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CONTRATO DE MUTUO

Conste por el presente documento, el contrato de mutuo que celebran de una parte, el Sra. Maruja Monzon Salas, identificado con DNI N 44900547, con domicilio en Urbanizacin El Rosario D-7 Cayma en adelante denominado EL MUTUANTE, y de la otra, la Seorita MARA ALEJANDRA OSORIO VALENCIA, con D.N.I.N 45826976, con domicilio en Urbanizacin El Rosario D-17, Distrito de Cayma Arequipa en adelante denominada LA MUTUATARIA, de conformidad con los siguientes trminos: CLAUSULA PRIMERA: DEL OBJETO DEL MUTUOEn virtud del presente contrato, EL MUTUANTE da en prstamo a LA MUTUATARIA la suma de s/3,750.00 (Tres mil setecientos cincuenta 00/100 nuevos soles), que sern entregados con la suscripcin del presente contrato. CLUSULA SEGUNDA: DE LAS CARACTERSTICAS DEL MUTUOLa devolucin del dinero al mutuado debe hacerse en nuevos soles.CLAUSULA TERCERA: DEL PLAZODicho prstamo ser cancelable en un periodo de cinco cuotas mensuales de S/750.00 (Setecientos cincuenta 00/100 nuevos soles) cada una, pagaderas desde el mes de Noviembre del ao en curso, cancelndose desde 01 al 03 de cada mes.El plazo en el que se comenzar a cancelar la deuda por parte de EL MUTUATARIO es de cinco meses en la forma sealada anteriormente.CLAUSULA CUARTA: DE LA RESOLUCIN DEL CONTRATOEl incumplimiento por parte de LA MUTUATARIA del pago mensual previsto en este contrato, facultar a El Mutuante a dar por vencidos los plazos de las cuotas adeudadas, pudiendo reclamar el pago total de ellas como si fuesen vencidas y exigibles. CLAUSULA QUINTA: GARANTA DEL MUTUOEn garanta de la restitucin del prstamo, LA MUTUATARIA libra a favor de EL MUTUANTE un pagar por la suma de S/3,750.00 (Tres mil setecientos cincuenta 00/100 nuevos soles), el cual ser restituido al cancelarse todas las cuotas adeudadas. En caso de ser necesario accionar judicialmente, El Mutuante se obliga a accionar por el pagar o por el presente contrato, pero no por ambos. CLAUSULA SEXTA:DOMICILIO DE LAS PARTES Las partes declaran como sus domicilios los indicados en la introduccin del presente contrato, los mismos que podrn variarse en cualquier momento, para lo cual ser necesario que se comunique por escrito tal variacin a la otra parte con una anticipacin no menor de cinco (05) das naturales.CLAUSULA SPTIMA: COMPETENCIA TERRITORIAL En caso de existir cualquier controversia derivada de la ejecucin del presente contrato las partes acuerdan que sta se resolver por negociacin directa, caso contrario renuncian expresamente al fuero de sus domicilios y se someten a la competencia territorial de los Juzgado y Salas de la Ciudad de Arequipa.CLAUSULA OCTAVA: DE APLICACIN SUPLETORIALas partes sealan, que en todo aquello que no fue previsto en el presente contrato, se aplicar supletoriamente lo dispuesto en el Cdigo Civil en lo referente a la figura del mutuo, artculos 1648 al 1665 y dems normas aplicables.CLAUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE ACUERDOSLas partes declaran que para la celebracin del presente contrato no ha mediado dolo ni causal que pudiera invalidarlo, en tal sentido y en seal de su conformidad proceden a suscribirlo en la fecha.Arequipa,05 de Octubre del 2012.___________________________________________________________ EL MUTUANTE LA MUTUATARIA CARLOS ADOLFO SALAS VILLAGOMEZMARA ALEJANDRA OSORIO VALENCIA DNI N 4490054 DNI N 45826976

RECONOCIMIENTO DE DEUDA Yo, , con domicilio en, y con DNI Nro. , por el presente documento RECONOZCO ADEUDAR a Don Carlos Adolfo Salas Villagomez, abogado de profesin con DNI Nro. 44900547 y con domicilio en la Urbanizacin El Rosario D-7 Distrito de Cayma, la suma de s/3 ,750.00 nuevos soles (Tres mil setecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles) ms los intereses y gastos ocasionados, dicho monto fue otorgado en calidad de prstamo por Carlos Adolfo Salas Villagomez a mi persona en fecha 05 de Octubre del 2012, por lo que en referencia a dicha suma me comprometo a liquidarla de la siguiente forma: .......La falta de pago de un solo plazo dar por vencidos los restantes y por ello renuncio a toda reclamacin sobre este convenio de pago; el cual manifiesto ser firme desde hoy, respondiendo para su cumplimiento de todos mis bienes presentes y futuros y sometindome de una manera expresa a la competencia territorial de los Juzgados y Salas de la Ciudad de Arequipa, en cuya jurisdiccin renuncio al fuero del domicilio, siendo de mi cuenta cuantos gastos se originen a mi acreedor por el incumplimiento de esta obligacin.Dado por duplicado y a un solo efecto, en Arequipa 05 de Octubre del 2012.