CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACI+ôN

3
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACIÓN Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento que celebran, de una parte, y don OSCAR LLOVANI CHUNGA VEGA, identificado con DNI N° 16584957 , ambos con domiciliado en Block 10 #1023 del distrito de TUMAN; en adelante LOS ARRENDADORES; y de la otra parte don: SEGUNDO ALADINO AGIP DIAZ identificado con DNI Nº :09800131 , en adelante EL ARRENDATARIO; en los términos siguientes: PRIMERO EL ARRENDADOR don OSCAR LLOVANY CHUNGA VEGA, propietario del inmueble ubicado en la urb. Juan Velasco Alvarado Mz.5 Lt.9 del Distrito de Tumán, dicho inmueble consta de un sola planta con una cochera, un ambiente grande, un baño, una cocina, una lavandería y dos dormitorios. SEGUNDO Por el presente documento, LOS ARRENDADORES da en arrendamiento a LA ARRENDATARIO, el inmueble descrito en la cláusula anterior; para ser usado exclusivamente como casa habitación. TERCERO El plazo de duración del presente contrato , que se inicia el 16- MAYO-2014 venciendo indefectiblemente EL 31-12-2014 donde EL ARRENDATARIO entregará el inmueble materia del presente a LOS ARRENDADORES, sin necesidad de requerimiento judicial, ni extrajudicial alguno, en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo el deterioro de su uso normal y cuidadoso. CUARTO La merced conductiva pactada de común acuerdo, es de S/. (350 Nuevos Soles) mensuales, que se pagarán en forma adelantada. El primer pago se realiza a la firma del presente contrato y LOS ARRENDADORES declaran recibir a su entera satisfacción, entregando a EL ARRENDATARIO. QUINTO EL ARRENDATARIO entrega y LOS ARRENDADORES reciben a su entera satisfacción a la suscripción del presente contrato, el importe de S/. 350.00(trescientos cincuenta Nuevos Soles), por concepto de garantía, que cubrirá cualquier daño al inmueble materia de arriendo y

description

contrato

Transcript of CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACI+ôN

Page 1: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACI+ôN

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACIÓN

Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento que celebran, de una parte, y don OSCAR LLOVANI CHUNGA VEGA, identificado con DNI N° 16584957 , ambos con domiciliado en Block 10 #1023 del distrito de TUMAN; en adelante LOS ARRENDADORES; y de la otra parte don: SEGUNDO ALADINO AGIP DIAZ identificado con DNI Nº :09800131 , en adelante EL ARRENDATARIO; en los términos siguientes:

PRIMEROEL ARRENDADOR don OSCAR LLOVANY CHUNGA VEGA, propietario del inmueble ubicado en la urb. Juan Velasco Alvarado Mz.5 Lt.9 del Distrito de Tumán, dicho inmueble consta de un sola planta con una cochera, un ambiente grande, un baño, una cocina, una lavandería y dos dormitorios.

SEGUNDOPor el presente documento, LOS ARRENDADORES da en arrendamiento a LA ARRENDATARIO, el inmueble descrito en la cláusula anterior; para ser usado exclusivamente como casa habitación.

TERCERO El plazo de duración del presente contrato , que se inicia el 16-MAYO-2014 venciendo indefectiblemente EL 31-12-2014 donde EL ARRENDATARIO entregará el inmueble materia del presente a LOS ARRENDADORES, sin necesidad de requerimiento judicial, ni extrajudicial alguno, en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo el deterioro de su uso normal y cuidadoso.

CUARTO La merced conductiva pactada de común acuerdo, es de S/. (350 Nuevos Soles) mensuales, que

se pagarán en forma adelantada. El primer pago se realiza a la firma del presente contrato y LOS ARRENDADORES declaran recibir a su entera satisfacción, entregando a EL ARRENDATARIO.

QUINTO  EL ARRENDATARIO entrega y LOS ARRENDADORES reciben a su entera satisfacción a la suscripción del presente contrato, el importe de S/. 350.00(trescientos cincuenta Nuevos Soles), por concepto de garantía, que cubrirá cualquier daño al inmueble materia de arriendo y que ocasione EL ARRENDATARIO, sólo por el valor justificado del perjuicio y hasta por su importe total, de ser necesario y sustentado. En caso de entregar EL ARRENDATARIO a LOS ARRENDADORES el inmueble en las mismas condiciones en que lo recibió y sin más desgaste que los derivados de su uso normal, la garantía será devuelta a la finalización del contrato, contra la entrega de la llave. 

SEXTOEL ARRENDATARIO declara recibir el inmueble, materia de contrato, en perfectas condiciones; comprometiéndose a devolverlo en el mismo estado, salvo el desgaste causado por el uso normal. En todo caso, cualquier daño en el inmueble originará la pérdida de la garantía a que se refiere la cláusula anterior. Asimismo, cualquier mejora que EL ARRENDATARIO introduzca al inmueble, deberá efectuarse con autorización de LOS ARRENDADORES. Los gastos incurridos en tales mejoras deberán ser a costo y responsabilidad de EL ARRENDATARIO. 

Page 2: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACI+ôN

SÉTIMOEL ARRENDATARIO no podrá subarrendar el inmueble materia del presente contrato, ni ceder sus derechos derivados del presente contrato, sin autorización escrita de LOS ARRENDADORES. Caso contrario, LOS ARRENDADORES podrán resolver el presente contrato.

OCTAVOEL ARRENDATARIO cubrirá sus gastos de servicios de luz y agua,y baja policía (basura) según corresponda y deberá mostrar mes a mes el cumplimiento de estas obligaciones con los

comprobantes respectivos. Para la suscripción del contrato LOS ARRENDADORES deberán acreditar el cumplimiento de las mismas obligaciones antes indicadas a la fecha de suscripción del contrato.

NOVENO.

LOS ARRENDADORES podrán visitar el inmueble materia de arrendamiento para el efecto de verificar su estado y el uso que se le está dando, previo aviso de 48 horas de anticipación.

Tumán, 16 de mayo del 2014

__________________________________ ____________________________SEGUNDO ALADINO AGIP DIAZ OSCAR LLOVANI CHUNGA VEGA

DNI N°09800131 DNI N° 16584957 EL ARRENDATARIO                                                           EL ARRENDADOR