CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS … · ElAnunciante asume conocer conprecisión que deacuerdo...

3
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOS Dq~ -2013 FECHA: 18 DE JUNIO 2013 Conste por el presente documento de Prestación de Servicios Publicitarios que suscribe de una parte don: EDWIN ERASMO ROJAS SECLEN identificado con DNlo 16674707 con domicilio en la calle Cuglivan 839 - Chiclayo, representante de Imagen Producciones, editores del Diario El Ciclón; a quien en adelante se denominará PRODUCTOR y por la Municipalidad Provincial de Chiclayo con RUC N°20141784901 con domicilio en la calle Grau N°152 de ésta ciudad, debidamente representada por su Gerente General CIRO CHÁVEZ MARTOS, quien en adelante se le denominará EL ANUNCIANTE, bajo los términos y condiciones siguientes: ANTECEDENTES: EL ANUNCIANTE, es una entidad que se dedica a la prestación de servicios públicos municipales, refrendados por la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, con autonomía presupuestal, economía y administrativa en los asuntos de su competencia. EL PRODUCTOR es una persona jurídica o natural, dedicada a la producción de diarios y revistas cuya vigencia rige del 20 de Junio al 3 de Julio del 2013. EL ANUNCIANTE, deberá alcanzar el PRODUCTOR según corresponda: • Para Prensa escrita. : Aviso publicitario para insertar en la pauta publicitaria del medio contratado detallando motivo, contenido y tiempo de duración. OBJETIVO DEL CONTRATO: El Anunciante asume conocer con precisión que de acuerdo al Art.2 3 de la Ley N°28874 Ley que regula la Publicidad Estatal, se entiende por publicidad institucional, aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como: el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias. En ese sentido y para efectos del presente contrato se ha diseñado el un aviso publicitario: Difusión de Aviso: PRIMER FESTIVAL DE CANTO NACIONAL DE CHICLA YO PARA EL PERU ( PIE DE PAGINA PORTADA FULL COLOR) Por estas consideraciones y de conformidad con la citada Ley, EL PRODUCTOR cumple con las condiciones para que efectúe la cobertura de servicios publicitarios que requiere el ANUNCIANTE. EL PRODUCTOR, se compromete a cumplir con el servicio de publicidad, según las especificaciones técnicas requeridas, las mismas que se detallan:

Transcript of CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS … · ElAnunciante asume conocer conprecisión que deacuerdo...

Page 1: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS … · ElAnunciante asume conocer conprecisión que deacuerdo alArt.23 de laLeyN°28874 Ley que regula la Publicidad ... sino por la publicidad

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICITARIOSN° Dq~ -2013 FECHA: 18 DE JUNIO 2013

Conste por el presente documento de Prestación de Servicios Publicitarios que suscribe de unaparte don: EDWIN ERASMO ROJAS SECLEN identificado con DNlo 16674707 condomicilio en la calle Cuglivan 839 - Chiclayo, representante de Imagen Producciones, editoresdel Diario El Ciclón; a quien en adelante se denominará PRODUCTOR y por laMunicipalidad Provincial de Chiclayo con RUC N°20141784901 con domicilio en la calleGrau N°152 de ésta ciudad, debidamente representada por su Gerente General CIROCHÁVEZ MARTOS, quien en adelante se le denominará EL ANUNCIANTE, bajo lostérminos y condiciones siguientes:

ANTECEDENTES:EL ANUNCIANTE, es una entidad que se dedica a la prestación de servicios públicosmunicipales, refrendados por la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, conautonomía presupuestal, economía y administrativa en los asuntos de su competencia.EL PRODUCTOR es una persona jurídica o natural, dedicada a la producción dediarios y revistas cuya vigencia rige del 20 de Junio al 3 de Julio del 2013.

EL ANUNCIANTE, deberá alcanzar el PRODUCTOR según corresponda:• Para Prensa escrita. : Aviso publicitario para insertar en la pauta publicitaria

del medio contratado detallando motivo, contenido y tiempo de duración.

OBJETIVO DEL CONTRATO:El Anunciante asume conocer con precisión que de acuerdo al Art.23 de la Ley N°28874Ley que regula la Publicidad Estatal, se entiende por publicidad institucional, aquellaque tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como: el ahorrode energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entreotras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de lasentidades y dependencias. En ese sentido y para efectos del presente contrato se hadiseñado el un aviso publicitario:

Difusión de Aviso: PRIMER FESTIVAL DE CANTO NACIONAL DECHICLA YO PARA EL PERU ( PIE DE PAGINA PORTADA FULL COLOR)

Por estas consideraciones y de conformidad con la citada Ley, EL PRODUCTORcumple con las condiciones para que efectúe la cobertura de servicios publicitarios querequiere el ANUNCIANTE.EL PRODUCTOR, se compromete a cumplir con el servicio de publicidad, según lasespecificaciones técnicas requeridas, las mismas que se detallan:

Page 2: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS … · ElAnunciante asume conocer conprecisión que deacuerdo alArt.23 de laLeyN°28874 Ley que regula la Publicidad ... sino por la publicidad

Programa / Conductor Medio / Motivo/ Publicidad

Horario •

DIARIO EL CICLON 20 de Junio al 31PRIMER -F-E-S-T-I-V-A-L-+:---------1

12 Avisos de Julio del DE CANTOPIEDE lImagen Producciones 2013. 1NACIONAL DE S/. 6,000.00PAGINAPORTADA CHICLAYO PARAFULL ELPERUCOLOR

ValorDuraciónSpot y

CantidadPauta

DURACION DEL CONTRATO:La vigencia de este Contrato de Difusión rige del 20 de Junio al 3 de Julio del 2013.

CONFORMACION DEL SERVICIO:La conformidad del servicio publicitario contratado estará a cargo del Gerente deRelaciones Públicas de la institución ANUNCIANTE, encargándose a esta oficina la

? DI/IN. responsabilidad de verificar que el servicio brindado por EL PRODUCTOR guarde~~Q N ,t'~~~extrictaconformidad con las especificaciones técnicas ofrecidas, pudiendo sugerir lasg A I o: Cil1servacionesque se estimen convenientes o la suspensión del contrato si fuera preciso.z 1$ .A 101J ~~YN4, S ~

• 1AY •o~ ueda claramente establecido que la conformidad que manifieste la Gerencia deRelaciones Públicas reserva el derecho del ANUNCIANTE para efectuar reclamosposteriores por defectos o vicios que se constate en la prestación del serviciopublicitario, sin perjuicio del pago de requerir la indemnización por daños y perjuiciosocasionados o las sanciones administrativas de conformidad con lo dispuesto en el Art.177° Y 178° del D.S. N° 184-2008-PCM, Reglamento de Contrataciones con el Estado.

FORMA DE PAGOEL ANUNCIANTE, se obliga a garantizar el inicio adecuado de los trámites para lacancelación de los servicios publicitarios correspondiendo al PRODUCTOR seguir decerca el trámite respectivo hasta su cancelación.

6. TARIFAS PUBLICITARIAS:Las tarifas que se definen para la contratación de avisos deberá guardar relación con las

"""t proformas vigentes en el medio local y al momento del contrato.

CAUSALES DE RESOLUCION:EL ANUNCIANTE, resolverá el presente contrato por alguna de las siguientescausales:

• Por incumplimiento o retraso injustificado de cualquiera de las obligaciones delPRODUCTOR en los términos y/o plazos pactados entre las partescontratantes.

Page 3: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS … · ElAnunciante asume conocer conprecisión que deacuerdo alArt.23 de laLeyN°28874 Ley que regula la Publicidad ... sino por la publicidad

En caso que el ANUNCIANTE haya recibido pagos adelantados por publicidad, noefectivamente consumida, el PRODUCTOR estará obligado a su devolución en unplazo máximo de cinco días calendarios, posteriores a la fecha en que queda resuelto elresente contrato. De transcurrir dicho plazo sin realizarse la referida devolución, el

S)1-'::~-;P;;;R~hC\.·n.U<;TORquedará automáticamente constituido en mora ..;J G 4. \!l "fié'ICIIl '("o .

~ ~s~:ieu'fl a Cláusula Adicional: Queda establecido que de existir contradicción entre los"'AN. 'l/el :x: S de las cláusulas especificas y los términos generales del presente contrato, se

" rirá siempre la aplicación de las cláusulas específicas.

•• Por alguna razón de fuerza mayor que obligue al ANUNCIANTE, a retirar losavisos publicitarios que considere la campaña ..

• Por no subsanar las deficiencias, carencias o fallas en los servicios, materia delpresente contrato, de manera inmediata.

• Por la presentación de documentos falsos o adulterados en el trámite delcontrato como por la difusión de información falsa o inexacta, que propale elPRODUCTOR y que afecte directa o indirectamente al ANUNCIANTE.

• Primera Clausula Adicional: EL ANUNCIANTE, podrá retirarse del auspicioavisando con 15 días útiles de anticipación, igualmente el PRODUCTOR podráextender, recortar o suspender su programa, poniendo en conocimiento delANUNCIANTE su determinación en plazo similar. Transcurrido este plazo, seentiende que el contrato queda resuelto. Queda perfectamente establecido que elANUNCIANTE no estará obligado a pagar sino por la publicidad efectivamenteconsumida a la fecha en que se produce la resolución del contrato.

Estando ambas partes de acuerdo con todo lo descrito, para mayor conformidadfirmamos en la fecha.

EDWIN ERAS.· ROJAS SECLENProductor