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1 ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO Jefatura Comercial Departamental de Lavalleja Calle Roosevelt 525- Minas Lavalleja Tel (00598) 4442 1568 Compra Directa Arts 33 y 44 del TOCAF Pliego de Condiciones particulares CD10050265 OBJETO: Contratación de trabajos necesarios para la construcción de conexiones de saneamiento a colector en la ciudad de Minas. Fecha de Apertura: Martes 15 de mayo de 2018 Hora: 14:00

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ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO

Jefatura Comercial Departamental de Lavalleja

Calle Roosevelt 525- Minas – Lavalleja – Tel (00598) 4442 1568

Compra Directa Arts 33 y 44 del TOCAF

Pliego de Condiciones particulares CD10050265

OBJETO: Contratación de trabajos necesarios para la

construcción de conexiones de saneamiento a colector en la ciudad de Minas.

Fecha de Apertura: Martes 15 de mayo de 2018 Hora: 14:00

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CAPÍTULO I

1 OBJETO DEL CONTRATO

El objeto de la presente compra comprende la construcción de Conexiones de Saneamiento a colector, en la ciudad de Minas, Departamento de Lavalleja.- El suministro de todos los materiales necesarios para la correcta ejecución de los trabajos, serán de cuenta del Contratista (exceptuando los caños y piezas especiales de PVC). 2. PROPUESTA BASICA, ALTERNATIVAS O VARIANTES No se aceptarán alternativas y/o variantes técnicas a lo indicado en este Pliego 3 PLAZO TOTAL DE LA OBRA Los plazos del contrato se computarán a partir del día siguiente de la notificación de la Adjudicación.

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CAPITULO ll -ESPECIFICACIONES GENERALES DEL SERVICIO A COTIZAR Y SUS CARACTERÍSTICAS

CONSTRUCCIONES DE CONEXIONES DE SANEAMIENTO A COLECTOR

DESCRIPCION:

El trabajo consiste básicamente en el tendido de cañería en PVC Ø 110 para interconectar la cámara final de cada vivienda y el colector que se encuentra en el eje de la calzada.

En la cotización se debe incluir la remoción y reposición de pavimentos y veredas, la excavación y relleno de zanja.

Los metrajes estimados en cada caso serían de un máximo de 12 metros lineales.

Los materiales (vereda, pavimento y material de relleno), herramientas, equipos de protección personal y vehículo requerido serán aportados por la Empresa; la cañería y piezas de conexión será aportada por OSE.

Las recomedaciones técnicas a considerar serían las consideradas en el archivo anexado para tendido de tuberías en PVC Ø 110.

REGIMEN DE TRABAJO: El régimen de trabajo será a demanda entre Lunes

y Viernes, en días a coordinar con la contraparte de OSE. Al cierre de cada mes, y habiendo sido aprobadas las obras por OSE y la Intendencia, se tramitarán los pagos correspondientes a la cantidad de obras ejecutadas en función de los metrajes de cada conexión.

EQUIPO DE TRABAJO: Constituido por un Encargado Responsable, con un

Oficial y un Ayudante con formación y/o experiencia en trabajos de sanitaria y albañilería, de forma de poder encarar 2 frentes de trabajo diarios.

SUPERVISIÓN RECIBIDA: Será ejercida por la Oficina de OSE en Minas, y en

coordinación a su vez con la Dirección competente de la Intendencia Departamental de Lavalleja.

CONEXIONES DE SANEAMIENTO Se entiende por conexión de saneamiento la vinculación de la red sanitaria interna de un predio o vivienda con la red de alcantarillado público frentista a él. Las conexiones a realizar se dividen en: Conexión a colector

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La vinculación se inicia desde una cámara de inspección existente, perteneciente a la red sanitaria interna (Cámara Nº 1), de 0.60 m x 0.60 m, usualmente ubicada a no más de un metro de distancia de la línea de edificación, y concluye en el caño colector ubicado en el eje de la calzada. Por consiguiente los trabajos que se proyectan realizar son tanto en veredas como en calles. La conexión será construida con caño de PVC de 110 mm con junta elástica serie 20 (extraordinariamente podrá indicarse el empleo de caños de PVC 160 mm serie 20), con una pendiente del 1.5% (uno y medio por ciento) o mayor, colocando un tramo vertical vinculado al anterior con curva (ángulo a determinar en cada caso), de longitud también a determinar en cada caso, de acuerdo a la profundidad del colector. Al criterio de pendiente mínimo precedentemente enunciado, se le agregará el de “tapada mínima”, por el cual deberá respetarse indefectiblemente una tapada mínima de 40 cm en veredas y de 80 cm en calles. De acuerdo al colector al cual se vinculará la nueva conexión, se distingue: Conexiones a colectores de Hormigón: Colectores de diámetros menores a 350: Para la conexión a este tipo de colector se utilizará “montura” o silleta de PVC. El diámetro de la curvatura de la silleta deberá coincidir con el diámetro externo del colector de hormigón. Procedimiento constructivo: se descubrirá la totalidad del colector de hormigón, posteriormente se realizará la perforación del mismo con sierra circular especialmente para corte de hormigón. Se podrá realizar también marcando el circulo y perforando con taladro sobre el círculo marcado la cantidad necesaria de veces, para después extraer el disco cuidadosamente sin que se fisure el colector por fuera de la marca. Se deberán tomar las medidas necesarias para que el disco de hormigón resultante del corte no quede en el interior del colector, el que será entregado al Sobrestante cuando éste lo solicite. Se alineará el vertical de la silleta o montura con la perforación realizada en el colector. Posteriormente se ajustara con alambre las alas de la silleta o montura al cuerpo del colector. Una vez que el Sobrestante fiscalice dicho trabajo, se realizará un dado de hormigón cubriendo la totalidad del colector hasta envolver la silleta, dejando únicamente la cabeza de la misma con la junta elástica visible; dicho macizo de hormigón tendrá un espesor mínimo de 20 cm en todas sus direcciones. Conexiones a colectores de PVC: Las conexiones en tuberías de PVC, se deberán realizar mediante piezas especiales. A modo de ejemplo, se puede proceder: -Intercalando una Té con junta elástica en el colector. -Insertando un Clip de 90º -Por medio de Easy _Clip. -Por medio de Slim Compacto Vinilfort JEI.

