Contrato de Agencia y Consultoria

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FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CONTRATOS DE AGENCIA (AGENCY) Y CONTRATOS DE CONSULTORÍA (CONSULTING) INTEGRANTES: Hinostroza Quintanilla, Arturo Rodríguez Gutiérrez, Jair

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FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS

CONTRATOS DE AGENCIA (AGENCY)

Y CONTRATOS DE CONSULTORÍA (CONSULTING)

INTEGRANTES: Hinostroza Quintanilla, Arturo

Rodríguez Gutiérrez, Jair

CONTRATO DE CONSULTORIA

CONTRATO DE CONSULTORIA“Los servicios prestados por los técnicos o especialistas de varias disciplinas organizados en equipos que, bajo alguna forma jurídica, llevan adelante proyectos de ingeniería y se dedican a tareas administrativas y de gestión en el curso

de la realización de obras de ingeniería civil o de instalaciones, eventualmente, también aquellas de

aseguramiento técnico en las sucesivas fases de ejercicio y manutención de la obra misma”.

PARTES INTEGRANTES

• Consultor: es todo profesional universitario altamente calificado que, a título individual, presta servicios de consultoría.

• Consorcio: es toda asociación accidental o en participación de firmas consultoras o de firmas consultoras con consultores o de dos o más consultores entre sí, para llevar a cabo tareas de consultoría.

• Firma consultora o consultor local: es el caso de toda firma consultora o consultor que reúna los requisitos que establece cada ley en particular y los que se fijen en la reglamentación correspondiente.

NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA

El consulting o contrato de consultoría es un contrato atípico, puesto que no existe una norma específica que lo regule; a su vez es un contrato

nominado, por contar con una denominación única y uniforme en nuestro acervo jurídico comercial.

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA

• Determinación del idioma en que se efectuaran el dictamen.

• Número de ejemplares en que se entregaran las conclusiones y la información complementaria.

• Las citas o fuentes de datos serán lo suficientemente precisas como para que puedan ser consultadas por el interesado, directamente en su lugar de origen.

• Plazo para la entrega de las conclusiones finales.

• Honorarios pactados y modo de pago.

CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA

• Es Oneroso • Es un contrato bilateral• Conmutativo• Principal• Es de carácter temporal• Es un contrato consensual

MODALIDADES DEL CONTRATO DE CONSULTING

1. Project Manager: empresas que efectúan operaciones de consulting asumen todas las responsabilidades concernientes a las actividades de contenido intelectual y otras actividades colaterales.

2. Convencional: consulting se le otorga a la sociedad contratada para la prestación de los servicios ad-hoc el rol de consultor encargado de las actividades ortodoxamente técnicas, obviando naturalmente las operativas y de gestión.

3. Turn Key: se le encarga a la consultora, la realización de un proyecto respecto a la base de un contrato: “Llave en mano”. Aquí la sociedad de consulting, presta servicios de consulta evaluando y seleccionando ofertas interesadas en la ejecución material de la obra, eligiendo a las empresas adjudicatarias y a la vez participando en la concreción de la misma representando al que recibe los servicios en todos sus efectos concernientes a sus relaciones con las empresas.

4. In House: la presencia del que recibe los servicios tiene mayor relevancia, así como de su propia estructura organizacional, en todas las fases en que pueda dividirse la concreción de la obra, comprendiendo inclusive las concernientes a la construcción.

OBLIGACIONES Y CUMPLIMIENTOS EN UN CONTRATO DE CONSULTORÍA

Obligaciones De La Consultoría 1. Formular un dictamen referido al estudio de mercado del producto.

2. Guardar secreto respecto del asunto consultado así como de toda la información y/o documentación que, para tal efecto, le sea proporcionada por LA CONSULTANTE.

 

3. Brindar información aclaratoria o confirmatoria acerca del dictamen, sin que por ello deba pagársele un monto adicional.

4. Cumplir con el plazo pertinente para la entrega de informes, estudios o proyectos convenidos. Además en caso de incumplimiento la consultora deberá asumir los daños.

Obligaciones de la Consultante1. Debe proporcionar toda la información exacta y verdadera que en estricto sea necesaria para el cumplimiento de la prestación.

2. Asumir gastos adicionales que se puedan llevar a cabo por el error o modificación de la información otorgada a LA CONSULTORA.

CONTRATO DE CONSULTORÍA Y JOINT VENTURE

Joint Venture es “la asociación de personas que buscan llevar a cabo una empresa comercial individual con fines de lucro, para lo cual

combinan sus bienes, dineros, efectos, habilidades y conocimiento”.

PLAZO DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA

Es posible pactarse un plazo único para la presentación del dictamen, o bien plazos

escalonados tanto para la consultante como para la consultora.

