auto de citación a juicio. Sexto: Que conforme lo establecido al artículo 482 inciso 1 del nuevo Código Procesal Penal: “La persona ofendida por una falta puede denunciar su comisión ante la policía o dirigirse directamente al Juez comunicando el hecho, constituyéndose en que-rellante particular. Por estas consideraciones. RESUELVO: a) CONSTITUIR en el presente proceso de faltas contra la persona en calidad de querellantes particulares, a Richard Anccasi Aguilarb) CONSTITUIR en el presente proceso de faltas contra la persona en calidad de querellantes particulares, a Jacinto Cervantes Ñahuic) CITAR A JUICIO a imputado Jacinto Cervantes Ñahui, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de lesiones mutuas en per-juicio de Richard Anccasi Aguilar, tipo penal recogido en el artículo 441 del Código Penal.d) CITAR A JUICIO a imputado Richard Anccasi Aguilar, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de lesiones mutuas en per-juicio de Jacinto Cervantes Nahui, tipo penal recogido en el artículo 441 del Código Penal.e) FIJAR como fecha para la realización de LA AUDIENCIA en la que se realizará el juicio oral, el día dieciséis de diciembre del dos mil dieciséis a las ocho horas, la cual se llevará a cabo en local del Juzgado. Audiencia a la cual deberán concurrir la parte imputada, y la parte agraviada, con sus respectivos abogados defensores, bajo apercibimiento, en el caso de la parte imputada, de ser conducido de grado o fuerza mayor; y en el caso de la parte agraviada, de aplicarse el desistimiento tácito dispuesto en el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. Haciendo presente que en la audiencia señalada es la única oportunidad que tienen las partes para ofrecer todos sus me-dios probatorios asi como sus alegatos pertinentes-Tómese razón y hágase saber....

J. S (23, 24, 25 ABR)

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

EDICTO JUDICIAL.

EXPEDIENTE PENAL N°01041-2016-0-1010-JP-PE-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que Despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en lo seguido por Jacinto Cervantes Ñahui y Richard Anccasi Aguilar, sobre Faltas contra la persona en contra de Jacinto Cervantes Ñahui y Richard Anccasi Aguilar, ha resuelto en la resolución cinco lo siguiente: RESUELVE . Notifi car, a la brevedad, a los agraviados e imputados Jacinto Cervantes Ñahui y Richard Ancca-si Aguilar, mediante edicto con lo dispuesto en la presente resolución y la de citación a juicio oral (Resolución N° 01) por el plazo de tres días hábiles en el diario judicial “La República” y en la Tablilla del Juzgado, bajo apercibimiento de aplicarse el desistimiento tácito conforme al artículo 110 del Código Procesal Penal.Resolución Nro.01. a) CONSTITUIR en el presente proceso de faltas contra la persona en calidad de querellantes particulares, a Richard Anccasi Aguilar. b) CONSTITUIR en el presente proceso de faltas contra la persona en calidad de querellantes particulares, a Jacinto Cervantes Nahui. c) CITAR A JUICIO a imputado Jacinto Cervantes Ñahui, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de lesiones mutuas en perjuicio de Richard Anccasi Aguilar, tipo penal recogido en el artículo 441 del Código Penal, d) CITAR A JUICIO a imputado Richard Anccasi Aguilar, por FALTAS CONTRA LA PER-SONA, en la modalidad de lesiones mutuas en perjuicio de Jacinto Cervantes Ñahui, tipo penal recogido en el artículo 441 del Código Penal, e) FIJAR como fecha para la realización de LA AUDIENCIA en la que se realizará el juicio oral, el día dieciséis de diciembre del dos mil dieciséis a las ocho horas, la cual se llevará a cabo en local del Juzgado. Audiencia a la cual deberán concurrir la parte imputada, y la parte agraviada, con sus respectivos abogados defensores, bajo apercibimiento, en el caso de la parte imputada, de ser conducido de grado o fuerza mayor; y en el caso de la parte agraviada, de aplicarse el desistimiento tácito dispuesto en el Artículo 110 del Nuevo Códi-go Procesal Penal. Haciendo presente que en la audiencia señala-da es la única oportunidad que tienen las partes para ofrecer todos sus medios probatorios así como sus alegatos pertinentes- Tómese razón y hágase saber Resolución N° 05 RESUELVE: REPROGRA-MAR la audiencia de juicio oral para el día CUATRO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, en el despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Convención bajo apercibimiento de aplicarse el desistimiento tácito dispuesto en el artículo 110 del Código Procesal Penal. 2. NOTIFICAR a la breve-dad a los agraviados e imputados Jacinto Cervantes Ñahui y Richard Anccasi Aguilar, mediante edictos con lo dispuesto en la presente re-solución y la de citación a juicio oral (Resolución N° 01) por el plazo de tres días hábiles en el diario Judicial La República y en la tablilla del juzgado, bajo apercibimiento de aplicarse el desistimiento tácito conforme al artículo 110 del Código Procesal Penal. 3. NOTIFÍQUE-SE a los imputados y agraviadas adicionalmente en sus domicilios señalados en la fi cha RENIEC, con la resolución uno y la dispuesta. 4. GÍRESE ofi cio al administrador de la Corte Superior de Justicia del Cusco, para que ordene la publicación del edicto en el diario judicial del Cusco, adjuntado copia certifi cada de la presente Resolución. Tó-mese Razón y Hágase Saber. Santa Ana cuatro de abril del dos mil dieciocho.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 02164-2018-50-1001 -JR-PE-01.

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO

ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO.

Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cus-co, se cita y emplaza al procesado JERSON LEÓN PILCO, a fi n que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 04 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N -Palacio de Justicia-Segundo Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de videoconferencia del modulo Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02164-2018-50-1001-JR-PE-01, seguido como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales MA.KE.GA.PU, representada por su progenitura

Amanda Puma Luque.-

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 02166-2018-11-1001-JR-PE-01.

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO

ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO.

Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cus-co, se cita y emplaza al procesado DANIEL RIVERA QUISPE, a fi n que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MAR-TES 11 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta!; acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de videoconferencia del modulo Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02166-2018-11-1001-JR-PE-01, seguido como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, en agravio de la menor de edad de iniciales R.TT.QU, representado por su progenitor Sebastián Ttito Zamora.-Cusco 20 de Abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 01524-2017-24-1001-JR-PE-01.

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO

ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO.

Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cus-co, se cita y emplaza al procesado EUDES QUINCHO POMA, a fi n que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MAR-TES 04 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de vldeoconferencia del modulo Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01524-2017-24-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo homicidio califi cado, en agravio Q.E.V.F, Michel Civiris Damián, representado por Teofani Civiris Damian.-Cusco 20 de Abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL

SEÑORES: ADRIÁN CCAHUANA CONDORI RUTH MIRIAN QUISPE ACCOSTUPA

La señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Villa Humpiri, en el proceso Nro 2466-2018-0-1001 -JR-PE-05, seguido contra Adrián Ccahuana Condori, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Ruth Mirian Quispe Accostupa, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ligarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 20/04/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO FISCAL.- El 3er Despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: Adrián Ccahuana Condori, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Inte-grantes del Grupo Familiar, en agravio de Ruth Mirian Quispe Accos-tupa, respecto de los hechos ocurridos en fecha 22/09/17; se solicita contra el acusado 01 AÑO Y 02 MESES DE PPL SUSPENDIDA por el plazo de la condena, INHABILITACIÓN por el plazo de la condena y el pago de S/. 700.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la agraviada.

RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco. 20/04/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CO-RRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOCE DE IUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS (...) 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proce-so a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abo-gado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi enda en el pro-ceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Sandra Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 20 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE : 35-2018-93-1009-JR-PE-01 JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA: CINTHIA ELEIANA CONDORI ZARATE

Se pone en conocimiento del señor FÉLIX HILACHOQUE CRUZ, que la fi scalía provincial penal de Espinar ha formulado acusación en contra de FÉLIX HILACHOQUE CRUZ E ISMAEL HUAMANI PILA; por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio, en la moda-lidad de Hurto, tipo Hurto agravado, en agravio de JUAN CARLOS MAMANIPACCA, habiendo emitido la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha catorce de marzo del dos mil dieciocho, que CORRE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN FISCAL y CITA a Audiencia preliminar de control de acusación, en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Pre-paratoria de ésta Sede, con la presencia obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspon-dan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurren-cia injustifi cada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales, debiendo tener presente el carácter inaplazable de la presente audiencia. PRECÍSESE que: 1) El representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con los medios de prueba; 2) e! desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notifi cada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido ci-tados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2o del Reglamento de Notifi caciones, Citaciones y Co-municaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. Asimismo se le REQUIERE al imputado, para que en el plazo de veinticuatro horas de notifi cado, cumpla con ratifi car y/o designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de incumplimiento. Así también, mediante resolución número dos se dispuso reprogramar la audiencia de control de acusación para el día DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar.-

J. S (23, 24, 25 ABR)

TERCER 1UZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA

EXPEDIENTE 1602-2017-0-2701-1R-PE-01JUEZ JUDITH ATAPAUCAR BARRIENTOSESPECIALISTA JUDICIAL. PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZARNUMERO DE RESOLUCIÓN: 06 de fecha 16 de abril del 2018.-

SE NOTIFICA al investigado MIGUEL ANTONIO TAPIA RONTO, por la presunta comisión del delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de edad repre-sentado por su progenitura, Amancita Saire Saire, con el extracto de la resolución número 06 de su fecha; resolución que reprograma audien-cia de proceso inmediato para el día 17 DE MAYO DEL AÑO 2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DÍA, A llevarse a cabo en la Tercera Sala de Audiencias de esta Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la Avenida Ernesto Rivero N°720 de esta ciudad.-Puerto Maldonado, 16 de abril del año 2018.-

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL

Exp. N°: 01993-20H-10-2701-JR-PE-02Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata -Madre de DiosJuez: Edgard León Quispe.Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera.

Se notifi ca a los agraviados Goyo Yupanqui Umires y Pedro Noa Zevallos lo dispuesto mediante Resolución N° 03 de fecha trece de abril del dos mil dieciocho, mediante el cual SE DISPONE: Correr traslado del requerimiento de acusación directa a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de Diez días útiles, a efectos de que puedan por escrito formular lo correspondiente, conforme establece el artículo 350° inciso 1 del Código Procesal Penal. Todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia pública preliminar de control de acusación directa.-Puerto Maldonado, 13 de abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Edward Daniel Romero Quispe

Se cita y emplaza al señor CARLOS WILBERTH FARFAN LASTRA, en el Proceso N* 108-2015-0-lOIO-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra LA FAMILIA, en modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub tipo. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de los menores Khate-rine Dayana. Pierina Milka, Kassandra y Carlos Daniel Farfán Medina. representada por su progenilora Doris Medina Farfán, para que asista a la Audiencia de Amonestación, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas cuatro de la tarde (04.00 P M), en la tercera sala de audiencia de este Juzga-do, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).Quillabamba. 04 de abril del 2017

J. S (23, 24, 25 ABR)EDICTO PENAL-QUILLABAMBA

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Edward Daniel Romero Quispe

Se cita y emplaza al señor SALUSTIO MAMANI GONZALES, en el Proceso N” 6I7-2015-I5-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la pre-sunta comisión del delito contra LA FAMILIA, en modalidad de OMI-SIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub tipo. INCUMPLIMIENTOS DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio do los menores de unciales M.M.T y E.M.T representado por su progenitora Marleny Tlito Escalan-te, para que asista a la Audiencia de Amonestación, que se llevará a cabo el día CUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas tres y treinta de la tarde (03.30 P M), en la tercer sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quiilabamba).Quillabamba. 10 de abril del 2018

J. S (23, 24, 25 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

A LA PERSONA DE: YOLANDA KCALA PAUCCAR.

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 603-2016-0- 1023-JP-PE-01 seguido en contra de AlfredoAique Aguilar en agravio de Yolanda Kcala Pauccar. se ha dispuesto la notifi cación vía edicto judicial de la Resolución Nro.9 de fecha 13 de abril del 2018.-” ACTA DE INCONCURRENCIA En Wanchaq, el 13 de abril del año 2018, siendo las horas 09:00 AM, en el presente pro-ceso ante el Juez Rafael Enrique Sierra Casanova se lleva a cabo ¡a audiencia programada para la fecha y hora con el siguiente resultado: I. INSTALACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS PARTES Interviene en este acto: Asiste el imputado con DNI 43152426acompañada de su abogada Rudy Yacqueline Lana Pérez con CAC6757.- No asiste la parte agraviada ni su abogado defensor.- En este estado, el imputado proporciona el numero de teléfono celular de la agraviada 935-219001 y ante ¡a inconcurrencia de la agraviada, siendo el estado del proceso, se dicta la siguiente resolución. Resolución N° 9 I. VISTO: El presente proceso, y en atención a los siguientes, II. FUNDAMENTOS: De con-formidad a lo previsto en el articulo 485.2 del Código Procesal Penal, para instalar ¡a audiencia necesariamente se requiere la presencia del imputado y de la agraviada; por lo que ante su inconcurrencia de la agraviada por NQ estar notifi cada NO, se puede ¡levar a cabo, corres-pondiendo su reprogramación. 2.De otro lado, habiendo el imputado concurrido con su abogada defensora y al no haber sido notifi cada la agraviada debe procederse a noticiar mediante edicto judicial. DECISIÓN: Estando a los fundamentos expuestos, al amparo de las facultades conferidas a este despacho por el artículo 138 de la Cons-titución Política del Estado, se resuelve REPROGRAMAR la presente audiencia para el 05 de JUNIO de 2018 a las 15:30 PM. a realizarse ante este mismo despacho, debiendo acudir las partes con sus abo-gados defensores. REITERANDO que en caso de inconcurrencia del imputado Alfredo Aiqui Aguilar SERA conducida compulsivamente por grado y fuerza a este despacho para la audiencia programada con apoyo de la Policía Nacional del Perú. DISPONER que la agraviada sea notifi ca mediante edicto judicial en el diario judicial del Cusco y mediante vía telefónica N°935-2¡900¡, autorizándose para tal efecto a la señora secretaria judicial. H.S. Firma el señor Juez; por ante mí, de que doy fe. Rafael Enrique Sierra Casanova Juez Titular”la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fi nes consiguientes de ley.Wanchaq, 16 de abril del 2018.

