Contabilidad Publica

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Trabajo práctico numero 2 Cáceres, Enrique Emmanuel sco 6955 Perez, Adolfo Ruben sco 6969 Consignas: 1) elabore una reseña que presente los contenidos correspondientes a la materia elegida. Adjuntar programa. 2) Elegir una de las unidades de la catedra y explicar el desarrollo de sus contenidos. Elabore la progresión temática correspondiente. Repuestas: 1) Materia elegida: Contabilidad Pública. Reseña del programa: La Contabilidad Publica se encarga en general en la forma en como es Estado maneja y administra sus fondos, de donde los obtiene y la responsabilidad de quienes lo administran. Para lograr de esta forma el objetivo del Estado que es satisfacer las necesidades de sus ciudadanos y logra hacerlo gracias a la Contabilidad Pública de una manera eficaz y legalmente correcta. La Contabilidad Pública como ley de Contabilidad no se da como una rama aislada del derecho, sino que toma principios y reglas de otras ramas. Como ser del Derecho público, más específicamente en el Derecho Constitucional del cual toma lo referido al Presupuesto de la Nación, También del Derecho Privado, como toma el concepto de Estado como persona jurídica establecido en el Código Civil, y de otras ramas como la misma Contabilidad Privada de la que utiliza principios de registración y balances, etc. Como habíamos dicho el Estado tiene como objetivo satisfacer las necesidades de sus ciudadanos, para ello necesita de recursos los cuales los obtiene principalmente de su poder de imperio a través de tributos que exige a la población a la cual rige su territorio. Esta masa de recursos es lo que llamamos la Hacienda del Estado. Ahora bien, esta masa de gastos a realizar y de recursos a obtener no son elegidos al azar, sino que se debe elaborar un

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Trabajo práctico numero 2

Cáceres, Enrique Emmanuel sco 6955

Perez, Adolfo Ruben sco 6969

Consignas:

1) elabore una reseña que presente los contenidos correspondientes a la materia elegida. Adjuntar programa.

2) Elegir una de las unidades de la catedra y explicar el desarrollo de sus contenidos. Elabore la progresión temática correspondiente.

Repuestas:

1) Materia elegida: Contabilidad Pública. Reseña del programa:

La Contabilidad Publica se encarga en general en la forma en como es Estado maneja y administra sus fondos, de donde los obtiene y la responsabilidad de quienes lo administran. Para lograr de esta forma el objetivo del Estado que es satisfacer las necesidades de sus ciudadanos y logra hacerlo gracias a la Contabilidad Pública de una manera eficaz y legalmente correcta.

La Contabilidad Pública como ley de Contabilidad no se da como una rama aislada del derecho, sino que toma principios y reglas de otras ramas. Como ser del Derecho público, más específicamente en el Derecho Constitucional del cual toma lo referido al Presupuesto de la Nación, También del Derecho Privado, como toma el concepto de Estado como persona jurídica establecido en el Código Civil, y de otras ramas como la misma Contabilidad Privada de la que utiliza principios de registración y balances, etc.

Como habíamos dicho el Estado tiene como objetivo satisfacer las necesidades de sus ciudadanos, para ello necesita de recursos los cuales los obtiene principalmente de su poder de imperio a través de tributos que exige a la población a la cual rige su territorio. Esta masa de recursos es lo que llamamos la Hacienda del Estado.

Ahora bien, esta masa de gastos a realizar y de recursos a obtener no son elegidos al azar, sino que se debe elaborar un plan económico que contendrá en uno de sus puntos el presupuesto financiero impuesto por ley, el cual fijara en que, como y cuando gastar.

Elaborar un presupuesto financiero no es tarea sencilla, ya que existen pasos y reglas legales que se deben cumplir para su aprobación por el Congreso de la Nación y recién este tendrá carácter legal. Esto no quiere decir que ese presupuesto debe aplicarse al pie de la letra, debido a que las necesidades y variables económicas son muy cambiantes por lo cual hay excepciones en que el presupuesto puede modificarse para acercarse lo más posible a esa realidad, pudiendo solo el Jefe de Gabinete de Ministros y el Consejo realizar cambios en el presupuesto, respetando siempre las formalidades para ello.

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En cuanto al gasto público, debe este reconocerse y registrarse en un momento específico y según nuestra legislación lo hará por el sistema de lo devengado, que establece que se reconoce como obligatorio un gasto cuando la contraparte cumpla con los servicios ofrecidos así el Estado no lo haya pagado aún. También es muy importante controlar quien realiza las operaciones de compromisos y pagos, ya que estas deben ser llevadas a cabo por autoridades competentes para evitar fraudes y gastos en excesivos.

