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CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

BASES

CONCURSO PÚBLICO

N° 0070-2014-SEDAPAL

“SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR”

2014

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CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES

DEL

PROCESO DE SELECCIÓN

CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2014- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de

Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53° del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el Artículo 55° del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 54° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 57° del Reglamento.

1.7. ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 56° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

El Comité Especial debe incluir en el pliego de absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.8. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron

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acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

1.9. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59° y 60° del Reglamento.

De conformidad con el Artículo 31° del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo

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responsabilidad.

1.10. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos1.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1 Según modificación efectuada por DS N° 080-2014-EF.

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IMPORTANTE:

Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

1.11. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al Numeral 1.10, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el Artículo 68° del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

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En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.12. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado con dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2

1.13. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación 2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que

se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del

postor se incluyen en un solo sobre.

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técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.13.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de la propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.13.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el Artículo 33° de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

1.14. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los

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resultados de esta última.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el Artículo 71° del Reglamento.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73° del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.15. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.16. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el Artículo 282° del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el Artículo 122° del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPÍTULO III DEL CONTRATO

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3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO3

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso

corresponda. Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser

el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).

3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 149° del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

3.3. DE LAS GARANTÍAS

3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía

3 Según modificación efectuada por DS N° 080-2014-EF.

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por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el Artículo 39° de la Ley, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.3.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el Artículo 164° del Reglamento.

3.6. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el Artículo 171° del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección

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específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al Artículo 172° del Reglamento.

3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los Artículos 48° de la Ley y 166° del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el Artículo 165° del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.8. PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el Artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.9. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES

DEL

PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : SEDAPALRUC Nº : 20100152356

Domicilio legal : Autopista Ramiro Prialé N° 210 – El Agustino, para todos los efectos legales y administrativos del presente proceso de selección

Teléfono/Fax: : 317-3230Correo electrónico:

: [email protected] y/o [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto del presente proceso es la contratación del servicio de una persona natural o jurídica inscrita en el “Registro de Empresas e Instituciones Públicas o Privadas Autorizadas para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que elabore los instrumentos de gestión ambiental para cada una de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales administradas por SEDAPAL hasta conseguir su respectiva aprobación por la Autoridad Ambiental Competente.

1.3. FINALIDAD PÚBLICA

El presente servicio logrará que dichos instrumentos de gestión ambiental se elaboren teniendo en cuenta la normatividad ambiental vigente, y de ser el caso, utilicen estándares o parámetros internacionales, de manera que se cuente con una herramienta de gestión que permita el cumplimiento de las exigencias ambientales contempladas en la legislación peruana y así obtener los mejores resultados posibles en la mitigación y control de los impactos ambientales negativos atribuibles al desarrollo de las actividades y preservar la calidad de vida de la población bajo el correcto funcionamiento de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales; y así cumplir con la Política Ambiental de SEDAPAL.

El presente servicio, es solicitado por el Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, de la Gerencia de Gestión de Aguas Residuales de SEDAPAL.

1.4. VALOR REFERENCIAL4

El valor referencial del servicio asciende a S/. 1 115 100,00 (Un Millón Ciento Quince Mil Cien y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de setiembre de 2014.

IMPORTANTE:

4 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el Artículo 33° de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.

1.5. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación del presente proceso de selección fue aprobado mediante Informe N° 33-2014-GGAR del 04.11.2014 de la Gerencia de Gestión de Aguas Residuales.

1.6. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos directamente recaudados.

IMPORTANTE: La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la

Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.

1.7. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de contratación a Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.9. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los servicios materia del presente proceso se prestarán en el plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir del quinto día útil siguiente a la suscripción del contrato de prestación del servicio o al día siguiente de la comunicación por parte de SEDAPAL al CONTRATISTA sobre la designación del supervisor del servicio, lo que ocurra primero.

1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

S/. 5,00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles)

1.11. BASE LEGAL

- Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.

- Ley N° 29783 – Ley de seguridad y Salud en el Trabajo y Decreto Supremo N° 005-2012-TR – Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

- Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Sólidos y su Reglamento.- Decreto Supremo N° 022-2001-SA.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado,

modificada por Ley N° 29873. (en adelante La Ley)- Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley

de Contrataciones del Estado, modificado por Decreto Supremo N° 021-2009-EF. modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF.

- Decreto Supremo Nº 080-2014-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. (en adelante El Reglamento)

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Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN5

Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 03/12/2014Registro de participantes : Del: 04/12/2014 Al: 09/01/2015Formulación de Consultas : Del: 04/12/2014 Al: 11/12/2014Absolución de Consultas : 18/12/2014Formulación de Observaciones a las Bases

: Del: 19/12/2014 Al: 26/12/2014

Absolución de Observaciones a las Bases

: 02/01/2015

Integración de las Bases : 08/01/2015Presentación de Propuestas : 16/01/2015* El acto público se realizará en

: Autopista Ramiro Priale 210-Edificio principal SUM del Centro Operativo Principal La Atarjea, a las 10:00 horas

Calificación y Evaluación de Propuestas

: Del: 16/01/2015 Al: 22/01/2015

Otorgamiento de la Buena Pro : 23/01/2015* El acto público se realizará en

: Autopista Ramiro Priale 210-Edificio principal SUM del Centro Operativo Principal La Atarjea, a las 10:00 horas

IMPORTANTE: Debe tenerse presente que en un concurso público, entre la convocatoria y

la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo veintidós (22) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas, debe existir como mínimo cinco (5) días hábiles.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTESEl registro de los participantes es gratuito y se realizará en el Equipo Servicios Generales de SEDAPAL, sito en Autopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino – Edificio Principal Nueva Sede, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

IMPORTANTE:

5 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.

Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones deberán ser presentadas debidamente fundamentadas, de manera obligatoria por escrito ante la Secretaria del Equipo Servicios Generales de SEDAPAL, sito en Autopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial del Concurso Público N° 0070-2014-SEDAPAL, pudiendo remitir vía correo electrónico sus consultas u observaciones a los correos electrónicos horoscor @sedapal.com.pe y/o laraujo @sedapal.com.pe con el fin de agilizar el procesamiento de la información remitida.

No se procesarán consultas y/u observaciones que no se presenten por escrito ante   la Secretaria del Equipo Servicios Generales de SEDAPAL dentro de las fechas y horarios establecidos en las presentes bases.

IMPORTANTE: Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario

de atención no podrá ser menor a ocho horas

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.4. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en Autopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino, Edificio Principal del Centro Operativo Principal La Atarjea, Sala SUM en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario.

Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL, conforme al siguiente detalle:

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SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1.SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y dos (02) copias6.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos7, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos

6 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

7 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

SeñoresSEDAPAL

Autopista Ramiro Priale N° 210 – El agustinoAtt.: Comité Especial

CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL“SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR”

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

SeñoresSEDAPAL

Autopista Ramiro Priale N° 210 – El agustinoAtt.: Comité Especial

CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL“SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR”

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección8 (Anexo Nº 2).

c) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42° del Reglamento (Anexo Nº 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 4).

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).

f) Copia simple de la Resolución Directoral que acredite la vigencia en el Registro como empresa y/o entidad encargada para elaborar Estudios Ambientales en el sector Vivienda, en cumplimiento al DS N° 007-2004 -VIVIENDA, de fecha 24/04/2004, modificada por RM N° 547-2007-VIVIENDA publicado el 31/10/2007 y su Anexo publicado el 1/11/2007.

g) Coordinador General del servicio (01):g.1 Copia simple del título profesional en Ingeniería Sanitaria o

Ingeniería Ambiental o Ingeniería Química, debiendo estar colegiado y habilitado. (La colegiatura y certificado de habilidad profesional, serán presentados al Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, al inicio efectivo del contrato, tanto para aquellos titulados en el Perú o en el extranjero).

g.2 Copia simple del documento que acredite estudios en Gestión Ambiental.

g.3 Copia simple de la Resolución vigente, que acredite que el profesional propuesto como Coordinador, pertenece al staff de profesionales inscritos en el registro de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho documento debe indicar el nombre del profesional.

g.4 Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) y/o

8 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

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cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto, que acrediten experiencia mínima de un (01) año en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica y/o coordinación de prestación de servicios o trabajos de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales.

h) Profesionales (05):

h.1 Copia simple de la Resolución vigente, que acredite que los profesionales propuestos, pertenecen al staff de profesionales inscritos en el registro de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dicho documento debe indicar los nombres de los profesionales.

h.2 Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) y/o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia de los profesionales propuestos, que acrediten experiencia mínima de (01) año en desarrollo de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales.

La colegiatura y certificado de habilidad profesional, serán presentados al Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, al inicio efectivo del contrato, tanto para aquellos titulados en el Perú o en el extranjero).

Nota:En lo que respecta al Coordinador General el Servicio (01) y los Profesionales (05) no resulta impedimento para que la entidad antes de suscribir el contrato, en el ejercicio de su función fiscalizadora, verifique que la experiencia que se pretenda acreditar haya sido adquirida cuando los profesionales se encontraban habilitados legalmente para ello.

Documentación de presentación facultativa:

a) Experiencia del Postor en la Actividad, se acreditará a través de presentación de contratos y la respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobante de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional), con un máximo de diez (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar (serán considerados para la evaluación los diez (10) servicios de acuerdo al orden de presentación en expediente foliado), con una antigüedad no mayor a diez (10) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas, que sustenten la experiencia del postor en la actividad, en forma individual o asociada, en la prestación de servicios de elaboración de estudios de impacto ambiental. (Anexo 06).

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b) Experiencia del Postor en la Especialidad, se acreditará a través de presentación de contratos y la respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobante de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional), con un máximo de diez (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar (serán considerados para la evaluación los diez (10) servicios de acuerdo al orden de presentación en expediente foliado), con una antigüedad no mayor a diez (10) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas, que sustenten la experiencia del postor en la especialidad, en forma individual o asociada, en la prestación de servicios referidos a la elaboración de estudios de evaluación ambiental y/o en la elaboración de estudios de impacto ambiental relacionada al rubro saneamiento y/o Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales. (Anexo 07).

c) Cumplimiento del Servicio: Certificados o constancias que acrediten que el servicio se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades (para la acreditación del cumplimiento del servicio) tales certificados o constancias deberán referirse a los servicios que se presentarán para acreditar la experiencia del postor en la especialidad.

En el caso que los certificados o constancias de servicios presentados por el postor no indiquen expresamente que no se ha incurrido en penalidades, los postores deberán adjuntar la respectiva liquidación y/o conformidad del servicio, en el cual se desprenda claramente que los certificados o constancias corresponden a los servicios presentados como experiencia del postor y fueron realizados sin penalidades.

d) Personal Propuesto para la Prestación del Serviciod.1) Coordinador General del servicio (01):

Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) y/o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto, que acrediten experiencia mayor a un (01) año en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica y/o coordinación de prestación de servicios o trabajos de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales.

d.2) Profesionales (05):Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) y/o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia de los profesionales propuestos, que acrediten experiencia mayor a (01) año en desarrollo de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales.

e) Factor “Mejoras a las condiciones previstas en las Bases”Se otorgará puntaje al postor, en función a las mejoras que ofrezca y que permita una mayor eficiencia y eficacia en la ejecución del servicio sin que ello

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signifique un costo adicional para la entidad. (Ver Criterio de Evaluación Literal “C”).

IMPORTANTE: En caso exista contradicción entre la información presentada en la

propuesta técnica, la propuesta será descalificada. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para

el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio, de ser el caso.

En cualquier sub. factor, del rubro experiencia del personal propuesto en el cual no cumpla con sustentar la experiencia mínima solicitada, EL POSTOR SERÁ AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

En caso se detecte la presentación de documentos falsos y/o inexactos, se efectuará la descalificación del postor.

Los certificados y/o Constancias deberán indicar la descripción general de la o las actividades desarrolladas por éste y el periodo durante el cual las realizó, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases, de tal manera que permitan una evaluación objetiva, caso contrario no será considerado para la evaluación.

En lo que respecta al Coordinador General el Servicio (01) y los Profesionales (05) no resulta impedimento para que la entidad antes de suscribir el contrato, en el ejercicio de su función fiscalizadora, verifique que la experiencia que se pretenda acreditar haya sido adquirida cuando los profesionales se encontraban habilitados legalmente para ello

2.5.2.SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA

El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

a) La oferta económica en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. (Anexo N° 8).

El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado con dos (02) decimales.

IMPORTANTE: La admisión de la propuesta económica que presenten los postores

dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el Artículo 33° de la Ley y el Artículo 39° de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

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El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde: PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

En el caso de servicios de consultoría se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30

2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO9

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el OSCE.

b) Carta fianza de garantía de fiel cumplimiento del contrato. c) Copia vigente de la Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de

Proveedores emitido por el OSCE, como proveedor de servicios de la Empresa, en el caso fuera un consorcio deberán presentarlo cada consorciado.

d) Carta fianza de garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso.

e) Carta fianza de garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso.

f) Original del contrato de consorcio con firmas legalizadas de los representantes legales de los consorciados ante Notario Público, en el cual deberá consignarse la participación de cada uno de los consorciados, el representante legal común y a cargo de quien estará la facturación (indicar el RUC) por la prestación a realizar, de ser el caso.

g) Código de cuenta interbancario (CCI) de la cuenta corriente en moneda nacional para el depósito del pago por la prestación del servicio. (Bancos en los que SEDAPAL. realiza depósito en cuenta: Banco de Crédito del Perú, Scotiabank, Interbank y BBVA Banco Continental).

h) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.i) Copia de DNI del Representante Legal.j) Copia de la vigencia del poder y copia literal de la Partida Registral del

representante legal de la empresa, o de cada uno de los consorciados, de ser el caso, donde conste la inscripción del representante legal con sus respectivas facultades para suscribir contratos, expedida con una antigüedad no mayor a treinta (30) días naturales por la SUNARP.

k) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas y de cada uno de los consorciados, de ser el caso.

l) Copia del RUC de la empresa.m) Póliza de Deshonestidad Comprensiva por un monto equivalente a USD 10 000,00

(Diez mil y 00/100 Dólares Americanos), la cual debe estar vigente a la culminación del servicio e indicar que corresponde al presente proceso de selección así como

9 Según modificación efectuada por DS N° 080-2014-EF.

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señalar la descripción del servicio, debiendo adjuntar copia autenticada o copia legalizada de la cancelación del total de la prima de seguros y el endoso correspondiente, si lo hubiera. En caso de presentar el pago fraccionado se deberá adjuntar el cronograma correspondiente

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.

Al amparo de lo dispuesto en el Artículo 39° de la Ley, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, deberá consignarse lo siguiente:

“Alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”.

La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.

2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO10

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento.

La citada documentación deberá ser presentada en la oficina del Equipo Servicios Generales del Centro Operativo Principal La Atarjea, sito en Av. Ramiro Prialé Nº 210 El Agustino.

2.9. FORMA DE PAGOLa forma de pago será mediante pagos parciales, (conforme a lo establecido en los Términos de Referencia), a los quince (15) días calendario previa conformidad del servicio por parte del Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, que será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario, contados a partir de la entrega de la factura y entregables correspondientes por parte de EL CONTRATISTA.

De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad del Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales.

10 Según modificación efectuada por DS N° 080-2014-EF.

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- Informe del funcionario responsable del Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

- Comprobante de pago.

2.10. PLAZO PARA EL PAGOSEDAPAL debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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TERMINOS DE REFERENCIA

SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR

A. Antecedentes: El Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales - EG-PTAR, requiere elaborar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) para las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) bajo su cargo, que no cuentan con Estudios Ambientales, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 32°del Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento aprobado mediante D.S. N° 015-2012-VIVIENDA, en el que señala que aquella actividad del sector que se encuentre en funcionamiento sin contar con la respectiva certificación ambiental deberá presentar su PAMA para su adecuación a las obligaciones ambientales vigentes, y cuyo incumplimiento queda inmerso en causales de sanción.

Así mismo, estos Estudios Ambientales (PAMA) aprobados por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, son requisitos indispensables para la obtención de las “Autorizaciones Sanitarias de Vertimiento y/o Reúso de Aguas Residuales tratadas de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR)” tal como lo señala el numeral 23 y 24 del TUPA de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por D.S. N° 012-2010-AG, la R.J. N° 0291-2009-ANA, R.J. 218-2012-ANA y RJ. 224-2013-ANA en las que se dictan las disposiciones referidas al otorgamiento de autorizaciones de vertimientos y de reúsos de aguas residuales tratadas.

De igual forma, cuatro (04) de las PTAR que contempla el presente servicio, están incluidos en los vertimientos declarados en la Constancia de Inscripción al Programa de Adecuación de Vertimientos y Reuso de Agua Residual – PAVER, N°005-2010-ANA-ALA.CHRL-PAVER, de la Unidad operativa: Operación y Mantenimiento PTAR, presentada como requisito establecido en el numeral 2.1 del artículo 2° y 3° de la Resolución Jefatural N° 274-2010-ANA, el cual está sujeta a fiscalización.

Por otro lado, en el Artículo 14° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) aprobado mediante D.S. Nº 019-2009-MINAM, establece que en el proceso de Evaluación del Impacto Ambiental comprendan medidas que aseguren entre otros, el cumplimiento de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (D.S. 002-2008-MINAM), los Límites Máximos Permisibles para los efluentes de Plantas de Tratamiento de Agua Residual Domésticas o Municipales (D.S. Nº 003-2010-MINAM), y otros parámetros y requerimientos aprobados de acuerdo a la legislación ambiental vigente.

En este sentido, el presente servicio abarca la elaboración de instrumentos de gestión ambiental - Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) que permitirán la adecuación de las actividades de las PTAR a sus obligaciones ambientales, asegurando en plazos el cumplimiento de la legislación ambiental, y estableciendo objetivos de desempeño ambiental y un cronograma de avance de cumplimiento.

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B. N° PAC: N° 934

C. Objeto del Servicio: El presente proceso de selección tiene por objeto contratar el servicio de una persona natural o jurídica inscrita en el “Registro de Empresas e Instituciones Públicas o Privadas Autorizadas para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que elabore los instrumentos de gestión ambiental para cada una de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales administradas por SEDAPAL hasta conseguir su respectiva aprobación por la Autoridad Ambiental Competente.

Finalidad PúblicaDichos instrumentos de gestión ambiental se elaborarán teniendo en cuenta la normatividad ambiental vigente, y de ser el caso, utilizarán estándares o parámetros internacionales, de manera que se cuente con una herramienta de gestión que permita el cumplimiento de las exigencias ambientales contempladas en la legislación peruana y así obtener los mejores resultados posibles en la mitigación y control de los impactos ambientales negativos atribuibles al desarrollo de las actividades y preservar la calidad de vida de la población bajo el correcto funcionamiento de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales; y así cumplir con la Política Ambiental de SEDAPAL.

El presente servicio, es solicitado por el Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, de la Gerencia de Gestión de Aguas Residuales de SEDAPAL.

D. Descripción de las actividades del servicio:

En el Art. 14° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) aprobado mediante D.S. Nº 019-2009-MINAM, se establece que el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental comprende medidas que aseguren entre otros, el cumplimiento de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua (D.S. 002-2008-MINAM), para Aire (D.S. 003-2008-MINAM), para Ruido (D.S.085-2003-PCM), el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles para los efluentes de Plantas de Tratamiento de Agua Residual Domésticas o Municipales (D.S. Nº 003-2010-MINAM), y el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento (D.S. 015-2012-VIVIENDA), así como aquella normativa que sea requerida por el sector y que sean emitidas durante el desarrollo del servicio, o de ser el caso, utilizar estándares o parámetros internacionales relacionados con el objeto del servicio.

