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CONVENIO DE COALICIÓN ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA, REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Y DE MIEMBROS DE LOS AYUNTAMIENTOS EN EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 9, 41 BASE I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 49, 52, 127, 133, 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO; 75, 103, 104 FRACCIÓN II Y III, 105, 106, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY ELECTORAL DE QUINTANA ROO, CELEBRAN LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES, DENOMINADOS, PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, PARTIDO DEL TRABAJO Y CONVERGENCIA, AL TENOR DE LAS CONSIDERACIONES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: CONSIDERANDOS Que en términos de los artículos 52 y 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; segundo párrafo del artículo 42 y demás relativos y aplicables de la Ley Electoral de Quintana Roo, el próximo 3 de febrero de 2008 deberán llevarse a cabo las elecciones para renovar el Poder Legislativo, así como a los miembros de los Ayuntamientos. Que en términos de los artículos 49 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 49, 50 y demás relativos y aplicables de la Ley Electoral de Quintana Roo; a efecto de celebrar elecciones a través del voto universal, directo, libre y secreto de los ciudadanos, los Partidos Políticos tienen personalidad jurídica; gozan de los derechos y de las prerrogativas; son sujetos de obligaciones y deben ajustar su conducta a las disposiciones legales. Que en términos del artículo 103 de la Ley Electoral de Quintana Roo, los Partidos Políticos podrán formar coaliciones a fin de postular candidatos en las elecciones del próximo 3 de febrero de 2008. Que para todos los efectos legales a que haya lugar, los Partidos Políticos, de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia, decidieron formar la coalición que se denomina "Con la Fuerza de la Gente", para participar en

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CONVENIO DE COALICIÓN ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEDIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA, REPRESENTACIÓN PROPORCIONALY DE MIEMBROS DE LOS AYUNTAMIENTOS EN EL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE QUINTANA ROO, QUE CON FUNDAMENTO EN LOSARTÍCULOS 9, 41 BASE I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOSESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 49, 52, 127, 133, 134 DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANAROO; 75, 103, 104 FRACCIÓN II Y III, 105, 106, Y DEMÁS RELATIVOS YAPLICABLES DE LA LEY ELECTORAL DE QUINTANA ROO, CELEBRAN LOSPARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES, DENOMINADOS, PARTIDO DE LAREVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, PARTIDO DEL TRABAJO Y CONVERGENCIA,AL TENOR DE LAS CONSIDERACIONES, DECLARACIONES Y CLÁUSULASSIGUIENTES:

CONSIDERANDOS

Que en términos de los artículos 52 y 133 de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Quintana Roo; segundo párrafo del artículo 42 ydemás relativos y aplicables de la Ley Electoral de Quintana Roo, el próximo3 de febrero de 2008 deberán llevarse a cabo las elecciones para renovar elPoder Legislativo, así como a los miembros de los Ayuntamientos.

Que en términos de los artículos 49 fracción III de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Quintana Roo; 49, 50 y demás relativos yaplicables de la Ley Electoral de Quintana Roo; a efecto de celebrarelecciones a través del voto universal, directo, libre y secreto de losciudadanos, los Partidos Políticos tienen personalidad jurídica; gozan de losderechos y de las prerrogativas; son sujetos de obligaciones y deben ajustarsu conducta a las disposiciones legales.

Que en términos del artículo 103 de la Ley Electoral de Quintana Roo, losPartidos Políticos podrán formar coaliciones a fin de postular candidatos enlas elecciones del próximo 3 de febrero de 2008.

Que para todos los efectos legales a que haya lugar, los Partidos Políticos,de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia, decidieron formarla coalición que se denomina "Con la Fuerza de la Gente", para participar en

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las elecciones constitucionales que se llevarán a cabo el 3 de febrero de2008, conforme a lo dispuesto por la Ley Electoral de Quintana Roo.

DECLARACIONES

PRIMERA.- El C. LEONEL EFRAIN COTA MONTAÑO, en representación delPARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, declara que dicha entidad deinterés público, cuenta con registro de Partido Político Nacional, en los términosdel articulo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 49fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de QuintanaRoo, 51 fracción I, 52 y demás relativos y aplicables del Ley Electoral deQuintana Roo, en pleno goce de sus derechos y sujeto a las obligaciones queestablecen las leyes de la materia, para tal efecto exhibe copia de la constanciadel registro respectivo, la cual se encuentra certificada por el C. Lic. Manuel LópezBernal, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, misma que se anexa ala presente para los efectos legales a que haya lugar y, que en términos de lalegislación electoral del Estado acredita.

Que el Partido de la Revolución Democrática manifestó en tiempo y formaa las instancias competentes del Instituto Electoral de Quintana Roo, suintención de formar una coalición con los partidos del Trabajo yConvergencia, para postular a los mismos candidatos para la elección deDiputados por ambos principios, así como en ayuntamientos del estado deQuintana Roo para las elecciones a celebrarse el próximo 3 de febrero del2008.Que fue admitida en tiempo y forma por el Consejo General del InstitutoElectoral de Quintana Roo, la solicitud presentada ante ese órganoelectoral conjuntamente con los partidos del Trabajo y Convergencia,mediante la cual le manifestaron su intención de coaligarse entre sí, paralel proceso electoral 2007-2008, en razón de que ambos institutos políticossatisfacen los requisitos que para el efecto prevén sus respectivosestatutos y la Ley Electoral de Quintana Roo.

c) Que el día diez de febrero de 2007, se celebró sesión del Octavo PlenoOrdinario del VI Consejo Nacional, en el que se aprobó la política dealianzas del PRD en los Estados con proceso electoral local del 2007 yprimer trimestre del 2008.

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Que el día 24 de octubre de dos mil siete, se celebro sesión ordinaria delComité Ejecutivo Nacional, en la que se aprobó integrar la coalición, paracontender en la elección Constitucional del próximo tres de febrero de dosmil ocho.

Que el día 28 de noviembre de dos mil siete, se celebro sesión ordinariadel Comité Ejecutivo Nacional, en la que aprobó el convenio de coalición,la Plataforma Electoral y los candidatos del Partido de la RevoluciónDemocrática para los cargos de Diputados Locales por el Principio deMayoría Relativa y de Diputados de Representación Proporcional, asícomo la integración de las Planillas de los Ayuntamientos para el procesoelectoral estatal del presente año.

