compulsa 2015

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.Y \l LA PAZ DIRECCION DEPARTAMENTAL DT E'DUCACIOI ,DEN . ,T' n€GtnmÉnTo comPutf n 2015- -- --' -_-oN REGLAMENToDEcoMPuLSA?E.MER¡TOSAgtIgOSDELPERs-oNAl'-DoCENTE' ADMrNrsrRArrvó' DE sERvrglé;; uÑq1o5:SóÚ;Á ' vAs FTscALES Y DE coNVENto DE Los suuÉrÉ?e"üxs óEroucnctÓN necuuan' caPiruuo I ' co NSIDEnÁctob¡ es GENERALES RRricuuo 1. (oBJETrvo).- Er presente Regramento de compursa de Méritos tiene como objetivo estabrecer rrcs procedi*iunto, !" ols¡gácion oet purronai docente, administrativo y de' servicio, en el marco det Reslam.,.;"";;iE]catafon Ñ';;; J".:":':" de EducaciÓn de unidades Educativas del sistem, o"-rou"ación Fiscar y de convenio,^:n todas las áreas y especia,dades de ros subsistemas'0";;r"rcion neiuá, itot*), Arternativa y Especial é;;;ien el marco de las normas vigentes' rrisoosiciones rRricuuo.z. 1Áruntro DE ApLrcactótt1.- Las disposiciones contenidás en este Regramento son de apticacion obrigatoria en unidades educativas fiscares y de convenio' baio dependencia de las Direccione, o,r,rii;Á de Educacio" v J" ras Direcciones Departamentares cle los Subslstem;; ;; go'"'"ion Regutar' Alternativa y Especial' ARTIcULo 3. (INCUMPLIMIEN.To).- La inobs.ervancia , ::::*^'Regtamento genera Responsabitidad por ta Funcion PJúi", d: '"1"I:: a las normas vigentes previstas en las Ley 004 de ,31 de mar¿o de 2010 de Lucha coirtra iu iorrrp"ión, Enriquecimiento lrícito e rnvestigación de Fortunas ,,Marcero Quiroga santa i*r"; 't" Ley 117g de Sistema de Administración y control Gubernam""r"iv DJcretos Reglamentarios normas conexas y propias del Magisterio Y Código Penal' ARTicuLo 4. (MARco LEGAL).- Las normas en ras que se sustenta er presente Reglamento son: constitución poritica der Estado prurinacionur, uuv Ávetino siñani - Elizardo Pérez y Reglamento de Escalafón del Magisierio' Reglamento áe Faltas de Sanciones det Personal Docenre y Adminisrrarivo,_Decreto ;;;;;;ir]aj-"_^n-de marzo de 2011 de ta Estructura composicion, Estrüctura y Función oe oirección Departamental de Educación' ARTICULO 5. (DEFlNlClÓt'¡ CONCEPTUAL)'- Los conceptos definidos'y utitizados en el presente Reglamenio, ton los siguientes: '' ' ' copia con 'el documento original" para . :;,T,1: n? J f"?::e. ff " # :1i¡:, ; i :11 "¿i, fi :::h =:i* :L i :, "-X TI#^H'J ? o " para seteccionar, cotejar o ,orp#r';ñ*;;ioi o" máritós de dos ó más postulantes a un . i1:r"t::?J:"'i:esignació" - ry.:ry1"*ff'-':,:''-1?.'ÍI";""t#il:tTJli"ll?u.oi";"[:"'o mediante la dotación de horas/ítems. mediante *á'o""lo previa verificaciÓn del techo .<í ÁurEnNnTlvA Y ESPEcIAL ;;;;;Ñ;ttario y cumplimiento de requisitos' ,,,;1' '- '." l.' 4.. ''t IYU l i ¡r" I t. .. ¡ ('' ,l ,/

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  • .Y \l LA PAZDIRECCION DEPARTAMENTAL DT E'DUCACIOI ,DEN . ,T'

    nGtnmnTo D comPutf n 2015- -- --' -_-oN

    REGLAMENToDEcoMPuLSA?E.MERTOSAgtIgOSDELPERs-oNAl'-DoCENTE'ADMrNrsrRArrv' DE sERvrgl;; uq1o5:S; ' vAs

    FTscALES Y DE

    coNVENto DE Los suur?e"xs EroucnctN necuuan'

    caPiruuo I 'co NSIDEnctob es GENERALES

    RRricuuo 1. (oBJETrvo).- Er presente Regramento de compursa de Mritos tiene como

    objetivo estabrecer rrcs procedi*iunto, !" olsgcion oet purronai docente, administrativo y de'

    servicio, en el marco det Reslam.,.;"";;iE]catafon ';;; J".:":':" de Educacin de

    unidades Educativas del sistem, o"-rou"acin Fiscar y de convenio,^:n todas las reas

    y

    especia,dades de ros subsistemas'0";;r"rcion neiu, itot*), Arternativa y Especial

    ;;;ien el marco de las normas vigentes' rrisoosiciones

    rRricuuo.z. 1runtro DE ApLrcacttt1.- Las disposiciones contenids en este

    Regramento son de apticacion obrigatoria en unidades educativas fiscares y de convenio'

    baio

    dependencia de las Direccione, o,r,rii; de Educacio" v J" ras Direcciones Departamentares

    cle los Subslstem;; ;; go'"'"ion Regutar' Alternativa y Especial'

    ARTIcULo 3. (INCUMPLIMIEN.To).- La inobs.ervancia ,

    ::::*^'Regtamento genera

    Responsabitidad por ta Funcion PJi", d: '"1"I:: a las normas vigentes previstas en las

