Consulta Gas

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Decreto Nº 66, de 2 de febrero 2007 “ Aprueba Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas” Artículo 46. Instalación de las Tuberías de Gas. 46.1 Generalidades. Se prohíbe la instalación de tuberías enterradas destinadas a Gas Licuado de Petróleo de media o alta presión que pasen o estén a menos de dos (2) metros de cámaras de alcantarillado, pozos o construcciones bajo el nivel terreno. En estos casos se deberá preferir el tendido sobre el nivel del terreno y a distancias seguras, según se establece a continuación. 46.2 Tuberías Subterráneas. 46.2.1 Distancias de seguridad. a) Toda tubería de gas subterránea deberá ser instalada dejando suficiente espacio libre respecto de cualquier otra estructura subterránea, evitando el contacto entre ellas, para permitir su mantenimiento y protegerlas del eventual daño que pudiera ocasionársele por la proximidad a tal estructura. b) Las tuberías de plástico subterráneas deberán ser instaladas dejando suficiente espacio libre o aislándolas adecuadamente de cualquier fuente de calor para impedir que éste perjudique la aptitud de la misma para el servicio. c) Para cruces o paralelismo con tuberías eléctricas o de otros servicios, se deberán cumplir los requisitos establecidos en el D.S. 115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la “Norma Técnica NCH.ELEC4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984”, en adelante e indistintamente, “NCh Elec. 4/2003”, o disposición que la reemplace, entre otros requisitos, los siguientes: c.1 Las tuberías de gas deberán quedar separadas, al menos, 50 (cm), en cualquier sentido del cruce con tuberías de otros servicios. c.2 En todo cruce protegido con una capa de concreto u hormigón de 20 (cm) de espesor, se podrá reducir la separación de la tubería de gas a tal longitud. c.3 En los cruces se deberán proteger las tuberías de gas mediante una capa de mortero de un espesor mínimo de 10 (cm) sobre ésta y que se extienda 20 (cm), longitudinalmente, hacia ambos lados de tales tuberías. c.4 Entendiéndose por paralelismo el hecho que las tuberías de gas queden dentro del volumen de excavación de las tuberías de otros servicios, las tuberías de gas en toda la extensión del paralelismo, no se deberán instalar dentro del volumen definido por dos planos verticales paralelos, ubicados a una distancia de 20 (cm) a cada lado de las tuberías de otros servicios. 46.2.2 Protección contra daños por acción mecánica. Las tuberías enterradas se deberán disponer al interior de una zanja, cuyos requerimientos mínimos se establecen a continuación: a) Fondo. El fondo de la zanja en que se deposite la tubería, deberá proporcionar un apoyo firme y uniforme, esencialmente continuo, debiendo estar nivelado, con una pendiente máxima de 5 (%), exento de piedras y elementos de cantos vivos, bordes cortantes o puntiagudos, acondicionado con una cama de arena de un espesor de al menos 5 (cm), según se muestra en la Figura 15. Esquema de Instalación de Tubería Enterrada. b) Relleno. El material de relleno de la zanja deberá estar exento de piedras y elementos de cantos vivos, bordes cortantes o puntiagudos, que puedan dañar la tubería, el cual deberá tener un espesor de al menos 15 (cm) medidos desde su parte superior al nivel del terreno o pavimento, según se muestra en la Figura 15, ya citada. El vaciado del relleno se deberá efectuar teniendo especial cuidado para evitar que la tubería flote, perdiendo con ello, el apoyo firme en el fondo de la zanja. 79

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Decreto Nº 66, de 2 de febrero 2007 “ Aprueba Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas”

Artículo 46. Instalación de las Tuberías de Gas.

46.1 Generalidades. Se prohíbe la instalación de tuberías enterradas destinadas a Gas Licuado de Petróleo de

media o alta presión que pasen o estén a menos de dos (2) metros de cámaras de alcantarillado,pozos o construcciones bajo el nivel terreno. En estos casos se deberá preferir el tendido sobre el nivel del terreno y a distancias seguras, según se establece a continuación.

