Comisiones aprueban la reforma fiscal

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Av. Industria Eléctrica de México No. 57/83 Col. Vista Hermosa, Tlalnepantla Edo. de México, C.P. 54080.

Tlalnepantla, Estado de México, 17 de Octubre de 2013.

Legisladores federales integrantes de la comisión de Hacienda y Crédito

Público de la Cámara de Diputados acordaron las nuevas normas para la

aplicación de impuestos en servicios y productos, que serán discutidas este

jueves en el pleno. El dictamen en materia de IVA:

La venta de joyería, piezas artísticas, orfebrería, piezas de arte se mantiene la tasa cero en las ventas intermedias antes de la venta al consumidor final.

Las personas físicas que obtengan ingresos únicamente por arrendamiento de hasta diez salarios mínimos puedan efectuar pagos trimestrales.

No se gravan von IVA las Rentas a casa habitación así como su enajenación.

Los productores del campo que superen ingresos anuales a 10 mil

millones de pesos tendrán que pagar IVA. No se grava con IVA la enajenación entre residentes en el extranjero de

bienes introducidos al amparo de programas de maquila se mantiene la exención.

En servicios educativos se retira la propuesta de gravarlos. Se retira la propuesta de gravar los espectáculos, esto con la finalidad

de que puedan ser gravados con impuestos locales. En importaciones temporales tratándose de pedimentos consolidados

IMMEX el IVA se pagará en el momento que se presenten dichos pedimentos y no operación por operación, se establece un mecanismo para quienes acrediten obtengan un crédito fiscal equivalente al monto del gravamen en cuestión y las empresas tendrán un año para certificarse conforme a las reglas que emita el SAT. Para quienes no logren certificarse se puede garantizar el interés fiscal mediante una fianza. El IVA en hotelería y conexos se plantean facilidades para que las contraprestaciones que se paguen los primeros seis meses de 2014 se apliquen las disposiciones del 2013.

Se mantiene homologar la tasa del IVA al 16 por ciento para las zonas fronterizas.

Se grava con IVA los chicles y gomas de mascar. Se mantiene el gravamen para la compra de mascotas y sus alimentos,

pero con una redacción diferente.

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El dictamen en materia de ISR:

En el Impuesto Sobre la Renta se realizaron 49 cambios. Los cambios más importantes son:

Se amplia de uno a dos millones de pesos el monto para poder tributar en este nuevo régimen, con lo que quedan incorporados los Repecos.

Las deducciones personales para las personas físicas se eleva de dos a cuatro salarios mínimos el tope de la deducción.

Se reincorporan los costos estimados para no afectar a las vivienderas y desarrolladores turísticos.

En el sector primario se plantea un tratamiento diferenciado por tipo de contribuyente, exención, tasa reducida, flujo, que tendrán reglas secundarias emitidas por el SAT.

Reincorporación de la deducción de reservas para afianzadoras y aseguradoras.

Se sustituye la no deducibilidad de pagos con las partes relacionadas cuando no tributen al menos al 75 por ciento, por la no deducción en pagos por transacciones de entidades híbridas que no paguen ISR en el extranjero.

Las maquiladoras conocidas como shelteras se amplía el plazo para que permanezcan en esta figura a cuatro años y no tres como se proponía.

Exención a casa habitación hasta 700 mil UDIS, es decir, 3.5 millones de pesos.

Se incorpora la deducción de reservas territoriales con candado de tres años para evitar especulación.

Se reincorpora la deducción en cogeneración y energía renovable, aportaciones a fondos de retiro complementarios a las obligaciones por ley con el tope de la deducción de 47 por ciento.

Se reincorpora la deducción, consumos a restaurantes al 8.5 por ciento la deducción, y se conserva el 12.5 por ciento para efectos de viáticos.

No se gravan los dividendos antes de 1999 en la consolidación fiscal, no gravar los dividendos generados antes del 2014, cobrar el impuesto a los dividendos a nivel de persona física.

No considerar para el cálculo de PTU la no deducibilidad de las prestaciones exentas de los trabajadores.

El presidente de la Comisión de Hacienda, José Isabel Trejo Reyes, indicó que se tiene una tarifa progresiva para personas físicas, pero prefirió reservarla para la discusión hasta tener la discusión en el Pleno sobre las reservas. (Una tasa de 31% a personas físicas con ingresos de más de 500 mil pesos, con ingresos de 750 mil las tasa seria del 32%, ingresos de 1 millón la tasa seria de 33%, ingresos de 1 millón y medio la tasas seria del 34% y los que tengan ingresos por más de 3 millones la tasa seria del 35%).

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El dictamen en materia de IEPS:

En el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios Se exenta a los puros y tabacos labrados hechos a mano. Será aplicado un peso como impuesto por cada litro de bebidas

saborizadas con azúcares. Se establece un IEPS de cinco por ciento aplicable a un grupo de

alimentos no básicos con alta densidad calórica, alimentos no saludables o chatarras.

Se establece un mecanismo similar al del IVA para las importaciones IMMEX.

En los combustibles fósiles se reducen las cuotas por tipo de combustible, se exentan el petróleo crudo y gas natural, se permite que el pago se pueda realizar con la entrega de bonos de carbono.

En plaguicidas se reducen las tasas en un 50 por ciento. En IEPS gasolina estatal la entrega del impuesto estatal a las entidades

federativas se hará en los primeros diez días hábiles del mes inmediato. Comentó Trejo Reyes que el nuevo impuesto a los alimentos chatarra

fue un acuerdo de las tres principales fuerzas políticas de la Cámara de Diputados: PRI, PRD y PAN.

Atentamente Medina Aldui y Asociados, S.C.