Conocimiento Del Entorno

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GESTION DOCUMENTARIA Área: Programación de Software Código: 35825 == 67510 ALEX BAUTISTA

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GESTION DOCUMENTARIA

Área:

Programación de Software

Código:

35825 == 67510

ALEX BAUTISTA

BOGOTA, D.C.

SENA - ABRIL DE 2010

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Conocimiento del Entorno

Significativo del Conocimiento del Entorno

Con esta área de conocimiento y experiencia se pretende favorecer en hombres y mujeres el proceso de descubrimiento y representación de los diferentes contextos que componen un entorno social, así como facilitar su inserción en ellos, de manera reflexiva y participativa. Los contenidos de esta área adquieren sentido desde la complementariedad con el resto de las áreas, y habrán de interpretarse en las propuestas didácticas desde la globalidad de la acción y de los aprendizajes. Así por ejemplo, el entorno no puede ser comprendido sin la utilización de los diferentes lenguajes, de la misma manera, la realización de desplazamientos orientados ha de hacerse desde el conocimiento del propio cuerpo y de su ubicación espacial.

Las interacciones que hombres y mujeres establezcan con los elementos del medio, que con la entrada en la escuela se diversifica y amplía, deben constituir situaciones privilegiadas que los llevarán a crecer, a ampliar sus conocimientos sobre el mundo y a desarrollar habilidades, destrezas y competencias nuevas. Se concibe, pues, el medio como la realidad en la que se aprende y sobre la que se aprende.

IDENTIDAD CORPORATIVA

Misión

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional Integral gratuita, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.

Visión

El SENA será una organización de conocimiento para todos los colombianos, innovando permanentemente en sus estrategias y metodologías de aprendizaje, en total acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.

POLÍTICA DEL SENA

Innovación y competitividad

La política del SENA frente a la innovación, la competitividad y el desarrollo tecnológico productivo constituye una respuesta para el sector productivo y el país, que reclaman la contribución efectiva y conforme a la misión del SENA, a la solución de los problemas que afectan la productividad y competitividad de las organizaciones generadoras de empleo y riqueza.

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Esta respuesta de apoyo se brinda a través de la ejecución de proyectos conjuntos con los sectores productivo, de investigación y desarrollo y académico, al igual que la utilización efectiva de los recursos técnicos, humanos y financieros con que cuenta la Entidad, atendiendo los criterios de pertinencia, calidad, oportunidad, focalización e impacto sectorial, con beneficios directos y tangibles a las empresas.

VALORES CORPORATIVOS

Transparencia; Calidad y competitividad; Creatividad e innovación; empresarismo; servicio al cliente; gerencia por resultados y comunicaciones.

SERVICIOS

PORTAFOLIO DE SERVICIOS SENA

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) fue creado el 21 de junio de 1957 como resultado de la iniciativa conjunta de trabajadores organizados, empresarios e iglesia católica con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Desde esa fecha hasta hoy sigue siendo un establecimiento público del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio e independiente y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio de la Protección Social.

Sus ingresos provienen de los aportes parafiscales que pagan las empresas legalmente constituidas, de carácter estatal o privado, que ocupen uno o más trabajadores permanentes.

El SENA presta el servicio de Formación Profesional Integral gratuita. Está presente en todas las regiones del país, dispone de una amplia infraestructura de talleres y laboratorios para beneficiar a empresas de todos los niveles tecnológicos. En los Consejos Directivos y en los Comités Técnicos de sus Centros de Formación, participan los empresarios y los gremios productivos. Indaga permanentemente las tendencias del mercado laboral a través de 25 Centros de Servicio Público de Empleo y renueva su oferta de formación en consulta directa con el sector productivo.

Esta infraestructura, los programas que desarrolla con base en ella y la información que difunde, constituyen un factor de impulso a la productividad y a la competitividad.

SERVICIOS

Todos los servicios que presta el SENA son gratuitos gracias a que se financia principalmente de los aportes parafiscales que realizan los empresarios y trabajadores de todo el país.

El SENA es un actor importante en la promoción y el fomento de una cultura empresarial y social, generadora de condiciones y capacidades locales y sectoriales para la incorporación, innovación y transferencia de tecnología, así como la promoción y creación de nuevas empresas basadas en el conocimiento en pro del desarrollo económico y social del país.

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En ese sentido, el SENA dispone del conocimiento y del capital humano requerido para continuar con la política de apoyo a la creación de nuevas empresas, fortalecer las existentes en particular las MIPYMES, y fomentar el sector solidario en todos los municipios del país.

El SENA cuenta con 115 centros de formación profesional en toda Colombia. Algunos de los servicios que presta el SENA son:

Formación Profesional Integral (Formación Titulada de Técnicos Profesionales y Tecnólogos y Formación Complementaria).

Integración con la Educación Media. Aulas móviles. Programa Jóvenes Rurales y Jóvenes en Acción. Formación Virtual. Intermediación laboral: Servicio público de empleo y trabajo -SPE. Programa Líderes del Desarrollo. Emprendimiento y Empresarismo. Promoción de la Innovación, el Desarrollo Tecnológico y el Emprendimiento. Banca de las Oportunidades. Apoyos de Sostenimiento para los aprendices de más bajos ingresos. Fondo Emprender. Unidades de Emprendimiento. Red Tecnoparque Colombia. Colombia Certifica, que Evalúa y Certifica las Competencias Laborales. Formación Especializada del Talento Humano vinculado a las Empresas. Administración de las Mesas Sectoriales. Normalización de Competencias Labores.

REGIONALES DEL SENA

 

Directores Regionales SENA

REGIONAL DIRECTOR REGIONAL TELÉFONO E-MAIL

Antioquia Hugo Armando Graciano 094 5760000 [email protected]

Atlántico Jorge Luis Restrepo 095 3510799 [email protected]

Amazonas José Javier Novoa Panesso

098 5927626 [email protected]

Arauca Hugo Ramón Martínez Arteaga

097 856339 [email protected]

Distrito Capital Germán Alberto Chaves Correal

091 5461600 [email protected]

Bolívar Juan José Castillo Rodríguez.

095 6539040 [email protected]

Boyacá Samuel Antonio Gómez 0987721313 [email protected]

Caldas Francisco Javier Jaramillo 096 8741396 [email protected]

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Caquetá Diego Luis Rojas Navarrete

098 4344612 [email protected]

Casanare Núbia Esperanza Blanco 098 6356017 [email protected]

Cauca Jose María Arboleda 092 8244372 [email protected]

Cesar Carmen Marlene Quintero 095 5710101 [email protected]

Córdoba Deyanira Guerra Villabón 094 7833315 [email protected]

Cundinamarca Mauricio Parra Parra 0915978250 [email protected]

Choco María Luisa Parra Murillo 094 6723800 [email protected]

Guajira Linda de Jesús Tromp 095 7283008 [email protected]

Guainía Bilialdo Tello Toscazo 098 5656271 [email protected]

Guaviare Martha Lucia Campiño Barrera

098 5840010 [email protected]

Huila Camilo Castrillón 098 8757040 [email protected]

Magdalena Lourdes María Caballero 095 4212068 [email protected]

Meta Cielo Isabel Usme Andrade

098 6825151 [email protected]

Nariño Sara Ángela Arturo González

092 7306602 [email protected]

Nte de Santander José Antonio Lizarazo 097 5783030 [email protected]

Putumayo José Antonio Pinzón Archila

098 4227376 [email protected]

Quindío Hernán Hoyos Walteros 096 7495410 [email protected]

Risaralda Rosalba López Gómez 096 3261666 [email protected]

San Andrés Elizabeth Jay-Pang Díaz 098 5121752 [email protected]

Santander Leonardo Henández Silva 097 6800600 [email protected]

Sucre Marco Eugenio Gómez 095 2801809 [email protected]

Tolima Félix Ramón Triana 098 2709600 [email protected]

Valle Esperanza Adriana Ramos

092 4315800 [email protected]

Vaupés Ventura Meléndez Urueta 098 5642223 [email protected]

Vichada José Norberto Ospina 098 5655053 [email protected]

 

 

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ESPECIALIZACIONES

Programas de nivel superior de técnico y tecnólogo. Donde se hace presencia con respuestas en todas las necesidades de la comunidad y de los empresarios del país.

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

DECRETO 934 - 11/04/2003

Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Emprender ¿ FE.2002.

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República expidió la Ley 789 de 2002, por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo; Que el artículo 40 de la citada ley creó el Fondo Emprender ¿ FE, como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, el cual será administrado por esa entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales, en los términos allí dispuestos; Que le corresponde al Gobierno Nacional determinar las condiciones generales que sean necesarias para el funcionamiento del Fondo Emprender ¿ FE,

DECRETA: CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1°. Naturaleza del Fondo Emprender FE. El Fondo Emprender FE es una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, administrada por esta entidad, el cual se regirá por el derecho privado.

Artículo 2°. Objeto del Fondo Emprender FE. El Fondo Emprender FE tendrá como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales, cuyaFormación se esté desarrollando o se haya desarrollado en las Instituciones reconocidas porel Estado, de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

Artículo 3°. Definición de aprendices. Para efectos del presente decreto, entiéndase por Aprendices, las personas que sean alumnas o certificadas por el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.

También se consideran aprendices los alumnos de las instituciones que el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, reconozca o autorice para desarrollar cursos o programas orientados a la formación y capacitación de aprendices, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

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Disposiciones finales

Artículo 13. Régimen jurídico de los actos y contratos del Fondo Emprender ¿ FE. De conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 40 de la Ley 789 de 2002, los contratos que celebren para el funcionamiento y cumplimiento del objeto del Fondo Emprender se regirán por las reglas del derecho privado, sin perjuicio del deber de selecciónObjetiva de los contratistas y del ejercicio del control por parte de las autoridades competentes y organismos de control.

Los recursos del Fondo Emprender ¿ FE no estarán sujetos a inversiones forzosas. Su portafolio será manejado atendiendo exclusivamente criterios de rentabilidad y seguridad de los recursos.

Artículo 14. Recurso humano. El Fondo Emprender ¿ FE contará con el personal requerido de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.

Artículo 15. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.

Ministros y Ministerios

Ministros de Colombia

En Colombia los ministros son los funcionarios que junto con el Presidente forman el Gobierno Nacional. Tradicionalmente el gabinete de ministros ha sido la cartera de donde han surgido la mayoría de los mandatarios del país.

Requisitos

Para ser ministro se requiere ser ciudadano colombiano, mayor de 25 años y no tener inhabilidades ni incompatibilidades para con el cargo.

Ministros

En Colombia existen trece Ministerios:

1. Ministerio del Interior y Justicia (Colombia) (Fabio Valencia Cossio)

2. Relaciones Exteriores (Jaime Bermúdez Merizalde)

3. Hacienda y Crédito Público (Óscar Iván Zuluaga)

4. Defensa Nacional (Gabriel Silva Luján)

5. Agricultura y Desarrollo Rural (Andrés Fernández Acosta)1

6. Protección Social (Diego Palacio Betancourt)

7. Minas y Energía (Hernán Martínez Torres)

8. Comercio, Industria y Turismo (Luis Guillermo Plata Páez)

9. Educación Nacional (Cecilia María Vélez White)

10. Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Carlos Rufino Costa Posada)

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11. Tecnologías de la Información y Comunicaciones (Daniel Medina Velandia)

12. Transporte y Obras Públicas (Andrés Uriel Gallego Henao)

13. Cultura (Paula Marcela Moreno)

El orden anterior es establecido por tres razones:

Protocolaria: En ese orden hablarán en los actos públicos.

Formal: En ese orden serán firmados sus decretos por el Presidente.

Delegación: En ese orden se define quién reemplaza al Presidente de la República en sus viajes al extranjero, con la salvedad de que el Ministro Delegatario debe pertenecer al mismo partido político que el Presidente según el artículo 196 de la Constitución Nacional.

ALCALDES DE COLOMBIA

Bogotá: Samuel Moreno Rojas, Polo Democrático Alternativo.

Medellín: Alonso Salazar, Alianza Social Indígena.

Cali: Jorge Iván Ospina Gómez, Movimiento Podemos Cali.

Barranquilla: Alejandro Char, Partido Liberal Colombiano.

Arauca: William Alfonso Reyes Cadena, Alas Equipo Colombia.

Armenia: Ana María Arango Álvarez, Partido Cambio Radical.

Bucaramanga: Fernando Vargas Mendoza, Partido Liberal Colombiano.

Cartagena: Judith del Carmen Pinedo Flórez, Movimiento Por una sola Cartagena.

Cúcuta: María Eugenia Riascos, Movimiento Alianza Social Indígena.

Florencia: Gloria Patricia Farfán Gutiérrez, Movimiento Nacional Afrocolombiano.

Ibagué: Jesús María Botero Gutiérrez, Partido Liberal Colombiano.

Inírida: Marta Sulay Parra Borda, Partido de la U.

Leticia: José Ricaurte Rojas Guerrero, Partido Cambio Radical.

Manizales: Juan Manuel Llano Uribe, Movimiento de Salvación Nacional.

Mitú: Javier Miguel Vargas Castro, Partido Liberal Colombiano.

Mocoa: Mario Luís Narváez Gómez, Partido Conservador Colombiano.

Montería: Marcos Daniel Pineda, Partido Conservador Colombiano.

Neiva: Héctor Aníbal Ramírez, Partido Conservador Colombiano.

Pasto: Eduardo Alvarado Santander, Movimiento Opción Pasto.

Pereira: Israel Alberto Londoño Londoño, Partido de la U.

Popayán: Ramiro Antonio Navia Díaz, Partido Conservador Colombiano.

Puerto Carreño: Gregorio Alberto Hernández Colina, Partido Liberal Colombiano.

Quibdó: Francis Ceballos Mosquera, Partido de la U.

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Riohacha: Jaider Antonio Curiel Choles, Partido Conservador Colombiano.

San Andrés: Pedro Clavel Gallardo Forbes, Movimiento Integración Regional.

San José del Guaviare: Pedro José Arenas García, Partido Verde Opción Centro.

Santa Marta: Juan Pablo Diazgranados Pinedo, Partido Liberal Colombiano.

Sincelejo: Jesús Antonio Paternina, Movimiento Colombia Viva.

Tunja: Arturo José Fructuoso Montejo Niño, Partido Liberal Colombiano.

Valledupar: Rubén Alfredo Carvajal Riviera, Movimiento Adelante Valledupar.

Villavicencio: Héctor Raul Franco Roa, Partido Liberal Colombiano.

Yopal: Lilian Fernanda Salcedo Restrepo, Partido Cambio Radical.

GOBERNADORES DE COLOMBIA

Amazonas: Felix Francisco Acosta Soto - Partido Convergencia Ciudadana.

Antioquia: Luís Alfredo Ramos Botero - Partido Alas Equipo Colombia

Arauca: Freddy Forero Requiniva - Partido Cambio Radical

Atlántico: Eduardo Verano de la Rosa - Partido Liberal

Bolívar: Joaco Hernando Berrio Villarreal - Cambio Radical

Boyacá: José Rozo Millán - Partido Verde Opción Centro

Caldas: Mario Aristizabal Muñoz - Cambio Radical , Liberalismo y Conservatismo.

Caquetá: Luís Francisco Cuellar - Movimiento Alianza Social Indígena

Casanare: Oscar Raúl Ivan Florez Chavez - Partido de la U

Cauca: Guillermo Alberto González - Movimiento Nacional Afrocolombianos

Cesar: Cristian Hernando Moreno - Partido Verde Opción Centro

Chocó: Patrocinio Sanchez Montes - Partido de la U

Córdoba: Marta Sáenz Correa - Partido Liberal

Cundinamarca: Andrés González Gómez - Partido Liberal

Guainía: Ivan Vargas Silva - Partido de la U

Guaviare: Oscar de Jesús López Cadavid - Partido Conservador

Huila: Luís Jorge Pajarito Sánchez - Partido Conservador

La Guajira: Jorge Eduardo Perez Bernier - El Pueblo Decide

Magdalena: Omar Ricardo Díaz Granados - Partido de la U

Meta: Dario Vásquez Sánchez - Partido de la U. (Sin definir)

Nariño: Antonio Navarro Wolff - Polo Democrático Alternativo

Norte de Santander: William Villamizar Laguado - Partido Conservador

Putumayo: Felipe Alfonso Guzman - Partido Liberal

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Quindío: Julio Cesar López Espinoza - Por un Quindio para Todos

Risaralda: Victor Manuel Tamayo - Partido Conservador

San Andrés: Pedro Clavel Gallardo - Integración Regional

Santander: Horacio Serpa Uribe - Partido de la U.

Sucre: Jorge Carlos Barraza Farak - Partido de la U. (Sin definir)

Tolima: Oscar Barreto Quiroga - Coalición Partido Conservador, Partido de la U y Cambio

Radical.

Valle del Cauca: Juan Carlos Abadía - Por un Valle Seguro

Vaupés: José Leonidas Soto Muñoz - Cambio Radical

Vichada: Blas Alvelio Ortiz Rebolledo - Partido de la U. (Por definir)

CONSTITUCIÓN DE COLOMBIA DE 1991

La 'Constitución de 1991 es la actual carta magna de la República de Colombia. Derogó a la

Constitución de 1886. También se ha empezado a conocer con el nombre de "Constitución de los

Derechos Humanos". Fue promulgada en Bogotá el 4 de julio de 1991

Historia

Después de una agitada historia constitucional en el siglo XIX, Colombia, había sufrido varias

reformas adaptándose a los tiempos y las circunstancias del país. | En 1988, una fallida reforma que

pretendía extender la participación ciudadana en la política y evitar la corrupción administrativa,

entre otras cosas, dio lugar a un movimiento estudiantil y político que propuso la convocatoria a una

asamblea constituyente para las elecciones de 1990.

El movimiento promocionó la así llamada séptima papeleta, propuesta surgida de estudiantes

colombianos para las elecciones legislativas de 1990. Si bien el consejo electoral no aceptó la

inclusión oficial de este voto, adicional a los votos por Senado, Cámara de Representantes, Asamblea

Departamental, Gobernador, Consejo Municipal y Alcaldes; este se contó extraoficialmente y la

Corte Suprema reconoció la mayoritaria voluntad popular validando el voto.

En diciembre de 1990 se convocaron a comicios para elegir los representantes a una Asamblea

Nacional Constituyente, la cual promulgó la nueva constitución en 1991.

Los presidentes de la constituyente fueron: Alvaro Gómez Hurtado por el Partido Conservador,

Horacio Serpa por el Partido Liberal, y Antonio Navarro por el M-19.

Principales puntos

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La Constitución Política, reemplazo al Código Civil de Bello, como principal fuente de derecho en

Colombia, mutando su condición de mudo referente programático, a una parte viva del derecho.

Como novedades, se resaltan las siguientes:

De la supremacía e integridad de la Constitución: en virtud de estas funciones, decide sobre las

demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos en acción pública contra las leyes,

decretos legislativos, leyes aprobatorias de tratados internacionales, convocatorias a referendo o

asamblea constituyente y contra las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los

derechos constitucionales, a manera de revisión, con el objetivo de unificar jurisprudencia y

establecer precedente judicial obligatorio, lo que en la actualidad se conoce como Doctrina

Constitucional.

Se instituye la Democracia participativa sustituyendo a la democracia representativa.

Se instituye, además la acción de tutela como un mecanismo expédito y efectivo para que los

ciudadanos puedan hacer valer sus derechos fundamentales a partir del artículo 8 de la Declaración

Universal de Derechos Humanos de 1948. De la misma manera en aras de desarrollar, el nuevo

estatus de estado social, se incluyó en la Constitución Política, un listado de derechos económicos

sociales y culturales, que aunque de carácter programático, pueden llegar a ser de aplicación

inmediata ya sea a través de la igualmente constiucional Acción Popular o por conexidad con

derechos de rango fundamental.

Se prohíbe la extradición de nacionales colombianos. Este artículo fue derogado en 1997, mediante

acta legislativo de reforma constitucional.

Se prohíbe la reelección presidencial inmediata y alterna (la reelección presidencial inmediata ya

estaba prohibida en la Constitución de 1886 y constituciones anteriores). Esta norma fue derogada

por acto legislativo de reforma constitucional aprobada en 2004 y declarada exequible por la Corte

Constitucional el 19 de octubre de 2005.

Se sustituye el Estado de sitio por el Estado de excepción y Guerra externa.

En su artículo 53, se crean obligaciones iusfundamentales relacionadas con los derechos laborales,

tales como la libre asociación, el derecho de huelga, y el principio de In dubio pro operario, los

cuales, dado su carácter ya mencionado, son suceptibles de protección, a través de la acción de

tutela. En la misma oportunidad se obliga al Estado a expedir el Estatuto del Trabajo.

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RAMAS DEL PODER

Sistema Ejecutivo: Presidente (No reelegible de por vida), Vicepresidente y los Ministros

determinados por la Ley. El presidente y el Vicepresidente son elegidos para un período de 4 años

por la mitad más uno de los votos emitidos en votación popular directa.

Sistema Legislativo: Congreso bicameral formado por el Senado (Ciento dos miembros elegidos por

circunscripción nacional para un término de 4 años y un número adicional de 2 senadores elegidos

en circunscripción nacional por comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes (Ciento

sesenta y un miembros elegidos por 4 años, dos representantes por cada circunscripción nacional y

uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 25.000).

Sistema Judicial: Corte Suprema de Justicia, Corte Constitucional, Consejo de Estado, Tribunales y

Juzgado y Corte Electoral. La respectiva corporación nombra a los magistrados, a partir de listas

enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura.