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CONCEJO MUNICIPAL DE LAS CONDES COMISION DE CONCEJO N° 273 LUNES 28 DE MARZO 2007 En las Condes, a 28 de Marzo de 2007, siendo las 17:05 horas, en nombre de Dios se da inicio a la Comisión de Concejo N° 274 del Concejo Municipal de Las Condes, siendo presidida por el Alcalde, señor Francisco de la Maza Chadwick, con la concurrencia de los Concejales, señores: Carlos Larrain Peña, Carolina Uribe Gabler, Mauricio Camus Valverde, María de la Luz Herrera Cruz, José Antonio Rabat Vilaplana, Felipe de Pujadas Abadie y Alejandro Sepúlveda Martin. Siendo su Secretario, Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal. Asisten los siguientes funcionarios municipales, señores: María Inés Suárez, Secretaria Comunal de Planificación; Juan Pablo Pozo, Director Jurídico; Eugenia del Pedregal, Director de Administración y Finanzas; Eduardo López, Director de Control, Pablo de la Llera, Asesor Urbanista; Oscar Arévalo, Director de Tránsito; Carlos Alarcón, Director de Obras Municipales (S); Mario Villegas, Jefe Dpto. Inspección y Riesgo; María Constanza Ríoseco, Subdirectora Jurídica; Juan Ignacio Jaramillo, Jefe del Depto. de Operaciones; Doris Rojas, Jefe del Depto. de Personal; Cristián Montero, Asesor del Alcalde; Mónica Castagnoli, Jefe del Depto. de Patentes Municipales (S) y Rosita Cava, Profesional de la Dirección de Obras. Asisten invitadas las siguientes personas, señores: Claudia Alemparte, Directora Jurídica Municipalidad de Lo Barnechea y Fernando Salamé, Director de Desarrollo Comunitario Municipalidad de Lo Barnechea. ORDEN DEL DIA 1. CESION FRANJA DE TERRENO A LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA El señor DE LA MAZA, informa que se encuentran presentes funcionarios de la Municipalidad de Lo Barnechea, señores: Fernando Salamé, Director de Desarrollo Social y Claudia Alemparte, Directora Jurídica, dado que en la sesión pasada quedaron pendientes algunas consultas respecto de una solicitud de traspaso de unos terrenos localizados en la comuna de Lo Barnechea. Por esa razón, agradece la presencia de la Directora Jurídica y Director de Desarrollo Social, para efectos que expliquen la situación respecto de esos terrenos. La señora ALEMPARTE, agradece en nombre de la Municipalidad de Lo Barnechea que se les permita explicar un tema que para la comuna que representa es de real importancia y relevancia. La solicitud que se planteó formalmente a la Municipalidad de Las Condes dice relación a que se les transfiriera, en virtud del convenio de traspaso del año 1992, un área verde ubicada en la ribera norte del Río Mapocho, cercana al Puente de La Dehesa. Para efectos de explicar la petición, va a efectuar una breve reseña respecto de cómo se gesta dicho terreno y el objetivo que persigue la Municipalidad de Lo Barnechea de ser propietaria del mismo. El año 1995, la Municipalidad de Lo Barnechea adopta un acuerdo en cuanto a denunciar los terrenos sin dueños de toda la ribera del Río Mapocho, entre la Plaza San Enrique y el Puente Nuevo. El objeto de esa denuncia fue para tener una claridad respecto de quienes eran los propietarios ribereños y si se lograba la inscripción a nombre del Fisco se pudiesen consolidar todas las viviendas sociales que se pretenden edificar en la ribera. En estos sectores existen campamentos, por lo que la idea de la Municipalidad de Lo Barnechea es erradicar a todos ellos. La idea que se gesta entre la Municipalidad de Lo Barnechea, SERVIU, Fundación San José de La Dehesa de los Padres Trapenses y el Ministerio de Bienes Nacionales a través de la Secretaría Ministerial de Bienes Nacionales. Por lo tanto, el año 1996 el Fisco de Chile inscribe a su nombre todos los lotes de terrenos que se observan en el plano. El terreno de propiedad de la 1

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CONCEJO MUNICIPAL DE LAS CONDES COMISION DE CONCEJO N° 273

LUNES 28 DE MARZO 2007 En las Condes, a 28 de Marzo de 2007, siendo las 17:05 horas, en nombre de Dios se da inicio a la Comisión de Concejo N° 274 del Concejo Municipal de Las Condes, siendo presidida por el Alcalde, señor Francisco de la Maza Chadwick, con la concurrencia de los Concejales, señores: Carlos Larrain Peña, Carolina Uribe Gabler, Mauricio Camus Valverde, María de la Luz Herrera Cruz, José Antonio Rabat Vilaplana, Felipe de Pujadas Abadie y Alejandro Sepúlveda Martin. Siendo su Secretario, Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal. Asisten los siguientes funcionarios municipales, señores: María Inés Suárez, Secretaria Comunal de Planificación; Juan Pablo Pozo, Director Jurídico; Eugenia del Pedregal, Director de Administración y Finanzas; Eduardo López, Director de Control, Pablo de la Llera, Asesor Urbanista; Oscar Arévalo, Director de Tránsito; Carlos Alarcón, Director de Obras Municipales (S); Mario Villegas, Jefe Dpto. Inspección y Riesgo; María Constanza Ríoseco, Subdirectora Jurídica; Juan Ignacio Jaramillo, Jefe del Depto. de Operaciones; Doris Rojas, Jefe del Depto. de Personal; Cristián Montero, Asesor del Alcalde; Mónica Castagnoli, Jefe del Depto. de Patentes Municipales (S) y Rosita Cava, Profesional de la Dirección de Obras. Asisten invitadas las siguientes personas, señores: Claudia Alemparte, Directora Jurídica Municipalidad de Lo Barnechea y Fernando Salamé, Director de Desarrollo Comunitario Municipalidad de Lo Barnechea. ORDEN DEL DIA 1. CESION FRANJA DE TERRENO A LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEAEl señor DE LA MAZA, informa que se encuentran presentes funcionarios de la Municipalidad de Lo Barnechea, señores: Fernando Salamé, Director de Desarrollo Social y Claudia Alemparte, Directora Jurídica, dado que en la sesión pasada quedaron pendientes algunas consultas respecto de una solicitud de traspaso de unos terrenos localizados en la comuna de Lo Barnechea. Por esa razón, agradece la presencia de la Directora Jurídica y Director de Desarrollo Social, para efectos que expliquen la situación respecto de esos terrenos. La señora ALEMPARTE, agradece en nombre de la Municipalidad de Lo Barnechea que se les permita explicar un tema que para la comuna que representa es de real importancia y relevancia. La solicitud que se planteó formalmente a la Municipalidad de Las Condes dice relación a que se les transfiriera, en virtud del convenio de traspaso del año 1992, un área verde ubicada en la ribera norte del Río Mapocho, cercana al Puente de La Dehesa. Para efectos de explicar la petición, va a efectuar una breve reseña respecto de cómo se gesta dicho terreno y el objetivo que persigue la Municipalidad de Lo Barnechea de ser propietaria del mismo. El año 1995, la Municipalidad de Lo Barnechea adopta un acuerdo en cuanto a denunciar los terrenos sin dueños de toda la ribera del Río Mapocho, entre la Plaza San Enrique y el Puente Nuevo. El objeto de esa denuncia fue para tener una claridad respecto de quienes eran los propietarios ribereños y si se lograba la inscripción a nombre del Fisco se pudiesen consolidar todas las viviendas sociales que se pretenden edificar en la ribera. En estos sectores existen campamentos, por lo que la idea de la Municipalidad de Lo Barnechea es erradicar a todos ellos. La idea que se gesta entre la Municipalidad de Lo Barnechea, SERVIU, Fundación San José de La Dehesa de los Padres Trapenses y el Ministerio de Bienes Nacionales a través de la Secretaría Ministerial de Bienes Nacionales. Por lo tanto, el año 1996 el Fisco de Chile inscribe a su nombre todos los lotes de terrenos que se observan en el plano. El terreno de propiedad de la

