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Consideraciones para el Cierre Fiscal 2018 Lic. Franklin Espinoza Vásquez Octubre-2018 COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

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Consideraciones para el Cierre Fiscal 2018

Lic. Franklin Espinoza Vásquez

Octubre-2018

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

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Conceptos a considerarSeguridad Jurídica

Es un principio de derecho que involucra la garantía dada alindividuo por el Estado de modo que su persona, sus bienes y susderechos no serán violentados, por medio de una aplicacióncorrecta de las leyes.

Jurisprudencia

La jurisprudencia es una fuente del derecho, compuesta por losactos pasados de los que ha derivado la creación o modificación delas normas jurídicas y se manifiesta a través del conjunto desentencias de los tribunales y a la doctrina asociada.

Contingencia Fiscal

Es la existencia de un riesgo de incumplimiento o infracción, de undeber formal o material establecido por ley, por parte de uncontribuyente en el desarrollo de su actividad económica, y del cualse derivan sanciones de carácter tributario sean administrativas openales.

Realidad Económica

Indica que con independencia a la forma jurídica adoptada por elcontribuyente, debe de prevalecer la realidad de los hechosacontecidos. (Esencia sobre forma)

Importante

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ESTADOS FINANCIEROS

RESOLUCION 52-01

ARTICULO 128 CNPT

APLICACIÓN NIIF´S

Relación Normas Contables vs. Normas Tributarias

CONCILIACION FISCAL AJUSTES NIC12

ARTICULO 57 RLISR

BASE CONTABLE (CONTABILIDAD FORMAL)

BASE FISCAL (CONTABILIDAD MATERIAL)

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Evaluar

Renta-ProductoExistencia de actividad

(Resultado)Ánimo de lucro

Fuente Origen de la renta (Sujeto)

Local

No domiciliado

TerritorialidadEspacio en el que se origina la renta o

se desarrolla la actividad (Lugar)

Beneficio predominante

Vínculo con la infrestructuracostarricense

HabitualidadActividad a la que se destina mayoría

de los recursos y tiempo

Giro habitual

Frecuencia

Definición de actividad habitual, secundariasy extraordinarias

Criterios tributarios para valorar un ingreso

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Pequeña diferencia

1. Considerar que los beneficios fiscales están en franca vía de extinción.

2. Ingresos no gravables superiores al 10% de la renta bruta, constituyen un criterio de selección para fiscalización.

3. Activa el criterio de proporcionalidad (LISR Art 7 y RLISR Art. 11).

4. Para efectos prácticos un ingreso NO GRAVABLE se debe documentar y justificar tan sólidamente como un gasto

deducible.

NO SUJETO

• No tiene obligatoriedad de pagar e integrar elimpuesto por dispensa de Ley. (Art. 3 LISR)

EXENTO

• Corresponde a un ente sujeto al impuesto pordefinición, que debido a la existencia de unasegunda norma no tiene el deber material deintegrar el impuesto, ya sea de forma parcial ototal.

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Incrementos patrimoniales NO justificados

Son bienes o derechos que no corresponden con la declaración realizada por el sujeto pasivo,detectadas en un proceso de fiscalización; que en consecuencia se considera que tienen un origendesconocido.

Generalmente se refiere a:

a. pasivos sin

documentación

soporte (contratos), sin

flujo de efectivo,

b. aportes extraordinarios

de capital sin actas,

c. cuentas por pagar a

socios y compañías

vinculadas,

d. así como

transacciones sin

razón de negocios.

Dichas situaciones forman

parte de la renta bruta.

(Art. 5)

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ANALIZAR

¿Periodo

fiscal? (b)

INICIO

¿Es útil y

necesario?

(a)

¿Pertenece

al giro

habitual? (a)

¿Produce

rentas actuales

o potenciales?

(a)

¿Se retuvo

y pagó? (a)

¿Tiene

soporte? (b)

NO DEDUCIBLEDEDUCIBLE

FIN

NO

NO

SI

NO

NO

NO

NO

SI

SI

SI

SI

SI

¿Como Valorar un gasto?

(a) Criterios subjetivos

(b) Criterios objetivos

¿Factura

electrónica

validada?

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Gasto deducible

• Disminución patrimonial que

debe cumplir con requisitos de Ley para su

deducción.

Gasto

• Disminución patrimonial, sin

valoración fiscal (Gasto para efectos contables)

Escudo fiscal

• Consideración especial o beneficio

establecido por Ley u otra

norma legal sin disminución patrimonial.

A considerar

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• Reducción de costos (papel,bodegaje y conservación)

• Integrar facturas con otrosprocesos del negocio (cartera declientes, proveedores,inventarios)

• Reducción de riesgos porpérdida de documentos físicos.

• Estandarización de lenguajedocumental entre empresas.

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Beneficios para los contribuyentes

Facturación electrónica

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Facturación electrónica

• Fortalecimiento del controltributario.

• Trazabilidad en tiempo real derelaciones entre contribuyentes

• Impuestos al consumo: CrucesD-104, créditos fiscales, ventasexentas, impuestos especiales.

• Inteligencia “Big Data”:Estadística por sectoreseconómicos.