Alcance del ServicioLas Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales en adelante PTAR, que se han considerado para la evaluación, materia del presente servicio de consultoría, son las siguientes:

# Denominación del Sistema PTAR inscritas en el PAVER

Punto de descarga

GRUPO 1

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1. PTAR San Juan (incluye emisor submarino Venecia) Constancia de Inscripción

al Programa de Adecuación de

Vertimientos y Reuso de Agua Residual – PAVER,

N° 005-2010-ANA-ALA.CHRL-PAVER

Vertimiento al marReuso

2. PTAR Julio C. Tello Vertimiento al Río LurínReuso

3. PTAR Cieneguilla Vertimiento al Río Lurín Reuso

4. PTAR Ancón Vertimiento al marGRUPO 25. PTAR Ventanilla Vertimiento al mar

Reuso6. PTAR Huáscar /Lagunas de Pulimento

Parque 26Para reuso

7. PTAR José Gálvez Para reuso

D.1 Descripción del Servicio Para la elaboración de cada Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) La Consultora tendrá en consideración los requisitos establecidos por la Oficina de Medio Ambiente – OMA, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del CONTENIDO MINIMO PARA LA ELABORACION DEL PROGRAMA DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL (PAMA) PARA ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO – Anexo XI del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Vivienda, y de aquella normativa que sea requerida por el sector y que sean emitidas durante el desarrollo del servicio, y de ser el caso, utilizar estándares o parámetros internacionales relacionados con el objeto del servicio. Cabe resaltar que los PAMA tienen carácter de Declaración Jurada y por tanto la veracidad es explícita. En caso de encontrarse que alguna información descrita falta a la verdad, los responsables se someterán a los procedimientos administrativos, civiles y/o penales que se rigen para cada caso, de acuerdo lo indicado por el MVCS.

Se ejecutarán como mínimo las siguientes actividades por PTAR:1. Recopilación de información existente de las PTAR La Consultora previa coordinación con el Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales EG-PTAR, recopilará la siguiente información:- Ubicación Geográfica,- Información general de la PTAR, - Información del destino del agua residual tratada de la PTAR,- Información complementaria relacionada a Estudios: de Suelos,

Hidrobiológicos, Arqueológico, Hidrogeológico que se haya realizado en la zona para la ejecución del proyecto, y demás información relevante que permita describir las características de operación y oportunidades de mejora a implementar para la adecuación a las exigencias ambientales.

Asimismo, en los casos en que no exista información y/o datos confiables y actualizados, La Consultora realizará:

a) El levantamiento de información de las PTAR in situ, b) La recopilación de datos in situ y,

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c) Los estudios necesarios, en especial el estudio hidrobiológico e hidrológico del cuerpo receptor. Para el caso del estudio hidrológico, se debe incluir el record histórico de caudal, el estudio oceanográfico y limnológico según cuando corresponda la zona de influencia de vertimientos.

d) En caso no exista la información para la descripción de la instalación o infraestructura, memoria descriptiva, memoria de cálculo y manual de operación y Mantenimiento, deberán elaborarlo, incluyendo los Planos.

2. Levantamiento de información de campo En esta etapa se levantará información con el fin de elaborar la línea base ambiental de la PTAR. La realización de esta actividad deberá ser coordinada previamente con el Equipo de Gestión de PTAR – EG-PTAR.

Parámetros, frecuencia del monitoreo y períodos de muestreoLa Consultora realizará los monitoreos ambientales del agua residual cruda, agua residual tratada, lodos, residuos de rejas, arenas, etc. y los monitoreos ambientales en los cuerpos receptores (agua, aire (material particulado y ruido), suelo) de acuerdo a las normas ambientales vigentes, emitidas por el Ministerio del Ambiente - MINAM, Autoridad Nacional del Agua - ANA y/o el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, si no hubiera normatividad peruana al respecto se utilizará una norma internacional que sirva de referencia. Los monitoreos serán previamente coordinados con el EG-PTAR, a fin de identificar la metodología, protocolo adecuado, puntos de monitoreo, entre otros aspectos, para cada una de las PTAR.El método de análisis, el período y el formato de procesamiento de datos para cada parámetro será la misma que la establecida en la legislación nacional vigente, de tal manera que sea factible la comparación de los resultados del monitoreo con lo establecido en la normativa vigente. Solo se usarán los estándares o parámetros internacionales cuando no exista normativa legal nacional aplicable. Los análisis de las muestras serán realizados por Laboratorios con ensayos acreditados ante el Instituto Nacional de Defensa del Consumidor y de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Se adjuntará los certificados de calibración de los equipos usados.Los parámetros que se realicen con diferentes metodologías se deberán acreditar y/o demostrar el parámetro de acuerdo a lo establecido por INDECOPI y/o en coordinación con SEDAPAL. La Consultora debe presentar todos los análisis de laboratorios que tengan los métodos de ensayos acreditados ante INDECOPI, y deberá presentar el certificado correspondiente.La Consultora deberá presentar al inicio del servicio, el procedimiento de toma de muestras que usará para cada parámetro.Así mismo, analizará los resultados tomando como referencia los valores establecidos para; y otras normatividad que se publique durante el desarrollo de los estudios:

- Calidad de aire: De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. 074-2001-PCM, D.S. 003-2008-MINAM

- Ruido ambiental: De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. 085-2003-PCM, ISO 1996-1:1982: Acústica – Descripción y mediciones de ruido ambiental, Parte I:

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Magnitudes básicas y procedimientos, ISO 1996-2:1987: Acústica – Descripción y mediciones de ruido ambiental, Parte II: Recolección de datos pertinentes al uso de suelo y otra norma nacional emitida por la autoridad competente durante la duración del servicio para la medición de ruidos y los equipos a utilizar.

- Agua residual cruda y tratada: De acuerdo a lo dispuesto en el DS-021-2009-VIVIENDA y LMP D.S. 003-2010-MINAM, así mismo si el agua residual tratada es reusada se compararán con las normas ambientales internacionales relacionadas al reuso de las aguas residuales tratadas

- Calidad de Agua en Cuerpo receptor (Agua Superficial y/o Agua de Mar): De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. 002-2008-MINAM, R.J. 202-2010-ANA y sus modificatorias, D.S 023-2009-MINAM y otra norma nacional e internacional y normas vigentes sobre la materia y de manera complementaria los lineamientos que el Ministerio del Ambiente establezca para tal fin en coordinación con la ANA durante la duración del servicio.

- Residuos Sólidos y lodo: De acuerdo a las normas internacionales referentes al reuso de los lodos y/o residuos sólidos.

3. Identificación y Evaluación de impactos En base a la información recabada en gabinete y en campo, se realizará la identificación y evaluación de los posibles impactos ambientales, describiendo mediante diagramas de flujo los procesos que generan dichos impactos.Así mismo, se elaborará la evaluación ambiental del efecto de vertimiento en el cuerpo receptor donde se incluya el cálculo de carga y dilución en el cuerpo receptor, la extensión de la zona de mezcla y los impactos en los ecosistemas acuáticos en la zona de mezcla, para el caso de reuso elaborará la evaluación ambiental del efecto de reuso de las aguas residuales tratadas en las especies a ser cultivadas u otros medios.Para ambos casos se elaborarán los planos de descarga respectivos con coordenadas UTM (Datum WGS84).

Así como, se identificarán los peligros, evaluarán los riesgos, analizarán los medios de Protección y desarrollarán el Plan de Evacuación, ante desastres naturales, en las infraestructuras de las PTAR, de acuerdo a los lineamientos dispuestos en la “Guía Marco para la Elaboración de Planes de Contingencia”, dictados por INDECI.Adicionalmente, evaluarán los riesgos a los trabajadores y/o personal visitante, por la exposición de las aguas residuales, entre otros relevantes.

4. Propuesta de alternativas de adecuación La Consultora deberá proponer, para cada uno de los componentes del Sistema de Tratamiento de las Aguas Residuales, alternativas de adecuación y/o mitigación de los impactos ambientales negativos identificados. Estas alternativas serán presentadas previamente al EG-PTAR a fin de definir la solución técnica y económicamente viable.

Las alternativas de adecuación deberán orientarse a los diseños que se encuentran formulándose y deberán incluirlo considerando la justificación,

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objetivos, alcances, tecnología a utilizar, resultados a lograr, costos y cronograma de implementación.La Consultora deberá revisar los proyectos para el mejoramiento y/o ampliación de las PTAR que se encuentran en el alcance del Servicio y recomendar incluir alguna medida no contemplada en el proyecto a ejecutarse.

La Consultora deberá desarrollar y evaluar la factibilidad de realizar la descarga de los efluentes tratados de las siguientes PTAR en los siguientes cuerpos receptores:

PTAR DescargaPTAR Ventanilla Mar

PTAR José Gálvez Río Lurín

La Consultora deberá presentar al EG-PTAR los resultados de la evaluación de descarga y alternativas de disposición, presentando acciones de adecuación acordes con la normatividad y la protección del ambiente, las cuales deberán incluirse en la recomendación de los proyectos anteriormente indicados.

La Consultora, debe realizar los análisis de vulnerabilidad y análisis de riesgo para el desarrollo del Plan de Contingencia.

La Consultora propondrá como recomendación en las PTAR los Mecanismos para el Desarrollo Limpio (MDL) de acuerdo a lo suscrito en el Protocolo de Kioto, a fin de evaluar si se puede cambiar la tecnología para reducción de Gases Invernadero (CO2).

5. Presentación del PAMA a SEDAPAL para su revisión Antes de presentarlo al Sector Saneamiento, el consultor presentará a SEDAPAL informes de avances y efectuará el levantamiento de las observaciones efectuadas por el EG-PTAR y EGam, teniendo para subsanarlas, como plazo máximo el que demande SEDAPAL.

6. Presentación del PAMA al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

El servicio incluye el levantamiento de las observaciones formuladas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento u otra autoridad que formule observaciones, las cuales deben presentarse dentro del plazo otorgado para su subsanación.

La Consultora será responsable del contenido del Estudio Ambiental - PAMA y estará al pendiente hasta la obtención de la aprobación del PAMA mediante Resolución Directoral, emitida por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

7. Durante el desarrollo del estudio hasta la Obtención de la aprobación del PAMA. Se tendrá una reunión semanal entre el coordinador General de La Consultora y el supervisor por parte de SEDAPAL (EG-PTAR), para verificar y evaluar el

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avance del estudio, así mismo SEDAPAL podrá solicitar una reunión con los profesionales ejecutores del estudio.

D.2 Requisitos Generales:Se requiere que, como mínimo La Consultora elabore cada uno de los PAMA de las PTAR, cubriendo todos los puntos relacionados en el ítem D.1, así mismo se tendrá en consideración lo indicado en los artículos N°33 y 34 del Reglamento de Protección Ambiental para Proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento; entre otros solicitados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así mismo considerar dentro del PMA:

D.2.1 Contenido Mínimo del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental:INDICE1. RESUMEN EJECUTIVO2. INTRODUCCIÓN

2.1. Antecedentes2.2. Justificación2.3. Objetivos2.4. Responsabilidades2.5. Datos generales

2.5.1. Titular del Proyecto2.5.2. Proponente (de ser el caso)2.5.3. Empresa y/o Entidad autorizada para la elaboración del presente documento (llenar solo el que corresponda)

2.6. Marco legal e institucional3. DESCRIPCIÓN Y ANÁLISIS DE LA ACTIVIDAD, SERVICIO E INFRAESTRUCTURA

EXISTENTE3.1. Ubicación Geográfica3.2. Información General

3.2.1. Infraestructura existente3.2.2. Población servida

3.3. Residuos sólidos generados4. DETERMINACIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA

4.1. Área de influencia directa e indirecta.5. CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL

5.1. Descripción del medio físico5.1.1. Mapa Descriptivo de Ubicación5.1.2. Clima5.1.3. Geología y Topografía5.1.4. Geomorfología5.1.5. Hidrología5.1.6. Hidrogeología5.1.7. Suelos, uso actual de la tierra y posibles conflictos de uso5.1.8. Calidad de Aire, Ruido, Agua Superficial y/o Subterránea5.1.9. Calidad del paisaje

5.2. Descripción del medio biológico5.2.1. Flora5.2.2. Fauna5.2.3. Ecosistemas frágiles

5.3. Descripción del aspecto socio-económico y cultural5.4. Sensibilidad ambiental

6. IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES DIRECTOS E INDIRECTOS6.1. Ambiente físico

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6.2. Ambiente biológico6.3. Ámbito socio económico6.4. Ámbito socio cultural

7. EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Y SOCIALES8. ALTERNATIVAS DE CONTROL Y MITIGACIÓN AMBIENTAL9. PROPUESTA DE PAMA

9.1. Programa de adecuación y manejo ambiental de la actividad de saneamiento

9.1.1. Plan de cumplimiento9.1.2. Cronograma de implementación y de inversión (Metas e indicadores de Cumplimiento)

9.2. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)9.2.1. Programa de prevención, control y recuperación9.2.2. Programa de monitoreo9.2.3. Programa de Cierre de operaciones y abandono

9.2.3.1. Cronograma9.2.3.2. Presupuesto de Implementación

9.3. Plan de Contingencia9.4. Plan de Manejo de Residuos Sólidos9.5. Programa de medidas antes de la adecuación de la actividad de saneamiento9.6. Cronogramas de implementación y de inversión9.7. Costos y Plan de financiamiento

10. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES11. PANEL FOTOGRÁFICO12. OTROS COMPROMISOS QUE DETERMINE LA AUTORIDAD SECTORIAL

12.1. Plan de participación ciudadana13. Anexos

El PAMA deberá ser elaborado teniendo como base el contenido mínimo, el mismo que se presenta a continuación:

1. Resumen Ejecutivo del PAMAEl Resumen Ejecutivo debe ser conciso, permitiendo su fácil comprensión y entendimiento, que permitan identificar y evaluar rápidamente los aspectos relevantes del PMA, con incidencia en los impactos que pueda o esté ocasionando la operación y mantenimiento de la actividad de saneamiento, así como las medidas a tomar. Este resumen debe contener como mínimo: La descripción de la infraestructura existente, operación y mantenimiento de la actividad de saneamiento; descripción y evaluación de los principales impactos; Descripción del Plan de Manejo Ambiental; Plan de Contingencia; Plan de Residuos Sólidos; Cronograma y costos ambientales. Inversión de implementación. Las principales conclusiones y recomendaciones. Precisar claramente los cuerpos naturales de agua relacionados con el proyecto, precisando la Categoría ECA para Agua a las que corresponden, incluyendo la aplicación de la categoría teniendo en cuenta lo establecido en el D.S. Nº 023-2009-MINAM y la R.J. Nº 202-2010-ANA.

Incorporar una síntesis de los principales impactos de la actividad, medidas de manejo ambiental sobre los recursos hídricos y las acciones de monitoreo y seguimiento. Indicar la disposición final de las aguas residuales tratadas, señalando la carga contaminante estimada y la capacidad de asimilación del cuerpo natural de agua, si corresponde o no su efecto del reuso. Exponer de manera sencilla los Planes contenidos en la estrategia de manejo para la protección de los Recursos Hídricos.

2. Introducción

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Se debe describir el perfil del Administrado señalando si es una EPS o municipio, sus principales características, actividades que realiza, sus objetivos y proyecciones. Por otro lado, se debe identificar al titular de la actividad y a la empresa o persona natural consultora que elaboró el estudio.

2.1 AntecedentesSe indicará la información relacionada a los antecedentes de la actividad de saneamiento como: estudios ambientales anteriores y proyectos realizados, financiamiento, ejecución de las obras, operación y mantenimiento, entre otros.

2.2 JustificaciónSe describirá el motivo de la elaboración del PAMA de forma tal que quede establecida la necesidad de adecuar la infraestructura y procedimientos de gestión de las actividades de agua potable y saneamiento, a las normas y requerimientos ambientales.

2.3 ObjetivoEn cada PAMA, se identificará los objetivos generales y específicos, ligados a la actividad de saneamiento que se está adecuando al marco normativo vigente. Esto se relacionará con la problemática ambiental en el área de influencia de la PTAR, lo cual se debe remarcar en esta parte del estudio.

2.4. ResponsabilidadesSe deberá mencionar las responsabilidades y obligaciones del titular proponente del proyecto de PAMA, así como las de la empresa y/o entidad autorizada registrada en el sector para elaborar el PAMA, de los contratistas, sub contratistas si hubiera, de los trabajadores, etc.

2.5. Datos generalesSe registrarán los datos del titular del proyecto, es decir de la EPS a la que pertenece el PAMA; del proponente (de ser el caso); y de la empresa o entidad autorizada para la elaboración del PAMA.

2.6. Marco legal e institucional2.6.1. Marco LegalSe debe describir el marco legal de aplicación a la actividad haciendo un breve análisis, de acuerdo con la siguiente estructura referencial:• Normas Peruanas Generales.• Normas Ambientales, Sanitarias y de Recursos Naturales.• Normas del Sector Salud.• Normas relacionadas a Residuos Sólidos.• Normas sobre Protección de Áreas, Recursos Naturales, Flora y Fauna.• Normas sobre Gobiernos Regionales y Locales.• Normas de Seguridad, Salud e Higiene en el Trabajo.• Normas Internacionales, entre otras.

2.6.2. Marco InstitucionalSe presentará el marco institucional en el que se desenvuelve la actividad, en relación con el PAMA de la infraestructura de agua potable y saneamiento que se está presentando, describiendo las relaciones inter-institucionales de la actividad con las autoridades locales, regionales y nacionales.Se enumerarán a los principales organismos que tienen injerencia en el ámbito de la actividad, indicando sus principales funciones vinculadas al proyecto:• Ministerio del Ambiente (MINAM).• Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).• Autoridad Nacional del Agua (ANA).

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• Ministerio de Salud.• Gobierno Regional.• Gobierno Local.

3. Descripción de la instalación o infraestructura y análisis de la actividad de las instalaciones y procesosDe acuerdo a la actividad de Operación y mantenimiento de la PTAR, se describirá las instalaciones y/o infraestructuras existentes, incluyendo:

3.1. Ubicación Geográfica: se indicará la ubicación geográfica especificando los límites de las PTAR y su área de influencia directa e indirecta, en coordenadas UTM (Datum WGS84). Adjuntar plano detallado donde se identifiquen los componentes totales de la PTAR. Así mismo señalar vías de acceso a la PTAR.

3.2. Información General: Se presentarán los Aspectos generales de las instalaciones de la PTAR, población beneficiada, con la cual se ejecutó las instalaciones y/o infraestructura existentes, personal que labora, como se ejecutaron las instalaciones y/o infraestructura existentes, entre otros. Incluir información sobre distancias de las PTAR hacia la Población.

3.2.1. Infraestructura existentea. Sistema de Agua Potable: Realizar una descripción de los componentes

del sistema de agua potable actual, sistema de tratamiento de agua potable así como los procesos y operaciones unitarias que involucra la potabilización del agua y distribución, según corresponda. Si no se contara con esta información a detalle, realizar un esquema y/o plano donde se indique zona de influencia y el proceso.

b. Sistema de Alcantarillado: Hacer una descripción de los componentes del sistema de alcantarillado, los procesos y operaciones unitarias que involucre, como sistemas de bombeo que alimentan a la PTAR, principales actividades productivas y comerciales en dichas áreas.Si no se contara con esta información a detalle, realizar un esquema y/o plano donde se indique zona de influencia y el proceso.

c. Sistema de tratamiento de aguas residuales: realizar una descripción detallada de los componentes del sistema de tratamiento de aguas residuales actual, así como de los procesos y operaciones unitarias que son involucrados; indicar el cuerpo receptor del vertimiento. Así mismo, se describirán las características de los componentes de la PTAR según correspondan al pretratamiento (captación, cámara de rejas, sedimentador, dispositivo de medidor de caudal), tratamiento primario (RAFA, Laguna de estabilización, etc.), tratamiento secundario, tratamiento terciario con breve descripción de cada proceso. Dimensiones de la infraestructura de los componentes de la PTAR. Modificaciones y/o ampliaciones que han sufrido las PTAR desde su construcción (descripción de la modificación y/o ampliación, motivo y monto)Presentará el plano detallado de la infraestructura existente. (Planos de planta y perfil detallados), incluyendo las modificaciones realizadas, la cual debe estar firmado por un Ingeniero Sanitario.Presentará la caracterización de las aguas residuales crudas y del efluente vertido, previa coordinación con el EG-PTAR.Igualmente, desarrollará un diagrama de flujo indicando procesos, insumos y sub-productos. Materias primas e insumos utilizados; requerimientos de energía eléctrica y agua; productos finales y subproductos generados; residuos sólidos, líquidos y semi-sólidos generados; derrames accidentales, emisión de olores, destino del agua residual tratada de la PTAR, etc.

d. Otras Instalaciones: Aquellas que de manera complementaria forman parte de los sistemas de saneamiento; tales como obras civiles, instalaciones electromecánicas, instalaciones eléctricas, instalaciones

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sanitarias, etc. Se adjuntarán planos detallados y se describirán los siguientes aspectos: ubicación, componentes, capacidad, potencia, número de unidades.

