Contrato de promesa

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Contrato de Promesa. Contrato de Promesa. 1.- Es un contrato. tiene fisonomía propia. 1.- Es un contrato. tiene fisonomía propia. 2.- La promesa y el contrato prometido son 2.- La promesa y el contrato prometido son diferentes desde el pto de vista jurídico, diferentes desde el pto de vista jurídico, aunque entre ambos hay una conexión. aunque entre ambos hay una conexión. La promesa tiene por objeto celebrar La promesa tiene por objeto celebrar otro contrato. otro contrato. Obliga a una o ambas partes a celebrar el Obliga a una o ambas partes a celebrar el contrato prometido. contrato prometido. Los contratos se suceden; la celebración Los contratos se suceden; la celebración del contrato prometido importa el cumplimiento del contrato prometido importa el cumplimiento de la promesa cuyos efectos se extinguen. de la promesa cuyos efectos se extinguen.

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Contrato de Promesa.Contrato de Promesa.

1.- Es un contrato. tiene fisonomía propia.1.- Es un contrato. tiene fisonomía propia.2.- La promesa y el contrato prometido son diferentes 2.- La promesa y el contrato prometido son diferentes

desde el pto de vista jurídico, aunque entre ambos desde el pto de vista jurídico, aunque entre ambos hay una conexión.hay una conexión.

La promesa tiene por objeto celebrar otro La promesa tiene por objeto celebrar otro contrato.contrato.

Obliga a una o ambas partes a celebrar el Obliga a una o ambas partes a celebrar el contrato prometido.contrato prometido.

Los contratos se suceden; la celebración del Los contratos se suceden; la celebración del contrato prometido importa el cumplimiento de la contrato prometido importa el cumplimiento de la promesa cuyos efectos se extinguen.promesa cuyos efectos se extinguen.

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Sin embargo ambos contratos suelen Sin embargo ambos contratos suelen confundirse, pero no son lo mismo.confundirse, pero no son lo mismo.

Que pasa en nuestro Código:Que pasa en nuestro Código:

1.- El Código la reglamenta en términos generales, 1.- El Código la reglamenta en términos generales, sin referirse a un contrato en particular. ( El código sin referirse a un contrato en particular. ( El código francés sólo se ocupa de la promesa de francés sólo se ocupa de la promesa de compraventa)..compraventa)..

2.- Sus reglas se aplican a cualquiera sea contrato 2.- Sus reglas se aplican a cualquiera sea contrato prometido celebrar. Compraventa, mutuo, prometido celebrar. Compraventa, mutuo, sociedad.sociedad.

Sin embargo la regla del art 1554 N° $ del C. Civil no Sin embargo la regla del art 1554 N° $ del C. Civil no puede referirse sino a la promesa de celebrar un puede referirse sino a la promesa de celebrar un contrato real o solemne.contrato real o solemne.

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REQUISITOS DE LA PROMESAREQUISITOS DE LA PROMESA

a.- Que conste por escrito.a.- Que conste por escrito.

Basta el otorgamiento de una escritura privada, Basta el otorgamiento de una escritura privada, aunque el contrato prometido requiera escritura aunque el contrato prometido requiera escritura pública. La exigencia de una escritura pública pública. La exigencia de una escritura pública importa crear una solemnidad no exigida por la ley.importa crear una solemnidad no exigida por la ley.

Cuando el legislador quiere que sea por escritura Cuando el legislador quiere que sea por escritura pública lo dice expresamente art. 1787 del C. Civil.pública lo dice expresamente art. 1787 del C. Civil.

Excepción.- El contrato de seguro art 515 del C. Excepción.- El contrato de seguro art 515 del C. de Comercio.de Comercio.

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b.- El contrato prometido debe ser válido, o sea el b.- El contrato prometido debe ser válido, o sea el contrato deber ser de aquellos que la ley declara contrato deber ser de aquellos que la ley declara eficaces, vale decir válido.eficaces, vale decir válido.Ej., compraventa entre cónyuges es nula; de bienes Ej., compraventa entre cónyuges es nula; de bienes de incapaces es válida, pero debe cumplirse con la de incapaces es válida, pero debe cumplirse con la exigencia al momento de celebrar la compraventa.exigencia al momento de celebrar la compraventa.¿ Es válida la promesa de compraventa de ¿ Es válida la promesa de compraventa de

bienes embargados?bienes embargados?

