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CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO 10/18 A CELEBRAR EL DÍA SEIS DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO. ORDEN DEL DÍA 10 /18.1 LECTURA, Y SI PROCEDE, APROBACIÓN BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR. 10/18.2 CONOCIMIENTO RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA Y DE LAS DICTADAS POR LOS CONCEJALES DELEGADOS. ÁREA DE LA CIUDAD EFICIENTE Y ABIERTA 10/18.3 DICTAMEN APROBACIÓN DECLARACIÓN OFERTA ECONÓMICA MÁS VENTAJOSA CONTRATO VISTO SUMINISTRO Y SERVICIO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE LA VALLD’UIXÓ, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO. 10/18.4 DICTAMEN APROBACIÓN ACUERDO TRANSACCIONAL ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VALL D’UIXÓ Y LA EMPRESA “FOMENTO VALENCIA MEDIOAMENTE, S.L.” (FOVASA). 10/18.5 DICTAMEN APROBACIÓN MODIFICACIÓN PRESUPUESTO, EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS NÚM. 3/18 Y SUPLEMENTO DE CRÉDITOS NÚM. 3/18. 10/18.6 DAR CUENTA DE LOS REPAROS Y OBSERVACIONES FORMULADOS POR LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL, ASÍ COMO DE LOS RECONOCIMIENTOS EXTRAJUDICIALES ADOPTADOS DURANTE EL PRIMER TRIMESTRE 2018. 10/18.7 DAR CUENTA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL PRIMER TRIMESTRE 2018. ÁREA DE LA CIUDAD PARA LAS PERSONAS 10/18.8 DICTAMEN APROBACIÓN BASES REGULADORAS OTORGAMIENTOS SUBVENCIONES AL CICLO INFANTIL DE COLEGIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD. 10/18.9 DICTAMEN APROBACIÓN RESOLUCIÓN RECLAMACIÓN DE Dª. JOSEFINA VALLS GAYA CONTRA CONCESIÓN NICHO CEMENTERIO MUNICIPAL. 1

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CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTOPLENO 10/18 A CELEBRAR EL DÍA SEIS DE JUNIO DE DOS MILDIECIOCHO.

ORDEN DEL DÍA

10 /18.1 LECTURA, Y SI PROCEDE, APROBACIÓN BORRADOR ACTASESIÓN ANTERIOR.10/18.2 CONOCIMIENTO RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA Y DE LASDICTADAS POR LOS CONCEJALES DELEGADOS.

ÁREA DE LA CIUDAD EFICIENTE Y ABIERTA

10/18.3 DICTAMEN APROBACIÓN DECLARACIÓN OFERTA ECONÓMICAMÁS VENTAJOSA CONTRATO VISTO SUMINISTRO Y SERVICIO PARALA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTOINTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DEALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE LA VALLD’UIXÓ, POR ELPROCEDIMIENTO ABIERTO.10/18.4 DICTAMEN APROBACIÓN ACUERDO TRANSACCIONAL ENTREEL AYUNTAMIENTO DE LA VALL D’UIXÓ Y LA EMPRESA “FOMENTOVALENCIA MEDIOAMENTE, S.L.” (FOVASA).10/18.5 DICTAMEN APROBACIÓN MODIFICACIÓN PRESUPUESTO,EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS NÚM.3/18 Y SUPLEMENTO DE CRÉDITOS NÚM. 3/18.10/18.6 DAR CUENTA DE LOS REPAROS Y OBSERVACIONESFORMULADOS POR LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL, ASÍ COMO DE LOSRECONOCIMIENTOS EXTRAJUDICIALES ADOPTADOS DURANTE ELPRIMER TRIMESTRE 2018.10/18.7 DAR CUENTA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL PRIMERTRIMESTRE 2018.

ÁREA DE LA CIUDAD PARA LAS PERSONAS

10/18.8 DICTAMEN APROBACIÓN BASES REGULADORASOTORGAMIENTOS SUBVENCIONES AL CICLO INFANTIL DE COLEGIOSPÚBLICOS DE LA CIUDAD.10/18.9 DICTAMEN APROBACIÓN RESOLUCIÓN RECLAMACIÓN DE Dª.JOSEFINA VALLS GAYA CONTRA CONCESIÓN NICHO CEMENTERIOMUNICIPAL.

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10/18.10 DICTAMEN APROBACIÓN RESOLUCIÓN RECLAMACIÓN DE Dª.ROSA CARBÓ MARCO CONTRA CONCESIÓN NICHO CEMENTERIOMUNICIPAL

10/18.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO.11.1 Acuerdo aprobación acuerdo alegaciones expediente resolucióncontrato concesión pública para la construcción y explotación de unainstalación deportiva de padel en la Avda. Agricultor. 11 2 Declaración Institucional de todos los Grupos Municipales sobre ladisolución de la Banda Terrorista ETA. 11.3 Moción de los Grupos Municipales Socialista, Esquerra Unida yCompromís sobre el Plan de Cercanías en la Comunidad Valenciana ypedir descuentos para jóvenes en la modalidad Tren de Cercanías. 11.4 Moción de los Grupos Municipales Socialista, Esquerra Unida yCompromís sobre apoyo Proposición Ley Despenalización de laEutanasia. 11.5 Moción del Grupo Municipal Popular sobre error en las asignacionesGMS y GME. 11.6 Moción del Grupo Municipal Mixto-Som la Vall de rectificación ydisculpas Portavoz Partido Popular en el Congreso. 11.7 Moción del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos sobre implantaciónconocimientos de RCP Básica en los Centros Escolares de la Vall d’Uixó. 11.8 Moción del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos sobre mejorar laseguridad en la CV-230, entre Pista de Atletismo-Casas Ecológicas. 11.9 Moción del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos sobre ampliaciónhorario apertura Piscina Cubierta.

10/18.12 TURNO ABIERTO DE PALABRAS.

Fecha: 01.06.18Fdo: LA ALCALDESA, Tania Baños MartosRegistro de Salida Núm.: 4861

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BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA 10/18CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA SEIS DEJUNIO DE 2018.

ASISTENTES:

Alcaldesa-Presidenta:Sra. Tania Baños Martos.

Concejales:Sr. Javier Antonio Ferreres BurgueteSr. Luis Miguel Diago MontalSr. José Luis Egea BailénSra. Francesca Bartolomé Palasí.Sr. Jorge García Fernández.

Sr. Antoni Llorente FerreresSra. Mª. Carmen García Arnau.Sr. David Lluch Almenar

Sr. Fernando Darós Arnau.Sr. Higinio Daniel Garcés.

Sr. Oscar Clavell LópezSr. Mª. Gema Domínguez Vera.Sr. Alberto Ramón Sanfélix FornerSra. Olga Salvador SegarraSr. José Luis Gadea AlmelaSra. Mª. Elena Vicente-Ruiz ClimentSr. José Antonio Pérez SegarraSra. Mª. Yolanda González San José

Sr. Oscar Langa Sáez.

Sr. Manuel Hernández Gómez

Secretario:D. José Luis de la Torre Martín.

Interventor:D. Fco. Javier Biosca López.

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En el Salón de Plenos del Edificio “Leopoldo Peñarroja” de la Ciudad dela Vall d'Uixó, siendo las diecinueve horas del día seis de junio de dos mildieciocho, se reúnen los/las Sres./as Concejales/as arriba anotados, con objeto decelebrar sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno, para la que han sidoconvocados reglamentariamente. ----------------------------------------------------------

Abierto el acto por la Presidencia a la hora indicada, se procedió a tratarlos asuntos que figuran en el Orden del Día, adoptándose los siguientes acuerdos:

10/18.1 LECTURA, Y SI PROCEDE, APROBACIÓN BORRADORES ACTASSESIONES ANTERIORES.

Se da cuenta de los borradores de las actas de las sesiones ordinaria 7/18de veinticinco de abril, extraordinaria y urgente 8/18 de diez de mayo yextraordinaria 9/18 de veintidós de mayo, todas ellas de dos mil dieciochoacordando el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los/as. 21 Sres./asConcejales/as presentes en el acto, su aprobación. --------------------------------------

10/18.2 CONOCIMIENTO RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA Y DE LASDICTADAS POR LOS CONCEJALES DELEGADOS.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 51 del Reglamento OrgánicoMunicipal del Ayuntamiento de la Vall d'Uixó, se da cuenta de las Resolucionesde la Alcaldía y de las dictadas por los Concejales Delegados, números 1310/18de 17 de abril de 2018, a la 1649/18 de 18 de mayo de 2018; quedando enteradoslos veintiún Sres./as. Concejales/as asistentes. -------------------------------------------

10/18.3 DICTAMEN APROBACIÓN DECLARACIÓN OFERTA ECONÓMICAMÁS VENTAJOSA CONTRATO VISTO SUMINISTRO Y SERVICIO PARALA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTOINTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DEALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE LA VALLD’UIXÓ, POR ELPROCEDIMIENTO ABIERTO.

Visto el expediente de contratación tramitado para la adjudicación por elprocedimiento abierto del CONTRATO MIXTO DE SUMINISTROS YSERVICIOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENERGÉTICOSY MANTENIMIENTO INTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LASINSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE LAVALL D’UIXÓ, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, aprobado por la Juntade Gobierno Local en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2017.----------------

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Habiéndose procedido a presentar y valorar las ofertas correspondientes,con el siguiente resultado: ------------------------------------------------------------------

UTEG.NATURAL SERV.GERMANIA SICE

UTECLECEETRALUX IMESAPI CITELUM FERROVIAL ENERTIKA ELECNOR

Sobre 2 30,34 37,30 45,65 44,45 29,18 35,49 8,41 37,30

Sobre 3 55,00 55,00 55,00 55,00 55,00 55,00 0,00 55,00

TOTAL 85,34 92,30 100,65 99,45 84,18 90,49 8,41 92,30

Considerando la imposibilidad de elaborar el documento contable AD,habida cuenta que la oferta más ventajosa está suscrita por una UTE.----------------

Visto el informe del Interventor obrante en el actuado.------------------------

El Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen de la Comisión Informativade la Ciudad Eficiente y Abierta, por 11 votos y 10 en contra (GMP, GMM-Som yGMM-Ciudadanos), acuerda:---------------------------------------------------------------

Primero.- Declarar como oferta económicamente más ventajosa para laejecución del contrato mixto de “SUMINISTROS Y SERVICIOS PARA LAPRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTOINTEGRAL CON GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES DEALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE LA VALL D’UIXÓ” POR ELPROCEDIMIENTO ABIERTO” la presentada por UTE CLECE ETRALUX, conlas siguientes condiciones técnicas:--------------------------------------------------------

Sistema de telegestión Helios y gestor de mantenimiento Giman Entorno GIS Sistema de telegestión con control punto a punto UVAX para toda lainstalación de alumbrado Sustitución de todas las luminarias existentes por nuevas luminarias con

tecnología Led Sustitución de los proyectores del campo de futbol y polideportivo portecnología LED Drivers Xitanium en las luminarias Renovación de 5 centros de mando tipo smarttower en instalacionessingulares

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Dos grupos electrógenos transportables insonorizados de 40 kVA y 100kVA Incremento de clasificación de varios tipos de vía para mayor nivel deiluminación Instalación de 3 sistemas ALERTPAS para refuerzo de la seguridad vialen pasos peatones

Y con las siguientes condiciones económicas;

Precio ofertado para suministro energético anual ( P_SE0): 85.526,75 € Precio ofertado correspondiente al presupuesto destinado a los servicios de

mantenimiento de las instalaciones con garantía total ( P_SRV0) :703.422,55 €

Presupuesto anual ofertado ( PA0) : 788.949,30 € Repercusión sobre los importes a facturar durante los tres primeros meses

del contrato: 28.543,50 €/mes ( IVA incluido)

Segundo.- Aprobar y disponer del gasto anual de 788.949,30 € (IVAincluido), con las siguientes operaciones contables:-------------------------------------

MANTENIMIENTO SUMINISTRO ENERGÍA

2018 RC 3178 87.162,05 € RC 3178 100.123,23 €

2019 RCFUT 703.422,55 € RCFUT 85.526,75 €

2020 RCFUT 468.948,36 € RCFUT 57.017,83 €

Tercero.- Notificar al licitador que ha presentado la ofertaeconómicamente más ventajosa el presente acuerdo requerirle para que dentro delos diez días hábiles siguientes a la fecha en que reciba esta notificación, presenteel documento que acredite haber constituido la garantía definitiva por el importede 31.163,49 € ,así como la siguiente documentación:----------------------------------

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1º) Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresariosindividuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura deconstitución en la que figure que su objeto social se adapta a las exigencias delcontrato, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuandoeste requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le seaaplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución,estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula suactividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial que fuerapreceptivo.

Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea osignatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditarsu capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración juradade estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I delReglamento General de LCAP.

Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrarmediante informe expedido por la representación diplomática española en elEstado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en elRegistro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan conhabitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen elobjeto del contrato.

Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomáticapermanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez laparticipación de empresas españolas en la contratación con la Administración, enforma substancialmente análoga.

2º) Documentos acreditativos de la representación: Cuando el licitador actúemediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo dela existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar,bastanteado por la Secretaría General del Ayuntamiento. La aportación de lamera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir laaportación de éste.

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3º) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal deEmpresas: Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unióntemporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad,indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, laparticipación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirseformalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios delcontrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión conpoderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que delcontrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia depoderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos decuantía significativa.

4º) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratarque incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de lasobligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposicionesvigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito debapresentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor sevaya a efectuar ésta. Anexo I del presente Pliego

5º) Acreditación de la solvencia:

La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional delempresario deberá acreditarse, a criterio del órgano de contratación, en funcióndel objeto del contrato, de su importe y de sus características por los mediossiguientes:

SOLVENCIA FINANCIERA:

Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, por importeigual o superior al precio total del contrato.

SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL:

Relación de los principales servicios o trabajos similares, a los que sonobjeto del contrato, realizados en los TRES últimos años, acompañada decertificados de buena ejecución, que incluya importe, fechas ybeneficiarios públicos o privados de los mismos. Los servicios efectuadosse acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órganocompetente cuando el destinatario sea una entidad del sector público omediante certificado o declaración del empresario cuando el destinatario

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sea un comprador privado. El importe de los trabajos deberá ser superioral precio del presente contrato.

6º) Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para lapráctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicandouna dirección de correo electrónico y un número de fax.

7º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Paralas empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de losJuzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidenciasque de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en sucaso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

8º).- Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias incluidaslas de carácter local y con la Seguridad Social.

Cuarto.- Dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que expire elplazo de diez días hábiles para la presentación de la documentación por el licitadorque ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, se dictará acuerdo deadjudicación definitiva a su favor, siempre que éste haya presentado dichadocumentación y acreditado que reúne las condiciones exigidas al efecto.--------------

En el turno de intervenciones, D. Oscar Langa Sáez, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Mixto-Som La Vall, toma la palabra paraseñalar que siempre ha manifestado que no está de acuerdo en que grandes empresasgestionen un patrimonio tan importante como es el alumbrado, por lo que votará encontra.---------------------------------------------------------------------------------------------

D. Oscar Clavell López, en nombre y representación del Grupo MunicipalPopular, toma la palabra para señalar que no va a entrar en cuestiones de cómo sehan valorado las ofertas presentadas y que el resultado final ha sido muy ajustado.---

Que le llama la atención una acta de la mesa de contratación donde constaque se da cuenta del informe del Ingeniero Técnico Industrial, que es quien valoralas ofertas presentadas, y en donde la misma insta a dicho Ingeniero a introducirdiversas rectificaciones a fin de aclarar los términos del informe. Que en fecha 24 deabril, la mesa de contratación acuerda tener en consideración dichas rectificaciones,pero constando unas observaciones del Ingeniero Industrial, Sr. Martínez.-------------

Pregunta: ¿Hay algún informe posterior?. Que, si no hay ese informe quepide la mesa, solicita que se le dé las explicaciones correspondientes al respecto.-----

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La Sra. Alcaldesa contesta que tiene a su disposición el expediente dondeestán todos los informes y documentación correspondiente. Que pida por escritocualquier aclaración y desde la mesa de contratación se le contestará técnicamente.--

Que la decisión política es la de aprobar el Pliego y las Bases.-------------------

D. Oscar Clavell López (GMP), en turno de réplica, toma la palabra paraseñalar que no está hablando del Pliego ni de las Bases, sino de la adjudicación.------

Después de recordar la situación actual en que se encuentra la empresa quepresta el servicio de alumbrado público; hasta que adjudique definitivamente elnuevo contrato; indica que como dice el Sr. Martínez hay muchas cuestiones que noquedan claras y también lo dice la mesa de contratación. Que si no se le da respuestaa esas dudas, anuncia que su Grupo votará en contra al dictamen.------------------------

La Sra. Alcaldesa contesta para señalar que este expediente antes de pasarpor el Pleno, lo hace ante la Comisión Informativa donde tiene capacidad parasolicitar informes, ver el expediente con unos días de antelación y, si lo desean,ampliar la información.--------------------------------------------------------------------------

D. Oscar Clavell López (GMP), en turno de contrarréplica, toma la palabrapara solicitar oficialmente toda la documentación y, sobre todo, si existe o no lo quese le solicita al Sr. Ingeniero Técnico Municipal en dos ocasiones.----------------------

Que, por parte de la Secretaría General y la Intervención Municipal,clarifique lo que manifiesta y queda por escrito por parte del Sr. Martínez.------------

10/18.4 DICTAMEN APROBACIÓN ACUERDO TRANSACCIONAL ENTREEL AYUNTAMIENTO DE LA VALL D’UIXÓ Y LA EMPRESA “FOMENTOVALENCIA MEDIOAMENTE, S.L.” (FOVASA).

