Contrato de Servicios Ocasionales

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 002

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte,Mster Roco Len, en calidad de RECTORA del ColegioAMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada

    a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte el Ing. GUSTAVO IVN

    BUAY GUALOTO portador de la Cdula de Ciudadana N0602929762

    en calidad de Docente Contratado, a quien para efectos del presente contrato se le denominar

    EL CONTRATADO, los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la

    ciudad de Riobamba y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en

    celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.-Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que lasdisposiciones de dicha Ley son de aplicacin obligatoria en materia de de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la administracin pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la autoridad nominadora

    autorizar la suscripcin de contratos de servicios ocasionales, para satisfacer las necesidades

    institucionales, previo el informa de la Unidad de Administracin de recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    COMPUTACIN; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida PresupuestariaN 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad deAdministracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Ing. Gustavo Ivn Buay Gualoto en calidad de Docente a Contrato en

    el rea de Computacin de la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la remuneracin

    mensual unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    a) Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

    b) El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    c) Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    d) Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y,

    e) Los descritos en la Clusula Primera.CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien posee el ttulo de INGENIERO EN SISTEMAS INFORMTICOSse obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN EL COLEGIOAMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba, Provincia deChimborazo, y dictar la ctedra de COMPUTACIN, en la jornada laboral determinada en elArtculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus serviciosocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio deRelaciones Laborales, con Resolucin N MRL-2011-000205 de 10 de junio del 2011, la cantidadde: QUINIENTOS TREINTA DLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOSDE AMRICA, a quien se le reconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 1 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DEDICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad denotificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causar

    pago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para laemisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a loestablecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por lassiguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral. Incapacidad absoluta y permanente. Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficio

    de la institucin.

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada. Renuncia Voluntaria.

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    Muerte.OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO (A) dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear las

    funciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provinciade Chimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones yRecursos Administrativos, y a las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de ServicioPblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudaddonde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccinsealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad deRiobamba, renunciando el CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del domiciliopueda tener

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, lassiguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otraparte de el/ CONTRATADO/A ciudadela Maestros de Chimborazo Mz. M Casa N 2

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido enel presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

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    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 003

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte ,Mster Roco Len , en calidad de RECTORA de LA Unidad Educativa

    AMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada

    a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte el Licenciado CUVI

    CACOANGO MARIO portador de la Cdula de Ciudadana N0603996067en calidad de Docente

    Contratado, a quien por efectos del presente contrato, se le denominar EL CONTRATADO.

    Los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Riobamba y

    capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente

    contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que las

    disposiciones de dicha Ley son de aplicacin obligatoria en materia de de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la administracin pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la autoridad nominadora

    autorizar la suscripcin de contratos de servicios ocasionales, para satisfacer las necesidades

    institucionales, previo el informe de la Unidad de Administracin de recursos Humanos siempreque exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    CIENCIAS SOCIALES; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Lic. Mario Cuvi Cacoango en calidad de Docente a Contrato en el rea

    de Ciencias Socialesde la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la remuneracin mensual

    unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    -Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente al

    CONTRATADO (A)

    -El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos de

    respaldo;

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    -Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en el

    sector pblico;

    -Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar el

    sigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y,

    -Los descritos en la Clusula Primera.

    CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien es LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACION, ESPECIALIDAD

    SOCIALES se obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN LA

    UNIDAD EDUCATIVA AMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba,

    Provincia de Chimborazo, y dictar la ctedra de ESTUDIOS SOCIALES, en la jornada laboral

    determinada en el Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus serviciosocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio deFinanzas eSIPREN, en noviembre del 2013, se le cancelar la cantidad de: QUINIENTOS TREINTADLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, a quien se lereconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 01 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DEDICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad denotificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causarpago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para laemisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a lo

    establecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por las

    siguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral. Incapacidad absoluta y permanente.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficiode la institucin.

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada. Renuncia Voluntaria. Muerte.

    OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO (A) dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear lasfunciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Colegio Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provincia deChimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones yRecursos Administrativos, y a las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de ServicioPblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudaddonde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccinsealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad deRiobamba, renunciando el CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del domiciliopueda tener.

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, lassiguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otraparte de el/la CONTRATADO/A - Gatazo Zambrano, Central.

