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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 9

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 14

BANCOS ............................................................................................................................................................... 16

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 17

ANTIIPO A PROVEDORES .................................................................................................................................... 19

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 20

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 28

PROVEDORES ...................................................................................................................................................... 29

ACREDORES DIVERSOS ...................................................................................................................................... 30

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 31

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 35

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 35

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 40

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 44

PROGRAMA CONVENIO CON GODEZAC .............................................................................................................. 47

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRA ...................................................................................... 48

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 49

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 50

5. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 51

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010 Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos - -

Pliego de observaciones 4 1

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

3 -

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

- -

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

- 17

Señalamientos - -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

1 -

Solicitud de Aclaración 1 3

Subtotal 9 21

Acciones Preventivas

Recomendación2 - 20

Recomendación al Desempeño - -

Subtotal - 20

TOTAL 9 41

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $43,233,310.13, los cuales se encuentran conformados por $32,750,882.13 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 80.51%. Además de $10,463,928.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $18,500.00 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Observación AF-01 Que corresponde a la Administración 2007-2010 De la revisión al rubro de Ingreso, relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas correspondiente al periodo 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, se solicitó al municipio la relación de licencias para la operación de expendios de bebidas alcohólicas, mismas que al ser revisadas y analizadas se determinaron las siguientes observaciones:

1) El municipio no realizó la clausura temporal y/o definitiva de 16 licencias en funcionamiento, de las cuales se realizó el pago en forma extemporánea, es decir posterior al 31 marzo de 2010, asimismo dejó de cobrar sanciones por el orden de $16,722.03.

2) En lo referente a lo cobrado por el municipio por concepto de renovación de licencias, se determinó que el Departamento de Tesorería Municipal recaudó un importe menor respecto de lo establecido en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas por el orden de $36,528.92.

3) Asimismo se determinó que el ente auditado cobró importes inferiores a los señalados en el ordenamiento legal por el orden de $6,496.92 por el concepto de 10% adicional de las licencia expedidas para el consumo de bebidas alcohólicas dentro de los establecimientos, así como un cobro superior por $1,203.17 por el Impuesto de la Universidad Autónoma de Zacatecas.

4) El ente auditado informó cobros por conceptos de "Otros", los cuales corresponden a que el H. Ayuntamiento autorizó el 50% más en el cobro de las renovaciones de licencias para la venta de bebidas alcohólicas, ascendiendo a $25,492.67, posteriormente se dejó de recaudar por instrucciones del mismo Cabildo, en virtud de que contraviene lo indicado en los artículos 12 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, así como la Ley de Ingresos Municipal.

AF-10/07-001 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los a los C.C. Anastacio Maldonado Falcón y C.P. Juan Francisco Guillén Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por no aplicar las cuotas establecidas en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, en virtud de que se cobraron cuotas inferiores y superiores en Impuestos y Derechos sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, así como por no aplicar las disposiciones sobre el cobro de sanciones por concepto de presentación extemporánea de las solicitudes de renovación y en su caso instruir el procedimiento de clausura temporal y/o definitiva, según corresponda, como lo establece la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, determinándose que el ente auditado no recaudo ingresos netos por un monto de $33,052.03, obtenido como resultado de los cobros superiores menos los inferiores. Lo anterior con

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INGRESOS

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fundamento en los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, artículos 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV, 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

-Resultado AF-02, Observación AF-02 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión al rubro de Ingreso, relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas correspondiente al periodo 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, se solicitó al municipio la relación de licencias para la operación de expendios de bebidas alcohólicas misma que al ser revisada y analizada se determinaron las siguientes observaciones:

1) Se llevó a cabo la comparación de los ingresos informados por el Departamento de Alcoholes que ascendieron a $6,481.81 y los registros contables que reportaron un importe de $228,469.74 durante el periodo sujeto a revisión, determinándose una diferencia informada de más por la Tesorería Municipal de $221,987.81.

2) En lo referente a lo cobrado por el municipio por concepto de renovación de licencias, se determinó que el Departamento de Tesorería Municipal recaudó un importe mayor por el orden de $920.54 respecto a lo establecido en la Ley sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

3) Asimismo se determinó que el ente auditado dejó de cobrar sanciones por el orden de $8,170.50.

AF-10/07-002 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual:

1. Que para el cobro de los Derechos sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, observe lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado, asimismo que aplique las sanciones que correspondan por solicitud extemporánea en la renovación de las licencias y, en su caso, instruir el procedimiento de clausura temporal y/o definitiva.

2. Que implemente mecanismos de conciliación periódicos entre la Tesorería y el Departamento de Alcoholes que les permita verificar que los registros en contabilidad sean correctos y consistentes con los que corresponden a las licencias para almacenamiento, distribución y venta de bebidas alcohólicas.

3. Atendiendo al Resultado que antecede correspondiente a la Administración Municipal 2007-2010, en especifico al

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INGRESOS

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inciso 3, se recomienda realizar el correcto cobro del 10% adicional en aquellos locales o establecimientos en que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, así como en el cobro del Impuesto para la Universidad Autónoma de Zacatecas de conformidad a lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado.

Todo lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción IX, 93 fracción II y IV, 96 fracciones I y VI, 151, 170, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 95 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

AF-10/07-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-03, Observación AF-03 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado de la revisión al rubro del Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, en el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre, se verificó que el Departamento de Catastro Municipal informó operaciones de traslados de dominio por un importe de $68,554.62 y en registros contables se informa una recaudación por $81,364.11, determinándose una diferencia informada de más por la Tesorería Municipal de $12,809.49. Situación similar se detectó de la revisión correspondiente al

AF-10/07-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que implemente mecanismos de conciliación periódicos entre la Tesorería y el Departamento de Catastro, en lo relativo al Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, que les permita verificar que los registros en contabilidad sean correctos y consistentes con los trámites de traslado de dominio. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151,

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la

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INGRESOS

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periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre, ya que el Departamento de Catastro Municipal informó operaciones de traslados de dominio por un importe de $40,001.48 y en registros contables se informa una recaudación por $40,992.20, determinándose una diferencia informada de más por la Tesorería Municipal por la cantidad de $990.72. Todo lo anterior no representa un daño a la Hacienda Pública Municipal, pero si denota la falta de control y conciliación entre las áreas involucradas.

191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-04, Observación AF-04 Que corresponde a la Administración 2007-2010 En la revisión efectuada al rubro de Ingresos correspondiente al periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en específico al concepto de Impuesto Predial Rústico y Urbano, el Departamento de Catastro Municipal informó operaciones que ascienden a la cantidad de $856,286.37 y Tesorería Municipal informa una recaudación por un monto de $793,068.98, determinándose una diferencia informada de menos por la Tesorería Municipal por $63,217.39, la cual se considera como omisión de ingresos.

AF-10/07-006 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. Anastacio Maldonado Falcón y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, por un importe de $63,217.39, correspondiente a la diferencia entre los reportes emitidos por el Departamento de Catastro y el monto enterado a la Tesorería Municipal y registrado por la misma, la cual se considera como omisión de ingresos, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo de ellos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I, 151 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio y 24 del Código Fiscal Municipal.