En cuanto a los recursos, el Estado no es limitativo ya que mientras más se recaude más necesidades podrán satisfacer. Lo que hay que tener en cuenta es que generalmente los recursos ingresan en forma de dinero a través de impuesto lo cual es una tentativa a quienes manejan los mismo a realizar maniobras fraudulentas al Estado, para detectar esto se realizan controles por parte del fisco nacional, de funcionarios competentes y de auditoria general de la nación.

También dentro de la Contabilidad Pública tenemos los denominados Servicios del Estado, los que podemos dividir en tres grandes grupos: 1- Servicios del tesoro, que sus organismos tienen la función de dirigir y asegurar la recaudación de los recursos públicos y de efectuar los pagos. Otra de sus funciones es netamente financiera, tratando de equilibrar posibles desarreglos económicos ya sea con el cobro de mayores impuestos o con el uso del crédito público (prestamos bancarios). 2- Servicios del patrimonio, consiste en que el Estado puede disponer de sus bienes ya sea en la venta o arrendamiento de los mismos, o también aplicarlos a la afectación de servicios públicos. 3- Servicios del Control Interno, brindado por la Sindicatura General de la Nación que es un órgano dispuesto por nuestra ley de administración financiera que tiene a su cargo la función de evitar fraudes y mal manejo de los recursos.

Ahora bien todos estas entradas y salidas de dinero del estado deben estar plasmadas en un registro, llamado Registro Contable de Operaciones, debemos saber que tanto la Contabilidad Privada como Pública tienen entre sus objetivos brindar información para el manejo y control de las operaciones, para ello se registran oportunamente todos los movimientos de fondos, guardando a su vez los comprobantes y documentación correspondientes. Un buen sistema de registro contable nos permitirá controlar la responsabilidad de los administradores y reflejar a su vez la situación patrimonial del Estado.

El Estado como persona jurídica tiene el derecho de contratar con los particulares, ya sean contratos de compra o de venta, a la contabilidad pública le interesa este tema por que los contratos son acuerdos de voluntades que implican obligaciones para ambas partes que si no se cumplen tendrán sus efectos. Dentro la diversidad de contratos que acuerda el estado tenemos los Contratos de Suministros, que son muy importantes por cuanto por estos se obtienen los elementos y bienes para satisfacer las necesidades públicas.

La Obra Pública es otro tema en cuestión muy ligado a nuestro estudio ya que la misma ley de obra pública (13.064) la define como toda construcción, trabajo o servicio realizado con los fondos de la Nación. Por cuanto vemos que va a influir en el presupuesto del estado, en el manejo de sus fondos, como en la responsabilidad asumida. Lo usual es través del Contrato de Locación de Obra Pública, que se firmará

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con el sujeto seleccionado para realizarla, esta elección es casual, la regla general es llamar a licitación pública para seleccionar un sujeto en base a la mejor oferta. También se podrá como caso excepcional contratar directamente cuando la particularidad de la obra lo requiera o por la escasa significación de su monto lo justifique.

Como veníamos mencionando el tema de la Responsabilidad de los Administradores no es un tema menor de lo que respecta a la materia, ya que las omisiones o el mal desempeño de las obligaciones de los funcionarios pueden lesionar la hacienda del Estado. Existen distintos tipos de responsabilidades en que pueden incurrir los funcionarios que administran la hacienda, siendo:

* Responsabilidad Civil: ocurre cuando se ha ocasionado un daño al Estado, por el cual está obligado a resarcirlo (Código Civil). Su sanción es generalmente económica.

* Responsabilidad Política: su sanción principal es destituir al funcionario de su cargo. Para ello se debe promover juicio político ante la cámara de diputados.

* Responsabilidad Penal: se cae en esta responsabilidad cuando se han cometido delitos contra la administración pública reglados en el Código Penal.

* Responsabilidad Administrativa: surge cuando el funcionario no cumple con sus deberes y obligaciones. La sanciones pueden ir de llamados de atención, hasta suspensión por 30 días, retrogradación en el cargo, cesantía, etc.

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2) Elegimos la Unidad Nº 4(Formación del presupuesto) por su relevancia con la Materia.

Primero debemos saber que es el presupuesto: es un acto administrativo-legislativo concretado en una ley anual, por la que se prevén, autorizan o reconocen los gastos a realizarse y los recursos a obtener.

Los funcionarios encargados de la realización del presupuesto deben tener en cuenta reglas o principios que han sido establecidos en preceptos constitucionales y leyes. Dichas reglas son:

Regla de la unidad y la universalidad: la primera establece que no debe haber afectación de recursos especiales a erogaciones dadas y la segunda impone

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que tanto los gastos a realizar como los ingresos a percibir en un periodo deben incluirse en un presupuesto único.

Regla de la anualidad: la aprobación del presupuesto debe ser periódica, en nuestro país es de un (1) año.

Regla del equilibrio: establece que los ingresos y egresos públicos deben igualarse.

Regla de la precedencia: el presupuesto debe ser fijado a priori, con el fin de evitar que el Poder Ejecutivo cayera en una situación de ilegalidad frente a la falta de presupuesto.

Regla de especificación: establece que las partidas enunciadas en el presupuesto deben estar divididas, clasificadas y designadas de manera clara y precisa.

Regla de la publicidad: la publicidad de los actos de gobierno es propia de un Estado Republicano y es la base de la democracia.

Regla de la claridad: el presupuesto debe ser simple y claro sin que por ello implique la omisión de las reglas técnicas.

Regla de la uniformidad: el presupuesto debe mantener una estructura uniforme a través de los años con el fin de facilitar el cotejo entre distintos ejercicios.

Regla de la exactitud: las previsiones deben ser lo más exactas posibles acercándose lo que mas se pueda a la realidad.

Regla de la flexibilidad: por ser una previsión vinculada a un sistema económico financiero modificado por variables internas y externas debe tener cierto grado de flexibilidad.

De la regla de la precedencia se establece una excepción. Puede suceder que al inicio del ejercicio financiero no se encuentre aprobado el presupuesto general que regirá en el periodo, en este caso se utilizara el presupuesto vigente del año anterior con ajustes en las partidas de recursos (eliminación de operaciones que no puedan ser recaudadas nuevamente, excluir excedentes de ejercicios anteriores) y de gastos (incluir créditos para asegurar la continuidad y eficiencia de servicios, , mantener los compromisos derivados de tratados internacionales).

El sistema presupuestario esta formado por la Oficina Nacional de Presupuestos. Está es la encargada de fijar los lineamientos generales para la confección del proyecto, que luego de ser elaborado es remitido para su tratamiento al congreso y una vez aprobado pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Su estructura general constara de tres títulos, en primer lugar Disposiciones Generales seguido de Presupuestos de recursos y gastos de la administración central y por ultimo Presupuestos de recursos y gastos de los organismos descentralizados.

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Las modificaciones que se realicen al presupuesto general deberán ser presentadas ante la oficina nacional de presupuesto quien puede aceptarlas o no, compete al jefe de Gabinete realizar las modificaciones pertinentes, a excepciones como la cuantía del mismo o su afectación especifica que son de competencia exclusiva del Congreso.

Lo analizado anteriormente es para un contexto de normalidad pero pueden acontecer situaciones de emergencia situaciones de emergencia en donde el Poder Ejecutivo Nacional podrá disponer autorizaciones para gastar no incluidas en el presupuesto general para atender al socorro inmediato en caso de epidemias, inundaciones, terremotos u otros de fuerza mayor.

Existen dos tipos de sistemas presupuestarios. El de presupuesto de caja que considera únicamente los movimientos de fondos del tesoro, según este sistema un gasto ha sido efectuado cuando se paga y un recurso ha sido realizado cuando se cobra. El otro sistema es el de presupuesto de competencia que considera realizado un ingreso en el momento de su fijación y realizada una erogación en el momento de su compromiso y afectación. El primero se relaciona con el criterio de lo percibido y el segundo con el criterio de lo devengado.

Nuestra Ley de Administración Financiera (L.A.F) adopta para la administración central el sistema de competencia para la elaboración del presupuesto de recursos y gastos y el sistema de caja para el cierre del ejercicio. Para los organismos descentralizados los gastos se programan por el sistema de competencia y los recursos por el sistema de caja.

En cuanto a la regla del equilibrio la LAF expresa que el monto de los compromisos fijados no podrá ser superior al monto de los recursos recaudados. A diferencia de la Ley de Responsabilidad Fiscal que define el equilibrio como la diferencia entre los recursos percibidos y los gastos devengados.

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Progresión Temática:

El Presupuesto:

Formación Principios Presupuestarios:

*unidad, *universalidad, *anualidad, *equilibrio,

*precedencia, *especificación, *publicidad, *claridad,

*uniformidad, *exactitud, * flexibilidad.

Reconducción relacionada con Princ. De Precedencia

Modificaciones y situaciones de emergencia

relacionado con Princ. De Flexibilidad

Diferencia: Princ. De Equilibrio para LAF y para Ley 25.917

Integración Oficina Nacional de Presupuesto

Estructura disposiciones generales Administración Central

Organismos Descentralizados

Sistemas Presupuestarios Sist. Adoptado por la LAF