Convenio cooperacion tecnica utn frsr csep

5
Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica entre UTN Facultad Regional San Rafael y Club Sportivo El Porvenir (CSEP) de San Rafael Convenio de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica entre Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional San Rafael y Club Sportivo El Porvenir (CSEP) de San Rafael “Proyecto Deportivo, Social y Educativo del CSEP” Entre la Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional San Rafael, en adelante la “UTN FRSR”, y el Club Sportivo El Porvenir, en adelante “CSEP”; las partes convinientes, representadas en este acto por el Ing. Horacio Paulino Pessano, en su carácter de Decano de la UTN FRSR, y el Sr. Jorge Martínez, en su carácter de Presidente del CSEP; acuerdan en celebrar el presente convenio para llevar adelante el “Proyecto Deportivo, Social y Educativo del CSEP”, con carácter de cooperación institucional y asistencia técnica, y con sujeción a lo establecido en el articulado que a continuación se especifica: PRIMERO: del objeto El objeto del presente convenio de cooperación institucional y asistencia técnica entre la UTN FRSR y el CSEP es a los fines que la UTN FRSR desarrolle a nivel de pre factibilidad el proyecto de polideportivo, gimnasio y piscina en el predio del CSEP. Se deja indicado que el nivel de pre factibilidad en la elaboración del proyecto implican los aspectos necesarios para la posterior profundización de estudios al efecto de elevar el proyecto a nivel ejecutivo. SEGUNDO: del marco normativo La UTN FRSR se compromete a conformar y coordinar un equipo de trabajo y desarrollar todas las actividades inherentes al objeto del presente convenio dentro del marco institucional que establezca el CSEP y de los parámetros legales, normativos y prácticas vigentes en la materia. TERCERO: de la información Tanto la UTN – FRSR como el CSEP se comprometen en aportar y articular en forma completa la información que por su propia gestión, o en vinculación con otras instituciones, se considere pertinente y enriquecedora del objeto del presente convenio. CUARTO: de las actividades 1

Transcript of Convenio cooperacion tecnica utn frsr csep

Page 1: Convenio cooperacion tecnica utn frsr csep

Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica entre UTN Facultad Regional San Rafael yClub Sportivo El Porvenir (CSEP) de San Rafael

Convenio de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica entre Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional San Rafael

y Club Sportivo El Porvenir (CSEP) de San Rafael

“Proyecto Deportivo, Social y Educativo del CSEP”

Entre la Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional San Rafael, en adelante la “UTN FRSR”, y el Club Sportivo El Porvenir, en adelante “CSEP”; las partes convinientes, representadas en este acto por el Ing. Horacio Paulino Pessano, en su carácter de Decano de la UTN FRSR, y el Sr. Jorge Martínez, en su carácter de Presidente del CSEP; acuerdan en celebrar el presente convenio para llevar adelante el “Proyecto Deportivo, Social y Educativo del CSEP”, con carácter de cooperación institucional y asistencia técnica, y con sujeción a lo establecido en el articulado que a continuación se especifica:

PRIMERO: del objeto El objeto del presente convenio de cooperación institucional y asistencia técnica entre la UTN FRSR y el CSEP es a los fines que la UTN FRSR desarrolle a nivel de pre factibilidad el proyecto de polideportivo, gimnasio y piscina en el predio del CSEP. Se deja indicado que el nivel de pre factibilidad en la elaboración del proyecto implican los aspectos necesarios para la posterior profundización de estudios al efecto de elevar el proyecto a nivel ejecutivo.

SEGUNDO: del marco normativoLa UTN FRSR se compromete a conformar y coordinar un equipo de trabajo y desarrollar todas las actividades inherentes al objeto del presente convenio dentro del marco institucional que establezca el CSEP y de los parámetros legales, normativos y prácticas vigentes en la materia.

TERCERO: de la informaciónTanto la UTN – FRSR como el CSEP se comprometen en aportar y articular en forma completa la información que por su propia gestión, o en vinculación con otras instituciones, se considere pertinente y enriquecedora del objeto del presente convenio.

CUARTO: de las actividadesSe definen a continuación las actividades marco, las cuales serán desglosadas por temas y según las prioridades que establezcan los firmantes del presente convenio. Se prevé el intercambio y puesta en común de resultados parciales una vez completado cada tema prioritario.

Ítem Descripción01 Análisis de la información suministrada por el CSEP02 Relevamiento del predio y de las obras existentes03 Análisis de la distribución espacial en el predio. Anteproyecto general de sectorización04 Diseño de anteproyecto de polideportivo. Articulación con otros sectores0 Diseño de anteproyecto de gimnasio. Articulación con otros sectores

06 Diseño de anteproyecto de piscina. Articulación con otros sectores07 Diseño de anteproyecto de ingresos al predio08 Diseño de anteproyecto de parquización interior

1

Page 2: Convenio cooperacion tecnica utn frsr csep

Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica entre UTN Facultad Regional San Rafael yClub Sportivo El Porvenir (CSEP) de San Rafael

QUINTO: de las necesidadesLas actividades enunciadas en el Artículo CUARTO deberán contemplar las necesidades de los trabajos de campo y de gabinete, debiendo el CSEP, dentro del marco de recursos disponibles, asumir las responsabilidades indicadas en Artículo Séptimo del presente convenio.