    Ley 004 de ,31 de maro de 2010 de Lucha coirtra iu iorrrp"in, Enriquecimiento lrcito e

    rnvestigacin de Fortunas ,,Marcero Quiroga santa i*r";

    't" Ley 117g de Sistema de

    Administracin y control Gubernam""r"iv DJcretos Reglamentarios normas conexas y propias

    del Magisterio Y Cdigo Penal'

    ARTicuLo 4. (MARco LEGAL).- Las normas en ras que se sustenta er presente Reglamento

    son: constitucin poritica der Estado prurinacionur, uuv vetino siani - Elizardo Prez y

    Reglamento de Escalafn del Magisierio' Reglamento e Faltas de Sanciones det Personal

    Docenre y Adminisrrarivo,_Decreto ;;;;;;ir]aj-"_^n-de marzo de 2011 de ta Estructura

    composicion, Estrctura y Funcin oe t oireccin Departamental de Educacin'

    ARTICULO 5. (DEFlNlClt' CONCEPTUAL)'- Los conceptos definidos'y utitizados en el

    presente Reglamenio, ton los siguientes: '' '' copia con 'el documento original" para

    .

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    para seteccionar, cotejar o ,orp#r';*;;ioi o" mrits de dos ms postulantes a un

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    verificacin del techo.

  • 7fficc'ru oEpaRTAMENTAL DE EDUCactru LA PAznEctnmEnTo DE COmPutln 20l s

    . Vacancias o acefalias.- Cargos el que deben ser designados por las autoridadescompetentes mediante comPulsas.

    ART|CULO 6. (PRINCIPIOS). El presente reglamento se regir por los siguientes principios:

    L Coordinacin. La Compulsa de Mritos a cargos de directores, docentes'administrativos (Regentes y auxiliares) y de servicio (porteros) de unidades educativas'se realizar en coordinacin con los directores distritales de educacin, federaciones demaestros urbanos y/o rurales, Directores de Unidades Educativas, Juntas Escolares yConsejo Educativo Social Comunitario de las Unidades Educativas con la verificacin dela s.D.E.R. y S.D.E.A. y E. de la Direccin Departamentat de Educacin La Paz'

    ll. Equidad.- Los postulantes al proceso de Compulsa de Mritos a cargos docente'administrativo o de servicio tienen igualdad de oportunidades, sin ningunadiscriminacin de gnero, filiacin poltica, lengua, procedencia o credos religiosos entreotros. Slo debern cumplir los requisitos de presentacin de documentos originales, deidentificacin y de formacin profesional (rea o especialidad).

    Los maestros debern compulsar con sus pares en iguatdad de aos de servicio, gradode discapacidad conforme a la especialidad y formacin en los subsistemas deeducacin regular y educacin alternativa y especial. En el caso de nuevo personal, laComisin Calificadora, deber considerar el ao de egresb de las Escuelas Superiores

    Ide Formacin de Maestros (ESFM). , .*lll Transparencia.- El proceso de compulsa de mritos y Oesigncin en caigos a

    directores distritales, directores de unidades educativas, docentes, tcnicos,administrativos y de servicio deber realizarse en acto pblico con la participacin de losdiferentes actores de la educacin, conforme a normas vigentes, por lo cual paragarantizar este principio en cada recinto donde se realice las compulsas en la presentegestin deber contar con la presencia de entre 2 o ms miembros de la Unidad deTransparencia los cuales sern responsables de recepcionar las denuncias y verificar ensitu y proceder a remitir las mismas a las Direcciones Distritales de Educacin oDircciones Departamentales para que las mismas asuman de forma inmediata lasacciones legales correspondientes conforme a las faltas cometidas o aquellas que seconstituyan en Delitos de orden pblico (Va Penal) que afecte su normal desarrollo.

    lll. Responsabilidad y Puntualidad.- Los integrantes de la Comisin Calificadora, de.bernregirse en los valores y principios rectores, ejerciendo responsabilidad y puntualidad .enlos procesos de compulsa (lugar, fecha y horario establecido); caso contrario sernsancionados de acuerdo a norma en vigencia: Reglamento de la Carrera Administrativadel SEP y de Faltas y Sanciones del Magisterio y Personal Docente y Administrativo,

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    cclru oEpaRTAMENTAL DE EDucactt LA PAzn6tnmEnro D oomPutrn 2015 ,rrtn. tDlout

    Cdigo penal, Ley de Administraci-n y ,Control Gubernamental y dems decretos ynormaslreglamentarias, segn corresponda. : '

    Vl. Los procesos de seleccin debern respetar los principios de licitud. transparencia ypertinencia acadmica.

    ,

    ARTTCULO 7. (AMBTENTES PARA' LA COMPULSA), La Direccin Departamental deEducacin La paz, dispondr para las compulsas los ambientes necesarios y definidosoportunamente para los istrtos Educativos de La Paz fijos e inamovibles para la gestin.

    CAPTULO II,DE LAS ACEFAI-IAS

    ARTcuLo B. (AcEFALIAS).- La acefalia se presenta cuando un item en planillas no tieneregistrado al titular, de acuerdo al siguiente detalle:

    a) Las acefalias del personal docente, administrativo y de servicio se producen porabandono de funqiones, fallecimiehto, jubilaciones, renuncia al cargo, promocin decargo, tems de nueva creacin y procesos ejecutoriados.

    b) Los docentes designados sin aos de servicio en provincia y en distritos urbanosdurahte las gestiones anteriores, debern realizar obligatoramente su permuta hastael mes de febrero de la siguiente gestin, improrrogablemente siendo estos cargoscompulsados automticamente en el mes de marzo, Caso contrario se declarara elcargo en acefalia.

