Convocatoria kiosco escolar 2017

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MINEDU UGEL SULLANA II.EE. N° 14791 CIENEGUILLO NORTE SULLANA ============================================ “AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANOQUIOSCO ESCOLAR - LICITACIÓN 2017 ETAPAS DEL PROCESO FECHA Convocatoria Del 17 al 19 de febrero 2017 Presentación de sobres 20 de febrero 2017 Evaluación de Propuestas Técnica y Económica (acto privado) Del 21 al 22 de febrero 2017 Publicación del otorgamiento de la Buena Pro (Facebook de la II.EE. 14791) 24 de febrero 2017 Firma del Contrato 27 de febrero 2017

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MINEDU – UGEL SULLANA

II.EE. N° 14791 – CIENEGUILLO NORTE – SULLANA

============================================ “AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO”

QUIOSCO ESCOLAR - LICITACIÓN 2017

ETAPAS DEL PROCESO

FECHA

Convocatoria Del 17 al 19 de febrero 2017

Presentación de sobres 20 de febrero 2017

Evaluación de Propuestas

Técnica y Económica (acto

privado)

Del 21 al 22 de febrero 2017

Publicación del otorgamiento

de la Buena Pro (Facebook de

la II.EE. 14791)

24 de febrero 2017

Firma del Contrato 27 de febrero 2017

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MINEDU – UGEL SULLANA

II.EE. N° 14791 – CIENEGUILLO NORTE – SULLANA

============================================ “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”

BASES PARA

LICITACIÓN

DE QUIOSCO

ESCOLAR 2017

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1. FUNDAMENTACIÓN

El I.E N° 14791- CIENEGUILLO NORTE - SULLANA es una Institución

Educativa que brinda los servicios de educación básica en los niveles de INICIAL,

PRIMARIA y SECUNDARIA.

El QUIOSCO ESCOLAR DE LA I.E N° 14791 - CIENEGUILLO NORTE - SULLANA surge como necesidad de garantizar que nuestros alumnos que

permanecen en el colegio hasta las 3:00 p.m. (En el caso de Jornada Escolar Completa de Secundaria), no tengan problemas de salud por una mala

alimentación o inadecuada prestación de este servicio.

A través del QUIOSCO buscamos garantizar:

Calidad de los alimentos que se brinda a los alumnos, descartando todo tipo

de alimentos y bebidas considerados dañinos para la salud de los alumnos. Calidad de atención, expresado en el buen trato y en las condiciones de

higiene que exige los QUIOSCO saludables, respetando las pautas emanadas por el MINEDU o sus órganos descentralizados respectivos.

Precios accesibles a la economía de los padres de familia. DE NINGÚN MODO PERMITIREMOS PRECIOS QUE NO RESPONDAN AL OBJETIVO DEL QUIOSCO.

Para efectos de lograr todo lo que esperamos de este servicio, estamos planteando

un proceso de licitación en búsqueda de la mejor oferta que nos permita tener un

quiosco con un servicio adecuado a las necesidades y requerimientos de alumnos, padres de familias y personal del colegio.

2. OBJETIVOS: Presentar a la comunidad educativa las condiciones del servicio de

Q U I O S C O Escolar que permita a posibles postores obtener toda la información válida y necesaria para su análisis.

Seleccionar a una persona natural a fin de garantizar la presencia de un concesionario que brinde un buen servicio en calidad de productos, buen trato y precios de venta acorde con el mercado.

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3. CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO:

ETAPAS DEL PROCESO

FECHA

Convocatoria Del 17 al 19 de febrero 2017

Presentación de sobres 20 de febrero 2017 Evaluación de Propuestas Técnica y Económica (acto privado)

Del 21 al 22 de febrero 2017

Publicación del otorgamiento de la Buena Pro (Facebook de la II.EE.)

24 de febrero 2017

Firma del Contrato 27 de febrero 2017

4. CARACTERÍSTICAS DEL QUISCO ESCOLAR: El Q U IO S C O Escolar es un establecimiento dedicado únicamente al

expendio de alimentos y bebidas adecuadas y favorables para su consumo dentro de las instalaciones de la Institución Educativa, acorde a las normas del MINEDU o sus órganos descentralizados.