Arts. 1464 N° 3 y 1810 ambos del C. Civil.Arts. 1464 N° 3 y 1810 ambos del C. Civil.

La promesa es válida, pero bajo condición La promesa es válida, pero bajo condición de que los bines puedan ser enajenados al de que los bines puedan ser enajenados al momento de la celebración del contrato momento de la celebración del contrato prometido. ( es en la práctica cuando más prometido. ( es en la práctica cuando más se utiliza la promesa).se utiliza la promesa).

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c.- Que se convenga un plazo o condición c.- Que se convenga un plazo o condición para fijar la época en que el contrato para fijar la época en que el contrato prometido debe celebrarse.prometido debe celebrarse.

La promesa supone que las partes no puedan o no La promesa supone que las partes no puedan o no quieran celebrar el contrato prometido de quieran celebrar el contrato prometido de inmediato y lo postergan para el futuro.inmediato y lo postergan para el futuro.

Es indispensable establecer cuando deberán las Es indispensable establecer cuando deberán las partes cumplir con las obligaciones que la partes cumplir con las obligaciones que la promesa les impone.promesa les impone.

Este tiempo puede señalarse de dos formas:Este tiempo puede señalarse de dos formas:1.- Mediante la fijación de un plazo.1.- Mediante la fijación de un plazo.2.- Por medio de la estipulación de una condición.2.- Por medio de la estipulación de una condición. No es necesario que el plazo o condición marque No es necesario que el plazo o condición marque

el instante preciso en que el contrato deba el instante preciso en que el contrato deba celebrarse, basta que a través de ellos se señale celebrarse, basta que a través de ellos se señale la época de la celebración.la época de la celebración.

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Estipulación de un plazo para la fijación Estipulación de un plazo para la fijación de la época de celebración del contrato de la época de celebración del contrato prometidoprometido

Esta es la forma más certera para Esta es la forma más certera para determinar la época de la celebración de determinar la época de la celebración de un contrato prometido.un contrato prometido.

( Recordar que es el plazo). Por lo tanto ( Recordar que es el plazo). Por lo tanto posterga la celebración del contrato para posterga la celebración del contrato para un tiempo que necesariamente llegará.un tiempo que necesariamente llegará.

Llegado el plazo se podrá exigir la Llegado el plazo se podrá exigir la celebración del contrato prometido, es un celebración del contrato prometido, es un plazo extintivo. plazo extintivo.

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Estipulación de una condición para fijar Estipulación de una condición para fijar la época de la celebración del contrato la época de la celebración del contrato prometido.prometido.

Se usará cuando las partes no estén en condiciones Se usará cuando las partes no estén en condiciones de prever con certidumbre cuando estarán en de prever con certidumbre cuando estarán en condiciones de celebrar el contrato que proyectan condiciones de celebrar el contrato que proyectan ( condición). Pero debe ser tal que debe servir ( condición). Pero debe ser tal que debe servir efectivamente para señalar la época de efectivamente para señalar la época de celebración; ( condición determinada).celebración; ( condición determinada).

d.- Que el contrato prometido se especifique de tal d.- Que el contrato prometido se especifique de tal modo que para su perfeccionamiento falte sólo la modo que para su perfeccionamiento falte sólo la tradición de la cosa o las solemnidades legales. tradición de la cosa o las solemnidades legales.

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Esto significa que el contrato se individualice de tal Esto significa que el contrato se individualice de tal modo que se sepa de qué contrato se trata y se modo que se sepa de qué contrato se trata y se precisen su características para que no se confunda precisen su características para que no se confunda con otro.con otro.

Por ejemplo en el contrato de sociedad deberán Por ejemplo en el contrato de sociedad deberán especificarse las partes, indicarse el objeto de la especificarse las partes, indicarse el objeto de la sociedad, el capital de la misma, como debe ser sociedad, el capital de la misma, como debe ser aportado el capital, la forma de su administración.aportado el capital, la forma de su administración.