J. S (23, 24, 25 ABR)

PRIMER REMATE JUDICIAL

EN EL EXPEDIENTE NRO. 00073-2016-0-1001-JR-CI-01 SEGUIDO ANTE EL PRIMER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - CUSCO, QUE DESPACHA EL JUEZ: ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA COR-NEJO, ESPECIALISTA LEGAL: ISABEL HUAMAN SEQUEIROS, SOBRE PROCESO DE: EJECUCION DE GARANTIAS, SEGUIDO POR BANCO DE CREDITO DEL PERU - BCP CONTRA DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ, SE HA NOMBRADO COMO MARTI-LLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVAR/-DO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE UBICADO EN EL. LOTE 1, MZ. B-1, CENTRO POBLA-DO CACHIMAYO (ANTES INMUEBLE N° 244 DE LA AV. HUAYNA CAPAC). DISTRITO DE CACHIMAYO. PROVINCIA DE ANTA. DE-PARTAMENTO DE CUSCO. CON PARTIDA ELECTRONICA N° P31006503 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGIS-TRAL DE CUSCO - ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO.

VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 128,874.00 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS)PRECIO BASE: US$. 85,916.00 (OCHENTA Y CINCO MIL NOVE-CIENTOS DIECISEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), QUE VIENE A SER LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO DE TASACIÓN.GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO 00008 - INSCRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DEL BANCO DE CREDITO DEL PERU HAS-TA POR LA SUMA DE S/. 174,000.00 CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS; ASIENTO 00009 - INSCRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DE DIMEXA S.A. HASTA POR LA SUMA DE US$. 50,000.00 CINCUENTA MIL DOLARES AMERICANOS; ASIENTO 00010 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO OR-DENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 332-2013, SOBRE MEDIDA

CAUTELAR, PRIMER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO, DEMANDAN-TE: VICTOR MANUEL MEDINA MENDOZA, DEMANDADO: DOLO-RES LUCIA OBANDO SANCHEZ; ASIENTO 00011 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 1456-2013, SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE WAN-CHAQ - CUSCO, DEMANDANTE: EMPRESA FARMACEUTICA DEL SUR S.R.LTDA., DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ; ASIENTO 00012 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EM-BARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 1427-2013, TER-CER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO, DEMANDANTE: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO DE CUSCO S.A., DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ.

DIA Y HORA DEL REMATE: EL VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS. LUGAR DE RE-MATE: LOCAL DEL PRIMER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - CUSCO, TENIENDO EN CUENTA QUE LOS REMATES SE LLE-VAN A CABO EN LA OFICINA DE ADMINISTRACION DEL MODULO CORPORATIVO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO UBICADO EN AV. SOL N° 239 - CUSCO.POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TASACIÓN EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA. ADJUNTAR TASA JUDI-CIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN EL REMATE, CON-SIGNAR NÚMERO DEL EXPEDIENTE CON COPIA DEL ARANCEL YDNIY GENERALES DE LEY.

BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICAMARTILLERO PÚBLICO REG.345

ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 6661917 F. (24, 25, 26, 27, 30, 02 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Que, en el Juzgado Mixto de Echarati, que despacha la señorita Juez Dra. Nataly C. Cáceres Velarde, se viene tramitando la causa N° 019-2018-FCI seguida por KARINA BLANCO CARBAJAL Y RAÚL VARGAS CÁRDENAS, contra JOFRAN CREMILSON ARIAS DE LA TORRE, sobre ADOPCION DE MENOR DEEDAD, se ha dispuesto la notifi cación por edictos al demandado YOFRAN CREMILSON ARIAS DE LA TORRE para los fi nes de ley, parte pertinente del auto admi-sorio. Resolución N° 1 ADMÍTASE y CÓRRASE traslado Al deman-dado por el término de ley en la vía del proceso ÚNICO, por ofrecido los medios probatorios, notifi quese mediante edictos al demandado conforme al art. 165-, 167 y 168 CPC, bajo apercibimiento de nom-brarse curador procesal. Fdo. Juez Dra. N.Cáceres Velarde, Fdo. R. Callaymara Ayquipa

Echarati, 18 de abril del 2018

ROCIO CALLAYMARA AYQUIPASECRETARIA JUDICIAL

P. 6662092 F. (24, 25, 26 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE ZORAIDA SINCHE LLOCLLEAnte el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ana Gabriela Cal-derón Navarro, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01819-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra FRANK SMITH CÁR-DENAS PALOMINO y REYNALDO PUMAHUILLCA MAYTA, por la comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, sub tipo HURTO AGRAVADO, agravio de ZORAIDA SINCHE LLOCLLE, se ha dispuesto la notifi cación vía edicto de:Resolución N° 1 : SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del re-querimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad

(principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acredita-dos, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que de-terminados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de ofi cio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICÍESE a la Coordinación de la Defensorio Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmedia-to. 3. CITAR para el día VEINTINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE HORAS (hora exacta) la realización de a audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Au-diencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubi-cado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad. Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elección, quien de-berá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustifi cada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Ofi cina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. Breve Resumen del Requerimiento de Acusación Directa: Se formulo REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra FRANK SMITH CÁRDENAS PALOMINO y REYNALDO PU-MAHUILLCA MAYTA, por la comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, sub tipo HURTO AGRAVADO, agravio de ZORAIDA SINCHE LLOCLLE.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF

Exp. 27-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Sonia Sierra Paccaya contra Andrés Chara Chile; se ha dispuesto notifi car a las partes pro-cesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 05 de Abril del 2018.- se dispone: Reprogramar la Audiencia Única para el día 02 de mayo del año 2018 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes proce-sales que concurran.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF

Exp. 26-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Julia Pauccar Pauccar contra Melquíades Phajsi Lima; se ha dispuesto notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 05 de Abril del 2018.- se dispone: Reprogramar la Audiencia Única para el día 02 de mayo del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF

Exp. 58-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Catalina Huanca Quis-pe contra Manuel Mamani Huaman; se ha dispuesto notifi car a las

partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 03 de Abril del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCE-SO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de MANUEL MAMANI HUAMAN en agravio de CATALINA HUAMAN HUILLCA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víctimas, se dic-ta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado MANUEL MAMANI HUAMAN, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, in-sultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de CATALINA HUAMAN HUILLCA._PARA fi nes de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 24 de Abril del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Des-pacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran. H.S.-

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF

Exp. 71-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Juana Quispe Flores contra Ángel Quispe Suma; se ha dispuesto notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 13 de Abril del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ÁNGEL QUIS-PE SUMA en agravio del menor JHON ALBERT QUISPE QUISPE (06) representado por su progenitura JUANA QUISPE FLORES. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente ME-DIDA DE PROTECCIÓN:_ORDENAR al denunciado ÁNGEL QUIS-PE SUMA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal del menor JHON ALBERT QUISPE QUISPE (06)._PARA fi nes de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 30 de abril del año 2018 a horas 12:00 del medio día (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran. H.S.-

J. S (24. 25. 26 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

EXPEDIENTE: 00027-2013-21 -1014-JR-PE-01A LA PERSONA DE FREDY CURASI TACOAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actua-ción del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, se viene tra-mitando el proceso penal número penal Nro. 0027-2013-21, seguido contra Nilson Fernando Humpire Chata y Otros, por la presunta comi-sión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones graves, en agravio de Fredy Curasi Taco y Otra; Que median-te resolución N° 18 de fecha 19 de abril del 2018 SE RESUELVE: 1-. DECLARAR frustrada la audiencia preliminar de control de sobresei-miento programada para esta fecha por inasistencia del representante del Ministerio Publico. 2-. GÍRESE ofi cio de los extremos del presenta acta a la ofi cina de Control Interno Del Ministerio Público, comunican-do la inasistencia del citado representante del Ministerio Publico a la presenta audiencia. 3-. NOTIFÍQUESE a las partes conforme a ley, así como por edicto judicial a la parte que viene siendo notifi cada respec-tivamente. 4-. Reprográmese la audiencia para el DÍA TREINTIUNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que ha de verifi carse en esta sala de audien-cias del Juzgado de investigación Preparatoria del distrito de Camanti. Hágase saber.- H.S.- Rubrica del Señor Juez Percy Llancay Inquiltu-pa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTEDES.

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

Quincemil, 19 de abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO

TERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1602-2017-0-2701-JR-PE-01JUEZ: JUDITH ATAPAUCAR BARRIENTOSESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZARNUMERO DE RESOLUCIÓN: 06 de fecha 16 de abril del 2018.-SE NOTIFICA al investigado MIGUEL ANTONIO TAPIA RONTO, por la presunta comisión del delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de edad repre-sentado por su progenitura, Amancita Saire Saire, con el extracto de la resolución número 06 de su fecha; resolución que reprograma audien-cia de proceso inmediato para el día 17 DE MAYO DEL AÑO 2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DÍA, A llevarse a cabo en la Tercera Sala de Audiencias de esta Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la Avenida Ernesto Rivero N°720 de esta ciudad.-Puerto Maldonado, 16 de abril del año 2018.-

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO PENAL

Exp. N°: 01993-20U-10-2701-JR-PE-02Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata - Ma-dre de DiosJuez: Edgard León Quispe.Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera.Se notifi ca a los agraviados Goyo Yupanqui Umires y Pedro Noa Zevallos lo dispuesto mediante Resolución N° 03 de fecha trece de abril del dos mil dieciocho, mediante el cual SE DISPONE: Correr traslado del requerimiento de acusación directa a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de Diez días útiles, a efectos de que puedan por escrito formular lo correspondiente, conforme establece el artículo 350° inciso 1 del Código Procesal Penal. Todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia pública preliminar de control de acusación directa.-Puerto Maldonado, 13 de abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: Nro.: 0230-2018-9-1001 -JR-PE-06TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez.Se cita y emplaza al (los) acusados: MIGUEL ÁNGEL SOTO POLO con DNI 80006233.Para que se ponga a derecho y se defi enda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Leves, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del Grupo Familiar en agravio de Ana Cecilia Quispe Flores. Res. Nro. 01 Cusco, veintisiete de marzo del año dos mil dieciocho, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizar el día DOCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA TERCERA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales.Cusco, 18 de Abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO JUDICIAL

PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA DE CONFORMIDAD A LO DIS-PUESTO POR EL ART.144DEL.OPT.Io SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE: 00040-2012-0-1001-JM-CI-01

MATERIA: NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTAResolución Nro. 68 Cusco, 19 de abril de 2018.Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Supe-rior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “1.- DECLARAR NULO el CONCESORIO DE APELACIÓN contenido en la resolución NB 61, de fecha 25 de julio de 2017, que corre a folios 774, en consecuencia IMPROCEDENTE el recurso de apelación propuesto por el Procura-dor Público a cargo de asuntos judiciales del Poder Judicial, al no ser parte en el presente proceso. 2- CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución N° 61, del 3 de julio de 2017 (folio 752 y siguientes), que falla: “1.- Declarando IMPROCEDENTE ¡a petición de abandono del proceso formulada por los demandados Elvira Jurado Chamorro, América Cama Ormachea y Gertrudes Cusi Mayhua. 2- FUNDADA la demanda interpuesta por LUZ SOFÍA BACA SOTO representada por su apoderado Valerio Martiarena Gutiérrez contra Américo Cama Ormachea, Gertrudes Cusi Mayhua y Elvira Jurado Chamorro; en su virtud, DECLARO NULO todo lo actuado en el proceso N°00251-2010-0-1001-JM-CI-02 tramitado en el Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq seguido por AMERICO CAMA MIRANDA y GERTRUDES CUSI MAYHUA contra los sucesores de Julia Cama Miranda con la pretensión de Prescripción Adquisitiva de Propiedad del bien inmueble ubicado en la Calle Línea Férrea N° 600 del Distrito de Wanchaq, Pro-vincia y Departamento Cusco excepto el auto admisorio de demanda, y que el Juzgado disponga el emplazamiento de Luz Sofía Baca Soto con la demanda y anexos a fi n de restablecer su derecho a la defesa. 3.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente remítase el proceso N° 00251-2010-0-1001-JM-CI-02 anexo al presente, al Segundo Juz-gado Mixto de Wanchaq para los fi nes consiguientes, adjuntando ¡as copias de los actuados pertinentes del presente proceso. 4.- Con cos-tos y Costas. Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “REVOCAR la Sentencia contenida en la resolución N° 61 de fecha 3 de Julio de 2017 que resuelve declarar: “ IMPROCEDENTE la petición de abandono del proceso formulada por los demandados Elvira Jurado Chamorro, Americo Cama Ormachea..2.- FUNDADA la demanda interpuesta por LUZ SOFÍA BACA SOTO representada por su apoderado Valerio Martiarena Gutiérrez contra AMERICO CAMA ORMACHEA, GERTRUDES CUSI MAYHUA... DECLARO NULO todo lo actuado en el proceso N° 00251-2010-0-1001-JM-CI-02...” y, REFORMÁNDOLA DECLARARON IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por LUZ SOFÍA BACA SOTO. Y devolvieron los actua-dos”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPU-SIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 14 DE MAYO DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, ofi cina 200 del Pa-lacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no siendo necesario que los ya autorizados para informar reiteren su pedido.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-. S.S.-Media Firma de las Señoras Jueces Superiores. VELÁSQUEZ CUENTAS, DEL-GADO AYBAR Y HOLGADO NOA.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 20 de abril de 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el Expediente Nro. 3673-2017 sobre infracción contra el patrimonio pro-movido en favor de Brayan Washington Cusipaucar se ha ordenado notifi car a ARAGÓN VALVERDE, JHERSHI con el contenido - extrac-to - de la sentencia siendo como sigue: Resolución Nro. 14Cusco, veintitrés de febrero del dos mil dieciocho.-”... FALLA: PRIME-RO. Declarar la responsabilidad del adolescente Brayan Washington Cusipaucar Gutiérrez, por la infracción a la Ley Penal en la comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, sub tipo Hur-to Agravado, en agravio de Jhershi Aragón Valverde; por lo que, se le impone al infractor la medida socioeducativa de INTERNAMIEN-

TO por un periodo indefectible de VEINTICUATRO MESES, (DOS AÑOS), los mismos que con el descuento del internamiento preventi-vo que viene cumpliendo desde el 17 de agosto del 2017, vencerá el 17 de agosto del 2019, fecha en que será puesto en libertad, siempre que no exista en su contra otro mandato de internamiento o detención emanado de autoridad competente. SEGUNDO. Disponer que se remita a este Juzgado el informe de seguimiento sobre los avances Y CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA SOCIOEDUCATIVA IMPUESTA, conforme lo establecido en el artículo 241-E del Código de los niños y adolescentes. TERCERO. Disponer que el adolescente infractor, y/o padres y/o responsables, pague la suma de S/200.00 (doscientos con 00/100 Soles), por concepto de reparación civil en favor del agraviado Jhershi Aragón Valverde. CUARTO. Consentida o ejecutoriada la pre-sente resolución transcríbase a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de Cusco la medida socio educativa aplicada. Avocándose la señora Juez Supernumeraria que suscribe del conocimiento de la presente causa, y con la intervención del Especialista que da cuenta por disposición Superior. Tómese razón y Hágase saber. Cusco, 18 de Abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: 004749-2017-0-1001-JR-FP-03En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Bejar Rojas se ha dispuesto la notifi cación del presunto infractor CRISTIAN ROJAS QUISIYUPANQUI para que se ponga a derecho y se defi enda de los cargos formulados en su contra , en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio , en su mo-dalidad de hurto sub tipo robo agravado en agravio de Dimas Forton Mendoza y Shirley Quispe Sánchez. Se lijo nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de Hechos para el día OCHO DE MAYO del dos mil dieciocho a horas CATORCE CON TREINTA. Bajo la actuación de la Secretaria Judicial Lidú Magnolia Yupanqui Puma.Cusco, 19 de abril del 2018

J. S (24. 25. 26 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE CARMEN YOVANA CASTRO FARFANAnte el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Mara-nura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Eleccio-nes, en la cual se ha dispuesto la notifi cación vía edicto al imputado CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN, a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A DIEZ DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de ofi cio.Maranura, 11 de abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE FLORENTINO PEÑA AGUILARAnte el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Mara-nura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra FLORENTINO PEÑA AGUILAR, por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funciona-rios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notifi cación vía edicto al imputado FLORENTINO PEÑA AGUILAR, a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPRO-GRAMADA PARA EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A DIEZ DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado

e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de de-signarse un defensor de ofi cio.Maranura, 11 de abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE YERKO MIRKO ZAVALETA OTAZUAnte el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Mara-nura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocio Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra YERKO MIRKO ZAVALETA OTAZU. por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funciona-rios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notifi cación vía edicto al imputado YERKO MfRKO ZAVALETA OTAZU, a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPRO-GRAMADA PARA EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A DIEZ DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de de-signarse un defensor de ofi cio.Maranura, 11 de abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE HELEN AYLEN RODRÍGUEZ LAVADO, SAMUEL CHIPAO VALLEJOS Y WASIHNGTON PÉREZ HERHUAYAnte el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Mara-nura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro.27-2014-NCPP, seguido contra HELEN AYLBN RODRÍGUEZ LAVADO. WASHINGTON PERES HERHUAY por la presunta comisión del De-lito de Usurpación de funciones, en agravio del Estando, en la cual se ha dispuesto la notifi cación vía edicto a los imputados HELEN AYLEN RODRÍGUEZ LAVADO. WASHINGTON PERES HERHUAY. a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de ofi cio.Maranura, 26 de Marzo del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE EULOGIO HUA-MANI DUEÑASAnte el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atención, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Ro-cio Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 27-2017-38-NCPP, seguido contra EULOGIO HUAMANI DUEÑAS, por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de menor de iniciales M.Y.H.C; en la cual se ha dispuesto en mediante resolución número ocho de fecha 29 de enero del 2018, la notifi cación vía edicto al imputado EULOGIO HUAMANI DUEÑAS, a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA REPRO-GRAMADA PARA EL DÍA VIENTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A LAS TRES DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de ofi cio.Maranura, 21 de marzo del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO PENAL

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

Juzgado de Investigación Preparatoria de La ConvenciónEspecialista: Jennifer Tupayachi AyalaSe cita y emplaza a MARLENI CHOQUE RICALDE, en el Proceso Nro. 170-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION ES ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defi enda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE MAYO DEL DOS MIL DEICIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A M).En la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).Quillabamba, 23 de abril del 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO PENAL

Expediente N° 159-2010-57-2701-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal Delitos Ambientales de Tambopata.Juez: Jesús Esquivel Vega.Especialista Judicial: Ingrid Apaza Guevara. Se cita y emplaza al acusado JAVIER CONDORI AYTE, con DNI N° 41976431, a la audiencia de Juicio Oral, programado para el día 04 DE JUNIO DEL AÑO 2018 A HORAS 07:30 DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DELITOS AMBIENTALES DE TAMBOPATA, sito en la Av. Ernesto Rivero Nro. 720 de Puerto Mal-donado; por estar dispuesto así en el Proceso penal N° 152-2010-57, seguido contra JAVIER CONDORI AYTE, RODOLFO ARANA PORRAS y ASUNCION FERNANDEZ CHAMPI como coautores por la presunta comisión del delito Ambiental- Delito contra los recursos naturales en su modalidad de delito contra los bosques y formaciones boscosas, sub tipo DESTRUCCIÓN DE BOSQUES Y FORMACIO-NES BOSCOSAS NATURALES EN SU FORMA AGRAVADA, pre-visto y sancionado en el artículo 310 tipo base del código penal y la gravante prevista en el inciso 06 del artículo 310- C del mismo cuerpo legal, en agravio del ESTADO PERUANO representado por el Pro-curador Público Especializado en Delitos Ambientales; quien deberá asistir bajo expreso apercibimiento de ser declarada reo contumaz o ausente respectivamente, en caso de advertirse su inconcurrencia, ordenándose su captura y conducción compulsiva a nivel nacional. Puerto Maldonado, 06 de Abril de 2018.

J. S (24. 25. 26 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba que des-pacha la Dra. Silvia Cecilia Usca Medina y bajo la actuación del Espe-cialista Legal Wilfredo Solaligue Obregón, la persona de Mario Luna Becerra viene siguiendo el Proceso Civil 187-2017 sobre Rectifi cación de partida de nacimiento quien manifi esta: se había consignado erró-neamente el nombre de pila de su progenitura como Isidro cuando lo correcto viene a ser Jesús; siendo lo correcto y verdadero Jesús Luna Ferro Se publica para los fi nes de ley.

Urubamba, abril 2018

WILFREDO SOLALIGUE OBREGÓNSECRETARIO DE JUZGADO

P. 6662303 F. (25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 54-2018-CI seguido por MI-GUEL ANTAY QUISPE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progeni-tora, siendo lo correcto JUSTINA QUISPE FLORES, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 16-04-2018

P. 6663055 F. (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Ante el Tercer juzgado de Paz letrado del Cusco a cargo de la Dra. Judit Tacuri Chávez y bajo la actuación de la Especialista legal Dra. Judith Castillo Prado se viene tramitando el expediente N° 00622-2018-0-1001-JP-CI-03, seguido por Celia Vicitación Herrera Rosell y medíante Resolución N° 1 Auto Admisorio de la Demanda se ha Resuelto ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CELIA VICITACION HERRERA ROSELL, sobre RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.- En tal virtud, publíquese el extracto de la solicitud en el Diario Ofi cial El Peruano, además del Diario Judicial de Cusco por una sola vez, conforme dispone el artículo 828° del Código Procesal Civil, concordante con el Decreto Supremo número 020-2000-PCM, para cuyo efecto el solicitante deberá concu-rrir a la Secretaria del Juzgado después de notifi cado con la presente resolución a efectos de recabar los edictos para dicha publicación y cumplido la publicación. VERIFIQUESE la AUDIENCIA DE ACTUA-CIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA. Por ofrecidos los medios probatorios que indica para admitirse y actuarse en su oportunidad procesal. Agréguese a sus antecedentes los ane-xos indicados.

Cusco, 23 de abril del 2018.

JUDITH CASTILLO PRADOSECRETARIA JUDICIAL

P. 6663088 F. (25 ABR)

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA

En el expediente No. 576-2015 seguido por MARIO SANTOS FRAN-CO CONDOR contra ROBERTO GARAY SOSA, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco a cargo de la Juez Dra. Yanet Ofelia Paredes Salas, asis-tido por la Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta, ha facultado al Martiliero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro N? 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CON-VOCATORIA sobre los derechos y acciones (50%) del inmueble que corresponden a Roberto Garay Sosa ubicado en Avenida Fracción de Terreno Urbano en la Calle Independencia (N° 245, 247, 251) de la Ciudad de Quillabamba del Distrito de Santa Ana, Provincia de la Con-vención, Departamento del Cusco inscrito en la Partida Nro. 05000141 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N° X, Ofi cina Re-gistral Quillabamba-Sede Cusco.VALOR DE LA TASACION: S/497,896.08 (Cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos noventa y seis con 08/100 Soles)BASE DE REMATE: S/331,930.72 (Trescientos treinta y un mil nove-cientos treinta con 72/100 Soles) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por tratarse de la Primera Convocatoria.AFECTACIONES: 1) ANOTACION DE TRASLADO DE ASIENTOS.- Mediante Resolución de Unidad Registral N° 127-2014-SUNARP- Z.R.N°X/UR de fecha 27/10/2014, suscrita por la Jefa de la Uni-dad Registral (e) Mery M. Huillca Cursi resuelve, complementar la omisión incurrida en el Resolución de Unidad Registral N° 127-2014-SUNARP- Z.R.N°X/UR, debiendo en adelante entenderse que además se extienda la anotación de traslado de los asientos 12 y 13 de la Partida Electrónica N° 11011952 (Partida menos antigua) a la Partida Electrónica N° 05000141 (Partida más antigua); 2)Hipo-teca.- REINHARD PLAZA BARTSCH constituye hipoteca de segundo grado sobre el predio materia de la partida a favor de OLGA ROCÍO MADERA CASTILLO hasta por la suma de US$ 80,000.00 dólares americanos, así consta inscrito en el As. 12; 3) Embargo.- Ordenado por el Juez Provisional del Primer Juzgado Mixto de Wanchaq Cusco, Dr. Nelly C. Yabar Villagarcia, con la actuación de la Secretaria Judicial Crisalta Salazar Yauta, en el proceso N° 576-2015, mediante Reso-lución N° 03 de fecha 30/09/2015 ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones del inmueble co-rrespondiente al demandado Roberto Garay Sosa hasta por la suma de US$ 60,000.00 dólares americanos, así consta inscrito en el As. 14, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Nro. 05000141 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N° X,

Ofi cina Registral Quillabamba - Sede Cusco.DIA Y HORA DEL REMATE: 15 de mayo del 2018 a horas 08:30 a.m. (ocho con treinta minutos de la mañana).LUGAR DE REMATE: En el local del Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco, sito Sede Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus (Wanchaq).LOS POSTORES: Depositaran el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participaren remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martiliero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo N? 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martiliero Publico Registro N2 195; Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta, Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco.

CRISALTA SALAZAR YAUTASECRETARIA JUDICIAL

CARLOS ALBERTO GONZÁLES BARZOTTIMARTILLERO PÚBLICO

P. 6663239 F. (25, 26, 27, 30 ABR Y 02, 03 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. María del Carmen Villagarcía Valenzuela y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 03252-2017, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por EDWIN MESTAS CASTI-LLO, a fi n de que se rectifi que los errores materiales en que se ha in-currido al momento de inscribir su partida de nacimiento, inscrita ante el Registro de Estado Civil de la Municipalidad distrital de Santiago, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: En el rubro de los datos de su progenitora se ha consignado erróneamente como si su nombre de pila fuera “NOHEMY”, en vez de consignarse “NOEMI”, debiendo ser lo correcto “NOEMI CASTILLO FLORES”. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del pú-blico para los fi nes de ley.

Cusco, 23 de abril de 2018.

KETTY CONCHOY OCHOASECRETARIA JUDICIAL

P. 6663340 F. (25 ABR)

EDICTO

En el Proceso Civil N° 0003-2018-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por doña Elsa Florez Mamani sobre Sucesión Intestada de quien en vida fuera MODESTO CONDORI QUISPE, fa-llecido el 22 de Febrero del 2013, del distrito de Wanchaq. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio.

Santiago, 20 de Abril del 2018.