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    c) Las maestras y los maestros que compulsarn al rea urbano (ciudad), debernnecesariamente contar mnimamente con dos aos de permanencia en provinciasdemostrando en compulsas con la presentacin de las24 boletas o la Certificacin deCalificacin de Aos de Servicio (C.A.S.). '1.. t,.hr

    d) Las direcciones distritales de educacin procedern a fa declaratoria en acefalia,mediante informe elevado a la D.D.E .LPZ, una vez verificada la hcefalia en rlacincon el'nivel, especiatidad, rea (no deber combinarse con otras reas), servicio, tem,cdigo del SIE y carga horaria hasta el 18 de cada mes (publicacin). En casosexcepcionales se permitr informes adiciqnales.

    e) En distritos distantes o comunidades que presenten problemas de accesibilidad, losdirectores distritales de educacin, debern hacer conocer las acefalias existentgs vacomunicacin rpida mediante Fax, telfono o lnternet, que sern ratificadas a travsde informe escrito hasta el da de la compulsa.

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    Los directores de unidades educativas elevarn un informe a los directores distritales

    de educacin para reportar las acefalias en un plazo mximo de 5 das hbiles' para

    evitar perjuicio a los studiantes. Los directores distritales cle educacin reportarn aras subdirecciones correspondientes en ros siguientes 5 das hbiles administrativos';;-;iris ,eran pubticadas en las 48 horas antes de la compulsa en lugaresvisibles de la DDE LPZde manera obligatoria, pgina oficial wEB, siendo este plazo

    mximo, pudiendo Ser en casos excepcinales en razn de tos requerimientos de cada

    Distrito Educativo.

    Queda terminantemente prohibido la incorporacin de.profesores interinos en cargosdocentes en distritos educativos del Departamentos de La Paz del EstadoPlurinacional.

    Quda terminantemente prohibido la iniciacin de personal administrativo y deseruicio en los distritos urbanos ylo cercanos a las ciudades capitales deDepartamentos.

    Los docentes que deseen compulsar en los servicios 05523031, 05523032 y 05523033(docentes del rea rural) de unidades educativas debern acreditar estar'mnimamente en Cuarta Categora, (ciudades concentradas) El Alto y La Paz'

    Los docentes, administrativos y personal de servicio que deseen compulsar a undades

    educativas nocturnas del Subsistema de Educacin Regular debern acreditar estarmnimamente en segunda categora, demostrable por su boleta de pago de haberesJ"f .Jltiro mes anter'lor a la compulsa, Dupticado de RDA y prelentar obligatoriamente CnrLr.ion cle categora emitida por tas Direcciones Distriiles de Educacin '(ciudades concentradas).

    os de educacin alternativa YLos docentes que deseen compulsar para los centrespecial debern ser titulados de las escuelas,superiores de formacin de maestroscon especialidad en educacin alternativa o especial o docentes que acrediten ;formacin y/o experiencia de trabajo en educacin alternativa o especial, de acuerdoal Reglamento del Escalafn Nacional (pertinencia y permanencia de tres aosmnimo).

    ll) Los.docentes que se encuentren trabajando en unidades educativas del subsistemade educacin regular del turno noche, con categorias inferiores a la segunda,debern ser reubicados de acuerdo a su formacin, aos de servicio y pertinenciaacadmica

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    LA PAZ'' orn - o'tnEctnmEnTo DE COmPUtrn 201 5

    m) eueda terminantemente prohibido modificar o alterar el cdigo de cargo, servicio,tern, cdigo SlE, fraccionar tems, respetando la carga horaria, etc' con posterioridada la compulsa, en los distritos educativos

    n) Las horas adicionales considerados como acmulos debern ser regulados yasignados de acuerdo al Reglamento de Escalafn (Captulo Dcimo Arts. 59, 60 y61).

    o) Las acefalias a direcciones de unidades educativas sern designadas conforme adisposiciones del Ministerio de Educacin"en coordinacin con la DDE LPZ y lasfederaciones departamentales urbaas.y ru.rales. Debe establecerse concretamentecomo se proceder en el caso de acefalias de Direcciones de Unidades Educativas, si 'sern directamente por compulsa de meritos a llevarse a cabo por las DireccionesDepartamentales de Educacin en coordinacin con las Direcciones Distritales y otrasinstancias pertinentes mediante una nueva convocatoria y Reglamentacin a seremitida por el Ministerio de Educaiin en el transcurso de la gestin.

    ARTCULO g. (MovlMlENTos) Los docentes, administrativos y personal de servicio, estnautorizadosr'realizar un solo movimiento en la gestin hasta el mes de abril, segn D.S' No2SZSS. Lai permutas entre Profesores, Administrativos y Personal de Servicio, por ser actosvoluntarios enire pares que renan requisitos con pertinencia acadmica (rea o especialidad), .deben ser viabilizadas por los Directores de Unidades Educativas y Directores Distritales deacuerdo a Form. SDER - SDEAYE 001.

    'tCAPITULO III

    ETAPASYREQUISIToSDELPRoCESoDECoMPULSA'

    ARTCULO 10. (ETApAS).- La compulsa de docentes, administrativos y de servicio del SEPdeber efectuarse conforme a las siguientes etapas:

    1. Convocatoria.- Publicacin de los cargos vacantes mediante convocatoria deCompulsa de Mritos con sellos y firmas de las autoridades competentes, Ia quedeber ser ubicada en lugares visibles de las Direcciones Departamentales deeducacin. as como en la pgina web de la Direccin Departamental de Educacin LaPaz.