Esto se justifica de sobremanera, dado que de otro Esto se justifica de sobremanera, dado que de otro modo la promesa sería prácticamente ineficaz, modo la promesa sería prácticamente ineficaz, dejaría abierta las puertas para futuras discusiones dejaría abierta las puertas para futuras discusiones acerca del alcance de lo estipulado, esto garantiza acerca del alcance de lo estipulado, esto garantiza el cumplimiento de la o las obligaciones de las el cumplimiento de la o las obligaciones de las partes y hace posible en su hora recabar su partes y hace posible en su hora recabar su ejecución compulsivamente.ejecución compulsivamente.

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La promesa unilateral de celebrar un La promesa unilateral de celebrar un contrato bilateral, no vale, tendencia contrato bilateral, no vale, tendencia mayoritaria aceptada por la doctrina y mayoritaria aceptada por la doctrina y jurisprudencia.jurisprudencia.EFECTOS DE LA PROMESAEFECTOS DE LA PROMESAEl art. 1554 señal que concurriendo los requisitos El art. 1554 señal que concurriendo los requisitos

legales habrá lugar a lo prevenido en el art. legales habrá lugar a lo prevenido en el art. precedente.precedente.

Esta referencia al art. 1553 pone de manifiesto que Esta referencia al art. 1553 pone de manifiesto que de la promesa nacen obligaciones pero las partes de la promesa nacen obligaciones pero las partes de hacer; por tanto el acreedor podrá instar porque de hacer; por tanto el acreedor podrá instar porque se apremie al deudor para la ejecución del hecho se apremie al deudor para la ejecución del hecho convenido o para que se le indemnicen los convenido o para que se le indemnicen los perjuicios derivados de la infracción del contrato. perjuicios derivados de la infracción del contrato.

Normalmente se estipulará cláusula penal; relacionar Normalmente se estipulará cláusula penal; relacionar con el art. 531 del C.P.C.con el art. 531 del C.P.C.

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LA COMPRAVENTALA COMPRAVENTA

Evolución Histórica__ Trueque___ Introducción de Evolución Histórica__ Trueque___ Introducción de la Moneda.la Moneda.

Concepto: art. 1793 del C. CivilConcepto: art. 1793 del C. Civil

Características: Bilateral; Oneroso; Generalmente Características: Bilateral; Oneroso; Generalmente conmutativo; Principal y Generalmente conmutativo; Principal y Generalmente consensual. ( arts. 1493, 1444,1441, 1813, consensual. ( arts. 1493, 1444,1441, 1813, 1442, 1443, 1801).1442, 1443, 1801).

La compraventa es un título translaticio de La compraventa es un título translaticio de dominio, según los arts. 675 7 703 del C. Civil.dominio, según los arts. 675 7 703 del C. Civil.

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La compraventa no transfiere el dominio; el La compraventa no transfiere el dominio; el comprador no se hace dueño de la cosa vendida y comprador no se hace dueño de la cosa vendida y el vendedor del precio en virtud del contrato sino de el vendedor del precio en virtud del contrato sino de la subsiguiente tradición.la subsiguiente tradición.

El vendedor y comprador sólo son El vendedor y comprador sólo son acreedores de la cosa y el precio.acreedores de la cosa y el precio.

El dominio se verifica por medio de dos El dominio se verifica por medio de dos actos diferentes. El título que es la actos diferentes. El título que es la compraventa y el modo que es la tradición compraventa y el modo que es la tradición (inspirada en el derecho romano) En el (inspirada en el derecho romano) En el derecho francés la compraventa es derecho francés la compraventa es traslaticia de dominio art. 1583 del C. traslaticia de dominio art. 1583 del C. Civil, igual en el derecho argentino.Civil, igual en el derecho argentino.

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ELEMENTOS DEL CONTRATO DE ELEMENTOS DEL CONTRATO DE COMPRAVENTACOMPRAVENTA

Debemos señalar que la compraventa consiste Debemos señalar que la compraventa consiste esencialmente en un acuerdo de voluntades esencialmente en un acuerdo de voluntades sobre la cosa y el precio.sobre la cosa y el precio.

Por tanto en la compraventa existen tres elementos Por tanto en la compraventa existen tres elementos esenciales: Consentimiento de las partes; una esenciales: Consentimiento de las partes; una cosa y en precio.cosa y en precio.

Todo lo dicho respecto de la voluntad, sus vicios y Todo lo dicho respecto de la voluntad, sus vicios y capacidad de las partes del negocio jurídico rige capacidad de las partes del negocio jurídico rige en este contrato pero con algunas en este contrato pero con algunas particularidades que se estudiarán en particular particularidades que se estudiarán en particular en este contrato.en este contrato.

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FORMAS DEL CONTRATO DE FORMAS DEL CONTRATO DE COMPRAVENTACOMPRAVENTALA REGLA GENERAL, es que el contrato de compraventa LA REGLA GENERAL, es que el contrato de compraventa

es un contrato consensual, salvo las excepciones es un contrato consensual, salvo las excepciones legales y por lo tanto se perfecciona por el sólo legales y por lo tanto se perfecciona por el sólo consentimiento de las partes art. 1801 del C. Civil.consentimiento de las partes art. 1801 del C. Civil.

Las partes deben tener consentimiento para celebrar el Las partes deben tener consentimiento para celebrar el contrato de compraventa.contrato de compraventa.

Consentimiento en la venta forzadaConsentimiento en la venta forzada, la regla , la regla general es que el consentimiento se exprese en forma general es que el consentimiento se exprese en forma libre y espontáneo, sin embargo en las ventas libre y espontáneo, sin embargo en las ventas forzadas como cuando a instancia del acreedor se forzadas como cuando a instancia del acreedor se venden bienes del deudor para pagarse con el venden bienes del deudor para pagarse con el producido ciertamente esa voluntad no existe, sin producido ciertamente esa voluntad no existe, sin embargo el deudor por el hecho de obligarse ha embargo el deudor por el hecho de obligarse ha convenido de antemano, principio de prenda general, convenido de antemano, principio de prenda general, no al celebrarse la compraventa.no al celebrarse la compraventa.

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O sea, en la compraventa forzada el ejecutado no O sea, en la compraventa forzada el ejecutado no consiente al tiempo en que se realiza sino que al consiente al tiempo en que se realiza sino que al tiempo de constituirse en deudor. La venta forzada tiempo de constituirse en deudor. La venta forzada en una verdadera compraventa. en una verdadera compraventa.

Excepción: se encuentra señalada en el art. Excepción: se encuentra señalada en el art. 1801 del C. Civil.1801 del C. Civil.

Se requiere además del consentimiento Se requiere además del consentimiento las solemnidades requeridas por la ley.las solemnidades requeridas por la ley.

CLASES DE SOLEMNIDADES.CLASES DE SOLEMNIDADES.

Las solemnidades de que esta revista la Las solemnidades de que esta revista la compraventa puede ser de dos maneras:compraventa puede ser de dos maneras:

1.- Legales que son aquellas que por ley esta1.- Legales que son aquellas que por ley esta

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revestida la compraventa de cierta clase de bs. por revestida la compraventa de cierta clase de bs. por ej los bienes raíces.ej los bienes raíces.Las solemnidades legales especiales son aquellas Las solemnidades legales especiales son aquellas que la ley exige para la compraventa en atención a que la ley exige para la compraventa en atención a las circunstanciaslas circunstanciasParticulares en que se celebra o a las personas que Particulares en que se celebra o a las personas que

intervienen por ej. Venta de bs. pertenecientes a intervienen por ej. Venta de bs. pertenecientes a incapaces.incapaces.

Solemnidades Voluntarias son las que establecen Solemnidades Voluntarias son las que establecen las partes, ya sea añadiendo a las que señala la las partes, ya sea añadiendo a las que señala la ley, sea para hacer solemne una compraventa ley, sea para hacer solemne una compraventa que normalmente en consensualque normalmente en consensual

SOLEMNIDADES LEGALESSOLEMNIDADES LEGALESLa solemnidad ordinaria consiste en el La solemnidad ordinaria consiste en el

otorgamiento de E. Pca. Requisitos para otorgamiento de E. Pca. Requisitos para perfeccionamiento del contrato y único medio de perfeccionamiento del contrato y único medio de prueba de existencia art. 1701prueba de existencia art. 1701

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CASOS EN QUE LA LEY EXIGE ESCR. PCA. PARA CASOS EN QUE LA LEY EXIGE ESCR. PCA. PARA LA VALIDEZ DE LA COMPRAVENTA.LA VALIDEZ DE LA COMPRAVENTA.El art. 1801 del C. Civil en su inc. 2° señala: La El art. 1801 del C. Civil en su inc. 2° señala: La Venta……Venta……

Por tanto es solemne:Por tanto es solemne:a.- La compraventa de bs. Raíces, recordar dualidad de título y modo.a.- La compraventa de bs. Raíces, recordar dualidad de título y modo.b.- Es solemne la venta de los derechos de servidumbre y de censo, b.- Es solemne la venta de los derechos de servidumbre y de censo,

siempre recaen sobre bs. Raíces.siempre recaen sobre bs. Raíces.c.- Es solemne la venta de una sucesión hereditaria, estos es para que c.- Es solemne la venta de una sucesión hereditaria, estos es para que

una ps. reciba el todo o cuota de los bienes que forman la mismauna ps. reciba el todo o cuota de los bienes que forman la mismaCompraventa por intermedio de MandatariosCompraventa por intermedio de Mandatarios¿ Debe constar por escritura pública el mandato para celebrar el ¿ Debe constar por escritura pública el mandato para celebrar el

contrato de venta a que se refiere el art. 1801 inc. 2° del c. Civil?contrato de venta a que se refiere el art. 1801 inc. 2° del c. Civil?1.- Algunos sostienen que no en necesario que el mandato revista el 1.- Algunos sostienen que no en necesario que el mandato revista el

mismo carácter del contrato encomendado art 2123.mismo carácter del contrato encomendado art 2123. Sostienen que exigir el mandato por escritura pública significa Sostienen que exigir el mandato por escritura pública significa

exigir una solemnidad no prescrita por la ley. exigir una solemnidad no prescrita por la ley.

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2.- Sin embargo la doctrina mayoritaria y la 2.- Sin embargo la doctrina mayoritaria y la jurisprudencia se han inclinado sistemáticamente jurisprudencia se han inclinado sistemáticamente en que es necesario el otorgamiento de escritura en que es necesario el otorgamiento de escritura pública para dicho mandato.pública para dicho mandato.

Importante la inscripción no es requisitos de la Importante la inscripción no es requisitos de la compraventa de bs. Raíces, compraventa de bs. Raíces, el contrato es el contrato es perfecto desde que las partes hayan convenido en perfecto desde que las partes hayan convenido en la cosa y en el precio, otorgando la correspondiente la cosa y en el precio, otorgando la correspondiente escritura pública. La inscripción es la forma como se escritura pública. La inscripción es la forma como se efectúa la tradición de parte del vendedor ( su efectúa la tradición de parte del vendedor ( su principal obligación).principal obligación).

¿ Es solemne sólo la venta de Bs. Muebles por ¿ Es solemne sólo la venta de Bs. Muebles por naturaleza?naturaleza?

Si por expresa disposición de la ley, entonces diremos:Si por expresa disposición de la ley, entonces diremos:a.- El consensual la compraventa de bs muebles por a.- El consensual la compraventa de bs muebles por

anticipación 1801, art. 571 del C. Civil.anticipación 1801, art. 571 del C. Civil.

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b.- También lo es la venta de bs. Inmuebles por b.- También lo es la venta de bs. Inmuebles por destinación ( usos, destino y cultivo de los destinación ( usos, destino y cultivo de los inmuebles).inmuebles).Vendidos separadamente del inmueble, por ej. Vendidos separadamente del inmueble, por ej. Animales o aperos de labranza del fundo.Animales o aperos de labranza del fundo.

Solemnidades EspecialesSolemnidades EspecialesSe señala por la ley esta exigencia, en atención a ciertas Se señala por la ley esta exigencia, en atención a ciertas

circunstancias especiales del contrato o la calidad de las circunstancias especiales del contrato o la calidad de las personas que lo celebran:personas que lo celebran:

a.- la venta forzada ante la justicia ( Tasación previa de los bs. a.- la venta forzada ante la justicia ( Tasación previa de los bs. inmuebles, su publicación, venta en pública subasta, etc.inmuebles, su publicación, venta en pública subasta, etc.

La escritura debe ser suscrita por el rematante y el juez como La escritura debe ser suscrita por el rematante y el juez como representante legal del vendedor.representante legal del vendedor.

b.- Venta de bs. Pertenecientes a personas incapaces, donde la b.- Venta de bs. Pertenecientes a personas incapaces, donde la solemnidad es normalmente la autorización judicial y la subasta solemnidad es normalmente la autorización judicial y la subasta pública arts. 254, 393,394, 484.pública arts. 254, 393,394, 484.

Estas solemnidades son referidas y aplicables ytambién a los bs. Estas solemnidades son referidas y aplicables ytambién a los bs. Muebles.Muebles.

c.- Tratándose de la soc. conyugal los arts. 1794 y b1752 exigen la c.- Tratándose de la soc. conyugal los arts. 1794 y b1752 exigen la

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Autorización de la mujer para enajenar y Autorización de la mujer para enajenar y gravar los bs. Raíces sociales y los de la gravar los bs. Raíces sociales y los de la mujer respectivamente ( hubo reforma este mujer respectivamente ( hubo reforma este año verla).año verla).Solemnidades VoluntariasSolemnidades Voluntarias

Las partes pueden someter la compraventa a la Las partes pueden someter la compraventa a la solemnidad que deseen, consistirá por regla general solemnidad que deseen, consistirá por regla general en el otorgamiento de escritura pública o privada en el otorgamiento de escritura pública o privada siendo la compraventa puramente consensual.siendo la compraventa puramente consensual.

Art 1802 del C. Civil señala: “Si los……Art 1802 del C. Civil señala: “Si los……

Entonces mientras no se otorgue la escritura, el pacto Entonces mientras no se otorgue la escritura, el pacto verbal será un simple proyecto, y existirá la facultad verbal será un simple proyecto, y existirá la facultad de retractarse de las partes, ello es consecuencia de retractarse de las partes, ello es consecuencia lógica de que el contrato no se ha perfeccionado.lógica de que el contrato no se ha perfeccionado.

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La facultad de retractación se mantiene hasta que La facultad de retractación se mantiene hasta que ocurra alguna de estas dos situaciones:ocurra alguna de estas dos situaciones:a.- Hasta que se otorgue la escritura pública o a.- Hasta que se otorgue la escritura pública o privada.privada.

b.- Hasta que se haya principiado la entrega porque el b.- Hasta que se haya principiado la entrega porque el cumplimiento del contrato, sin que se haya otorgado cumplimiento del contrato, sin que se haya otorgado escritura importa una tácita derogación de la escritura importa una tácita derogación de la estipulación que lo hizo solemne.estipulación que lo hizo solemne.

LAS ARRASLAS ARRAS““Es una cantidad de dinero u otras cosas muebles que Es una cantidad de dinero u otras cosas muebles que

se dan en garantía de la celebración del contrato o se dan en garantía de la celebración del contrato o bien en parte del precio o en señal de quedar bien en parte del precio o en señal de quedar convenidos” ( seña en otras legislaciones).convenidos” ( seña en otras legislaciones).

Las arras pueden por tanto ser de dos clases y Las arras pueden por tanto ser de dos clases y finalidades finalidades

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a.- sirven como garantía de la celebración o ejecución del a.- sirven como garantía de la celebración o ejecución del contrato.contrato.b.- Se dan como parte del precio o en señal de quedar las b.- Se dan como parte del precio o en señal de quedar las partes convenidas.partes convenidas.

a.- a.- Arras como garantía, Arras como garantía, significa que las partes significa que las partes no entienden ligarse definitivamente, sino que no entienden ligarse definitivamente, sino que mutuamente se reservan la facultad de decidirse mutuamente se reservan la facultad de decidirse perdiendo su valor; art. 1803 del C. Civil.perdiendo su valor; art. 1803 del C. Civil.

Las arras de esta clase ponen de manifiesto la Las arras de esta clase ponen de manifiesto la fragilidad del contrato, dado que son un medio de fragilidad del contrato, dado que son un medio de poner a las partes en situación de desistirse del poner a las partes en situación de desistirse del mismo. El contrato se celebra bajo una condición mismo. El contrato se celebra bajo una condición negativa y suspensiva, que es que las partes no negativa y suspensiva, que es que las partes no hagan uso de la facultad de retractación.hagan uso de la facultad de retractación.