MARIA ELENA OLARTE LEIVAESPECIALISTA LEGAL

P. 6665970 F. (25 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 134-2018-CI seguido por OSCAR CESAR VALVERDE BELLIDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura, siendo lo correcto ANGÉLICA BELLIDO ROSAPE-REZ, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 20-04-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIAL

P. 6665986 F. (25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 133-2018-CI seguido por MARITZA AUGUSTA VALVERDE BELLIDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura, siendo lo correcto ANGÉLICA BELLIDO ROSAPEREZ, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 20-04-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIAL

P. 6665981 F. (25, 26, 27 ABR)

NOTIFICACION POR EDICTOS

En el proceso Nro. 81-2018 tramitada ante el Juzgado de Paz Letra-do del Distrito de San Sebastián, despachado por la Juez Dra. Lynda Vargas Manga bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro. .2 de fecha diecinueve de enero del año en curso se ha dispuesto notifi car al demandado ELIAS QUISPE SOTO Con la demanda y auto admisorio mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones en el diario Ofi cial el peruano y en el de mayor circulación por el término de tres días consecutivos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Res Nro. 2 SE RE-SUELVE: admitir a trámite en la vía del Proceso extraordinario de fi lia-ción extramatrimonial interpuesta por LUCIA PAOLA CORIHUAMAN HUAMAN sobre DECLARACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EX-TRAMATRIMONIAL acumulativamente prestación de alimentos con-tra ELIAS QUISPE SOTO cumpla con declarar y reconocer la pater-nidad respecto de la menor Carmen Paola Quispe Corihuaman o asi lo viera por conveniente lo formule oposición y se obligue a realizarse la prueba de ADN dentro de los diez días siguientes caso contrario se rechazara de plano la oposición conforme a ley bajo apercibimiento de convertirse el mandato en declaración judicial de paternidad .- Así mismo córrase traslado sobre prestación de alimentos por el plazo de ley .- AL OTROSI DOIGO.- Por ofrecidos los medios probatorios H. S.-

ANTONINA PONCE DE LEÓN PAGUADASECRETARIA JUDICIAL

P. 6659324 F. (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despa-chado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 00309-2018-0-1001-JR-CI-01, seguido por Alejandro Rojas Buleje, sobre Inefi cacia de Titulo Valor, contra Pacifi co Cusco SAC y otro; en el que se ha emitido la resolución número 01, de 02-04-2018, que dispone: “ADMITIR a trámite la demanda interpuesta ALEJANDRO ROJAS BULEJE, sobre INEFICACIA DE TITULO VA-LOR, contra PACIFICO CUSCO SAC y BBVA BANCO CONTINEN-TAL; debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO SU-MARISIMO, en consecuencia, conforme el artículo 103.2 de la ley N° 27287 se ORDENA que el Banco BBVA Continental y Pacifi co Cusco SAC, RETENGAN el pago de las obligaciones representadas por los títulos valores materia de autos, para cuyo efecto gírese los OFICIOS respectivos, asimismo se DISPONE la publicación del extracto de la solicitud durante cinco días, en aplicación a la modifi catoria del artí-culo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario ofi cial de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello. Téngase en cuenta los medios probatorios ofrecidos para su oportunidad procesal, agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Primer Otrosí.-

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

Estese a lo dispuesto precedentemente. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros.

Cusco, 23 de abril de 2018.

ISABEL CRISTINA HUAMÁN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 6666119 F. (25, 26, 27, 30 ABR Y 02 MAY)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 1180-2017 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, dieciséis de marzo, de dos mil dieciocho.-(...)SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRE-SENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PRO-CESO INMEDIATO, a horas OCHO DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obli-gatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia.Quillabamba, 17 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 1194-2017RESOLUCIÓN N° 02, Quillabamba, dieciséis de marzo, de dos mil dieciocho.- (...) SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notifi cación válidamente en el Exp. 01194-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de JOHANS PENA CCAHUANA, por la comisión del delito la Seguridad, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción en Estado de Ebriedad o drogadicción previsto y sancionado por el primer párrafo del Art. 274 del Código Penal, en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEIN-TISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO y CUA-RENTA y CINCO DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del im-putado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia.Quillabamba, 17 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expedien-te: 007-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba. cinco de abril , de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PRO-CESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notifi cación válidamente en el Exp. 0007-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de EDSON JÚNIOR SÁN-CHEZ JIMÉNEZ, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚ-BLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las par-tes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...)Quillabamba, 17 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00025-2018RESOLUCIÓN N° 02.. Quillabamba. cinco de abril , de dos mil die-ciocho.- SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notifi cación válidamente en el Exp. 0025-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JOSÉ CLEMENTE HUANCAS MEGO, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚ-BLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las par-tes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...)Quillabamba, 17 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 01200-2017RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba. cuatro de abril , De dos mil die-ciocho.-(...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIA-TO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realiza-ción de la notifi cación válidamente en el Exp. 01200-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de DARÍO MAR ILLANES, por la comisión del delito Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio del J.D.M.C. representado por su progenitora Martha Callapina Noa.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIEN-CIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...)Quillabamba, 17 de abril del 2018

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00266-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, veintiocho de marzo De dos mil dieciocho.-PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLI-CA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, en el Exp. 0266-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de RICARDO GÓMEZ CCO-YORI, por la presunta comisión del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad de DELITOS COMETIDOS POR PARTICU-LARES, subtipo DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD previsto en el primer Párrafo del artículo 368° del Código Pena! en agravio del Estado representado por la PROCURADURÍA DE ASUNTOS JUDI-CIALES DEL PODER JUDICIAL..SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIEN-CIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...)Quillabamba, 17 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La ConvenciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiExpediente: 0067-2018RESOLUCIÓN N°02.Quillabamba, cinco de abril,De dos mil dieciocho.-SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notifi cación válidamente en el Exp. 0067-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JULIO DAVID RAMIRO CON-CHA, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIEN-CIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA.que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concu-rrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...)Quillabamba, 17 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La ConvenciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiExpediente: 00010-2018RESOLUCIÓN N° 02.Quillabamba, cinco de abril, de dos mil dieciocho.-SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notifi cación válidamente en el Exp. 0010-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JULS HERSON CANDÍA CUSIHUALLPA, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚ-BLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obliga-toria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...)Quillabamba, 17 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La ConvenciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiExpediente: 00268-2018RESOLUCIÓN N° 02.Quillabamba, seis de abril, de dos mil dieciocho.- (...)SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por inconcurrencia del imputado del cual se desconoce la realización de la notifi cación válida en el Exp. 00268-2018-0- 1010-JR-PE-01 en contra de STARKI CUNO LLAMA-CPONCCA, por la comisión del delito contra el Patrimonio en la mo-dalidad de Hurto, subtipo HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 186 del Código Penal, concordante con el artículo 185” del Código Penal, en agravio de Elena Challco Quispe.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIEN-CIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO DE LA MAÑANA, (...)

3.V.

EDICTO

Quillabamba, 17 de abril del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiExpediente: 00271-2018RESOLUCIÓN N° 02.Quillabamba, seis de abril ,de dos mil dieciocho.-SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por inconcurrencia del imputado del cual se desconoce la realización de la notifi cación válida en el Exp. 00271-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de MAGALI PAIVA HUA-MAN por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones, sub tipo agresión en contra de los miem-bros del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122-B del Código Penal en agravio de GABINO PECEROS ORTEGA.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIEN-CIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notifi cados el señor Fiscal, agraviado y la defensa del im-putado. (...)Quillabamba, 18 de abril del 2018

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

Resolución Nro.02Quillabamba, cinco de abril, del año dos mil dieciochoJuzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La ConvenciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiExpediente: 339-2018DE OFICIO: Habiéndose programado audiencia de acusación directa para fecha 12 de abril del 2018 y estando a la disposición de la ETI-PENAL, que en la fecha programada se realizara una maratón de au-diencias extraordinarias de procesos inmediatos, REPROGRÁMESE la audiencia pública de acusación directa para el día 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018 a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se ha de llevar a cabo en la Quinta Sala de Audiencias de esta Provincia, subsistiendo los apercibimientos precisados en autos, debiendo con-currir las partes obligadas bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESEQuillabamba, 18 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATAEXPEDIENTE: 01227-2016-21-2701-JR-PE-03JUEZ: JUDITH NELLY ATAPAUCAR BARRIENTOS.ESPECIALISTA JUDICIAL: EDITH DINA POMA SACA.NUMERO DE RESOLUCIÓN: RES. 03, de fecha 23 de abril del 2018.SE NOTIFICA al sentenciado EUSTAQUIO TACURI GARCÍA, a fi n de que asista a la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA SUS-PENDIDA, PROGRAMADA PARA EL JUEVES, 17 DE MAYO DEL 2018, A HORAS 08:31 DE LA MAÑANA (Hora Exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Prepa-ratoria de Tambopata, sito en Av. Ernesto Rivero N° 722 - I Bloque, 3o Piso- de ésta ciudad; ello por haberse dispuesto así en el incidente de Revocatoria de Pena N° 1227-2016-21, seguido en su contra por la comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio del menor de iniciales T.H.J., representado por su progenitura Josefi na Holgado Alcca.Puerto Maldonado, 23 de Abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DIS-PUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J.2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03524-2016-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCA-TIVA LOCAL DEL CUSCO, DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CION DEL CUSCO DEMANDANTE : BAEZ VIZARRETA, MARIOResolución Nro. 13Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 9 del 24 de noviembre de 2017 (folio 82 a 93) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonifi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abo-gado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho dere-cho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUIS-PE.- Nadhim Nicole Josselyene Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02518-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ESPINAR ,DEMANDANTE : CUELA PAIVA, JULIAResolución Nro. 8Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia conte-nida en la resolución N° 5 del 29 de setiembre de 2017 (folio 68 a 78) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herre-ra, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Rolando Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flo-res; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consi-deran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de

una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáti-camente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Jos-selyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 01714-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCIO NREGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DEMANDANTE : GARRAFA SANCHEZ, CELINAResolución Nro. 10Cusco, 18 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 23 de octubre de 2017 (folio 91 a 106) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro He-rrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abo-gado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho dere-cho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUIS-PE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00144-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE

QUISPICANCHI DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DEMANDANTE : UNSUETA GONZALES, MARIA GREGORIAResolución Nro. 10Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 6 del 28 de setiembre de 2017 (folio 93 a 104) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonifi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abo-gado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho dere-cho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUIS-PE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 01354-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCALDE CANAS ,DEMANDANTE : GARATE VELASCO, NELLY ELIZABETHResolución Nro. 14Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 9 del 27 de octubre de 2017 (folio 105 a 121) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonifi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abo-gado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia

Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho dere-cho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUIS-PE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 01716-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO ,UNIDAD DE GESTIO NEDUCATIVA LOCAL DE PARURO ,DEMANDANTE : BARRIENTOS CURI, CRISPINResolución Nro. 12Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 8 del 29 de setiembre de 2017 (folio 109 a 121) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonifi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abo-gado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cus-co y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho dere-cho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUIS-PE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03584-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CANAS ,DEMANDANTE : CHUQUITAPA PACHECO, BLANCA NOHEMYResolución Nro. 7Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 3 del 29 de noviembre de 2017 (folio 74 a 88) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonifi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para re-cibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al aboga-do que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido mali-cioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIE-RON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02820-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI DEMANDANTE : BUSTAMANTE MALDONADO, MARTHAResolución Nro. 8Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 3 del 22 de setiembre de 2017 (folio 63 a 76) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonifi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para re-cibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al aboga-do que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada

a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido mali-cioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIE-RON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02227-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DEMANDANTE : CONTRERAS FELIX, JOSE IGNACIOResolución Nro. 10Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia con-tenida en la resolución N° 6 del 24 de noviembre de 2017 (folio 119 a 139) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonifi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para re-cibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al aboga-do que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido mali-cioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIE-RON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03296-2016-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDU-

CATIVA LOCAL DEL CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDU-CACION DEL CUSCO DEMANDANTE : PILARES CONTRERAS, EDITH CONCEPCIONResolución Nro. 9Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente pro-ceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 24 de noviembre de 2017 (folio 75 a 89) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la boni-fi cación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consi-deran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y cele-ridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFA-RO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02560-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO ,DEMANDANTE : CHAVEZ OCHOA, RAUL GREGORIOResolución Nro. 8Cusco, 17 de abril de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 19 de octubre de 2017 (folio 44 a 50) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, docto-ra Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de

dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamen-te expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y cele-ridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFA-RO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.Cusco, 24 de abril de 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENTE: 0052-2018-0-1009-JR-PE-01JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATESe pone en conocimiento del señor JUSTINO CHACCA CORDOVA, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra JUSTINO CHACCA CORDOVA, por el delito con-tra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija de iniciales L. D. Ch. T., representado por su progenitora Maritza Taco Leandro; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLU-CIÓN N° 01 de fecha trece de marzo del dos mil dieciocho, que resol-vió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el impu-tado JUSTINO CHACCA CORDOVA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de ofi cio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el pla-zo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratifi car al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar De-fensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notifi carse con el presente requerimiento, y a los de-más sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución nú-mero tres se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el OCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE Y QUINCE HORAS.-Espinar, 19 de Abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENTE: 00190-2017-0-1009-JR-PE-01JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMATITOESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATESe pone en conocimiento del señor WILFREDO CCAPA ALVAREZ, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra WILFREDO CCAPA ALVAREZ, por el delito con-tra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de sus hijos LM.C.T. ; C.R.C.T. y J.E.C.T, representados por su progenitura MARI-SOL TAIPE MEZA; asimismo, se pone en su conocimiento la RESO-LUCIÓN N° 01 de fecha veintisiete de marzo del dos mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso In-mediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado WILFREDO CCAPA ALVAREZ. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene dere-cho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de ofi cio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el pla-zo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratifi car al abogado defensor designado por el Ministerio

La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar De-fensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notifi carse con el presente requerimiento, y a los de-más sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución nú-mero dos se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS.-Espinar, 20 de Abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL

1o JU2. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar.EXPEDIENTE: 0028-2016-48-1009-JR-PE-01JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMATITOESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINOSe pone en conocimiento de YOLANDA CCORI HILARIO, APOLINA-RIO CHALLCO MAMANI, AURELIA CARRASCO FLOREZ Y VIRGI-NIA PACHECO TAIPE, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha formulado CUSACION PENAL en contra de ALAIN FRANKLIN MEJIA AGUILAR, por la presunta comisión del delito contra el Patri-monio, modalidad de Estafa Genérica, tipo ESTAFA, prevista en el artículo 196 del Código Penal, en agravio de BASILIO CCOLQQUE PAUCCARA, VIRGINIA PACHECO TAIPE, FREDY SONCCO CHA-RA y YOLANDACCORI HILARIO y la CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO “LOS ANDES S.A.”; asimismo, se pone en su conocimiento que mediante resolución número once se dispuso reprogramar la au-diencia de Requerimiento Mixto para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS.Espinar, 20 de Abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Lis Dennis Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 06 del 23 de abril del 2018, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 31-2017-8-1013-JR-PE seguido contra Emiliano Quispe Quispe, por el Delito de Violación de persona en incapacidad de resistencia, con la resolución 06 del 23 de abril de[ 2018, en con-secuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 06 del 23 de abril del 2018 este Despacho DISPONE: (...)DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notifi cación al acusado Emiliano Quispe Quispe. 1. REPROGRAMAR LA PRESEN-TE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MI-NUTOS, diligencia a verifi carse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon S/N del Cercado de Paucartambo. 2. SE DISPONE la notifi cación del acusado Emiliano Quispe Quispe en su domicilio real, la misma que deberá remitirse al Juez de Paz de Colquepata; sin perjuicio de ello se dispone se notifi que al imputado mediante edictos de ley en el Diario Judicial de Cusco.3. SE DESIGNA como abogado del imputado Emi-liano Quispe Quispe al defensor público del Ministerio de Justicia de Paucartambo, Abogado William Mamani Vilcanqui, quien deberá de asumir la defensa del imputado conforme a ley. 4. SE DISPONE la notifi cación de los demás justiciables con arreglo a ley. H.S.-

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO PENAL

Exp. N° 01508-2017-0-2701-JR-PE-03Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata – Madre de Dios.Juez: Edgard León Quispe.Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera.Se notifi ca al imputado Manuel Luis Gamboa Palomino lo dispuesto mediante Resolución N° 06 de fecha doce de abril del dos mil diecio-cho, mediante el cual se reprograma la Audiencia Única de Incoación del Proceso Inmediato, con carácter INAPLAZABLE para el día 30 DE

MAYO DEL 2018 a horas 08:00 de la mañana, la que se realizará en la Sala de Audiencias del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivera N° 722 – Puerto Maldonado, 1er. Bloque 3er Piso.-Puerto Maldonado, 18 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO PENAL

EXP: Nro. 01620-2018-0-1001 -JR-PE-07SÉPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio ChávezSEÑOR: SEBASTIAN CRUZ CONDORISe ha dispuesto notifi car lo dispuesto en el Acta de Audiencia de fecha 12/04/2018, cuyo contenido es el siguiente:Acta de Audiencia de fecha 12/04/2018JUEZ: Verifi ca el debido emplazamiento al imputado, conforme el requerimiento fi scal, SE REPROGRAMA la presente audiencia para el DÍA TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LATARDE CON TREINTA MINUTOS, acto que se realizara en la Décimo Segunda Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco, para lo cual el Especialista de Causa deberá de NOTIFICAR por edictos al imputado, por lo que de-berá publicar en el diario judicial, por tres veces consecutivas, por lo que las partes concurrentes quedan debidamente notifi cados.III. NOTIFICACIÓNFISCAL: Conforme.DEFENSA DE LA PARTE AGRAVIADA: Conforme.DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme.Cusco, 24 de Abril del 2018

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO PENAL

SEÑORES: EBER QUISPE CONDORIMARIBEL SAIRE CONDENALa señora Jueza encargada del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Mamani Mayta, en el proceso Nro 603-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Eber Quispe Condori, por el delito de Agresiones en contra de laMujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Maribel Saire Concieña, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodrí-guez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con el Acta de Audiencia del 13/04/18 cuyo contenido es el siguiente:ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSA-CIÓN I. INTRODUCCIÓN (...) II. ACREDITACIÓN (...) RESOLUCIÓN N° 04.- Cusco, 13/04/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por inconcurrencia injustifi cada del representante del Ministerio Públi-co, pese a estar notifi cado en fecha 31 de enero del 2018.- 2. REPRO-GRAMESE esta audiencia para ser continuada el día 03 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A 15:30 HORAS A REALIZARSE EN LA SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, quedando subsistentes los apremios dictados en resolución Nro. 01, notifíquese con la presente a las partes procesales inconcurrentes.- III NOTIFICACIÓN: (...)IV. CONCLUSIÓN: (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Fortunata Mamani Mayta, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 23 de abril del 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO PENAL

SEÑOR: PERCY CHAUCA QUISPE.La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 1543-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra PERCY CHAUCA QUISPE, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la sa-lud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de Sonia Quispe Vargas, ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 20/03/18

cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, veinte de marzo. Del dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa presentado por la Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Cusco; y, CONSIDERANDO: (...) 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acredita-dos, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que de-terminados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) 3. CITAR para el día DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. HÁGASE SABER. Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Hua-cac Carrillo, de que doy fe.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secre-tario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00818-2017-0-1014-JM-FT-01, sobre Abandono Moral y Material de Menor, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido del auto admisorio, contenido en la resolución N° 01 de fecha 04 de enero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: APERTU-RAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material a favor de la menor Yeny Inquillay Inquillay de 15 años de edad, contra sus progenitores don Justo Inquillay Ancalle y de Celestina Inquillay Uturunco: Se dispone se realicen las siguientes diligencias: 1) Exa-men Sicosomático en los menores por tutelar.- 2) RECÁBESE infor-me del equipo multidisciplinario a fi n de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor.- 3) Recábese el examen físico y psicológico de la menor Yeny Inquillay Inquillay prac-ticado por el instituto de Medicina Legal de Quispicanchi.- 4) RECÁ-BESE la declaración de los progenitores de la menor por tutelar.- 5) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fi n de que alguna persona interesada concurra a despacho.- Gírense los ofi cios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias. AL Pri-mer otrosi.- Téngase en cuenta.- Segundo más dice: Como medida de protección continúe el menor en poder de la señora Paulina Condori Larota conforme al acta de entrega que precede hasta las resultas del presente proceso.- H.S.-Urcos, 12 de marzo de 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Urcos. que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secre-tario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00042-2017-0-1014-JM-FT-01, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Quispicanchi, a favor de los menores Rolando Ccana-huire Rojo y Gabriel Víctor Ccanahuire Rojo, sobre Abandono Moral y Materia, contra su progenitor Telesforo Ccanahuire Puma., se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido el auto de apertura de investigación, contenido en la resolución N° 01 de fecha 01 de febrero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: 1) Abrir INVESTIGACIÓN TUTELAR POR ABANDONO a favor de la menor CATHERINE TECSI TURPO (15 años), emplazando a Fortunata Tur-po Chillihuaní y Simón Tecsi Huisa. 2) SE DISPONE: La actuación de

las siguientes diligencias: 3.1. Se recabe la declaración de la menor Catherine Tecsi Turpo. 3.2. Se recabe la declaración de los progeni-tores de la menor, debiendo presentarse debidamente identifi cados al local del juzgado en la fecha y hora indicada bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza ordenándose su captura a nivel nacional, debiendo de notifi cárseles en su domicilio real consignado en la demanda.- 3.3. Se señala fecha para la diligencia de declaración el día TRES de OCTUBRE del presente a las ONCE de la mañana (11:00 a.m.) - 3.4. PRACTÍQUESE: una pericia psicológica de la me-nor tutelada Catherine Tecsi Turpo. (15 años) la que estará a cargo del Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 3.5. SE SOLICITE informe del equipo multidisciplinario a fi n de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor, debiendo rea-lizar una visita al domicilio donde se encuentra viviendo. Cumplido sea remítase los actuados para Vista Fiscal 3.6. Se publique vía edictos la presente investigación a fi n de que alguna persona interesada concu-rra al despacho judicial. H.S.Urcos, 28 de Marzo de 2018.

J. S (25, 26, 27 ABR)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Acomayo, que despacha la Sra. Juez Dra. Kelyn Haydee Tapia Llerena, y bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Richard Huaman Baca; se viene trami-tando el Proceso Judicial N° 00024-2016-0-1003-JP-CI-01, sobre Obligación de dar suma de dinero; en la cual se ha resuelto: SE RE-SUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la deman-dante NELLY ESQUIVEL MAYORGA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO de la suma ascendente a dieciocho mil nuevos soles monto que incluye los intereses que alega la parte, así como las costas y costos del proceso, contra NELSON GALINDO MATURI JIMENEZ Y VALENTINA LUCERO CARRASCO CONTRERAS. En la vía procedimental correspondiente al PROCESO SUMARISIMO. Y estando a lo dispuesto en el Artículo 554 del Código Procesal Civil CONCÉDASE TRASLADO a los Demandados Nelson Galindo Maturi Jiménez y Valentina Lucero Carrasco Contreras, para que contesten la demanda dentro del PLAZO DE CINCO DÍAS bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Por ofrecido el medio probatorio adjunto y agréguese a sus antecedentes los anexos presentados. NOTIFIQUE-SE a los demandados en la dirección consignada en autos, Habilítese lugar, día y hora para la notifi cación a los demandados incluso sába-dos, domingos y feriados. AL OTROSÍ DIGO.- Téngase en cuenta. NOTIFÍQUESE A LOS DEMANDADOS REFERIDOS con un extracto del auto admisorio de la demanda; debiendo de publicarse por Edictos Judiciales por tres veces consecutivos en el Diario la República y el Portal Web del Poder Judicial. Hágase Saber. Sigue media fi rma de la Sra. Magistrada. Secretario Judicial Abg. Richard Huaman Baca.

Acomayo, 16 de abril del 2018.

RICHARD HUAMAN BACASECRETARIO JUDICIAL

P. 6656731 F. (25, 26, 27 ABR)

La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

HoraNúmero de

Expediente

Tipo

AudienciaMateria Demandado Demandante Magistrado

08:00-08:29 03415-2017-0- CONCILIACION PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CONSORCIO ORION CUSCO SRL

RODRIGUEZ DE CALLE BETTY CANDELARIA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 03849-2017-0- CONCILIACION PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

UGARTE ALFARO MARCOS ANTONIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 04005-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

FLORES CUSIHUAMAN JUVENAL

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59 02430-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CUSCO

ALIAGA NINA JHONY RONALD

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59 02527-2017-0- JUZGAMIENTO POR DEFINIR MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

CHAVEZ CONDORI VALERIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 02064-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

HUAMAN ORTIZ LISBETH COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 03982-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

PARRA AQUINO HENRY COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-14:29 02678-2016-0- CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

CUBA PEREZ ANA CECILIA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 04058-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

HUAMANI CUBA LUCIA COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 03858-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SA ENACO SA

GUILLEN VALENCIA HILARIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59 04152-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

JANCCO TINOCO PLACIDO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59 03978-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

PUMA PARIGUANA SANDRA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 02724-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES JEFATURA REGIONAL 9 DE CUSCO DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

TORRES PEREZ RUFO COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 03983-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

SUYO QUISPE LIDY ELISA COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:30-15:29 02814-2017-0- AUDIENCIA COMPLEMENTARIA

DERECHOS LABORALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

CONDORI ZAPATA FLORENCIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 03818-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

HUAYHUA PANOCCA ANDREA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 04099-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ZAMBRANO PAUCAR ELIZABETH

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59 03575-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

BARCENA UGARTE YANET CORINA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59 02473-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ZAMATA CUSI TULA COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 02291-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

SANTOS SALAS WILDEN COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 03985-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

ATAULLUCO VEGA PATTY COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-15:29 01083-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DEL CUSCO

CANAL GARCIA NICOMEDES HERACLIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 03749-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

SALLO CANO BIBIANA COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 03754-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

HERRERA MERMA MARCO ANTONIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59 01795-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

QUINTO QUISPE MARIO COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59 01183-2017-0- JUZGAMIENTO PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MONTESINOS MORA JUANA JUDID

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 02790-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

DONGO CALLO MARIA DEL ROSARIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 02794-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

HUILLCA CONDORI JUSTINA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-14:59 01913-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

CARPIO CJUNO NESTOR COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 03701-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES EMPRESA DE GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC

MUÑOZ VILLACORTA JUAN

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 04073-2017-0- CONCILIACION PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

MAYA INVERSIONES E.I.R.L. VILLASANTE VELARDE VLADIMIR

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59 03840-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO

VARGAS CABALLERO MARY ESTHELLA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59 00187-2017-0- UNICA ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

LEZAMA CUSIHUAMAN DELIA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-12:00 03843-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

ALVAREZ CCORI FROILAN COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:05-12:59 02796-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

RIVAS SANTOS CONCEPCION

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-14:29 02400-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DECUSCO

BACA DUEÑAS PASCUAL COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:30-14:59 02814-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

CONDORI ZAPATA FLORENCIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

15:00-16:30 01710-2016-0- JUZGAMIENTO PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR AGRARIO LTDA 528

ECHARRY ROMERO RONAL

COLQUE ROJAS RODOLFO,

LUNES DÍA DE 23 ABRIL DEL AÑO 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO

RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 23 AL 27 ABRIL DEL 2018

LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS

UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

MARTES, DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018

MIERCOLES, DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018

JUEVES, DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018

VIERNES, DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

LUNES DÍA DE 23 ABRIL DEL AÑO 2018

08:00-08:59 04530-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

HUAMAN PAUCAR YUDITH

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-09:59 03928-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

ZENAYUCA SARA MICHAEL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

10:00-11:59 03669-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

CHARA CACERES JUANA PAULINA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

12:00-12:59 03250-2016-0- AUDIENCIA COMPLEMENTARIA

INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMP. DE NORMAS LABORAL

PROYECTO ESPECIAL PLAN COPESCO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

CALLAPIÑA CHANCO CARMEN

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-14:59 00051-2018-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO

HUANCA MONROY ANA CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59 04543-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

ESPEJO YBARRA SALUSTIO SALUMNIO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-09:59 04323-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

OROSCO FLOREZ JUDITH PATRICIA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

10:00-10:59 01482-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES COSITUC ROJAS PALIZA NESTOR AUGUSTO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59 03033-2017-0- JUZGAMIENTO REPOSICION EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO INTERNACIONAL PALOMINO S.A.C

HUAYHUA ROMERO JUVENAL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:00 00464-2018-0- CONCILIACION POR DEFINIR MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

CHOCCATA QUISPE JULIAN

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59 00057-2018-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

QUISPE ARANYA JULIANA CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 03368-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES CORPORACION KHIPU SAC MEZA DEL CASTILLO MIRIAM ELIANA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59 04550-2017-0- UNICA NULIDAD DE DESPIDO INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE IMA

MERCADO ARAGON JHON

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:00 00587-2018-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

ROJAS YAPURA IVAN CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59 00076-2018-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

NUÑEZ LLAMOCCA JOSE CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 01572-2015-0- JUZGAMIENTO INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMP. DE CONTRATO

SALUSTIO BECERRA NINAN EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU SA

11:00-12:59 03432-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MEDICOS ASOCIADOS CUSCO SOCIEDAD ANONIMA - MAC S.A.

