Comunicado Secc 4ta Suspenden Venta Isagen Dr Bastidas

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COMUNICADO DE PRENSA El Presidente del Consejo de Estado informa que la Sala Unitaria de la Sección Cuarta a cargo del Magistrado Hugo Fernando Bastidas Bárcenas concedió una medida cautelar consistente en la suspensión temporal de la subasta y demás actos relativos con la enajenación de las acciones que la Nación tiene en Isagén S.A. E.S.P. La medida se dictó dentro de tres procesos acumulados en los que se pide la nulidad de los Decretos 1609 de 2013 y 2316 de 2013, decretos que aprobaron el programa de enajenación de acciones que la Nación posee en Isagén. La medida se tomó no propiamente por razones de ilegalidad o inconstitucionalidad sino para evitar posteriores y eventuales daños al interés público en caso de que se adjudicaran las acciones a los inversionistas privados y luego, el Consejo de Estado declarara la nulidad de los actos que autorizaron la venta. El auto en cuestión tiene la siguiente parte resolutiva: 1. ORDÉNASE la suspensión temporal del procedimiento o actuación administrativa que actualmente se surte con ocasión del cumplimiento del Decreto 1609 del 30 de julio de 2013 dictado por el Gobierno Nacional, que aprobó el programa de enajenación de las acciones que la Nación Ministerio de Hacienda y Crédito Público posee en Isagén S.A. E.S.P. 2. En concreto: SUSPÉNDASE la subasta y demás actos programados para el 19 de mayo de 2015 en relación con la enajenación de las acciones que la Nación tiene en Isagén S.A. E.S.P. 3. ORDÉNESE al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público asegurar que se cumpla esta orden judicial mediante las respectivas órdenes administrativas, instrucciones y demás medidas pertinentes para ese cometido. 4. En auto separado, y una vez consultada la agenda de los despachos de los demás magistrados que componen la Sala de decisión, se fijará con prelación y urgencia la primera audiencia de trámite para adelantar el

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  • COMUNICADO DE PRENSA El Presidente del Consejo de Estado informa que la Sala Unitaria de la Seccin Cuarta a cargo del Magistrado Hugo Fernando Bastidas Brcenas concedi una medida cautelar consistente en la suspensin temporal de la subasta y dems actos relativos con la enajenacin de las acciones que la Nacin tiene en Isagn S.A. E.S.P. La medida se dict dentro de tres procesos acumulados en los que se pide la nulidad de los Decretos 1609 de 2013 y 2316 de 2013, decretos que aprobaron el programa de enajenacin de acciones que la Nacin posee en Isagn. La medida se tom no propiamente por razones de ilegalidad o inconstitucionalidad sino para evitar posteriores y eventuales daos al inters pblico en caso de que se adjudicaran las acciones a los inversionistas privados y luego, el Consejo de Estado declarara la nulidad de los actos que autorizaron la venta. El auto en cuestin tiene la siguiente parte resolutiva:

    1. ORDNASE la suspensin temporal del procedimiento o actuacin administrativa que actualmente se surte con ocasin del cumplimiento del Decreto 1609 del 30 de julio de 2013 dictado por el Gobierno Nacional, que aprob el programa de enajenacin de las acciones que la Nacin Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico posee en Isagn S.A. E.S.P. 2. En concreto: SUSPNDASE la subasta y dems actos programados para el 19 de mayo de 2015 en relacin con la enajenacin de las acciones que la Nacin tiene en Isagn S.A. E.S.P. 3. ORDNESE al seor Ministro de Hacienda y Crdito Pblico asegurar que se cumpla esta orden judicial mediante las respectivas rdenes administrativas, instrucciones y dems medidas pertinentes para ese cometido. 4. En auto separado, y una vez consultada la agenda de los despachos de los dems magistrados que componen la Sala de decisin, se fijar con prelacin y urgencia la primera audiencia de trmite para adelantar el

  • procedimiento correspondiente, sin perjuicio de las dems medidas a que haya lugar segn el estado procesal de los expedientes acumulados. 4. COMUNQUESE al seor Presidente de la Repblica, al Seor Ministro de Hacienda y Crdito Pblico y al seor Ministro de Minas y Energa esta orden cautelar urgente y por cualquiera de los medios previstos. 5. Por tratarse de una accin de simple nulidad contra actos de naturaleza reglamentaria y en defensa de intereses pblicos, relvese a la parte actora de prestar caucin.

    Dado en Bogot D.C., a los catorce (14) das del mes de mayo de 2015.