Resultando que, mediante acuerdo de fecha 24 de junio de 2009 del Plenodel Ayuntamiento de La Vall d’Uixó, se adjudicó definitivamente a la mercantilSECOPSA MEDIO AMBIENTE, S.L. (SECOPSA) el contrato de gestión delservicio público de limpieza viaria y recogida y transporte de residuos urbanos delmunicipio.--------------------------------------------------------------------------------------

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Resultando que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 28 deseptiembre de 2016, acordó modificar la denominación del adjudicatario delcontrato de Gestión de Servicios Públicos de “Limpieza viaria y recogida deresiduos sólidos urbanos”, que pasa a ser “FOMENTO VALENCIAMEDIOAMBIENTE, S.L.” (FOVASA).--------------------------------------------------

Resultando que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 31 deenero de 2018, acordó incoar expediente sancionador a la mercantil FOVASA porinfracciones basadas en diversos hechos y, al mismo tiempo, aprobar lasdeducciones respecto a las facturas presentadas por la Empresa adjudicataria.------

Vista la Providencia de la Alcaldía, de fecha 19 de abril de 2018, donde seordena al Departamento de Contratación del Área de la Ciudad Sostenible elincoar el oportuno expediente para que, previos los informes técnicos pertinentes,se proponga un acuerdo transaccional entre el Ayuntamiento y la empresaFOVASA que se ponga fin a la situación litigiosa existente, permita una relacióncontractual normalizada en la prestación del servicio y se concrete elcumplimiento de la mejora ofrecida en su oferta por la empresa adjudicataria.-----

Visto el convenio transaccional que figura en el actuado, suscrito por elconcesionario en fecha 17 de mayo de 2018.---------------------------------------------

Vistos los siguientes informes obrantes en el actuado:-------------------------

- Informes del Ingeniero Industrial de fecha 18 de abril de 2018, relativosal grado de cumplimiento de las condiciones del contrato por parte de laadjudicataria y de la realización de las inversiones relativas a larenovación de los vehículos adscritos al servicio y de la reversión de losantiguos al Ayuntamiento, respectivamente.- Informe del Secretario General de fecha 20 de abril de 2018.- Informe conjunto de la Jefa del Servicio de Urbanismo, Contratación yBienes, el Secretario General y el Interventor Municipal de 14 de mayo de2018.- Informe de fiscalización del Interventor Municipal.

Considerando que, a la vista de los referidos informes, la empresaFOVASA debería abonar al Ayuntamiento el importe de 872.069,28 €. Laexigencia de esta cantidad por incumplimientos y servicios no prestados se basaen la técnica del equilibrio financiero del contrato.--------------------------------------

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No obstante, se debe precisar que a la cantidad que antecede y exigida porel Ayuntamiento al adjudicatario, se debe restar el importe correspondiente alinspector de servicio, más la repercusión del IPC, gastos generales y beneficioindustrial, actualizados, que asciende a 130.7558,12 €, al tratarse de un aspectodel cumplimiento del pliego controvertido; quedando 741.511,16 €.------------------

Considerando que, a la vista de los referidos informes, el Ayuntamientodebería abonar al concesionario:-----------------------------------------------------------

- Los importes pendientes de pago correspondientes a principal (sólo enconcepto de personal), intereses de demora y costas de los procedimientosjudiciales del orden contencioso-administrativo 819/12, 228/13, 150/14,568/13, 4/14, 223/14, 355/15, 157/13, referentes a resoluciones deminoración.

- Los importes correspondientes a costas procesales de los procedimientosjudiciales del orden contencioso-administrativo 821/12, 822/12 y 526/13,referentes a resoluciones de expedientes sancionadores, Así como losintereses de demora por las facturas con las que se compensó el pago delos expedientes sancionadores primero y segundo.

Los intereses de demora por el retraso en el pago de las facturas de losejercicios 2016 y 2017.

- El importe correspondiente al concepto inspector del periodo enero-febrero 2014, que asciende a 6.997,16 €, del procedimiento 223/14

CONCEPTO IMPORTEPrincipal 151.751,08 €Intereses 143.654,02 €Costas 37.948,95 €TOTAL: 333.354,05 €

Este abono total de 333.354,05 € se justifica en la obligatoriedad de darcumplimiento a las resoluciones judiciales, así como a la normativa específica enmateria de intereses de demora en los pagos de facturas por parte de laAdministración.-------------------------------------------------------------------------------

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Visto lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 39/2015, de 15 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.-------

El Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen de la Comisión Informativade la Ciudad Eficiente y Abierta, por 13 votos a favor y 8 en contra (GMP),acuerda:----------------------------------------------------------------------------------------

Primero.- Aprobar el acuerdo transaccional entre el Ayuntamiento y laempresa “FOMENTO VALENCIA MEDIOAMBIENTE, S.L.” (FOVASA),cuyas cláusulas principales son las siguientes: ------------------------------------------

- El concesionario renuncia a los procedimientos judiciales 355/15 y279/16, en los que todavía no ha recaído sentencia, así como a lainterposición de cualquier otro con el mismo objeto. - El Ayuntamiento renuncia a la apelación en el procedimiento 526/13, yel concesionario a la ejecución de la sentencia recaída en primerainstancia, así como a los gastos que se hayan generado.- El concesionario abonará al Ayuntamiento la cantidad de 751.100,65 €,en concepto de reequilibrio económico del contrato.- El Ayuntamiento abonará al concesionario, en concepto de principal,intereses y costas de los procedimientos judiciales y reclamacionespresentadas, la cantidad de 333.354,05 €.- La empresa concesionaria da por totalmente ejecutados todos losprocedimientos detallados en los apartados anteriores de este acuerdo delos que se derivara importe pendiente de pago, renunciando a cualquierotra acción.- Ambas partes acuerdan modificar el artículo 87 del Pliego dePrescripciones Técnicas, en lo referente a servicios no prestados.- Que, en cuanto a la mejora ofrecida por el concesionario, no evaluable,aunque sí vinculante, consistente en la “Construcción de polideportivo”; laMercantil se compromete a ejecutarla en el emplazamiento que elAyuntamiento determine, pudiendo consistir en la ejecución de cualquierinstalación deportiva o la reforma de alguna existente, por el importeofrecido. La mejora será ejecutada por el concesionario, previapresentación por el mismo del proyecto correspondiente que seráaprobado por el Ayuntamiento. Tanto el proyecto como la ejecución de lasobras serán supervisados por los Servicios técnicos Municipales. Que seconsensuará con el Ayuntamiento el correspondiente calendario deejecución, así como la obra concreta a ejecutar, teniendo en cuenta lanaturaleza de la mejora ofrecida inicialmente.

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- El Ayuntamiento, a fin de garantizar que los servicios contratados sepresten a la ciudadanía en las mejores condiciones, así como elcumplimiento de las nuevas exigencias impuestas por la normativa en lamateria, se compromete a revisar las prestaciones incluidas en los mismosy, en su caso, a promover la correspondiente modificación contractual.

Segundo.- Aprobar la realización del pago del siguiente modo:---------------

- Por el importe que paga el Ayuntamiento, en formalización con el cobrode parte de lo que ha de pagar la empresa.- El resto que ha de hacer efectivo la empresa tras la adopción del acuerdo,que asciende a la cantidad de 408.157,11 €. a abonar directamente ocompensar con el pago parcial en formalización de las facturas de laempresa que se aprueben por el Ayuntamiento. Durante el ejercicio 2018se materializarán 306.117,83 € (6/8), dentro del ejercicio, en seis plazosmensuales, y 102.039,28 € (2/8) en dos plazos los primeros dos meses de2019 €.

Tercero.- Modificar el artículo 87 del Pliego de Prescripciones Técnicas,sustituyendo el contenido del último párrafo del mismo, que dispone que “Si lasanción derivase de un servicio no prestado, se deducirá el importe del mismo”,por el siguiente texto: -----------------------------------------------------------------------

“En caso de servicios no prestados, con independencia de la tramitacióndel correspondiente expediente sancionador, podrán deducirse de la facturaciónsiguiendo el procedimiento contradictorio del artículo 97 del Reglamento Generalde la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por RealDecreto 1098/2001 referido a la resolución de incidencias surgidas en la ejecuciónde los contratos.

Que, si de este expediente se dedujera que de pagar el importe integro delcontrato se generaría un enriquecimiento injusto del empresario, procederá laminoración por el importe resultante en la siguiente factura que se emita, previaresolución motivada por parte del Ayuntamiento”

Cuarto.- Dejar sin efecto la parte del acuerdo adoptado por el Pleno delAyuntamiento, en sesión celebrada el 31 de enero de 2018, referente a laincoación de expediente sancionador por las deducciones de las facturaspresentadas por la empresa.------------------------------------------------------------------

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Quinto.- Aprobar y comprometer el gasto y reconocer las obligacionescorrespondientes, según las siguientes operaciones contables:-------------------------

CONCEPTO IMPORTE DOC. ADO

COSTAS PROCEDIMIENTO 819/12Minoraciones junio,julio,agosto y septiembre 2013 ( personal)

9.430,46 € 14535

PRINCIPAL E INTERESES PROCEDIMIENTO 150/14Minoraciones enero-abril 2013 y diciembre 2013

97.387,70 € 14551

PRINCIPAL E INTERESES PROCEDIMIENTO 4/14Minoraciones julio - octubre 2013

61.335,71 € 14554

INTERESES PROCEDIMIENTO 228/103Minoraciones noviembre 2013 ( personal)

4.106,73 € 14544

COSTAS PROCEDIMIENTO 228/13 Minoraciones noviembre 2013 ( personal)

662,54 € 14545

INTERESES PROCEDIMIENTOS 821/12 y 822/12( Sancionadores 1 y 2)

66.277,81 € 14556

COSTAS PROCEDIMIENTO 821/12 (Sancionador 1) 16.481,96 € 14547

COSTAS PROCEDIMIENTO 822/12 (Sancionador 2) 11.373,99 € 14546

PRINCIPAL E INTERESES PROCEDIMIENTO 355/15 Minoraciones desde mayo 2014 (personal, inspector y nuevasinversiones)

26.087,29 € 14557

RECTIFICACIÓN PROCEDIMIENTO 223/14 (importe inspectorenero-febrero 2014)

6.997,16 € 17562

INTERESES FACTURAS2016-2017

33.212,70 € 14558

TOTAL 333.354,05 €

Sexto.- Facultar expresamente a la Sra. Alcaldesa para la firma del acuerdotransaccional entre el Ayuntamiento y la empresa “FOMENTO VALENCIAMEDIOAMBIENTE, S.L.” (FOVASA).--------------------------------------------------

En el turno de intervenciones, D. Oscar Langa Sáez, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Mixto-Som La Vall, toma la palabra paraseñalar que la tarea que se ha hecho en los últimos meses para llegar a un acuerdoque permita solventar un problema muy serio que tenía el pueblo de la Vall es untrabajo que se tiene que agradecer, fundamentalmente a los Servicios Técnicos delAyuntamiento.------------------------------------------------------------------------------------

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Que también reconoce el trabajo del Equipo de Gobierno para buscar esasolución. Que la política tiene dos caras, una, la de generar problemas y, otra, la debuscar soluciones y este caso es un ejemplo de buscar soluciones.-----------------------

Dª. Gema Domínguez Vera, en nombre y representación del GrupoMunicipal Popular, toma la palabra para señalar que esta propuesta de acuerdo no leha supuesto ninguna sorpresa, aunque recuerda que en el último pleno que se trató eltema de SECOPSA, le preguntó muchas veces si se había negociado un acuerdo conla empresa y pidió que fueran valientes y lo dijeran. Que les dijo una serie defactores que veía que no concordaba con el tema de la valoración de lasminoraciones y que había algunas cosas que no eran muy coherentes.-------------------

Que tanto negaron que se había llegado a un acuerdo, que ahora, seis mesesdespués, tenemos este acuerdo.----------------------------------------------------------------

Que ha leído el acuerdo y que los porcentajes y minoraciones tampoco lesiguen cuadrando en base a la documentación entregada. Que las minoraciones queestán aquí van desde junio de 2014 a agosto de 2017. Que cuando entraron agobernar, las facturas que han pagado han sido íntegras, contradiciendo lo aparecidoen prensa.------------------------------------------------------------------------------------------

Prosigue, señalando que han hecho lo que deberían de hacer, porque es loque llevan diciendo innumerables Sentencias desde el año 2012, diciéndole a losTécnicos de esta Casa que no se estaban haciendo las cosas bien, que no se podíaminorar y sancionar. Que el procedimiento que se estaba empleando en esa Casa noera el correcto ni el adecuado. Que por eso se está pagando ese dinero.-----------------

Que no diga que esos 750.000 € eran servicios que no se prestaron y seabonaron en la anterior legislatura. Que las suya, Sra. Alcaldesa, empezó en junio de2015 hasta agosto de 2017, más lo que sigue a fecha de hoy, se está pagando el100% y el servicio no se ha prestado ya que a fecha de hoy sigue habiendoincumplimiento.----------------------------------------------------------------------------------

Prosigue señalando que no le cuadran esos datos, haciendo referencia a loslocales, al Inspector, a la limpieza de polígonos y a la mejora que debe realizar laempresa. -------------------------------------------------------------------------------------------

Que le preocupa el punto cuarto del acuerdo donde se deja sin efecto la partedel acuerdo adoptado por el Pleno en fecha 31 de enero de 2018 y que hacíareferencia a la incoación del expediente sancionador por la deducciones de las

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facturas. Pregunta: ¿Qué va a suponer para el Ayuntamiento?. Que le preocupaporque afecta al expediente sancionador que está en marcha.-----------------------------

Prosigue, preguntando: ¿Qué va a pasar con los servicios que no se hanprestado y que se han pagado por el Ayuntamiento desde agosto de 2007 hasta laentrada en vigor de este acuerdo? ¿Por qué no ha quedado por escrito?.-----------------

D. Fernando Darós Arnau, en nombre y representación del Grupo MunicipalCompromís, toma la palabra para considerar que es un buen acuerdo para elAyuntamiento, pues se va a recuperar mucho dinero por servicios pagados y noprestados.------------------------------------------------------------------------------------------

Que, otro punto de este cuerdo es que afecta a todos aquellos procesosjudiciales que aún no tienen Sentencia firme y que podría alcanzar más de 500.000 €,que este Ayuntamiento no va a pagar.---------------------------------------------------------

Recuerda que su Concejalía pagó el año pasado unos 300.000 € enSentencias que venían de otra época.----------------------------------------------------------

Que cuando preguntó si se estaba negociando con la empresa, políticamenteno. Que han sido los Técnicos con la empresa los que han hecho el trabajo y lo sabenperfectamente.------------------------------------------------------------------------------------

Que sobre las mejoras, señala que se hará en las instalaciones deportivas queacuerde el Ayuntamiento con el consenso de la empresa. Que el tema del Inspectorno es un acuerdo, ya que desde que comenzara el contrato hasta junio de 2016 nohabía nombrado un Inspector por parte del Ayuntamiento. Que en el momento enque se designó un Inspector, la empresa lo contrató.----------------------------------------

Que, el porqué se ha llegado a un acuerdo hasta mayo de este año y no enestos últimos meses, se debe a que se tenía que cerrar en algún momento la fecha.Que con las otras facturas se llegará a un acuerdo porque todo está hablado.-----------

Que las facturas se están pagando enteras y por eso el contrato estáfuncionando bien; la empresa ha gastado más de un millón de euros para comprar loscamiones nuevos y los ha puesto en servicio. Que, a ello, hay que añadir el clima detranquilidad y negociación con la empresa, que es muy superior.-------------------------

D. Antoni Llorente Ferreres, en nombre y representación del GrupoMunicipal Esquerra Unida, toma la palabra para señalar que posiblemente el acuerdo

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podía ser mejor, pero considera que es un buen acuerdo para la Ciudad, teniendo encuanta de dónde se venía.-----------------------------------------------------------------------

Destaca la renovación de los vehículos, que ya no se ocupen localesmunicipales por parte de la empresa, de los baldeos frecuentes de calles, larecuperación con este acuerdo de unos 750.000 € de servicios que no se prestabanadecuadamente, de la retirada de los distintos contenciosos-administrativospendientes o la realización de la mejora de las instalaciones deportivas por 1.200.000€.----------------------------------------------------------------------------------------------------

Que le hubiera gustado oír alguna valoración por parte del Grupo MunicipalPopular en rueda de prensa, pero sí lo hace por unos 8.000 €.-----------------------------

Que no le cuadra lo que ha ocurrido durante muchos años con la empresa derecogida de basura y que la Sra. Domínguez no ha querido saber nada al respecto,haciendo mención a la ocupación del lugar donde iban a ir las instalacionesdeportivas de mejora; la devolución de la fianza definitiva con los informes en contradel espacio que ocupa Vall Pala. --------------------------------------------------------------