DIAZ RODRIGUEZ SUSANS CONNE

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:30 00233-2018-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

HUARCCA HUARHUA JULIAN FELIPE

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:30-08:59 04466-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

QUISPE MEDINA FELIX CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-09:59 03966-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

QUISPE CCOLQUE NOEMI CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

10:00-11:59 03247-2017-0- JUZGAMIENTO INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

BANCO FINANCIERO DEL PERU

DELGADO ZUNIGA NEYSSA CAROL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

12:00-12:59 04482-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POROY

HUALLPAYUNCA CCOTO BENEDICTO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:00-15:29 02952-2017-0- JUZGAMIENTO PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA CUSCO

ROSELL BOCANEGRA LOURDES

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

10:00-10:59 00184-2018-0- AUDIENCIA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

ODIN INGENIEROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ODIN INGENIEROS SCRLTDA

GUZMAN PALLANI FERNANDO VIDAL

CASTILLO CRUZ NAYDA,

15:00-15:59 00182-2018-0- AUDIENCIA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

CONCESIONARIO VEHICULAR DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CVSUR S.A.C.

MONROY HUAMAN MILAGROS

CASTILLO CRUZ NAYDA,

10:00-10:59 00188-2018-0- AUDIENCIA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CONSORCIO ORION CUSCO S.R.L.

GONZALES TORRES JOSEFINA

CASTILLO CRUZ NAYDA,

11:30-12:29 02173-2017-0- UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

BAEZ CHOQUE ALBERTO PROCURADOR PUBLICO DE ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL

CASTILLO CRUZ NAYDA,

09:00-09:59 00190-2018-0- AUDIENCIA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

FLORES PACHECO SARA QUINTANILLA VASQUEZ RICHARD EVELYN

CASTILLO CRUZ NAYDA,

11:00-11:59 00214-2018-0- UNICA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CONECTA RETAIL S.A. SOLORZANO SOLALIGUE KEVIN ADRIAN

CASTILLO CRUZ NAYDA,

09:00-09:59 02162-2017-0- AUDIENCIA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CONCESIONARIO VEHICULAR DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

VILLENA QUISPE ROCIO RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,

09:00-10:29 00251-2018-0- UNICA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

ANDEAN TECHNOLOGY SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CHAVEZ ALVAREZ ROSS MERY

RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,

LUNES DÍA DE 23 ABRIL DEL AÑO 2018

MARTES, DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018

MIERCOLES, DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018

JUEVES, DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018

VIERNES, DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 3º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

MARTES, DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018

VIERNES, DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 4º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

MIERCOLES, DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018

JUEVES, DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018

La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

La República 17SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

La República18 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

La República 19SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

La República20 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

Chaninchay REVISTA DE LA

MESA DE COORDINACIÓN DE JUSTICIA INTERCULTURAL REGION

CUSCO1

“REALIDAD DE LA JUSTICIA ESPECIAL O COMUNAL”

Dr. Félix Villegas Cajachahua, Juez del Juzgado Mixto de Paruro, del Distrito Judicial de Cusco, Doctor en Derecho Penal y Procesal Penal por la Universidad Nacional San Antonio Abad de Cusco.

RESUMEN: Uno de los problemas que se vienen teniendo es y ha sido la praxis de la justicia especial o comunal, todo ello debido a la falta

de respeto a la identidad étnica y cultural que presentan las comunidades campesinas, pese a tener existencia legal con personería

jurídica, y en algunos casos la falta de usar su propio idioma, los mismos que muchas veces a través de la justicia formal no se ha

respetado, que ahora recién se vienen superando. Así mismo es necesario la interrelación de la justicia formal u ordinaria con la especial o

comunal, ya que muchas veces se han llegado incluso a sancionar a directivos cuando han aplicado sus normas consuetudinarias, claro es

que muchas sanciones han excedido los derechos humanos por desconocimiento.

1. La Constitución y la justicia Especial o comunal

Nuestra Constitución de 1993, en los artículos 2 inciso 19 y 89, donde se señala disposiciones que reconocen la identidad étnica y

cultural de las personas como un derecho fundamental a la vez de un deber del Estado de respetarla; y que el artículo 149 reconoce

la facultad jurisdiccional de las comunidades campesinas y comunidades nativas, con apoyo de las rondas campesinas, y dispone la

coordinación entre estas organizaciones con la Justicia de Paz y las demás instancias del Poder Judicial, pero que aún no se han

concretado pese a los esfuerzos del ODAJUP del Poder Judicial.

Es necesario precisar que el artículo 149, interpretado a la luz del Convenio 169 (Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países

Independientes 1989) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)2 fundamentalmente lo establecido en los numerales 8 y 93,

1 La Mesa de Coordinación de Justicia Intercultural Región Cusco, creado el 05 de junio del 2015, con la finalidad de promover y consolidar un sistema de justicia intercultural, que responda a la diversidad étnica y cultural de nuestra Región Cusco. A través de la Escuela de Justicia de Paz e Interculturalidad

de la Corte Superior de Justicia de Cusco, la “MESA DE COORDINACIÓN EN JUSTICIA

INTERCULTURAL”, con la participación de representantes de la justicia ordinaria (Jueces, Fiscales, Policías, Defensa Pública, Abogados, etc. ) y representantes de la justicia comunal-especial ( Rondas Campesinas, Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y jueces de paz), vienen implementado la REVISTA: CHANINCHAY (hacer verdadera justicia), con la finalidad de difundir experiencias, conocimientos, buenas prácticas y otros con enfoque intercultural; y a través de ello, aportar a la mejorar de los niveles de Dialogo y Acceso a la Justicia en el Distrito Judicial de Cusco.

2 Ratificado por el Estado peruano mediante Resolución Legislativa N° 26253, del 2 de diciembre de 1993. 3 “ARTICULO 8. 1. Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario. 2. Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente

es un avance significativo respecto a las normas que reconocen la jurisdicción especial y de su relación con la jurisdicción ordinaria.

Podemos señalar a la Ley General de Comunidades Campesinas4 (ley 24656) y a la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo

Agrario de la Selva y de Ceja de Selva5 (Decreto Ley 22175), donde en forma expresa o implícitamente, reconocen a las comunidades

campesinas y nativas la facultad de resolver conflictos pero circunscrita a un listado de materias y sin pronunciarse sobre la

coordinación interforal6. Es necesario señalar que la Ley Orgánica del Poder Judicial (Decreto Supremo 017-93-JUS) no contemplaba

disposiciones referentes a la coordinación con la jurisdicción especial7. En este sentido, es la Ley de Justicia de Paz (Ley 29824) la

primera en ofrecer algunas respuestas sobre la necesaria coordinación con la jurisdicción ordinaria y la especial8. Ante esta realidad

normativa, el Poder Judicial asume el reto de elaborar y aprobar el “Protocolo de Coordinación entre Sistemas de Justicia”, como

una primera respuesta del Estado frente al artículo 149 de la Constitución, que sirva para delimitar sus principios y las principales

pautas de coordinación inter-normativo, mientras el Congreso de la República aprueba una ley especial, que a la fecha no ha sido

promulgada, pese haber realizado propuestas por el Poder Judicial, Defensoría del Pueblo, y otras instituciones.

Sin embargo el Poder Judicial a través de las Salas Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República,

emitieron el Acuerdo Plenario N° 1-2009/CJ-116 (13 de noviembre de 2009), a través del cual resolvieron decretar su carácter de

precedente vinculante, donde se estableció como fundamento al derecho a la identidad cultural, al artículo 149 de la Constitución y

al Convenio 169 de la OIT, por lo tanto, se determinó que las Rondas Campesinas forman parte de un sistema especial en los lugares

y espacios rurales del país en que existen y por tanto poseen facultades jurisdiccionales.

2. Importancia de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad

Este instrumento del derecho internacional elaborado en el contexto de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana del año 2008 y

posteriormente ratificado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el año 2010, mediante Resolución Administrativa 266-2010-CE-

PJ, incluye la regla 489 cuyo tenor trata sobre la necesidad de impulsar los sistemas de justicia especial y propiciar su armonización

con el sistema de justicia estatal.

reconocidos. Siempre que sea necesario, deberán establecerse procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio. 3. La aplicación de los párrafos 1 y 2 de este artículo no deberá impedir a los miembros de dichos pueblos ejercer los derechos reconocidos a todos los ciudadanos del país y asumir las obligaciones correspondientes. ARTICULO 9. 1. En la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros. 2. Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia”. 4 Ley N° 24656. Ley de Comunidades Campesinas. 13 abril 1987. 5 Decreto Ley N° 22175. Ley de Comunidades Nativas y Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva. “Artículo 19.- Los conflictos y controversias de naturaleza civil de mínima cuantía que se origine entre los miembros de una Comunidad Nativa, así como las faltas que se cometan, serán resueltas y sancionadas en su caso, en forma definitiva, por sus órganos de gobierno. En los procesos civiles y penales los Tribunales Comunes o Privativos, según el caso, tendrán en cuenta al resolver, las costumbres, tradiciones, creencias y valores socio-culturales de las Comunidades” 6 Por ejemplo, el artículo 19 del decreto ley 22175 señala que las comunidades nativas tienen competencia para atender faltas y conflictos civiles de mínima cuantía. 7 Cuando la Constitución entró en vigencia, la Ley Orgánica del Poder Judicial sólo reconocía a la Justicia de Paz y establecía sus competencias en el artículo 61 y siguientes, pero no contenía disposiciones sobre su relación con las autoridades de la jurisdicción especial. 8 Esta última norma fue promovida por el propio Poder Judicial por el rol preponderante que los jueces de paz desempeñan en el acceso a la justicia y en la coordinación interforal. 9 “48. Con fundamento en los instrumentos internacionales en la materia, resulta conveniente estimular las formas propias de justicia en la resolución de conflictos surgidos en el ámbito de la comunidad indígena, así como propiciar la armonización de los sistemas de administración de justicia estatal e indígena basada en el principio de respeto mutuo y de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos”.

La República 21SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

3. Problema de Interculturalidad

Aquí es necesario tener presente la Interculturalidad, que constituye un presupuesto de actuación, es decir, supone el diálogo y

encuentro entre grupos con manifestaciones culturales distintas, no sólo en base a condiciones de respeto mutuo de las diferencias

y de igualdad de circunstancias sociales, sino además precisando que los grupos implicados se reconozcan recíprocamente

capacidad de reacción cultural, sin discriminación, que va más allá de la existencia de varios grupos en un mismo espacio social y

político.

Podemos afirmar que el problema de la interculturalidad podemos decir, que es un enfoque reciente y está afectando y

modificando progresivamente la legislación nacional e internacional, hacia normas que reconocen diferentes culturas y que nos

lleva a la disminución de prácticas excluyentes o discriminatorias, apuntando hacia una sociedad construida sobre la inclusión y el

derecho de las diferencias10

4. La Justicia especial en nuestra realidad

Podemos enfatizar que la justicia especial tiene cobertura constitucional al ser fruto de la costumbre y del derecho consuetudinario,

los que al final constituyen fuentes del derecho. Si tenemos en cuenta que la justicia especial es una práctica extendida en la

población rural y existe conciencia que es el mecanismo idóneo para resolver sus conflictos, se puede concluir que es expresión de

una costumbre en zonas donde existen comunidades campesinas y nativas, de ahí que sus decisiones sean constitucionales.

Debemos también señalar que la justicia especial, constituye un instrumento, mediante el cual el Estado cumple con la obligación

de garantizar y proteger el pluralismo cultural contenido en el artículo 2 inciso 19 de la Constitución, y con la obligación de

garantizar la plena vigencia de los deberes señalados en el artículo 44, por tanto la justicia especial es el órgano competente ante el

cual la población rural deberá ejercer el derecho de acceso al órgano jurisdiccional, derecho contenido en el artículo 139 inciso 3, la

observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.

En suma podemos afirmar que la jurisdicción especial se halla vinculada a la Constitución Política, así lo ha señalado el Tribunal

Constitucional en su jurisprudencia, señalando que en el Estado Constitucional de Derecho no existen zonas exentas de control

constitucional, lo que denota que no existen zonas ajenas a la fuerza y a la eficacia normativa de la Constitución Política, cuando

señala: “(…) En este sentido, cabe remarcar que tal como lo ha señalado en abundante jurisprudencia este Tribunal en el modelo de

Estado sometido a la fuerza normativa y valorativa de la Constitución no cabe admitir la existencia de zonas exentas de control”11.

