Comunicado firme ocma

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COMUNICADO DE LA JEFATURA SUPREMA DE LA OCMA A LOS SEÑORES PRESIDENTES DE LAS CORTES SUPERIORES DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ. A LOS JEFES DE LAS ODECMAS DE LOS DISTRITOS JUDICIALES DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ. A LOS MAGISTRADOS, AUXILIARES JURISDICCIONALES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL. A LA ASOCIACION NACIONAL DE MAGISTRADOS DEL PERÚ. A LA ASOCIACIÓN DISTRITAL DE MAGISTRADOS DE UCAYALI - PERÚ. La oficina de control de la magistratura ( OCMA) del Poder Judicial es el órgano designado por la ley cuya función esencial - entre otras- consiste en procesar las quejas de hecho y las reclamaciones contra los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales del Poder Judicial ante la existencia de actos disfuncionales que afecten el normal desarrollo de las actividades judiciales; en ese sentido corresponde a la Jefatura Suprema, planificar, organizar, dirigir y evaluar la OCMA conforme el art. 11 inc. 1 del ROF de la OCMA- Resolución Administrativa N° 229- 2012- CE- PJ. Ante la difusión por los medios de comunicación de una serie de denuncias por presuntos actos irregulares cometidos en el Distrito Judicial de Ucayali, resulta pertinente señalar que la OCMA inició las investigaciones correspondientes y dictó las medidas cautelares de suspensión preventiva contra: Ricardo Raúl Castro Belapatiño, Juez Mixto de Yarinacocha,Wenceslao Vladimir Portugal Cerruche, Juez Mixto de Campo Verde y Luis Amilcar Palomino Morales, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Atalaya. Asimismo, se reitera una vez más, que esta Jefatura Suprema de OCMA no ha emitido ninguna resolución de absolución y menos de archivo contra el investigado Wenceslao Vladimir Portugal Cerruche ( mencionado en la publicación del Diario "El Comercio" del 13-01-2013 bajo el titular "Al descubierto 'secuestro' de 316 kilos de oro ilegal intervenidos por Aduanas "); por lo que, ante la difusa información que viene siendo publicitada respecto de los hechos suscitados en el Distrito Judicial de Ucayali, es menester precisar que el magistrado Jonatan Basagoitia Cárdenas no es magistrado integrante de la OCMA, sino de la Odecma - Ucayali ( en adición a sus funciones ) y el encargo que le comisionó la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA se limitó a la obtención de las copias del expediente judicial referidas a la citada publicación y que luego se remitieron a la OCMA; Por lo tanto el magistrado

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COMUNICADO DE LA JEFATURA SUPREMA DE LA OCMA

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COMUNICADO DE LA JEFATURA

SUPREMA DE LA OCMA

A LOS SEÑORES PRESIDENTES DE LAS CORTES SUPERIORES DE LA

REPÚBLICA DEL PERÚ.

A LOS JEFES DE LAS ODECMAS DE LOS DISTRITOS JUDICIALES DE LA

REPÚBLICA DEL PERÚ.

A LOS MAGISTRADOS, AUXILIARES JURISDICCIONALES Y PERSONAL

ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL.

A LA ASOCIACION NACIONAL DE MAGISTRADOS DEL PERÚ.

A LA ASOCIACIÓN DISTRITAL DE MAGISTRADOS DE UCAYALI - PERÚ.

La oficina de control de la magistratura ( OCMA) del Poder Judicial es el

órgano designado por la ley cuya función esencial - entre otras- consiste en

procesar las quejas de hecho y las reclamaciones contra los Magistrados y

auxiliares jurisdiccionales del Poder Judicial ante la existencia de actos

disfuncionales que afecten el normal desarrollo de las actividades judiciales; en

ese sentido corresponde a la Jefatura Suprema, planificar, organizar, dirigir y

evaluar la OCMA conforme el art. 11 inc. 1 del ROF de la OCMA- Resolución

Administrativa N° 229- 2012- CE- PJ.

Ante la difusión por los medios de comunicación de una serie de denuncias

por presuntos actos irregulares cometidos en el Distrito Judicial de Ucayali, resulta

pertinente señalar que la OCMA inició las investigaciones correspondientes y dictó

las medidas cautelares de suspensión preventiva contra: Ricardo Raúl Castro

Belapatiño, Juez Mixto de Yarinacocha,Wenceslao Vladimir Portugal Cerruche,

Juez Mixto de Campo Verde y Luis Amilcar Palomino Morales, Juez del

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Atalaya.

Asimismo, se reitera una vez más, que esta Jefatura Suprema de OCMA

no ha emitido ninguna resolución de absolución y menos de archivo contra

el investigado Wenceslao Vladimir Portugal Cerruche ( mencionado en la

publicación del Diario "El Comercio" del 13-01-2013 bajo el titular "Al descubierto

'secuestro' de 316 kilos de oro ilegal intervenidos por Aduanas"); por lo que, ante

la difusa información que viene siendo publicitada respecto de los hechos

suscitados en el Distrito Judicial de Ucayali, es menester precisar que el

magistrado Jonatan Basagoitia Cárdenas no es magistrado integrante de la

OCMA, sino de la Odecma - Ucayali ( en adición a sus funciones ) y el encargo

que le comisionó la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA se limitó

a la obtención de las copias del expediente judicial referidas a la citada

publicación y que luego se remitieron a la OCMA; Por lo tanto el magistrado

Basagoitia Cárdenas no estuvo ni está a cargo de la investigación promovida por

la OCMA contra el citado Portugal Cerruche y no está a facultado de emitir

opiniones sobre los hechos o el resultado de la investigación que tiene carácter de

reservado.

Por lo que llama la atención a esta Jefatura Suprema el Punto 1) del

“Pronunciamiento” de los miembros integrantes de la Asociación Distrital de

Magistrados del Distrito Judicial de Ucayali de fecha 14-03-2013 (elevado por el

referido Basagoitia Cárdenas) que en un claro desconocimiento del debido

procedimiento administrativo solicita a esta Jefatura Suprema "un pronunciamiento

inmediato sobre irregularidades denunciadas en el semanario Caretas y el Diario

La República..." y a continuación se acusa una "falta de pronunciamiento de la

Ocma sobre los casos denunciados" sin antes recordar que toda persona e

inclusive los firmantes del indicado pronunciamiento tiene expedito su derecho de

formular las denuncias de carácter funcional ante la existencia de actos irregulares

ante los órganos contralores competentes, no siendo necesario que se mediaticen

las denuncias a fin de sumarse a éstas, más aún que en algunas ocasiones las

publicaciones periodísticas no resultan del todo objetivas y en los casos aludidos

este despacho Supremo ya ha emitido las medidas cautelares contra los

mencionados magistrados , tal como se ha publicitado en la página web del poder

Judicial y la OCMA, y los procedimientos administrativos instaurados - como es de

conocimiento de cualquier operador jurídico- están sujetos a etapas y plazos

procesales cuya observancia es obligatoria para el órgano contralor.

Finalmente, expreso que esta Jefatura Suprema viene realizando una permanente

evaluación del desempeño funcional de todos los magistrados y auxiliares

jurisdiccionales en general y particularmente de los magistrados y auxiliares del

citado Distrito Judicial de Ucayali, tan es así que se han realizado 2 Visitas de

Control y se han adoptado acciones concretas, tales como el inicio de los

procedimientos administrativos y el dictado de las medidas cautelares de

suspensión preventiva antes citados; por lo que esta Jefatura Suprema no

claudicará en la labor contralora y reitera que cualquier hecho irregular de carácter

funcional sea denunciado ante los órganos contralores competentes.

Lima , 20 de marzo de 2014.