Que tampoco le cuadra que la Sra. Bonig corriera a privatizar el servicio debasuras y se cargase una empresa pública que lo hacía; privatizándose con laempresa SECOPSA. Le recuerda la declaración judicial del Sr. Ricardo Costa dondedecía que esa empresa pagó 15.000 € para la campaña política municipal de 2007 dela Sra. Bonig.--------------------------------------------------------------------------------------

Que no le cuadra que se enviaran cartas de felicitación por lo bien que hacíael servicio la empresa cuando tenía tantos problemas.--------------------------------------

Concluye señalando que si es lo que se tenía que hacer, pregunta: ¿Por quéno hicieron antes el acuerdo?.------------------------------------------------------------------

La Sra. Alcaldesa toma la palabra para señalar que a la Sra. Domínguez lehan pasado esta “patata caliente”, teniendo a compañeros de la Corporación queestuvieron gobernando en la legislatura pasada y compañeros que provocaron este“marrón” para el Ayuntamiento.---------------------------------------------------------------

Que a ella tampoco le cuadran muchas cosas y se pregunta: ¿Quiéngobernaba en el 2014? ¿Cuándo comenzó este problema?. Recuerda que en el 2007y 2009 se privatizó este servicio a la empresa SECOPSA.---------------------------------

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Que se han pagado facturas por servicios no prestados durante estalegislatura y que se arrastraba desde el 2014, hasta que se ha arreglado el problemacon este acuerdo que se presenta al Pleno.---------------------------------------------------

Que lo peor es que nos vanagloriamos de que se hayan perdido Sentencias.Que ahora el Departamento de Medio Ambiente podrá mirar al futuro de cómocontribuir a cuestiones como puede ser la recogida de materia orgánica.----------------

Que actualmente se está cumpliendo el Pliego, las calles están más limpias ylos camiones son nuevos; recuperamos el dinero por servicios que no se han prestadoy se han designado a dos inspectores y a un Auxiliar Administrativo que se encargande revisar cada parte del contrato que se cumple.--------------------------------------------

Concluye, señalando que se ha hecho una buena tarea por los TécnicosMunicipales y a los compañeros de los tres partidos que forman el Equipo deGobierno, resolviendo uno de los problemas más graves que tenía este pueblo.--------

D. Oscar Langa Sáez (GMM-Som), en turno de réplica, toma la palabra paramanifestar una cierta inquietud porque a la hora de cuestionar siempre surge el papelde nuestros técnicos. Destaca de esta etapa que a los Técnicos se les hace caso entemas como el que se está discutiendo.--------------------------------------------------------

Que hablar de SECOPSA es hablar del año 2009, se debe recordar quiéngobernaba ese año y lo que ha pasado en el Estado Español desde esa fecha. Que hanpasado muchos años y muchas cosas, recordando que una de las más graves ha sidoque uno de los Concejales de este Ayuntamiento fue procesado por el TribunalSupremo por una cuestión relacionada con esa empresa: Que el Sr. Clavell ha pasadopor todo ese lío debido al tema de las facturas, haciendo referencia al contenido de laSentencia. -----------------------------------------------------------------------------------------

Que se alegra que jurídicamente se demostrara que no tenía responsabilidadpenal, pero le parece demoledor que le digan a un político que no es objetivo en lagestión de los intereses públicos.--------------------------------------------------------------

Que lo más importante del acuerdo es el control que está puesto en el mismoy siempre lo tendrá el Ayuntamiento por primera vez desde el 2009. Un control queno tiene que ver con el criterio político, sino público.--------------------------------------

Dª. Gema Domínguez Vera (GMP), en turno de réplica, toma la palabra parahacer referencia a la intervención del Sr. Daros, señalando que sobre elnombramiento del Inspector, no le va a contestar, sino que procede a dar lectura al

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informe del inspector 152 de la Policía Local, que es el encargado de la vigilanciadel cumplimiento del contrato, de noviembre de 2017, donde señala que no secumple correctamente. Que no lo dice ella.---------------------------------------------------

Que, en relación de la intervención de la Sra. Alcaldesa donde hacia mencióna que se cumple el Pliego de Condiciones, señala que en el informe que realiza elIngeniero Industrial, responsable del contrato, en fecha 18 de abril de 2018, dice queno se cumple.--------------------------------------------------------------------------------------

Que su Grupo no se va a vanagloriar que este Ayuntamiento pierda dinero,por eso están mirando punto a punto este acuerdo.------------------------------------------

Después de hacer referencia a la situación de los expedientes sancionadores ysu carácter dilatorio para llegar a un acuerdo, indica que es complicado para elGrupo Municipal de Esquerra Unida, que en la anterior legislatura traía al Plenomociones para que se resolviera en contrato de SECOPSA, ya que ahora no haresuelto el contrato porque no ha querido y va a resultar difícil explicarlo.-------------

Después de hacer referencia a informes de julio de 2017, donde se ponía demanifiesto incumplimientos de la empresa adjudicataria, cree que la gestión que hahecho el Equipo de Gobierno no es la adecuada. Que las manifestaciones en prensade la Sra. Alcaldesa de que la empresa devolverá unos 750.000 € cobrados de máspor incumplimientos demostrados del contrato a lo largo de diversos años delegislaturas anteriores, queda demostrado que no es cierto conforme los informes alos que ha hecho referencia. Que pagó el cien por cien de las facturas porque lostenía que pagar.-----------------------------------------------------------------------------------

Prosigue haciendo referencia a la intervención del Sr. Darós con relación aldepartamento de Medio Ambiente, indicando que se han tenido que pagar Sentenciasporque los Técnicos decían que no se podía pagar por los servicios que no se habíanprestado y por eso se pagaba la factura menos lo que decían los Técnicos que habíaque deducir. Que la empresa, cada minoración la llevaba al Juzgado y el Juzgadodecía que eso no se llevaba bien.--------------------------------------------------------------

Concluye, señalando que este tema se tenía que haber solucionado muchoantes si hubiera habido otro tipo de voluntad.------------------------------------------------

D. Fernando Darós Arnau (GMC), en turno de réplica, toma la palabra parahacer referencia a la intervención del Sr. Langa, destacando que se ha mejorado lasituación y la forma de controlar a la empresa.----------------------------------------------

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Que, sobre la intervención de la Sra. Domínguez, señala que hay unadiferencia entre el Inspector del servicio y el Inspector del Ayuntamiento que sepone dentro de SECOPSA.---------------------------------------------------------------------

El Pliego prevé que el Ayuntamiento pueda nombrar un inspector que luegocontrata la empresa concesionaria y que esas minoraciones empezaron en noviembrede 2009. Que cuando entran a gobernar se dan cuenta de que no había inspector y sele nombra en mayo de 2016. Que a partir de ahí ya no se minoran.-----------------------

Que otra cosa es el inspector que controla el contrato. Que actualmente haytres inspectores nombrados de los cuales dos son para el contrato con FOVASA.-----

Que, respecto a los expedientes sancionadores, será la instructora quiendecida y luego lo sabremos.---------------------------------------------------------------------

Concluye indicando que se deben alegrar de un acuerdo que da alAyuntamiento posibilidades de controlar a una empresa, de recuperar 750.000 € y sedesatasca una Concejalía; así como los procesos judiciales pendientes.-----------------

D. Antoni Llorente Ferreres (GMEU), en turno de réplica, toma la palabrapara hacer referencia a los expedientes sancionadores, precisando que una vezfirmado este acuerdo por la Sra. Alcaldesa, se trasladará a la instructora para que lotenga en cuenta en aquello que pueda afectar al expediente abierto y éste seguirá sucurso.-----------------------------------------------------------------------------------------------

Que, respecto a las manifestaciones sobre su Grupo, señala que han estadohaciendo lo que han hecho siempre, que los contratos privados de millones de eurosque puede tener un Ayuntamiento hay que vigilarlos y seguir su cumplimiento, cosaque Vds. no hacían.------------------------------------------------------------------------------

Que cuando se puede, pese a las trabas legales, lo han hecho y pone comoejemplo el servicio de jardines municipales que se ha remunicipalizado y comoharán con la zona azul. -------------------------------------------------------------------------

Prosigue su intervención haciendo referencia a diversos empresarios que hanhecho donaciones al Partido Popular y procede a enumerarlas, precisando que lo hanadmitido en sede judicial para no entrar en la cárcel.---------------------------------------

La Alcaldesa-Presidenta interviene nuevamente para señalar que se quedacon la parte positiva de llegar a este acuerdo. Que mañana lo firmará y se pondrá enmarcha la maquinaria para hacer efectivos los puntos que figuran en el mismo.-------

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Que se tiene que mirar hacia delante, viendo la forma de efectuar la recogidade la materia orgánica y de los voluminosos, que es difícil de controlar.----------------

Concluye considerando que se ha dado un paso hacia delante.-------------------

10/18.5 DICTAMEN APROBACIÓN MODIFICACIÓN PRESUPUESTO,EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS NÚM.3/18 Y SUPLEMENTO DE CRÉDITOS NÚM. 3/18.

Vista la Memoria del Concejal Delegado del Área de Hacienda del 18 demayo de 2018 por la que se incoa el expediente de modificación del presupuesto2018 de competencia plenaria en las modalidades de concesión de créditosextraordinarios nº 3/18 y de suplemento de créditos nº 3/18 en la que se haceconstar que los gastos propuestos no pueden demorarse hasta el ejercicioposterior.---------------------------------------------------------------------------------------

Considerando que el artículo 177.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales establece que, “cuando haya de realizarse algún gasto queno pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y no exista en el Presupuesto dela Corporación crédito o sea insuficiente o no ampliable el consignado, elPresidente de la misma ordenará la incoación del expediente de concesión decréditos extraordinarios en el primer caso o, de suplemento de créditos en elsegundo”.--------------------------------------------------------------------------------------

Considerando que el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales establece que, “dicho aumento se financiará con cargo alremanente líquido de tesorería, con nuevos o mayores ingresos recaudados sobrelos totales previstos en el presupuesto corriente, y mediante anulaciones o bajas decréditos de gastos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidos,cuyas estimaciones se estimen reducibles sin perturbación del respectivoservicio”.---------------------------------------------------------------------------------------

Considerando que el órgano competente para la aprobación de lasmodificaciones del presupuesto objeto del presente acuerdo es el Pleno, y elexpediente deberá de seguir los mismos trámites y requisitos que el presupuestomunicipal y serán asimismo de aplicación las mismas normas sobre información,reclamación y publicidad de los presupuestos.--------------------------------------------

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Vistos los informes del Servicio de Presupuestos y de la Intervenciónmunicipal, el Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen favorable de la ComisiónInformativa de la Ciudad Eficiente y Abierta, por 11 votos a favor, 1 en contra(GMM-Som) y 9 abstenciones (GMP y GMM-Ciudadanos), acuerda:----------------

Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de concesión de créditosextraordinarios nº 3/18 del presupuesto municipal del ejercicio 2018 por unimporte total de 1.000,00 €, de acuerdo con el siguiente desglose: -------------------

CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAODINARIOS Nº 3/18

1.- Aumentos gastos

Partida Denominación Proyecto Importe EXT

1008/334/48512 Sub. Junta Cofradías revista “Confrares” .............. 1.000,00 € 18699

Total 1.000,00 €

2.- Financiación

2.1.-Disminuciones gastos

Partida Denominación Total Importe BAJARC

1008/330/22699 Otros gastos diversos: Cultura .............. 1.000,00 € 18689

Total 1.000,00 €

Segundo.- Aprobar inicialmente el expediente de suplemento de créditosextraordinarios nº 3/18 del presupuesto municipal del ejercicio 2017 por unimporte total de 20.000,00 €, de acuerdo con el siguiente desglose: -----------------

SUPLEMENTO DE CRÉDITOS Nº 3/18

1.- Aumentos gastos

Partida Denominación Proyecto Importe SUP

1006/341/22799 Contratos externos: Deportes .............. 11.000,00 € 18716

0802/24110/22799 Contratos servicios: Fomento empleo .............. 9.000,00 € 18721

Total 20.000,00 €

2.- Financiación

2.1.-Disminuciones gastos

Partida Denominación Proyecto Importe BAJARC

0803/432/22799 Otros contratos servicios: Turismo .............. 20.000,00 € 18690

Total 20.000,00 €

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Tercero.- Ordenar la exposición al público por un plazo de 15 días hábiles delos expedientes de modificación presupuestaria citados en los puntos anteriores,mediante anuncio publicado en el BOP y expuesto en el Tablón de Edictos de laCorporación. Si en dicho plazo no se presentasen reclamaciones, se considerarándefinitivamente aprobados los expedientes de modificación presupuestaria objeto deeste acuerdo.--------------------------------------------------------------------------------------

10/18.6 DAR CUENTA DE LOS REPAROS Y OBSERVACIONESFORMULADOS POR LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL, ASÍ COMO DE LOSRECONOCIMIENTOS EXTRAJUDICIALES ADOPTADOS DURANTE ELPRIMER TRIMESTRE 2018.

Visto el informe del Interventor, de 16 de mayo de 2018, donde serelacionan y adjuntan como Anexos II y III, copia de las observaciones, así comolas resoluciones y acuerdos adoptados no obstante los mismos, y de loscorrespondientes a Reconocimientos Extrajudiciales, correspondientes al primertrimestre del ejercicio 2018. ----------------------------------------------------------------

De conformidad con lo establecido en los arts. 218 y 219.2 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL, enadelante), el Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen de la ComisiónInformativa del Área de la Ciudad Eficiente y Abierta, por unanimidad de losveintiún Sres./as. Concejales/as presentes en la sesión, acuerda:----------------------

Quedar enterados de los reparos y observaciones formulados por laIntervención Municipal, así como los reconocimientos extrajudiciales adoptadosdurante el primer trimestre de 2018.-------------------------------------------------------

10/18.7 DAR CUENTA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL PRIMERTRIMESTRE 2018.

Visto el informe de Intervención de 16 de mayo de 2018. ------------------------

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Considerando lo establecido en el art. 207 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL, en adelante) y la Regla 7 de laInstrucción de Operatoria y Organización Contable del Ayuntamiento de La Valld'Uixó, aprobada por Acuerdo Plenario de fecha 13 de enero de 2014 (IOOC, enadelante), se ha procedido a elaborar la información relativa a la ejecuciónpresupuestaria correspondiente al PRIMER TRIMESTRE del ejercicio 2018, conlos Anexos:

- Anexo sobre el cumplimiento del período medio de pago queconfeccionará la Tesorería y que remitirá a la intervención antes del día20 del mes siguiente al trimestre que corresponda.- Anexo sobre el cumplimiento de los plazos de tramitación de lasfacturas que se confeccionará por la Intervención .- Anexo sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica de EstabilidadPresupuestaria y Sostenibilidad Financiera que confeccionará laIntervención.

De conformidad con lo dispuesto en la LOEPSF y en la IOOC, el Pleno delAyuntamiento, con el dictamen de la Comisión Informativa del Área de la CiudadEficiente y Abierta, por unanimidad de los veintiún Sres./as. Concejales/as presentesen la sesión, acuerda:------------------------------------------------------------------------------

Quedar enterados de la información que obra en el expediente y que sepublicará en la web municipal.------------------------------------------------------------------

10/18.8 DICTAMEN APROBACIÓN BASES REGULADORASOTORGAMIENTOS SUBVENCIONES AL CICLO INFANTIL DE COLEGIOSPÚBLICOS DE LA CIUDAD.

Atès el que ha disposat el Sra. Regidora delegada especial d'Educació de laVall d'Uixó sobre les bases reguladores per a l'atorgament, en concurrènciacompetitiva, de les ajudes al Centres Públics d'Educació Infantil de la localitat,amb alumnes que cursen Educació Infantil de Segon Cicle, per adquirir llibres detext i material escolar, dintre de les disponibilitats pressupostàries de l'any en curs.

Atès que l'Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, en claraconsonància amb el que establix la Constitució, determina en l'article 2 quecorrespon a la Generalitat Valenciana, en l'àmbit de les seues competències,promoure les condicions perquè la igualtat de la ciutadania i els grups en quès'integren siguen reals i efectives, i eliminar els obstacles que impedisquen odificulten la seua plenitud. ------------------------------------------------------------------

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Atès que el Municipi, en virtut del que disposa l'article 25.1 de la Llei7/1985, de 2 d'abril, reguladora de les Bases de Règim Local (LRBRL), per a lagestió dels seus interessos i en l'àmbit de les seues competències, pot promourequalsevol classe d'activitats i prestar els servicis públics que contribuïsquen asatisfer les necessitats i aspiracions de la comunitat veïnal en els termes quepreveu el dit article. Així mateix exercirà en tot cas com a competències pròpies,d'acord amb el que establix l'article 25.2 de la LRBRL en la seua redacció donadadesprés de la modificació efectuada per la Llei 27/2013, de 27 de desembre, elsajuntaments mantenen com pròpies les competències relatives a l'atencióimmediata a persones en situació o risc d'exclusió social, ocupació del tempslliure i promoció de la cultura, competències que, com pot entendre's vanvinculades a objecte de la subvenció que es tramita. ------------------------------------

Atès que la Llei Orgànica 1/1996, de 15 de gener, de Protecció Jurídica delMenor, que inclou situacions d'absentisme entre les situacions de desprotecció demenors, assenyalant l'obligació de les Administracions Públiques de garantirl'exercici del dret a l'educació, proporcionant l'asistència adequada per l'efectiuexercici dels seus drets i implusant polítiques compensatòries dirigides a corregirles desigualtats socials.----------------------------------------------------------------------

Atès que la Llei 5/1997, de 25 de juny, de la Generalitat Valenciana, per laque es regula el Sistema de Serveis Socials a l'àmbit de la Comunidad Valenciana,establint que són competència de la Administració Local, entre altres, els anàlisisde les necesitats i la problemàtica social existents al seu àmbit territorial.-----------

Atès que la Llei 12/2008, de 3 de juliol, de la Generalitat Valenciana, deProtecció Integral de la infàntesa y l'adolescència en la Comunidad Valenciana,indica que es competència local la prevenció de situacions de desprotecció social,la detecció, apreciació i declaració de les situacions de risc i la intervenció en ixessituacions.-------------------------------------------------------------------------------------

Atès que la Llei 27/2013, de 17 de desembre, de Racionalització iSostenibilitat permet que els municipis realitzen activitats complementàries en elscentres docents i que puguen assumir competències en la prestació dels serveissocials, promoció de la igualtat d'oportunitats així com en matèria d'exclusiósocial. La Constitució espanyola establix la igualtat com a valor superior del'ordenament jurídic, projectant-se amb una eficàcia transcendent de tal maneraque les situacions de desigualtat esdevenen incompatibles amb l'orde de valorsque la Constitució proclama. ---------------------------------------------------------------

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Atès que l'Ordre 1/2015, de 26 de maig, conjunta de la Conselleria dePresidéncia, i Agricultura, Pesca, Alimentació i Aigua i de la Conselleriad'Hisenda i Administració Pública, que regula el procediment per la obtenció delsinformes prevists a l'art. 7.4 de la Llei 7/85, de 2 de abril, a l'art. 2 estableix queno concurreix execució simultània si l'acció resulta complementària de la exercidaper una altra administració pública, quan existeixca o no concurrència temporal enla prestació, per la existència de cronologies diferenciades en la prestació delservei o activitat, que no coindidèixa en la forma de la prestació del servei oactivitat i que no siguen ni pròies ni les atribuïdes per delegació.---------------------

Vistes les bases de la convocatòria redactades a l'efecte, el dictamen de laComissió Informativa de l'Àrea de la Ciutat per a les Persones així com elsinformes emesos pel Tècnic Mitjà de Gestió de l'Àrea de la Ciutat per a lespersones i l'informe de la Intervenció Municipal de Fons i no obstant el mateix, aproposta del Sr. Regidor de l'Àrea de la Ciutat per a les persones, el Ple del’Ajuntament, por 12 vots a favor y 9 abstencions (GMP y GMM-Ciudadanos),acorda:-----------------------------------------------------------------------------------------

Primer.- Aprovar les bases reguladores, que consten a l'expedientdegudament diligènciades, a càrrec de la partida 1009.32003.481 per a laconcessió de les referides subvencions.----------------------------------------------------

Segon.- Donar publicitat de les mateixes per mitjà d'inserció al anunci alBOP, en el Tauler d'Anuncis de la Casa Consistorial, comunicació als IES de laciutat i pàgina web municipal.--------------------------------------------------------------

Tercer.- Contra el present acord, que posa fi a la via administrativa, espodrà interposar recurs potestatiu de reposició davant del mateix òrgan que l'haaprovat, en el termini d'un mes a comptar des de l'endemà a la notificació delmateix o la seua publicació, o recurs contenciós administratiu davant el Jutjatd’Allò Contenciós Administratiu de Castelló, en el termini de dos mesos,comptats des de l'endemà a la recepció de la notificació del mateix o la seuapublicació.-------------------------------------------------------------------------------------

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10/18.9 DICTAMEN APROBACIÓN RESOLUCIÓN RECLAMACIÓN DE Dª. JOSEFINA VALLS GAYA CONTRA CONCESIÓN NICHO CEMENTERIOMUNICIPAL.

Atès que han estat presentades les sol.licituts de reconeixement de lapropietat dels nínxols que es diuen i la devolució del valor actual més interessosde l'import pagat per la renovació de la concessió aprovada pel plenar, tot aportantla documentació de carta de pagament i/o còpia del títol de propietat.----------------

SOLICITANTE NICHOFECHAPAGO

IMPORTEPAGADO

Josefina Valls Gaya 256, tram. 4ª, Frontal 20/02/08 87,61 €

VISTA la legislació aplicable i que es:-------------------------------------------

-Decret 2263/1974 de 20 de juliol, pel que s'aprova el Reglament dePolicía Sanitaria Mortuoria, art. 60.-Llei 7/85, de 2 d'abril, reguladora de les Bases de Règim Local, arts. 79 i80.-RD 1372/86, de 13 de juny, pel que s'aprova el Reglament de Bens de lesentitats Locals, arts. 2, 4, 5, 78 i 79.-Decret 39/2005, de 25 de febrer, del Consell de la Generalitat, pel ques'aprova el -Reglament pel que es regulen les práctiques de policiasanitaria mortuoria en l'àmbit de la Comunitat Valenciana, arts. 2 i 52.-Ordenança reguladora dels serveis funeraris municipals de la Vall d'Uixó,de 2005, arts. 1 i 2.

Vistes les sentències del Tribunal Constitucional 227/1988 de 29 denovembre; del Tribunal Suprem de 25 d'octubre de 1993, de 02 de juny de 1997 ide 28 de setembre de 2001.------------------------------------------------------------------

Vist el informe juridic emés pel Sr. Secretari General de 24 de març de2010 i vist el informe del Secretari.--------------------------------------------------------

Vist el dictamen de la Comissió Informativa de l'Àrea de la Ciutat per a lespersones, a proposta del Regidor de l'Àrea de la Ciutat per a les persones, el Ple del’Ajuntament, per unanimitat dels vint-i-un Srs/es Regidors/es presents a la sessió,acorda:------------------------------------------------------------------------------------------

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Primer.- Estimar, en part, la petició de la instáncia presentada per JosefinaValls Gaya.------------------------------------------------------------------------------------

Segon.- Modificar l'acord plenari que es diu, en el punt de renovació de laconcessió administrativa dels nínxols que es rel.laciona a continuació.--------------

SOLICITANTE NICHOFECHAPAGO

IMPORTEPAGADO

Josefina Valls gaya 256, tram. 4ª, Frontal 20/02/08 87,61 €

Tercer.- Aprobar el reintegrament de les quantitats abonades de maneraimprocedent, amb els interesos corresponents fins al moment del seu abonament,als sol.licitants que en el seu dia varen abonar la renovació i que a continuació esdiuen, mitjançant transferència bancaria a l'entitat bancaria corresponent, segonscas, i que el seu titular es el sol.licitant.---------------------------------------------------

SOLICITANTE NICHOFECHAPAGO

IMPORTEPAGADO

OP IN.DEMORA ADO

Josefina Valls Gaya 256, tram. 4ª, Frontal 20/02/08 87,61 € 17790 43,63 € 17791

Quart.- Que les concessions administratives dalt indicades, estan sotmesesa les següents condicions:-------------------------------------------------------------------

- Que es tracta de una concessió administrativa per l'ús privatiu d'un bé dedomini públic, pel que la interessada no té dret a la propietat sobre elnínxol esmentat, puix el dret de propietat invocat es incompatible amb lanaturalesa jurídica del cementeri municipal, que és un be de domini públicdestinat a un servei públic i per tant de titularitat municipal.

- Que la durada de la concessió, quan el títol siga a perpetuïtat, és de 99anys, que el límit de 50 anys, establerts a l'art. 68 de l'OrdenançaMunicipal, no és aplicable als títols a perpetuïtat pel principi deirretroactivitat de les normes menys favorables, pel que és d'aplicació elque estableix amb caràcter general l'art. 79 del Reglament de Bens,acabant la concessió administrativa als 99 anys de la seva convessió.

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Cinqué.- Contra el present acord, que posa fi a la via administrativa, espodrà interposar recurs potestatiu de reposició davant del mateix òrgan que l'haaprovat, en el termini d'un mes a comptar des de l'endemà a la notificació delmateix o la seua publicació, o recurs contenciós administratiu davant del jutjat delo contenciós administratiu de Castelló, en el termini de dos mesos, comptats desde l'endemà a la recepció de la notificació del mateix o la seua publicació.----------

10/18.10 DICTAMEN APROBACIÓN RESOLUCIÓN RECLAMACIÓN DE Dª. ROSA CARBÓ MARCO CONTRA CONCESIÓN NICHO CEMENTERIOMUNICIPAL

Atès que han estat presentades les sol.licituts de reconeixement de lapropietat dels nínxols que es diuen i la devolució del valor actual més interessosde l'import pagat per la renovació de la concessió aprovada pel plenar, tot aportantla documentació de carta de pagament i/o còpia del títol de propietat.----------------

SOLICITANTE NICHOFECHAPAGO

IMPORTEPAGADO

Rosa Carbó Marco 57, tram. 2ª, Frontal 20/05/15 91,55 €

Vista la legislació aplicable i que es:----------------------------------------------

-Decret 2263/1974 de 20 de juliol, pel que s'aprova el Reglament dePolicía Sanitaria Mortuoria, art. 60.-Llei 7/85, de 2 d'abril, reguladora de les Bases de Règim Local, arts. 79 i80.-RD 1372/86, de 13 de juny, pel que s'aprova el Reglament de Bens de lesentitats Locals, arts. 2, 4, 5, 78 i 79.-Decret 39/2005, de 25 de febrer, del Consell de la Generalitat, pel ques'aprova el -Reglament pel que es regulen les práctiques de policiasanitaria mortuoria en l'àmbit de la Comunitat Valenciana, arts. 2 i 52.-Ordenança reguladora dels serveis funeraris municipals de la Vall d'Uixó,de 2005, arts. 1 i 2.

Vistes les sentències del Tribunal Constitucional 227/1988 de 29 denovembre; del Tribunal Suprem de 25 d'octubre de 1993, de 02 de juny de 1997 ide 28 de setembre de 2001.-----------------------------------------------------------------

Vist el informe juridic emés pel Sr. Secretari General de 24 de març de2010 i vist el informe del Secretari.--------------------------------------------------------

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Vist el dictamen de la Comissió Informativa de l'Àrea de la Ciutat per a lespersones, a proposta del Regidor de l'Àrea de la Ciutat per a les persones, el Ple del’Ajuntament per unanimitat dels vint-i-un Srs/es. Regidors/es pressents a lasessió, acorda:---------------------------------------------------------------------------------

Primer.- Estimar, en part, la petició de la instáncia presentada per RosaCarbó Marco .---------------------------------------------------------------------------------

Segon.- Modificar l'acord plenari que es diu, en el punt de renovació de laconcessió administrativa dels nínxols que es rel.laciona a continuació.---------------

SOLICITANTE NICHOFECHAPAGO

IMPORTEPAGADO

Rosa Carbó Marco 57, tram. 2ª, Frontal 20/05/15 91,55 €

Tercer.- Aprobar el reintegrament de les quantitats abonades de maneraimprocedent, amb els interesos corresponents fins al moment del seu abonament,als sol.licitants que en el seu dia varen abonar la renovació i que a continuació esdiuen, mitjançant transferència bancaria a l'entitat bancaria corresponent, segonscas, i que el seu titular es el sol.licitant.----------------------------------------------------

SOLICITANTE NICHOFECHAPAGO

IMPORTEPAGADO

OP IN.DEMORA ADO

Rosa Carbó Marco 57, tram. 2ª, Frontal 20/05/15 91,55 € 17467 10,60 € 17468

Quart.- Que les concessions administratives dalt indicades, estan sotmesesa les següents condicions:-------------------------------------------------------------------

- Que es tracta de una concessió administrativa per l'ús privatiu d'un bé dedomini públic, pel que la interessada no té dret a la propietat sobre elnínxol esmentat, puix el dret de propietat invocat es incompatible amb lanaturalesa jurídica del cementeri municipal, que és un be de domini públicdestinat a un servei públic i per tant de titularitat municipal.

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- Que la durada de la concessió, quan el títol siga a perpetuïtat, és de 99anys, que el límit de 50 anys, establerts a l'art. 68 de l'OrdenançaMunicipal, no és aplicable als títols a perpetuïtat pel principi deirretroactivitat de les normes menys favorables, pel que és d'aplicació elque estableix amb caràcter general l'art. 79 del Reglament de Bens,acabant la concessió administrativa als 99 anys de la seva concessió.

Cinqué.- Contra el present acord, que posa fi a la via administrativa, espodrà interposar recurs potestatiu de reposició davant del mateix òrgan que l'haaprovat, en el termini d'un mes a comptar des de l'endemà a la notificació delmateix o la seua publicació, o recurs contenciós administratiu davant del jutjat delo contenciós administratiu de Castelló, en el termini de dos mesos, comptats desde l'endemà a la recepció de la notificació del mateix o la seua publicació.----------

10/18.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO.

11.1 Acuerdo aprobación acuerdo alegaciones expediente resolución contrato concesión pública para la construcción y explotación de una instalación deportivade padel en la Avda. Agricultor.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura del dictamen que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducido literalmente dice como sigue: ----------------------------

"Resultando que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 10 demayo de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:----------------------------------------------

“Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento incoado por acuerdoplenario de 20 de diciembre de 2017 para la resolución del contrato para deconcesión para la construcción y explotación de una instalación deportiva depadel en Avenida Agricultor.

Segundo.- Incoar nuevo expediente para la resolución del contrato deconcesión pública para la construcción y explotación de una instalación deportivade padel en Avenida Agricultor.

Tercero.- Conservar aquellos actos o trámites que pudiera resultaroportuno.

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Cuarto.- Conceder al concesionario un plazo de audiencia de diez díasnaturales.”

Resultando que el referido acuerdo fue notificado al interesado el 11 demayo de 2018. --------------------------------------------------------------------------------

Resultando que, en fecha 22 de mayo de 2018, núm de Registro Generalde Entrada 10525, D. Manuel Beltrán Navarro y D. Carlos Martí González,actuando en representación de la sociedad “PADEL LA VALL, S.L.”, presentanescrito de alegaciones.------------------------------------------------------------------------

Considerando que las referidas alegaciones han sido presentadas fuera delplazo concedido al efecto, ya que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas, el plazo de audiencia finalizaba el día 21 de mayo de2018.--------------------------------------------------------------------------------------------

Considerando que, no obstante lo anterior, hay que tener en cuenta que lasalegaciones presentadas el 22 de mayo de 2018 reproducen sensiblemente lasformuladas en fecha 19 de enero de 2018, núm de Registro General de Entrada1128; y que el acuerdo plenario de 21 de mayo de 2018 prevé expresamente laconservación de aquellos actos o trámites que pudiera resultar oportuno. -----------

Considerando que las alegaciones formuladas el 19 de enero de 2018fueron objeto de los siguientes informes, que se conservan en virtud de lodispuesto en el acuerdo plenario de 10 de mayo de 2018:------------------------------

- Informe del Ingeniero Municipal de 21 de febrero de 2018.- Informe del Arquitecto Municipal de 1 de marzo de 2018.- Informe de la Jefa del Servicio de Urbanismo, Contratación y Bienes de8 de marzo de 2018.

El Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen de la Comisión Informativade la Ciudad Eficiente y Abierta, acuerda:------------------------------------------------

Primero.- No admitir, por extemporáneas, las alegaciones presentadas enfecha 22 de mayo de 2018, núm de Registro General de Entrada 10525, por D.Manuel Beltrán Navarro y D. Carlos Martí González, actuando en representaciónde la sociedad “PADEL LA VALL, S.L.”. -----------------------------------------------

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Segundo.- Conservar las alegaciones formuladas por el concesionario el 19de enero de 2018 enero, que fueron de oposición, cuyo redactado es similar alcontenido de las presentadas extemporáneamente el 22 de mayo de 2018, asícomo los informes relacionados en el considerando último.----------------------------

Tercero.- Remitir las actuaciones al CONSELL JURÍDIC CONSULTIUDE LA COMUNITAT VALENCIANA, a fin de emita el preceptivo dictamenprevisto en el artículo 109 del Real Decreto 1098/2001, por el que se aprueba elReglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.-----

Cuarto.- El plazo máximo para resolver y notificar previsto en el artículo21.3 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas, quedará suspendido por el plazo que medie entre lapetición y la recepción del dictamen, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 21.1.d) de la citada ley.". ----------------------------------------------------------

Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

No habiéndose promovido turno de intervenciones, en votación ordinaria,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por 13 votos a favor y 8abstenciones (GMP), se aprobó el dictamen transcrito al inicio del presente punto,en su mismo tenor literal y a cuyo efecto se da aquí por reproducido. ----------------

11 2 Declaración Institucional de todos los Grupos Municipales sobre la disoluciónde la Banda Terrorista ETA.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

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"Amb motiu de la dissolució de la banda terrorista ETA el passat 3 demaig, cal fer memòria, reflexionar i per damunt de tot honrar el record de totes lespersones que han perdut la vida, han sigut ferides o han patit a mans de la bandaterrorista, dins i fora de la nostra Comunitat. --------------------------------------------

Les violències, sempre inhumanes i inútils, han estat els assassinats iassassinades, els ferits i ferides, les amenaces, la por i el silenci. L'empremta de labarbàrie no es podrà esborrar mai de la nostra memòria. -------------------------------

Al nostre futur i al de les properes generacions, l’interès primordial perconèixer la història de l’horror que ha generat el terrorisme d’ETA i la memòriadel seu terro, es mantindran ferms. Dediquem-nos perquè a cada valencià ivalenciana els arribe la certesa i la seguretat que la brutalitat viscuda mai més estorne a repetir. --------------------------------------------------------------------------------

Els valencians i valencianes hem patit l’atac terrorista de la bandaterrorista ETA en nombroses ocasions, hem sentit el dolor que ha suposat i hemcompartit sempre l’immens desig perquè la pau arribara definitivament. ------------

Lluís Vives, l’humanista valencià més transcendent, ens recorda que lapau, com absència de violència, és un estadi humà, però que la concòrdia és allòque veritablement hem d’aconseguir per a mantindre la nostra natura com apersones. Els drets humans són el nostre fonament i la concòrdia només es fa ambeterna dedicació. -----------------------------------------------------------------------------

Per tot l’exposat, el Ple de l’Ajuntament, acorda:-------------------------------

Aprobar la present declaració institucional, manifestant que la ComunitatValenciana és un espai de Drets Humans, per tant contra el terror, un espai per a lamemòria, la dignitat i el reconeixement de tots aquells i aquelles que han perdut lavida, han patit els atacs i les amenaces de la banda terrorista ETA. ". ----------------

Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

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No habiéndose promovido turno de intervenciones, en votación ordinaria,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por unanimidad de los/asveintiún Sres./as Concejales/as presentes en la sesión, se aprobó la declaracióninstitucional transcrita al inicio del presente punto, en su mismo tenor literal y acuyo efecto se da aquí por reproducida. --------------------------------------------------

11.3 Moción de los Grupos Municipales Socialista, Esquerra Unida y Compromíssobre el Plan de Cercanías en la Comunidad Valenciana y pedir descuentos parajóvenes en la modalidad Tren de Cercanías.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

"La importancia de la red de Cercanías para la movilidad de la ciudadaníade la Comunidad Valenciana es evidente, puesto que representan el tercer núcleoen importancia de España, con 37 millones de viajeros al año, más de 100.000viajeros al día, lo cual supone una movilización diaria de 424 trenes entre 77estaciones.--------------------------------------------------------------------------------------

La mínima inversión en la red de transporte de cercanías por parte delEstado en los últimos años ha determinado un deterioro muy notable de la calidadde los servicios, que son utilizados a diario por 2 de cada 3 ciudadanas yciudadanos.------------------------------------------------------------------------------------

El continuado maltrato a nuestras infraestructuras ferroviarias por parte delgobierno estatal se traduce en retrasos diarios, cancelaciones y trenes masificados,lo cual comporta una constante agresión a los derechos de los miles de usuarios delas líneas de trenes de cercanías de la Comunidad Valenciana.------------------------

El Plan de Cercanías 2018-2025 para la Comunidad Valenciana,presentado por el Ministro de Fomento el pasado mes de diciembre, dota con1.436 millones de euros para la mejora de infraestructuras y servicios, iniciativaque ha sido muy acogida, tanto por los municipios afectados, como por la propiaConsellería de vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.--------------

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Para que este Plan de Cercanías se plasme en una realidad más allá de lasbuenas intenciones del gobierno estatal, necesita de la correspondienteconsignación presupuestaria, una cosa que por sorpresa no ha sucedido en elproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para 2018, que enclara contradicción con la inicial intención manifestada en el Plan de Cercanías2018-2025, únicamente contempla 50 millones de euros, una cantidad que esclaramente insuficiente para su efectiva realización, puesto que con este escasoritmo inversor se necesitarían varias décadas para ejecutar el plan anunciado endiciembre, cuando en el mismo se contempla una ejecución para nueve años.------

Hay que denunciar la mala conexión ferroviaria en todas las comarcasvalencianas. Las Cercanías todavía están muy lejos de ser un medio vertebrados;líneas como Alicante-Elda-Villena, la ampliación de Gandía-Oliva Dénia y deCastellón hasta Vinaròs, siguen sin ser una realidad, dejando sin conexión anúcleos de población de grandes magnitudes.--------------------------------------------

Por otro lado, al mal servicio que prestan las cercanías, se le tiene quesumar el precio abusivo de su billete. Las personas usuarias han visto cómo casitodos loa años, se ha ido incrementando el importe y han desaparecido algunosbeneficios como los descuentos de ida y vuelta. Además, tampoco se entiende porqué no hay descuentos para jóvenes en la modalidad de tren que más usan a diariopara asistir a clase, mientras que sí que existen estos descuentos para AVE, Mediay Larga Distancia.-----------------------------------------------------------------------------

Por todo esto, a propuesta de los Grupos Municipales Socialista, EsquerraUnida y Compromís, el Pleno del Ayuntamiento, acuerda:-----------------------------

Primero.- Instar al Gobierno del Estado, para exigirle que proceda deinmediato a incrementar la partida destinada al Plan de Cercanías para este 2018dotándolo con al menos 133 millones de euros adicionales a los inicialmenteconsignados, hasta un total de 183 millones para este ejercicio.-----------------------

Segundo.- Instar al Gobierno del Estado español para que cree losdescuentos para jóvenes en la modalidad de tren de cercanías.". ----------------------

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Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

En el turno de intervenciones, D. Jorge García Fernández, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Socialista, toma la palabra para hacerreferencia al contenido de la exposición de motivos de la moción, considerandocomo insuficiente la red de Cercanías y la nula inversión en los últimos años delEstado Español ha provocado un deterioro de la misma.--------------------------------

Concluye su intervención reproduciendo la propuesta de acuerdo queacompaña la moción.-------------------------------------------------------------------------

D. Oscar Langa Sáez, en nombre y representación del Grupo MunicipalMixto-Som La Vall, toma la palabra para indicar que votará a favor de la mocióny de adhiere a la misma.---------------------------------------------------------------------

Prosigue su intervención señalando que hay mas cosas como son lasestaciones de ferrocarril que no son accesibles, poniendo como ejemplo la deMoncofa.---------------------------------------------------------------------------------------

Concluye reiterando que votará a favor de la moción.-------------------------

D. Jorge García Fernández (GMS), en turno de réplica, toma la palabrapara precisar que esta moción ha sido instada por las Juventudes Socialistas delPaís Valencià.----------------------------------------------------------------------------------

Concluido el turno de intervenciones, en votación ordinaria, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por unanimidad de los/asveintiún Sres./as Concejales/as presentes en la sesión, se aprobó la mocióntranscrita al inicio del presente punto, en su mismo tenor literal y a cuyo efecto seda aquí por reproducida. --------------------------------------------------------------------

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11.4 Moción de los Grupos Municipales Socialista, Esquerra Unida y Compromíssobre apoyo Proposición Ley Despenalización de la Eutanasia.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

"Hace tiempo que asistimos a un amplio debate social y político sobre losderechos y garantías de todas las personas a una asistencia sanitaria y social en elfinal de sus vidas, que respete su autonomía y el derecho a una muerte sinsufrimiento (muerte digna).-----------------------------------------------------------------

A este debate se une otro sobre el derecho de las personas que, sin estar enun proceso abocado a una muerte inminente, deciden por su situación de invalidezo sufrimiento solicitar la ayuda para morir anticipadamente (eutanasia).-------------

Dos aspectos que requieren decisiones políticas que permitan avanzar enlos derechos de las personas. Ya lo estamos haciendo. Pero son dos debatessociales, profesionales y jurídicos bien diferentes al mismo tiempo.------------------

En relación con la eutanasia, su regulación está llamada a solucionar lossupuestos en que una persona con una enfermedad sin tratamiento, por tantoirreversible, que sufre padecimientos graves, y que desea y solicita que se leadministre una medicación que ponga final a su vida de manera anticipada o, almenos, el acceso a los fármacos para poner fin a su vida por sí mismo.--------------

Consideramos que desde hace tiempo que hay un espacio (voluntad social,política y respaldo constitucional y jurídico) para legislar también en Españasobre este derecho. Porque de eso se trata de una ampliación de derechos de laciudadanía.-------------------------------------------------------------------------------------

De hecho, desde 2009 (encuesta del CIS) se aprecia en la sociedadespañola un importante apoyo a la regulación legal de la eutanasia (58,4% sí, contoda seguridad), incluso entre los católicos (60%) y demás creyentes (43,7%).-----

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La cuestión fundamental en esta regulación es dotarla de las garantíassuficientes. La regulación de la eutanasia ha de asegurar que la decisión de lapersona que solicita la eutanasia sea autónoma, libre de presiones, informada ysostenida en el tiempo, y no debida a circunstancias de la persona que tuvieranmás que ver con una falta de condiciones dignas, médicas, sociales o familiares,para afrontar esa situación.------------------------------------------------------------------

Se deben valorar, además de la capacidad, autonomía y libertad de lapersona, las condiciones de la enfermedad (irreversibilidad, pronóstico temporalde la muerte, sufrimientos que padece y posibilidad de alivio, ...).--------------------

En consecuencia, esta no es una cuestión ni la ley llamada a regularlo,estrictamente sanitaria, y, en consecuencia, la tutela sobre la autonomía ygarantías de la decisión no han de ser tampoco de carácter únicamente sanitario.--

Esta regulación se asienta sobre la necesaria compatibilidad entreprincipios básicos y derechos reconocidos en la Constitución tales como losderechos fundamentes a la vida y la integridad física y moral pero también ladignidad personal, la libertad o la autonomía de la voluntad.--------------------------

Y, en el marco del derecho comparado, se opta por el modelo de aquellospaíses que se han dotado de una regulación sistemática, ordenada y más garantistade los supuestos en que cabe eutanasia sin dar lugar a reproche penal con lassuficientes garantías.--------------------------------------------------------------------------

Esta regulación reconoce como derecho subjetivo de las personas que seencuentra en determinados supuestos de solicitar y recibir ayuda para moriranticipadamente.------------------------------------------------------------------------------

Estas situaciones se definen detalladamente en la proposición, que son:----

Enfermedad grave e incurable, definida como la que por su naturalezaorigina sufrimientos físicos o psíquicos, constantes e insoportables, sin posibilidadde alivio que el paciente considere tolerable, con un pronóstico de vida limitado,en un contexto de fragilidad progresiva.---------------------------------------------------

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Discapacidad grave crónica, definida como la situación que produce en elafectado una invalidez de manera generalizada de valerse por sí mismo, sin queexistan posibilidades fundadas de curación y, en cambio, sí existe seguridad ogran probabilidad de que tal incapacidad vaya a persistir durante el resto de laexistencia de esa persona. Se entienden por limitaciones aquellas que incidenfundamentalmente sobre su autonomía física y actividades de la vida diaria, asícomo sobre su capacidad de expresión y relación, originando por su naturalezasufrimientos físicos o psíquicos constantes e intolerables, sin posibilidad de alivioque el paciente considere tolerable. En ocasiones puede suponer la dependenciaabsoluta de apoyo tecnológico.--------------------------------------------------------------

Se articula como una prestación incluida en la cartera de servicios delSistema Nacional de Salud, que se prestará por lo tanto en condiciones deigualdad para todos los ciudadanos, pero que, al contrario de lo que sucede con eltratamiento de la muerte digna, no se incluye en el código deontológico de lasprofesiones sanitarias y, en consecuencia, permite la objeción de conciencia.-------

Todo ello con las suficientes garantías para garantizar que quien solicita laprestación de ayuda para morir es autónoma, libre de presiones, estásuficientemente informada y que su decisión es consciente y mantenida en eltiempo. En este sentido, se exige mayoría de edad y plena capacidad de obrar parasolicitar la ayuda para morir, que puede realizarse mediante documento deinstrucciones previas o equivalente o no, y se contempla la existencia de unaComisión de Control y Evaluación que ha de controlar todo el proceso de formaprevia y posterior a la muerte.---------------------------------------------------------------

En coherencia con todo ello, esta Proposición de Ley Orgánica tambiéncontempla la necesaria despenalización de las conductas eutanásicas, modificandoa tal efecto el art. 143.4.----------------------------------------------------------------------

Por todo ello, a propuesta de los Grupos Municipales Socialista, EsquerraUnida y Compromís, el Pleno del Ayuntamiento, acuerda:-----------------------------

Apoyar la proposición de Ley sobre la Eutanasia e instar al nuevoGobierno a legislar sobre un tema buscando el mayor consenso posible para seguirtrabajando por las libertades de la sociedad española.". --------------------------------

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Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

En el turno de intervenciones D. Jorge García Fernández, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Socialista, toma la palabra para señalar quepor desgracia la sociedad suele avanzar más rápida que la Administración e,incluso, la política. Que desde aquí pretenden abrir un debate social que nospondrá en una posición avanzada para nuestro País, como lo fue la Ley del Abortoo la del matrimonio homosexual.-----------------------------------------------------------

Que hoy es la eutanasia, la muerte asistida para algunos casos concretos;un debate sobre las garantías de todas las personas de una asistencia sanitaria ysocial al final de su vida. Que respeta su autonomía y el derecho a una muertedigan sin padecer.----------------------------------------------------------------------------

Concluye, pidiendo el voto favorable de todos los Grupos Municipales.----

D. Manuel Hernández Gómez, en nombre y representación del GrupoMunicipal Mixto-Ciudadanos, toma la palabra para indicar que su partido fue elprimero en llevar al Congreso una Ley que garantizara los derechos y dignidad delas personas en el proceso final de su vida. Que ya es hora de desbloquearla yaprobarla.--------------------------------------------------------------------------------------

Que no están en contra de la eutanasia pero consideran que debe serregulada con la seriedad y el sosiego que merece. Que, despenalizar antes queregular es una responsabilidad porque abre la puerta al mal uso del suicidioasistido, pudiendo acudir al procedimiento cualquier persona que lo desee.---------

Que es una irresponsabilidad porque no se aseguran los derechos y laseguridad jurídica de los profesionales sanitarios a la hora de desempeñar estadifícil tarea, así como los mecanismos y recursos en el caso de que existandiscrepancias de opinión entre el personal facultativo y la persona.-------------------

Concluye anunciando que se abstendrán en la votación porque, de algunamanera falta una parte a regular en la norma.---------------------------------------------

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D. Oscar Langa Sáez, en nombre y representación del Grupo MunicipalMixto-Som La Vall, toma la palabra para anunciar que también se adhiere a lamoción y aprovecha para recordar al Dr. Montes que encabezó una lucha por ladignidad de todos y que en los hospitales de Madrid, la Administración delPartido Popular le persiguió hasta una situación inaguantable. Que es el homenajea ese Doctor que hace unos días ha fallecido.---------------------------------------------

Concluido el turno de intervenciones, en votación ordinaria, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por 12 votos a favor, 8 encontra (GMP) y 1 abstención (GMM-Ciudadanos), se aprobó la moción transcritaal inicio del presente punto, en su mismo tenor literal y a cuyo efecto se da aquípor reproducida. -----------------------------------------------------------------------------

11.5 Moción del Grupo Municipal Popular sobre error en las asignaciones GMS yGME.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

"En Mayo del año 2017, la Sra. Alcaldesa, Tania Baños Martos, firmó laResolución nº 1993/2017 en el Expediente de Secretaría señalando lo siguiente:---

En fecha 24 de Mayo de 2017, la Secretaría General emitió informedirigido a la Alcaldía dando cuenta de que por error se había ingresadoindebidamente asignaciones a los tres grupos que conforman el equipo degobierno, PSPV, EU la Vall y Compromís, concretamente la cantidad percibidapor cada uno de estos grupos ascendía a 7.865,01 euros, correspondientes alsegundo semestre del ejercicio 2015 y la totalidad del año 2016 y que debe serdevuelta.---------------------------------------------------------------------------------------

Que si bien es cierto que uno de los tres grupos políticos devolvió latotalidad de las cantidades indebidamente percibidas, no ha ocurrido así con elPSPV ni con EU la Vall, quienes, por decisión de la propia alcaldesa, hanacordado unos plazos para la compensación de estas cantidades. En concreto son23 mensualidades, a compensar desde el día 1 de Julio del pasado 2017 hasta eldía 31 de Mayo de 2019, ascendiendo a la cantidad de 341,96 euros cada uno delos plazos.--------------------------------------------------------------------------------------

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Que dichos plazos han sido acordados por los propios grupos políticos queconforman el equipo de gobierno y autorizados por la Alcaldesa, sin prestargarantía alguna, ni acordar ningún tipo de interés de demora, hasta el mismo mesde las elecciones municipales del año 2019.----------------------------------------------

Que si bien es cierto, que nadie duda que estos ingresos indebidos se debena un error administrativo y de que el expediente de reintegro se ha confeccionadoen virtud de la legalidad vigente, también lo es, que este acuerdo, entre los propiosgrupos del equipo de gobierno, es cuanto menos poco ético y absolutamenteabusivo respecto al resto de grupos políticos y por supuesto respecto a los vecinosde nuestro municipio que no gozan de ninguno de estos privilegios para hacerfrente a sus obligaciones económicas con el Ayuntamiento.

Por todo ello a propuesta del Grupo Municipal Popular, el Pleno delAyuntamiento, acuerda:----------------------------------------------------------------------

Único Instar a los grupos municipales de PSPV y a EU la Vall a ladevolución de las cantidades indebidamente percibidas, con el calculo de losintereses de demora que legalmente correspondan, desde la fecha de la emisióndel informe por parte del Secretario del Ayuntamiento, de fecha 24 de Mayo de2017.". -----------------------------------------------------------------------------------------

Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

En el turno de intervenciones Dª. Mª. Elena Vicente-Ruiz Climent, ennombre y representación del Grupo Municipal Popular, toma la palabra paraseñalar que esta moción no va de 8.000 €, va en que Vds. hacen y deshacen a suantojo. Que creen que el Ayuntamiento es su casa y no lo es.-------------------------

Que han pensado que el Ayuntamiento es el banco que le presta el dinero asu antojo. Que es una cuestión de autoritarismo, de lo que les gusta hacer. Sonunos sectarios.---------------------------------------------------------------------------------

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Prosigue ante la manifestación realizada por el Sr. Llorente de que elPartido Popular es un Partido corrupto, que poco se pone en esa situación con sucompañero de Gobierno, el Partido Socialista, que tiene la corrupción en el ADN,poniendo como ejemplo las dos desaladoras y la planta del Castor en Castellón.Que gracias a las desaladoras se financiaron de manera ilegal en el 2007. Que lomismo que dice la moción se ha hecho en ruedas de prensa.---------------------------

Continúa haciendo referencia al error aritmético por el que ingresan casi8.000 € que no les corresponde. Que el Grupo Municipal de Compromís lodevuelve después de dos mensualidades de compensación y Vds. no.----------------

Que en vez de convocar una Junta de Portavoces para explicar lo que habíaocurrido, la Alcaldesa decide ponerse unos cómodos plazos hasta el mes de laselecciones, mayo 2019. Cree que uno no puede ponerse los plazos que considereoportunos para devolver el dinero.---------------------------------------------------------

Que no duda que el expediente se haya realizado perfectamente, pero Vds.tienen que dar ejemplo. Que si ningún ciudadano tiene privilegios, Vds. no tienenpor qué tenerlo.-------------------------------------------------------------------------------

Concluye su intervención pidiendo que devuelvan el dinero como lo hahecho el Grupo Municipal de Compromís o, si se han puesto plazos, que paguenlos intereses de demora.----------------------------------------------------------------------

D Oscar Langa Sáez, en nombre y representación del Grupo MunicipalMixto-Som La Vall, toma la palabra para hacer referencia a la moción y laPortavoz que la presenta reconoce que esos ingresos indebidos se deben a un erroradministrativo y que el expediente de reingreso se ha confeccionado en virtud dela legalidad vigente. Cree que lo que hacen los servicios administrativos delAyuntamiento es lo correcto.---------------------------------------------------------------

D. Fernando Darós Arnau, en nombre y representación del GrupoMunicipal Compromís, toma la palabra para señalar que su Grupo ha sidopartícipe de ese error y el haber devuelto el ingreso indebido se debe a la situaciónpenosa que su Grupo padece en este Ayuntamiento, ya que es el que menos cobrade todos, incluido el Grupo Mixto.---------------------------------------------------------

Que decidieron devolverlo de una vez, pero considera que sus compañerosdel Equipo de Gobierno han actuado dentro de la legalidad.---------------------------

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D. Antoni Llorente Ferreres, en nombre y representación del GrupoMunicipal Esquerra Unida, toma la palabra para señalar que el tema de los 8.000 €es el más importante del Partido Popular y volverá a salir en las ruedas de prensa.

Que el Partido Popular cree que el acuerdo es poco ético y abusivo; por loque pregunta a la Portavoz del Grupo Municipal Popular: ¿Creen que está ensituación de darnos lecciones de ética?.----------------------------------------------------

Que, en materia de corrupción, no sólo hay en el ámbito nacional, sinotambién local.----------------------------------------------------------------------------------

Que, en el ámbito nacional, se pregunta si es ético:-----------------------------

- Que un Presidente de Gobierno presumiblemente mintió en sede judicial.

- La destrucción de los discos duros de los ordenadores respecto a lascuentas de su partido.-------------------------------------------------------------------------

- Haber gobernado en Regiones y Ayuntamientos a causa de las trampaselectorales porque acudían dopados a las elecciones con subvenciones deempresarios a su Partido.--------------------------------------------------------------------

- Boicotear los Presupuestos del Estado en el Senado como han dicho queharán.-------------------------------------------------------------------------------------------

Que, en el ámbito local, se pregunta si es ético:---------------------------------

- Firmar convenios para la mejora de una obra cogiendo el presupuesto dela partida destinada a las personas que tienen menos, como es el caso de la CasaAbadía. -----------------------------------------------------------------------------------------

- Poner esculturas de toros en facturas que luego van a colegios.-------------

- El enterrar muertos falsos en nuestro Cementerio Municipal con tal deconseguir que determinadas personas tengan el nicho en el lugar que querían y losque vengan después no tengan el orden que corresponde.------------------------------

Concluye reiterando que lecciones de ética por el Grupo MunicipalPopular muy poca o ninguna. Que les podría aceptar que se dieran de baja de latrama corrupta que es el Partido popular como dicen los jueces.-----------------------

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D. Javier A. Ferreres Burguete, en nombre y representación del GrupoMunicipal Socialista, toma la palabra para hacer referencia al comentariorealizado sobre el letrado Sr. Esparza que ganó un juicio a SECOPSA y posteriorcambio deletrado.-----------------------------------------------------------------------------

A continuación hace referencia al informe jurídico de la Secretaría Generalque figura en el expediente, precisando que la Sra. Domínguez lo tiene desde hacemucho tiempo. Cree que hablar de esto ya cansa.----------------------------------------

Que, el Grupo Municipal de Compromis lo ha devuelto, conforme a dichosu Portavoz, porque la percepción que recibe es menor a la que tenian quedevolver.----------------------------------------------------------------------------------------

Que, continuando con esa ética que habla el Partido Popular, la va arealizar varias preguntas de ámbito local:-------------------------------------------------

- Que sobre el cargo de Consejera Delegada de EMSEVALL quedesempeñaba la Sra. Vicente-Ruiz, hay varios acuerdos tomados por el Consejode Administración, ya que en un momento percibía el cien por cien de lasretribuciones y luego para ejercer su labor como abogada, pidió unacompatibilidad para reducir el veinte por ciento del suelo. Que hay variosacuerdos del Consejo de Administración que no hay quien los entienda. Pregunta:¿Antes de tomar la decisión de pedir la reducción del veinte por ciento, Vd.ejercía como Concejala Delegada y como abogada?. -----------------------------------

- El informe de los Servicios Económicos del Ayuntamiento de 2011donde se comunicaba al Equipo de Gobierno de entonces de que había una seriede empresas en situación concursal a las que se tenia de personarse para defendersus derechos. Que cuando entraron en el Gobierno, volvieron a poner encima elinforme con esa petición y con un listado de empresas. Que la apoderada de unade las empresas se sienta en la bancada popular, que a fecha de hoy debe más de240.000 €. Que, cobrando sueldos del Ayuntamiento, por una buena voluntad,hubiera pedido que se le compensara con el sueldo que percibe esa deuda. Que nose hizo, ni se personaron. Se ha perdido el derecho al cobro.--------------------------

- Que sobre un gimnasio, que también se relaciona con una personasentada en la bancada del Grupo Municipal Popular, que factura 6.000 € al añopara que los policías locales fueran a formarse. Que hay un informe del Jefe de laPolicía Local por cada vez que llegaba la factura, donde decía que nadie acudía al

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gimnasio y que no cabía seguir pagando esa factura. La factura se pagórigurosamente hasta que llegaron a 24.000 €. --------------------------------------------

- Que, en el tema de Vall Pala, pregunta ¿Por qué se devolvió la fianzadefinitiva de 70.000 € cuando se tenía que hacer después de 20 años? Que no se lepuede compensar la contribución que debe porque la fianza se le devolvió.---------

- Los nichos, que ya se ha hablado de esto, ¿no es falta de ética enterrar ados personas que no existen?. Que se hizo para conseguir votos. Los nichos valencasi dos mil euros de concesión y ese dinero no ha entrado en el Ayuntamiento.---

- Que al hacer una expropiación, que ya está realizada y pagada, de ladenominada “casa de los plátanos”, se pudo comprobar que el propietario debíaunos 6.400 € de contribución y que se le dijo que no pagara el IBI pues no pasabanada. Que al final, al realizar la expropiación, se tuvo que descontar la deuda.------

- Pide que explique que trama llevaba Vd. con el Sr. Pedro Bueno. Que lasemana pasada se tuvo que suspender una oposición en el Ayuntamiento deMoncada porque el Sr. Pedro Bueno ya estaba tramando algo igual que aquí. QueVd. lo trajo para llevar un plan adelante, para ejercer la depuración dedepartamentos intoxicados, utilizando la misma mención al titular de prensa delSr. Clavell o la lista negra de la Sra. Bonig. Que para eso trajeron al Sr. PedroBueno prometiéndole una plaza que al final acabó como acabó.-----------------------

Las irregularidades de los procesos selectivos, que a fecha de hoy, debequedar con dos funcionarios para decirles que van a cesar, pero hay más personasen igual situación en el Hogar o en la Biblioteca, así como las indemnizacionesque se pueden generar.-----------------------------------------------------------------------

Se refiere a la política de personal donde se creaban Tribunales “Adhoc”. Que no va a decir para que alguna persona entrara pero sí para que otrasquedaran fuera. Que eso es lo que hicieron Vds. y le está costando cientos demiles de euros a este Ayuntamiento. Pregunta: ¿Cuándo explicará su trama con elSr. Pedro Bueno?.-----------------------------------------------------------------------------

Pide que se dedique a hacer una oposición seria, deje de manipular a laspersonas y expliquen la verdad.-------------------------------------------------------------

D. Oscar Langa Sáez (GMM-Som), en turno de réplica, toma la palabrapara hacer referencia a la intervención del Sr. Ferreres y su explicación ha hechoque llegue al convencimiento de que se hubiera adelantado mucho de haber tenido

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en cuenta la moción que presentó al principio de la legislatura donde se pedíahacer una auditoría de la gestión anterior. ------------------------------------------------

Felicita al Sr. Ferreres por su intervención donde se acredita los malosgestores de lo público que ha sido el Grupo Municipal Popular.-----------------------

Dª. Mª. Elena Vicente-Ruiz Climent (GMP), en turno de réplica toma lapalabra para decir que, respecto a la intervención del Sr. Ferreres, señala enrelación a la Sentencia de SECOPSA que el Sr. Esparza llevó un único asunto queganó; luego al Sr. Clavell, que era Alcalde en ese momento le pusieron un decretode firma designando a un despacho jurídico elegido por los técnicos de urbanismoporque decían que el Sr. Esparza no tenía experiencia. Que menos mal que lofirmó porque si no lo que hubieran dicho de ese abogado. Que se perdieron todosporque no se estaban haciendo las cosas bien. Que fue una imposición de lostécnicos de urbanismo y se contrató al despacho que ellos eligieron.-----------------

Que al Sr. Pedro Bueno no lo trajo. Que estaba como Jefe de Personal elSr. Gregorio Juárez, que ha sido el mejor Técnico que ha tenido esteAyuntamiento, y como se quería ir se hizo un proceso de selección que lo tuteló elSr. Gregorio Juárez.---------------------------------------------------------------------------

Que como era consciente que los procesos de selección, por los tribunales,no se estaban haciendo como se tenían que hacer, le pidió un informe al Secretarioporque sabía que me pedirían a mí responsabilidades y no a algún técnico, el Sr.Secretario dijo que podía estar en el Tribunal. Que esa es la trama que había conel Sr. Pedro Bueno.---------------------------------------------------------------------------

Quien la conoce sabrá que siempre ha ido detrás para que las cosas sehicieran bien. Que ahí están los informes técnicos.--------------------------------------

Que sobre el listado de empresas dice que aparece la empresa de losfamiliares de su compañera, Sr. Salvador. Pregunta: ¿Qué más empresas aparecenen el listado?.----------------------------------------------------------------------------------

Que, volviendo a la moción, se desprende que no van a devolver el dinero.

Prosigue recordando la obra del parking subterráneo del Polígono III,donde una vez celebradas las elecciones y perdidas, adjudicaron la obra a laempresa EDYCON por dos millones de euros. Pregunta: ¿Le suena la empresa?.--

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Prosigue, indicando que están hartos de llevar al Sr. Clavell a la Fiscalía yse ha archivado todo, poniendo como ejemplo a SECOPSA.--------------------------

Que, respecto a la intervención del Sr. Llorente, el primer partido que hasido condenado en este País por corrupción es el que tiene como socio degobierno, el Partido Socialista con el caso FILESA. Que el mayor caso decorrupción en Europa, 850 millones de euros, que cuando se ve la foto de todoslos socialistas imputados no es un congreso del PSOE sino de un juzgado. Que asus socios de gobierno no les pide nada. --------------------------------------------------

Continúa haciendo referencia a la moción de censura y a los pactos que hahabido, a la Alcaldesa de Moratalla, a la rehabilitación de la Casa Abadía para quetenga unos locales dignos de la estatua del toro.-----------------------------------------

Que sobre la cruz de la Pl. de la Paz, recuerda que trajeron dos mocionespara derribarla y se las tumbaron dos veces. Que como no tienen ningún apoyo eneste Pleno para iniciar un expediente administrativo, han tirado la cruz y punto.----

Que volviendo a la moción, señala que Vds. no gobiernan, si no mandan ypor eso se ponen los plazos que quieren. Que cuando venga un ciudadano arealizar un pago, pregunta: ¿permitirá que elija los plazos hasta el día de laselecciones?. Que deben dar ejemplo y tienen la obligación de gobernar para todos.

D. Antoni Llorente Ferreres (GMEU), en turno de réplica, toma la palabrapara señalar que gobiernan para todos y los agraviados por la memoria, lareparación y la justicia; cosa que Vds. no hacen.-----------------------------------------

Que le hubiera gustado que la Sra. Vicente-Ruiz hubiera dicho quedevolvieran el dinero los centenares de condenados que hay en su Partido; quevan tres de los cuatro Presidentes de la Generalitat de su Partido.---------------------

Que intentan justificar lo injustificable, olvidándose de contestar sobre losnichos del cementerio, cosa que tenía más contenido religioso.------------------------

D. Javier A. Ferreres Burguete (GMS), en turno de réplica, toma la palabrapara señalar que se han perdido muchos juicios porque había felicitaciones del Sr.Pedro Bueno y del Alcalde, Sr. Clavell, a la empresa SECOPSA por lo bien queestaban haciendo el servicio. Que esa es una de las causas por la se empezaron aperder los juicios. Que esa era la estrategia de defensa que beneficiaba al Sr.Clavell, que el Ayuntamiento perdiera.----------------------------------------------------

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Que el Sr. Gregorio Juárez fue acobardado por las presiones de la Sra.Bonig por no ejecutar lo que ella estaba ordenando, que era aplicar la lista negrade la que ha hablado. Que por eso se fue, ya que no quería entrar en ese juego, porque es una persona honrada y no como Vds., que como mínimo son unosdeshonrados.-----------------------------------------------------------------------------------

Por alusiones, el Sr. Clavell toma la palabra para hacer referencia a laintervención del Sr. Ferreres y se dirige a la Sra. Alcaldesa preguntando: ¿Eso noes falta de respeto?.--------------------------------------------------------------------------

La Sra. Alcaldesa interviene para pedir al Sr. Ferreres que no falte alrespeto a ninguno. ---------------------------------------------------------------------------

Continúa el Sr. Ferreres haciendo referencia al informe del Secretario quela Sra. Vicente-Ruiz alude para excusarse de su política sectaria de personal y sutrama “Pedro Bueno”. Que Vd. lo sabe y nosotros “tragando” y despidiendo agente. Que después del informe del Secretario hay otras Sentencias de Juzgadosde Primera Instancia y Vd. continuó poniéndolo en el Tribunal.-----------------------

Que cuando decide cambiarlo pone a una persona de confianza y cae en elmismo error, continuando cayendo Sentencias. Que Vd. está por encima delinforme del Secretario, que puede cometer un error. Que, dependiendo de cómosea el informe del Secretario, para Vd. no vale nada, como es en el tema de losocho mil euros. Que para defender su estrategia, sí que vale el informe delSecretario. Que esa es la trama “Pedro Bueno”.------------------------------------------

Que respecto al listado de empresas, donde señaló que hay un informe del2011 de la recaudación municipal donde decía que había que personarse en unaserie de concursos y preconcursos de empresas para garantizar los derechos decobro del Ayuntamiento y en el informe se dice que se hizo caso omiso a laspeticiones de los Técnicos. Que dijo que se hizo caso omiso porque había algúnapoderado de ahí. Que se tienen que presentar a todo y le da igual quién esté.------