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido enel presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

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    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 005

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte ,Mster Roco Len , en calidad de RECTORA de LA Unidad Educativa

    AMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada

    a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte el Sr. JORGE LUIS GUILCAPI

    ALVARADO( Egresado de Licenciatura en Educacin Bsica) portador de la Cdula de Ciudadana

    N0604363697 en calidad de Docente Contratado, a quien para efectos del presente contrato se

    le denominar EL CONTRATADO, los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad,

    domiciliados en la ciudad de Riobamba y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente

    convienen en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que las

    disposiciones de dicha Ley, son de aplicacin obligatoria en materia de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la Administracin Pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin Ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos ,todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la Autoridad Nominadora

    autorizar la suscripcin de Contratos de Servicios Ocasionales, para satisfacer las necesidades

    institucionales, previo el informe de la Unidad de Administracin de Recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    CIENCIAS SOCIALES; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Egdo. Jorge Guilcapi Alvaradoen calidad de Docente a Contrato en el

    rea de Ciencias Sociales de la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la remuneracin

    mensual unificada de USD $ 430,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    f) Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

    g) El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    h) Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    i) Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y,

    j) Los descritos en la Clusula Primera.CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien es Egresado en Educacin Bsica se obliga a prestar sus

    servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN LA UNIDAD EDUCATIVA AMELIA

    GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, y

    dictar la ctedra de DESARROLLO DE PENSAMIENTO FILOSFICO (rea de Estudios Sociales),

    en la jornada laboral determinada en el Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus servicios

    ocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio de

    Finanzas eSIPREN, la cantidad de: CUATROCIENTOS TREINTA DLARES 00/100, USD: 430,00

    DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, a quien se le reconocer adems de los

    beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 1 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DE

    DICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad denotificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causarpago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para laemisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a loestablecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por las

    siguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral. Incapacidad absoluta y permanente. Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficio

    de la institucin.

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada. Renuncia Voluntaria. Muerte.

    OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO (A) dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear las

    funciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Colegio Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provincia de

    Chimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,

    Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones yRecursos Administrativos, ya las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de Servicio

    Pblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,

    las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudad

    donde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccin

    sealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad de

    Riobamba, renunciando el CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del domicilio

    pueda tener.

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, las

    siguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otra

    parte de el/la CONTRATADO/A San Andrs (Barrio Los Pinos).

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido en

    el presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 006

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte, Mster Roco Len, en calidad de RECTORA de la Unidad EducativaAMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada

    a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte la Bioq. SILVIA MERCEDES IZA

    TIERRA portadora de la Cdula de Ciudadana N0603127531

    en calidad de Docente Contratada, a quien para efectos del presente contrato se le denominar

    LA CONTRATADA, los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la

    ciudad de Riobamba y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en

    celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que lasdisposiciones de dicha Ley son de aplicacin obligatoria en materia de de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la administracin pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la autoridad nominadora

    autorizar la suscripcin de contratos de servicios ocasionales, para satisfacer las necesidades

    institucionales, previo el informa de la Unidad de Administracin de recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    CIENCIAS NATURALES; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor de la Bioq. SILVIA MERCEDES IZA TIERRAen calidad de Docente a Contrato

    en el rea de Ciencias Naturales de la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la

    remuneracin mensual unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    k) Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

    l) El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    m) Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    n) Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y,

    o) Los descritos en la Clusula Primera.CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien posee el ttulo de BIOQUIMICA FARMACUTICA

    se obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN EL COLEGIO

    AMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba, Provincia de

    Chimborazo, y dictar la ctedra de Farmacologa en el rea de CIENCIAS NATURALES , en la

    jornada laboral determinada en el Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus serviciosocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio deFinanzas eSIPREN, en noviembre del 2013, se le cancelar la cantidad de: QUINIENTOS TREINTADLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, a quien se lereconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 01 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DEDICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad de

    notificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causarpago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para laemisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a loestablecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por lassiguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral. Incapacidad absoluta y permanente. Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficio

    de la institucin.

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Renuncia Voluntaria. Muerte.

    OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO (A)dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear las

    funciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Colegio Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provincia de

    Chimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones y

    Recursos Administrativos, y a las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de Servicio

    Pblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,

    las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudad

    donde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccin

    sealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad de

    Riobamba, renunciando el / la CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del

    domicilio pueda tener.