    Las convocatorias a compulsas de mritos de unidades educativas de convenio,debern contar con el sello y la firma del Delegado de la Obra Educativa. Las y losmaestros, administrativos y de servicio, para unidades educativas de Conveniodebern tener conocimiento el cual no tendr incidencia cuantitativa en la calificacinde meritos del Proyecto Educativo institucional de cada obra'

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    DTRECCTI. oEpaRTAMENTAL DE EDUCAcoN LA PAzngGtnfnnTo rrE computrn 20 t 5 ,Dcn - lDEOgE

    Postulacin.- Los postulantes a los cargos convocados podrn present4rse al lugar,fecha y horas establecidos en la convocatoria portandbt'us documentos originales.

    Verificacin.- [-os documentos presentados por to, poJtrtuntes. al cargo covocadosern verificados y revisados nicamente por la comisin calificadora.

    Registro.- El Personal docente nuevo deber apersonarse a ls oficinas de lassubdirecciones a objeto de recabar el formulario al cargo solicitado, Form

    - 002 con el

    sello seco y el Visto bueno (VoBo) de las Subdirecciones de Educacin Regular yAlternativa y Especial. El Form - OO3 para personal administrativo y de servicios consello seco y el Visto Bueno de los tcnicos responsables de las subdirecciones. En'ambos casos los mencionados formularios sern entregados en fsico impresodigitalmente, debiendo cruzar informacin de las Escuelas de Formacin de Maestrosrespectiva o de los lnstitutos Tcnicos Superiores Fiscales, Privadas y de Convenio.

    Los docentes con aos de servicio debern portar la ltima boleta del mes dediciembre de 2014 de pago, para participar en las compulsas.

    Los.docentes, administrativos antiguos sin cargo debern presentar obligatoriamentelos siguientes documentos: 1o Solicitar Certificacin de No contar con ProcesoDisciplinario del ltimo Distrito Educativo que trabajo los ltimos tres aos; 20Justificar los motivos por los cuales tuvo que renunciar y alejarse del Magisterio poreste lapso de tiempo con documentacin de respaldo;-31 Presentar el REJAP(Consejo de la Judicatura), Certificacin de No tener Antecedentds Policiales (Policapqljyiana Plurinacionat), de denuncias ante la Fiscala (Fiscala Departamental) delDepartamento o provincia donde ejerci docenca o la admnistracin los ltimos 3aos anteriores a su desvinculacin dentro del S.E.P. Aquellos docentes que seencuentran con RDA's Observados, o los que abandonaron por mucho tiempo elEjercicio del Magisterio, ya sea porque los mismos en su momento no se hansometidp al proceso disciplinario (va administrativa) o al proceso penal o civilconforme a las circunstancias, en los diferentes Departamentos y Distritos Educativosdonde han prestado sus servicios.

    Los docentes, administrativo y de servicios antiguos y sin cargo debernoblgatoriamenle presentar certificado de trabajo de la unidad educativa ltima en laque prest sus servicios profesionales y el motivo de renuncia al cargo.

    {2.

    3.

    4.

  • ,o-ecclN oTpaRTAMENTAL DE EDUCAcN LA PAznE6rnmEnTo DE comPutrn 201 5 ,rrEn - f Dcflyc

    S. Compulsa de mritos.- El proceso considerar los siguientes aspectos:

    a. Las compulsas en unidades educativas fiscales y de convenio se realizarn endas y horarios laborales y en instalaciones que la Direccin Departamental deEducacin haya fijado para tal efecto, establecidos por las Subdirecciones deEducacin Regular, Alternativa y Especial. ,'lp '

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    b. Con el propsito de asegurar transparencia en lJ designacin del personal'seleccionado, el Formulario de Compulsa de Mritos (Formularios -004, 005, 006,007,008,009 y 010) llevar firma y sellos de los miembros de la ComisinVerificadora de los documentos debidamente enumerados, adems se deberconsignar la hoja de solicitud al cargo con sello seco y \f Bo de los tcnico de lassubdirecciones correspondientes, sin estos requisitos no podrn ser incorporadosen ptanillas de Altas, Bajas y Movimientos (ABMs). Asimismo, en primera instanciasern verificados en las Subdirecciones de Educacin Regular, Alternativa yEspecial y en segunda instancia, la Unidad de Asuntos Administrativos de lasEirecciones Departamentales de Educacin (sujeto a programacn y horarios conestas dos instancias para el procesamiento de memorndums).

    c. La SDEAyE, de acuerdo a la Resolucin Ministerial OO1|2O15 Artculo 49 delSubsistema de Educacin Alternativa y Especial indica: "El personal a cargosdocentes del subsistema, ser designado previo proceso de compulsa que en unaprimera instancia verificar el cumplimiento de pertinencia aea{mica. Por lo tantotas designaciones a cargos docentes en el Subsistema de Educacin Alternativa yEspecial se realizarn con preferencia y en orden de prioridad a quienes cumplanlo siguiente:Para el mbito de Educacin Alternativa:1. Titulados de las Escuelas Superiores de Formacin de Maestras y Maestros

    con especialidad en educacin Alternativa.2. Titplados de las Escuelas Superiores de Formacin de Maestras y Maestros, a

    travs del Programa de Formacin Profesional Complementaria -

    PROFOCOM,en la especialidad de Educacin Alternativa: Educacin de Personas Jvenes y

    ' Adultas o Educacin Permanente, segn pertinencia acadmica de la formacininicial.

    P'ara el mbito de Educacin Especial:1. Titulados de las Escuelas Superiores de Formacin de Maestras y Maestros

    con especialidad en Educacin Especial.2. Titulados de las Escuelas Superiores de Formacin de Maestras y Maestros,

    a travs del Programa de Formacn Profesional Complementaria '-PROFOCOM, en la especialidad de Educacin Especial.

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  • 3. Maestras y maestros normalistas con discapacidad o que tengan hijo (a) conalgn tipo de discapacidad, y cuente con el Carnet de Discapacidad otoigadopor el Ministerio de Salud o del lnstituto Boliviano de la Ceguera

    - lBC.

    4. Maestras y maestros normalistas que acrediten su formacin ylo experienciade trabajo en educacin especial; pertinente en el,rea de atencin.

    Para el rea de Educacin Tcnica:1 lXf::;"nin',5'r'.1"in::ff:',"J:s

    de Formacin de Maestras v Maestros

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    alternativa o especial, con pertinencia en la especialidad tcnica a.designar.

    6. Designacin.- El postulante que obtenga el mayoipuntaje en la compulsa demritos ser designado en el cargo vacante medant memorando extendido por elDirector Distrital de Educacin correspondiente, caso

    .contrario los respo.nsablessern sujetos a proceso administrativo y los que correspondientes conforme a lasinfracciones cometidas.

    Ningn servidor pblico del magisterio podr ser designado a un cargo s,previamente, no se ha sometdo al proceso de compulsa de mritos, tanto para.unidades educativas pblcas como de convenio. Caso contrario los responsablessern sujetos a procesos administrativos y disciplinario.

    Todo movimiento y reordenamiento debe estar sujeto a un informe detallado ysustentado ante la Subdireccin de Educacin Regular y AiErrrativa y Especial, enLa'So de los Directores del Unidad ducatvas que no son ratiflcados en sus cargosdeben ser designados de acuerdo al Reglamento del Escalafn Nacional.

    ARTCULO 11. (REOUISITOS).- Los requisitos.para presentarse a Ia compulsa de mritosson los siguientes:

    Formulario.-.Llenar los formularios de solicitud que correspondan a cargos docentes,administiativos de servicio: Formularios

    - 002 (docente) y 003 (administrativo), los

    que debern ser obtenidos, gratuitamente, en las oficinas de las Subdirecciones deEducacin Regular, Alternativa y Especial, los mismos debern estar acompaados delos siguientes documentos:

    a. Requisitos lndispensables (Docentes con aos de servicio).1: Maestro normalista, titular por antige dad ylo egresado normalista.2. Registro Docente Administrativo (RDA).

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    CCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA PAZnEctnmEnro DE comPutrn 20 t 5

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    WDlRECctN oepaRTAMENTAL DE EDUCACoN LA PAz

    nEcrnmEnTo DE comPutrn 20 r 5 ,rrEn - lDEflgE3. Acreditar al menos dos aos de servicio en provincia con el certificado de aos

    de servicio emitido por el Ministerio de Economa y Finanzas Pblicas concalificacin de aos de servicio 24 boletas.

    4. Los Docentes del rea rural deben estar en cuarta categora paru reaconcentradas.

    5. La formacin docente deber especificar la especialidad enrequerimientos de la unidad educativa, de acuerdo al nvel:. Educacin lnicial en Familia Comunitaria. Educacin Primaria Comunitaria Vocacional."

    EducacinSecundaria Comunitaria Productiva

    Requisitos lndispensables (docentes egresados):. C.l. Vigente (Original y fotocopia simple).. Registro Docente Administrativo (RDA) duplicado (orignal y fotocopia simple).

    ' . indice Acadmico de la Escuela Superior de Formacn de Maestros.

    (certificado global de notas, certificado de notas.;semestrales con firma y sello-

    original y fotocopia legalizada) . "ll' r. Ttulo/diploma de bachiller (original y fotocopia siniple).. : Certificado de egreso de la ESFM. (orignal y fotocopia F,t'afizada 'l

    c. Requlsitos lndispensables (reincorporacin de docentes):. C.l. vigente original y fotocopia simple..

    " C"rtfi.ado de Trabajo (ltimo trabajo en la UE) y del direcor distrital.. Carta de Renuncia (motivo de dejacin de cargo).. Registro Docente Administrativo (RDA) duplicado. (original y fotocopia

    simple). Ttulo/Diploma de Bachiller Original y fotocopia simple.. Certificado de Egreso de la Escuela Superior de Formacin de Maestros

    '(Original y fotocopia simple). Titulo en Provisin Nacional (original y fotocopia simple)

    ' . Calificacin de Aos de Servicio CAS, (dos aos de servico en provncia ylo,. boletas de pago originales.'

    REJAP, Certificado de Antecedentes Policiales; Certificacin l3p (MinisterioPblico), Certificacin de no tener procesos disciplinarios, administrativs uotros emiticlo por la Direccin Distrital y Direccin Departamental dondeejerc el cargo los ltimos 3 aos.

    relacin con los

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  • nG[nmnTo DE Compulln 201 5

    d.Requisitosindspensables(administrativosydeservicio)1. C.l. vigente original y fotocopia simple2. Titulo/d'iploma de Bachiller' Libreta de

    sirnple), para Porteros3. Titulo de egreso (formacin especfica),

    'DCN. 'DC

    segundo de secundaria (original y fotocopia

    dependiendo al cargo que postula -(original yfotocopia simple), para Secretaria'

    ,.4. Certificado. j".rpr.itacin en relaciones humanas, resolucin de conflictos y otros'5. Calificacin de aos de servicio (antiguos por reincorporacin)'6. Certificado de trabajo o antecedentes de la unidad educativa'7. REJAP, Certificado de Antecedentes Policiales; Certificacin l3p (Ministerio Pblico),

    Certificacin de no tener procesos disciptinarios, administrativos u otros emitido por

    la Direccin Distrital y Direccin Departamental donde ejerci el cargo los ltimos 3aos.

    ART.uLo 12. (coNVocAToRrA DESTERTA).- En caso de no existir postulantes, lacompulsa se declarar desierta y se dar paso a ta segunda convocatoria de acuerdo alcronograma establecido, de existir un solo participante, la comisin designar al nicopostulante respetando la pertinencia acadmica. En caso de ausencia de docentes deespecialidad (lngles, Msica, Artes Plsticas, Filosofa y del Nivel lnicial) se tomar encuenta Ios estudlos complemerrtarios al ttulo en provisin nacional con la presentacin de

    documentos originales (actualizados en el RDA)' ,,#, 'I

    CAPTULO IV ' .'

    '- ,, .,

    DE LA COMISIN CALIFICADORA INTERINSTITUCIONAL

    ARTCULO 13. (DE LA COMISIN).- Las compulsas contarn con equipo de. trabajoconformado por: Direccin Departamental, Directoi Dstrtal. Director de Unidad Educativa,Representantes de las Federaciones Departamentales de Educacin Urbanos y-R^urales.yJuntas Escolares o Consejos Educativos'social Comunitarios, que se denominar ComisinCalificadora I nterirrstitucional.

    l

    ART6uLo 14. (REoulsros).- Los requisitos para ser integrantes de la comisin, calificadoraI nterinstitucional son:

    a.- No tener antecedentes penales.b.- No tener parentesco con los candidatos hasta el tercer grado de consanguinidad y

    segundo de afinidad

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    ECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCAC UA Pp.Z

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    DrREcctru oTpaRTAMENTAL DE EDUcACIoNnEctnmEnro DE comPuttn 1015

    anrculo 15. (coNFoRuactru DE LA coMlsloN).-lnterinstitucional estar conformada por los siguientes miembros:

    La Comisin Calificadora

    1. Director Distrital de Educacin (Presidente)'2. Representante de la D.D.E. (Tcnico sDER -SDEAyE Secretario).3. Representante de la Federacin de Maestros Urbanos ,ylo Rural,'

    -acreditado.oficialmente. (Vocat).

    4. Director Unidad Educativa (Vocat).5. Representante de Junta Escolar de Padres de Familia, de la unidad educativa

    acreditado oficialmente por el Consejo de Distrito y Consejo Departamental. (Vocal)'

    ARTcuLo 16. (sEStoNES).- La comisin calificadora sesion?f .dr.nlo.es.tricto ",,Tll:T.i*lo

    al lugar, da y hora fijada para la compulsa bajo la responsabilidad del director distrital quecorresponda. La misma podr sesionar con tres miembros como mnimo, (Presidente,Secretario y un Vocal, Federacin Urbano Rural)

    a) Realizacin de la comPulsa. , , ,- Las compulsas se realizarn en horarios de oficina, en lugares sealados

    oportunamente estableciendo hora y fecha por las Subdirecciones, los das lunes ymircoles Distritos de La Paz 1-2-3, El Alto 1-2 (urbanos): los das jueves y viernes, todoel da Provincias y El Alto 1-2 (rea rural).

    - para unidades de convenio, se sujetara al mismo cronograma establecido en los lugaresde la ciudad de ElAlto, La Pazy provincias con la participacin-de los representantes decada Obra.

    - La disidencia de uno de los miembros teniendo conocimiento de la compulsa, nosignificar la suspensin de la misma, mas al contrario el..ibbto de la comisin procedera llevar a cabo dicha compulsa levantado el acta correspondiente, alvo casosexcepcionales. t. .f

    ARTICULO 17.. (FISCALIZACIN).- A fin de garantizar la transparencia y licitud en lasdesignaciones realizadas en los procesos de compulsa de mritos, stas sern supervisadaspor las autoridades de la DDE y las federaciones departamentales de maestros urbanos y 'rurales, juntas escolares y consejo educativo social comunitario y la participacin de por lomenos 2 miembros de la Unidad de Transparencia (Direccin Departamental - Ministero deEducacin) los cuales recepcionarn todas las denuncias constatando in situ estasirregularidades para su correspondiente procesamiento conforme a normas en legal vigencia.El incumplimiento dar lugar a la aplicacin de las normas vigentes.

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    DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACIN LA PAZRGrnmEnro DE COmnutrR 1015 ,DGN.

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    ART1cuLo 18. (pRoHlBlctoNES).- Los miembros de la comisin calificadoralnterinstitucionat de computsas de mritos, asignacin de horas/tems y designacin depersonal, estn prohibidos de:

    a. Asumir compromisos con autoridades de los mbitos nacional, departamental, distritaly/o municipal para la designacin de horas tems. j '

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    b. Cobrar coimas o favores por la asignacin de horas/tems. Recibir dadivas, dinero o, promesa de favores para la asignacin de horas/tems.

    c. DesiEnar personal docente, administrativo y servicio sin cumplir con el . perfil opertinencia demandado en los formularios de la unidad educativa-

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    d. La designacin mediante memorando que no sea procesada por conducto regular noser incorporada en las planillas de haberes del SEP, bajo absoluta responsabilidad delos miembros de la Comisin Calificadora.

    e. por ningn motivo se suspendern las compulsas programadas en los lugares y horafijada, de acuerdo a la publicacin de la convocatoria generando responsabilidades a losinf ractores.

    fr De acuerdo a to establecido en la R.M. OO1t2O15 Art. 61 (Restricciones a compulsas).Las maestras y maestros, directores, personal administrativo y de servicio de unidades.educativas, docentes de Escuelas Superiores de Formacin de Maestros e lnstitutosTcnicos y Tecnolgicos que abandonen sus funciones habiendorganado la compulsapblica de mritos para optar un cargo, no podrn volver a compulsar en ningn otrocargo en todo el Sisiema Educativo Plurinacional durante la gestin escolar.

    CAPTULO V

    DE LA CALIFICACIN DE MRITOS, SELECCIN Y DESIGNACIN

    ART6ULo 1g. (cALtFtcACtN DE MRlToS).- Los postulantes presentarn. sudocumentacin origina,l que acredite su formacin y experiencia profesional en el momento de lacompulsa a la Comisin Calificadora lnterinstitucional. ,XLf '

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    ARTCULO 20. (FORMATOS).- La Direccin Departamental de Edugacin La Paz con base enel Reglamento del Escalafn del Servicio de Educacin, dispondrn de un formato aprobado porta OOelp para cada etapa del desarrollo del proceso de valoracin de mritos, los cuales.sernutilizados con carcter obligatorio, bajo la responsabilidad de la Comisin Cafificadoralnterinstitucional (anexos). Las fases son las siguientes:

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    1. Reporte de acefalias2. Convocatoria

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    3. Formulario de valoracin de mritos' , :]4. Acta o informe final.ARTicuLo 21. (sELEcctN y DESIGNAcIN).- t-a seleccin y designacin del personaldocente priorizar a los maestros normalistas con ttulo profesional, profesores titulares porantigedad y profesores egresados de las escuelas de formacin de maestras y maestros' Losegresadossernseleccionadosdeacuerdoalossiguientesparmetros:

    a. Los que no perciben salario del TGN' tb. De acuerdo a la antigedad de egreso. 'rli ' ,

    d. Promedio de calificaciones en los aos de estudio en la ESFM'.e. otros estud'los que r:espalden a su formacin o especialidad principal' ,' , 'l

    ARTicuLo 22. (MEMoRNDUMS).- Los memorndums de designacin que n0 tengan tasfirmas y sellos originales de los directores distritales, ni del docente que compulsa y, queadems, presenterivariacin con los datos del RDA, o cualquer olra enmienda o alteracin dedaios no podrn ser Procesados. :

    ARTicuLo 23. (DESIGNAcIoNES).- La designacin del personal docente, administrativo o de .servicio, deber considerar los siguientes aspectos:

    1. La o el docente, administrativo o de servicio que haya obtenido el mayor puntaje en lacompulsa ser designada/o en el cargo convocado'

    Z. De, persistir la acefalia debido a que ningn postulante calific, se declarar' el cargo enacefalia y se llamar a una segunda convocatoria'

    3. El director de la unidad educativa elaborar el memorando Oe desigiaci1 c.on.pase enlos resultados de ta compulsa refrendado por. la comisin Calificadora lnterinstitucionalque, posteriormente, ser presentado al (a la) Subdirector (a) de Educacin Regular oSubdirector (a) de Educacin Alternativa y Especial segn corresponda pala suaprobacin, firma y sello correspondiente, siendo solo en casos complejos oexcepcionaies etevados en consulta al Director Departamental de Educacin, para suverificacin y posterior remisin a la subdireccin pertnente.

    4. Los ,direcores distritales y de unidad educativa que contraten personal d.ocente,administrativo o de servicio que no cumplan con los requisitos de las normas vigentes, 'sern los directos responsables de la cancelacin de los haberes mensuales por losservicios prestados y adeudados al docente (R.M. 641l}g de 23109/09)' l

    5. Con el propsito de asegurar transparencia en la designacin del personal seleccionado,el Formulario de Compulsa de Mritos (Formularios -004,005,006,007,008,009 y 10)llevar firma y sellos de los miembros de la Comisin Verificadora de los documentosdebidamente enumerados, adems se deber consignar la hoja de solicitud al cargo con.

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  • 6rru DpARTAMENTAL DE trDUCAclN LA. PAznE6tnmEnTo DE COmputrn 20 t5 ,DEN.

    'Dconsignarse la fecha, hora y iugar de la compulsl, sin estos requstos np podrn serincorforados en planitlas ABM's. Asimismo, en primera instancia ser verificada en las .Subdirecciones de Educacin Regular, Alternativa y Especial y posteriormente en laUnidad de Asuntos Administrativos (sujeto a programacin y horarios)'

    6. En caso cle que dos postulantes presenten la misma puntuacin en la calificacin demritos, para dirimir se tomar en cuenta el ao de egreso, ndice 'acadmico yespecialidad.

    7. El director distrital en ningn caso podr designar en forma directa a ningung de loscargos convocados. Slo se deber designar al ganador de la compulsa. La.designacinoficial del ganador de la compulsa adjuntar el memorando de designacin, hoja decompulsa y solicitud al cargo con sello seco y \f. Bo. del tcnico departamental de lasubdireccin que corresponda y su RDA. i*J, t

    8. No se aceptar concesin del postulante ganador def cargo a otro, caso cbntrario sersancionado con suspensin a la compulsa y la designacin, durante la gestin y laretencin del formulario de solicitud del cargo. En caso de renuncia se procede a unanueva comPulsa.

    g. Los docentes sorprendidos con doble solicitud de cargo, perdern la opcn de obtener'el cargo en la gestin escolar, asi estn regstrados en planillas.

    10. Los docentes que alteren o falsifiquen el ndice acadmico y otros documentos oficialesno podrn optar al cargo a docente en la gestin escolar. Este hetho.ser denunciado alMinisterio pblico por Fatsedad Material e ldeolgica y Uso de Material Falsificado,mediante las Direcciones Departamentales de Educacin.

    11. La designacin del personal docente con aos de servicio por reincorporacincertificada ser realizada hasta mes de octubre de la gestin presente'

    12. Los egresados de las.ESFM sin cargo sern desgnados de acuerdo al ao de egreso(antiguo-nuevo), hasta el mes de septiemb.re. :

    13. Los directores distritales que no reporten las acefalias y designaciones'de tems denueva creacin en unidades educativas pblicas y de convenio en el lapso de 20 dassern sujetos a sanciones, de acuerdo al Regtamento de la Carrera Administrativa delSEP y Reglamento de Faltas y Sanciones.

    14. En el marco de la equidad las designaciones no obedecern a presiones de tiporegional, poltico, religioso, de gnero, social y sindcal, tanto a cargos.de directores,.docentes, administrativos como. de servicio en unidades educativas fiscales y de'convenio. ffi

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    IN DEPA.RTAMENTAL DE ENUCACIN LA PAZnE6tmEnTo DE emputfn 01515. Los Directores (as) Distritales y cada representante de la D.D.E., Tcnico Saf.E,R. V

    S.D.E.y A. que participen en las compulsas debern elevar reporte o lnforme Tcnico ala finalizacin de cada jornada de compulsa. El mismo incluir las observacionesrealizadas y tendr el carcter de Declaracin Jurada, cuyo lncumplimiento ser

    . sancionado con la aplicacin de las normas administrativas y penales'cohforme a lagravedad del caso.

    ARTguLo 25. (pRocESAMtENTo EN pLANTLLAS).- Ningn memorando ser ncorporadoen las planillas A.B.M.s, sino cumple con los requisitos expresamente enunciads en el'presente Reglamento. ':, r: r'1

    CAPTULO VI

    INFRACCIONES Y SANCIONES(A LA COMISION CALIFICADORA)

    ARTCULo 26. (SANCioNES).- Las personas que infrinjan el presente Reglamento deCompulsa de Mritos, se sometern a las siguientes sanciones:

    a) Los Directores Distritales y Directores de Unidades Educativas Pblicas y de Convenioque incumplan los principios rectores y los artculos Xdel pre,sente Rglamento de tCompulsa de Mritos (Falta Grave) sern procesados ?lcuerdo a los Reglamentos dela Carrera Administrativa del Sistema de Educacin y'de. Faltas y Sanciones delMagisterio, Personal Docente, Administrativo y de Servicio. Corho consecue'ncia seanular la compulsa y se realizar la denuncia mediante el personal dependiente de laUnidacJ de Transparencia del Ministerio de Educacin, o en su defecto del personalrepresentante de la Direccin Departamental de Educacin La Paz.

    b) Los Representantes de la Direccin Departamental de Educacin, Tcnicos de lasSubdirecciones de Educacin Regular, Alternativa y Especial que incumplan losprincipios rectores y articulos del presente Reglamento de Compulsa de Mritos sernpasibles a sanciones establecidas por el Reglamento de la Carrera Administrativa del'Sistema de Educacin Pblica. De constituirse las presuntas faltas en delitos de ordenpblico, debern ser remitidos los antecedentes de la compulsa adjunto el informetcnico de la S.D.E.R. y S.D.E.A.yE. a la Unidad de Transparencia o al TribunalDisciplinario de la Direccin Departamental de Educacin (Tribunal Administrativo delrespectivo Distrito Educativo) , para el inicio de las accones legales correspohdientes.

    c) Los Representantes de la Federacin de Maestras(os) Urbanos yla Rurales que.

    incumplan los principios rectores y artculos del presente Reglamento de Compulsa deMritos sern pasibles a sanciones establecidas por su organismo malriz, co laconsiguiente denuncia a la Unidad de Transparencia del Ministerio de Educacn: inicodel Proceso Disciplinario

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    fartas de creritos de orden pbrico debern ser remitidos ros antecedentes de ra compulsa

    ad.iuntoallnformeTcnicodelaS.D.E.R.yS.D.E.A.yE.alaUnidadde,AsuntosJurdicos de la Direccin Departamental de Educacin para el lnicio de las AccionesLegales corresPondientes' '

    d) Las Organizaciones sociales con participacin en educacin como la Junta Escolar o elconsejo Educativo social comunitario y otros miembros que incumplan el presenteReglamento e interfieran el desarrollo de la compulsa sern sancionados

    de acuerdo al

    Esiatuto de las Juntas Escolares y el consejo Educativo social comunitario ydenunciados al Ministerio pblico y'a la unidad de Transparencia del' Ministerio deEducacin. Los que incumplan sern marginados de la comisin y sujetos a procesospenales conforme al precedente inciso'

    e) El o los que instiguen o presionen al ganador para que renuncie al cargo designadosern denunciados pblicamente y ,u,itioos al Ministerio Pblico. En los casos deDirectores Distritales, Directores e Unidades Educativas Fiscales y de Convenio'Juntas Escolares, Federacin de Maestros urbanos y Rurales' se aplicaran lassanciones que correspondan de acuerdo a normas vigentes'

    ARTTCULO 27. (DlsposlctN FTNAL).- Los Directores Distritales de Educacn por ningnmotivo debern permitir er trabajo ad honorem en Unidades Educativas Fiscales ni de convenio,siendo responsabres de ra Designacin der personar Docente, Administrativo

    y de servicio de

    acuerdo a ta R.M. No OO1/2015, Decreto Supremo OB13/2011,oLeY !U..q10 de la Educacin y

    otras normas conexas de educacin y pertinentes al caso' lI r -

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