El Q U I O S C O Escolar de la I.E N° 14791 - CIENEGUILLO NORTE - SULLANA. Observará estrictamente las pautas higiénicas, condiciones y requisitos sanitarios mínimos exigidos para la elaboración, conservación y expendio de alimentos establecidos por el MINISTERIO DE SALUD RM N° 908-2012 - MINSA

5. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:

El procedimiento para la presentación de las propuestas es el siguiente:

a. Presentar en sobre cerrado la propuesta del concesionario: b. El sobre llevará inscrito en la parte exterior el siguiente título:

“CONCURSO PARA LA ADJUDICACION DEL QUIOSCO ESCOLAR DE LA I.E N° 14791- CIENEGUILLO NORTE - SULLANA. NOMBRE DEL POSTOR: ____________

c. Las propuestas se presentarán en forma legible. La información que presente el

postor en su propuesta tendrá el carácter de declaración jurada y por tanto, deberá ajustarse a la verdad, reservándose la Comisión de Adjudicación el derecho de revisar y verificar dicha información.

d. Las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos, ni contengan todos

los documentos requeridos por estas bases darán a lugar a la descalificación del postor.

e. Contenido del Sobre:

- Carta de Presentación como postor en relación al proceso de selección, consignando datos personales (Apellidos y Nombres, DNI, Dirección Domiciliaria, email, teléfono). Opcionalmente puede incluir experiencias exitosas que haya obtenido personalmente, serán evaluadas.

- Copia Fotostática de DNI - Carné de Salud actualizado, otorgado por la autoridad competente. - Declaración Jurada simple manifestando:

a) Estar libre de enfermedades infecto contagiosa.

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b) No registrar antecedentes policiales, ni penales. c) Poseer uniforme adecuado, aseado y experiencia para el desarrollo del servicio d) Conocer, aceptar y someterse a las Bases, condiciones y

procedimientos del proceso de selección. e) Comprometerse a mantener nuestra oferta durante el proceso de

selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecidos con la

Buena Pro. En todas las Declaraciones Juradas Simples debe indicar “Soy

responsable de la veracidad de los documentos e información que

presento para efectos del proceso y me someto a los procesos legales que las leyes del Perú ameritan en caso de falsedad”.

OPCIONAL (Amerita puntaje a favor) - Lista del equipamiento con que cuenta en óptimas condiciones de uso y en

cantidad suficiente para la atención (menaje, cubiertos, utensilios, artefactos eléctricos, recipientes adecuados con tapa para depositar la basura y, en general, todo cuanto sea necesario para brindar el servicio).

- Propuesta posible de lista de alimentos y bebidas a expender indicando precios de venta a la actualidad.

- La Propuesta Económica consignando el monto

mensual ofrecido por el postor por los derechos de

concesión (El precio base mínimo es de S/. 300.00

Soles mensuales)

- Oferta en beneficio PARA EL COLEGIO de obtener LA BUENA PRO del Quiosco.

6. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA (ACTO

PRIVADO) a. La APAFA y la Dirección de colegio nombra una COMISIÓN EVALUADORA

integrada por director o subdirector, un profesor(a) del nivel primaria, un profesor(a) del nivel secundaria y tres padres de familia, quienes tienen la

responsabilidad de ejecutar e informar sobre el proceso de evaluación de las

propuestas presentadas para la concesión del quiosco escolar. NINGUNO DE

LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN NI SUS FAMILIARES CERCANOS PODRÁN

PARTICIPAR COMO CANDIDATO(A) A LA CONCESIÓN DEL QUIOSCO. b. La Comisión Evaluadora revisa (en acto privado) los sobres presentados por los

postores del 21 al 22 de febrero 2017, haciendo su informe respectivo. En caso de empate o necesidad de absolución de dudas, la Comisión Evaluadora es libre de convocar o no a entrevista a los postores empatados para el 23 de febrero en la sede de la II.EE. No es obligación de la comisión informar a los otros postores. La entrevista tratará la aclaración de temas de su sobre presentado y otros –sobre el tema del servicio- que la Comisión estime conveniente.

c. La Comisión Evaluadora elabora un ACTA DE ADJUDICACIÓN al postor que

obtiene la BUENA PRO del Quiosco Escolar y remite el informe correspondiente

a la Dirección de la Institución Educativa.

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7. PUBLICACIÓN DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO a. El día 24 DE FEBRERO DEL 2017 se publicará el otorgamiento de la Buena Pro

del Quiosco Escolar para el período M A R Z O - D I C I E M B R E 2 0 1 7 . La publicación se realizará en el muro facebook de la II.EE.; https://www.facebook.com/SanJuandelosRanchos?fref=ts (I.e. Cieneguillo Norte Sullana).

b. El resultado de la COMISION EVALUADORA es INAPELABLE puesto que cuenta

con la aprobación de la APAFA Y DIRECCIÓN DEL COLEGIO.

8. FIRMA DEL CONTRATO a. La firma del contrato de Concesión del Quiosco escolar se firmará el día 27 DE

FEBRERO DEL 2017 en la Dirección del colegio entre el CONCESIONARIO, el PRESIDENTE DE APAFA y el DIRECTOR DE LA II.EE., contrato que tendrá una

duración de DIEZ MESES (Marzo 2017 – Diciembre 2017).

9. CONDICIONES DEL QUIOSCO a. El Quiosco Escolar de la I.E N° 14791 – SAN JUAN DE LOS RANCHOS cuenta

con una infraestructura adecuada para el servicio a prestar. b. El colegio ofrece también las facilidades de:

Servicio eléctrico permanente.

Servicio de agua de la red pública del centro poblado. Lavatorios para uso de lavados de manos de los alumnos y/o comensales (El pago del servicio de agua y electricidad lo asume la Institución Educativa)

c. El Concesionario tiene la EXCLUSIVIDAD de expendio de alimentos y bebidas dentro de la Institución Escolar de lunes a viernes (Acorde a la calendarización de la II.EE.; respeto a las normas o circunstancias nacionales, regionales, provinciales o locales que nos afecten). El Concesionario deberá dejar libre el Local si fuera

solicitado por la Dirección y/o APAFA para una actividad determinada, esta solicitud

será hecha con la debida anticipación (una semana antes), sin afectación de su servicio cotidiano. d. Los padres de familia de secundaria podrán llevar y entregar los almuerzos a sus hijos en el segundo recreo (Destinado a refrigerio) correspondiente a su nivel.

10. CONDICIONES DEL CONCESIONARIO a. El Concesionario brinda y atiende los servicios de refrigerio, almuerzo (y otros) a los

alumnos, al Personal Docente, Administrativo y de Servicios, de Lunes a Viernes, en los horarios establecidos por el colegio:

Está terminantemente prohibido vender a los alumnos en horas de clases.

A los padres de familia en horarios de reuniones (asamblea de padres). A los Docentes en horarios libres, según su horario personal.

b. Se expenderán refrigerios y menús (Escolar, económico), sándwiches, refrescos, jugos, frutas, dulces y otros que deben contar con el visto bueno ESCRITO Y

APROBADO por la Comisión de Supervisión y Regulación de Calidad y Precios de

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la II.EE.. De no cumplirse con este punto se haría merecedor de una sanción que en caso de ser grave o reincidencia puede llegar a la anulación del presente

contrato. c. Está terminantemente prohibido el expendio de alucinógenos, medicamentos,

juegos y juguetes no autorizados por la II.EE., licor y cigarrillos, así como de otros productos que linden con la moral, la conducta, las buenas costumbres o que puedan ser potenciales distractores de los procesos pedagógicos cuando ingresen a las aulas.

d. El Concesionario está obligado a contar con el personal necesario que permita

ofrecer una adecuada y oportuna atención. Este personal deberá contar con el Carné Sanitario expedido por la institución autorizada; copia del carné debe ser presentado a Dirección de la II.EE. y otro copia debe ser exhibida en el quiosco a la vista de todos los usuarios.