5. Derechos a la tutela judicial y debido proceso en la justicia especial

El jurista Bernardis, señala, que la tutela judicial efectiva, es uno de los derechos fundamentales de las personas que se encuentra

íntimamente vinculado con su posibilidad de acceder a la justicia y preservar su libertad12. Es necesario tener en cuenta lo que

señala el ex Presidente del Tribunal Constitucional, César Landa, pues señala que el derecho a la tutela judicial es un derecho

fundamental que junto con el debido proceso se incorpora al contenido esencial de los derechos fundamentales, como elemento

del núcleo duro de los mismos, permitiendo de esa manera que a un derecho corresponde siempre un proceso y que un proceso

suponga siempre un derecho, pero, en cualquiera de ambos supuestos su validez y eficacia son definidas por su respeto a los

derechos fundamentales13

También es necesario tener en cuenta lo que señala el Tribunal Constitucional14, respecto de la tutela judicial efectiva es un

“derecho constitucional de naturaleza procesal en virtud del cual toda persona o sujeto justiciable puede acceder a los órganos

10 Javier La Rosa Calle. Acceso a la Justicia en el Mundo Rural. Instituto de Defensa Legal. IDL. Lima. 2007. Pág.71. 11 Sentencia del Tribunal constitucional recaída en el EXPEDIENTE N° 00009-2007-PI/TC y EXPEDIENTE N° 00010-2007-PI/TC (acumulados), fundamento 22. 12 Luis Marcelo Bernardis. La Garantía Procesal del debido proceso. Biblioteca Universitaria de Derecho Procesal. Cultural Editores S.A. Lima. 1995. Pág. 412. 1313 César Landa. Derecho fundamental al Debido Proceso y a la Tutela Jurisdiccional. En Pensamiento Constitucional N° 8 Año VIII. PUCP-MDC. Lima. 2001. Pág. 446. 14 Expediente N° 08123-2005-HC/TC. Fundamento jurídico 6. “Mientras que la tutela judicial efectiva supone tanto el derecho de acceso a los órganos de justicia como la eficacia de lo decidido en la sentencia, es decir, una concepción garantista y tutelar que encierra todo lo concerniente al derecho de

jurisdiccionales, independiente del tipo de pretensión formulada y de la eventual legitimidad que pueda o no, acompañarle a su

petitorio15

Todo ello hace que las autoridades de la jurisdiccional especial deberán respetar las reglas mínimas del debido proceso que

constituyen una práctica habitual en las comunidades campesinas, comunidades nativas o en el ámbito de intervención de las

rondas campesinas, tales como el derecho al propio idioma, el derecho de defensa, la igualdad de la partes, la imparcialidad o la

presunción de inocencia, en concordancia con el derecho de la identidad cultural.

BIBLIOGRAFIA.

1. Alejandro Diez Hurtado. LA JUSTICIA DEL ESTADO, LAS JUSTICIAS COMUNALES Y LA INTERCULTARILIDAD, en: Javier La Rosa Calle.

ACCESO A LA JUSTICIA EN EL MUNDO RURAL. IDL. Lima. 2007.

2. Instituto de Defensa Legal. COMENTARIOS A LA PROPUESTA DE LEY DE DESARROLLO DEL ARTÍCULO 149 DE LA CONSTITUCIÓN:

LEY DE COORDINACIÓN ENTRE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL Y LA JURISDICCIÓN ORDINARIA. IDL. Lima. Setiembre 2010.

3. Juan Carlos Ruiz Molleda. LA CONSULTA PREVIA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL PERÚ. Compendio de legislación y

jurisprudencia. IDL. Lima. 2014.

4. Protocolo de coordinación entre sistemas de justicia. 5. Protocolo de actuación en procesos judiciales que involucren a comuneros y ronderos. 4. Constitución Política del Estado. 1993.

acción frente al poder-deber de la jurisdicción, el derecho al debido proceso, en cambio, significa la observancia de los derechos fundamentales esenciales del procesado, principios y reglas que lo integran tienen que ver con las formalidades estatuidas, tales como las que establecen el juez natural, el procedimiento preestablecido, el derecho de la defensa, la motivación, en su faz sustantiva, se relaciona con los estándares de justicia como son la razonabilidad y proporcionalidad que toda decisión judicial debe suponer”. 15 Expediente N° 00763-2005-PA/TC. Fundamento jurídico 6.

La República22 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00360-2016-0-1018-JM-CI-02 Luis Pinto Cosio y otra Vilma Aquino Puma y otros Proceso de amparo sentencia 2JMx Santiago Dirimencia Pereira Alagón

2 08:20 00048-2018-0-1001-SP-CI-01 Paulino Chacmana Fuentes Roberto Illaconza Camargo y otra Reivindicación sentencia JMx Acomayo Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00866-2017-0-1001-JM-CI-02 Felipe Segundo Yañez Manggini Juez del Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq Proceso de amparo auto

improce 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00082-2018-0-1001-JM-CI-01 Teofilo Peceros De la Cruz Ministerio del Interior y otro Proceso de amparo auto improce 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00049-2017-0-1001-JR-CI-03 Juan Walter Muñoz Ciprian Municipalidad Distrital de Wanchaq

Contencioso administrativo sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 01183-2017-0-1001-JM-FC-01 Serapio Izquierdo Valdivia Luisa Garnilla Calderón Divorcio por causal sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00667-2010-0-1001-JR-CI-04 Mauricia Nelly Pezo Herrera y otro Empresa MAESCANO S.A.C. y otros Prescripción adquisitiva sentencia 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00865-2015-0-1018-JM-CI-02 Saturnina Ramos Kutucalla Lucas Solis Sihuin División y partición sentencia 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 00093-2015-0-1001-SP-CI-01 Leandro Huaman Quispe Getrudes Aquino Ccanchi Nulidad de acto jurídico sentencia JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 01603-2014-0-1001-JR-CI-02 Irvin Zevallos Quispe Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián

Nulidad de cosa Juzgada fraudulenta sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 01110-2017-0-1001-JR-CI-01 Cirilo Mojonero Ramos Asociación de Vivienda de Trabajadores Ferroviarios Wanchaq

Nulidad de cosa Juzgada fraudulenta

auto improce 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:10 00458-2016-0-1001-JM-CI-01 Jose Luis Bolivar Pacheco Rodolfo Yabar Ordoñez y otros Nulidad de cosa Juzgada fraudulenta sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

13 09:15 01421-2015-0-1001-JR-CI-02 Carlota Amelia Galimberti Camacho y otro

Ethel Raquel Galimberti Camacho División y partición sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

14 15:00 00271-2017-11-1001-SP-CI-01 Pedro Hector Tapia Benavente Mario Santos Huaman y otra Nulidad de acto jurídico auto excep. JMx Urubamba Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 02607-2017-0-1001-JR-CI-05 Víctor Raúl Malpartida Jara Juez Sandra Contreras Campana y otra

Nulidad de cosa juzgada fraudulenta

auto improce 5JCC Vélasquez-Holgado-Gutierrez

2 08:20 01871-2012-0-1001-JR-CI-02 Maria Natividad Corrales Valencia Hernan Edwin Chavez Pedraza y otra

Nulidad de acto jurídico sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 01569-2011-0-1001-JR-CI-02 Antonio Cárdenas Anaya Roxana Gonzales Silva y otra Declaración de derecho de propiedad sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 01452-2012-0-1001-JR-CI-03 Haildaura Irene Gamarra Pereyra Ana Victoria Barrionuevo Jance y otros Obligación de hacer sentencia

consulta 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00121-2017-0-1001-JR-FP-04 Ministerio Público Menor de iniciales AAC Infracción a la ley penal -robo agravado sentencia 4JFC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 05287-2016-0-1001-JR-FC-02 Luzmila Panty Hermoza Moises mario Mena Meza Divorcio por causal sentencia consulta 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 03243-2016-0-1001-JR-FC-03 Dante Lopez Vera Marina Carmona Cuadros Divorcio por causal sentencia consulta 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

8 15:00 00625-2016-65-1001-JM-CI-01 Clorinda Nuñez Del Prado Tamayo Rolando Ramos Obregon y otros Nulidad de acto jurídico auto excep 1JMx Wanchaq Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00581-2017-0-1001-JR-CI-04 Gabino Tintaya Condori Juez Superior Begonia del RocioVelásquez Cuentas y otra Proceso de amparo auto

improce 4JCC Pereira-Holgado-Gutierrez

2 08:20 00445-2016-0-1001-JM-CI-01 NICOLL PERU S.A. Corporación Premiun Plast Obligación de dar suma de dinero auto final 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00975-2017-0-1001-JR-CI-02 Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales Lideres y Empresarios

Jhon Henrry Gosalvez Valle y otros Ejecución de garantías auto final 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00416-2016-0-1001-JM-CI-01 Carlos Alberto Felix Cavero Municipalidad Provincial de Urubamba y otros Prueba anticipada auto final 1JMX Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00070-2018-0-1001-SP-CI-01 Damian Huallpa Rojas Juez Superior Uriel Balladares Aparicio y otros Proceso de amparo auto

improce JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 03875-2016-0-1001-JR-FC-01 Livia Antonina Orellana Huaman Vidal Valentin Pereyra Bueso Divorcio por causal sentencia 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00585-2017-0-1001-JM-CI-01 STENICA S.A. Williams Manuel Quintana Flores Proceso de Habeas Data sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00214-2015-0-1001-SP-CI-01 Marcelina Bustamante de Pälacios Vicente Cartagena Yupanqui y otra Desalojo sentencia JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 01973-2017-41-1001-JR-CI-02 Jesus Ferdinand Farfán Borda Mateo Sullca Huallpa Reivindicación auto excep. 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 03139-2015-0-1001-JR-FC-03 Wilbert Exaltación Alvarez Romero Glins Alegria Jimenez Divorcio por causal sentencia 3JFC Velásquez-Delgado-Holgado11 09:05 00003-2016-0-1001-JM-CI-02 Sonia Eddie Nuñez de La Torre Ayde Baca de Velasquez Petición de herencia sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado12 09:10 02642-2017-0-1001-JR-CI-02 Reyna Laoyza Mariaca Lilian Luna Villafuerte y otros Proceso de amparo sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

13 15:00 00662-2017-6-1001-JR-CI-01 Yanet Perez Quispe ESSALUD Contencioso administrativo auto 1JMx Wanchaq Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00030-2012-0-1001-SP-CI-01 Raimundo Chambi Zapana y otros Victor Cáceres Gonzáles y otros Reivindicación sentencia JMx Quispícanchis Velásquez-Holgado-Gutierrez

2 08:20 00071-2018-0-1001-SP-CI-01 Silvestre Puma Machaca Ezequiel Muñoz Yucra Prueba anticipada auto improce

JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 01396-2016-0-1001-JR-CI-03 Ruth Concepción Solorzano Gamarra Leonor Vera Rondan Interdicto de recobrar sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 01808-2016-0-1001-JR-CI-05 Eudit Durand Sequeiros Juan Wilbert Valencia Farfán Reconocimiento de unión de hecho sentencia 3JFC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00344-2017-0-1001-SP-CI-01 Nicolas Huillca Huaman Catalina Huaccanqui Ylla y otros Retracto sentencia JMx Anta Velásquez-Delgado-Holgado6 08:40 00076-2016-0-1001-JR-CI-02 Juan Paucar Baca y otra litisconsorte David Paucar Baca y otros Petición de herencia sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 01878-2014-0-1001-JR-CI-03 Gladys Rosa Uribe Mendoza Mery Julia Uribe Mendoza y otros

Declaración de herederos sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 02431-2017-0-1001-JR-CI-01 Emperatriz Monteagudo Santisteban viuda de Galvez

José Teodoro Monteagudo Ayres y otros Partición de herencia auto

improce 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 10:30 00084-2017-0-1001-SP-CI-01 Gobierno Regional de Cusco Mauricio Alvan Silva y otra Impugnación de laudo arbitral

vista de causa Sala Civil Velásquez-Delgado-Holgado

10 12:30 01661-2015-0-1001-JR-CI-03 Corporación Grifera SAC Tribunal Fiscal Contencioso administrativo sentencia 3JCC Dirimencia Pinares Silva

11 15:00 02236-2013-0-1001-JR-CI-02 Modesta Lucana Meza Juana Huillca Laura Obligación de hacer sentencia 4JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:20 00020-2018-0-1001-SP-FC-01 Yara Fernanda Porroa Huallpa Uriel Porroa Peralta Tutela sentencia consulta

JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

2 08:25 01760-2013-0-1001-JR-FC-03 Einer Montalvo Quintanilla Rosa Juana Villasante Corahua Divorcio por causal sentencia consulta 3JFC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:30 00409-2017-0-1001-JR-FC-03 Ruth Quispe Ricalde Victor Rolando Torre Amanca Divorcio por causal sentencia consulta 3JFC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:35 03647-2016-0-1001-JR-FC-01 Jose Domingo Agramonte Luna y otra Noria F. Bermudez Castilla Adopción sentencia

consulta 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:40 02937-2016-0-1001-JR-FC-03 Andres Salas Alvares Pilar Ambrocia Huarhua Cusicuna Divorcio por causal sentencia

consulta 4JFC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:45 00560-2015-0-1001-JR-FC-03 José Perea Porroa Barbara Silva Huaman Divorcio por causal sentencia consulta 3JFC Velásquez-Delgado-Holgado

7 15:00 00261-2008-0-1001-JM-CI-01 Sucesión de Gustavo Grajeda Gonzales

Vidal Anselmo Salvatierra Bujanda y otros

Nulidad de acto jurídico sentencia 1JMx Wanchaq Dirimencia Gutiérrez Merino

Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Roxana Bohórquez AbarcaPresidenta de Sala Secretaria de Sala

SALA CIVIL DE CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 23 al viernes 27 de abril de 2018)

MIERCOLES 25 DE ABRIL DE 2018

VIERNES 27 DE ABRIL DE 2018

JUEVES 26 DE ABRIL DE 2018

MARTES 24 DE ABRIL DE 2018

LUNES 23 DE ABRIL DE 2018HORA LUGAR N° CAUSA

TIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:00 SEDE 985-2016-80 30 minutosCarlin Elisban

Alvarez Almanza

Promoción y favorecimiento al tráfico ilicito de

drogas

Estado PeruanoLectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Carlin Elisban Alvarez Almanza

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

08:30 SEDE 1667-2017-0 20 minutosMelina Tania

Campana Manzanares

Injuria y CalumniaFranklin Lazo

Villafuerte

Auto da por no presentada

querella

Álvarez-Farfán-Andrade

Franklin Lazo Villafuerte

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

08:50 SEDE 9-2018-48 20 minutosLuciano Baca

Ojeda y Bautista Ajhima Ugarte

Despojo parcial de la posesión

Comunidad campesina de Sahua Sahua

representada por Rony Edgar Zuniga

Quispe

Auto fundado sobreseimiento

Álvarez-Farfán-Andrade

Comunidad campesina de Sahuasahua

representada por Rony Edgar Zuniga

Quispe

Juzgado de investigación

preparatoria de Paruro

09:10 SEDE 11-2018-21 20 minutosCésar Aníbal

Gómez QuispeApropiación Ilícita

Común

Constructora Inmobiliaria Valle

Sagrado SCRL, representada por Ubher Sotomayor

Paucar

Auto declara infundada la

Cuestión prejudicial

Álvarez-Farfán-Andrade

César Aníbal Gómez Quispe

Primer Juzgado de investigación

preparatoria de Urubamba

09:30 SEDE 2226-2016-71 1 horaReymer Andre Quispe de los

Andes

Violación sexual agravada

Menor de iniciales W.M.T.H.

Sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Reymer Andre Quispe de los

Andes

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

10:30 SEDE 1126-2015-34 1 horaJosé Ángel Arizaca

OblitasUsurpación

agravadaMarcial Quiñones

SullcaSentencia

absolutoriaÁlvarez-Farfán-

AndradeMarcial Quiñones

Sullca

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

11:30 SEDE 2317-2015-65 1 horaWilber Avelino Felix Quillama

Incumplimiento de obligación alimentaria

Andrea Lucero Félix Zúñiga,

representada por su progenitora

Ruth Zúñiga Zúñiga

Sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Wilber Avelino Felix Quillama

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:30 SEDE 914-2016-0 30 minutosKelly Roxana Sierra

Cahuatadifamación

Mariana Sandra Mena Rivera y

otros

Lectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Kelly Roxana Sierra Cahuata

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

14:30 SEDE 4792-2017-12 30 minutosRolando Huamán

Sayas

Promoción y favorecimiento al consumo ilegal de drogas agravada

Estado peruanoAuto infundada

Cesación de Prisión preventiva

Álvarez-Farfán-Andrade

Rolando Huamán Sayas

Quinto juzgado de investigación

preparatoria de Cusco

15:00 SEDE 139-2018-31 30 minutos

Rocy Luz Ccapa Soto, Jessica

Challco Torres y Parker Piter

Huaychao Villa

Trata de personas agravada

Menor de iniciales R.I.Q.M. y Naysha

Mendoza Cruz

Auto fundado requerimiento de prisión preventiva

Álvarez-Farfán-Andrade

Rocy Luz Ccapa Soto, Jessica

Challco Torres y Parker Piter

Huaychao Villa

Primer juzgado de investigación

preparatoria de Quispicanchis

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 QUENCORO 918-2012-40 15 minutos Plinio Arias Cruz Robo AgravadoGina Anali Villa Meza y el INEI

Lectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Plinio Arias Cruz y el procurador

Publico del INEI

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

08:45 QUENCORO 5834-2009-0 15 minutosWilbert Agustin

Qquenaya MamaniParricidio

menor de iniciales FQF

Continuación

juicio oral

Álvarez-Farfán-Andrade

Segunda Sala Penal Liquidadora

09:00 QUENCORO 3778-2016-4 30 minutos

Mateo Huaman Huallpa y Cesar Augusto Yabar

Velazco

Cohecho Pasivo Estado PeruanoLectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Mateo Huaman Huallpa

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

09:30 QUENCORO 289-2017-0 1 hora Joel Soto Román Hurto agravado Katia Vergara BacaSentencia

condenatoria Álvarez-Farfán-

AndradeJoel Soto Román

Juzgado penal unipersonal de

Anta

10:30 QUENCORO 1594-2017-72 30 minutosHigidio Huarancca

QuispeViolación sexual de

menorMenor de iniciales

R.Q.H.

Auto declara infundada

cesación de prisión preventiva

Álvarez-Farfán-Andrade

Higidio Huarancca Quispe

Cuarto Juzgado de investigación

preparatoria de Cusco

14:30 SEDE 1867-2013-58 30 minutos

Clemente Felix Valdivia Torres, Jesus Manuel

Farfán Mendoza y Marcelina Luna

Torres

Falsificación de documentos

Marlene Luna Torres y otros

sentencia

condenatoria y

absolutoria

comtinuación

Álvarez-Farfán-Andrade

representante del Ministerio Público,

Marlene Luna Torres y Clemente

Felix Valdivia Torres, Jesus

Manuel Farfán Mendoza y

Marcelina Luna Torres

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

15:00 SEDE 643-2018-28 20 minutosJuan Carlos

Federico La Torre Pazos y otro

Usurpación agravada

Virginia Francisca Cruz Quispe

Auto fundada ministración de

posesión

Álvarez-Farfán-Andrade

Juan Carlos Federico La Torre

Pazos

Tercer juzgado de investigación

preparatoria de Cusco

15:20 SEDE 1824-20180 30 minutosSexto juzgado de

investigación preparatoria

Habeas CorpusEloy Guillermo de

la Sota Carazas

Auto improcedente habeas corpus

Álvarez-Farfán-Andrade

Eloy Guillermo de la Sota Carazas

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 212-2016-43 20 minutosRosali Palermo

Matos Oliva

Ingreso indebido de equipos

celulares al interior de un

establecimiento penitenciario

Estado peruanoAuto

improcedente nulidad

Álvarez-Farfán-Andrade

Rosali Palermo Matos Oliva

Quinto juzgado penal unipersonal

de Cusco

08:50 SEDE 1582-2017-17 20 minutosGabino Aguirre

ManchacoHurto agravado

Fredy Quispe Ccorahua y Flavio Yupanqui Tapara

Auto improcedente

nulidad

Álvarez-Farfán-Andrade

Gabino Aguirre Manchaco

Sexto juzgado de investigación preparatoria

09:10 SEDE 17-2018-12 20 minutosJosé Antonio

Yupanqui QuispeViolación de

domicilioRoxana Carmela García Segovia

Auto infundada excepción de prescripción

Álvarez-Farfán-Andrade

José Antonio Yupanqui Quispe

Juzgado de investigación

preparatoria de Anta

09:30 SEDE 1202-2014-39 1 hora

Tito Quispe Greta, Yuandi Guo y Valerio Cutire

Espino

Contra los bosques o formaciones

boscosas y Minería Ilegal

Estado peruanosentencia

condenatoria y absolutoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Valerio Cutire Espino y Yuandi

Guo

Segundo Juzgado penal unipersonal

de Cusco

10:30 SEDE 1710-2014-55 1 horaFilomeno Condori

VelásquezContrabando

agravadoEstado peruano

sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Filomeno Condori Velásquez

Juzgado penal colegiado

11:30 SEDE 37-2018 10 minutos

Primera Sala Penal Liquidadora de

Cusco y Sala Penal Permanente de la

Corte Suprema

Habeas CorpusMaritza Yucra

Mendoza

Auto improcedente Habeas Corpus

Álvarez-Farfán-Andrade

Maritza Yucra Mendoza

Tercer Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:30 SEDE 949-2015-70 30 minutosDiego Fernando

Ttito TintaRobo Agravado

Cesar Augusto Rodriguez Gomez

Lectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Diego Fernando Ttito Tinta

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 5-2018-69 20 minutosDante Abimael Peña Hancco

Lesiones culposasClaudio Hancco

Barrientos

Auto fundada revocatoria de

pena

Álvarez-Farfán-Andrade

Dante Abimael Peña Hancco

Juzgado de investigación

preparatoria de Calca

08:50 SEDE 24-2018-4 20 minutosApolinar Candia Carrasco y otro

Lesiones leves Redy Apaza CandiaAuto fundado

sobreseimientoÁlvarez-Farfán-

AndradeRedy Apaza Candia

Juzgado de paz letrado e

investigación preparatoria de

Acomayo

09:10 SEDE 3981-2016-32 20 minutos

Benjamín Segundo Pinto, Eder Yamil

Palomino Espinoza y otro

Peculado doloso Estado peruano

Auto infundada ejecución

provisional de sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Benjamín Segundo Pinto, Eder Yamil

Palomino Espinoza

Cuarto Juzgado penal unipersonal

de Cusco

09:30 SEDE 2663-2014-5 1 horaClodoaldo Paulino

Espinoza BlancoEstafa agravada

Serapio Luna Cuevas

Sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Clodoaldo Paulino Espinoza Blanco

Cuarto juzgado penal unipersonal

de Cusco

10:30 SEDE 761-2014-2 1 hora

Carlos Herwin Suarez Rumiche,

Freddy Vargas Quijada e Isaac Huamantupa

Ccahuana

Responsabilidad de funcionario

público por otorgamiento

ilegal de derechos y Responsabilidad

por información falsa contenida en

informes

Estado peruanoSentencia

absolutoriaÁlvarez-Farfán-

Andrade

Representante del Ministerio Público,

Freddy Vargas Quijada

Segundo juzgado penal unipersonal

de Cusco

11:30 SEDE 275-2017 30 minutos Alipio Carpio Lima Lesiones levesMario César Nuñez

GuevaraLectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Alipio Carpio Lima Juzgado penal unipersonal de

Anta

Pedro Álvarez Dueñas Miguel Ángel Pérez Soria

Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 25 DE ABRIL DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 26 DE ABRIL DE 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 23 DE ABRIL DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 24 DE ABRIL DE 2018

La República 23SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMiércoles, 25 de abril del 2018

HORA MATERIA IMPUTADO

DEMANDADO

DELITO/

PRETENSIÓN

AGRAVIADO

DEMANDANTE

ACTO

PROCESAL

REO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 23 D E A B R I L D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

M A R T E S 24 D E A B R I L D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

M I E R C O L E S 25 D E A B R I L D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

J U E V E S 26 D E A B R I L D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Aníbal Abel Paredes Matheus y Felix Villegas Cajachagua. Fiscal Superior: Dr. Ivan Jesus Loo Su. DINA MEZA MONGE

PRESIDENTA DE SALA

La República24 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 25 de abril del 2018

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 1313-2017 Sentencia Hancco Zamata, Simón Walter Municipalidad de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 3574-2017 Sentencia Malpartida Clemente, Crisóstomo Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 925-2017 Sentencia Huamán Turpo, Guillermina Municipalidad de Cusco Reconoc. de Régimen Laboral 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 2667-2017 Sentencia García Tinco, Wilber Municipalidad de San Sebastián Reconoc. de Contrato de Trabajo 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:30 1231-2017 Sentencia Quilluya Sabina, Florencia Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:00 3461-2016 Sentencia Conde Alvaro, Josefina Municipalidad de Cusco Declar.de Contrato a Plazo Indet. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 2886-2017 Sentencia Yupanqui Puma, Lidu Magnolia Corte Superior de Jusiticia de Cusco Reintegro Bono Función Jurisdic. 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 661-2017 Sentencia Nalvarte Tambini, Fernando Percy Corte Superior de Jusiticia de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 1653-2017 Sentencia Mamani Condori, Celestino Corporación EVYMSE SAC Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:20 2725-2017 Sentencia Guillen León, Patricia RENIEC Cusco Desnaturalización de Contrato 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 26-2017 Sentencia Ortiz de Orué Velarde, Marco Serjio ENACO S.A. Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 712-2015 Sentencia Aparicio Chávez, Fernando Christian Corte Superior de Jusiticia de Cusco Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 3388-2017 Sentencia Florez Escalante, Arturo Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 3384-2017 Sentencia Quispe Ramos, Alejandro Municipalidad de San Sebastián Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 3112-2017 Sentencia Olayunca Sarabia, Carol Carina Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 1380-2017 Sentencia Valdez Champi, Pedro Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:30 3254-2015 Sentencia Olivarez Mamani, Sonia Municipalidad de Cusco Nulidad de Despido 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:00 2335-2016 Sentencia Bendezu Barzola, Julia Municipalidad de Cusco Indemn. por Despido Arbitrario 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 1219-2017 Sentencia Yuca Sullca, Norma Municipalidad de Cusco Reconoc. de Régimen Laboral 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 3291-2017 Sentencia García Sánchez, David Wenceslao Municipalidad de Wanchaq Reconoc. de Régimen Laboral 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 2750-2017 Sentencia Escobedo Quispe, Carlos Municipalidad de Santiago Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 271-2017 Sentencia Callapiña Quispe, Estanislao Municipalidad de San Jerónimo Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:30 1362-2017 Sentencia Quispe Colque, Roberta Municipalidad de Cusco Reconoc. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:00 201-2017 Sentencia Apaza Lucero, Fernando Municipalidad de Cusco Reconoc. de Régimen Laboral 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Cusco, 23 de abril de 2018

MIRIAM HELLY PINARES SILVA MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO

PRESIDENTA SECRETARIA

Jueves, 26 de abril de 2018

Miércoles, 25 de abril de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE VISTA DE CAUSA Y AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA

Lunes, 23 de abril 2018

Martes, 24 de abril de 2018

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 01974-2011-0-1001-JR-LA-03 María Teresa Ramírez Gallegos Municipalidad Provincial de Cusco Contencioso Adm Sentencia 3JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 00796-2017-0-1001-JR-LA-04 Lucio Huallparimachi Quispe Gobierno Regional del Cusco Contencioso AdmAuto

Improcedencia de la Demanda

5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 01181-2017-0-1001-JR-LA-05 Edgar Sinforoso Villena Villena Dirección Regional de Educación de Cusco y otro

Contencioso Adm Sentencia 5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 23 al Viernes 27 de Abril de 2018)

Lunes, 23 de Abril de 2018

_____________________________________

Cusco, 20 de Abril de 2018

Miercoles, 25 de Abril de 2018

______________________________________NADHIM NICOLE JOSSELYNE CHÁVEZ ZEVALLOS

SECRETARIA DE SALA

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

LUIS FERNANDO MURILLO FLORES

PRESIDENTE

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL