Contrato Alquiler Taxi

4
Contrato de Alquiler de Vehículo Conste por el presente documento el contrato de ALQUILER del vehículo de Placa de rodaje Nº V3D - 051, que celebran de una parte el Sr. Henry Wilfredo Villanueva Urbiola identificado con DNI Nº 29704004 con domicilio en .Prolongación Angamos Nº 711 - Miguel Grau - Paucarpata, a quien en adelante se le llamará EL ARRENDADOR y de la otra parte el Sr. ........., identificado con el DNI Nº ..............., con domicilio en xxxxxxx - Arequipa, que para los efectos del presente contrato se le denominará EL ARRENDATARIO, sujeto a los términos y condiciones siguientes: PRIMERO : EL ARRENDADOR es propietario del vehículo nuevo, marca CHEVROLET, modelo SPARK LS, año de fabricación 2011, de color ROJO, Nº de motor A08S3849919KC2, Nº de serie KL1MJ6A40CC123021 Nº DE chasis KL1MJ6A40CC123021 , y con placa de rodaje Nº V3D - 051. SEGUNDO : EL ARRENDADOR dá en alquiler a EL ARRENDATARIO el vehículo descrito en la clausula anterior con todas sus características especificadas en la misma. TERCERO : EL ARRENDATARIO destinará el vehículo materia del presente contrato única y exclusivamente al SERVICIO DE TAXI, quedando prohibido a variar su finalidad. CUARTO : EL ARRENDATARIO está prohibido de traspasar o subarrendar el vehículo materia del presente contrato total o parcial a favor de terceros. En consecuencia queda establecido que EL ARRENDATARIO es la única persona autorizada para conducir el vehículo reservándose EL ARRENDADOR el derecho de resolver el presente contrato. QUINTO : El plazo de duración del presente contrato es de _____ meses renovable previo acuerdo de las partes, la validez del presente Contrato

Transcript of Contrato Alquiler Taxi

Page 1: Contrato Alquiler Taxi

Contrato de Alquiler de Vehículo

Conste por el presente documento el contrato de ALQUILER del vehículo de Placa de

rodaje Nº V3D - 051, que celebran de una parte el Sr. Henry Wilfredo Villanueva

Urbiola identificado con DNI Nº 29704004 con domicilio en .Prolongación Angamos Nº

711 - Miguel Grau - Paucarpata, a quien en adelante se le llamará EL ARRENDADOR y

de la otra parte el Sr. ........., identificado con el DNI Nº ..............., con domicilio en

xxxxxxx - Arequipa, que para los efectos del presente contrato se le denominará EL

ARRENDATARIO, sujeto a los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO: EL ARRENDADOR es propietario del vehículo nuevo, marca CHEVROLET, modelo SPARK

LS, año de fabricación 2011, de color ROJO, Nº de motor A08S3849919KC2, Nº de serie

KL1MJ6A40CC123021 Nº DE chasis KL1MJ6A40CC123021 , y con placa de rodaje Nº V3D - 051.

SEGUNDO: EL ARRENDADOR dá en alquiler a EL ARRENDATARIO el vehículo

descrito en la clausula anterior con todas sus características especificadas en la misma.

TERCERO: EL ARRENDATARIO destinará el vehículo materia del presente contrato

única y exclusivamente al SERVICIO DE TAXI, quedando prohibido a variar su

finalidad.

CUARTO: EL ARRENDATARIO está prohibido de traspasar o subarrendar el vehículo materia del

presente contrato total o parcial a favor de terceros. En consecuencia queda establecido que EL

ARRENDATARIO es la única persona autorizada para conducir el vehículo reservándose EL

ARRENDADOR el derecho de resolver el presente contrato.

QUINTO: El plazo de duración del presente contrato es de _____ meses renovable

previo acuerdo de las partes, la validez del presente Contrato empieza el 04 de Marzo

del 2012 y termina el __________del 2012, el presente contrato podrá ser renovado al

término del mismo, si así las partes lo convinieran, procediéndose a la firma de un

nuevo contrato cuyos términos y condiciones serán fijadas de acuerdo al

comportamiento del presente contrato. De no existir renovación al vencimiento del

mismo EL ARRENDATARIO queda obligado a devolver el vehículo en las mismas

condiciones en que lo recibió, sin necesidad de notificación, requerimiento o aviso

previo del EL ARRENDADOR.

