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CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA PROYECTO PLIEGO LICITACIÓN PUBLICA Versión: 03 Fecha: JULIO DE 2017 Código : GJUR- FT-23 Serie : Página 1 de 72 CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA. PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO LICITACIÓN PÚBLICA No. L0XX-20XX OBJETO: XXXXXXX IDENTIFICACION DEL BIEN O SERVICIO DE ACUERDO AL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS. Código Clasificación de Bienes UNSPSC Ítem Segmento Famili a Clase Producto Nombre del Producto 1 2 3 4 BUCARAMANGA, XXXXX DE 20XX INTRODUCCION Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano) Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460 www.concejodebucaramanga.gov.co

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CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA.

PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOLICITACIÓN PÚBLICA No. L0XX-20XX

OBJETO: XXXXXXX

IDENTIFICACION DEL BIEN O SERVICIO DE ACUERDO AL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS.

Código Clasificación de Bienes UNSPSCÍtem Segmento Familia Clase Producto Nombre del Producto

1

2

3

4

BUCARAMANGA, XXXXX DE 20XX

INTRODUCCION

En virtud del principio de publicidad establecido en la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, la Entidad preparó el presente pliego de condiciones de LICITACION PUBLICAR No. 0XX-20XX, para XXXXX

El proyecto de pliego de condiciones de la presente Licitación Pública se publicó en el sistema electrónico para la contratación pública, a través del Portal Único de Contratación en la página www.colombiacompra.gov.co, a partir del día XX Y hasta el XX de XX de 20XX, para que los

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interesados formularan observaciones respecto de su contenido, las cuales pueden remitir al correo electrónico: [email protected].

El texto definitivo del pliego de condiciones se publicará y podrá ser consultado en la página Web antes mencionada y en el Concejo Municipal de Bucaramanga, en la Oficina Asesora Jurídica, respectivamente, desde la fecha de su publicación y hasta el día de cierre de la Licitación Pública.

El presente documento contiene las condiciones y requisitos del proceso de selección y la información particular del proyecto, teniendo en cuenta los Estudios y Documentos Previos, donde se ha identificado la necesidad que tiene la Entidad de adquirir estos bienes, para el cumplimiento de su función.

RECOMENDACIONES A LOS PARTICIPANTES.

Se recomienda a todos los posibles oferentes, antes de proceder a elaborar y presentar sus propuestas, tener en cuenta las siguientes instrucciones y recomendaciones:

1. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para contratar con el Estado Colombiano.

2. Examinar rigurosamente el contenido del presente pliego de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la Contratación Administrativa con Entidades del Estado (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto No.019 de 2013, Decreto 1082 de 2015 y demás normas reglamentarias y complementarias).

3. Adelantar oportunamente, los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, en la ley y en el presente pliego de condiciones.

4. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos exigidos en este pliego de condiciones.

5. Suministrar toda la información requerida en este pliego de condiciones, dando cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.

6. El proponente será responsable por los datos, informes, documentos y resultados que suministre durante el proceso de selección, así como de aquellos que entregue durante la ejecución del contrato, si es seleccionado.

7. Todos los gastos en que incurra el proponente con ocasión de la preparación y presentación de la propuesta, correrán por su cuenta y El Concejo Municipal de Bucaramanga, no asume responsabilidad de reembolso alguno.

8. El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y documentación, en condiciones de igualdad para todos los proponentes sobre los requisitos que no afecten los factores de ponderación de las ofertas (asignación de puntaje), hecho este que podrá realizarse hasta la adjudicación, conforme lo establece la Ley 1150 de 2007 en el parágrafo 1 del artículo 5 y el Decreto 1082 de 2015.

9. Tener presente la fecha y hora previstas para el cierre de este proceso. En ningún caso se recibirán propuestas fuera del tiempo previsto.

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10. Toda consulta deberá formularse por escrito a la dirección consignada en el presente pliego de condiciones. A los funcionarios les está prohibido atender consultas en forma personal o telefónica.

11. De conformidad con lo señalado en la Ley 1150 de 2007, y los Decretos Reglamentarios No. 1082 de 2015 y 019 de 2012, todas las personas que aspiren a celebrar contratos con el Estado Colombiano deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes – RUP.

PLIEGO CONDICIONES DEFINITIVO LICITACIÓN PÚBLICA No. L0XX-20XX

OBJETO: XXXXXXXXXxx

1. ASPECTOS GENERALES

1.1 “PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”

En el evento de conocerse casos especiales de corrupción, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (1) 562 93 00, (1) 565 76 49, y (1) 562 41 28; vía fax al número telefónico: (1) 565 8671; correo electrónico, en la dirección: [email protected]; al sitio de denuncias del programa, en la página Web: www.anticorrupcion.gov.co ; correspondencia o personalmente, en la dirección: Carrera 8 No 7-27, Bogotá, D.C.

En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en el presente procedimiento, se debe reportar el hecho a la Oficina de Control Interno de EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA, ubicada en el Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano) Oficina Asesora Jurídica del Concejo Municipal de Bucaramanga. Correo Electrónico [email protected]

POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN.En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente Pliego de Condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. Si El Concejo Municipal de Bucaramanga comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.

Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la Ley y en el respectivo contrato.

ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIODe acuerdo al análisis realizado en virtud de lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, igualmente, Colombia Compra Eficiente, expidió el “Manual para el Manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación Pública”, en dicho manual se determinó que la Entidades Estatales descentralizadas del nivel municipal están obligadas por los siguientes Acuerdos Comerciales:

- Acuerdo Comercial con Chile, Ley 1189 de 2008.- Acuerdo Comercial con Guatemala, ley 1241 de 2008.- Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones.

Acuerdo Comercial

Entidad Incluida Presupuesto superior al valor del acuerdo

Excepción aplicable al proceso de

Proceso de contratación cubierto por el

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comercial contratación acuerdo comercial

Chile SI NO NO NOGuatemala SI No Incluye

valoresNO NO

ACUERDOS COMERCIALES

El presente proceso de selección no se encuentra cobijado bajo tratados comerciales, no obstante El Concejo Municipal de Bucaramanga hará un recuento las actividades y entidades cubiertas por los Acuerdos Comerciales:

CanadáChileEstados UnidosLiechtenstain ySuizaUnión Europea

Rama Ejecutiva – Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos.

Rama Legislativa – Senado de la República y Cámara de Representantes.

Rama Judicial – Consejo Superior de la Judicatura y Fiscalía General de la Nación.

Organismos de Control y autónomos - Contraloría General de la República, Auditoría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Registraduría Nacional del Estado Civil.

El Salvador Exceptuadas las Entidades Estatales (a) con régimen de contratación especial (distinto a la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007), y (b) pertenecientes a las ramas legislativa y judicial.

Guatemala Exceptuadas las Entidades Estatales con régimen de contratación especial (distinto a la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007)

Honduras Ministerios, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas adscritas a estos. Expresamente excluido el Instituto Nacional de Vías – INVIAS

México Rama Ejecutiva – Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos.Organismos de Control – Contraloría General de la República.Universidades - Colegio Mayor de Cundinamarca, Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD- , Universidad de Caldas, Universidad del Cauca, Universidad de Córdoba, Universidad Nacional de Colombia -UN-, Universidad Pedagógica Nacional - UPN-, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia –UPTC-Universidad Popular del Cesar, Universidad Surcolombiana, Universidad Tecnológica del Chocó “Diego Luís Córdoba”, Universidad de los Llanos, Universidad Tecnológica de Pereira -UTP-, Universidad de la Amazonía, Universidad del Pacífico y Universidad Militar Nueva Granada-Organismos autónomos – corporaciones autónomas regionales

CanadáChileLiechtenstain y SuizaUnión Europea

Agencia Logística de las Fuerzas Militares; Fondo Rotatorio de la Policía Nacional; Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad; Instituto de Casas Fiscales del Ejército; Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-; Instituto Colombiano del Deporte -Coldeportes-; Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas -Colciencias-,; Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-; Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-; y Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA

Estados Unidos Agencia Logística de las Fuerzas Militares; Fondo Rotatorio de la Policía Nacional; Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad; Instituto de Casas Fiscales del Ejército; Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-; Instituto Colombiano del Deporte -Coldeportes-; Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas -Colciencias-,; Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-; Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-; Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA; Administración Postal Nacional -ADPOSTAL-; Caja de Previsión Social de Comunicaciones -CAPRECOM-; Caja Nacional de Previsión Social -CAJANAL-; Empresa Territorial para la Salud -ETESA-; Imprenta

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

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Nacional de Colombia; Industria Militar -INDUMIL-; Instituto de Seguros Sociales -ISS-; Radio Televisión Nacional de Colombia -RTVC-; y Servicio Aéreo a Territorios Nacionales -SATENA-.

México Administración Postal Nacional -ADPOSTAL-; Caja de Previsión Social de Comunicaciones -CAPRECOM-; Caja Nacional de Previsión Social -CAJANAL-; Instituto de Seguros Sociales -ISS-; Radio Televisión Nacional de Colombia -RTVC-; Servicio Aéreo a Territorios Nacionales -SATENA-; Hotel San Diego S.A.; Corporación de la Industria Aeronáutica -CIAC-; Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía; Almagrario S.A.; Empresa Colombiana de Productos Veterinarios -VECOL-; Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA S.A. ESP-; Ecopetrol S.A.; Interconexión Eléctrica ISA ESP; Artesanías de Colombia; y Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo –FONADE

AcuerdoComercial

Valor a partir del cual es aplicable el Acuerdo Comercial para Entidades Generales

Valor a partir del cuales aplicable el AcuerdoComercial para Entidades Especiales

Excepciones

Canadá Bienes y servicios $146’035.000 Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios $730’177.000Servicios de construcción$ 21.924’247.000

1, 2, 3, 4, 5, 6,7, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

Chile Bienes y servicios$ 146’658.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios$ 645’297.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

Estados Unidos Bienes y servicios$ 146’035.000Servicios de construcción$ 18.032’857.000

Bienes y servicios$ 536’634.000Servicios de construcción$ 18.032’857.000

1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

El Salvador No incluye valores No incluye valores 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9,14, 20, 38

Guatemala No incluye valores No incluye valores 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9,14, 20, 21

Honduras No incluye valores No incluye valores 1, 2, 3, 4, 5, 6, 14, 20, 22

Liechtenstein ySuiza

Bienes y servicios$ 381’312.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios$ 645’297.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

1, 2, 3, 4, 5, 6, 10, 11,12, 14, 15, 16,17, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

México Bienes y servicios$ 146’992.000Servicios de construcción$ 19.108’843.000

Bienes y servicios$ 734’956.000Servicios de construcción$ 23.518’577.000

1, 2, 4, 6, 17, 18, 24,25, 26, 27, 39

Unión Europea Bienes y servicios$ 381’312.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios$ 586’634.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

1, 4, 5, 6, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 23, 32, 34, 35, 37, 40, 41, 42, 43, 44, 46

1.2 INVITACIÓN A PROPONENTES Y/O VEEDORES.EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA actuando de conformidad con los principios que regulan la contratación estatal convoca a los interesados para que participen en el presente proceso de selección y a los veedores para que ejerzan la vigilancia de la gestión pública contractual.

Para tal efecto, la entidad pone a disposición el presente documento denominado “PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO LICITACIÓN PÚBLICA No. L0xx-20xx, cuyo objeto es “XXXXXX”.

En el caso en que los interesados deseen realizar observaciones al mismo, deberán tener en cuenta lo señalado más adelante en el presente instructivo. El documento se podrá consultar sin

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

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ningún costo en la oficina de contratación de la EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA, ubicada en el Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano) Oficina Asesora Jurídica del Concejo Municipal de Bucaramanga. Correo Electrónico [email protected] Y a través del Portal Único de Contratación: www.colombiacompra.gov.co

Cualquier comunicación que deseen enviar al CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA, los interesados en participar y/o veedores, deberá dirigirse en la siguiente forma:

CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGAOficina Asesora Jurídica Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Correo Electrónico [email protected] BUCARAMANGA (Santander) Colombia

CAPITULO IINFORMACION GENERAL

1. INFORMACION GENERAL

1.1. FUNDAMENTO JURÍDICO MODALIDAD DE SELECCIÓNEl presente proceso se adelantará por medio de la modalidad de selección conocida como Licitación Pública a que se refiere el Decreto 1082 de 2015. En consecuencia, el marco normativo que debe regir el presente proceso de selección es la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes.

1.2. OBJETO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA El Concejo Municipal de Bucaramanga, se encuentra interesada en contratar el OBJETO: “XXXXXXXXx”, de acuerdo a las condiciones y características exigidas por la entidad, por lo cual solicita ofertas que cumplan con los requisitos y especificaciones del presente pliego de condiciones y de acuerdo con las condiciones generales de contratación establecidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus Decretos reglamentarios.

1.3. ALCANCE DEL OBJETO Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:

XXXXXXXXXFICHA DE ESPECIFICACIONES TECNICAS A CUMPLIR EN EL SUMINISTRO REQUERIDO POR LA EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA:Los aspectos técnicos que se deben tener en cuenta para el desarrollo del objeto contractual son los siguientes:

XXXXXXXXXXXXX1.4. PRESUPUESTO OFICIALPara la presente Licitación Pública, se cuenta con un presupuesto oficial de XXXXXX, incluido el Impuesto al Valor Agregado IVA. Costos de legalización y demás gastos en lo que incurra el contratista.

El presupuesto estimado para la ejecución de la presente Licitación Pública, será a cargo del Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 0XXX/20XX de fecha XX de XXX de 20XX, Rubro XXXXXX - XXXXXX, expedido por la oficina de tesorería, por la suma de XXXXXXXXXXx ($XXXXXXX).

El valor antes mencionado, deberá cubrir todos los gastos directos e indirectos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato, incluyendo el IVA.