CONTRATO DE AGENCIA

El contrato de agencia es un contrato de intermediación comercial en el que una de las partes, el agente, queda encargada de promocionar, distribuir o comercializar los productos o servicios de la otra llamada empresario o principal.

CONTRATO DE AGENCIA

PARTES INTEGRANTES

EL AGENTE: 

Es un comerciante independiente que negocia (y eventualmente concluye, si tiene representación) contratos a nombre y por cuenta del fabricante, industrial o comerciante. Se retribuye por una comisión por venta o por oferta en firme conseguida, y es un agente auxiliar de comercio.

EL AGENCIADO:

Sujeto quien puede ser productor o exportador; que sin una fuerte inversión podrá contar, en virtud del contrato de agencia con una cadena especializada de comercialización de sus bienes y/o servicios.

EL CONTRATO DE AGENCIA Y REPRENTACIÓN Y SU BASE LEGAL EN EL

PERÚ

Meseguer Diego explica que en el Perú no existe un dispositivo legal expreso que norme las relaciones entre los agentes o representantes de firmas extranjeras, aplicándose las normas de mandato y comisión mercantil en cuanto le resulten pertinentes.

Marco legal: paga IGV 18% e impuesto la renta 3ra categoría.

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE AGENCIA

• PROMOCIÓN Y MEDIACIÓN

El agente consigue ofertas de negocios con terceros y las comunica a su mismo agenciado.

• ACTUACIÓN POR CUENTA DEL AGENCIADOAquí se trata de pretender obtener para un tercero las utilidades del negocio. Asumiendo los peligros de su propia gestión.

• ESTABILIDAD O PERMANENCIA

.

CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE AGENCIA

• Principal.• Consensual.• Es un contrato sinalagmatico.• Oneroso.• De ejecucion suceciva, continua.• Intuito personae.• Atipico.• Nominado.

DIFERENCIAS DEL CONTRATO DE AGENCIA Y EL CONTRATO DE

COMISIÓN• La comisión permite un colaboración aislada y

esporádica para contratar pero la agencia instituye una colaboración estable

• Comisión es un acto u operación de comercio agencia es general, refiriéndose a una serie indefinida de actos

• El agente celebra contratos en nombre y por cuenta del principal y el comisionista contrata con el tercero

DIFERENCIAS DEL CONTRATO DE AGENCIA Y EL CONTRATO DE CORRETAJE

• La agencia es de tracto sucesivo y el corretaje es de en un acto.

• El agente defiende su principal mientras que la actuación del corredor es imparcialidad.

• Las labores del agente son mas amplias.

• El mediador es retribuido cuando se hace una reunión el agente al concluir el negocio de manera afirmativa.

• El agente tiene un territorio de actuación.

• El agente contrata mientras que el corredor hace que se contrate.

DIFERENCIAS DEL CONTRATO DE AGENCIA Y LA CONCESIÓN

• El agente es un representante, el concesionario no.

• En la agencia las mercancías viajan y se entregan por cuenta y riesgo de la casa representada, contrariamente en la concesión.

• La remuneración del agente consiste en una cierta comisión, mientras que el lucro del concesionario reside en el margen de utilidad.

• Los pactos de exclusividad tienen en la agencia una naturaleza meramente facultativa, en la concesión adquieren una naturaleza esencial.

• El agente no goza de una unidad económicamente independiente mientras que el concesionario si.

DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE LAS PARTES

AGENTE:

• La promoción y operaciones comerciales encomendadas. • Captación de clientes y tramitación de pedidos al principal. • Celebrar por sí mismo el negocio con el tercero, actuando por

cuenta y en nombre del principal. • Comunicar al principal sobre la solvencia de terceros. • La obligación de secreto.• Desarrollar su actividad de acuerdo a indicaciones recibidas

por el principal.

EMPRESARIO O AGENCIADO:

• Poner a la disposición del agente muestrarios, catálogos y tarifas.

• Dar al agente toda la información necesaria para desarrollar sus funciones.

• Comunicar al agente la aceptación o rechazo de las operaciones en el plazo apropiado.

• Abonar las remuneraciones y comisiones acordadas. La retribución del agente podía revestir diversas modalidades:

• Remuneración FIJA. Su utilización es poco frecuente.• Remuneración VARIABLE. Es la más habitual.

EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE AGENCIA Y REPRESENTACIÓN

• Cumplimiento del plazo pactado en la agencia por tiempo determinado

• Denuncia en la agencia por tiempo indeterminado

• Resolución por incumplimiento

• Muerte o inhabilitación de las partes

• Transmisión de la empresa de las partes

Gracias.