3.2.2. Población servidaSe describirá la población (tamaño, distribución, etnia y otras características) que es beneficiada con la operación de la infraestructura de saneamiento.Deberá considerarse la población de la localidad y la población flotante.Asimismo, las características económicas (empleo, ingreso promedio, etc.).

3.3. Residuos Sólidos.Debe detallar los residuos sólidos que generan las actividades de la PTAR, indicando tipos de residuos, cantidades y su disposición final. Estos pueden ser: residuos del cribado, residuos del desarenado, lodos, aceites y grasas (y trapos impregnados con estas sustancias).Se describirá las etapas del manejo de los residuos sólidos que se generan, es decir la forma en que son recolectados, almacenados, transportados y finalmente dispuestos. En caso de existir reciclaje de residuos, se debe indicar el volumen, tipo de residuo destino del material reaprovechado. Asimismo, se mencionará la periodicidad con que se efectúan las acciones de retiro de residuos sólidos.

4. Determinación y descripción del área de influencia Directa e IndirectaEsta parte del estudio, permitirá una visión clara sobre los componentes del entorno, siguiendo como mínimo el esquema siguiente:

4.1 Área de Influencia Directa e Indirecta Describir el área de influencia directa e indirecta de cada una de las PTAR. (Adjuntar planos detallados: área de influencia directa e indirecta, los trazos deben estar a colores). Para definir el área de influencia deberá considerarse que pueden presentarse casos en los que el área de influencia actual (antes de la implementación del PAMA) pueda cambiar producto de la elaboración e implementación del PAMA debido a que al efectuar medidas de adecuación y manejo ambiental se eliminen los efectos contaminantes y por tanto las áreas que habían estado siendo afectadas.En dichos casos se producirá un cambio de las áreas involucradas, por lo que la determinación del área de influencia del PAMA deberá considerar estos y otros casos similares.Asimismo para la definición del área de influencia del proyecto se deberá considerar los usos de los recursos hídricos existentes aguas abajo del área de influencia directa, en particular los usos poblacionales, recreativos, agrícolas, ganaderos, acuícolas y pesqueros, sustentando los criterios en materia de recursos hídricos empleados para la determinación del área de influencia.

• Área de influencia directa. Es el espacio físico dónde se enclavan o instalan las infraestructuras del proyecto, en el cual se ubican los elementos biofísicos y/o socioeconómicos, que recibirán más de cerca las afectaciones resultado de las actividades que se lleven a cabo en las diferentes etapas del proyecto; especialmente, los derivados de contingencias. Es aquella donde se encuentra la población afectada. El área de influencia directa comprende la zona de mezcla de los vertimientos de las PTARs.

• Área de influencia indirecta. Es el espacio geográfico contiguo o cercano al área de influencia directa, en donde encontramos elementos biofísicos y/o socioeconómicos, que recibirán más lejano las afectaciones provenientes de actividades que se desarrollen en las distintas etapas del proyecto.

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5. Caracterización Ambiental - Descripción de Línea BaseEn este capítulo la empresa consultora encargada de la elaboración del PAMA, debe proporcionar datos e información suficiente sobre el ambiente, que permita tener una visión clara sobre los componentes del entorno.En relación al área involucrada en la determinación de la línea base, deberá tenerse en cuenta que el área actual (antes de la implementación del PAMA) podrá ser modificada producto de la elaboración e implementación del PAMA.

5.1. Descripción del Medio Físico5.1.1. Mapa Descriptivo de Ubicación

La Consultora elaborará un mapa descriptivo, donde se muestre la ubicación de la PTAR y sus límites y que contemple las siguientes características: Caseríos, localidades y centros poblados, Caminos y vías de accesos, Características topográficas, Corrientes, lagos, ríos, canales, mar, manantiales, bofedales, reservorios,

terrenos pantanosos, etc., de ser el caso. Áreas naturales protegidas por el SERNANP y sus áreas de

amortiguamiento: Área de Interés Ambiental de nivel Local o regional; zona de interés monumental o arqueológico, de ser el caso (identificadas en la actual lista oficial nacional), y

Áreas agrícolas reservadas o cultivada adyacentes a la PTAR. Adjuntar plano topográfico del área de emplazamiento.

5.1.2. ClimaLa Consultora presentará información meteorológica y climática actualizada de fuente oficial, la cual incluirá como mínimo información acerca de la temperatura, precipitación, evaporación, horas de sol, dirección y velocidad de vientos, humedad relativa y la presencia de anomalías climáticas como el Fenómeno del Niño o condiciones climáticas severas. También describir el tipo climático existente, basado en el sistema desarrollado por Leslie R. Holdridge (zonas de vida) u otros.

5.1.3. GeologíaLa Consultora describirá las características estratigráficas y estructurales dando énfasis en las capas superficiales (suelos), los cuales serán basados en los estudios de mecánica de suelo y/o de geotecnia que se realicen dónde se encuentran las PTAR.Se basará en un Estudio de Mecánica de suelo y/o Estudios de Geotecnia de la zona cercana o de la PTAR, si no se contara con esta información tendrá que realizar investigaciones de suelo mediante calicatas. Para determinar el número de calicatas debe tener en consideración la topografía y geología del terreno, de tal manera que en caso de que el terreno sea muy heterogéneo, debe realizar una calicata por cada cambio. La Consultora presentará como mínimo una descripción del perfil de suelo, con la descripción de los estratos que constituyen el terreno, nivel freático, etc. El estudio de suelos debe incluir un plano en planta, con detalle de ubicación de las calicatas y tipo de suelo encontrado, y otro plano con el correspondiente perfil estratigráfico, indicando el nivel de napa freática de darse el caso. Debe adjuntar registro fotográfico.Asimismo, La Consultora presentará un estudio de la sismicidad de la zona en base al catálogo sísmico del Instituto Geofísico del Perú y elaborará un perfil de sismicidad para la zona de estudio. La Consultora evaluará el riesgo sísmico, efecto de licuefacción, zonificación sísmica, identificación de elementos sensibles y otros aspectos de vulnerabilidad en el área de las PTAR basado en información de fuente oficial, complementándola con mapas temáticos.La Consultora proporcionará información del comportamiento del suelo del área de la PTAR, incluyendo el nivel freático, informe técnico respecto a la

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calidad del terreno: calidad físico-química de cada tipo de suelo como de la napa freática (de existir), nivel de cloruros, sulfatos, pH, conductividad, etc. Determinando la agresividad del terreno al material de tuberías, concreto, fierro y otros materiales.

5.1.4. GeomorfologíaLa Consultora identificará los elementos de relieve local presente en el área donde se desarrolla la PTAR. Se evaluará los niveles de estabilidad morfo dinámica que presentan los relieves identificados y los peligros asociados a los procesos erosivos actuantes, complementada con mapas temáticos. Así mismo, identificará los elementos sensibles en la zona de playa y el fondo marino, de ser el caso.

5.1.5. HidrologíaLa Consultora presentará información hidrológica actualizada de fuente oficial. Describirá caudales, régimen de caudales, balance hídrico, así como características del cauce, se analizará el peligro de inundabilidad que presenta.También se evaluarán los usos que presentan actualmente sus aguas y cauce. Considerar estudios hidrológicos.De ser el caso, para el análisis de crecida e inundabilidad se recurrirá al modelamiento mediante software.

Calidad del agua superficialIndicar la categoría ECA de los cuerpos de agua del proyecto de acuerdo a lo establecido en la R.J. N° 202-2010-ANA, en el D.S. N°023-2009-MINAM y el articulo N° 99.2 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente que define, entre otros, que los ecosistemas frágiles comprenden lagunas alto andinas. Identificar las fuentes contaminantes de los recursos hídricos existentes en el área de influencia del proyecto.

5.1.6. HidrogeologíaSe describirán los acuíferos en términos de su geometría, comportamiento hidráulico, recarga, descarga y su productividad. Se describirá la situación actual de los acuíferos existentes y los factores condicionantes de su evolución.Considerar la necesidad de realizar estudios hidrogeológicos o de actualizar los existentes. Realizar un inventario de fuentes de agua (pozos, manantiales, puquiales, humedales, lagunas, entre otros).Tener en cuenta que existen dos escenarios de disposición de aguas tratadas, que requieren el cumplimiento diferenciado de estudios hidrogeológicos según lo requiere la ANA:

• Vertimiento: se deberá efectuar un estudio del cuerpo receptor continental o marino de acuerdo a la línea base, la vulnerabilidad del cuerpo receptor y su respectiva capacidad de asimilación de carga contaminante. • Reuso: En caso de un vertimiento que se use para riego de un área verde y cuya napa freática no sea profunda se deberá analizar la vulnerabilidad del acuífero de la zona ante la infiltración de las aguas tratadas. Para ello el administrado usará una carta de hidro isohipsas, velocidades de infiltración y permeabilidad de los estratos y calidad de las aguas para justificar la necesidad o no de mitigar o anular los impactos causados por dichas aguas.En todo caso, se deberá cumplir con el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la ANA para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reuso de aguas residuales tratadas.

5.1.7. Suelos, uso actual de la tierra y posibles conflictos de usoLa Consultora, realizará la clasificación de las tierras por su capacidad de uso mayor, de acuerdo a las normas vigentes.

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La Consultora identificará los diferentes usos de la tierra que se dan actualmente en el área que se desarrolla la actividad de saneamiento, asimismo se determinará aquellas áreas que se encuentran en conflicto.Se deben tener en cuenta Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo (Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM), los que son aplicables a todo proyecto y actividad, cuyo desarrollo dentro del territorio nacional genere o pueda generar riesgos de contaminación del suelo en su emplazamiento y áreas de influencia, son instrumentos obligatorios en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental.

5.1.8. Calidad de aire, ruido, agua superficial y/o subterráneaSe realizarán, de acuerdo a la actividad de saneamiento monitoreos de calidad de aire, ruido, agua superficial, agua subterránea, etc., basado en las normas vigentes. De ser el caso, realizar monitoreo de aire a barlovento y sotavento.Los parámetros de evaluación serán los establecidos por la legislación vigente referidos a los Estándares de Calidad Ambiental para Aire, Agua y Ruido y Según lo señalado en el ítem D.1.Los análisis de las muestras de agua serán realizados por Laboratorios con ensayos acreditados ante el Instituto Nacional de Defensa del Consumidor y de la Propiedad Intelectual – INDECOPI.Para el caso que se realicen vertimientos en cuerpo de agua superficial, monitorear aguas arriba y aguas abajo del punto de vertimiento. Los puntos de monitoreo deben permitir las muestras representativas de flujo y calidad. La frecuencia de monitoreo de la PTAR toma como referencia el caudal promedio anual del año calendario precedente.

La obtención de los análisis de laboratorio deberá estar en función de la frecuencia de monitoreo tomada de acuerdo al instrumento de gestión ambiental aprobado de la PTAR.

El vertimiento en un cuerpo de agua receptor generará un impacto particular en la zona inmediata de descarga. Esta zona se puede delimitar por la superficie y profundidad donde ocurre la mezcla del efluente con el agua del cuerpo receptor. Aquí se dan complejos fenómenos físicos, químicos y biológicos. Estos se definen básicamente por las características de calidad y caudal del efluente de la PTAR y las características y caudal o volumen (p.e. en una laguna) del cuerpo receptor de agua. Por ello, parámetros críticos como la DBO5, oxígeno disuelto y concentración de coliformes termotolerantes preferiblemente se deben medir en puntos adicionales que comprendan la zona de mezcla. Tener en cuenta que la zona de mezcla adecuadamente delimitada representa una zona de exclusión para el cumplimiento del ECA.Se indicará la ubicación de los puntos de monitoreo o de control (referenciados en coordenadas UTM-Datum WGS84 y ubicados en un plano a escala visible). Calidad de aire y ruido ambientalLa Consultora realizará el monitoreo de los parámetros según lo señala el ítem D.1. para evaluar la calidad del aire. Los resultados del monitoreo de calidad de aire serán comparados con los valores del ECA para Aire (D.S. 003-2008-MINAM) o su actualización si hubiese. El monitoreo se realizará teniendo como referencia el Protocolo de Monitoreo de Calidad de Aire de DIGESA.

- Calidad de aire

PARAMETRO PERÍODO DE MUESTREO METODO DE ANALISIS

PM2.5 (ug/m3) 24 horas Separación inercial filtración (gravimetría)

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Formato Media aritmética

H2S (ug/m3) 24 horasFluorescencia UV (método automático) Formato: Media aritmética

SO2 (ug/m3) 24 horasFluorescencia UV (método automático) Formato: Media aritmética

NO2 (ug/m3) 1 horaQuimiluminiscencia (método automático) (1)

Fuente: D.S. 074-2001-PCM, D.S. 003-2008-MINAM. / (1) O método equivalente aprobado.- Ruido ambiental

PARAMETRORuido ambiental horario diurno Ruido ambiental horario nocturno

De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. 085-2003-PCM, ISO 1996-1:1982: Acústica – Descripción y mediciones de ruido ambiental, Parte I: Magnitudes básicas y procedimientos, ISO 1996-2:1987: Acústica – Descripción y mediciones de ruido ambiental, Parte II: Recolección de datos pertinentes al uso de suelo y otra norma nacional emitida por la autoridad competente durante la duración del servicio para la medición de ruidos y los equipos a utilizar.

Caracterización de efluentes En cada punto de vertimiento de las PTAR se monitorearán los parámetros mostrados en la tabla siguiente. Los resultados del monitoreo serán comparados con los Límites Máximos Permisibles para los efluentes de Plantas de Tratamiento de Agua Residual Domésticas o Municipales (D.S. Nº 003-2010-MINAM).Se realizarán los monitoreos teniendo en cuenta el Protocolo de Monitoreo de la Calidad de Efluentes de las PTAR (aprobado mediante Resolución Ministerial N° 273-2013-VIVIENDA). Para el caso que la descarga es utilizada para reuso, se deberá comparar con parámetros más representativos de normas ambientales internacionales referentes al reuso de áreas verdes y con los ECAs Categoría 3 del D.S. 003-2010-MINAM siempre y cuando vayan para riego de vegetales de tallo algo o bajo.

Calidad de agua cuerpo receptor (Agua superficial)Para los cuerpos de agua receptores, se monitoreará aguas arriba y aguas abajo del punto de vertimiento, según el Protocolo Nacional del Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial (aprobado mediante Resolución Jefatural N° 182-2011-ANA).Los resultados del monitoreo de calidad de agua serán comparados con los valores establecidos en los ECA para Agua (D.S. 002-2008-MINAM) según la categoría de cada cuerpo receptor. Para la evaluación del efecto de vertimiento, plantearán la metodología que mayor aplique al tipo de cuerpo de agua, los cuales deberán estar acompañados con el respectivo sustento técnico.

- Calidad de Agua, como mínimo, se realizarán los siguientes análisis:

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PARAMETRO METODO ACREDITADO POR INDECOPI (**)

Agua Residua

l

Agua Superfic

ial

ARC

ART

RAV

RDV

AM

Fisico-químicosAceites y Grasas

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 5520 B, 22nd Ed. óEPA METHOD 1664 A , B X X X X X

DBO5SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 5210 B, 22nd Ed. óEPA METHOD 405.1 600/4-79-020 X X X X X

Demanda Química de Oxígeno

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 5220 D, 22nd Ed. óEPA METHOD 410.1 600/4-79-020 X X X X X

Oxígeno Disuelto

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Cap. 9, Part 4500-O A, B, C, 22nd Ed. Ó EPA METHOD 360.1 600/4-79-020 X X X X X

Sólidos Suspendidos Totales

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 2540 D, 22nd Ed. X X X X X

pHSMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-H+ B, 22nd Ed. óEPA 150.1Método Electrométrico.

X X X X X

Temperatura SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 2550 B, 22nd Ed. X X X X XDureza Total SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 2340 C, 22nd Ed.

Hardness. EDTA Titrimetric Method - X X - -Detergentes (SAAM)

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 5540 C, 22nd Ed. ó 21st Ed. X X

Fosfatos (P-PO4) SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-P E, 21st Ed. X X

FenolesSMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 5530 C, 22nd Ed. y/oEPA METHOD 9065 Rev. 0

X X

Fósforo Total SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-P E, 22nd Ed. ó 21st Ed, ó EPA 365.3 X X

Nitratos (N-NO3)

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-NO3- E, 22nd Ed. ó 4500-NO3-B 21st Ed. X X

NitritosSMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-NO2 B, 22nd Ed.(Método Colorimétrico)ó EPA 354.1 (Nitrogen Nitrate (Spectrophotometric))

X X

Nitrógeno Amoniacal

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-NH3-F, 22nd Ed. ó 21st Ed. Nitrogen (Ammonia). Phenate Method.

X X

Sulfatos SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-SO4(2¯ ) E, 22nd Ed. X X

SulfurosSMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-S(2¯ ) F, 22nd Ed. Sulfide. Methylene Blue Method ó SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 4500-S(2¯ ) F, 22nd Ed. Sulfide. Iodometric Method

X X

Salinidad SM 2520 B Método de Conductividad Eléctrica XTurbidez SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 2130 B, 22nd Ed.

(Turbidity. NephelometricMethod) X X XMicrobiológicosColiformes SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9221 B, 22nd Ed. ó X X X X X

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PARAMETRO METODO ACREDITADO POR INDECOPI (**)

Agua Residua

l

Agua Superfic

ial

ARC

ART

RAV

RDV

AM

Totales SMEWW/APHA/AWWA/WEF 9221B, C, PÁG. 9-48 Y 9-52, 21st Edition

ColiformesTermotolerantes

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9221 E-1, 22nd Ed. óSMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9222 D, 22nd Ed.

X X X X X

Escherichiacoli,SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9221 F-1, 22nd Ed. óSMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9221 G-2, 22nd Ed.

X X X

Parásitos Protozoarios (*)

CEPIS 3.1.2, 3.1.4 (Identificación y Cuantificación de Entero parásitos en Aguas Residuales) X X

Parásitos Helmintos (*)

CEPIS 3.1.2, 3.1.4 (Identificación y Cuantificación de Entero parásitos en Aguas Residuales) X X

Enterococos fecales

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9230 B, 9221 C, 21st Ed. X X

Salmonella SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9260 B, (item 2.d). 22nd Ed. X X

Vibrio cholerae SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 9260 H 1-3, 21st Ed. X XInorgánicos

Cianuro LibreASTM D 7237-10 (Standard Test Method for Aquatic Free Cyanide with Flow Injection Analysis (FIA) Utilizing Gas Diffusion Separation and Amperometric Detection)

- X X - -

Cianuro WAD

APHA- AWWA-WEF 4500-CN-I-F 21st Ed. (Weak Acid Dissociable. Cyanide- Cyanide - Selective Electrode Method) / EPA Method OIA -1677 (DW Available Cyanide by Flow Injection, Ligande Exchange and Amperometry)

- X X - -

Amoniaco EPA 350.3 SM 4500 D REV. 1.5 X XCromo VI APHA-AWWA-WEF-3500-CR-B, 21st Ed. (Cromo.

Método Colorimétrico) X X

Mercurio EPA - Method 7470 A (1986) Mercury in Liquid Waste (Manual cold - vapor technique) usando FIAS) X X

METALES TOTALES (Aluminio, Antimonio, Arsénico, Bario, Berilio, Bismuto, Boro, Cadmio, Calcio, Cobalto, Cobre, Cromo, Estaño, Estroncio, Fósforo, Hierro, Litio, Magnesio, Manganeso, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Potasio, Selenio, Silicio, Sodio, Talio, Uranio, Titanio, Vanadio y Zinc)

APHA 3120B:2005 / EPA SW-846 3005A /6020 A : 1994Metales en Agua por ICPMS

X X

InorgánicosHidrocarburos de petróleo totales (TPH)

EPA 8015 D X X

Thrialometanos X XDETERMINACIÓN CUANTITATIVA DE FITOPLANCTON POR MICROSCOPIO INVERTIDO

SMEWW-APHA-AWWA-WEF Part 10200 C.1, F.2, c.1, 22nd Ed. X X

DETERMINACIÓN SMEWW-APHA-AWWA-WEF. Part 10200. C.5, X X

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PARAMETRO METODO ACREDITADO POR INDECOPI (**)

Agua Residua

l

Agua Superfic

ial

ARC

ART

RAV

RDV

AM

DE ZOOPLANCTON G.1,2, 22nd Ed.(*) Parámetro que no se encuentra acreditado ante INDECOPI.(**) Si existen otros métodos que estén acreditados por INDECOPI, presentarlo

con la debida documentación correspondiente.

ARC: Agua Residual Cruda RAV: Rio Antes de VertimientoART: Agua Residual Tratada RDV: Rio Después de Vertimiento

AM: Agua de Mar (área de influencia)

Asimismo, deberán considerar análisis adicionales que sean necesarios a fin de que se determine el efecto del vertimiento de las Plantas de Tratamiento de aguas Residuales al Río o para su reuso.

Se deberá adjuntar los certificados de calibración de los equipos usados.

Calidad de sedimentos (ítem solo en caso de vertimiento al mar)Para vertimiento a zonas marino-costeras, se monitorearán los parámetros fisicoquímicos y análisis granulométrico en sedimentos marinos del sedimento. Los monitoreos serán previamente coordinados con el EG-PTAR, a fin de identificar la metodología, protocolo adecuado, puntos de monitoreo, entre otros aspectos, para cada una de las PTAR.

PARAMETRO METODO DE ANALISISTPH EPA 821-R-10-001 Method 1664, Revision BMateria Orgánica Norma Oficial Mexicana NOM-021-SEMARNAT-2000, item 7.1.7

As 07 (31 de Diciembre 2002). Segunda SecciónConductividad ISO 11265:1994/Cor 1:1996pH EPA SW-846, Method 9045D, Revision 4Análisis granulométrico ASTM D422 - 63(2007)METALES EN SUELOS ICP-MS (Aluminio, Antimonio, Arsénico, Bario, Berilio, Cadmio, Calcio, Cobalto, Cobre, Cromo, Estaño, Estroncio, Fósforo, Hierro, Litio, Magnesio, Manganeso, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Potasio, Selenio, Sodio, Talio, Titanio, Vanadio y Zinc)

EPA 3050B:1996/ 6020A:2007

Caracterización de residuos sólidos y lodosLa Consultora realizará la caracterización de los lodos provenientes de las PTAR, de manera que se verifique su característica de no peligrosidad. Se tomará como referencia la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEMARNAT-2002, “Protección Ambiental.- Lodos y Bio sólidos.- Especificaciones y Límites Máximos Permisibles de Contaminantes para su Aprovechamiento y Disposición Final”.

- Residuos SólidosParámetro Físico-químico Parámetro Microbiológico

Arsénico Mercurio

Cromo Total

Coliformes totales Huevos de Helmintos

Cadmio Níquel Molibdeno Coliformes fecales Quistes de Protozoarios

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Cobre Zinc Selenio Salmonella cuantificado)

Cryptosporidium sp

Plomo- Lodo

Parámetro Físico-químico Parámetro MicrobiológicoArsénico Mercuri

oCromo Total

Coliformes totales Huevos de Helmintos

Cadmio Níquel Molibdeno Coliformes fecales Quistes de Protozoarios

Cobre Zinc Selenio Salmonella cuantificado)

Cryptosporidium sp

Plomo

5.1.9. Calidad del paisajeSe describirán y evaluarán los niveles de calidad visual de los escenarios presentes en el área de la actividad de saneamiento, así como su fragilidad visual. Adjuntar vistas fotográficas del paisaje.

5.2 Descripción del Medio BiológicoSe deberá describir a la flora y fauna (acuática y terrestre), presentes en el área de influencia de la actividad. Esta evaluación tiene como principal objetivo recolectar, evaluar y analizar los componentes biológicos en función a su importancia como indicadores de perturbación en el ambiente, explicando la metodología utilizada para la caracterización del medio biológico.La información secundaria que se requiera sobre el ambiente en lo posible debe provenir de fuentes especializadas, como las Instituciones de Investigación del Estado (SERNANP, SENAMHI, DIGESA, IMARPE, INEI, etc.). Además existe información en Dependencias Estatales u Organismos Autónomos (INADE, FONCODES, ONERN, Proyectos Especiales, etc.), así como en las Universidades, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, Municipios y en ciertas Organizaciones Privadas de la Comunidad. La información necesaria para el desarrollo de la línea base biológica deberá ser adquirida por La Consultora.

5.2.1. FloraDescripción de las especies de flora (terrestre y acuática) que existen en la zona, indicando aquellas que se encuentran en estado Peligro crítico (CR), En peligro (EN), Vulnerable (VU)y Casi amenazado (NT), de acuerdo a lo establecido en el país. Asimismo, se debe describir cualitativamente los hábitats o zonas de vida de estas especies e indicar acerca de la diversidad de flora existente. (Adjuntar Panel Fotográfico)Incluir descripción del fitoplancton existente en los cuerpos de agua donde descarga los efluentes de las PTAR, la evaluación debe ser cualitativa y cuantitativa, debiendo presentar el listado taxonómico correspondiente y su potencialidad de ser identificadas como especies bio indicadoras.Indicar as especies existentes de la zona de descarga, que son regadas con las aguas residuales tratadas.

5.2.2. FaunaDescripción de las especies o animales (terrestres y acuáticos) que existen en la zona, indicando aquellas que se encuentran en estado Peligro crítico (CR), En peligro (EN), Vulnerable (VU)y Casi amenazado (NT), de acuerdo a lo establecido en el país. Asimismo, se debe describir cualitativamente los hábitats o zonas de vida de estas especies o animales e indicar acerca de

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la diversidad de la fauna presente en el área de influencia de la PTAR. (Adjuntar Panel Fotográfico)Incluir descripción del zooplancton existente en los cuerpos de agua donde descargan los efluentes de las PTAR, la evaluación debe ser cualitativa y cuantitativa, debiendo presentar el listado taxonómico correspondiente y su potencialidad de ser identificadas como especies bio indicadoras.

5.2.3. Ecosistemas FrágilesSe señalarán las áreas naturales protegidas, zonas de amortiguamiento, identificación y análisis de las unidades paisajísticas en el área del proyecto, comunidades bióticas y los ecosistemas frágiles.

5.3 Descripción del Aspecto Socio-económico y Cultural5.3.1. Aspecto social

La Consultora incluirá información sobre el área de estudio, división geopolítica, demográfica, salud vivienda y servicios básicos, transporte y comunicación. Se debe considerar las características sociales de las poblaciones que pudieran verse afectadas por la operación de las PTAR, la organización y las relaciones con otras poblaciones.

5.3.2. Aspecto económicoIndicar la actividad económica de la población afectada a fin de proporcionar una base para la identificación de impactos (fortalezas y debilidades) y sus aspectos relacionados, mencionar la PEA, índices de desempleo en el Área de Influencia Directa y principales causas.

5.3.3.Aspectos CulturalesSe desarrollará la historia, orígenes, cambios y la organización local de las áreas de influencia directa de las PTAR, entre otros aspectos.

5.4. Sensibilidad AmbientalSe realizará una síntesis de la línea base con la finalidad de mostrar los elementos más sensibles. El objeto es facilitar el análisis de los impactos. Se mostrará la interacción que existe entre los distintos elementos del medio físico, medio biológico y aspecto socioeconómico y cultural.

6. Identificación de Impactos Ambientales directos e IndirectosLa metodología que se aplicará para la identificación de impactos dependerá de la envergadura del proyecto. La identificación de impactos debe guardar relación con el(los) proyecto(s) que se describan en el capítulo “Propuesta de PAMA”.Se debe determinar los potenciales impactos ambientales directos e indirectos, derivados de la intervención en el área que corresponde al proyecto, en las etapas de operación y mantenimiento de la actividad de saneamiento actual y los proyectos, actividades, acciones que realizarán para adecuar la actividad de saneamiento a las normas ambientales vigentes, lo cual deberá guardar relación con los proyectos y actividades señaladas en el Capítulo “Propuesta de PAMA”.La Consultora deberá identificar los impactos generados por la operación y mantenimiento de la PTAR, respecto a los ambientes anteriormente indicados. Así como también los impactos generados por los proyectos, actividades, entre otros, que se implementarán para adecuar la actividad de saneamiento a las normas ambientales vigentes. En la Metodología que se aplicará se debe tener como base un ordenamiento cronológico de las diversas etapas que se realizan en la PTAR.La Consultora presentará los impactos incluyendo los efectos sobre todos los componentes ambientales, calificándolos como directos o indirectos, positivos o negativos, reversibles o irreversibles, inmediatos o de mediano y largo

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plazo, así como las características y atributos de cada uno de ellos (intensidad, extensión, etc.). Asimismo se deberá realizar diagramas de proceso en donde se pueda identificar las causas que generan un inadecuado funcionamiento de las PTAR y que generan impactos ambientales negativos.

La identificación de impactos tendrá como base un ordenamiento cronológico de las diversas etapas que se implementarán para adecuar la actividad de saneamiento. Para ello, se podrá utilizar las metodologías conocidas y que son:• Las Hojas de Campo.• El Diagrama Causa-Efecto.• La Matriz Tipo Leopold, entre otras.

Tener en cuenta que estas metodologías se pueden aplicar simultáneamente puesto que pueden ser perfectamente complementarias. Se deberán identificar los impactos ambientales directos e indirectos de las operaciones actuales y proyectadas como mínimo en los siguientes aspectos:

A partir de la identificación, se observará si las actividades que han venido siendo desarrolladas tienen o no algún efecto ya sea negativo o positivo sobre los componentes ambientales:6.1 Ambientes FísicosLa Consultora deberá identificar, considerando las etapas de operación y mantenimiento los posibles siguientes impactos que pudieran presentarse, como mínimo:

Impactos positivos• Vertimiento de aguas residuales tratadas por la aplicación de procesos de tratamiento que mejora la calidad del efluente reduciendo el potencial de contaminación.• Generación de empleo para las personas de la localidad.• Mejores condiciones para el desarrollo del turismo y preservación de

recursos hidrobiológicos.• Mantenimiento de áreas verdes y vegetación en la infraestructura de la

planta, fomenta el desarrollo de hábitat para especies de flora y fauna.

Impactos negativos• Presencia de residuos no peligrosos generados en la etapa de pre-tratamiento y en el mantenimiento de la planta. Presencia de residuos peligrosos debido principalmente a la generación de lodos que contienen microorganismos patógenos.• Modificación de la calidad del paisaje.• Considerables requerimientos de energía eléctrica para el funcionamiento de la planta.• Generación de ruidos por el funcionamiento de los equipos empleados en el

tratamiento (aireadores, centrífuga de lodos).• Olores desagradables por la presencia de los lodos y su respectivo manejo.

6.2 Ambientes BiológicosLa Consultora deberá identificar los impactos directos e indirectos generados por la operación y mantenimiento de la actividad de las PTAR en el ambiente biológico, que incluye la afectación a los ecosistemas y hábitat, su estructura y funciones, aspectos de resiliencia y continuidad; así como las especies vegetales y animales. Tomando en cuenta las especies y sus relaciones con el ecosistema, así como la vulnerabilidad, endemismo y peligro de extinción de especies de flora y fauna.Se identificarán los posibles siguientes impactos que pudieran presentarse, como mínimo:

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• Posible pérdida de especies vegetales, así como fauna doméstica y silvestre.• Deforestación temporal del área.• Alteración paisajista.• Pérdida de terrenos de cultivo.

6.3 Ambientes económicosLa Consultora deberá identificar los impactos directos e indirectos generados por la operación y mantenimiento de la actividad de saneamiento actual en los aspectos sociales y económicos de los pobladores de la zona.Se identificarán los posibles siguientes impactos que pudieran presentarse, como mínimo:• Alteración de riego de cultivos.• Conflictos con la población.

6.4 Ambientes socio-culturalesLa Consultora deberá identificar los impactos en los aspectos socioculturales de los pobladores de la zona. Se presentará información sobre los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos vinculados al proyecto.Se identificarán los posibles siguientes impactos que pudieran presentarse, como mínimo:• Enfermedades respiratorias agudas.• Enfermedades por inadecuada calidad del agua.• Impacto en la salud pública por vertimiento y/o reuso de agua residual sin tratar.

7. Evaluación de Impactos Ambientales y socialesLa evaluación de impactos ambientales y sociales se constituye como una de las partes fundamentales del PAMA, puesto que a partir de esta evaluación se podrá identificar si las actividades que han venido desarrollando tienen o no algún efecto ya sea negativo o positivo sobre los componentes ambientales (ambiente físico, biótico y socioeconómico) y cuál es la magnitud de estos. De esta evaluación se podrá determinar cuáles serán las medidas de manejo ambiental a aplicar con el propósito de cumplir con los objetivos trazados para el PAMA.La Consultora deberá evaluar los impactos generados por la operación y mantenimiento de la PTAR, ya identificados en el anterior ítem, y por los proyectos que se realizarán para cumplir con la normatividad vigente y adecuación ambiental. Ello teniendo en cuenta la magnitud y alcance de los impactos de modo consistente con la metodología empleada para la identificación de impactos ambientales (p.e. lista de chequeo, matriz de Leopold, etc.).Se evaluarán también los impactos generados por los proyectos, actividades, entre otros, que se realizarán o implementarán para adecuar la actividad de saneamiento a las normas ambientales vigentes, lo cual deberá guardar relación con el Capitulo “Propuesta de PAMA”.La Consultora para la presentación de impactos debe incluir los efectos sobre todos los componentes ambientales, calificándolos como directos o indirectos, positivos o negativos, reversibles o irreversibles, inmediatos o de mediano y largo plazo, así como las características y atributos de cada uno de ellos (intensidad, extensión, etc.), indicados en el anterior ítem y para la valoración y evaluación de los impactos se realizarán considerando una metodología que considere como mínimo 07 características, la cual deberá estar sustentada, indicando la bibliografía consultada.La Consultora para la evaluación de los impactos ambientales tomará en consideración los producidos por: mayor volumen de agua respecto de diseño, adecuaciones tecnológicas no apropiadas, presencia de agua no domésticas (industriales y comerciales) que afectan el proceso y no permiten una adecuada remoción de contaminantes, potencial riesgo de contagio por agentes patógenos por riego de cultivos de tallo bajo, la evaluación ambiental

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del efecto de vertimiento en el cuerpo receptor, la extensión de la zona de mezcla y los impactos en los ecosistemas acuáticos en la zona de mezcla, para el caso de reuso elaborará la evaluación ambiental del efecto de reuso de las aguas residuales tratadas en las especies a ser cultivadas u otros medios, trabajadores y público en general expuesto, evaluación de riesgos a la PTAR por desastres naturales, entre otros relevantes. Así mismo, se describirán los principales Impactos Socio Ambientales resultantes de la aplicación de las diferentes metodologías de identificación y evaluación de impactos. Una relación referencial de los componentes afectados típicamente por operaciones de saneamiento se muestra a continuación:

Medio físico• Afectación de la calidad del aire por incremento en la emisión de material particulado.• Afectación de la calidad del aire por incremento en la emisión de gases contaminantes.• Alteración del nivel de ruido base• Modificación del relieve.• Inestabilidad de Taludes.• Generación de zonas susceptibles a la erosión hídrica (erosión de riberas o

por escorrentía superficial).• Afectación de la calidad de las aguas superficiales.• Riesgo de contaminación de las aguas subterráneas.• Afectación de la calidad de los suelos.

Medio biótico• Alteración del hábitat de la fauna terrestre• Alteración del hábitat acuático• Afectación de la fauna silvestre y doméstica• Pérdida de la cobertura vegetal

Medio socioeconómico y cultural• Afectación de tierras de cultivo• Afectación de la salud de la población local (por propagación de vectores)• Riesgo de accidentes de tránsito y laborales• Posibles conflictos sociales con los propietarios de terrenos o predios afectados.• Molestia en la población local por generación de ruido y emisión de polvo.• Afectación del patrimonio Cultural.• Incremento del empleo local.• Pérdida económica de predios.• Incremento de las actividades de comercio y servicios locales.Aspectos claves para impactos relacionados con los recursos hídricosPara la evaluación de los impactos en los recursos hídricos, se deberá considerar en todas las etapas del proyecto (planificación, construcción, operación y abandono o cierre, a corto, mediano y largo plazo) los siguientes aspectos:• Alteración en cantidad, calidad y oportunidad de los recursos hídricos de

acuerdo a las actividades a desarrollar en el proyecto.• Afectación de la disponibilidad de los recursos hídricos.• Considerar los impactos al recurso hídrico en el medio físico (agua

superficial y subterránea), medio biológico (ecosistema acuático) y en el medio social (impacto directo e indirecto del proyecto en las actividades y los usos de los recursos hídricos).

• En el caso que la actividad genere aguas residuales que serán vertidas a un cuerpo natural de agua se deberá considerar las siguientes condiciones:

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◊◊ Las aguas residuales serán sometidas a un tratamiento previo que permita el cumplimiento de los LMP aplicables, según las disposiciones dictadas por la autoridad ambiental competente.

◊◊ No se transgredan los ECA-Agua, que debe comprender el cálculo de la carga y dilución en el cuerpo receptor, la extensión de la zona de mezcla y los impactos en los ecosistemas acuáticos en la zona de mezcla.

◊◊ Las condiciones del cuerpo receptor permitan los procesos naturales de purificación, lo cual deberá ser demostrado en los estudios presentados para su evaluación.

◊◊ Su lanzamiento submarino o subacuático, con tratamiento previo, no cause perjuicio al ecosistema y otras actividades lacustres, fluviales o marino costeras.

• En el caso que se proyecta la infiltración de aguas residuales en el sub suelo se deberá considerar que esta metodología de disposición final es permisible para aguas residuales domésticas solamente. Para el diseño de sistemas de percolación de aguas residuales domesticas se debe considerar la NORMAIS.020 “TANQUES SÉPTICOS”.

• En el caso que la actividad generará aguas residuales que serán reusadas se deberá describir de las condiciones que posibilitan el reuso, incluyendo la propuesta de los criterios de calidad física, química y biológica de las aguas residuales tratadas, que garantizan niveles de riesgo mínimos para las personas en contacto directo con las aguas residuales (trabajadores y público en general expuesto), para las personas que consuman productos

La Consultora adicionalmente evaluará previamente la factibilidad de descargar los vertimientos de las siguientes PTAR en los siguientes cuerpos receptores:

PTAR DescargaPTAR Ventanilla Mar

PTAR José Gálvez Río Lurín

La Consultora deberá presentar al EG-PTAR los resultados de la evaluación de descarga.

8. Alternativas de Control y Mitigación AmbientalSe deberá determinar las alternativas de control y mitigación ambiental, teniendo en consideración el ítem “6. Identificación de Impactos Ambientales Directos e Indirectos” y el ítem “7. Evaluación de impactos Ambientales y Sociales”.Se procederá a identificar, discutir y evaluar, si las hubiera, alternativas aplicables de ubicación, gestión o tecnología que puedan contribuir a mejorar o efectivizar la prevención, control y mitigación de los impactos ambientales en los componentes afectados.Fiscalización y gestión de vertimientos industrialesDentro de las alternativas para el control y mitigación ambiental se deben considerar medidas de fiscalización de los vertimientos de las industrias que puedan estar descargando aguas industriales a las redes de alcantarillado.Las industrias y otras fuentes no domésticas deberán cumplir con los Valores Máximos Admisibles (VMA) con la finalidad de salvaguardar la infraestructura de recolección de aguas residuales y operatividad de las PTAR. Además, de las inspecciones inopinadas a las industrias para verificar el cumplimiento de los VMAs, se deberán implementar actividades de información y promoción de buenas prácticas de manejo del agua en las industrias. A continuación se enumeran algunas pautas al respecto:

•Actualización o levantamiento de información sobre las industrias, sectores, subsectores productivos e inventario de industrias en conglomerados o parques industriales.

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• Difusión local de la normatividad de agua y VMA.•Fomento de la adopción de prácticas de manejo ecoeficiente del agua por

sectores industriales o parques industriales (p.e. minimización del uso del agua, optimización de procesos industriales, reciclaje del agua y tratamiento del agua in situ).

• Implementación de oficina de información a las industrias y canalización de demandas hacia entidades de apoyo a la industria (p.e. PRODUCE, SENATI, Centro de Ecoeficiencia y Responsabilidad Social, Organización Internacional del Trabajo-OIT, entre otros.

•Difusión de empresas que cumplen con VMA e incentivos tipo premios e invitación para participación destacada en eventos sociales y de comunicación local.

•Documentación de casos industriales de éxito en manejo ecoeficiente del agua y fomento de espacios que permitan presentar testimonios a cargo de las mismas industrias.

La Consultora presentará las alternativas de solución considerando la documentación técnica y económica de respaldo. La Consultora deberá indicar los Proyectos, actividades y acciones que se implementarán para la adecuación de la actividad de saneamiento.Así mismo, presentará las alternativas determinadas para la disposición final a cuerpos receptores de las PTAR indicadas en el anterior ítem.

9. Propuesta de PAMAEl PAMA constituirá un documento dinámico que permitirá mitigar los efectos ambientales y monitorear los procedimientos y operaciones de la actividad.Deberá contener básicamente dos aspectos:• El Programa de Adecuación de la actividad de saneamiento.• El Plan de Manejo Ambiental.

9.1 Programa de Adecuación de la actividad de saneamientoEste capítulo presentará todos los proyectos, actividades, entre otros, que se realizarán para adecuar la actividad de saneamiento a las normas ambientales vigentes. Así también, se deberá adjuntar documentación técnica, económica, ambiental, etc. que sustente las medidas a tomar.El titular de la actividad de saneamiento deberá cumplir y desarrollar como mínimo los siguientes aspectos:

9.1.1. Plan de CumplimientoSe describirán los proyectos, actividades y acciones, entre otros, de manera detallada que progresivamente realizará el titular del proyecto para adecuar la actividad de saneamiento a la normatividad vigente. Se anexará documentación que lo sustente.En todos los casos posibles la meta debe ser cuantificable, para lograr tangiblemente la reducción de los elementos contaminantes generados durante la operación, y cumplir con las normas ambientales, especialmente LMP y ECAs.

9.1.2. Cronograma general de implementación y de inversiónSe desarrollará un Cronograma de Implementación general y presupuesto respectivo de cada uno de los planes o programas propuestos por etapas(operación y cierre), describiendo las acciones con los montos en Nuevos Soles.Se anexará documentación que lo sustente (p.e. presupuestos de la EPS de los PMO o presupuestos Municipales).

Metas e Indicadores de Cumplimiento Progresivo

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Se desarrollarán metas de acuerdo al cronograma de implementación e inversión. Asimismo, indicadores que deberá cumplir el titular del proyecto para adecuar la actividad de saneamiento a la normatividad vigente.

Se deberá adjuntar el cronograma y presupuesto respectivo para la implementación de cada uno de los planes o programas comprendidos en la Propuesta de PAMA por etapas (operación y cierre), describiendo las acciones con los montos en Nuevos Soles. Los indicadores básicos tienen que ver con:

i. El avance de las obras y/o actividades: % de avance físico en la implementación de la infraestructura, equipos y actividades previstas para la adecuación ambiental de la actividad.

ii. Nivel de ejecución presupuestal: % de inversión ejecutada y comprometida, que debe guardar relación o coherencia con el avance físico.

iii. Calidad del efluente ya sea para vertimiento o reuso: según los indicadores del programa de monitoreo ambiental y en especial del monitoreo de calidad de aguas que salen del efluente de la PTAR.

9.2 Plan de Manejo Ambiental (PMA).Este capítulo desarrollará las medidas antes, durante y después de la adecuación de la PTAR, indicando los siguientes aspectos:

9.2.1 Programa de Prevención, Control y RecuperaciónLa Consultora deberá describir las medidas de prevención, mitigación, remediación y compensación que realizarán los proyectos, actividades, entre otros, para que la actividad de saneamiento se adecue al marco normativo vigente. Desarrollar un Programa de Seguimiento y Control para las medidas establecidas.

Medidas de prevención, mitigación, remediación y compensación

EtapasMedidas de Prevención, Remediación y Compensación de Impactos

AmbientalesImpacto

IdentificadoActividad Causante

Medida Propuesta

Ámbito de Aplicación

Responsable

Estudios y formulación Construcción/ rehabilitación Operación y mantenimiento

9.2.2 Programa de MonitoreoLa Consultora desarrollará un Programa de Monitoreo, que permitirá tener bajo permanente observación algunos de los parámetros básicos para controlar los eventuales impactos de las actividades del proyecto, así como, medir su avance respecto a las metas ambientales propuestas.El Programa de Monitoreo deberá Indicar:• Puntos de monitoreo (referenciados en coordenadas UTM) y ubicados un

plano a escala visible.• Frecuencia de monitoreo y su normatividad vigente aplicable.

Monitoreo Agua SuperficialSe deberá establecer el programa de monitoreo de la calidad del agua, considerando la red de monitoreo, frecuencia y parámetros de análisis. Los

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protocolos utilizados deberán considerar el “Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial”, aprobado con Resolución Jefatural N° 182-2011-ANA.• La red de monitoreo deberá abarcar puntos de monitoreo aguas arriba, aguas abajo y dentro del área de influencia directa, puntos en proximidad a los usos de agua en el área de influencia directa (incluyendo la zona de mezcla) e indirecta y puntos de control en proximidad de los vertimientos de aguas residuales.• La frecuencia de monitoreo deberá considerar la variabilidad del cuerpo de agua, condiciones de estación húmeda y seca, flujo picos y en particular bajos.• La lista de parámetros considerados deberá ser seleccionado en función de los potenciales impactos del proyecto en la calidad del agua tomando como referencia los parámetros recomendados para diferentes actividades en el Protocolo Nacional de Monitoreo de Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficiales.• Los resultados del monitoreo de la calidad de aguas superficiales deberán ser evaluados en base de los Estándares Nacionales de Calidad de Agua(ECA).

Monitoreo Efluente• Si el proyecto prevé el vertimiento y/o reuso de aguas residuales tratadas, se deberá establecer el Programa de Control y Monitoreo de Efluentes Residuales Domésticos, así como de la Calidad del Agua Superficial (en el caso de vertimiento), se deberá incluir lo siguiente:◊◊ Sustento de la ubicación de Puntos de Control de efluentes de descarga, donde se incluya información de la infraestructura que sería empleada para la descarga de los efluentes incluyendo esquemas o fotografías de la misma o del punto de vertimiento.◊◊ Sustento de ubicación de Puntos de Control de la calidad del agua en el cuerpo receptor para el control de las descargas de efluentes, o descargas operacionales, componentes u otras actividades del proyecto, tomando en consideración los siguientes criterios:

»» Ríos: aguas arriba y aguas abajo de la zona de mezcla.»» Mar y descarga subacuática: vertical arriba de emisor submarino en

lugar de menor profundidad, en el límite de la zona de mezcla.»» Lagos: cuatro puntos en el límite de la zona de mezcla en las cuatro direcciones.»» En el caso de infiltración de aguas residuales domésticas: pozos y

manantiales en el área de influencia de la infiltración.◊◊ Los parámetros de control en el efluente y cuerpo receptor deberán ser coherentes, tratando en lo posible que sean los mismos, para un adecuado control del efecto de las descargas sobre los cursos de agua. Cabe precisar que el Programa de Monitoreo para el Control de los Efluentes y la Calidad del Agua deberán efectuarse considerando los respectivos Protocolos de Monitoreo de Efluentes del Sector y el Protocolo Nacional de Monitoreo de Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficiales aprobado mediante R.J. Nº 182-2011-ANA por la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

◊◊ Presentar un cuadro resumen del Programa de Monitoreo y Control tanto de efluentes y en cuerpo receptor y plano de ubicación de infraestructuras hidráulicas y control de efluentes.◊◊ Adjuntar las fichas de identificación de los Puntos de Control, conforme al Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficiales aprobado mediante R.J. Nº 182-2011-ANA.

Monitoreo en la calidad del agua subterránea:• Si la caracterización de Impacto Ambiental ha evidenciado posibles impactos sobre la calidad de los recursos hídricos subterráneos, se deberá establecer el programa de monitoreo de la calidad del agua subterránea, considerando la red de monitoreo, frecuencia y parámetros de análisis.

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Se deberá precisar información de los métodos utilizados para colección de muestras, programas de control de calidad, análisis de laboratorio e interpretación de datos.• La red y frecuencia de monitoreo y los parámetros de análisis deberán ser consistentes con el programa de monitoreo de la línea base y deberán permitir reconocer los potenciales impactos del proyecto.• Los resultados del monitoreo de la calidad de las aguas subterráneas deberán ser evaluados en base de los resultados de la línea base y de los Estándares Internacionales aplicados en la misma.• Se deberá incluir el mapa de la ubicación de los puntos de muestreo y de posibles fuentes de contaminación, los perfiles estratigráficos y diseño técnico de los pozo de monitoreo, mostrando la profundidad, dimensionamiento y características técnicas del entubado y filtros.

9.2.3 Programa de Cierre de Operaciones y abandonoLa Consultora debe desarrollar las acciones a realizar y establecer la responsabilidad de la implementación de las acciones del Programa de Cierre y de Abandono.De ser el caso, si la PTAR de saneamiento cierra sus operaciones deberá describir los procedimientos y acciones que se seguirán con el fin de que el área donde está ubicada no constituya un peligro posterior de contaminación del ambiente o de daño a la salud de la población ubicada en el área de influencia, por lo que contemplará entre otras medidas:• La demolición, desmontaje, cierre, entre otros, según sea el caso de la

infraestructura de la PTAR• El mantenimiento post-restauración• La demolición, desmontaje, cierre, entre otros, según sea el caso, de la

infraestructura de la actividad de saneamiento.• Programa de manejo de residuos sólidos, cuyo transporte y disposición final

de residuos se realizará de acuerdo a la normatividad vigente.• El mantenimiento post-restauración.• De ser el caso, el control de deslizamientos y escorrentías; la

descontaminación, nivelación y revegetación del suelo; monitoreos a realizar.

• Otras acciones y/o medidas que determine la autoridad competente de acuerdo al tipo de proyecto.

9.2.3.1 Plan de CumplimientoLa Consultora deberá desarrollar el Plan de Cumplimiento para las medidas de mitigación establecidas, que permitan verificar el cumplimiento de la legislación nacional vigente.La Consultora deberá presentar el cronograma de ejecución del Plan de Cumplimiento señalando la periodicidad de los informes a presentar. La Consultora presentará esta información en un diagrama Gantt.

9.2.3.2 Cronograma de implementación y de InversiónEl PMA debe de establecer un programa de trabajo para implementar las medidas de mitigación con las metas a alcanzar acompañado de un cronograma de inversión, donde se detallen las actividades y los presupuestos que se asignarán para el cabal cumplimiento de lo propuesto.El plazo de ejecución del PMA será fijado por la Autoridad Ambiental Competente, en función de la complejidad del mismo y de los montos de inversión correspondientes, pero considerando el plazo máximo de cinco (5) años a partir de la fecha de aprobación de la Actualización del Estudio Ambiental, de acuerdo a lo establecido por el artículo 21º del Reglamento.

9.3 Plan de ContingenciasIdentificar los riesgos previsibles a los que está expuesto la operación, mantenimiento y cierre de proyectos para que la actividad de saneamiento se

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adecue al marco normativo vigente. En caso de posibles colapsos, fallas, derrames, que impliquen impactos sobre los recursos hídricos, se deberá informar inmediatamente, entre otros, a la ANA.

En caso de realizar tratamiento de las aguas residuales, se deberá precisarlas medidas a adoptarse en el caso de falla o mantenimiento del sistema de tratamiento. Se señala que las medidas a adoptarse en el caso de falla o mantenimiento del sistema de tratamiento no podrán comprender sistemas de bypass o rebose que posibilitan el vertimiento de aguas residuales no tratadas al cuerpo natural de agua. Por lo tanto se deberá prever estructuras de almacenamiento de aguas residuales diseñados para recolectar los volúmenes de aguas residuales generados en periodos de mantenimiento o reparación del sistema de tratamiento de aguas residuales.

9.4 Plan de Manejo de Residuos Sólidos y LíquidosDesarrollar un Plan de Manejo de Residuos Sólidos, que incorpore una descripción detallada de las pautas a seguir para realizar un manejo adecuado de los residuos sólidos generados por la empresa, empleando técnicas de minimización, reaprovechamiento y segregación; además se definen las consideraciones a tomar para el almacenamiento, recojo, transporte y disposición final de los mismos. Estas acciones son concordantes con el Artículo 9º del Decreto Supremo N° 057-2004-PCM obligado a acondicionar, almacenar y disponer en forma segura, sanitaria y ambientalmente adecuada los residuos generados bajo su competencia.

Se debe incluir una estimación de las cantidades de residuos que se van a generar en el tratamiento de las aguas residuales, donde los residuos provienen principalmente del cribado (sólidos gruesos), del desarenado (lodos), de los tratamientos primario al terciario (lodos).En el caso de los lodos, detallar la calidad de los mismos indicando: contenido de agua, calidad microbiológica (bacterias, virus, huevos de parásitos), contenido de metales (plomo, cadmio, selenio, etc). Indicar los procesos para el manejo de los lodos crudos y la obtención de los lodos estabilizados (pretratamiento, espesamiento, estabilización, acondicionamiento, desinfección, deshidratación, secado, disposición final).

9.5. Plan de ecoeficiencia para instalaciones administrativas y serviciosDesarrollar un plan de ecoeficiencia para las instalaciones administrativas y servicios. Se tomará como referencia el documento “Guía de Ecoeficiencia para Dependencias del Sector Público” MINAM, 2011 (www.minam.gob.pe).

9.6. Estimación de costos y plan de financiamientoLa estimación de costos y preparación del presupuesto del PAMA tendrá en cuenta los costos históricos o costos de otros proyectos ejecutados con no mayor a 2 años de antigüedad. Un estudio de precios locales siempre resulta útil para afinar y sustentar el presupuesto. En el caso de los PIPs se seguirán las metodologías requeridas por el SNIP, como relación Costo / Beneficio o Costo /Eficacia por ejemplo.

Como SEDAPAL tendría que asumir el compromiso de financiar e implementar el PAMA; por ello, resulta imprescindible indicar la forma en la que será financiada la implementación del PAMA.Al tener SEDAPAL los planes de inversión y los presupuestos que se establecen en los Planes Maestros Optimizados (PMOs), se tendrá que considerar éstos como herramienta regulatoria y de planeamiento de largo plazo para la formulación, evaluación y aprobación del PAMA, de prestadores de servicios, debe tomarse en cuenta que el sustento de las metas de inversión deben estar consideradas y aprobadas por SUNASS en los respectivos PMOs.

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SEDAPAL

CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

Dentro del plan de financiamiento se debe indicar la existencia de otras fuentes como fondos de la cooperación internacional, aportes de responsabilidad social del sector privado, entre otros.El Plan de Financiamiento (PF) permitirá visualizar claramente las fuentes de financiamiento del PAMA en sus diferentes etapas de implementación.El PF deberá tener en cuenta los plazos que demanda la viabilización de los proyectos de inversión pública del SNIP para asegurar la disponibilidad presupuestal y financiera oportunamente, la que podrá tener fuentes como recursos ordinarios, recursos directamente recaudados, Canon, FONCOMUN, entre otros.

10. Conclusiones y RecomendacionesSe mencionarán las conclusiones sobre la caracterización de la línea base, la identificación y evaluación ambiental, la viabilidad ambiental, programa de adecuación, cronograma, presupuesto; así como las recomendaciones generales y específicas correspondientes.

11. Panel FotográficoLa Consultora, presentará un álbum fotográfico, con vistas panorámicas de las PTAR, donde se visualicen:1. El Área de influencia de las PTAR; de la flora; fauna y vías de acceso;.2. La infraestructura de las PTAR, Ingreso de la PTAR, salida de la PTAR,

componentes de las etapas del Proceso incluyendo la disposición de lodos y residuos sólidos, contorno de las PTAR – áreas verdes.

3. Los Puntos de vertimiento, las tomas de muestra para los diversos análisis.4. Otros relevantes en la cual ayuden a tener una idea de los impactos

generados.12. Otros compromisos que determine la autoridad sectorial

12.1. Plan de Participación Ciudadana (PPC)

Se deberá elaborar el Plan de Participación Ciudadana, tomando en consideración lo establecido en el Título IV del DS N°002-2009-MINAM y el D.S.Nº 015-2012-VIVIENDA, según corresponda. Así mismo se deberán considerar otros instrumentos del sector que se aprueben en relación a la Participación Ciudadana. Por otro lado tendrán en consideración el acceso a la Información ambiental y el carácter púbico de la información, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de transparencia y Acceso a la Información- Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM.

13. AnexosSe anexarán al PAMA entre otros, los siguientes documentos, si al momento de realizar el levantamiento de información no encontrasen estos documentos, deberán elaborarse y el profesional responsable deberá firmarlos y sellarlos. Plano de ubicación de la PTAR, señalando su área de influencia directa e

indirecta, de preferencia a colores, firmados. Planos Generales de la PTAR, a escala de los componentes con enfoque

ambiental, de fácil visualización, firmados. Planos Generales de los proyectos que se realizarán para la adecuación de

la PTAR. Certificado del Instituto Nacional de Cultura de Inexistencia de Restos

Arqueológicos. (de ser el caso) Manual de operación y mantenimiento de las PTAR, firmados. Estudios de suelos y geotécnicos (de ser el caso). Planos de ubicación de

calicatas. Estudio Hidrogeológico, Incluyendo vulnerabilidad del cuerpo receptor.

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SEDAPAL

CONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

Informes de monitoreo del laboratorio acreditado. Adjuntar documentos de haber celebrado acuerdos con los pobladores

dueños de los terrenos circundantes donde se encuentra la PTAR, en la cual se entrega el agua residual tratada, con la finalidad de evitar posibles conflictos.

D.3 EXIGENCIA La Consultora deberá presentar a SEDAPAL, el Estudio Ambiental (PAMA)

incluyendo los requisitos conforme el procedimiento N° 8 del TUPA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por D.S. Nº 007-2004-VIVIENDA y modificado por R.M. Nº 547-2007-VIVIENDA.

La Consultora debe considerar como mínimo los lineamientos descritos en D1 Descripción de Servicio y D.2 Requisitos Generales, el mismo que deberá presentarse foliado en todas sus páginas y cuyo contenido debe presentarse en una tabla de contenido o índice completo (incluyendo el resumen ejecutivo, los planos, los análisis de laboratorio, anexos entre otros).

La Consultora, de conformidad con lo establecido en el Art., 10.2 de la Ley 27446 y su modificatoria aprobada por Decreto Legislativo Nº 1078, deberá encontrarse con inscripción vigente, en el Registro de empresas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que conduce la Oficina del Medio Ambiente - OMA, al momento de la elaboración, evaluación y aprobación del Estudio Ambiental. Por lo que, es exigencia obligatoria adjuntar el documento de vigencia de dicha inscripción, en la que evidencie ser empresa autorizada para elaborar Estudios de Impacto Ambiental.

La Consultora deberá contar con un equipo técnico multidisciplinario integrado por al menos cinco (05) profesionales colegiados con acreditada experiencia en medio ambiente relacionada con los aspectos de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que deben estar inscritos y acreditados en el registro vigente de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. En este registro vigente deben incluir los nombres de los profesionales quienes elaborarán los PAMA.

Así mismo, el Estudio Ambiental - PAMA de cada PTAR, junto con los planos y documentos que se adjunten deberán estar suscritos por el responsable del PAMA y el equipo de profesionales, con sus respectivas colegiaturas y firmas en cada una de las páginas del PAMA, en conformidad con la RM Nº 139-2004-VIVIENDA y al Reglamento de la Ley del SEIA.

La Consultora deberá realizar el pago y adjuntar el recibo de pago por concepto del procedimiento N° 8 (Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental) correspondiente al 54.91% de la UIT del TUPA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por D.S. Nº 007-2004-VIVIENDA y modificado por R.M. Nº 547-2007-VIVIENDA.

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D.4 CRONOGRAMA DE TRABAJOSLa Consultora tiene el siguiente plazo para ejecutar el Servicio:

DESCRIPCIÓNMESES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

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GRUPO 01 : PTAR INSCRITAS EN EL PAVER1. Recopilación y Levantamiento de Información

(Antecedentes, etc) 2. Elaboración y Descripción del área de influencia de

la PTAR (Medio fisico, Biológico, Económico y Socio -Cultural) – incluido caracterización de las aguas, aire y suelo.

3. Identificación y Evaluación de impacto (en el ambiente Físico, Biológico, Socio – Económico, Ambiente de Interés Humano)

4. Elaboración del PAMA, del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental que contengan: Plan de Cumplimiento, junto con el cronograma de implementación e inversión, Propuesta del Plan de Manejo Ambiental (Programa de Prevención, control y recuperación, de Monitoreo y de Cierre de Operaciones, Plan de Contingencias y el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, asi como el Resumen Ejecutivo. Presentación Preliminar del Expediente.

5. Revisión por parte de SEDAPAL, y levantamiento de observaciones por parte de La Consultora en el plazo no mayor de 15 días.

6. Entrega y envío del Expediente Final, por parte de La Consultora, al Sector correspondiente conforme el procedimiento N° 8 del TUPA del MVCS, Evaluación por parte del MVCS y levantamiento de observaciones por parte de La Consultora en el plazo no mayor de 15 días.

7. Evaluación por parte del MVCS hasta la Obtención de la aprobación del Estudio Ambiental por parte del MVCS

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DESCRIPCIÓNMESES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

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GRUPO 02 : PTAR NO INSCRITAS EN EL PAVER1. Recopilación y Levantamiento de Información

(Antecedentes, etc) 2. Elaboración y Descripción del área de influencia de

la PTAR (Medio fisico, Biológico, Económico y Socio -Cultural) – incluido caracterización de las aguas, aire y suelo.

3. Identificación y Evaluación de impacto (en el ambiente Físico, Biológico, Socio – Económico, Ambiente de Interés Humano)

4. Elaboración del PAMA, del Programa de Adecuacióny Manejo Ambiental que contengan: Plan de Cumplimiento, junto con el cronograma de implementación e inversión, Propuesta del Plan de Manejo Ambiental (Programa de Prevención, control y recuperación, de Monitoreo y de Cierre de Operaciones, Plan de Contingencias y el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, asi como el Resumen Ejecutivo. Presentación Preliminar del Expediente.

5. Revisión por parte de SEDAPAL, y levantamiento de observaciones por parte de La Consultora en el plazo no mayor de 15 días.

6. Entrega y envío del Expediente Final, por parte de La Consultora, al Sector correspondiente conforme el procedimiento N° 8 del TUPA del MVCS, Evaluación por parte del MVCS y levantamiento de observaciones por parte de La Consultora en el plazo no mayor de 15 días.

7. Evaluación por parte del MVCS hasta la Obtención de la aprobación del Estudio Ambiental por parte del MVCS

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

D.5 EVALUACIÓN DE LA ZONA DE TRABAJOEL CONTRATISTA antes de presentar su propuesta, podrá revisar la información disponible en SEDAPAL, para ello podrá realizar una visita de campo, para conocer el grado de dificultad que tendrá el momento de ejecución de los trabajos, básicamente en lo que se refiere al diagnóstico ambiental. Dicha visita será realizada por el Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales. Y es opcional y no le otorgará puntaje ni lo descalifica.La visita se realizará el día anterior de la entrega de las propuestas, así mismo se partirá desde la Atarjea a partir de las 8:15 am, para ello deberá confirmar 24 horas antes de la visita al 3173000 secretaria del EG-PTAR a fin de registrarse.

D.6 SUPERVISION Y EVALUACIÓN Para el desarrollo del presente servicio el Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales EG-PTAR, designará un Ingeniero Supervisor del Servicio, quien verificará y supervisará el adecuado desarrollo del mismo y dará la conformidad.

E. Personal mínimo requerido: La Consultora para el adecuado desarrollo del servicio, asignará obligatoriamente el siguiente personal:- Un (01) Coordinador General del Servicio, el mismo que se encargará en forma

exclusiva al servicio que incluye:

i. Realizar las coordinaciones con el Supervisor designado por SEDAPAL, y atender los requerimientos necesarios para la buena prestación del Servicio.

ii. Coordinar, Supervisar y Conducir el estudio ambiental de las PTAR, realizando las coordinaciones con los Profesionales destinados para el desarrollo del mismo.

iii. Avalar el proyecto en su conjunto.iv. Elaborar y presentar los informes de avance para la valorización

respectiva.

Además efectuará los enlaces necesarios para el mejor desarrollo de los mismos; quien deberá contar con un equipo de radio de comunicaciones en forma permanente y operativo, similares a los empleados por SEDAPAL con recepción de llamadas telefónicas y mensajes; asimismo dicho personal se encargará de efectuar las coordinaciones y enlaces entre SEDAPAL y La Consultora. Asimismo, se precisa que el Coordinador General del Servicio será el responsable de las actividades a realizar dentro del servicio contratado.

PERFIL: profesional colegiado y habilitado en Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Ambiental o Ingeniería Química, con estudios en Gestión Ambiental, quien pertenecerá al staff de profesionales inscritos en el registro de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de una Resolución, el cual debe estar vigente y debe incluir el nombre de este profesional.

EXPERIENCIA: con experiencia mínima de un (01) año en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica y/o coordinación de prestación de servicios o trabajos de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales.

- La Consultora presentará su equipo técnico multidisciplinario integrado por al menos cinco (05) profesionales colegiados y habilitados quienes se encargarán de

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

desarrollar la actualización del PAMA y serán los responsables de lo señalado en los estudios ambientales tal como lo indica la Ley del Sistema de Evaluación Impacto Ambiental y su Reglamento.

PERFIL: Profesionales inscritos en el registro de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de una Resolución, el cual debe ser vigente y debe incluir los nombres de los profesionales presentados.

EXPERIENCIA: con experiencia mínima de un (01) año en desarrollo de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales.La copia de las colegiaturas y los certificados de habilidad de los profesionales incluyendo del coordinador deberán presentarse al EG-PTAR al inicio efectivo de su participación en la ejecución del contrato.

Se precisa que de ser necesario el cambio durante la prestación del servicio, de los profesionales presentados al inicio del servicio. La Consultora debe informar del mismo y presentar a la Jefatura del Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de SEDAPAL, los nuevos nombres con sus respectivos certificados de habilidad del colegio al que pertenezcan los profesionales y el documento donde se indique la inscripción de dichos profesionales en el registro de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Nota:Los profesionales presentados en la propuesta, deberán ser los que ejecuten el servicio si hubiera algún cambio de los profesionales, los nuevos profesionales propuestos deberán tener el mismo perfil o superior al perfil con que ganaron el servicio, y esta será comunicado con Carta al EG-PTAR (con los documentos que acrediten dicho perfil), con 48 horas de anticipación al cambio para su aprobación correspondiente.

F. EntregablesLa Consultora presentará los avances mensuales, a través de un informe con los datos Preliminares del expediente, de acuerdo al Cronograma de trabajo.

Hasta el 2do mes de inicio del Contrato: Presentación de la descripción del área de influencia de la PTAR (Medio fisico,

Biológico, Económico y Socio -Cultural) – incluido copia de la caracterización de las aguas, aire y suelo de las PTAR Inscritas en el PAVER.

Hasta el 3er mes de inicio del contrato: Presentación de las Identificaciones y Evaluaciones de los impactos (en el

ambiente Físico, Biológico, Socio – Económico, Ambiente de Interés Humano) de las PTAR inscritas en el PAVER.

Hasta el 4to mes de inicio del contrato: Presentación del avance del PAMA, en el cual debe incluir el Programa de

Adecuación y Manejo Ambiental que contengan: Plan de Cumplimiento, junto con el cronograma de implementación e inversión, la propuesta del Plan de Manejo Ambiental, donde incluya los Programas de Prevención, control y recuperación, de Monitoreo y de Cierre de Operaciones de las PTAR inscritas en el PAVER. Presentación del Plan de Contingencias y el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, asi como el Resumen Ejecutivo de las PTAR inscritas en el PAVER.

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

Hasta inicios del 5to mes: Presentarán los Expedientes Preliminares de las PTAR inscritas en el PAVER.

SEDAPAL remitirá las Observaciones.6to mes: Presentará el levantamiento de observaciones, en el plazo no mayor a 15 días de

entregada las observaciones planteadas por SEDAPAL de los Expedientes de las PTAR inscritas en el PAVER.

Remitirán los Expedientes de los PAMA de las PTAR inscritas en el PAVER al MVCSHasta el 7mo mes de inicio del Contrato: Presentación de la Recopilación y Levantamiento de Información de las demás

PTAR no inscritas en el PAVER. Presentación de la descripción del área de influencia de la PTAR (Medio fisico,

Biológico, Económico y Socio -Cultural) – incluido copia de la caracterización de las aguas, aire y suelo de las demás PTAR no inscritas en el PAVER

La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de la PTAR inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

Hasta el 8vo mes de inicio del Contrato: Presentación de las Identificaciones y Evaluaciones de los impactos (en el

ambiente Físico, Biológico, Socio – Económico, Ambiente de Interés Humano) de las demás PTAR no inscritas en el PAVER.

La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de la PTAR inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

Hasta el 9no mes de inicio del Contrato: Presentación del avance del PAMA, en el cual debe incluir el Programa de

Adecuación y Manejo Ambiental que contengan: Plan de Cumplimiento, junto con el cronograma de implementación e inversión, la propuesta del Plan de Manejo Ambiental, donde incluya los Programas de Prevención, control y recuperación, de Monitoreo y de Cierre de Operaciones de las demás PTAR no inscritas en el PAVER.

Presentación del Plan de Contingencias y el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, asi como el Resumen Ejecutivo de las demás PTAR no inscritas en el PAVER.

La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de la PTAR inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

Hasta inicios del 10mo mes: A inicios del mes, presentarán los Expedientes Preliminares de las demás PTAR no

inscritas en el PAVER. SEDAPAL remitirá las Observaciones. La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de la PTAR

inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

11vo Mes Presentará el levantamiento de observaciones, en el plazo no mayor a 15 días de

entregada las observaciones planteadas por SEDAPAL de los de las demás PTAR no inscritas en el PAVER.

Remitirán los Expedientes de los PAMA de las demás PTAR no inscritas en el PAVER al MVCS.

La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de la PTAR inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

12vo al 15vo mes La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de la PTAR

inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

La Consultora deberá haber obtenido la aprobacion de los Expedientes de los PAMA de las PTAR inscritas en el PAVER, a traves de la Resolucion emitida por el MVCS.

La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de las demás PTAR no inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

15vo al 21vo Mes La Consultora estará pendiente de las Observaciones de los PAMA de las demás

PTAR no inscritas en el PAVER planteadas por el MVCS y de presentarse observaciones las levantará antes de 3 días del vencimiento del plazo dado, entregándolo previamente a SEDAPAL, para su revisión.

22vo al 24vo Mes La Consultora deberá haber obtenido la aprobacion de los Expedientes de los PAMA

de las demás PTAR no inscritas en el PAVER, a traves de la Resolucion emitida por el MVCS.

NOTA:1. Para la presentación del Expediente Preliminar a SEDAPAL, presentará dos (02) CD

de cada PTAR, en digital y editable, conteniendo toda la información del expediente los textos, cálculos y planos, procesados en Word, Excel y/o Autocad respectivamente (para Windows 98 o superior y MS Project 2000).

2. Para la presentación al Ministerio Vivienda Construcción y Saneamiento, deberá presentar el Expediente Final de cada PTAR, en tres (03) ejemplares, dos (02) en original y una (01) copia, impresos en papel Bond no mayor a A4 y correctamente anillados, debidamente sellados y firmados por los profesionales responsables, y dos (02) Discos Compactos por cada PTAR conteniendo toda la información del expediente los textos, cálculos y planos, procesados en Word, Excel y/o Autocad respectivamente (para Windows 98 o superior y MS Project 2000) y otros requisitos exigido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para su evaluación y aprobación.

Una Original y un CD, se entregará a SEDAPAL, junto con el cargo del ingreso del expediente

3. Si existieran observaciones estas deberán ser subsanadas en el periodo establecido por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento y deberán presentar el expediente con la subsanación de las Observaciones, presentando el expediente final con las modificaciones necesarias, estas se deberán presentar de cada PTAR, en tres (03) ejemplares, dos (02) en original y una (01) copia, impresos en papel Bond no mayor a A4 y correctamente anillados, debidamente sellados y firmados por los profesionales responsables, y dos (02) Discos Compactos por cada PTAR conteniendo toda la información del expediente los textos, cálculos y planos, procesados en Word, Excel y Autocad respectivamente (para Windows 98 o superior y MS Project 2000) incluyendo los anexos solicitados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para su evaluación y aprobación.

Una Original y un CD con el levantamiento de Observaciones, se entregará a SEDAPAL, junto con el cargo del levantamiento de Observaciones.

4. Se deberán anexar todos los documentos originales de los ensayos de laboratorio, resultados de los diversos análisis, entre otros.

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

G. Responsabilidad del CONSULTORLa Consultora es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios ofertados por un plazo no menor de dos (02) años ni mayor a tres (03) años contados a partir de la conformidad otorgada, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 50° de la Ley de Contrataciones del Estado.

H. Obligaciones del CONSULTORLa Consultora se obliga a cumplir con el objeto materia del presente servicio, con estricta sujeción a las Bases del Concurso Público N° 70-2014-SEDAPAL y las condiciones generales de su Propuesta Técnico - Económica, que formará parte integrante del Contrato, que se suscriba con La Consultora, así como a los términos y condiciones del mismo, entre otras, las siguientes:

1. La Consultora deberá presentar al EG-PTAR, a la firma del Contrato, antes del inicio del Servicio los certificados de habilidad del colegio al que pertenezcan los profesionales propuestos para el desarrollo del PMA y del coordinador propuesto, los cuales deberán estar en la relación de los profesionales inscritos en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

2. Ejecutar los trabajos de acuerdo a la descripción de las actividades presentadas en los términos de referencia señaladas en las Bases de Concurso Público Nº 70-2014-SEDAPAL en la propuesta Técnica del Postor, que forman parte integrante del contrato que se suscribe con La Consultora.

3. La Consultora del servicio contará con un Coordinador General que actuará como interlocutor entre La Consultora y SEDAPAL, para ello el Coordinador debe contar con un teléfono fijo y un equipo de radio compatible con el usado en el EG-PTAR a fin de que mantenga comunicación constante con el supervisor del servicio.

4. Presentar los avances mensuales para su valorización, a través de un informe mensual con los datos indicados en los entregables de estas bases, que será los avances preliminares del expediente, a fin de que sean revisados por SEDAPAL, presentar el Expediente Preliminar en dos (02) ejemplares en original y para la presentación al MVCS deberá presentar el Expediente Final de cada PTAR, en tres (03) ejemplares, dos (02) en original y una (01) copia, impresos en papel Bond no mayor a A4 y correctamente anillados, debidamente sellados y firmados por los responsables, y dos (02) discos compactos por cada PTAR conteniendo toda la información del expediente los textos y cálculos, procesados en Word y Excel, respectivamente (para Windows 98 o superior y MS Project 2000). Si existieran observaciones estas deberán ser subsanadas en el periodo establecido por el MVCS y presentar el expediente con el levantamiento de Observaciones de la misma manera que se presentó el expediente final.

5. La Consultora, presentará a SEDAPAL y luego al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, todos los requisitos exigidos en el procedimiento N° 8 del TUPA del MVCS y abonará el correspondiente pago por derecho del Estudio, a fin de realizar los trámites.

6. Garantizar, por medidas de seguridad, que su personal ingrese a las instalaciones de SEDAPAL con los implementos de seguridad establecidos por SEDAPAL y portando su carnet de identificación con fotografía (Fotocheck) en el lado superior izquierdo del pecho, y debidamente firmado por el Gerente General de su empresa.

7. La Consultora queda obligado, mediante Declaración Jurada, a levantar todas las observaciones que en su oportunidad, realicen las unidades evaluadoras correspondientes, de acuerdo a Ley.

8. La Consultora asume la responsabilidad de la planificación, programación y ejecución de las actividades requeridas por el servicio a contratarse, así como subsanar las deficiencias técnicas que detecte SEDAPAL.

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

9. La Consultora debe contar con una organización que garantice el cumplimiento de sus actividades en forma plena, eficiente y oportuna durante la vigencia de la contratación.

10.La Consultora debe celebrar reuniones de coordinación cuando SEDAPAL lo solicite.

11.La Consultora no debe realizar la subcontratación o transferencia total o parcial de las actividades del servicio contratado, sin el previo consentimiento escrito de SEDAPAL, bajo sanción de resolución del presente contrato.

12.La Consultora debe presentar un Plan de Seguridad según el Decreto Supremo N° 005-2012-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo,

I. Obligaciones del SEDAPAL: 1. Proporcionar información existente y dar las facilidades necesarias para el

desarrollo adecuado del servicio, así como supervisar permanentemente la realización del servicio.

2. Exigir, a través del Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales EG-PTAR, el estricto cumplimiento de todos los términos y condiciones del Contrato, siendo La Consultora responsable de su sujeción a las Bases del Concurso Público y a su propuesta técnico económica que forma parte del Contrato, estando facultada la primera para aplicar multas, sanciones y/o penalidades, pudiendo de ser el caso, plantear la resolución del Contrato.

3. Tramitar y ordenar el pago de la factura presentada por La Consultora, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos.

J. Seguros: La Consultora, deberá contratar las siguientes Pólizas de Seguros:Póliza de Deshonestidad Comprensiva por un monto equivalente a USD 10 000,00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR salud y pensión) y seguro contra accidentes personales de hasta USD$ 20 000 (Veinte mil y 00/100 dólares americanos), vigentes donde deberán figurar el personal propuesto para que efectúe el servicio, el cual será entregado al Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales EG-PTAR de SEDAPAL, previo al inicio del trabajo.

K. Uso de instalaciones y/o recursos de SEDAPAL:La Consultora no deberá hacer uso de las instalaciones de SEDAPAL, solo para los casos en la que el personal realice actividades de campo como toma de muestras de agua, instalación de equipos de medición de ruido y olores, así como de toma de fotos, entre otros). Si fuera necesario usar por más de un día consecutivo las instalaciones de las PTAR, esta será solicitada hacia la Gerencia de Recolección Tratamiento y Disposición Final indicando la actividad, el personal que ingresará y el tiempo que permanecerá el personal en las instalaciones de las PTAR; el personal deberá tener los implementos de seguridad necesario a fin de cumplir con las actividades señaladas.

L. Medio Ambiente: El Consultor que obtenga la Buena Pro deberá adoptar procedimientos constructivos, productos y servicios de reducido impacto ambiental negativo que sean durables, no peligrosos y susceptibles de reaprovechamiento (Artículo 18 de la Ley 27314 “Ley General de Residuos Sólidos”).

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M. Plan de Seguridad en la ejecución del servicio: El servicio requiere un Plan de Seguridad para el personal que realizará labores de campo en las PTAR (toma de muestras de agua, instalación de puntos de monitoreos, entre otros), así como indumentaria especial, en aplicación del Decreto Supremo, N° 005-2012-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. En lo que respecta al cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, prevención de riesgos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, debiendo velar adicionalmente, por la preservación del medio ambiente, en el entorno de las faenas. Que deberá ser presentado al inicio del servicio.

La Consultora, deberá proporcionar los implementos de seguridad y protección personal a todos sus trabajadores, que ingresen a realizar actividades de campo en las PTAR. Estos elementos deberán ser de buena calidad y será obligación del ganador de la Buena Pro el reemplazo de aquellos elementos, instrumentos y/o equipos que, por su deterioro debido al trabajo, no cumplan con los estándares establecidos.

La Consultora deberá cautelar que todas las actividades que involucran riesgos de accidentes, cuenten con las previsiones correspondientes, haciendo énfasis en la seguridad de las personas, las instalaciones, equipos, materiales y medio ambiente, eliminando los riesgos innecesarios. Para este efecto La Consultora estará sometida al cumplimiento de las Normas Nacionales relacionadas a la Seguridad e Higiene Ocupacional. La Consultora, deberá informar de inmediato a SEDAPAL de cualquier accidente de trabajo ocurrido en cumplimiento de la ejecución de las actividades del Contrato; en caso se detecte el incumplimiento de lo señalado, se aplicará la penalidad correspondiente.

N. Certificación requerida como documentación obligatoria:Copia simple de la Resolución Directoral que acredite la vigencia en el Registro como empresa y/o entidad encargada para elaborar Estudios Ambientales en el sector Vivienda, en cumplimiento al DS N° 007-2004 -VIVIENDA, de fecha 24/04/2004, modificada por RM N° 547-2007-VIVIENDA publicado el 31/10/2007 y su Anexo publicado el 1/11/2007.Copia simple del título profesional y certificado de del Ingeniero Sanitario y/o Ingeniero Ambiental y/o Ingeniero Químico (a) propuesto por el postor como Coordinador General del Servicio, quien deberá estar inscrito en el registro vigente de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento .Presentación de los cinco (05) profesionales como mínimo quienes desarrollarán la Elaboración de los PAMA, incluyendo la Copia simple de los títulos profesionales y el documento donde se encuentren inscritos en el registro vigente de La Consultora para la elaboración de EIA emitidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y SaneamientoNota: Los Postores que no cumplan con presentar alguno de estos documentos de presentación obligatoria, serán descalificados automáticamente, sin evaluar los demás documentos.

O. Fuente de Financiamiento:Recursos directamente recaudados.

P. Forma de Pago:La forma de pago será a los quince (15) días calendario previa conformidad del servicio por parte del Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales – EG-PTAR, que será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario, contados a partir de la entrega de la factura e informe (s) por parte de La Consultora.

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El pago se realizará de la siguiente manera:

DESCRIPCION % del monto del Contrato

Grupo 1: PTAR inscritas en el PAVERDespués de la entrega del informe de Recopilación y Levantamiento de Información (Antecedentes, etc)Elaboración y Descripción del área de influencia de la PTAR (Medio fisico, Biológico, Económico y Socio -Cultural) – incluyendo caracterización de las aguas, aire y suelo. de las PTAR inscritas en el PAVER.

1. PTAR San Juan (incluye emisor submarino Venecia)

4%

2. PTAR Julio C. Tello 2%3. PTAR Cieneguilla 2%4. PTAR Ancon 3%

Después de la entrega del Expediente Preliminar a SEDAPAL de las PTAR inscritas en el PAVER

1. PTAR San Juan (incluye emisor submarino Venecia)

4%

2. PTAR Julio C. Tello 2%3. PTAR Cieneguilla 2%4. PTAR Ancon 3%

Después de la entrega del Expediente Final de los PAMA de las PTAR inscritas en el PAVER, al MVCS, conforme al procedimiento N° 8 de su TUPA y a lo establecido por el OMA-MVCS.

1. PTAR San Juan (incluye emisor submarino Venecia)

6%

2. PTAR Julio C. Tello 4%3. PTAR Cieneguilla 4%4. PTAR Ancon 5%

Después del Levantamiento de Observaciones presentadas por el MVCS, al expediente de los PAMA de las PTAR inscritas en el PAVER.

1. PTAR San Juan (incluye emisor submarino Venecia)

3%

2. PTAR Julio C. Tello 1%3. PTAR Cieneguilla 1%4. PTAR Ancon 2%

Después de la Obtención del Certificado Ambiental1. PTAR San Juan (incluye emisor submarino Venecia)

3%

2. PTAR Julio C. Tello 1%3. PTAR Cieneguilla 1%4. PTAR Ancon 2%

Grupo 2: PTAR no inscritas en el PAVERDespués de la entrega del informe de Recopilación y Levantamiento de Información (Antecedentes, etc)Elaboración y Descripción del área de influencia de la PTAR (Medio fisico, Biológico, Económico y Socio -Cultural) – incluyendo caracterización de las aguas, aire y suelo de las demás PTAR NO

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inscritas en el PAVER1. PTAR Ventanilla 4%2. PTAR Huascar/Lagunas de Pulimento Parque 26 3%3. PTAR Jose Galvez 2%

Después de la entrega del Expediente Preliminar a SEDAPAL de las demás PTAR NO inscritas en el PAVER

1. PTAR Ventanilla 4%2. PTAR Huascar/Lagunas de Pulimento Parque 26 3%3. PTAR Jose Galvez 2%

Después de la entrega del Expediente Final al MVCS, conforme a lo establecido por el OMA-MVCS.

1. PTAR Ventanilla 6%2. PTAR Huascar/Lagunas de Pulimento Parque 26 5%3. PTAR Jose Galvez 4%

Después del Levantamiento de Observaciones presentadas por el MVCS.

1. PTAR Ventanilla 3%2. PTAR Huascar/Lagunas de Pulimento Parque 26 2%3. PTAR Jose Galvez 1%

Después de la Obtención del Certificado Ambiental1. PTAR Ventanilla 3%2. PTAR Huascar/Lagunas de Pulimento Parque 26 2%3. PTAR Jose Galvez 1%

Q. Plazo de Prestación del Servicio: Los servicios materia del presente proceso se prestarán en el plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir del quinto día útil siguiente a la suscripción del contrato de prestación del servicio o al día siguiente de la comunicación por parte de SEDAPAL al CONSULTOR sobre la designación del supervisor del servicio, lo que ocurra primero.

En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 149° del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago total.

Así mismo, el tiempo de ejecución se dará hasta obtener las resoluciones de aprobación de los estudios ambientales correspondiente expedida por la autoridad competente.

R. Alcance del servicio: El Servicio a contratar abarca los siguientes ámbitos:

PTARs DirecciónPTAR San Juan (emisor submarino Venecia)

Distrito de San Juan Miraflores, Av. Pedro Miotta s/n entre ETECEN y Parque Zonal HuaynaCápac.Sector de la Playa Venecia.

PTAR Julio C. Tello Distrito de Lurín, ubicada a 1 Km. Aguas abajo del Puente Lurín, Ex-Fundo Mamacona, Margen derecha del río Lurín, cerca de la Urb. Julio

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C. Tello.PTAR Cieneguilla Distrito Cieneguilla, Av. Nueva Toledo S/N margen derecho del río

Lurín.PTAR Ancón Malecón de Playa - Las Conchitas Km 47 Panamericana Norte. AncónPTAR Ventanilla Villa Tamputoco Km. 31/2 de la carretera a la playa los Delfines,

VentanillaPTAR Huáscar /Parque 26

Av. 200millas -Pastor Sevilla, Parque zonal Huáscar/Av. Pastor Sevilla -entre las Avenidas El Sol y 1° de mayo en el Parque Zonal 26, Villa El Salvador

PTAR José GálvezAl costado de la Asociación Agropecuaria José Gálvez en el Pueblo Joven Villa Poeta José Gálvez, colindante con el Jr. Alfonso Ugarte, a tres cuadras de la intercepción de las Av. Lima y Pachacutec. Villa María del Triunfo

El procesamiento de la información obtenida se realizará en las instalaciones de La Consultora.

S. Sistema de Contratación:El presente proceso se rige por el sistema a suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

T. Tabla de otras penalidades:En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato y/o retraso en el cronograma de trabajo; SEDAPAL, le aplicará a La Consultora una penalidad por mora, de acuerdo a la fórmula prevista en el Artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de su penalidad, SEDAPAL podrá resolver el contrato por incumplimiento.

Así mismo, SEDAPAL aplicará las siguientes multas, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 166° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La acumulación de multas aplicadas, hasta por un monto equivalente al diez (10) por ciento del monto del contrato, podrá ser causal de resolución del contrato por incumplimiento.

ITEM OCURRENCIAS MULTA% DE UIT

1 Calidad de ejecución de trabajosPor valores incoherentes en los estudios y/o análisis presentados, la multa se aplicará por trabajo erróneo. Además La Consultora deberá corregir dicho trabajo sin costo alguno para SEDAPAL.

5 “K”

2 InformaciónPor no presentar la información en la fecha establecida o presentarla incompleta, la multa será por ocurrencia y por día hasta su presentación.

Por presentar información falseada o cambiada, la multa será por ocurrencia.

Por no presentar cualquier información solicitada por el supervisor de SEDAPAL, en forma escrita (por carta o email), la multa será por ocurrencia y por día de atraso

3 “K”

5 “K”

7 “K”

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

desde la fecha establecida.

3 Incumplimiento de los Términos de Referencia Por incumplir con las consideraciones indicadas en la Descripción de las actividades del Servicio D.1 Descripción del Servicio y D.2 Requisitos Generales, de las TERMINOS DE REFERENCIA Y REQUISITOS TECNICOS MÍNIMOS del Concurso Público N° -2014-SEDAPAL presente servicio, la multa se aplicará por ocurrencia.

10 “K”

4 Actos Dolosos (*)Cuando se comprueba que el personal de La Consultora, realizó actos dolosos en perjuicio de SEDAPAL. Por ocurrencia.

30 x “K”Además se descontará el monto total del perjuicio

y la separación del infractor

Donde “K” = 2% del Valor de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria)(*) Acción dolosa para conseguir la ejecución de un acto es toda aserción de lo que es falso o disimulación de lo verdadero, cualquier artificio, astucia o maquinación que se emplee con ese fin. El dolo es uno de los vicios de los actos voluntarios, conjuntamente con el error, la fuerza o intimidación, la simulación y el fraude.

NOTAS : 1. La Tabla de Penalidades y Multas está contenida en la presente Base y se regirán

por el procedimiento que se detalla a continuación y por aquello que no esté previsto por lo señalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

2. La sucesión permanente de deficiencias técnicas, además de las sucesivas notificaciones de penalidad podría ser causal del contrato de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3. La multa será aplicada por el supervisor designado por el Equipo de Gestión de PTAR de la Gerencia de Gestión de Aguas Residuales, la misma que será descontada a través de la valorización correspondiente.

4. Se aplicará la notificación de penalidad bajo los siguientes términos:a. El Supervisor de SEDAPAL, ante una deficiencia técnica, inmediatamente

notificará, al Coordinador de La Consultora la infracción correspondiente y establecerá un plazo no mayor a 48 horas para la subsanación, de acuerdo a la labor objeto de falta.

b. Transcurrido el plazo fijado, el supervisor de SEDAPAL citará al Coordinador de La Consultora, a fin de verificar la subsanación de la deficiencia técnica. De haber sido subsanada, se procederá a la anulación de la correspondiente Notificación de Infracción, caso contrario será sancionado de acuerdo a la Tabla de Penalidades y multas establecida; la penalidad se contabilizará a partir del primer día de la infracción cometida.

c. Si después de aplicada la penalidad, la deficiencia de esa falta prosiguiera, se volverá a aplicar la sanción hasta cuando sea subsanado.

5. Toda discrepancia sobre las Penalidades impuestas por SEDAPAL a La Consultora, serán resueltas de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En ningún caso la aplicación de las penalidades incluidas en esta tabla, así como las establecidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, podrán superar en su conjunto el diez por ciento (10%) del monto contractual.

Si después de aplicada la multa, la deficiencia de esa falta prosiguiera, se volverá a aplicar la sanción hasta cuando ella sea subsanada. La sucesión persistente de faltas, además de la aplicación de las multas respectivas será causal de la Resolución del Contrato.

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CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

I. FACTORES DE EVALUACIÓN UTILIZADOS CUANDO SE CONVOQUE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GENERAL:

De acuerdo con el artículo 46° del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluación:

A. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR PUNTAJE MÁXIMO: 35 PUNTOS

A.1 EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD 10 PUNTOS

Criterio:Copia simple de contratos u órdenes de servicio con su respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobante de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional), con un máximo de diez (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar (serán considerados para la evaluación los diez (10) servicios de acuerdo al orden de presentación en expediente foliado), con una antigüedad no mayor a diez (10) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas, que sustenten la experiencia del postor en la actividad, en forma individual o asociada, en la prestación de servicios de elaboración de estudios de impacto ambiental.

El puntaje será asignado, de acuerdo a la siguiente metodología:

1. Al postor que acredite un monto acumulado igual o mayor a una (01) vez el valor referencial se le otorgará 10 Puntos11

1. En caso de que el Postor no alcance el máximo señalado, la fórmula a aplicarse para determinar su puntaje será la siguiente:

Pi = (Monto Acumulado x 10) / (una (01) vez el valor referencial)

Pi = Puntaje de Postor

Acreditación:

1. La experiencia del postor en la actividad, se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación

11 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional), correspondientes a un máximo de diez (10) servicios.

2. El Comité Especial únicamente evaluará los diez (10) servicios presentados por el postor en el orden que los presentó, por lo que no se tomarán en cuenta ni evaluarán los servicios que excedan aquel número establecido, en cuyo caso se les tendrá por no presentados.

3. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad.

4. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

5. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

6. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

7. En el caso de postores que se presenten en Consorcio, la calificación de la experiencia del Consorcio se efectuará mediante la acumulación de la experiencia que presenten los miembros del consorcio que, de acuerdo con la promesa formal de consorcio, cuenten entre sus obligaciones la ejecución efectiva del contrato.

8. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

9. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio para la evaluación los postores deberán cumplir con lo dispuesto en la Directiva N° 016-2012-OSCE/CD, aprobado por Resolución N° 291-2012-OSCE/PRE, modificada por Resolución Nº 391-2012-OSCE/PRE.

10. En los casos que la experiencia se acredite por servicios prestados por subcontratación, la conformidad acreditada por el Sub Contratante, deberá adicionalmente ser acompañada de la autorización de sub contratación del

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contratante originario y asimismo acreditar que dicha autorización este contemplada en las bases del proceso de la entidad principal.

11. Las comprobantes de pago que no serán tomadas en cuenta en cualquiera de los siguientes casos:a. Cuando la fecha de prestación del servicio facturado se encuentre fuera de los

diez (10) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas.b. No esté debidamente cancelada.c. No esté referida a las actividades solicitadas.

12. Los contratos u órdenes de servicio no serán tomados en cuenta en cualquier de los siguientes casos:a. No presente la conformidad de culminación de la prestación del servicio.b. Cuando el servicio culmine fuera de los diez (10) años anteriores a la fecha de

presentación de propuestas. c. No esté referido a las actividades solicitadas.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el (Anexo Nº 6) referido a la Experiencia del Postor.

A.2 EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD 15 PUNTOS

Criterio:Copia simple de contratos u órdenes de servicio con su respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobante de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional), con un máximo de diez (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar (serán considerados para la evaluación los diez (10) servicios de acuerdo al orden de presentación en expediente foliado), con una antigüedad no mayor a diez (10) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas, que sustenten la experiencia del postor en la especialidad, en forma individual o asociada, en la prestación de servicios referidos a la elaboración de estudios de evaluación ambiental y/o en la elaboración de estudios de impacto ambiental, relacionados al rubro saneamiento y/o Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales.

El puntaje será asignado, de acuerdo a la siguiente metodología:

1. Al postor que acredite un monto acumulado igual o mayor a S/.500 000 se le otorgará 15 Puntos12

2. En caso de que el Postor no alcance el máximo señalado, la fórmula a aplicarse para determinar su puntaje será la siguiente:

Pi = (Monto Acumulado x 15) / (una (01) vez el valor referencial)

Pi = Puntaje de Postor

12 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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Acreditación:

1. La experiencia del postor en la especialidad, se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional), correspondientes a un máximo de diez (10) servicios.

2. El Comité Especial únicamente evaluará los diez (10) servicios presentados por el postor en el orden que los presentó, por lo que no se tomarán en cuenta ni evaluarán los servicios que excedan aquel número establecido, en cuyo caso se les tendrá por no presentados.

3. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.

4. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

5. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

6. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

7. En el caso de postores que se presenten en Consorcio, la calificación de la experiencia del Consorcio se efectuará mediante la acumulación de la experiencia que presenten los miembros del consorcio que, de acuerdo con la promesa formal de consorcio, cuenten entre sus obligaciones la ejecución efectiva del contrato.

8. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

9. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio para la evaluación los postores deberán cumplir con lo dispuesto en la Directiva N° 016-2012-OSCE/CD, aprobado por Resolución N° 291-2012-OSCE/PRE, modificada

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

por Resolución Nº 391-2012-OSCE/PRE.

10. En los casos que la experiencia se acredite por servicios prestados por subcontratación, la conformidad acreditada por el Sub Contratante, deberá adicionalmente ser acompañada de la autorización de sub contratación del contratante originario y asimismo acreditar que dicha autorización este contemplada en las bases del proceso de la entidad principal.

11. Las comprobantes de pago que no serán tomadas en cuenta en cualquiera de los siguientes casos:a. Cuando la fecha de prestación del servicio facturado se encuentre fuera de los

diez (10) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas.b. No esté debidamente cancelada.c. No esté referida a las actividades solicitadas.

12. Los contratos u órdenes de servicio no serán tomados en cuenta en cualquier de los siguientes casos:

a. No presente la conformidad de culminación de la prestación del servicio.b. Cuando el servicio culmine fuera de los diez (10) años anteriores a la fecha de

presentación de propuestas. c. No esté referido a las actividades solicitadas.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el (Anexo Nº 7) referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.

A.3. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO 10 PUNTOS

Criterio:Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas. Tales certificados o constancias deberán referirse a los servicios que se presentaron para acreditar la experiencia del postor en la Especialidad.

Acreditación:Mediante la presentación de un máximo de diez (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:

1. La identificación del contrato u orden de servicio, indicando como mínimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato,

comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.

Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación13:

PCP = PF x CBC13 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.

PF = Puntaje máximo al factor.

NC =Número de contrataciones que el postor haya presentado el postor para acreditar su experiencia en la especialidad y/o actividad, y que el Comité Especial haya validado para computar aquella experiencia, por tanto las contrataciones no validadas no serán consideradas para este factor NC. (Máximo 10 contrataciones)

CBC = Número de constancias de buen cumplimiento de la prestación y que acredite objetivamente que se brindó sin incurrir en penalidades. Las constancias que se computen en este factor BC deberán estar referidas necesariamente a las contrataciones que el postor haya presentado para acreditar su experiencia en la especialidad y que el Comité Especial haya validado para computar aquella experiencia. (Máximo 10 constancias).

NOTA:

En el caso que los certificados o constancias de servicios presentados por el postor no indiquen expresamente que no se ha incurrido en penalidades o no indique el monto del contrato, los postores deberán adjuntar la respectiva liquidación y/o conformidad del servicio, en la cual se desprenda claramente que los certificados o constancias corresponden a los servicios presentados como experiencia del postor y que no tuvieron penalidades.

B. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO PUNTAJE MÁXIMO: 40 PUNTOS

B.1 COORDINADOR DEL SERVICIO (01) 15 PuntosCopia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) y/o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto, que acrediten experiencia mayor a un (01) año en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica y/o coordinación de prestación de servicios o trabajos de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales. Asignándose el siguiente puntaje de acuerdo a:

Más de 3 años : 15 puntos Más de 2 años hasta 3 años : 10 puntos Más de 1 año hasta 2 años : 05 puntos 1 año : 00 puntos

B.2 PROFESIONALES (05) 5 Puntos c/uCopia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) y/o cualquier otro documento que, de manera fehaciente,

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demuestre la experiencia del profesional propuesto, que acrediten experiencia mayor a (01) año en desarrollo de estudios de impacto ambiental y/o evaluación ambiental, relacionadas al rubro saneamiento y/o plantas de tratamiento de aguas residuales.

Asignándose el siguiente puntaje de acuerdo a:

Más de 3 años : 05 puntos Más de 2 años hasta 3 años : 03 puntos Más de 1 año hasta 2 años : 01 puntos 1 año : 00 puntos

C. FACTOR: MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS - PUNTAJE MÁXIMO 25 PUNTOS

Criterio:

Mejora 1Determinación del Potencial energético por cada PTAR y posibilidades de utilización en la PTAR´s.

Mejora 2Mejoramiento de diseño paisajístico en el ámbito de cada PTAR, señalando las especies vegetales que ayuden a la mejora del paisaje y disminución de olores.

El puntaje será asignado de acuerdo al siguiente criterio:

Presentación de la Mejora 1 y 2 25 puntosPresentación de la Mejora 1 o 2 15 puntosNo presentan Mejora 0 puntos

AcreditaciónEl postor deberá tener en cuenta que por cada propuesta de aporte y/o mejora, se evaluara su contenido en un mínimo de dos (02) hojas, detallándose adecuadamente su objetivo, las ventajas obtenidas y su procedimiento y/o metodología.

NOTAS: En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica,

la propuesta será descalificada. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del

tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite

como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio, de ser el caso.

En cualquier sub. factor, del rubro experiencia del personal propuesto en el cual no cumpla con sustentar la experiencia mínima solicitada, EL POSTOR SERÁ AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

En caso se detecte la presentación de documentos falsos y/o inexactos, se efectuará la descalificación del postor.

Los certificados y/o Constancias deberán de indicar la descripción general de la o las actividades desarrolladas por éste y el periodo durante el cual las realizó, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases, de tal manera que permitan una evaluación objetiva, caso contrario no será considerado para la evaluación.

Los servicios prestados para acreditar la experiencia en la Especialidad sirve para

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acreditar la experiencia en la Actividad. En lo que respecta al Coordinador General el Servicio (01) y los Profesionales (05) no

resulta impedimento para que la entidad antes de suscribir el contrato, en el ejercicio de su función fiscalizadora, verifique que la experiencia que se pretenda acreditar haya sido adquirida cuando los profesionales se encontraban habilitados legalmente para ello

IMPORTANTE:

Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.

CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación del “SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR”, que celebra de una parte la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20100152356, con domicilio en Autopista Ramiro Prialé Nº 210, El Agustino, representada por su Gerente de Logística y Servicios, señor …………………………………………, identificado con DNI Nº …………………, designado mediante Acuerdo de Directorio N° ……………………. del ……………, e inscrito en el Asiento ………………….. de la Partida Electrónica N° 02005469 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima, y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONSULTOR en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del CONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPAL para la contratación del “SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR” a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO

El objeto del presente contrato es contratar el servicio de una persona natural o jurídica inscrita en el “Registro de Empresas e Instituciones Públicas o Privadas Autorizadas para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que elabore los instrumentos de gestión ambiental para cada una de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales administradas por SEDAPAL hasta conseguir su respectiva aprobación por la Autoridad Ambiental Competente.

El presente servicio es solicitado por el Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de SEDAPAL.

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CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], incluido IGV.

Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIOLa administración del presente contrato estará a cargo del Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de SEDAPAL, unidad orgánica cuya necesidad es atendida a través de la contratación del presente servicio materia del presente contrato, siendo responsable de la conformidad de la prestación, así como de la gestión de ampliaciones de plazo, prórrogas, resolución, aplicación de penalidades y todos los demás aspectos referidos a la ejecución contractual, responsable del seguimiento, control y supervisión del presente contrato, con sujeción a las bases integradas del Concurso Público N° 0070-2014-SEDAPAL, y a su propuesta técnico económica que forma parte del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO 14

SEDAPAL se obliga a pagar la contraprestación a EL CONSULTOR en nuevos soles, mediante pagos parciales, conforme a la programación establecida en las Bases del proceso, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente. Según lo establecido en el Artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendarios de ser éstos recibidos, a fin de que SEDAPAL cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendarios siguientes, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato correspondiente.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las De acuerdo con el Artículo 176° del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por EL CONSULTOR, SEDAPAL deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad del Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de SEDAPAL.

- Informe mensual del funcionario responsable del Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de SEDAPAL, emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

- Comprobante de pago ó factura de la valorización correspondiente.

Se precisa que la conformidad de la prestación del servicio será efectuada por el funcionario competente, de acuerdo al Artículo 176° del Reglamento de la Ley de de Contrataciones del Estado, que para el presente caso es el Jefe del Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de SEDAPAL o quien haga sus veces.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNLos servicios materia del presente proceso se prestarán en el plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir del quinto día útil siguiente a la suscripción del contrato de prestación del servicio o al día siguiente de la comunicación por parte de SEDAPAL al CONTRATISTA sobre la designación del supervisor del servicio, lo que ocurra primero.

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

14 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora15 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONSULTOR entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de SEDAPAL, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato16: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía por el monto diferencial de la propuesta17: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNSEDAPAL está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONSULTOR no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el Artículo 164° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: PÓLIZA DE SEGUROSEL CONSULTOR entregó a la suscripción del presente contrato las respectivas pólizas de seguros, a favor de EL CONSULTOR, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:15 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

16 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

17 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

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1. Póliza de Seguro de Deshonestidad Comprensiva, cuyo detalle es el siguiente: Póliza N° : Monto Asegurado : Aseguradora : Vigencia :

Esta póliza ha sido emitida por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

La Póliza de Deshonestidad Comprensiva, se encuentra vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONSULTOR.

CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por el Equipo Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de SEDAPAL.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al CONSULTOR un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONSULTOR no cumpliese a cabalidad con la subsanación, SEDAPAL podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso SEDAPAL no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONSULTOREL CONSULTOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: OBLIGACIONES DE EL CONSULTOREL CONSULTOR se obliga a cumplir con el objeto materia del presente servicio, con estricta sujeción a las Bases Integradas del Concurso Público N° 0070-2014-SEDAPAL y las condiciones generales de su Propuesta Técnico - Económica, que formará parte integrante del Contrato, que se suscriba con EL CONSULTOR, así como a los términos y condiciones del mismo, entre otras, las siguientes:

a) La Consultora deberá presentar al EG-PTAR, a la firma del Contrato, antes del inicio del Servicio los certificados de habilidad del colegio al que pertenezcan los profesionales propuestos para el desarrollo del PMA y del coordinador propuesto, los cuales deberán estar en la relación de los profesionales inscritos en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

b) Ejecutar los trabajos de acuerdo a la descripción de las actividades presentadas en los términos de referencia señaladas en las Bases de Concurso Público Nº -2014-SEDAPAL en la propuesta Técnica del Postor, que forman parte integrante del contrato que se suscribe con La Consultora.

c) La Consultora del servicio contará con un Coordinador General que actuará como interlocutor entre La Consultora y SEDAPAL, para ello el Coordinador debe contar con un teléfono fijo y un equipo de radio compatible con el usado en el EG-PTAR a fin de que mantenga comunicación constante con el supervisor del servicio.

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d) Presentar los avances mensuales para su valorización, a través de un informe mensual con los datos indicados en los entregables de estas bases, que será los avances preliminares del expediente, a fin de que sean revisados por SEDAPAL, presentar el Expediente Preliminar en dos (02) ejemplares en original y para la presentación al MVCS deberá presentar el Expediente Final de cada PTAR, en tres (03) ejemplares, dos (02) en original y una (01) copia, impresos en papel Bond no mayor a A4 y correctamente anillados, debidamente sellados y firmados por los responsables, y dos (02) discos compactos por cada PTAR conteniendo toda la información del expediente los textos y cálculos, procesados en Word y Excel, respectivamente (para Windows 98 o superior y MS Project 2000). Si existieran observaciones estas deberán ser subsanadas en el periodo establecido por el MVCS y presentar el expediente con el levantamiento de Observaciones de la misma manera que se presentó el expediente final.

e) La Consultora, presentará a SEDAPAL y luego al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, todos los requisitos exigidos en el procedimiento N° 8 del TUPA del MVCS y abonará el correspondiente pago por derecho del Estudio, a fin de realizar los trámites.

f) Garantizar, por medidas de seguridad, que su personal ingrese a las instalaciones de SEDAPAL con los implementos de seguridad establecidos por SEDAPAL y portando su carnet de identificación con fotografía (Fotocheck) en el lado superior izquierdo del pecho, y debidamente firmado por el Gerente General de su empresa.

g) La Consultora queda obligado, mediante Declaración Jurada, a levantar todas las observaciones que en su oportunidad, realicen las unidades evaluadoras correspondientes, de acuerdo a Ley.

h) La Consultora asume la responsabilidad de la planificación, programación y ejecución de las actividades requeridas por el servicio a contratarse, así como subsanar las deficiencias técnicas que detecte SEDAPAL.

i) La Consultora debe contar con una organización que garantice el cumplimiento de sus actividades en forma plena, eficiente y oportuna durante la vigencia de la contratación.

j) La Consultora debe celebrar reuniones de coordinación cuando SEDAPAL lo solicite.k) La Consultora no debe realizar la subcontratación o transferencia total o parcial de

las actividades del servicio contratado, sin el previo consentimiento escrito de SEDAPAL, bajo sanción de resolución del presente contrato.

l) La Consultora debe presentar un Plan de Seguridad según el Decreto Supremo N° 005-2012-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo,

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: OBLIGACIONES DE SEDAPALa) Proporcionar información existente y dar las facilidades necesarias para el desarrollo

adecuado del servicio, así como supervisar permanentemente la realización del servicio.

b) Exigir, a través del Equipo de Gestión de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales EG-PTAR, el estricto cumplimiento de todos los términos y condiciones del Contrato, siendo La Consultora responsable de su sujeción a las Bases del Concurso Público y a su propuesta técnico económica que forma parte del Contrato, estando facultada la primera para aplicar multas, sanciones y/o penalidades, pudiendo de ser el caso, plantear la resolución del Contrato.

c) Tramitar y ordenar el pago de la factura presentada por La Consultora, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

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La conformidad del servicio por parte de SEDAPAL no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el Artículo 50° de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONSULTOR es de dos (02) años.

CLÁUSULA DÉCIM O QUINTA: PENALIDADES Si EL CONSULTOR incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, SEDAPAL le aplicará a EL CONSULTOR una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria =0,10 x Monto

F x Plazo en días

Donde:

F = 0,25 para plazos mayores a sesenta (60) díasCuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, SEDAPAL podrá resolver el contrato por incumplimiento.Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.

TABLA DE PENALIDADES Y MULTAS

ITEM OCURRENCIAS MULTA% DE UIT

1 Calidad de ejecución de trabajosPor valores incoherentes en los estudios y/o análisis presentados, la multa se aplicará por trabajo erróneo. Además La Consultora deberá corregir dicho trabajo sin costo alguno para SEDAPAL.

5 “K”

2 InformaciónPor no presentar la información en la fecha establecida o presentarla incompleta, la multa será por ocurrencia y por día hasta su presentación.Por presentar información falseada o cambiada, la multa será por ocurrencia.Por no presentar cualquier información solicitada por el supervisor de SEDAPAL, en forma escrita (por carta o email), la multa será por ocurrencia y por día de atraso

3 “K”

5 “K”

7 “K”

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desde la fecha establecida.3 Incumplimiento de los Términos de Referencia

Por incumplir con las consideraciones indicadas en la Descripción de las actividades del Servicio D.1 Descripción del Servicio y D.2 Requisitos Generales, de las TERMINOS DE REFERENCIA Y REQUISITOS TECNICOS MÍNIMOS del Concurso Público N° -2014-SEDAPAL presente servicio, la multa se aplicará por ocurrencia.

10 “K”

4 Actos Dolosos (*)Cuando se comprueba que el personal de La Consultora, realizó actos dolosos en perjuicio de SEDAPAL. Por ocurrencia.

30 x “K”Además se descontará el monto total del perjuicio

y la separación del infractor

Donde “K” = 2% del Valor de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria)(*) Acción dolosa para conseguir la ejecución de un acto es toda aserción de lo que es falso o disimulación de lo verdadero, cualquier artificio, astucia o maquinación que se emplee con ese fin. El dolo es uno de los vicios de los actos voluntarios, conjuntamente con el error, la fuerza o intimidación, la simulación y el fraude.

NOTAS : 1. La Tabla de Penalidades y Multas está contenida en la presente Base y se regirán por el

procedimiento que se detalla a continuación y por aquello que no esté previsto por lo señalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

2. La sucesión permanente de deficiencias técnicas, además de las sucesivas notificaciones de penalidad podría ser causal del contrato de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3. La multa será aplicada por el supervisor designado por el Equipo de Gestión de PTAR de la Gerencia de Gestión de Aguas Residuales, la misma que será descontada a través de la valorización correspondiente.

4. Se aplicará la notificación de penalidad bajo los siguientes términos:a. El Supervisor de SEDAPAL, ante una deficiencia técnica, inmediatamente

notificará, al Coordinador de La Consultora la infracción correspondiente y establecerá un plazo no mayor a 48 horas para la subsanación, de acuerdo a la labor objeto de falta.

b. Transcurrido el plazo fijado, el supervisor de SEDAPAL citará al Coordinador de La Consultora, a fin de verificar la subsanación de la deficiencia técnica. De haber sido subsanada, se procederá a la anulación de la correspondiente Notificación de Infracción, caso contrario será sancionado de acuerdo a la Tabla de Penalidades y multas establecida; la penalidad se contabilizará a partir del primer día de la infracción cometida.

c. Si después de aplicada la penalidad, la deficiencia de esa falta prosiguiera, se volverá a aplicar la sanción hasta cuando sea subsanado.

5. Toda discrepancia sobre las Penalidades impuestas por SEDAPAL a La Consultora, serán resueltas de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En ningún caso la aplicación de las penalidades incluidas en esta tabla, así como las establecidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, podrán superar en su conjunto el diez por ciento (10%) del monto contractual.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO Para la suscripción del presente contrato EL CONSULTOR, presenta la Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado Nº ……………….-2014 emitida por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE con fecha …………...2014.

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

CLÁUSULA DÉCIM O SÉTIMA : RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los Artículos 40°, inciso c), y 44° de la Ley de Contrataciones del Estado, y los Artículos 167° y 168° de su Reglamento. De darse el caso, SEDAPAL procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIM O OCTAVA : RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA : MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS18 Cualquier controversia que surja entre las partes intervinientes en el presente Contrato, será resuelta de manera directa y cordial entre las mismas. No obstante, en caso que no se llegara a un acuerdo, las controversias que se deriven sobre la ejecución, interpretación, ineficacia, nulidad o invalidez del presente Contrato, serán sometidas, en primer lugar, a conciliación entre las partes, para lo cual se establece que cualquiera de ellas deberá presentar la solicitud de conciliación ante cualquier Centro de Conciliación Extrajudicial Público o acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Para efectos de solicitar la conciliación, se aplicarán los plazos previstos en la normativa de Contrataciones del Estado.

Las controversias que no pudieran resolverse a través de conciliación o las que se resolvieran de manera parcial, respecto de la parte que se mantiene en controversia, deben someterse a un arbitraje de derecho, mediante el cual serán resueltas de manera definitiva e inapelable, de conformidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado y en el Decreto Legislativo Nº 1071 - Ley de Arbitraje.

La demanda arbitral no podrá contener pretensiones que no fueron materia de procedimiento conciliatorio.

El plazo para interponer arbitraje, una vez concluido el proceso conciliatorio sin acuerdo de partes o con acuerdo parcial, es de quince (15) días hábiles, debiendo computarse el mismo, desde el día en que se suscribe el Acta de No Acuerdo Total o Parcial.

El arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima, ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú o el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.

18 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres (3) árbitros. Cada parte designará un árbitro, y estos dos árbitros nombrarán a un tercer árbitro que hará las veces de Presidente del Tribunal Arbitral. En caso que los árbitros designados por las partes no lograsen acordar la designación del Presidente del Tribunal Arbitral, será el Centro elegido quien efectúe tal designación.

El arbitraje se desarrollará de conformidad con el Reglamento del Centro elegido, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas.

No obstante, las partes acuerdan expresamente lo siguiente:

a) En atención a lo dispuesto por el artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 1071, las partes acuerdan que todos los gastos, costos y costas del proceso arbitral, serán asumidos por quien solicite el arbitraje.

b) Las partes acuerdan de forma expresa que para la acumulación sucesiva de pretensiones en el proceso arbitral, debe haber aceptación y consentimiento expreso de la contraparte. No se admitirán aquellas pretensiones que no hayan sido materia de un procedimiento conciliatorio previo, según lo establecido en la presente cláusula.

c) Las partes acuerdan de forma expresa que las controversias referidas al Enriquecimiento Sin Causa (o Enriquecimiento Indebido), no podrá ser materia de arbitraje.

d) De acuerdo al inciso 5) del artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado, la decisión de la Entidad o de la Contraloría General de la República de aprobar o no la ejecución de prestaciones adicionales, no puede ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser sometidas a arbitraje las controversias referidas a la ejecución de las prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervisión que requieran aprobación previa de la Contraloría General de la República, los metrados no previstos contractualmente, ni las controversias derivadas de otras fuentes de obligaciones distintas al presente contrato.

e) Las partes acuerdan de forma expresa que para interponer el recurso de anulación contra el laudo expedido y solicitar la suspensión del cumplimiento del laudo, no se requiere de la presentación de la garantía a la que hace mención el artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 1071.

Lo previsto en esta Cláusula, será aplicable para resolver las discrepancias sobre defectos o vicios ocultos que prevé la normativa de Contrataciones, siendo aplicable los plazos que en la referida norma se regulan.

CLÁUSULA VIGÉSIM O PRIMERA : FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGÉSIM O SEGUNDA : DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [……………..]DOMICILIO DEL CONSULTOR: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONSULTOR”

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FORMATOS

Y

ANEXOS

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

FORMATO N° 1 19

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Concurso Público N° 0070-2014-SEDAPAL, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.20

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

19 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

20 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALCONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor

oRepresentante legal, según

corresponda

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SEDAPALCONCURSO PÚBLICO N° 0070-2014-SEDAPAL

ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALCONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el “SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR”, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ARTÍCULO 42° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALCONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.-No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 10° de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.-Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.-Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.-Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.-Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

6.- Conozco las sanciones contenidas en el D.L. N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 184-2008-EF, la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, así como, las sanciones previstas en el Código Penal.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALCONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al CONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPAL, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el Artículo 14°1 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALCONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el “SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR”, en el plazo de veinticuatro (24) meses.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO N° 06

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTEOBJETO

DEL SERVICIO

N° CONTRATO /

O/S / COMPROBANT

E DE PAGO

FECHA21 MONEDA IMPORTE

TIPO DE CAMBIO VENTA22

MONTO FACTURAD

O ACUMULAD

O23 123456789

10TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

21 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

22 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

23 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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ANEXO N° 07

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

Nº CLIENTEOBJETO

DEL SERVICIO

N° CONTRATO /

O/S / COMPROBANT

E DE PAGO

FECHA24 MONEDA IMPORTE

TIPO DE CAMBIO VENTA25

MONTO FACTURAD

O ACUMULAD

O26 123456789

10TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

24 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

25 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

26 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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ANEXO N° 08

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 0070-2014-SEDAPALPresente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL(S/.)

SERVICIO DE ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DE LAS PTAR.

TOTAL INCLUIDO IGV

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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