Finalmente, declaró que el domicilio del Partido de la Revolución Democrática seubica en la calle Av. Las playas, número 79 SM, manzana 9, lote 7 Colonia Centro,Cancún, Quintana Roo, y que está inscrito en el Registro Federal deContribuyentes con la clave PRD890526PA3, que cuenta con la infraestructura,así como con los recursos humanos, materiales y financieros, necesarios paracumplir los compromisos que se adquieren en virtud del presente convenio.

SEGUNDA.- El C. LEONEL EFRAÍN COTA MONTAÑO, declara que en sucalidad de Presidente Nacional del PARTIDO DE LA REVOLUCIÓNDEMOCRÁTICA, cuenta con facultades de representación en términos de lodispuesto por el artículo 9, numeral 9, inciso e), del Estatuto del partido político,para suscribir el convenio de Coalición y por tanto, con capacidad legal paraobligarse y obligar a sus representados.

TERCERA.- Que la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo,personalidad que se justifica con la copia certificada del acta del 6° CongresoNacional Ordinario del Partido del Trabajo, en términos del ultimo párrafo delarticulo 39 bis inciso g), 71 bis inciso h), 43 y 44 incisos a) y b) de sus estatutos,autoriza y faculta a la Comisión Coordinadora Nacional del PARTIDO DELTRABAJO, firme el presente convenio y, declaran que dicha entidad de interéspúblico cuenta con registro de Partido Político Nacional, en los términos que exigela Constitución Política del Estado Libre y Soberano de de Quintana Roo, y la LeyElectoral de Quintana Roo, en pleno goce de sus derechos y sujeto a lasobligaciones que establecen las leyes de la materia, para tal efecto exhibe copia

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de la constancia de registro respectivo, la cual se encuentra certificada por el C.Lic. Manuel López Bernal, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral,misma que se anexa a la presente para los efectos legales a que haya lugar y que

en términos de la legislación electoral del Estado Libre y Soberano de deQuintana Roo, acredita:

Que el Partido del Trabajo manifestó en tiempo y forma a las instanciascompetentes del Instituto Electoral de Quintana Roo, su intención de formar

una coalición con los partidos de la Revolución Democrática yConvergencia, para postular a los mismos candidatos para la elección deDiputados por ambos principios, así como en ayuntamientos del estado de

Quintana Roo para las elecciones a celebrarse el próximo 3 de febrero del2008.

Que al Instituto Político que representan, le fue admitida en tiempo y forma por

el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, la solicitudpresentada ante ese órgano electoral conjuntamente con los partidos de laRevolución Democrática y Convergencia, mediante la cual le manifestaron

su intención de coaligarse entre sí, paral el proceso electoral 2007-2008, enrazón de que ambos institutos políticos satisfacen los requisitos que para el

efecto prevén sus respectivos estatutos y la Ley Electoral de Quintana Roo.

Que la Comisión Ejecutiva Nacional constituida en Convención ElectoralNacional, misma que el día veinticuatro de octubre del año en curso, sesionó,aprobó y ratificó integrar la coalición para postular candidatos en las eleccionesdel próximo 3 de febrero de 2008.

Que la Comisión Ejecutiva Nacional constituida en Convención ElectoralNacional, aprobó y ratificó registrar como coalición a los candidatos a los

cargos de Elección en el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

e) Que la Comisión Ejecutiva Nacional constituida en Convención Electoral

Nacional, se aprobó que la Comisión Coordinadora Nacional del Partido delTrabajo en nombre y representación del PARTIDO DEL TRABAJO firmará el

presente convenio para todos los efectos legales conducentes.

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f) Que la Comisión Ejecutiva Nacional constituida en Convención ElectoralNacional, se aprobó y autorizó al C. Hernán Villatoro Barrios, para que ennombre y representación del PARTIDO DEL TRABAJO lleve a cabo lasobservaciones y modificaciones al presente convenio de coalición.

Finalmente declaró que el domicilio del Partido del Trabajo se ubica en calleAvenida Insurgentes número 1037 C, colonia Lagunitas, Chetumal, Quintana Roo,y que está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, con la clavePTR901211LLO, que cuenta con la infraestructura, así como con los recursoshumanos y materiales necesarios para cumplir los compromisos que se adquierenen virtud del presente convenio.

CUARTA.- Los CC. ALBERTO ANAYA GUTIERREZ, ALEJANDRO GONZALEZYAÑEZ, RUBEN AGUILAR JIMENEZ y RICARDO CANTU GARZA, declaran queen su calidad de miembros de la Comisión Coordinadora Nacional del PARTIDODEL TRABAJO, personalidad que se acredita con la copia certificada del acta del6° Congreso Nacional ordinario del Partido del Trabajo, el cual cuenta confacultades de representación en términos de los artículos 43 y 44 de los Estatutosde dicho partido político, así como por el mandato expreso que le confirió laComisión Ejecutiva Nacional constituida en Convención Nacional Electoral parasuscribir el Convenio de Coalición y por tanto, con capacidad legal para obligarsey obligar a sus representados.

QUINTA.- El C. LUIS MALDONADO VENEGAS, en representación deCONVERGENCIA, declara que dicha entidad de interés público, cuenta conregistro de Partido Político Nacional, en los términos de la Constitución Política delEstado de Quintana Roo, en pleno goce de sus derechos y sujeto a lasobligaciones que establecen las leyes de la materia, para tal efecto exhibe copiade la constancia del registro respectivo, la cual se encuentra certificada por el C.Lic. Manuel López Bernal, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral,misma que se anexa a la presente para los efectos legales a que haya lugar y entérminos de lo establecido por la Ley Electoral de Quintana Roo acreditó:

a) Que el Partido Convergencia manifestó en tiempo y forma a las instanciascompetentes del Instituto Electoral de Quintana Roo, su intención de formaruna coalición con los partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo,para postular a los mismos candidatos para la elección de Diputados por

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ambos principios, así como en ayuntamientos del estado de Quintana Roo paralas elecciones a celebrarse el próximo 3 de febrero del 2008.

Que al Instituto Político que representa, le fue admitida en tiempo y forma porel Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, la solicitudpresentada ante ese órgano electoral conjuntamente con los partidos de laRevolución Democrática y del Trabajo, mediante la cual le manifestaron suintención de coaligarse entre sí, para) el proceso electoral 2007-2008, en razónde que ambos institutos políticos satisfacen los requisitos que para el efectoprevén sus respectivos estatutos y la Ley Electoral de Quintana Roo.

Que el día 22 de octubre del presente año, la Comisión Política Nacional, confundamento en el artículo 45 de los Estatutos de Convergencia, aprobó lasnegociaciones del suscrito Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, paraintegrar la coalición electoral de amplio espectro denominada "Con la Fuerzade la Gente" con los Partidos Políticos de la Revolución Democrática y delTrabajo para la elección de diputados de mayoría relativa y representaciónproporcional e integrantes de los Ayuntamientos en el estado de QuintanaRoo, para el proceso electoral 2007-2008.

Que en consecuencia a lo anterior, en dicha Sesión, la Comisión PolíticaNacional, aprobó la firma del convenio de coalición para la elección dediputados por ambos principios al Congreso del Estado de Quintana Roo eintegrantes de los ayuntamientos a celebrarse el 3 de febrero de 2008.

Que en la sesión de la Comisión Política Nacional de fecha 28 denoviembre del presente año en términos de los artículos 19, numeral 3,inciso b); 43, numeral 3 y, demás relativos y aplicables de los Estatutos deConvergencia, conoció, calificó y determinó la nomina de candidatos adiputados de mayoría relativa y diputados de representación proporcional,así como integrantes de los ayuntamientos que participaran en el ProcesoElectoral Local en el Estado de Quintana Roo, y autoriza su inscripción anteel organismo electoral correspondiente.

f) Que en Sesión de fecha 28 de noviembre del presente año, la ComisiónPolítica Nacional, aprobó la plataforma electoral común de la Coalición,apara acreditar lo estipulado en el artículo 106 fracción X de la Ley Electoralde Quintana Roo.

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g)

Que en la Sesión de fecha 28 de noviembre del presente año, la ComisiónPolítica Nacional se faculto al C. Ángel Manuel Brito Sarmiento, en sucarácter de Delegado del Comité Ejecutivo Nacional en Quintana Roo, paraque en representación de Convergencia subsane, en su caso, lasobservaciones que realice el Instituto Estatal Electoral de Quintana Roo alconvenio o documentos que acrediten la procedencia del mismo, eigualmente para que, en caso de ser necesario, presente la sustitución decandidatos del partido.

Finalmente, declaró que el domicilio de Convergencia se ubica en la calle AvenidaAndrés Quintana Roo número dos cientos dieciséis, en la colonia Italia, codigopostal 77035, de la Ciudad de Chetumal, Quintana Roo, y que está inscrito en elRegistro Federal de Contribuyentes con la clave C0N990630A86; que cuenta conla infraestructura, así corno con los recursos humanos, materiales y financierosnecesarios para cumplir los compromisos que se adquieren en virtud del presenteconvenio.

SEXTA.- Las partes declaran que se reconocen mutuamente la personalidad conque se ostentan; así como que el presente convenio de coalición está fundado enla buena fe y en los principios generales del derecho y que en el mismo no existenvicios del consentimiento que lo pudieran invalidar.

SÉPTIMA.- Las partes declaran que es intención de sus representados constituiruna coalición electoral para la elección de Diputados al Congreso del Estado, asícomo para la integración de miembros de los Ayuntamientos en términos de lodispuesto por el Ley Electoral de Quintana Roo, al tenor de las cláusulas que acontinuación se describen.

CLAUSULAS

PRIMERA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 fracción I del LeyElectoral de Quintana Roo, los partidos políticos que integran la coalición electoralson:

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El PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, en adelantedenominado "PRD", en lo sucesivo será representado por el C. LEONELEFRAIN COTA MONTAÑO

El PARTIDO DEL TRABAJO, en adelante denominado "PT", representadopor la Comisión Coordinadora Nacional.

c) El PARTIDO CONVERGENCIA, en adelante denominado "Convergencia",representado por el C. LUIS MALDONADO VENEGAS.

SEGUNDA.- Las partes acuerdan por medio de este instrumento, encumplimiento a lo dispuesto por el artículo 106 fracción II del la legislación

electoral del Estado, constituirse en coalición electoral para participar en las

elecciones de Diputados y Ayuntamientos, a celebrarse el tres de febrero de dosmil ocho, de Diputados y miembros de los Ayuntamientos.

TERCERA.- La denominación de la coalición será: "Con la Fuerza de la Gente".

CUARTA.- El lema de la coalición será: "Con la Fuerza de la Gente".

QUINTA.- La Coalición "Con la Fuerza de la Gente", se identificará con elemblema que tiene las características, proporciones y colores del ejemplar quese anexa al presente convenio.

Características del emblema de la Coalición "Con la Fuerza de la Gente"

Emblema: Circulo en color negro, con 2 líneas curvas en su interior color negrouna a 90° que parte del centro a la final del circulo y otra a 180° que va de unextremo al otro fragmentando el circulo en porcentajes.

Diseño: Incluye los logotipos al interior del circulo de los Partidos Coaligados,PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, PARTIDO DEL TRABAJO yCONVERGENCIA.

c) Distribución de Espacio: 50% por ciento en la parte superior para el PARTIDO

DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, 27% por ciento en la parte inferiorderecha para el PARTIDO DEL TRABAJO y 23% por ciento en la parte inferiorizquierda para el PARTIDO CONVERGENCIA.

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d) Colores Corporativos:

El emblema del PRD se compone:

Por un Sol Mexicano estilizado con las siguientes características:

Estructura formada por una circunferencia de dieciséis rayos de trazo ancho, ochode los cuales son largos y ocho cortos.

La distancia entre el límite exterior de la circunferencia y el extremo del rayo largoes igual al diámetro interior de la circunferencia.

El rayo corto llega a dos tercios de esa distancia.El emblema se completa por las siglas PRD, construida con Kabel Extrabold conuna altura equivalente al diámetro interior de la circunferencia teniendo las letras Py D un ajuste de diseño y los colores del Partido son el amarillo (Pantones 116) enel fondo y el negro en el sol y las letras.

El emblema del PT se compone:Fondo color rojo al cien por ciento con una letra estrella de cinco picos colocada

en la parte superior de las letras PT. Los colores corporativos son: Rojo (cintoochenta y cinco c); amarillo (Pantone yellow c); negro (pantone Blakc c).