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, las

    siguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otra

    parte de el/ la CONTRATADO/A Rocafuerte 13-24 y Carondelet

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido en

    el presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 007

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte, Mster Roco Len, en calidad de RECTORA de la Unidad EducativaColegio AMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente

    facultada a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte la Ing. MARIETA

    ALEXANDRA LLERENA VELOZ portadora de la Cdula de Ciudadana N0603115718 en calidad de

    Docente Contratada, a quien para efectos del presente contrato se le denominar LA

    CONTRATADA, los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad

    de Riobamba y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el

    presente contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que lasdisposiciones de dicha Ley, son de aplicacin obligatoria en materia de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la Administracin Pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin Ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos ,todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la Autoridad Nominadora

    autorizar la suscripcin de Contratos de Servicios Ocasionales, para satisfacer las necesidades

    institucionales, previo el informe de la Unidad de Administracin de Recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

    21/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    COMPUTACIN; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Ing. Marieta Alexandra Llerena Veloz en calidad de Docente a Contrato

    en el rea de Computacin de la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la remuneracin

    mensual unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    p) Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

    q) El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    r) Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

    22/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    s) Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y los

    descritos en la Clusula Primera.

    CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien posee el ttulo de INGENIERA EN SISTEMAS INFORMTICOS

    se obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN EL COLEGIO

    AMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba, Provincia de

    Chimborazo, y dictar la ctedra de COMPUTACIN , en la jornada laboral determinada en el

    Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus servicios

    ocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio de

    Relaciones Laborales, con Resolucin N MRL-2011-000205 de 10 de junio del 2011, la cantidad

    de: QUINIENTOS TREINTA DLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

    AMRICA, a quien se le reconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 01 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DE

    DICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad denotificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causarpago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para laemisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a loestablecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por las

    siguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral. Incapacidad absoluta y permanente. Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficio

    de la institucin.

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

    23/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada. Renuncia Voluntaria. Muerte.

    OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear las

    funciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Colegio Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provincia de

    Chimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,

    Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones yRecursos Administrativos, y a las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de Servicio

    Pblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,

    las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudad

    donde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccin

    sealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad de

    Riobamba, renunciando el CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del domicilio

    pueda tener.

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, las

    siguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otra

    parte de el/ la CONTRATADO/A Cajabamba -Av. El Maestro y Vaca Rodrguez.

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido enel presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

    25/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 008

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte, Mster Roco Len, en calidad de RECTORA de la Unidad Educativa

    AMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada

    a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte el Lic. TANIA DORIS MENDEZ

    PERALTA portador de la Cdula de Ciudadana N0911182764

    en calidad de Docente Contratada, a quien para efectos del presente contrato se le denominar

    EL CONTRATADO los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la

    ciudad de Riobamba y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en

    celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que las

    disposiciones de dicha Ley, son de aplicacin obligatoria en materia de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la Administracin Pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin Ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos ,todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la Autoridad Nominadora

    autorizar la suscripcin de Contratos de Servicios Ocasionales, para satisfacer las necesidadesinstitucionales, previo el informe de la Unidad de Administracin de Recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    LENGUA Y LITERATURA; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Lic. Tania Doris Mndez Peralta en calidad de Docente a Contrato en el

    rea de Lengua y Literaturade la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la remuneracin

    mensual unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    t) Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    u) El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    v) Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

    w) Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y los

    descritos en la Clusula Primera.

    CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien posee el ttulo de LICENCIADO EN ADMINISTRACIONEDUCATIVA se obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN LAUNIDAD EDUCATIVA AMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba,

    Provincia de Chimborazo, y dictar la ctedra de LENGUA Y LITERATURA, en la jornada laboraldeterminada en el Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus serviciosocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio deFinanzas eSIPREN, en noviembre del 2013, se le cancelar la cantidad de: QUINIENTOS TREINTADLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, a quien se lereconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 01 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DEDICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad denotificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causarpago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para laemisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a loestablecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por lassiguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral. Incapacidad absoluta y permanente.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficiode la institucin.

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada. Renuncia Voluntaria. Muerte.

    OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO (A) dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear lasfunciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provinciade Chimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones yRecursos Administrativos, y a las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de ServicioPblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudaddonde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccinsealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad deRiobamba, renunciando el CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del domiciliopueda tener.

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, lassiguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otraparte de el/la CONTRATADO/A Chambo.

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido enel presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 012

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte, Mster Roco Len , en calidad de RECTORA de la Unidad Educativa

    AMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada

    a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte el Prof. CRISTBAL ROLANDO

    RAMOS MONTESDEOCA portador de la Cdula de Ciudadana N0600876601 en calidad de

    Docente Contratado, a quien para efectos del presente contrato se le denominar EL

    CONTRATADOlos comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad

    de Riobamba y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el

    presente contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que las

    disposiciones de dicha Ley, son de aplicacin obligatoria en materia de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la Administracin Pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin Ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos ,todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la Autoridad Nominadora

    autorizar la suscripcin de Contratos de Servicios Ocasionales, para satisfacer las necesidadesinstitucionales, previo el informe de la Unidad de Administracin de Recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

    31/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    CIENCIAS NATURALES; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Prof. Cristbal Rolando Ramos Montesdeoca en calidad de Docente a

    Contrato en el rea de Ciencias Naturalesde la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la

    remuneracin mensual unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    x) Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    y) El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    z) Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

    aa)Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y los

    descritos en la Clusula Primera.

    CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien posee el ttulo de PROFESOR DE 2DA ENSEANZA BIOLOGAQUIMICA se obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN LAUNIDAD EDUCATIVA AMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba,

    Provincia de Chimborazo, y dictar la ctedra de CIENCIAS NATURALES, en la jornada laboraldeterminada en el Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus serviciosocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio deFinanzas eSIPREN, en noviembre del 2013, se le cancelar la cantidad de: QUINIENTOS TREINTADLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, a quien se lereconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 01 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DEDICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad denotificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causarpago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para laemisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a loestablecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por lassiguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral. Incapacidad absoluta y permanente.

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    33/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficiode la institucin.

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada. Renuncia Voluntaria. Muerte.

    OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO (A) dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear lasfunciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provinciade Chimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones yRecursos Administrativos, y a las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de ServicioPblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudaddonde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccinsealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad deRiobamba, renunciando el CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del domiciliopueda tener.

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, lassiguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otraparte de el/la CONTRATADO/A Cdla. Fausto molina Mz 8 Casa 6.

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido enel presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

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    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 011Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de ServiciosOcasionales, por una parte, Mster Roco Len , en calidad de RECTORA de la Unidad Educativa

    AMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada aquien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte el Dr. JOSE MARIA SANCHEZCENTENO portador de la Cdula de Ciudadana N0601583271en calidad de Docente Contratado, a quien para efectos del presente contrato se le denominarEL CONTRATADO los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en laciudad de Riobamba y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen encelebrar el presente contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin yFinanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que las

    disposiciones de dicha Ley, son de aplicacin obligatoria en materia de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la Administracin Pblica, entre las que se encuentran los organismos ydependencias de la Funcin Ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos ,todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la Autoridad Nominadora

    autorizar la suscripcin de Contratos de Servicios Ocasionales, para satisfacer las necesidades

    institucionales, previo el informe de la Unidad de Administracin de Recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

    36/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    MATEMATICA; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Dr. Jos Mara Snchez Centeno en calidad de Docente a Contrato en el

    rea de Matemticade la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la remuneracin mensual

    unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    bb)Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

    cc) El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    dd)Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

    ee)Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

  • 5/27/2018 Contrato de Servicios Ocasionales

    37/48

    UNIDAD DE TALENTO HUMAN

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y los

    descritos en la Clusula Primera.

    CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien posee el ttulo de DOCTOR EN MATEMATICA ESPECIALIDADMATEMATICA se obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN LAUNIDAD EDUCATIVA AMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba,Provincia de Chimborazo, y dictar la ctedra de MATEMTICA, en la jornada laboral determinadaen el Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus serviciosocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio deFinanzas eSIPREN, en noviembre del 2013, se le cancelar la cantidad de: QUINIENTOS TREINTA

    DLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, a quien se lereconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 01 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DEDICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad denotificacin; y por lo tanto, sin que medie aviso previo. La terminacin del contrato no causarpago de indemnizacin.

    6.2Por su naturaleza, de ninguna manera este contrato le da al docente derecho adquirido para la

    emisin de un nombramiento permanente.

    SPTIMA.- TEMINACIN DEL CONTRATO

    El presente Contrato se dar por terminado en cualquier momento de conformidad a loestablecido en el inciso sexto del artculo 58 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico y por lassiguientes causales:

    Nombramiento al docente ganador de concurso de mritos y oposicin. Incumplimiento del objeto del contrato. Incumplimiento de la Jornada Laboral.

    Incapacidad absoluta y permanente. Por no cumplir en forma oportuna disposiciones emanadas por el Rectorado en beneficio

    de la institucin.

    Prdida de los derechos de ciudadana declarada judicialmente en sentencia ejecutoriada. Renuncia Voluntaria. Muerte.

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    OCTAVA.- LUGAR DE TRABAJO:

    El /la CONTRATADO (A) dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y desempear lasfunciones del Docente en el siguiente Establecimiento Educativo:

    Plantel: Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, Cdigo AMIE: 06H00204, Ubicado en la Provinciade Chimborazo,Cantn Riobamba,Parroquia Veloz, Jornada Matutina, Zona Urbana.

    NOVENA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIN Y CONTRATADO (A)

    El presente contrato se sujetar a lo Dispuesto en la Ley Orgnica de Educacin Intercultural,Ttulo VI Captulo nico, de la Regulacin, De la Regulacin, Control, Infracciones, Sanciones yRecursos Administrativos, y a las disposiciones correspondientes de la ley Orgnica de ServicioPblico, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las partes.

    DCIMA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA:

    En caso de controversias con motivo de interpretacin validez o ejecucin del presente contrato,las partes se sometern a los Jueces y Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la ciudaddonde prestan sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato, en cuya jurisdiccinsealan su domicilio.

    DCIMA PRIMERA.- DOMICILIO

    Para los fines establecidos en el presente Contrato, las partes sealan su domicilio en la ciudad deRiobamba, renunciando el CONTRATADO /A a cualquier fuero especial, que en razn del domiciliopueda tener.

    Para efectos de comunicacin o notificaciones, las partes sealan como su direccin, lassiguientes: del Establecimiento Educativo: Darquea 11-01 y Olmedo- telfono 2 964130 y, por otraparte de el/la CONTRATADO/A Mariana de Jess Mz. K casa 13

    DCIMA SEGUNDA.- ACEPTACIN DE LAS PARTES:

    Las partes, libre y voluntariamente, declaran expresamente su aceptacin a todo lo convenido enel presente Contrato, a cuyas estipulaciones se someten.

    Para constancia de su aceptacin, las partes suscriben el presente instrumento en tres ejemplaresde igual tenor y efecto, en la ciudad de Riobamba a los diecinueve das del mes de febrero del2014.

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    CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES

    N 013

    Comparecen libre y voluntariamente para la celebracin del presente contrato de Servicios

    Ocasionales, por una parte ,Mster Roco Len , en calidad de RECTORA de la Unidad Educativa

    AMELIAGALLEGOS DAZ, del Cantn Riobamba, Provincia de Chimborazo, debidamente facultada

    a quien en adelante se le llamar la INSTITUCIN; y por otra parte el Lic ERNERTO ESTANISLAO

    TENELANDA TOAZAportador de la Cdula de Ciudadana N0603550740 en calidad de Docente

    Contratado, a quien para efectos del presente contrato se le denominar EL CONTRATADO los

    comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Riobamba y

    capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente

    contrato al tenor de las siguientes clusulas:

    PRIMERA.- BASE LEGAL

    1.1.- La Ley Orgnica de Educacin Intercultural, Disposicin General Dcima Primera, determina:

    El Ministerio de Relaciones Laborales, en coordinacin con los Ministerios de Educacin y

    Finanzas, podr expedir resoluciones que definan condiciones excepcionales de contratacin de

    docentes bajo cualquier modalidad de relacin y/o remunerativa.

    1.2.- Resolucin N MRL-2011-000205 del 10 de junio del 2011, mediante el cual el Ministerio de

    Relaciones Laborales, emite las clases de puestos de docentes a contrato para el Ministerio de

    Educacin.

    1.3 .- Artculos 3 y 4 de la Ley Orgnica de Servicio Pblico, que establecen en su orden, que las

    disposiciones de dicha Ley, son de aplicacin obligatoria en materia de recursos humanos y

    remuneraciones, en toda la Administracin Pblica, entre las que se encuentran los organismos y

    dependencias de la Funcin Ejecutiva, de la cual forma el Ministerio de Educacin; y, de que son

    servidoras o servidores pblicos ,todas las personas que en cualquier forma o en cualquier ttulo

    trabajen, presten sus servicios o ejerzan un cargo, funcin o dignidad dentro del sector pblico.

    1.4.-Inciso primero del artculo 58 de la Ley ibdem que faculta a la Autoridad Nominadora

    autorizar la suscripcin de Contratos de Servicios Ocasionales, para satisfacer las necesidades

    institucionales, previo el informe de la Unidad de Administracin de Recursos Humanos siempre

    que exista la partida presupuestaria y la disponibilidad de los recursos econmicos para este fin.

    SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

    2.1.- Mediante Of. N 059-AGD-R de noviembre 7 del 2013 dirigido a la Ingeniera Ana Luca Oleas,

    Directora del Distrito de Educacin 3 Riobamba -Chambo Mster Roco Len Rectora de la Unidad

    Educativa Amelia Gallegos Daz, da a conocer las necesidades del plantel en lo que se refiere a la

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    planta docente motivada por la Jubilacin Voluntaria con Bonos del Estado en las diferentes reas

    acadmicas.

    2.2.- Con Oficio N051-DP-ZONA N 3 del 30 de enero del 2014,el Ing. Rodrigo Heredia Director de

    Planificacin Coordinacin Zonal N 3 Ministerio de Educacin , se dirige al Ing. Dimas Gaibor

    Director del Distrito Educativo Intercultural Bilinge Riobamba-Chambo con el fin de darle a

    conocer que por estar debidamente delegado mediante Acuerdos Ministeriales N209-13,Art 1,

    literal b; y N 020-12 Art.31 Numeral 3 literal d, y por las facultades conferidas en la misma Ley

    Orgnica de Educacin Intercultural, se valida y aprueba la renovacin de 1453 docentes a

    contratos y por Reemplazo 62 docentes contratos nuevos para los establecimientos educativos

    que corresponden a los Distritos Educativos 06D01 Riobamba-Chambo provincia Chimborazo, de

    acuerdo al cuadro en detalle.

    2.3 Por necesidad institucional se precisa contratar los servicios de un docente del rea de

    CIENCIAS SOCIALES; para cuyo efecto remite las actividades a cumplir.

    2.4 .- El Jefe Financiero o Colector (Encargado) Ing. Luis Chvez mediante Of. N 005-UEAGD-C-

    2014, certifica que en el presupuesto institucional asignado y aprobado por el Ministerio de

    Finanzas para la Entidad Operativa Desconcentrada 140-2056 Unidad Educativa Amelia Gallegos

    Daz para el ao 2014, est financiada la Partida Presupuestaria N 510510 SERVICIOS

    PERSONALES POR CONTRATO, INCLUIDO TODOS LOS BENEFICIOS DE Ley dentro del programa 21

    actividad 2.

    La Partida General para Contratos Sujetos Magisterio Nacional-docentes es:

    201414020560000210000000100051060100100000000G. .

    2.5.- Con fecha 06 de diciembre del 2013, la Jefa de la Unidad de Administracin de Talento

    Humano, informa que: una vez efectuado el anlisis tcnico, emite el informe tcnico, para la

    contratacin, a favor del Lic. Ernesto Estanislao Tenelanda Toaza en calidad de Docente a

    Contrato en el rea de Ciencias Sociales de la Unidad Educativa Amelia Gallegos Daz, con la

    remuneracin mensual unificada de USD $ 530,00.

    TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

    Forman parte integrante de este Contrato, los siguientes documentos:

    ff) Copia de la cdula de ciudadana y del certificado de votacin, correspondiente alCONTRATADO (A)

    gg)El currculum vitae del o (la) CONTRATADO (A) con los correspondientes documentos derespaldo;

    hh)Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales no tener impedimento de laborar en elsector pblico;

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    ii) Declaracin Patrimonial Juramentada en la que se incluya la autorizacin para levantar elsigilo de sus cuentas bancarias; se declare que no adeuda ms de dos pensiones

    alimenticias y, no se encuentra incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones

    prevista en la Constitucin de la Repblica y el ordenamiento jurdico vigente; y los

    descritos en la Clusula Primera.

    CUARTA.- OBJETO:

    El /la CONTRATADO O (A), quien posee el ttulo de LICENCIADO EN CC.EE ESPECIALIDADSOCIALES se obliga a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de DOCENTE EN LAUNIDAD EDUCATIVA AMELIA GALLEGOS DAZ, ubicado en la parroquia Veloz, Cantn Riobamba,Provincia de Chimborazo, y dictar la ctedra de HISTORIA Y ECONOMIA, en la jornada laboraldeterminada en el Artculo 117 de la Ley Orgnica de Educacin Intercultural.

    QUINTA.- REMUNERACIN:

    La INSTITUCIN reconocer a el/la CONTRATADO (A) por la prestacin de sus serviciosocasionales como DOCENTE, la remuneracin mensual unificada establecida por el Ministerio deFinanzas eSIPREN, en noviembre del 2013, se le cancelar la cantidad de: QUINIENTOS TREINTADLARES 00/100, USD: 530,00 DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, a quien se lereconocer adems de los beneficios que por ley le corresponden.

    SEXTA.- PLAZO:

    6.1 El plazo de duracin del presente Contrato, rige a partir del 01 DE ENERO DEL 2014 AL 31 DEDICIEMBRE del 2014, y terminar al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad