Con Cambios HRM

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OFICIO ANT.: Su oficio N° 7196/2016, de fecha 5 de Abril del 2016. MAT.: Responde. VALPARAÍSO, DE: MARITZA ROBLEDO FERNÁNDEZ SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES (S) REGIÓN DE VALPARAÍSO A : MARLENE SUSANA MOYA DÍAZ JUEZ (I) DEL JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE VALPARAÍSO Yungay N° 2434, Valparaíso. En atención a su oficio del ANT., informo a Us. que conforme lo dispuesto en la Ley N° 20.378 de 2009 que Crea un Subsidio Nacional para el Transporte P úblico de Pasajeros , la R esoluci ón Exenta N° 3739 de 2011, de esta Secretaría Regional Ministerial que Establece C ondiciones E specíficas de O peración y U tilización de V ías para servicios de transporte público de pasajeros en la zona geográfica del Gran valparaíso , sus posteriores modificaciones, dem ás normativa atingente y de acuerdo al sistema de organización y jerarquía establecido por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, este servicio no es el responsable de realizar las transferencias de los montos realiza el pago de los de subsidios asignados a los diversos operadores del sistema de transporte público de pasajeros de esta región, ni maneja dineros asociados a dichos conceptos. Muy por el contrario, el sistema dicha labor se encuentra radicado a en la Subsecretaría de Transportes y en el nivel central de la División de Transporte Público Regional del Ministerio , desde donde se efectúan las transferencias de dinero quien paga directamente a los beneficiarios del subsdidio a zonas reguladas establecido en el art ículo letra b) de la Ley N° 20.378, ya mencionada . Por lo anterior, es dicha En consecuencia, es menester señalar a Us. que es la Subsecretaría de Transportes el único órgano público la única que puede mandatado legalmente para dar cumplimiento a las retenciones y/o depósitos judiciales requeridos por Us. conforme lo establecido en el Decreto N° 5 del año 2010 del Ministerio de

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OFICIO N°

ANT.: Su oficio N° 7196/2016, de fecha 5 de Abril del 2016.

MAT.: Responde.

VALPARAÍSO,

DE: MARITZA ROBLEDO FERNÁNDEZSECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES (S) REGIÓN DE VALPARAÍSO

A : MARLENE SUSANA MOYA DÍAZJUEZ (I) DEL JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE VALPARAÍSOYungay N° 2434, Valparaíso.

En atención a su oficio del ANT., informo a Us. que conforme lo dispuesto en la Ley N° 20.378 de 2009 que Crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público de Pasajeros, la Resolución Exenta N° 3739 de 2011, de esta Secretaría Regional Ministerial que Establece Condiciones Específicas de Operación y Utilización de Vías para servicios de transporte público de pasajeros en la zona geográfica del Gran valparaíso, sus posteriores modificaciones, demás normativa atingente y de acuerdo al sistema de organización y jerarquía establecido por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, este servicio no es el responsable de realizar las transferencias de los montosrealiza el pago de los de subsidios asignados a los diversos operadores del sistema de transporte público de pasajeros de esta región, ni maneja dineros asociados a dichos conceptos. Muy por el contrario, el sistemadicha labor se encuentra radicadoa en la Subsecretaría de Transportes y en el nivel central de la División de Transporte Público Regional del Ministerio, desde donde se efectúan las transferencias de dinero quien paga directamente a los beneficiarios del subsdidio a zonas reguladas establecido en el artículo 3° letra b) de la Ley N° 20.378, ya mencionada.

Por lo anterior, es dichaEn consecuencia, es menester señalar a Us. que es la Subsecretaría de Transportes el único órgano público la única que puede mandatado legalmente para dar cumplimiento a las retenciones y/o depósitos judiciales requeridos por Us. conforme lo establecido en el Decreto N° 5 del año 2010 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual dipone el Reglamento que establece fórmula de cálculo del monto del subsidio y procedimiento de entrega, en zonas geográficas que indica y en particular el Título IV, artículo 9° de dicha norma.

Debido a ello es que estimamos importante hacer presente a Us. que sus órdenes de retención y/o de depósito recibidas en esta Seremitt son siempre oportunamente puestas en conocimiento de nuestro nivel central para que se pueda dar cumplimiento a ellas, mas en reiteradas oportunidades dicho cumplimiento sufre retardos porque el cálculo y pago de los dineros se hace de manera mensual, cuestiones que son absolutamente ajenas a la voluntad de estea Secretariíao Regional Ministerial.

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Sin otro particular.

MARITZA ROBLEDO FERNÁNDEZSecretaria Regional Ministerial de

Transportes y Telecomunicaciones (S)Región de Valparaíso

MRF/SBCMDistribución:- Sra. Juez (I) Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso- Archivo Profesional c/ant- Oficina de Partes