El Emblema del Partido Convergencia se compone:Sobre un fondo de color naranja (Naranja pantone CMYK Magenta 65 %)Un águila con las alas extendidas de color naranja sobre un círculo azul, con lapalabra CONVERGENCIA, en forma de banda sobre fondo naranja en letrasblancas.

El Emblema sobre fondo blanco al cien por ciento, con los siguientes pantones:

Naranja (pantone CMYK Magenta 65, yellow 100, y el azul cobalto (pantone

CMYK cian 100, Magenta 77).

SE ANEXA EL DISEÑO DEL LOGOTIPO.

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SEXTA.- La ubicación del emblema de la coalición electoral "Con la Fuerza de laGente" en las boletas electorales que elabore el Instituto Electoral de QuintanaRoo será en el lugar que corresponde al PRD.

SÉPTIMA.- A efecto de cumplir con los requisitos del artículo 106, fracciones IX yX de la Ley Electoral de Quintana Roo, anexamos la documentación siguiente:

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA: Copia del "ACUERDO DELCOMITÉ EJECUTIVO NACIONAL RELACIONADO CON LA COALICIÓN CONLOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES DEL TRABAJO Y/0CONVERGENCIA EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO" de fecha 24 de octubrede dos mil siete, mediante el cual se aprueba la coalición electoral del Partido dela Revolución Democrática con los partidos políticos nacionales del Trabajo y/oConvergencia en la Entidad Federativa de Quintana Roo para el proceso electoral

local del tres de febrero de dos mil ocho para la elección de diputados locales porambos principios y ayuntamientos.

Asimismo, se presenta original del orden del día de la sesión ordinaria del ComitéEjecutivo Nacional del día 28 de noviembre de dos mil siete; original del"ACUERDO DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL RELACIONADO CON LASELECCIONES LOCALES EN QUINTANA ROO." mediante el cual se hace constar laaprobación del convenio y plataforma electoral , las candidaturas a diputados porambos principios, así como a miembros de los ayuntamientos que postulará lacoalición "Con la Fuerza de la Gente".

PARTIDO DEL TRABAJO: Copia Certificada del Acta de la Sesión Extraordinariade la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, en la que resolvióerigirse y Constituirse en Convención Electoral Nacional, el día 24 de octubre del

presente año, donde se aprobó, por los órganos antes descritos la intención de

contender en Coalición Electoral en el Estado de Quintana Roo, con los partidospolíticos de la Revolución Democrática y Convergencia, para al proceso electoral

2007-2008.

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Así también, el acta de la sesión ordinaria del Partido del Trabajo, constituida yerigida en Convención Electoral Nacional, de fecha 28 de noviembre del año encurso, en la cual se aprobó el Convenio de Coalición respectivo, la PlataformaElectoral de la coalición, así como las candidaturas a Diputados por los principios

de Mayoría Relativa, representación proporcional y miembros de Ayuntamientos

en dicha entidad federativa.

PARTIDO CONVERGENCIA: Acta de la sesión de la Comisión Política Nacional,

celebrada en la Ciudad de México, Distrito Federal, de fecha 22 de octubre de2007, ante la presencia y protocolización del notario público Lic. SantiagoCaparroso Chávez, en la cual se da fe de la ratificación de las negociaciones para

celebrar coalición con los Partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo,para las elecciones a celebrarse el próximo 3 de febrero, en el estado de Quintana

Roo.

Asimismo, Acta de la sesión de la Comisión Política Nacional, celebrada en laCiudad de México, Distrito Federal, de fecha 28 de octubre de 2007, ante la

presencia y protocolización del notario público Lic. Santiago Caparroso Chávez enel cual se hace constar la aceptación de la plataforma electoral que postulará lacoalición "Con la Fuerza de la Gente" y las candidaturas a diputados por ambosprincipios, así como a miembros de los ayuntamientos.

OCTAVA.- El máximo órgano de Dirección de la presente Coalición es la"Comisión Coordinadora Estatal", que estará integrada por tres representantes,

uno de cada partido coaligado, designados por las direcciones nacionales y cuyapresidencia será rotativa por periodos mensuales.

Para la toma de decisiones, éstas serán por mayoría simple de votos, teniendo los

partidos políticos integrantes de la presente coalición el siguiente porcentaje devotación:PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA 50%PARTIDO DEL TRABAJO 25%CONVERGENCIA 25%

NOVENA.- El orden de prelación para la conservación del registro de los partidospolíticos, de conformidad con lo establecido por el artículo 106 fracción VIII de la

Ley Electoral de Quintana Roo, será de acuerdo al siguiente orden:

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Partido de la Revolución Democrática.

Convergencia

3. Partido del Trabajo

DÉCIMA.- Las partes convienen en determinar que el porcentaje de la votación

que obtenga la Coalición en la elección de diputados de mayoría relativa, en virtud

de lo dispuesto por el artículo 106 fracción VII de la Ley Electoral de Quintana

Roo, será distribuido de conformidad con la siguiente tabla:

% DE

VOTACIÓN% PRD

yo

CONVERGENCIA% PT

1 0.34 0.33 0.33

2 0.68 0.66 0.66

3 1 1 1

4 1.34 1.33 1.33

5 1.68 1.66 1.66

6 2 2 2

7 2.34 2.33 2.33

7.5 2.50 2.50 2.50

8 2.76 2.63 2.62

9 3.28 2.88 2.85

10 3.80 3.13 3.08

11 4.32 3.38 3.31

12 4.84 3.63 3.54

13 5.36 3.88 3.77

14 5.88 4.13 4.00

15 6.40 4.38 4.23

16 6.92 4.63 4.46

17 7.44 4.88 4.69

18 7.96 5.13 4.92

19 8.48 5.38 5.15

20 9.00 5.63 5.38

21 9.52 5.88 5.61

22 10.04 6.13 5.84

23 10.56 6.38 6.07

24 11.08 6.63 6.30

25 11.60 6.88 6.53

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26 12.12 7.13 6.76

27 12.64 7.38 6.99

28 13.16 7.63 7.22

29 13.68 7.88 7.45

30 14.20 8.13 7.68

31 14.72 8.38 7.91

32 15.24 8.63 8.14

33 15.76 8.88 8.37

34 16.28 9.13 8.60

35 16.80 9.38 8.83

36 17.32 9.63 9.06

37 17.84 9.88 9.29

38 18.36 10.13 9.52

39 18.88 10.38 9.75

40 19.40 10.63 9.98

41 19.92 10.88 10.21

42 20.44 11.13 10.44

43 20.96 11.38 10.67

44 21.48 11.63 10.90

45 22.00 11.88 11.13

46 22.52 12.13 11.36

47 23.04 12.38 11.59

48 23.56 12.63 11.82

49 24.08 12.88 12.05

50 24.60 13.13 12.28

En el supuesto de que el porcentaje de la votación que obtenga la coalición en la

elección de diputados electos por el principio de mayoría relativa, no sea en

números enteros y se tengan fracciones decimales, éstas serán distribuidas en la

misma proporción en que se determinó su crecimiento en números enteros, según

se desprende de la presente tabla.