Solventa.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Que corresponde a la Administración 2010-2013 En revisión a la partida de Impuesto Predial se observa que el Departamento de Catastro informa haber realizado operaciones sólo por el concepto de Impuesto Predial Rústico por la cantidad de $2,658.27, durante el periodo del 15 de

AF-10/07-007 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que implemente mecanismos de conciliación periódica entre la Tesorería Municipal y el Departamento de

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

septiembre al 31 de diciembre de 2010, mientras que la información emitida por Tesorería Municipal asciende a la cantidad de $48,247.85, observándose una diferencia informada de más por la Tesorería por la cantidad de $45,589.58, lo cual no representa un daño a la Hacienda Pública Municipal, pero si denota la falta de control y conciliación entre las áreas involucradas.

Catastro en lo relativo a la recaudación del Impuesto Predial, que les permita verificar que los registros en contabilidad sean correctos y consistentes con el pago de predial, con el fin de prevenir errores en la información que generan las áreas responsables. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, fue por $42,926,067.92 los cuales se encuentran conformados por $25,744,005.03 de Gasto Corriente y Deuda Pública, con un alcance de revisión de 28.34%. Además de $3,457,276.81 de Obra Pública y $13,724,786.08 de Aportaciones Federales. Los resultados de estos dos últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Que corresponde a la Administración 2007-2010 De la revisión efectuada a la muestra del rubro de Ayudas, Subsidios y Transferencias, correspondiente al periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por $152,777.00, cuyo desglose se muestra a continuación:

No. OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

1

El municipio informó una erogación según póliza de diario 76, de fecha 31 de julio 2010, por un importe total de $9,800.00, exhibiendo documentación por el importe de $200.00 correspondientes a factura número 51300, expedida por Parador Santa Cecilia, S.A. de C.V. de fecha 19 de marzo de 2010, por concepto de gasolina, y una relación de viajes a las comunidades del Municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, por el titular del Departamento de Oportunidades, indicando la cantidad de $9,600.00, sin embargo no presenta comprobación así como alguna evidencia que justifique sus recorridos. Observándose así un importe de $9,600.00 sin soporte documental.

$ 9,600.00

2

El municipio informó una aportación al Fondo Especial para el Desarrollo Cultural Municipal, por un importe de $50,000.00 según póliza de egresos número 296, del cheque número 1283077 de fecha 12 de abril de 2010 a favor del propio Fondo, sin embargo no incluye la documentación comprobatoria del gasto, solamente anexa recibo de egresos número14542, de fecha 13 de abril de 2010, a beneficio de Bertha Alicia Robledo Moreno, quién se compromete a exhibir la documentación correspondiente.

Cabe señalar que el ente auditado presentó, en proceso de solventación, acuerdo específico para el fortalecimiento del Programa de Desarrollo Cultural Municipal del Estado de Zacatecas, firmado por el Instituto Zacatecano de Cultura, CONACULTA y el Municipio, en el cual se acuerda la aportación del municipio por $50,000.00.

Sin embargo no se exhibió ficha de depósito a favor del Instituto, así como tampoco la recepción del monto integrado por lo aportado por el Municipio,

50,000.00

AF-10/07-009 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. Anastacio Maldonado Falcón y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente por un monto de $152,777.00, relativo a erogaciones que no fueron soportadas ni justificadas, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo de ellos, lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 170, 184, 185,186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 7 de la ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

CONACULTA y el Instituto Zacatecano de Cultura, así como la comprobación de la erogación realizada.

3

El municipio registró una ayuda al DIF Municipal para el pago de adeudos de éste con el DIF Estatal, por un importe de $86,856.00, según póliza de egresos número 788 registrando el cheque número 1283360 de fecha 19 de agosto, a favor de la C. Olga Berenice Cerda Sánchez, exhibiendo credenciales de elector de beneficiarios, sin embargo no se exhibió el recibo oficial expedido por el DIF del Estado, que compruebe la aplicación de los recursos y la realización del pago.

86,856.00

4

El municipio registró apoyos a diversas personas, a través de la Presidenta del DIF Municipal, por un importe de $6,321.00 según póliza de egresos número 806, registrando el cheque número 1283381 de fecha 2 de septiembre de 2010, a favor de la C. Ma. Rita Basurto Delgado, exhibiendo la relación de personas beneficiadas sin firma de recibido, por tal motivo se considera sin soporte documental en virtud de que no se presentó evidencia de la entrega de los apoyos a los beneficiarios e identificación de los mismos.

6,321.00

TOTAL $ 152,777.00

Resultado AF-07, Observación AF-07 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Del análisis al rubro de Egresos se determinó que el ente auditado informó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria incompleta por el orden de $132,625.57, correspondiente al periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, mismas que a continuación se detallan:

No

FECHA

No. CHEQUE

No. DE CUENTA BANCARIA

BANCO

IMPORTE

BENEFICIARIO

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES

IMPORTE OBSERVADO

AF-10/07-010 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal presente a la Auditoría Superior del Estado aclaración correspondiente al importe de $132,625.57, cuyo detalle se incluye en el Resultado que antecede, exhibiendo para tal efecto la documentación descrita dentro de cada una de las observaciones, que justifique y respalde la aplicación del gasto. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1 30/04/10

1283146 4021602297

HSBC

79,405.00

C. María Guadalupe Rodríguez Yaber

Servicios Oficiales

No se justifica en virtud de que si bien se exhibe la documentación comprobatoria por concepto de refrescos, botanas, entre otros, no se anexan vales y/o reporte fotográfico que permita corroborar la entrega de los consumibles. Lo anterior en relación al monto erogado.

$ 79,405.00

2 31/08/10

Póliza de Diario 86

S/N S/N S/I S/N

Servicios Oficiales (Pasivo)

No se justifica en virtud de que si bien exhibe soporte documental por alimentos, no exhiben vales firmados por el municipio, el beneficiario y el proveedor de alimentos a estudiantes, personas de la tercera edad o de comunidades, así como relación de personas a las que se les ayuda con alimentación. Es conveniente mencionar que el pago de pasivos se realizó en el mes de diciembre de 2010 mediante recursos del Fondo IV.

53,220.57

TOTAL

$ 132,625.57

Orgánica del Municipio.

Resultado AF-08, Observación AF-08 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Del análisis efectuado al rubro de Egresos, correspondiente al periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, se verificó que el ente auditado informa egresos por un importe de $15,312.00 según póliza de egresos número 1222 mediante la expedición del cheque número 1283640 de fecha 21 de diciembre de 2010, de la cuenta 4021602297 de la Institución bancaria HSBC, a nombre de María del Rocío Moncada Rocha, al cual se adjunta para su comprobación la

AF-10/07-011 Solicitud de Aclaración Es necesario que la Administración Municipal, aclare y justifique documentalmente el monto observado por $15,312.00, correspondiente a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos, exhibiendo la

Se solventa.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

factura número 418 de fecha 14 de diciembre de 2010, señalando en la misma la compra de pants escolares, sin embargo no se exhibe la solicitud de ayuda y copia de identificación de los beneficiarios, así como documentos firmados de haber recibido los bienes adquiridos ni reporte fotográfico que justifiquen la aplicación de los recursos erogados.

documentación que permita corroborar la entrega de pants escolares a los beneficiarios. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-09, Observación AF-09 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión al rubro de Egresos, en específico a la cuenta 1302.-Prima Vacacional y Dominical, se verificó que el ente auditado informa una erogación por el importe de $2,773.40 según póliza de egresos número 1200 registrando el cheque número 1283614 de fecha 17 de diciembre de 2010, de la Institución Bancaria HSBC, a favor del C. José Luis Meza Trejo, por concepto de “Pago de vacaciones y prima vacacional por término de relación laboral y apoyo económico otorgado para su hijo C. José Luis Meza Ramos”, observándose que no se anexó soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

AF-10/07-012 Solicitud de Aclaración Se solicita a la administración actual del municipio de Concepción del Oro que aclare la erogación por $2,773.40 correspondiente al “Pago de vacaciones y prima vacacional por término de relación laboral …”, presentando los cálculos de la liquidación realizada y el documento firmado por el trabajador donde aceptó el finiquito.

Se solventa

Resultado AF-10, Observación AF-10 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado de la revisión de los egresos correspondientes al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, se verificó que existen erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que corresponden a apoyos para combustible, registrados en la cuenta contable 4100.-Ayudas, presentando como soporte documental póliza de egresos, de cheque y facturas por los pago, sin embargo no se anexan los vales que justifique y compruebe el destino de las ayudas, en visita a campo se corroboró que los vales por cada ayuda otorgada son resguardados en el Departamento de Tesorería Municipal.

AF-10/07-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, incluir en la documentación remitida a esta Auditoría Superior del Estado, una relación de los vales que justifiquen las erogaciones por concepto de apoyos otorgados por combustible que sustente y respalde la aplicación de dichos gastos, lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 de la Ley de Orgánica del Municipio, artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/07-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-11, Observación AF-011 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión efectuada los egresos generados y seleccionados durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, se detectó que el municipio de Concepción de Oro, Zacatecas, realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que se comprueban con documentación que no cumple con las disposiciones fiscales establecidas en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

AF-10/07-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, efectuar sus adquisiciones o contratar sus servicios con personas inscritas en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así mismo alentar, en su caso, a los proveedores y prestadores de servicios del municipio a tramitar su inscripción en el Servicio de Administración Tributaria con el objeto de no propiciar la evasión fiscal y con ello la Administración Municipal cumpla con lo establecido en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación y 49, 74 fracción III, 78 fracción I, 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, presentó como resultado del ejercicio 2010 un Superávit por el orden de $307,242.21, en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-12 Sin Observación El municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, presentó un saldo en Caja por $30,085.20 al 31 de diciembre de 2010 según su Estado de Posición Financiera. Dicho importe corresponde a un Fondo Fijo de la Tesorería Municipal, del cual se comprobó su adecuado manejo, ya que no se dispone de la recaudación diaria para afrontar gastos menores, así mismo el reembolso se realiza de manera oportuna, de tal forma que siempre se cuenta con recursos disponibles. Derivado de la revisión no se determinaron observaciones relevantes que hacer constar. Es conveniente señalar que el ente fiscalizado a fin de garantizar los recursos que se utilizan en su fondo fijo, cuenta con documento mercantil firmado por la C.P. Paula Jaramillo Lara en su calidad de Tesorera Municipal.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-13, Sin Observación El municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, presentó un saldo en Bancos por $293,992.75 al 31 de diciembre de 2010 según su Estado de Posición Financiera, importe integrado en 3 cuentas contratadas con la Institución Bancaria denominada HSBC. De la revisión efectuada a este rubro se apreció que el ente fiscalizado tiene un adecuado control, ya que expide los cheques en orden numérico y cronológico, anexa su soporte documental, en caso de existir cheques cancelados agrega el original a la documentación comprobatoria, no se detectaron cheques firmados en blanco y se encontraron las chequeras resguardadas bajo llave. De lo cual se determinó que existe un adecuado control interno, no existiendo observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-14, Sin Observación En la revisión al rubro de Deudores Diversos se observa un saldo al 31 de diciembre de 2010 por la cantidad de $384,183.50, conformados por Empleados de Base y Otros Deudores, el cual representa un incremento de 227.60% respecto del saldo registrado al cierre del ejercicio anterior.

Resultado AF-15, Observación AF-12 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Del análisis al rubro de Deudores Diversos se verificó que existe un saldo de $30,686.50 que corresponde a préstamos otorgados por la Administración Municipal 2007-2010, verificándose que cuentan con documentos mercantiles que garantizan su recuperación. Respecto a la Administración 2010-2013, se verificó que se realizaron préstamos por un importe de $353,497.00 en el ejercicio 2010, de los cuales existen dos pagarés por un monto total de $25,000.00, observándose que la diferencia por $328,497.00 no cuenta con pagaré o documento mercantil alguno que les permita efectuar su recuperación legal, detallándose a continuación:

NOMBRE DEL DEUDOR IMPORTE

C. Salvador Ruiz Coronado $ 1,097.00

Fondo De Ahorro De Trabajadores (C. Maricela Ramírez Anguiano) 306,000.00

C. José Francisco Hernández Maldonado 4,400.00

C. Francisco Moreno Vázquez 900.00

C. Danaheida Ramírez Aguia 5,000.00

C. Carlos Pardo Limón 5,000.00

C. Anastacia Cardona Beltrán 500.00

Martha Edith Marlene Hernández Cardona 4,000.00

AF-10/07-017 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a las C.C. Lic. Rosa Huerta Briones y C.P. Paula Jaramillo Lara, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, como Presidenta y Tesorera Municipales respectivamente por un importe de $328,497.00 correspondiente a préstamos otorgados que no cuentan con pagaré o documento mercantil alguno que les permita efectuar su recuperación legal, en la modalidad de Responsable Subsidiaria la primera y Directa la segunda. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción I, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa.

AF-10/07-018 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar las acciones necesarias para recuperar el saldo de Deudores Diversos, además se recomienda abstenerse de otorgar nuevos préstamos, en virtud de que los recursos públicos tienen fines específicos definidos en los programas y presupuestos del ente auditado, lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/07-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

C. María De Jesús Corona Coronado 1,600.00

TOTAL $328,497.00

las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ANTIIPO A PROVEDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-16, Sin Observación En la revisión efectuada al rubro de Anticipos a Proveedores se observa un saldo al 31 de diciembre de $124,000.00, derivado de pago de Seguros de Vida de Policías, según póliza de Egresos 1044 de fecha 15 de noviembre de 2010, no anexando el soporte que respalde y justifique el anticipo realizado. Como motivo de aclaración de confronta el municipio aclara que este gasto corresponde a una erogación que debió hacerse con recursos del Ramo 33 Fondo IV, mismo que fue traspasado de la cuenta denominada Fondo IV a la de Tesorería, según póliza de diario número 3 de enero de 2011, lo anterior se pudo corroborar por el personal actuante el reintegro en la cuenta bancaria de Gasto Corriente, así como su comprobación dentro de las acciones de dicho Fondo. Por lo que no existen observaciones relevantes que hacer constar.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-01, Sin Observación El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2010 fue por $8,144,246.63, el cual incluye un monto de $26,159.96 de incorporaciones omitidas en el ejercicio 2009. Las adquisiciones de bienes muebles del ejercicio fueron por la cantidad de $271,975.54, de las cuales $30,477.55 (11.21%) se realizaron con Recursos Propios y $241,497.99 (88.79%) con Recursos Federales. Cabe señalar que de las adquisiciones de Gasto Corriente, se omitió la incorporación al Activo Fijo por un monto de $1,990.00, así como la cantidad de $1,010.00 fue incorporada de más, para lo cual será enviada póliza de ajuste al municipio con la cual quedarán subsanados los registros incorrectos.

Resultado PF-02, Sin Observación Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Durante el ejercicio 2010 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto total de $241,497.99, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III por un importe de $149,186.99 correspondiente a la adquisición de computadoras, cámara digital, enfriador de agua, estantes, archiveros, calculadoras electrónicas y 1 vehículo, y con Fondo IV por un monto de $92,311.00 para la compra de una camioneta, las cuales fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio.

Resultado AF-17, Observación AF-13 Que corresponde a la Administración 2007-2010 De la revisión física practicada a los bienes muebles adquiridos en el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 con recursos propios, se observaron cuatro bienes que no fueron localizados físicamente por un importe de adquisición en conjunto de $2,940.00, los cuales se describen a continuación:

1) Un refrigerador marca Across con valor de adquisición de $2,220.00, según factura número POSA 7206729, de fecha 25 de febrero de 2010, del proveedor FAMSA.

2) Un adaptador para lap top universal con un valor de $720.00, no especifica marca, modelo ni serie, de fecha 08 de abril de 2010, según factura 2165, del proveedor Ing. Gerardo Antonio Martínez Fong.

AF-10/07-020 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. Anastacio Maldonado Falcón, Abundio Monsiváis Rodríguez y L.E.F. Juan Eloy López Arzola, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente, Síndico y Secretario de Gobierno Municipales, respectivamente, por la cantidad de $2,940.00, correspondiente a la adquisición de un refrigerador Across, un regulador y un adaptador para lap top universal, descritos

Solventa.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

anteriormente, de los cuales el ente auditado no demostró su ubicación física, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo los demás. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

Resultado AF-18, Observación AF-14 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Mediante la revisión de los Activos Fijos propiedad del municipio, se constató que 20 bienes inmuebles no están inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de los cuales 16 tampoco cuentan con escrituras, lo anterior relacionado por el municipio como se detalla a continuación:

No. UBICACIÓN UTILIZACIÓN QUE SE LE DA AL INMUEBLE

SUPERFICIE

¿CUENTA CON ESCRITURAS?

¿SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD?

SI NO SI NO

1 CALLE ALLENDE No 21

INSTALACIONES DE PRESIDENCIA MUNICIPAL

772.20 M2 X

X

AF-10/07-021 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual llevar a cabo acciones tendientes a regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles en relación con la propiedad de los mismos, así como llevar a cabo los trámites necesarios para que los inmuebles sean registrados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 78 fracción V de la Ley Orgánica del Municipio y 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-022 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

2

CALLE GPE. VICTORIA NUM. 0 AL NORTE MIDE 31.10 M COLINDA CON CALLE MORELOS, AL SUR 60.85 M, COLINDA CON CALLE GPE. VICTORIA, AL ORIENTE 52.55 M COLINDA CON CALLE GZLEZ. ORTEGA, AL PONIENTE 18.35 M COLINDA CON CALLEJON SIN NOMBRE

MERCADO VICTORIA

1,555.06 M2 X

X

3

CALLE ALLENDE N0 14 COL. CENTRO AL NORTE MIDE 15.30 M COLINDA CON ARROYO PRINCIPAL, AL SUR 18.60 M, COLINDA CO CALLE ALLENDE , AL ORIENTE 18.20 Y 4.80 M COLINDA CON PROPIEDAD DE CLEMENTE VERGARA, AL PONIENTE 17.80 M COLINDA CON PROPIEDAD DE SALVADOR J. PEREZ

CARCEL MUNICIPAL

180.32 M2

X

X

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

4

CALLE INDEPENDENCIA No 21 COL. CENTRO AL NORTE MIDE 25.60 M COLINDA CON PROPIEDAD DE JUAN SABINO LOPEZ, AL SUR 10.50, 19.00 Y 6.00 M COLINDA CON MAZAPIL COOPER COMPANY, AL ORIENTE 12.00 M COLINDA CON CALLE INDEPENDENCIA, AL PONIENTE 9.15 M COLINDA CON PROPIEDAD DE MA. LUISA DELGADO

AUDITORIO RAMON LOPEZ VELARDE

444.75 M2

X

X

5

PROLONGACION MORELOS Y ARROYO PRINCIPAL DE LA COLONIA IMSS

RASTRO MUNICIPAL

No Especifica

X

X

6

CALLE 16 DE SEPTIEMBRE Y MORELOS COL. CENTRO

AUDITORIO ANTONIO VALDEZ CARBAJAL

No Especifica

X

X

7

CALLE 16 DE SEPTIEMBRE Y MORELOS COL. CENTRO

JARDIN DEL MINERO

No Especifica

X

X

8

CALLE 16 DE SEPTIEMBRE Y MORELOS COL. CENTRO

MERCADO 4 DE MARZO

No Especifica

X

X

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

9

PROLONGACION 16 DE SEPT. S/N AL NORTE MIDE 76.50 M, COLINDA CON TERRENO LIBRE, AL ORIENTE, ALSUR 96.50 M, COLINDA CON TERRENO LIBRE, AL ORIENTE 51.00 M, COLINDA CON AGUSTIN CASTRO Y AL PONIENTE MIDE 51.00 M, COLINDA CON ARROYO S/N COLONIA IMSS

ESCUELA PREESCOLAR COLONIA IMSS

4,411.50 M2

X

X

10 CALLE INDEPENDENCIA E HIDALGO

JARDINES HIDALGO Y BENITO JUAREZ

1,096.80 Y 575

X

X

11

SE LOCALIZA EN COMUNIDAD RODRIGUEZ MENDEZ, COLINDA CON ING. RAMOS

TERRENO SEGURO POPULAR

25,000.00 M2

X

X

12

PROLONG. 16 DE SEPT. CAMINO AL GRACERO COLONIA EL GRACERO

CASA DE LA TECERA EDAD

600.00 M2

X

X

13

16 DE SEPTIEMBRE COLONIA CHIHUAHUA

CAPILLAS DE VELACION

152.00 M2

X

X

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

14

NORTE MIDE 74.75 M COLINDA CON CALLE AQ. SERDAN, AL SUR MIDE 75.95 M COLINDA CON CALLE PINO SUAREZ, AL ORIENTE 45.50 M. COLINDA CON CALLE BENITO JUAREZ, AL PONIENTE 44.75 M COLINDA CON CALLE FELIZ U. GOMEZ

ESCUELA PRIMARIA ISIDRO CARDONA

3,402.97 M2

X

X

15

AL NORTE MIDE 3 LINEAS DE 3.90, 1.75 Y 33.40 M COLINDA CON PROPIEDAD DE PORFIRIO JARAMILLO, AL SUR MIDE 33.40 M COLINDA CON SINDICATO MINERO SECCION 18, AL ORIENTE 24.60 M. COLINDA CON CALLE 5 DE MAYO, AL PONIENTE 3 LINEAS DE 12.50, 5.50, Y 15.40 M.COLINDA CON PROPIEDAD DE BLANCA ESTHELA T.

ESC. PRIMARIA IGNACIO ZARAGOZA

1,009.52 M2

X

X

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

16

AL NORTE MIDE 50.00 M COLINDA CON CALLE MOCTEZUMA, AL SUR 40.00 M COLINDA CON CALLE MARTIREZ DE RIO BLANCO, AL ORIENTE 34.00 M. COLINDA CON PROP. DE HERMELINDA GARCIA AL PONIENTE MIDE 30.00 M. COLINDA CON PROP. LUCIANO LINARES

ESC. PRIMARIA FELIX U. GOMEZ

1,405.00 M2

X

X

17

AL NORTE MIDE 29.60 M. COLINDA CON PROPIEDAD DE OSCAR S. CHAMBERLAIN, AL SUR 29.60 M. COLINDA CON CALE MOCTEZUMA, AL ORIENTE 19.90 M. COLINDA CON PROPIEDAD DE OSCAR CHAMBERLAIN, AL PONIENTE 19.90 M. COLINDA CON CALLE ABASOLO

ESC. PRIMARIA BENITO JUAREZ

589.04 M2

X

X

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

18

AL NORTE MIDE UNA LINEA DE 4.70 M. COLINDA CON TERRENO LIBRE, AL SUR MIDE UNA LINEA DE 60.00 M. COLINDA CON MA. DE LOURDES MONJARAZ SANCHEZ, AL ORIENTE MIDE 5.50 M. COLINDA CON ARROYO LAS CUEVAS Y AL PONIENTE MIDE UNA LINEA DE 5.50 M. COLINDA CON CALLE CORONA

AREA VERDE 29.40 M2

X

X

19

AL NORTE MIDE 12.00 M. COLINDA CON PANTEON MUNICIPAL, AL SUR MIDE 12.00 M. COLINDA CON CAMINO A PRESA DE JALES, AL ORIENTE MIDE 12.00 M. COLINDA CON TERRENO LIBRE, AL PONIENTE MIDE 12.00 M. COLINDA CON CASETA DE POLICIA Y CALLE REFORMA

SERVICIO MEDICO FORENSE

806.00 M2

X

X

20

CALLE 16 DE SEPTIEMBRE Y PASAJE AYUNTAMIENTO

JARDIN 4 DE MARZO

X

X

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-19, Sin Observación El municipio de Concepción del Oro, Zacatecas presentó un saldo al 31 de diciembre de 2010 en el rubro de Pasivos por la cantidad de a $1,464,855.52 según el Estado de Posición Financiera, el cual está integrado por $1,266,561.99 (86.46%) de Deuda Pública a Corto Plazo, $7,000.00 (0.48%) de Proveedores, $85,716.88 (5.85%) de Acreedores Diversos y $105,576.65 (7.21%) de Impuestos y Retenciones por Pagar, observándose un decremento del 62.63% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente a la amortización con Proveedores. Del análisis de este rubro se determinaron las siguientes observaciones:

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PROVEDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-20, Observación AF-15 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión efectuada al rubro de Proveedores se verificó que el ente auditado registra un adeudo por un importe de $7,000.00, según póliza de diario número 118, de fecha 31 de octubre de 2010 por concepto de publicidad, de lo cual no exhibe documento alguno que justifique dicho registro.

AF-10/07-023 Solicitud de Aclaración Es necesario que la Administración Municipal, aclare y justifique documentalmente el monto observado por $7,000.00, correspondiente al registro de publicidad adquirida a crédito exhibiendo la documentación que ampare el origen del pasivo y la afectación del gasto correspondiente, lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Se solventa.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACREDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-21, Observación AF-16 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Al realizar el análisis del rubro de Acreedores Diversos, que presentó un saldo al 31 de diciembre de 2010 por $85,716.88, se verificó que los saldos de las partidas que integran la cuenta de Acreedores Locales por $66,936.38 no tuvieron movimientos durante el ejercicio en revisión.

AF-10/07-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual realizar la circularización de los saldos de Acreedores Diversos, a fin de que se programe su pago y/o se efectúe la cancelación, previa autorización del H. Ayuntamiento, de aquellos que no acrediten su procedencia, a fin de presentar la situación financiera real del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma, sin embargo el municipio cobra cuotas superiores e inferiores a las establecidas en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas por concepto de Derechos e Impuestos. Lo anterior se encuentra observado en el apartado de Ingresos del presente Informe de Resultados. El municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, no presentó modificaciones al presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio 2010. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2010, el municipio recaudó y recibió 60.47% más de lo presupuestado, observándose los incrementos más importantes en las cuentas de Derechos, Aprovechamientos y Agua Potable, cabe señalar que las cuentas de Otros Programas y Ramo 20 y Aportaciones Federales no fueron presupuestadas y reflejaron recaudación; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 59.33%, registrándose desfases en todas las cuentas con excepción de Bienes Muebles e Inmuebles y Obras Públicas, al igual que en el Presupuesto de Ingresos las cuentas de Otros Programas y Ramo 20 y Aportaciones Federales reflejan gasto y no fueron presupuestadas. Con base a lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, además el incremento recibido y recaudado en los Ingresos es mayor al sobreejercicio presentado en los Egresos situación conveniente para el municipio.

Resultado AF-22, Observación AF-17 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, presentó en fecha 28 de marzo de 2011 ante la LX H. Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2010, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el plazo que establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala los siguiente: “... A más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura la cuenta pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la

AF-10/07-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual atender lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala: “...a más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura del Estado la Cuenta Pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”. Lo anterior con fundamento en los artículos 121, segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículo 5 fracción I de la Ley de Responsabilidades de Servidores

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”.

Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y artículos 7, 8 y 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-10/07-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-23, Observación AF-18 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión practicada al rubro de Servicios Personales, se observó que la entidad fiscalizada aún no cuenta con Tabulador de Sueldos autorizado por el Ayuntamiento, que le permita mantener un control adecuado de las percepciones que se asignarán a cada Servidor Público de la Administración Municipal dependiendo del puesto y función que le sean encomendados.

AF-10/07-028 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, implementar un tabulador de sueldos autorizado por el H. Ayuntamiento que le permita mantener un control adecuado de las percepciones que se asignarán a cada servidor público de la administración municipal dependiendo del puesto y función que le sean encomendados. Lo anterior en base a los artículos 17 fracción II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-24, Observación AF-19 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión practicada al rubro de Viáticos y Pasajes, se observó que el municipio no cuenta con un tabulador de viáticos

AF-10/07-030 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, establecer un tabulador de viáticos que señale los montos autorizados para cada una de las comisiones de acuerdo a las distancias y

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

autorizado por el Cabildo, en el cual se señalen las tarifas pernoctables y no pernoctables, de acuerdo a los lugares a donde se realice la comisión, asimismo no se tienen implementadas políticas para el pago y comprobación de los mismos. Se encontró que se elaboran Pliegos de Comisión, los cuales se integran a la documentación comprobatoria, los cuales se requisitan de acuerdo a lo erogado en cada comisión sin la existencia de una base que establezca los montos máximos que pueden ser otorgados.

destinos, indicando las cuotas pernoctables y no pernoctables, e implementar las políticas para el pago y comprobación de los mismos, con la debida autorización del H. Ayuntamiento, así como elaborar los pliegos de comisión con base en el citado tabulador. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-25, Observación AF-20 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado del análisis comparativo entre la nómina de la segunda quincena del mes de diciembre de 2010, la plantilla de personal y la cédula emitida por el Sistema Único de Autodeterminación de Cuotas Obrero Patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) correspondiente al mismo mes, se observaron que 56 trabajadores aparecen en nómina del municipio y no están inscritos a un régimen de seguridad social.

En proceso de solventación de confronta el ente auditado aclaró qué: “no se encuentran inscritos debido a que son eventuales o se encuentran a prueba”.

AF-10/07-032 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, afiliar a algún régimen de seguridad social a todos sus trabajadores, independientemente de la forma de su contratación, con el fin de prevenir posibles créditos fiscales por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, lo anterior con fundamento en artículos 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 15 y 77 de la Ley del Seguro Social, artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-033 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-26, Observación AF-21 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión física al parque vehicular se corroboró que los operadores del parque vehicular no cuentan con sus respectivas licencias de manejo, así como tampoco se encuentra al corriente del pago de la tenencia vehicular.

AF-10/07-034 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual establecer como requisito para los choferes y operadores del parque vehicular del municipio, contar con la licencia de chofer que corresponda, así como programar el pago de la tenencia vehicular de todos los vehículos propiedad del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/07-035 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2010 asciende a $7,449,824.00, la aplicación se llevó a cabo de la siguiente manera: $7,077,333.00 para Infraestructura Básica de Obras que representa el 95.00%, $223,495.00 para Gastos Indirectos con el 3.00% y $148,996.00 constituyendo el 2.00% para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron revisados documentalmente y aplicados el 100.00% de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el 2010 se recibió un monto de $4,293.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio 2009. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-03, Observación PF-01 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo III correspondientes a Gastos Indirectos, el municipio aprobó la acción número 001 denominada “Adquisición de papelería” para lo cual realizó erogaciones mediante la expedición de cheques a favor de diversos proveedores, amparados con facturas por concepto de adquisición de papelería y útiles de oficina, así como evidencia fotográfica de la misma, sin embargo no presentó vales y/o requisiciones de materiales validados por los Funcionarios Municipales responsables.

PF-10/07-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en las erogaciones realizadas por concepto de papelería y útiles de oficina, se presente dentro de la documentación comprobatoria, además de las facturas, vales y/o requisiciones de materiales que indiquen nombre y firma de la persona que recibe y del Funcionario Municipal que autoriza, con el fin de transparentar el destino y aplicación de la misma.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/07-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en su punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-04, Observación PF-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 De los recursos del Fondo III se realizaron erogaciones por $64,076.00 de la cuenta bancaria número 4046056818 de la Institución Financiera HSBC, los cuales fueron aplicados a varias obras por conceptos de renta de revolvedora, madera y montenes. Como comprobación del gasto se presentaron facturas de la proveedora Manuela López Esquivel, cuyo giro corresponde a taller de soldadura, puertas, ventanas y herrería en general; sin embargo se corroboró que los servicios no fueron prestados por dicha persona. Los cheques erogados se listan a continuación:

PF-10/07-003 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado promoverá Pliego de Observaciones, por un importe total de $64,076.00, con relación a los cheques descritos en el cuadro que antecede erogados de la cuenta bancaria número 4046056818 de la Institución Financiera HSBC del Fondo III, por la inexistencia de operaciones comerciales con la proveedora que emitió las facturas, cuyo giro no corresponde con los conceptos plasmados en las facturas, además de no justificar la aplicación de los bienes arrendados en la ejecución de las obras al no exhibiendo evidencia documental de la renta de maquinaria, madera y montenes. A los CC. Anastacio Maldonado Falcón, C.P. Juan Francisco Guillen de Lara y José Valentín Muñiz Marfileño, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales y

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

NÚM. OBRA

DESCRIPCIÓN

LOCALIDAD

FECHA

CHEQUE

BENEFICIARIO

IMPORTE

016

PAVIMENTACIÓN CONCRETO HIDRÁULICO CALLE AQUILES SERDÁN

CONCEPCIÓN DEL ORO

29-jul-10

259

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

$ 1,392.00

017

PAVIMENTACIÓN CONCRETO HIDRÁULICO CALLE PROLONGACIÓN PROGRESO

CONCEPCIÓN DEL ORO

29-jul-10

255

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

1,739.00

019

PAVIMENTACIÓN CONCRETO HIDRÁULICO CALLE 21 DE MARZO

CONCEPCIÓN DEL ORO

12-jul-10

234

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

4,390.00

024

PAVIMENTACIÓN CONCRETO HIDRÁULICO BARRIO CHIHUAHUA

CONCEPCIÓN DEL ORO

08-abr-10

118

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

6,590.00

025

PAVIMENTACIÓN CONCRETO HIDRÁULICO CALLE 4 DE MARZO Y 31 DE MARZO

CONCEPCIÓN DEL ORO

12-jul-10

238

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

5,932.00

027

PAVIMENTACIÓN CONCRETO HIDRÁULICO CALLE XÓCHITL Y FRANCISCO I. MADERO

CONCEPCIÓN DEL ORO

25-jun-10

208

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

5,985.00

028

PAVIMENTACIÓN CONCRETO

CONCEPCIÓN DEL ORO

25-may-10

175

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL

11,020.00

Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directos respectivamente.

PF-10/07-004 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal. La Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo observado al municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, con relación a las facturas expedidas en el ejercicio 2010 por la proveedora Manuela López Esquivel cuyo giro corresponde a taller de soldadura, puertas, ventanas y herrería en general con RFC: LOEM-600205-451 y domicilio fiscal ubicado en carretera Saltillo-Guadalajara km. 112, por la cantidad de $64,076.00 que amparan la renta de revolvedora, madera y montenes, conceptos que no corresponden al giro del negocio, determinando inexistencia de operaciones comerciales con la proveedora antes referida.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

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HIDRÁULICO CALLE PRESA DE JALES

(PROVEEDORA)

030

PAVIMENTACIÓN CONCRETO HIDRÁULICO

RODRÍGUEZ MÉNDEZ

14-may-10

161

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

6,612.00

031

CONSTRUCCIÓN DE ESCALONES DE CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE PIPILA

CONCEPCIÓN DEL ORO

03-ago-10

273

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

1,392.00

048

TERMINACIÓN DE AULAS EN ESCUELA PREPARATORIA EULALIO GUTIERREZ

CONCEPCIÓN DEL ORO

22-jul-10

249

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

13,688.00

052

CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN LA TELESECUNDARIA

TANQUE DEL ALTO

05-ago-10

281

MANUELA LÓPEZ ESQUIVEL (PROVEEDORA)

5,336.00

TOTAL

$ 64,076.00

Es conveniente señalar que mediante oficio número 005, de fecha 02 de agosto de 2011, suscrito por el C. Anastacio Maldonado Falcón y Abundio Monsivais Rodríguez Presidente y Síndico municipales respectivamente, se anexa aclaración en la cual manifiestan: “…Por motivo de que los prestadores de servicios de renta de madera, andamios, revolvedoras, retroexcavadoras, etc., no están dados de alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Por esta razón, es que se consiguieron estas facturas con la Sra. Manuela López Esquivel...”.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

De lo anterior, en visita de campo se levantó Acta Administrativa (Compulsa) de fecha 08 de julio de 2011 con el C. Jesús Hernández Castillo en su carácter de esposo de la señora Manuela López Esquivel propietaria del negocio, en la cual manifiesta: “…El Sr. Valentín Muñiz Marfileño, quien trabajaba en la presidencia en ese entonces nos pidió unas facturas en blanco, manifestándonos que rentó unas revolvedoras y montenes y nos dijo que el Sr. Que se los rento no tenía facturas, entonces se le dieron las facturas en blanco no recuerdo cuantas, para que el las llenara y nos dijo que el pagaría el IVA y el IETU, cosa que hizo y nos entregó lo correspondiente al IVA y al IETU en efectivo, primero me dio el IVA y después el IETU y fueron aproximadamente $25,000.00 no recuerdo la cantidad exacta pero fue aproximadamente eso…” (Sic.) Por lo antes expuesto se determina inexistencia de operaciones comerciales con la C. Manuela López Esquivel, desconociéndose si realmente los recursos erogados fueron aplicados en las obras a las que se asignaron.

Resultado PF-05, Observación PF-03

Que corresponde a la administración 2007-2010

De los recursos del Fondo III Fondo para la Infraestructura Social Municipal, se aprobó la obra número 048 denominada “Terminación de aulas en escuela preparatoria Eulalio Gutiérrez” por un importe total de $278,500.00, observándose que dicha autorización y erogación se considera improcedente por tratarse de obras que no están vinculadas con la operación del Fondo III, infringiendo los dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, ya que dicha inversión no corresponde a Infraestructura Básica de Servicios en beneficio de

PF-10/07-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, en vigor a los CC. Anastacio Maldonado Falcón y José Valentín Muñiz Marfileño, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

personas con rezago social y pobreza extrema.

los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Lo anterior en virtud de que se ejercieron recursos por un monto de $278,500.00 los cuales no corresponden a Infraestructura Básica de Servicios que beneficie a personas con rezago social y pobreza extrema.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $4,708,376.00, la aplicación se destinó conforme a lo siguiente: $3,761,231.47 a Obligaciones Financieras que representa el 79.88%, $346,311.00 a Seguridad Pública con 7.36% y $600,833.53 a Infraestructura Básica de Acciones constituyendo el 12.76%. La revisión documental y el ejercicio de los recursos se realizó en un 100.00% al 31 de diciembre de 2010. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $2,457.00.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar. Del Programa convenido con Gobierno del Estado se revisaron documentalmente recursos por un monto de $747,133.32 correspondientes a una obra de la muestra, la cual fue aprobada en el rubro de Urbanización Municipal.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DEL OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Sin Observación. Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Del monto de $26,941,943.00 aprobado para el Presupuesto de Egresos del Municipio, se destinó para el Programa Municipal de Obras (PMO), un importe de $2,900,000.00 el cual representa el 10.76% del total presupuestado, ejerció $1,963,140.04 presentando un subejercicio del 32.31% según informe de diciembre del 2010 presentado por el municipio, de las 9 obras programadas terminó ocho y una no la inicio, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución, es necesario señalar que la aplicación fue esencialmente para mantenimientos, mejoramiento de vivienda y aportaciones a obras diversas.

Resultado OP-02, Observación OP-01

Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013

El monto total programado registrado por la Tesorería Municipal en el SACG en el capítulo 6000 Obra Pública, es de $3,842,693.00 y el informado en la carátula del Programa Municipal de Obras del 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2010 es de $2,900,000.00; por lo que existe una diferencia de $942,693.00, así mismo el total informado como egresado en la carátula del PMO ($1,963,140.04), registra una diferencia de menos $1,494,136.77 respecto a lo registrado como egresado e informado por la Tesorería Municipal ($3,457,276.81), en la misma cuenta.

Cabe hacer mención que durante el proceso de solventación el municipio mediante el oficio No 712 de fecha 29 de julio del 2011, con sello de recibido el 3 de agosto firmado por el Ing. Baldemar Martínez Horta, Director de Obras Públicas del municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, informa que la diferencia encontrada con el monto registrado en la Tesorería Municipal y el presentado en el Programa Municipal de Obras al 31 de diciembre del 2010, corresponde a lo siguiente: $1,963,140.04 corresponde a Obra Pública $463,721.22 a Convenio con GODEZAC y $1,211,033.96 a gastos de Agua Potable, del total resulta una contrapartida en el mes

OP-10/07-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo, cuando se realice reclasificación en las cuentas contables y sea necesario realizar modificaciones presupuestales, las Direcciones de Tesorería y Obras Públicas lleven a cabo con oportunidad conciliaciones mensuales y las modificaciones a los informes contables-financieros e informes de avances físicos-financieros de obra pública, para evitar que se presenten diferencias entre lo informado por ambas áreas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-10/07-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoria Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DEL OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de noviembre por $180,618.41, que corresponde a Deuda y Gasto Corriente de Agua Potable.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 03, Sin Observación Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 29 (veintinueve) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-04, Observación OP-02

Que corresponde a la Administración 2007-2010

Para la obra "Instalación de depósito de 10,000 litros para agua potable, en Mesillas”, se aprobó un monto federal de $92,000.00 del programa Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, para realizar: trabajos de suministro y colocación sobre una estructura metálica a 2.50 m de altura de un tinaco de 10,000 litros de capacidad.

Durante la revisión física realizada el día 5 de julio del 2011 a la obra, se observó que los trabajos programados están terminados, se realizó la construcción de una base de concreto hidráulico de sección 3.50 x 4.00 m de 12 cm de espesor para alojar una estructura metálica a base de PTR y ángulo de 2.50 m de altura con plancha metálica para asentar un tinaco de 10,000 litros de capacidad, que distribuirá agua potable a la población de Mesillas; sin embargo a la fecha de revisión aún no se encuentra en funcionamiento, ello debido a que se utiliza la misma línea de conducción para el suministro de agua al depósito y para su distribución a la red de agua potable, sin contar con las válvulas de aire que interrumpan el flujo y permitan una u otra acción.

Derivado de la revisión documental, se constató que el importe aprobado se liberó y ejerció mediante los cheques números 289 y 302 por un monto de $60,000.00 y $32,000.00 respectivamente del 11 y 20 de agosto del 2010, respectivamente, emitidos a nombre de Leobardo Valadéz Rivera, presentó como documentación comprobatoria la factura número 252 de la Casa Comercial Bombas Valadéz, por un monto de $92,000.01 por el concepto: “Suministro y colocación de 1 tinaco de 10,000 litros, construcción de base de concreto hidráulico y una estructura metálica de 2.50 m de altura”.

OP-10/07-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual realizar las acciones que considere necesarias para que la persona y/o el contratista que ejecutó la obra realice los trabajos necesarios para corregir las deficiencias constructivas detectadas en "Instalación de depósito de 10,000 litros para agua potable, en Mesillas”. Deberá informar a esta Entidad de Fiscalización las de acciones implementadas y realizadas, asimismo deberá presentar acta de entrega-recepción firmada por los beneficiarios y por el Contralor Municipal en la que testifique que se ha dado cumplimiento a esta recomendación, presentando además álbum fotográfico de los trabajos correctivos que se ejecuten y de la obra en operación.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-10/07-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-05, Observación OP-03

Que corresponde a la Administración 2007-2010

Para la obra "Electrificación de pozo de agua potable,

OP-10/07-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Que corresponde a la

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

en Fracción las Huertas", en la cabecera municipal, se programó ejercer un monto de $158,750.00 para efectuar suministro y colocación de un poste 12-750, un poste 11-700, un poste 9-400,un transformador de 75 kva, una parrilla, así como los accesorios necesarios para el funcionamiento de la red eléctrica.

Durante la revisión física realizada el día 7 de julio del 2011, la obra se encontró terminada, pero la línea eléctrica no está energizada ni en servicio, debido a que la Comisión Federal de Electricidad le está exigiendo al municipio que para energizar la línea, debe de presentar el título de concesión que expide la Comisión Nacional del Agua. Derivado de la revisión documental se constató que el municipio informó la liberación del importe programado mediante el cheque número 223 expedido el 7 de julio del 2010, por un monto de $25,172.00 a nombre de Leobardo Valadéz Rivera, el municipio presentó como documentación comprobatoria la factura número 244 del prestador de servicios Bombas Valadéz de fecha 7 de julio del 2010 por un monto de $25,172.00 (por el concepto suministro y colocación de 70.00 ml de malla ciclónica de 1.75 m de altura y mano de obra) , los cheques número 292 y 320 expedidos en los meses de agosto y septiembre del 2010, por un monto global de $133,578.00 a nombre de Cristóbal Iván Salinas Aranda, el municipio presentó como documentación comprobatoria las facturas Nos 2337 y 2348 de la casa comercial Obras Eléctricas Alta y Baja Tensión de fecha 18 de agosto y 7 de septiembre del 2010 por un monto global de $133,578.00 (por el concepto: 1 poste de concreto 12-750, 1 poste de concreto 12-750, 1 poste de concreto 11-700, 1 poste de concreto 9-400, 1 transformador de 75 Kva, 1 parrilla, 9 aisladores, 3 cortacircuitos, 3 apartarrayos y un lote de accesorios eléctricos).

Administración 2007-2010 La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron por el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente Municipal C. Anastasio Maldonado Falcón (Responsable Subsidiario) y al Director de Desarrollo Económico y Social Municipal C. José Valentín Muñiz Marfileño (Responsable Directo); por no contar con todos los permisos y documentos necesarios para programar e iniciar la obra "Electrificación de pozo de agua potable, en Fracción las Huertas", en la cabecera municipal, del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, ya que debió de contar con el título de concesión que otorga la Comisión Nacional del Agua (CNA), antes de programar la obra, con base en artículo 10 de de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; artículos 22, 23, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como los artículos 15 fracción VI, 17 fracción VII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 4, 49 fracción V, 74 fracción XXVI, 102 fracción I y V y 183 de la Ley Orgánica del Municipio, además del

la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

CONCEPCIÓN DEL ORO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 46 de 53

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

OP-10/07-006 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual que realice los trámites y gestiones necesarias ante la Comisión Nacional del Agua y la Comisión Federal de Electricidad para que se ponga en operación la "Electrificación de pozo de agua potable, en Fracción las Huertas", presentando los trámites y gestiones realizadas, el acta de entrega-recepción firmada por los beneficiarios y por el Contralor Municipal en la que testifique que se ha dado cumplimiento a esta recomendación.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-10/07-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA CONVENIO CON GODEZAC

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 06, Sin Observación Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada no se desprende observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 07, Observación OP- 04 Corresponde a la Administración 2007-2010 y a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión documental de 24 (veinticuatro) obras que integraron la muestra de auditoría, ejecutadas por la administración 2007-2010, de las cuales corresponden 23 (veintitrés) al Fondo III y 1 (una) al programa Convenido con GODEZAC, se detectó en todas ellas la falta de integración de los expedientes unitarios de obra con la documentación técnica y social que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras, tales como proyecto, factibilidad, estudios, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución y reportes de supervisión. Asimismo con relación a las obras ejecutadas por la administración municipal 2010-2013 y derivado de la revisión documental de 6 (seis) obras que integraron la muestra de auditoría y que corresponden al Fondo III, se detectó la falta de integración de los expedientes unitarios de obra con la documentación técnica y social que se debe de generar en todas las fases de ejecución de las obras, tales como proyecto, factibilidad, estudios, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de la modalidad de ejecución reportes de supervisión y acta de entrega-recepción.

OP-10/07- 008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual implemente los mecanismos de control pertinentes para que se lleve a cabo la integración oportuna de los expedientes unitarios de obra con toda la documentación que se debe generar en las diferentes fases de ejecución de las obras, tales como proyecto, factibilidad, estudios, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución, reportes de supervisión y acta de entrega-recepción, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 17 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y 6 de su Reglamento; artículos 21, 23, 45, 45 bis, 46, 48, 49 52, 54 y 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y artículo 6 de su Reglamento y para dar cumplimiento a las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio en su artículos 100 y 74 fracción 26.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-08, Observación OP-05 De la verificación física al Relleno Sanitario, se observa que el municipio cumple en un 57.9% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que existe un Relleno Sanitario, ocupando 0.75 de hectárea aproximadamente, no se realizaron estudios topográficos y geotécnicos que garanticen la protección del medio ambiente, dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna. Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con: drenaje pluvial, sitio de disposición final, cerca perimetral, caseta de vigilancia por lo que no existen control de acceso del personal vehículos y materiales así mismo no existe dispersión de materiales ligeros, ni los residuos son cubiertos dentro de un lapso menor a 24 horas, ni manuales de operación y control.

OP-10/07-009 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que establezca las acciones que sean necesarias para que el Relleno Sanitario cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 09, Observación OP-06

El objetivo es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 80.8% de las normas antes descritas.

Se encuentran en mal estado las instalaciones del servicio en general, los corrales carecen de equipo, herramientas y de implementos de operación e higiene, así como de vigilancia, no cuenta con cámara frigorífica en donde se almacenen los productos, ni con corrales de cuarentena para animales enfermos sospechosos o caídos, carece de piso antiderrapante lavable y muros de separación firmes, seguros, fáciles de desinfectar, no hay corrales ante-mortem conectados con shut a baño de aspersión previo al cajón de sacrificio humanitario, asimismo no cuenta con autorización operativa de impacto ambiental ni con acreditación del médico veterinario, tampoco con certificado o constancia de control de fauna nociva.

Cuenta con corrales de recepción de animales con báscula, que están en buenas condiciones y cumple con las especificaciones, tiene área de desangrado adecuada, que permite que se vaya al drenaje independiente, cuenta con recipientes plásticos o de metal anticorrosivo para la disposición de los subproductos y esquilmos, lavamanos, esterilizadores para el instrumental de faenado con sistemas de flujo continuo y una temperatura del agua a 82.5 grados centígrados y cisternas para la recuperación de grasas, asimismo cuenta con pisos adecuados y con equipo independiente de cloración para desinfectar el agua.

OP-10/07-010 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual tome las medidas que necesarias para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

4 2 2 FRR 2

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

3 - - - 3

Promoción para el ejercicio de comprobación fiscal.

1 - - - 1

Solicitud De Aclaración.

1 0 1 REC 1

TOTAL 9 2 3 7

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

1 - - - 1

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

17 0 17 OIC 17

Solicitud De Aclaración.

3 2 1 REC 1

Preventivas

Recomendación 20 2 18 REC 18

TOTAL 41 4 18 37

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Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2008 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.