¿ En que tiempo pueden retractarse las partes?¿ En que tiempo pueden retractarse las partes? La facultad de retractación no dura en forma La facultad de retractación no dura en forma

indefinida indefinida

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El art. 1804 del C. Civil señala las reglas a seguir El art. 1804 del C. Civil señala las reglas a seguir que son: que son: 1.- Plazo de retractación es el fijado por las partes y 1.- Plazo de retractación es el fijado por las partes y si nada dicen es de dos meses contados desde la si nada dicen es de dos meses contados desde la convención.convención.2.- Pero la facultad de retractación puede extinguirse antes de 2.- Pero la facultad de retractación puede extinguirse antes de

los plazos indicados, cuando el contrato se reduce a los plazos indicados, cuando el contrato se reduce a escritura pública o ha comenzado a efectuarse la entregaescritura pública o ha comenzado a efectuarse la entrega

b.- b.- Las arras como señal de quedar convenidos o como Las arras como señal de quedar convenidos o como parte del precioparte del precio; constituyen un testimonio de la ; constituyen un testimonio de la celebración definitiva del contrato, o sea constituyen un celebración definitiva del contrato, o sea constituyen un medio de prueba de su celebración.medio de prueba de su celebración.

Acá las partes carecen de la facultad de retractarse Acá las partes carecen de la facultad de retractarse porque el contrato de venta ha quedado perfecto, salvo que porque el contrato de venta ha quedado perfecto, salvo que se requiera el otorgamiento de escritura pública.se requiera el otorgamiento de escritura pública.

Se refiere a este tipo de arras el art. 1805 in. 1° que Se refiere a este tipo de arras el art. 1805 in. 1° que señala: Si…. señala: Si….

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O sea para que las arras se entiendan dadas en O sea para que las arras se entiendan dadas en señal de quedar convenidos o como parte del precio señal de quedar convenidos o como parte del precio en necesario la concurrencia copulativa de dos en necesario la concurrencia copulativa de dos circunstancias:circunstancias:

1.- Que las partes lo convengan expresamente.1.- Que las partes lo convengan expresamente.2.- Que dicha convención conste por escrito.2.- Que dicha convención conste por escrito. Si así no fuese, se entiende que fueron dadas en Si así no fuese, se entiende que fueron dadas en

garantía y se otorga la posibilidad de retractarse. Art. garantía y se otorga la posibilidad de retractarse. Art. 1805 inc. 2° del C. Civil.1805 inc. 2° del C. Civil.

Por tanto, la regla general son las arras dadas en Por tanto, la regla general son las arras dadas en garantía, de tal suerte que para que pueda atribuírsele garantía, de tal suerte que para que pueda atribuírsele otro carácter será necesario un pacto expreso y otro carácter será necesario un pacto expreso y escrito.escrito.

ARRAS EN EL CODIGO DE COMERCIOARRAS EN EL CODIGO DE COMERCIO El código de comercio establece sobre las arras, reglas El código de comercio establece sobre las arras, reglas

que son absolutamente contrarias a las indicadas.que son absolutamente contrarias a las indicadas.

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Las arras se presumen dadas en parte de prueba, Las arras se presumen dadas en parte de prueba, salvo estipulación en contrario, y no permiten a las salvo estipulación en contrario, y no permiten a las partes retractarse arts. 107 y 108 del C. de partes retractarse arts. 107 y 108 del C. de Comercio.Comercio.

Gastos del contrato de compraventaGastos del contrato de compraventa

Son de cargo del vendedor, dado que el legislador Son de cargo del vendedor, dado que el legislador supone que los gastos que demande el contrato supone que los gastos que demande el contrato de compraventa han sido tomados en cuenta por de compraventa han sido tomados en cuenta por el vendedor como parte del precio, por tanto, son el vendedor como parte del precio, por tanto, son de su cargo salvo expresión en contrario. Art. de su cargo salvo expresión en contrario. Art. 1806 del C. Civil1806 del C. Civil

Los impuestos a que se refiere dicha norma son los Los impuestos a que se refiere dicha norma son los que graven a la compraventa.que graven a la compraventa.