DÉCIMA PRIMERA.- Las partes se comprometen a adoptar la Plataforma

Electoral Común de la Coalición "Con la Fuerza de la Gente", que se anexa al

presente convenio como ANEXO "B", en términos de lo dispuesto por el artículo

106 fracción X de la Ley Electoral de Quintana Roo.

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DÉCIMA SEGUNDA.- Las partes se comprometen a aportar en efectivo losrecursos para el desarrollo de las campañas electorales, de conformidad con elartículo 106 fracción VII de la Ley Electoral de Quintana Roo, de acuerdo a losiguiente:

El 100% de las ministraciones que para gastos de campañaestablece la Ley Electoral de Quintana Roo, serán entregados a laCoalición a través de su Consejo de Administración quien seencargará de la administración de los recursos y que estaráintegrado por dos miembros que serán; el titular del Consejo deAdministración nombrado por el Comité Ejecutivo Nacional delPartido de la Revolución Democrática y un representante del Partidodel Trabajo.

Las partes facultan al Titular del Consejo de Administración para queel Instituto Electoral de Quintana Roo, entregue a este lasministraciones que para gastos de campaña establece la LeyElectoral de Quintana Roo.

Adicionalmente a la prerrogativa que por financiamiento públicoreciba la coalición "Con la Fuerza de la Gente", los partidos políticoscoaligados podrán realizar aportaciones en efectivo o en especie enlos términos que establece la Ley Electoral del Quintana Roo.

Los recursos aportados por los Partidos Políticos participantes asícomo los que por financiamiento público se señalan en la presentecláusula deberán ser presentados en los informes de campaña enlos términos de la propia ley de la materia.

El uso y control de los recursos de la coalición deberá apegarse a losLineamientos, Formatos e Instructivos Aplicables por el InstitutoElectoral de Quintana Roo.

Los informes de campaña de los candidatos de la Coalición seránpresentados por el Consejo de Administración, por conducto de suPresidente, en los términos que exige la Normatividad en la Materia.

Deberá presentarse un informe por cada una de las campañas de

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elección en que haya participado la Coalición, especificando losgastos que la Coalición y el candidato hayan realizado en el ámbito

territorial correspondiente, así como el origen de los recursos que sehayan utilizado para financiar la campaña. En consecuencia, deberápresentarse:

Tantos informes como fórmulas de candidatos a diputadospor el principio de mayoría relativa se hayan registrado por la

Coalición ante la autoridad electoral de Quintana Roo; yTantos informes como planillas de ayuntamiento se hayanregistrado por la Coalición ante la autoridad electoral en el

Estado.

Los candidatos de la Coalición y los partidos que los propusieron

tendrán la obligación de proporcionar al Consejo de Administraciónlas relaciones de ingresos obtenidos y gastos realizados en las

campañas, así como de recabar los soportes documentales y

muestras correspondientes y remitirlos a dicho órgano, de maneraque la Coalición esté en posibilidad de cumplir en tiempo y formacon la entrega de los informes exigidos por la Normatividad en laMateria.

Los responsables de la cuenta bancaria de la coalición, así como loscandidatos, según sea el caso, deberán recabar la documentacióncomprobatoria de los egresos que realicen, la cual deberá ser

expedida a nombre del Partido de la Revolución Democrática y

conteniendo su clave de Registro Federal de Contribuyentes deconformidad con la Normatividad en la Materia:

Domicilio: Benjamín Franklin 84Col. Escandón

Delegación Miguel HidalgoMéxico D.F. C.P. 11800

RFC: PRD 890526 PA3

i) Todos los comprobantes, el estado de cuenta y demás

documentación relativa a las cuestiones financieras, toda la

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facturación y en general, los comprobantes y muestras que ampareny den evidencia de las compras, deberán reunir todos los requisitosfiscales, mercantiles y de fiscalización establecidos en laNormatividad en la Materia.

D

Ante una eventual falta de cumplimiento de la Normatividad en laMateria, el partido político que propuso al candidato seráresponsable solidario de su incumplimiento.

k) En caso de incumplimiento en los requisitos de la comprobación porparte de alguno de los partidos integrantes de la Coalición "Con laFuerza de la Gente", o bien, por parte de los candidatos propuestospor cada partido, el Consejo de Administración a través de suPresidente notificará a la Comisión Coordinadora Estatal y al Partidoresponsable, las multas que en su caso sean impuestas a lacoalición serán distribuidas a cada uno de los partidos políticoscoaligados de acuerdo al porcentaje de distribución de la coaliciónestablecido en el presente convenio de coalición.

DÉCIMA TERCERA.- De la representación común de la coalición, de losrepresentantes autorizados ante los órganos electorales y para la promoción deeventuales medios de impugnación.

Para los efectos de la Representación de la Coalición, ante el ConsejoGeneral del Instituto Electoral de Quintana Roo, la tendrá el Partido de laRevolución Democrática como propietario y el Partido Convergencia lecorresponderá la suplencia.Para los efectos de la representación de la Coalición ante los órganoselectorales en que participará la coalición, la Representación Titular en losConsejos Distritales la tendrá el partido político que encabece la formula decandidatos de acuerdo al presente convenio.

c) Para el caso de la interposición de medios de impugnación previstos en lalegislación electoral del Estado, ostentará la representación de la coaliciónlos representantes acreditados ante los diversos órganos electorales deconformidad con lo dispuesto por la Ley Electoral de Quintana Roo.

