Convenio No

6
CONVENIO No. 002-2015-SCC. CONVENIO DE PRACTICAS PREPROFESIONALES Conste por el presente documento que se firma por cuadruplicado, el Convenio de Practica Pre profesional, celebrado de conformidad con el artículo 12º y siguientes de la ley No. 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, y su Reglamento, aprobado mediante el DECRETO Supremo No. 007-2005- TR, que celebra entre EL SUB CFAE S.E. CUSCO, EL CENTRO DE FORMACION Y EL PRACTICANTE, identificados en este documento de acuerdo a los términos y condiciones siguientes: CONDICIONES GENERALES: A. DE LA INSTITUCION: Razón Social : SUB COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO. RUC. No : 20200541317 Domicilio : Av. Infancia No. 407 Wanchaq Cusco. Actividad Económica : Servicios Económicos Representante : Magt. Antonio Rene Aguilar Del Castillo. DNI No. : 23871861 B. EL CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL Razón social : UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RUC. No. : 20172474501 Domicilio : AV. DE LA CULTURA No. 733 Representante :DR. LA TORRE VALDEIGLESIAS ZENON DNI del Representante :23849024 C. EL PRACTICANTE Nombre : JHONATAN DAVID LEVA CONDORI. DNI No. : 71078104 Fecha de Nacimiento : 14.06.1991

description

tupac amaru

Transcript of Convenio No

CONVENIO No. 002-2015-SCC.CONVENIO DE PRACTICAS PREPROFESIONALESConste por el presente documento que se firma por cuadruplicado, el Convenio de Practica Pre profesional, celebrado de conformidad con el artculo 12 y siguientes de la ley No. 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, y su Reglamento, aprobado mediante el DECRETO Supremo No. 007-2005-TR, que celebra entre EL SUB CFAE S.E. CUSCO, EL CENTRO DE FORMACION Y EL PRACTICANTE, identificados en este documento de acuerdo a los trminos y condiciones siguientes:CONDICIONES GENERALES:A. DE LA INSTITUCION:Razn Social : SUB COMIT DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO.RUC. No : 20200541317Domicilio : Av. Infancia No. 407 Wanchaq Cusco.Actividad Econmica : Servicios EconmicosRepresentante : Magt. Antonio Rene Aguilar Del Castillo.DNI No. : 23871861

B. EL CENTRO DE FORMACION PROFESIONALRazn social: UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RUC. No.: 20172474501Domicilio: AV. DE LA CULTURA No. 733Representante:DR. LA TORRE VALDEIGLESIAS ZENONDNI del Representante:23849024

C. EL PRACTICANTENombre: JHONATAN DAVID LEVA CONDORI.DNI No.: 71078104Fecha de Nacimiento: 14.06.1991Sexo: MasculinoDomicilio: Jirn Ollantay N-2 Alto los Incas-CuscoSituacin del practicante: EstudianteCentro de formacin: Universidad Nacional de San Antonio Abad del CuscoEspecialidad: ContabilidadOcupacin materia de la capacitacin: Contabilidad.

D. CONDICIONES DEL CONVENIOPlazo de duracin: 04 meses, desde el 14/04/2015 hasta 14/08/2015Das de prcticas: Lunes a SbadoHorario de las practicas: 8:30 a.m. a 1:00 p.m. y de 3.30 p.m. a 7:00 p.m. (L-V) 8:30 a.m. a 1:00 p.m. (Sab)Subvencin Econmica: S/. 800.00 (Ochocientos con 00/100 Nuevos soles)rea donde se realiza las prcticas: Jefatura del Departamento de Crditos.

CLAUSULAS DEL CONVENIO:

PRIMERO: EL PRACTICANTE manifiesta su inters y necesidad de efectuar su Practica Preprofesional, durante su condicin de estudiante, para aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes, mediante el desempeo en una situacin real de trabajo. Por su parte, EL SUB CAFAE S.E. CUSCO acepta colaborar, tanto con el indicado CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL como con EL PRACTICANTE en su tarea formativa.

SEGUNDO: EL PRACTICANTE desempeara las actividades formativas en el Departamento de Crditos del SUB CAFAE S.E. CUSCO, sitio Av. Infancia No. 407 Wanchaq Cusco.