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-Únicamente para colectores en servicio y cuando no exista presencia de napa freática. Se aceptara colocar una silleta pegada, la misma se deberá ajustar al colector mediante flejes de acero inoxidable, colocados mediante flejadora. REPOSICIÓN DE VEREDAS Y CALLES También se deberán cotizar precios unitarios en m2 para la reposición de vereda de baldosa, vereda de hormigón, incluyendo todos los materiales para su ejecución. Estos trabajos formarán parte de las tareas concernientes a cada nueva conexión a realizar. No se aceptaran cobros por reposiciones en césped, la empresa deberá remover y reponer el césped existente, la diferencia entre remoción y reposición deberá ser absorbido por le empresa sin que este genere un sobrecosto. La reposición de pavimentos en calzada las realizará la Intendencia Dptal. con cargo a OSE, por lo que el contratista deberá indicar en cada orden de trabajo el material y los m2 a reponer. Cuando se trate de corte en carpeta asfáltica u hormigón, el mismo será efectuado por personal de OSE, por lo que se comunicará al responsable del control de la obra por parte de la Administración para coordinar la tarea, la ejecución de la conexión es por cuenta de la empresa contratada (conexión, relleno y compactación). ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Regirán en lo que corresponda la Memoria Descriptiva General para Obras de Alcantarillado y la Memoria Descriptiva General para instalación de Tuberías de conducción de líquidos a Presión de OSE. Sin limitar las tareas, la construcción de red de saneamiento comprende en general las siguientes actividades, las cuales deberán ser ejecutadas por el Contratista:

a) Corte de pavimento de calzada y remoción del pavimento de vereda. b) Recomposición de suelos en calzada

El material utilizar en la reposición de pavimentos de tosca deberá tener un CBR > 80 % al compactarse al 98% del PUSM obtenido del ensayo Proctor Modificado y la fracción que pasa el tamiz UNIT 420 (Nº 40) deberá tener un Límite Líquido < 25 ( veinticinco) y un Índice Plástico < 6 ( seis).El material retenido por el tamiz UNIT 2000 (Nº 10) tendrá un porcentaje de desgaste menor de 45 % (cincuenta por ciento) determinado mediante el ensayo de los Ángeles. Compactación: La base granular deberá ser compactada sobre toda la superficie de modo de asegurar que todo el material quede uniformemente compactado a un peso seco igual o mayor que el 98% del peso unitario seco máximo del material compactado obtenido en el ensayo Proctor modificado del material correspondiente (Norma UY S 17).

c) Reposición de veredas

d) Señalización de la zona de trabajo por seguridad vial

e) Trámites ante otros organismos por interferencias (UTE, ANTEL, GAS, etc)

f) Retiro de material sobrante habilitando la plena circulación.

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REMOCIÓN DE VEREDAS Y PAVIMENTOS El Contratista deberá tener en cuenta que será responsable de gestionar ante las Intendencia Departamental de Lavalleja las autorizaciones pertinentes para cortes de pavimento y veredas en los casos que sea necesario. OBRAS ACCESORIAS Corresponde por parte de la empresa adjudicataria ejecutar como obras accesorias, cuyo importe estará prorrateado en el precio unitario de los distintos rubros, todas aquellas señaladas en el presente Pliego y para las cuales no se solicita cotización y todas aquellas, que sin ser mencionadas explícitamente, se consideren necesarias para la ejecución de los trabajos. A modo de ejemplo, se citan entre otras, las siguientes: corte de raíces colocación y mantenimiento de la señalización requerida y necesaria; reasentamiento o reconstrucción de los cordones existentes, alterados durante la construcción; remoción y retiro del contrapiso y baldosas en mal estado consolidación del terreno de fundación; desvío de las aguas que pudieran perjudicar la correcta ejecución de los trabajos, durante su realización y los 5 días subsiguientes; retiro del material sobrante. remoción y reposición de pavimentos de calzada con balasto SEÑALIZACIÓN La zona de trabajo deberá estar rodeada por una banda plástica de color amarillo que impida la circulación de extraños, balizas y conos de advertencia de colores vivos espaciados alrededor del área ocupada. Cuando los trabajos sean en la calzada, será obligatoria la colocación de balizas. Cartel móvil: en cada zona de trabajo se dispondrá de un cartel móvil, de dimensiones no inferiores a 0,80 x 0,60 m. El mismo tendrá las leyendas según el modelo que indique la Administración. La falta de correcta señalización durante la realización de los trabajos, podrá dar lugar a observaciones que de no ser subsanadas podrán dar lugar a la posterior rescisión del contrato. SEGURIDAD El personal que trabaje para la empresa adjudicada, deberá contar con las herramientas de seguridad necesarias para la ejecución del trabajo (chaleco, casco, zapatos de seguridad, arnés, etc) Cuando corresponda realizar zanja con profundidad mayor a 1.50 metros, la empresa deberá presentar plan de excavación al Encargado, el que deberá ser también avalado por la Jefatura, y deberán utilizar las medidas de seguridad correspondientes. CONTROL DE LAS ACTIVIDADES

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La Administración realizará la supervisión de los servicios objeto de la presente contratación controlando los siguientes aspectos, que serán considerados de mayor importancia para lograr un nivel de calidad adecuado: 1. la realización de las actividades conforme a los procedimientos mencionados en el Pliego de Condiciones Particulares. 2. trato correcto de los operarios al cliente; deberán identificarse en el momento de presentarse en la finca de este e informarle la tarea que van a ejecutar. 3. vehículos en buen estado de conservación. VERIFICACIONES DE LOS TRABAJOS REALIZADOS En caso de constatarse diferencias, luego de notificadas las mismas, la Empresa adjudicataria dispondrá de 2 días calendario para apelar, luego de los cuales estas observaciones quedan firmes a los efectos de su liquidación. DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. Los trabajos contratados deberán cumplir con todas las disposiciones municipales vigentes. El contratista deberá cuidar especialmente el resguardo de las instalaciones y equipamiento existentes siendo responsable ante cualquier daño eventual que ocasione a las mismas durante la ejecución de los trabajos cotizados. La empresa adjudicataria será la única responsable ante terceros y organismos públicos, por todo y cualquier perjuicio que pudiera ocasionar en el desempeño de los trabajos contratados y específicamente frente a la Intendencia Departamental de Lavalleja, Ministerio de Transporte y Obras Públicas y al Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente por el incumplimiento de las disposiciones vigentes respectivas. También será la única responsable por todo y cualquier perjuicio que el desempeño de los trabajos contratados pudiera ocasionar en su personal afectado a los mismos. Además de la correcta ejecución de los trabajos solicitados, la empresa adjudicataria será responsable de la conducta de su personal en su relación con toda otra tercera persona física o jurídica. Asimismo deberá cumplir con todas las disposiciones vigentes en materia de seguridad del personal, cumpliendo con toda la reglamentación vigente del Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo en la materia, siendo responsable de que su personal cuente y use en todo momento los equipos de protección personal reglamentarios. La vestimenta del personal que realice los trabajos deberá tener distintivos claramente visibles que permitan identificar la empresa adjudicataria.

