Conformación del gobierno municipal

15
CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL Tribunal Electoral Interno

Transcript of Conformación del gobierno municipal

Page 1: Conformación del gobierno municipal

CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL

Tribunal Electoral Interno

Page 2: Conformación del gobierno municipal

¿Qué es la Municipalidad

Artículo 2 del Código Electoral (Ley 7794)

• Es la persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines.

Page 3: Conformación del gobierno municipal

Municipalidad y participación ciudadana

Artículo 5 del Código Electoral (Ley 7794)

• Las municipalidades fomentarán la participación, activa, consciente y democrática del pueblo en las decisiones del gobierno local. Las instituciones públicas estarán obligadas a colaborar para que estas decisiones se cumplan debidamente.

Page 4: Conformación del gobierno municipal

Puestos de elección popular en la Municipalidad

• Regidores Municipales.• Alcalde Municipal• Vicealcaldes Primero y Segundo• Síndicos Municipal• Miembros de los concejos municipales de distrito• Intendente• Vice intendente• Miembros de los concejos municipales de distrito

Page 5: Conformación del gobierno municipal

El Concejo Municipal

• El Concejo Municipal es un órgano deliberante integrado por regidores municipales de elección popular. (Artículo 169 de la Constitución Política y 12 del Código Municipal)

• El número de los regidores en cada Municipalidad varía entre 5, 7, 9 u 11 según datos provistos por la Dirección General de Estadística y Censos. (Artículo 21 del Código Municipal)

Page 6: Conformación del gobierno municipal

Los regidores municipales• Los actuales regidores municipales asumieron sus cargos el 1

de mayo del 2010 y permanecerán en su cargo hasta el 30 de abril del 2016.

• Los regidores son remunerados mediante el pago de dietas por asistencia al Concejo Municipal y siguiendo una tabla en la que las dietas varían según el presupuesto ordinario municipal. (Artículo 30 del Código Municipal)

Page 7: Conformación del gobierno municipal

Requisitos para ser regidor municipal

• Los actuales regidores municipales asumieron sus cargos el 1 de mayo del 2010 y permanecerán en su cargo hasta el 30 de abril del 2016.

• Los regidores son remunerados mediante el pago de dietas por asistencia al Concejo Municipal y siguiendo una tabla en la que las dietas varían según el presupuesto ordinario municipal. (Artículo 30 del Código Municipal)

Page 8: Conformación del gobierno municipal

El Alcalde Municipal• El artículo 14 del Código Municipal designa “alcalde municipal” al

funcionario ejecutivo señalado por la Constitución Política en su artículo 169.

• Cumple funciones inherentes a su condición de administrador general y jefe de las dependencias municipales, vigilando la organización, el funcionamiento , la coordinación y el fiel cumplimiento de los acuerdos municipales, las leyes y los reglamentos en general. (Artículo 17, inciso a del Código Municipal)

• Asiste, con voz pero sin votos a todas las sesiones del Concejo Municipal, asambleas, reuniones y demás actos que la municipalidad realice

Page 9: Conformación del gobierno municipal

Remuneración al Alcalde y Vicealcaldes

El artículo 20 del Código Municipal señala que

• El Alcalde Municipal recibe un salario que se ajusta según el presupuesto ordinario municipal.

• El Vicealcalde Primero recibe una remuneración del 80% del salario del Alcalde. A este funcionario le corresponden funciones administrativas y operativas que el Alcalde le señale (Artículo 14 del Código Municipal)

• El Vicealcalde Segundo no es remunerado ni con salario, ni con dietas.

Page 10: Conformación del gobierno municipal

Los síndicos municipales• Cada distrito está representado ante la Municipalidad por un

síndico propietario y un suplente, con voz pero sin voto. (Artículo 172 de la Constitución Política)

• Los síndicos reciben una dieta del 50% de la de un regidor por cada sesión remunerable del Concejo Municipal a la que asista.

• Los síndicos forman parte del Concejo de Distrito correspondiente.

Page 11: Conformación del gobierno municipal

Concejos de Distrito• Son órganos encargados de vigilar la actividad municipal y

colaborar en los distritos de las respectivas municipalidades. (Artículo 54 del Código Municipal)

• Los concejos de distrito están formados por cinco miembros propietarios, uno de ellos es el Síndico.

• Los miembros de los concejos de distrito desempeñan su cargo gratuitamente.

Page 12: Conformación del gobierno municipal

Concejos Municipales de Distrito• Según la Constitución Política, son órganos adscritos a la

Municipalidad con autonomía funcional propia. (Artículo 172)

• Para crear un concejo municipal de distrito se deben cumplir los siguientes aspectos (Artículo 2 de la Ley 8173)– Acuerdo de dos terceras partes del Concejo Municipal del cantón que le

corresponde.– Haber sido solicitado por un mínimo de doscientos cincuenta vecinos del

distrito.– Ser sometido a consulta popular con el apoyo de al menos 15% de los

votantes inscritos en el Cantón.

• Una ley especial votada por mayoría calificada de los diputados fija las condiciones para su estructura, financiamiento y financiación.

Page 13: Conformación del gobierno municipal

¿Dónde están los concejos municipales de distrito?

• Sólo se pueden crear concejos municipales de distrito en comunidades muy alejadas de la cabecera cantonal.

• Hay concejos municipales de distrito en Cervantes, Tucurrique, Colorado, San Isidro de Peñas Blancas, Lepanto, Cóbano, Paquera, Monteverde y Potrero Grande.

Page 14: Conformación del gobierno municipal

Conformación de los concejos municipales de distrito.

• Los concejos municipales de distrito están conformados por cinco concejales, uno de ellos es el síndico respectivo.

• Los concejales municipales de distrito tienen las mismas funciones de los concejos municipales.

• Los miembros de los concejos municipales de distrito perciben dietas por las sesiones remunerables a las que asisten.

Page 15: Conformación del gobierno municipal

Intendencias

• Las intendencias son los órganos ejecutivos de los concejos municipales de distrito.

• Hay un intendente y un viceintendente. El intendente percibirá un salario que no puede ser superior al contemplado para los alcaldes