46.2 Tuberías Subterráneas. 46.2.1 Distancias de seguridad.

a) Toda tubería de gas subterránea deberá ser instalada dejando suficiente espacio librerespecto de cualquier otra estructura subterránea, evitando el contacto entre ellas, para permitir su mantenimiento y protegerlas del eventual daño que pudiera ocasionársele por la proximidad a talestructura.

b) Las tuberías de plástico subterráneas deberán ser instaladas dejando suficiente espaciolibre o aislándolas adecuadamente de cualquier fuente de calor para impedir que éste perjudique laaptitud de la misma para el servicio.

c) Para cruces o paralelismo con tuberías eléctricas o de otros servicios, se deberán cumplirlos requisitos establecidos en el D.S. 115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento yReconstrucción, aprobatorio de la “Norma Técnica NCH.ELEC4/2003, Instalaciones de Consumoen Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984”, en adelante eindistintamente, “NCh Elec. 4/2003”, o disposición que la reemplace, entre otros requisitos, lossiguientes:

c.1 Las tuberías de gas deberán quedar separadas, al menos, 50 (cm), en cualquiersentido del cruce con tuberías de otros servicios.

c.2 En todo cruce protegido con una capa de concreto u hormigón de 20 (cm) de espesor,se podrá reducir la separación de la tubería de gas a tal longitud.

c.3 En los cruces se deberán proteger las tuberías de gas mediante una capa de morterode un espesor mínimo de 10 (cm) sobre ésta y que se extienda 20 (cm), longitudinalmente, haciaambos lados de tales tuberías.

c.4 Entendiéndose por paralelismo el hecho que las tuberías de gas queden dentro del volumen de excavación de las tuberías de otros servicios, las tuberías de gas en toda la extensióndel paralelismo, no se deberán instalar dentro del volumen definido por dos planos verticalesparalelos, ubicados a una distancia de 20 (cm) a cada lado de las tuberías de otros servicios.

46.2.2 Protección contra daños por acción mecánica. Las tuberías enterradas se deberán disponer al interior de una zanja, cuyos requerimientos

mínimos se establecen a continuación: a) Fondo.

El fondo de la zanja en que se deposite la tubería, deberá proporcionar un apoyo firme yuniforme, esencialmente continuo, debiendo estar nivelado, con una pendiente máxima de 5 (%),exento de piedras y elementos de cantos vivos, bordes cortantes o puntiagudos, acondicionadocon una cama de arena de un espesor de al menos 5 (cm), según se muestra en la Figura 15. Esquema de Instalación de Tubería Enterrada.

b) Relleno. El material de relleno de la zanja deberá estar exento de piedras y elementos de cantos

vivos, bordes cortantes o puntiagudos, que puedan dañar la tubería, el cual deberá tener unespesor de al menos 15 (cm) medidos desde su parte superior al nivel del terreno o pavimento,según se muestra en la Figura 15, ya citada.

El vaciado del relleno se deberá efectuar teniendo especial cuidado para evitar que latubería flote, perdiendo con ello, el apoyo firme en el fondo de la zanja.

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NOTA. 1. Dimensiones en milímetros (mm).

2. Para tubería considerar el diámetro exterior.

3. Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.

Figura 15. Esquema de Instalación de Tubería Enterrada. - A. Bajo Pavimento

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Decreto Nº 66, de 2 de febrero 2007 “ Aprueba Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas”

NOTA. 1. Dimensiones en milímetros (mm).

2. Para tubería considerar el diámetro exterior.

3. Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.

Figura 15. Esquema de Instalación de Tubería Enterrada. – B. Bajo Terreno Natural.

El material de relleno deberá ser bien compactado, el que se deberá efectuar con riego y encaso que se emplee hormigón, la compactación se deberá efectuar en capas, utilizandocompactadores mecánicos.

c) Recubrimiento.Previo al tapado de la zanja, se deberá realizar una prueba de hermeticidad a los tramos de

las tuberías a enterrar, según se establece en el “Procedimiento de Certificación e Inspección de Instalaciones Interiores de Gas”, establecido por la Superintendencia.

Los sistemas de tuberías de gas enterradas se deberán instalar con una cubierta de almenos 60 (cm) de espesor, con excepción de las redes de gas que atraviesen calles concirculación vehicular, que deberá ser de al menos 80 (cm), profundidad que deberá ser medidadesde la parte superior de la tubería al nivel del terreno o pavimento, según se detalla en la Figura15. Esquema de Instalación de Tubería Enterrada. No obstante lo anterior, frente a situaciones debaja probabilidad de daño externo a las tuberías, dicho espesor podrá ser reducido hasta 30 (cm), lo cual deberá ser fundadamente justificado ante la Superintendencia.

Ante situaciones en las que no sea factible cumplir con dicho mínimo de 30 (cm) de cubierta,se deberán adoptar medidas adicionales de protección que otorguen un nivel equivalente de

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seguridad, entre otras, instalar la tubería dentro de un conducto o con una cubierta de protecciónadecuada, medidas que deberán estar sustentadas en un estudio técnico, basado en buenasprácticas de ingeniería o norma extranjera complementaria reconocida internacionalmente.

Cuando el proyecto contemple la existencia de condiciones de inestabilidad del terreno quepuedan provocar el hundimiento de las tuberías o los cimientos de las paredes, se deberánproporcionar los medios para evitar tensiones en las tuberías, entre otros, otorgando a las tuberíascaracterísticas de flexibilidad, por medio de su trazado, utilizando, donde sea necesario, curvas,bucles y uniones de tipo deslizante; pero al interior de los edificios no se deberán utilizar juntas de expansión de tipo deslizante. De emplearse juntas de expansión, distintas a la del tipo deslizante,se deberán instalar anclajes y fijaciones con la resistencia y rigidez necesaria y suficiente para evitar tensiones en los extremos de la tubería, producida por, entre otras causas posibles, la presión del gas abastecido. Conjuntamente con tales juntas se deberán utilizar guías de alineaciónde tuberías, de acuerdo a las instrucciones del fabricante de las juntas de expansión.

En caso de instalarse tuberías bajo terreno natural, es decir, tierra sin pavimento, pasando a través de jardineras, arbustos, cultivos o áreas similares, deberán ser protegidas del daño físico, en su parte superior, por medio de ladrillos o mezcla de cemento pobre con una proporción mínima de1:6 -una parte de cemento por seis de arena- según se detalla en la Figura 15. Esquema de Instalación de Tubería Enterrada. B) Bajo Terreno Natural. Los ladrillos deberán ser instalados deforma tal que su lado de mayor longitud sea perpendicular al plano o nivel del suelo, para asíproporcionar la máxima superficie de protección a la tubería. No obstante lo anterior, se podránusar otros métodos de protección, que aseguren un nivel equivalente de seguridad.

d) Señalética. Se deberá disponer, horizontalmente, una huincha plástica o de material similar, de color

amarillo con la leyenda "GAS", entre la superficie del terreno y la tubería de gas, a una distancia deal menos 25 (cm), por sobre el borde superior de la tubería enterrada, según se muestra en laFigura 15, ya citada.

46.2.3 Protección contra la Corrosión.a) Las tuberías de gas que se encuentren en contacto con tierra u otros materiales que

pudieran corroerlas, deberán ser protegidas de algún modo apropiado contra la corrosión,revistiéndola o envolviéndola en un material inerte apropiado para tales aplicaciones.

b) No se deberán tender tuberías de gas en contacto con cenizas.c) Se deberán utilizar uniones roscadas o de manguito soldadas, con revestimiento, en

tuberías que se encuentren en contacto con el suelo o cuando pueda tener lugar corrosión en lashendiduras internas o externas.

d) Si las tuberías y accesorios de una instalación son de metales distintos, deberá evitarse elcontacto directo entre ellos, mediante material aislante.

e) Para efectos de protecciones contra efectos de salinidad, humedad u otros, se deberáconsiderar lo establecido en el Anexo A – “Recomendaciones sobre protecciones y calefacción”, dela “NCh1079.Of1977” o disposición que la reemplace.

46.2.4 Protección contra el congelamiento. Cuando el proyecto contemple que podrá tener lugar la formación de hidratos o hielo, las

tuberías deberán ser protegidas contra el congelamiento.

46.2.5 Tuberías subterráneas que atraviesan paredes de los cimientos. Las tuberías subterráneas instaladas bajo el nivel del piso, que atraviesen las paredes de los

cimientos exteriores o de algún sótano de un edificio, se deberán encamisar en un tubo deprotección o vaina. El espacio anular entre la tubería de gas y la camisa o vaina deberá estarsellado en la pared del cimiento o del sótano, con un material adecuado para tal aplicación, queimpida la entrada de gas o agua, así como su corrosión.

46.2.6 Tuberías subterráneas bajo Edificios.

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