CONTRATO ALTA DIRECCIÓN
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Contrato tipo. Alta dirección
Madridejos, a 16 de febrero de 2011
REUNIDOS: DE UNA PARTE.- D. Víctor Rodríguez Morales, con DNI n. º 70354199M
interviniendo en concepto de Administrador de la empresa A tu ritmo, S.L., domiciliada en Toledo, calle Buenavista, 13
DE LA OTRA.-D. Víctor Rodríguez Morales, con DNI n. º 70354199M con domicilio en Madridejos, calle Sol, 13 2º piso, en posesión del título de Administrador
Ambas partes, que se reconocen la capacidad legal necesaria para la formalización del presente contrato de trabajo;
EXPONEN:
I. Que la empresa precisa cubrir el puesto de Administrador del centro de trabajo sito
en Toledo, de la calle Buenavista, n. º 13 II. Que D. Víctor Rodríguez Morales se considera capacitado para asumir las
competencias y responsabilidades propias del referido puesto, con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES: Primera.- D. Víctor Rodríguez Morales se compromete y obliga a prestar sus servicios
a la empresa que le contrata, en las condiciones que a continuación se pactan, con el objeto de llevar a buen fin los objetivos que la misma le confíe, tales como: representar a la empresa y responder de ella ante cualquier acto legal.
Segunda.- La duración del contrato será indefinida
Tercera.- Se pacta un período de prueba de 0 días
Cuarta.- La jornada de trabajo será de 40 horas a la semana.
El trabajador tendrá derecho durante la jornada de trabajo a un descanso de 3 horas
Quinta.- El trabajador tendrá derecho al disfrute de unas vacaciones anuales de 30 días por año trabajado así como a los descansos, fiestas y permisos que se relacionan en el calendario laboral de Castilla-La Mancha.
Sexta.- El trabajador percibirá por la prestación de sus servicios una retribución, por todos los conceptos, de 1.593,07 euros brutos, que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales (salario base 1.300,00 euros más Salario en especie 293,07 euros)
Asimismo, tendrá derecho a percibir dos gratificaciones extraordinarias al año de una cuantía de 1.600 euros cada una.
Séptima.- En lo no previsto en este contrato las partes se comprometen a observar lo dispuesto en la legislación vigente y en especial en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y, en su caso, por el Estatuto de los Trabajadores, cuando exista remisión expresa al mismo por el referido Real Decreto. En lo no regulado por este Real Decreto o por pacto entre las partes, se estará a lo dispuesto en la legislación civil o mercantil y a sus principios generales.
CLÁUSULAS ADICIONALES
Y para que así conste, se extiende este contrato, por duplicado ejemplar, en el lugar y
fecha a continuación indicados, firmando las partes interesadas. Madridejos, a 16 de febrero de 2011
El Trabajador Víctor Rodríguez Morales
Fdo.:
El representante de la empresa
Víctor Rodríguez Morales
Fdo.: