Conociendo Nuestros Derechos Laborales Desde Una Perspectiva de Genero

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Conociendo Nuestros Derechos Laborales Desde una Perspectiva de Género Ministerio de trabajo, eMpleo y previsión social Unidad de Derechos Fundamentales

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  • Conociendo Nuestros Derechos Laborales

    Desde una Perspectiva de Gnero

    Ministerio de trabajo,eMpleo y previsin social

    Unidad de Derechos Fundamentales

  • Daniel Santalla TorrezMinistro de Trabajo, Empleo y Previsin Social

    Ruben Zabaleta VerasteguiViceministro de Trabajo y Previsin Social

    Olga Pilar Limachi MamaniEspecialista de GeneroUnidad de Derechos Fundamentales

    Alexia Belluscio MarecoJefe Unidad de Comunicacin

    Alberto Espinoza ApazaDiseo grfico y diagramacinUnidad de comunicacin

    Creditos:

  • PresentacinSaber que la Constitucin Poltica del Estado y otras normas legales protegen los derechos de las y lostrabajadores bolivianos es importante, cotidianamente interactuamos en diferentes entornos sociales, en el TRABAJO que habitualmente desarrollamos, en una institucin, una empresa, la casa, el campo, la mina, el comercio y en diferentes lugares, debemos conocer nuestros derechos.

    A travs del tiempo las leyes se modificaron, las diferentes normativas establecidas en el pas, dieron paso a que el ejercicio de los derechos laborales sean respetados, especialmente el de las mujeres, este proceso de cambio ha logrado abrir espacios de gnero que no existan anteriormente, aun con los cambios, la lucha de las mujeres para el cumplimento de estas normas, sigue latente, los cambios son todava una lucha de cumplimiento.

    La finalidad de tener un empleo, no es solo econmico, tambin es social, esta situacin contribuye aldesarrollo del pas, es por esa razn que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsin Social garantiza y protege los derechos laborales de las y los trabajadores, logrando fortalecer el TRABAJO DIGNO.

    De esta manera apoyamos a la poblacin con la presentacin de esta cartilla, la que servir para orientar a las y los empleadores, trabajadoras y trabajadores en el ejercicio de sus relaciones laborales.

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    Hacia un futuro mejor con trabajo digno

  • MUJERT I E N E SDERECHOS

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    Los derechos de las mujeres en la Constitucin Poltica del EstadoA lo largo de la historia de Bolivia, la situacin de las mujeres ha sido de desigualdad en relacin a los hombres, principalmente con la asignacin de roles diferenciados, lo que ha provocado relaciones de poder y en consecuencia discriminacin de las mujeres respecto a una igualdad de condiciones yoportunidades en lo que se refiere al acceso a la salud, educacin, empleo, tenencia de tierras, entre otros.

    Durante la ltima dcada, se ha visibilizado el trabajo en favor de la promocin y el ejercicio de losderechos de las mujeres; mediante su participacin social y poltica en diferentes espacios.

    Existen diferentes instituciones pblicas y privadas; organizaciones sociales que han impulsado tareas como mesas de trabajo, debates, propuestas y recojo de demandas para que se vean reflejadas primero con propuestas concretas en la Asamblea Constituyente, luego en la inclusin y aprobacin de artculos claves en la actual Constitucin Poltica del Estado (CPE) lo que ha dado lugar al sostn jurdico de la creacin de una normativa que busca una sociedad de iguales entre hombres y mujeres sin exclusin ni discriminacin.

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    Una gua prctica para salir de dudasLa Declaracin Universal de Derechos Humanos establece en su artculo 23, que toda persona tienederecho al trabajo, a la libre eleccin de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la proteccin contra el desempleo.

    Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente til; a efecto, se promover la creacin deempleos y la organizacin social para el trabajo, conforme a la ley

    Qu entendemos por derecho?Es el conjunto de leyes y normas que rigen la vida de las personas, buscando el bienestar de la poblacin. El Estado Plurinacional reconoce nuestros derechos a travs de la Constitucin Poltica del Estado.

    Qu dice la Constitucin Polticadel Estado (CPE)?

    La CPE manifiesta que: los valores de unidad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armona, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de gnero en la participacin, bienestar comn, responsabilidad, justicia social, distribucin y redistribucin de los productos y bienes sociales, garantizan el vivir bien.

  • En su art. 13 declara que: los derechos reconocidos por esta Constitucin son inviolables, universales,interdependientes, indivisibles y progresivos. Por tanto, el Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlosy respetarlos.

    Cules son los derechos fundamentalespara vivir bien?La CPE en su Art 15 al 20, seala que para vivir bien tenemos los siguientes derechos:

    Derecho a la vida Derecho a la integridad personal fsica, psicolgica y sexual Derecho a la verdad Derecho a la libertad personal Derecho a la seguridad pblica Derecho al agua, seguridad alimentaria, acceso a los servicios bsicos Derecho a la educacin y salud Derecho al hbitat y la vivienda

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    La CPE otorga derechos a las mujeres?S, garantiza los derechos civiles y polticos de las mujeres en igualdad de condiciones y oportunidades que el de los varones:

    En el nuevo texto constitucional seincorpora la equidad social y de gnerocomo uno de los valores que sustenta

    al nuevo modelo de Estado.Tambin hace referencia a laequidad e igualdad de gnero

    en la aplicacin de polticas pblicas.

    Las mujeres pueden votar y ser elegidas para cargos pblicos, en igualdad de condiciones que los varones, sin discriminacin alguna.

    En su Art 11 adopta para su gobierno la forma democrtica partici-pativa, representativa y comunitaria, con igualdad de condiciones entre hombres y mujeres.

    A su vez, prohbe y sanciona todas las formas de discriminacin, por ser una de las principales fuentes de desigualdad, por ello la CPE toma en cuenta la voluntad del pueblo a partir de la Asamblea Constituyente.

    En su Art 14, Prohbe y sanciona toda forma de discriminacinfundada en razn de sexo, color, edad, orientacin sexual, identidadde gnero, origen, cultura, nacionalidad, ciudadana, idioma, credoreligioso, ideologa, filiacin poltica, o filosfica, estado civil,

  • condicin econmica o social, tipo de ocupacin, grado de instruccin, discapacidad, embarazo y otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de todas las personas

    Garantiza el derecho a vivir sin violencia y con dignidad, porque la violencia no es un tema privado, es un problema pblico que afecta a la sociedad en su conjunto.

    El Art 15, pargrafo II, seala: todas las personas, en particular las mujeres,tienen derecho a vivir sin violencia fsica, sexual o psicolgica; tanto en lafamilia como en la sociedad debemos respetar los derechos de las mujeres.

    Tambin incorpora el derecho a recibir educacin con equidad de gnero, sindiferencia de roles ni violencia, porque la educacin es la base para democratizarlas relaciones entre hombres y mujeres en el marco de la complementariedad y elrespeto.

    La violencia de gnero en contra de las mujeres se da en las relaciones sociales,econmicas, culturales, polticos y otros espacios de la vida.

    En los espacios de formacin tambin se debe fomentar los valores de civismo, tica, roles compartidos entre hombres y mujeres, la no violencia y otros.

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    Tenemos derecho al sistema de salud?S, el derecho a la salud y la seguridad social no son excluyentes ni discriminatorios, el sistema de salud es universal, gratuito, y con criterios de gnero toma en cuenta las costumbres de los pueblos indgena originarios.

    Tanto hombres como mujeres, sin importar nuestra condicin social, laboral, ni cultural, tenemos acceso a los servicios de salud, somos beneficiarios derentas y otras prestaciones. Por tanto, la CPE incluye en sus alcances alos desempleados, a los trabajadores del campo, a las madres, a los padres,y a las personas con discapacidad.

    Las mujeres podemos tener tierras?La realidad social del pas muestra que cada vez ms las mujeres sededican al trabajo agrcola, a pesar de ello no se las considera comoprincipales beneficiarias, a la muerte de su concubino la ley no lasprotege y por razones culturales no son tomadas en cuenta en lasucesin hereditaria.

    Por ello para proteger a las mujeres, el Estado desarrolla polticas de desarrollo rural, donde las mujeres tienen derecho a la dotacin y titularidad de tierras, sin importar su estado civil o unin conyugal.

  • Las madres, los nios y nias, tienen derecho a las asignaciones familiares, que comprenden:

    Con salud universal

    SUMI, nios y nias, desde su nacimiento hasta los 5 aos de edad. Bono Juana Azurduy Seguro de Salud para el Adulto Mayor (SSPAM)

    Mujeres gestantes y en periodo post natal: 1er control prenatal: Bs. 50 2do control prenatal: Bs. 50 3ro control prenatal: Bs. 50 4to control prenatal: Bs. 50 Parto institucional ms control post-natal: Bs.120 Nios y nias menores a dos aos: 12 controles bimestrales integrales es de salud cada uno por Bs. 125 Haciendo un total de hasta Bs. 1820 en un periodo de 33 meses

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    La atencin debe ser con calidad, calidez y control social, tiene principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad

    Seguro de Salud para el Adulto Mayor

  • Con seguro social Filiacin personal y de familia A consultas mdicas, especialidades, bajas por enfermedad o accidente El subsidio prenatal, natalidad, lactancia y sepelio

    El subsidio prenatal, es un pago mensual en dinero o especie, durante los ltimos 5 meses de embarazo. El subsidio postnatal comprende un pago mensual en especie, equivalente a un salario mnimo, hasta que el nio cumpla un ao de vida. Lactancia materna, mediante DS 115/09, el Estado garantiza que todas las mujeres durante el periodo de lactancia, tendrn pequeos periodos de descanso al da no inferiores en total a una hora para que puedan dar de lactar a sus hijos menores de 1 ao.

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    El Estado protege a las familias?S, protege a las familias porque son el ncleo fundamental de la sociedad, tambin reconoce que en la rea-lidad boliviana existen diferentes tipos de familia.

    En algunos municipios cuentan con iniciativas de seguro social, por ejemplo:en la ciudad de El Alto, el Seguro Escolar de salud obligatorio (SESO), queapoya a nios y adolescentes en edad escolar, pregunta en tu municipio quformas de seguro existen, si no ests afiliado a ninguna caja de salud.

  • Las responsabilidades familiares, deben ser compartidas?

    La igualdad de derechos y deberes de los cnyugues en la familia, deben darse de manera democrtica, los quehaceres de la casa, las tareas de los nios y las responsabilidades del hogar, ahora son compartidos, tanto hombres como mujeres llevamos la responsabilidad de la familia.

    El ejercicio de los derechos sexuales, debe ser voluntario, sin maltrato alguno, tambin debe obtenerseinformacin sobre planificacin familiar.

    Dentro de una estructura machista (divisin de roles en razn de sexo), las mujeres adems de sus obligaciones laborales, tienen obligaciones tradicionales dentro el hogar.Esta doble explotacin contra las mujeres ocasiona cansancio fsico y desgaste emocional.

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    Las mujeres bolivianas tenemos derecho a trabajar?

    La incorporacin de las mujeres al mercado laboral se ha incrementadoen los ltimos aos. Segn datos del INE, del total de la poblacinocupada, el 39,93 % son mujeres con empleo en contraposicin con el60.07% de hombres. Su remuneracin contina siendo inferior a la delos hombres y su jornada de trabajo es ms extensa, fuera de laactividad productiva, a diario realizan actividades del hogar, tambinestn inmersas en el trabajo comunal.

    La condicin laboral de las mujeres en el rea urbana est caracterizada princi-palmente, por trabajos por cuenta propia como la economa informal.En el rea rural est basado en una organizacin familiar y comunitaria.

    El 29,5% de las familias tienen como jefe de hogar una mujer.Las mujeres tenemos derecho al trabajo digno sin discriminacine igual salario. El Estado promueve la incorporacin de las mujeres al trabajo y garantiza la misma remuneracin que a los hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el mbito pblico como en el privado. (Art. 48, pargrafo V, CPE)

    De cada 100 mujeres:

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  • La discriminacin econmica contra las mujeres es una de las causas de la desigualdad, mujeres indgenas o de barrios urbano populares, no saben ni conocen sus derechos y estn forzadas a aceptar trabajos con diferentes modalidades de contratacin y explotacin.

    Debemos tener un contrato de trabajo?S, para trabajar debemos tener un contrato laboral, que es un acuerdo en el que unempleador/a toma los servicios de otra persona a cambio de una remuneracino salario, el contrato puede ser verbal o escrito, individual o colectivo. Existen tres modalidades de contrato laboral Contrato a tiempo indefinido: Se determina la fecha de inicio pero no la fecha de finalizacin. Contrato a plazo fijo: Se determina la fecha de inicio y de culminacin. Contrato de ejecucin de obra o servicio: Se determina la fecha de inicio y la finalizacin depender de la conclusin de la obra o servicio

    Qu entendemos por jornada laboral?La jornada de laboral es el periodo durante el cual las y los trabajadores prestan sus servicios para el empleador/a, realizando actividades propias del oficio para el que fueron contratados. Las mujeres deben trabajar 40 horas por semana y el trabajo de los varones no exceder a 8 horas por da y 48 horas porsemana.

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    El trabajo nocturno se pagar con el 25% ms de su haber bsico, en caso de realizarse el trabajo en esta-blecimientos industriales, su pago ser ms el 30% de su sueldo bsico.

    La jornada de trabajo debe tener un descanso de dos horas por da, en caso de trabajar en horario continuo la jornada laboral es de 7 horas y el descanso debe ser de 1 hora.

    Podemos tener vacacin?Debido al desgaste fsico y/o psicolgico que realizamos trabajando, la vacacin es un descanso anualobligatorio, que se da despus de haber trabajado un ao y un da sin interrupcin.

    Las y los trabajadores que hayan trabajado

    de 1 a 5 aos descansarn 15 das

    hbiles

    Trabajando de 5 a 10 aos se descansa 20

    das hbiles

    Y de 10 aos en adelante se descansa

    30 das

  • Qu entendemos por remuneracin econmica?Es el pago por el trabajo que realizamos para nuestro empleador, este no puedeser menor al salario mnimo nacional.

    Existen diferentes formas de pago y distintas contrataciones, los obreros, loszafreros, los constructores y otras ramas manuales cobran cada 15 das y losservidores pblicos, servidores privados, maestros y dems cobran cada 30 das.

    El convenio 100 de la OIT, establece que la mano de obra femenina debe serremunerada de igual forma que la mano de obra masculina, por tanto debeser fijada sin discriminacin de sexos.

    Contamos con un rgimen de seguridad social?

    Para las y los trabajadores existe un rgimen de seguridad social, que se clasifica en el Seguro Social de Corto Plazo y Seguro Social a Largo Plazo.

    El Seguro Social a Corto Plazo, brinda atencin mdica para la reha-bilitacin de las y los trabajadores en casos de enfermedad comn, riesgo laboral y por maternidad.

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    El Sistema integrado de pensiones implementado con la Ley N 065, es aquel que permite a las y los traba-jadores, acceder a una pensin por causa de accidente, enfermedad y jubilacin, en caso de fallecimiento del trabajador los derechohabientes perciben una renta, finalmente se pagan los gastos de sepelio del trabajador.

    En el caso de la jubilacin, actualmente a los 58 aos de edad, para ello mnimo debemos tener10 aos de aporte.

    En el caso de las mujeres, por cada hijo nacido vivo, podrn bajar su edad de jubilacin hasta tres aos, es decir si una madre tiene tres hijos puede jubilarse a los 55 aos de edad.

    Cmo nos protegen a las mujeres embarazadas en el trabajo?Para una maternidad segura, el Estado brinda asistencia y proteccin, durante el embarazo, el parto y el nacimiento, debiendo tener un trato especial por su estado de gestacin.

    Podemos sufrir accidentesal dirigirnos a nuestro trabajo o en el propio trabajo.

    La actividad laboral,afecta nuestra salud.

    En el trabajo hay consecuencias Muerte Incapacidad absoluta y permanente Incapacidad absoluta y temporal Incapacidad parcial y permanente Incapacidad parcial y temporal.

  • En el embarazo se brinda los controles mdicos necesarios, se tiene un descanso de 45 das, para el pre natal y cuando, el hijo nace se tiene el descanso post natal de 45 das, las atenciones mdicas para la madre y el hijo/a son gratuitas.

    Adems se tiene derecho a una hora de lactancia por da, hasta que el hijo/a cumpla un ao de edad.

    El D.S: 0115 Art. 15. Permite que las madres en periodo de lactancia, lleven a sus bebs a sus fuentes de tra-bajo y de estudio, para que proporcionen lactancia materna exclusiva durante los seis (6) primeros meses de vida.

    Las mujeres no podrn ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situacin de embarazo, edad, rasgos fsicos o nmero de hijos o hijas. La Ley General del Trabajo en su art. 62, establece la creacin de salas cuna en empresas donde existan ms de 50 obreros.

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    La salud de las mujeres trabajadoras esimportante? La salud de las mujeres trabajadoras es importante para el Estado, por ello mediante la Ley Nro 252, se otorga a las mujeres trabajadoras un da libre remunerado para que se realicen los examenes de Papanico-laou y mamografa.

    Qu entendemos por inamovilidad laboral? Es la que garantiza que no se despida a la trabajadora cuando est emba-razada, tambin garantiza que no se despida al padre hasta que la hija o el hijo cumpla un ao de edad.

    Documentos a presentar para la inamovilidad laboral (DS 0012)

    Certificado mdico de embarazo Certificado de matrimonio o acta de reconocimiento advientre Certificado de nacimiento de la hija o del hijo

  • Para justificar el derecho a la tolerancia, deben presentar ante sus empleadores la constancia de haber asistido a la Caja de Salud, donde se encuentran aseguradas, o la atencin de un centro de salud autorizado; no es necesario presentar los resultados.

    Qu beneficios nos corresponden si nosdespiden? La Ley General del Trabajo establece que si una persona es despedida, se beneficiacon el pago de indemnizacin (pago de un salario por ao trabajado) y el pago deldesahucio (la suma del equivalente al salario percibido en 90 das)

    En caso de despido injustificado, la trabajadora o trabajador puede optar por sureincorporacin en el mismo cargo, ms el pago de sus beneficios sociales hasta elda de su reincorporacin o cobrar sus beneficios sociales.

    El preaviso: es el aviso escrito del empleador, para comunicarle al trabajador que en 90 das se terminarsu relacin laboral.

    Si la persona renuncia, no le corresponde el pago de desahucio, pero si trabaj ms de 5 aos puede cobrar su quinquenio. Debe comunicar a su empleador su retiro 30 das antes.Estos beneficios sociales deben ser cancelados en el tiempo no mayor 15 das, caso contrario el empleador pagar una multa equivalente al 30% a favor del trabajador.

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    Las mujeres tenemos participacin en lossindicatos, podemos conformar uno?

    Un comit sindical se conforma con la participacin de 10 a 12 trabajado-ras, esto permite tener representacin hacia el empleador y autoridades; el sindicato se conforma con 20 o ms trabajadoras y debe contar con una directiva de 6 a 8 miembros.

    Si, el sindicato defiende los intereses colectivos, los derechos laborales y la conquista de nuevos derechos de los afiliados. Es por eso que podemos contar con espacios para las mujeres y podemos participar de la directiva o conformar un sindicato.

    Los sindicatos trabajan en representacin de los intereses de lostrabajadores y las trabajadoras, por tanto hombres y mujerespueden participar en igualdad de condiciones y derechos, sinmiedo a represalias por parte del empleador.

  • En el proceso de conformacin de un sindicato se debe elaborar: El acta de constitucin del sindicato, es un acuerdo sobre las intenciones de sindicarse, se lo lleva ante el notario de fe pblica para que transcriba el Testimonio de Constitucin El estatuto orgnico, es el documento mediante el cual se detallan los puntos bsicos del sindicato El reglamento interno, se acuerda el rgimen disciplinario, formas de manejo econmico y otros.

    Tambin se debe realizar: El reconocimiento de la directiva, mediante Resolucin Ministerial, ante el Ministerio de Trabajo Tramite de la personera jurdica

    Una vez conformado el sindicato debemos tener en cuenta: Que debe estar conformado por las y los trabajadores con relacin de dependencia, en un trabajo que tenga 20 o ms trabajadores/as Es legtima una vez adquirido su personera jurdica Estar dirigido por el directorio elegido por las y los trabajadores En una empresa pueden haber dos o ms sindicatos pero deben organizar una sola representacin para el contrato colectivo

    La estructura de un sindicato est conformado por:La asamblea general, es la mxima autoridad donde se toman decisiones a travs de resoluciones.La junta directiva, cada miembro del directorio tiene a su cargo una secretaria o cartera.Los comits sindicales, desarrollan actividades especficas y se clasifican en el comit electoral y elcomit de huelga.

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  • Los congresos, son espacios de deliberacin de las entidades matrices como ser la COB, CODs, CORs, las federaciones y confederaciones. Existen dos tipos de congresos: El congreso ordinario, es el rgano mximo de la federacin o confederacin, cuyas decisiones deben ejecutarlas los organismos subalternos.El congreso extraordinario, se rene a peticin de los rganos afiliados para tratar temas especficos

    La constitucin garantiza el ejercicio de sus actividades a los dirigentes sindicales mediante el Fuero sindical

    Pueden realizar sus actividades sindicales sin ser despedidos, perseguidos, enjuiciados, ni tomados presos, sin embargo el empleador puede tramitar el desafuero sindical ante el juez de trabajo.

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    Funciones de un sindicato

    Defender los derechos de los trabajadoresAlcanzar mejores condiciones de trabajoObtener salarios justosConseguir estabilidad laboralObtener seguridad socialLograr capacitaciones

  • JEFATURA DEPARTAMENTALSANTA CRUZ

    JEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO TELFONO: (3) 3343199 3343906FAX: (3) 3343199DIRECCIN: C/Bolvar N175 frente a Cotas

    COCHABAMBAJEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJOTELFONO: ( 4) 4589455 4589450 FAX: (4) 4589450DIRECCIN: Av. Ayacucho entre Gral. Acha y Santibez N 271 Edif. El Clan, of. 3 piso

    SUCRE - CHUQUISACAJEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJOTELFONO FAX: (4) 6461003 6442411DIRECCIN: Calle Tarapac N 169 (entre calle Raveloy Av. Hernando Siles)

    ORUROJEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJOTELFONO FAX: (2) 5257329DIRECCIN: Calle 6 de Octubre N5837 entre Junn y Ayacucho 2 planta de la galera Central alado de Impuestos Internos

    BENI TRINIDADJEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO TELFONO FAX: (3) 4628868DIRECCIN: Calle pardo sucre y Arturo vaca diez N281

    TARIJAJEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO TELFONO FAX: (4) 6643178 - 6658577DIRECCIN: Sucre casi llegando Calle Ingavi N 181 Edif. Med Sur Piso 2 Orlinda Jiron Jiron Cel. 729-42292 (auxiliar)

    POTOSIJEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO TELFONO FAX: (2) 622-3891 DIRECCIN: Calle Bustillos N 867 - Multicentro Corona Real

    PANDO-COBIJAJEFATURA DEPARTAMENTAL DE TRABAJO TELFONO FAX: (3)8424127DIRECCIN: Av. 9 de Febrero N0367 Esq. Calle Los Tajibos Km 2,

    Dir. Calle Mercado esquina YanacochaTelfono central piloto 591-02-2408606 - 2406035

    Unidad de Derechos Fundamentales Calle Capitn Ravelo, N 2043 Telf. 2129017www.mintrabajo.gob.bo