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Municipalidad de Las Condes está superpuesto exactamente en el Lote H, el cual se encuentra inscrito desde el año 1996 a nombre del Fisco de Chile. El señor DE LA MAZA, consulta por qué entonces se está solicitando la cesión de dicho terreno. La señora ALEMPARTE, responde que el terreno en cuestión tiene dos titulares. El señor DE LA MAZA, señala que eso significa que es un error del Conservador de Bienes Raíces. La señora ALEMPARTE, explica que estos terrenos se denunciaron como sin dueños y no existía un título anterior. Por lo tanto, se basa la inscripción en una minuta de deslinde que hace el Ministerio de Bienes Nacionales, generándose un nuevo título. Producto de esta inscripción, reclaman propietarios de la ribera sur, pero no reclama nadie de la ribera norte, lugar donde se encuentra emplazado el proyecto de viviendas sociales, desde San Enrique hasta el Puente San Francisco de Asis. El 2006, año en que se cumplen 10 años desde la inscripción fiscal, aparece una persona que señala ser propietaria de un lote denominado Lote B, el cual surge de una subdivisión aprobada por la Municipalidad de Las Condes el año 1967 a un señor Victoriano Cotera. Al momento que se aprueba la subdivisión del terreno, de acuerdo a la ley vigente, el Municipio exige al señor Cotera que ceda la vialidad y el área verde correspondiente. Hace algunos meses atrás el área verde fue inscrita en el Conservador de Bienes Raíces a nombre de la Municipalidad de Las Condes. En suma, cuando se va a consolidar la inscripción al nombre del Fisco el año 2006, la familia Cotera señala que, en virtud de dicha subdivisión, es propietaria del Lote B y que habría cedido el área verde a la Municipalidad de Las Condes el año 1967. Dado lo anterior, buscaron los antecedentes accediendo a una escritura de cesión gratuita de terreno, donde efectivamente se había cedido a la Municipalidad de Las Condes un área verde de 12.844 metros cuadrados más las vialidades que se observan en el plano. Sin embargo, nunca fue inscrito en el Conservador de Bienes Raíces a nombre de la Municipalidad de Las Condes. La Municipalidad de Lo Barnechea, al tomar conocimiento de esta situación, informó a la Dirección Jurídica de la Municipalidad de Las Condes, quien procede a inscribir el área verde a nombre de la Municipalidad de Las Condes, en virtud de la cesión gratuita del año 1967. Esto se hizo con la expresa voluntad de que una vez que la Municipalidad de Las Condes hubiese inscrito el área verde a nombre suyo, transfiriese gratuitamente, en virtud del convenio de traspaso, el área verde, para efectos de poder consolidar el proyecto de viviendas sociales. Explica que el área verde, actualmente superpuesta al Lote H del Fisco, es el inicio de la cuarta etapa del proyecto de viviendas sociales denominado Ermitas de San Antonio. La Municipalidad de Lo Barbecha, al tomar conocimiento de que efectivamente había una cesión gratuita que no se había inscrito, fue una buena noticia, porque en dos oportunidades anteriores se había complementado el convenio de traspaso, encontrando algunos terrenos que eran de propiedad de Las Condes y se encontraban cerca de las vialidades del sector y, a través de esas complementaciones, se pudo consolidar vialidades y áreas verdes. La idea es que la Municipalidad de Las Condes transfiera esta área verde a la Municipalidad de Lo Barnechea, la cual se acaba de inscribir a nombre de Las Condes. Por lo tanto, la idea es hablar con el Fisco con el objeto que se anule la inscripción fiscal, lo cual les permitirá iniciar la ejecución de la cuarta etapa de las viviendas sociales. El proyecto de viviendas sociales será explicado por el Director de DIDECO, pero la idea era explicar al Concejo Municipal que la Municipalidad de Lo Barnechea tomó conocimiento a fines

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del año pasado que existía una cesión gratuita que no estaba inscrita, lo cual se informó inmediatamente a la Municipalidad de Las Condes, pero siempre con la certeza que los terrenos sería utilizados para la construcción de viviendas sociales. De hecho, desde el año 1995 a la fecha, la Municipalidad de Lo Barnechea ha tenido la tenencia del terreno y actualmente, está ocupado por campamentos sociales. De hecho, desde que se creó la Municipalidad de Lo Barnechea, se ha administrado dicho terreno sin la certeza plena de quién era su propietario. El señor DE LA MAZA, consulta cómo pasa el terreno de ser un área verde a ser parte de la construcción de viviendas sociales. La señora ALEMPARTE, responde que a través del cambio de uso de suelo que la Municipalidad de Lo Barnechea va a solicitar a la Secretaría Ministerial de la Vivienda. El señor DE LA MAZA, entiende que se efectuará a través de un Decreto de la SEREMI de la Vivienda. La señora ALEMPARTE, explica que el Plan Regulador Metropolitano de Santiago establece un área Parque Río Mapocho. Por lo tanto, un porcentaje del terreno es área verde que no se puede construir, porque es el Parque del Río Mapocho, lo cual se ha respetado en toda la construcción del proyecto de viviendas sociales. El señor RABAT, consulta qué ancho tiene el Parque del Río Mapocho. La señora ALEMPARTE, responde que el área parque tiene 30 metros de ancho desde la ribera del Río Mapocho. El señor DE LA MAZA, consulta si las viviendas sociales se encuentran actualmente asignadas o no. El señor SALAME, responde que no se encuentran asignadas, porque se está esperando resolver la situación jurídica del terreno y posteriormente, presentar el proyecto a Fondos Concursables. No obstante, se tiene contemplado un proyecto mayor al Lote H. Actualmente, en la comuna de Lo Barnechea continúan existiendo tres campamentos, que son Juan Pablo II (Lote F); un campamento pequeño que es transitorio, que está ocupando hoy día el Lote H y el campamento Las Lomas, que está localizado en la ribera norte, en ambos costados de la parroquia de Lo Barnechea. Este proyecto contempla cuatro etapa y significa la construcción de 770 viviendas sociales, tanto en la ribera norte, como sur, del Río Mapocho, en los mismos lugares en que hoy día las familias están habitando los campamentos que acaba de mencionar. Los beneficiarios don personas que habitaban con anterioridad al año 2000 los campamentos y que estaban inscritos en los listados de Chile Barrio y de la Municipalidad de Lo Barnechea, y que, además, cumplen con toda la normativa que existe SERVIU para la postulación a los programas de fondos concursables y que completen un ahorro de 50 UF. La Municipalidad de Lo Barnechea siempre ha tenido una política de radicación, es decir, que la gente continúe viviendo en la comuna, toda vez que estos campamentos están absolutamente insertos en las redes sociales de transporte y educación, que tiene Lo Barnechea. Actualmente, ese grupo objetivo alcanza a 814 personas. Vale decir, hoy día, aún tienen un déficit de viviendas sociales, lo cual se espera resolver vía diseños de proyectos de 44 viviendas para poder dar respuesta al cien por ciento de las familias que habitan esos campamentos. A principios del año 2006, junto al SERVIU y junto al Elemental, iniciaron el diseño de estas tres etapas. Se contemplan viviendas de tres pisos, alrededor de 66 metros cuadrados finales. La entrega de este proyecto se contempla bajo modelo condominio, donde es sumamente importante, no sólo el tamaño y la calidad de la construcción, sino también la forma en que habitualmente las

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viviendas sociales se han ido construyendo. En la zona que se observa en el plano representa un conjunto, en el cual se contempla alrededor de 20 casas. Cada una de estas viviendas tiene jardín y antejardín, dependiendo de su ubicación. Asimismo, el proyecto contempla zonas de uso común, un sector de vialidad que permita el ingreso al condominio y un sector de área verde al centro. Actualmente, estos terrenos están siendo ocupados por campamentos, lo cual se observa en las fotografías que están en pantalla. En la pantalla se visualiza que el Lote H está inmediatamente colindante a la tercera etapa del proyecto Ermita San Antonio, el cual se acaba de entregar en marzo de 2006, en el entendido que siempre se pensó que estos terrenos eran de propiedad del Fisco. El proyecto se genera a partir del año 2005, contemplándose cuatro etapas para ejecutarlo. El señor RABAT, consulta de qué tamaño son las viviendas sociales. El señor SALAME, responde que las viviendas son de 66 metros cuadrados, con la posibilidad de generar una ampliación en el patio trasero. El señor DE LA MAZA, señala que este tema se someterá a votación en la próxima sesión de Concejo. La idea es tomar un acuerdo que faculte al Alcalde para realizar este traspaso de terreno. Si la votación es mayoritariamente positiva, se cederá el terreno en forma gratuita. No obstante, al interior del Concejo Municipal existen algunas aprehensiones respecto que en la comuna de Las Condes también existen muchos allegados. Por lo tanto, si el terreno es de propiedad de la Municipalidad de Las Condes se podría concluir que se debe negociar algo a cambio de dicho terreno. No obstante, la respuesta se sabrá el próximo miércoles, luego que vote el Concejo Municipal. Lamentablemente, no se encuentran presentes todos los Concejales, pero la exposición de los funcionarios de la Municipalidad de Lo Barnechea quedará inserta en el acta correspondiente. El señor SALOME, considera sumamente importante que los señores Concejales tengan claro que la comuna de Lo Barnechea no cuenta con más terrenos para la construcción de viviendas sociales. Lamentablemente, pese que Lo Barnechea es una comuna terminal, no se producen más terrenos, a diferencia de otros lugares donde sí se puede continuar creciendo hacia fuera, pero tampoco es una política que se considere acertada en términos de viviendas. Insiste en la inserción social y redes que deben tener estas familias para que los proyectos terminen siendo exitosos. Actualmente, los terrenos se encuentran ocupados por estas familias. Por lo tanto, si la Municipalidad de Lo Barnechea no cuenta con alguno de los tres paños significa que no es viable el proyecto y que la gente de los campamentos no terminará teniendo su solución definitiva. Considera que esa conclusión no es menor para efectos de la decisión de los señores miembros del Concejo Municipal. El señor DE LA MAZA, señala que se imagina que la densificación que se dará al terreno es mayor a la que existe actualmente, en cuanto al grado de ocupación del campamento. Vale decir, entiende que se beneficiará a más familias de las que actualmente ocupan el terreno, puesto que de otra forma no tendría mucho sentido el proyecto de viviendas sociales. El señor SALAME, explica que se contempla una densificación importante, pero también se debe tener claro que en la comuna de Lo Barnechea también existen problemas con allegados. Pese a que existen 43 familias que deberían ser beneficiadas por vivir en campamento, aunque se lleve al máximo la densificación no les permite entregar solución, o sea, se está tratando de aprovechar todo el terreno y todas las ideas de los arquitectos para que sea un proyecto de buena calidad y, al mismo tiempo, permita solucionar el mayor número de casos posibles. El señor RABAT, agradece la presentación, la cual ha sido sumamente clara. Tiene la impresión que el hecho que dicho terreno aparezca a nombre de la Municipalidad de Las Condes obedece a una realidad histórica, época en la cual la comuna de Las Condes era una sola. En esa época, la Municipalidad de Las Condes cedió todos los terrenos, pero por alguna razón que desconoce no se regularizó la situación del terreno en cuestión. Por lo tanto, en este caso,