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Beneficios para la Administración Tributaria

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Incentivos al consumidor

• Ministerio de Haciendaautorizado para devolverhasta 1% del IGSV, paraestablecer controles paramejorar la gestión.

Sanciones CNPT

• Art. 83 (2% ingresos delperiodo anterior, conmínimo de 10 SB y unmáximo de 100 SB

• Art. 85 (2 SB por noemitir factura.

• Art. 86 Cierre deNegocio.

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Facturación electrónica

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Resolución 029-2018. PrincipalesCambios.• Desconoce el valor

razonable o elvalor de mercado.

Art. 3 Generalidades

• Fiscalmente se aplicael principio dedevengo, a menosque la AT autorice elsistema de percibido

Art. 5°. Inversiones

• Incluye precisiones deltratamiento deautoconsumos y otrasfiguras abordadaspreviamente por la vía dela jurisprudencia y subase imponible en IVA.

Art. 6º. Inventarios

• Es categórica al indicarque No es deduciblela pérdida originadapor deterioro en elvalor de los activos.(Contraria a Res 52-01)

Art. 7º. Propiedad, planta y equipo.

• Los costos deinvestigación y desarrollono son deducibles, sinoque deben capitalizarse.Elimina la opción dediferirlos a 5 años.

Art 10.

Activos intangibles

• En financiamiento para laadquisición de acciones,el gasto financiero, serádeducible, cuando existahabitualidad en elnegocio de compra yventa de acciones

Art 12. Combinaciones de negocios

• Fiscalmente no se debeconsiderar como rentabruta, únicamente elmargen deintermediación que seobtiene de la actividadeconómica.

Art 18. Ingresosordinarios

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Consideraciones asociadas al Estudio de precios de transferencia.

Es obligatorio cuando existan transacciones intercompany, con o sin costo atribuido2

La multa por no contar con el estudio es del 2% de los ingresos brutos del periodo anterior, con mínimo de 10

SB (CRC 4.310.000) y un máximo de 100 SB (CRC 43.100.000)3

Obligación de contar un el Master File (radiografía financiera del grupo a nivel de narrativa)4

Obligación de contar el Country by Country Report (radiografía fiscal del grupo a nivel de narrativa)5

Declaración continua aplazada.1

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Declaración continua aplazada.

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• Una Buena Práctica es la experienciaproducto de la aplicación de un conjuntocoherente de acciones que se hanimplementado con resultados positivos,siendo eficaz y útil en un contextoconcreto, contribuyendo al enfrentamiento,regulación, mejora o solución deproblemas y/o dificultades que sepresenten en el trabajo diario de laspersonas, que pueden servir de modelopara otras organizaciones.

• Éstas dependen de las épocas, de las

modas y hasta de la empresa consultora o

del autor que las promueve.

Objetivos

Buenas prácticas para el cierre fiscal.

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Buenas prácticas para el cierre fiscal. (1)

• Procurar la revisión de la declaración por parte de un tercero independiente.

• Diseñar e implementar el procedimiento de determinación de la base imponible.2

• Establecer posiciones de carácter fiscal en cuanto al tratamiento de transacciones y cuentas específicas.3

• Elaborar programas de revisión periódica de cuentas susceptibles a fiscalización (Según actividad).4

• Establecer programas de capacitación al personal encargado de elaborar declaraciones tributarias.5

• Adquirir herramientas de actualización en materia fiscal.6

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• Establecer políticas de control interno que consideren aspectos de carácter fiscal.1

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Buenas prácticas para el cierre fiscal. (2)

• Aplicación de ajustes conciliatorios producto de la aplicación de NIC 12.

• Identificación de partidas en el Balance de Situación Financiera y el Estado de Resultados Integral, que puedangenerar Impuesto de Renta Diferido acorde con NIC 12.

9

• Obtener el estado de resultados integral del periodo corriente que muestre la utilidad financiera – contable.10

• Identificación de ingresos gravables, no sujetos y exentos del Impuesto Sobre la Renta.11

• Identificación de gastos deducibles y no deducibles. (Valoración de criterios objetivos y subjetivos)12

• Identificación de potenciales escudos fiscales e incentivos permitidos por Ley.13

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• Registro de operaciones cuya base contable sean las Normas Internacionales de Información Financiera.8

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Buenas prácticas para el cierre fiscal. (3)

• Crear expediente con toda la documentación soporte asociada a la Declaración de Impuesto sobre la Renta.

• Cálculo de Impuesto Sobre la Renta por pagar del Período.16

• Identificación y aplicación de pagos parciales, compensaciones y otros créditos fiscales. (incluye su verificacióny razonabilidad)

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• Elaborar notas explicativas que revelen el origen de los partidas conciliatorias involucradas en la determinacióndel Impuesto.

18

• Documentación de cada partida conciliatoria.19

• Disponibilidad de bases de datos de facturación electrónica. Validación de gastos con factura electrónica.20

21

• Verificación de la tasa de Impuesto Sobre la Renta aplicable.15

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!Muchas gracias!Lic. Franklin Espinoza Vásquez

Octubre-2018

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