Contrato de Alquiler de Local Comercial
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CONTRATO DE ALQUILER DE LOCAL COMERCIAL
Conste por el presente contrato de alquiler que celebran de una parte don
PATRICK JESUS VILLANUEVA CASTRO, peruano con DNI N° 00514596, con
domicilio en la avenida Cusco N° 708 de esta ciudad quien a partir de este
momento se le denominara "el propietario"; y de otra parte doña CYNTHIA
ELIZABETH OSORIO BACA, identificado con DNI N. 43900953 con domicilio en
Urb. Monte Verde Mz. C Lote:08-Tacna, quien a partir del Veintitrés (23 de
diciembre ) del presente año se le denominara "el inquilino" en los términos y
condiciones siguientes.
PRIMERO: Por medio del presente documento "el propietario" otorga a "el
inquilino" en alquiler un local comercial consistente en dos salones; dos baños;
una barra; una cocineta; y los equipos e implementos de cocina que se
mencionan en el Anexo A (parte conformante de este contrato) ubicados en
esquina de Avenida Cusco IM° 708; encontrándose el local en perfectas
condiciones.
SEGUNDO; El tiempo de duración del presente contrato es de doce (12) meses
renovables al finalizar este tiempo. El plazo comenzara a regir a partir del día
Veintitrés (23) de diciembre del 2011, debiendo finalizar dicho contrato el día
23 de diciembre del 2012; fecha en el que "el inquilino" devolverá el local
comercial, los muebles, los equipos e implementos de cocina a "el propietario"
en perfectas condiciones; pudiendo renovar ambas partes nuevamente dicho
contrato.
TERCERO: La Merced Conductiva por el alquiler del local comercial, muebles,
equipos e implementos de cocina será de S/. 8 0 0 . 00 (Ochocientos con
00/100 Nuevos Soles) que será pagado con puntualidad cada Veintitrés (23) de
cada mes, sin necesidad de que "el propietario" tenga que comunicar o dar
algún tipo de aviso previo a "el inquilino".
CUARTO: A la firma del presente contrato "el inquilino" abonara a la "el
propietario" el monto correspondiente al primer mes de alquiler por
adelantado y un monto igual por concepto de garantía que será devuelto por la
"el propietario" al término del tiempo que contempla el presente contrato.
QUINTO: El pago de los servicios de luz y agua correrá por cuenta de "el
inquilino" en función de las mediciones de los equipos respectivos, propios del
local comercial.
SEXTO: "el inquilino" queda terminantemente prohibido de subarrendar,
gravar, usufructuar o traspasar el local comercial, muebles, equipos e
implementos de cocina a terceras personas sin el consentimiento expreso y
escrito de "el propietario"; asimismo no podrá dar uso distinto al de Café,
Snak y Restaurante señalados en el presente contrato y es responsable del
pago por daño o perdida de los muebles, equipos e implementos de cocina del
Anexo A.
SÉTIMO: Si "el inquilino" desea realizar alguna modificación al local comercial
deberá contar con el consentimiento expreso y escrito de "el propietario" sin
perjuicio de que por ello, este tenga que devolver suma alguna por las
modificaciones realizadas por "el inquilino".
OCTAVO: "el inquilino" renuncia al fuero de su domicilio y se somete a los
jueces y tribunales de Tacna señalando como domicilio para el caso de las
notificaciones a que hubiera lugar, el mismo local comercial que por este
documento se está alquilando.
NOVENO: Las partes contratantes declaran que lo contenido en el presente
documento es fiel expresión de sus libres voluntades sin que haya existido
presión o coacción al momento de celebrar el presente contrato por parte de
una de las personas intervinientes, en mérito de lo cual suscriben por triplicado
en la ciudad de Tacna el día 23 de diciembre del año 2011.
.....................................................................CYNTHIA ELIZABETH OSORIO BACA
DNI N. 43900953El Inquilino
.....................................................................PATRICK JESUS VILLANUEVA CASTRO
DNI N° 00514596El propietario