Que no le va a dar lecciones la Sra. Vicente-Ruiz porque es “añeja” enpolítica. Que lo que llaman algunos “chupar del bote” lo está haciendo toda lavida.---------------------------------------------------------------------------------------------

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Que le hubiera gustado inhabilitar al Sr. Clavell; considera que comopolítico debería estar inhabilitado hace muchos años, ya que su gestión es muydudosa, ya sólo por “Aitor” debía de estar inhabilitado porque se ha enterrado apersonas que no existen.---------------------------------------------------------------------

Por alusiones, el Sr. Clavell toma la palabra para señalar que continúan losdescalificativos.-------------------------------------------------------------------------------

La Sra. Alcaldesa interviene para dirigirse al Sr. Ferreres y pedir que nohaga descalificaciones.-----------------------------------------------------------------------

Continúa el Sr. Ferreres, haciendo referencia a la estatua del Toro,precisando que no es una donación, sino lo considera una estafa. Que la facturadel Colegio nos ha costado más porque se había incluido la escultura. ---------------

Que respecto a la moción, están devolviendo y continuarán haciéndolohasta que concluya la legislatura. Que como dice el Secretario no se puedeinterrumpir el normal funcionamiento de un Grupo Municipal y menos por unerror administrativo.--------------------------------------------------------------------------

Concluido el turno de intervenciones, en votación ordinaria, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por 8 votos a favor, 12 encontra (GMS, GMEU, GMC y GMM-Som) y 1 abstención (GMM-Ciudadanos,no se aprobó la moción transcrita al inicio del presente punto. -----------------------

11.6 Moción del Grupo Municipal Mixto-Som la Vall de rectificación y disculpasPortavoz Partido Popular en el Congreso.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

"El pasado 24 de mayo de 2018, conocíamos la Sentencia de la AudienciaNacional sobre la financiación irregular del Partido Popular, la trama Gürtel.------

El 25 de mayo de 2018, el Grupo Parlamentario Socialista, registra en elCongreso de los Diputados Moción Censura al Sr. Mariano Rajoy, en base a lasiguiente fundamentación:------------------------------------------------------------------

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“Desde que la Audiencia Nacional inició en 2009 las investigaciones paraesclarecer y enjuiciar los hechos delictivos conocidos como «caso Gürtel,» queapuntaban a la comisión de una amplia variedad de delitos por parte de dirigentesdel Partido Popular y otras personas relacionadas con esta formación política, lasmanifestaciones de sus dirigentes inicialmente se dirigieron a afirmar que losinvestigados eran personas honorables cuya culpabilidad no podía probarse. Ymás tarde, que su partido no podía ser considerado como participante de esasactividades delictivas o beneficiario de esa trama, sino como víctima operjudicado de la misma. --------------------------------------------------------------------

El 24 de mayo de 2018 se da a conocer la Sentencia de la Sala de lo Penalde la Audiencia Nacional sobre la pieza principal de este caso. Esta sentenciacondena a diferentes cargos públicos y orgánicos del Partido Popular, así como ala propia organización política como responsable a título lucrativo. Y pone demanifiesto que la trama de corrupción tejida entre las empresas inmersas en elcaso y el Partido Popular, como dice la sentencia, suponía «un auténtico y eficazsistema de corrupción institucional» mediante la «manipulación de la contrataciónpública central, autonómica y local». ------------------------------------------------------

En la sentencia también se señala que «los hechos son anteriores a lareforma del Código Penal (...), que introdujo la responsabilidad penal de laspersonas jurídicas, por lo que no so está dilucidando en este procedimiento unaposible responsabilidad penal del Partido Popular como persona jurídica, lo queno es jurídicamente factible por la fecha de los hechos, con independencia de laapariencia de los mismos como constitutivos de allegamiento ilegal de fondosprovenientes de delitos de prevaricación, cohecho y otros y de la intervención quehubiera podido tener personas relevantes de dicho partido político, que seaprovecharon para su matización de sus cargos públicos obtenidos comomiembros de dicho partido, tanto de su estructura central, como las territoriales,que han sido enjuiciadas en el presente y que con su actividad delictivadesarrollada en los términos como se deja constancia en diversos pasajes de estasentencia, produjeron beneficios económicos cuantificables al Partido Popular,consistentes en la financiación ilegal de actividades y diversos actos políticosrealizados en campañas y precampañas electorales para SUS candidatos, que deotra manera hubieran tenido que ser sufragados directamente con recursoseconómicos propios del partido político en cuestión». ---------------------------------

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El Presidente del Gobierno, que también desempeñó las funciones deSecretario General del Partido Popular en los años 2003 y 2004, y de Presidentedel mismo desde 2004 hasta la actualidad, ha eludido cualquier tipo deresponsabilidad política relacionada con este caso desde su inicio. Un hecho quetuvo su máxima expresión en la comparecencia ante el Pleno del Congreso del 30de agosto del pasado año, forzada por todos los grupos de la oposición tras sudeclaración como testigo en esta causa. La sentencia dictada en el día de hoy,incluido su voto particular, con independencia de las consideraciones jurídicasque merezca, pone de relieve una clara dejación política de sus responsabilidades.Y, lo que reviste aún mayor gravedad, la ausencia de credibilidad que tanto losjueces que forman la Sala como la propia Fiscalía Anticorrupción otorgan a ladeclaración del Sr. Rajoy en sede judicial. -----------------------------------------------

Si bien la responsabilidad penal se dirime ante los tribunales, de los cualesemana esta sentencia, de los hechos probados en la misma se deriva, a juicio delos firmantes de la presente moción, la responsabilidad política de quien hoy esPresidente del Gobierno. La fortaleza de las instituciones democráticas dependeen buena medida de la confianza que las personas que las ocupan suscitan entre laciudadanía. Y la permanencia en la Presidencia del Gobierno del máximoresponsable de una formación política declarada judicialmente como parte de unauténtico sistema de corrupción institucional, afectaría gravemente a lacredibilidad de la Presidencia y del Gobierno, y a la propia dignidad de lademocracia española. ------------------------------------------------------------------------

Por todo ello, al amparo de lo establecido en el artículo 113 de laConstitución, damos por presentada esta Moción de Censura dirigida a exigir laresponsabilidad política del Gobierno presidido por D. Mariano Rajoy Brey pararecuperar la dignidad de las instituciones y restablecer la imprescindibleestabilidad política” --------------------------------------------------------------------------

El pasado viernes día 1 de junio de 2018, en el debate sobre la Moción deCensura al presidente del gobierno de Mariano Rajoy, el Portavoz del GrupoParlamentario Popular Sr. Rafael Hernando, afirmó en sede parlamentaria losiguiente:---------------------------------------------------------------------------------------

"No seré yo quien se refiera a lo antecedentes políticos de uno de losmagistrados, el señor De Prada, candidato de IU en época de Zapatero a presidir la

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Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ni a su sintonía con el mundoproetarra, ni a sus declaraciones cuando decía que en la Audiencia Nacional setorturaba"

Acusar al Sr. De Prada, Magistrado de la Audiencia Nacional de,“tenersintonía con el mundo proetarra”, es decir, con el terrorismo, es de tal gravedadque merece una pronta y clara disculpa, siendo la Presidencia del Congreso la quedebe exigir esa rectificación al parlamentario d. Rafael Hernando.-------------------

Esta Acusación del Sr. Hernando no es casual, regresa la utilización deldolor de las victimas del terrorismo, vuelve el señalamiento y la acusación, contraquienes no comulgan con el PP, de ser o estar cerca de ETA. La estrategia del PPes indecente pero no es nueva y confirma, una vez más, la clara falta de éticapolítica del principal partido de la derecha en España. En definitiva Lo que sepretende es, generar tanta crispación y ruido que esconda los graves casos decorrupción que acumula el Partido Popular en toda la geografía española. ----------

Por todo lo expuesto, a propuesta del Grupo Municipal Mixto-Som la Vall,el Pleno del Ayuntamiento, acuerda:------------------------------------------------------

Primero.- Solicitar a la Presidencia Congreso Diputados para que exijarectificación y disculpas al Portavoz del PP d. Rafael Hernando por acusar alMagistrado Sr. De Prada, de “tener sintonía con el mundo proetarra”, es decir, conel terrorismo. Así mismo, solicitamos a la Presidencia del Congreso de losDiputados, que se esfuerce para que el terrorismo no se utilice como arma en eldebate político.--------------------------------------------------------------------------------

Segundo.- Trasladar el presente acuerdo a las siguientes Instituciones:-----

-Congreso y Senado España- Gobierno de España- Corts Valencianes- FVMP". -----------------------------------------------------------------

Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

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En el turno de intervenciones, D. Oscar Langa Sáez, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Mixto-Som La Vall, toma la palabra paraseñalar que alguien no se ha dado cuenta de que en España hay un nuevogobierno. Que en el última semana, el Congreso de los Diputados dijo que elPresidente de Gobierno del Partido Popular se tenía que ir a casa, de la peormanera posible.-------------------------------------------------------------------------------

Que en los debates, a veces, se dicen cosas duras de oír pero cree que esbueno decirlas y, sobre todo, es bueno escucharlas y respetarlas.---------------------

Prosigue haciendo referencia a que un Portavoz del Partido Popular acusóde terrorista a un Magistrado porque estaba juzgando la trama corrupta del PartidoPopular. Que ello lo considera inaceptable, como el utilizar las víctimas delterrorismo para agredir a otro.---------------------------------------------------------------

Concluye su intervención incidiendo sobre las 32 mil personas que hanvotado para que les representemos aquí. Que, ojalá haya tanta gente como en eldía de hoy preocupada por la vida política del pueblo y, en lugar de gritarnos, nosescuchemos más y aceptemos cuándo uno tiene razón o cuándo uno no la tiene.---

D. Manuel Hernández Gómez, en nombre y representación del GrupoMunicipal Mixto-Ciudadanos, toma la palabra para anunciar que votará a favor dela moción.--------------------------------------------------------------------------------------

Que también quiere hacer una reflexión. Que es cierto que tenemos 32 milpersonas que con sus votos hace que estemos aquí sentados, pero le gustaría quesus propuestas sean para mejorar la vida de esos 32 mil habitantes y que nosvayamos por los “cerros de Úbeda”, como pasa con la mayoría de sus propuestas.

D. Oscar Clavell López, en nombre y representación del Grupo MunicipalPopular, toma la palabra para señalar que es una persona que no le falta el respetoa nadie, ni a los que estamos en el Pleno ni al público asistente.-----------------------

Que, respecto a la intervención del Sr. Langa, ha señalado que es buenoescucharnos en democracia, pero los únicos que son interrumpidos de maneracontinua en este Pleno, son los Concejales del Partido Popular.-----------------------

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Que coincide con lo señalado por el Sr. Hernández en el sentido de que nosabe cuánto tiempo ha transcurrido para que el Sr. Langa presente una moción queafecte a la Vall d’Uixó. Pide al Sr. Langa que baje a la calle y vea los problemasque tienen los ciudadanos y presente en algún Pleno mociones que haganreferencia a temas locales.-------------------------------------------------------------------

Que la población no tiene que ver nada con el Censo Electoral, que sonunas 25 mil personas con derecho a voto y no 32 mil. Que, por cierto, votaron deforma mayoritaria al Partido Popular, desde el año 1993.-------------------------------

Que ha dicho que una moción de censura es la peor manera que unPresidente puede salir y le puede dar la razón, pero una moción de censura es lapeor forma con la que un Presidente entra a gobernar, aunque es una maneralegítima.----------------------------------------------------------------------------------------

Concluye su intervención anunciando que su Grupo no apoyará la moción.

D. Oscar Langa Sáez (GMM-Som), en turno de réplica, toma la palabrapara señalar que tenía razón cuando decía que había gente que no se ha dadocuenta de que ya no está en el gobierno. Que el Sr. Rajoy sale de la presidenciadel Gobierno de España porque la Audiencia Nacional dice en más de mil páginasla trama que tenía el Partido Popular para expoliar a todos los españoles incluidola gente del pueblo de la Vall.---------------------------------------------------------------

Considera que el que tiene que bajar a la calle es Vd. Que en el últimoPleno no tuvo la ocasión de hablar porque Vd. estaba trabajando en sus interesesde Madrid, pero en el último Pleno se estuvo hablando de Vd. y de una Comisiónde Investigación.------------------------------------------------------------------------------

Que sobre la manera de entrar el Presidente del Gobierno recuerda que elSr. Zaplana entró como Alcalde de un municipio gracias a una moción de censura;luego fue Presidente de su Partido, más tarde Presidente de la GeneralitatValenciana y fue su padre político. Que aquel hombre está ahora en prisión.--------

Que ha dicho públicamente que “nosotros cuando se hagan las eleccionesvolverán a plantar una cruz”. Que lo decía al lado del clero y Vd. decía que noengañaba a ninguno. Que a él no le engaña.-----------------------------------------------

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D. Oscar Clavell López (GMP), en turno de réplica, toma la palabra paraseñalar que lo que dijo públicamente en la Pl. del Centro fue: “Si el PartidoPopular vuelve a gobernar, a partir del año que viene en este Ayuntamiento, sealzará una cruz”.------------------------------------------------------------------------------

Que lo dijo sin ningún tipo de complejo. Que esa cruz será plantada endemocracia y por un alcalde elegido democráticamente.--------------------------------

Por alusiones, el Sr. Clavell señala que le acaba de llamar “fantoche” el Sr.Ferreres. Que está harto de aguantar durante todo el Pleno de hoy insultos del Sr.Ferreres. Que nunca le han insultado Concejales que forman el Equipo deGobierno menos el Sr. Ferreres. Que si le vuelve a insultar, le denunciará a dondetenga que hacerlo.----------------------------------------------------------------------------

Que no está conforme a que una persona le falte el respeto a ningúncompañero ni a su persona. Que lleva muchos avisos y pide a la Sra. Alcaldesaque tome medidas como Presidenta de este Pleno, por lo que ha visto aquí y loque lleva de legislatura, no ha actuado. Que Vd. pierde sistemáticamente elcontrol de este Pleno y hoy especialmente.-----------------------------------------------

Que no tiene por qué aguantar y tolerar los insultos del Sr. Ferreres,pidiendo que conste en acta porque lo que está pasando en el Pleno de hoy esvergonzoso.------------------------------------------------------------------------------------

D. Antoni Llorente Ferreres (GMEU), en turno de réplica, toma la palabrapara señalar que la palabra del Sr. Clavell tiene poco valor, si no la tenía cuandoera Alcalde, ahora mucho menos, poniendo como ejemplo los entierros falsos o ellocal de la Vallense.--------------------------------------------------------------------------

Concluido el turno de intervenciones, en votación ordinaria, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por 13 votos a favor y 8 encontra (GMP), se aprobó la moción transcrita al inicio del presente punto, en sumismo tenor literal y a cuyo efecto se da aquí por reproducida. -----------------------

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11.7 Moción del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos sobre implantaciónconocimientos de RCP Básica en los Centros Escolares de la Vall d’Uixó.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

"Numerosas instituciones y sociedades médicas internacionales hanrecomendado que la enseñanza de la RCP (reanimación cardiopulmonar) básica seintroduzca durante la enseñanza obligatoria, ya que la escuela constituye unámbito ideal para iniciar a la población en el conocimiento y el aprendizaje de lastécnicas básicas que forman parte de la RCP.--------------------------------------------

En España se han puesto en marcha en los últimos años varios programaspiloto de enseñanza de RCP a escolares que demuestran que los niños son capacesde asimilar los conocimientos y habilidades necesarias para la realización demaniobras de reanimación, así como de transmitirlos entre sus propios familiaresy amigos.---------------------------------------------------------------------------------------

Los elementos fundamentales que deben constituir los contenidos de laformación en RCP son el reconocimiento de la parada cardiaca, la comprobaciónde la seguridad en la escena, la obtención de ayuda mediante el acceso al Sistemade Emergencias Médicas 112, la administración de unas compresiones torácicasde calidad y la preparación emocional para reaccionar ante una emergencia.--------

Tras reconocer esta necesidad de programas referentes a la enseñanza deRCP básica en los centros escolares de nuestra localidad, nos hemos estadoinformando sobre estos programas en nuestra provincia. El resultado de estabúsqueda de información es que, tres enfermeras del hospital general de Castellónya están haciendo talleres en varias escuelas (Villarreal y Castellón) para mejorarlas capacidades técnicas de los niños y niñas junto a dos muñecos de RCP parallevar a cabo las practicas del masaje cardiaco. Todo esto se realiza a través delsindicato de enfermería, concretando los talleres con sus delegadoscorrespondientes a hacer estos talleres, que pensamos, son tan necesarios aportar anuestros escolares.----------------------------------------------------------------------------

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El fondo de la moción es principalmente hacer llegar a los mas pequeñoseste tipo de formación básica para que, en situaciones de emergencia, ya sea en elcolegio, en el parque o en casa, sepan como reaccionar o, simplemente, llamar al112 para que acudan inmediatamente los servicios de emergencia o, con unasimple postura (postura de emergencia utilizada hasta que llegan los servicios deemergencia), puedan ayudar a la persona afectada a esperar su atenciónespecializada con profesionales sanitarios.-----------------------------------------------

Por todo ello, a propuesta del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos, elPleno del Ayuntamiento, acuerda:---------------------------------------------------------

Que, desde el Ayuntamiento, se pongan en contacto con el sindicado de

enfermería, para ver como implantar este tipo de actividades en todas las escuelasde nuestro municipio a través del voluntariado especializado para llevarse a cabo.Instar a las concejalías correspondientes a trabajar sobre este tema, en forma decampañas o charlas para informar de la importancia de una buena formación deRCP básica para ayudar en casos de emergencia.". --------------------------------------

Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

En el turno de intervenciones, D. Manuel Hernández Gómez, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos, toma la palabra parahacer referencia al contenido de la exposición de motivos y la propuesta quecontiene la moción que presenta.-----------------------------------------------------------

D. Oscar Langa Sáez, en nombre y representación del Grupo MunicipalMixto-Som La Vall, toma la palabra para anunciar que apoya la moción.------------

Que no habría llamado a un Sindicato en concreto pues hay otras entidadesde formación, pero cree que es una buena idea que se pueda compartir.--------------

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D. Javier A. Ferreres Burguete, en nombre y representación del GrupoMunicipal Socialista, toma la palabra para señalar que en la educación primaria sepuede dar cierta formación, nociones de lo que son primeros auxilios, pero creeque el dejar una RCP en manos de niños puede ser incluso peligroso por la faltade fuerza.---------------------------------------------------------------------------------------

Que desde Protección Civil se están haciendo formación en las escuelas deprimeros auxilios.-----------------------------------------------------------------------------

Concluye, anunciando que el Equipo de Gobierno votará en contra de lamoción.-----------------------------------------------------------------------------------------

D. Manuel Hernández Gómez (GMM-Cs), en turno de réplica, toma lapalabra para lamentar que no se apoye la moción, máxime cuando se tienennoticias de que varios niños han conseguido, en momentos puntuales, con esosconocimientos poder salvar una vida.------------------------------------------------------

Que hay escuelas en Villareal como en Castellón que se está haciendo y noentiende por qué no se puede adoptar esta iniciativa en la Vall d’Uixó.--------------

Concluido el turno de intervenciones, en votación ordinaria, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por 10 votos a favor y 11en contra (GMS, GMEU y GMC), no se aprobó la moción transcrita al inicio delpresente punto. -------------------------------------------------------------------------------

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Siendo las veintiuna horas y cuarenta minutos, debidamente autorizado por laAlcaldía-Presidencia, se ausenta de la sesión el Concejal D. Alberto Sanfélix Forner.