Las enmendaduras de precios que aparezcan en la(s) propuesta(s), deberán confirmarse con nota al margen y la firma del proponente.

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

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Cualquier diferencia entre las cantidades que aparezcan enunciadas tanto en letras como en números se resolverá atendiendo el tenor de lo expresado en letras.

No se podrá sobrepasar del presupuesto oficial so pena de ser eliminado del proceso de selección.

1.4. REGÍMEN JURÍDICO APLICABLE

Tanto el proceso de Licitación Pública como el futuro contrato que se suscriba como consecuencia del mismo, se regirá en lo pertinente, por el ordenamiento Constitucional, el régimen jurídico determinado en el Decreto 1082 de 2015, leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios.

En este pliego de condiciones se describen aspectos técnicos, legales, financieros, contractuales, de experiencia y cumplimiento, entre otros, que El Concejo Municipal de Bucaramanga considera que el oferente debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta. El contenido del pliego de condiciones debe ser interpretado integralmente. El orden de los capítulos y numerales no implica prelación entre los mismos. Los títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en ellos contenidos.

Teniendo en cuenta el objeto complejo de la contratación y la cuantía de la misma, la presente convocatoria se desarrollará a través de la modalidad de Licitación pública.

1.5. CRONOGRAMA DEL PROCESO

La siguiente es la cronología del presente proceso a llevarse a cabo en EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA.

ACTIVIDAD FECHA YHORA LUGAR

Apertura del proceso y publicación de resolución y de pliegos de condiciones definitivos

XXPágina electrónica w w w . c olombiacompra . go v . c o y en la Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Audiencia para precisar e l contenido y alcance del Pliego de Condiciones, seguidamente audiencia de estimación, tipificación y asignación de riesgos y visita técnica al Centro de Diagnóstico Automotor.

XXDirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Expedición de adendas en caso de modificación de los pliegos de condiciones definitivos

XXDirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Cierre de proceso y plazo máximo para la presentación de propuestas.(Apertura Urna)

XXDirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Contratación

Evaluación de las ofertas XX Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de

Bucaramanga, ubicada la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano) Contratación

Publicación y traslado del informe de evaluación

XX Página electrónica w w w . colombiacompra . go v . c o Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

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Límite para hacer observaciones al informe de evaluación

XX Página electrónica jurí[email protected]. o en la Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Plazo máximo para subsanar documentos

XX Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Respuesta de observaciones al informe de Evaluación (Si las hubiere) y Publicación final informe de evaluación (en caso de recibir documentos subsanados)

XXPágina electrónica w w w . c olombiacompra . go v . c o y en la Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Audiencia de Adjudicación y resolución de adjudicación o declaratoria de desierta.

XX Dirección General de la dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Suscripción del contrato.XX Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de

Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Expedición del registro presupuestalXX Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de

Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Publicación en el secop del contratoXX Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de

Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Presentación de la póliza de garantía única de cumplimiento

XX Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

Aprobación de la garantía de cumplimiento XX Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

1.7. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADESSon inhábiles para participar en este proceso de Licitación Pública y para celebrar el contrato con El Concejo Municipal de Bucaramanga:

a) Las personas que se encuentren inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes.b) Quienes participaron en las contrataciones o celebraron los contratos de que trata el literal anterior.c) Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad.d) Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución.e) Los servidores públicos.f) Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación o concurso.g) Las sociedades distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que formalmente haya presentado propuesta, para una misma licitación o concurso.

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h) Los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado la caducidad, así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria.i) Las personas naturales que hayan sido declaradas responsable judicialmente por la comisión de delitos de peculado, concusión, cohecho, prevaricato en todas sus modalidades y soborno transaccional, así como sus equivalentes en otras jurisdicciones. Esta inhabilidad se extenderá a las sociedades de que sean socias tales personas, con excepción de las sociedades anónimas abiertas.

En las causales de inhabilidad por parentesco o por matrimonio, los vínculos desaparecen por muerte o por disolución del matrimonio.

Las inhabilidades a que se refieren los literales c), d) e h) se extenderán por un término de cinco (5)años, contado a partir de la fecha de ejecutoria del acto que declaró la caducidad, o de la sentencia que impuso la pena, o del acto que dispuso la destitución; la prevista en el literal b), se extenderán por un término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de ocurrencia del hecho de la participación en este proceso o de la celebración del contrato, o de la de expiración del plazo para su firma.

Tampoco podrán participar en este proceso ni celebrar contratos con El Concejo Municipal de Bucaramanga:

a) Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de El Concejo Municipal de Bucaramanga. Esta incompatibilidad solo comprende a quienes desempeñaron funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un (1) año, contado a partir de lafecha del retiro.b) Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles directivos, asesor, ejecutivo o con las personas que ejerzan el control interno de El Concejo Municipal de Bucaramanga.c) El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de quien ejerza funciones de control interno. d) Las Corporaciones, Asociaciones, Fundaciones y las Sociedades Anónimas que no tengan el carácter de abiertas, así como las sociedades de responsabilidad limitada y las demás sociedades de personas en las que el servidor público en los niveles directivo, asesor o ejecutivo, o el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ellos, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo.

La inhabilidad prevista en el literal d) no se aplicará en relación con las Corporaciones, Asociaciones, Fundaciones y Sociedades allí mencionadas, cuando por disposición legal o estatutaria el servidor público en los niveles referidos debe desempeñar en ellas cargos de dirección o manejo.

De las inhabilidades e incompatibilidades sobrevivientes:

Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, éste cederá el contrato previa autorización escrita de la entidad contratante o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución.Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente dentro de este proceso, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo.

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Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal, éste cederá su participación a un tercero, previa autorización escrita de la Entidad contratante.

En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal.

1.8. VEEDURÍAS CIUDADANASDe conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, El Concejo Municipal de Bucaramanga, convoca a las veedurías ciudadanas para realizar el control social al presente proceso de contratación, en los términos de la Ley 850 de 2003.

El Concejo Municipal de Bucaramanga invita a las veedurías ciudadanas a realizar la vigilancia y control al presente proceso de contratación, durante la etapa precontractual, contractual y pos contractual, para lo cual les suministrará toda la información y documentación pertinente que no esté publicada en la página www.colombiacompra.gov.co. El costo de las copias y las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Código Administrativo y de Procedimiento Administrativo

1.9. CORRESPONDENCIAToda solicitud de información referente a esta contratación deberá enviarse a la siguiente dirección: El Concejo Municipal de Bucaramanga, Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano), o al correo [email protected]

1.10. PRESENTACION DE LAS PROPUESTASLa propuesta debe presentarse foliada en original y una (01) copia, escrita en cualquier medio mecánico, en español, sin enmendaduras, tachones ni borrones y depositarse en sobres separados, cerrados y sellados. Los sobres deben numerarse, uno (Original / Copia, respectivamente) marcando claramente el objeto, el número de la licitación, el nombre y la dirección del proponente.

Todos los gastos que impliquen la preparación y presentación de la propuesta son por cuenta del proponente.

La propuesta deberá ser depositada en el sitio que para tal efecto se ubicará en la Sede Administrativa de El Concejo Municipal de Bucaramanga, tercer piso Kilómetro 4 Vía a Girón.

Los sobres deberán entregarse debidamente cerrados e identificados, así

CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGAPROCESO DE SELECCIÓN LICITACIÓN PÚBLICA No. XXNOMBRE DEL PROPONENTEDIRECCIÓNTELÉFONOSOBRE (ORIGINAL) O (COPIA)

La carátula de cada ejemplar deberá rotularse claramente con el número del proceso de selección, el nombre de la misma, el nombre del proponente y la identificación del ejemplar como original o copia. En el caso de discrepancias entre el original y la copia de la propuesta se considerará como válido para la evaluación de la oferta el original de la misma.

Estará dirigida a El Concejo Municipal de Bucaramanga, ubicado en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano).

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Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta y la entidad, en ningún caso será responsable de los mismos.

Cada propuesta y su copia, deberá llevar un índice de su contenido donde se relacionen en forma clara los documentos de la misma debidamente foliados (hojas en blanco no se folian).

El concejo, no será responsable de abrir anticipadamente los sobres que no estén debidamente marcados en la cubierta. La enmendadura, tachadura o repisado de cualquier documento en cualquier parte de los mismos, dará lugar a no ser tenido en cuenta como válido, salvo la anotación o convalidación en el cuerpo del mismo y con la firma de quien lo expide.

La presentación de la oferta será evidencia de que el proponente ha examinado completamente el presente Pliego de condiciones, que ha obtenido las aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto incierto o dudoso y que ha aceptado que todos los documentos están completos y que son compatibles y adecuados. Los proponentes deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los pliegos de condiciones. Cada propuesta deberá indicar el nombre del proponente, su residencia, domicilio comercial y deberá estar debidamente firmada por el representante legal del proponente.

Si el sobre o paquete fuere entregado sin cerrar o sin las indicaciones del párrafo anterior, El Concejo Municipal de Bucaramanga no asumirá responsabilidad alguna, igualmente en caso de extravío de la propuesta o cuando haya sido abierta con anterioridad.

Las propuestas que reciba El Concejo Municipal de Bucaramanga después de la fecha de cierre, o plazo fijado para ser entregadas, o en oficina distinta a la indicada en el estos pliegos, serán rechazadas y devueltas al proponente, en las mismas condiciones en que fueron recibidas.

Nota: El Concejo Municipal de Bucaramanga no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos. En la propuesta no podrán señalarse condicionamientos al cumplimiento de la oferta, distintos a los establecidos en el presente documento; en caso de hacerlo, se generará el rechazo de la misma. No se aceptarán propuestas complementarias o modificaciones a la propuesta. Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma. No se aceptarán propuestas que sean entregadas en una oficina diferente a la indicada en el cronograma del proceso, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas.

Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones. El Concejo Municipal de Bucaramanga no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo.

1.11. IDIOMA Y MONEDA DE LA PROPUESTALa propuesta, correspondencia y todos los documentos intercambiados entre los proponentes y la EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, deberán estar escritos en idioma español.

Los proponentes presentarán su oferta en pesos colombianos, así se trate de propuestas extranjeras.

1.12. VALOR DE LA PROPUESTA

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Los proponentes indicarán en su propuesta el precio total, discriminando el valor del Suministro, valor del IVA que le aplica. Este valor incluye todos los costos directos e indirectos que se causen con ocasión de la entrega, tales como transporte, garantías, etc.

El Concejo Municipal de Bucaramanga adjudicará el contrato con base en precios fijos, por consiguiente, los precios de la propuesta deberán ser firmes durante la ejecución del objeto del contrato.

1.13. PROPUESTAS PARCIALESEl Concejo Municipal de Bucaramanga rechazará toda propuesta parcial que se presente.

1.14. CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

Las personas interesadas en participar podrán consultar el Pliego de Condiciones Definitivo en las páginas web www.colombiacompra.gov.co o directamente en la oficina Asesora jurídica del Concejo Municipal de Bucaramanga, Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)

1.15. INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el Pliego de Condiciones y todos los documentos de la Licitación Pública, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa, coherente, y que además, se acoge a los dictados de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y sus normas complementarias. Todos los documentos de la Licitación Pública se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este Pliego de Condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, El Concejo Municipal de Bucaramanga no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.

El hecho de que el proponente no se informe o documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente licitación públicano se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones. Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día inhábil para El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga, o cuando esta Entidad no ofrezca durante ese día, por cualquier razón, atención al público, dicho vencimiento se entenderá trasladado al día hábil siguiente.

CAPITULO IIPROCESO DE SELECCIÓN

2.1. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA

2.1.1. JURIDICOS2.1.2. FINANCIEROS2.1.3. ORGANIZACIONALES2.1.4. PROPUESTA ECONOMICA2.1.5. ESPECIFICACIONES TECNICAS

2.2. ETAPAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

2.2.1. Apertura de la Licitación Pública

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Mediante acto administrativo se dará apertura a la Licitación Pública en la fecha determinada en el Cronograma de la Licitación Pública, consignada en el presente Pliego de Condiciones y se publicará conforme a lo dispuesto por el Decreto 1082 de 2015

2.2.2 Publicación de Pliegos DefinitivosLos Pliegos de Condiciones se publicarán en la fecha determinada para ello y se publicará de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 1082 de 2015

2.2.3. Ampliación del Plazo de la Licitación PúblicaCuando lo estime conveniente El Concejo Municipal de Bucaramanga, o cuando lo soliciten las dos terceras (2/3) partes de las personas que hayan retirado el Pliego de Condiciones, se podrá prorrogar el plazo de la Licitación Pública por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado, entendiéndose por este el transcurrido entre la apertura y el cierre (Artículo 30, numeral 5 de la Ley 80 de 1993).

De igual manera y en virtud de lo señalado en el Parágrafo 2. Para efecto de lo dispuesto en los numerales 4 y 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, se entenderá que han retirado el respectivo pliego de condiciones del proceso licitatorio, quienes hayan presentado observaciones al proyecto de pliego de condiciones, o hayan asistido a la audiencia de reparto de riesgo a que se refiere el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007”

Las adendas serán publicadas en la página www.colombiacompra.gov.co. Del Portal Único de Contratación.

2.2.4. Cierre de la Licitación Pública y Apertura de las PropuestasLa propuesta debidamente firmada y sellada, deberá ser presentada, UNICAMENTE en la oficina Asesora Jurídica del Concejo Municipal de Bucaramanga, ubicado en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano), en la fecha y hora prevista en el Cronograma de la presente Licitación.

El Concejo Municipal de Bucaramanga, procederá a la apertura de las propuestas en acto público, en presencia de los proponentes representante legal o apoderado y de terceros interesados que deseen asistir, en el día y hora previsto para el cierre.

Para efectos de verificar la hora, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Circular 013 de 2005, expedida por la Procuraduría General de la Nación, en lo relacionado con la hora legal colombiana, señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2153 de 1992.

La apertura se llevará a cabo señalando a viva voz el nombre del proponente, la garantía Única, el valor total de la propuesta y el número de folios de la misma, de dicha Audiencia se levantará un Acta firmada por los funcionarios de El Concejo Municipal de Bucaramanga asistentes y se le anexará el formato de asistencia de los proponentes y demás personas que acudieron a la misma. Las propuestas presentadas en forma extemporánea se entenderán no presentadas, y en consecuencia serán rechazadas.

2.2.5. Plazo para Verificar y Evaluar Requisitos Habilitantes de las Propuestas.El Comité Evaluador de la presente Licitación Pública verificara y evaluará los requisitos habilitantes de las propuestas dentro del plazo establecido en el Cronograma del presente Pliego de Condiciones.

Una vez efectuada la verificación de los requisitos habilitantes y la evaluación de las ofertas, El Concejo Municipal de Bucaramanga publicará en la página del Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co el informe de Verificación y Evaluación, en el cual se señalarán los proponentes que no se consideran habilitados y que como consecuencia no fueron calificados, y

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los habilitados y calificados por el Comité Evaluador designado para la presente Licitación Pública

2.2.6. Plazo para Subsanar Requisitos HabilitantesEl proponente tendrá mínimo cinco (5) días hábiles para subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, de conformidad con lo establecido en la normas contractuales, en el evento que los oferentes no subsanen los requisitos o documentos no aportados inicialmente o no efectúen en debida forma las aclaraciones requeridas serán declarados inhabilitados de manera definitiva y en consecuencia, será rechazada su propuesta

2.2.7. Traslado del Informe de Evaluación previaSe dará traslado a los proponentes por el término de cinco (5) días hábiles, del informe de Evaluación y Verificación de requisitos habilitantes, para que presenten sus observaciones al mismo dentro del término señalado, y para tal efecto el informe de Evaluación y verificación se publicará en la página www.colombiacompra.gov.co

Las observaciones deben ser enviadas al correo [email protected] anotando que en el ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.

2.2.8. AdjudicaciónLa adjudicación se efectuará en la hora y fecha previsto para ello en el Cronograma del presente Pliego de Condiciones, en la Oficina Asesora jurídica, ubicada en la Carrera 11 N° 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano).

Se adjudicará el contrato mediante acto administrativo motivado y firmado por el Presidente del concejo, y se dará respuesta a las observaciones formuladas por parte de los oferentes, al informe de Evaluación y Verificación de las Propuestas. El acto administrativo será notificado personalmente al oferente favorecido.

2.2.9. Celebración del ContratoUna vez adjudicado el contrato, el proponente favorecido deberá suscribir el contrato dentro del término mínimo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la Resolución de Adjudicación del Contrato.

Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término fijado, quedará a favor de El Concejo Municipal de Bucaramanga, en calidad de sanción , el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin perjuicio de la inhabilidad establecida en el Artículo 8ª numeral 1) literal e) de la ley 80 de 1993.

En caso de ocurrencia del evento a que se refiere el numeral anterior, El Concejo Municipal de Bucaramanga, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del término para el primer adjudicatario, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad (Artículo 30, numeral 12 de la ley 80 de 1993).

2.3. ANÁLISIS Y EVALUACION DE PROPUESTASDe conformidad con el artículo 26 del Decreto 1082 de 2015, La Entidad Estatal determinará la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN:

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La oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, resulte ser la de menor precio para la Entidad. Para tal efecto y de conformidad con el decreto 1082 de 2015, el ofrecimiento más favorable se determina de la aplicación de la ponderación de los elementos de precio, técnicos y calidad, soportados en puntajes que se señalan de la siguiente manera:

REQUISITOS HABILITANTES PUNTAJEVERIFICACION DE REQUISITOS LEGALES HABILITADO / NO HABILITADOVERIFICACION DE REQUISITOS FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES HABILITADO / NO HABILITADO

EXPERIENCIA HABILITADO / NO HABILITADOEVALUACION ECONOMICA XX

EVALUACION TECNICA XX SOPORTE TECNICO Y GARANTIA. XXESPECIFICACIONES TECNICAS XX

PUNTAJE TOTAL ASIGNADO XXX Puntos

En tal sentido, la capacidad jurídica, la capacidad financiera, Organizacional y la experiencia, de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje; de igual manera la entidad evaluará el aspecto económico y técnico de cada una de las propuestas y asignará el puntaje obtenido para cada una de ellas.

REQUISITOS HABILITANTES Para la selección del contratista se tendrán como requisitos habilitantes la capacidad jurídica, la capacidad financiera, la capacidad organizacional y la experiencia del proponente.

REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN JURIDICO

Carta de presentación de la propuesta De acuerdo con el modelo suministrado por la Entidad en el pliego de condiciones, el cual deberá contener entre otros aspectos, la siguiente información:

Deberá estar suscrita por el representante legal del proponente o su apoderado si a ello hubiere lugar, indicando el nombre de la empresa, el nombre y apellidos y el número de la cédula de ciudadanía, en letra imprenta, NIT, dirección, teléfono, fax y correo electrónico. Si la propuesta es presentada en Unión Temporal o Consorcio, será suscrita por su representante legal, debidamente facultado en los términos de ley.

Declaración de inhabilidades e incompatibilidades Certificación suscrita por el proponente en la cual declara bajo la gravedad del juramento no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en el artículo 127 de la Constitución Política y en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, concordantes con el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas vigentes sobre la materia, como tampoco se encuentran en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.

Certificado (Original) de existencia y representación legal (Personas Jurídicas y Matrícula mercantil (Personas Naturales)

El objeto social debe ser igual o relacionado con el objeto del presente proceso, Expedido por la autoridad competente, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anterior a la fecha prevista para la entrega de propuestas.

Si de dicho documento se deduce que las facultades del representante legal están limitadas por razón de la naturaleza o cuantía del negocio jurídico, deberá anexar la autorización correspondiente expedida por el órgano competente para participar en la presente licitación

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pública, firmar la propuesta y suscribir el contrato correspondiente, en el evento de ser seleccionado como el ofrecimiento más favorable.

La persona jurídica deberá acreditar que su duración no es inferior al plazo ofrecido para la ejecución del contrato y un (1) año más, contado a partir de la fecha prevista para la entrega de propuestas, duración que será verificada en el momento de la evaluación y verificación de la propuesta.

En caso de que el proponente sea personal natural deberá aportar y encontrarse inscrito en el registro mercantil expedido por la autoridad competente y con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anterior a la fecha prevista para la entrega de propuestas

Así mismo, quienes se dedican a la prestación de servicios inherentes a profesiones liberales, como la ingeniería, en principio, no pueden ser considerados comerciantes y en ese caso, no tendrían la obligación de cumplir con los deberes previstos en el código de comercio, entre los cuales, se encuentra el de matricularse en el registro mercantil que llevan las cámaras de comercio.

Conformación de Consorcios o Uniones TemporalesEn caso de consorcios o uniones temporales, éstos deberán cumplir con lo establecido en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993, y con los siguientes requisitos:

a) Anexar el documento que acredite la conformación del consorcio o la unión temporal.

b) Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación de cada uno en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de El Concejo Municipal de Bucaramanga.

c) Los miembros del consorcio o unión temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad será solidaria frente al Concejo Municipal de Bucaramanga, de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato.

d) Designarán el representante del consorcio o de la unión temporal, acompañado del documento que lo constituya como tal, con la firma autorizada de cada una de las partes.

e) Los integrantes de los consorcios o las uniones temporales deberán presentar certificado de existencia y representación legal y registro único de proponentes en forma independiente.

f) Cuando a los integrantes de la unión temporal, se les apliquen sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con su participación en la ejecución.

g) Autorización para presentar la propuesta y suscribir el contrato: Si el representante legal del oferente o de alguno de los integrantes de un consorcio o unión temporal requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la cual será previa a la presentación de la oferta.

h) En caso que el valor de la propuesta supere el monto de autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, mínimo, por el valor propuesto.

i) Cada una de las personas que integran esta figura deberá cumplir con los requisitos básicos y legales como si participase individualmente, excepto en relación con el retiro de pliegos de

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condiciones, los cuales podrán ser recibidos por cualquiera de las personas naturales o jurídicas integrantes.

j) No podrá haber cesión del contrato entre los miembros del consorcio o unión temporal. Esta condición es cláusula obligatoria del contrato.

Garantía de seriedad de la oferta. Quien esté interesado en participar y presentar propuesta, deberá constituir una Garantía de Seriedad de la oferta, que deberá ser expedida a favor de la Dirección de El Concejo Municipal de Bucaramanga y de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.

La garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial para la presente LICITACION PUBLICA. La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato.

Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la garantía deberá ser tomada a nombre del consorcio o unión temporal, (indicando sus integrantes y su porcentaje de participación), y no a nombre de su respectivo representante legal.

La Entidad se reserva el derecho de solicitar la ampliación del término de vigencia o el incremento del valor asegurado de la garantía de seriedad de la oferta o cualquier otra modificación en la medida en que ello sea necesario.

Acreditación de Aportes Parafiscales.Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de diciembre 27 de 2002, se hace necesario que acrediten el cumplimiento oportuno de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales las personas jurídicas presentarán con su propuesta la certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando exista, de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal, del pago de sus obligaciones en cuanto a los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.

Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que legalmente sean exigibles en la citada fecha (es decir, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagas).

El proponente interesado deberá allegar Copia de la Tarjeta Profesional del Contador y Certificado de Vigencia y Antecedentes Disciplinarios del Contador

Se deberá anexar el documento expedido por la Junta Central de Contadores, debidamente diligenciado, y vigente.

Las personas jurídicas integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deberán acreditar individualmente el requisito de que trata este numeral.

En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal, debe también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia y adicionalmente allegar la planilla de aportes al sistema de seguridad social según el mes que corresponda.

certificación de responsabilidad fiscal, antecedentes disciplinarios y judiciales

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El oferente deberá allegar el Certificado expedido por la Contraloría General de la República en el cual conste que el ofertante, persona natural o jurídica, no se encuentra reportado en el Boletín de Responsabilidades Fiscales (Antecedentes Fiscales). Igualmente, el oferente deberá allegar el Certificado expedido por la Procuraduría General de la Nación en el cual consta que el ofertante, persona natural o jurídica, no registra sanciones ni inhabilidades vigentes (Antecedentes Disciplinarios), igualmente, anexar certificado de antecedentes Judiciales expedido por la Policía Nacional.

Registro Único TributarioFotocopia del Registro Único Tributario -RUT-, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, donde aparezca claramente el NIT del proponente, en caso de Consorcio y/o Unión Temporal, cada uno de los miembros deberá aportar el respectivo registro.

Registro Único de Proponentes – RUPLas personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley.

El proponente deberá anexar el respectivo certificado del Registro Único de Proponentes – RUP expedido por la Cámara de Comercio correspondiente ORIGINAL, con fecha no superior a 30 días calendario de la fecha de cierre del proceso. Este deberá estar vigente y en firme para dicha fecha.

Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la empresa, o persona natural que presenta la propuesta

Todo proponente Persona Natural, Representante Legal de la persona jurídica o representante del proponente plural y cada uno de los integrantes de proponentes plurales deberán anexar fotocopia del documento de identificación VIGENTE; así mismo de quien abona la propuesta, si es del caso.

Así mismo todas las personas de origen extranjero que sean integrantes de proponentes plurales y/o representantes legales de estos o proponente como persona natural deberán anexar fotocopia del pasaporte actual y vigente

Fotocopia de la libreta militar (para varones menores de 50 años) del representante legal de la empresa, o persona natural que presenta la propuesta.

El Proponente futuro contratista, cuando sea Persona Natural, o Representante Legal de la Persona Jurídica, o del proponente plural, y los integrantes de proponentes plurales, deben anexar fotocopia de la libreta Militar, siempre y cuando tengan edad inferior a los 50 años. Según lo dispuesto en el artículo 111 del Decreto 2150 del 1995.

REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO

La Entidad exige los requisitos financieros para participar en el presente proceso, los cuales serán verificados a partir de la información certificada que sobre capacidad financiera consta en el Certificado de Registro Único de Proponentes vigente, excepto para el caso de los proponentes extranjeros que no están obligados a estar inscritos en el RUP.

NOTA: La capacidad financiera será calculada en consideración a la información que aparezca en el RUP, en la forma y términos que se establezcan en el pliego de condiciones. Para la evaluación de los requisitos habilitantes financieros, la entidad extraerá la información del certificado RUP conforme a las prescripciones del Decreto 1082 de 2015.

Toda la Información financiera deberá ser presentada en Moneda Legal Colombiana. Cada uno de los proponentes, sea Consorcio, Unión Temporal, persona natural o persona jurídica, deberá

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adjuntar el Registro único de proponentes, documento sobre el cual se verificará los requisitos habilitantes financieros.

En consideración lo anterior la entidad ha establecido los siguientes parámetros para establecer la capacidad financiera de los proponentes, teniendo en cuenta sus mínimos señalados a continuación.

ÍNDICE DE LIQUIDEZ se verificará de la siguiente manera: Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

LIQ. = AC / PC ≥ XX

Donde,

LIQ.ACPC

===

Índice de liquidez.Activo corriente. Pasivo corriente.

Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

∑ ACI LIQc. = ------------ ≥ XX

∑ PCIDonde,

LIQc. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal.AC = S u m a t o r i a d e l Activo corriente de cada uno de los integrantes.PC = S u m a t o r i a d e l Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.

Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente, el cual determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo.

Se define como la cualidad de los activos para ser convertidos en dinero efectivo de forma inmediata sin pérdida significativa de su valor. De tal manera que cuanto más fácil es convertir un activo en dinero se dice que es más líquido.

En esos términos la entidad requiere que el futuro contratista ofrezca a la Entidad una capacidad financiera plasmada anteriormente, y de esta manera asegurar una liquidez del futuro contratista durante la ejecución del contrato con el fin de evitar que no pueda proveer de insumos y materiales o pagar las obligaciones laborales que requiere dicha ejecución.

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO se verificará de la siguiente manera:

Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

IE = PT / AT ≤ XX

Donde,IE = Índice de endeudamiento.PT = Pasivo total.

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AT = Activo total.

Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

∑PTIIEc = ------------ ≤ XX

∑ ATI

Donde,

IEc = Índice de endeudamiento del consorcio o la unión temporal.PT = Sumatoria del Pasivo total de cada uno de los integrantes.AT = Sumatoria del Activo total de cada uno de los integrantes.

Nivel de Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total, el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y patrimonio) del proponente. Se define como la relación de los pagos mensuales por créditos (total pasivo) con respecto del total del ingreso (total activo). En esos términos la entidad requiere que el futuro contratista ofrezca a la entidad una capacidad financiera con una baja probabilidad de incurrir en situaciones de no pago.

El nivel de endeudamiento requerido no es un factor determinante para participar en la presente licitación, toda vez que los riesgos de incumplimiento por parte del futuro contratista son mínimos, teniendo en cuenta que se trata de un contrato de compraventa que no conlleva un anticipo, que dicho contrato será cancelado en su totalidad una vez sea entregado a satisfacción el objeto contratado.

RAZON DE COBERTURA DE INTERESES. Se verificará de la siguiente manera:

Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

RCI = UO / GI >= XXX / Indeterminado

Donde,RCI = Razón de Cobertura de intereses.UO = Utilidad operacionalGI = Gastos de intereses.

Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

∑UORCIc = ------------ >= XXX

∑ GI

Donde,RCIc = Razón de cobertura de intereses del consorcio o unión temporalUO = Sumatoria de la utilidad operacional de cada uno de los integrantesGI = Sumatoria de los gastos de intereses de cada uno de los integrantes

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Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, el cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras.

REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN ORGANIZACIONAL:

1. Rentabilidad del Patrimonio= Se requiere que el proponente tenga una rentabilidad mayor o igual a 0,XX

Rentabilidad del Patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.

2. Rentabilidad del activo= Se requiere que el proponente tenga una rentabilidad mayor o igual a 0,XX.

Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio.

La Entidad exige los requisitos financieros para participar en el presente proceso, los cuales serán verificados a partir de la información certificada que sobre capacidad financiera consta en el Certificado de Registro Único de Proponentes vigente, excepto para el caso de los proponentes extranjeros que no están obligados a estar inscritos en el RUP.

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

El proponente deberá acreditar la experiencia mediante la presentación de la copia de un (1) contrato cuyo objeto esté relacionado con la compraventa o suministro de equipos XXXXXXXXXX, dicho contrato deberá haber sido celebrado con entidades estatales, Dicho contrato deberá ser igual o superior al valor del presupuesto oficial del presente proceso de selección.

Dicho contrato deberá estar reportado en el RUP, en al menos una de las siguientes clasificaciones:

Segmento Familia Clase Producto Nombre del Producto

a) PROPUESTA ECONÓMICA: XXPUNTOS

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Para la evaluación de este concepto se asignará un puntaje máximo deXX PUNTOS.

Dicho puntaje se asignará de la siguiente manera:

Puntaje= menor valor propuesta x XX (máximo puntaje asignado)Valor propuesta que se evalúa

Para mayor claridad los proponentes deberán presentar un cuadro en el que se especifiquen los valores unitarios de los ítems ofertados.

b) ASPECTOS TÉCNICOS: XXPUNTOS

b.1) Soporte Técnico y Garantía. (XXPUNTOS)

La garantía se dará respecto de la respuesta que ofrezca el oferente en el recambio de los equipos, elementos y materiales suministrados mediante certificación del FABRICANTE que lo acredite como distribuidor autorizado, representante comercial o canal integrador autorizado, en donde se obliga para con EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA de la siguiente forma:

De manera inmediata (menor a 1 hora)………………….20 puntos Dentro de las 24 horas……………………………….…….10 puntos En las siguientes 36 horas…………………………..………5 puntos

El proponente que no ofrezca esta garantía, no obtendrá puntaje en este factor específico de calificación.

b.2) Especificaciones Técnicas (XX PUNTOS)

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO CONTRACTUAL: XXXX

FICHA DE ESPECIFICACIONES TECNICAS A CUMPLIR EN EL SUMINISTRO REQUERIDO POR LA EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA:Los aspectos técnicos que se deben tener en cuenta para el desarrollo del objeto contractual son los siguientes:

XXXXX

2.4. CRITERIOS PARA DIRIMIR DESEMPATEEn el evento de presentarse empate entre dos o más ofertas, se procederá de acuerdo a lo establecido Decreto 1082 de 2015.

1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional. 3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. 4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la

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oferta. 5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. (La propuesta entregada en primer lugar).

2.5. RECHAZO Y ELIMINACION DE LAS PROPUESTASEl Concejo Municipal de Bucaramanga podrá rechazar, sin que haya lugar a su evaluación, o eliminar las propuestas presentadas, en cualquiera de los siguientes casos:

2.5.1. Cuando un proponente tenga intereses patrimoniales en otra persona que oferte.

2.5.2. Cuando el representante legal de una persona jurídica ostente igual condición en otra y ambas, Participen en la presente Licitación Pública, o participe como persona natural.

2.5.3. Cuando estén incompletas, en cuanto a que no cumplen las condiciones especificadas en el pliego o dejen de incluir alguno de los documentos o requisitos que de acuerdo con el pliego de condiciones sean necesarios para evaluar la capacidad jurídica, administrativa, operativa y financiera, previo requerimiento de subsanabilidad.

2.5.4. Cuando el proponente presente oferta parcial.

2.5.5. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, Art. 8º, adicionado por el art. 18 de la ley 1150 de2007, así como en las demás disposiciones legales vigentes.

2.5.6. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente.

2.5.7. Cuando los documentos necesarios para la comparación de las propuestas presenten enmendaduras o correcciones que no aparezcan debidamente autorizadas o salvadas con la firma delProponente o la de quien suscriba el documento.

2.5.8. Cuando el valor de la oferta se encuentre por encima del presupuesto oficial establecido para elPresente proceso.

2.5.9. Estar inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales (Artículo 60 Ley 610 de 2000).

2.5-10. Cuando dentro del término otorgado para el efecto, el proponente no subsane el requisito o documento solicitado.

2.5.11. Cuando no se cumpla alguno de los Criterios Habilitantes, después de haberse solicitado aclaración por parte de El Concejo Municipal de Bucaramanga.

2.5.12. Cuando la oferta no cumpla con las Especificaciones Técnicas Básicas de los bienes objeto de la compraventa de acuerdo con lo solicitado en el presente pliego de condiciones.

2.5.13. Cuando se acompañen por los proponentes documentos falsos.

2.5.14. Cuando el objeto social del proponente no sea igual o similar al objeto del presente proceso de Selección.

2.6. CONDICIONES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESOEl Concejo Municipal de Bucaramanga, podrá declarará desierto el proceso cuando no se presente ningún proponente, o cuando no fuese posible la escogencia objetiva del contratista, la cual se declarará en Acto Administrativo en el que se señalará en formas expresa y detallada las

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razones que han conducido a dicha decisión, dicho acto se notificará a todos los proponentes, y se publicará en la página www.colombiacompra.gov.co.

CAPITULO IIICONDICIONES DEL CONTRATO

3.1. PLAZO: XXXXX (XXX) Días calendario contados a partir de la firma del acta de inicio de contrato entre el supervisor y el contratista.

3.2. FORMA Y LUGAR DE ENTREGAEl contratista se obliga a entregar el objeto contractual en la ciudad de Bucaramanga al Concejo Municipal de Bucaramanga.

3.3. VALOR DEL CONTRATOEl valor estimado de la presente contratación asciende a la suma de XXXXXXX ($XXXXX) Incluido IVA, gastos de legalización y demás costos indirectos, los cuales se encuentran soportados en el estudio de los precios y condiciones del mercado, conforme a cotizaciones que solicitó la entidad

El Valor del contrato incluye todos los costos directos e indirectos como impuestos, estampillas, gastos de legalización, mano de obra entre otros y demás en que incurra el contratista para la ejecución del contrato.

3.4. FORMA DE PAGOEl valor del contrato será cancelado así: El valor total del presente contrato es de XXXXXXXXXX ($XXXXX), pagaderos a razón del cien por ciento (100%) al entregar a satisfacción el objeto del contrato, previa presentación del informe de actividades, presentación por parte del Contratista de los documentos requeridos, de acuerdo con las obligaciones contractuales y la acreditación del pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando hubiere lugar a ello y certificación de cumplimiento por parte del supervisor.

Para cada pago se debe acreditar que el contratista se encuentra al día con el pago de los Aportes al Sistema de seguridad Social Integral y Parafiscales, de conformidad con lo señalado en el Parágrafo1ª del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

3.5. FONDOS Y APROPIACIÓN PRESUPUESTALEl Concejo Municipal de Bucaramanga atenderá el pago del presente contrato según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXXX/20XX de fecha XX de XX de 20XX, con cargo al Rubro XXXXXXXXXX - XXXXXXXXX, vigencia 20XX, expedido por la Tesorería

3.6. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Obligaciones Generales:

a) Cumplir con los deberes establecidos en el artículo 5 de la ley 80 de 1.993, en consecuencia deberán: a) Colaborar con la Entidad en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; b) Acatar las directrices que durante el desarrollo del contrato le imparta la Entidad; c) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales; d) Garantizar la calidad de los bienes contratados y responder por ellos; e) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.

b) Suscribir el contrato y cumplir con los requisitos de legalización, en la oportunidad establecida para el efecto.

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c) Cumplir con las normas sobre seguridad social integral (salud, pensiones, riesgos profesionales), así como, parafiscales (ICBF, SENA, CAJAS DE COMPENSACION), respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto contractual.

d) Cumplir con las normas tributarias, pagando los impuestos y retenciones a que haya lugar de conformidad con el estatuto tributario

e) Cumplir con normas laborales establecidas en el código sustantivo del trabajo respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto contractual.

f) Pagar los costos directos e indirectos que impliquen el cumplimiento del objeto contractual, tales como impuestos, retenciones, tasas, gastos de legalización, transporte, etc. En consecuencia, el precio ofertado se entiende que incluye dichos costos.

g) Garantizar el contrato, en los riesgos y vigencias establecidas en el contrato y efectuar las modificaciones necesarias dentro de la etapa de ejecución o liquidación.

Obligaciones especiales:

A. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, entregando todos los productos teniendo en cuenta las especificaciones técnicas requeridas por la entidad y de conformidad con la propuesta presentada.

B. Suministrar los elementos de excelente calidad, marcas reconocidas en el mercado, las cantidades solicitadas. El supervisor tendrá la potestad de devolver los insumos que no reúnan las especificaciones técnicas solicitadas por la entidad conforme a la ficha técnica y a la propuesta presentada por el contratista.

C. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato sean impartidas por parte del supervisor del contrato.

D. Cumplir con todas las garantías que amparan el contrato en los términos del mismo.

E. Los elementos contratados deben ser entregados en la ciudad de Bucaramanga, en la sede administrativa de El Concejo Municipal de Bucaramanga.

3.7. OBLIGACIONES DE EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA 1. Efectuar oportunamente los pagos estipulados a favor del contratista.2. Ejercer la supervisión de manera adecuada y requerir al contratista en caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el pliego de condiciones y en el contrato.

3.8. CLAUSULAS EXCEPCIONALESEn el contrato quedan pactadas las Clausulas Excepcionales al derecho común de interpretación, modificación, terminación unilateral y caducidad del contrato, de conformidad con lo establecido en los Artículos 15, 16, 17 y 18 de la ley 80 de 1993.

3.9. LIQUIDACIÓNEl contrato será objeto de liquidación, la cual se llevará a cabo dentro de los Dos (2) meses siguientes a su finalización, y conforme a lo previsto en el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, se podrán hacer liquidaciones parciales referentes a la compra de la papelería.

3.10. SUPERVISIÓNEsta Dependencia solicitante sugiere se designe como supervisor o interventor del Contrato, a XXXXXXXXXx, XXX, quien por su experiencia ejercida y sus conocimientos en el objeto a contratar, es persona idónea para ejercer la supervisión y quien deberá asumir sus funciones conforme a la normatividad, En caso de cambio en el cargo, la supervisión o interventoría la ejercerá quien ostente como Titular o encargado en el respectivo Cargo.

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EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA podrá modificar esta designación durante el desarrollo del Contrato, sin que ello constituya motivo de reclamo alguno por parte del Contratista. Las principales atribuciones de la supervisión son:

a) Verificar los requisitos de perfeccionamiento y de ejecución previa suscripción del acta de inicio;

b) Verificar el cumplimiento de las normas tributarias.c) Suscribir las actas durante la etapa contractual y postcontractual, sometiendo a

consideración del representante legal de la entidad las que implique adopción de decisiones que comprometan a la entidad y remitir los documentos originales a la oficina de contratación (Oficina Asesora Jurídica) para su archivo en el expediente acompañadas de los soportes que la justifiquen;

d) Velar por el cumplimiento de las garantías y solicitar la prorroga cuando se requiera;e) Velar por el cumplimiento del contrato en todas las partes.f) Las demás establecidas por la ley y los reglamentos de la entidad.

3.11. CESION DE DERECHOSEl contrato que se firme entre el CONTRATISTA y El Concejo Municipal de Bucaramanga es Intransferible. El proponente favorecido no podrá ceder los derechos y obligaciones emanados del presente proceso de Licitación Pública o del contrato que se llegare a celebrar, sin autorización expresa y por escrito de El Concejo Municipal de Bucaramanga.

29. MULTAS Si durante la ejecución del contrato el CONTRATISTA incumple alguna o algunas de las obligaciones derivadas del presente contrato, La Entidad le impondrá multas diarias y sucesivas equivalentes al cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor total del contrato, sin exceder el veinte por ciento (20%) de ese mismo valor total.

30. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS MULTAS: Para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento, así como para la estimación de los perjuicios sufridos por la entidad contratante, y a efecto de respetar el debido proceso al afectado a que se refiere el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, la entidad observará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Para tal efecto, las entidades estatales señalarán en su manual de contratación los trámites internos y las competencias para aplicar dicho procedimiento.

En todo caso, no se podrá imponer multa alguna sin que se surta el procedimiento señalado, o con posterioridad a que el contratista haya ejecutado la obligación pendiente si ésta aún era requerida por la entidad.

En todo caso, no se podrá imponer multa alguna sin que se surta el procedimiento señalado, o con posterioridad a que el contratista haya ejecutado la obligación pendiente si ésta aún era requerida por la entidad.

Parágrafo 1°. Al procedimiento indicado en el presente artículo deberá vincularse también a la aseguradora cuando el cumplimiento del contrato se encuentre amparado mediante un contrato de seguro. De la siguiente forma:

1. Una vez definida por el supervisor y/o interventor del contrato la procedencia de una multa, este requerirá al contratista y al Representante Legal de la aseguradora o banco garante, según sea el caso, donde se indique las obligaciones incumplidas, las pruebas que lo soportan y una tasación de la misma. 2. Al contratista se le dará un término perentorio de tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que El Concejo Municipal de Bucaramanga remita el requerimiento vía fax o por correo certificado, para que presente por escrito sus descargos. 3. Recibidos los descargos se efectuará un análisis de los argumentos esgrimidos por el contratista y se

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determinará si hay lugar o no a la multa. 4. Si El Concejo Municipal de Bucaramanga considera que el incumplimiento amerita multa, expedirá el correspondiente acto administrativo y hará los descuentos a que haya lugar de los pagos a favor del contratista o con cargo a la Garantía única de cumplimiento, riesgo cumplimiento, una vez se encuentre en firme el correspondiente acto administrativo.

3.13. CLAUSULA PENAL PECUNIARIAEn caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista, habrá lugar al pago de una sanción pecuniaria equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, suma que se tendrá como pago parcial de los perjuicios que sufra El Concejo Municipal de Bucaramanga por el incumplimiento. PARAGRAFO: El valor de la cláusula penal será descontado de cualquier saldo que resultare a favor del contratista por razón de este contrato si lo hubiere; en caso contrario se hará efectiva la garantía y si esto no fuere posible, se aplicará lo dispuesto en la Ley 80 de 1993.

3.14. GASTOS DEL CONTRATISTASerán por cuenta del Contratista todos los costos y gastos directos e indirectos a la correcta ejecución del objeto contractual.

Corresponde al Contratista pagar todos los derechos, tasas, impuestos nacionales y departamentales y las contribuciones que se causen en el desarrollo y ejecución del contrato o con base en el mismo.

El Concejo Municipal de Bucaramanga, no aceptará asumir el pago de los impuestos anteriores.

Para todos los efectos, se considerará que en el valor de la oferta se encuentran incluidas las sumas que deben ser pagadas por concepto de impuestos, así como el valor de las pólizas de garantía y demás gastos exigidos en el presente pliego de condiciones.

El pago de las estampillas de Previsión Social Municipal, Pro-Cultura Municipal, deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de perfeccionamiento del contrato.

3.15. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOSDe acuerdo a la naturaleza del contrato a celebrase, se estima necesario realizar la siguiente tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles que pueden afectar el equilibrio económico del contrato.

La entidad ha valorado los siguientes riesgos, previendo la eventualidad que pueda surgir en curso de la ejecución contractual.

Se pretende contribuir a la reducción de controversias judiciales y extrajudiciales en contra del estado, y lograr, que las partes del contrato estatal puedan hacer las previsiones necesarias para mitigar los riesgos, por ello se hace necesarios, estimar, tipificar y cuantificar los riesgos previsibles involucrados en la contratación estatal.

LA ESTIMACIÓN consiste en valorar la probabilidad de ocurrencia y el nivel de impacto de los riesgos que han sido tipificados y que teniendo en cuenta su materialización, requieren una valoración.

ESTIMACIÓN CUALITATIVA: Es aquella que se realiza cuando se trabaja los riesgos para una estimación cualitativa mediante rangos que permitan al servidor público calificar loa riesgos en una matriz, en diferentes niveles de probabilidad e impacto.

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LA PROBABILIDAD es entendida como una medida de la creencia o conocimiento que se tienen acerca de la ocurrencia futura o pasada de un evento y generalmente se puede estimar como la frecuencia con la que se obtiene un resultado en un experimento aleatorio.

IMPACTO O SEVERIDAD: Es la medida de la magnitud de las consecuencias monetarias de un evento generador de riesgo sobre el objeto del contrato.

ESTIMACIÓN CUANTITATIVA: Una vez realizada la evaluación cualitativa, incorporando los criterios evaluados en la etapa cualitativa y realizando una aproximación numérica de dichos criterios.

Teniendo en cuenta las modificaciones en la Ley 80 de 1993, se dictaron otras disposiciones generales aplicables a toda contratación con recursos públicos. Con la Ley 1150 de 16 de Julio de 2007 se introdujeron medidas para la eficiencia y la transparencia; en el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 se contempla La Distribución del Riesgo en los Contratos Estatales.

De igual manera debe darse aplicación al documento expedido por el CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL a través del documento CONPES 3714 de fecha primero (1) de diciembre de 2011, “DEL RIESGO PREVISIBLE EN EL MARCO DE LA POLÍTICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA” y se señalaran los riesgos de conformidad con lo señalado en el mismo así:

“1. Riesgos Económicos: Son aquellos que se derivan del comportamiento del mercado, tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos, entre otros. Por ejemplo, es usual que en contratos que involucran la ejecución de actividades en cuya estructura se ha definido un marco cambiario, se identifiquen alteraciones por el comportamiento de la moneda o por circunstancias colaterales que imponen una incidencia crítica. Así mismo, en los contratos de suministro de bienes o prestación de servicios, donde no es posible llevar a cabo el objeto del contrato por desabastecimiento o especulación dentro del mercado propio de los insumos. Su inclusión dependerá de la posibilidad de previsión del mismo.

2. Riesgos Sociales o Políticos: son aquellos que se derivan por cambios de las políticas gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la situación política, sistema de gobierno y cambio en las condiciones sociales que tengan impacto en la ejecución del contrato. También suelen presentarse por fallas en la manera en que se relacionan entre sí, el Gobierno y la población, grupos de interés o la sociedad. Por ejemplo los paros, huelgas, actos terroristas, etc. Para la determinación de su previsibilidad, la entidad podrá acudir a las autoridades públicas competentes en la recopilación de datos estadísticos o fuentes oficiales (POLICÍA NACIONAL, FUERZAS ARMADAS DE COLOMBIA, MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, etc.)

3. Riesgos Operacionales: Son aquellos riesgos asociados a la operatividad del contrato. Entre estos encontramos: la posibilidad de que el monto de la inversión no sea el previsto para cumplir el objeto del contrato. También se presenta la extensión del plazo, cuando los contratos se realizan en tiempos distintos a los inicialmente programados por circunstancias no imputables a las partes. Adicionalmente, se presenta por la posibilidad de no obtención del objeto del contrato como consecuencia de la existencia de inadecuados procesos, procedimientos, parámetros, sistemas de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos sin que los mismos sean imputables a las partes.

Dichos riesgos hacen parte del riesgo operacional siempre y cuando no sean obligaciones de las partes y se materialicen durante la ejecución del contrato19. En general no son riesgos operacionales las especificaciones de materiales o servicios incorrectos, fallas en el embalaje,

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manipulación, transporte o descarga del bien suministrado, insuficiencia en los proveedores, perdida o destrucción de los bienes a suministrar, daño, hurto o perdida de materiales o equipos para la ejecución del contrato, obtención o renovación de licencias o permisos, entre otros.

Para reducir la incidencia de este tipo de riesgos, es necesario contar durante la etapa de estructuración de los contratos con los estudios respectivos y adelantar actividades que permitan contar con un adecuado nivel de información sobre las especificaciones de los diferentes objetos contractuales, con el fin de fortalecer el análisis de costos, lo cual reduce los factores de riesgos que inciden sobre el contrato.

4. Riesgos Financieros: Este riesgo tiene dos componentes básicos: el riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones financieras.

El primero se refiere a la dificultad de conseguir los recursos financieros, ya sea en el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato. El segundo hace referencia a los términos financieros de dichos recursos, entre estos encontramos plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones entre otros.

5. Riesgos Regulatorios: Son los posibles cambios regulatorios reglamentarios que siendo previsibles, afecten el equilibrio contractual. Por ejemplo, cambios en las tarifas, mercados regulados, cambios en los regímenes especiales (regalías, pensional), designación de zonas francas, planes de ordenamiento territorial, expedición de normas de carácter técnico o de calidad, entre otros.

6. Riesgos de la Naturaleza: Son los eventos causados por la naturaleza sin la intervención o voluntad del hombre, que aunque pueden ser previsibles por su frecuencia o diagnóstico están fuera del control de las partes. Para la determinación de su existencia y/o previsibilidad, se podrá acudir a las autoridades públicas o entidades competentes en la recopilación de datos estadísticos o fuentes oficiales (INSTITUTO AGUSTIN CODAZZI, INGEOMINAS, IDEAM, etc.)

Para el ejercicio de tipificación, éstos se refieren a los hechos de la naturaleza que puedan tener un impacto sobre la ejecución del contrato, por ejemplo los temblores, inundaciones, lluvias, sequias, entre otros, siempre y cuando los mismos puedan preverse.

7. Riesgos Ambientales: Se refiere a las obligaciones que emanan de las licencias ambientales, de los planes de manejo ambiental, de las condiciones ambientales o ecológicas exigidas y de la evolución de las tasas retributivas y de uso del agua. Por ejemplo, cuando durante la ejecución del contrato se configuren pasivos ambientales causados por mala gestión de la licencia ambiental y/o el plan de manejo ambiental o el costo de las obligaciones ambientales resulte superior al estimado no siendo imputables a las partes.

8. Riesgos Tecnológicos: Se refiere a eventuales fallos en las telecomunicaciones, suspensión de servicios públicos, advenimiento de nuevos desarrollos tecnológicos o estándares que deben ser tenidos en cuenta para la ejecución del contrato así como la obsolescencia tecnológica.

Una vez hecha la clasificación por tipo de riesgo se recomienda hacer una definición concreta de cada uno de los riesgos que se incluyan, conforme al lenguaje común de los mismos”

EN CUANTO A LA ASIGNACIÓN DE RIESGOS EL DOCUMENTO RECOMIENDA LA SIGUIENTE ASIGNACIÓN:

1. Riesgos Económicos: Se recomienda que por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente y con las condiciones necesarias para llevar a cabo el objeto contractual, el riesgo se traslade al contratista en atención a su experticia en el manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos económicos. Desde luego, ello no podrá hacerse en relación con riesgos que el mismo no pueda controlar, como condiciones macroeconómicas no

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previsibles, las cuales por ser imprevisibles escaparían de la órbita de aplicación del artículo 4 de la Ley 1150 de 2007.

2. Riesgos Sociales o Políticos: Se recomienda que por regla general el riesgo previsible de esta naturaleza lo asuma la entidad contratante que en atención a su condición, se presume que cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva del mismo. De manera excepcional se puede trasladar el riesgo cuando por ejemplo, existan mecanismos de cobertura en el mercado.

3. Riesgo Operacional: Por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente, los riesgos operacionales se transfieren al contratista, en la medida en que cuenta con mayor experiencia y conocimiento de las variables que determinan el valor de la inversión y tendrá a su cargo las actividades propias del contrato. En aquellos contratos donde se presente un alto componente de complejidad técnica, las entidades estatales pueden considerar la posibilidad de utilizar como mecanismo de mitigación el Otorgamiento de garantías parciales para cubrir eventuales sobrecostos asociados a la complejidad identificada.

4. Riesgos Financieros: Se recomienda que el riesgo se traslade al contratista por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente. En atención a su experticia en la consecución y estructuración de los recursos necesarios, se presume que cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos financieros.

5. Riesgos Regulatorios: Se recomienda que por regla general, el riesgo lo asuma la parte que cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos regulatorios por su naturaleza y en virtud de las normas propias de cada regulación.

6. Riesgos de la naturaleza: Siempre y cuando existan formas de mitigación al alcance del contratista, los riesgos de la naturaleza deben ser trasladados al mismo.

7. Riesgo Ambiental: La asignación del riesgo ambiental depende de la especificidad de cada proceso, por ejemplo: Cuando se cuente con licencia ambiental debidamente ejecutoriada y/o plan de manejo ambiental, antes del cierre de la licitación, el contratista asumirá los costos implícitos en el cumplimiento de las obligaciones definidas en dicha licencia y/o plan de manejo ambiental.

Cuando se cuente con licencia ambiental debidamente ejecutoriada antes del cierre de la licitación y ésta sea modificada por solicitud del contratista, él asumirá los costos que implique esta modificación.

El riesgo de que, durante la ejecución, la operación y el mantenimiento de las obras, se configuren pasivos ambientales causados por el incumplimiento o la mala gestión de la licencia ambiental y/o el plan de manejo ambiental será asumido por el contratista.

Cuando no se cuente con licencia ambiental debidamente ejecutoriada y/o plan de manejo ambiental, antes del cierre de la licitación, los costos por obligaciones ambientales se deberán estimar y prever en los contratos acorde con la naturaleza y magnitud del objeto contractual. En estos casos la entidad estatal podrá asumir el riesgo de que los costos por obligaciones ambientales resulten superiores a lo estimado.

Cuando por la naturaleza del proyecto no se requiera licencia ambiental, los costos para realizar un adecuado manejo ambiental se deben estimar y prever en los contratos acorde con la naturaleza y magnitud del proyecto. En estos casos, la entidad estatal podrá asumir el riesgo por los costos de las obligaciones adicionales resultantes de la exigencia de un plan de manejo posterior al cierre de la licitación, sólo cuando la exigencia no surja del mal manejo ambiental del proyecto.

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8. Riesgo Tecnológico: Se recomienda que por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente, el riesgo se traslade al contratista que en atención a su experticia en el objeto contractual y los estándares tecnológicos, cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos tecnológicos.”

ANÁLISIS CUALITATIVO DE RIESGOS CON SU PROBABILIDAD E IMPACTO.

Riesgo y etapa Clase Categoría e impacto

Fuente Asignación Calificación final

Fluctuación de precios (etapa contractual)

General Probable/Mayor Externo LA ENTIDAD Riesgo Alto

Desabastecimiento de producto (etapa contractual)

General Posible / Mayor Externo El contratista Riesgo Alto

Riesgos sociales o políticos (contractual y pos contractual)

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Riesgos operacionales (contractual)

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Riesgos financieros (etapa contractual)

General Probable / Moderado

Interno El contratista Riesgo medio

Riesgos Regulatorios (contractuales y post contractuales)

General Probable / Moderado

Externo El contratista Riesgo medio

Riesgos de la Naturaleza (contractual)

General Probable / Mayor Externo El contratista Riesgo alto

Riesgo tecnológico (contractual)

General Posible /Moderado Interno El contratista Riesgo medio

TIPIFICACIÓN ESTIMACIÓNTIPO DE RIESGOS Y FUENTE

CATEGORIA E IMPACTO ASIGNACIÓN

Calificación Definitiva

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Uso o recolección de información errada (pre contractual y contractual)

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Riesgo medio

Estimación inadecuada de los costos ( pre contractual) 5% General e

internoPosible /Moderado Contratista Riesgo

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20%General e interno

Posible / MayorContratista

Riesgo alto

Uso indebido de información (Contractual) 10% General e

internoPosible /Moderado Contratista Riesgo

medio

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (contractual)

5%

General e interno

Probable /Moderado

Contratista, quien debe cubrir el riesgo conforme a las normas que regulan el sistema ARP

Riesgo medio

Falta de calidad en el servicio prestado (post contractual y contractual)

10% General e interno

Posible / Moderado

El Supervisor del contrato debe vigilar su ejecución, so pena

Riesgo medio

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de no certificarlaEVENTOS DERIVADOS DE CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS O LEGALESFinanciamiento del contrato (contractual) 100% General e

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Incremento en impuestos que afectan a todos los contribuyentes y a todas las actividades (contractual)

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General e interno

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Contratista , a quien la entidad podrá llevar a un punto de no pérdida, siempre y cuando acredite que el incremento es de tal magnitud que le ha conducido a pérdida.

Riesgo medio

Incremento en impuestos que afectan la actividad del contratante, siendo tal actividad objeto del contrato (contractual)

5%

General y externo

Posible /Moderado

Contratista, a quien la entidad podrá llevar a un punto de no pérdida, siempre y cuando acredite que el incremento es de tal magnitud que le ha conducido a pérdida.

Riesgo medio

Del anterior análisis la entidad manejara en este proceso contractual la siguiente MATRIZ DE RIESGOS según la Guía que para su elaboración implementó Colombia compra Eficiente.

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xx

3.16. LAS GARANTIAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL COMTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

Con el fin de minimizar los riesgos de la futura contratación, la entidad mediante el funcionario que sea asignado para supervisar el respectivo contrato, realizará un estricto control de los productos (cantidades y tiempo de entrega) velando porque se cumpla con el servicio pactado en las cláusulas contractuales.

Una vez analizadas las obligaciones surgidas del contrato a suscribirse, es necesario que el CONTRATISTA constituya a favor de El Concejo Municipal de Bucaramanga, las siguientes garantías, las cuales ampararán las obligaciones pre-contractuales, contractuales y postcontractuales.

3.16.1. Garantía de Seriedad de la Oferta: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial para la presente Licitación Pública. La garantía de seriedad de la oferta deberá tener una vigencia desde la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía única.

3.16.2. Garantía de Cumplimiento: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.

3.16.3 Garantía de Calidad del Servicio: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.

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3.16.4. Garantía de Calidad de los Bienes: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y Doce (12) meses más.

3.16.5. Pago de salarios, prestaciones legales e indemnizaciones laborales: Esta garantía deberá ser constituida con una vigencia igual al plazo del contrato y tres años más, por una cuantía igual al 10% del valor del contrato.

3.16. SUJECION A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALESEl pago de las sumas de dinero a que El Concejo Municipal de Bucaramanga, queda obligada en virtud del contrato que celebre, se subordinará a las apropiaciones que de las mismas se hagan en el respectivo presupuesto y al programa anual mensualizado de caja PAC.

3.17. CONTROVERSIAS CONTRACTUALESCualquier controversia o diferencia derivada de la celebración, ejecución, desarrollo y terminación del contrato, se solucionara acudiendo a la conciliación prejudicial o extrajudicial, antes de iniciar cualquier acción judicial.

3.18. SUBCONTRATACIONEl contratista necesitará aprobación previa escrita de El Concejo Municipal de Bucaramanga para subcontratar. El valor total de los subcontratos no podrá exceder el cuarenta por ciento (40%) del valor total del contrato.

El contratista será en todo caso, responsable de los errores y omisiones de los subcontratistas, quienes carecerán de toda acción y derecho contra El Concejo Municipal de Bucaramanga.

3.19. APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALESEl Contratista para la celebración y ejecución del contrato debe permanecer al día con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF).

3.20. PRORROGA DEL PLAZOSi las circunstancias de fuerza mayor y/o caso fortuito de cualquier naturaleza que se produzcan, resultan ser tales que con justicia dan derecho al contratista a una prórroga del plazo, para el cumplimiento del contrato, el supervisor y/o interventor deberá determinar la extensión de dicha prórroga, siempre que el contratista dentro de los diez (10) días calendario anteriores al vencimiento del contrato le haya entregado los datos completos y pormenorizados de toda demanda de prórroga del plazo que considere tener derecho, con el objeto que su demanda pueda ser investigada y resuelta.

El contratista deberá demostrar la situación de fuerza mayor o caso fortuito, caso en el cual tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no indemnización alguna ni a variación de las condiciones iniciales. Lo anterior no exonera al contratista de su obligación de constituir y mantener vigentes los seguros y garantías que correspondan según lo estipulado en el pliego de condiciones y será responsable de los daños que sufra El Concejo Municipal de Bucaramanga por no haberlos constituido o mantenido vigentes.

Una vez cese las causales de fuerza mayor o caso fortuito el contratista deberá comunicar esta situación inmediatamente a El Concejo Municipal de Bucaramanga y continuar la ejecución del contrato presentando la reprogramación del mismo, donde se trate de recuperar el mayor tiempo posible.

3.21 SUSPENSION TEMPORALPor circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito anteriormente descritos, se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato. La suspensión se hará de común acuerdo entre las partes, mediante la suscripción de un acta donde conste el evento que la ocasione. Cuando

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fuera el contratista el interesado en la suspensión, este deberá haberla solicitado por escrito y obtenido el concepto favorable del supervisor, condición necesaria para que El Concejo Municipal de Bucaramanga pueda considerar la solicitud de suspensión. El contratista deberá mantener vigentes las garantías correspondientes.

3.22 PERFECCIONAMIENTO Y PAGO DE GRAVAMENESEl Valor del contrato incluye todos los costos directos e indirectos como impuestos, estampillas, gastos de legalización, mano de obra entre otros y demás en que incurra el contratista para la ejecución del contrato.

Costos Institucionales Estampillas de Legalización

ESTAMPILLA BASE GRAVABLE PORCENTAJEPROCULTURA MUNICIPAL CONTRATOS SUPERIORES A 15

SMLV2%

Estampillas y Deducciones en el Momento de Pago

ESTAMPILLA BASE GRAVABLE PORCENTAJERETENCION EN LA FUENTE AplicaPROHOSPITAL DPTAL TODO CONTRATO 2%PRODESARROLLO DEPARTAMENTAL

TODO CONTRATO 2%

PROUIS TODO CONTRATO A EXCEPCION DE LOS INFERIORES DE $1.768.500

2%

ORDENANZA 012/05 BASE ESTAMPILLAS DEPARTAMENTALES

10% DEL VALOR DE ESTAMPILLAS DEPARAMENTALES

CAJA DE PREVISION SOCIAL MUNICIPAL

TOTAL PAGO 5 X 1000

INDUSTRIA Y CIO CONTRATOS A PARTIR DE 15 SMLV

5 X 1000

PRODOTACION MUNICIPAL CONTRATOS A PARTIR DE 30 SMLV

2%

ESTAMPILLA OBRA PUBLICA SE DESCUENTA A TODOS LOS CONTRATOS DE OBRA

5%

3.3. REQUISITOS DE EJECUCIÓNEn desarrollo de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, para la ejecución del contrato se requerirá de la aprobación de la garantía y del registro presupuestal correspondiente. Para efectos de la GARANTÍA UNICA, el adjudicatario deberá presentarla a El Concejo Municipal de Bucaramanga, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquel en que se perfeccione.

3.4. DOMICILIOPara todos los efectos legales del contrato que llegar a celebrarse, se establece como domicilio principal la ciudad de Bucaramanga.

CAPITULO 4DOCUMENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACION

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4.1 CRITERIO DE EVALUACION – PRECIO-CALIDAD-ESPECIFICACIONES TECNICASLa oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, resulte ser la más ventajosa para la Entidad.

4.2. FACTORES DE SELECCIÓN DE LA OFERTA MÁS FAVORABLE.De conformidad con el artículo 26 del Decreto 1082 de 2015, La Entidad Estatal determinará la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN:

La oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, resulte ser la de menor precio para la Entidad. Para tal efecto y de conformidad con el decreto 1082 de 2015, el ofrecimiento más favorable se determina de la aplicación de la ponderación de los elementos de precio, técnicos y calidad, soportados en puntajes que se señalan de la siguiente manera:

REQUISITOS HABILITANTES PUNTAJEVERIFICACION DE REQUISITOS LEGALES HABILITADO / NO HABILITADOVERIFICACION DE REQUISITOS FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES HABILITADO / NO HABILITADO

EXPERIENCIA HABILITADO / NO HABILITADOEVALUACION ECONOMICA XX

EVALUACION TECNICA XX SOPORTE TECNICO Y GARANTIA. XXESPECIFICACIONES TECNICAS XX

PUNTAJE TOTAL ASIGNADO XXX Puntos

En tal sentido, la capacidad jurídica, la capacidad financiera, y la experiencia, de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje; de igual manera la entidad evaluará el aspecto económico y técnico de cada una de las propuestas y asignará el puntaje obtenido para cada una de ellas.

En los procesos de selección por licitación, de selección abreviada para la contratación de menor cuantía, y para los demás que se realicen aplicando este último procedimiento, la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas: a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones; b) La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio para la entidad, para lo cual el pliego de condiciones establecerá:

I. Las condiciones técnicas y económicas mínimas de la oferta.

II. Las condiciones técnicas adicionales que para la entidad representen ventajas de calidad o de funcionamiento. Dichas condiciones podrán consistir en aspectos tales como el uso de tecnología o materiales que generen mayor eficiencia, rendimiento o duración del bien, obra o servicio.

III. Las condiciones económicas adicionales que para la entidad representen ventajas cuantificables en términos monetarios, como por ejemplo la forma de pago, descuentos por adjudicación de varios lotes, descuentos por variaciones en programas de entregas, valor o existencia del anticipo, mayor garantía del bien o servicio respecto de la mínima requerida, impacto económico sobre las condiciones preexistentes en la entidad directamente relacionadas con el objeto a contratar,

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mayor asunción de riesgos previsibles identificados, servicios o bienes adicionales a los presupuestados por la entidad y que representen un mayor grado de satisfacción para la entidad, entre otras.

IV. El valor en dinero que la entidad estatal asigna a cada ofrecimiento técnico o económico adicional, para permitir la ponderación de las ofertas presentadas.

Para efectos de comparación de las ofertas la entidad calculará la relación costo beneficio de cada una de ellas, restando del precio total ofrecido los valores monetarios de cada una de las condiciones técnicas y económicas adicionales ofrecidas, obtenidos conforme con lo señalado en el presente artículo. La mejor relación costo-beneficio para la entidad estará representada por aquella oferta que, aplicada la metodología anterior, obtenga la cifra más baja.

La adjudicación recaerá en el proponente que haya presentado la oferta con la mejor relación costo-beneficio. El contrato se suscribirá por el precio total ofrecido.

Decreto 1082 de 2015 Ofrecimiento más favorable a la entidad. El ofrecimiento más favorable para la entidad a que se refiere el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, se determinará de la siguiente manera:

(…) Parágrafo 2°. Para la evaluación de las propuestas o de las manifestaciones de interés en procesos de selección por licitación, selección abreviada, concurso de méritos o mínima cuantía, la entidad designará un comité asesor, que deberá realizar dicha labor de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en el pliego de condiciones o en la invitación pública, según el caso.

La verificación y la evaluación de las ofertas para la mínima cuantía será adelantada por quien sea designado por el ordenador del gasto sin que se requiera de pluralidad.

El comité evaluador, el cual estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales, recomendará a quien corresponda el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada. El carácter asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada. En el evento en el cual la entidad no acoja la recomendación efectuada por el comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo con el que culmine el proceso.

Artículo 28 Oferta con valor artificialmente bajo. Si de acuerdo con la información obtenida por la entidad en su deber de análisis de que trata el artículo 15 del presente decreto, el valor de una oferta parece artificialmente bajo, la Entidad Estatal deberá requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador deberá recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en el proceso de evaluación de ofertas explicando sus razones.

Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato a dicho proponente.

CAPITULO 5LICICTACIÓN PÚBLICA

5.1 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

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La oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta el factor económico resulte ser la más ventajosa para la Entidad. Para tal efecto y de conformidad con el decreto 1082 de 2015, el ofrecimiento más favorable se determina de la aplicación de la ponderación de los elementos de precio y factores de calidad, soportados en puntajes o formular que se señalan de la siguiente manera:

CRITERIOS CALIFICABLESUna vez verificados y cumplidos los Criterios Habilitantes, se procederá a calificar las propuestas de acuerdo a Los siguientes criterios.

REQUISITOS HABILITANTES PUNTAJEVERIFICACION DE REQUISITOS LEGALES HABILITADO / NO HABILITADOVERIFICACION DE REQUISITOS FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES HABILITADO / NO HABILITADO

EXPERIENCIA HABILITADO / NO HABILITADOEVALUACION ECONOMICA XX

EVALUACION TECNICA XX SOPORTE TECNICO Y GARANTIA. XXESPECIFICACIONES TECNICAS XX

PUNTAJE TOTAL ASIGNADO XXX Puntos

Las propuestas calificadas serán ordenadas de mayor a menor, de acuerdo con el puntaje obtenido en el proceso de calificación.

c) PROPUESTA ECONÓMICA: XX PUNTOS

Para la evaluación de este concepto se asignará un puntaje máximo de 40 PUNTOS.

Dicho puntaje se asignará de la siguiente manera:

Puntaje= menor valor propuesta x XX (máximo puntaje asignado)Valor propuesta que se evalúa

Para mayor claridad los proponentes deberán presentar un cuadro en el que se especifiquen los valores unitarios de los ítems ofertados.

d) ASPECTOS TÉCNICOS: XXPUNTOS

b.1) Soporte Técnico y Garantía. (XXPUNTOS)

La garantía se dará respecto de la respuesta que ofrezca el oferente en el recambio de los equipos, elementos y materiales suministrados mediante certificación del FABRICANTE que lo acredite como distribuidor autorizado, representante comercial o canal integrador autorizado, en donde se obliga para con EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA de la siguiente forma:

De manera inmediata (menor a 1 hora)………………….XX puntos Dentro de las 24 horas……………………………….……XX puntos En las siguientes 36 horas…………………………..……. X puntos

El proponente que no ofrezca esta garantía, no obtendrá puntaje en este factor específico de calificación.b.2) Especificaciones Técnicas (XXPUNTOS)

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO CONTRACTUAL: Contratar la compra-

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5.5 LICITACIÓN PÚBLICA DESIERTA El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga declarará desierta la Licitación Pública en el evento en que no se presente ningún proponente, o ninguna oferta se ajuste al Pliego de Condiciones o, en general, cuando existan motivos que impidan la selección objetiva del Contratista, mediante acto motivado.

5.6 FUERZA MAYOR El Contratista quedará exento de toda responsabilidad por dilación u omisión en el cumplimiento de las obligaciones contractuales cuando dichos eventos ocurran por causa constitutiva de fuerza mayor, debidamente comprobada, por fuera del control del Contratista y que no implique falta o negligencia de éste o de su personal. Para efectos del contrato, solamente se considerarán como causas constitutivas de fuerza mayor las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación colombiana. En el caso de fuerza mayor que afecte el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, el Contratista tendrá derecho únicamente a la ampliación del plazo contractual pero no a indemnización alguna de la entidad de El Concejo Municipal de Bucaramanga. Los inconvenientes de fuerza mayor deberán informarse a la entidad de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga por el medio más rápido posible, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que hayan iniciado o se hayan presentado; dentro de los diez (10) días calendarios siguientes el Contratista suministrará a la entidad de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que la Administración puedan requerir. Las suspensiones debidas a demoras en la adquisición de los equipos o daños en los mismos, a circunstancias de ocurrencia común de estos trabajos de la misma naturaleza de las contempladas en este contrato, a huelgas de su personal de trabajadores resultantes de convenios laborales, a la falta de cooperación del Contratista para resolver peticiones justas de sus trabajadores o cualquier otra suspensión que ordene el supervisor o interventor por razones técnicas o de seguridad, no se consideran como fuerza mayor y no darán lugar a indemnización ni a ampliación en el plazo estipulado.

5.7 INDEMNIDADEl contratista se obliga a mantener indemne a El Concejo Municipal de Bucaramanga de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.

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ANEXO No. 1

I. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Ciudad y Fecha

Señores EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA Bucaramanga

Referencia: Licitación Pública No.L0XX-20XX

Estimados Señores: El(los) suscrito(s) obrando en nombre propio y/o en representación de ________________ _______________________ofrece(n) prestar el ________________para la Entidad de acuerdo con el Pliego de Condiciones, los precios unitarios fijos consignados en el formulario de precios de esta propuesta y los demás documentos que la integran. El(los) suscrito(s) se compromete(n) en caso de resultar favorecido(s) con la adjudicación del contrato a firmarlo y presentar todos los documentos correspondientes para su legalización dentro de los tres (3) días siguientes a la firma del documento. El(los) suscrito(s) declara(n):

1) Que está(n) inscrito(s) en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio. 2) Que no he presentado propuesta diferente a la presente para el presente proceso, como

persona natural, integrante de persona jurídica, unión temporal o consorcio.3) Que conoce(n) las especificaciones y demás pliegos de la Licitación Pública No.________,

que acepta(n) todos los requisitos en ellos exigidos y en caso de adjudicación se somete(n) a las reglamentaciones vigentes en la Entidad para este tipo de contratación.

4) Que acepta(n) las cantidades de contenidas en el formulario de cantidades y precios adjunto.5) Que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad de las

señaladas en el artículo 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007.

6) Que acepta(n) y ha(n) tenido en cuenta el contenido de todas las adendas al Pliego de Condiciones. (en caso de existir).

7) En cuanto al plazo de validez de la propuesta acepto el estipulado en el pliego de condiciones.

8) Que para la ejecución del contrato acepto el plazo establecido en el pliego de condiciones. 9) La información para recibir notificaciones es la siguiente :

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE: _____________________NIT : __________________________________________REPRESENTANTE LEGAL: (PARA PERSONA JURÍDICA) _______________No. CEDULA : __________________________________________DIRECCIÓN : __________________________________________TELÉFONO : __________________________________________FAX : __________________________________________CIUDAD : __________________________________________E-MAIL : __________________________________________

Atentamente,

_________________________________________(Nombre del Proponente o Representante Legal)(Cédula de Ciudadanía o N I T)

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ANEXO No. 2ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS

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ANEXO No. 3MODELO DE DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIO

BUCARAMANGA

SeñoresEL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGABucaramanga

REFERENCIA: Licitación Pública No. _______

Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _________________________ (nombre o razón social del integrante) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO, para participar en la Selección de la referencia cuyo objeto es ____________________________, y por lo tanto, expresamos lo siguiente:

a) La duración de este Consorcio será igual al término de duración del contrato y un año más.b) El Consorcio está integrado por:

NOMBRE PARTICIPACIÓN(%) (1)

_________________________ ___________________(1) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los

miembros, debe ser igual al 100%.

c) La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.d) El representante del Consorcio es ____________________________ (indicar el nombre),

identificado con C. C. No. ______________ de ____________________, quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación, firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto a la ejecución y liquidación del contrato con amplias y suficientes facultades.

e) La sede del Consorcio es:

Dirección ___________________________________________Teléfono ___________________________________________Telefax ___________________________________________Ciudad ___________________________________________

f) Los integrantes nos comprometemos a no ceder la participación en el Consorcio ni a los demás participantes, ni a terceros, sin autorización previa de El CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA.

En constancia, se firma en ______________, a los ____ días del mes de _____ de 20__.

______________________________________________(Nombre y firma del Representante LegalDe cada uno de los integrantes)

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______________________________________________(Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio)

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ANEXO No. 4MODELO DE DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES

BUCARAMANGA

SeñoresEL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGABucaramanga

REFERENCIA: Licitación No. _______

Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de ______________________ (nombre o razón social del integrante) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL para participar en la Selección de la referencia, cuyo objeto es _________________________________________, y por lo tanto, expresamos lo siguiente:

a) La duración de la Unión Temporal será igual al término de duración del contrato y un año más.

b) La Unión Temporal está integrada por:

NOMBRE TÉRMINOS Y EXTENSIÓN DE COMPROMISO EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATO 1

PARTICIPACIÓN % 2

(1) Discriminar en función de los ítems establecidos en el presupuesto oficial, para cada uno de los integrantes.

(2) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de compromiso de los miembros, debe ser igual al 100%.

c) La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria.d) El representante de la Unión Temporal es ____________________ (indicar el nombre), identificado

con la cédula de ciudadanía No. ____________, de ___________, quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto a la ejecución y liquidación del mismo, con amplias y suficientes facultades.

e) La sede de la Unión Temporal es:Dirección ___________________________________________Teléfono ___________________________________________Telefax ___________________________________________Ciudad ___________________________________________

f) Los integrantes nos comprometemos a no ceder la participación en la unión temporal ni a los demás participantes, ni a terceros, sin autorización previa de EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARMANGA.

En constancia, se firma en _______________, a los ____ días del mes de _____ 20__.

____________________________________________(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

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______________________________________________(Nombre y firma del Representante Legal de la Unión Temporal)

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ANEXO No. 5PAZ Y SALVO DE APORTES DE PARAFISCALES

BUCARAMANGA

SeñoresEL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGABucaramanga

REFERENCIA: Selección No. _______

El Suscrito_____________________, c.c. __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizado para actuar en nombre y representación de ______________________ (nombre o razón social), identificada con Nit o c.c. ___________________________, manifiesto por este documento, que en concordancia con lo exigido en el Art. 50 de la Ley 789 de 2002 y demás normas vigentes sobre la materia, estamos cumpliendo con el pago de los aportes mensuales de nuestros empleados por concepto de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a la caja de compensación familiar, instituto colombiano de bienestar familiar y servicio nacional de aprendizaje SENA.

______________________________________________(Nombre del Proponente o Representante Legal)(Cédula de Ciudadanía o N I T)

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ANEXO No. 6COSTOS INDIRECTOS (FORMATO MODELO)

SeñoresEL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGABucaramanga

REFERENCIA: Licitación No. _______

El Suscrito_____________________, c.c. __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizado para actuar en nombre y representación de ______________________ (nombre o razón social), identificada con Nit o c.c. ___________________________, manifiesto por este documento, que he tenido en cuenta como costos indirectos, todos los costos administrativos, financieros, legales a que haya lugar. Igualmente los costos de legalización del contrato, impuestos, tasa o contribuciones legales en que incurre; como también los costos de la utilidad e imprevistos.

Para el suscrito oferente _________________, es claro y de mí responsabilidad absoluta la elaboración del análisis y realización de estos costos indirectos, por lo que dejo constancia que cualquier omisión a alguno de ellos la EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA, no los reconocerá.

_____________________________________________(Nombre del Proponente o Representante Legal)(Cédula de Ciudadanía o N I T)

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ANEXO No. 7RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA

Licitación Pública No. : _____________________________________Objeto : _____________________________________Proponente : _____________________________________

EXPERIENCIA GENERAL

No

Objeto del Contrato

Entidad Contratante

Nombre del Contratista

Valor del Contrato en Moneda Local

Fecha de Inicio

Fecha de Finalización

% de Participación *

*: Cuando el contrato relacionado se ejecutó en Consorcio o Unión temporal

Se adjuntan los documentos que acreditan la experiencia relacionada de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Condiciones

______________________________________________(Nombre del Proponente o Representante Legal)(Cédula de Ciudadanía o N I T)

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FORMATO 1OFERTA ECONOMICA

ESTE FORMATO CONSTITUYE LA OFERTA ECONOMICA DEL PROPONENTE, LA CUAL SE ABRIRÁ EL DÍA DEL CIERRE DE LA PRESENTE LA SELECCIÓN, ESTA DEBE SER PRESENTADA EN SOBRE DIFERENTE AL QUE DEBE CONTENER LOS REQUISITOS HABILITANTES.

Licitación Pública No. L007-2013.

RESUMEN ECONOMICO DE LA PROPUESTA INICIAL

DESCRIPCION CANTIDAD VALOR UNITARIO

IVA VALOR TOTAL

VALOR DE LA OFERTA INCLUIDO IVA $

NOTA: No se aceptan propuestas parciales. El oferente debe cotizar la totalidad de los bienes solicitados

________________________________________

Firma del Proponente o del Representante Legal

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MINUTA DEL CONTRATO

CONTRATISTA:NUMERO CONTRATO:FECHA:

Entre los suscritos XXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con Cédula de Ciudadanía Número XXXXXXXX expedida en XXXXXXXXXXX, obrando en nombre y representación de El Concejo Municipal de Bucaramanga, en su condición de Director General , y quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONCEJO y por otra parte...................................................................., con registro No. ----------------- de la Cámara de Comercio de------------- y con NIT---------------, representada legalmente por-------------------------------------, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. ................... expedida en --------------,quien obra en su calidad de Representante Legal y quien en adelante se llamará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato, con fundamento en el proceso adelantado por El Concejo Municipal de Bucaramanga, el cual queda contenido en las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO: El contratista se obliga para con el Concejo a: COMPRA-VENTA DE EQUIPOS PARA CONTINUAR Y FINALIZAR CON LA TERCERA ETAPA DE MODERNIZACIÓN DE LAS 3 LÍNEAS DE REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES DEL CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR EL CUAL REQUIERE CONTRATAR LA MODERNIZACIÓN DE LA LÍNEA MIXTA (LIVIANOS Y PESADOS) Y LÍNEA DE LIVIANOS QUE COMPRENDE; DOS (2) TAXIMETROS, UN (1) ALINEADOR AL PASO LIVIANO, UN (1) BANCO DE SUSPENSIONES LIVIANO, UN (1) FRENÓMETRO PARA VEHICULOS LIVIANOS (QUE INCLUYA REVISIÓN DE VEHICULOS LIVIANOS, MOTO-CARROS, CUATRIMOTOS, TRICI-MOTOS), INSTALACIÓN, OBRA CIVIL, LICENCIAS DE SOFTWARE PARA LA CONVERSIÓN ELECTRÓNICA, CAPACITACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS, DE CONFORMIDAD CON LAS CARACTERÍSTICAS, REFERENCIAS Y LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESCRITAS EN EL PLIEGO, De conformidad con el pliego de condiciones y la propuesta anexa. CLAUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES DELA CONCEJO: 1. Efectuar oportunamente los pagos estipulados a favor del contratista. CLAUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Son obligaciones del contratista, además del objeto del contrato señalado en la Cláusula primera y especificaciones técnicas descriptas en el pliego de condiciones las siguientes: Obligaciones Generales: a) Cumplir con los deberes establecidos en el artículo 5 de la ley 80 de 1.993, en consecuencia deberán: a) Colaborar con la Entidad en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; b) Acatar las directrices que durante el desarrollo del contrato le imparta la Entidad; c) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales; d) Garantizar la calidad de los bienes contratados y responder por ellos; e) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Suscribir el contrato y cumplir con los requisitos de legalización, en la oportunidad establecida para el efecto. b) Cumplir con las normas sobre seguridad social integral (salud, pensiones, riesgos profesionales), así como, parafiscales (ICBF, SENA, CAJAS DE COMPENSACION), respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto contractual. c) Cumplir con las normas tributarias, pagando los impuestos y retenciones a que haya lugar de conformidad con el estatuto tributario. d) Cumplir con normas laborales establecidas en el código sustantivo del trabajo respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto contractual. e) Pagar los costos directos e indirectos que impliquen el cumplimiento del objeto contractual, tales como impuestos, retenciones, tasas, gastos de legalización, transporte, etc. En consecuencia, el precio ofertado se entiende que incluye dichos costos. f) Garantizar el contrato, en los riesgos y vigencias establecidas en el contrato y efectuar las modificaciones necesarias dentro de la etapa de ejecución o liquidación. Obligaciones especificas: Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, entregando todos los equipos de inspección, obra civil, instalación, licencias de software para la conversión electrónica, capacitación y puesta en funcionamiento de los siguientes equipos:

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FICHA DE ESPECIFICACIONES TECNICAS A CUMPLIR EN EL SUMINISTRO REQUERIDO POR LA EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE BUCARAMANGA:Los aspectos técnicos que se deben tener en cuenta para el desarrollo del objeto contractual son los siguientes:

B. Suministrar los elementos de excelente calidad, marcas reconocidas en el mercado, las cantidades solicitadas. El supervisor tendrá la potestad de devolver los insumos que no reúnan las especificaciones técnicas solicitadas por la entidad conforme a la ficha técnica y a la propuesta presentada por el contratista. C. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato sean impartidas por parte del supervisor del contrato. D. Cumplir con todas las garantías que amparan el contrato en los términos del mismo. E. Los elementos deben ser entregados en la ciudad de Bucaramanga, sede de El Concejo Municipal de Bucaramanga de Bucaramanga. PARAGRAFO: PAGO DE LOS APORTES A LASEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: Será obligación del contratista en cumplimiento de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral,

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ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD

01

OBRA CIVIL DE ADECUACION DE FOSO DONDE SE VAN A INSTALAR LOS EQUIPOS FRENOMETRO, ALINEADOR AL PASO, BANCO DE SUSPENSIONES PARA LIVIANOS. DEBE INCLUIR RETIRAR LOS EQUIPOS EXISTENTES, ASEGURANDO 100% DE CONEXIONES ELECTRICAS Y DE DATOS.

OBRA CIVIL GLOBAL

02SUMINISTRO E INSTALACION DEL FRENOMETRO SEGÚN REQUERIMIENTO TECNICOS

FRENÓMETRO 1

03SUMINISTRO E INSTALACION DEL BANCO DE SUSPENSIONES SEGÚN REQUERIMIENTO TECNICO

BANCO DE SUSPENSIÓN 1

04SUMINISTRO E INSTALACION DEL ALINEADOR AL PASO SEGÚN REQUERIMIENTOS TECNICOS

ALINEADOR AL PASO 1

05

OBRA CIVIL DE ADECUACION DEL FOSO DONDE SE VA A INSTALAR EL EQUIPO TAXIMETRO, EN LA PISTA MIXTA. DEBE INCLUIR RETIRAR LOS EQUIPOS EXISTENTES EN CASO DE SER REQUERIDO, ASEGURANDO 100% DE CONEXIONES ELECTRICAS Y DE DATOS.

OBRA CIVIL GLOBAL

06

OBRA CIVIL DE ADECUACION DEL FOSO DONDE SE VA A INSTALAR EL EQUIPO TAXIMETRO, EN LA PISTA LIVIANA. DEBE INCLUIR RETIRAR LOS EQUIPOS EXISTENTES EN CASO DE SER REQUERIDO, ASEGURANDO 100% DE CONEXIONES ELECTRICAS Y DE DATOS.

OBRA CIVIL GLOBAL

07SUMINISTRO E INSTALACION DE TAXIMETRO SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS

TAXIMETRO 2

08

SUMINISTRO DE PINTURA EPOXICA DE COLOR AZUL, AMARILLO Y NEGRO PARA APLICAR AL PISO DE LAS PISTAS DE INSPECCIÓN.

TRES PISTAS GLOBAL

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parafiscales (Caja de Compensación Familiar, SENA e ICBF) por lo cual, el incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. Cuando durante la ejecución del contrato o a la fecha de su liquidación se observe la persistencia de este incumplimiento, por cuatro (4) meses, la entidad estatal dará aplicación a la cláusula excepcional de caducidad administrativa. CLAUSULA CUARTA. PLAZO: Treinta (30) Días calendario contado a partir de la expedición del Acta de Inicio. CLAUSULA QUINTA.- VALOR DELCONTRATO: Para efectos legales y fiscales el presente contrato tiene un valor de XXXXXXXXXXXXX PESOS MCTE ($XXXX).PARAGRAFO: El valor del contrato podrá ser modificado de acuerdo a los puntos que se contratan. CLAUSULA SEXTA: FORMA DE PAGO. El valor total del presente contrato es será pagadero a razón del cien por ciento (100%) al entregar a satisfacción el objeto del contrato, previa presentación del informe de actividades, presentación por parte del Contratista de los documentos requeridos, de acuerdo con las obligaciones contractuales y la acreditación del pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando hubiere lugar a ello y certificación de cumplimiento por parte del supervisor. Para cada pago se debe acreditar que el contratista se encuentra al día con el pago de los Aportes al Sistema de seguridad Social Integral y Parafiscales, de conformidad con lo señalado en el Parágrafo1ª del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Para el último pago se requiere además del acta de liquidación final del contrato. PARAGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza al CONCEJO para que de los pagos que realice a su favor, se efectúe el descuento de los siguientes gravámenes para que sean consignados o transferidos al fondo u organismo correspondiente, así: 1) Estampillas Pro-Hospitales por el 2% del valor de las cuentas de cobro sin incluir IVA. 2) Estampilla Pro-Anciano, por el 2% del valor de las cuentas de cobro sin incluir IVA.3) Estampilla Pro-Desarrollo Departamental, por el 2% del valor de las cuentas de cobro sin incluir IVA. 4) Estampillas Pro-Uis por el 2% del valor de las cuentas de cobro sin incluir IVA. 5) Los demás impuestos y gravámenes a que haya lugar. CLAUSULA SEPTIMA. - CLAUSULA SEPTIMA. - GARANTIA UNICA: EL CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor de la concejo, una garantía única que asegure los siguientes riesgos: 1). Garantía de Cumplimiento: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más. 2). Garantía de Calidad del Servicio: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más. 3). Garantía de Calidad de los Bienes: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y Doce (12) meses más. 4). Pago de salarios, prestaciones legales e indemnizaciones laborales: Esta garantía deberá ser constituida con una vigencia igual al plazo del contrato y tres años más, por una cuantía igual al 10% del valor del contrato. CLAUSULA OCTAVA: INHABILIDADADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo juramento que no se encuentra incurso en los casos de inhabilidad e incompatibilidad consagradas en la Constitución Política de Colombia, Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y normas concordantes o reglamentarias, en cualquier disposición del orden Nacional, Departamental o Municipal. CLAUSULA NOVENA: IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El valor del presente contrato será cancelado con recursos de la vigencia fiscal 2014, según certificado de disponibilidad presupuestal No. 01098/2014 de fecha 07 de Octubre de 2014, rubro: CENTRO DE DIAGNOSTICO, expedido por la Tesoreria. CLAUSULA DECIMA: SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato será ejercida por un funcionario que será designado mediante acto administrativo para tal efecto, quien cumplirá sus funciones de acuerdo a lo establecido en la Resolución 397 del 1º de Agosto de 2013 y en especial ejercerá las funciones de supervisor así: 1) Exigir el cumplimiento al contratista del objeto del contrato. 2) Solicitar los informes que requiera en desarrollo del contrato. 3) Las demás que imparta la Dependencia Gestora y que sean necesarias para el desarrollo objeto de este contrato. CLAUSULA DECIMA PRIMERA: RELACIÓN LABORAL: El concejo no adquiere ninguna relación de tipo laboral con el contratista. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- CADUCIDAD: EL CONCEJO podrá declarar la caducidad administrativa del contrato cuando se presente alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie que pueda conducir a su paralización. La forma y procedimiento para su declaratoria y sus efectos se regirán por lo

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dispuesto en el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993. Igualmente procede la declaratoria de caducidad en el evento contemplado por el numeral 5o. del Artículo 5o. de la Ley 80 de 1993 y Decreto 1082 de 2015. CLAUSULA DECIMA TERCERA.- MULTAS. En caso de incumplimiento parcial de las obligaciones a cargo del contratista, El Concejo Municipal de Bucaramanga, tendrá la facultad de imponerle multas diarias y sucesivas por una suma equivalente cada una al 1% (uno por ciento) del valor del contrato, por cada día de incumplimiento de sus obligaciones si a juicio de El Concejo Municipal de Bucaramanga de ello se derivan perjuicios que reciba la EL CONCEJO por incumplimiento. CLAUSULA DECIMA CUARTA.- PENAL PECUNIARIA. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista, habrá lugar al pago de una sanción pecuniaria equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, suma que se tendrá como pago parcial de los perjuicios que sufra El Concejo Municipal de Bucaramanga por el cumplimiento, dando cumplimiento a lo señalado en el Decreto 1082 de 2015. PARAGRAFO: El valor de la cláusula penal será descontado de cualquier saldo que resultare a favor del contratista por razón de este contrato si lo hubiere; en caso contrario se hará efectiva la garantía y si esto no fuere posible, se aplicará lo dispuesto en la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA QUINTA.- PROHIBICIÓN DE CESION: El contratista no podrá ceder los derechos y obligaciones emanados del presente contrato en persona natural o jurídica nacional o extranjera, sin el consentimiento previo y expreso del Concejo pudiendo este reservarse las razones que tenga para nega2r la cesión. CLAUSULA DECIMA SEXTA: LIQUIDACION. El presente contrato deberá efectuarse en la forma establecida en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y los artículos 60 y ss. de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: TERMINACION, MODIFICACION E INTERPRETACION UNILATERALES DEL CONTRATO. El presente contrato se regirá por los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales por parte del Concejo y que están consagrados en los artículos 14 y siguientes de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Cuando surjan diferencias entre las partes con motivo del presente contrato, se acudirá a los mecanismos de solución de controversias contractuales de que trata el capítulo 8o. de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA NOVENA: DOMICILIO: Para todos los efectos de este contrato las partes acuerdan fijar como domicilio la ciudad de Bucaramanga y se entiende celebrado con sujeción a la Ley Colombiana y a la jurisdicción de los Tribunales Colombianos. CLAUSULA VIGESIMA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte del presente contrato los siguientes documentos: estudios y documentos previos, Disponibilidad Presupuestal, propuestas, y demás documentos pertinentes. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se entenderá perfeccionado con la firma de las partes. Una vez firmado, El CONTRATISTA tendrá cinco (5) días hábiles de plazo para la constitución y aprobación de la Garantía Única y acreditar el pago del dos por ciento (2%) del valor del contrato en Estampillas de Previsión Social Municipal y pago del dos por ciento (2%) del valor del contrato en Estampillas de Pro-cultura Municipal, Para la ejecución del contrato se requerirá la aprobación de la garantía y el certificado de Registro Presupuestal expedido por la Tesoreria. CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA: GASTOS. Los gastos que ocasione la legalización del presente contrato, serán a cargo del contratista. Para constancia de lo anterior, firman las partes, a los

POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA POR EL CONTRATISTA

XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX Director General C.C. XXXXXXXXX

Nota: LA PRESENTE MINUTA ES UN DOCUMENTO INDICATIVO Y EN NINGUN CASO OBLIGA A LA ENTIDAD, PUEDE SER OBJETO DE Modificación DE ACUERDO A LAS ADENDAS SI LAS HUBIERE, O POR

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CONDICIONES DE FORMA Y/O POR MODIFICACIONES DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROCESO DE LICITACION PUBLICA

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