Con lic. m 3, 045586 tacuche meza frohy

3
“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático” RESOLUCIÓN GERENCIAL N° -2014-MPHCO- GPDE Huánuco, Visto, la Papeleta de infracción al tránsito Nº 045586 de fecha 09-09-2013, Impuesto a la persona de TACUCHE MEZA, Frohy, cuando estaba bajo su tenencia el Vehículo con placa de Rodaje Nº W1-9565. CONSIDERANDO: Que, mediante Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 045586 de fecha 09-09- 2013, impuesta al señor TACUCHE MEZA, Frohy, Identificado con DNI Nº 47423244 con domicilio: Jr. Abancay Nº 217 zona Cero – Amarilis - Huánuco; se sanciona la falta al Reglamento Nacional de Tránsito, por haber cometido la infracción tipificada con el Código M-3 la misma que se encuentra establecida en el Anexo 1 – Cuadro de tipificación, multas y medidas preventivas aplicables a las infracciones al tránsito terrestre del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado con D.S. N° 016-2009-MTC, modificado con D.S. N° 029-2009-MTC; cuyo detalle es el siguiente: CODIGO INFRACCION CALIFI - CACION SANCION MEDIDA PREVENTIVA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIETARIO M-3 Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional. Muy Grave Multa 50% UIT e inhabilitación para obtener licencia de conducir por un (1) año. NO Que, Conforme es de verse de los actuados el infractor pese al tiempo transcurrido aun no ha pagado la multa correspondiente, por lo que de conformidad al inciso 3.1) del artículo 336º del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito aprobado con D.S. N° 016-2009-MTC, modificado con D.S. N° 029-2009-MTC, la misma que establece que cuando el presunto infractor no ha pagado la multa prevista para la infracción cometida ni ha presentado su descargo ante la unidad orgánica o dependencia de la autoridad competente que corresponda dentro de los (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la papeleta de infracción o resolución de inicio de procedimiento sancionador, la Municipalidad Provincial debe emitirla resolución de sanción, procediendo contra esta la interposición de los recursos administrativos de ley; por lo que siendo esto así, se debe emitir al acto administrativo correspondiente. Estando a los fundamentos jurídicos expuestos precedentemente, a la Resolución Nº 386-2007-MPHCO-A. De fecha 23/05/2007 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; “LA MUY NOBLE Y MUY LEAL CIUDAD DE LEON DE HUANUCO DE LOS CABALLEROS DEL PERU” JR.GENERAL PRADO Nº 750 TELEFAX. 513340 - 513441 - 512014 - 512012

Transcript of Con lic. m 3, 045586 tacuche meza frohy

Page 1: Con lic. m 3, 045586 tacuche meza frohy

“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

RESOLUCIÓN GERENCIAL N° -2014-MPHCO-GPDE

Huánuco,

Visto, la Papeleta de infracción al tránsito Nº 045586 de fecha 09-09-2013, Impuesto a la persona de TACUCHE MEZA, Frohy, cuando estaba bajo su tenencia el Vehículo con placa de Rodaje Nº W1-9565.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 045586 de fecha 09-09-2013, impuesta al señor TACUCHE MEZA, Frohy, Identificado con DNI Nº 47423244 con domicilio: Jr. Abancay Nº 217 zona Cero – Amarilis - Huánuco; se sanciona la falta al Reglamento Nacional de Tránsito, por haber cometido la infracción tipificada con el Código M-3 la misma que se encuentra establecida en el Anexo 1 – Cuadro de tipificación, multas y medidas preventivas aplicables a las infracciones al tránsito terrestre del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado con D.S. N° 016-2009-MTC, modificado con D.S. N° 029-2009-MTC; cuyo detalle es el siguiente:

CODIGO INFRACCIONCALIFI-CACION SANCION

MEDIDA PREVENTIVA

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIETARIO

M-3Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional.

Muy Grave

Multa 50% UIT e inhabilitación para obtener licencia de conducir por un (1) año.

NO

Que, Conforme es de verse de los actuados el infractor pese al tiempo transcurrido aun no ha pagado la multa correspondiente, por lo que de conformidad al inciso 3.1) del artículo 336º del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito aprobado con D.S. N° 016-2009-MTC, modificado con D.S. N° 029-2009-MTC, la misma que establece que cuando el presunto infractor no ha pagado la multa prevista para la infracción cometida ni ha presentado su descargo ante la unidad orgánica o dependencia de la autoridad competente que corresponda dentro de los (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la papeleta de infracción o resolución de inicio de procedimiento sancionador, la Municipalidad Provincial debe emitirla resolución de sanción, procediendo contra esta la interposición de los recursos administrativos de ley; por lo que siendo esto así, se debe emitir al acto administrativo correspondiente.

Estando a los fundamentos jurídicos expuestos precedentemente, a la Resolución Nº 386-2007-MPHCO-A. De fecha 23/05/2007 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- IMPONER sanción de multa administrativa al conductor TACUCHE MEZA, Frohy, Identificado con DNI Nº 47423244 con domicilio: Jr. Abancay Nº 217 zona Cero – Amarilis - Huánuco; por comisión de la siguiente infracción al tránsito:

PIT N° Código Tipo UIT (%) Monto Medida Preventiva

045586 M-3 MG 50 1,825.00

TOTAL ................................... ............ ....................... 1.825.00

SON: UN MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES.-

“LA MUY NOBLE Y MUY LEAL CIUDAD DE LEON DE HUANUCO DE LOS CABALLEROS DEL PERU”

JR.GENERAL PRADO Nº 750 TELEFAX. 513340 - 513441 - 512014 - 512012 UANUCO

Page 2: Con lic. m 3, 045586 tacuche meza frohy

ARTICULO 2°.- DISPONER el pago del monto total de la sanción de multa indicada en el artículo precedente, la misma que asciende a la suma total de UM MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES, bajo apercibimiento de ejecución y embargo, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 26979 y su Reglamento el D.S. N° 069-2003-EF.

ARTICULO 3°.- DISPONER LA INHABILITACION para obtener Licencia de Conducir por el Término de tres (01) años al señor TACUCHE MEZA, Frohy, Identificado con DNI Nº 47423244 con domicilio: Jr. Abancay Nº 217 zona Cero – Amarilis - Huánuco; en merito a los considerandos expuestos.

ARTICULO 4°.- REMITIR todo lo actuado al Área de Infracciones de la Sub Gerencia de Transporte, para el registro y control de las infracciones y sanciones establecidas en la presente resolución.

ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al administrado e interesados la presente resolución administrativa con arreglo a la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; y transcribir a las áreas correspondientes de esta Comuna para su conocimiento y cumplimiento.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

DAHY/GPDEJRFV/SUTEAFH/ARffv

“LA MUY NOBLE Y MUY LEAL CIUDAD DE LEON DE HUANUCO DE LOS CABALLEROS DEL PERU”

JR.GENERAL PRADO Nº 750 TELEFAX. 513340 - 513441 - 512014 - 512012 UANUCO