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La empresa adjudicataria deberá designar representante técnico con reconocida experiencia en la construcción de este tipo de obras que será responsable de los trabajos efectuados por la empresa, que servirá además de interlocutor válido para toda comunicación y observaciones a la empresa que la Dirección de Obra designada por la Administración estimase conveniente realizar. El mismo deberá estar disponible para ser contactado durante los horarios de trabajo de la empresa, debiendo contar con una línea de teléfono celular. La Administración así como sus funcionarios, no tendrán responsabilidad alguna por cualquier reclamación o sanción a que diera lugar el contratista por violación de las leyes ordenanzas o reglamentaciones vigentes. VIGILANCIA Y CUIDADO DE LAS OBRAS. Hasta la recepción provisoria de obras la vigilancia y cuidado de las mismas serán de responsabilidad del Contratista, sin perjuicio del derecho de la Administración de hacer las inspecciones, pruebas y contralores establecidos en los pliegos u otros que estimen convenientes.

DISPOSICIONES LABORALES Y SALARIALES Y TODAS LAS QUE CORRESPONDAN A LA LEY Nº 18.251. Son obligaciones de la empresa adjudicataria:

a) cumplir con el salario de los trabajadores respetando los laudos y/o convenios del Consejo de Salarios para el Grupo y Actividad correspondiente; respetar las horas de trabajo y demás condiciones de empleo fijadas en leyes, laudos y/o convenios colectivos vigentes para la correspondiente rama de actividad; b) respetar las normas de seguridad e higiene adecuadas a la rama de actividad de que se trate; c) verter los aportes y contribuciones de seguridad social al Banco de Previsión Social, en tiempo y forma conforme a las disposiciones legales aplicables. d) comunicar a la Administración los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio a fin de facilitar el contralor. La Empresa informará los eventuales cambios en la planilla de sus trabajadores afectados a la prestación del servicio contratado. La Administración, autorizará el pago una vez acreditada por la Empresa contratada el cumplimiento de las obligaciones indicadas. Para ello, la Administración se reserva el derecho de: a) Exigir a la Empresa adjudicataria la documentación que acredite el pago de salarios, y demás rubros emergentes de la relación laboral (aguinaldo, licencia, salario vacacional, aportes sociales, etc.). b) La Empresa deberá presentar mensualmente, dentro de los diez primeros días corridos del mes siguiente al que prestó el servicio:

1) Nómina de trabajadores de la Empresa que prestan funciones para OSE, indicando expresamente nombre completo, domicilio, documento de identidad, lugar donde presta funciones, horario, tarea que desempeña

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especificando categoría laboral de acuerdo al convenio colectivo aplicable y sueldo nominal discriminando cada uno de los rubros que lo componen.

2) Recibos de sueldo firmados por cada uno de los trabajadores, los que deberán coincidir con la nómina a que refiere el literal anterior, debiendo la Empresa justificar cualquier diferencia que pueda existir entre los datos consignados en la nómina y la información que surja de los recibos de sueldo.

3) Convenio colectivo aplicable al caso concreto. 4) Nómina de los aportes al BPS correspondientes a cada trabajador por

el mes que se controla, así como la respectiva constancia de pago de dichos aportes.

5) Planilla de control de trabajo. 6) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredita la

existencia y vigencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

7) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) de los trabajadores de la Empresa que prestan tareas para OSE. Estos extremos son exigidos a fin de permitir un correcto control del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Empresa contratada. Vencido el plazo otorgado a la Empresa, si ésta no cumpliera con la agregación de la documentación, o de la misma surgieran diferencias no justificadas debidamente, se procederá a retener los pagos de la Empresa. Asimismo, constatado el mencionado incumplimiento la Administración queda facultada a rescindir unilateralmente el contrato sin responsabilidad y aplicar las multas correspondientes, sin perjuicio de reclamar los daños y perjuicios que le pudiere ocasionar dicho incumplimiento.- La Administración autorizará el pago una vez acreditada por la Empresa contratada el cumplimiento de las obligaciones indicadas. La Administración contará con los poderes jurídicos necesarios para descontar de lo retenido los salarios de los trabajadores así como las prestaciones para dar cumplimiento a las obligaciones previsionales (BPS) y del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (BSE) subrogándose en el pago. Los pagos correspondientes a los jornales trabajados por los operarios contratados por la Empresa adjudicataria, no deberán estar supeditados al cobro de los haberes correspondientes a la Empresa por la prestación de sus servicios. En caso de que la Administración sea citada a conciliación ante el MTSS, o sea demandada al amparo de las Leyes Nº 18.099 y Nº 18.251, por alguno de los trabajadores de la Empresa que prestan o prestaron funciones en OSE, ésta queda facultada a retener, de los pagos debidos a la Empresa en virtud del contrato, la suma reclamada por el trabajador más sus ilíquidos, hasta tanto la Empresa acredite haber puesto fin a la reclamación u otorgue, previo consentimiento de OSE, garantía suficiente que asegure su indemnidad.

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Se debe tener en cuenta lo establecido por las Leyes Nº 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública y Nº 18.331 de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data. Se deberá presentar una lista de personal afectado al contrato y datos personales de los mismos al inicio del contrato y en oportunidad de modificaciones. COMPETENCIA JUDICIAL Para todos los efectos judiciales o extrajudiciales que tengan relación con el presente pliego, el proceso previo a la adjudicación, así como la relación contractual que se perfeccionará en la forma establecida en el Artículo 69º del T.O.C.A.F., se establece que cualquier trámite o proceso judicial que se inicie se someterá a los Tribunales de la Justicia Ordinaria del Departamento de Colonia que por turno y materia corresponda. La presentación de una oferta implicará indefectiblemente la aceptación de la presente prórroga de competencia, así como todas las condiciones establecidas en este Pliego. ANTECEDENTES DEL OFERENTE Se deberá incluir en la oferta la nómina de trabajos similares, indicando el nombre y dirección de la firma, las fechas de inicio y fin (si corresponde) o el plazo del contrato, personas de contacto en esas empresas (se deberá indicar: nombre, cargo, sección o departamento en el que trabaja, teléfonos y correo electrónico).

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CAPITULO lll

CAPITULO lll – CONDICIONES GENERALES 1 COTIZACION: 1.1 La Cotización se realizará estableciendo precios unitarios sin I.V.A. por Ítem y totales. Se indicara expresamente la moneda de cotización. 1.2 Se debe cotizar completando el Anexo I, no se aceptara cotización en formato diferente. Cualquier información extra se enviara por separado al rubrado (Anexo I) 2 DEL REGISTRO DEL PROVEEDOR 2.1 A efectos de la presentación de las propuestas, los oferentes deberán estar registrados en el RUPE (Registro Único de Proveedores del Estado, Decreto del Poder Ejecutivo Nº 155/13). Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO y ACTIVO. 2.2 Para ser adjudicatarios de un proceso de compras con la Administración, los proveedores deberán estar inscriptos en forma definitiva en el referido Registro (RUPE), habiendo adquirido el estado de “ACTIVO”. 2.3 Al proveedor que no hubiese adquirido el estado “ACTIVO” en RUPE, la Administración le otorgará un plazo de 5 (cinco) días hábiles, a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.

3 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE OFERTA

3.1 Las ofertas deberán presentarse o enviarse en sobre cerrado antes de la fecha de apertura a oficina administrativa de OSE, sita en Roosevelt 525, Minas o vía correo electrónico, con el asunto OFERTA y Nº de llamado a [email protected] y [email protected]

3.2 Las propuestas deberán ceñirse a las condiciones y formas que establece el presente Pliego de Condiciones Particulares.

3.3 Se debe tener especial cuidado en enviar las Ofertas tal cual se solicita, de lo contrario no se puede asegurar la recepción en tiempo y forma de las cotizaciones enviadas vía mail.

3.4 A los oferentes que no se presentaren en tiempo y forma, no les serán recibidas las ofertas.

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3.5 El Oferente deberá indicar en su propuesta, el monto por mano de obra imponible a utilizar, a los efectos de lo dispuesto en la Ley 14.411, siendo las cargas sociales a cargo de O.S.E. Este valor será tenido en cuenta en el comparativo de ofertas.

Las cargas sociales no podrán ser inferior al 8% del costo total de la obra, en caso contrario se deberá fundamentar explícitamente el origen del monto en hoja aparte

El oferente declarara por rubro y totalizado el monto máximo de mano de obra imponible, de acuerdo a la ley 14.411. A los efectos del comparativo de ofertas la administración considerara un 75.4% de dicho valor, de excederse en obra el adjudicatario del monto declarado, se le debitará del precio ofertado. 3.6 El contratista o subcontratista deberá tomar el personal no permanente y no especializado en la forma prevista por la Ley Nº18516 del 16 de julio de 2009 y su Decreto reglamentario Nº 255/2010 del 17 de agosto de 2010 3.7 Los oferentes podrán intervenir en el procedimiento de compra, únicamente en la forma, momentos y a los efectos previstos por la legislación, no pudiéndolo hacer espontánea y unilateralmente en ninguna otra oportunidad. 3.8 Durante la etapa de evaluación de las ofertas no se considerarán las notas que contengan opiniones, comentarios, aclaraciones o modificaciones, que no hayan sido solicitadas por escrito.

4 DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA Y EXIGENCIAS

CONTRACTUALES

4.1 El plazo de mantenimiento de oferta mínimo será de 60 días a partir de la apertura de las cotizaciones. Transcurrido ese plazo, las ofertas se considerarán mantenidas por todo el tiempo durante el cual los interesados no presenten nota solicitando su retiro. 5 FORMA DE COTIZAR 5.1 Los precios no podrán estar sujetos a confirmación ni condicionados en forma alguna y deberán comprender todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del servicio conforme a las especificaciones contenidas en el presente pliego. 5.2 Condiciones de pago: a 60 días mes de factura. 5.3 Deberá completarse la planilla de rubrado establecida en el “Anexo I” del Pliego a efectos de que la oferta sea considerada válida, se indicará la moneda en que se cotiza, mantenimiento de oferta y condiciones de pago y todo lo que en ella se indica.

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5.4 La Administración no asume ningún compromiso en cuanto a las cantidades de trabajos a adjudicar, y solamente hará uso de los mismos en función de sus propias necesidades, abonando exclusivamente los servicios efectivamente ejecutados 5.5 La no cotización de algunos de los ítems implicará que la oferta será declarada incompleta, lo que motivará su rechazo. Asimismo no se admitirá la inclusión de nuevos ítems. 5.5 Todos los tributos que legalmente corresponden al contratista por el cumplimiento del contrato se consideraran incluidos en los precios cotizados. 5.6 Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que gravan la última etapa de la comercialización de los bienes o prestación de servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del adjudicatario o de la Administración según corresponda. (Art 9.4 del Decreto Nº 53/993). 5.7 La Administración rechazará de plano las ofertas que establezcan traslados tributarios diferentes a lo dispuesto por dicha norma. 5.8 Las ofertas deberán cotizarse necesariamente en Moneda Nacional, no admitiéndose otra moneda

6 DE LAS CONDICIONES PARA EL PAGO 6.1 La facturación por los trabajos contratados se hará en forma mensual. La Administración pagará las liquidaciones mensuales pasados los 60 días del mes siguiente a aquel en que las mismas fueron aprobadas por el funcionario que la Administración designe a tales efectos y se conformaron las facturas correspondientes. 6.2 La Administración, autorizará el pago una vez acreditada por la empresa contratada el cumplimiento de las obligaciones indicadas. Para ello, se reserva el derecho de:

• Exigir a la empresa adjudicataria la documentación que acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral.

• Solicitarle exhiba documentación que pruebe estar al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo, así como las contribuciones de seguridad social.

• Solicitarle exhiba documentación que pruebe estar al día con D.G.I. y B.P.S.

Estos extremos son exigidos a fin de permitir un correcto control del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa contratada y son extensibles a cualquier empresa que actúen como subcontratada por éste. 7 EVALUACION DE OFERTAS

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7.1 Se analizarán las propuestas para determinar si están completas y si, en general, se ajustan esencialmente a lo establecido en el Pliego. 7.2 La Administración podrá pedir aclaraciones o informaciones complementarias a cualquiera de los Oferentes sobre sus Ofertas, sin perjuicio de la que éstos tienen que suministrar en ocasión de la presentación de las propuestas. 7.3 Si la Administración determina que la Oferta no se ajusta en lo esencial a lo requeridos, o resultara incompleta, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el Oferente.

8 DE LA ADJUDICACIÓN 8.1 La Administración podrá adjudicar el servicio por cantidades inferiores a la informada en el objeto así como adjudicar en forma parcial y/o fraccionada. 8.2 La empresa que resulte adjudicada, deberá previo al inicio de actividades, firmar Acta de Inicio y presentarla junto a la documentación que allí se solicita. (Anexo II) 9 PLAZO DE INCIO 9.1 Se deberá indicar el plazo de inicio de los trabajos, el que no podrá exceder los 10 días. 9.2 Los plazos se computarán a partir del día siguiente de la notificación de la Orden de Compra. 10 ACLARACIONES AL PLIEGO 10.1 Cualquier interesado en el presente llamado podrá solicitar aclaraciones mediante vía correo electrónico bajo el título CONSULTA y Nº de llamado obligatoriamente al correo [email protected] y [email protected] . 10.2 Se deben identificar las consultas tal cual se solicita en este punto, de lo contrario no se puede asegurar la recepción y respuesta en tiempo y forma de dichas consultas enviadas vía mail.

10.3 Las consultas deberán ser efectuadas con una antelación mínima de 72 horas y comunicadas en un plazo de hasta 24 horas previas al acto de apertura.

11 SOLICITUD DE PRORROGA

11.1 Las solicitudes de prórrogas de la fecha de apertura, deberán ser presentadas por escrito o vía mail obligatoriamente al correo [email protected]

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y [email protected] con una antelación mínima de hasta 72 horas antes de la fecha fijada para la misma la Administración, con el asunto PRORROGA y Nº de llamado.

11.2 En tal caso la prórroga de la apertura se estudiara por parte de la

Administración pudiendo ésta rechazar dicha solicitud o estableciendo un mínimo que se estime conveniente, a efectos de no dilatar mayormente la fecha oportunamente establecida. 11.3 La solicitudes efectuada deberá ser contestada en un plazo de hasta 24 horas previas al acto de apertura.

12 GESTION PARA EL PAGO DE LOS SERVICIOS 12.1 La Empresa adjudicataria facturará mensualmente los trabajos cotizados. 12.2 A efectos de la tramitación de las facturas, las mismas deberán presentarse en la Jefatura Comercial Operativa de Minas, Roosevelt 525, una vez que la Jefatura proporcione el Nº de hoja de servicio. 12.3 El Contratista deberá presentar la liquidación para su aprobación y trámite dentro de los 2 (dos) días siguientes a la fecha en que se acuerde con la Administración para el cierre de los servicios del mes. Toda liquidación presentada fuera del plazo fijado se tendrá por recibida el mes inmediato posterior. La Jefatura dispondrá de un plazo de 2 (dos) días para aprobar la liquidación de los trabajos realizados

12.4 ESTUDIO DE LAS LIQUIDACIONES MENSUALES Y CONFORMACIÓN DE LA FACTURA 12.4.1 Facturación de las liquidaciones que se aprueban sin observaciones. La liquidación presentada será analizada por la Jefatura Comercial Departamental, quien en el plazo de 1 días hábiles siguientes a su presentación, comunicará al Contratista por fax u otro medio fehaciente, la aprobación de la misma. A partir de esa comunicación el Contratista dispondrá de un plazo de 1 día calendario para presentar la factura por los montos y conceptos aprobados, y la nota de crédito correspondiente a las multas y faltas registradas en el período, por los montos y conceptos aprobados. Si retardara la presentación de la factura más allá del plazo indicado precedentemente, o si la misma no coincidiera en sus conceptos y montos con la liquidación aprobada y comunicada, no será conformada, y no correrá plazo para su pago ni se devengarán multas ni recargos. 12.4.2 Facturación de liquidaciones observadas total o parcialmente Si la Jefatura Comercial observase las liquidaciones total o parcialmente, deberá comunicar las observaciones al Contratista dentro del mismo plazo indicado en el numeral precedente para su aprobación.

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El Contratista podrá subsanar las observaciones que se le hubiera efectuado, o reclamar las mismas, si no las entendiese correctas, pero en cualquier caso podrá presentar para su conformación, la factura por los montos y conceptos aprobados, dentro del plazo establecido en el numeral anterior. La Jefatura Comercial dispondrá de un plazo de 1 días calendario, contados a partir del siguiente a la recepción del reclamo, para resolver acerca del mismo y comunicar dicha resolución al Contratista. Si correspondiese, éste deberá presentar una nueva factura por las diferencias reconocidas por la Administración a las observaciones que se hubieren dado por subsanadas, disponiendo para ello de 1 días calendario. Si la reclamación se presentara conjuntamente con la primera factura, la nueva se tendrá como presentada conjuntamente con la inicial, y se pagará en la misma fecha. Si se presentase con posterioridad, se abonará conjuntamente con la liquidación correspondiente al mes de su presentación, sin multas ni recargos. 12.5 Conjuntamente con la certificación mensual se evaluará por parte la Jefatura Comercial de OSE el total de jornales empleados a la fecha. Si el mismo supera al declarado en la oferta, los aportes correspondientes serán de cuenta del Contratista, para lo cual se deberá descontar el monto correspondiente de las certificaciones mensuales.

13 TRAMITE DE LOS PAGOS POR LEYES SOCIALES 13.1 Dentro de los primeros 4 (cuatro) días hábiles de cada mes el Contratista deberá presentar la Planilla N° 1300 de A.T.Y.R., nominada Declaración de Personal y Actividad (correspondiente a los aportes sociales según la Ley N° 14.411) de las obras ejecutadas el mes anterior, con una copia, para su certificación por parte de la Jefatura Comercial de OSE. 13.2 Esta le será reintegrada con la etiqueta correspondiente al Contratista dentro de los 2 días hábiles siguientes, para su presentación en A.T.Y.R. 13.3 Una vez que el Contratista realice la gestión correspondiente ante el B.P.S. deberá presentar a la Administración la factura de BPS, a los efectos de gestionar el pago de los aportes. 13.4 También deberá presentar Planilla o fotocopia de liquidación mensual de haberes del personal afectado a la Obra, correspondiente al mes anterior, firmada de conformidad por estos. 13.5 Si por atraso en el cumplimiento de los plazos indicados, el BPS aplicase multas y recargos, la parte porcentual del atraso que fuera imputable al contratista le será descontada de la próxima facturación o de las facturas pendientes de pago mediante la presentación de nota de Crédito. 13.6 En caso de suspensión de la obra, se deberá gestionar ante A.T.Y.R. el cambio de estado, así como el cierre de obra, dando la baja al personal, en las fechas establecidas por el BPS.

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14 DE LAS MULTAS 14.1 Por cada día hábil de atraso en el cumplimiento del contrato, en particular en cuanto a los Plazos Parciales de Ejecución de los Trabajos establecidos en este pliego, la empresa adjudicataria se hará pasible de una multa equivalente al 1% diario del importe del trabajo solicitado, siendo la multa mínima del 10% del importe del trabajo solicitado. 14.2 El incumplimiento por la constatación de la ausencia de un Oficial en un frente de trabajo, así como la no presentación de la planilla de equipo y personal, ameritará una multa equivalente a una Unidad Reajustable (1UR) por cada frente de trabajo y por día de incumplimiento. 14.3 De producirse atrasos en los trabajos superiores al 10% de los entregados en el mes, no se liquidaran los trabajos hasta la puesta al día. 14.4 Todas las multas aplicadas por la Intendencia Departamental de Colonia, por incumplimiento del Contratista a las disposiciones vigentes, serán de su cuenta y cargo. 14.5 La verificación de un trabajo mal realizado, habilitará a OSE a intimar al Contratista a la inmediata corrección de las irregularidades constatadas a su costo, lo que no obviará la aplicación de una multa equivalente al 10% del servicio mal efectuado. 14.6 El incumplimiento total o parcial del Contratista a los compromisos contraídos con la Administración, será pasible de las sanciones que al caso correspondan, según lo dispuesto en el Reglamento de Empresas Constructoras de O.S.E., pudiendo llegarse a la rescisión del Contrato. 14.7 El Organismo podrá asimismo exigir por la vía correspondiente los daños y perjuicios emergentes del incumplimiento e incluso podrá encomendar la realización del objeto del contrato por cuenta del adjudicatario omiso.

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Anexo I: RUBRADO - PLANILLA DE COTIZACION OBLIGATORIA - COMPRA DIRECTA 10050268

FECHA:

EMPRESA: DIRECCION: TELEFONO: E-MAIL: RUT Nº:

Mantenimiento de la oferta Condiciones de pago Firma y sello de titular/responsable Aclaración

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ANEXO II: REQUERIMIENTOS DE LA EMPRESA 1 NOMBRE DE LA EMPRESA: ………………………………………………………………………………………… 2 DIRECCIÓN DE LA EMPRESA: ……………………………………………………………………………………… 3 TELÉFONO DE LA EMPRESA: ……………………………………………………………………………………… 4 ANTECEDENTES DE LA EMPRESA EN TRABAJOS SIMILARES:

Obra: Repartición o

persona contratante.

Fecha del Contrato.

Características del trabajo.

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Anexo III: RECOMENDACIONES TÉCNICAS PARA LAS OBRAS DE CONEXION

INTRADOMICILIARIA

INTRODUCCION

Los propósitos de este trabajo son poner al alcance del Técnico Sanitario, Oficial, ½ Oficial, Peón, reglamentaciones técnicas para la construcción de instalaciones sanitarias internas. Asimismo disponer de un manual de consulta para uso de las obras intradomiciliarias que se realicen.

La construcción de la conexión intradomiciliaria a saneamiento deberá respetar todas las Reglamentaciones Nacionales y Municipales vigentes, así como la Ordenanza Sanitaria Municipal correspondiente al Departamento de que se trate y además las Reglamentaciones vigentes de O.S.E . Queda absolutamente prohibido evacuar aguas pluviales en las instalaciones sanitarias de las viviendas en las redes de alcantarillado los cuales funcionan como sistema separativo.

Los desagües pluviales se harán por cañerías completamente independientes de las cañerías para aguas servidas y se evacuarán directamente a la vía pública.

1. MATERIALES. Condiciones generales.

Agua: El agua que se emplee en la preparación de los morteros y

hormigones deberá ser limpia, dulce y no contendrá en exceso cloruros,

sulfatos o materias orgánicas.

Arena: La arena será dulce, silícea, limpia y áspera al tacto. El grano será grueso, mediano o fino, según los distintos usos a que se destine la arena. Cemento: Todo cemento portland que se emplee en las obras sanitarias, será de la mejor calidad y deberá llenar las condiciones exigidas para su empleo en las obras públicas. Ladrillos: Los ladrillos de arcilla deberán ser duros y resistentes, de masa homogénea, de forma regular, de tamaño uniforme y de buen sonido. Carecerán de grietas acentuadas y no presentarán glóbulos de óxido de calcio. Pedregullo: El pedregullo, piedra partida o canto rodado provendrá de rocas homogéneas y duras. Deberá ser limpio, debiendo lavarse si tiene polvo, detritus de cantera, tierra o cualquier sustancia extraña. Su tamaño no será inferior a medio centímetro ni superior a tres centímetros. Morteros: Se emplearán dos proporciones distintas para la composición de los morteros: a) Para revoques de cámaras, depósitos fijos impermeables, etc. Una parte en volumen en cemento portland, Dos partes en volumen de arena mediana. b) Para tomar ladrillos de cámaras, depósitos fijos impermeables, etc. Una parte en volumen en cemento portland, Cuatro partes en volumen de arena gruesa. Hormigones: Se emplearán tres proporciones distintas.

a) Para depósito fijos impermeables de hormigón armado, etc. 400kg de cemento portland ½ m3 de arena gruesa,

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1 m3 de pedregullo. b) Para revestimiento de cañerías, fondos de cámaras, etc.

300kg de cemento portland ½ m3 de arena gruesa, 1 m3 de pedregullo.

c) Para asentamiento de cañerías subterráneas: 200kg de cemento portland, ½ m3 de arena gruesa. 1m3 de pedregullo o ladrillo partido.