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11.8 Moción del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos sobre mejorar la seguridad enla CV-230, entre Pista de Atletismo-Casas Ecológicas.

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Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

"La CV-230 es una carretera comarcal de ámbito autonómico, pero estátotalmente integrada en la ciudad y deberíamos de tratarla como cualquier otra víamás. De hecho está totalmente urbanizada desde el Barrio Carmaday, hasta 100metros después de la ermita de La Sagrada Familia en San José, y solo quedan porterminar 260 metros desde la pista de atletismo hasta las casas ecológicas, siendoasí la única vía que transcurre por zona urbana que está por urbanizar. --------------

Estos 260 metros de la carretera CV-230, carecen de elementos deseguridad básicos: no hay iluminación, no hay arcén, no hay aceras, en resumen,es una zona peligrosa tanto para el tráfico de vehículos como el de personas, puesademás se trata de una curva muy cerrada y sin visibilidad.----------------------------

También hay que mencionar que los vecinos que viven desde dicha curvahacia arriba, para bajar caminando a la ciudad a la zona Suroeste e Hipermercadospor zonas seguras, sólo pueden hacerlo dando una vuelta mayor por el paseo quehay en el río o adentrándose por las casas ecológicas, haciéndolos desplazar enambos casos más de lo debido.-------------------------------------------------------------

Por todo ello, a propuesta del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos, elPleno del Ayuntamiento, acuerda:----------------------------------------------------------

Instar a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración delTerritorio a realizar las actuaciones necesarias para la mejora de la seguridad eneste tramo del casco urbano, siendo urgente una adecuada iluminación delmismo.". --------------------------------------------------------------------------------------

Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

En el turno de intervenciones, D. Manuel Hernández Gómez, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos, toma la palabra para

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hacer referencia al contenido de la exposición de motivos y a la propuesta quefigura en la moción que presenta.-----------------------------------------------------------

D. Oscar Langa Sáez, en nombre y representación del Grupo MunicipalMixto-Som La Vall, toma la palabra para señalar que le gustaría conocer lapostura del Equipo de Gobierno.------------------------------------------------------------

D. Javier A. Ferreres Burguete, en nombre y representación del GrupoMunicipal Socialista, toma la palabra para anunciar que el Equipo de Gobiernovotará a favor de la moción, aunque imagina que la posible solución escomplicada. Que en veinte años, el Partido Popular ha sido incapaz desolucionarlo.-----------------------------------------------------------------------------------

Finaliza reiterando el voto favorable a la moción.------------------------------

Concluido el turno de intervenciones, en votación ordinaria, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la ley 7/1985, de 2 deabril y 106 y 107 del Reglamento Orgánico Municipal, por unanimidad de los/asveinte Sres./as Concejales/as presentes en la sesión, se aprobó la moción transcritaal inicio del presente punto, en su mismo tenor literal y a cuyo efecto se da aquípor reproducida. -----------------------------------------------------------------------------

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Siendo las veintiuna horas y cuarenta y cinco minutos, se incorpora la sesiónel Concejal Sr. Alberto Sanfélix Forner.------------------------------------------------------

Siendo las veintiuna horas y cuarenta y seis minutos se ausenta de la sesiónla Sra. Alcaldesa, Dª. Tania Baños Martos, ostentando la Presidencia Accidental elPrimer Teniente de Alcalde, D. Antoni Llorente Ferreres.---------------------------------

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11.9 Moción del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos sobre ampliación horarioapertura Piscina Cubierta.

Por parte del Sr. Secretario, de orden de la Presidencia, se procede a darlectura de la moción que para su aprobación, en su caso, se presenta a laconsideración de los Sres./as Concejales/as que constituyen el ConsistorioMunicipal, que, reproducida literalmente dice como sigue: ----------------------------

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"Los datos científicos arrojados por las investigaciones realizadas en todoel mundo han mostrado una y otra vez que el deporte puede cubrir una amplitudde necesidades de todas las personas, especialmente, durante la infancia y laadolescencia. Estar en forma es estar sanos. Y esta es una regla general. Delmismo modo que los adultos, los niños deben encontrar y practicar un deporte queles guste. Sedentarismo, tabaquismo, sobrepeso, inadecuada alimentación y otrasvariables están presentes en la génesis y desarrollo de las llamadas enfermedadesdegenerativas, que se asocian a los males del mundo desarrollado: arteriosclerosis,artrosis, diabetes tipo II, etc. Estas patologías se manifiestan en la edad adulta, esentonces cuando se pueden comenzar a prevenir, entre otras maneras, practicandodeporte.----------------------------------------------------------------------------------------

En nuestra ciudad contamos con el servicio municipal de piscina cubierta ygimnasio en la misma instalación, los cuales son muy utilizados por la mayoría deabonados por la comodidad de poder realizar en un mismo lugar variascompetencias del deporte.-------------------------------------------------------------------

Tras recibir muchas propuestas y contrastar los horarios de apertura deotras localidades de nuestra comarca, queremos hacer llegar de nuevo al plenomunicipal la necesidad de ampliar el horario de dicha instalación ya que, lajornada laboral de muchos abonados comienza a las 8:00 de la mañana haciéndosedifícil acudir a la piscina por la mañana por su horario de apertura a las 7:00.------

Por todo ello, a propuesta del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos, elPleno del Ayuntamiento, acuerda:---------------------------------------------------------

Ampliar el horario de apertura de la piscina municipal a las 6:30 de la

mañana, así como el horario de apertura de los domingos a partir de la próximatemporada a iniciar en septiembre.". -------------------------------------------------------

Terminada la lectura, se inicia la votación señalada en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, siendo apreciada por unanimidad la urgencia del asuntocumpliéndose, en consecuencia, el requisito del quórum de la mayoría absolutalegal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 51 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, pudiéndose proceder a continuación aconocer y debatir el fondo del asunto. -----------------------------------------------------

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En el turno de intervenciones, D. Manuel Hernández Gómez, en nombre yrepresentación del Grupo Municipal Mixto-Ciudadanos, toma la palabra pararecordar que hace más o menos un año presentó una moción similar referente a laampliación del horario de apertura de la Piscina Cubierta.------------------------------

Que cuando presentó esta moción el año pasado, se le contestó en elsentido que figura en el acta de dicha sesión, dando lectura a la misma.--------------

Que la presenta para saber si es viable en la próxima temporada.-------------

D. Oscar Langa Sáez, en nombre y representación del Grupo MunicipalMixto-Som La Vall, toma la palabra para señalar que el servicio de la piscina hamejorado, cree que es una propuesta que debería retener el Equipo de Gobierno.---

Concluye anunciando que votará a favor de la moción.------------------------

D. Higinio Daniel Garcés, en nombre y representación del GrupoMunicipal Compromís, toma la palabra para reconocer que se está haciendo unesfuerzo muy grande para mejorar los servicios que se prestan en la piscina. Quela ampliación del horario supone un gasto más porque los trabajadores tienen quehacer más horas y, además, se tiene un presupuesto en vigor y todo estáplanificado.------------------------------------------------------------------------------------

Que se puede hablar del tema en el momento de confeccionar el próximopresupuesto de EMSEVALL.---------------------------------------------------------------

Concluye anunciando que el Equipo de Gobierno votará en contra de lamoción.-----------------------------------------------------------------------------------------

D. Manuel Hernández Gómez (GMM-Cs), en turno de réplica, toma lapalabra para lamentar que no se apruebe, preguntando que le indique en qué fechadebe presentarla.------------------------------------------------------------------------------

D. Higinio Daniel Garcés (GMC), en turno de réplica, toma la palabra paraseñalar que cuando se estén elaborando los Presupuestos le invita a que presenteesa propuesta y se pueda debatir.-----------------------------------------------------------

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Concluido el turno de intervenciones, en votación ordinaria, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 deabril y 103 y 113 del Reglamento Orgánico Municipal, en segunda votación, pordiez votos a favor y diez en contra (GMS, GMEU y GMC), y con el voto decalidad desfavorable a la moción del Alcalde Presidente Accidental, no se aprobóla moción transcrita al inicio del presente punto.----------------------------------------

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Siendo las veintiuna horas y cincuenta minutos, se incorpora a la sesión laSra. Alcaldesa, retomando la Presidencia de la sesión.----------------------------------

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10/18.12 TURNO ABIERTO DE PALABRAS.

12.1 D. Oscar Langa Sáez (GMM-Som), toma la palabra para recordar queinsistentemente había solicitado a la Sra. Alcaldesa que viniera la Policía Nacionalpara renovar el DNI y agradece el esfuerzo realizado para que pudierandesplazarse a la Vall d’Uixó.----------------------------------------------------------------

Que no obstante, realiza el siguiente ruego: Que estaría bien que en algúnmomento hubiera una oficina estable para realizar esta gestión y que le de trasladoal nuevo Gobierno.----------------------------------------------------------------------------

La Sra. Alcaldesa contesta que ha trasmitido al actual Subdelegado delGobierno el agradecimiento del Pleno de la Vall d’Uixó. Que nada más se nombreal nuevo Subdelegado, planteará esa petición para que se tenga una sede en dondese pueda renovar el DNI y se realicen otras gestiones.----------------------------------

12.2 Dª. Gema Domínguez Vera (GMP), toma la palabra para recordar que ennumerosas ocasiones han solicitado participar en la Comisión de Igualdad. Que seles contestó que en la parte externa de la misma, que afecta a toda la ciudadanía,se les tendría en cuenta para participar.----------------------------------------------------

Que sus compañeros que están en la Comisión han recibido unanotificación con una hoja-croquis para que puedan hacer sugerencias; por lo que

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pregunta: ¿Esta es la forma que se plantea como forma de colaborar el GrupoMunicipal Popular dentro de la Comisión?. ----------------------------------------------

Que quieren participar de forma activa ya que no son una Asociación ni unColectivo, sino representantes de los ciudadanos de la Vall d’Uixó como PartidoPolítico.-----------------------------------------------------------------------------------------

La Sra. Alcaldesa responde que desde la Concejalía de Igualdad se les hacontestado sobre cuál es la forma de participación como Grupo Político. Que esuna cuestión técnica que se ha adoptado desde ISONOMIA, que es la parte de laUJI que está trabajando con nosotros.------------------------------------------------------

La Sra. Domínguez, interviene nuevamente para manifestar que no está deacuerdo en participar simplemente como el resto de colectivos. Que quierenparticipar de forma activa en las reuniones y debates.-----------------------------------

12.3 D. Oscar Clavell López (GMP), toma la palabra para realizar las siguientespreguntas sobre el derribo de la Cruz en la Pl. de la Paz:-------------------------------

1).- ¿Por qué como viene siendo habitual en las redes sociales de la PolicíaLocal aparece siempre cuando se corta alguna vía pública por motivo de algunaobra y durante dos días y aun sigue el Centro del municipio cortado la Policía noha publicado nada?.---------------------------------------------------------------------------

2).- ¿es cierto que todas las empresas de la Vall a las que se le haconsultado u ofrecido la obra del derribo de la Cruz han desistido de la oferta?.----

3).- ¿Es cierto que la empresa que ha realizado el trabajo es de Moncada?.

4).- ¿Es cierto que esa empresa pertenece a una persona que iba en listaselectorales por “Acord Ciutadà?.-----------------------------------------------------------

5).- ¿Es cierto que uno de los operarios que ha realizado el derribo esConcejal de Moncada por el mismo partido?.--------------------------------------------

6).- ¿Quién ha solicitado la presencia de los antidisturbios de la GuardiaCivil en el día de hoy?.-----------------------------------------------------------------------

7).- ¿Me puede decir que artículo de la Ley nacional de la MemoriaHistórica incumplía la Cruz derribada en el día de hoy?.-------------------------------

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8).- ¿Puede concretarnos en qué van a ser destinados los 35.000 € que estePleno aprobó en una modificación presupuestaria y a los que el Partido Popularrecientemente presentó alegaciones que fueron desestimadas por el mismoórgano?.----------------------------------------------------------------------------------------

9).- ¿Puede decirnos si la Cruz de la Plaza de la Paz a día de hoy teníaalgún vestigio o símbolo franquista?.------------------------------------------------------

10).- ¿Es cierto que en escrito enviado desde la Dirección General deReformas Democráticas y Acceso a la Justicia, con fecha 31 de julio de 2017, leeliteralmente sobre el derribo de la Cruz “la decesió es tracta d’una opció política idiscreccional emmarcada en l’autonomia local”?----------------------------------------

11).- ¿Es cierto que el expediente de derribo incoado desde urbanismoempieza haciendo referencia al derribo de una casa en el término municipal?.------

12).- ¿Existe acuerdo plenario que da inicio al expediente administrativodel derribo de laCruz?.-----------------------------------------------------------------------

13).- ¿Existen acuerdos plenarios que rechazan el derribo de la Cruz?.------

14).- Puesto que no existen fechas ni firmas en los documentos que obranen el expediente en el momento del derribo, solicitamos informe del Secretariosobre la autoría y fechas de dichos informes.---------------------------------------------

15).- El derribo de la Cruz se inicia el día 5 de junio sin vallado ni medidasde seguridad, ¿Cuál es la razón?.-----------------------------------------------------------

16).- ¿Por qué se detuvieron las obras en el día de ayer?.----------------------

17).- ¿A qué se debe el silencia de la señora alcaldesa durante esto dosdías?.--------------------------------------------------------------------------------------------

18).- ¿Tiene conocimiento usted de la presentación de alguna querellacontra su persona por la cuestión del derribo?.-------------------------------------------

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Page 69: CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO …€¦ · signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante

19).- ¿Comunicó el Equipo de gobierno al Partido Popular que se iba aproceder al derribo de la Cruz?.-------------------------------------------------------------

20).- ¿Por qué no se facilitó al Partido Popular antes del día del derribo elexpediente completo de la remodelación de la plaza de la Paz pese a que fuerequerido en diversas ocasiones por concejales del Partido Popular?.----------------

La Sra. Alcaldesa interviene para señalar que se le contestará por escrito.Le consta que tiene el expediente.----------------------------------------------------------

Se dio por terminada la sesión siendo las veintidós horas, tomándose notaspara la redacción del borrador del acta, de todo lo cual, como Secretario,certifico.---------------------------------------------------------------------------------------

EL ALCALDESA EL SECRETARIO

Tania Baños Martos José Luis de la Torre Martín

DILIGENCIA.- Para hacer constar que en cumplimiento de lo determinado en elartículo tercero del Decreto 75/1984, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana,la presente acta, correspondiente a la 10/18, celebrada por el Pleno delAyuntamiento el seis de junio, se extiende en 35 folios de tres céntimos de euro,de Timbre del Estado, Clase 8ª, números 0N3513330 a 0N3513364 anverso de loque yo, el Secretario, con el visto bueno del Sr. Alcalde, certifico.-------------------

LA ALCALDESA EL SECRETARIO

Tania Baños Martos José Luis de la Torre Martín

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