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corresponde reconocer una realidad histórica, en virtud de la cual estos terrenos siempre debieron ser de la comuna de Lo Barnechea. Dado lo anterior, considera que se están concibiendo bien si se sigue la ruta que sugiere la Municipalidad de Lo Barnechea, lo cual le parece de toda justicia. Además, conoce sumamente bien el proyecto que está realizando ese municipio en conjunto con la Fundación San José de La Dehesa. Cree que es un excelente paradigma de solución de viviendas sociales con radicación en el sector, con el objeto de mantener el vínculo de estas personas con la comuna, con sus lugares de trabajo, estudio, etcétera. Como Concejal de Las Condes, tiene muy claro que deben apoyar la solicitud de la Municipalidad de Lo Barnechea. La señora ALEMPARTE, informa que, de acuerdo a las informaciones previas, en el sector se permite la construcción de tres pisos, con un máximo de 10,5 metros de altura y un porcentaje de ocupación de suelo de 60% El señor DE LA MAZA, hace presente que el SEREMI de la Vivienda tiene facultad para autorizar hasta cuatro pisos, con lo cual se aumenta la densidad. Cree que la discusión no es menor, porque efectivamente con un grado de calidad se podría pensar que con otro proyecto se podría obtener 40 o 50 viviendas sociales. No obstante, si la comuna de Lo Barnechea no lo necesita, a lo mejor sí se necesita en la comuna de Las Condes. Va a instruir que se realice un estudio de la cabida, porque conoce las atribuciones del SEREMI de Vivienda, en cuanto a que puede modificar los destinos hasta un cierto límite cuando se trata de terrenos orientados a viviendas sociales. El señor SALAME, aclara que no sólo se necesita esas 40 casas adicionales, las que eventualmente se podrían construir, porque hoy día les faltan 46 familias que viven en campamentos y además, cuentan con un número importante de allegados. Por lo tanto, objetivamente, mientras más viviendas se puedan construir en esos terrenos, mayor sería el número de soluciones. El señor SEPULVEDA, conoce muy bien el proyecto, ya que le correspondió participar junto con el arquitecto Cristián Undurraga en las primeras etapas. De hecho, participó activamente en el diseño de las primeras etapas del proyecto Ermitas San Antonio. No obstante, el cariño especial que tiene con ese proyecto, considera que, como comuna de Las Condes, independientemente que apoyen una solución beneficiosa para las partes, también le parece que Las Condes debería tener algún grado de compensación, en lo que se refiere a otros tipos de activos que puedan tener carácter social, no necesariamente en términos de vivienda. Obviamente, en términos de viviendas hubiese sido lo mejor, pero también los vecinos de Las Condes requieren de lugares de esparcimiento u otros, en lo cual sí la Municipalidad de Lo Barnechea les podría cooperar, de tal manera que junto podrían hacer un desarrollo social acorde con lo que se estima para la gente. Considera que en la comuna de Lo Barnechea existen muchos terrenos que podrían transformarse en lugares de esparcimiento. El señor DE LA MAZA, termina diciendo que este tema se someterá a votación del Concejo Municipal la próxima semana. 2. PLAN VIAL SECTOR “PARQUE ARAUCANO”El señor DE LA MAZA, señala que la semana pasada no se encontraban presentes ni el Concejal Larrain, ni el Asesor Urbano, señor De la Llera, quienes habían analizado el Plan Vial Sector Parque Araucano en una Comisión de Urbanismo. Por lo tanto, dado que existía poca información respecto del tema, éste se dejó pendiente para ser discutido en esta sesión del Concejo.

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El señor LARRAIN, señala que efectivamente se reunieron en una Comisión de Urbanismo, a la cual asistieron los Concejales Sepúlveda, Unda y Camus. Como asimismo, asistieron varios promotores de los proyectos que asumen la obligación del paquete de obras viales. Respecto a las obras viales, se informó a groso modo en qué consistían. En realidad, es un aspecto bastante técnico, en el cual los Concejales no pueden hablar con mucha profundidad. En todo caso, parece ser una cosa más o menos convenida, en la cual no tendría mucha influencia el Concejo Municipal. No obstante, considera que mientras más amplio el plan de obras más útil para el Municipio. Efectivamente, la solicitación de viajes que presentan este par de proyectos es bastante sustancial. Respecto a lo práctico normativo, sobre el rol que tendría el Concejo Municipal en esta coyuntura, quiere resumir lo que entendió de esta reunión. La escritura que se presentó hace alrededor de veinte días al Concejo Municipal contiene una descripción de un plan vial y una obligación por parte de los promotores de los proyectos en cuanto a financiarlo en un determinado plazo y en determinadas condiciones, que no es del caso reproducir en esta oportunidad. El convenio contiene una autorización para que en la zona Nueva Las Condes se pueda levantar un equipamiento de escala mayor en vías de menor jerarquía. En esencia, es eso lo que contiene la declaración que está al final de la escritura, propuesta en forma de borrador. En opinión de los abogados de las inmobiliarias, en particular de don Rodolfo Letelier, quien se encuentra presente en la sala, la declaración del Municipio, representado por el Alcalde, asociada a la Memoria Explicativa del Plan Regulador basta para fundar los permisos de edificación que implica el proyecto de Nueva Las Condes. Sin embargo, la Comisión de Urbanismo considera, en contra de esa interpretación, que el seccional que se aprobó en febrero del año 2005 por parte del Concejo Municipal tuvo por objeto precluir la autorización por organismos del Gobierno Central, en contra de las nociones más centrales del Plan Regulador, formas de equipamiento de escala mayor en vías que son insuficientes. Es decir, visto un sesgo bastante permisivo que tomó el Ministerio de la Vivienda respecto de esta materia, el Concejo Municipal se quiso proteger aprobando unos cuadros de uso de suelo que permitía al Municipio conservar alguna potestad en esta esfera. Ese fue el objeto central del seccional aprobado en febrero del año 2005. La Comisión de Urbanismo, particularmente él, se inclina a facilitar la ejecución de este plan de obras, puesto que está justificado por la mayor solicitación de viajes y mayor densidad de la zona, pero debe incluir una autorización para un equipamiento de escala mayor que implica el proyecto. No obstante, existe una duda respecto a si la declaración contenida en el convenio, en el cual se conviene el plan de obras y su financiamiento, sean suficientes para que la Dirección de Obras otorgue los permisos de edificación sin impugnaciones ulteriores. No obstante lo anterior, en su opinión, representa un terreno más firme para los promotores del proyecto el hecho que se conduzca la aprobación de un Plan Seccional, al menos para un tramo de la Avenida Presidente Riesco. En las conversaciones que ha sostenido con los inversionistas ha detectado que ellos temen que esta tramitación sea muy lenta y por ende, significara un escollo para el proyecto. Personalmente, no está en condiciones de medir la velocidad en que se podría realizar este trámite, por lo que se inclina a escuchar al Asesor Urbano. Está de acuerdo que un proyecto de esta envergadura requiere tener de una base cierta y la interpretación del alcance amplio que tendría la Memoria Explicativa del Plan Regulador asociada a la declaración contenida en el convenio pudiera no ser considerada por algunos, que tuvieran ánimo de estorbar, base suficiente para dar los permisos de edificación que requiere este proyecto. Informa que por razones comerciales tiene vinculación con una compañía que ha financiado la construcción de uno de los edificios de Nueva Las Condes. Por lo tanto, declara desde ya que se tendrá que abstener a la hora de votar, pero sí puede transmitir al Concejo Municipal su impresión respecto del tema, porque está cumpliendo con su función de Concejal. Solicita al Asesor Urbano, señor De la Llera, que explique técnicamente el tema.

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El señor DE LA MAZA, solicita que, en primer lugar, exponga el Director de Tránsito. El señor AREVALO, explica que la génesis del convenio asume todo lo que ha planteado el Concejal Larrain, en el cual existen inmobiliarias que no requieren de modificaciones, por lo tanto, pueden firmar dicho convenio sin mayores problemas. El señor DE LA MAZA, señala que el convenio es un documento para aprobar proyectos, independiente del tamaño. El señor AREVALO, sugiere separar los temas, ya que las empresas que contemplan desarrollar proyectos en el sector del Parque Arauco pueden firmar el convenio, puesto que están emplazados en una calle expresa. Sólo existe un sector que se tendría que modificar o hacer un tratamiento especial. El señor DE PUJADAS, consulta si cada uno de estos convenios debe ser aprobado por el Concejo Municipal o se va a someter a votación un convenio generalizado. El señor AREVALO, responde que se redactó un convenio generalizado, el cual se encuentra informado al Concejo Municipal. No obstante, los convenios se celebrarán en forma independiente con cada una de las inmobiliarias o constructoras. El señor DE LA MAZA, considera que la discusión no tiene que ver con el convenio, puesto que detrás de éste existen estudios realizados por DICTUC de la Universidad Católica, quien llegó a ciertas conclusiones. A su juicio, las obras que se están exigiendo son las correctas. El punto es que algunas de las inmobiliarias que están desarrollando el área argumentan que antes que se aprobara la modificación del Plan Regulador esa calle permitía equipamiento mayor, pero dado que, como Alcalde, tuvo que firmar unos decretos, a riesgos que fueran impugnados, usando un sistema para poder cumplir con la normativa impuesta en la Ordenanza General, se generaron una serie de seccionales, lo cual permitió mantener el Plan Regulador, pero en algunos casos la cosa fue más allá, no sólo se mantuvo, sino que se gravaron algunas situaciones de calles, como Bilbao y Presidente Riesco. La idea es analizar este tema en conjunto. Por un lado, aprobar el convenio de inversión que se haría exigible en el área y, por otro lado, tomar una decisión respecto a si es necesario adecuar la norma o no, para poder volver a las condiciones originales. El señor DE PUJADAS, señala que desea que se precisen algunas cuestiones en el orden administrativo/jurídico. Al Concejo Municipal, se entregó el convenio que se va a celebrar con la Inmobiliaria El Parque S.A., pero existen otros convenios que, de acuerdo a esta gran área, no tendrían la dificultad que tendría el sector de Presidente Riesco. Concretamente, consulta cuándo se va a someter a votación esos otros convenios con esas otras empresas inmobiliarias. El señor DE LA MAZA, aclara que se trata de un convenio marco. Lo que importa del convenio, es aprobar el orden de magnitud de las obras que se van a desarrollar, cuáles son esas obras y cuál es el aporte que hará cada una de las empresas inmobiliarias por estacionamiento, puesto que existen valores diferenciados por estacionamientos comerciales, habitacionales y oficinas. El señor LARRAIN, señala que el hecho que el Municipio concurra a la firma de este convenio va en beneficio evidente de la ciudad. La declaración adicional que incluye esta escritura podría tener el alcance que los promotores le desean dar, pero no lo tiene claro. Si se le quiere dar una interpretación amplia y ésta prospera, bienvenida sea. Si se fracasa en el proceso, al menos ha cumplido con decir que pudiera existir un tropiezo en la interpretación legal / administrativa. El señor DE LA MAZA, hace presente que la Dirección Jurídica opina que esa declaración no sirve para otorgar el permiso de edificación con equipamiento mayor.

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El señor POZO, señala que, en opinión de la Dirección Jurídica, se debe hacer por la vía del Plan Seccional. El señor DE LA MAZA, señala que el tema de fondo es que en el desarrollo del área, se está solicitando reconocer, ya sea por la vía de la Memoria Explicativa o por algún cambio legal, que se permite el desarrollo de equipamiento mayor. El señor DE POZO, informa que se reunió con el Asesor Urbanista y Director de Obras, para analizar este tema, donde se concluyó que el plano seccional es el camino más útil, para lograr este objetivo. El señor DE PUJADAS, entiende que se debe aprobar un convenio tipo, el cual se va a firmar por cada una de las inmobiliarias en forma individual. Una de ellas es la Inmobiliaria El Parque S.A. que contempla desarrollar un proyecto en la Avenida Presidente Riesco, cuya vía es troncal, no expresa, lo cual no los habilita a construir el número de estacionamientos que requiere el proyecto. Consulta por qué razón no se ha elaborado un informe en derecho sobre la interpretación que tiene la Dirección Jurídica respecto de este tema. El señor DE LA MAZA, aclara que no está en discusión la cantidad de estacionamientos, sino que el tamaño de los proyectos. A través de la subdivisión predial mínima, el número de estacionamientos que se puede obtener en el área, es el que está contenido en el estudio que desarrollo DICTUC. Los promotores del proyecto están solicitando una mayor concentración, en cuanto a desarrollar proyectos que superen los 500 estacionamientos, de manera que las características urbanas del proyecto se mejoren, pero no está discusión el número de estacionamientos. El señor LARRAIN, hace presente que hace muchos años atrás, el Concejo Municipal aprobó, en principio, un proyecto que tenía mayor densidad, metros cuadrados y concentración de estacionamientos, pero después quedó en nada por un asunto de las guías de diseño. Lo que quiere decir es que este asunto ha sido tratado por el Concejo, al menos, en abstracto, más de una vez. En esa oportunidad, el Municipio estuvo de acuerdo en permitir un empleo mayor de la superficie, en cuanto a una mayor densidad, un mayor aprovechamiento del suelo y una mayor altura, puesto que se trataba de un proyecto orgánico que tenía un diseño común. Desgraciadamente, ese proyecto fracasó. En esta oportunidad, se encuentran en una posición que significa una densificación menor a la originalmente pensada y aprobada por el Municipio. El señor DE PUJADAS, explica que consultó si se había elaborado un Informe en Derecho con una rubrica responsable, porque recuerda que en la sesión pasada se planteó una alternativa a través del Artículo 2.1.35 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, la cual, después de estudiarla, le pareció una opción bastante viable. Sin embargo, en esta oportunidad, se dice que debe hacerse a través de un plano seccional. Dado lo anterior, como Concejal, requiere de un Informe en Derecho firmado por ente jurídico responsable. Además, sugiere evaluar el tiempo que se requiere para tramitar un plano seccional. A su juicio, este trámite va a demorar 8 o 10 meses más, teniendo en cuenta que hay una serie de inversiones que deben realizar los empresarios. La señora HERRERA, considera que el asunto se ha complicado respecto a los criterios que se analizaron la sesión pasada. En esta oportunidad, surge la posibilidad de varios convenios, pero siempre entendió que era un solo convenio, cuyo texto se entregó al Concejo Municipal hace quince días atrás, previo a la Comisión de Urbanismo. Dado lo anterior, consulta con qué empresas inmobiliarias se contempla firmar el convenio y con qué montos. Entiende que existe un plan maestro aprobado por la Secretaría Regional Ministerial

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de Transporte, en el cual se mencionan montos totales por las obras de infraestructura. La pregunta jurídica es cómo se divide el plan maestro, puesto que en un principio se entendió como un sistema de mejoras generales de un área bastante amplia. En esta oportunidad, le surgen dudas que no estaban presentes en la discusión inicial. El señor DE LA MAZA, responde que es un solo convenio que se firma por parte de la Municipalidad de Las Condes y los distintos actores. La asociación que existe es que el plan de inversión, se calcula para todos en 279.500 unidades de fomento más una proporción de unidades de fomento por estacionamientos, tanto en el caso de estacionamientos de viviendas, comercio y oficinas. Ese es el requisito para todos los tenedores que contemplan desarrollar esa área. Está claro que existen distintos lotes con diferentes propietarios y obviamente, se debe firmar con cada uno de ellos un convenio marco, donde cada uno aporta dependiendo del número y la naturaleza de los estacionamientos. El señor DE LA LLERA, informa que se han sostenido una serie de reuniones y discusiones con la Dirección de Obras y Dirección Jurídica, a fin de tratar de calificar la posición que se debía presentar al Concejo Municipal. Explica que toda el área que está situada entre la Avenida Kennedy, Manquehue, Los Militares y Alonso de Córdova se encuentra sujeta a firmar el convenio y además, se trata del área que fue afectada, en cuanto al tipo de vía, producto de la modificación que se aprobó el año 2005 del Plan Regulador Comunal. Explica que el artículo 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones se establecen cuatro categorías de escalas de equipamientos asociadas a carga de ocupación en personas, número de estacionamientos y tipo de vía. Estas son: Equipamiento Mayor: El que contempla una carga de ocupación sobre las 4.000 personas y requiere más de 800 estacionamientos; en este caso, sólo se podrá ubicar en predios que enfrenten vías expresas. Equipamiento Mediano: El que contempla una carga de ocupación de hasta 4.000 personas y no requiere más de 800 estacionamientos; en este caso, se podrá ubicar en predios que enfrenten vías troncales o expresas. También el que contemple una carga de ocupación de hasta 3.000 personas y no requiera más de 500 estacionamientos; en este caso, se podrá ubicar en predios que enfrenten vías colectoras, troncales o expresas. Equipamiento Menor: El que contempla una carga de ocupación de hasta 1.000 personas y no requiere más de 250 estacionamientos; en este caso, se podrá ubicar en predios que enfrenten vías de servicio, colectoras, troncales o expresas. Equipamiento Básico: El que contempla una carga de ocupación de hasta 250 personas y no requiere más de 50 estacionamientos; en este caso, se podrá ubicar en predios que enfrenten vías locales, de servicio, colectoras, troncales o expresas. Ante una consulta, informa que la Avenida Manquehue es una vía troncal. Por lo tanto, los proyectos que enfrentan dicha avenida tienen la posibilidad de tener entre 500 y 800 estacionamientos. El segundo inciso del artículo 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción establece una condición de excepción respecto de la clasificación de equipamientos. Dice lo siguiente: “Sin perjuicio de lo anterior, las Municipalidades podrán aceptar equipamientos de mayor escala en vías de menor categoría, siempre que se indique en forma expresa en el Instrumento de Planificación Territorial y se encuentre avalado por el respectivo estudio de capacidad vial contenido en dicho instrumento de planificación”.

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Lo anterior significa que el Municipio puede aceptar una excepción colocando en vías de menor categoría equipamiento de escala mayor, siempre y cuando se indique en forma expresa en el Instrumento de Planificación Territorial y se encuentre evaluado por el respectivo estudio de capacidad vial contenido en dicho instrumento de planificación. El señor DE LA MAZA, considera curioso el fenómeno que se da por lo siguiente: el número total de estacionamientos del área permite construir con equipamiento mayor o mediano y el estudio de capacidad vial fue elaborado para un número total de estacionamientos. Por lo tanto, esa variable se conoce como dato, o sea, puede ser menos de los estacionamientos que se indica en el estudio, pero no pueden ser más, bajo ninguna categoría de escala. Considera curioso el fenómeno, porque está relacionado con los impactos o externalidades que se podría generar en el área, básicamente, por el tamaño de los proyectos. Sin embargo, en este caso, se permite, por ejemplo, 1 de 1.200 o 3 de 400, pero de todas maneras podría ser 1.200. El señor DE LA LLERA, señala que más adelante va a mostrar una imagen en pantalla, respecto de la cual los promotores señalan que afecta la arquitectura del proyecto. El señor DE LA MAZA, señala que es distinto que, hoy día, se permite construir 500 estacionamientos en un terreno, pero al hacer el cambio aumenta sustancialmente la capacidad. Sin embargo, en el caso de esta área, se va a mantener igual la capacidad. En el fondo, lo que se está discutiendo es si el proyecto va ser más grande o más chico, pero es evidente que la capacidad se va a mantener igual, porque el número potencial de metros cuadrados se va a maximizar. No existe ningún desarrollo inmobiliario que deje de construir el máximo de metros cuadrados, porque los 2.500 metros cuadrados de tamaño predial mínimo permite construir alrededor de 500 estacionamientos con el índice de constructibilidad El señor DE LA LLERA, muestra en pantalla el siguiente título: “Cruzada Villa San Luis: Las Condes Tercer Milenio”. Este título lo tenía uno de los proyectos del Plan Regulador del año 2005 desarrollado por la Universidad Católica. En la imagen se observa la Avenida Presidente Riesco y una serie de edificios de altura, lo cual significa que la idea era que esta zona tuviera una vocación en relación a recibir proyectos de alta densidad y equipamientos de escala mayor. Si se lee la Memoria Explicativa del año 1995, se constatan algunas referencias importantes. Por ejemplo, en los objetivos del Plan Regulador declarados de manera expresa en la Memoria Explicativa del Plan Regulador Comunal (PRCLC -93), se indica lo siguiente: • “Compatibilizar los nuevos roles metropolitano en la comuna de Las Condes con el rol

residencial tradicional (página 20). El Proyecto de Renovación Urbana asociado al Plan Regulador, se reconoce como un área especial en la página 118).

• “Avenida Kennedy y el extremo norte de Avda. Manquehue y Alonso de Córdova, tienen

condiciones de uso que las caracterizan por absorber, en diferentes grados e intensidades, roles metropolitanos e intercomunales de Las Condes”. (Página 126).

Posteriormente, en la modificación Nº 2 al Plan Regulador Comunal aprobada en diciembre de 2003, se vuelve a insistir en lo siguiente: • “Orientar y estimular el desarrollo urbano en los lugares de mayor aptitud del territorio

comunal proponiendo límites de áreas y zonas que resuelvan la presión sobre el suelo urbano de baja densidad”.

• ”Ha surgido allí, en relación a Nueva Las Condes, recientemente una iniciativa privada de

renovación urbana, que incluye parte importante de la “Villa San Luis”. Este proyecto es consecuente con el criterio selectivo de concentrar los desarrollos urbanísticos en lugares aptos para ello y restringir o establecer mayores regulaciones a los proyectos en barrios o sectores en que hay niveles de saturación importante, que se encuentran afectando la calidad de vida de los antiguos barrios de la Comuna”. Este proyecto reconoce la necesidad de una

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mayor densidad de construcción en el área al norte de calle Cerro El Plomo aumentando en ella el coeficiente de constructibilidad de 3.0 a 4.0.

Dado lo anterior, en la Memoria Explicativa del año 1995 y 2003, se hacen algunas alusiones a esta área, en cuanto a que se trata de una zona de desarrollo de proyectos de mayor envergadura. Hace presente que la Memoria Explicativa es parte del Plan Regulador. Agrega que el año 2005 se redefine la vialidad de toda el área en cuestión, generándose sobre este terreno un proyecto con una visión unitaria, con una serie de conexiones entre manzanas y alturas de edificación regulada y que también contaba con un plan de obras asociadas al proyecto. Sin embargo, finalmente, no prosperó dicho proyecto. El Plano Seccional PS-V.01 fue aprobado el 03 de febrero de 2005, a través del cual se establece una clasificación de las vías en el área. Estas se indican en el siguiente cuadro:

N° DE

COD. NOMBRE

DE LA VÍA DESDE HASTA CLASIF. ANCHO

MIN PISTAS BAND. DISTANCIA EJE A L.O.

M10O Presidente Kennedy

Límite Comunal Poniente

Av. A. Vespucio. Expresa 36 m 6 mediana var var

Av. A.

Vespucio Manquehue Expresa 76 m 6 si var var Manquehue Las Condes Expresa 75 m 6 si var var

T20O Manquehue Av. Pdte Kennedy

Isabel La Católica Troncal 40 m 6 si 20 20

Isabel La Católica

Av. Francisco Bilbao Troncal 40 m 6 si 20 20

C3O Alonso de Cordova

Av. Pdte Kennedy

Av. Los Militares Colectora 37.6 m 4 si 18,8 18,8

Av. Los Militares

Av. Apoquindo Colectora

32 m (PRC) 4 si 16 16

C28O Los

Militares Nuestra Sra. Del Rosario La Piedad Colectora 20 m 4 mediana 10 10

C4O Presidente

Riesco

Costanera Andrés Bello

Andrés Bello Colectora 39 m 4 mediana var var

Andrés Bello

Av. Américo Vespucio Colectora 22 m 4 mediana var var

Av. Américo Vespucio

Av. Alonso de Cordova Colectora 24 m 4 mediana var var

Av. Alonso de Cordova Cerro Altar Colectora 39.9 m 4 mediana var var

Cerro Altar Nuestra Sra. Del Rosario Colectora 26 m 4 mediana 13 13

Nuestra Sra. Del Rosario

Las Tranqueras Colectora 22 m 4 mediana 11 11

Cerro

Colorado

Av. Américo Vespucio

Nuestra Sra. Del Rosario Local 19.5 m 3 no var var

Cerro El Plomo

Av. Alonso de Córdova

Nuestra Sra. Del Rosario Local 24.45 m 4 mediana 12,225 12,225

Rosario Norte

Av. Alonso de Cordova

Av. Apoquindo Local 20 m 2 no 10 10

Se debe entender que dicha clasificación se efectuó a nivel general de la comuna de Las Condes. La discusión que se ha tenido con la Dirección Jurídica y Dirección de Obras, es que si bien la Memoria Explicativa del año 1995 o 2003 es parte del Plan Regulador, también entienden que la Municipalidad de Las Condes dicta un seccional a través de un Decreto Alcaldicio y se publica en

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el Diario Oficial, el cual es observado por la SEREMI de la Vivienda ante la Contraloría General de la República, quien señala finalmente que dicho seccional se debe asumir como una enmienda al Plan Regulador, dado que en un año de plazo es posible enmendar el Plan Regulador. Por lo tanto, se entiende que los seccionales obtienen plena validez respecto de su aplicación. Prosigue diciendo que los promotores señalan, mediante un documento, que efectivamente el Plan Seccional afecta el desarrollo de Nueva Las Condes, implicando cambios en su arquitectura y una pérdida en los atributos urbanos. El proyecto que se encuentra en desarrollo se observa al lado izquierdo de la pantalla, donde se contemplan una serie de áreas verdes centrales con una cierta relación y sin cierros. Por lo tanto, se podría llegar a una partición mayor del suelo generando la misma cantidad de autos, pero con una imagen arquitectónica absolutamente más densa y con mayor ocupación de los espacios del proyecto. Por lo tanto, si bien se mantiene el total de estacionamientos, claramente se afectaría la condición urbanística del desarrollo. ¿Qué parece recomendable? Considera que la Dirección Jurídica tiene una opinión sumamente importante en este aspecto, la cual podrá emitir una vez que termine su explicación. Primero, debe existir un pronunciamiento municipal respecto a aceptar un equipamiento de mayor escala en vías de menor categoría, cosa que se da, a su entender, por un acuerdo del Concejo Municipal. Por otra parte, en el estudio de capacidad vial del Plan Regulador que se elaboró el año 2003 está contenido que estos terrenos tienen la posibilidad de equipamiento mayor, porque fueron evaluados bajo esa condición y posteriormente, el año 2005 se introdujo esta restricción. Por lo tanto, falta la definición respecto a si se indica en forma expresa el instrumento de planificación territorial. La Dirección Jurídica, Dirección de Obras y Oficina de Urbanismo, consideran que, dado que existe un Plano Seccional vigente desde el año 2005, en el cual se categoriza la vialidad que está plenamente en aplicación, existe la alternativa con la voluntad manifiesta del Concejo Municipal, de establecer una inclusión a través de un Plano Seccional, cuya tramitación está definida en el artículo 46° de la Ley General de Urbanismo y Construcción y artículo 2.1.14 de la Ordenanza Genera. En dicho articulado se establece que se debe incluir un texto expreso en que se detalle la zonificación del Plan Regulador, vale decir, la Zona UC2 que corresponde a Nueva Las Condes en un polígono definido, aceptando un equipamiento mayor aunque las vías sean de menor categoría. No se modifica la vialidad, sólo se detalla en el Plan Regulador un Plano Seccional adicional en el polígono que está definido como Nueva Las Condes. Finalmente, el Plano Seccional tiene una tramitación establecida en el artículo 2.1.14 de la Ordenanza General, en cuanto a que existen 30 días de exhibición pública y 15 días posteriores para recibir las observaciones de la comunidad en relación a esa aprobación. Hace presente que los 13 planos seccionales que fueron aprobados el año 2004 – 2005, fueron expuestos a la comunidad a fines de de septiembre y fueron publicados a fines de febrero, vale decir, equivale a una tramitación de alrededor de cuatro meses. Por lo tanto, estima que no se trata de una tramitación larga, en relación a corregir en forma expresa esta citación por la vía de un Plano Seccional, con la respectiva voluntad del Concejo Municipal. El señor DE LA MAZA, da la palabra al Director Jurídico, señor Juan Pablo Pozo, para que complemente la explicación de la Oficina de Urbanismo. El señor POZO, señala que como lo dijo anteriormente, la Dirección Jurídica está de acuerdo con la Oficina de Urbanismo, dado que estiman que ese es el camino que se debe seguir en este caso, puesto que es más aconsejable que aplicar el artículo 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, ya que no se dan los dos requisitos, en cuanto a que esté expresamente dicho en el instrumento de planificación territorial. Como Director Jurídico, para efectos de la votación, no podría aconsejar al Concejo Municipal diciendo que este requisito se da en el Plan Regulador.

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La señora RIOSECO, señala que la Dirección Jurídica ha estudiado con detención esta materia junto a la Dirección de Obras y Asesoría Urbana, y han podido concluir que los planos seccionales del 03 de febrero de 2005, si bien no derogaron en ningún caso el instrumento de planificación territorial, sí le restaron eficacia en su aplicación en algunos sentidos, porque fueron aprobados como enmiendas por la Contraloría. El señor DE LA MAZA, considera muy bueno que esas modificaciones tengan valor, puesto que de otra forma la comuna de Las Condes estaría abierta a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. La señora RIOSECO, agrega que nadie duda que la Memoria Explicativa del Plan Regulador, forme parte de dicho instrumento de planificación territorial. Sin embargo, su texto no contiene ninguna mención expresa, tal como lo exige el inciso segundo del artículo 2 .1.36 de la Ordenanza General del ramo, en la que se indique que se aceptan equipamientos de mayor escala en vías de menor categoría. Asimismo, desde el momento de la aprobación de los 13 planos seccionales en el mes de febrero de 2005, debemos entender que han sido derogados, o modificados o han perdido su eficacia en cuanto a su aplicación diversos aspectos de la señalada Memoria Explicativa. Ahora bien, si es de interés de todos, por cuanto es urbanísticamente interesante para la comuna, interés por el que debe velar el Municipio, como asimismo, para los inversionistas, aplicar el inciso segundo del artículo 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, estimamos que el hecho que no sea a nuestro entender, aplicable esa norma , en forma directa, con un simple acuerdo del Concejo Municipal, estimamos que si es legalmente procedente su aplicación a través de un nuevo plano seccional o mediante la modificación del actual y vigente respectivo plano seccional. La Dirección Jurídica, al igual que Asesoría Urbana y Dirección de Obras, consideran que una de las dos condiciones que exige el artículo 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción para su aplicación en forma directa, esto es siempre que se indique en forma expresa en el Instrumento de Planificación Territorial, no se cumple en este caso, tal como se ha indicado hace unos momentos, agregando además, la existencia de 13 planos seccionales debidamente aprobados , publicados y actualmente vigentes.. Efectivamente del estudio acucioso, línea por línea de la Memoria Explicativa, se ha llegado a la conclusión que en ninguna parte de ésta se señala en forma expresa que se permite un equipamiento de carácter mayor en vías de menor categoría. Si bien es cierto, en una parte de la Memoria Explicativa se indica que se permite aumentar el coeficiente de constructibilidad de 3.0 a 4.0 en el sector Villa San Luis, no existe ninguna alusión expresa respecto del tema vial. Asimismo, en uno de los párrafos de la Memoria Explicativa, se señala expresamente que el sector “Nueva Las Condes“ o “Villa San Luis” no está considerado en la modificación del Plan Regulador Comunal del mes de junio de 2003, como sector de mayor equipamiento o mayor densidad. En una de sus páginas, señala: “Paralelamente a esta modificación, el Municipio se encuentra estudiando una nueva normativa para otros sectores, tales como: vereda sur de Avenida Las Condes, entre calle Alonso de Médicis y Avenida Estoril, etcétera. Así como también existe interés de privados por el desarrollo de dos grandes sectores, como es el caso de “Nueva Las Condes” y el desarrollo de los terrenos de la Pontificia Universidad Católica y Club Deportivo de Universidad Católica, en el área de San Carlos de Apoquindo. Luego, dispone lo siguiente: “En estos proyectos, se perseguirá la estimulación de la densificación en algunos sectores, potenciando el desarrollo sobre aquellos que muestren mayor aptitud para acoger el crecimiento. Agregando que: “El crecimiento y densificación que alcanzarían estos proyectos paralelos, no han sido incluidos, ni considerados en este proyecto de modificación, ni son parte de los cálculos de cabida y cumplimiento de densidades metropolitanas”. Dado lo anterior, la Dirección Jurídica, Asesoría Urbana y Dirección de Obras, entienden que uno de los requisitos del inciso segundo del artículo 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en cuanto a la indicación expresa en el Instrumento de Planificación Territorial, es decir, en la Memoria Explicativa, de aceptarse equipamientos de mayor escala en vías de

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menor categoría no sólo no se encuentra indicada en forma expresa, sino que además se establece que esta materia no está incluida, ni siquiera considerada. El señor DE LA MAZA, consulta en qué año ocurrió esa modificación. La señora RIOSECO, responde que en la modificación introducida al Plan Regulador Comunal el año 2003. Lo que acaba de leer se indica en la Memoria Explicativa de esa modificación. El señor DE LA MAZA, considera que esa lectura puede dar doble argumento, porque resulta que lo que se hizo el año 2003 fue precisamente mantener el uso de suelo de toda la comuna. La categoría que tenía el paño en cuestión era de equipamiento mayor. La señora RIOSECO, explica que la memoria explicativa en comentario corresponde a la modificación del Plan Regulador Comunal del año 2003, anterior a la modificación del mismo introducida por los planos seccionales, que son del año 2005. Estima que no significa que no exista alguna solución, por el contrario, existe solución , aplicando el mismo artículo 2.1.36 de la Ordenanza General, en el sentido que con acuerdo del Concejo Municipal se podría autorizar en forma expresa a Asesoría Urbana para que a través de un nuevo seccional o a través de la modificación de un tramo del seccional correspondiente, autorice equipamiento de mayor escala en una vía de menor categoría, tal como se indica en el inciso segundo de dicho artículo. De ese modo, existiendo el estudio de capacidad vial que es el otro requisito exigido por el artículo 2.1.36 de la Ordenanza General del ramo, se daría cumplimiento a la exigencia o requisito faltante, esto es, aceptar en forma expresa en el Instrumento de Planificación Territorial equipamientos de mayor escala en vías de menor categoría. La señora URIBE, entiende que los profesionales del Municipio consideran que no están dadas las circunstancias para aprobar un permiso de edificación para el sector de Nueva Las Condes, aunque esté aprobado por el Concejo Municipal, sin pasar por un seccional. La señora RIOSECO, explica que la Dirección Jurídica considera que si el Concejo aprueba que se indique en forma expresa en el Instrumento de Planificación Territorial , la condición de aceptar equipamiento de mayor escala en vías de menor categoría , ya sea a través de un nuevo seccional, modificación de seccional o definición de un tramo del seccional existente, como dijo el Asesor Urbano, se confiere certeza jurídica a la aceptación de esa condición por el Municipio y en consecuencia al proyecto de que se trate , cualquiera que éste sea.. En cambio, un simple acuerdo del Concejo Municipal, consistente en indicar que entiende que esa condición se encuentra aceptada en la Memoria Explicativa de la Modificación del Plan Regulador Comunal del año 2003, a su modo de ver no confiere certeza jurídica a los actos que se aprueben bajo su amparo. Además, sería peligroso, porque si se aprueba por decisión del Concejo Municipal que se entiende que la Memoria Explicativa contiene la aceptación municipal de aceptar equipamientos de mayor escala en vías de menor categoría, se estaría echando abajo los 13 planos seccionales del año 2005, puesto que esa interpretación se podría aplicar en todos los sectores de la comuna , regidos por ellos, lo cual significa que podrían existir equipamientos mayores en cualquier sector de la comuna de Las Condes en los que existan calles de menor categoría, que no sean vías expresas o troncales. Si se aplica esa interpretación para el Plano Seccional V.01, sector Presidente Riesco, también se podría aplicar a los otros 13 planos seccionales. Por lo tanto, considera que la forma de hacer aplicable el artículo 2.1.36 de la Ordenanza General, no sólo para este sector, puesto que tiene entendido que también existe otro sector de la comuna en que se requiere una adecuación o precisión del plano seccional que corresponda, es mediante la modificación o adecuación del plano seccional que corresponda o mediante la elaboración de un nuevo seccional , decisión a adoptar por Asesoría Urbana, según lo autorice el correspondiente Acuerdo del Concejo. El señor DE LA MAZA, considera que ha sido útil la discusión que se ha dado en la Comisión de Concejo, pero no es el momento de votar hoy día. Por lo tanto, la próxima semana se someterá a votación del Concejo Municipal. Aquellos Concejales que requieran más información, les sugiere que se reúnan con el Director de Tránsito o Asesor Urbano.

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Concretamente, en la próxima sesión se someterá a votación dos cosas: uno, es el acuerdo marco que dice relación a los aportes que se establecen en el convenio, para efectos de liberar todos los proyectos que no lleguen a los 500 estacionamientos y que quieran asumir el convenio. Paralelamente, se va a votar la voluntad del Concejo a través de la modificación del plan seccional del área, para saber si existe voluntad de los Concejales de cambiar en el tramo de Presidente Riesco, entre Avenida Manquehue y avenida Alonso de Córdova, la categoría del uso que, actualmente, está asignado en el Plan Regulador. El señor RABAT, señala que, a su juicio, se podrían seguir los dos caminos en paralelo, en cuanto a declarar equipamiento mayor en los terrenos y simultáneamente, tramitar un plano seccional, puesto que éste último tiene un plazo de concreción bastante alto, el cual no es compatible con el tiempo que se tiene planificado desarrollar el proyecto por parte de los interesados. El señor DE LA MAZA, señala que va a responder, para que no se produzcan confusiones. Desgraciadamente, de acuerdo a la opinión de la Dirección Jurídica, no basta con la voluntad del Concejo. Por lo tanto, cualquier intento de aprobar un permiso de edificación con una cantidad mayor de 500 estacionamientos, va ser rechazado por la Dirección de Obras. Lo que se está tratando de hacer es buscar una fórmula para resolver el tema, en cuanto a si el Concejo Municipal está de acuerdo o no en declarar equipamiento mayor una parte de esa área. El señor DE PUJADAS, solicita que el Director Jurídico estudie cuál es el título que habilita a la empresa constructora a pedir el permiso de edificación y que éste sea aprobado. A su juicio, podría caber la posibilidad que el título que justifique la aprobación sea sólo el acuerdo del Concejo Municipal, sin perjuicio, que en el mismo acto se inicie el proceso de modificación del plano seccional. El señor DE LA MAZA, considera difícil que se logre el planteamiento del Concejal De Pujadas, porque eso significa pasar a llevar todas las formas de establecer las normas locales. Efectivamente, cree que el acuerdo del Concejo Municipal es sumamente importante, puesto que sin éste ni siquiera se podría dar inicio al trámite. Considera que las cosas se deben llevar adelante con mucha certeza jurídica; incluso, es importante para el mismo desarrollo del área. El señor LARRAIN, entiende que el plan de obras no varía, cualquiera sea la resolución que se adopte respecto del tema. Por otra parte, la solicitación de viajes final tampoco va a varias, sólo podría variar la distribución de los viajes, según el tipo de proyecto que se despliegue en la zona. Si los promotores del proyecto entienden como respuesta la que se ha esbozado en esta reunión, implica reformular el proyecto en cuanto a construir un mayor número de edificio con menor densidad o concentración de viaje individual por edificio. En el fondo, se va a obtener un proyecto de menor calidad urbanística. El señor DE LA MAZA, termina diciendo que en la próxima sesión se someterá a votación el convenio Plan Vial del sector Parque Araucano y el seccional Nueva Las Condes. 3. LEY N° 20.135 BONIFICACION POR RETIRO VOLUNTARIO DE LOS

FUNCIONARIOS MUNICIPALES La señora ROJAS, recuerda que el 13 de diciembre de 2006, se publicó la Ley 20.135, en la cual se contempla una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios que, a la fecha de la publicación de la ley, tuvieran el requisito principal, que era 60 años las mujeres y 65 años los varones. Existe plazo para optar a dicha bonificación hasta el 31 de diciembre de 2007. Aquellas personas que cumplen la edad exigida en el transcurso del año 2007, también tendrán derecho a recibir esta bonificación si se retiran dentro de los 12 meses siguientes.

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El señor DE LA MAZA, consulta cuánto es el potencial total de los funcionarios que podrían optar a este beneficio. La señora ROJAS, responde que existen 73 funcionarios que tienen derecho a recibir el beneficio. Sin embargo, sólo 23 de ellos han manifestado el interés de jubilar en forma voluntaria. La bonificación exigida por la ley es un mes de remuneración hasta un tope de 6 meses. No obstante, el Concejo Municipal tiene facultad para aprobar hasta el tope de 11 meses. El señor DE LA MAZA, consulta cuánto significa en términos de dinero, en caso que se acogiera el total de las personas. La señora ROJAS, responde que de las 23 personas que han manifestado su interés de jubilar, existen 7 personas que son ex obreros municipales, a quienes les corresponde una indemnización establecida en una ley muy antigua. Estos son los últimos obreros municipales que quedan en el Municipio, quienes se retirarían en esta oportunidad. Por lo tanto, si se suman ambas cosas, se requiere de 326 millones de pesos. El señor DE LA MAZA, consulta si ese es el monto en caso que se acogieran las 73 personas que tienen la edad para jubilar. La señora ROJAS, responde que ese es el monto en caso que se acogieran las 23 personas que han manifestado su interés de jubilar. Se preguntó a las 73 personas, pero el resto manifestó que no estaban interesados en jubilar en esta oportunidad. El señor DE LA MAZA, consulta cuál sería el cálculo en caso que se acogieran las 73 personas a jubilación. La señora ROJAS, responde que alrededor de 1.070 millones de pesos. El señor DE LA MAZA, señala que, en este tipo de temas, no se puede discriminar. Si se aprueba por el Concejo significa que, de alguna manera, se está aprobando el monto que se requiere para las 73 personas que cumplen los requisitos para jubilar. Por lo tanto, se deben contemplar los recursos en el presupuesto para cancelar dicha bonificación. No obstante, es posible dividir en dos esa obligación, porque el plazo es hasta el 31 de diciembre. La señora DEL PEDREGAL, informa que, actualmente, existen 50 millones de pesos asignados en el presupuesto, para cancelar esta bonificación. El señor DE PUJADAS, señala que para votar en conciencia se debe tener claro qué partidas presupuestarias se contemplan rebajar para financiar dicha bonificación, teniendo claro que la principal función del Concejo Municipal está en servicio de los ciudadanos, no de los funcionarios. La señora URIBE, consulta qué pasa si no se aprueba la modificación presupuestaria que contempla los recursos para cancelar esta bonificación, porque obviamente va a significar un ajuste presupuestario. El señor DE LA MAZA, responde que lo consideraría una inconsistencia total que se apruebe el otorgamiento de la bonificación y posteriormente, se rechace la modificación presupuestaria respectiva. La señora ROJAS, explica que la ley establece seis meses de pago obligatorio, por lo que sólo se debe someter a votación del Concejo Municipal los cinco meses restantes. El señor DE LA MAZA, señala que este tema se someterá a votación del Concejo Municipal en la próxima sesión.

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4. FACTIBILIDAD DE PATENTES DE ALCOHOLES a) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE HOTEL, A CONSORCIO

HOTELERO GLOBAL S.A., PARA SU LOCAL UBICADO EN ROGER DE FLOR N° 2770

El señor ALARCÓN, informa que el Consorcio Hotelero Global S.A. consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Hotel, para operar en el local ubicado en la calle Roger de Flor N° 2270. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Hotel Hotel No Requiere

No requiere No Requiere Favorable No Requiere

Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. b) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO, NOCTURNO Y BAR, A CONSORCIO HOTELERO GLOBAL S.A., PARA SU LOCAL UBICADO EN ROGER DE FLOR N° 2770

El señor ALARCÓN, informa que el Consorcio Hotelero Global S.A. consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno, Nocturno y Bar, para operar en el local ubicado en la calle Roger de Flor N° 2770. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno, Nocturno y Bar

Hotel Favorable No requiere Favorable Favorable No Requiere

Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. c) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO Y NOCTURNO, A SOCIEDAD DE RESTAURANTES Y EVENTOS E.C.F. LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN AVDA. ISIDORA GOYENECHEA N° 2931, LOCAL 101

El señor ALARCÓN, informa que la Sociedad de Restaurantes y Eventos E.C.F Ltda. consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno y Nocturno, para operar en el local ubicado en la Avenida Isidora Goyenechea N° 2931, local 101. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno y Nocturno

Comercio No Requiere

Favorable No Requiere Favorable No Requiere

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El señor DE LA MAZA, entiende que es el local “El Mundo del Vino” que se desea transformar en restaurante. Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. d) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE MINIMERCADO DE BEBIDAS

ALCOHOLICAS, A RODRIGO GERHARD, PARA SU LOCAL UBICADO EN AVDA. LAS CONDES N° 7073

El señor ALARCÓN, informa que el señor Rodrigo Gerhard consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Minimercado de Bebidas Alcohólicas, para operar en el local ubicado en la Avenida Las Condes Nº 7073. Está ubicado al lado poniente del Taballi. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Minimercado de Bebidas Alcohólicas

Comercio Favorable No requiere Favorable Favorable No Requiere

Los señores LARRAIN y SEPULVEDA, señalan que se oponen a dar su opinión favorable respecto de esta patente. El señor DE LA MAZA, instruye que se comunique al interesado que la decisión respecto de la patente no cuenta con el visto bueno de todo el Concejo Municipal. e) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO Y NOCTURNO, A CILVETI Y LONGO LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN AVDA. APOQUINDO N° 6210, LOCAL 1

El señor ALARCÓN, informa que la empresa Cilveti y Longo Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno, Nocturno, para operar en el local ubicado en la Avenida Apoquindo Nº 6210, local 1. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno y Nocturno

Restaurant No Requiere

Favorable No requiere No Vigente 23 18 9

La señora URIBE, entiende que en este local venden sushi. Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. f) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO Y NOCTURNO, A JAIME SARRA PROPIEDADES LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN LA PASTORA N° 128

El señor ALARCÓN, informa que la empresa Jaime Sarra Propiedades consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno y Nocturno, para operar en el local ubicado en la calle La Pastora Nº 128, acera poniente.

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Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno y Nocturno

Comercio y Servicios

Profesionales

No Requiere

No requiere No Requiere Desfavorable No Requiere

El señor LARRAIN, consulta si cumple con el número de estacionamientos. El señor ALARCON, responde que si la solicitud llegó a esta etapa, significa que cuenta con la norma de estacionamientos. El señor DE LA MAZA, hace presente que la mayor dificultad dice relación a los filtros. Sugiere aprobar la factibilidad, pero se debe comunicar al interesado que debe cumplir con todas las exigencias que evitan los malos olores. Considera que se debe ser consecuente respecto de esta patente, porque el uso de la calle La Pastora fue modificado en forma posterior a uso nocturno. Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. g) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO Y NOCTURNO, A SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE RESTAURANT LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN AVDA. TAJAMAR N° 265

El señor ALARCÓN, informa que la Sociedad Administradora de Restaurant Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno y Nocturno, para operar en el local ubicado en la Avenida Tajamar N° 265. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno y Nocturno

Esparcimiento y Turismo (Fuente de

Soda)

No Requiere

Favorable No Requiere Favorable No Requiere

El señor LARRAIN, sugiere que la aprobación se vincule a eliminar el rebaje que existe en el acceso del local, para evitar que los vehículos se estacionen sobre la vereda. El señor DE LA MAZA, señala que el contribuyente debe demostrar que cuenta con un número de estacionamientos, puesto que de otra forma no se puede otorgar la patente de alcoholes. La señora CAVAS, hace presente que dicho rebaje se utiliza sólo para descargar la mercadería, pero además se instalaron unos topes para evitar que los vehículos se estacionen en el antejardín. El local cuenta con más de 20 estacionamientos arrendados en el Unimarc. El señor DE LA MAZA, señala que es partidario que en esta zona se instalen restaurantes, en lugar de bares. Eso lo encuentra positivo. No obstante, se podría exigir que se instale un tope móvil en el acceso, para efectos de permitir que la mercadería se descargue en ese lugar y no en la calle.

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Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. h) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO Y NOCTURNO, A COMERCIAL GASTRONOMICA DELMUNDO LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN ENCOMENDEROS N° 81

El señor ALARCÓN, informa que Comercial Gastronómica Delmundo Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno y Nocturno, para operar en el local ubicado en la calle Encomenderos N° 81. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno y Nocturno

Oficinas y Comercio

No Requiere

No requiere No Requiere Favorable 3 8 38

El señor DE LA MAZA, señala que le parece extraño que se haya hecho una encuesta en este sector, porque no es una zona residencial. Solicita que se exponga en pantalla el plano aéreo, para ver cuáles son las zonas residenciales que existen en el sector. El señor LARRAIN, señala que en la pantalla se observa que existe un edificio a 50 pasos del local. El señor CAMUS, hace presente que el edificio está en la esquina siguiente al local. Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. i) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO, NOCTURNO Y BAR, A ALIMENTOS LA PASTORA LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN AVDA. PRESIDENTE KENNEDY N° 5413, LOCAL 373

El señor ALARCÓN, informa que Alimentos La Pastora Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno, Nocturno y Bar, para operar en el local ubicado en la Avenida Presidente Kennedy Nº 5413, local 373 (Centro Comercial Parque Arauco). Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno, Nocturno y Bar

Comercio Favorable No requiere Favorable Favorable No Requiere

Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. j) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE EXPENDIO DE CERVEZA,

A SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES SAN ANDRES, PARA SU LOCAL UBICADO EN AVDA. PRESIDENTE KENNEDY N° 9001

El señor ALARCÓN, informa que la Sociedad Administradora de Restaurantes San Andrés consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Expendio

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de Cerveza, para operar en el local ubicado en la Avenida Presidente Kennedy Nº 9001 (Centro Comercial Alto Las Condes). Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Expendio de Cervezas

Comercio No Requiere

No requiere No Requiere No Vigente No Requiere

Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. k) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO Y NOCTURNO, A SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE RESTAURANTE LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN APOQUINDO N° 8025

El señor ALARCÓN, informa que la Sociedad Administradora de Restaurante Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno y Nocturno, para operar en el local ubicado en la Avenida Apoquindo N° 8025. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno y Nocturno

Esparcimiento y Turismo

(Restaurante)

No Requiere

No requiere No Requiere Favorable No Requiere

Informa que se solicitó retirar un toldo del antejardín del local, lo cual se cumplió por parte del contribuyente. El señor DE LA MAZA, consulta dónde tiene estacionamientos el local. El señor ALARCON, responde que cuenta con estacionamientos en el bandejón (espacio público). No obstante, si llegó a esta etapa significa que cuenta con los estacionamientos en los permisos. El señor DE LA MAZA, señala que le interesa saber exactamente dónde están ubicados los estacionamientos que exige la norma, puesto que, en este caso, se trata de una zona muy sensible, en la cual existen muchos reclamos de parte de los vecinos. Se deja pendiente a la espera de contar con toda la información. l) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL CON EXPENDIO DE CERVEZA, A OPERADORA RESTAURANTES DE LA REGION METROPOLITANA LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN MANQUEHUE SUR N° 31, LOCAL 8-B

El señor ALARCÓN, informa que la empresa Operadora Restaurantes de la Región Metropolitana Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante con Expendio de Cervezas, para operar en el local ubicado en la Avenida Manquehue Sur N° 31, local 8-B (Centro Comercial Apumanque). Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

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ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante con Expendio de Cerveza

Comercio No Requiere

No requiere No requiere Favorable No Requiere

Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes. m) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE

COMERCIAL DIURNO Y NOCTURNO, A GUTIERREZ Y SEPULVEDA LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN APOQUINDO N° 4400, ex 4430, LOCALES 141 - 143

El señor ALARCÓN, informa que la empresa Gutiérrez y Sepúlveda Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Comercial Diurno y Nocturno, para operar en el local ubicado en la Avenida Apoquindo Nº 4400, ex 4430, Locales 141 - 143. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurante Comercial Diurno, Nocturno y Bar

Sub-Centro Metro

No Requiere

No requiere No Requiere No se pronuncia

No Requiere

Informa que dicho local está situado en el sector que se está remodelando en el subcentro de la Estación de la Escuela Militar, en Américo Vespucio con Apoquindo. El señor DE LA MAZA, señala que es partidario de esperar la recepción final. El señor ALARCON, informa que existe una ley especial para el Metro. Hace tiempo atrás se reunieron con los gestores inmobiliarios del proyecto y el señor Juan Ignacio Jaramillo, Administrador Municipal (S), quienes indicaron que cuentan con una ley especial, por lo que sólo requieren que se ingrese el expediente, por lo tanto, no tienen recepción final. El señor DE LA MAZA, consulta si no requiere cumplir ningún requisito para obtener una patente de alcoholes. El señor ALARCON, explica que el local se encuentra ubicado en el subsuelo. El señor SEPULVEDA, tiene entendido que el Metro cuenta con esa facultad en el subsuelo. El señor DE LA MAZA, señala que no cree que el Metro pueda instalar en las estaciones restaurantes o bares, sin necesidad de solicitar las patentes de alcoholes correspondiente, puesto que eso muy peligroso. La señora HERRERA, señala que también le cabe la duda que el Metro tenga esa facultad. El señor DE LA MAZA, sugiere dejar pendiente la prefactibilidad de esta patente. Se sugiere dejar pendiente a la espera de contar con mayor información.

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n) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE EXPENDIO DE CERVEZA, A ALIMENTOS DULCE LUNA LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN PRESIDENTE KENNEDY N° 5413, LOCAL 346-B

El señor ALARCÓN, informa que la empresa Alimentos Dulce Luna Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Expendio de Cervezas, para operar en el local ubicado en la Avenida Presidente Kennedy Nº 5413, local 346-B (Centro Comercial Parque Arauco). Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Expendio de Cervezas

Comercio No Requiere

No requiere No Requiere Favorable No Requiere

El señor LARRAIN, señala que se opone al otorgamiento de esta patente. Se recomienda favorablemente la factibilidad de la patente de alcoholes, con el rechazo del Concejal Larrain. o) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE MINIMERCADO DE

BEBIDAS ALCOHOLICAS, A COMERCIAL AROMALIA LTDA, PARA SU LOCAL UBICADO EN LAS CONDES N° 6745

El señor ALARCÓN, informa que Comercial Aromalia Ltda consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Minimercado de Bebidas Alcohólicas, para operar en el local ubicado en la Avenida Las Condes N° 6745. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Minimercado de Bebidas Alcohólicas

Comercio Favorable No requiere Favorable Favorable 3 16 31

El señor DE LA MAZA, señala que se opone a esta solicitud. El señor LARRAIN, señala que este local está muy cerca del Centro de Estudio CEPECH. Se recomienda rechazar la factibilidad de la patente de alcoholes. p) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE EXPENDIO DE CERVEZA,

A BERROCAL & CLARO LIMITADA, PARA SU LOCAL UBICADO EN EBRO N° 2738, LOCAL 1-B

El señor ALARCÓN, informa que la empresa Berrocal & Claro Limitada consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Expendio de Cervezas, para operar en el local ubicado en la calle Ebro N° 2738, local 1-B. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Expendio de Cervezas

Comercio (Fuente de

Soda)

No Requiere

Desfavorable No Requiere No se pronuncia

Desfavorable

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El señor DE LA MAZA, señala que si la solicitud cuenta con la opinión desfavorable de la copropiedad no puede otorgarse la patente. La señora CAVAS, informa que hace muy poco tiempo atrás se aprobó una patente de fuente de soda y expendio de cerveza a este local. Sin embargo, el contribuyente perdió la patente, dado que se atrasó en el pago. El señor DE LA MAZA, entiende que si ahora la copropiedad no está de acuerdo en volver a dar su opinión favorable, significa que el local ha provocado problemas. Considera que mientras no se cuente con el visto bueno de la copropiedad no se puede aprobar la patente. Se recomienda rechazar la factibilidad de la patente de alcoholes. q) SOLICITUD DE FACTIBILIDAD DE PATENTE DE RESTAURANTE DIURNO Y

NOCTURNO, A ZHENXING PAN, PARA SU LOCAL UBICADO EN VESPUCIO SUR N° 1902

El señor ALARCÓN, informa que la empresa Zhenxing Pan consultó en la Dirección de Obras respecto de la factibilidad de obtener una Patente de Restaurante Diurno y Nocturno, para operar en el local ubicado en Vespucio Sur N° 1902, entre Víctor Rae y Carlos Alvarado. Los antecedentes de las Patentes de Alcoholes solicitadas se indican a continuación:

ENCUESTA GIRO SOLICITADO

GIRO ACTUAL DE LA

PROPIEDAD

MEDICION AUTORIZACION COPROPIEDAD

INFORME CARABINEROS

INFORME JUNTA

DE VECINOS

SI NO N/C

Restaurant Diurno y Nocturno

Comercio (Restaurant)

No Requiere

No requiere No Requiere Favorable No adjunta

La señora CASTAGNOLI, informa que actualmente el local cuenta con una patente de restaurante comercial. El señor DE LA MAZA, consulta hace cuántos años funciona el local. La señora CASTAGNOLI, responde que hace un año aproximadamente. El señor DE LA MAZA, señala que es complicado otorgar la factibilidad de esta patente, teniendo en cuenta que Américo Vespucio es una avenida sumamente transitada. Es partidario que continúe funcionando sin la venta de alcohol. Solicita que se informe al contribuyente que existen opiniones diversas respecto de la solicitud. La solicitud se deja pendiente. Siendo las 19:25 horas se levanta la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, estando presentes los Concejales, señores: Carlos Larrain Peña, Mauricio Camus Valverde, María de la Luz Herrera Cruz, José Antonio Rabat Vilaplana, Felipe de Pujadas Abadie y Alejandro Sepúlveda Martin.

JORGE VERGARA GOMEZ Secretario Municipal

cgce.

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