e. No existirá ningún vínculo laboral entre el personal del Concesionario y La Institución Educativa. Sus tratamientos laborales son responsabilidad única y exclusiva del concesionario.

f. El Concesionario no podrá en ningún caso subarrendar ni ceder total o parcialmente

la Concesión, bajo pena de nulidad del presente contrato. g. El valor de los alimentos expendidos por el Concesionario será pagado al contado

directamente por los usuarios del servicio, pudiendo el Concesionario, a su criterio

y bajo su entera responsabilidad, otorgar créditos a los usuarios que estime

conveniente. h. En caso de duda, queja o malestar de uno o más usuarios sobre algún producto o

servicio, la Comisión de Supervisión y Regulación de Calidad y Precios, estará

facultada para intervenir; este derecho de intervención también le asiste a la dirección o a quien(es) el director designe conveniente (Por caso o temática) sin que esta designación afecte las facultades de la Comisión.

i. El Concesionario solo podrá realizar mejoras en el Local previa autorización expresa de la Direcc ión . La mejora efectuada quedará en el local al término del Contrato, sin que esto implique reembolso de gastos ni tratos parecidos.

j. De las condiciones sanitarias: - Contar con recipientes adecuados, con tapa, para depositar la basura

y desperdicios. - Obligación de su mantenimiento en buen estado de limpieza. - Contar con envases adecuados con tapa para el almacenamiento de agua limpia

para el uso doméstico. - Asegurar la protección de alimentos de cualquier contaminación. - Mantener alejado de los alimentos los detergentes u otros productos tóxicos. - Evitar la presencia de animales dentro del quiosco (perros, gatos, roedores, etc.) - Adecuar el ambiente y el servicio a las normas emanadas de MINSA y MINEDU

para este servicio; incluso ante situaciones de emergencia o normativa que surja en el transcurso del periodo de la concesión.

k. De las condiciones de los alimentos: - Los alimentos que se expendan, deben estar en buen estado de conservación y

estar aptos para el consumo humano; en caso de ser envasados, contar con la

autorización y registro sanitario correspondiente, además de tener visible la fecha de vencimiento y no estar vencidos

- No se permitirá la venta de alimentos que procedan de fábricas clandestinas. - La lista de alimentos que se expendan y los precios de venta contarán con la

aprobación de la COMISIÓN DE SUPERVISIÓN Y REGULACIÓN DE CALIDAD Y PRECIOS.

- En caso de expender comidas preparadas, estas deben ser consumidas dentro de las primeras seis (06) horas y mantenerse bajo refrigeración sin exceder de las horas recomendadas por los organismos pertinentes.

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- Está prohibido el uso de sobras y de alimentos desechados en la elaboración de nuevas comidas, también se prohíbe la donación o venta de los mismos.

l. Requisitos del manipulador de alimentos: - Estar libre de enfermedad infecto contagiosa y cumplir con los controles periódicos

que la instituciones respectivas exigen. - Exhibir y mantener rigurosamente las mejores condiciones de higiene personal

especialmente las manos. - Usar ropas adecuadas y limpias para el trabajo. - No tocar directamente con las manos los alimentos sin envoltura o envase, para el

efecto se utilizará servilletas, pinzas o guantes. - No fumar, toser ni escupir dentro del Quiosco. - Cumplir con los requisitos del MINSA y el MINEDU o sus órganos descentralizados

para la prestación de este servicio.

11. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. a. Cualquier otro punto no contemplado en el presente documento será revisado con

autonomía de decisión por la Comisión Evaluadora nombrada por la Dirección del Colegio y contará con el Visto Bueno de la Dirección de la II.EE.

b. La interpretación de las presentes Bases es facultad única y exclusiva de la Comisión Evaluadora nombrada por la Dirección del Colegio y contará con el Visto Bueno de la Dirección de la II.EE.

c. Las presentes bases serán adaptadas a cualquier norma superior que sea promulgada, o programa que surja en favor de los estudiantes en el período de la concesión, la II.EE dará a conocer al concesionario las adaptaciones requeridas.

CIENEGUILLO NORTE, FEBRERO 16 DE 2017.

LA COMISIÓN