TERCERO: Para efectos del presente convenio EL SUB CAFAE S.E. CUSCO, se obliga a:1) Brindar orientacin y capacitacin tcnica y profesional a EL PRACTICANTE, dentro de su rea de formacin acadmica, as como evaluar sus prcticas.2) Designar a un supervisor para impartir la orientacin correspondiente a EL PRACTICANTE y para verificar el desarrollo y cumplimiento del Plan de Especifico de Aprendizaje.3) Emitir los informes que requiera el CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL, en relacin con las actividades del PRACTICANTE.4) No cobrar suma alguna por la formacin otorgada.5) Pagar puntualmente a EL PRACTICANTE una subvencin mensual convenida.6) Cubrir los riesgos de enfermedad y accidentes de EL PRACTICANTE.7) Expedir la certificacin de Practicas Pre profesionales correspondiente.

CUARTO: Para efectos del presente convenio EL PRACTICANTE, se obliga a:

1) Suscribir un convenio de Practicas Pre profesionales con el SUB CAFAE S.E. CUSCO acatando las disposiciones formativas que se le asignen.2) Desarrollar sus Prcticas Pre profesionales con disciplina, responsabilidad y puntualidad.3) Cumplir con el desarrollo del Plan Especfico de Aprendizaje que aplique el SUB CAFAE S.E. CUSCO.4) Sujetarse a las disposiciones administrativas internas que le seale el SUB CAFAE S.E. CUSCO.

QUINTO: Son obligaciones del CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL:

1) Planificar y desarrollar los programas formativos que correspondan a las necesidades del mercado laboral con participacin del sector productivo.2) Dirigir y conducir las actividades de formacin de EL PRACTICANTE en coordinacin con el SUB CAFAE S.E. CUSCO.3) Supervisar, evaluar y certificar las actividades formativas.4) Coordinar con la empresa el mecanismo de monitoreo y supervisin de las actividades que desarrolla EL PRACTICANTE.

SEXTO: EL SUB CAFAE S.E. CUSCO conceder a EL PRACTICANTE una subvencin econmica mensual de S/. 800.00 (Ochocientos con 00/100).De conformidad con el artculo 47 de la Ley N 28518 esta subvencineconmica mensual no tiene carcter remunerativo y no esta afecta al pago del Impuesto a la Renta, otros impuestos contribuciones ni aportaciones de ningn tipo a cargo de SUB CAFAE S.E. CUSCO.La subvencin econmica mensual no est sujeta a ningn tipo de retencin a cargo de EL PRACTICANTE, salvo afiliacin facultativa por parte de este a un sistema pensionario.

SETIMO: Las partes acuerdan la aplicacin de las causas de modificacin, suspensin y terminacin del convenio, que se detallan a continuacin.

Son causas de suspensin del convenio:a) La enfermedad y el accidente comprobados, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 6) de la clusula tercera del presente convenio.b) El permiso concedido por EL SUB CAFAE S.E. CUSCO.c) La sancin disciplinaria.d) El caso fortuito o fuerza mayor.

Son causas de terminacin del convenio:

a) El cumplimiento del plazo establecido.b) El mutuo disenso entre EL PRACTICANTE y EL SUBCAFAE S.E. CUSCO.c) El fallecimiento de EL PRACTICANTE.d) La invalidez absoluta permanente.e) No guardar reserva de toda la informacin y/o documentacin que EL PRACTICANTE conozca durante el desarrollo de la prctica.f) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte de EL PRACTICANTE y especficamente las contempladas en la clusula cuarta del presente convenio.g) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte del CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL, especficamentelas contempladas en la clusula quinta del presente convenio.h) Por renuncia o retiro voluntario por parte de EL PRACTICANTE, mediante aviso a SUBCAFAE S.E. CUSCO con antelacin de diez (10) das hbiles.

OCTAVO: EL PRACTICANTE declara conocer la naturaleza del presente convenio, el cual no tiene carcter laboral, de tal modo que solo genere para las partes, los derechos y obligaciones especficamente previsto en el mismo u en el texto de la ley N 28518 y el decreto supremo N 007-2005-TR.

NOVENO: Para todos los efectos relacionados con el presente convenio, las partes sealan como su domicilio el que aparece en la parte introductoria de este, los cuales se tendrn por validos en tanto la variacin no haya sido comunicada por escrito a la otra parte.

Las pares, despus de ledo el presente convenio, e ratifican en su contenido y lo suscriben en seal de conformidad en cuatro ejemplares; el primero para el SUB CAFAE S.E. CUSCO, el segundo para EL PRACTICANTE, el tercero para EL CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL, y el cuarto ser puesto en conocimiento y registrado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo dentro de los quince (15) das naturales de la suscripcin, de lo que damos fe.

Suscrito en la ciudad del Cusco, a los diecisiete das del mes de abril del ao dos mil quince.

SUB CAFAE S.E CUSCO EL PRACTICANTE

EL CENTRO DE FORMACION