2) INSTALACIONES SANITARIAS DE DESAGÜE DISPOSICION Y CONSTRUCCION. Traslado de la cañería principal y de los ramales La cañería principal y todos sus ramales deberán construir un conjunto los mas breve posible a cuyo efecto sus alineaciones serán siempre rectilíneas, tanto en planta como en perfil. Si el trazado en línea recta es imposible, en razón de la disposición de la vivienda, se adoptará el trazado en línea quebrada. Las cañerías subterráneas de desagüe se deberán colocar en los patios, zaguanes, corredores o lugares abiertos de las viviendas o en el exterior de las mismas.

En los proyectos se deberá atender las siguientes directivas: a) Ubicar las cañerías, siempre que sea posible por el exterior de las viviendas y

cuando no lo sea, colocar las cámaras fuera de las habitaciones. b) Colocar los interceptores de grasa en sitios abiertos y fuera de las cocinas. c) En caso de varias viviendas, no colocar las cámaras de modo que la

desobstrucción de las cañerías comunes obligue a penetrar dentro de una de las viviendas.

Pendientes de las cañerías La pendiente de la cañería principal no será menor de dos centímetros ni mayor de cinco centímetros por metro lineal.

Las cañerías secundarias que conduzcan aguas servidas provenientes de lavatorios, bañeras, bidés, etc. se podrá establecer con una pendiente mínima del uno por ciento. Las cañerías de desagüe no se podrán colocar a menos de 50cm de los muros medianeros. Diámetros de la cañería principal y de los ramales El diámetro interior de la cañería principal de la vivienda no será menor de 102mm, ni mayor de 152mm. Los ramales que concurran a la cañería principal, salvo casos especiales tendrán un diámetro mínimo de 102mm.

Las cañerías de desagüe de inodoros serán, en todos los casos de 102mm de diámetro interior y se las comunicará directamente con la cañería principal domiciliaria. Diámetros de las cañerías secundarias Los caños de desagüe de artefactos (cañerías secundarias), si son subterráneas tendrán como mínimo 63mm en pvc.

Los desagües de pileta de cocina hasta el interceptor de grasa tendrá como mínimo 50mm en pvc. Los desagües de los interceptores de grasa tendrán los mismos diámetros.

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Materiales para las cañerías Las cañerías y accesorios subterráneas de desagüe serán de P.V.C de espesor 3.2mms UNIT 206 y 647.

Cuando la cañería de PVC se coloque en subterránea, irá asentada en todo su recorrido sobre una capa de arena compactada de unos 5cm de espesor como mínimo.

En su longitud y con una separación de 10 veces el diámetro del caño, se colocarán por encima y a los costados, una capa de hormigón u otro tipo de anclaje alternativo, para evitar movimientos en la cañería. En cañerías de 100mm o 110mm de diámetro se podrá colocar el material antes mencionado cada 1,5mts.

Las cañerías de desagüe y ventilación de P.V.C se colocarán con la marca a la vista.

Las grampas de fijación para las columnas de P.V.C se deberán colocar junto al ramal que empalma con la columna, y no en medio del recorrido.

En caso de realizarse un salto en P.V.C, el punto de inspección irá colocado de frente a la cañería que llega a la cámara. Para los saltos ejecutados en cámaras de 1.10 x 0.60m se prolongará el punto de inspección hasta que sea visible desde el acceso a la cámara.

Las cañerías de desagüe secundario ejecutadas en P.V.C estarán encajonadas y asentadas en arena hasta la mitad de los caños. El trazado de la misma será rectilíneo, en caso de colocarse codos o curvas (hasta 50 grados como máximo) se colocarán pegadas a la caja de desagüe.

Cuando se produzcan desagües hacia una caja de P.V.C que posea entrada de diámetro inferior al de la cañería que llega, la pieza de reducción se colocará junto a las entradas a la caja.

La distancia máxima entre caja de P.V.C y la cañería primaria será de 1m.

Las medias cañas de las cámaras de inspección, no podrán ser de P.V.C.

Las máquinas lavavajillas deberán desaguar al interceptor de grasas y se deberá colocar un sifón con punto de inspección que será instalado dentro de la pared.

Los desagües de las máquinas de lavar ropa o piletas de lavar serán de 50mm de diámetro como mínimo.

Cámaras de Inspección y limpieza.

En todos los puntos en que una cañería subterránea cambie de dirección o empalme con otra u otras cañerías, se establecerán cámaras de inspección y limpieza. La profundidad mínima de estas cámaras será de 30cm.

Para profundidades comprendidas entre 30 y 60cm las cámaras se harán de 50cm x 50cm hasta el asiento de la contratapa siendo la parte superior de 60cm x 60cm. Las cámaras que reciban solamente un ramal se podrán hacer de 40cm de lado en toda su profundidad. Para profundidades comprendidas entre 60cm y 1.00m se construirán de 60x60cm.

Para profundidades mayores de un metro, sus bocas serán de 60x60cm y las cámaras se harán de 1.10mx60cm.

Todas las cámaras se asentarán sobre una base de hormigón tipoII de 10cm de espesor que formará el piso.

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Si las cámaras se fabrican de ladrillo, el espesor mínimo de las paredes será de 15cm, los ladrillos se tomarán en todos los casos con mortero compuesto de una parte de cemento y cuatro de arena gruesa.

Si las cámaras se hacen de hormigón armado tipoII, las paredes tendrán un espesor mínimo de 8cm y se armarán con una malla formada con varillas de 6mm espaciadas cada 10cm en los dos sentidos.

Los pisos de las cámaras tendrán canaletas y banquetas destinadas a facilitar el desagüe de los líquidos. La parte inferior de la canaleta o cuneta será de forma semicircular y cilíndrica, y su altura será, como mínima, la misma del caño de mayor diámetro que llegue a la cámara. La pendiente de la canaleta no será inferior al 10% y la pendiente transversal de las banquetas al 20%.

Las cámaras serán impermeables a los líquidos y a los gases, y serán totalmente revocadas con una capa de mortero compuesto de una capa de cemento y dos de arena mediana de 5mm de espesor, alisado con cemento con toda prolijidad. El cierre de las cámaras de inspección será hermético, lo cuál se utilizarán contratapas de hormigón armado de no menos de 4cm de espesor, asentadas sobre materiales apropiados que permitan levantar las contratapas sin deterioro en cualquier momento.

En el caso de instalar cámaras prefabricadas de polietileno (pasaje, cojinetes y desconectoras), las mismas cumplirán con la normativa municipal correspondiente.

Se deberán instalar sobre un fondo de arena con su correspondiente nivelación. Las mismas serán impermeables a los líquidos y gases.

La transición con el caño de pvc se realiza a través de aros de goma logrando la estanqueidad de la misma, para lo cuál se realiza un calado en dicha cámara determinando la entrada y salida de la tubería.

El cierre de las cámaras será hermético, utilizando contratapas de polietileno y marco con tapa de hormigón.

Ubicación de las Cámaras de Inspección.

Se ubicarán preferentemente en los patios, corredores, lugares abiertos, etc, y solamente en casos excepcionales se permitirá su ubicación en las habitaciones o en lugares similares con piso de madera.

Piletas de patio y bocas de desagüe

Las piletas de patio y bocas de desagüe serán tapadas o abiertas. Las primeras desaguarán por medio de un sifón cuya carga no será inferior a 50mm y tendrán cierre perfecto. Las abiertas llevarán tapas caladas.

Las secciones horizontales mínimas para PPT y BD serán de 20x20cm para profundidades de 80cm.

Se construirán, en lo que sea aplicable, con los mismos materiales y en la misma forma que se ha indicado anteriormente para las cámaras de inspección.

Usos de las Piletas de patio.

Las piletas de patio se emplearán en los siguientes casos: a) interponiéndolas entre las cañerías de aguas amoniacales y las cañerías de aguas servidas o

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pluviales; b) para concentrar los desagües de los artefactos; c) para facilitar la evacuación de las aguas pluviales, en cuyo caso irán colocadas al pie de todas las cañerías verticales de bajadas de agua pluviales; d) para evacuar, como desagües de piso, las aguas servidas provenientes de baños de duchas en serie, las resultantes de la limpieza de pisos, vehículos y todas aquellas que por su naturaleza y procedencia, se admitan que corran sobre pisos, etc. e) como sumideros para desaguar directamente las aguas llovedizas que corran por los pavimentos o terrenos. f) para recibir las aguas amoniacales de los mingitorios de canaleta.

Empleo de las Bocas de desagüe

Las bocas de desagüe se emplearán en los mismos casos indicados en el artículo anterior con las letras b), c), d) y e). Estas bocas de desagüe serán de cierre hermético cuando se utilicen para concentrar las aguas amoniacales de mingitorios de cubeta.

Ubicación de las Piletas de patio y bocas de desagüe.

Se colocarán siempre que sea posible, en lugares descubiertos como terrenos, jardines o de iluminación y ventilación de dimensiones reglamentarias como patios, patios pequeños, etc. pudiendo en estos casos ser abiertas.

En estos casos cuando desagüen en ellas interceptores de grasa, deberán ser tapadas.

Cuando se ubiquen en lugares cubiertos deberán ser tapadas con la excepción de las que reciben directa y exclusivamente, como desagües de piso, aguas provenientes de la limpieza. Estos desagües de piso deberán tener sifón.

Distancia de las piletas de patio a las cámaras y a la cañería principal

Las distancias máximas entre las piletas de patio y las cámaras serán las siguientes: para piletas de profundidad menor a 60cm, la distancia será menor a 5m.

Cuando las piletas de patio desagüen directamente en la cañería principal o en los ramales, no se podrán colocar a una distancia mayor a 1m de la cañería principal o ramales.

Sifón Desconector.

En el punto de enlace de la cañería principal con la conexión exterior, y lo más cerca posible de la vía publica, se colocará un interceptor hidráulico de gases o sifón desconector de igual diámetro que la cañería principal. Este sifón deberá estar provisto de una tapa fácil de extraer que permita la inspección de la conexión externa.

Sifones en general

Todo orificio que ponga en comunicación las canalizaciones de desagüe con el ambiente exterior, exceptuando las bocas de desagüe abiertas y los que se destinan a la aspiración o a la ventilación, deberán ser impermeables y de fácil limpieza.

Longitud de los tramos de las cañerías primarias

La longitud máxima de los tramos de la cañería principal y de los ramales cuando sean subterráneos, será de 25m.

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La longitud máxima del tramo final de los ramales para inodoros para inodoro pedestal será de 10m, y para inodoros comunes o a la turca, de 5m, pudiéndose dar a estos ramales la longitud de 10m siempre que se disponga de una boca de acceso colocada lo mas próximo posible al sifón de las tazas de los inodoros comunes. Esta boca de acceso podrá ser una pequeña cámara de 30cm de sección horizontal mínima que estará provista de tapa y contratapa; o un caño cámara según los casos.

Interceptores de grasa.

En el desagüe de toda pileta de cocina y lo más inmediatamente posible a ésta, se colocará un interceptor de grasa, cuya capacidad mínima de enfriamiento será de 10lts.

Este aparato será construido con un material resistente, inalterable e impermeable a la acción de los residuos que concurren a él y su superficie interior será perfectamente lisa.

El citado artefacto deberá estar provisto además de un dispositivo, que a juicio de la oficina competente haga efectivo un cierre hidráulico, y a los efectos de aislar el ambiente interior del interceptor del exterior del mismo.

Desagües de los interceptores de grasa.

Los interceptores de grasa podrán desaguar en piletas de patio o bocas de desagüe, cualquiera que sea la ubicación de éstas. Los tramos de los ramales de desagüe de interceptores de grasa en planta baja (subterráneos) no tendrán una longitud mayor a 10m, cuando sean de 63mm de diámetro.

Uniones de caños.

Las uniones de los caños y piezas de pvc serán estancas y sin rebarbas.

VENTILACION

Ver lo estipulado en los requisitos para la aprobación de la conexión al saneamiento por parte de OSE.

Depósitos fijos impermeables

Cámaras sépticas.

Las cámaras sépticas se ajustarán en todas sus partes a los principios que aconseja la higiene: su disposición y construcción deberá ser simple, de acuerdo con el desempeño a que están destinadas, y se procurará su perfecta automaticidad en su funcionamiento.

Toda cámara séptica, cualquiera sea el tipo y la forma adoptada, tendrá una capacidad mínima útil de 300 lts por persona prevista.

Deberá tener un mantenimiento (extracción de los barros acumulados en el fondo) en un plazo no mayor a los 18 meses para su correcto funcionamiento. El mismo será realizado por el propietario de la vivienda.