SEXTO: de la documentaciónLa UTN - FRSR, asume la responsabilidad de entregar la documentación gráfica pertinente al objeto del presente convenio. La documentación se entregará en soporte digital a los efectos que el CSEP prosiga los trámites pertinentes.

SÉPTIMO: de las responsabilidades de las partes

El CSEP se obliga a: Proveer la documentación gráfica de las obras ejecutadas y/o proyectadas. Proveer las presentaciones realizadas ante organismos pertinentes, si las hubiere. Explicitar el programa de necesidades del CSEP para con el desarrollo del predio

objeto del presente acuerdo. Permitir el libre acceso al predio al Equipo de Trabajo de la UTN FRSR y la

disposición de su personal para con las consultas que el mismo realice a los efectos de cumplir con los objetivos del presente convenio.

La UTN – FRSR se obliga a: Constituirá el equipo de trabajo para llevar adelante las actividades del presente

acuerdo, según Artículo Octavo del presente convenio. Realizará las actividades descriptas en el Artículo Cuarto del presente convenio. Realizará la cobertura de seguro correspondiente de los integrantes del equipo de

trabajo a través de la ART La Mercantil Andina. Realizará la extensión de la cobertura médica para los integrantes del equipo de

trabajo a través del servicio de emergencias médicas ECI.

OCTAVO: del recurso humano y sus responsabilidadesPara llevar a cabo las actividades enunciadas en el Artículo Cuarto del presente convenio la UTN FRSR conformará un Equipo Técnico, el cual actuará bajo la Coordinación Institucional del Ing. Roberto Daniel Vilches de la UTN FRSR y la Coordinación Operativa a cargo del Arq. Ricardo Freire.Los integrantes del Equipo de Trabajo serán designados por los instrumentos normativos correspondientes, privilegiando la articulación con las actividades curriculares pertinentes de las carreras de la UTN FRSR.

NOVENO: de los plazosLas partes acuerdan en establecer un Cronograma de Trabajo de un (01) año de duración total para el desarrollo de las actividades indicadas en el Artículo Cuarto del presente convenio. El plazo indicado se contará a partir de la suscripción del presente convenio. Las partes se reservan el derecho de rescindir el presente convenio sin expresión de causa antes de la finalización del cronograma de trabajo, debiendo comunicar a la otra parte por medio fehaciente y con una antelación mínima de treinta (30) días corridos previos a la rescisión efectiva, sin que ello genere derechos a favor de la otra parte a reclamar daños y perjuicios o indemnizaciones de ninguna naturaleza. En ese supuesto las partes acuerdan en cumplir con las actividades del Artículo Cuarto del presente convenio que estén en ejecución al momento de la comunicación.

DÉCIMO: de la comisión de seguimiento

2

Page 3: Convenio cooperacion tecnica utn frsr csep

Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica entre UTN Facultad Regional San Rafael yClub Sportivo El Porvenir (CSEP) de San Rafael

Quedará constituida una comisión evaluadora formada por el Arq. Ricardo Freire de la UTN – FRSR y el Sr. Jorge Martínez por el CSEP, quienes evaluarán el trabajo en cualquiera de sus etapas.

DÉCIMO PRIMERO: de la contraprestaciónSe deja expresa constancia que el presente convenio es a título no oneroso, en tanto no involucra obligación presupuestaria alguna a las partes suscribientes del presente acuerdo.

DÉCIMO SEGUNDO: de la comunicación a los interesadosLas partes acordantes se comprometen a hacer conocer los términos del presente Convenio de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica a todo el recurso humano que intervenga en las actividades enunciadas, con la mayor brevedad, a los efectos de no retrasar las actividades programadas.

DÉCIMO TERCERO: de la responsabilidad de la informaciónLa información que obre en la documentación gráfica a entregar por la UTN – FRSR no son vinculantes con las interpretaciones y/o decisiones que pueda adoptar el CSEP o cualquier otro usuario, quedando exenta la UTN – FRSR por cualquier tipo de responsabilidades presentes y futuras al respecto. Tanto el CSEP como la UTN – FRSR se reservan los derechos de administración, gestión y utilización de los resultados finales del programa objeto del presente convenio de cooperación; en tal caso la UTN – FRSR sólo podrá hacer uso de tal información con fines académicos.

DÉCIMO CUARTO: de la jurisdicción judicialEn caso de litigios las partes convinientes acuerdan someterse a la jurisdicción de los fueros judiciales que correspondieren.

DÉCIMO QUINTO: de los domicilios especialesLas partes convinientes fijan los siguientes domicilios especiales: la UTN - FRSR en Av. Gral. Urquiza Nº 314 de San Rafael, Mendoza, y el CSEP en Av. Libertador y Los Sauces de San Rafael, Mendoza.

En prueba de conformidad y a este sólo efecto, las partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor en la Ciudad de San Rafael, Mendoza, a los veintiseis días del mes de Marzo del año dos mil doce.

………………………… ………………………… DON JORGE MARTINEZ Ingeniero HORACIO PESSANO Presidente Club Sportivo El Porvenir Decano UTN FRSR

3