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La acreditación o substitución de los representantes de la Coalición "Con laFuerza de la Gente" ante los órganos electorales señalados en la presentecláusula, corresponderá realizarla de manera conjunta, única y exclusivamente, alas dirigencias nacionales de los partidos coaligados. Por el PRD el C. Leonel CotaMontaño, por el PT Alberto Anaya Gutiérrez, por Convergencia Luis MaldonadoVenegas.

DÉCIMA CUARTA.- De conformidad con el último párrafo del artículo 109 de laLey Electoral de Quitana Roo, las partes manifiestan que los candidatos deMayoría Relativa en cada uno de los quince distritos locales fueron determinadospor los partido coaligados de conformidad con su norma estatutaria y, en caso deresultar electos, pertenecerán al grupo parlamentario según la siguiente tabla:

DIPUTADOS DE MAYORIA RELATIVADISTRITO PROPIETARIO SUPLENTE GRUPO PARLAMENTARIO

I MIGUEL ANGEL HUICABSALAS

NORA MARIA ZAPATAANGULO

CONVERGENCIA

II GREGORIO HERNANPASTRANA

HECTOR ALPUCHE PAJON CONVERGENCIA

III HUGO GUILLERMOGONZALEZ REYES

RAUL HUMBERTO TRIAYSANCHEZ PRD

IV JAQUELINE ESTRADA PEÑA CLARA ENRIQUEZ MOGUEL PRDV RIVELINO VALDIVIA

VILLASECALUIS ENRIQUE PINEDACASTILLO PT

VI LUIS ARMANDO UICAB MAY JESÚS HERNÁNDEZ CETINA PRDVII FERNANDO MONTALVO

RODRIGUEZFATIMA CHAGOYA AGUILAR PRD

VIII MARIA ELENA AVALA MIS EDUARDO ABRAHAMGONZALEZ CONVERGENCIA

IX LUZ MARIA BERISTAINNAVARRETE

ADRIANA LEIJA SOTO PRD

X KAROLL MARIBEL POOLPECH

REYNA GUADALUPE POOLAVILA PRD

XI ALFA ELIANA GONZALEZ SARA ALVARADO PRDXII JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ CARRILLOJESUS ANTONIO TERRAZASLARA PRD

XIII JULIAN JAVIER RICALDEMAGAÑA

JOSE DAVID ZAPATAMOGUEL PRD

XIV RICARDO GAYTAN ERIK HIGUERA AGUILAR PRDXV PENELOPE CAMPOS

GONZALEZJUAN CARLOS SOLISMARTINEZ

PRD

DÉCIMA QUINTA.- Para los efectos de la fracción XI del artículo 106 de la LeyElectoral de Quintana Roo, las partes manifiestas que la lista de candidatos adiputados por el Principio de Representación Proporcional, fue determinada por

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los partidos coaligados de conformidad con su norma estatutaria y, en caso deresultar electos, pertenecerán al grupo parlamentario según la siguiente tabla:

DIPUTADOS DE REPRESENTACION PROPORCIONALFORMULA PROPIETARIO SUPLENTE GRUPO PARLAMENTARIO

PRIMERA LUZ MARIA BERINSTAINNAVARRETE

ADRIANA LEIJA SOTO PRO

SEGUNDA WILLIAM ALFONSO SOUZACALDERON

CINTHYIA YAMILLE MILLANESTRELLA

CONVERGENCIA

TERCERA HERNÁN VILLATOROBARRIOS

ISAURO MORALES CHUC PT

CUARTA JOSE ANTONIO MECKLERAGUILERA

ISMAEL SANCHEZ CORDERO PRD

QUINTA !SAURA IVANOVA POOLPECH

AMIRA SERRANOGUILLERMO

PRD

SEXTA MIGUEL ANGEL SANTINVELAZQUEZ

EUTERPE ALICIA GUTIERREZBALASIS

CONVERGENCIA

SEPTIMA RAFAEL ANGEL ESQUIVELLEMUS

LIVIA ADELINA NOHENRIQUEZ

PRO

OCTAVA MARIA ANDREA DIAZMORENO

LILIA MARIA PEREZ RUS PRD

NOVENA CARLOS LEONARDOVAZQUEZ HIDALGO

GUADALUPE PUCHOLAYNETA

PRD

DÉCIMA HAIDE CRISTINA SALDAÑAMARTINEZ

MARIA ESTELA PATRACAREYES

PRO

DÉCIMA SEXTA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran laplanilla que competiría por el ayuntamiento del municipio de Benito Juárez, fuerondeterminados de conformidad a la norma estatutaria de los partidos coaligados yson los siguientes:

CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ POSTULADOS POR LOSPARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTEPRESIDENTE GREGORIO SANCHEZ MARTINEZ JAIME HERNANDEZ ZARAGOZASINDICO JAVIER BRITO ROSELLON EDMUNDO CORREA CORAL1 REGIDOR LATIFA MUSA SIMON REYNA GABRIELA MOGUEL BARRERA2 REGIDOR RICARDO VELASCO RODRIGUEZ LUIS CIRPIANO FITCH TORRES3 REGIDOR AHOLIBAMA TORRES BUI (PT) SARA VÁZQUEZ ESTRADA (PT)4 REGIDOR BERENICE PENELOPE POLANCO CORDOVA

(CONV)JOSE LUIS RUIZ ESCOBIA (CONV)

5 REGIDOR RAMON HERIBERTO VALDIVIEZO LOPEZ GUILLERMO MEZA SANTIAGO6 REGIDOR CONCEPCION JOSEFA COLIN ANTUNEZ ISABEL AVALOS MARQUEZ7 REGIDOR FEBE MARIN TRUJILLO MARLENE MOTA MARIN8 REGIDOR HUMBERTO DE ITA LOPEZ LUIS MANUEL CASANOVA CESAR9 REGIDOR RAUL GERARDO ARJONA BURGOS NORBERTA ARZATE MUGICA

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DÉCIMA SÉPTIMA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran laplanilla que competiría por el ayuntamiento del municipio de Othón P. Blanco,fueron determinados de conformidad a la norma estatutaria de los partidoscoaligados y son los siguientes:

CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO POSTULADOS PORLOS PARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTE

PRESIDENTE ROGER ARMANDO PERAZA TAMAYO (PRD) ' LAURENTINO ESTRELLA CHAN (PRD)

SINDICO MARIA GUADALUPE ROMERO PIÑA(CONV)

YOLANDA CASTILLO AHUMADA (CONV)

1 REGIDOR AMADOR DOMINGO VÁZQUEZ (PT)MANUEL FERNANDO MORALSE BEIZA(PT)

2 REGIDOR FEDERICO HERNANDEZ AMADOR (PRD) FRANCISCO MONTES (PRD)

3 REGIDOR VENANCIA COH CHUC (PRD) MAXIMILIANO MOO POOT (PRD)

4 REGIDOR ANTONIO RAMÍREZ SALAZAR (PRD) ADÁN MENDOZA GODINEZ (PRD)

5 REGIDOR ARMANDO VEGA LAGUNA (PRD) JOSÉ DANIEL CANUL TREVIÑO (PRD)

6 REGIDOR MARISOL MONTALVO CHAMAL (PRD) ENRIQUE MARTÍNEZ ÁVILA (PRD)

7 REGIDOR CARLOS PEDRO COBOS DELFÍN (PRD) MARÍA GUADALUPE MENDOZAJIMÉNEZ (PRD)

8 REGIDOR QUINTÍN LOEZA REYES (PRD) TOMÁS REYES CUEVAS (PRD)

9 REGIDOR LEOBARDO ROJAS (PRD) LORENA QUIROGA (PRD)

DÉCIMA OCTAVA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran laplanilla que competiría por el ayuntamiento del municipio de Lázaro Cárdenas,fueron determinados de conformidad a la norma estatutaria de los partidoscoaligados y son los siguientes:

CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE LÁZARO CÁRDENAS POSTULADOS PORLOS PARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTE

PRESIDENTE RAUL ALFREDO MAGLAH YAM (PRD) CLEMENTE CHUC CANUL (PRD)

SINDICO RAYMUNDO CANUL CHIMAL (PRD) MIRIAN ROSANA KUMUL CANUL (PRD)1 REGIDOR ISIDRO CHUC SIMA (PT) LUCY MAGALI CHIMAL KAUIL (PT)2 REGIDOR JOSE DAVID KAHUIL CHIMAL (CONV) JUAN CARLOS POOT ALVAREZ (CONV)3 REGIDOR NOEMI LECHUGA JIMÉNEZ (PRD) ALEJANDRA MAZUN MUÑOZ (PRD)

4 REGIDOR JOSÉ ASUNCIÓN DZUL CHI (PRD) MARCOS QUETZAL HERRERA (PRD)5 REGIDOR MELCHOR MORALES MAY (PRD) ABRAHAN LÓPEZ VIDAL (PRD)

6 REGIDOR EULOGIO CIAU MAY (PRD) BENJAMÍN PECH CHIMAL (PRD)

7 REGIDOR TOMAS TZIU MAC (PRD) DIONICIO CITUL MAY (PRD)

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DÉCIMA NOVENA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran laplanilla que competiría por el ayuntamiento del municipio de José María Morelos,fueron determinados de conformidad a la norma estatutaria de los partidoscoaligados y son los siguientes:

CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE JOSÉ MARÍA MORELOS POSTULADOSPOR LOS PARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTEPRESIDENTE JOSÉ RUBÉN FLOTA MARTiN (PRD) ALBERTO CAUICH SALAZAR (PRD)SINDICO VICTORIANO TE LOPEZ (PRD) AMADO PABLO LÓPEZ (PRD)1 REGIDOR CLARA ELOISA GARCIA MENA (PRD) FELIPE MAGAÑA MOO (PRD2 REGIDOR EUTIMIO ITZÁ AKÉ (PT) LUIS MOO ESPAÑA (PT)3 REGIDOR LUIS MUÑOZ HERNÁNDEZ (PRD) ANA KARINA HOIL NOH (PRD)4 REGIDOR MANUEL JESÚS GONGORA MOEN (PRD) FLORENCIO CHA Y NOVELO (PRD)5 REGIDOR MARIANO HOIL CAN (PRD) MANUEL TUN CANCHE6 REGIDOR GREGORIO XOOL CONTRERAS (CONV) FELIPE QUIAU CAAMAL (CONV)

VIGÉSIMA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran la planilla quecompetiría por el ayuntamiento del municipio de Solidaridad, fueron determinadosde conformidad a la norma estatutaria de los partidos coaligados y son lossiguientes:

CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD POSTULADOS POR LOSPARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTEPRESIDENTE RAFAEL HERNANDEZ SORIANO (PRD) JOSE ANTONIO LEÓN MENDIVIL (PRD)SINDICO ELOISA BALAM MAZUN (PRD) SANTIAGO POOT CHULIM (PRD)1 REGIDOR FERNANDO FUENTES DAVILA (PRD) HORLIK MANUEL EVIA MARIN (PRD)2 REGIDOR JOSÉ MANUEL ABRAHAM SOLAR GIL (PT) REYMUNDO CESAR CALDERON

CABALLERO (PT)3 REGIDOR PEDRO LOZADA ENRIQUEZ (PRD) ADRIAN CRISTOBAL SALDIVAR CORAL

(PRD)4 REGIDOR LEONEL CASTRO ESTRADA (PRD) ANTONIA GONZALEZ VIDAL (PRD)5 REGIDOR FABIAN JACIENTO VAZQUEZ MENDOZA (PRD) ROSA ISELA QUIJANO CHAN (PRD)6 REGIDOR JUAN JOSE URIBE VILLAGOMEZ (PRD) EUSTACIO ORDAZ PAREDES (PRD)

VIGÉSIMA PRIMERA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran laplanilla que competiría por el ayuntamiento del municipio de Isla Mujeres, fueron

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determinados de conformidad a la norma estatutaria de los partidos coaligados y

son los siguientes:

CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES POSTULADOS POR LOS

PARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTEPRESIDENTE CARLOS MANUEL PECH CASILLAS (PRD) LEONOR ELENA MEDINA SALAS (PRD)SINDICO MANUEL RICALDE (PRD) MARIAN ITZAYANA NARETZY DÍAZ