SEXTO: La renta pactada de común acuerdo por el ALQUILER del vehículo por las 24

horas diarias, es de _______ nuevos soles ( uno y 00/100 nuevos soles), la cual se

pagará en forma SEMANAL a EL ARRENDADOR sin necesidad de aviso previo.

Page 2: Contrato Alquiler Taxi

SEPTIMO: La forma de pago de la renta será semanal que EL ARRENDATARIO pagará, en el domicilio

indicado por EL ARRENDADOR, el primer día útil de cada semana y se obliga a pagar puntualmente el

monto de la renta, en la forma, oportunidad y lugar pactados.

O C TAVO : Queda convenido que EL ARRENDATARIO no podrá conducir ni trasladar el vehículo fuera de

los límites geográficos de la provincia de Arequipa.

NOVENO: EL ARRENDATARIO declara que recibe el vehículo en estado Nuevo y

perfecto funcionamiento, con sus llaves, tarjeta de propiedad, Seguro de AFOCAD, y las

siguientes herramientas y accesorios de seguridad:

Llanta de repuesto nueva Llave de tuercas propia del vehículo ( nueva) Dado de tuercas de seguridad (una tuerca por rueda) Gata propia del vehículo. ( nueva ) Seguro de espejos laterales. Interior del auto tapizado en color negro y con pisos de jebe de marca

Chevrolet. Un autorradio con máscara desplegable y de marca Sony con reproductor de

discos, Mp3 y en estado nuevo. Fundas nuevas en todos los asientos de color plomo y gris.

DECIMO: Es obligación DIARIA de EL ARRENDATARIO la limpieza interior y exterior

del vehículo, así como la revisión de los niveles de líquidos del vehículo, tales como

niveles de agua del radiador, de freno, de batería, de embrague, de aceite, etc. para el

funcionamiento diario adecuado.

DECIMO PRIMERO: Cualquier desperfecto o rotura que suceda durante la vigencia de

este contrato, en el vehículo, deberá ser reparado o repuesto por EL ARRENDATARIO.

DECIMO SEGUNDO: Así también, EL ARRENDATARIO queda prohibido de introducir mejoras,

cambios o alteraciones internas y externas en el bien arrendado y sus accesorios, sin el consentimiento

expreso y/o por escrito de EL ARRENDADOR.

DECIMO TERCERO: Queda entendido que mientras el vehículo se encuentre en posesión de EL

ARRENDATARIO, éste responderá en forma exclusiva y excluyente por los daños causados al propio

vehículo y a terceras personas viajen o no en el interior del vehículo; por los daños causados a la propiedad

privada o pública; así como por las trasgresiones al reglamento de tránsito vigente en el país.

DECIMO CUARTO: Las infracciones de tránsito, accidentes y choques que cometiera

EL ARRENDATARIO y que correspondan al vehículo, serán de responsabilidad de EL

ARRENDATARIO, y deberá comunicarse a EL ARRENDADOR.

DECIMO QUINTO: Todo litigio o controversia, derivados o relacionados con este acto jurídico, será

resuelto mediante arbitraje, de conformidad con los Reglamentos Arbitrales del Centro de Arbitraje de la

Page 3: Contrato Alquiler Taxi

Cámara de Comercio de Arequipa, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma

incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.

DECIMO SEXTO: EL ARRENDADOR se reserva el derecho de resolver el presente contrato por

el incumplimiento de alguna de las cláusulas anteriores por parte de EL ARRENDATARIO.

DECIMO SEPTIMO: En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo

establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Arequipa a los 05 días del mes

de Marzo del 2012.

______________________ ____________________

ARRENDATARIO ARRENDADORHenry W. Villanueva Urbiola DNI Nº 29704004 DNI Nº ..........