(PRD)1 REGIDOR LUIS ALBERTO VALENCIA (CONV) CARLOS MOO SEL (CONV)2 REGIDOR JESUS GABRIEL GARRIDO POOT (PT) JOSE GUADALUPE TZUL LORIA (PT)3 REGIDOR JESÚS ADRIANA GALAZ EUAN (PRD) ARIEL BARANDICA ROSAS (PRD)4 REGIDOR ZANDY BEELALATZIN DIAZ GEUGER (PRD) MARIANA LULIANA IGNACIO ORTEGA

(PRD)5 REGIDOR ERICA MARIEL BOTE GUTIÉRREZ (PRD) MIGUEL DE JESÚS LÓPEZ LÓPEZ (PRD)6 REGIDOR MARGARITA PUC COUOH (PRD) JORGE ELIAS MARTINEZ SERVIN (PRD)

VIGÉSIMA SEGUNDA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran la

planilla que competiría por el ayuntamiento del municipio de Cozumel, fueron

determinados de conformidad a la norma estatutaria de los partidos coaligados y

son los siguientes:

CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE COZUMEL POSTULADOS POR LOS

PARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTEPRESIDENTE ROSALVA BUENAVENTURA (PRD) LORENZO CAMPOS FUENTES (PRD)

SINDICO HUMBERTO PAEZ REYES (PT) GEILER ARCÁNGEL AGOSTA MARTIN(PT)

1 REGIDOR CESAR AUGUSTO VARELA PAREDES(PRD) RAFAEL ÁVILA MORALES (PRD)

CLAUDIA SUSUNAGA RAMÍREZ (PRD) GRISELDA PEREZ (PRD)2 REGIDOR

3 REGIDOR VÍCTOR SALGADO MEJÍA (PRD) JANY HRENÁNDEZ SÁNCHEZ (PRD)4 REGIDOR CARMEN ALANÍS RAMÍREZ (PRD) DULCE MIRIAN CERVANTES MORALES

(PRD)5 REGIDOR JOSÉ ARTURO CAMPOS PEÓN (PRD) SOCORRO CHAN CANCHE (PRD)6 REGIDOR MAURICIO CORTEZ GARCÍA (PRD) ISABEL VARGAS VALLE (PRD)

VIGÉSIMA TERCERA.- Las partes manifiestan que los candidatos que integran la

planilla que competiría por el ayuntamiento del municipio de Felipe CarrilloPuerto, fueron determinados de conformidad a la norma estatutaria de los partidos

coaligados y son los siguientes:

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CANDIDATOS DEL MUNICIPIO DE FELIPE CARRILLO PUERTOPOSTULADOS POR LOS PARTIDOS COALIGADOS

CARGO PROPIETARIO SUPLENTEPRESIDENTE DAVID NOE BAENA ADAME (PRD) PAULINO POOT CHULIM (PRD)SINDICO OSCAR] SOLIS BRITO (PRO) ISABEL CIAU DZUL (PRO)1 REGIDOR PEDRO RODOLFO CANUL MAY (PRO) CALOS XOOL KUMUL (PRO)2 REGIDOR VICTORIANO PERAZA ESTRELLA (PT) JOSÉ ENRIQUE PUC TUN (PT)3 REGIDOR FERNANDO TALLEZ CHI (PRO) ENRIQUE PECH YAM (PRD)4 REGIDOR REYNA ANITA HAU MORALES (PRO) GUADALBERTO CASANOVA MEZETA

(PRO)5 REGIDOR ROSARIO SANTANAALVARADO (CONV) SEBASTIAN UC YAM (CONV)6 REGIDOR MANUEL GILBERTO PUC LEON (PRO) JULIAN YAN UCAN (PRO)

VIGÉSIMA CUARTA.- Las partes acuerdan que para cualquier modificación y/osustitución de candidatos al presente convenio, se llevará a cabo a peticiónconjunta de los partidos políticos coaligados, ya solicitud del partido que lecorresponda el espacio en el que se requiera hacer el movimiento, el que se hacealusión en la presente cláusula, por el Partido de la Revolución Democrática sefaculta al C. Trinidad Morales Vargas, por el Partido del Trabajo se faculta al C.HERNAN VILLATORO BARRIOS y por parte del Partido de Convergencia sefaculta al C. ANGEL MANUEL BRITO SARMIENTO. Asimismo, se comprometen apresentar la documentación de los candidatos que les corresponden para suregistro ante los órganos del Instituto Electoral de Quintana Roo, las solicitudes deregistro de los candidatos de la Coalición serán presentadas por losrepresentantes de la Coalición debidamente acreditados con la rubrica yaprobación de los antes mencionados.

VIGÉSIMA QUINTA.- Las partes se comprometen a presentar el registro de loscandidatos a Diputados que integran el Congreso del Estado, así como losmiembros de los Ayuntamientos de la coalición electoral "Con la Fuerza de laGente" ante los órganos del Instituto Electoral, dentro de los plazos legales ymodalidades establecidos en el artículo 129 fracciones II, III y IV de la LeyElectoral de Quintana Roo, a través de los representantes de la coalicióndebidamente acreditados o de quien ésta designare.

VIGÉSIMA SEXTA.- De conformidad con lo establecido en el último párrafo delartículo 103 de la Ley Electoral de Quintana Roo, el presente convenio serápresentado ante el Instituto Electoral para su registro y quedará sin efectoconcluida la calificación de las elecciones para las cuales se coaligó.

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POR LA COMISIDEL P

111115DORA NACIONALpyi},TRABAJO

TODO EL_ PODER AL PUEBLO

ALBERTO AYA GU I É RR Z ALEJANp(

'COMISI ÓN COORDINADORANACIOUL

Leído que fue el presente convenio de Coalición y enteradas las partes del valorlegal de su contenido, ratifican y firman de conformidad, en la Ciudad deChetumal, Quintana Roo, a los 28 días del mes noviembre de dos mil siete, paralos efectos legales a que haya lugar.

ATENTAMENTE"DEM IA YA, PATRIA PARA TODOS"

—LE o EL EFRAIN COTA MONTA ÑO

PR . . 'ENTE NACIONAL DELPARTIDO DE LA R • UCIÓN DEMOCRÁTICA

ATENTAMENTE

UNIDAD NACIONAL¡TODO EL PODER AL PUEBLO!

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CONVERGE C A

"UN NUEVO RUMBO

LUIS

PRESIDENTE EL MITÉ EJ O NACIONAL